Í NDICE
Í NDICE
I.- DISPOSICIONES GENERALES
Cláusula 1. Régimen Jurídico Cláusula 2. Objeto de la contratación
Cláusula 3. Valor estimado del contrato y precio del contrato Cláusula 4. Plazo de duración del contrato.
Cláusula 5. Mesa de Contratación. Cláusula 6. Órgano de Contratación. Cláusula 7. Perfil de contratante.
II.- CONDICIONES DE LICITACIÓN
Cláusula 8. Capacidad y solvencia de los empresarios para contratar con VISESA. Cláusula 9. Procedimiento de adjudicación.
Cláusula 10. Publicidad de la licitación Cláusula 11. Presentación de propuestas.
Cláusula 12. Requisitos de solvencia técnica, profesional y económica. Cláusula 13. Apertura de plicas.
Cláusula 14. Oferta única.
Cláusula 15. Forma y contenido de las ofertas. Cláusula 16. Garantía provisional.
Cláusula 17. Criterios de valoración de las ofertas. Cláusula 18. Apertura y examen de las proposiciones.
III.- ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN
Cláusula 19. Adjudicación del contrato. Cláusula 20. Garantía definitiva.
Cláusula 21. Perfección y formalización del contrato.
IV.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Cláusula 22. Principio de riesgo y xxxxxxx. Cláusula 23. Dirección de los trabajos.
Cláusula 24. Penalidades por incumplimiento de obligaciones contractuales. Cláusula 25. Responsabilidad del contratista por daños y perjuicios.
Cláusula 26. Renuncia por el adjudicatario Cláusula 27. Modificación del contrato.
Cláusula 28. Suspensión del contrato. Cláusula 29. Cesión del contrato.
V.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
Cláusula 30. Abonos.
Cláusula 31. Revisión de precios.
Cláusula 32. Obligaciones, gastos e impuestos exigibles al contratista. Cláusula 33. Obligaciones laborales, sociales y medioambientales.
VI.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO
Cláusula 34. Liquidación del contrato.
Cláusula 35. Protección de datos de carácter personal. Cláusula 36. Publicidad de los trabajos
Cláusula 37. Devolución y cancelación de la garantía definitiva. Cláusula 38. Resolución del contrato.
Cláusula 39.- Propiedad intelectual, cesión de derechos y utilización
Cláusula 40. Tribunales competentes.
VII.- ANEXO
VII.01.- Modelo de proposición económica
VII. 02.- Modelo de declaración responsable relativa a no estar incurso en prohibiciones para contratar, de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
I.- DISPOSICIONES GENERALES
Cláusula 1.- Régimen Jurídico
El contrato objeto del presente pliego tiene naturaleza de contrato privado en virtud de lo dispuesto en el artículo 20 del Real Decreto 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, TRLCSP) y las Instrucciones Internas de Contratación de ALOKABIDE y se regirá por el presente pliego de cláusulas administrativas particulares (en adelante PCP), el pliego de prescripciones técnicas y por la documentación complementaria que, en su caso, esta parte estime integrante de este pliego y que se adjunta a él.
Asimismo, en lo no previsto en los pliegos, el contrato se regirá por la siguiente normativa:
■ En cuanto al procedimiento de adjudicación por lo que se establece en los Capítulos I y II del Título I, del Libro III, del Real Decreto 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y por aquellas disposiciones de carácter general, que en desarrollo de los citados capítulos de la Ley estatal pueda aprobar el Gobierno Xxxxx.
■ En cuanto al resto de aspectos de la contratación, por la regulación contenida en el Código Civil relativa al arrendamiento de servicios.
Por todo ello, tienen carácter contractual los pliegos de cláusulas particulares, el pliego de bases técnicas y documentación complementaria, el documento de formalización del contrato y las posibles mejoras ofertadas por el licitador adjudicatario. Asimismo tendrá también carácter contractual la proposición presentada por el licitador que resulte adjudicatario.
Los licitadores, por el sólo hecho de la presentación de sus proposiciones, aceptan de forma expresa e incondicionada lo establecido en este pliego. Cualquier contradicción entre dicho pliego y los demás documentos contractuales, una vez que el contrato se hubiera adjudicado y formalizado, se resolverá siempre con la aplicación preferente de lo dispuesto en este pliego de cláusulas particulares.
Cláusula 2.- Objeto de la contratación
Constituye el objeto del contrato la prestación de servicios profesionales consistentes en la atención al cliente a través de un Contact Center para ALOKABIDE (EXPEDIENTE PREPARADO PARA LICITACIÓN ELECTRÓNICA). Todo ello
conforme a lo definido en el pliego de prescripciones técnicas que recoge las necesidades a satisfacer mediante el contrato.
Cláusula 3.- Valor estimado del contrato y precio del contrato
3.1 A efectos de lo dispuesto en el artículo 88 del TRLCSP se puede estimar que la cuantía destinada a la prestación del servicio que es objeto de contratación -incluida la posible prórroga y modificaciones- ascenderá a la cantidad de un MILLÓN CIENTO CINCUENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE EUROS Y CUARENTA CÉNTIMOS (1.157.787,40 euros), IVA excluido. Dicha cantidad se indica únicamente a efectos de publicidad del procedimiento y de información a posibles licitadores, sin que ello suponga en ningún momento un compromiso de gasto por parte de ALOKABIDE.
3.2 El presupuesto máximo anual asciende a TRESCIENTOS MIL SETECIENTOS VEINTICUATRO EUROS (300.724,00
€), XXX excluido.
Su cálculo incluye todos los factores de valoración y gastos derivados de la ejecución del contrato que, según los documentos contractuales y la legislación vigente, son de cuenta del adjudicatario, así como los tributos de cualquier índole, incluido el Impuesto del Valor Añadido, que figurara en la oferta como partida independiente.
No se admitirán las propuestas económicas que excedan del presupuesto máximo anual señalado por ALOKABIDE. El incumplimiento de esta condición implicará la exclusión automática del licitador.
Cláusula 4. Plazo de duración del contrato.
