Contract
PLIEGO DE CONDICIONES MÍNIMAS DE CONTRATACIÓN PARA EL CONTRATO MENOR DE OBRA DENOMINADO: “PARQUE INFANTIL XX XXXXX ( XXXXXXX XX XXXXXX)”
1. Objeto y calificación del contrato:
1.1.- Constituye el objeto de este contrato la construcción de un parque infantil en la zona aledaña al edificio de la escuela xx Xxxxx, cuya codificación es CPV 45000000.-Construcciones corrientes; obras de restauración y reparaciones corrientes; De acuerdo con el proyecto técnico redactado al efecto en el que consta los correspondientes pliegos de condiciones técnicas a los que debe sujetarse las obras y a los que nos remitimos para los trámites de contratación de las mismas.
2. Régimen Jurídico.
2.1.- La contratación a realizar se califica como contrato de obras de carácter administrativo, de conformidad con lo establecido en los artículos 6 y 19 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), quedando sometida a dicho Texto Refundido, así como al Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001 (Reglamento General de la LCAP), en tanto continúe vigente, o a las normas reglamentarias que le sustituyan, y a las cláusulas contenidas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares. Su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este pliego, y para lo no previsto en el mismo, serán de aplicación el TRLCSP, quedando sometido a dicho Texto Refundido, así como al Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga al Texto Refundido y esté vigente tras la entrada en vigor del RD 817/2009, o a las normas reglamentarias que les sustituyan, y a las cláusulas contenidas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares, así como en el de prescripciones técnicas que forma parte del expediente y tienen carácter contractual; Real Decreto 773/2015, que modifica Real Decreto 1098/2001; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común en las Administraciones Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; y, en cuanto no se opongan, las restantes normas de Derecho Administrativo, y en su defecto, las normas de derecho privado. Ley de Principado 5/95 de Promoción de accesibilidad y supresión xx xxxxxxxx, Decreto de Desarrollo 37/2003; RDL 1/2013; Ley 26/2011; RD 314/2006.
2.2.- El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anexos que forman parte del mismo, o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole aprobadas por la Administración, que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.
2.3.- En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá el pliego de cláusulas administrativas.
3. Órgano de contratación
3.1.- El órgano de contratación, que actúa en nombre del Ayuntamiento xx Xxxxxx, es la
Concejalía Delegada de Contratación Pública de la Corporación.
3.2.- El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar el correspondiente contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable.
3.3.- Los acuerdos que a este respecto dicte serán ejecutivos, sin perjuicio del derecho del contratista a su impugnación ante la Jurisdicción competente.
4. Acreditación de la Aptitud para contratar
Podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones para contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica.
1. La capacidad de obrar del empresario se acreditará:
1.1-. De los empresarios que fueren personas jurídicas mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
1.2-. De los empresarios que fueren persona físicas mediante fotocopia del Documento Nacional de Identidad y acreditación de estar dado de Alta en el Impuesto de Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente.
1.3-. De los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
1.4-. De los demás empresarios extranjeros, con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
2. La prueba por parte de los empresarios de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones de contratar del artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, podrá realizarse:
2.1.- Mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.
2.2.- Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
3. La solvencia del empresario: los licitadores deberán acreditar su solvencia económica financiera y técnica
3.1 La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes.
a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.
b) En los casos en que resulte apropiado, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.
c) Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente].
3.2. En cuanto a la solvencia técnica o profesional, deberá de acreditarse por uno o varios de los siguientes medios:
a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los diez últimos años, avalada por certificados de buena ejecución para las obras más importantes; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
b) Declaración indicando los técnicos o las unidades técnicas, estén o no integradas en la empresa, de los que ésta disponga para la ejecución de las obras, especialmente los responsables del control de calidad, acompañada de los documentos acreditativos correspondientes.
c) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras.
d) En los caso adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato.
e) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su personal directivo durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente.
f) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente.
4. como quiera que estas condiciones mínimas se han habilitado a modo xx xxxxxx de condiciones económico administrativas específicas para los contratos menores, y con el fin de no desvirtuar con innecesarios requisitos este tipo de contratos y de conformidad con el art. 38.3 del RDL 3/2011 de 14 Nov. (Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público), que exige a las empresas adjudicatarias capacidad de obrar y contar con la habilitación profesional, se
considera, sin perjuicio de los apartados precedentes, se cumple este requisito con la presentación de informe de entidad de crédito que así lo acredite o mediante certificación de cualquier administración pública de ejecución de obras de igual o similar naturaleza, recepcionadas definitivamente o con informe de órgano o servicio competente, de buena ejecución.
