Contrato de emisión y uso de tarjeta de crédito Ualá
Contrato de emisión y uso de tarjeta de crédito Ualá
Este es el contrato de tarjeta de crédito Ualá que regirá entre vos como titular de la tarjeta de crédito (el “Usuario”) y Wilobank S.A.U., CUIT 30-71565463-2, con domicilio en Xxxxxxxxx 0000, Xxxxxx Xxxx, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, como emisor (el “Banco”, y junto con el Usuario, las “Partes”).
El contrato es celebrado entre las Partes de conformidad con la Ley de Tarjeta de Crédito N°
25.065 y sus modificatorias (“Ley de Tarjeta de Crédito”), y establece los términos y condiciones de emisión y uso de la tarjeta de crédito MasterCard Ualá emitida por Uilo (“Tarjeta de Crédito”) y la relación entre sus Partes (“Contrato”). Será de aplicación supletoria la ley aplicable indicada en el la Ley de Tarjeta de Crédito.
Por favor leé el Contrato atentamente antes de aceptarlo. Al aceptar los términos y condiciones de este Contrato, estás prestando conformidad a todas las disposiciones que se establecen acá, incluyendo los derechos y responsabilidades tuyos y del Banco.
1. Solicitud, emisión y entrega de la Tarjeta de Crédito
1.1. El Usuario deberá iniciar y completar el proceso de solicitud y alta de la Tarjeta de Crédito ( “Solicitud”) a través de la aplicación móvil Ualá (“App”), el canal de banca móvil del Banco ). Luego de que el Usuario complete el proceso de Solicitud, el Banco la evaluará y confirmará su aprobación o rechazo.
1.2. En caso de aprobarse la Solicitud, el Banco emitirá una Tarjeta de Crédito virtual que será disponibilizada al Usuario a través de la App y, posteriormente, emitirá una Tarjeta de Crédito física. El Usuario autoriza al Banco a enviar la Tarjeta de Crédito física al domicilio informado por éste a través de la App. 1.3. El Contrato se considerará perfeccionado una vez que el Usuario haya recibido la primera tarjeta, es decir, la Tarjeta de Crédito virtual.
2. Uso de la Tarjeta de Crédito
2.1. La Tarjeta de Crédito es de uso exclusivo, personal e intransferible del Usuario y solo puede ser empleada para efectuar operaciones o contratar servicios en los establecimientos adheridos al sistema Mastercard, así como también en los sistemas de cajeros automáticos habilitados.
2.2. El Usuario deberá necesariamente acreditar su identidad con la exhibición del documento de identidad y/o modalidad de validación de identidad requerida por el establecimiento adherido en cumplimiento de las exigencias del Sistema de Tarjetas de Crédito.
2.3. Adelantos en efectivo y operaciones en cajeros automáticos
2.3.1. En caso de resultar admisible y de ser ofrecido por el Banco, el Usuario podrá solicitar y recibir adelantos de dinero en efectivo del Banco que se podrán retirar únicamente a través de cajeros automáticos habilitados. El importe máximo que se podrá requerir por este concepto se indicará en el Resumen de Cuenta de la Tarjeta de Crédito, e integrará el límite de compra.
2.3.2. Para utilizar el servicio de adelanto de efectivo, será necesario ingresar un código de identificación personal (PIN) de uso exclusivo e intransferible, que será informado por cada administradora al Usuario. El conocimiento y eventual divulgación del PIN proporcionado al Usuario será exclusiva responsabilidad del Usuario. Los registros del sistema que arroje la administradora del servicio constituirán un medio de prueba esencial en caso de reclamos por discrepancias en las operaciones realizadas a través de cajeros automáticos. Los adelantos de efectivo devengarán intereses desde la fecha de cada operación hasta su pago. Dicha tasa será variable, rigiendo lo estipulado en la Cláusula 7.
2.3.3. Los consumos realizados en casinos y/o juegos xx xxxx serán considerados adelantos en efectivo y podrán representar como máximo el 10% del límite de compra, con un tope de
€10.000. El Banco podrá unilateralmente modificar el límite disponible para estos consumos.
2.3.4. El Banco percibirá por estos conceptos una comisión por el servicio en el exterior, tal como se indica en el Anexo de Intereses , Cargos y Comisiones.