La duración del contrato será de DOS AÑOS desde la formalización del contrato, pudiendo prorrogarse un año y medio más hasta una duración máxima de TRES AÑOS Y MEDIO. Esta posible prórroga deberá ser notificada por escrito con una antelación mínima de 1 mes respecto a la fecha de finalización.
El comienzo del servicio será el 1 de enero de 2015 y finalizará el 31 de diciembre de 2016, salvo en el supuesto de prórroga antes mencionado.
Cláusula 5. Mesa de Contratación e informes.
La Mesa de Contratación estará constituida por la Directora General de ALOKABIDE (que actuará como Presidente), el Director de Atención y Comunicación Externa, el Responsable Económico-Financiero (que actuarán como vocales) y un Técnico Jurídico que actuará como Secretario, o personas en quienes éstas deleguen o les sustituyan.
La Mesa podrá encomendar la realización de los informes técnicos precisos sobre el contenido de las ofertas.
Cláusula 6. Órgano de Contratación.
El Órgano de Contratación es el Consejo de Administración de ALOKABIDE quien ha facultado a la Directora General para la realización de los trámites relativos a la aprobación xxx Xxxxxx, publicaciones y demás trámites necesarios.
Asimismo, se designará un responsable del contrato con las funciones de supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.
Cláusula 7. Perfil de contratante.
El acceso al perfil del contratante del Órgano de Contratación se efectuará a través de la web institucional de ALOKABIDE: xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx/xxxxxx-xxxxxxxxxxx/.
Los licitadores podrán solicitar información adicional sobre los pliegos y podrán dirigir sus consultas, por correo electrónico, a la siguiente dirección: xxxxxxxxx@xxxxxx.xxx, hasta 7 días naturales antes de la finalización del plazo máximo de presentación de ofertas.
Las consultas formuladas por los licitadores serán respondidas mediante correo electrónico dirigido a la dirección origen de la consulta, en el plazo máximo de 7 días naturales.
II.- CONDICIONES DE LICITACIÓN
Cláusula 8. Capacidad y solvencia de los empresarios para contratar con ALOKABIDE.
8.1 Podrán optar a la adjudicación del contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que cumplan todos los requisitos indicados a continuación:
■ Que tengan plena capacidad de obrar;
■ Que no se encuentren incursas en alguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar establecidas en el artículo 60 del TRLCSP;
■ Que acrediten su solvencia técnica o profesional de conformidad con lo indicado en el presente pliego;
■ Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de los contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
8.2 Las personas físicas y jurídicas también podrán optar a la adjudicación del presente contrato cuando se presenten como uniones temporales de empresarios de conformidad con lo dispuesto en los Títulos II y III de la Ley estatal 18/1982, de 26 xx xxxx, o norma que le sustituya. En este supuesto, además de tener la obligación de cumplir cada uno de los miembros de la unión temporal de empresas con los requisitos mínimos de capacidad y solvencia enunciados en esta Cláusula, les resultará de aplicación lo establecido en relación con las uniones temporales de empresarios en la normativa de contratación administrativa en vigor.
8.3 La admisión a la licitación requerirá la previa acreditación de la capacidad técnica para la ejecución del contrato.
Cláusula 9. Procedimiento de adjudicación.
El contrato se adjudicará mediante Concurso Público y utilizando el procedimiento abierto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 138 del TRLCSP, en relación con el artículo 157 y siguientes del mismo Texto Refundido.
En dicho procedimiento abierto, todo empresario interesado que cumpla los requisitos de solvencia técnica y profesional exigida podrá presentar una proposición, estando prohibida toda negociación de los términos del contrato con los solicitantes o candidatos.
Cláusula 10.- Publicidad de la licitación.
La licitación será convocada mediante anuncio publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE), Boletín Oficial del Estado, el Perfil del Contratante de ALOKABIDE y en el Boletín Oficial del País Xxxxx. El coste económico de los anuncios será por cuenta de la empresa adjudicataria. El presente Pliego de Condiciones se encuentra disponible para las empresas licitantes en las siguientes páginas Web: xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx
Cláusula 11.- Presentación de propuestas.
Los licitadores podrán presentar sus ofertas, en mano, hasta el día 18 de septiembre de 2014, a las 13:00 horas, en el domicilio social de ALOKABIDE sito en x/ Xxxxxx xx Xxxxxxx, 0-X, 0x xxxxxx, XXXXXXX-XXXXXXX (01013). Asimismo, se podrán presentar ofertas telemáticas utilizando la aplicación de licitación Electrónica de Gobierno Xxxxx. Para La realización de los trámites telemáticos se deberá acceder al portal común de la Comunidad Autónoma de Euskadi, xxx.xxxxxxx.xxx o bien accediendo directamente al contenido específico albergado en aquél, a través de la dirección: xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxx.
Cada licitador no podrá presentar más que una proposición dentro del plazo establecido en la presente cláusula. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otros o colaboración si lo ha hecho individualmente. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación automática de todas las ofertas por él presentadas.
Las proposiciones se sujetarán al modelo que se adjunta al presente Xxxxxx, como anexo, y la presentación de las proposiciones presume la aceptación por parte de los licitadores de las cláusulas contenidas en el mismo, así como del resto de documentos contractuales y de la declaración responsable de la exactitud de los datos presentados y de que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas.
Cláusula 12.- Requisitos de solvencia técnica, profesional y económica. Requisitos de solvencia técnica y profesional.
Los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica y profesional que a continuación se señalan:
a) Personal disponible y personal adscrito a la ejecución del contrato:
a.1. Con objeto de garantizar una solvencia técnica adecuada, los licitadores deberán acreditar disponer durante los últimos tres años de una plantilla mínima de 20 personas dedicadas a servicios call center a terceros similares a los descritos en el pliego de condiciones técnicas.
a.2. El equipo mínimo de personal adscrito a la ejecución del contrato:
• Teleoperador-especialista: personal con el perfil descrito en el pliego de condiciones técnicas.
