MODELO DE CONTRATO SIN VALOR LEGAL
MODELO DE CONTRATO
SIN VALOR LEGAL
MUNICIPALIDAD XX XXXXX
En el Municipio xx Xxxxx, departamento de Guatemala, el XX de XX del año dos mil ocho, comparecemos, por una parte, XXXX XXXXX XXXXXXX XXXX, de cincuenta y nueve años de edad, casado, guatemalteco, Maestro de Educación Primaria Urbana, de este domicilio, me identifico con la cédula de vecindad número de orden A – uno y de registro ciento seis mil dos, extendida por el Alcalde Municipal xx Xxxxx, departamento de Guatemala, actúo en mi calidad de Síndico Primero del Concejo Municipal xx Xxxxx y por ende Representante y Mandatario General y Judicial con Representación de la MUNICIPALIDAD XX XXXXX, de conformidad con el artículo cincuenta y cuatro inciso e) del Código Municipal, calidad que acredito con: a) Fotocopia del acuerdo número cero siete – dos mil siete, de la Junta Electoral del Departamento de Guatemala, de fecha diecisiete de septiembre del dos mil siete; b) Certificación del acta número uno del año dos mil ocho, de la Sesión Pública Solemne del Concejo Municipal xx Xxxxx, de fecha quince de enero del dos mil ocho; y c) Certificación del punto duodécimo del acta número cuatro del año dos mil ocho, de la Sesión Pública Ordinaria del Concejo Municipal xx Xxxxx, departamento de Guatemala, de fecha diecisiete de enero del año dos mil ocho; mi representada en el curso del presente instrumento se podrá denominar La Municipalidad o La Municipalidad xx Xxxxx; y por la otra, XX, de XX años de edad, casado x xxxxxxx, guatemalteco o xx, profesión u oficio, de este domicilio, me identifico con la cédula de vecindad número de orden xx y de registro xx (xx xx) extendida por el Alcalde Municipal de xx, departamento de xx, o pasaporte (si es extranjero), actúo en mi calidad de Presidente del Consejo de Administración, o Administrador Único, o Gerente General y Representante Legal, o Propietario, u otro xxxx, de la entidad “xx” calidad que acredito con fotocopia legalizada del acta notarial de mi nombramiento como tal, autorizada en xx, departamento de xx, el xx de xx del xx, por el Notario xx, inscrita en el Registro Mercantil General de la República, con los números: De registro: xx, folio xx, del libro xx de Auxiliares de Comercio, o de la patente de comercio de empresa número xxxx, folio xxxx del libro xxxx de empresas mercantiles; entidad que podrá ser denominada en el presente documento también como “El Contratista”, cuya dirección es xxxxx. Ambos comparecientes aseguramos hallarnos en el libre ejercicio de nuestros derechos civiles, ser de los datos de identificación personal consignados; hacemos constar que hemos tenido a la vista la documentación relacionada con la que se acredita la representación que ejercitamos, la cual, de conformidad con la ley y a nuestro juicio es suficiente para el otorgamiento del presente contrato, y por este documento celebramos CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, para el evento de cotización, denominado “ARRENDAMIENTO DE UN DOBLE RODO VIBROCOMPACTADOR PARA SER UTILIZADO EN LOS DIFERENTES PROYECTOS Y OBRAS QUE SE REALICEN EN EL MUNICIPIO XX XXXXX.”, de conformidad con las siguientes cláusulas: PRIMERA: El presente contrato se suscribe de conformidad con los Artículos dos (2), cinco (5), seis (6), siete (7), nueve (9), treinta y tres (33), treinta y cinco (35), cincuenta y dos (52), cincuenta y tres (53), cincuenta y cuatro (54) inciso e), sesenta y siete (67), setenta y dos (72), del Código Municipal; uno (1), diecisiete (17) al treinta y siete (37), cuarenta y siete (47), cuarenta y ocho (48), cuarenta y nueve (49), cincuenta y uno (51), cincuenta y dos (52), cincuenta y tres (53), cincuenta y cuatro (54), cincuenta y cinco (55), cincuenta y seis (56), cincuenta y siete (57), cincuenta y ocho (58), cincuenta y