ANEXO I CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
ANEXO I CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
TÍTULO DEL CONTRATO: SERVICIO DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD INTEGRAL, A PRESTAR EN DETERMINADAS INSTALACIONES GESTIONADAS POR LA SOCIEDAD MERCANTIL MUNICIPAL MADRID DESTINO CULTURA TURISMO Y NEGOCIO, S.A. (TEATRO CIRCO PRICE; TEATRO XXXXXX XXXXX. CENTRO CULTURAL DE LA VILLA; TEATRO ESPAÑOL; MEDIALAB-XXXXX; CENTRO TURISMO COLON; MATADERO MADRID; CASA DE LA PANADERIA; Y EDIFICIO DE LA CALLE SEÑORES DE LUZON).
1. Definición del objeto del contrato.
Es objeto de este contrato la prestación del servicio de protección y seguridad integral, a prestar en las siguientes instalaciones gestionadas por la sociedad mercantil municipal Madrid Destino Cultura Turismo y Negocio, S.A. (en adelante, MADRID DESTINO), mediante vigilantes de seguridad sin armas. Lo anterior se entiende sin perjuicio de que de manera excepcional y de conformidad con lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, alguno de los vigilantes deba portar armas.
El servicio se prestará en todo caso de conformidad con las condiciones y especificaciones técnicas que figuran en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, en los edificios relacionados a continuación, sin perjuicio de las bajas o incorporaciones que puedan tener lugar durante la vigencia del contrato:
TEATRO CIRCO PRICE
XXXXXX XXXXX. CENTRO CULTURAL DE LA VILLA
TEATRO ESPAÑOL
MEDIALAB-XXXXX
CENTRO TURISMO COLON
MATADERO MADRID
CASA DE LA PANADERIA
EDIFICIO DE LA CALLE SEÑORES DE LUZÓN
División en lotes: no.
Código CPV: “Servicios de Seguridad” (79710000-4).
Categoría del contrato (Anexo II de la LCSP):23 “Investigación y seguridad, excepto furgones blindados”. Es un contrato de servicios conforme a lo establecido en el artículo 10 del TRLCSP.
Necesidades a satisfacer mediante el contrato: mantener la seguridad de las personas, de las instalaciones y de las actividades que se desarrollan en las mismas y que, dada su relevancia y dimensión, requiere de un servicio de protección y seguridad integral que debe ser prestado por personal especializado, de conformidad con la Ley 5/2014, de 4 xx xxxxx, de Seguridad Privada y demás leyes, reglamentos y ordenes de carácter estatal, autonómico y municipal que resulten de aplicación.
2. Órgano de contratación.
Consejo de Administración de MADRID DESTINO o representante/apoderado de MADRID DESTINO en quien dicho Consejo delegue.
3. Valor estimado y presupuesto base de licitación.
3.1.- Valor estimado del contrato: tres millones trescientos diez mil diez con ochenta y dos céntimos de euro (3.310.010,82€) más el IVA que corresponda, de conformidad con el siguiente desglose:
Importe correspondiente a 300 días de vigencia (del 22 xx xxxxx de 2016 al 15 de enero de 2017): un millón ochocientos sesenta y un mil seiscientos ochenta y dos euros con doce céntimos de euros (1.861.682,12€) más el IVA que resulte de aplicación.
Importe correspondiente a la modificación contractual (25% de 1.703.916,12€ más IVA, correspondiente al servicio ordinario): cuatrocientos veinticinco mil novecientos setenta y nueve euros con tres céntimos de euros (425.979,03€) más el IVA que resulte de aplicación.
Importe correspondiente al periodo de prórroga: un millón veintidós mil trescientos cuarenta y nueve euros con sesenta y siete cuarenta céntimos de euro (1.022.349,67€) más el IVA que resulte de aplicación.
IVA aplicable: seiscientos noventa y cinco mil ciento dos euros con veintisiete céntimos de euro (695.102,27€). Porcentaje: 21%.
Total valor estimado (IVA incluido): cuatro millones cinco mil ciento trece euros con nueve céntimos de euro (4.005.113,09€).
3.2.- Presupuesto base de licitación: un millón ochocientos sesenta y un mil seiscientos ochenta y dos euros con doce céntimos de euros (1.861.682,12€) más el IVA que resulte de aplicación.