3. Plazo de vigencia y renovación automática del Contrato. Vigencia de la Tarjeta de Crédito
3.1. El Contrato tendrá un plazo de vigencia de un 12 meses renovable automáticamente y en forma sucesiva por igual período, salvo indicación en contrario del Usuario comunicada fehacientemente al Banco con 30 días de anticipación a que opere dicha renovación. El Banco deberá notificar al Usuario la no renovación del contrato con 60 días de anticipación al vencimiento del plazo mencionado. El Banco notificará al Usuario en los tres últimos Resúmenes de Cuenta (según se define en la Cláusula 4) anteriores al vencimiento de la relación contractual la fecha que opera el mismo y, eventualmente, su decisión de no renovarla.
3.2. El Usuario deberá abonar una comisión de emisión y de renovación anual, cuyo importe se indica en el Anexo de Intereses, Cargos y Comisiones, por cada tarjeta emitida para su cuenta.
3.3. El plazo de vigencia de la Tarjeta de Crédito será de 5 años contados desde la fecha de emisión. Tanto la fecha de inicio como la de finalización del período de validez para su uso, estarán grabadas en la tarjeta física. El vencimiento de la Tarjeta de Crédito operará el último día del mes indicado en el frente físico y virtual. En su caso, el plazo de vigencia de las tarjetas de crédito de usuarios Adicionales (conforme se definen en la cláusula 14 de este Contrato) -si existieran- expirará en la fecha de vencimiento de la Tarjeta de Crédito del Usuario.
3.4. Sin perjuicio de lo anterior, el vencimiento o terminación del Contrato provocará la caducidad automática de las Tarjetas de Crédito, las que quedarán inhabilitadas.
4. Exigibilidad de consumos. Resúmenes de cuenta. Plazos de pago
4.1. Exigibilidad de los consumos.
Los consumos generados por el uso de la Tarjeta de Crédito se considerarán adeudados por el Usuario al Banco desde el momento de la compra o contratación del servicio respectivo. No obstante, dichos consumos no serán exigibles sino a partir del día del vencimiento indicado en el Resumen de Cuenta que los comprenda y exponga. El Usuario abonará mensualmente al Banco los importes de las operaciones realizadas con la Tarjeta de Crédito tanto por el Usuario
como por los Adicionales -en caso de existir- como así también todos los otros conceptos que correspondan a su participación en el sistema de Tarjeta de Crédito, incluyendo sin limitación, adelantos en efectivos y/u otras financiaciones.
4.2. Resumen de Cuenta. Plazos de Pago
4.2.1. Los importes serán liquidados para su pago mediante la emisión de resúmenes mensuales cuya la fecha de cierre contable será el día 30 de cada mes calendario (o el que se indique en el futuro, o el día hábil anterior; si éste fuere inhábil) y la fecha en la que vencerá el plazo para hacer efectivo el pago será a los 8 días corridos de la fecha de cierre contable o el día hábil siguiente, si éste fuere inhábil. Eventualmente, también se informarán las modalidades del referido pago (el “Resumen de Cuenta”), que serán entregados por el Banco al Usuario en formato digital a través de la dirección de correo electrónico que el Usuario tenga registrada en la App. En el Resumen de Cuenta, el Banco detallará todas las operaciones realizadas respecto de la cuenta del Usuario, incluyendo todo tipo de cargos, comisiones, consumos realizados e intereses devengados. El Usuario declara que todos los consumos, cargos, comisiones e intereses devengados, en que se haya incurrido con motivo del uso de la Tarjeta de Crédito son debidos, los mismos conformarán el saldo del Resumen de Cuenta, el cual deberá ser abonado por el Usuario. Los cargos y comisiones aplicables se detallan en el Anexo de Intereses, Cargos y/o Comisiones.
El Resumen de Cuenta será recibido por el Usuario con una anticipación mínima de 5 días anteriores al vencimiento de su obligación de pago.
4.2.2. El plazo para el pago vencerá, al menos, 8 días después de la fecha de cierre del Resumen de Cuenta y será informado en el mismo. Dicho Resumen de Cuenta expondrá el saldo total en pesos y el saldo total en dólares. Los saldos en pesos y en dólares, sean deudores y/o acreedores, se informarán separados en cada moneda.
4.2.3. El Usuario presta conformidad para que se incluyan en los Resúmenes de Cuenta las operaciones que aún no hayan sido abonadas por el sistema adherido a los comercios Si el Usuario no recibiera un Resumen de Cuenta, se obliga a informarse en tiempo oportuno en el Banco a través de cualquiera de los medios habilitados para tal fin acerca de la fecha de vencimiento del plazo referido y de los montos a abonar, a fin de hacer efectivo el pago de lo que corresponda, independientemente de la recepción o no del Resumen de Cuenta.
