SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL
SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO
EXPEDIENTE: 2017.17
26/07/2017 (Versión 0)
INDICE
1. OBJETO 3
2. ALCANCE DEL CONTRATO 3
3. CONDICIONES DE SUMINISTRO 3
4. CARACTERISTICAS DE LOS DISTINTOS SUMINISTROS Y VARIACIONES EN EL CONTRATO 4
5. MODELOS DE CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO 5
6. SERVICIOS ADICIONALES DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO 7
7. PENALIZACIONES 10
8. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES 12
MODALIDAD DE PRECIOS – FORMULACION (DOCUMENTO Nº1) 13
PROPUESTA COBERTURA PERIODO (DOCUMENTO Nº2) 14
MODELO DE SOLICITUD DE BAJA DE PUNTO DE SUMINISTRO (DOCUMENTO Nº3) 15
MODELO DE SOLICITUD DE ALTA DE PUNTO DE SUMINISTRO (DOCUMENTO Nº4) 16
FORMATO FACTURA (DOCUMENTO Nº5) 17
MODELO ARCHIVO COMPONENTES PRECIO (DOCUMENTO Nº6) 18
1. OBJETO
El objeto del presente pliego es la definición de las condiciones técnicas que regirán junto con el Pliego de Cláusulas Administrativas, la contratación del suministro de energía eléctrica, tanto en baja como en media tensión, para cubrir la demanda de suministro de los puntos de conexión eléctrica de Euskal Telebista, S.A.U. y Radio Vitoria, S.A.U. (en lo sucesivo EITB o EC, indistintamente).
El suministro objeto de la presente contratación al encuadrarse dentro del conjunto de las actividades eléctricas liberalizadas deberá ser realizado de conformidad con el funcionamiento y los procedimiento definidos en el conjunto de normativa promulgada a partir de la ley 54/1997.
2. ALCANCE DEL CONTRATO
El suministro objeto de la presente contratación comprenderá la realización de las siguientes prestaciones:
Suministro de energía eléctrica en baja tensión de los puntos de conexión de la EC en los términos definidos en el presente Pliego.
Suministro de energía eléctrica en media tensión de los puntos de conexión de la EC en los términos definidos en el presente Pliego.
El suministro objeto de la presente contratación NO comprenderá el acceso, ni el uso de la red eléctrica. Para tales prestaciones la EC formalizará directamente UN
(1) contrato de acceso con la correspondiente empresa distribuidora.
3. CONDICIONES DE SUMINISTRO
Los licitadores en calidad de comercializadores de energía eléctrica deberán en el suministro objeto de la presente contratación asumir los derechos y obligaciones que como tales definen la normativa de aplicación.
Las Directivas 2009/28/CE y 2004/08/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativas a la promoción de la electricidad generada a partir de energías renovables en el mercado interior de la electricidad aboga por la Asunción por parte de los estados miembros de objetivos vinculantes y ambiciosos en materia de energías renovables.
De acuerdo con lo señalo y con el compromiso de la EC con el medio ambiente el suministro objeto de la presente contratación deberá realizarse con al menos un 60 por ciento de la energía eléctrica Certificada con Garantía de Origen Renovable.
Para el cumplimiento de dicho objetivo se considerará el Sistema de Garantías de Origen de la Electricidad emitidos por Entidades Certificadoras establecidas de acuerdo con la Directiva 2009/28/CE, así como el Sistema de Garantías de Origen establecido en la orden ITC/1522/2007 de 24 xx Xxxx y en su modificado ITC/2914/2011 de 27 de Octubre por la que se establece la regulación de la garantía del origen de la electricidad procedente xx xxxxxxx de energía renovable y de cogeneración de alta eficiencia.
4. CARACTERISTICAS DE LOS DISTINTOS SUMINISTROS Y VARIACIONES EN EL CONTRATO
A fin de facilitar la elaboración de propuestas por parte de los licitadores a continuación facilitan la relación de los distintos suministros, así como de sus características específicas (tarifas de acceso):
CUPS | TITULAR | TARIFA | |
□ | ES0021000011874126XM | Euskal Telebista, S.A.U. CIF: X00000000 | 6.1B |
□ | ES0021000003409011FV | Euskal Telebista, S.A.U. CIF: X00000000 | 6.1B |
□ | ES0021000000079757LI | Radio Vitoria, S.A.U. CIF: X00000000 | 3.0A |
□ | ES0021000006767612YC | Euskal Telebista, S.A.U. CIF: X00000000 | 3.0A |
Los consumos de energía activa (kwh) y parámetros de contratación (kw de potencia contratada) correspondientes al último año móvil podrán ser consultados en SIPS.
