PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES LICITACION PÚBLICA Nº 1/2016
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES LICITACION PÚBLICA Nº 1/2016
SERVICIO XXXXXXXX XX XXXXXXXXXXXX X XXXXXXXXX XX XX XXXXXXX XXXXXX XX XXX XXX XXXXX
CLÁUSULAS GENERALES
CAPITULO I
Del Objeto
OBJETO DEL LLAMADO
ARTICULO 1º.- La presente licitación tiene por objeto la contratación del Servicio integral de organización y promoción de la Maratón Ciudad de Xxx xxx Xxxxx, de acuerdo a lo estipulado en las cláusulas particulares.
REGIMEN LEGAL
ARTICULO 2º.- Los oferentes de esta licitación quedan comprendidos dentro de la reglamentación vigente en materia de la presente contratación, los preceptos de la Ley Orgánica de las Municipalidades y sus modificatorias, del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, Ordenanza General de Procedimiento Nº 267/80, Decreto Provincial Nº 2980/00 R.A.F.A.M., Decretos Municipales Nº 2220/78 y sus modificatorias; Ordenanza Nº 22268/15 (Maratón) y los principios generales del derecho administrativo, en todas las circunstancias que no hubieren sido expresamente previstas en el presente pliego.
TERMINOLOGIA
ARTÍCULO 3º.- A los efectos de la interpretación de este pliego y demás documentación relacionada con la presente licitación pública, se entenderá por:
EMDeR: Ente Municipal de Deportes y Recreación.
APERTURA: Acto formal de apertura de todos los sobres presentados por los postulantes.
PLIEGO: La documentación compuesta por el Pliego de Bases y Condiciones compuesto por Cláusulas Generales, Cláusulas Particulares y todos sus Anexos y las aclaratorias al mismo que se formularen.
PROPONENTE: Todo participante que se presente a esta licitación.
OFERENTE: Todo postulante que habiendo resultado preseleccionado en la primera etapa del proceso licitatorio, participe en la segunda con su oferta económica.
OFERTA: Xxxx documentación incluida en la propuesta.
REQUISITOS A CUMPLIMENTAR POR LOS OFERENTES: Es toda la documentación que los postulantes están obligados a entregar de acuerdo a lo exigido en el presente pliego.
APODERADO: La persona designada por el proponente para actuar en su nombre, con facultades para considerar y resolver las cuestiones relativas a la presente licitación, de acuerdo al poder presentado.
GASTOS
ARTICULO 4º.- Todos los gastos en que incurra cada participante, postulante u oferente de la presente licitación, incluyendo sin carácter limitativo los gastos de desarrollo y confección de las propuestas serán de su absoluta responsabilidad y no serán reembolsados ni directa ni indirectamente por el EMDeR en ningún caso.
CAPITULO II
De los oferentes.
REQUISITOS DE LOS PROPONENTES
ARTICULO 5º.- Podrán ser proponentes en esta licitación, personas físicas o jurídicas legalmente constituidas y debidamente inscriptas por ante el organismo de contralor pertinente.
Las personas jurídicas deberán estar constituidas de acuerdo con la Legislación vigente en nuestro país. Deberán acompañar a la propuesta copia del contrato social inscripto, estatutos y el instrumento con el cual se acredite que el o los signatarios de la propuesta tienen personería suficiente como para efectuar la presentación y comprometer a la entidad oferente. El contrato social deberá tener un vencimiento que alcance, por lo menos, el plazo de contratación y su posible prórroga.
El oferente deberá cumplir todas las obligaciones emergentes de la LEGISLACION LABORAL y de la SEGURIDAD SOCIAL.
Para ser admitidos en este llamado, es condición que los interesados estén inscriptos en el Registro de Proveedores del EMDeR y cuenten con la documentación requerida actualizada. En caso de que estuviere en trámite la inscripción deberá presentar en el llamado un certificado provisorio que le extenderá la Oficina de Compras, a su pedido, debiendo estar debidamente inscripto a la firma del contrato respectivo.
INHABILIDADES
ARTÍCULO 6º: No podrán participar en ésta licitación, bajo ninguna forma ni por interpósita persona:
6.a. Los incapaces para contratar según la legislación vigente.
6.b. Los que hayan sido sancionados con caducidad de concesión o permiso en cualquier jurisdicción mientras no se en- cuentren rehabilitados. En caso de sociedades, además, la inhabilitación alcanzará individualmente a sus componentes, miembros del Directorio y/o administradores.
6.c. Los separados de la Administración Pública por exoneración.
6.d. Los inhabilitados por las situaciones legisladas en las normas de la Licitación pública o privada.
6.e. Los interdictos judicialmente o que sufran inhibición general de bienes.
6.f. Haber sido suspendido o eliminado del Registro de Proveedores de la Provincia de Buenos Aires o de la Municipalidad de General Pueyrredon y sus Entes Descentralizados.
6.g. Haber sido objeto de dos (2) o más rescisiones contractuales unilaterales o sancionatorias por parte de organismos nacionales, provinciales o municipales en los últimos cinco (5) años anteriores a la propuesta.
6.h. Existir incumplimientos contractuales con la Municipalidad de General Xxxxxxxxxx y sus Entes Descentralizados.
6.i. Estar inscriptos en el Registro de Deudores Alimentarios.
Por intermedio del formulario pertinente, los proponentes declararán no estar comprendidos en los impedimentos establecidos en el presente. Lo expresado, más todo lo declarado en el citado formulario, revestirá carácter de declaración jurada. Al comprobarse, posteriormente, el falseamiento de lo manifestado bajo declaración jurada, el EMDER podrá declarar la inhabilidad del proponente para presentarse en futuras licitaciones de la Municipalidad de General Xxxxxxxxxx y/o cualquiera de sus entes descentralizados, por el término de cinco (5) años sin perjuicio de rechazar la propuesta de oficio o a petición de parte o decretar la caducidad de la contratación con pérdida del Depósito de Garantía de Oferta y/o de Contrato, con más los daños y perjuicios que pudieran corresponder, sin necesidad de previa interpelación judicial o extrajudicial, e independientemente de las acciones que puedan resultar pertinentes ante la Justicia Penal competente.
DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA XXX XXXXXX
ARTICULO 7º.- Los documentos integrantes del presente llamado a licitación son los siguientes:
Formulario oferta de canon
ANEXO I (Aceptación xxx Xxxxxx y sometimiento a los Tribunales Competentes del Departamento Judicial de Xxx xxx Xxxxx)
XXXXX XX (DDJJ de no encontrarse en causales exclusión – Art. 6°) XXXXX XXX (Reglamento Maratón edición 2015)
ANEXO IV (Registro de Entidades Aseguradoras inscriptas en la Municipalidad) ANEXO V (Carátula)
CAPITULO III
De la presentación de las ofertas y contenido del sobre
FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS.
ARTICULO 8º.-. Las ofertas serán presentadas en un sobre que contenga los Sobres Nº 1 y Nº 2 con indicación, única y exclusivamente, de la identificación de la Licitación Publica a la que se presenta y número de expediente, para esto se adherirá el Anexo IV del presente pliego, confeccionado para este fin. El mismo será lo único que tendrá el exterior del sobre a presentar para evitar cualquier identificación, como así también tendrá que evitarse logos e insignias de cualquier firma.
Las ofertas que se reciban por correo postal se consideraran presentadas en el momento de su recepción por parte de la Jefatura de Compras – Xxxxx Xx xxx Xxxxxxxxx x/x – Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxx xxx Xxxxx.
El oferente que descargue el presente Xxxxxx a través del sitio web de la Municipalidad de General Xxxxxxxxxx deberá hacerlo firmar por el Jefe de Compras del EMDeR, ya que el mismo se publica para su consulta.
Las ofertas deberán ser escritas a máquina, o con letra imprenta grande y clara, con tinta indeleble, firmada en todas sus fojas por el oferente, su representante legal o apoderado, en cuyo caso deberá acompañarse la documentación que acredite la calidad invocada.
Se empleará para el llenado y firma de la documentación de la OFERTA original, un medio que asegure su inalterabilidad, sea a través del empleo de tinta indeleble o de cualquier otro medio, manuscrito o mecánico, que sea idóneo a ese efecto. No serán admitidas las OFERTAS presentadas total o parcialmente en lápiz, foliándose sus hojas correlativamente y con un índice de contenido y anexos. Las enmiendas, entre líneas y raspaduras, en la Planilla de Cotización deberán ser debidamente salvadas. En caso contrario constituirán causal de rechazo liso y llano de la oferta toda.
CONTENIDO DEL SOBRE
ARTICULO 9º.- El oferente deberá presentar su propuesta en un sobre envoltorio que contenga los Sobres Nº 1 y Nº 2, y en cuyo exterior se indicará la licitación a que se presenta y el que no podrá contener ningún dato que identifique al proponente.
El SOBRE Nº 1 contendrá:
1. Fotocopia recibo expedido por la Tesorería del EMDeR por la adquisición xxx Xxxxxx.
2. El Pliego puesto a la venta y todas las aclaraciones que haya emitido el EMDeR de oficio o en respuesta a consultas, durante el llamado a licitación. Deberá estar firmado, con aclaración de firma y D.N.I. en todas sus fojas por el proponente, siendo ello prueba que es de pleno conocimiento y aceptación por parte del mismo.
3. ANEXO I debidamente firmado - Declaración Jurada de no estar comprendido en los impedimentos de concurrencia establecidos en el artículo 6º y Declaración aceptando, para cualquier cuestión que se suscite, la actuación de los Tribunales Xxxxxxxxxxx xxx Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxx xxx Xxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx renunciando a
cualquier otro fuero o jurisdicción inclusive el Federal, y fijando domicilio especial en la ciudad de Xxx xxx Xxxxx en el cual se tendrán como válidas todas las notificaciones judiciales y extrajudiciales.
4. Constancia de inscripción ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) individualizando el número de Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), constancia de inscripción en el Impuesto a los Ingresos Brutos de la Pcia. de Buenos Aires o, en su caso, Convenio Multilateral.
En caso de no haberse ejercido con anterioridad actividad alguna que conlleve la obligación de dichas inscripciones, tendrá plazo hasta la firma del contrato para acreditar las mismas.
