Anexo 2: CONTRATO DE AUDITORIA
Anexo 2: CONTRATO DE AUDITORIA
En la ciudad de TARIJA de la provincia xx XXXXXXX, se celebra entre Cía. ESCORPIO S.A. domiciliado en Xx. Xxxxxxx Xxx 000, entre Campero y Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx en adelante EL CLIENTE, representada en este acto por la Lic. Xxx Xxxxxx Xxxx como Gerente General (según Poder Notarial Nº 1234 que adjunta) y la Firma de Auditores B&B representada por el M.Sc.Lic. Aud. Xxxxx Xxxxxxxx X., representante legal, con Matrícula Profesional Nº 3134, domiciliado en la Ciudad de TARIJA Provincia xx Xxxxxxx. En adelante EL AUDITOR, el presente contrato cuyo objeto, derechos y obligaciones de las partes se indican en las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Por el presente EL AUDITOR se compromete a realizar el examen de la información contable correspondiente al siguiente rubro:
1) ACTIVO DISPONIBLE CORRESPONDIENTE A LAS GESTIONES 20X1
SEGUNDA: El examen de auditoria tiene como principal objetivo expresar una opinión independiente sobre si los estados financieros (que comprenden el estado de situación financiera al 31 de diciembre de 20X2, el …………….., correspondientes al ejercicio terminado en dicha fecha, asi como las notas explicativas de los estados financieros que incluyen un resumen de las política significativas) presentan fielmente en todos los aspectos materiales (o expresan la imagen fiel) la situación financiera de la sociedad al 31 de diciembre de 20X2, así como sus resultados y flujos de efectivo correspondientes al ejercicio terminado en dicha fecha, de conformidad con las Normas Contables Profesionales que resulten aplicables para el ente, aprobadas por el Colegio de Auditores de Bolivia o concluir que no le ha sido posible la formación de un juicio, indicando las razones que justifican tal abstención de opinión.
TERCERA: A los fines de precisar las obligaciones de las partes, se deja aclarado que los estados financieros, objeto de la auditoria, corresponden en forma exclusiva al CLIENTE; en este sentido es responsable de las registraciones contables de acuerdo a las disposiciones legales.
El examen por parte del AUDITOR no tiene por finalidad indagar sobre la posible existencia de irregularidades o actos ilícitos, no obstante, los que pudieran detectarse durante o como consecuencia de la realización del trabajo, serán puestos en conocimiento del CLIENTE.
CUARTA: El examen se efectuará de acuerdo con las Normas de Auditoría aprobadas por el Colegio de Auditores de Bolivia. Estas normas establecen la realización de la tarea sobre bases selectivas, según el criterio exclusivo del AUDITOR, por lo que no incluye el análisis en detalle de la totalidad de las transacciones realizadas durante el ejercicio, pero si tener en cuenta la importancia relativa de lo examinado en su relación con el conjunto.
QUINTA: Las tareas a cargo de la auditoria incluirán el relevamiento y pruebas de cumplimiento de los sistemas, cuyo funcionamiento pudieran afectar la información contable de modo significativo; esta evaluación tiene por objetivo determinar el grado de confiabilidad del Control Interno.
Los mismos y sobre esta base planificar el trabajo, determinando la naturaleza, oportunidad y extensión de los procedimientos de auditoria a aplicar. Por lo señalado el examen no abarcara todas las cuestiones que pudieran resultar necesarios para la realización de un trabajo específico o investigación especial sobre el diseño y funcionamiento de los sistemas de control, que es responsabilidad exclusiva del CLIENTE.
SEXTA: En la ejecución de la Auditoria se contará con la colaboración de un equipo de auditores colaboradores, cuyas generales y experiencia se especifican en la propuesta de servicios profesionales.
SEPTIMA: EL CLIENTE deberá poner a disposición del AUDITOR la información, documentos y registros que éste le solicite.
En el Anexo A que forma parte del presente documento, se enumeran los elementos que deberán encontrarse a disposición del Auditor para el inicio de su labor.
Respecto de toda otra información, documentos y registros que se solicite durante el desarrollo de la auditoria el CLIENTE se compromete a brindar la cooperación necesaria para facilitar la consecución del trabajo por parte del AUDITOR dentro del plazo previsto en la Cláusula décima.
OCTAVA: EL CLIENTE se compromete a comunicar al AUDITOR por escrito todo hecho o circunstancia que pudiera afectar a la revisión de las cuentas de los estados financieros.
NOVENA: Para la realización de las tareas, objeto del presente contrato, el AUDITOR solicitará al CLIENTE, en tiempo y forma en caso de ser necesario, la colaboración de asistentes técnicos.
DECIMA: EL AUDITOR iniciará las tareas con anterioridad al 05 xx xxxxx del 20X3 y se compromete a finalizar el examen no después del día 30 xx xxxxx del 20X3 oportunidad en que emitirá su informe final, sujeto al cumplimiento por parte del ente de la puesta a disposición de la información y la colaboración conforme se establece en la Cláusula novena. Adicionalmente EL AUDITOR presentará un informe sobre las observaciones y/o recomendaciones que pudieran resultar de la evaluación efectuada según la Cláusula quinta y de las principales tareas realizada.
Tarija, 31 xx xxxxx de 20X3
Lic. Xxx Xxxxxx Xxxx Gerente General Cía. ESCORPIO X.X.
X.Sc.Lic. Aud. Xxxxx Xxxxxxxx V