5. Plazo de ejecución de las obras:
El plazo máximo de ejecución de las obras será de 2 semanas, a contar desde el acta de replanteo de las obras.
6. Características técnicas.
Aquellas que constan en el proyecto básico y de ejecución redactado por Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, Técnico Municipal y D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, Ingeniero de Caminos, que puede ser consultado por los licitadores en las dependencias de la sección de contratación.
7. Presupuesto de licitación:
El presupuesto máximo de licitación de las obras asciende a la cuantía de 35.439,28 Euros, y 7.442,25 Euros de IVA, lo que supone un total de 42.881,53 Euros.
9. Criterios de adjudicación:
El criterio de adjudicación del contrato será único, el precio, siempre que las ofertas presentadas respondan a las características técnicas de este contrato. En caso contrario, la oferta no será admitida, previo informe del servicio técnico municipal.
La puntuación que resuelva este contrato se encontrará integrada por un máximo de 100 puntos: El reparto de la asignación de puntos obedecerá a la siguiente fórmula aritmética:
1 ) De 0 a 100 puntos,
Se asignarán los puntos que proporcionalmente correspondan por su diferencia con la mejor oferta, de acuerdo con la siguiente fórmula: P= (pm x mo)/O, donde “P” es la puntuación, “pm” es la puntuación máxima, “mo” es la mejor oferta y “O” es el valor cuantitativo de la oferta que se valora.
10. Plazo de Presentación
10.1.- Las ofertas se presentarán en el Registro de Entrada del Ayuntamiento xx Xxxxxx (de lunes a viernes en horario de 9,00h. a 14,00h., C/ Xxxxxxx Xxxxxxx s/n – Llanes - o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dentro del plazo de 5 DÍAS HÁBILES contados desde el día siguiente a la fecha de invitación para contratar que podrá llevarse a cabo por cualquier medio admitido en derecho, email incluido, siempre que quede constancia de su recepción por el interesado, o, en su caso, de la publicación de promoción pública de ofertas.
Las ofertas para tomar parte en la negociación se presentarán en sendos sobres cerrados e independientes y nombrados respectivamente en su exterior: “SOBRE A” y “SOBRE B”; firmados
respectivamente por el candidato, con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, conforme a las siguientes instrucciones:
1º. La documentación a incluir en cada sobre serán los documentos originales o copias autentificadas, conforme a la legislación en vigor.
2º. “SOBRE A”: se presentará con expresión de la siguiente leyenda en su exterior: “DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA. OFERTA CONTRATO MENOR DE OBRAS “PARQUE INFANTIL XX XXXXX” CON/209/2017”
Dentro del sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos ( se optará por uno de los siguientes dos “supuestos”):
DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
[SUPUESTO A) APORTACIÓN INICIAL DE DOCUMENTACIÓN MEDIANTE DECLARACIÓN RESPONSABLE]
a) Declaración Responsable del candidato indicativa del cumplimiento de las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración. ANEXO II
[SUPUESTO B) APORTACIÓN INICIAL DE DOCUMENTACIÓN CONFORME AL ARTÍCULO 146.1 DEL TRLCSP]
a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario.
b) Documentos que acrediten la representación.
— Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán copia notarial del poder de representación, bastanteado por el Secretario de la Corporación.
— Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente.
— Igualmente la persona con poder bastanteado a efectos de representación, deberá acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su documento nacional de identidad.
c) Declaración responsable de no estar incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
d) Los que acrediten la clasificación de la empresa, en su caso, o justifiquen los requisitos de su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
e) En su caso, una dirección de correo electrónico en que efectuar las
notificaciones
g) Las empresas extranjeras presentarán declaración de someterse a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
se presentará con expresión de la siguiente leyenda en su exterior:”OFERTA ECONÓMICA. OFERTA CONTRATO MENOR DE OBRAS “PARQUE INFANTIL XX XXXXX” CON/209/2017”
-Oferta económica:
Se presentará conforme al ANEXO I.
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax (nº 000000000) o telegrama, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador.
La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario del Ayuntamiento. Sin la concurrencia de ambos requisitos (la justificación del envío y el anuncio al órgano de contratación, en las formas establecidas en el apartado anterior), no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos 10 días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, ésta no será admitida.
Los interesados podrán examinar el pliego y documentación complementaria en las oficinas señaladas en el anuncio de licitación del tablón de edictos.
La presentación de las proposiciones presume la aceptación incondicional por el empresario de la totalidad del contenido del presente pliego, sin salvedad alguna.
La presentación de la proposición se deberá realizar en una sola de las dependencias administrativas de entre las varias que existan para poder llevarla a cabo, rechazándose en caso contrario todas las presentadas por el licitador.
