ANUNCIO
ANUNCIO
LICITACION DE LA CONTRATACION SERVICIO MANTENIMIENTO INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS MULTIPLES
OBJETO DEL CONTRATO
Será objeto del contrato el mantenimiento de las infraestructuras municipales, así como servicios múltiples de acondicionamiento, al objeto de cumplir con la prestación de los servicios básicos y esenciales de limpieza de las dependencias municipales, centro médico, limpieza de vías públicas, mantenimiento de las vías públicas y mantenimiento de infraestructuras municipales (agua potable, depuración, edificios municipales, vías publicas, deposito residuos, etc.)
DURACION DEL CONTRATO
SEIS MESES (PRORROGABLES)
PRECIO LICITACION
18.750,00 (IVA excluido)
22.687,50 (IVA incluido)
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN
La forma de adjudicación del contrato será el procedimiento ABIERTO SIMPLIFICADO, en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición.
Toda la documentación se encuentra en la PLATAFORMA DE CONTRATACION DEL ESTADO.
REQUISITOS EMPRESAS PARTICIPANTES
Capacidad de obrar Solvencia técnica y económica
Experiencia acreditada en contrataciones similares
Adscripción de 1 trabajador (meses noviembre x xxxx) y 2 trabadores (meses junio a octubre) a Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx
Titulación acreditada de su personal
Aceptación condiciones establecidas en las clausulas administrativas y las condiciones técnicas (A retirar en este Ayuntamiento).
PRESENTACION SOLICITUDES PARTICIPACION
Deberán solicitarse manualmente en el Ayuntamiento de Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx
ANTES XX XXXXXX 4 XX XXXXX (INCLUIDO) en el siguiente horario:
Miércoles de 16:30 a 19:00
Jueves de 10:00 a 12:00
Anuncio de licitación
Número de Expediente 13/2019
Publicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público el 15-05-2019 a las 12:57 horas.
Será objeto del contrato el mantenimiento de las infraestructuras municipales, así como servicios múltiples de acondicionamiento, al objeto de cumplir con la prestación de los servicios básicos y esenciales de limpieza de las dependencias municipales, centro médico, limpieza de vías públicas, mantenimiento de las vías públicas y mantenimiento de infraestructuras municipales (agua potable, depuración, edificios municipales, vías públicas, deposito residuos, etc.)
Valor estimado del contrato 37.500 EUR. Importe 22.687,5 EUR.
Importe (sin impuestos) 18.750 EUR. Plazo de Ejecución
Del 01/07/2019 durante 6 Mes(es)
Observaciones: SEIS MESES PRORROGABLES POR MISMO PERIODO. JUSTIFICACION: COMPROBAR LA EFICACIA DE ESTA EXTERNALIZACION DE SERVICIOS FRENTE A PRESTACION DIRECTA DEL SERVICIO POR PERSONAL MUNICIPAL
Tipo de Contrato Servicios
Subtipo Servicios de mantenimiento y reparación Lugar de ejecución ES424 Guadalajara CASCO URBANO Y BARRIO LA DEHESA DE XXXXXXXXX XXXXXXXXX
Clasificación CPV
50000000 - Servicios de reparación y mantenimiento. 50800000 - Servicios varios de reparación y mantenimiento.
50850000 - Servicios de reparación y mantenimiento de mobiliario. 65000000 - Servicios públicos.
65500000 - Servicio de lectura de contadores.
90600000 - Servicios de saneamiento y limpieza en áreas urbanas o rurales y relacionados con ellos.
Proceso de Licitación
Procedimiento Abierto simplificado Tramitación Ordinaria Presentación de la oferta Manual
Detalle de la Licitación:
Entidad Adjudicadora
Alcaldía del Ayuntamiento de Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx
Tipo de Administración Administración Local Actividad Principal 22 - Servicios de Carácter General
Tipo de Entidad Adjudicadora Órgano de Contratación Sitio Web xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx
Perfil del Contratante
Dirección Postal
Contacto
Xxxxx Xxxxx 0
(00000) Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx ES424
Teléfono 000000000
Fax 000000000
Correo Electrónico xxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx
Proveedor de Pliegos
Secretaria del Ayuntamiento de Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx
Plazo de Obtención de Pliegos
Hasta el 04/06/2019 a las 11:00
Dirección Postal
Xxxxx Xxxxx 0
(00000) Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx
Dirección de Visita
Xxxxx 0
(00000) XXXXXXXXX XXXXXXXXX Xxxxxx
Plazo / Horario
De las 10:00 a las 19:00
Contacto
Teléfono 000000000
Fax 000000000
Correo Electrónico xxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx
Proveedor de Información adicional
Ayuntamiento de Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx
Dirección Postal
Xxxxx Xxxxx 0
(00000) Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx
Dirección de Visita
XXXXX 0
(00000) XXXXXXXXX XXXXXXXXX Xxxxxx
Plazo / Horario
De las 10:00 a las 19:00
Contacto
Teléfono 000000000
Fax 000000000
Correo Electrónico xxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx
Recepción de Ofertas
SECRETARIA del Ayuntamiento de Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx
Dirección Postal
Xxxxx Xxxxx 0
(00000) Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx
Dirección de Visita
mAYOR 3
(19185) XXXXXXXXX XXXXXXXXX España
Plazo / Horario
De las 10:00 a las 19:00
Contacto
Teléfono 000000000
Fax 000000000
Plazo de Presentación de Oferta
Hasta el 04/06/2019 a las 11:33
Observaciones: En tal caso, las ofertas se presentarán en el registro del Ayuntamiento con domicilio en la Calle Mayor numero 3 en el siguiente horario: Martes, de 10:00 a 13:00 Miércoles, de 16:30 a 19:00 Jueves, de 10:00 a 12:00 Dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Perfil de contratante.
Apertura de Ofertas Económicas y Documentación Apertura de Ofertas Económicas
APERTURA OFERTAS
Apertura sobre oferta económica
El día 13/06/2019 a las 11:00 horas apetura ofertas
Lugar
CASA CONSISTORIAL
Dirección Postal
XXXXX 0
(00000) XXXXXXXXX XXXXXXXXX Xxxxxx
Tipo de Acto : Público
Condiciones para la asistencia : PARTICIPANTE
Objeto del Contrato: Será objeto del contrato el mantenimiento de las infraestructuras municipales, así como servicios múltiples de acondicionamiento, al objeto de cumplir con la prestación de los servicios básicos y esenciales de limpieza de las dependencias municipales, centro médico, limpieza de vías públicas, mantenimiento de las vías públicas y mantenimiento de infraestructuras municipales (agua potable, depuración, edificios municipales, vías públicas, deposito residuos, etc.)
Valor estimado del contrato 37.500 EUR. Presupuesto base de licitación
Importe 22.687,5 EUR.
Importe (sin impuestos) 18.750 EUR.
Clasificación CPV
50000000 - Servicios de reparación y mantenimiento. 50800000 - Servicios varios de reparación y mantenimiento.
50850000 - Servicios de reparación y mantenimiento de mobiliario. 65000000 - Servicios públicos.
65500000 - Servicio de lectura de contadores.
90600000 - Servicios de saneamiento y limpieza en áreas urbanas o rurales y relacionados con ellos.