nueve (59), sesenta y uno (61), sesenta y dos (62), sesenta y cuatro (64), sesenta y cinco (65), sesenta y seis (66), sesenta y siete (67), sesenta y ocho (68), sesenta y nueve (69), setenta (70), ochenta y dos (82), ochenta y tres (83), ochenta y cuatro (84), ochenta y cinco (85), ochenta y seis (86), ochenta y siete (87) y ochenta y ocho (88), de la Ley de Contrataciones del Estado; tres (3), cuatro (4), cuatro (4) Bis, cinco (5) al trece (13), veintiséis (26), veintisiete (27), veintiocho (28), veintinueve (29), treinta (30), treinta y uno (31), treinta y dos (32), treinta y tres (33), treinta y cuatro (34), treinta y cinco (35), treinta y seis (36), treinta y siete (37), treinta y ocho (38), treinta y nueve (39), cuarenta y uno (41), del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; y lo resuelto por el Gerente de Compras y Contrataciones, de la Municipalidad xx Xxxxx, que con fecha xxxx; aprobó la adjudicación efectuada por la Junta de Cotización a la entidad denominada xxxx. El evento tiene el “NOG” xxxx. SEGUNDA: En forma expresa, xxxx, en mi calidad de xxxxx y Representante Legal o xxxx Propietario de la entidad xxxxx, manifiesto que mi representada o mi empresa, se compromete a dar en arrendamiento un doble rodo vibrocompactador, de conformidad con los precios unitarios y totales siguientes: (todos los precios contenidos en el formulario de oferta). Los precios del presente contrato están basados en el desglose o integración del costo unitario del arrendamiento que se oferta o en el formulario de oferta, que se encuentran en el expediente objeto del presente contrato. TERCERA: VALOR DEL CONTRATO, FORMA DE PAGO Y ANTICIPO DE PAGO: A) El valor del presente contrato de conformidad con los valores unitarios y totales especificados en la cláusula anterior es de xxxxx QUETZALES (Q.xx), impuesto al valor agregado “IVA” incluido, según condiciones que aparecen en la documentación origen del presente Contrato y en la oferta respectiva. B) Forma de pago: todo pago se hará en quetzales. Según la disponibilidad de recursos de la Municipalidad xx Xxxxx, se podrá pagar así: a) a) Conforme a reportes parciales de servicio de arrendamiento mensual que el contratista presente. b) En un sólo pago, al finalizar el servicio de arrendamiento, después de la aprobación de liquidación por parte de la Autoridad correspondiente; ambos incisos a decisión del contratista; para el efecto, la simple solicitud de pago realizada por el contratista, a través de la factura respectiva donde se solicita el pago del arrendamiento mensual, se entenderá que optó por pagos sobre reportes parciales; y c) Independientemente de que si el contratista opta por el inciso a) o el inciso b), la Municipalidad xx Xxxxx, podrá pagar dentro del plazo de veinticuatro (24) meses de la presentación de cada estimación, o en su caso, de la aprobación de liquidación por parte de la Autoridad correspondiente. C) ANTICIPO DE PAGO: No habrá anticipo de pago por lo que el contratista deberá iniciar el servicio de arrendamiento de la maquinaria contratada con sus propios recursos. Si por alguna causa no se requiere la totalidad del servicio de arrendamiento de la maquinaria contratada, el contratista no tendrá derecho a cobrar por el servicio no prestado, pudiendo cobrar solamente por el servicio de arrendamiento que efectivamente hubiere efectuado. Si durante el plazo del contrato, hubiere fluctuación de precios en los costos de lo contratado, la Municipalidad xx Xxxxx, reconocerá la fluctuación de precios en decremento o incremento, según corresponda; todo ello con base en la fórmula establecida en el artículo 3 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. CUARTA: DISPOSICIONES ESPECIALES: A) El contratista no podrá iniciar el arrendamiento sino con posterioridad al momento en que se