5. Mora
5.1. La falta de pago de los importes exigibles a la fecha de vencimiento informada por el Banco ocasionará automáticamente la xxxx de pleno derecho, sin necesidad de interpelación previa de ninguna especie, generando el devengamiento de los respectivos intereses punitorios, además de los intereses compensatorios y demás cargos pactados y a pactarse en el futuro, según se establece en la Cláusula 7. El Banco podrá recuperar del Usuario las erogaciones que realice para la recuperación del crédito por deudas morosas originadas en el uso de la Tarjeta de Crédito o cualquier otra deuda contraída por el Usuario con el Banco.
6. Pago mínimo
6.1. El Banco establecerá en cada liquidación mensual cuál será el importe mínimo que el Usuario deberá abonar al vencimiento, el que se denominará “Pago Mínimo”, y consignará bajo el concepto "Pago Total” el saldo total adeudado exigible. El pago mínimo será calculado de la
siguiente manera: 15% del total de los consumos del mes realizados en un pago + 15% de saldo financiado -correspondiente al saldo impago del mes anterior- + 100% de (Impuestos, Cargos, Comisiones, Intereses Financiación, Intereses Punitorios, Intereses por adelantos en efectivo) + 100% de adelantos en efectivo + 100% de los consumos en cuotas correspondientes a ese período + 100% del exceso del limite de compra otorgado por el banco.
6.2. El Usuario deberá cancelar el importe resultante de la liquidación de la siguiente manera:
a. Los importes que integren el Pago Mínimo fijado deberá abonarlos íntegramente en el plazo consignado en la liquidación;
b. El Usuario podrá abonar cualquier suma comprendida entre el Pago Mínimo informado y el Pago Total, los cuales constarán en la respectiva liquidación;
c. Sobre los saldos impagos que resulten se devengarán intereses compensatorios por financiación;
d. Se calcularán intereses punitorios sobre el Pago Mínimo impago, según lo previsto en la cláusula 7.
6.3. Preferencias de Pago
Las modificaciones respecto a “Pago Mínimo” y “Pago Total” deberán ser instruidas por el Usuario a través de la App, hasta el día hábil anterior a la fecha de cierre de liquidación, no pudiendo hacerlo entre dicha fecha y la del vencimiento de pago.
7. Intereses Compensatorios y Punitorios. Costo Financiero Total
7.1. Interés Compensatorio y Punitorio
7.1.1. La tasa de interés compensatorio por financiación y por adelantos en efectivo que se aplicará al inicio de la relación contractual, por el primer periodo, no superará la expresada en el Anexo de Intereses, Cargos y Comisiones. La tasa de interés compensatorio será variable y, conforme la Ley de Tarjeta de Crédito, no podrá superar en más del 25% la tasa promedio ponderada para Préstamos Personales otorgados por el Banco en el mes anterior. La tasa de interés variará en función del valor de la tasa publicada por el Banco Central de la República Argentina (“BCRA”) para depósitos a 30 días, a la que se adicionará el margen previsto para la operatoria de tarjeta de crédito.
7.1.2. El Banco comunicará la modificación de la tasa de interés por financiación con 60 días de anticipación a su entrada en vigencia, pudiendo informar en el Resumen de Cuenta y/o a través de correo electrónico. Dichos intereses se devengarán sobre saldos financiados entre la fecha de vencimiento del Resumen de Cuenta mensual corriente y la fecha de vencimiento del Resumen de Cuenta mensual anterior de donde surgiera el saldo adeudado; y sobre adelantos en efectivo, desde la fecha de la extracción de los fondos hasta su efectivo pago; y desde el vencimiento hasta el pago efectivo cuando se operasen reclamos, no aceptado por el Banco y consentidos por el cliente.
7.1.3. Los intereses punitorios aplicables serán comunicados al Usuario en el respectivo Resumen de Cuenta.
7.2. Costo Financiero Total
7.2.1. El Costo Financiero Total Nominal Anual informado en el Anexo de Intereses ,Cargos y Comisiones, está integrado por la tasa de interés aplicable y los impuestos aplicables. Los saldos adeudados a la fecha de vencimiento de cada Resumen de Cuenta devengarán intereses compensatorios por financiación a partir de dicha fecha por el tiempo en que permanezcan impagos.