• Coordinador-operativo a tiempo completo: personal con el perfil descrito en el pliego de condiciones técnicas
• Coordinador general del contrato
a.3. La formación del equipo deberá acreditarse vía
• Curriculum vitae: en el caso de los operadores se deben detallar claramente los requisitos señalados en el pliego así como otros aspectos que aporten valor al servicio
• La formación específica deberá acreditarse vía certificados de la empresa formadora y, en el caso de que fuera interna, mediante certificados emitidos por la Formación tripartita o justificados por el Comité de Empresa
• Euskera: Los perfiles que requieran titulación en euskera según lo descrito en el pliego técnico, deberán aportar las certificaciones oportunas.
Las personas cuyos curriculums se incluyan en la oferta deberán ser las que finalmente presten el servicio, salvo que hayan causado baja en la empresa del licitador, en cuyo caso deberán presentar sustituto con la experiencia y requisitos exigidos según los criterios marcados en el pliego técnico
b) El licitador deberá indicar en su oferta que medios técnicos pone a disposición del contrato con ALOKABIDE en caso de resultar adjudicatario y el compromiso de adscribir como mínimo los medios técnicos señalados en el Pliego de Cláusulas Técnicas
El incumplimiento de los criterios de solvencia señalados dará lugar a la exclusión del licitador del presente procedimiento por parte del Órgano de Contratación.
Solvencia económico-financiera:
Con objeto de garantizar una solvencia económica adecuada, los ofertantes deberán demostrar una facturación mínima en los 5 últimos años de 150.000 euros en servicios tipo call center, similares a los descritos en este concurso.
Cláusula 13.- Apertura de plicas.
A partir de las 10:00 horas del día 2 de octubre de 2014 se procederá en el domicilio social de ALOKABIDE a la apertura pública del Sobre B ante la Mesa de Contratación.
Cláusula 14.- Oferta única.
Cada empresa presentará una única oferta, no admitiéndose variantes a la misma. El plazo de validez de las ofertas será de TRES MESES contados desde la fecha de la apertura de las proposiciones económicas.
Cláusula 15. Forma y contenido de las ofertas.
15.1.- Aquellos licitadores que presenten sus ofertas en papel deberán presentar tres sobres cerrados titulados los tres como “PROPOSICIÓN PARA PARTICIPAR EN EL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA CONTRATACIÓN MEDIANTE CONCURSO DE LOS SERVICIOS DE CONTACT CENTER PARA ALOKABIDE”.
.- SOBRE “A”. CAPACIDAD PARA CONTRATAR
.- SOBRE “B”. OFERTA ECONÓMICA
.- SOBRE “C”. OFERTA TÉCNICA
Cada uno de los sobres deberán ir cerrados y firmados por el licitador o persona que lo representa, haciendo constar en la parte exterior de cada uno de ellos, el nombre del sobre, la denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la proposiciones y el carácter con que lo hace, domicilio de la empresa, CIF, números de teléfono y de fax y dirección de correo electrónico.
Los sobres contendrán la siguiente documentación:
• SOBRE “A”.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR
a) Documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, consistentes en Fotocopia del Documento Nacional de Identidad de los licitadores. Además, en el caso de que se actúe en representación de otra persona o entidad, poder notarial.
b) Cuando el licitador sea una persona jurídica, escritura de constitución o modificación, en caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y número de identificación fiscal, cuando la inscripción fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable, todo ello debidamente compulsado. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Comunidad Europea, deberán acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo.
c) Declaración expresa responsable ante funcionario público de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar enumeradas en el artículo 60 del TRLCSP, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, salvo que se aporten certificaciones acreditativas de estas dos últimas circunstancias.
d) Acreditación de estar dado de alta en el IAE, en el epígrafe que corresponda al objeto del contrato mediante la presentación del alta, si se refiere al ejercicio corriente, o del último recibo del I.A.E., en los demás casos, acompañada en ambos supuestos de una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del referido impuesto.
e) Las empresas pertenecientes a un grupo empresarial, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio, deberán presentar declaración sobre los extremos reseñados en el citado artículo respecto de los socios que integran el grupo.
f) En caso de Uniones Temporales de Empresas, deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y el grado de participación de cada uno, nombramiento de representante o apoderado único con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato pudieran derivarse, así como documento de compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios.
g) Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
h) Cuentas anuales auditadas del último ejercicio (2013), aquellas empresas que no tengan obligación de auditar deberán presentar el último balance formulado por la empresa.
i) Acreditación de la plantilla mínima, con aportación de los TC2 correspondientes.
j) Curriculums de las personas adscritas al equipo de trabajo, certificados de formación específica, acreditaciones de conocimiento de euskera e informática.
k) Declaración responsable con la descripción de los medios técnicos adscritos al contrato.
l) Compromiso de abrir o tener abierta oficina en el territorio de la CAPV.
• SOBRE “B”. OFERTA ECONÓMICA
a) Precio ofertado por los servicios, según modelo de proposición económica que se acompaña como anexo. El precio ofertado en ningún caso podrá ser superior al presupuesto tipo señalado en este Pliego por lo que las ofertas que lo superen quedarán automáticamente eliminadas.
b) Memoria justificativa de la oferta económica: se aportará un documento que justifique de forma pormenorizada la propuesta económica.
Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que le hagan inviable, será desechada por el Órgano de Contratación, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido.
En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.
Asimismo, deberá aportarse justificación de la oferta económica realizada, indicando convenio laboral de referencia del personal asignado, categoría profesional y retribución.
• SOBRE “C”. OFERTA TÉCNICA
a) Descripción detallada del Plan de Trabajo, respecto a los modelos de informes, certificados de calidad, descripción de metodología y procedimientos y propuesta de implementación de procesos de mejora.
b) Descripción detallada y compromiso, en su caso, respecto a las mejoras o prestaciones superiores que se oferten (economización de costes, mejora de imagen, mejora en la gestión de Internet) que superen las establecidas en el Pliego.
c) Relación de medios técnicos, humanos y materiales que se adscribirán a los servicios, incluyendo organigrama del personal dedicado a la obra, titulación y experiencia en servicios similares.
