MIÉRCOLES 9 DE MAYO DE 2018
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C) Otras Disposiciones
Consejería de Sanidad
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
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13 ACUERDO de encomienda de gestión de 27 xx xxxxx de 2018, entre el Servicio Madrileño de Salud y el Ente Público Hospital Universitario de Fuenlabrada para la coordinación, apoyo y normalización en la realización de proyectos de mejora de los sistemas de información sanitaria de la Consejería de Sanidad y su correcta integración en el Sistema Nacional de Salud.
REUNIDOS
De una parte, D. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Viceconsejero de Sanidad, nombrado por De- creto 104/2015, de 7 de julio, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, actuan- do en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, y en el uso de las atribu- ciones conferidas por el artículo 5 del Decreto 195/2015, de 4 xx xxxxxx, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad; el ar- tículo 1 del Decreto 196/2015, de 4 xx xxxxxx, del Consejo de Gobierno, por el que se esta- blece la estructura orgánica del Servicio Madrileño de Salud y el artículo 23.2 a) del Decre- to 24/2008, de 3 xx xxxxx, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud.
Y de otra, D. Xxxxxx Xxx de Xxx Xxxxxx en representación del Ente Público Hospital Universitario de Fuenlabrada (en adelante, EPHUF), en calidad de Director Gerente, según lo establecido en el artículo 15.2 a) del Decreto 196/2002, de 26 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos del Ente Público Hospital de Fuenlabrada y de acuerdo a la dele- gación realizada por el Consejo de Administración del Ente Público en sesión de 11 de fe- brero de 2003.
EXPONEN
Primero
Que el Consejo de Ministros, en aplicación de lo previsto por la Ley 16/2003, de 28 xx xxxx, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, y, a propuesta del Minis- terio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, acordó en su reunión de fecha 1 de diciem- bre de 2017, tras ser aprobado por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Sa- lud con fecha 8 de noviembre de 2017, los criterios de distribución y la distribución resultante de los créditos, por importe total de 2.006.950 euros, para el desarrollo y mejo- ra del sistema de información sanitaria del Sistema Nacional de Salud para acciones x xxx- xxxxx durante el ejercicio 2018, correspondiendo a la Comunidad de Madrid la cantidad to- tal de 211.126,51 euros.
Segundo
Corresponde al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad la competencia para el establecimiento del sistema de información sanitaria del Sistema Nacional de Salud, de modo que garantice la disponibilidad de la información y la comunicación recíprocas en- tre las administraciones que componen dicho Sistema Nacional.
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Asimismo, es responsable de la elaboración de aquella información sanitaria conjunta exigida por la organización estadística del Estado. El Plan de acciones para el desarrollo del Sistema de Información sanitaria del Sistema Nacional de Salud (SI-SNS) fue presentado al pleno de Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud el 29 xx xxxxx de 2005 y re- quiere una actualización permanente y nuevos desarrollos que cubran las necesidades de in- formación ajustándose a la evolución del propio sistema sanitario. Consecuentemente, las administraciones implicadas en el Sistema Nacional de Salud deben facilitar los datos nece- sarios para el mantenimiento del SI-SNS y adoptar las innovaciones que dentro del mismo
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se producen. Los fondos distribuidos a los que se hace referencia deben destinarse por las ad- ministraciones a financiar las actuaciones que estas deben realizar para la mejora metodoló- gica de componentes estratégicos del sistema de información del SNS y la recogida norma- lizada, y remisión en plazo, de la información sanitaria con los criterios comunes del SNS.
Tercero
Que el Servicio Madrileño de Salud recibe cada año fondos para las mismas finalida- des descritas, y que, según el citado acuerdo de Consejo de Ministros detalla, deberán de- dicarse a apoyar acciones de mejora del conocimiento de la morbilidad atendida en el Sis- tema Nacional de Salud, imprescindible para la gestión y atención de las patologías presentes en la población y el cálculo de indicadores para las estrategias de salud del mis- mo, reforzando los procesos de normalización y gestión de los datos en las siguientes líneas de actuación:
— Desarrollar la Base de Datos Clínicos de Atención Primaria del SNS (BDCAP-SNS).
— Implantar el nuevo Registro de actividad de Atención Hospitalaria (RAE-CMBD).