8. Límite de Compra y Límite de Financiación
8.1. El límite de compra es el monto asignado al Usuario para generar cargos con la Tarjeta de Crédito del Usuario más las tarjetas adicionales (en caso de que existiesen) por la adquisición en una o más cuotas de productos o contratación de servicios (el “Límite de Compra”). El Límite de Compra se otorga en un período que va desde el cierre de un Resumen de Cuenta hasta el cierre del período siguiente e incluye las cuotas liquidadas en el mes por compras en cuotas y los saldos financiados.
8.2. Se entenderá por límite de financiación el monto hasta el cual el Usuario está calificado por el Banco para diferir el pago del saldo total (el “Límite de Financiación”).
8.3. Tanto el Límite de Compra como el Límite de Financiación vigente al inicio de la relación contractual tendrán el valor especificado a través del Resumen de Cuenta. El Límite de Compra y el Límite de Financiación podrán ser ajustados por el Banco periódicamente, informando el valor vigente a través del Resumen de Cuenta correspondiente al periodo inmediatamente anterior. En caso de que el Límite de Compra y/o el Límite de Financiación vigente fuera superado, el Banco podrá admitir, rechazar, o anular las operaciones o pedir la retención de la Tarjeta de Crédito.
9. Gastos en moneda extranjera en el exterior
9.1. En caso de que la Tarjeta de Crédito esté habilitada para la realización de gastos en moneda extranjera y sea utilizada en el exterior de la República Argentina, el Usuario deberá pagar al Banco los cargos que se originen por dichos consumos, asumiendo el correspondiente riesgo de cambio en la cotización.
9.2. El Usuario deberá abonar al Banco los importes necesarios para cancelar las operaciones en el país de origen de los consumos de que se trate, junto con los gastos y otras erogaciones que se deriven de dichos consumos. Los gastos y otras erogaciones serán incorporados en el Resumen de Cuenta. A tal efecto se aclara al Usuario que:
a) Cuando las operaciones del Usuario o los Adicionales - en caso de existir- se operen en moneda extranjera, el Usuario podrá cancelar sus saldos en la moneda extranjera o en la de curso legal en el territorio de la República Argentina al valor al tiempo del efectivo pago del Resumen de Cuenta sin que el Banco pueda efectuar cargo alguno más que el que realiza por la diferencia de cotización el BCRA, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 31 de la Ley de Tarjeta de Crédito.
b) Los consumos en dólares con la Tarjeta de Crédito podrán ser cancelados en esa moneda extranjera o en pesos, siendo aplicable en este caso el tipo de cambio vendedor por canales electrónicos publicado por el Banco de la Nación Argentina el mismo día hábil de la fecha de pago, o el hábil inmediato anterior cuando el pago se
efectúe un día inhábil, de conformidad a lo establecido por el punto 2.3.14 del TO de Protección de los usuarios de Servicios Financieros del BCRA.
c) Todos los gastos y otras erogaciones realizadas en el exterior que no hayan sido cancelados en su totalidad, al del día siguiente del vencimiento serán convertidos en pesos argentinos, utilizando la cotización vendedor publicada por el Banco de la Nación Argentina el día de vencimiento y deberán ser abonados por el Usuario en pesos argentinos
d) Todos los gastos efectuados en otras monedas distintas al dólar estadounidense (USD) serán convertidos a dólares estadounidenses;
e) Los gastos administrativos serán también facturados en dólares estadounidenses;
f) La administradora de la marca de la Tarjeta de Crédito podrá percibir un cargo administrativo correspondiente a la conversión de consumos en moneda extranjera a dólares estadounidenses, cuyo pago será a cargo del Usuario;
g) El Banco podrá debitar la suma correspondiente, de la Caja de Ahorros en Pesos utilizando la cotización del Banco de la Nación Argentina (tipo vendedor) del día hábil inmediato anterior a dicho débito.
10. Aprobación del Resumen de Cuenta. Débito Automático. Compensación
10.1. Aprobación del Resumen de Cuenta
El Usuario dispondrá de un plazo de 30 días a partir de la recepción del Resumen de Cuenta para impugnar algún concepto detallado en el mismo, por escrito o por correo electrónico dirigido al domicilio real o electrónico del Banco detallando claramente el error atribuido y aportando todo dato que sirva para esclarecerlo.
El Banco acusará recibo de la impugnación dentro de los 7 días de recibida la denuncia y, dentro de los 15 días siguientes, corregirá el error si lo hubiere, o explicará claramente la exactitud de la liquidación, aportando copia de los comprobantes o fundamentos que avalen la situación. El plazo de corrección se ampliará a 60 días en las operaciones realizadas en el exterior.