IVA aplicable: trescientos noventa mil novecientos cincuenta y tres euros con veinticinco céntimos de euro (390.953,25€). Porcentaje: 21%.
Total presupuesto base de licitación (IVA incluido): dos millones doscientos cincuenta y dos mil seiscientos treinta y cinco euros con treinta y siete céntimos de euro (2.252.635,37€).
Presupuesto base de licitación desglosado:
Servicio Ordinario: presupuesto máximo de un millón setecientos tres mil novecientos dieciséis euros con doce céntimos de euro (1.703.916,12€) más el IVA que resulte de aplicación.
Personal requerido: vigilante de seguridad y auxiliar de servicios.
1.611.876,12€ vigilantes 92.040,00€ auxiliares
Servicio extraordinario para eventos: presupuesto máximo de ciento cincuenta y siete mil setecientos sesenta y seis euros (157.766€) más el IVA que resulte de aplicación.
Personal requerido: vigilante de seguridad; vigilantes de seguridad con ARMA DE FUEGO; y vigilantes de seguridad con TRAJE “VIP”; y auxiliar de servicios.
El presupuesto base de licitación se ha determinado teniendo en cuenta los siguientes precios unitarios, conforme a las horas aproximadas previstas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares:
Vigilantes de seguridad: a requerir tanto para el servicio ordinario como para el servicio extraordinario para eventos.
DIUR LAB | NOCT LAB | DIUR FEST | NOCT FEST |
15,56€ | 16,88€ | 16,62€ | 17,94€ |
Vigilantes de seguridad con ARMA DE FUEGO: a requerir para el servicio extraordinario para eventos.
DIUR LAB | NOCT LAB | DIUR FEST | NOCT FEST |
16,64€ | 18,41€ | 18,05€ | 19,81 € |
Vigilantes de seguridad con TRAJE “VIP”: a requerir para el servicio extraordinario para eventos.
DIUR LAB | NOCT LAB | DIUR FEST | NOCT FEST |
16,60 € | 16,90 € | 16,70€ | 18,10 € |
Auxiliar de servicios: a requerir tanto para el servicio ordinario como para el servicio extraordinario para eventos.
DIUR LAB | NOCT LAB | DIUR FEST | NOCT FEST |
10,00 € | 10,00 € | 10,00 € | 10,00 € |
El precio del contrato será aquél al que ascienda la adjudicación, si bien éste no constituye una obligación de pago, abonándose únicamente los servicios efectivamente prestados durante el periodo de vigencia del contrato, sin que pueda en ningún caso sobrepasarse el importe de adjudicación.
El precio del contrato y, en consecuencia, el de adjudicación, se corresponderá a la suma de las siguientes cantidades:
Cantidad correspondiente al servicio Ordinario: cantidad ofertada por la empresa que resulte adjudicataria, que en ningún caso podrá superar la cantidad máxima señalada para este servicio, por importe de un millón setecientos tres mil novecientos dieciséis euros con doce céntimos de euro (1.703.916,12€) IVA no incluido. Los conceptos requeridos serán los de vigilante de seguridad y auxiliar de servicios.
Cantidad correspondiente al servicio extraordinario para eventos: que será en todo caso la cantidad máxima de ciento cincuenta y siete mil setecientos sesenta y seis (157.766€) IVA no incluido. A dicha cantidad le serán de aplicación los precios / hora ofertados por la empresa que resulte adjudicataria para los siguientes conceptos: vigilantes de seguridad;
vigilantes de seguridad con ARMA DE FUEGO; vigilantes de seguridad con TRAJE “VIP”; y auxiliar de servicios.
4. Plazo de ejecución.
Plazo de ejecución: el servicio objeto de prestación tendrá una duración aproximada de 300 días, siendo la fecha prevista de inicio del mismo el 22 xx xxxxx de 2016 y el fin el 15 de enero de 2017.
Una vez transcurrido dicho periodo de 300 días, el contrato se extinguirá de pleno derecho, sin perjuicio de las obligaciones de pago que puedan subsistir y que estarán vigentes hasta la liquidación de las mismas.
Prórroga: Si, por un periodo máximo de seis (6) meses. La prórroga considerada conjunta o separadamente no podrá superar el periodo máximo establecido de seis (6) meses.