— Implantar la nueva clasificación de enfermedades y procedimientos CIE 10 ES.
Como consecuencia de todo lo anterior, el Servicio Madrileño de Salud deberá desarrollar una serie de proyectos de desarrollo y evolución de los sistemas de información sanitaria que sustentan la actividad del Sistema Público de Salud de la Comunidad de Madrid. Estos proyec- tos afectan a un conjunto de sistemas de información de gran extensión y complejidad, especial- mente en el ámbito de la atención hospitalaria, donde cada hospital cuenta con su propio siste- ma de historia clínica y con gran cantidad de sistemas departamentales, que hacen necesario el establecimiento de herramientas que permitan el intercambio de información sanitaria.
El importe total de las actuaciones a realizar, e indicadas anteriormente, se desglosa de la siguiente manera:
ÁMBITO DE DESARROLLO IMPORTE TOTAL
Desarrollar la Base de Datos Clínicos de Atención Primaria del SNS (BDCAP-SNS) 6.091,85 € Implantar el nuevo Registro de actividad de Atención Especializada (RAE-CMBD) 6.091,85 € Implantar la nueva clasificación de enfermedades y procedimientos CIE 10 ES 8.241,91 €
TOTALES 20.425,61 €
Cuarto
Que, de conformidad con lo contenido en el artículo 4 del Decreto 24/2008, de 3 xx xxxxx, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el régimen jurídico y de funciona- miento del Servicio Madrileño de Salud, entre sus fines se encuentra la atención integral de la salud en todos los ámbitos asistenciales.
Por su parte, el artículo 8.1.a) del Decreto 196/2015, de 4 xx xxxxxx, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Madrileño de Salud atribuye a la Dirección General de Sistemas de Información Sanitaria competencias en ma- teria de: “La planificación, diseño, implantación y mantenimiento de los sistemas y tecno- logías de la información para la organización y funcionamiento del Sistema Sanitario Pú- blico de la Comunidad de Madrid”.
En el ejercicio de tales competencias y dentro de los programas definidos por el Con- sejo Interterritorial del Sistema Nacional de Sanidad, dicha Dirección General va x xxxxxxx- llar, a lo largo de 2018, acciones que permitan avanzar en la homogeneización de la infor- mación clínica de los pacientes, de tal suerte que esta pueda ser accesible de forma segura y que permita su interoperabilidad tanto en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Madrid como del resto del Estado.
Quinto
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Que el Servicio Madrileño de Salud no dispone de los medios materiales, humanos y organizativos que permitan llevar a cabo la materialización de estas actuaciones adiciona- les definidas por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, que sí pueden ser asumidas por el EPHUF, al disponer de una estructura organizativa y medios para asumir el desarrollo de las acciones que se le encomiendan.
En este sentido, y entre dichas acciones, se ha definido como uno de los objetivos prio- ritarios, la implantación de Sistemas de Análisis que permitan obtener datos de efectividad de los tratamientos en patologías hospitalarias y de Atención Primaria de mayor impacto tanto económico como sanitario, la adaptación al nomenclátor maestro, el desarrollo de sis-
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temas de apoyo a la prescripción en Atención Primaria y hospitales adaptado al Módulo Único de Prescripción y la mejora del sistema de información de la prestación farmacéuti- ca Farmadrid, todo ello desde el ámbito de los sistemas de información sanitaria.
Sexto
Que, entre los objetivos del EPHUF se encuentra desarrollar los programas de forma- ción, docencia e investigación que, en el ámbito del sistema sanitario público se incardinen con la actuación del Entre público y resulten acordes con las líneas generales que establez- ca la Consejería de Sanidad y se orienten a la promoción de la salud y la prestación xx xxxx- tencia sanitaria.
En virtud de lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el Servicio Madri- leño de Salud y el Ente Público Hospital Universitario de Fuenlabrada
ACUERDAN
Primero
Objeto de la encomienda
Por el presente acuerdo, el Servicio Madrileño de Salud encomienda al EPHUF la ges- tión de los procedimientos indicados en el expositivos tercero orientados hacia la coordina- ción, apoyo y normalización de los sistemas de información necesarios para alcanzar los fi- nes determinados por el Ministerio de Sanidad, Asuntos Sociales e Igualdad relativos a la mejora de los sistemas de información del Sistema Nacional de Salud, con un presupuesto total de 20.425,61 euros.