En estas circunstancias, el Usuario estará obligado a abonar el pago mínimo (conforme se detalla en la Cláusula 5 del presente) correspondiente a los rubros no cuestionados de la liquidación. El Banco acusará recibo de la disconformidad, aplicándose en un todo el procedimiento previsto legalmente.
Transcurridos 30 días de la Recepción del Resumen de Cuenta, sin que este hubiese sido objetado ni impugnado expresamente por el Usuario, éste se considerará aceptado.
10.2. Débito automático. Compensación
Para el caso de que no se abonen los importes deudores resultantes del Resumen de Cuenta el día fijado para su pago, el Banco queda autorizado a debitar de la Caja de Ahorro que el
Usuario tenga abierta o abra en el Banco, las sumas necesarias para tal pago. Del mismo modo, el Banco podrá compensar total o parcialmente sus créditos, con fondos o valores de cualquier naturaleza que estuvieran depositados en el Banco a sumas necesarias para tal pago, sin necesidad de comunicación previa. La presente autorización se mantendrá vigente hasta la cancelación de todas las sumas que se adeuden vinculadas al Contrato. El Usuario declara conocer y aceptar que el Banco, al otorgar financiación para el pago, reclamará cualquier importe adeudado como consecuencia del uso de la Tarjeta de Crédito, actuará por derecho propio y será el único titular de los derechos crediticios sobre dichos importes.
11. Preparación de vía ejecutiva
El Resumen de Cuenta aceptado en forma expresa o tácita, constituirá cuenta aprobada y el saldo deudor consignado en el mismo será considerado líquido y exigible. En tal caso, el Banco podrá preparar la vía ejecutiva de conformidad con lo prescripto por las leyes procesales vigentes en el lugar que se acciona, de conformidad con lo prescripto por el artículo 39 de la Ley de Tarjeta de Crédito.
12. Saldos a favor del Usuario
12.1. Los saldos acreedores que eventualmente se generen a favor del Usuario en la cuenta crédito de la Tarjeta de Crédito y/o los créditos resultantes de pagos superiores al pago total no devengarán intereses a su favor. Tales saldos podrán ser aplicados a compensar saldos deudores futuros que registre su cuenta o bien ser requeridos por el Usuario al Banco.
12.2. Responsabilidad por mercaderías o servicios. El Banco, First Data Cono Sur S.R.L., y las empresas filiales y subsidiarias son ajenos a la relación concertada entre el Usuarios y/o los Adicionales, por las mercaderías adquiridas o los servicios recibidos de los establecimientos adheridos al sistema, por las operaciones de cuenta realizadas con la Tarjeta de Crédito. En virtud de ello, el Banco, First Data Cono Sur S.R.L. y las empresas filiales y subsidiarias no responden por las obligaciones de los mismos, ni por las consecuencias que puedan ocasionar al Usuario y/o los Adicionales, excepto en los supuestos previstos en el artículo 43 de la Ley de Tarjeta de Crédito. Por lo tanto, el Usuario y/o los Adicionales no podrán cuestionar, suspender o demorar el pago de los cargos, comisiones, consumos, y demás conceptos que configuren el saldo deudor que surjan del Resumen de Cuenta, aunque no reciba el objeto adquirido, lo reciba deteriorado, lo rechace o no le brinden el servicio contratado. Los reclamos o acciones que el Usuario y/o los Adicionales puedan ejercer contra los comercios o establecimientos adheridos al sistema, lo serán por su exclusiva cuenta y orden.
13. Tarjetas Adicionales
A solicitud del Usuario, y sujeto a disponibilidad, el Banco podrá otorgar a su criterio una o más tarjetas adicionales (las “Tarjetas Adicionales” o “Adicionales”). En dicho caso, todos los consumos que se efectúen con las mismas se registrarán en la cuenta del Usuario y se reflejarán en el mismo Resumen de Cuenta. Las tarjetas adicionales quedarán sujetas a los términos y condiciones de este Contrato, y el Usuario responderá por todos los consumos que se efectúen con todas las tarjetas adicionales.
14. Impuestos
Estarán a cargo del Usuario los impuestos actuales y futuros que pudieran gravar este Contrato y/o su ejecución, incluyendo intereses o cargos por uso de la Tarjeta de Crédito y emisión de Resúmenes de Cuenta o de Tarjetas de Crédito, entre otros.