En relación con la documentación a presentar en este sobre y con el objetivo de afinar el contenido de la oferta técnica, se establecen las siguientes limitaciones de espacio y formato:
Plan de Trabajo
Extensión máxima: 20 páginas A4
Prestaciones superiores
Extensión máxima: 15 páginas A4.
Medios humanos Extensión máxima: 5 páginas A4.
* Los curriculums del personal asignado al proyecto no se consideran incluidos en estás 5 páginas pero también deben cumplir los siguientes requisitos:
o Como máximo 1 página A4 por el curriculum de cada teleoperador especialista (los certificados y titulaciones serán documentos adjuntos)
o Como máximo 3 páginas A4 por el curriculum del coordinador- operativo (los certificados y titulaciones serán documentos adjuntos)
o Todos los curriculums deberán poseer el mismo formato
Alokabide informa: No se tendrán en cuenta las páginas que superen la extensión máxima permitida. Es decir, en el apartado de “plan de trabajo” no se tendrá en cuenta lo señalado a partir de la página 21, en el de “prestaciones superiores” se obviará lo descrito a partir de la página 16 y en el apartado de “medios humanos”, sólo se tendrá en consideración hasta la página 5.
15.2.- Aquellos licitadores que presenten sus ofertas a través de la aplicación de Licitación Electrónica, deberán componer su oferta de la siguiente manera:
• SOBRE “A”.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR
a) Cuentas anuales auditadas del último ejercicio (2013), aquellas empresas que no tengan obligación de auditar deberán presentar el último balance formulado por la empresa.
b) Acreditación de la plantilla mínima, con aportación de los TC2 correspondientes.
c) Curriculums de las personas adscritas al equipo de trabajo, certificados de formación específica, acreditaciones de conocimiento de euskera e informática.
d) Declaración responsable con la descripción de los medios técnicos adscritos al contrato.
e) Compromiso de abrir o tener abierta oficina en el territorio de la CAPV.
• SOBRE “B”. OFERTA ECONÓMICA
a) Precio ofertado por los servicios, según modelo de proposición económica que se acompaña como anexo. El precio ofertado en ningún caso podrá ser superior al presupuesto tipo señalado en este Pliego por lo que las ofertas que lo superen quedarán automáticamente eliminadas.
b) Memoria justificativa de la oferta económica: se aportará un documento que justifique de forma pormenorizada la propuesta económica.
Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que le hagan inviable, será desechada por el Órgano de Contratación, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido.
En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.
Asimismo, deberá aportarse justificación de la oferta económica realizada, indicando convenio laboral de referencia del personal asignado, categoría profesional y retribución.
• SOBRE “C”. OFERTA TÉCNICA
a) Descripción detallada del Plan de Trabajo, respecto a los modelos de informes, certificados de calidad, descripción de metodología y procedimientos y propuesta de implementación de procesos de mejora.
b) Descripción detallada y compromiso, en su caso, respecto a las mejoras o prestaciones superiores que se oferten (economización de costes, mejora de imagen, mejora en la gestión de Internet) que superen las establecidas en el Pliego.
c) Relación de medios técnicos, humanos y materiales que se adscribirán a los servicios, incluyendo organigrama del personal dedicado a la obra, titulación y experiencia en servicios similares.
Las mismas consideraciones deben hacerse en cuanto a la extensión de la documentación a presentar que las realizadas en la cláusula 15.1.
Además del certificado previsto en el apartado anterior, las empresas interesadas que deseen licitar electrónicamente deberán estar dadas de alta y con certificación vigente en el Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi a los únicos efectos de la comprobación de sus datos para las citadas licitaciones electrónicas.
15.2.2.- Para la realización de los trámites se deberá acceder al portal común de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi, xxx.xxxxxxx.xxx, o bien accediendo directamente al contenido específico albergado en aquél, a través de la dirección: xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxx.
15.2.3.- La aplicación de Licitación Electrónica que utiliza el Gobierno Xxxxx se basa en tecnología J2EE y arquitectura técnica de 3 capas, que con un servidor de base de datos Oracle 8i, todos ellos bajo sistema operativo Unix Sun Solaris 2.8, versión 1, basada en protocolo LDAP y firma electrónica reconocida con certificado digital X509V3 (base 64) utilizado por la infraestructura de clave pública –PKI- de IZENPE, SA.
15.2.4.- Todos los ordenadores personales que quieran conectarse al sistema deben tener un programa cliente de navegación Web con el software de reconocimiento de firma de IZENPE, SA configurado –I20H. Para asegurar la inviolabilidad de las ofertas, se descarga y ejecuta un applet firmado, basado en la librería secreta all.dll que efectúa el fragmentado, cifrado y envío de las mismas, así como su posterior descifrado y recomposición.
15.2.5.- La utilización de medios telemáticos en los trámites contemplados en la presente Orden garantizarán la identificación y el ejercicio de la competencia por el órgano que la ejerciese, así como la autenticidad, integridad y conservación de los documentos emitidos. En la tramitación telemática se utilizará la firma electrónica reconocida.
15.2.6.- En el supuesto de que en la tramitación de los expedientes administrativos se reciban documentos, escritos o comunicaciones firmadas en formato electrónico, informático o telemático y, a la vez, en soporte papel, sólo se tendrá en cuenta la versión electrónica, informática o telemática de los mismos.
15.2.7.- La tramitación telemática permitirá la consulta telemática de los trámites realizados. Esta consulta se realizará en la página web: xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxx.
15.2.8.- El procedimiento de licitación electrónica garantiza que las ofertas enviadas por los licitadores serán emitidas y registradas de forma que sea imposible conocer su contenido salvo en el momento y por las personas autorizadas para ello.
A tal efecto, el sistema informático empleado garantiza que las ofertas son remitidas a la unidad que tramita el expediente cifradas y fragmentadas. El cifrado de las ofertas se realizará contra las claves públicas de quienes componen la mesa de contratación.
Las citadas claves se publicarán en el anuncio de licitación o invitación a licitar en el expediente concreto de que se trate.
