MEMORIA DESCRIPTIVA
MEMORIA DESCRIPTIVA
1. Objeto:
El Objeto del presente llamado consiste en la adquisición de suscripciones de software Red Hat en modalidad a demanda, para mantener y potenciar la plataforma del Banco, incluyendo soporte técnico y actualización de versiones.
Las suscripciones de posible adquisición a demanda se enumeran en el Anexo I.
2. Condiciones Generales:
No se aceptarán cotizaciones parciales.
Los precios de los ítems detallados en el ANEXO I deberán cotizarse valor PLAZA en dólares norteamericanos, sin incluir impuestos.
La oferta se deberá presentar de acuerdo al detalle establecido en el ANEXO I, indicando el precio unitario de cada uno de los elementos requeridos.
La oferta se deberá presentar impresa y en soporte digital. Ambas versiones deberán incluir exactamente lo mismo. En caso de inconsistencias entre la oferta impresa y la digital, se tomará como válida la entregada en formato impreso. Adicionalmente, los cuadros con precios deberán ser entregados en formato de planilla electrónica. En caso de contradicción entre algunas de las especificaciones establecidas en el presente documento, se considerará la condición más favorable para el Banco.
Para cada uno de los artículos de la presente Memoria Descriptiva, se deberá dejar expresa constancia de que la oferta cumple con lo solicitado, debiéndose referenciar las hojas de datos y otros documentos que permitan acreditarlo.
Se deberá entregar la última versión disponible de los ítems requeridos. Durante el período de vigencia del contrato el adjudicatario se compromete a mantener actualizada a la última versión disponible todos los productos de software adquiridos, sin costo adicional para el Banco.
En caso de contradicción entre algunas de las especificaciones establecidas en el presente documento, se considerará la condición más exigente favorable al Banco.
3. Garantía de Mantenimiento de la Oferta:
Fijase en U$S 3.000 (dólares americanos tres mil) el importe a depositar por concepto de garantía de mantenimiento de oferta cuando el monto total de la misma, con impuestos incluidos y considerando el período total de contratación, es decir, incluyendo las eventuales prórrogas, resulte igual o superior a $ 7:585.000 (Pesos uruguayos: siete millones quinientos ochenta y cinco mil con 00/100).
4. Plazo de Validez de Oferta
Se deberá informar el Plazo de Validez de la oferta, debiendo ser mayor o igual a 120 (ciento veinte) días. El plazo propuesto será prorrogable por periodos sucesivos de 30 (treinta) días, salvo que mediare comunicación por escrito de la firma oferente no accediendo a la misma, lo que deberá comunicarse con una antelación no inferior a 5 (cinco) días hábiles antes del vencimiento del plazo inicial o sus prórrogas.
5. De la empresa Oferente:
Se deberá presentar currículo, certificaciones y experiencia correspondientes de los técnicos así como certificaciones y experiencia relacionada con los ítems adquiridos, cuando el Banco lo requiera.
La empresa adjudicada se hará cargo de los viáticos, traslados, leyes sociales, horas-técnico, y todo otro costo que pudiera corresponder por la prestación de los servicios requeridos en la presente memoria descriptiva. En ningún caso se aceptarán cobros adicionales al establecido en el precio del equipo, para la prestación de cualquiera de los servicios requeridos en la presente contratación, durante todo el tiempo que dure el contrato.
Todos los requerimientos detallados en el presente pliego aplican a la representación local de la empresa oferente.
El proveedor, deberá acreditar experiencia y trayectoria en la comercialización y soporte técnico de equipamiento del mismo fabricante de los productos especificados, para lo cual presentará una nómina de por lo menos 3 (tres) de sus principales clientes que hayan adquirido elementos equivalentes a los cotizados en los últimos 5 (cinco) años y a los cuales les esté brindando actualmente un servicio técnico de mantenimiento equivalente al especificado en el presente pliego.
En la oferta se deberá indicar nombre y número telefónico de persona de contacto en las empresas referidas.
6. Del Servicio requerido:
Si el fabricante cuenta con un sitio en Internet en el cual se puedan obtener las versiones actualizadas del software, se deberá proporcionar las facilidades necesarias para el acceso al mismo. Se deben proporcionar manuales en soporte digital (formato pdf) en donde se detalle el procedimiento de su uso.