15. Extravío, robo o hurto de la Tarjeta de Crédito
15.1. En caso de extravío, robo, hurto o cualquier otro modo ilegítimo de apoderamiento, o uso por un tercero de la Tarjeta de Crédito o cualquiera de sus Adicionales (si existieran), el Usuario podrá realizar el bloqueo de la misma a través de la App. También podrá comunicar esa circunstancia telefónicamente a los números que se informen en los Resúmenes de Cuenta, en la sección “ayuda” de la App o en xxx.xxxx.xxx.xx/xxxxxxxx, a fin de que la Tarjeta de Crédito sea definitivamente inhabilitada e incluida como tal en su caso, en el Boletín Protectivo, o cualquier otro medio de comunicación que la administradora disponga.
15.2. En el caso aludido, el Usuario será responsable y quedará obligado por todas las operaciones que se efectúen mediante el uso de la Tarjeta de Crédito o sus Adicionales hasta las cero (0:00) horas del día en que se formalice la comunicación a través de la App o por la vía telefónica antes mencionada y por todas las operaciones que el Usuario y los usuarios de tarjetas adicionales realicen en cualquier tiempo. Todo desconocimiento efectuado en tiempo y forma por el Usuario será analizado, y en caso de corresponder, se reembolsarán los consumos en cuestión en el Resumen de Cuenta correspondiente. . Serán a cargo del Usuario los importes por gastos y gestiones que se generen por la reposición de la Tarjeta de Crédito, que se detallan en el Anexo de Intereses ,Cargos y Comisiones.
16. Destrucción de la Tarjeta de Crédito
16.1. En cualquier caso, en que la Tarjeta de Crédito quede fuera de vigencia, ya sea por vencimiento del plazo, o bien en cualquiera de los supuestos previstos en el Contrato, el Banco podrá proceder a su destrucción, quedando eximido de toda responsabilidad por las consecuencias que tal destrucción pudiera acarrear.
17. Rescisión y Resolución
Este contrato podrá ser rescindido por parte del Banco en los siguientes casos:
17.1. Incumplimiento del Usuario de cualquiera de las obligaciones que el Sistema de Tarjetas de Crédito pone a cargo de los titulares;
17.2. Cuando se verifica la falsedad en las declaraciones formuladas al Banco y/o de la información y/o documentación proporcionadas al Banco, incluyendo aquellas declaraciones patrimoniales del Usuario que fueron tomadas en cuenta al momento de la contratación y aquella documentación solicitada al Usuario por el Banco en cumplimiento de la normativa de prevención xx xxxxxx de activos y financiamiento del terrorismo aplicables; o bien cuando se registren modificaciones en la calificación crediticia del Usuarioy/o se produzca cualquier alteración que ocasione un cambio fundamental en las condiciones básicas tenidas en cuenta para el otorgamiento de la Tarjeta de Crédito.
17.3. Por falta de pago de cualquier obligación asumida por el Usuario en este Contrato.
17.4. En todos estos casos, será suficiente la notificación del Banco a través de la App y/o al correo electrónico con el que se haya registrado el Usuario, manifestando al Usuario que se ha producido una causal de resolución y, en consecuencia, se ha dispuesto su desafiliación del sistema. La terminación anticipada del Contrato dentro de los supuestos y bajo los términos indicados en la presente cláusula, no generarán ningún tipo de responsabilidad al Banco bajo ningún concepto.
17.5. En cualquiera de los casos de resolución o rescisión de este Contrato, el Usuario estará obligado a abonar al Banco todos los cargos devengados no percibidos y a cumplimentar todas las obligaciones que se hallen pendientes de pago y cumplimiento a la fecha de rescisión o resolución, rigiendo a tal fin todo lo previsto en materia de pago x xxxx automática e intereses punitorios.
17.6. En cualquiera de de los supuestos previstos en esta cláusula, así como en los casos xx xxxx e incumplimiento de obligaciones, aunque no provoquen la rescisión o resolución, y en los supuestos en que, por la seguridad y normal desenvolvimiento del sistema de Tarjetas de Crédito, se considere necesario y prudente, el Banco podrá dar a conocer la inhabilitación o suspensión transitoria o anulación definitiva de la Tarjeta de Crédito y de su aptitud para su uso dentro del sistema.
18. Precancelación
El Usuario podrá precancelar total o parcialmente la financiación que le otorga la Tarjeta de Crédito. En dicho caso, el Banco podrá cobrar al Usuario una comisión por precancelación, la cual surge del Anexo de Intereses, Cargos y Comisiones.