le haya notificado la aprobación del presente contrato y en caso lo iniciara con anterioridad será bajo su propia cuenta, riesgo y responsabilidad; B) Forman parte del presente contrato para efectos de la ejecución de lo contratado, la cual deberá estar en entera sujeción con los mismos; los siguientes documentos: Bases Generales, formulario de oferta que contiene las especificaciones técnicas y modelo del contrato y si por alguna causa no estuviere previsto en los citados documentos, el Supervisor decidirá, por escrito, el procedimiento a seguir en la ejecución de lo contratado. QUINTA: DEL SUPERVISOR: El Supervisor o Supervisores serán designados por la Gerencia del Área Técnica de Ingeniería y Arquitectura, quienes cumplirán su cometido en la forma estipulada en el presente contrato; en las bases generales, formulario de oferta que contiene las especificaciones técnicas, Ley y Reglamento de Contrataciones del Estado y el ordenamiento jurídico guatemalteco. SEXTA: PLAZO DEL CONTRATO: El plazo del presente contrato es de cuatrocientos sesenta y cinco (465) días, de servicio de arrendamiento efectivamente prestados, contados a partir del día del acta de inicio, comprendiendo un día de trabajo como mínimo seis horas y un xxxxxx xx xxxx horas de servicio; Y SI POR LAS NECESIDADES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX SE NECESITA TRABAJAR MAS XX XXXX HORAS DIARIAS, EL CONTRATISTA ESTA OBLIGADO A TRABAJAR LAS HORAS NECESARIAS TENIENDO DERECHO A COBRAR POR DICHO TIEMPO EXTRAORDINARIO, EL QUE SE COMPUTARÁ AL MISMO PRECIO DE LA HORA ORDINARIA OFERTADA. Días de trabajo: días comprendidos en el contrato, que efectivamente se preste el servicio, sean hábiles o inhábiles. Gastos de operación de lo contratado: Operadores, combustible, mantenimiento y demás gastos de operación, serán por cuenta del arrendador. Por casos fortuitos ajenos al Contratista o de fuerza mayor debidamente comprobados, se podrá prorrogar el plazo o se podrá suspender el plazo del contrato. Se podrá solicitar la prórroga del plazo, siempre y cuando sea necesario para los intereses del Municipio xx Xxxxx, Asimismo, la Municipalidad xx Xxxxx, podrá rescindir el contrato por decisión unilateral; también tomará en cuenta la extensión por causas no imputables a el Contratista siempre que el mismo, dentro de los diez días hábiles siguientes a aquel en que surja la causa, notifique a la Municipalidad la extensión, indicándole las causas de la misma. En caso que la demora sea imputable al Contratista éste deberá pagar a la Municipalidad por concepto de daños y perjuicios por día de atraso el equivalente al cero . cinco (0.5) por millar del valor total del contrato. La infracción por parte del contratista a otras obligaciones, serán sancionadas por la Autoridad administrativa que corresponda, conforme a la Ley de contrataciones del Estado y el reglamento de dicha ley. SÉPTIMA: A) El contratista deberá proporcionar todos los materiales, equipo, herramientas, combustibles y lubricantes, transporte y mano de obra que sean necesarios, para cumplir satisfactoriamente con lo contratado. B) El contratista será el único responsable de los daños y perjuicios a propiedades ajenas y a terceras personas, en caso llegaren a producirse en la ejecución de lo contratado, por lo tanto exime a la Municipalidad xx Xxxxx, de cualquier responsabilidad por tales conceptos. OCTAVA: El Contratista se obliga a iniciar la ejecución de lo contratado y a realizar los trabajos necesarios para cumplir con lo contratado dentro de los diez (10) días siguientes al día en que se le notifique la aprobación del presente contrato, o en la fecha en que sea solicitado por parte de la Municipalidad. Se deberá suscribir acta de inicio del arrendamiento y por ende dicha acta será la de inicio del contrato. NOVENA: Los hechos