El oferente se compromete a atender todos los llamados de servicio técnico que realice el Banco.
El cumplimiento de los trabajos en tiempo y forma será de estricto control por parte del Banco, midiéndose el comportamiento del Contratista de acuerdo a estos criterios.
7. Niveles de Servicio:
El servicio deberá ser brindado dentro de los tiempos indicados a continuación de acuerdo al siguiente criterio de prioridad y para cada una de las siguientes modalidades:
Extendido
Prioridad BAJA: El tiempo de respuesta no deberá superar las 8 (ocho) horas en días y horarios hábiles xxx Xxxx a partir del momento de la recepción del llamado emitido por el BROU.
Prioridad MEDIA: El tiempo de respuesta no deberá superar las 4 (cuatro) horas en días y horarios hábiles xxx Xxxx a partir del momento de la recepción del llamado emitido por el BROU.
Prioridad ALTA: El tiempo de respuesta no deberá superar las 2 (dos) horas en modalidad 24x7, a partir del momento de la recepción del llamado emitido por el BROU.
Prioridad URGENTE: El tiempo de respuesta no deberá superar 1 (una) hora en modalidad 24x7, a partir del momento de la recepción del llamado emitido por el BROU.
Básico
Prioridad BAJA: El tiempo de respuesta no deberá superar los 2 (dos) días en días y horarios hábiles xxx Xxxx a partir del momento de la recepción del llamado emitido por el BROU.
Prioridad MEDIA: El tiempo de respuesta no deberá superar 1 (un) día en días y horarios hábiles xxx Xxxx a partir del momento de la recepción del llamado emitido por el BROU.
Prioridad ALTA: El tiempo de respuesta no deberá superar las 2 (dos) horas en días y horarios hábiles xxx Xxxx a partir del momento de la recepción del llamado emitido por el BROU.
Prioridad URGENTE: El tiempo de respuesta no deberá superar 1 (una) hora en días y horarios hábiles xxx Xxxx a partir del momento de la recepción del llamado emitido por el BROU.
El oferente deberá acreditar disponibilidad de acceso en línea por parte del Banco – las 24 horas los 365 días del año – a la base de datos en donde se registran los casos abiertos ante el Centro de Asistencia Técnica (TAC) del fabricante, para poder hacer seguimiento de las intervenciones, tanto de los técnicos del proveedor como del fabricante.
Se deberá indicar teléfono de contacto encargado de recepcionar las solicitudes de asistencia técnica efectuadas por parte del Banco.
8. Evaluación de Ofertas:
Verificado el cumplimiento de las especificaciones técnicas y condiciones formales de cotización, se optará por la propuesta más conveniente desde el punto de vista económico.
Dado que el soporte extendido es más adecuado a las necesidades del banco que el soporte básico, a los efectos de determinar la oferta más conveniente se ponderarán los precios de los servicios extendidos por un factor de 2 y los precios del resto de los ítems por un factor 1.
9. Adjudicación:
El Banco podrá modificar la cantidad a contratar para cada ítem al momento de la adjudicación, para lo cual considerará los precios unitarios cotizados.
El Banco se compromete a adquirir como mínimo el conjunto de ítems especificados en ANEXO II. Cumplido dicho mínimo, el Banco podrá dar por concluida la compra, todo lo cual se tendrá por aceptado por los oferentes.
La contratación del Servicio de Soporte Técnico será por el período de 3 (tres) años, reservándose el Banco la facultad de renovarlo por hasta 2 (dos) períodos más, de 1 (un) año cada uno.
Para aquellos ítems que se solicita cotizar dos niveles de servicio (básico y extendido), el banco resolverá por cuál de ellos opta al momento de la adjudicación, así como definirá el período de contratación.
10. Entrega:
El Banco podrá solicitar entregas parciales de lo adjudicado, de acuerdo a la apertura y precios unitarios del ANEXO I para lo cual se habilitarán pagos parciales.
Ante cada solicitud de entrega parcial, si el Banco lo requiere, el adjudicatario se compromete a presentar por escrito una propuesta de actualización tecnológica, detallando características técnicas principales y beneficios del cambio propuesto.