19. Terminación por parte del Usuario
El Usuario podrá terminar unilateralmente el Contrato sin expresión de causa en cualquier momento, mediante el botón de baja disponible en la App, y/o a través de los canales de contacto del Banco.
20. Revocación por parte del Usuario
20.1. El Usuario podrá revocar la aceptación de la Tarjeta de Crédito dentro del plazo de 10 días hábiles contados a partir de la fecha de recepción del Contrato a cuyo efecto deberá comunicar dicha circunstancia al Banco a través del botón de arrepentimiento disponible en la App. La revocación será sin costo para el Usuario.
20.2. En caso de que el Usuario hubiera hecho uso de la Tarjeta de Crédito, se le cobrará únicamente el saldo total del capital adeudado, comisiones e intereses previstos.
21. Fallecimiento del Usuario
En caso de fallecimiento o invalidez total o permanente del Usuario, se extinguirá el saldo adeudado a la fecha - incluyendo por motivo de los Adicionales, en caso de existir- encontrándose el costo de cobertura de tales contingencias a cargo del Banco; terminándose el Contrato e inhabilitándose de forma automática toda Tarjeta de Crédito a nombre del Usuario y sus Adicionales.
22. Información
Con la aceptación de los términos y condiciones del presente Contrato, el Usuario autoriza al Banco a solicitar y suministrar a First Data Cono Sur S.R.L. la información sobre el desarrollo de sus cuentas de crédito vinculadas a la Tarjeta de Crédito y sobre su historia crediticia, a fin de determinar su aptitud para la obtención de créditos y sus renovaciones y para ser Usuario de la Tarjeta de Crédito y su renovación, límites de crédito y futuras ampliaciones, así como toda otra información vinculada al cumplimiento de contratos por el Usuario, o que resulte necesaria para el desarrollo y cumplimiento de este Contrato.
23. Cesión del crédito
El Banco podrá transferir los créditos emergentes del presente Contrato por cualquiera de los medios previstos en la ley, adquiriendo el o los cesionarios los mismos beneficios y/o derechos y/o acciones del Banco bajo el Contrato. De optar por la cesión prevista en los Art. 70 a 72 de la Ley 24.441, la cesión del crédito y su garantía podrá hacerse sin notificación al Usuario y tendrá validez desde su fecha de formalización, en un todo de acuerdo con lo establecido por el Art. 72 de la ley precitada. El Usuario expresamente manifiesta que tal como lo prevé la mencionada ley, la cesión tendrá efecto desde la fecha en que opere la misma y que sólo podrá oponer contra el cesionario las excepciones previstas en el mencionado artículo. No obstante, en el supuesto de que la cesión implique modificación de domicilio de pago, el nuevo domicilio de pago deberá notificarse en forma fehaciente al Usuario. Habiendo mediado modificación de domicilio de pago, no podrá oponerse la excepción de pago documentando, en relación con pagos practicados anteriores precedentes con posterioridad a la notificación del nuevo domicilio de pago.
24. Demora u omisión
La demora u omisión en el ejercicio de facultades y/o derechos que asisten al Banco no podrá interpretarse como renuncia a su ejercicio, ni como reconocimiento de derechos hacia el Usuario.
25. Régimen de Transparencia
El Usuario podrá consultar el “Régimen de Transparencia” elaborado por el Banco Central de la República Argentina sobre la base de la información proporcionada por los sujetos obligados a fin de comparar los costos, características y requisitos de los productos y servicios financieros, ingresando a xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/XXXXxXxx/Xxxxxxx_xx_xxxxxxxxxxxxx.xxx
26. Modificaciones
Los cargos, comisiones e intereses aplicables al Contrato se encuentran previstos en el Anexo de Intereses, Cargos y Comisiones. El Banco podrá modificar los cargos y comisiones y cualquier otra condición del Contrato -siempre que no se altere el objeto del mismo- en cualquier momento de su vigencia, los cuales serán notificados al Usuario con 60 días de anticipación. Los cambios que resulten más favorables para el Usuario, podrán ser aplicados
por el Banco en forma inmediata. Las modificaciones sobre los intereses aplicables serán comunicados por el Banco a través del Resumen de Cuenta.
27. Totalidad del Contrato
Este Contrato, una vez aceptado por el Usuario, constituye la totalidad del acuerdo entre el Usuario y el Banco. En caso de declararse la nulidad de alguna de las cláusulas, tal nulidad no afectará a la validez de las restantes, las cuales mantendrán su plena vigencia y efecto.