Recepciones parciales: no.
5. Lugar de prestación del servicio y facultades de MADRID DESTINO.
Lugar de prestación del servicio, de conformidad con lo establecido en el Anexo III al Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares:
TEATRO CIRCO PRICE
XXXXXX XXXXX. CENTRO CULTURAL DE LA VILLA
TEATRO ESPAÑOL
MEDIALAB-XXXXX
CENTRO TURISMO COLON
MATADERO MADRID
CASA DE LA PANADERIA
EDIFICIO DE LA CALLE SEÑORES DE LUZÓN
Modo de ejercer la vigilancia y comprobación por parte de Madrid Destino: el responsable del contrato comprobará la correcta ejecución del objeto del contrato.
6. Plazo de garantía.
Procede: no.
7. Procedimiento y criterios de adjudicación.
Tramitación anticipada: no. Tramitación: ordinaria.
Procedimiento: ordinario sujeto a recurso especial.
Criterios de adjudicación: se atiende a una pluralidad de criterios.
8. Garantía provisional.
Procede: no.
9. Garantía definitiva.
5 por 100 del importe de adjudicación del contrato, IVA excluido.
10. Garantía complementaria del artículo 95.2 del TRLCSP.
Procede: sí.
Supuesto aplicable: si la oferta seleccionada como la económicamente más ventajosa, incluye valores anormales o desproporcionados que dificulten su cumplimiento, de conformidad con los límites establecidos en el Apartado 20 del presente Anexo. Importe: 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato, IVA excluido.
11. Revisión de precios.
Procede: no.
12.- Solvencia económica y financiera, técnica o profesional.
A efectos de acreditar el cumplimiento de los requisitos de solvencia económica y financiera, técnica o profesional, las empresas licitadores podrán optar por alguno de estos medios:
1.- Clasificación:
La clasificación será una manera optativa de acreditación de la solvencia económica y financiera, técnica o profesional, para las empresas españolas y extranjeras no comunitarias. El documento de clasificación de las empresas deberá de ir acompañado por una declaración firmada por el licitador en la que declare la vigencia de las mismas.
Grupo: | Subgrupo: | Categoría: |
X | X-0 | 0 |
0.- Xxxxxxxxx económica y financiera:
Acreditación:
Artículo 75. 1 a) del TRLCSP: volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto al establecido reglamentariamente.
Criterio:
El volumen anual de negocios, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos (2012, 2013 y 2014), deberá ser igual o superior al doble del presupuesto base de licitación.
El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Solvencia técnica o profesional:
Acreditación:
Artículo 78.1 a) del TRLCSP: una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos cinco años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
Criterio:
Relación firmada y acreditada documentalmente mediante certificados de buena ejecución, de los principales servicios efectuados en los cinco (5) últimos años (2010, 2011, 2012, 2013 y 2014) o los que correspondan en caso de que el licitador se hubiere constituido o iniciado sus actividades en un periodo inferior, de los que al menos dos (2) en el conjunto de los citados años, deben ser similares al del objeto de la presente contratación.
Los certificados deberá contener la fecha de ejecución, cuantía, descripción del servicio realizado y confirmación de la correcta ejecución.
Compromiso de adscripción a la ejecución del contrato de medios personales o materiales: los licitadores deberán incluir, acompañando a los documentos acreditativos de la clasificación o solvencia exigida, compromiso de adscripción o dedicación de los medios personales y/o materiales suficientes para la ejecución del contrato. Este compromiso de adscripción es obligación contractual esencial del contrato, a los efectos previstos en el Artículo 223 f) del TRLCSP.
Esta exigencia se motiva por la demanda de recursos humanos que va a ser necesaria para la correcta ejecución del contrato, a consecuencia de los numerosos eventos y actividades programados en las instalaciones objeto del servicio, debiendo garantiza el licitador en todo caso la cobertura de la prestación de los servicios y el correcto cumplimiento del contrato de conformidad con las exigencias señaladas en los pliegos que rigen la presente contratación.
En concreto y para el servicio extraordinario de eventos, MADRID DESTINO podrá requerir la presencia de un número aproximado de doscientos noventa (290) vigilantes de seguridad, que prestarán el servicio de manera simultánea. En consecuencia la empresa licitadora debe disponer, como mínimo, del citado número de vigilantes en la Comunidad de Madrid.