Los interesados habrán de presentar sus ofertas referidas a la totalidad del objeto del contrato.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin que se puedan presentar variantes o alternativas. (Art. 145.3 TRLCSP)
Los interesados podrán examinar el pliego y documentación complementaria en las oficinas señaladas en el anuncio de licitación del tablón de edictos.
La presentación de las proposiciones presume la aceptación incondicional por el empresario de la totalidad del contenido del presente pliego, sin salvedad alguna.
La presentación de la proposición se deberá realizar en una sola de las dependencias administrativas de entre las varias que existan para poder llevarla a cabo, rechazándose en caso contrario todas las presentadas por el licitador.
Los interesados habrán de presentar sus ofertas referidas a la totalidad del objeto del contrato.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin que se puedan presentar variantes o alternativas. (Art. 145.3 TRLCSP)
11. Adjudicación:
El órgano de contratación procederá a la apertura de los dos sobres presentados por los licitadores (“SOBRE A” y “SOBRE B”) en el mismo acto, por razones de economía procedimental y para asegurar la eficacia y mayor celeridad en el procedimiento de licitación, abriendo en primer término el “SOBRE A”: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA y una vez examinada la documentación obrante en los respectivos y comprobando que ésta se ajusta a los términos establecidos en la cláusula 10 de estas condiciones, procederá, acto seguido a la apertura del “ SOBRE B: OFERTA ECONÓMICA”, de los respectivos licitadores.
El órgano de contratación requerirá al licitador propuesto como adjudicatario para que, dentro del plazo de dos días hábiles desde el siguiente a aquel en que haya recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos previos a que hace referencia, por analogía, el artículo 146 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social en la forma que se establece en la cláusula 14.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los tres días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
La adjudicación deberá dictarse en todo caso, siempre que alguna de las proposiciones presentadas reúna los requisitos exigidos en el pliego de cláusulas, no pudiendo en tal caso declararse desierta la licitación.
La adjudicación deberá notificarse a los licitadores, y, simultáneamente, publicarse en el perfil del contratante.
12. Garantía definitiva:
El Licitador propuesto como adjudicatario deberá acreditar, en el plazo de 5 días hábiles la constitución de la garantía definitiva por importe del 5% del precio de adjudicación del contrato, excluido el IVA, para responder de los conceptos señalados en el art. 96 del TRLCSP.
Esta garantía podrá prestarse en alguna de las siguientes formas:
a) En efectivo o en valores de Deuda Pública, con sujeción, en cada caso, a las condiciones establecidas en las normas de desarrollo de esta Ley. El efectivo y los certificados de inmovilización de los valores anotados se depositarán en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales
encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, o en las Cajas o establecimientos públicos equivalentes de las Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes ante las que deban surtir efectos, en la forma y con las condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan.
b) Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo de esta Ley, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, que deberá depositarse en los establecimientos señalados en la letra a) anterior.
c) Mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro deberá entregarse en los establecimientos señalados en la letra a anterior.
d) por retención de parte del precio.
La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato.
13.- Ejecución del contrato: las obras se ejecutarán en los términos contemplados en el proyecto o memoria técnica, a riesgo y xxxxxxx del contratista, resultando de aplicación analógica los artículos 229 a 244 y concordantes del RD 3/2011 de 14 de noviembre (Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público).
14.- Plazo de garantía: se establece un plazo de garantía de un año, a contar del acta de recepción definitiva de las obras
15. Documentación acreditativa de estar al corriente con las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
a) El licitador propuesto como adjudicatario deberá acreditar, que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
b) La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias se realizará presentando la siguiente documentación, de acuerdo con los artículos 13 y 15 del Reglamento General de la LCAP:
- Último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas o el documento de alta en el mismo, cuando ésta sea reciente y no haya surgido aún la obligación de pago. El alta deberá adjuntarse en todo caso cuando en el recibo aportado no conste el epígrafe de la actividad. Esta documentación deberá estar referida al epígrafe correspondiente al objeto del contrato que les faculte para su ejercicio en el ámbito territorial en que las ejercen, debiendo complementarse con una declaración responsable del licitador de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto.
- Certificación administrativa expedida por el órgano competente de la Administración del Estado, por lo que respecta a las obligaciones tributarias con este último.