No obstante y perjuicio de los datos facilitados los licitadores tener en consideración que estos consumos podrán en cualquier caso verse afectados por la climatología, por la propia actividad de los puntos de suministro y por las actuaciones de eficiencia energética que pudrieran a lo largo de la duración del contrato ser efectuadas por la EC.
Esta lista debe considerarse completa a efectos del presente procedimiento de contratación. Podrán ser incorporados a la lista y, por tanto al contrato, nuevos puntos de suministro y/o altas – fijas y temporales -, pertenecientes a la EC, que cumplan con las características y especificaciones del presente Pliego aplicándoseles idénticas condiciones a las derivadas del contrato incluidas las condiciones económicas.
El incremento o reducción de centros o puntos de suministro bien porque sea necesario su suministro o porque dicho centro pueda estar afectado por alguno de los futuros contratos de gestión integral y servicios energéticos que adjudique la EC, no conllevara indemnización alguna, siendo obligatorias para la entidad que resulte adjudicataria.
A su vez, el incremento o reducción de centros o puntos de suministro serán realizados de acuerdo a los plazos al efecto regulados. Los plazos de activación y baja del cambio de suministrador de los puntos de suministro estarán sometidos a la autorización por la empresa distribuidora por lo que la Adjudicataria no asumirá indemnización por retrasos o incidencias debidas a la empresa distribuidora en dicho proceso.
Sin perjuicio de lo señalado los consumos señalados son meramente estimativos y orientativos. Por este motivo y dado que el presente contrato se adjudica por precio kWh, la EC se reserva la posibilidad de agotar o no en su totalidad el valor estimado
del contrato, sin derecho alguno del adjudicatario en caso de aumento o reducción, a reclamar ninguna indemnización o variar el precio establecido en su oferta.
5. MODELOS DE CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO
1. El suministro objeto de la presente contratación deberá ser ofertado en modalidad FLEXIBLE y ABIERTA de acuerdo a los parámetros y términos fijados en el (DOCUMENTO Nº 1) (MODALIDAD DE PRECIOS – FORMULACION) que acompaña el presente Pliego
De acuerdo a esta modalidad la entidad que resulte adjudicataria deberá suministrar la energía con carácter ordinario en condiciones de “indexado pass- through”, salvo que la EC expresamente formule, para un periodo concreto, una petición de suministro alternativo (al ordinario) en cualquiera de las siguientes modalidades de contratación de la energía:
✓ Indexado a OMIP para 1 Mwh en carga base
2. A efectos de lo descrito en el apartado anterior, en la modalidad Indexado a OMIP para 1 Mwh en carga base, la metodología para realizarlas será la siguiente:
2.1 EC comunicara a través del DOCUMENTO Nº2 (Propuesta Cobertura Periodo) el valor objetivo de cierre.
2.2 La comunicación de cualquier valor objetivo de cierre se realizará por correo electrónico a través del DOCUMENTO Nº2 (Propuesta Cobertura Periodo).
2.3 El criterio de separación de la energía horaria consumida en OMIE y en OMIP será el indicado a continuación:
DESGLOSE DE ENERGÍA HORARIA DE OMIE Y OMIP PARA FACTURACIÓN
MWh consumo_total(h)= MWh OMIE (h) + MWh OMIP (h)
MWh consumo_total(h)= Energía horaria facturada en la hora h
MWh OMIE (h) = Energía horaria facturada en OMIE en la hora h MWh OMIP (h) = Energía horaria facturada en OMIP en la hora h
siendo (h) la hora considerada.
Denominaremos P(h) a la suma de la energía horaria cerrada en OMIP para cada hora que se está facturando. A la hora de facturar, en cada hora se evaluará lo siguiente
SI MWh consumo_total(h) >= P(h), entonces
i. MWh OMIP(h) = P(h)
ii. MWh OMIE(h) = MWh consumo_total(h) - MWh OMIP (h)
SI MWh consumo_total(h) < P(h), entonces
i. MWh OMIP(h) = MWh consumo_total(h)
ii. MWh OMIE(h) = 0
2.4 Para la aplicación del clausulado de volumen, la energía de OMIP se repartirá proporcionalmente (según el valor de cada clip) entre los productos cerrados en cada hora.