28. Notificaciones
El Usuario acepta que todas las notificaciones que se envíen desde el Banco serán cursadas únicamente a través de la App y/o al correo electrónico indicado por el Usuario al Banco al momento de registrarse. La notificación efectuada al correo electrónico informado por el Usuario al momento del registro en la App va a ser considerada como una notificación válida, expresa y escrita a todos los efectos contractuales y normativos.
29. Jurisdicción
Para la resolución de cualquier controversia, serán competentes los tribunales ordinarios correspondientes al domicilio del Usuario indicado en la solicitud de la Tarjeta de Crédito. Cualquier cambio en el domicilio, el Usuario deberá notificar al Banco de manera fehaciente.
Última Versión: 27/05/2024.
Anexo I - Intereses ,Cargos y Comisiones Tarjeta de Crédito
Intereses | |||||
DESCRIPCIÓN | TNA Pesos | TEA | TEM | CFTEA con IVA | CFTNA con IVA |
Intereses por financiación y compensatorios en Pesos | 132% | 250,15% | 10,85% | 348,49% | 159,72% |
Intereses punitorios | 66% | 90,16% | 5,42% | 116,73% | 79,86% |
Intereses por adelantos en efectivo en pesos (*) | 132% | 250,15% | 10,85% | 348,49% | 159,72% |
(*) Sujeto a disponibilidad del producto por parte del Banco.
Tarjeta de Crédito | ||||
Cargos y Comisiones | ||||
Concepto | Importe | Bonificación | Periodicidad | Costo con IVA |
Emisión Mastercard Internacional | € 0 | Eventual | € 0 | |
Renovación Mastercard Internacional | € 6.198,35 | 100% | Anual | € 7.500 |
Mantenimiento Mastercard Internacional | € 1.735,54 | 100% | Mensual | € 2.100 |
Reposición por deterioro (3) | € 4.958,68 | 100% | Eventual | €6.000 |
Reposición por hurto/robo/Extravío | € 4.958,68 | Eventual | €6.000 |
Tarjeta de Crédito (edición Messi) | ||||
Cargos y Comisiones | ||||
Concepto | Importe | Bonificación | Periodicidad | Costo con IVA |
Emisión Mastercard Internacional | € 0 | Eventual | € 0 | |
Renovación Mastercard Internacional | € 6.198,35 | 100% | Anual | € 7.500 |
Mantenimiento Mastercard Internacional | € 1.735,54 | 100% | Mensual | € 2.100 |
Membresía programa de beneficios exclusivos - Tarjeta de Crédito Mastercard Ualá I Edición Limitada I Xxxxxx Xxxxx (1) | € 7.000 | N/A | Mensual | € 8.470 |
Reposición por deterioro (2) (3) | € 4.958,68 | 100% | Eventual | € 6.000 |
Reposición por hurto/robo/Extravío (2) | € 4.958,68 | N/A | Eventual | € 6.000 |
Los Cargos y/o Comisiones informadas tienen carácter de variable, pudiendo ser modificados por el Banco.
(1) Es condición exclusiva y excluyente que el Usuario abone la Membresía al programa de beneficios exclusivos Xxxxx para poder utilizar la Tarjeta de Crédito Mastercard Ualá I Edición Limitada I Xxxxxx Xxxxx. Transcurridos los primeros 6 meses, el Usuario podrá darse de baja de la Membresía al programa de beneficios exclusivos Xxxxx y podrá seguir utilizando la Tarjeta de Crédito Mastercard Ualá I Edición Limitada I Xxxxxx Xxxxx, resultando aplicables los demás Cargos y Comisiones vigentes.
(2) El stock de la Tarjeta de Crédito Mastercard Ualá I Edición Limitada I Xxxxxx Xxxxx es limitado. En caso de solicitar su reposición se le entregará al Usuario una Tarjeta de Crédito regular (que no contiene la imágen xx Xxxxx). En caso de continuar abonando la Membresía al programa de beneficios exclusivos Xxxxx, el Usuario seguirá teniendo acceso a los beneficios exclusivos asociados a la Tarjeta de Crédito Mastercard Ualá I Edición Limitada I Xxxxxx Xxxxx.
(3) La Bonificación del 100% aplica para la primera reimpresión. Se comenzará a cobrar a partir del segundo pedido de reimpresión por deterioro, con corte anual.