CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS PROFESIONALES No.
ANEXO 3.D
PROYECTO No.: ARG/ / TITULO:
CONTRATO DE XXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXX Xx.
Xx xx xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx a los días del mes de del año se celebra el presente contrato de locación de servicios profesionales entre el Proyecto ARG/ / (en adelante el Proyecto) del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), representado por su Sr. constituyendo domicilio en
por una parte y por la otra lo hace domiciliado en
, con documento de identidad No. , quien declara ser mayor de edad, de estado civil y de profesión
El presente contrato se encuadra en el Acuerdo suscripto por el Gobierno de la República Argentina y el PNUD, firmado el 26 de febrero de 1985, aprobado por ley No. 23396 del 10 de octubre de 1986 y en el Documento del Proyecto ARG/ / .
1. OBJETO Y FUNCIONES
El contratado prestará al Proyecto sus servicios de experto consultor de acuerdo con los términos de referencia, cronograma de actividades y diagramas de control de avance que se detallan en los anexos que también suscriben las partes y forman parte integrante del presente.
Queda convenido que el presente contrato está supeditado en un todo al desarrollo y/o desenvolvimiento del Proyecto citado ut-supra, por lo que la actividad a realizar por el contratado podrá sufrir modificaciones para ser adecuada a las variaciones que pueda experimentar el desarrollo del Proyecto en función del mejor logro de su cometido.
2. DURACION DEL CONTRATO
El plazo de ejecución del presente contrato es, a partir del / / , finalizando en consecuencia el / / .
Queda establecido que este contrato no importa una expectativa o derecho a prórroga a beneficio del contratado, pudiendo ser prorrogado o renovado únicamente de común acuerdo entre las partes mediante la suscripción de otro contrato. La continuación en la prestación de los servicios una vez operado el vencimiento del contrato no importará en modo alguno la tácita reconducción del mismo, aún cuando las tareas fijadas en los términos de referencia excedan el plazo del presente contrato.
3. RETRIBUCION
El honorario total por todo concepto se ha convenido en $ . Forma de pago:
En libramientos consecutivos, el primero el quinto día hábil del mes siguiente a la
iniciación del contrato y el resto de acuerdo al cronograma de pagos.
Se deja establecido que si la prestación a cargo de una de las partes se tornara excesivamente onerosa, por acontecimientos extraordinarios e imprevisibles, la parte perjudicada podrá demandar la resolución del contrato.
La otra parte podrá impedir la resolución ofreciendo mejorar equitativamente los efectos del contrato.
4. VIATICOS
En caso de corresponder, los viáticos diarios para viajes aprobados por el Proyecto serán pagados al Contratado sobre la base de los valores establecidos por el PNUD.
5. APORTES JUBILATORIOS Y PRESTACIONES MEDICAS
El contratado manifiesta encontrarse empadronado en la Caja Previsional de No. en la cual efectúa y continuará efectuando sus aportes previsionales.
A tal fin declara que su desempeño profesional es independiente y autónomo, comprendido en las disposiciones de la Ley No. 24.241, cuyo puntual y estricto cumplimiento correrá por su cuenta exclusiva, como así también toda otra obligación derivada de la legislación impositiva, previsional, de seguridad y asistencia aplicables en la República Argentina.
Como consecuencia de ello, releva al contratante de toda obligación referida a aspectos previsionales, asistenciales y/o de coberturas médicas.
6. CONDICION JURIDICA
El contratado no será considerado en ningún caso funcionario del Sistema de las Naciones Unidas ni estará cubierto por la Convención sobre Privilegios e Inmunidades de las Naciones Unidas y Organismos Especializados.
Tampoco importará o configurará relación jurídico-laboral de dependencia con el Proyecto, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo ni con el Gobierno Argentino.
7. DERECHOS Y OBLIGACIONES
Los derechos y obligaciones del contratado serán exclusivamente los aquí previstos. Por consiguiente no tendrá derecho a recibir del Proyecto, del Gobierno Argentino y/o del PNUD ningún beneficio, prestación, compensación u otro pago fuera de los estipulados expresamente en el presente.
8. RESCISION
Cada una de las partes podrá, en todo momento, rescindir el presente notificando por escrito a la otra parte con 15 días de anticipación. A este efecto el pago final se realizará conforme a la Certificación de Avance.
9. DERECHO DE PROPIEDAD
Los derechos de propiedad de autor y de reproducción, así como cualquier otro derecho intelectual de cualquier naturaleza, sobre cualquier informe, trabajo, estudio u obra producida como consecuencia de este contrato, pertenecerán exclusivamente al Proyecto y al PNUD.
10. INFORMACION NO PUBLICADA. CONFIDENCIALIDAD
El contratado no podrá comunicar a persona alguna, Gobierno u otra entidad ajena al Proyecto, la información no publicada o de carácter confidencial de que haya tenido conocimiento con motivo de la ejecución de sus obligaciones emanadas del presente contrato, salvo que el Proyecto lo hubiera autorizado expresamente para hacerlo.
Esta obligación de reserva o confidencialidad seguirá vigente aún después del vencimiento del plazo, de la rescisión o resolución del presente contrato, haciéndose responsable el contratado de los daños y perjuicios que pudiera irrogar la difusión de datos o informes no publicados.
11. DECLARACION
El contratado pondrá en conocimiento del Proyecto toda ocupación, empleo o actividad profesional que haya ejercido o que ejerza, aún encontrándose en goce de licencia de cualquier tipo, con el/los Estado/s Nacional, Provinciales, Municipales, Organismos Descentralizados y/u Organismos Internacionales. Esta declaración se hará con los alcances de Declaración Jurada.
De resultar falsa esta declaración o si tales actividades resultan incompatibles, se podrá rescindir el presente contrato, sin derecho a indemnización o compensación alguna a favor del contratado, reservándose el Proyecto el derecho de accionar legalmente, si de tal violación pudiera surgir un daño o perjuicio.
12. SUSPENSION O INTERRUPCION DEL PROYECTO
Encontrándose esta contratación supeditada al desenvolvimiento o desarrollo del Proyecto para el cual se la efectúa, el contratado se aviene a que en caso de suspenderse o interrumpirse en forma total o parcial la continuación del Proyecto, por falta de financiamiento del mismo, o cualquier otra causa, este contrato puede ser suspendido sin derecho a indemnización, o derechamente rescindido, en cuyo caso es de aplicación lo establecido en la Cláusula 8 de este contrato.
13. OBLIGACION FISCAL
El contratado no estará exento de ningún impuesto en virtud de este convenio y será de su exclusiva responsabilidad el pago de los impuestos con que se graven las sumas recibidas en virtud del presente contrato liberando expresamente al PNUD de todas las obligaciones fiscales emergentes de la Resolución General 2784 de la DGI y/o cualquier otra obligación fiscal a crearse.
14. RESPONSABILIDADES EMERGENTES
Toda reclamación que pudiera ser presentada por el contratado y/o terceros resultante de la ejecución del presente contrato deberá dirigirse al Gobierno Argentino. El contratado exonera expresamente al PNUD de cualquier responsabilidad directa o indirecta que pudiera derivarse de la ejecución del presente contrato.
Fecha:
Firma Proyecto Firma Contratado