Plazo de Ejecución
Del 01/07/2019 durante 6 Mes(es)
Observaciones: SEIS MESES PRORROGABLES POR MISMO PERIODO. JUSTIFICACION: COMPROBAR LA EFICACIA DE ESTA EXTERNALIZACION DE SERVICIOS FRENTE A PRESTACION DIRECTA DEL SERVICIO POR PERSONAL MUNICIPAL
Lugar de ejecución
CASCO URBANO Y BARRIO LA DEHESA DE XXXXXXXXX XXXXXXXXX
Subentidad Nacional Guadalajara
Código de Subentidad Territorial ES424
Dirección Postal
España
Opciones y prórrogas
Descripción: UNA SOLA PRORROGA Plazo
Descripción: EJECUCION CONTRATO SEIS MESES PRORROGABLES POR OTROS SEIS MESES
Condiciones de ejecución del contrato
Se aceptará factura electrónica : Sí
Condiciones especiales de ejecución de Contrato
Favorecer la formación en el lugar de trabajo - SE ACREDITARA PRESTACION DE FORMACION A PERSONAL, EN ESPCIAL SOBRE RIESGOS LABORALES
Consideraciones de tipo ambiental - ADOPCION MEDIDAS TIPO AMBIENTAL A ELEGIR POR CONTRATISTA
Condiciones de Licitación
Importe Máximo Gastos de Publicidad 100 EUR.
Garantía Requerida Definitiva
Porcentaje 5 %
Plazo de constitución
6 Mes(es)
Requisitos de participación de los licitadores
Número de Empleados 2
Condiciones de admisión
Capacidad de obrar
Criterio de Solvencia Técnica-Profesional
Otros - a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, acreditándose fehacientemente (certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; contratos con entidades privadas, etc) b) Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, aportando títulos o acreditaciones académicas o profesionales exigidos al personal técnico del empresario. así como el número de técnicos y experiencia profesional mínima exigida a dichos técnicos, o las características y capacidades mínimas de las unidades técnicas exigidas, según corresponda. c) Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa. d) Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato. e) Indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato. f) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa, acompañada de la documentación justificativa correspondiente. g) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente.
Criterio de Solvencia Económica-Financiera
Otros - SEGURO RESPONSABILIDAD CIVL POR IMPORTE MINIMO DE 37500,00 EUROS
Preparación de oferta
Sobre 1
Tipo de Oferta Documentación administrativa y criterios cuantificables automáticamente
Descripción Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en 1 sobre cerrado, firmado por el licitador, en los que se hará constar la leyenda «Proposición para licitar a la contratación del servicio de Mantenimiento de Infraestructuras y Servicios Múltiples de Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx". Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en vigor. Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos, así como una relación numerada de los mismos: DECLARACION RESPONSABLE PROPOSICION ECONOMICA DOCUMENTOS ACREDITATIVOS RESTO CRITERIOS EVALUABLES AUTOMATICAMENTE
Condiciones de adjudicación
Criterios de Adjudicación
Criterios evaluables mediante aplicación de fórmulas
ADSCRIPCION MEDIOS ADICIONALES PERSONALES
Subtipo Criterio : Otros Ponderación : 5 Cantidad Mínima : 0.25 Cantidad Máxima : 5
EXPERIENCIA TRABAJOS SIMILAR NATURALESA
Subtipo Criterio : Otros Ponderación : 5 Cantidad Mínima : 0.5 Cantidad Máxima : 5
MEDIDAS GESTION MEDIOAMBIENTAL
Subtipo Criterio : Otros
Ponderación : 5 Cantidad Mínima : 0.5 Cantidad Máxima : 5
PRECIO
Subtipo Criterio : Precio Ponderación : 75
Expresión de evaluación : PO1=MaxPx (PL-Ovalorar / PL-MOf) TITULACION PERSONAL RESPONSABLE DEL SERVICIO
Subtipo Criterio : Otros Ponderación : 5 Cantidad Mínima : 1 Cantidad Máxima : 5
TITULACION PERSONBAL ADSCRITO XXXXXXXXX XXXXXXXXX
Subtipo Criterio : Otros Ponderación : 5 Cantidad Mínima : 2 Cantidad Máxima : 5
Se aceptará factura electrónica
Subcontratación permitida
SE PERMITE EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 215 DE LA LEY 9/2017 LCSP
ID 0000004019076 | UUID 2019-462933 | SELLO DE TIEMPO FechaWed, 15 May 2019 12:57:52:655 CEST N.Serie 22259357444349108765543337533249502721 Autoridad 4: C=ES,O=FÁBRICA NACIONAL DE MONEDA Y TIMBRE-REAL CASA DE LA MONEDA,OU=CERES,2.5.4.97=VATES-Q2826004J,CN=AUTORIDAD DE SELLADO DE TIEMPO FNMT-RCM - TSU 2016
Xxxxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxx (1 de 2) Secretaria - Interventora
Fecha Firma: 09/05/2019
HASH: 1746d465bb2ec01f33725a171921a0e0
Expediente nº: 13/2019
Procedimiento: Contrato de Servicios por Procedimiento Abierto Simplificado.
Asunto: Servicios de mantenimiento de infraestructuras municipales y servicios múltiples.
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA CONTRATO DE SERVICIOS POR PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO
CLÁUSULA PRIMERA: Objeto y calificación.
1.1 Descripción del objeto del contrato
Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx (2 de 2) Alcalde
Fecha Firma: 15/05/2019
HASH: 4caa675bdaa80fbecce4c020406a4313
Será objeto del contrato el mantenimiento de las infraestructuras municipales, así como servicios múltiples de acondicionamiento, al objeto de cumplir con la prestación de los servicios básicos y esenciales de limpieza de las dependencias municipales, centro médico, limpieza de vías públicas, mantenimiento de las vías públicas y mantenimiento de infraestructuras municipales (agua potable, depuración, edificios municipales, vías públicas, deposito residuos, etc.)
Cód. Validación: 7G9MEZAFF6Q625CWLTKYQ7AZ7 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 27
El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de servicios, de acuerdo con el artículo 17 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante, LCSP).
1.2 División en lotes del objeto del contrato
El objeto del contrato no es susceptible de división en lotes, según se desprende del informe técnico de fecha 22 xx xxxxx de 2019.
1.3 Códigos de identificación de las prestaciones objeto del contrato
El objeto del contrato se identifica con los códigos siguientes:
Código CPV | Descripción |
1 | 50000000-5 |
X/ Xxxxx, 0, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx. 00000 (Xxxxxxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
CLÁUSULA SEGUNDA: Procedimiento de Selección y Adjudicación.
La forma de adjudicación del contrato será el procedimiento abierto simplificado, en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición.
La adjudicación del contrato se realizará utilizando una pluralidad de criterios de adjudicación, en base a la mejor relación calidad-precio, de conformidad con lo que se establece en la cláusula UNDECIMA.
CLÁUSULA TERCERA: Perfil de contratante.
CLÁUSULA CUARTA: Valor estimado del contrato y presupuesto base de licitación.
El valor por el tiempo de duración del contrato es de 18.750,00 euros (IVA excluido), siendo la duración del contrato 6 meses, prorrogables por otros seis meses; motivo este último por el cual el valor estimado del contrato asciende a la cantidad total de 37.500,00 euros (IVA excluido), de conformidad con el art. 101.2 LCSP.
Cód. Validación: 7G9MEZAFF6Q625CWLTKYQ7AZ7 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 27
El presupuesto base de licitación asciende a la cantidad de 22.687,50 euros (18.750,00 euros + IVA), conforme al art. 100 LCSP.
CLÁUSULA QUINTA: Existencia de crédito.
Las obligaciones económicas del contrato se abonarán con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias, en su caso:
Anualidad | Aplicación presupuestaria | Importe |
2019 | 163.227 | 18.750,00 |
2020 | 163.227 | 18.750,00 |
TOTAL | 37.500,00 |
X/ Xxxxx, 0, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx. 00000 (Xxxxxxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
El contrato se abonará con cargo a la aplicación arriba indicada del presupuesto municipal, en la que existe crédito suficiente que se retiene.