5. Copia del Certificado Fiscal para contratar, expedido por AFIP, o constancia de AFIP de encontrarse en trámite, o la normativa que en el futuro la reemplace.
6. Las personas jurídicas deberán presentar copia del contrato constitutivo, estatutos y reglamentos junto con sus modificaciones, con documentación que acredite legalmente que el o los signatarios de la propuesta tienen representación suficiente como para realizar la presentación y obligar a la entidad oferente. Deberán acompañarse las constancias que acrediten fehacientemente la inscripción de la sociedad por la autoridad competente respecto del control de constitución de la persona jurídica que se trate.
7. Antecedentes y documentación pertinente de prestaciones semejantes en los años que al efecto se fijen en las cláusulas particulares, de corresponder, equivalentes o superiores a la presente, mediante las copias de los contratos celebrados con el Estado Nacional, Estados Provinciales y Municipalidades. Si de la copia de los contratos no surgieran datos suficientes como para evaluar la dimensión de los servicios prestados, podrá presentar toda otra documentación que considere conveniente tal como copias certificadas de Órdenes de Compra, etc., a fin de ampliar la información aportada.
8. En caso de firmar la propuesta un apoderado, deberá incorporar copia certificada del poder que lo habilite a actuar en tal carácter, del que deben surgir facultades suficientes para obligar a su mandante, pudiendo intervenir en licitaciones públicas, privadas, etc.
SOBRE Nº 2 – OFERTA ECONOMICA
1. Formulario de Oferta de Canon: completo en todas sus partes y debidamente firmado y certificado.
Cuando existiera diferencia entre las cifras consignadas en números y letras, se tomará la consignada en letras.
2. Plan tentativo de organización del evento que incluya todas las obligaciones enumeradas en las clausulas particulares y todo otro servicio que el oferente crea conveniente agregar.
3. Diseño y colores de las remeras a utilizar en el evento. Se podrá presentar el mismo en imágenes.
CAPITULO IV
De la apertura de sobres
APERTURA DE LAS OFERTAS
ARTICULO 10º.- Las ofertas serán abiertas el día 29 xx xxxxxx de 2016 a las 11:00 horas en la Oficina de Compras del EMDeR, en presencia de la Comisión de Apertura, Estudio y Evaluación de Propuestas y funcionarios designados a tal efecto y de los interesados que concurran al acto, labrándose el acta pertinente, la cual será firmada por las autoridades presentes y demás asistentes que así lo deseen. Si el día fijado para la apertura fuere feriado o asueto administrativo, o suspendido por razones de fuerza mayor, éste tendrá lugar el primer día hábil siguiente a la misma hora. Sólo se tomarán en consideración las propuestas que hayan sido presentadas hasta la hora fijada para la apertura.
DESARROLLO DEL ACTO
ARTICULO 11º.- Vencido el plazo reglamentario para la admisión de las propuestas y antes de procederse a la apertura, podrán los interesados pedir o formular aclaraciones sobre el acto. Iniciado éste, no se admitirán interrupciones por ningún motivo.
Se labrará un acta detallando el contenido de los sobres y los incumplimientos a los requisitos xxx xxxxxx que se advirtieren en el acto de apertura.
Solo se admitirán al finalizar el acto impugnaciones y observaciones al mismo, no a las propuestas. El acta será firmada por las autoridades presentes en el acto e interesados que así lo requieran.
CAPITULO V
De las observaciones e impugnaciones
OBSERVACIONES E IMPUGNACIONES
ARTICULO 12º.- Se realizarán de la siguiente manera:
12.1. Al acto de Apertura: Xxxx se admitirán impugnaciones y observaciones al acto y al finalizar el mismo.
12.2. A las Ofertas: Xxxxxxx presentarse con posterioridad al acto licitatorio por escrito y con copia en forma individual por cada oferente en la Oficina de Compras en el horario de 8:00 a 14:00 horas. A los efectos de formular impugnaciones y observaciones a las ofertas, la documentación quedará a la vista de los concursantes a partir del primer día hábil posterior a la apertura y por el término de un (1) día. El plazo para la presentación de las impugnaciones será de dos (2) días hábiles siguientes al de toma de vista de la documentación.
Conjuntamente con la presentación de las impugnaciones deberá acompañar constancia de haber efectuado en la Tesorería de EMDeR el depósito de garantía de impugnación, equivalente a la suma de PESOS TRES MIL ($ 3.000), el que podrá efectuarse únicamente en efectivo, bajo apercibimiento de rechazo in límine de la impugnación planteada,
sin necesidad de intimación previa para el depósito de garantía.
La garantía de impugnación será retenida hasta tanto se substancie la impugnación, procediéndose a su devolución de acogerse favorablemente la misma, dentro del plazo de tres (3) días hábiles administrativos contados a partir de la fecha de notificación de la Resolución dictada.
La garantía no se devolverá quedando a favor del EMDeR si la impugnación fuera rechazada in límine, o declararse infundada, inadmisible, improcedente, rechazada o meramente dilatoria, a exclusivo criterio del EMDeR. Se deja establecido que el proponente manifiesta su conformidad expresa respecto al requisito de constituir la garantía mencionada en este artículo, con la sola adquisición xxx xxxxxx.
De las impugnaciones se correrá traslado por (1) día hábil; en ningún caso se abrirán a prueba las presentaciones, resolviéndose la adjudicación sobre la base de estas, sin perjuicio de las facultades verificatorias del EMDeR.
CAPITULO VI
De la información
CONSULTAS Y ACLARACIONES
ARTICULO 13º.- Los Pliegos podrán consultarse en la Jefatura de Compras del EMDeR en el horario de 8:30 hs a 14:30 hs de lunes a viernes.
Los participantes que hubieren retirado el presente Pliego podrán efectuar las consultas y pedidos de aclaraciones pertinentes hasta cinco (5) días hábiles anteriores a la fecha indicada para la apertura de propuestas; los mismos deberán ser cumplimentados por escrito ante el EMDeR, Paseo de los Jubilados s/n, Complejo Natatorio, de la Ciudad de Xxx xxx Xxxxx.
Las aclaraciones al presente Pliego serán emitidas por el EMDeR, de oficio o en respuestas a consultas de los participantes que hubiesen adquirido el mismo, y se incorporarán como circulares.
En todos los casos las circulares aclaratorias serán comunicadas a todos los participantes que hubieren adquirido el presente Pliego antes de la fecha indicada para la apertura.
Los títulos de los artículos del presente Pliego sirven sólo de referencia y no afectarán la interpretación de su texto.
AMPLIACIÓN DE LA INFORMACIÓN
ARTICULO 14º.- El EMDeR podrá solicitar a cualquier proponente todo tipo de información complementaria o aclaratoria que considere necesaria a los fines verificatorios. Sólo se admitirá la incorporación a las actuaciones de la documentación expresamente solicitada por el EMDeR. El plazo para la evaluación de la información requerida será el que fije la Comisión designada al efecto. Si la misma no fuera evacuada en término o no llenase a juicio del EMDeR los fines requeridos, se merituará la propuesta con las constancias obrantes en las actuaciones.
FALSEAMIENTO DE LA INFORMACION
ARTICULO 15º.- Si se comprobare el falseamiento de los datos proporcionados en el Anexo I que forma parte del presente Pliego o el de cualquier otro que forme parte de su oferta, el EMDeR podrá declarar la inhabilitación del proponente para presentarse a futuras licitaciones y/o compras directas por el término de hasta cinco (5) años y se pondrá en conocimiento de la Administración Central y demás Entes descentralizados de la sanción impuesta a fin de tomar debida nota en sus registros de proveedores, sin perjuicio de rechazar la oferta de oficio o a petición de parte cuando se tenga conocimiento fehaciente del hecho o de la rescisión del contrato, según el estado del trámite, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial y de la elevación de las actuaciones a la Justicia Penal, si correspondiere, todo ello sin perjuicio de la pérdida del pertinente depósito de garantía.
CAPITULO VII
De la Comisión Asesora de Adjudicación
COMISION ASESORA DE ADJUDICACION
ARTICULO 16º.- La evaluación de las propuestas, la sustanciación de las impugnaciones y su resolución estará a cargo de una Comisión Asesora de Adjudicación.
Esta Comisión tendrá facultades para requerir a los oferentes documentación que amplíe, complete, subsane o sanee los documentos presentados al acto licitatorio y todas aquellas facultades necesarias para cumplir eficazmente su cometido.
CAPITULO VIII
Del tratamiento de las propuestas
ADMISION DE PROPUESTAS
ARTICULO 17º.- Sólo revestirán carácter de oferta válida las que se ajusten a las disposiciones de este pliego, pudiendo rechazarse en el momento de la apertura aquellas que no reúnan los requisitos exigidos. Sin perjuicio de ello si se comprobara posteriormente algún incumplimiento no advertido al momento de la apertura de las propuestas, será causal de rechazo de la oferta.
Se podrá a efectos de su consideración y a absoluto criterio del EMDeR, no tomar en cuenta errores, omisiones, o imperfecciones de tipo formal y no esenciales de las que adoleciere alguna de las propuestas, salvo en la consignación del precio tanto en números como en letras, donde las enmiendas y/o raspaduras no podrán ser salvadas con posterioridad a la apertura de sobres.
CAUSALES DE RECHAZO DE OFERTAS
ARTICULO 18º.-. Dará lugar al rechazo de las ofertas, en el momento del acto de apertura o en su posterior análisis, la omisión de los siguientes requisitos:
18.1. Constancia de haber adquirido el Pliego (Fotocopia del recibo expedido por la Tesorería del EMDeR).
18.2. No haber fijado domicilio especial en el Partido de General Xxxxxxxxxx y no haber denunciado su domicilio real. ANEXO I.
18.3. Falta de presentación del pertinente formulario de oferta, debidamente completa y firmada.
18.4. Ejemplar xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones firmado, con aclaración de firma y D.N.I. en todas sus fojas por el proponente.
18.5. Plan tentativo de organización del evento que incluya todas las obligaciones enumeradas en las clausulas particulares y todo otro servicio que el oferente crea conveniente agregar
18.6. La existencia de raspaduras, enmiendas o entrelíneas en la propuesta, que no se encuentren debidamente salvadas por todos los responsables de la propuesta, en las condiciones que se fijan en este Pliego.
Este listado es meramente enunciativo, dando lugar al rechazo de la oferta cualquier otro requisito no cumplimentado, que a juicio del EMDeR revista el carácter de esencial o vulnere el principio de igualdad licitatoria.
El EMDeR no está obligado a aceptar oferta alguna, pudiendo rechazar todas si así lo estima oportuno y conveniente.
La falta de cumplimiento de los restantes requisitos exigidos por este Pliego podrán ser subsanados dentro de los dos
(02) días hábiles de notificados de la falta incurrida. Es atribución exclusiva de la Comisión de Evaluación determinar cuáles son los vicios u omisiones de tipo formal no esencial que podrán ser subsanados por vía de aclaratoria o de saneamiento en el plazo antes mencionado. Transcurrido dicho plazo y no cumplimentados el o los requisitos a que se refiere el presente, la oferta será rechazada sin otra sustanciación.
El rechazo de las ofertas, por cualquier causa, no dará derecho a indemnización alguna tanto en relación al proponente, como respecto de terceros.
Las causales de rechazo que pasaren inadvertidas en el acto de apertura podrán ser tenidas en cuenta posteriormente por la Comisión.
ANÁLISIS Y EVALUACION DE LAS PROPUESTAS
ARTÍCULO 19º.- No mediando impugnaciones o substanciadas las que se formulen, la Comisión Asesora de Adjudicación evaluará las propuestas tomando como base los siguientes criterios:
a) Porcentaje ofrecido en concepto de canon.
b) Conveniencia del Plan tentativo de organización del evento presentado (prestaciones de servicios, calidad de los materiales ofrecidos en los kits, premios, etc.).
c) Antecedentes del oferente en servicios similares al licitado.
En ningún caso el EMDeR se encuentra obligado a abrir a prueba las impugnaciones, ello sin perjuicio de hacerlo en caso de considerarlo estrictamente necesario.
MEJORA DE PRECIOS
ARTICULO 20º.- En el caso que hubiere dos o más ofertas que se presenten en igualdad de condiciones, y cuyas ofertas no difieran en más del cinco por ciento (5%), se podrá llamar a estos oferentes a mejorarlas, por escrito y en sobre cerrado, no siendo obligación del EMDeR adoptar tal criterio. A estos efectos se fijaría la fecha para su apertura, dentro del término de tres (3) días hábiles administrativos, contando a partir de la fecha de la notificación de la resolución del EMDeR de llamado a mejora de precios.
MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS
ARTICULO 21º.- Los oferentes deberán mantener sus propuestas por un plazo de sesenta (60) días corridos a partir de la fecha de la apertura de la licitación. Vencido dicho término se considerará automáticamente prorrogado por treinta
(30) días corridos, salvo manifestación en contrario por parte del oferente, que deberá exteriorizarse antes de vencido aquel plazo. Dicho desistimiento no implicará perdida de la garantía de oferta.
DESISTIMIENTO DE OFERTA
ARTICULO 22º.- Cuando un proponente desistiera de su propuesta antes de transcurrido el período de su manteni- miento, tal actitud implicará automáticamente la pérdida de la respectiva Garantía, sin derecho a reclamo alguno.
CAPITULO IX
De la adjudicación
SOBRE LA ADJUDICACION
ARTÍCULO 23º.- La adjudicación se efectuará, atendiendo a los parámetros establecidos en el Artículo 19º - Análisis y evaluación de las propuestas - a un solo proveedor la realización integral del evento.
La oferta económica es un elemento más que hace a la conveniencia, pero no es determinante exclusivo de ello.
ÚNICA OFERTA
ARTICULO 24º.- En el caso que hubiere una sola oferta válida por falta o rechazo de las restantes, ello no significará obstáculo alguno para que la adjudicación definitiva se lleve a cabo en relación a ella siempre y cuando dicha oferta reúna, a juicio exclusivo del EMDeR, las condiciones necesarias como para merecer la adjudicación, conforme lo dispuesto en la L.O.M.
La existencia de una única oferta de ningún modo obligará al EMDeR a aceptar la misma de pleno derecho (art. 155º Ley Orgánica Municipal).
RECHAZO DE TODAS LAS OFERTAS
ARTICULO 25º.- El EMDeR no estará obligado a adjudicar a oferta alguna, pudiendo rechazar todas, si así lo estima oportuno y conveniente, sin derecho a reclamo alguno por parte de los proponentes, conforme lo prescriben los artículos 154º de la Ley Orgánica de la Municipalidades y 188º del Reglamento de Contabilidad respectivamente. El rechazo de las ofertas por cualquier causa, no dará derecho a indemnización alguna tanto con relación al oferente como respecto de terceros.
CAPITULO X
De las garantías
FORMA DE CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS
ARTICULO 26º.- Las garantías previstas en el presente pliego pueden constituirse en algunas de las siguientes formas y deberán depositarse en la Tesorería del EMDeR:
26.1. Dinero en efectivo y / o cheque certificado (el cual será depositado).
26.2. Fianza bancaria a otorgarse sin reservas ni limitaciones y hasta la extinción total de las obligaciones cuyo cumplimiento cubre con firma certificada ante escribano público, estableciendo expresamente que las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Competentes del Departamento Judicial de Xxx xxx Xxxxx, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiere corresponderle.
26.3. Títulos de la Deuda Pública Nacional o Provincial, los que serán tomados por su valor nominal (es decir el valor residual sin tener en cuenta los intereses que pueda generar) al día de la apertura. Los intereses de los mismos pertenecen a su titular, no acrecentando la garantía.
26.4. Póliza de seguro de caución emitida por empresa aseguradora inscripta en el registro de entidades aseguradoras de la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon, la que deberá cumplir con las formalidades previstas en el Decreto Municipal Nº 218/82 y el Decreto Nacional nro. 411/69. Deberá acompañarse recibo de pago total de la póliza. Asimismo se deberán tener en cuenta los siguientes recaudos:
1. Instituir al EMDeR como “Asegurado”.
2. En caso de existir dos (2) o más instrumentos cubriendo cada uno de ellos en forma parcial la caución exigida por el asegurador participará a prorrata en concurrencia con los otros garantes, hasta el importe total de la garantía.
3. Establecer que los actos, declaraciones, acciones u omisiones del oferente o adjudicatario del servicio, que actúe como tomador de la póliza, no afectarán en ningún caso los derechos del asegurado, frente al asegurador.
4. Instituir que, una vez firme la resolución dictada dentro del ámbito del EMDeR que establezca la responsabilidad del oferente o adjudicatario por el incumplimiento de las obligaciones a su cargo, el asegurado tendrá derecho a exigir del asegurador el pago pertinente, luego de haber resultado infructuosa la intimación extrajudicial de pago hecha a aquel, no siendo necesaria ninguna otra interpelación ni acción previa contra sus bienes.
5. Estipular que el siniestro quedará configurado reunidos los requisitos del punto anterior al cumplirse el plazo que el EMDeR establezca en la intimación de pago hecha al oferente o adjudicatario, sin que se haya satisfecho tal requerimiento, y que el asegurador deberá abonar la suma correspondiente, dentro del término de quince (15) días de serle requerida.
6. Fijar que la prescripción de la acción contra el asegurador, se producirá cuando prescriban las acciones del EMDeR contra el oferente o adjudicatario, de acuerdo a las disposiciones legales y contractuales aplicables.
7. Establecer expresamente que para cualquier cuestión emergente del contrato de seguro, las partes se someten a la competencia de los Tribunales Competentes del Departamento Judicial de Xxx xxx Xxxxx, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles y constituir domicilio especial en la ciudad de Xxx xxx Xxxxx.
GARANTÍA DE CONTRATO
ARTÍCULO 27º.- Notificada la adjudicación, el adjudicatario deberá constituir una Garantía de Contrato equivalente al monto total de 8.000 inscripciones de la categoría 42K.
DEVOLUCIÓN DE LAS GARANTÍAS
ARTICULO 28º.- La devolución de las garantías constituidas en las formas previstas en el inciso 26.1. se efectuará mediante la emisión de cheque “no a la orden” y cruzado para depositar, a nombre de quien se emitió el respectivo recibo de ingreso.
La devolución de las garantías constituidas para la presente licitación se encuentra sometida a las siguientes estipulaciones según su caso:
De Contrato:
Será reintegrada a pedido de parte interesada, vencido el plazo de prestación del servicio, previa presentación de constancia de no adeudar suma alguna por cualquier concepto comprendido en la contratación (sanciones, integración de garantías, etc.).
En ningún caso la devolución podrá efectuarse antes de transcurridos los treinta (30) días de la fecha de finalización de los servicios contratados.
CAPITULO XI
Del Contrato
FIRMA DEL CONTRATO.
ARTÍCULO 29º.- Se suscribirá el pertinente contrato dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir de la
notificación de la adjudicación del servicio y con la garantía de contrato constituida, quedando obligado al sellado del mismo.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PARA LA FIRMA DEL CONTRATO.
ARTICULO 30º.- El adjudicatario deberá presentar al efecto, la siguiente documentación:
30.1. Recibo expedido por la Tesorería del EMDeR donde conste haber depositado la Garantía de Contrato.
FISCALIZACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
ARTICULO 31º.- El cumplimiento del contrato, en cuanto a las obligaciones a cargo del adjudicatario, será controlado por el EMDeR y/u organismos competentes de la Municipalidad de Gral. Pueyrredon mediante la realización de inspecciones de la prestación del servicio, auditorias, solicitud de informes, y todo otro procedimiento que aquellos juzguen adecuado.
TRANSFERENCIA DEL CONTRATO.
ARTICULO 32º.- No podrá cederse total ni parcialmente la adjudicación o el contrato, ni poner a un tercero en lugar suyo para llevar a cabo la prestación del servicio, bajo pena de quedar sin efecto la adjudicación, con pérdida de la garantía respectiva y/o de la rescisión del contrato, de conformidad a lo estipulado a ese respecto en el presente Pliego de Bases y Condiciones.
EXTINCIÓN DE LA CONTRATACIÓN.
ARTICULO 33º.- La contratación se extinguirá:
33.1. Con la pérdida de la Garantía Contractual:
a) Por caducidad.
b) Por declaración judicial de quiebra o de extensión de quiebra, apertura de licitación preventivo o cualquier otra declaración del contratista en sede judicial o sentencia dictada por tribunales competentes, que exteriorice el estado de cesación de pagos del contratista o la transmisión de la falencia de un tercero declarada judicialmente.
c) Por extinción del contrato por culpa del contratista.
33.2. Sin pérdida de la Garantía Contractual:
a) Realizado el evento y habiendo cumplido con las obligaciones estipuladas en el presente P.B.C.
b) Mutuo acuerdo, siempre que el concesionario haya observado el cumplimiento estricto de sus obligaciones.
b) Por revocación de la contratación, fundada en razones de interés público.
c) Por muerte o ausencia con presunción de fallecimiento declarada judicialmente del concesionario si fuere persona física; salvo que el EMDeR a su sólo e inapelable criterio decidiere la continuación de la contratación en la persona de sus herederos legítimos.
RESOLUCION DE LA CONTRATACION POR PARTE DEL EMDeR.
ARTICULO 34º.- Vencidos los plazos de cumplimiento de las distintas obligaciones a cargo de la adjudicataria sin que las mismas fueran prestadas con la conformidad a dispuesto por la Dirección Técnica, el EMDeR podrá intimar a la empresa adjudicataria para que la misma cumpla en un plazo fijado al efecto, de acuerdo a las circunstancias del caso, y bajo apercibimiento de resolución del contrato. Vencido dicho plazo y persistiendo el incumplimiento, el EMDeR tendrá derecho a la resolución del contrato sin necesidad de intervención judicial.
El EMDeR tendrá derecho asimismo a la resolución de la contratación, sin necesidad de intervención judicial ni intimación previa alguna, en los siguientes casos:
34.1. Cuando la adjudicataria incurra en fraude.
34.2. Cuando la adjudicataria incurra en otras causales establecidas por este Pliego o en las disposiciones legales vigentes.
CONSECUENCIA DE LA RESOLUCION.
ARTICULO 35º.- Operada la resolución, tendrá las siguientes consecuencias:
35.1. La adjudicataria responderá por los daños y perjuicios que sufra el EMDeR motivados por la nueva contratación que celebre, o por tomar a su cargo la contratación de los servicios inherentes a la promoción y organización del Maratón.
35.2. Sin perjuicio de las sanciones dispuestas en este Pliego, la adjudicataria perderá todas las garantías depositadas.
FALLECIMIENTO O INCAPACIDAD DEL CONTRATISTA
ARTICULO 36º.- En el caso de haberse otorgado el servicio a una persona física, ocurrido el fallecimiento o incapacidad, quienes se consideren con derecho deberán, dentro de los diez (10) días de acaecidos los hechos, acreditar sumariamente su condición de tales, acompañando la documentación respectiva, manifestando su voluntad de continuar el ejercicio de los derechos y obligaciones inherentes a la contratación. Si así no lo hicieran o manifestaran su decisión de no continuar con la contratación, podrá declararse la caducidad de la misma, con devolución de la Garantía Contractual.
Dentro de los noventa (90) días de acaecidos los hechos, deberán acompañar testimonios de declaratoria de herederos o de incapacidad declarada y designación de representante legal, bajo apercibimiento de caducidad, salvo que mediaran causas justificadas que autoricen la ampliación de este plazo. Si hubiere varios herederos, deberán unificar personería. Si hubiera menores, se exigirá autorización judicial expresa para la continuación de la explotación y la designación de representante. En todos los casos los continuadores deberán acreditar la concurrencia de los requisitos exigidos al concesionario fallecido o declarado incapaz. El EMDeR, previa evaluación de todos los antecedentes podrá decidir la continuación de la contratación en los mismos términos y condiciones en que fuera adjudicada o decidir la revocación de la misma, devolviendo la Garantía de Contrato, sin derecho, por parte de los afectados, a reclamo alguno.
CAPITULO XII
De las responsabilidades del adjudicatario
RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICATARIO
ARTÍCULO 37º.- La empresa adjudicataria será responsable civilmente por los daños y perjuicios que, como consecuencia de la organización y/o de la promoción del Maratón Ciudad de Xxx xxx Xxxxx, objeto del presente P.B.C., pudieren ocasionarse al EMDeR, a sus dependientes y bienes, y/o a terceros o a los bienes de terceros, cualquiera sea el medio o forma con el que se produzca el siniestro, quedando entendido por ello que no tendrá derecho a pedir compensación alguna, relevando al EMDeR y a la Municipalidad de General Pueyrredon de toda responsabilidad y/o compromiso al respecto.
También la empresa adjudicataria será responsable:
37.1. Respecto a todo su personal, las que podrán ser verificadas por el EMDeR, en cualquier momento de la prestación, bajo pena de rescisión:
a) Todo el personal afectado, de forma directa e indirecta, al servicio licitado tendrá que estar perfectamente identificado y acreditado. Dicha identificación y acreditación estará visible en todo momento.
b) El pago en término de sueldos y jornales y de toda otra retribución que le corresponda, sin excusa alguna.
c) La contratista no podrá deducir a su personal, suma alguna que no responda al cumplimiento de las Leyes, Decretos y Resoluciones de la autoridad competente.
d) La contratista tomará a su cargo la solución de los conflictos de índole gremial que pudieren surgir entre su personal.
e) La contratación de Seguros xx Xxx, y pago de los mismos al día, en empresas con sede legal en la Provincia. La adjudicataria deberá presentar dos días antes del comienzo de la prestación las pólizas de Seguro de Vida obligatorio y de Riesgos de Trabajo (Ley 24.557) de todo el personal afectado al servicio, con listado actualizado emitido por la aseguradora, cubriendo expresamente a todo el personal de la contratista y Póliza de Seguro por Responsabilidad Civil a favor del EMDeR y/o cualquier tercero afectado por la prestación, todas las cuales deberán tener vigencia a partir del comienzo del servicio.
La falta de presentación de estas pólizas en el plazo indicado, dará lugar a la rescisión del contrato, con las penalidades previstas en la legislación vigente.
f) El pago de la Indemnizaciones por Xxxxxxx, Accidentes o Peligrosidad y otras, originales en este Contrato.
g) El cumplimiento de todas las obligaciones laborales y previsionales que imponga la legislación vigente o que se dicte en el futuro.
h) El cumplimiento de la legislación sobre Seguridad e Higiene, Ley 19.587 y sus modificatorias, así como toda otra normativa aplicativa a la materia.
i) El pago de todos las tasas, impuestos y derechos vinculados a la realización del evento (por ejemplo SADAIC y AADI CAPIF, Tasas de Publicidad y Propaganda, etc.)
37.2. Exigir a su personal que guarde la debida consideración y respeto en el trato con el público y el personal municipal.
37.3. Acatar las órdenes que le imparta el personal encargado de controlar el servicio.
CLAUSULA DE INDEMNIDAD
ARTÍCULO 38º.- El adjudicatario se compromete y acuerda en forma irrevocable mantener indemne al EMDeR por cualquier reclamo, acción judicial, demanda, daño o responsabilidad de cualquier tipo o naturaleza que sea entablada por cualquier persona pública o privada, física o jurídica, o dependientes del adjudicatario, cualquiera fuera la causa del reclamo, responsabilidad que se mantendrá aún después de finalizado el evento objeto de esta contratación. La responsabilidad se extenderá a indemnización, gastos y costas, sin que la enunciación sea limitativa. En estos casos el EMDeR queda facultado para afectar la recaudación de la inscripción, la garantía contractual y/o cualquier otra suma que por cualquier concepto correspondiere a la adjudicataria, sin que ello limite la responsabilidad de esta última.
ACCIONES POR SUSPENSION
ARTICULO 39º.- En caso de suspensión temporal o definitiva del evento por parte del adjudicatario, y sin perjuicio de las penalidades que pudieran corresponderle a ésta de acuerdo con este pliego de bases y condiciones, el EMDeR podrá disponer una nueva contratación para asegurar su normal ejecución o hacerse cargo de los respectivos servicios.
Se descontará a la adjudicataria del producido de las inscripciones y/o garantía de contrato, el importe correspondiente a las prestaciones no ejecutadas o ejecutadas fuera de término, sin perjuicio de las demás penalidades que pudieran corresponder.
SANCIONES
CAPITULO XIII
De las sanciones y multas
ARTICULO 40º.- El incumplimiento por parte del adjudicatario de las obligaciones a su cargo lo hará pasible de las sanciones que se establecen en este capítulo, salvo caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobados a juicio del EMDeR, debiendo el contratista denunciar la causa motivante de la suspensión parcial o total de la prestación, dentro de las dos (2) horas de producida ésta o bien dentro de las dos (2) primeras horas del primer día hábil administrativo siguiente al hecho.
GRADUACION DE LAS MULTAS
ARTICULO 41º.- Para la graduación de las multas se tendrá en cuenta la gravedad del hecho, la magnitud del incumplimiento, la incidencia en relación a otros puntos como ser seguridad, salubridad, etc, la reincidencia y todos cuantos otros elementos hagan al juzgamiento.
ENCUADRE DE LOS HECHOS PUNIBLES
ARTICULO 42º.- Si un solo hecho definido como transgresor a las disposiciones de este pliego se encuadra en distintas sanciones, únicamente se aplicará la sanción más grave. En la hipótesis de varios hechos violatorios a las disposiciones contractuales, se aplicarán tantas sanciones como hechos independientes ocurran.
PROCEDIMIENTO
ARTICULO 43º.- Constatada la infracción se labrará el acta correspondiente, dejándose constancia de la fecha, hora y causa de la infracción.
A los efectos de que la empresa pueda alegar y probar lo que estime pertinente en relación a la infracción que se le imputa, se le otorgará un plazo perentorio de dos (2) días hábiles para efectuar los descargos pertinentes y aportar la prueba. Oídos estos, se establecerá la sanción definitiva, notificando a la contratista.
El importe de la sanción será objeto de retención preventiva en el pago de la facturación correspondiente. Si el importe retenido resulta insuficiente, una vez establecida la sanción definitiva, la suma resultante se percibirá de cualquier importe que tenga la empresa a cobrar.
TRANSGRESIONES TIPIFICADAS
ARTÍCULO 44º.- Se aplicará una multa, que podrá graduarse hasta el cincuenta por ciento (50%) del importe de la garantía de contrato, por las siguientes transgresiones:
44.1.- Por dejar de cumplir el servicio con la prestación en la forma acordada en el Pliego de Bases y Condiciones, parcial o totalmente.
44.2.- Por el incumplimiento por parte del adjudicatario de las obligaciones estipuladas en el artículo 2º de las clausulas particulares.
44.3.- Por no cumplir con la entrega del Reglamento y Plan de Organización de la competencia a la Dirección Técnica del EMDeR, tal lo estipulado por el articulo 2º.13 y4º de las clausulas particulares.
44.4.- Por no entregar el material solicitado en el artículo 12º de las clausulas particulares.
TRANSGRESIONES NO TIPIFICADAS
ARTICULO 45º.- Por toda otra contravención a las disposiciones del presente pliego, que no hubieran sido tipificada específicamente, se aplicará –por cada una- una multa de hasta el cincuenta por ciento (50%) del importe de la garantía de contrato.
REINCIDENCIA
ARTICULO 46º.- En caso de reincidencia, las multas a aplicar duplicarán los porcentajes establecidos en el artículo 44º y 45º del presente pliego.
OTRAS SANCIONES
ARTÍCULO 47º.- Sin perjuicio de las multas a aplicar conforme lo estipulado en este pliego, este EMDeR podrá sancionar incumplimientos con:
- Llamado de atención
- Apercibimiento
- Suspensión de hasta tres (3) años del Registro de Proveedores del Ente
- Baja del Registro de Proveedores del Ente
En todos los casos la sanción será comunicada a los demás Entes, Organismos y Administración Central de la Municipalidad de Gral. Pueyrredon.
ACCIONES POR SUSPENSION DEL SERVICIO
ARTICULO 48º.- En caso de suspensión de los servicios, el EMDeR, sin perjuicio de las penalidades que pudieran corresponderle a la empresa adjudicataria, de acuerdo con este Pliego de Bases y Condiciones, podrá hacerse cargo de los servicios o disponer una nueva contratación para asegurar su normal ejecución.
CAPITULO XIV
De los seguros
SEGUROS
ARTICULO 49º.- El adjudicatario deberá contratar:
X. Xxxxxxxxx del personal: A esos fines deberá presentar dentro de los diez (10) días hábiles de la adjudicación, el contrato de afiliación a una A.R.T. de la que se acrediten las pertinentes autorizaciones estatales, con certificación de firmas y personería de quienes suscriban la documentación por la misma y por el concesionario. Corresponde la intervención del Colegio de Escribanos pertinente cuando fuere de extraña jurisdicción. En dicho contrato deberá agregarse una cláusula que establezca que el mismo no podrá anularse rescindir y/o de cualquier modo cesar en su cobertura sin una previa notificación fehaciente al EMDeR con un plazo de treinta (30) días hábiles de antelación. Dentro de este plazo el concesionario deberá acreditar la celebración de un nuevo contrato en las condiciones ut supra señaladas, bajo apercibimiento de caducidad con pérdida de la garantía.
Para aquellos casos que el personal no se encuentre bajo relación de dependencia con la empresa adjudicataria, deberá presentar un seguro de Accidentes Personales de los mismos.
B. Todos los corredores inscriptos, deben contar con un seguro de accidentes.
C. Seguro de Responsabilidad Civil: el adjudicatario asumirá la responsabilidad civil y en consecuencia, deberá contratar un seguro contra todo riesgo por todo el período de contratación, con una compañía reconocida por la Superintendencia de Seguros de la Nación e inscripta en el Registro Municipal respectivo. Dicho seguro deberá cumplir con todas las exigencias detalladas en el Art. 26º de las Cláusulas Generales del presente Xxxxxx
ARTÍCULO 50º.- Formalización y plazo del seguro: Será contratado por el adjudicatario en cualquier compañía de seguros inscripta en el Registro Municipal de Entidades Aseguradoras (Ordenanza Nº 7180 y Decreto Nº 1868/88).
La contratación del seguro deberá quedar formalizada, en forma previa a la firma del contrato y su duración deberá cubrir todo el período de concesión hasta la extinción de todas las obligaciones.
ARTÍCULO 51º.- Pólizas: Se emitirán debiendo establecer expresamente el sometimiento a los Tribunales Xxxxxxxxxxx xxx Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxx xxx Xxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx y se entregarán al EMDeR, antes de la recepción del escenario por parte del concesionario.
Las pólizas no podrán ser anuladas, rescindidas, caducadas y/o modificadas sin previo conocimiento del EMDeR debiendo mantener su vigencia por un plazo mínimo que abarque hasta la total extinción del contrato a partir de la fehaciente notificación que la aseguradora curse al EMDeR en tal sentido. Esta condición deberá constar en la propia póliza o en la certificación que expida la aseguradora. Dentro de este último plazo el concesionario deberá contratar un nuevo seguro en las mismas condiciones establecidas en este artículo. Bajo apercibimiento de caducidad.
Se presentarán conjuntamente con las pólizas, los recibos de pago total y definitivo de las mismas.
Las firmas contenidas en las pólizas contratadas deberán encontrarse certificadas por escribano público, quien deberá dejar constancia del cargo que cumple el firmante, como así también de los instrumentos que tiene ante sí, y de los que surge la personería suficiente del mismo para obligar a la Aseguradora.
CAPITULO XV
Disposiciones generales
PLAZOS
ARTICULO 52º: Todos los plazos establecidos en este Pliego sin indicación de que se trata de días corridos, se considerarán días administrativos hábiles.
IMPUESTOS
ARTICULO 53º: El EMDeR reviste el carácter de EXENTO en el I.V.A.
AUTORIDAD DE APLICACIÓN
ARTICULO 54º: La fiscalización del cumplimiento del contrato, una vez adjudicado estará a cargo de la Dirección General de Política Deportiva del EMDeR, a través de la Dirección Técnica.
La autoridad de aplicación mencionada en este artículo o quien esta designe, ante los incumplimientos de la entidad contratada darán intervención a la Jefatura de Xxxxxxx, quien reunirá toda la documentación referida al hecho para su tratamiento y tendrá a su cargo el trámite destinado a la imposición de sanciones.
PREVALENCIA
ARTICULO 55º: Se conferirá prevalencia a las cláusulas particulares sobre las generales, en la hipótesis de divergencia entre ambas.
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES - LICITACION PÚBLICA Nº 1/2016
SERVICIO XXXXXXXX XX XXXXXXXXXXXX X XXXXXXXXX XX XX XXXXXXX XXXXXX XX XXX XXX XXXXX
CLÁUSULAS PARTICULARES
OBJETO DEL LLAMADO
ARTICULO 1º.- La presente licitación tiene por objeto el Servicio integral de organización y promoción de la Maratón Ciudad de Xxx xxx Xxxxx del EMDeR (Categorías: 10K – 21K – 42K) - Ediciones 2016 y 2017.
OBLIGACIONES A CARGO DEL ADJUDICATARIO
ARTICULO 2º.- La empresa adjudicataria tendrá las siguientes obligaciones en cuanto al servicio licitado:
1) Promoción, comercialización, difusión y prensa del evento por todos los medios (gráficos, audiovisuales, redes sociales, etc.). Para tal fin el EMDeR brindará material fotográfico y audiovisual de ediciones anteriores, reservándose el Ente los dominios oficiales existentes.
2) El EMDeR contará con espacios publicitarios institucionales dentro de lugares estratégicos (arco de llegada; vallas de contención; en entrega de kits; remeras; back de prensa; página web de inscripción, etc.)
3) Inscripción de los corredores y/o participantes a través de todos los medios de pago. La empresa adjudicataria deberá brindar información on line al EMDeR sobre el avance de la inscripción.
4) El EMDeR dispondrá de un xxxx xx xxxx (10) inscripciones gratuitas para deportistas y/o becados de la ciudad en cada una de las categorías (10 para los 10K – 10 para los 21K y 10 para los 42K), como mínimo.
5) La realización del reglamento de la carrera estará basado en el confeccionado por el EMDeR, el cual se adjunta como anexo al presente Pliego. La categoría paralímpica deberá mantenerse, como mínimo, en iguales condiciones que en la edición de la maratón 2015. El reglamento deberá presentarlo ante la Dirección Técnica del EMDeR junto con el plan de organización estipulado en el art. 4º y el mismo quedará sujeto a la aprobación del Ente.
6) Acreditación de los corredores inscriptos con entrega de los respectivos kits, de acuerdo a lo estipulado en el art. 8º de las cláusulas particulares del presente pliego.
7) Servicio de clasificación automática y control de tiempo de todos los competidores y elevación de resultados según estándares nacionales e internacionales, con parciales cada 5 kms. Para este servicio deberá acreditar experiencia en competencias similares.
8) El servicio de fiscalización se deberá realizar a través de la Asociación Marplatense de Atletismo, de acuerdo a lo estipulado en la Ordenanza Nº 22268/15.
9) Vallado en el punto de llegada y partida, alrededor de 600 metros de cada lado del arco, como mínimo.
10) Servicio médico: se deberá contar, como mínimo, de cinco (5) ambulancias; controles de salud y equipo de socorristas con desfibriladores a lo largo de todo el recorrido. Deberán contar con un sistema de comunicación directa entre todos los controles de salud y las ambulancias.
11) Hidratación de los participantes: se dispondrá de puestos de hidratación de acuerdo a la reglamentación nacional e internacional para las distintas categorías, alternando agua y bebidas isotónicas, además de frutas y/u otros.
12) Limpieza durante y posterior al evento.
13) Baños químicos: como mínimo se contará con cincuenta (50) baños químicos en la llegada y en el circuito, incluyendo baños para discapacitados.
14) Rociadores: como mínimo deberán haber dos (2) en el xxxxxxxx xxx x xxx (0) xx xx xxxxxxxx xxxxx. Lo que el resto del circuito necesite, también quedará a cargo del organizador.
15) Medallas Finisher: deben diferenciarse en diseño y tamaño aquellas correspondientes a los 10K / 21K de los 42K.
a. Se sugiere que las mismas sean fundida en zamac de aprox 5,5 cm. de ancha por 4 cm. de alta con cinta.
16) Plan de organización de la competencia: la firma adjudicataria deberá presentarlo con una anticipación de cuarenta y cinco (45) días antes del evento a la Dirección Técnica del EMDeR, de acuerdo a lo estipulado en el art. 4º de las cláusulas particulares.
17) Servicio de guardarropas: deberá contar con algún espacio físico para cumplir con este servicio.
18) Se deberá contar con un servicio de masajistas gratuito en la llegada destinada a los participantes.
El EMDeR facilitará a la empresa organizadora el arco de largada de 14 metros de ancho con dos puertas sin costo alguno.
El incumplimiento por parte del adjudicatario de las obligaciones a su cargo estipuladas en el presente artículo lo hará pasible de las sanciones que se establecen en el capítulo XIII de las clausulas generales xxx Xxxxxx.
CARACTERISTICAS DEL SERVICIO
ARTICULO 3º.- La empresa adjudicataria deberá solicitar los permisos, autorizaciones y licencias comerciales necesarias ante los órganos competentes para la realización de los servicios solicitados en el presente pliego.
Las distancias deberán estar certificadas por los Organismos Nacionales pertinentes.
La empresa adjudicataria nombrará a un coordinador quien se encargará de programar, coordinar, controlar y supervisar el desarrollo de las tareas y además será el interlocutor con la Dirección Técnica del EMDeR afectado a la maratón. También estará a cargo de la empresa adjudicataria el personal voluntario.
El despliegue de medios, servicios y suministros que se reflejan en el presente pliego, asociados a la organización deberá asegurar la calidad deportiva, excelencia organizativa y satisfacción de todos los grupos de interés con el ofrecimiento de los mejores servicios a los deportistas participantes garantizando un nivel de calidad similar a las maratones de referencia nacional e internacional.
A la finalización del evento, la empresa adjudicataria deberá enviar a través de algún medio fehaciente a todos los participantes una encuesta de satisfacción para la evaluación del mismo; presentando un informe de la misma y copia de todos los correos donde se presente alguna queja o sugerencia sobre el mismo, formando parte esto último de la memoria final estipulada en el art. 9º de las cláusulas particulares del presente pliego.
DIRECCION TECNICA DEL EMDER
ARTICULO 4º.- El EMDeR dispondrá de un equipo de colaboradores para atender las necesidades de la empresa adjudicataria.
Esta Dirección Técnica tendrá a cargo la fiscalización del cumplimiento del contrato, tal lo estipulado por el art. 54º de las clausulas generales del presente xxxxxx.
La empresa adjudicataria deberá presentar ante esta Dirección el plan de organización de la competencia con una anticipación de cuarenta y cinco (45) días antes del evento.
El plan de organización incluirá el reglamento a utilizar en la competencia.
XXX XXXXXXXX
XXXXXXXX 0x - Xx xxxxxxxx xx xx Xxxxxxx comprende un recorrido costero determinado entre la rotonda de la Xxxxxxx Xxxxxxxxxxxx x xx Xxxx Xxxxx xx xx xxxxxx xx Xxx xxx Xxxxx. Se tomará como referente el trazado de la edición 2015 para las tres distancias. Cualquier cambio a realizar en el mismo, deberá contar previamente, con la aprobación de la Dirección Técnica del EMDeR.
El EMDeR realizará las tramitaciones pertinentes para el corte de tránsito del circuito elegido desde las 5:00 horas hasta las 14:30 horas del día de la competencia. Estos horarios podrán modificarse a solicitud del adjudicatario.
Durante el trayecto habrá fiscales y veedores que observarán el comportamiento de los atletas y velarán por el normal desarrollo del evento.
El EMDeR dispondrá de un servicio de policía local en el sector de la llegada.
DE LA INSCRIPCION A LA MARATON
ARTICULO 6º.- La inscripción a la maratón deberá realizarse a través de una página web, la cual contendrá la modalidad de pago; el monto de inscripción y el reglamento de la competencia; la cual estará a cargo de la firma adjudicataria.
VALOR DE INSCRIPCION Y SU RENDICION
ARTÍCULO 7º.- El monto a cobrar a los participantes por la inscripción a la competencia (para cada una de las tres categorías) no podrá ser inferior a los establecidos en la Maratón Edición 2015 (incluidos en el Reglamento del Anexo
III) y no podrá ser superior a los Pesos Quinientos ($ 500). El oferente deberá indicar, junto con la oferta presentada, los montos finales de inscripción para cada categoría: 10K – 21K – 42K
El monto recaudado en concepto de inscripción de los participantes al evento deberá acreditarse directamente a una cuenta bancaria especial que el EMDeR destinara a tal fin.
ENTREGA DE KITS
ARTÍCULO 8º: Cada participante que abone su inscripción recibirá un kit de competición, dentro de una bolsa,
compuesto, como mínimo, por:
• REMERA DEL EVENTO (DE USO OBLIGATORIO): las mismas deberá contar con el logo del EMDeR Xxx xxx Xxxxx. Se sugiere lo siguiente: diseños diferentes para las distintas categorías; remera para los 10K; remeras o musculosas para los 21K y musculosas para los 42K.
• NUMERO DORSAL IDENTIFICATORIO
• CHIP DE CLASIFICACION
El EMDeR dispondrá de un lugar para la entrega del kit.
CONDICIONES ESPECIALES SOBRE PUBLICIDAD
ARTICULO 9º - El adjudicatario deberá dar cumplimiento al Código de Publicidad vigente y al pago de sus tasas. Se establecen las siguientes prohibiciones especiales en materia de patrocinio o publicidad:
A. No podrá realizarse patrocinio o publicidad de la Maratón Ciudad de Xxx xxx Xxxxx por empresas cuya actividad
principal o conocida sea la fabricación o venta de productos alcohólicos y tabaco, si ello lleva aparejada publicidad de dicho patrocinio o la difusión de marcas, símbolos o imágenes relacionadas con las bebidas alcohólicas y el tabaco.
B. No podrá realizarse patrocinio o publicidad a favor de destinos turísticos diferentes a la ciudad de Xxx xxx Xxxxx.
RECLAMOS, SUGERENCIAS Y QUEJAS DE LOS PARTICIPANTES
ARTICULO 10º.- El adjudicatario deberá asegurar en todo momento la presencia de un responsable, debidamente identificado y/o instalar un puesto fijo para tal fin, durante el desarrollo del servicio capaz de gestionar las posibles reclamaciones, sugerencias y quejas de los participantes así como las inscripciones de los corredores en las distintas categorías. Los datos del responsable designado al efecto, deberá ser comunicado al EMDeR a la firma del contrato correspondiente.
FECHA Y HORA DE LA MARATON CIUDAD DE XXX XXX XXXXX
ARTICULO 11°.- La maratón Ciudad de Xxx xxx Xxxxx 2016 se llevará a cabo el día 13 de noviembre de 2016.
MATERIAL A ENTREGAR DESPUES DEL EVENTO
ARTÍCULO 12º.- La empresa adjudicataria, deberá presentar dentro de un plazo del mes de finalizado el evento:
A. Una memoria final de los trabajos realizados con motivo de la maratón Ciudad de Xxx xxx Xxxxx.
B. Material fílmico correspondiente a la competencia.
CANON Y VALOR XXX XXXXXX
ARTICULO 13º.- El canon oficial, base y mínimo del servicio es xxx XXXX POR CIENTO (10%) del monto total de inscripción, sin deducción alguna, es decir, el monto en bruto de las inscripciones
.
El valor xxx Xxxxxx es de PESOS QUINIENTOS ($ 500).
FORMA DE PAGO AL ADJUDICATARIO
ARTICULO 14º.- Los pagos a la adjudicataria el EMDeR los realizará en forma semanal teniendo en cuenta los montos efectivamente ingresados a la cuenta bancaria del EMDeR, bajo liquidación presentada por la empresa y controlada por el Ente.
El mismo podrá realizarse de las siguientes maneras:
14.1. En la Tesorería del EMDeR, sito en calle De los Jubilados s/n-Complejo Natatorio, con cheque Banco Provincia a nombre del beneficiario NO A LA ORDEN. Para que el trámite de cobro lo pueda efectuar un tercero deberá acreditar un poder que así lo autorice y recibo oficial del proveedor.
14.2. Pago electrónico: En este caso, el adjudicatario deberá habilitar cuenta en algún Banco e informar su tipo y número en la planilla entregada por la Jefatura de Compras para la inscripción en el Registro de Proveedores del Ente.
ANEXO I
LICITACION PÚBLICA Nº 7/2015
SERVICIO XXXXXXXX XX XXXXXXXXXXXX X XXXXXXXXX XX XX XXXXXXX XXXXXX XX XXX XXX XXXXX
Por medio de la presente, declaro/amos conocer y aceptar en todos sus términos el Pliego de Bases y Condiciones que rige el llamado a Licitación Pública nro. 1/2016 para el Servicio Integral de Organización y Promoción de la Maratón Ciudad de Xxx xxx Xxxxx para el día 29 xx xxxxxx de 2016 a las 11:00 hs. en la Oficina de Compras, sito en calle De los Jubilados s/n – Complejo Natatorio, y cuyas cláusulas acepto/amos sin condicionamiento alguno.
Declaro/amos bajo juramento no estar comprendido en los impedimentos de concurrencia que determina el citado Xxxxxx en su artículo 6º -
Asimismo me/nos someto/emos expresamente a los Tribunales Competentes del Departamento Judicial Xxx xxx Xxxxx de la Provincia de Buenos Aires, con renuncia a todo fuero o jurisdicción, inclusive el Federal, constituyendo domicilio real en la calle ................................................................. .......... ................nº........................... de la ciudad de
............................................................................
y domicilio especial en la calle.................................................nº............................... de la ciudad de del Partido de General Pueyrredon.