Para su recomposición y descifrado será necesaria la participación en el acto de apertura, del quórum legalmente necesario de miembros de la mesa con sus correspondientes certificados de firma electrónica reconocida.
15.2.9.- Sólo se garantiza la lectura y tramitación de los documentos informáticos almacenados con las siguientes extensiones: .doc, .xls, .ppt, .pdf, .rtf, .sxw, .abw, .jpg, .bmp, .tiff, .zip y .72.
Con el objeto de minimizar en lo posible la incidencia que la presencia de virus pueda tener en la operatividad de las ofertas enviadas, se recomienda el envío de las mismas en formatos .pdf, .rtf, .sxw, .jpg y .tiff.
15.2.10.- Las ofertas se enviarán libres de virus que dificulten o imposibiliten su lectura, y es responsabilidad de quien licita velar por que esto sea así.
En cualquier caso, la mera presencia de virus en la oferta no determinarán, por si misma, la exclusión de la misma, siempre que se pueda tener acceso a su contenido.
15.2.11.- Aún habiéndose anunciado la posibilidad de participar telepáticamente en una licitación, la mesa de contratación, y en su defecto el órgano de contratación, podrán dejar temporalmente sin efecto la posibilidad de presentar ofertas telemáticas cuando no fuere posible la licitación por esta vía por problemas de tipo técnico.
En este caso, en la medida de lo técnicamente posible, se advertirá expresamente de la situación a través de un mensaje en la página web de licitación electrónica.
15.2.12.- En cuanto a la documentación a presentar en el sobre “A” por las empresas no españolas de Estados Miembros de la Comunidad Económica Europea, al igual que por las demás empresas extranjeras, se acreditará de la siguiente manera:
I. Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, la capacidad de obrar se acreditará mediante su inscripción en un registro profesional o comercial, cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo, o la presentación de las certificaciones que se indican como solvencia técnica para los contratos de servicios.
II. Tendrán capacidad para contratar con el sector público las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder realizar la prestación de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
III. Cuando se trate de empresas extranjeras no comprendidas en el párrafo anterior, informe de la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo, o en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato. Igualmente deberán acompañar informe el informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 55.1 del TRLCSP.
IV. Documentación acreditativa de la habilitación empresarial o profesional precisa para la realización del contrato.
V. Las empresas extranjeras presentarán su documentación traducida de forma oficial al castellano o al euskera.
VI. Declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias de que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
Cláusula 16. Garantía provisional.
Para tomar parte en la licitación no se exigirá a los licitadores la previa constitución de garantía provisional.
Cláusula 17.- Criterios de valoración de las ofertas.
En el presente procedimiento serán objeto de valoración los siguientes aspectos económicos y técnicos:
1) Oferta económica 50 Puntos
La máxima puntuación corresponderá a la oferta más baja, salvo que se entienda que no pueda ser cumplida por ser desproporcionada o temeraria. El resto de las propuestas se puntuarán proporcionalmente a la más baja: Puntos Empresa A= (oferta más baja/oferta empresa A) * 50.
Se considerarán, en principio, desproporcionadas o temerarias las ofertas que se encuentren en los siguientes supuestos:
a) Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales.
b) Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta.
c) Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales.
d) Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía.
e) También se considerará presunción de temeridad aquellas ofertas que no cumplan el convenio de referencia.
2) Oferta Técnica 50 Puntos
Con el siguiente desglose:
a. Plan de Trabajo 25 puntos
o Descripción y planificación de las diferentes fases del servicio (6 puntos)
▪ Fase de implantación y puesta en marcha
▪ Fase de desarrollo del proyecto encaminado a garantizar los niveles y la calidad de servicio acordados
▪ Fase de entrega y devolución del servicio
o Gestión del conocimiento: manuales, metodologías, bases del conocimiento etc encaminadas a garantizar la homogeneidad, agilidad y el nivel del servicio en el front y back office (10 puntos)
o Plan de formación (dedicación, cursos, aplicaciones, certificaciones….) 2 puntos
o Gestión de informes, indicadores (2 puntos)
o Manual de estilo (1 punto)
o Certificaciones, acreditaciones de calidad de la empresa y participantes en el servicio (1 punto)
o Otras (3 puntos)
b. Prestaciones superiores 15 puntos
Se valorarán únicamente aspectos de mejoras sobre los mínimos establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas y relacionados con el objeto del contrato que sean de interés para Alokabide. Como son:
o Propuestas orientadas a mejorar la satisfacción de los clientes con el servicio del call center y con la imagen general de Alokabide (5 puntos)
o Propuestas orientadas a economizar los costes en la gestión (bolsas de horas, asesorías específicas…) 5 puntos
o Propuestas orientadas a impulsar la gestión del conocimiento en Alokabide (a través de su herramienta propia fundamentalmente y de otros medios presentados en las ofertas) 4 puntos
o Propuestas orientadas a asesorar y ejecutar la presencia en Internet de Alokabide en lo que a redes sociales se refiere (servicio community manager ) 1 punto
c. Medios humanos y técnicos 10 puntos
- Modelo de organización del servicio (plan de contingencia, gestión de recursos…) 3 puntos
-. Se valorará la especialización del equipo de trabajo en otras materias que, a criterio de Alokabide, puedan suponer una mejora en el servicio: idiomas, gestión de conflictos con el cliente, mediación…:
-. Teleoperadores: 2,5 puntos
-. Coordinador: 2,5 puntos
-. Apoyo de personal adicional adscrito al servicio (detallando dedicación –horas- así como áreas de gestión):
-. Referente al equipo de teleoperadores: 1 punto
-. Otros: 1 punto
Cláusula 18.- Apertura de las proposiciones.
Con carácter previo a la apertura de las proposiciones económicas, el Órgano de Contratación procederá al examen y calificación de la documentación correspondiente al “SOBRE A.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR”, otorgando en el caso de vicios o defectos subsanables un plazo máximo de 3 días hábiles.