CLÁUSULA SEXTA: Revisión de precios.
NO cabe la revisión de precios.
CLÁUSULA SÉPTIMA: Duración del contrato y Emplazamiento.
La duración del contrato será de seis meses, a contar desde la fecha fijada en el documento contractual, siendo esta el 1 de julio de 2019. El contrato podrá prorrogarse por otro periodo de seis meses adicionales.
La duración del contrato quedará condicionada a la existencia de consignación presupuestaria adecuada y suficiente en cada ejercicio presupuestario.
CLÁUSULA OCTAVA: Acreditación de la aptitud para Contratar.
Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
Cód. Validación: 7G9MEZAFF6Q625CWLTKYQ7AZ7 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 27
1. La capacidad de obrar de los empresarios y la no concurrencia de prohibiciones de contratar se acreditará mediante la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público.
La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acredita, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera y técnica o profesional, clasificación y demás circunstancias inscritas, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en el mismo.
No obstante, con fecha 24 de septiembre 2018, la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado ha considerado oportuno adoptar una Recomendación sobre la aplicación del requisito de inscripción en el ROLECE del artículo 159 de la LCSP. Así las cosas, la Junta de Contratación del Estado, en aras de que no se generen situaciones contrarias a la concurrencia
X/ Xxxxx, 0, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx. 00000 (Xxxxxxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
de los licitadores, dada la dificultad y la demora que supone hoy en día este trámite, flexibiliza el requisito de la obligatoria inscripción en el ROLECE, de forma que no cabe entender que el requisito de la inscripción sea exigible. Y así, mientras el principio de concurrencia se encuentre comprometido por esta situación coyuntural, habrá que acudir a las condiciones de acreditación de los requisitos de aptitud para contratar que establece la ley con carácter general.
2. La solvencia del empresario:
2.1. La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por el medio siguiente:
Único: Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a 37.500,00 euros, por un plazo mínimo de vigencia de 1 año, desde la fecha de presentación de la proposición.
2.2. En los contratos de servicios, la solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá apreciarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que deberá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes:
Cód. Validación: 7G9MEZAFF6Q625CWLTKYQ7AZ7 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 27
a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, acreditándose fehacientemente (certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; contratos con entidades privadas, etc)
b) Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, aportando títulos o acreditaciones académicas o profesionales exigidos al personal técnico del empresario. así como el número de técnicos y experiencia profesional mínima exigida a dichos técnicos, o las características y capacidades mínimas de las unidades técnicas exigidas, según corresponda.
c) Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa.
X/ Xxxxx, 0, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx. 00000 (Xxxxxxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
d) Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato.
e) Indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato.
f) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa, acompañada de la documentación justificativa correspondiente.
g) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente.
3. Adscripción de medios.
Los licitadores, además de acreditar su solvencia o, en su caso clasificación, deberán adscribir obligatoriamente para la ejecución de este contrato, como criterio de solvencia, los siguientes:
Cód. Validación: 7G9MEZAFF6Q625CWLTKYQ7AZ7 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 27
Compromiso de adscripción de medios personales:
La empresa deberá adscribir al Ayuntamiento de Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, como mínimo, a un trabajador con conocimientos y experiencia acreditada, tal y como se ha indicado en los puntos anteriores, que prestara sus servicios en el siguiente horario:
Horario xx xxxxxx (junio a octubre): De lunes a viernes de 7:00 a 15:00 horas. Horario de invierno (noviembre x xxxx): De lunes a viernes de 8:00 a 16:00 horas.
En los meses de mayor actividad (julio a octubre) se precisará refuerzo de medios personales, por lo que los trabajos incluidos en los puntos a, b, c, d y e, xxx Xxxxxx de prescripciones técnicas, deberán ser ejecutados por DOS TRABAJADORES.
En casos de emergencia por sucesos imprevistos o averías fuera de los días y horas señaladas en los párrafos anteriores, la empresa adjudicataria deberá facilitar un trabajador para solventar las mismas en el plazo máximo de 1 hora. Dichas labores serán objeto de facturación
X/ Xxxxx, 0, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx. 00000 (Xxxxxxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
individualizada, tal y como se detallará en el contrato a suscribir y en el pliego de prescripciones técnicas.
Estos medios personales formarán parte de la propuesta presentada por los licitadores y, por lo tanto, del contrato que se firme con el adjudicatario. Por este motivo, deberán ser mantenidos por la empresa adjudicataria durante todo el tiempo de realización de este servicio. Cualquier variación respecto a ellos deberá ser comunicada a esta Administración. Su incumplimiento podrá ser causa de resolución del contrato o de imposición de penalidades de acuerdo con la vigesimoséptima.
CLÁUSULA NOVENA: Acreditación de la Solvencia mediante Clasificación.
Podrá acreditarse la solvencia económica y técnica mediante clasificación, con carácter potestativo, no siendo requisito imprescindible.
CLÁUSULA DÉCIMA: Presentación de Proposiciones y Documentación Administrativa.
10.1. Condiciones previas.
Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna.
Cód. Validación: 7G9MEZAFF6Q625CWLTKYQ7AZ7 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 27
Cada entidad licitadora no podrá presentar más de una proposición, ni suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
10.2. Lugar y plazo de presentación de ofertas.
Presentación Manual
Para la licitación del presente contrato, se permite la presentación de ofertas utilizando medios manuales para asegurar una mayor participación de las pequeñas y medianas empresas ubicadas en la zona de la Campiña Baja, dados sus tamaños y características. Este Ayuntamiento presume que dichas empresas no son usuarias habituales de las plataformas digitales.
X/ Xxxxx, 0, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx. 00000 (Xxxxxxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
En tal caso, las ofertas se presentarán en el registro del Ayuntamiento con domicilio en la Calle Mayor numero 3 en el siguiente horario:
Martes, de 10:00 a 13:00
Miércoles, de 16:30 a 19:00
Jueves, de 10:00 a 12:00
Dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Perfil de contratante.
10.3. Información a los licitadores
Cuando sea preciso solicitar la información adicional o complementaria a que se refiere el artículo 138 de la LCSP, la Administración contratante deberá facilitarla, al menos, seis días antes de que finalice el plazo fijado para la presentación de ofertas, siempre que dicha petición se presente con una antelación mínima de doce días respecto de aquella fecha. Dicha solicitud se efectuará al número de fax o a la dirección de correo electrónico previsto en el anuncio de licitación.
10.4 Contenido de las proposiciones
Cód. Validación: 7G9MEZAFF6Q625CWLTKYQ7AZ7 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 27
Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en 1 sobre cerrado, firmado por el licitador, en los que se hará constar la leyenda «Proposición para licitar a la contratación del servicio de Mantenimiento de Infraestructuras y Servicios Múltiples de Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx".
Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en vigor.
Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos, así como una relación numerada de los mismos:
A) Declaración Responsable del licitador indicativa del cumplimiento de las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración.
La declaración responsable se presentará conforme al modelo incluido en el Anexo del presente pliego.
X/ Xxxxx, 0, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx. 00000 (Xxxxxxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
En caso de que la adscripción de medios exigida se cumpla con medios externos al licitador, deberá presentarse una declaración responsable por el licitador y por cada uno de los medios adscritos a la ejecución del contrato.
Si varias empresas concurren constituyendo una unión temporal, cada una de las que la componen deberá acreditar su personalidad, capacidad y solvencia, presentando todas y cada una la correspondiente declaración responsable.
b) Proposición económica.
Se presentará conforme al siguiente modelo:
« , con domicilio a efectos de notificaciones en
Cód. Validación: 7G9MEZAFF6Q625CWLTKYQ7AZ7 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 27
, , n.º , con NIF n.º , en representación de la Entidad , con NIF n.º , enterado del expediente para la contratación del servicio de por procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación, anunciado en el Perfil de contratante, hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el importe de euros y euros correspondientes al Impuesto sobre el Valor Añadido.