El plazo máximo de entrega de lo adjudicado es de 10 (diez) días contados a partir de la emisión de cada orden de compra por parte del Banco.
11. De la forma de pago
Se dará conformidad de la factura, a los efectos de su pago, una vez que el Banco haya dado por finalizado el servicio/sub-ítem correspondiente, luego de haberse cumplido con los objetivos y el alcance del mismo.
Para los servicios de horas de Consultoría se dará conformidad a la factura, a los efectos de su pago, una vez entregada la documentación ajustada de la instalación por parte del Contratista, y comprobado el correcto desempeño de la misma de acuerdo a las especificaciones de la presente Memoria Descriptiva.
Previo a la conformidad de la primera factura de cada año del contrato, el adjudicatario deberá acreditar que mantiene un contrato de Soporte Técnico con el fabricante, con una vigencia mínima de 1 (un) año a partir del mes de la factura
12. Multas por Incumplimiento del Contrato
Ante cada incumplimiento o cumplimiento parcial en cualquiera de los niveles de servicio o plazos especificados en el presente pliego, el Banco podrá aplicar una multa equivalente al 1 (uno) % del monto del contrato (adjudicación). El Banco analizará y calificará la entidad del incumplimiento cometido por la adjudicataria aplicando criterios de razonabilidad.
En esos casos, a partir del día 15 de cada mes, comunicará a la empresa por medio de telegrama colacionado el incumplimiento constatado en el mes inmediato anterior, así como la gravedad del mismo y el monto de la pena que se le impondrá en aplicación de la presente cláusula.
Si la empresa no se opusiera dentro del plazo de 5 días hábiles, o si, habiéndose opuesto, el Banco resolviera mantener la pena dispuesta, el monto de la misma quedará firme, quedando aceptado por el Contratista la facultad del Banco de descontar las multas del fondo de depósitos en garantía por cumplimiento del contrato. El Contratista asumirá el pago de las multas aun cuando las mismas superen el referido fondo, hasta un máximo del 30% (treinta por ciento) del monto del contrato (suministros y servicios).
Sin perjuicio de lo anterior, el Banco de la República Oriental del Uruguay se reserva el derecho de rescindir el presente contrato en cualquier momento por incumplimiento total o parcial de la firma contratada, la que será comunicada con cinco (5) días hábiles de anticipación, en cuyo caso se abonarán a la empresa contratada únicamente los trabajos realizados hasta la fecha de cese, sin derecho a compensación o indemnización de especie alguna.
Las disposiciones contenidas en los párrafos que anteceden, son sin perjuicio de la posibilidad de considerar los incumplimientos totales o parciales en que incurra la firma contratada como antecedente negativo a los efectos de futuras contrataciones, y su inscripción en el REGISTRO UNICO DE PROVEEDORES DEL ESTADO (X.X.X.X).
La aplicación de las multas por parte del Banco frente a los incumplimientos incurridos por la empresa contratada, son sin perjuicio de la facultad del organismo de iniciar las correspondientes acciones legales a que, conforme a derecho, pudiere haber lugar por concepto de los daños y perjuicios inferidos a la Institución por concepto de dichos incumplimientos.
13. CONFIDENCIALIDAD
1. Definición de la información a la que se le aplica el acuerdo de confidencialidad
a) La Empresa conviene que será Información Reservada sin importar la forma o formato en la que se encuentre:
• La que encuadre en ese concepto, de acuerdo a lo dispuesto por la ley N° 18.381 artículo 9°, y que por esa razón sea clasificada como tal.
• La que sea identificada como reservada en cualquier instancia, por la jerarquía designada por el BROU responsable de la clasificación de la información.
b) La Empresa conviene que será Información Confidencial sin importar la forma o formato en la que se encuentre:
• La que encuadre en ese concepto, de acuerdo a lo dispuesto por la ley N° 18.381 artículo 10°, y que por esa razón sea clasificada como tal.
• La que sea identificada como confidencial en cualquier instancia, por la jerarquía designada por el BROU responsable de la clasificación de la información.
c) La Empresa conviene que será Información Secreta por Ley sin importar la forma o formato en la que se encuentre:
• La que sea tipificada de esa forma por cualquier ley específica.