Posteriormente se procederá, en acto privado, a la apertura del “SOBRE C.- OFERTA TÉCNICA”, elaborándose el informe de valoración correspondiente a las distintas ofertas y dejando constancia documental de ello.
La apertura del “SOBRE B.- OFERTA ECONÓMICA” se llevará a cabo en el lugar, día y hora señalado en el anuncio del Concurso, teniendo el carácter de acto público. En dicho acto, la Mesa de Contratación dará lectura íntegra al contenido de las proposiciones económicas formuladas por los licitadores, declarando válidas y admitidas, las que cumplan con los requisitos previstos en este Pliego y en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, dándose por terminado el acto sin efectuar la adjudicación. Finalmente, se levantará Acta en la que se haga constar las ofertas presentadas.
III.- ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN
Cláusula 19. Adjudicación del contrato.
A la vista de los informes técnicos recibidos y de la valoración que la Mesa haga de la documentación contenida en los sobres, dicha Mesa de contratación elevará la oportuna propuesta de adjudicación al Consejo de Administración de ALOKABIDE, en cuanto órgano de contratación. La propuesta de adjudicación se realizará a favor de la empresa que haya resultado mejor valorada, no creando derecho alguno a favor de la misma.
El Consejo de Administración de ALOKABIDE, a la vista de la propuesta de adjudicación formulada por la Mesa de Contratación y con las especialidades señaladas, procederá a dar el visto bueno a la propuesta de adjudicación y facultará a la Mesa de Contratación para que proceda a solicitar al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa requerida en el Pliego y, en concreto, la acreditativa de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como cualesquiera otros documentos requeridos.
Obligaciones Tributarias:
a) Original o copia compulsada del alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados e) y f) de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención.
Las agrupaciones y uniones temporales de empresas deberán acreditar el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma.
b) Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y Haciendas Forales, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP.
Obligaciones con la Seguridad Social:
Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP.
Igualmente deberá en este plazo constituir la garantía definitiva, un 5% del importe de adjudicación excluido el IVA, así como los justificantes correspondientes al pago de los anuncios de licitación y, en su caso, la restante documentación requerida en los presentes Pliegos.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden que hayan quedado clasificadas las ofertas con el Visto Bueno dado por el Consejo de Administración de ALOKABIDE. En este caso, se otorgará a éste un plazo xx xxxx días hábiles para cumplimentar lo señalado.
La Directora General de ALOKABIDE adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación, que será notificada al adjudicatario y al resto de solicitantes invitados a presentar proposiciones, por correo certificado con acuse de recibo, y publicada en el perfil de contratante de ALOKABIDE (xxx.xxxxxxxxx.xxx).
Una vez adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. Si éstos no retiran su documentación en el mes siguiente a la fecha en que se les notifique la formalización del contrato, ALOKABIDE no estará obligada a seguirla custodiando.
Cláusula 20. Garantía definitiva.
Constituir aval bancario, que garantice el cumplimiento de las obligaciones asumidas en la adjudicación hasta un límite del 5 % del importe de adjudicación, excluido el IVA. Para su admisión el aval se constituirá a favor de ALOKABIDE, de forma solidaria respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y pagadero al primer requerimiento de ALOKABIDE, debiendo permanecer vigente hasta que ALOKABIDE decida expresamente declarar la extinción de la obligación garantizada y la cancelación del aval.
Cuando como consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, se reajustará la garantía en el plazo de 15 días naturales, contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación, a efectos de que guarde la debida proporción con el precio del contrato resultante de la modificación. En el mismo plazo contado desde la fecha en que se hagan efectivas las penalidades o indemnizaciones el adjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía en la cuantía que corresponda, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución.
Cláusula 21. Perfección y formalización del contrato.
El contrato se perfeccionará mediante su formalización por escrito en el plazo de quince días hábiles desde la notificación de la adjudicación en el perfil del contratante.
El contrato podrá formalizarse en escritura pública si así lo solicita el contratista, corriendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento. En este caso el contratista deberá entregar a ALOKABIDE una copia legitimada y una simple del citado documento en el plazo máximo de un mes desde su formalización.
IV.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
Cláusula 22. Principio de riesgo y xxxxxxx.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista.
Cláusula 23. Dirección de los trabajos.
23.1 La dirección de los trabajos corresponde al responsable del contrato o, en su defecto, al representante que designe el Órgano de Contratación.
23.2 Son funciones del responsable del contrato o del representante del Órgano de contratación:
a) Interpretar el pliego de prescripciones y demás condiciones técnicas establecidas en el contrato o en disposiciones oficiales.
b) Exigir la existencia de los medios y organización necesarios para la ejecución del contrato en cada una de sus fases.
c) Dar las órdenes oportunas para lograr los objetivos del contrato.
d) Proponer las modificaciones que convenga introducir.
e) Tramitar cuantas incidencias surjan durante el desarrollo del contrato.
f) Convocar cuantas reuniones estime pertinentes para el buen desarrollo de los trabajos y su supervisión, a las que estará obligada a asistir la representación de la empresa adjudicataria, asistida de aquellos facultativos, técnicos, letrados o especialistas de la misma que tengan alguna intervención en la ejecución del contrato.
Cláusula 24. Penalidades por incumplimiento de obligaciones contractuales.
24.1 Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en un incumplimiento de los niveles de servicio establecidos durante dos semanas seguidas, se aplicará una penalización diaria equivalentes al 0.1% del precio anual del contrato.
En el caso de que se existan tres periodos, seguidos o alternos dentro de una anualidad, en el que se incumplan los mencionados niveles, ALOKABIDE podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de la penalidad antes señalada.
24.2 Del mismo modo, si ALOKABIDE detectara otro tipo de incumplimientos que afectasen a los niveles de atención y calidad del servicio (cambios de personal sin autorización previa o conocimiento de Xxxxxxxxx, incumplimientos puntuales de niveles de atención pero recurrentes, reclamaciones habituales y justificadas de clientes en referencia al servicio, etc) también se podrá optar por la resolución del contrato.
Cláusula 25. Responsabilidad del contratista por daños y perjuicios.