En , a de de 20 .
Firma del candidato,
Fdo.: .».
c) Documentos relativos a la oferta, distintos del precio, que se deban cuantificar de forma automática, según cláusula Undécima:
X/ Xxxxx, 0, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx. 00000 (Xxxxxxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
- Acreditación experiencia
- Acreditación titulación/formación técnica del responsable en la empresa.
- Acreditación titulación/formación técnica del personal adscrito a Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx.
- Medidas de gestión medioambiental.
- Adscripción de medios personales.
CLÁUSULA UNDÉCIMA: Criterios de Adjudicación.
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la mejor oferta, se atenderá a una pluralidad de criterios de adjudicación en base a la mejor relación calidad-precio.
A. Criterios cuantificables automáticamente, se puntuarán en orden decreciente:
1) Precio: [De 10 hasta 75 puntos. Se aplicará la siguiente fórmula:
PO1=MaxPx (PL-Ovalorar / PL-MOf)
Donde:
Cód. Validación: 7G9MEZAFF6Q625CWLTKYQ7AZ7 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 27
PO1: Son los puntos obtenidos por la oferta que se valora. MaxPx: Es el máximo de puntos que otorga el criterio precio Ovalorar: Es la oferta que estamos valorando
PL: Es el precio base de licitación (sin IVA) Mof: Mejor oferta recibida
2) Por acreditación de prestación de servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los cinco últimos años: Cada seis meses continuados de trabajo para una misma empresa/organismo público: 0,5 puntos (Máximo 5 puntos).
3) Títulos o acreditaciones académicas o profesionales exigidos al personal responsable en la empresa de la ejecución del contrato : Por cada acreditación académica del personal técnico de la empresa: 1,0 puntos (Máximo 5 puntos).
X/ Xxxxx, 0, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx. 00000 (Xxxxxxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
4) Títulos o acreditaciones académicas o profesionales exigidos al personal adscrito a Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx: Por cada acreditación académica del personal técnico de la empresa: 1,0 punto (máximo 2,0 puntos por cada trabajador adscrito- Máximo 5 puntos en total).
5) Medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato: Cada medida propuesta 0,5 punto (máximo 5 puntos).
6) Adscripción de medios personales: Por aportación de un trabajador adicional al exigido: 0,25 puntos por trabajador adicional/número de meses. (Máximo 5 puntos).
Será rechazada toda oferta que, en la valoración final no obtenga una puntuación igual o superior a 15 puntos.
CLÁUSULA DUODÉCIMA: Admisibilidad de Variantes
No se admiten variantes.
CLÁUSULA DECIMOTERCERA: Ofertas anormalmente bajas.
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Cuando en aplicación de los parámetros establecidos en los criterios de valoración de las ofertas, alguna de ellas esté incursa en presunción de anormalidad, se concederá a los licitadores afectados un plazo de cinco días hábiles para que puedan presentar una justificación adecuada de las circunstancias que les permiten ejecutar dicha oferta en esas condiciones, con los criterios que se señalan al respecto en el artículo 149.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Los criterios para apreciar las ofertas desproporcionadas o temerarias en las subastas serán los del art. 85 del Reglamento 1098/2001, de 12 de octubre.
Para la valoración de las ofertas como desproporcionadas, la mesa de contratación podrá considerar la relación entre la solvencia de la empresa y la oferta presentada.
Recibidas las justificaciones, la Mesa solicitará un informe técnico, generalmente al funcionario que haya realizado el pliego de prescripciones técnicas, el proyecto o el estudio económico del contrato, o a todos en conjunto, que analice detalladamente las motivaciones que haya argumentado el licitador para poder mantener su oferta.
X/ Xxxxx, 0, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx. 00000 (Xxxxxxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
En todo caso, se rechazarán las ofertas si se comprueba que son anormalmente bajas porque vulneran la normativa sobre subcontratación o no cumplen las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral, nacional o internacional, incluyendo el incumplimiento de los convenios colectivos sectoriales vigentes.
A la vista de las justificaciones de los contratistas cuya oferta haya sido clasificada como desproporcionada y del informe técnico municipal que las analice, la Mesa de Contratación, propondrá al órgano de contratación motivadamente la admisión de la oferta o su exclusión.
CLÁUSULA DECIMOCUARTA: Preferencias de Adjudicación en caso de empates.
Cuando tras efectuar la ponderación de todos los criterios de valoración establecidos para el lote o lotes u oferta integradora de que se trate, se produzca un empate en la puntuación otorgada a dos o más ofertas, se utilizarán los siguientes criterios para resolver dicha igualdad:
1º: Acreditación experiencia: Se dará prioridad a la empresa que obtenga mayor puntuación en este aspecto.
2º: Precio: En caso de nuevo empate, se dará prioridad a la empresa que presente la mejor oferta económica.
3º: Adscripción de medios personales: En caso de nuevo empate, y en tercer lugar, se dará prioridad a la empresa que obtenga mayor puntuación en este aspecto.
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CLÁUSULA DECIMOQUINTA: Mesa de Contratación.
La Mesa de contratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa, y actuará conforme a lo previsto en el artículo 326 de la LCSP y en el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, desarrollando las funciones que en estos se establecen.
La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 7 de la Disposición Adicional Segunda de la LCSP, estará presidida por un miembro de la Corporación y formarán parte de ella, como vocal y Secretaria la titular del puesto de Secretaria Intervención de este ayuntamiento (titular del órgano que tiene atribuida la función de asesoramiento jurídico y la función de control económico-presupuestario).; la Diputación Provincial de Guadalajara proporcionará el tercer miembro que actuará como vocal de la Mesa.
X/ Xxxxx, 0, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx. 00000 (Xxxxxxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
Su composición se publicará a través del perfil de contratante al publicar el anuncio de licitación, o bien se hará pública con carácter previo a su constitución a través de un Anuncio específico en el citado perfil.
CLÁUSULA DECIMOSEXTA: Apertura de Proposiciones.
La Mesa de Contratación se constituirá el segundo jueves hábil tras la finalización del plazo de presentación de las proposiciones, a las 10:00 horas.
La mesa de contratación procederá a la apertura de los sobres que contienen la documentación administrativa, la proposición económica y documentación cuantificable de forma automática.
Tras la lectura de las proposiciones, y previa exclusión de las ofertas que no cumplan los requerimientos, la Mesa procederá a la evaluación y clasificación de las ofertas.
A la vista del resultado, la Mesa de Contratación propondrá al adjudicatario del contrato.
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Realizada la propuesta de adjudicación, la mesa de contratación procederá, en el mismo acto, a comprobar que la empresa está debidamente constituida, que el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar.
CLÁUSULA DECIMOSÉPTIMA: Requerimiento de Documentación.
En el mismo acto, la mesa de contratación requerirá, mediante comunicación electrónica, al licitador que haya presentado la mejor oferta para que, dentro del plazo de siete días hábiles desde la fecha del envío de la comunicación, constituya la garantía definitiva (Clausula decimoctava), así como para que aporte el compromiso al que se refiere el artículo
75.2 de la LCSP y la documentación justificativa de que dispone efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 76.2 de la LCSP.
En caso de que en el plazo otorgado al efecto el candidato propuesto como adjudicatario no presente la garantía definitiva, se efectuará propuesta de adjudicación a favor del siguiente
X/ Xxxxx, 0, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx. 00000 (Xxxxxxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
candidato en puntuación, otorgándole el correspondiente plazo para constituir la citada garantía definitiva.