Para su acreditación, la empresa licitadora deberá acompañar la siguiente documentación:
Certificado emitido por la Unidad Central de Seguridad Privada del Cuerpo Nacional de Policía (Dirección General de la Policía), donde conste el número de vigilantes de seguridad privada de los que la empresa dispone en la Comunidad de Madrid.
Recibo de liquidación de cotizaciones emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
Habilitación Profesional: Además de la documentación acreditativa de solvencia económica, financiera y técnica o profesional, todos los licitadores deberán presentar en el sobre de documentación administrativa (Sobre A), certificado de inscripción en el Registro de Empresas de Seguridad de la Dirección General de Policía referido al ámbito de actividad y territorial objeto de este contrato.
13. Régimen de pagos.
Servicio Ordinario:
Se realizaran pagos mensuales cuyo importe será el resultado de dividir entre doce mensualidades el importe de adjudicación del contrato, de conformidad con las precisiones indicadas a continuación:
Todas las horas y trabajos realizados por el personal se reflejarán en los partes de trabajo, debidamente autorizados por MADRID DESTINO.
Las facturas detalladas se presentarán adjuntando las operativas de seguridad y cuadrantes de servicio, a primeros del mes siguiente a la realización de los trabajos y contemplarán aquellos realizados en el mes anterior.
En el supuesto de que alguno de los servicios contemplados como servicio ordinario, no se prestara por parte del adjudicatario, éstos deberán descontarse de la factura correspondiente al mes en el que hubieran dejado de prestarse, indicando los servicios no prestados y el importe correspondiente al mismo. El precio / hora aplicable a la reducción, será el indicado por la empresa adjudicataria en su oferta para el servicio ordinario, de conformidad con el modelo adjunto al presente pliego, como Anexo II.
Servicio extraordinario de eventos:
Los servicios ejecutados en atención a eventos o servicios extraordinarios, se facturarán una vez emitida y dada la conformidad técnica correspondiente a la certificación de los trabajos efectivamente realizados. Posteriormente se procederá a emitir, por parte del adjudicatario, la factura correspondiente a dicha certificación.
Las facturas emitidas serán abonadas mediante transferencia bancaria -una vez vencido el mes natural correspondiente en el caso del servicio extraordinario, y una vez celebrado el evento en el caso del servicio extraordinario- en un plazo máximo de 30 días desde la entrega de la correspondiente factura en el Departamento Financiero de MADRID DESTINO, siempre que a los
efectos recogidos en el artículo 43.1.f) de la Ley General Tributaria, el adjudicatario entregue a MADRID DESTINO un certificado específico de que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias inmediatamente anteriores al pago de cada factura resultante de la presente contratación, debiendo ser renovado el certificado si concluye dicho plazo y restan facturas pendientes de pago.
Junto a cada factura se deberá aportar igualmente la documentación acreditativa del pago a la Seguridad Social de las cuotas correspondientes a los trabajadores que presten el servicio (TC1 y TC2).
En todo caso, las facturas deben cumplir con los requisitos legales y reglamentarios exigidos a dicho documento contable y deberá incluir el número de expediente que figura en la primera página del presente pliego.
Servicio de protección de personas regulado en el Apartado 2.2 último párrafo xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Particulares (Servicio extraordinario). El coste de este servicio será abonado directamente a la empresa adjudicataria de la presente contratación, por parte la empresa o cliente que realice el evento. Para ello, la empresa adjudicataria deberá presentar el correspondiente presupuesto con carácter previo a la realización del evento. Este precio / hora no será objeto de valoración en el presente procedimiento de contratación.
14. Plan de trabajo.
Procede: sí, de conformidad con lo recogido en los pliegos en relación con el Plan de Seguridad y del Plan Técnico de Seguridad y Vigilancia (éste último objeto de valoración de conformidad con lo establecido en el Apartado 20 del presente Anexo I).
15. Admisibilidad de variantes o mejoras.
Procede: no.
16. Pólizas de seguros.
Procede: sí.