Segundo
Compromisos del EPHUF
El EPHUF asume los siguientes compromisos:
— Gestión administrativa-financiera de los fondos recibidos en virtud del presente acuerdo para destinarlos a sus fines específicos.
— Justificación económica, antes del 31 de diciembre de 2018, incluyendo los gastos asociados a la relación de actuaciones realizadas durante el período y estado con- table del fondo asignado al presente acuerdo.
— Facilitar toda la información que le sea requerida y someterse a las actuaciones de comprobación que puedan realizarse por el Servicio Madrileño de Salud y a las de control de la actividad económico-financiera que correspondan a la Intervención. A tales efectos, deberá admitir la presencia de las personas que, formalmente de- signadas por el titular de la Dirección General de Sistemas de Información Sani- taria, sean designadas para realizar el seguimiento y evaluación del estado de la encomienda y de los fondos asignados, facilitándoles cuanta información y datos contables o de otro tipo, le sean solicitados a tal efecto.
Tercero
Compromiso de la Entidad encomendante
El Servicio Madrileño de Salud asume, a través de la Dirección General de Sistemas de Información Sanitaria, los siguientes compromisos:
— Establecer las actuaciones y su cronograma, para la consecución del objeto de la presente encomienda.
— Realizar la aportación de los fondos asignados al cumplimiento de la encomienda.
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— Facilitar toda la información técnica y administrativa que resulte precisa para con- vocar, en su caso, los expedientes de contratación para la adquisición de bienes y/o servicios.
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Cuarto
Presupuesto y pago
El presupuesto que se asigna al objeto de la encomienda procede de los fondos asigna- dos a la Comunidad de Madrid por el Ministerio de Sanidad, Asuntos Sociales e Igualdad en 2017, para el ejercicio 2018, en relación con el “Desarrollo y Mejora del sistema de in- formación sanitaria del Sistema Nacional de Salud” y asciende a la cantidad de 20.425,61 euros.
La asignación de los fondos a cada una de las actividades que realice la Entidad enco- mendada guardará correspondencia con el programa de actuaciones que defina la Entidad Encomendante a través de la Dirección General de Sistemas de Información Sanitaria.
En todo caso la aportación de los fondos a la entidad encomendada estará sujeta a la disposición efectiva de los mismos por parte del Servicio Madrileño de Salud.
Quinto
Seguimiento y evaluación
El Servicio Madrileño de Salud se encargará de realizar periódicamente el seguimien- to y la evaluación del grado de consecución de los objetivos marcados por el Ministerio de Sanidad, Asuntos Sociales e Igualdad.
Sexto
Regularización
Las partes reconocen expresamente la imposibilidad de predeterminar desde el inicio el número total, así como el detalle, de las actuaciones, recursos materiales y humanos que deberán aplicarse para lograr el objeto de la encomienda. Igualmente es imposible determi- nar los fondos que de forma exacta han de ser asignados a cada una de las actuaciones. Por todo ello, al final de cada anualidad se procederá a regularizar la aportación a los fondos y actividades que, inicialmente no previstas, resulten imprescindibles de ejecutar para cum- plir con el objeto encomendado para actuaciones a realizar durante el ejercicio 2018, den- tro de los fondos asignados por el Ministerio de Sanidad, Asuntos Sociales e Igualdad.
Séptimo
Vigencia
La presente encomienda estará en vigor hasta el 31 de diciembre de 2018, o hasta su completa ejecución, si los objetivos se alcanzaran con anterioridad a dicha fecha, salvo que no se asignen fondos al proyecto, o que los asignados impidan, o no permitan, su ejecución. La presente encomienda surtirá efectos con su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE
la Comunidad de Madrid.
En Madrid, a 27 xx xxxxx de 2018.—Por el Servicio Madrileño de Salud, el Viceconse- xxxx xx Xxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx.—Por el Ente Público Hospital Universitario de Fuenlabrada, el Director-Gerente, Xxxxxx Xxx de Xxx Xxxxxx.
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xxxx://xxx.xxxx.xx BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791