CLÁUSULA DECIMOCTAVA: Garantía Definitiva.
El licitador que hubiera presentado la mejor oferta deberá acreditar la constitución de la garantía de un 5% del precio final ofertado, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Esta garantía podrá prestarse en alguna de las siguientes formas:
a) En efectivo o acreditando transferencia realizada en una de las cuentas corrientes de este Ayuntamiento.
b) Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo de la LCSP, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, que deberá depositarse en los establecimientos señalados en el art. 108.1.a) de la LCSP.
La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato.
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Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en el artículo 110 de la LCSP, y transcurridos 6 meses desde la fecha de terminación del contrato, sin que la recepción formal y la liquidación hubiesen tenido lugar por causas no imputables al contratista, se procederá, sin más demora, a su devolución o cancelación una vez depuradas las responsabilidades a que se refiere el citado artículo 110.
La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicos.
CLÁUSULA DECIMONOVENA: Adjudicación del Contrato.
Presentada la garantía definitiva, en un plazo no superior a 5 días, se procederá a adjudicar el contrato a favor del licitador propuesto como adjudicatario, procediéndose, una vez adjudicado el mismo, a su formalización.
X/ Xxxxx, 0, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx. 00000 (Xxxxxxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
En caso de que en el plazo otorgado al efecto el candidato propuesto como adjudicatario no presente la garantía definitiva, se efectuará propuesta de adjudicación a favor del siguiente candidato en puntuación, otorgándole el correspondiente plazo para constituir la citada garantía definitiva.
La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores, debiendo ser publicada en el perfil de contratante en el plazo de 15 días.
CLÁUSULA VIGÉSIMA: Formalización del Contrato.
El contrato se perfeccionará con su formalización.
De acuerdo con lo señalado en el artículo 99.7 LCSP, cada lote constituirá un contrato, salvo en casos en que se presenten ofertas integradoras, en los que todas las ofertas constituirán un contrato.
La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquel en que se realice la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos; constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público.
El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
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Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado se le exigirá el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía definitiva, si se hubiera constituido.
CLÁUSULA VIGESIMOPRIMERA: Condiciones Especiales de Ejecución del Contrato.
Se establecen las siguientes condiciones especiales de ejecución del contrato, de acuerdo con lo establecido en el artículo 202 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público:
A) Tipo especial:
- Favorecer la formación en el lugar de trabajo.
X/ Xxxxx, 0, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx. 00000 (Xxxxxxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
- Consideraciones de tipo ambiental.
B) Descripción:
- Se acreditará la prestación de formación en el lugar de trabajo, en especial se formará en prevención de riesgos laborales.
- Se acreditará la adopción de medidas de tipo ambiental a elegir por el contratista.
CLÁUSULA VIGESIMOSEGUNDA: (22.1) Abonos al contratista, (22.2 y 22.3) obligaciones, (22.4) plazo de garantía, (22.5) gastos exigibles al contratista y (22.6) obligaciones relativas a la gestión de permisos, licencias y autorizaciones.
22.1. Abonos al contratista
El pago del trabajo o servicio se efectuará mensualmente, previa presentación de factura debidamente conformada.
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El contratista deberá presentar la factura en un registro administrativo en el plazo de 30 días desde la fecha de la prestación, en el caso de servicios de tracto sucesivo las facturas deberán presentarse en el plazo máximo de 10 días desde la realización de la prestación en el periodo de que se trate. La factura deberá presentarse en formato electrónico en los supuestos que fija la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de Impulso a la Factura Electrónica y Creación del Registro Contable de Facturas del Sector Público, en estos casos la presentación de la factura en el Punto General de Acceso equivale a la presentación en un registro administrativo.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 198 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la Administración tendrá obligación de abonar el precio dentro de los treinta días siguientes a la fecha de aprobación de los documentos que acrediten la conformidad de los servicios prestados con lo dispuesto en el contrato, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 4, del artículo 210 de la LCSP, y si se demorase, deberá abonar al contratista, a partir del incumplimiento de dicho plazo de treinta días, los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
X/ Xxxxx, 0, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx. 00000 (Xxxxxxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
Para que haya lugar al inicio del cómputo del plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura ante el registro administrativo correspondiente en los términos establecidos en la normativa vigente sobre factura electrónica, en tiempo y forma, en el plazo de treinta días desde la fecha de entrega efectiva de las mercancías o la prestación del servicio.
Mientras que la Administración deberá aprobar los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los servicios prestados, dentro de los treinta días siguientes a la prestación del servicio.
22.2. Obligaciones laborales, sociales y de transparencia.
El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato.
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La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien en todo caso, el adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación.
Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, el adjudicatario del contrato está obligado a suministrar a la Administración, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones previstas en la citada norma, así como en aquellas normas que se dicten en el ámbito municipal.
22.3. Obligaciones esenciales que pueden ser causa de resolución del contrato.
Tendrán la condición de obligaciones esenciales de ejecución del contrato, las siguientes:
X/ Xxxxx, 0, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx. 00000 (Xxxxxxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
a. El cumplimiento de la propuesta del adjudicatario en todo aquello que haya sido objeto de valoración de acuerdo con los criterios de adjudicación establecidos para el contrato.
b. Las obligaciones establecidas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares en relación con la adscripción de medios personales y materiales a la ejecución del contrato.
c. El cumplimiento estricto de las medidas de seguridad y salud previstas en la normativa vigente y en el plan de seguridad y salud.
d. El pago de los salarios a los trabajadores y su retención de IRPF, así como el abono puntual de las cuotas correspondientes a la Seguridad Social.
e. No responder a las situaciones de emergencia tal y como se indica en el presente documento.
22.4. Plazo de garantía
El objeto de este contrato quedará sujeto a un plazo de garantía de 10 días, a contar desde la fecha de recepción de la factura mensual o conformidad del trabajo, plazo durante el cual la Administración podrá comprobar que el trabajo realizado se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento y a lo estipulado en el presente Pliego y en el de Prescripciones Técnicas. Transcurrido el plazo de garantía sin que se hayan formulado reparos a los trabajos ejecutados, quedará extinguida la responsabilidad del contratista.
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Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados, el órgano de contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de los mismos.
22.5. Xxxxxx exigibles al contratista
Son de cuenta del Contratista los gastos del anuncio o anuncios de licitación y adjudicación, en su caso, de la formalización del contrato, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen.
22.6. Obligaciones relativas a la gestión de permisos, licencias y autorizaciones.
El contratista estará obligado, salvo que el órgano de contratación decida gestionarlo por sí mismo y así se lo haga saber de forma expresa, a gestionar los permisos, licencias y
X/ Xxxxx, 0, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx. 00000 (Xxxxxxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
autorizaciones establecidas en las ordenanzas municipales y en las normas de cualquier otro organismo público o privado que sean necesarias para el inicio, ejecución y entrega del suministro, solicitando de la Administración los documentos que para ello sean necesarios.
CLÁUSULA VIGESIMOTERCERA: Subcontratación.
Se autoriza la subcontratación parcial de las prestaciones accesorias objeto del contrato, en los términos y con las condiciones que establece el artículo 215 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
La subcontratación deberá realizarse cumpliendo los requisitos básicos siguientes:
a) Comunicación previa y por escrito al Ayuntamiento del adjudicatario de los datos siguientes en relación con cada subcontrato que pretenda realizar:
-Identificación del subcontratista, con sus datos de personalidad, capacidad y solvencia.
-Identificación de las partes del contrato a realizar por el subcontratista.
-Importe de las prestaciones a subcontratar.