- Certificación administrativa expedida por el órgano competente del Ayuntamiento xx Xxxxxx, por lo que respecta a las obligaciones tributarias con la misma.
c) El licitador que no esté obligado a presentar todas o alguna de las declaraciones o documentos correspondientes a las obligaciones tributarias que se relacionan en el artículo 13 del Reglamento General de la LCAP, habrá de acreditar tal circunstancia mediante declaración responsable.
d) El licitador podrá, a su elección, sustituir la aportación de los citados certificados por un documento en el que autorice expresamente al Ayuntamiento xx Xxxxxx para obtener de los órganos certificantes dichos certificados. (ver apartado X del Anexo II).
e) La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social se realizará mediante certificación expedida por la autoridad administrativa competente. En el supuesto que haya de tenerse en cuenta alguna exención, se habrá de acreditar tal circunstancia mediante declaración responsable.
f) Los extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europea que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificación expedida por autoridad competente en el país de procedencia, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las correspondientes obligaciones tributarias. Así mismo, habrán de presentar certificación, también expedida por autoridad competente, en la que se acredite que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exijan en el país de su nacionalidad. Toda la documentación relacionada en este apartado habrá de referirse a los doce últimos meses.
16. Fuero:
1.- Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación y resolución del contrato, y sus efectos, serán resueltas por el órgano de contratación, cuyos acuerdos podrán fin la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos, pudiendo ser recurridos potestativamente en reposición ante el mismo órgano que los dicto, o ser impugnados directamente mediante recurso contenciosos administrativo conforme dispone el artículo 21 del Texto Refundido 3/2011.
En Llanes a 15 de Diciembre de 2017
El Secretario General
ANEXO I
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
«D. , con domicilio a efectos de notificaciones en , c/ , n.º , con DNI n.º _, por sí o en representación de la Entidad , con CIF n.o , según escritura no otorgada en fecha , ante el Notario xxx xxx Xxxxxxx Colegio Notarial de y bastanteada por el en fecha
en relación al expediente para la contratación de la obra denominada " ”, como contrato menor,
oferta económicamente más ventajosa, único criterio de adjudicación, está interesado en participar en la citada licitación y
DECLARA:
1. Que conoce las condiciones mínimas de contratación que sirven de base al contrato y las acepta íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato en los mismos, en la cantidad de:
Objeto Principal
En número:
IMPORTE | IVA | IMPORTE TOTAL |
En letra: IMPORTE TOTAL:
2. Para la elaboración de la presente oferta se han tenido en cuenta las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en materia de protección de empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, y protección del medio ambiente
En , a de de 2017.
Firma del licitador, Fdo.: »
ANEXO II
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
D. , con D.N.I.
Nº. , en nombre propio o como representante de la
Empresa. ,
con CIF y domicilio a efectos de notificaciones
en ……………………………………………………………………………………………………………
DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD:
I.- Que ha quedado enterado/a de la licitación publicada, en relación al contrato administrativo de obra denominado
“
”
II.- Que igualmente conozco las condiciones mínimas de licitación y demás documentación que debe regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad, sin salvedad alguna.
III.- Que ni la empresa a la que represento ni sus administradores ni representantes están incursos en las prohibiciones para contratar previstas en el art. 60.1 y 2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por RDL 3/2011, de 14 de noviembre.
IV.- Que la empresa a la que represento se encuentra al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado, incluido las relativas al alta en el correspondiente epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento xx Xxxxxx, impuestas por las disposiciones vigentes.
V.- Que la empresa a la que represento, cumple todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento.
VI.- (en su caso) Que la empresa a la que represento declara expresamente su voluntad de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
VII.- (en su caso) Que las circunstancias reflejadas en el certificado del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado aportado no han experimentado variación desde la fecha de su expedición.
VIII.- Que AUTORIZO al Ayuntamiento xx Xxxxxx a remitirme las notificaciones y/o comunicaciones que procedan con respecto del presente contrato por medio de fax, cuyo número detallo a continuación y/o correo electrónico cuya dirección es
y quedando obligado a confirmar por el mismo medio la recepción.
IX.- Que el licitador no se presenta en más de una proposición a la presente licitación y tampoco se suscribe a ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurara en más de una unión temporal.
X.- (indicar SI o NO. En caso de no señalar nada, se entenderá que NO) Que
AUTORIZO al Ayuntamiento xx Xxxxxx a obtener de las Administraciones certificantes (Agencia Tributaria y Ayuntamiento xx Xxxxxx) la información que acredite encontrarse al corriente en las obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social.
XI.- Que, a los efectos de lo dispuesto en el art. 146.4 del TRLCSP y en la cláusula 12.1.9 de estos pliegos, el licitador que suscribe cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración y que, si resulta ser el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, acreditará ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en el art. 146.1 del TRLCSP que se sustituyen, en este acto, por esta declaración.
En a de de 2017
Fdo.