De conformidad con lo expuesto en el artículo 5.1.c) 6º del Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada, el contratista dispondrá de un seguro de responsabilidad civil, suscrito con entidad aseguradora legalmente autorizada, con el objeto de cubrir, dentro de los límites cuantitativos establecidos en el Anexo del citado Reglamento, el riesgo de nacimiento a cargo de la empresa asegurada con motivo de la explotación de la actividad o actividades para las que dicha empresa esté autorizada, de la obligación de indemnizar a un tercero los daños que se produzcan durante el periodo de su actividad, aunque se manifiesten con posterioridad al cese de la misma consistentes en lesión corporal, enfermedad o muerte causadas a personas físicas, así como los perjuicios económicos que sean consecuencia de la lesión corporal, muerte o enfermedad; daños ocasionados a los bienes objeto de protección, que tengan su origen en el incumplimiento de las disposiciones vigentes o en negligencia profesional de la empresa de seguridad o de sus empleados.
No se admitirá ningún importe en concepto de franquicia y la póliza se mantendrá durante el periodo de vigencia del contrato, incluida su posible prórroga.
MADRID DESTINO deberá aparecer como asegurado adicional de la póliza sin perder su condición xx xxxxxxx.
La suscripción de esta póliza se justificará a MADRID DESTINO, mediante entrega de una copia de la póliza y justificante del pago de la prima correspondiente.
Momento de entrega de las pólizas: previa a la adjudicación del contrato.
17. Subcontratación.
Procede: no.
18. Penalidades.
Por demora: de conformidad con lo establecido en el artículo 212 del TRLCSP. Por ejecución defectuosa: se establecen los siguientes incumplimientos:
1.- Se considerará incumplimiento MUY GRAVE con una penalización equivalente al 0,30 % del importe del contrato de adjudicación:
- Un puesto de vigilancia presencial permanente haya quedado en descubierto más de 2 horas en el mismo turno de trabajo.
- Se adscriba al servicio personal sin la habilitación legal de vigilante de seguridad.
- Se incumpla la cadencia de visitas establecidas para la vigilancia dinámica.
- La no comunicación inmediata, al Área de Seguridad y Emergencias de Madrid Destino, de cualquier incidencia de gravedad.
- De conformidad con lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, la falta de entrega de aquella documentación acreditativa del cumplimiento de las obligaciones laborales, requerida por el Área de Seguridad y Emergencias de Madrid Destino.
- Se cometan 2 o más faltas graves.
Si se cometiera un segundo o más incumplimientos muy graves, la penalización será equivalente al 0,45 % del importe del contrato de adjudicación.
2.- Se considerará incumplimiento GRAVE con una penalización equivalente al 0,15% del importe del contrato de adjudicación:
- Por cada puesto de vigilancia presencial permanente que haya quedado en descubierto entre una y dos horas en el mismo turno de trabajo.
- Cuando el contratista sustituya del servicio a cualquier vigilante sin haberlo comunicado al responsable del contrato de MADRID DESTINO.
- No se acredite que cualquier vigilante adscrito al servicio cumple los requisitos de formación permanente de 20 horas anuales previstos en el Reglamento de Seguridad Privada. Esta penalidad se aplicará una vez transcurridos los quince días desde la formalización del contrato sin que se haya impartido.
- Por cada día de retraso del contratista en presentar el Manual de Órdenes de Puesto a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.
- Por cada incumplimiento del Manual de Órdenes de Puesto por parte del personal adscrito al servicio.
- Por la falta de puesta a disposición del servicio de los medios técnicos exigidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.
- Por el incumplimiento de lo previsto en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares en materia de protección de datos.
- Que se cometan 2 o más faltas leves.
3.- Se considerará incumplimiento LEVE con una penalización equivalente a 0,10% del importe del contrato de adjudicación:
- Por cada puesto de vigilancia que haya quedado en descubierto entre cero y una hora en el mismo turno de trabajo.
- Por incumplimiento de lo previsto en el Reglamento de Seguridad Privada, respecto a la uniformidad y distintivos.
Todas las penalidades se harán efectivas con el correspondiente descuento en la facturación del mes siguiente al de la notificación de la imposición de la penalidad al adjudicatario o, en su caso, con cargo a la garantía definitiva.
Cuando las penalidades impuestas alcancen un múltiplo del 5% del importe del contrato de adjudicación el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades al amparo del artículo 212 del TRLCSP.