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b) No podrá subcontratarse con personas o empresas inhabilitadas para contratar con la Administración ni carentes de la capacidad, solvencia y habilitación profesional precisa para ejecutar las prestaciones concretas que se subcontratan.
c) El contratista que subcontrate deberá comprobar con carácter previo al inicio de los trabajos que subcontrate, la afiliación y alta en la Seguridad Social de los trabajadores que vayan a realizar los trabajos en cuestión en cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto- ley 5/2011, de 29 xx xxxxx, de medidas para la regularización y control del empleo sumergido y fomento de la rehabilitación de viviendas.
d) El contratista deberá informar a los representantes de los trabajadores de la subcontratación, de acuerdo con la legislación laboral.
e) Los subcontratistas quedarán obligados sólo ante el contratista principal que asumirá la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente al Ayuntamiento, con arreglo estricto a los pliegos de cláusulas administrativas particulares y a los términos del contrato, sin que el
X/ Xxxxx, 0, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx. 00000 (Xxxxxxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
conocimiento por parte del Ayuntamiento de la existencia de subcontrataciones altere la responsabilidad exclusiva del contratista principal.
f) El contratista deberá abonar a los subcontratistas el precio pactado por las prestaciones que realicen como mínimo en los plazos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Para garantizar tal cumplimiento, con cada facturación al Ayuntamiento deberá el contratista aportar el justificante del pago de los trabajos realizados en el mes anterior por las empresas o autónomos que haya subcontratado en el marco del presente contrato.
CLÁUSULA VIGESIMOCUARTA: Modificaciones Contractuales.
No se prevén.
CLÁUSULA VIGESIMOQUINTA: Sucesión en la Persona del Contratista.
En los casos de fusión, escisión, aportación o transmisión de empresas o ramas de actividad de las mismas, continuará el contrato vigente con la entidad resultante, que quedará subrogada en los derechos y obligaciones dimanantes del mismo, si se producen las condiciones exigidas en el artículo 98 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
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Es obligación del contratista comunicar fehacientemente a la Administración cualquier cambio que afecte a su personalidad jurídica, suspendiéndose el cómputo de los plazos legalmente previstos para el abono de las facturas correspondientes, hasta que se verifique el cumplimiento de las condiciones de la subrogación.
Si no pudiese producirse la subrogación por no reunir la entidad a la que se atribuya el contrato las condiciones de solvencia necesarias, se resolverá el mismo, considerándose a todos los efectos como un supuesto de resolución por culpa del contratista.
CLÁUSULA VIGESIMOSEXTA: Cesión del Contrato.
El contrato podrá ser objeto de cesión con los límites y requisitos del artículo 214 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público:
a) Que el órgano de contratación autorice, de forma previa y expresa, la cesión.
X/ Xxxxx, 0, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx. 00000 (Xxxxxxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
b) Que el cedente tenga ejecutado al menos un 20 por 100 del importe del contrato.
c) Que el cesionario tenga capacidad para contratar con la Administración y la solvencia que resulte exigible en función de la fase de ejecución del contrato, debiendo estar debidamente clasificado si tal requisito ha sido exigido al cedente, y no estar incurso en una causa de prohibición de contratar.
d) Que la cesión se formalice, entre el adjudicatario y el cesionario, en escritura
pública.
CLÁUSULA VIGESIMOSÉPTIMA: Penalidades por incumplimiento.
27.1. Penalidades por demora.
El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados por el órgano de contratación.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Administración podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0,60 euros por cada 1000,00 euros del precio del contrato, IVA excluido.
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Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5% del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato, la Administración podrá optar, indistintamente, por su resolución o por la imposición de las penalidades establecidas anteriormente.
27.2. Penalidades por incumplimiento o cumplimiento defectuoso de la prestación.
Se consideran muy graves los incumplimientos por parte del adjudicatario de cualquiera de las condiciones especiales de ejecución establecida en la cláusula 21 de este pliego de cláusulas particulares.
X/ Xxxxx, 0, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx. 00000 (Xxxxxxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
Estos incumplimientos serán causa de resolución del contrato, salvo que se considere que la actuación es aislada y susceptible de reconducción, y que la resolución del contrato no resulta conveniente para el interés del servicio en cuestión, en cuyo caso se sustituirá por la penalización correspondiente.
Estos incumplimientos contractuales muy graves conllevarán la imposición de las penalidades coercitivas del 10% del precio de adjudicación, IVA excluido, por cada infracción y/o día de incumplimiento de plazos en función de gravedad, reincidencia y mala fe en la comisión de la infracción.
El incumplimiento por parte del adjudicatario de cualquier otra de sus obligaciones contractuales o su cumplimiento defectuoso conllevará, igualmente, una multa coercitiva de entre el 10 % del precio del contrato, en función de su mayor o menor gravedad y reincidencia.
Las penalizaciones que se impongan al adjudicatario son independientes de la obligación del contratista de indemnizar por los daños y perjuicios que su incumplimiento ocasione al Ayuntamiento o a terceros con derecho a repetir contra el Ayuntamiento.
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En el caso de incumplimientos por parte del adjudicatario de aspectos de su oferta, la indemnización que se exigirá al contratista incorporará la diferencia que en su caso haya existido entre su oferta y la del siguiente contratista al que se hubiese adjudicado el contrato sin tener en cuenta el criterio que no ha cumplido el adjudicatario.
27.3. Imposición de penalidades.
Para la imposición de estas penalizaciones e indemnizaciones por incumplimientos contractuales se seguirá un expediente contradictorio sumario, en el que se concederá al contratista un plazo de alegaciones de 5 días naturales tras formularse la denuncia. Dichas alegaciones y el expediente de penalización será resuelto, previo informe del responsable municipal del servicio e informe jurídico, por el Sr. Alcalde o Concejal en quien delegue, resolución que pondrá fin a la vía administrativa.
El inicio del expediente para la imposición de estas penalidades por el Ayuntamiento se realizará en el momento en que tenga conocimiento por escrito de los hechos. No obstante, si se estima que el incumplimiento no va a afectar a la ejecución material de los trabajos de manera
X/ Xxxxx, 0, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx. 00000 (Xxxxxxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
grave o que el inicio del expediente de penalización puede perjudicar más a la marcha de la ejecución del contrato que beneficiarla, podrá iniciarse dicho expediente en cualquier momento anterior a la terminación del plazo de garantía del contrato.
Las penalidades e indemnizaciones impuestas serán inmediatamente ejecutivas, y se harán efectivas mediante deducción de los pagos correspondientes que el Ayuntamiento tenga pendientes de abonar al contratista. Si ya no existiesen cantidades pendientes de pago, se podrán hacer efectivas contra la garantía definitiva y si ésta no alcanzase el montante de la penalización, se podrá reclamar por la vía administrativa de apremio por considerarse ingreso de derecho público.
CLÁUSULA VIGESIMOCTAVA: Resolución del Contrato.
La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los fijados en los artículos 211 y 313 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista.
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Además, el contrato podrá ser resuelto por el órgano de contratación cuando se produzcan incumplimientos del plazo total o de los plazos parciales fijados para la ejecución del contrato que haga presumiblemente razonable la imposibilidad de cumplir el plazo total, siempre que el órgano de contratación no opte por la imposición de las penalidades.
Asimismo, serán causas de resolución del contrato, al amparo del artículo 211.f) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, las establecidas como obligaciones esenciales por el órgano de contratación.
Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, se incautará la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía.
CLÁUSULA VIGESIMONOVENA: Responsable del Contrato.
En el acuerdo de adjudicación del contrato se designará un técnico municipal responsable de la ejecución del contrato, con las funciones que se prevén en el artículo 62 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y en concreto las siguientes:
X/ Xxxxx, 0, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx. 00000 (Xxxxxxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
— Realizar el seguimiento material de la ejecución del contrato, para constatar que el contratista cumple sus obligaciones de ejecución en los términos acordados en el contrato.