25.1 El adjudicatario será responsable de todos los daños y perjuicios directos e indirectos que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requieran la ejecución del contrato.
25.2 Si los daños y perjuicios ocasionados fueran consecuencia inmediata y directa de una orden dada por XXXXXXXXX, ésta será responsable dentro de los límites señalados en las leyes.
25.3 Igualmente, el adjudicatario será responsable de la calidad técnica de los trabajos y de las prestaciones y servicios realizados así como de las consecuencias que se deduzcan para ALOKABIDE o para terceros por errores u omisiones o métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
Cláusula 26. Renuncia por el adjudicatario
La renuncia por el adjudicatario a proseguir los trabajos encargados no surtirá efecto hasta que no se comunique por escrito a ALOKABIDE tal renuncia a través de cualquier instrumento que dé fehaciencia del envío, de su contenido y de la fecha del mismo, estando obligado el adjudicatario a abonar en el plazo de siete días la cantidad equivalente a la mitad del precio estipulado en concepto de indemnización con pérdida de la garantía definitiva.
ALOKABIDE se reserva la facultad de exigir al adjudicatario, en caso de renuncia por parte de éste, además de la indemnización ya mencionada, el abono de cantidad derivada de la contratación de un nuevo equipo.
Cláusula 27. Modificación del contrato.
27.1 El Órgano de Contratación podrá acordar, una vez perfeccionado el contrato, modificaciones en el mismo cuando sean consecuencia de causas imprevistas, justificándolo debidamente en el expediente. Estas modificaciones (i) no podrán afectar a las condiciones esenciales del contrato y, en todo caso, (ii) la cuantía de las mismas no podrá representar un incremento del precio del contrato –IVA excluido- superior al 10%.
27.2 Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, antes de adoptar el acuerdo de modificación, el Órgano de Contratación dará al adjudicatario trámite de audiencia durante un plazo máximo de cinco (5) días naturales para que se pronuncie al respecto.
27.3 La modificación del contrato exigirá el mutuo consentimiento del Órgano de Contratación y del contratista, habiendo de ser formalizada en los términos previstos en la Cláusula 20 de este pliego.
Cláusula 28. Suspensión del contrato.
28.1 El Órgano de Contratación de ALOKABIDE podrá acordar la suspensión de la ejecución del contrato.
28.2 El adjudicatario podrá promover la suspensión del cumplimiento del contrato en el supuesto de que se hubiera producido una demora en el pago superior a cuatro (4) meses.
Para ello deberá comunicar a ALOKABIDE, con un (1) mes de antelación, tal circunstancia, a efectos del reconocimiento de los derechos que puedan derivarse de dicha suspensión.
28.3 En cualquiera de los dos supuestos contemplados en la presente Xxxxxxxx, las partes procederán a levantar un acta en la que se consignarán (i) las circunstancias que han motivado la suspensión del contrato y (ii) la situación de hecho en la ejecución de aquél.
Cláusula 29. Cesión del contrato.
Queda prohibida la cesión o subcontratación, total o parcial, del contrato sin la previa autorización expresa de ALOKABIDE.
V.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.
Cláusula 30. Abonos.
30.1 El adjudicatario tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de los trabajos que realmente ejecute con sujeción al contrato, a sus modificaciones aprobadas y a las instrucciones dadas por XXXXXXXXX, a través del responsable del contrato.
30.2 El pago por el servicio se realizará con carácter mensual mediante transferencia bancaria a 30 días desde la fecha de recepción de la factura.
30.3 En aquellos casos en los que ALOKABIDE demande la realización de prestaciones adicionales será objeto de una facturación particular según precio hora que en su momento se acuerde.
30.4 La demora en el pago devengará a favor del adjudicatario los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
30.5 El adjudicatario podrá ceder el derecho de cobro que tengan frente a ALOKABIDE de conformidad con lo previsto en el apartado 3 del artículo 1.202 y concordantes del Código Civil.
Cláusula 31. Revisión de precios.
No cabe la revisión de precios en el presente contrato.
Cláusula 32. Obligaciones, gastos e impuestos exigibles al contratista.
32.1 Son de cuenta del adjudicatario los gastos e impuestos: (i) de formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública, (ii) así como de cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan para la realización de los trabajos objeto del contrato.
32.2 Asimismo, el adjudicatario vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, tasas y toda clase de tributos, el IVA, el impuesto que por la realización de la actividad pudiera corresponder y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante la vigencia del mismo, sin que por tanto puedan ser éstos repercutidos como partida independiente.
32.3 El adjudicatario y los empleados que tengan acceso a las oficinas de ALOKABIDE deberán respetar el carácter confidencial de la información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato, o en su caso, que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal.
Cláusula 33. Obligaciones laborales, sociales y medioambientales.
33.1 El adjudicatario está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de minusválidos y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero; así como todas aquellas que se pudieran promulgar durante la ejecución del contrato y le resultaran de aplicación.
33.2 En la proposición económica, cuyo modelo se acompaña como anexo I al presente pliego, se realizará una manifestación expresa de que al calcular la misma se han tenido en cuenta tales obligaciones.
VI.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO.
Cláusula 34. Liquidación del contrato.
Dentro del plazo de un (1) mes a contar desde la fecha de finalización del contrato ALOKABIDE deberá acordar y notificar al adjudicatario la liquidación del contrato y abonarle, en su caso, el saldo resultante. Si se produjese demora en el pago del saldo de liquidación, el adjudicatario tendrá derecho a percibir los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Cláusula 35. Protección de datos de carácter personal.
El adjudicatario del contrato se obliga a guardar estricto secreto profesional sobre la información de naturaleza confidencial de la que pudiera tener conocimiento en el marco de su misión.
De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los licitadores quedan informados y aceptan la incorporación de los datos que faciliten al fichero que tiene creado ALOKABIDE.
El adjudicatario, como encargado del tratamiento, tal y como se define en la letra g) del artículo 3 xx Xxx Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, queda obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la citada Ley, especialmente en lo indicado en sus artículos 9, 10, 12, y en el Reglamento que la desarrolla, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.