que ocurran considerados como casos fortuitos o fuerza mayor que impidan el cumplimiento del contrato, relevan a las partes de responsabilidad a las partes. DÉCIMA: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: a) El Contratista se obliga a cumplir con lo contratado, conforme lo establecido en este instrumento, el expediente que motivó el presente contrato, lo que forma parte integral del presente contrato. b) Los salarios que el Contratista deberá pagar a sus trabajadores, no serán inferiores a los fijados en la escala de salarios, que establecen las disposiciones legales vigentes en lo laboral quedando la municipalidad exenta de responsabilidad alguna. DÉCIMA PRIMERA: DE LA LIQUIDACIÓN: Habiéndose entregado por parte del contratista, la fianza de Saldos Deudores que se indica en la cláusula Décima Segunda, el supervisor en el plazo de quince días hábiles, deberá elaborar el informe final del arrendamiento, y posteriormente, dentro del plazo de cinco días hábiles, se nombrará una Comisión de Liquidación de lo contratado, integrada por tres miembros, con dicha comisión colaborará el supervisor y el contratista, la comisión deberá iniciar la liquidación y deberá elaborar el acta correspondiente, dentro de los quince días siguientes a la fecha del informe final del supervisor, estableciendo el costo total del arrendamiento y el importe de los pagos o cobros si los hubiere que deban hacerse al contratista. Si el contratista no comparece o no se hace representar al efectuarse la liquidación, ésta será válida y el contratista no tendrá derecho a impugnarla. La certificación de esta acta y la documentación complementaria, será el fundamento para que la Municipalidad xx Xxxxx, previo los dictámenes y estudios que estime pertinentes, bajo la responsabilidad de los que intervinieron en la liquidación, apruebe dichos cálculos y autorice los pagos o cobros que deban realizarse. En caso de inconformidad del contratista, con la liquidación, presentará su reclamación por escrito acompañando los datos, pruebas, y cálculos que fundamenten su reclamación y que permitan hacer los cómputos correspondientes; el reclamo deberá presentarse a la Municipalidad xx Xxxxx, dentro del plazo de cinco días, a partir de la fecha en que el contratista reciba notificación del acta de liquidación. La Municipalidad xx Xxxxx, a solicitud del contratista, otorgará finiquito basándose en el informe que le rinda La Comisión. En el acta que se extienda el finiquito al contratista, exonerará a la Municipalidad xx Xxxxx, de cualquiera de todos los reclamos y obligaciones emanadas del presente contrato, de esta acta se suscribirán dos ejemplares, uno para el contratista y el otro para la Municipalidad. El contratista entregará a la comisión liquidadora para adjuntar al expediente de liquidación, una declaración jurada ante Notario, donde conste que ha pagado todas las deudas y que no tiene juicios pendientes, por concepto de lo contratado. DÉCIMA SEGUNDA: FIANZAS: El Contratista deberá otorgar a favor y entera satisfacción de la Municipalidad, en una institución Afianzadora, debidamente autorizada para operar en Guatemala y de reconocida capacidad y solvencia financiera, las siguientes fianzas: UNO (1): FIANZA DE CUMPLIMIENTO: La cual deberá ser del equivalente al diez por ciento (10%) del valor total de lo contratado, que garantizará: con un diez por ciento (10%) del valor de la fianza, el pago de salarios y prestaciones laborales a los trabajadores que emplee para la ejecución de lo contratado y el pago de las cuotas del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social; con el noventa por ciento (90%) restante del valor de la fianza, la calidad de lo contratado de acuerdo con las bases generales y demás documentos contractuales, el cumplimiento en la ejecución de lo