2.5 No se admitirán factores correctores del perfil de consumo como apuntamientos siendo únicamente de aplicación las siguientes cláusulas de volumen para la modalidad de indexación a OMIP:
La cláusula se calculará teniendo en cuenta:
I. El volumen cerrado por el cliente en indexado a OMIP para ese producto, en función del volumen establecido en el contrato para el periodo del producto base OMIP correspondiente y los clips ejecutados.
II. El volumen realmente facturado al cliente en ese periodo en la modalidad de indexado a OMIP.
Los cálculos que se realizarán son:
I El precio de OMIP medio ponderado cerrado en los distintos clips.
II El precio medio aritmético de OMIE para el mismo periodo de tiempo.
ALTERNATIVA 1
El volumen facturado por producto en la modalidad indexada a OMIP es inferior al 70% del total cerrado en esta modalidad y producto de indexado.
ALTERNATIVA 2
El volumen facturado por producto en la modalidad indexada a OMIP es superior al 100% del total cerrado en esta modalidad y producto de indexado.
Para cada una de las alternativas planteadas se procederá de la siguiente manera:
ALTERNATIVA 1
I Si el precio de OMIP calculado es mayor que el del OMIE referido en el Punto II, entonces el cliente abonará el producto de la diferencia entre el precio de OMIP y el precio medio de OMIE más K* multiplicado por la diferencia entre el 70% del volumen total cerrado indexado a OMIP en ese producto y el facturado al cliente en esta modalidad.
II Si el precio de OMIP calculado es menor que el del OMIE referido en el Punto II, entonces Iberdrola abonará a EC el producto de la diferencia entre el precio de OMIP y el precio medio de OMIE menos
K1 multiplicado por la diferencia entre el 70% del volumen total cerrado indexado a OMIP en ese producto y el facturado al cliente en esta modalidad.
ALTERNATIVA 2
I El cliente abonará el producto del precio horario de OMIE multiplicado por la diferencia entre el volumen facturado al cliente en esta modalidad y el 100 % del volumen total cerrado indexado a OMIP en ese producto (1 Mwh en carga base).
3. Independientemente de la modalidad de precio adoptada, el margen operativo o fee ofertado se mantendrá inalterable y sin modificación alguna.
4. Si en el futuro se produjese cualquiera de los supuestos que a continuación se indican, dichas modificaciones se transmitirán íntegramente y sin alteración alguna (hasta el sexto decimal), al precio final:
✓ Incorporación de otras figuras tributarias no existentes en la actualidad o variación en los tipos impositivos de las figuras actualmente existentes ( impuesto municipal etc … )
✓ Variación en el coste de alguno de los componentes regulados ( por ejemplo : garantía de potencia, coeficiente de perdidas, peajes a cargo del generador, pagos por capacidad, fondo de eficiencia, retribución OMIE, retribución operador del sistema, etc … ).
✓ Variación en la retribución de las actividades o funciones del sistema o en los costes imputables a empresas comercializadoras establecidos en la Ley del Sector Eléctrico y las disposiciones que la desarrollan.
5. El precio ofertado será presentado ajustándose al modelo de tabla indicado en el ANEXO VI xxx Xxxxxx de Clausulas Jurídicas: MODELO DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS PARA LOS CRITERIOS VALORABLES MEDIANTE FÓRMULAS.
6. SERVICIOS ADICIONALES DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO
Será responsabilidad de la entidad que resulte Adjudicataria las siguientes tareas:
1.- Adquirir y comprar la energía necesaria para prestar el servicio y suministrar la totalidad de la energía eléctrica que en cada momento necesiten los puntos de consumo objeto del contrato, realizando el pago de sus adquisiciones, garantías, avales, etc. a los diferentes operadores y agentes (OMIE, REE, distribuidora etc … ) incluidas situaciones de demanda, tanto de potencia como de energía, con el único límite que venga impuesto por razones técnicas de admisibilidad del suministro por parte de los puntos de consumo o del distribuidor.