— Verificar el efectivo cumplimiento de las obligaciones del adjudicatario en materia social, fiscal y medioambiental, y en relación con los subcontratistas si los hubiera, así como el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato que supongan la aportación de documentación o la realización de trámites de tipo administrativo.
— Promover las reuniones que resulten necesarias al objeto de solucionar cualquier incidente que surja en la ejecución del objeto del contrato, sin perjuicio de su resolución por el órgano de contratación por el procedimiento contradictorio que establece el artículo 97 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
— Dar al contratista las instrucciones oportunas para asegurar el efectivo cumplimiento del contrato en los términos pactados, que serán inmediatamente ejecutivas en cuanto puedan afectar a la seguridad de las personas o cuando la demora en su aplicación pueda implicar que devengan inútiles posteriormente, en función del desarrollo de la ejecución del contrato; en los demás casos, y en caso de mostrar su disconformidad el adjudicatario, resolverá sobre la medida a adoptar el órgano de contratación, sin perjuicio de las posibles indemnizaciones que puedan proceder.
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— Proponer la imposición de penalidades por incumplimientos contractuales.
— Informar en los expedientes de reclamación de daños y perjuicios que haya suscitado la ejecución del contrato.
CLÁUSULA TRIGÉSIMA: Unidad encargada del seguimiento y ejecución.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 62.1 de la LCSP, la unidad encargada del seguimiento y ejecución ordinaria del contrato será El concejal Delegado en materia de Urbanismo y Medio Ambiente.
CLÁUSULA TRIGESIMOPRIMERA: Confidencialidad y tratamiento de datos.
31.1 Confidencialidad.
X/ Xxxxx, 0, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx. 00000 (Xxxxxxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
La empresa adjudicataria (como encargada del tratamiento de datos) y su personal en cumplimiento de los principios de integridad y confidencialidad deben tratar los datos personales a los que tengan acceso de forma que garanticen una seguridad adecuada, incluida la protección contra el tratamiento no autorizado o ilícito y contra su pérdida, destrucción o daño accidental, mediante la aplicación de medidas técnicas u organizativas apropiadas de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Reglamento 2016/679 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento general de protección de datos).
Esta obligación es complementaria de los deberes xx xxxxxxx profesional y subsistirá aunque haya finalizado el contrato con el responsable del tratamiento de los datos (Ayuntamiento).
31.2 Tratamiento de datos.
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En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Reglamento general de protección de datos, los licitadores quedan informados de que los datos de carácter personal que, en su caso, sean recogidos a través de la presentación de su oferta y demás documentación necesaria para proceder a la contratación serán tratados por este Ayuntamiento con la finalidad de garantizar el adecuado mantenimiento, cumplimiento y control del desarrollo del contrato.
CLÁUSULA TRIGESIMOSEGUNDA: Régimen Jurídico del Contrato.
Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 00 xx xxxxxxx xx 0000, xx Xxxx Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
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El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.1 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
ANEXO: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
, con domicilio a efectos de notificaciones en
, , n.º , con NIF n.º , en representación de la Entidad , con NIF n.º , a efectos de su participación en la licitación , ante
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
PRIMERO. Que se dispone a participar en la contratación del servicio de
.
SEGUNDO. Que cumple con todos los requisitos previos exigidos por el apartado primero del artículo 140 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 para ser adjudicatario del contrato de servicios, en concreto:
❑ Que posee personalidad jurídica y, en su caso, representación.
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❑ Que, en su caso, está debidamente clasificada la empresa o que cuenta con los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
❑ Que no está incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y se halla al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
❑ Que se somete a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador. [Solo en caso de empresas extranjeras].
❑ Que la dirección de correo electrónico en que efectuar notificaciones es
.
[NOTA: Téngase en cuenta que, de acuerdo con el artículo 000.0.0x.0.xx la LCSP, la dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones, que deberá ser «habilitada» de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta, en los casos en que el órgano de contratación haya optado por realizar las notificaciones a través de la misma.]
TERCERO. Que se compromete a acreditar la posesión y validez de los documentos a que se hace referencia en el apartado segundo de esta declaración, en caso de que sea propuesto como adjudicatario del contrato o en cualquier momento en que sea requerido para ello.
Y para que conste, firmo la presente declaración.
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NOTA: ESTE DOCUMENTO HA SIDO RATIFICADO EN SESION PLENARIA DE FECHA 00 XX XXXXX XX 0000.
XXXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXX XXXX XXXXXX
FDO. ALCALDE PRESIDENTE XXX XX, SECRETARIA INTERVENTORA DOCUMENTO FIRMADO ELECTRONICAMENTE
X/ Xxxxx, 0, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx. 00000 (Xxxxxxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
Xxxxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxx (1 de 2) Secretaria - Interventora
Fecha Firma: 09/05/2019
HASH: 1746d465bb2ec01f33725a171921a0e0
Expediente nº: 13/2019
Procedimiento: Contrato de Servicios por Procedimiento Abierto Simplificado.
Asunto: Servicios de mantenimiento de infraestructuras municipales y servicios múltiples.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
CLÁUSULA PRIMERA: Objeto.
1.1. Descripción.
El presente pliego tiene por objeto establecer las prescripciones técnicas que van a regir
Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx (2 de 2) Alcalde
Fecha Firma: 15/05/2019
HASH: 4caa675bdaa80fbecce4c020406a4313
la adjudicación de la contratación del SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURAS MUNICIPALES Y SERVICIOS MULTIPLES, al objeto de cumplir
con la prestación de los servicios básicos y esenciales de limpieza de las dependencias municipales, centro médico, limpieza de vías públicas, mantenimiento de las vías públicas y mantenimiento de infraestructuras municipales (agua potable, depuración, edificios municipales, vías públicas, deposito residuos, etc.)
1.2. No división en lotes del objeto del contrato
Cód. Validación: 549QMNZJQEKELLZD4GZA6P646 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 5
el objeto de este contrato no es susceptible de división en lotes, según se desprende del informe municipal de fecha 22 xx xxxxx de 2019.
1.3. Códigos de identificación de las prestaciones objeto del contrato
El objeto del contrato se identifica con el código siguiente: 50000000-5.
CLÁUSULA SEGUNDA: Condiciones especiales de ejecución de este contrato y descripción de los trabajos objeto de este contrato.
Los trabajos a desarrollar consisten en:
a) La limpieza de vías públicas y alrededores xxx xxxxx urbano: Para ello se realizarán labores de barrido de vías públicas con utilización de cepillos y sopladores para eliminación de restos vegetales, recogida de objetos arrojados a las vías, desbroce de las calles, vaciado de papeleras, etcétera.
X/ Xxxxx, 0, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx. 00000 (Xxxxxxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
b) Acondicionamiento de parques: Vaciado de papeleras, retirada de restos arrojados, mantenimiento y pequeñas reparaciones de mobiliario y elementos, coordinación con empresas de reparaciones o sustitución de mobiliario, recebos puntuales xx xxxxxx, etcétera (el mantenimiento de parques, jardines y zonas verdes de Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx no forma parte de esta licitación).
c) Mantenimiento de las infraestructuras públicas en general (de abastecimiento de agua potable, alcantarillado, de contenedores de residuos), esto es labores de revisión y puesta a punto, reparaciones menores de averías, coordinación y asistencia logística a los diferentes proveedores para el completo mantenimiento de los servicios (empresas suministradoras de materiales, empresas controladoras de plagas, empresas realizadoras de analíticas exigidas legalmente, etcétera), realización de las lecturas de los contadores de agua, coordinación con el personal del Ayuntamiento de oficina para reporte de los datos de las lecturas, retirada de podas, repasos de pintura en mobiliario público (bancos, farolas, fuentes), desbroces, retirada de podas (únicamente las generadas por los vecinos), etcétera.
d) Mantenimiento de edificios e instalaciones municipales (Casa consistorial, Centro médico, Centro Social, Nave Almacenaje, Plaza de Toros desmontable): Se realizarán labores de mantenimiento de dichos edificios, pequeñas reparaciones, coordinación con diversos proveedores, y aperturas y cierres de las dependencias, según necesidad.