contratado dentro del período estipulado y el pago a terceras personas de todos los adeudos o materiales, equipo, herramientas y similares proporcionadas al Contratista. Dicha fianza deberá estar en vigencia hasta la recepción definitiva de lo contratado, conforme acta pormenorizada que para el efecto se suscribirá en la Municipalidad. DOS (2): FIANZA DE SALDOS DEUDORES: la que garantizará saldos deudores, por el valor del cinco por ciento (5%) del valor de todo lo contratado; de acuerdo a lo que prescribe la Ley. Cada una de las fianzas se hará efectiva inmediatamente al incumplimiento del Contratista en cualquiera de las cláusulas, en el momento de estar en vigencia la respectiva fianza. DÉCIMA TERCERA: PROHIBICIONES: Al Contratista le queda prohibido ceder, gravar, vender, arrendar o traspasar sus derechos y obligaciones derivados de este contrato. DÉCIMA CUARTA: DECLARACIÓN JURADA: El Contratista declaró bajo juramento por medio de acta notarial, que se encuentra en el expediente del presente evento, que no se encuentra comprendido en las limitaciones contenidas en el artículo 80 de la Ley de Contrataciones del Estado. DÉCIMA QUINTA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO: El presente Contrato se dará por terminado cuando ocurra cualquiera de las circunstancias siguientes: a) Por incumplimiento en alguna de las obligaciones a efectuar por la Municipalidad, con excepción de la forma de pago; b) Por decisión acordada de mutuo acuerdo, c) Por casos fortuitos o de fuerza mayor que hagan innecesario el contrato o que afecten su cumplimiento: d) Si a el Contratista le fueren embargados bienes que evidentemente afecten el cumplimiento del contrato, o es declarado en quiebra; e) Si el contratista no presenta las garantías establecidas en el presente contrato; f) Si el contratista cometiere actos dolosos o culposos en contra de la Municipalidad; g) Si el contratista deja de cumplir con sus obligaciones del presente contrato; h) Por otro motivo que la ley señale; y, j) Por vencimiento del plazo, sin que se haya otorgado prórroga alguna. DÉCIMA SEXTA: IMPUESTOS: El contratista queda obligado a cubrir todos los impuestos a que estuviere afecto conforme a las leyes fiscales o tributarias que rigen la materia. DÉCIMA SÉPTIMA: NOTIFICACIONES: El contratista renuncia al fuero de su domicilio, y señala como lugar para recibir citaciones, notificaciones y emplazamientos la dirección detallada en la introducción del presente contrato y mientras no comunique a la Municipalidad xx Xxxxx, por escrito, cualquier cambio que de tal dirección hiciera, se tendrán como bien hechas las notificaciones que se hagan en dicho lugar. DÉCIMA OCTAVA: CONTROVERSIAS: Los comparecientes convenimos expresamente en que cualquier diferencia, reclamaciones o controversias que surgieren derivadas de este contrato, serán resueltas directamente con carácter conciliatorio y por último la cuestión o cuestiones a dilucidarse, se someterán a la jurisdicción del tribunal de lo contencioso administrativo. DÉCIMA NOVENA: APROBACIÓN: Para que el presente contrato surta sus efectos legales y obligue a las partes a su cumplimiento, es indispensable que sea firmado por las partes interesadas, que el contratista entregue la fianza de cumplimiento, y, posteriormente, deberá ser aprobado por medio de resolución, por el Gerente de Compras y Contrataciones de la Municipalidad xx Xxxxx. VIGÉSIMA: ACEPTACIÓN: XXXX XXXXX XXXXXXX XXXX, en la calidad con que actúo, manifiesto expresamente que acepto el arrendamiento que otorga el contratista, en los términos relacionados y ambos damos nuestro consentimiento con todas y cada una de las cláusulas del presente instrumento, las cuales hemos leído y enterados de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales, lo aceptamos, ratificamos y firmamos.