• Toda documentación o información que la Empresa reciba xxx XXXX o a la que pueda acceder en el ejercicio de la función contratada, y amparada por las normas xxx xxxxxxx profesional establecido por el artículo 25 del Decreto-Ley N° 15.322, sus decretos reglamentarios y demás normas modificativas, concordantes y complementarias, incluyéndose toda información amparada en las normas que consagran el deber de confidencialidad establecido en el artículo 302 del Código Penal, así como toda aquella información relativa a operaciones bancarias no alcanzadas por las normas antes mencionadas, deberá ser trata por la Empresa y los empleados o dependientes a cualquier título que la Empresa utilice para el cumplimiento del servicio contratado, como Información Secreta por Ley.
2. Duración prevista para la aplicabilidad de estas cláusulas
La Empresa no podrá revelar, directa o indirectamente, la Información Reservada a cualquier persona sin consentimiento escrito de la otra parte, exceptuando sus empleados, contratados o proveedores y/o afiliados que necesiten recibir esas informaciones para la fiel ejecución de este contrato, siendo directamente responsable por la utilización de tales informaciones por sus empleados, proveedores, directores y contratados. Esta obligación se extiende por hasta 15 (quince) años desde la firma de este contrato.
La Empresa no podrá revelar, directa o indirectamente, la Información Confidencial ni la Información Secreta por Ley a cualquier persona excepto a aquellos que necesiten recibir esas informaciones para la fiel ejecución de este contrato, siendo la Empresa directamente responsable por la utilización de tales informaciones por sus empleados, proveedores, directores, contratados y cualquier otra persona que acceda a la misma. Esta obligación se extiende a perpetuidad.
3. Acciones del contratado para evitar la divulgación de la información
La Empresa conviene adoptar medidas para proteger la confidencialidad de la Información Reservada, Información Confidencial e Información Secreta por Ley que, en su conjunto, se enmarquen en las mejores prácticas reconocidas en materia de Seguridad de la Información. Incluye informar a sus empleados y sus subcontratistas, acerca del carácter confidencial y de las prohibiciones de copiar o revelar la Información Reservada, Información Confidencial e Información Secreta por Ley definida en el punto 1. La Empresa conviene que la Información Reservada, Información Confidencial o Información Secreta por Ley será mantenida en un lugar seguro.
4. Acciones para el reporte de la divulgación no autorizada
La Empresa se compromete a comunicar al BROU dentro del mismo día de detectado, todo evento de seguridad que pueda atentar contra la Información definida en el punto 1.
5. Responsabilidades por la divulgación
La Empresa asume frente al BROU las responsabilidades de naturaleza civil que correspondan por concepto de daños y perjuicios emergentes de cualquier incumplimiento relativo a las cláusulas de confidencialidad, cuya cuantía se determinará en cada caso atendiendo a la entidad o gravedad de los daños y perjuicios en cuestión, tanto en lo que respecta a la Información Reservada definida en el punto 1.a) como en lo que refiere a la Información Confidencial (punto 1.b) y a la Información Secreta por Xxx (punto 1.c), sin perjuicio de la responsabilidad penal que le comprenda de acuerdo a Derecho en tales casos.
6. Uso permitido de la información
La Empresa utilizará la Información Reservada, Información Confidencial e Información Secreta por Ley que le sea revelada por el BROU, únicamente para los fines de este Acuerdo y sobre una base de conocimiento necesario.
7. Derecho a auditar o supervisar las actividades que involucren la información contenida en el punto 1 El Banco podrá exigir al contratado que disponga:
a) Procedimientos para protección de la información
b) Controles y mecanismos de protección física de sus instalaciones
c) Procedimientos para determinar si se ha comprometido la información
d) Políticas de control de acceso
e) Planes para continuidad del negocio y evidencias de que son probados y mantenidos regularmente.
El BROU se reserva el derecho de verificar o solicitar a un tercero, la revisión de estos requisitos, como así también la auditoría de todas las actividades que involucre la información definida en el punto 1, en las instalaciones del contratado.
8. Adhesión a Políticas y Estándares
Si durante la ejecución del objeto del contrato, la Empresa necesita acceder a información, herramientas y/o servicios que desde el punto de vista de seguridad de la información se encuentren regulados por Políticas, Estándares y/o Procedimientos, deberá formalmente tomar conocimiento de los mismos, así como obligarse a su cumplimiento.