Cód. Validación: 549QMNZJQEKELLZD4GZA6P646 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 5
e) Fiestas patronales: Montaje y desmontaje de Plaza de toros, talanqueras y escenario en los diversos festejos municipales. Limpieza viaria tras los festejos.
Estas funciones se ejecutarán en la siguiente franja horaria:
Horario xx xxxxxx: De lunes a viernes de 7:00 a 15:00 horas Horario de invierno: De lunes a viernes de 8:00 a 16:00 horas.
En los meses de mayor actividad (junio a octubre) se precisará refuerzo de medios personales, por lo que los trabajos incluidos en los puntos a, b, c, d y e deberán ser ejecutados por al menos DOS TRABAJADORES.
Las personas asignadas deberán estar en todo momento coordinadas entre ellas y con el personal encargado del Ayuntamiento, cuyo nombre y datos de contacto se le comunicarán al inicio de la prestación de este servicio.
En caso de ausencia de una de las personas asignadas a este municipio, deberá ser sustituida por la empresa adjudicataria y comunicada de inmediato al encargado de este servicio.
X/ Xxxxx, 0, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx. 00000 (Xxxxxxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
En casos de emergencia por sucesos imprevistos o averías fuera de los días y horas señaladas en los párrafos anteriores, la empresa adjudicataria deberá facilitar un trabajador para solventar las mismas en el plazo máximo de 1 hora. Estos servicios se facturarán a razón de 30 euros más IVA (36,30 IVA incluido) por hora trabajada -si es realizada de lunes a viernes- y 45 euros más IVA (54,45 IVA incluido) por hora trabajada -si es realizada en xxxxxx, xxxxxxx o festivo-. Dichas labores serán objeto de facturación individualizada.
Asimismo, se establecen las siguientes condiciones especiales de ejecución del contrato, de acuerdo con lo establecido en el artículo 202 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público:
A) Tipo especial:
- Favorecer la formación en el lugar de trabajo.
- Consideraciones de tipo ambiental.
B) Descripción:
- Se acreditará la prestación de formación en el lugar de trabajo, en especial se formará en prevención de riesgos laborales.
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- Se acreditará la adopción de medidas de tipo ambiental a elegir por el contratista (por ejemplo: un porcentaje de todos los productos que se requieran para la ejecución del contrato deberán estar embalados con materiales reciclables). Correrá a cargo del concesionario la recogida, reciclado o reutilización de los desechos producidos en la ejecución del contrato/Los medios materiales que sean adquiridos por el concesionario para la ejecución del contrato deberán ser considerados de eficiencia energética/fomento de la reducción de las emisiones de CO2).
CLÁUSULA TERCERA: Obligaciones Generales.
Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del contrato, son obligaciones del concesionario las siguientes:
— Llevar directamente la explotación del servicio objeto del presente contrato, no pudiendo subarrendar ni ceder la explotación.
X/ Xxxxx, 0, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx. 00000 (Xxxxxxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
— El concesionario debe suscribir un seguro que comprenda, tanto los daños al dominio público como a particulares, por un valor mínimo de 37.500,00 €.
— El concesionario deberá prestar el servicio de forma regular y continuada, de lunes a viernes, en el horario detallado anteriormente. En casos de emergencia por sucesos imprevistos o averías fuera de los días y horas señaladas en los párrafos anteriores, la empresa adjudicataria deberá facilitar un trabajador para solventar las mismas en el plazo máximo de 1 hora. Dichas labores serán objeto de facturación individualizada, tal y como se detallará en el contrato a suscribir y en el pliego de cláusulas administrativas.
CLÁUSULA CUARTA: Personal.
Corresponde al concesionario la contratación de su personal, con sujeción a la normativa laboral, sin que en ningún caso se pueda considerar a dicho personal como personal de este Ayuntamiento.
El personal deberá tener la formación adecuada al puesto de trabajo.
Al inicio de la prestación del servicio se deberá remitir a este Ayuntamiento la relación del personal adscrito a este municipio, la formación y experiencia acreditadas y la vinculación del personal con el contratista. Todos los cambios que se produzcan en la relación del personal deberán ser notificados al Ayuntamiento en un plazo máximo de 7 días.
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CLÁUSULA QUINTA: Deberes del Ayuntamiento.
El Ayuntamiento se compromete a facilitar al contratista los medios, la información, los contactos y la asistencia necesarios para el desarrollo del contrato, así como abonar el precio del contrato mensualmente -previa presentación de la factura correspondiente-.
CLÁUSULA SEXTA: Inspección.
El concesionario autoriza al Ayuntamiento para inspeccionar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Pliego, en la Ley de contratos y las instrucciones que reciba del responsable del contrato.
El Ayuntamiento podrá realizar inspecciones periódicas, levantando las correspondientes actas, que servirán para evaluar el cumplimiento del contrato por parte del contratista.
NOTA: ESTE DOCUMENTO HA SIDO RATIFICADO EN SESION PLENARIA DE FECHA 00 XX XXXXX
XX 0000.
XXXXX XXXXXXXXX XXXXXX
XXXXXX XXXXX XXXX XXXXXX
FDO. ALCALDE PRESIDENTE
DOY FE, SECRETARIA INTERVENTORA
DOCUMENTO FIRMADO ELECTRONICAMENTE
Cód. Validación: 549QMNZJQEKELLZD4GZA6P646 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 5
Proposición económica.
Se presentará conforme al siguiente modelo:
« , con domicilio a efectos de notificaciones en
, , n.º , con NIF n.º , en representación de la Entidad , con NIF n.º , enterado del expediente para la contratación del servicio de por procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación, anunciado en el Perfil de contratante, hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el importe de euros y euros correspondientes al Impuesto sobre el Valor Añadido.
En , a de de 20 .
Firma del candidato,
Fdo.: .».
ANEXO: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
, con domicilio a efectos de notificaciones en
, , n.º , con NIF n.º , en representación de la Entidad , con NIF n.º , a efectos de su participación en la licitación , ante
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
PRIMERO. Que se dispone a participar en la contratación del servicio de
.
SEGUNDO. Que cumple con todos los requisitos previos exigidos por el apartado primero del artículo 140 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 para ser adjudicatario del contrato de servicios, en concreto:
Que posee personalidad jurídica y, en su caso, representación.
Que, en su caso, está debidamente clasificada la empresa o que cuenta con los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
Que no está incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y se halla al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Que se somete a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador. [Solo en caso de empresas extranjeras].
Que la dirección de correo electrónico en que efectuar notificaciones es
.
[NOTA: Téngase en cuenta que, de acuerdo con el artículo 000.0.0x.0.xx la LCSP, la dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones, que deberá ser «habilitada» de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta, en los casos en que el órgano de contratación haya optado por realizar las notificaciones a través de la misma.]
TERCERO. Que se compromete a acreditar la posesión y validez de los documentos a que se hace referencia en el apartado segundo de esta declaración, en caso de que sea propuesto como adjudicatario del contrato o en cualquier momento en que sea requerido para ello.
Y para que conste, firmo la presente declaración.