2.- Validar los registros horarios de consumo por parte de la empresa distribuidora, y su envío al operador del Sistema Eléctrico, en cumplimiento de lo previsto Real Decreto 1110/2007, de 24 xx xxxxxx, por el que se aprueba el Reglamento Unificado de Puntos de Medida del Sistema Eléctrico.
1 Coeficiente aplicado en concepto de gastos de gestión operativa (Eur/Mwh)
3.- Activar o dar de baja los contratos de comercialización de aquellos Puntos de suministro solicitados por la EC y solo bajo su petición expresa en un plazo máximo de 3 días y de acuerdo a los siguientes documentos:
Modelo de Solicitud de Baja de Punto de Suministro (DOCUMENTO Nº3)
Modelo de Solicitud de Alta de Punto de Suministro (DOCUMENTO Nº4)
4.- Ejecutar todas aquellas modificaciones que afecten a los contratos de comercialización de los Puntos de suministro (cambios de titular etc … ) solicitados por la EC y solo bajo su petición expresa en un plazo máximo de 3 días.
5.- Poner a disposición de la EC de un Servicio vía web on-line de Gestión de la Facturación con toda la información necesaria para una correcta gestión de contratación (datos de contratos, histórico de consumos, acceso a todas las facturas, descargo detallado de cada factura, curvas cuarto-horaria de energía consumida y potencia en tiempo real, etc.)
6.- Poner a disposición de la EC un Servicio de atención personalizado para el tratamiento de quejas, reclamaciones, solicitudes de información o comunicaciones de cualquier incidencia en relación al servicio contratado u ofertado. Este Servicio estará disponible en horario laborable de oficina de 08:00 a 17:00 horas. Para ello se proporcionara, un contacto personalizado con correo electrónico y número de teléfono.
7.- Asistencia a reuniones trimestrales con quien la EC estime oportuno, así como cuantas reuniones de carácter extraordinario fueran convocadas (máximo dos por año). No computarán como reuniones extraordinarias aquellas reuniones que sean consecuencia de una deficiente gestión del contrato por parte de la entidad Adjudicataria.
8.- Comunicar a la EC en la primera factura afectada las siguientes modificaciones:
✓ Incorporación de otras figuras tributarias no existentes en la actualidad o variación en los tipos impositivos de las figuras actualmente existentes ( impuesto municipal etc … )
✓ Variación en el coste de alguno de los componentes regulados ( por ejemplo: garantía de potencia, coeficiente de perdidas, peajes a cargo del generador, pagos por capacidad, fondo de eficiencia, retribución OMIE, retribución operador del sistema, etc … ).
✓ Variación en la retribución de las actividades o funciones del sistema o en los costes imputables a empresas comercializadoras establecidos en la Ley del Sector Eléctrico y las disposiciones que la desarrollan.
La Entidad que resulte Adjudicataria deberá poner en conocimiento de la EC los documentos normativos que justifican dichas modificaciones.
9.- Remitir mensualmente a la EC una factura desglosada en los términos mostrados en el Formato Factura (DOCUMENTO Nº5).
10.- Remitir trimestralmente a la EC un archivo actualizado, desglosado en los términos mostrados en el Modelo Archivo Componentes Precio (DOCUMENTO Nº6).
11.- Informar a la EC acerca del origen de la energía suministrada, así como de los impactos ambientales de las distintas fuentes de energía y de la proporción utilizada entre ellas.