Cláusula 36. Publicidad de los trabajos
El adjudicatario deberá obtener la aprobación de ALOKABIDE antes de dar publicidad a comunicaciones, anuncios y fotografías de cualquier clase en relación con los trabajos adjudicados.
Cláusula 37. Devolución y cancelación de la garantía definitiva.
Aprobada la liquidación del contrato y transcurrido el plazo de garantía, si no resultasen responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva, se dictará acuerdo para su devolución o cancelación.
Cláusula 38. Resolución del contrato.
38.1 Son causas de resolución del contrato las siguientes:
- La pérdida sobrevenida de los requisitos para contratar con ALOKABIDE.
- El mutuo acuerdo entre XXXXXXXXX y el adjudicatario.
- El incumplimiento por el contratista de la obligación de actualizar la garantía definitiva.
- La no formalización del contrato.
- La obstrucción a las facultades de dirección e inspección de ALOKABIDE.
- La suspensión durante un plazo superior a veinte (20) días sin que la ejecución del contrato se iniciara por causa imputable a ALOKABIDE.
- Las modificaciones en el contrato, aunque fueran sucesivas, que impliquen, aislada o conjuntamente, alteraciones del precio del contrato, en cuantía superior, por exceso, al 10 % del precio primitivo del contrato, con exclusión del Impuesto sobre el Valor Añadido, o que representen una alteración sustancial del proyecto inicial.
- La demora en el cumplimiento de los plazos de ejecución de los servicios objeto del contrato por parte del adjudicatario
- La demora en el pago por parte de ALOKABIDE por plazo superior a cuatro (4) meses.
- El incumplimiento de la obligación del adjudicatario de guardar sigilo respecto de los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo.
- El incumplimiento de las restantes obligaciones contractuales esenciales, calificadas como tales en este pliego y en el de prescripciones técnicas.
38.2 De conformidad con lo previsto en el artículo 1.124 del Código Civil, el perjudicado por la concurrencia de alguna de las causas de resolución del contrato podrá escoger entre exigir el cumplimiento o la resolución del mismo.
También podrá pedir la resolución, aun después de haber optado por el cumplimiento, cuando éste resultare imposible.
38.3 En los casos de resolución por incumplimiento culpable del contratista, éste deberá indemnizar a ALOKABIDE los daños y perjuicios ocasionados, incluidos los gastos de procurador y defensa letrada en los que pudiera incurrir esta última para reclamar la resolución del contrato.
38.4 En los casos de resolución por incumplimiento culpable de XXXXXXXXX, ésta deberá indemnizar al contratista los daños y perjuicios ocasionados, incluidos los gastos de procurador y defensa letrada en los que pudiera incurrir esta última para reclamar la resolución del contrato.
Cláusula 39.- Propiedad intelectual, cesión de derechos y utilización
Cuando de la realización de los trabajos objeto del contrato se deriven derechos de autor, el adjudicatario reconoce y acepta que en el precio pactado se incluyen todos los derechos de propiedad intelectual derivada del objeto del presente contrato, así como sus mejoras, perfeccionamientos y desarrollos posteriores. Todos estos derechos son de única y exclusiva propiedad de ALOKABIDE, no pudiendo ser reproducidos, transferidos o comunicados a terceros sin la previa autorización por escrito de XXXXXXXXX.
En consecuencia, todos los signos distintivos, bocetos, pruebas, desarrollos, planos, prototipos, creaciones o resultados que realice el adjudicatario en desarrollo del contrato, serán de titularidad y propiedad de ALOKABIDE, no pudiendo el adjudicatario explotarlos, comercializarlos ni ofrecerlos a terceros, salvo autorización expresa y por escrito de ALOKABIDE.
La cesión de derechos recogida en los párrafos anteriores no se extiende al derecho moral de autor, el cual, por ley, es irrenunciable, teniendo derecho a ser mencionados como tales.
El adjudicatario se compromete y declara expresamente que en el desarrollo de su labor no ha infringido conscientemente ningún derecho anterior que pudiera existir a favor de terceros o que pudiera incurrir en responsabilidad frente a terceros. Si así fuera, el adjudicatario será responsable frente a dichos terceros y asumirá cualquier responsabilidad en que pudiera incurrir ALOKABIDE, incluyendo gastos judiciales e indemnización por daños y perjuicios.
Cláusula 40. Tribunales competentes.
De acuerdo con lo establecido en la Cláusula 1 de este PCP, el contrato tiene carácter privado. En consecuencia, será el orden jurisdiccional civil el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción de los contratos que celebre ALOKABIDE, sometiéndose dicha entidad, el contratista y los licitadores, con expresa renuncia a cualquier fuero que pudiera corresponderles, a los Juzgados y Tribunales del Partido Judicial de Vitoria-Gasteiz.
V.- ANEXOS
V.01.- Modelo de Proposición Detallada Económica
D , en su propio nombre (o en representación de la empresa
………), mayor de edad, de profesión …………….. vecino de ................................. con domicilio en y
con DNI nº…..….….; ante el concurso promovido por LA SOCIEDAD PÚBLICA ALOKABIDE para la contratación de servicios de CONTACT CENTER … ACEPTA sin reservas las cláusulas del presente Pliego y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas y se compromete a realizar dichos trabajos en las siguientes condiciones:
TOTAL PRECIO OFERTADO €, XXX excluido
(Firma y DNI)
V.02.- Modelo de Declaración Responsable relativa a no estar incurso en prohibiciones para contratar, de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
D./Xx …………………………………………………………………………………………, con DNI/NIE ………………….…..………
en nombre propio o en representación de la empresa ,
con CIF nº ……………………………, en calidad de ………………………...…………………………………......………
DECLARA:
I.- Que la citada sociedad, sus administradores y representantes legales, así como el firmante, no se hallan comprendidos en ninguna de las prohibiciones para contratar señaladas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
II.- Que la citada entidad se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
En ……………………………………………………, a …….. de de 2014
Fdo.: