Contract
Ref: 47/886072.9/20
D. XXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXXX, DIRECTOR GERENTE DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE GETAFE, en virtud de las atribuciones conferidas según Resolución de 11 xx xxxxx de 2020, de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria, Servicio Madrileño de Salud, de delegación de competencias en materia de contratación y gestión económico-presupuestaria en los Gerentes de Atención Hospitalaria, (B.O.C.M. nº 143 de fecha 15 xx xxxxx de 2020).
CONSIDERANDO:
La Memoria Justificativa para la contratación del servicio de conservación de zonas ajardinadas e instalaciones afines del Hospital Universitario de Getafe, emitida por el jefe de suministros, como unidad tramitadora del mismo, con fecha 23 de octubre de 2020.
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ORDENA:
EL INICIO DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, de acuerdo a las siguientes características:
OBJETO DEL CONTRATO:
Conservación de zonas ajardinadas e instalaciones afines del Hospital Universitario de Getafe De acuerdo a lo estipulado en el artículo 99 de la LCSP.
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN:
Se estima la forma de tramitación y el procedimiento más adecuados para este contrato según los artículos 131.2 y 156 de la LCSP.
Tramitación: ordinaria
Procedimiento: ABIERTO PLURALIDAD DE CRITERIOS
CLASIFICACIÓN QUE SE EXIGE A LOS PARTICIPANTES:
No se exige clasificación empresarial.
CRITERIOS DE SOLVENCIA
1.Acreditación de la solvencia económica y financiera:
- Artículo 87 de la LCSP, apartado/s: 1a) ó 1c).
- 1.a) :“ Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. El volumen de negocios mínimo anual exigido no excederá de una vez y media el valor estimado del contrato…”.
En caso de que la firma licitadora se haya constituido dentro de los tres años inmediatamente anteriores a la convocatoria de este procedimiento o ausencia de actividad en todos o algunos de los últimos tres años fiscales:
-1.c): “ Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que este vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior…….”
Criterios de selección:
-Los licitadores deberán acreditar un volumen anual de negocios en el ámbito del contrato, en alguno de los 3 últimos años, de al menos una vez y media el valor estimado del contrato.
- El medio por el que los licitadores acreditarán este extremo será mediante presentación de las
cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro oficial en el que deba estar inscrito
- En caso de que la firma licitadora se haya constituido dentro de los tres años inmediatamente anteriores a la convocatoria de este procedimiento o ausencia de actividad en todos o algunos de los últimos tres años fiscales, podrá acreditar la solvencia mediante el patrimonio neto al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior a una anualidad del presupuesto máximo de licitación.
2.Acreditación de la solvencia técnica o profesional:
- Artículo 90 de la LCSP, apartado/s: a) ó c)
-1.a) : “Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado, de los mismos…”
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-1.c) : En el caso de tratarse de empresa de nueva creación o ausencia de actividad en todos o algunos de los últimos tres años fiscales “ c): “Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa”.
Criterios de selección:
1.- Relación de los principales servicio prestados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato.
2.- Presentación de al menos dos certificados de buena ejecución del servicio, de naturaleza análoga al objeto del contrato, realizado en los últimos tres años, siendo al menos en alguno de ellos el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato.
Para el supuesto de empresa de nueva creación o ausencia de actividad en todos o algunos de los tres últimos ejercicios los apartados 1 y 2 serán sustituidos por: Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa según Art. 90 de la LCSP apartado 1c).
PROCEDIMIENTO Y CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
Persiguiendo obtener la oferta con mejor relación calidad precio, se propone como más conveniente y adecuado, el sistema de adjudicación: PROCEDIMIENTO ABIERTO CON PLURALIDAD DE CRITERIOS para la selección del contratista, con el fin de garantizar que la contratación del presente expediente se ajuste a los principios de libertad de acceso a las licitaciones, de publicidad y transparencia, y de garantizar la no discriminación e igualdad de trato de los licitadores, con la salvaguarda del cumplimiento de condiciones especiales de formación de personal y las orientaciones medioambientales con el objetivo de realizar una eficiente utilización de los recursos económicos, salvaguardar la libre competencia y garantizar la elección de la oferta con mejor relación calidad precio, así:
- Criterios relacionados con los costes: Precio de los productos: 70%
P = M x ((A-B)/(A-C))^(1/6)
M: Máxima puntuación del criterio. A: Presupuesto Base Licitación.
B: Presupuesto Ofertado
C: Presupuesto Ofertado más bajo. P: Puntuación de la oferta
La fórmula económica que se ha propuesto en el criterio precio de este expediente valora las ofertas económicas cumpliendo los siguientes requisitos: recibirá la mayor puntuación la oferta que contenga el precio inferior y la menor puntuación la oferta que contenga el precio superior, recibiendo 0 puntos la oferta que iguale al precio de licitación; el resto de los puntos se repartirá atendiendo proporcionalmente al ahorro que cada proposición, suponga para el órgano de contratación (se obtendrá mayor puntuación, cuanto menor sea el importe de la oferta).
Por tanto, el modelo propuesto permite adecuarse eficazmente al cumplimiento de los principios de transparencia, no discriminación e igualdad de trato, y, a su vez, contribuir al de control de gasto y de eficiencia de los fondos públicos
- Criterios cualitativos, evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas: 30 %
Los criterios cualitativos a puntuar son tales que permiten valorar aspectos del servicio que repercutan directamente en la óptima calidad del mismo.
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CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Los licitadores propuestos para la adjudicación deberán presentar declaración responsable, en el momento de requerimiento de documentación por parte del centro, del compromiso de cumplimiento, durante la ejecución del contrato de alguna de las condiciones siguientes, relacionadas con el objeto del contrato), de acuerdo con el artículo 202 en el sentido del artículo 145.6 de la LCSP:
- Que la empresa cuenta, o va a contar, en su plantilla con trabajadores con discapacidad en un porcentaje superior al que exige la legislación nacional.
- Que la empresa tiene adoptadas, o va a adoptar, medidas para la promoción de reciclado de productos y el uso de envases reutilizables.
- Que la empresa va a realizar un curso de formación a personal de la propia empresa en su lugar de trabajo durante la vigencia del contrato.
- Que la empresa ha implantado, o va a implantar, medidas con objeto de eliminar las desigualdades entre el hombre y la mujer en el trabajo.
No procederá la adjudicación al licitador que no presente dicha declaración
Presentación antes del transcurso de 12 meses desde la fecha de inicio de ejecución del contrato, de documentación acreditativa del cumplimiento de la condición especial elegida.
Si no se presenta dicha documentación en el plazo estipulado, se procederá a la resolución del contrato, por tener éstas, la consideración de característica esencial del contrato.
VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO:
El Valor estimado del contrato se ha calculado teniendo en cuenta el presupuesto inicial del expediente, IVA excluido.
Base imponible: 162.869,33 euros
Importe del I.V.A.: 34.202,55 euros
Importe total: 197.071,88 euros Valor estimado del contrato: 358.312,52 euros.
PLAZO DE EJECUCIÓN:
Se considera que la duración óptima del expediente es de 24 meses, prorrogables por 24 meses, ya que por
su naturaleza y contenido, éste es el período que se considera más adecuado ya que permite dar estabilidad al servicio a la vez que promover la libre concurrencia
NECESIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN:
Ante la necesidad de mantener adecuadamente las zonas ajardinadas y afines que rodean el Hospital y toda vez que no existe dotación en plantilla orgánica de este hospital para la realización de dicho servicio, se debe proceder a la contratación externa del mismo.
DIVISIÓN EN LOTES:
Por tratarse de la prestación de un único servicio global y de acuerdo con el art. 99 de la LCSP, este expediente se articula en un único lote.
Y DESIGNA
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Como responsable del contrato de referencia a la Jefe de Servicio de Hostelería y XX.XX que promueve la contratación del servicio objeto del presente expediente, teniendo en cuenta que ha manifestado no estar incursa en ningún conflicto de competencias y que no tiene ni directa ni indirectamente ningún interés financiero, económico o personal que pueda comprometer la imparcialidad e independencia en el procedimiento de licitación, y que, por lo tanto, se cumplen los requisitos recogidos en el artículo 64 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público.
En Getafe, a
EL DIRECTOR GERENTE
Firmado digitalmente por: XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXX Xxxxx: 2020.10.26 10:22