Los sujetos obligados a guardar el deber de confidencialidad conforme al presente Acuerdo, no podrán invocar ninguna de las causales de reserva enunciadas precedentemente en los casos en que la información solicitada se refiera a violaciones de derechos humanos o sea relevante para investigar, prevenir o evitar violaciones de los mismos (art.12 Ley N° 18.381).
Anexo I - Nomina de suscripciones de cotización obligatoria y adjudicación opcional.
Familia | Producto / Suscripción | Tipo | Cantidad Hasta: | Precio de Lista | |||
Unitario | Sub Total | Unitario | Sub Total | ||||
(1 año) | (1 año) | (3 años) | (3 años) | ||||
V | Red Hat Enterprise Virtualization (2-sockets) | Extendido | 2 | ||||
A | Red Hat JBoss Enterprise Application Platform , 16 Core | Extendido | 2 | ||||
A | Red Hat Jboss Fuse, Premium 16 cores | Extendido | 2 | ||||
A | Red Hat JBoss Web Server with Management, 16 Core Premium | Extendido | 2 | ||||
L | Red Hat Enterprise Linux Server with Smart Management, Standard (Physical or Virtual Nodes) | Básico | 1 | ||||
L | High Availability | NA | 1 | ||||
L | Red Hat Enterprise Linux for Virtual Datacenters with Smart Management | Extendido | 1 | ||||
L | High Availability for Unlimited Guests | - | 5 | ||||
L | Red Hat Enterprise Linux Desktop (50 Pack), Standard | Extendido | 1 | ||||
L | Red Hat Enterprise Linux Workstation, Standard (Up to 4 Guests) | Extendido | 1 | ||||
L | Resilient Storage for Unlimited Guests | NA | 1 | ||||
C | Red Hat Openshift Standard, 2 Sockets | Extendido | 1 | ||||
C | Red Hat Openshift Premium, 2 Sockets | Extendido | 1 | ||||
C | Red Hat Enterprise Linux OpenStack Platform with Smart Management, Standard (2-sockets) | Básico | 1 | ||||
C | Red Hat Enterprise Linux OpenStack Platform with Smart Management, Premium (2-sockets) | Extendido | 1 | ||||
C | Red Hat Cloud Forms, Standard, 2 sockets | Básico | 1 | ||||
C | Red Hat Cloud Forms, Premium, 2 sockets | Extendido | 1 | ||||
L | Red Hat Enterprise Linux for IBM POWER Premium (par de sockets) (Up to 15 LPARs) with Smart Management | Extendido | 3 | ||||
Red Hat Jboss Consulting Services (en horas) - [Servicios del Fabricante] - no-presenciales | 40 horas | 3 | - | - | |||
Red Hat Jboss Consulting Services (en horas) - [Servicios del Fabricante] - presenciales | 40 horas | 3 | - | - | |||
Red Hat infraestructure Consulting Services (en horas) - [Servicios del Fabricante] - no-presenciales | 40 horas | 3 | - | - | |||
Red Hat infraestructure Consulting Services (en horas) - [Servicios del Fabricante] - presenciales | 40 horas | 3 | - | - |
Anexo II - Nomina mínima de suscripciones a adjudicar.
Familia | Producto / Suscripción | Tipo | Cantidad | Precio de Lista | |||
Unitario | Sub Total | Unitario | Sub Total | ||||
(1 año) | (1 año) | (3 años) | (3 años) | ||||
V | High Availability for Unlimited Guests | - | 2 | ||||
L | Red Hat Satellite | Extendido | 1 | ||||
A | Red Hat JBoss Enterprise Application Platform with Management, 16 Core | Extendido | 3 | ||||
L | Red Hat Enterprise Linux Server with Smart Management, Standard (Physical or Virtual Nodes) | Básico | 17 | ||||
L | Red Hat Enterprise Linux with Smart Virtualization and Management, Premium (2-sockets) - Offering RHEV + RHEL | Extendido | 7 | ||||
L | Red Hat Enterprise Linux for IBM POWER Premium (par de sockets) (Up to 15 LPARs) with Smart Management | Extendido | 1 |