Suscribe/imos la presente en la ciudad de.........................................................a los...... días del mes de de 2016.-
ANEXO II
AL ENTE MUNICIPAL DE DEPORTE Y RECREACION:
Por medio del presente en mi carácter de OFERENTE en la Licitación Pública Nº 1/2016 “SERVICIO INTEGRAL DE ORGANIZACIÓN Y PROMOCION DE LA MARATON CIUDAD
DE XXX XXX XXXXX”, declaro bajo juramento no encontrarme incurso en las siguientes causales de exclusión de la presente licitación:
a) Incapacidad para contratar según la legislación vigente.
b) Ser agente al servicio de la Municipalidad de General Pueyrredon o sus Entes Descentralizados, en caso de unipersonales.
c) Inhabilitación originada por aplicación de la legislación concursal.
d) Encontrarse afectado por medida cautelar de cualquier tipo de carácter ejecutorio y no preventiva, es decir, susceptible de ejecución inmediata en función del estado procesal de la causa judicial.
e) Haber sido suspendido o eliminado del Registro de Proveedores de la Provincia de Buenos Aires o de esta Comuna (Administración Central, Entes Descentralizados y/u Obras Sanitarias Xxx xxx Xxxxx Sociedad de Estado).
f) Haber sido objeto de dos (2) o más rescisiones contractuales unilaterales o sancionatorias por parte de organismos nacionales, provinciales o municipales, en los últimos cinco (5) años anteriores a la propuesta.
g) Haber sido condenado en litigio sostenido con organismos públicos y/o sociedades del estado por motivos originados en prestaciones similares a la presente, en los últimos cinco (5) años anteriores a la propuesta.
h) Existir incumplimientos contractuales con la Municipalidad de General Pueyrredon o sus Entes Descentralizados.
i) Estar inscriptos en el registro de deudores alimentarios.
j) Ser deudor de la Municipalidad de General Pueyrredon, Entes Descentralizados y/u Obras Sanitarias Xxx xxx Xxxxx Sociedad de Estado.
Firma/s:
Aclaración/es de firma/s:
ANEXO III - REGLAMENTO MARATON XXXXXX XX XXX XXX XXXXX 0000 ARTÍCULO 1º: MARATÓN
El Ente Municipal de Deportes y Recreación y la Asociación Marplatense de Atletismo, organizan el 26º Maratón ciudad de Xxx xxx Xxxxx el domingo 29 de NOVIEMBRE DE 2015.
El maratón (42K) está abierto para todo atleta, hombre o mujer, profesional o no, de nacionalidad argentina o extranjera, con 18 años al 29/11/15, sin excepción.
Los 21 K están abiertos para todo atleta, hombre o mujer, profesional o no, de nacionalidad argentina o extranjera, con 16 años al 29/11/15, sin excepción
Los 10 K están abiertos para todo atleta, hombre o mujer, profesional o no, de nacionalidad argentina o extranjera, con 14 años al 29/11/15, sin excepción.
ARTÍCULO 2º: CIRCUITO – DISTANCIAS
2.1. Maratón: El circuito mide 42km. 195m.
2.2. Media Maratón: El circuito mide 21km. 097m.
2.3. Promocional. El circuito mide 10 km.
Todos los circuitos y distancias se encuentran certificados y homologados por la Asociación Marplatense de Atletismo. Esta competencia ha sido declarada de Interés Turístico y Deportivo por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, por la Municipalidad de General Pueyrredón y cuenta con el reconocimiento de la Federación de Atletismo de la Provincia de Buenos Aires y la Confederación Argentina de Atletismo.
ARTÍCULO 3º: HORARIOS DE LARGADA. Máxima Duración
3.1. El maratón y los 21 K largan 7.00 horas. Los 10 K a las 10 horas.
3.2 El tiempo límite del evento es de 6 horas, cerrándose la llegada a las 13.00 hs. A partir del paso del vehículo de CIERRE se levantarán todos los puestos y el participante al ser sobrepasado por ese vehículo se considera oficialmente descalificado y fuera de competencia Se libera el tránsito vehicular del sector Sur a partir de las 11.30.
3.3 Tiempos límites. Por razones de seguridad y organización, los corredores del Maratón (42,195 km) deberán registrar el paso en determinados tiempos límites:
a) Tres (3) horas por el km 21,097 y b) Seis (6) horas por el km 42,195.
3.4. Tiempos Límites. Por las mismas razones anteriores, los corredores de la Media Maratón (21,095 km) deberán registrar el paso antes de las 3 hs.
3.5 Los corredores que no cumplan esos tiempos serán descalificados y trasladados en vehículos de la Organización al lugar de la llegada.
ARTÍCULOS 4º: INSCRIPCIONES y COSTO
4.1. Procedimiento único. Las inscripciones se realizarán ÚNICAMENTE por el procedimiento previsto en la página web oficial de la carrera: xxx.xxxxxxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx, completando íntegramente el formulario que se encuentra en la sección INSCRIPCIÓN y siguiendo las instrucciones allí expuestas. El proceso se aplica tanto para argentinos como extranjeros.
Consultas: xxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx
4.2. El cierre de las inscripciones operará INDEFECTIBLEMENTE:
1er.: en el momento que se cubran los CUPOS PREVISTOS.
2do.: el día MIERCOLES 11 DE NOVIEMBRE.
4.3. Costo.
Maratón
$ 250 (Pesos Doscientos cincuenta) hasta el 31 de julio de 2015 inclusive;
$ 300 (Pesos Trescientos) desde el 1º xx xxxxxx al 30 de septiembre.
$ 350 (Pesos Trescientos cincuenta) entre el 1º de octubre al 31 de octubre.
$ 400 (Pesos Cuatrocientos) entre el 1º de Noviembre 11 de noviembre.
Media Maratón :
$ 200 (Pesos Doscientos) hasta el 31 de julio de 2015 inclusive;
$ 250 (Pesos Doscientos cincuenta) desde el 1º xx xxxxxx al 30 de septiembre.
$ 300 (Pesos Trescientos) entre el 1º de octubre al 31 de octubre.
$ 350 (Pesos Trescientos cincuenta) entre el 1º de Noviembre 11 de noviembre.
Promocional 10k:
$ 200 (Pesos Ciento ochenta) hasta el 31 de julio de 2015 inclusive;
$ 220 (Pesos Doscientos veinte) desde el 1º xx xxxxxx al 30 de septiembre .
$ 250 (Pesos Doscientos cincuenta) entre el 1º de octubre al 31 de octubre.
$ 300 (Pesos Trescientos) entre el 1º de Noviembre 11 de noviembre.
La inscripción solo estará confirmada con el pago del arancel correspondiente y los gastos administrativos y servicios.
4.4. La inscripción es considerada intransferible, única y no reembolsable e implica la aceptación total del presente Reglamento. El número asignado al corredor por los organizadores es también intransferible.
4.5 Kit xx Xxxxxxxx.
El costo de la inscripción incluye un kit conteniendo:
1. Camiseta oficial de la prueba. No se cambia el talle elegido.
2. Número xx xxxxxxxx;
3. Chip;
4. Bolsa para efectos personales;
No habrá reposición de chip en caso de pérdida y/o robo o por cualquier otro concepto.
ARTÍCULO 5º: ENTREGA DE NÚMEROS y KIT XX XXXXXXX
El kit conteniendo los números de competidor será entregado en el Estadio Polideportivo Islas Malvinas (Xxxx X Xxxxx y España) el día Miércoles 25 y jueves 26 de 15 a 20 hs, el día viernes 27 y sábado 28 de noviembre de 9 a 20 horas. Para retirar su kit, todos los atletas deberán presentar:
comprobante de pago de inscripción.
documento de identidad.
deslinde de responsabilidad firmado por el participante.
Para retirar del kit de otra persona se deberá presentar autorización escrita y fotocopia del DNI.
No se hará entrega Kit en ninguna otra ocasión ni en los puntos de largada el día de la carrera.
Los atletas de Elite recibirán su Kit el sábado 28 a las 10.
Los atletas paralímpicos tendrán una charla técnica y recibirán su kit el sábado 28 a las 11 horas.
ARTÍCULO 6º: PUESTOS DE HIDRATACIÓN
Existirán puestos de hidratación con agua en los Kilómetros 5, 10, 15, 20, 25, 30, 32, 35, 38, 40 y en la llegada, según reglas de la I.A.A.F. y puestos de frutas y bebidas isotónicas en los puestos a partir del kilómetro 30 en adelante.
ARTÍCULO 7º: USO DE LA CAMISETA OFICIAL Y UBICACIÓN DE LOS NÚMEROS
7.1. Es obligatorio para todos los inscriptos el uso del número xx xxxxxxxx.
7.2 Obligación uso camiseta oficial.
Los corredores deben utilizar la camiseta oficial durante la carrera bajo pena de descalificación.
7.3. Obligaciones y prohibiciones.
Los números deben colocarse obligatoriamente en el pecho, sin retocar ni doblar, no pudiendo modificarse el mismo. Serán descalificados todos los atletas que no lleven el número visible, así como también los que no realicen el recorrido completo o den muestras de un comportamiento antideportivo como lo sería el hecho de recibir ayuda, bebidas de cualquier tipo, substancias o alimentos de terceros que se movilicen por cualquier medio, dentro o fuera del circuito, y otras actitudes que las autoridades del evento puedan considerar como tales.
ARTÍCULO 8º: CATEGORÍAS–PREMIOS.
8.1. Categorías por distancia y edad al día 29 de noviembre Se realizarán las siguientes Clasificaciones:
Para Maratón, Media Maratón y 10 K, general en damas y varones:
Juvenil: hasta 19 años Mayores: de 20 a 29 años.
Pre veterano: 30 a 34 años
Veterano A: 35 a 39 años
Veterano B: 00 X 00 años
Veterano C: 00 X 00 años
Veterano D: 00 X 00 años
Xxxxxxxx X 00 X 00 años
Veterano F: 00 X 00 años
Veterano G: 00 X 00 años Veterano H: May. De 70 años.