7. PENALIZACIONES
La EC se reserva la facultad de aplicar las penalizaciones que se detallan a continuación en aquellos casos en que la entidad que resulte adjudicataria del servicio incurra en alguno de los siguientes supuestos:
APARTADO | PUNTO TIPO DE INCUMPLIMIENTO | REITERACI ONES | CLASIF. | |
5. MODELOS DE CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO 6. SERVICIOS ADICIONALES DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO | 1 Total | 1 | Muy Grave | |
2 Total | 1 | Grave | ||
2.3 Parcial - Desglose incorrecto del volumen indexado a OMIE y a OMIP | 1 | Leve | ||
> 1 | Grave | |||
2.5 Total | 1 | Grave | ||
3 Total | 1 | Grave | ||
4 Total 1 Total | 1 1 | Grave Muy Grave | ||
2 Total | 1 | Muy Grave | ||
3 | Parcial - plazo entre 4 y 7 días | 1 | Leve | |
> 1 | Grave | |||
Parcial - plazo > 7 días | 1 | Grave | ||
Xxxxxxx - xxxxx xxxxx 0 x 0 xxxx 0 Xxxxxxx - xxxxx > 7 días | 1 | Leve | ||
> 1 | Grave | |||
1 | Grave | |||
5 6 | Total | 1 | Muy Grave | |
Parcial - Que no disponga de toda la información requerida | 1 | Grave | ||
Total | 1 | Grave | ||
> 1 | Muy Grave | |||
Parcial - Servicio de asistencia y soporte defectuoso o de escasa calidad | 1 | Grave | ||
7 Total | 1 | Muy Grave | ||
8 Total | 1 | Grave |
APARTADO | PUNTO | TIPO DE INCUMPLIMIENTO | REITERACI ONES | CLASIF. |
OTROS INCUMPLIMIE NTOS XXX XXXXXX | Total | 1 | Muy Grave | |
9 | Parcial - Factura no conforme de acuerdo al Formato Factura | 1 | Grave | |
10 | Total | 1 | Muy Grave | |
Parcial - Archivo no conforme de acuerdo al Modelo Archivo Componentes Precio | 1 | Grave | ||
Facturaci ón Otros | Emisión factura fuera del plazo establecido | 1 | Leve | |
> 1 | Muy Grave | |||
Emisión factura con errores | > 1 | Muy Grave | ||
No comunicación de la factura vía el correo electrónico indicado por la EC en los dos días siguientes a partir de su emisión | 1 | Leve | ||
> 1 | Muy Grave | |||
No corrección de la factura ante un error comunicado en los cinco días hábiles siguientes a partir de su comunicación | 1 | Muy Grave | ||
Corrección errónea de la factura ante un error comunicado | 1 | Muy Grave | ||
No emisión del certificado de energía eléctrica Certificada con Garantía de Origen Renovable en el plazo de tres (3) meses a partir de la finalización del año natural | 1 | Grave |
IMPORTE PENALIZACIONES | |
CLASIFICACION | IMPORTE |
LEVE | 0,5 % del IUFP2 |
GRAVE | 1 % del IUFP |
MUY GRAVE | 2 % del IUFP |
La cuantía global por estas penalizaciones en ningún caso podrá superar el 10 por
100 del presupuesto del contrato. Superado este importe, la EC se reserva la
2 IUFP: Importe Unitario (€/kwh) del sumatorio de las facturas mensuales de las 4 Sedes correspondientes al periodo en el cual tuvo lugar el incumplimiento (IVA no incluído).
facultad de resolver el contrato con la correspondiente incautación de la garantía definitiva.
8. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES
De conformidad con los criterios de valoración fijados en el PCJ, los candidatos deberán incluir en el SOBRE Nº 2 una propuesta que contenga la siguiente documentación:
SOBRE 2- DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS VALORABLES MEDIANTE FÓRMULAS
Las entidades presentarán sus ofertas ajustándose al modelo de tabla indicado en el ANEXO VI xxx Xxxxxx de Clausulas Jurídicas: MODELO DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS PARA LOS CRITERIOS VALORABLES MEDIANTE FÓRMULAS.
MODALIDAD DE PRECIOS – FORMULACION (DOCUMENTO Nº1)
1. Indexado Pass -Through
Todos los componentes de la electricidad a precio de coste mas una remuneración de la compañía comercializadora por los servicios de gestión de la compra de la energía.
Formula de Cálculo
Pi =∑Eh x[PMDh +SSCCh +PPCh +OM+OS+FOND+FEE]x [1+PER] + TI + CFI (1)
2. Indexado a OMIP
Precio de la energía en el mercado diario de OMIE fijo ( OMIP ), mas una prima de aseguramiento del precio (PAP), el resto de componentes de la electricidad a precio de coste y la remuneración de la compañía comercializadora por los servicios de gestión de la compra de la energía.
Formula de Cálculo
Pi =∑Eh x [ OMIP + PAP + SSCCh + PPCh + OM+ OS+ FOND+ FEE ]x [1+PER] + TI + CFI (1)
Componentes Precio
PMDh : precio de la energía en el mercado diario de OMIE para la hora h OMIP : precio de la energía en el mercado diario de OMIE para la hora h
fijado en Omip
Eh : Energía consumida en la hora h ( para los puntos sin telemedida o no disponibilidad de lecturas horarias se considerara el sistema de
perfilado standard reglamentariamente establecido de acuerdo a REE ).
PAP : Prima de aseguramiento de precio
SSCCh : precio para la hora h de los servicios complementarios obligatorios de REE
PPCh : precio para la hora h de los Pagos por Capacidad (regulados) OM : remuneración del Operador xxx Xxxxxxx
OS : remuneración del Operador del Sistema
FOND : aportación Fondo Nacional Eficiencia Energética según Ley 18/2014 FEE : coste servicios de gestión de la compra
PER : pérdidas de transporte y distribución TI : tasas municipales según RDL 2/2004
CFI : costes financieros
Periodo Vigencia Precio Cierre
Banda Base
Precio Cierre Real Periodo - Eur/Mwh
Precio Cierre Oportunidad Periodo - Eur/Mwh
Consumo afectado - Mwh -
Periodo Cobertura
Titular Punto de Suministro
PROPUESTA COBERTURA PERIODO (DOCUMENTO Nº2)
En Bilbao, a ………… de ………….. de ………………………..
Euskal Telebista, S.A.U. o Radio Vitoria, S.A.U. Fdo.
MODELO DE SOLICITUD DE BAJA DE PUNTO DE SUMINISTRO (DOCUMENTO Nº3)
D ..................., vecino de......................, calle de............., D.N.I.
.............., en nombre propio (o en nombre y representación de ,
C.I.F. ..........), con domicilio social en ............., calle de ..........., nº ,
solicita se emprendan las acciones necesarias para dar de baja al Punto de Suministro cuyas características se indican a continuación :
CUPS | |
REFERENCIA DEL CONTRATO | |
DIRECCION DE SUMINISTRO |
MODELO DE SOLICITUD DE ALTA DE PUNTO DE SUMINISTRO (DOCUMENTO Nº4)
D ..................., vecino de......................, calle de............., D.N.I.
.............., en nombre propio (o en nombre y representación de ,
C.I.F. ..........), con domicilio social en ............., calle de ..........., nº ,
solicita se emprendan las acciones necesarias para dar de alta al Punto de Suministro cuyas características se indican a continuación :
ALTA DEFINITIVA
INFORMACION QUE SE ADJUNTA A LA PRESENTE SOLICITUD | |
ALTAS DEFINITIVAS | 1. Certificado de Instalación Eléctrica - Instalaciones Definitivas |
FORMATO FACTURA (DOCUMENTO Nº5)
CONCEPTOS Y PARTIDAS | |||
COSTES DE ENERGIA | (€/MWH) | (€) | |
MIX PRECIO MERCADO ENERGIA | |||
IMPUESTO ELECTRICO | |||
IVA |
DETALLE DE CONSUMOS | MWH | ||
ENERGIA ACTIVA - LECTURA ACTUAL Y ANTERIOR | |||
ENERGIA ACTIVA - CONSUMO TOTAL | |||
ENERGIA ACTIVA - CONSUMO POR PERIODOS |
MODELO ARCHIVO COMPONENTES PRECIO (DOCUMENTO Nº6)
DESGLOSE | CONCEPTO / PARTIDA |
MATRIZ HORARIA DEL MES DE FACTURACION | CONSUMO ENERGIA ACTIVA NETA TOTAL e INDEXADA A OMIE Y OMIP ( Mwh ) |
COEFICIENTE DE PERDIDAS (%) | |
CONSUMO ENERGIA ACTIVA BC TOTAL e INDEXADA A OMIE Y OMIP ( Mwh ) | |
PRECIO HORARIOS OMIE E IMPORTE/COSTE | |
PRECIO PAGOS POR CAPACIDAD E IMPORTE/COSTE | |
PRECIO OS ( RESTR.+SSCC ) E IMPORTE/COSTE | |
PRECIO INTERRUMPIBILIDAD E IMPORTE/COSTE | |
PRECIO FE E IMPORTE/COSTE | |
PRECIO TASA MUNICIPAL E IMPORTE/COSTE | |
MARGEN DE BENEFICIO E IMPORTE COSTE |