8.2 Categoría Paralímpicas. Presentar certificados de clasificación deportiva oficial. 42 KM Sillas varones. Uso obligatorio xx xxxxx.
10 Km Sillas mujeres. Uso Obligatorio xx xxxxx. 10 Km Visual varones y mujeres.
Para acceder a los premios en efectivo, la prueba deberá contar con un mínimo de tres inscriptos en cada categoría y de cinco para obtener los premios hasta el tercer lugar.
8.3. PREMIOS:
Xxxxxxx Xxxxxxxx (42,195K) Media Maratón (21,097K) y Carrera Promocional (10K) Trofeos a los 3 primeros de la general.
Trofeos en todas las categorías para el 1º, 2º y 3º puesto. Medalla oficial para todos los que finalicen la competencia. La organización determinará los premios en efectivo.
ARTICULO 9º: CRONOMETRAJE
9.1. Chip. Uso obligatorio.
El cronometraje del tiempo se realizará con el Sistema ChampionChip, winning Time o similar para todos los corredores de Maratón, Media Maratón y Promocional, por lo que para participar es obligatorio el uso del chip, el cual será intransferible. En la ruta habrá controles de tiempos. Los corredores deberán pasar por todos los controles obligatoriamente.
9.2. Registro de tiempo.
El tiempo del reloj cronómetro, para todos los competidores, comenzará con la largada de la competencia y se detendrá, para cada competidor, en el final de la carrera, una vez cruzada la meta. La clasificación general y por categorías se realizará por el tiempo oficial de xxxxxxx xx xxxxxxx x xxx xxxxxx xx xx XXXX. Se brindará información complementaria con el “Tiempo Xxxx xx Xxxxxxx”
9.3. Resultados. Los resultados estarán disponibles en el website de la prueba, transcurridas las 48 horas de la misma.
ARTÍCULO 10º: CONTROLES y DESCALIFICACIÓN
10.1. Faltas. Sanción.
La Organización tiene el derecho de descalificar, durante o después de la carrera, a cualquier atleta que incurra en las faltas siguientes:
a) Presentar información falsa en la inscripción.
b) No pasar por los controles de tiempo.
c) No llevar el número bien visible.
d) No realizar el recorrido completo
e) Dar muestras de un comportamiento antideportivo
f) No tener la edad reglamentaria
g) No portar el número
h) Recibir cualquier tipo de asistencia particular desde bicicletas, motocicletas o automóviles
i) No respetar el lugar de la largada
j) No respetar la zona determinadas para realizar la entrada en calor.
Todo aquel que corra sin estar inscripto podrá ser retirado en cualquier momento de la prueba.
10.2. Control antidoping. La organización se reserva el derecho de realizar aleatoriamente, entre todos los competidores, controles antidoping y especialmente durante la competencia. De constatarse un resultado positivo, el atleta será inmediatamente descalificado y se le retirará cualquier premio que hubiese obtenido.
ARTÍCULO 11º: JURADO OFICIAL –RECLAMOS
11.1. Director General de la Competencia. El Director General de la Competencia tendrá como función:
1. Velar por el respeto de la ética, por parte de los competidores, durante la competencia.
2. Juzgar las transgresiones al reglamento.
3. Decidir las modificaciones de recorrido o del reglamento durante la competencia (en caso de fuerza mayor como accidentes climáticos u acontecimientos de otra índole).
4. Sancionar las faltas al reglamento con penalidades de tiempo o expulsión de la carrera.
5. Ordenar y entregar a la organización de la carrera, la clasificación general y por categoría, una vez finalizada la competencia y antes de la entrega de los premios.
Las mismas son inapelables.
11.2. Reclamos.
Los reclamos deberán ser entregados al Director General de la Competencia, por escrito, dentro de los 15 minutos previos a la ceremonia de premiación y previo depósito de $200 (Pesos Doscientos), los que serán devueltos en caso de prosperar dicho reclamo. El mismo será respondido por escrito dentro de las 72 horas de haber sido realizado. Los reclamos verbales no serán permitidos.
ARTÍCULO 12º: REVISIÓN MÉDICA PREVIA
12.1. La organización recomienda a todos los participantes someterse a un reconocimiento médico previo a la prueba, a los efectos de determinar su aptitud para la realización de la prueba, siendo de exclusiva y excluyente responsabilidad de cada atleta la preservación de su salud antes, durante y con posterioridad a la prueba.
12.2. Asistencia médica. Extensión cobertura. Durante la competencia habrá un servicio de ambulancias para asistir a los competidores que lo necesiten y, en caso de accidente, su traslado al hospital y/o entidad privada que solicite el competidor, dentro del área. Luego de la atención primaria y su posterior traslado al centro médico, la organización delega en el competidor toda atención médica posterior a la competencia, de acuerdo con el deslinde de responsabilidad firmado por el mismo competidor hacia la organización en el momento de su inscripción.
12.3 Todos los participantes tendrán un seguro durante la participación de la carrera.
ARTÍCULO 13º: BAÑOS – GUARDARROPAS
La Organización dispondrá xx xxxxx y guardarropas para que los participantes inscriptos puedan dejar un bolso u otros elementos que serán guardados hasta la finalización de la competencia. La Organización no se responsabilizará por la pérdida de objetos personales. Se recomienda no llevar elementos de valor el día de la prueba.
ARTÍCULO 14º: SEGURIDAD –TRANSPORTE
14.1. Responsabilidad xxx Xxxxxxxx
La prueba contará con el apoyo de la Policía de la Pcia de Buenos Aires, el Departamento de Tránsito de la ciudad de Xxx xxx Xxxxx y voluntarios. Además, se contará con el apoyo de la Policía Local.
14.2. Apoyo. La Organización dispondrá de transporte para recoger a los atletas que por cualquier razón no deseen o no puedan seguir la carrera.
ARTÍCULO 15º: CEREMONIA DE PREMIACIÓN Y CLAUSURA
15.1. Horario y lugar.
La ceremonia de premiación tendrá lugar, el día de la competencia, a partir de las 9.30 horas a los tres primeros de la categoría general. La premiación de las otras categorías se realizará en otro espacio y horario a determinar por la organización.
15.2. Clasificación final.
La clasificación final, avalada por el Director General y el Juez Oficial de la Asociación Marplatense de Atletismo, es inapelable, así como las decisiones tomadas por los mismos en el transcurso de la competencia.
15.3. La Organización no enviará ningún premio a los corredores que no los hayan retirado en la Ceremonia de Premiación. Los trofeos que no hayan sido retirados quedarán custodiados durante treinta (30) días en la sede de Deporte Xxx xxx Xxxxx.
ARTÍCULO 16º: VEHÍCULOS AUTORIZADOS
Prohibición. Los únicos vehículos que podrán seguir la prueba son los que cuenten con expresa autorización de la Organización. Queda totalmente prohibido acompañar a los corredores en moto, bicicleta u otro vehículo, teniendo la Policía orden expresa de retirarlos del circuito con el fin de evitar cualquier tipo de accidente. Los comisarios deportivos tendrán cámaras digitales para registrar estas infracciones.
ARTÍCULO 17º: LEYENDAS
Queda terminantemente prohibido lucir leyendas políticas o religiosas de cualquier especie o aquellas que sean ofensivas a la moral. De constatarse alguno de estos casos, se solicitará al atleta el retiro de dicha leyenda x xxxx de descalificación.
ARTÍCULO 18º: CONOCIMIENTO – RESPONSABILIDAD
18.1. Declaración.
La sola inscripción en esta competencia implica que el participante ha leído y acepta el presente Reglamento y declara estar físicamente apto para correr.
Todos los atletas que participan de esta prueba lo hacen bajo su entera responsabilidad, conociendo el hecho de que participar en un maratón puede implicar serios riesgos. Asimismo, el participante libera a los organizadores, a los Sponsors, al Gobierno de la Pcia de Buenos Aires , a la Municipalidad de General Pueyrredon, a Ente Municipal de Deportes y Recreación, a la Asociación Marplatense de Atletismo y/o a cualquier otro colaborador, por los daños que en su persona o bienes pueda sufrir, con motivo u ocasión de la competencia, asumiendo los riesgos que tiene la participación de la misma, sea respecto de accidentes, incapacidades, lesiones, robos, hurtos o cualquier otro daño posible, renunciando en consecuencia a formular cualquier tipo de reclamo en contra de los sujetos mencionados.
18.2. Deslinde responsabilidad.
Cada atleta deberá completarlo y firmarlo para entregarlo al momento de retirar su kit. DESLINDE DE RESPONSABILIDAD..
ARTÍCULO 19º: AUTORIZACIÓN – PUBLICIDAD
Los atletas, en forma expresa y exclusiva, autorizan o dan derecho a los organizadores para utilizar su nombre, imagen, fotografía en la producción, distribución y explotación de fotografías e imágenes relacionadas a el maratón, para ser publicados en todo el mundo, por cualquier medio, sin limitación de tiempo y sin tener derecho alguno a reclamar retribución alguna y/o indemnización por este concepto.
ARTÍCULO 20º: IMPREVISTOS – MODIFICACIÓN
20.1. Facultades.
Los organizadores se reservan el derecho a realizar las modificaciones que consideren necesarias, en función de las diferentes condicionantes, así como el derecho de suspender la prueba si las condiciones meteorológicas lo obligan o por caso fortuito o fuerza mayor.
20.2. Las condiciones meteorológicas en caso de condiciones extremas (a consideración de la organización) pueden obligar a posponer, demorar o modificar el recorrido previsto para la carrera. Dichas modificaciones podrían constituir una ventaja con la cual se beneficiarían los corredores que estén mejor ubicados y no se aceptarán reclamos por este punto. No se suspende por lluvia.
20.3. Situaciones no previstas. Los aspectos no previstos en este Reglamento serán resueltos por los organizadores.
20.4. Reserva. La Organización se reserva el derecho de modificar cualquiera de los artículos de este Reglamento, previo al inicio de la prueba y sin necesidad de notificación alguna, salvo la publicación en la website oficial.
ANEXO IV REGISTRO DE ENTIDADES ASEGURADORAS