Para proceder a la imposición de las penalidades indicadas será necesario que los incumplimientos que pueden dar lugar a las mismas queden certificados por el responsable del contrato. De este incumplimiento se dará traslado al contratista para que realice las alegaciones oportunas, en el plazo de 10 días hábiles. Toda la documentación recabada será trasladada al órgano de contratación que resolverá sobre la imposición de la penalidad.
19. Importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación.
No procede.
20. Criterios de adjudicación. Pluralidad de criterios.
Criterios no valorables en cifras y porcentajes (Documentación a incluir en el Sobre B)
Nº Descripción del criterio Ponderación
1 Plan Técnico Seguridad y Vigilancia Máximo de 13 puntos
2 Formación Máximo de 02 puntos
3 Central Receptora de Alarmas Máximo de 02 puntos
4 C.Emergencias Unificado y C. Emergencias BackupReplicado Máximo de 02 puntos
5 Medidas medioambientales Máximo de 02 puntos
6 C. Operaciones Remoto y Plat. Gestión Telemantenimiento Máximo de 02 puntos
7 Cobertura necesidades técnicas y operativas Máximo de 02 puntos
Criterios valorables en cifras y porcentajes (Documentación a incluir en el Sobre C)
Nº Descripción del criterio Ponderación
1 Propuesta económica servicio ordinario Máximo de 46 puntos
2 Propuesta económica servicio extraordinario Máximo de 22 puntos
3 Ampliación póliza RC Máximo de 07 puntos
CRITERIOS NO VALORABLES EN CIFRAS O PORCENTAJES (Documentación a incluir en el Sobre B):
1.-Plan Técnico de Seguridad y Vigilancia: hasta 13 puntos
Las ofertas incluirán un Plan Técnico de Seguridad y Vigilancia, para el objeto del contrato, en donde se recogerán: la estructura del servicio objeto del contrato, los procedimientos de actuación del personal de seguridad ante las diferentes situaciones que puedan originarse en el desempeño de sus funciones, valorándose la adaptación a cada una de las instalaciones objeto del presente pliego, según sus características, necesidades y situación. Asimismo, deberán contener la actuación que se propone ante cada situación y establecerán con el máximo detalle la organización estructural de combinación recursos materiales y humanos.
El contenido mínimo imprescindible del Plan Técnico de Seguridad y Vigilancia será el estudio de seguridad previo, plan de acudas y de inspecciones y calidad del servicio, órdenes de puesto generales o específicas. Con el fin de mejorar la prestación del servicio objeto del presente contrato se valorará la aportación de los siguientes aspectos, entre otros:
- Nuevos sistemas de vigilancia para las instalaciones como pueden ser central de alarma o domótica, cámaras de seguridad.
- Sistemas de control de acceso automatizado, a efectos de control de aforo.
- Propuesta de asignación de sistemas de seguridad.
- Propuesta de nueva implantación, de sistemas de control, vigilancia y seguridad.
- Descripción de los sistemas instalados en el edificio objeto del contrato.
- Recomendaciones de mejora en función de los riesgos detectados
- Programa de gestión y mantenimiento de los sistemas (CCTV, Arco y scanner), en cada instalación objeto de este pliego.
El presente criterio se valorará de forma gradual de 0 a 13 puntos, otorgando la mayor puntuación (que no tiene que ser necesariamente la máxima de 13 puntos) a la oferta u ofertas que en una valoración conjunta de los aspectos mencionados resulte más específica, completa, más ventajosa para el objeto de la presente contratación y mejor se adapte a las diferentes situaciones que puedan darse y, al resto, de forma gradual de conformidad con el contenido de su oferta.
2-Formación: hasta 2 puntos.
Las empresas licitadoras deberán presentar un programa de formación monográfico que debe responder a los siguientes requerimientos:
La formación debe responder a las necesidades específicas del objeto de la presente contratación.
En el programa debe constar necesariamente la relación de cursos a impartir, la materia o especialidad sobre los mismos, el calendario de desarrollo, número de horas, así como la entidad que lo imparte, con el fin de determinar que se trata de cursos de reconocido prestigio y/o homologados.
Como mínimo, se debe impartir un curso por semestre por cada Vigilante de Seguridad y Auxiliar de Servicios, relacionados con Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, Seguridad en Eventos, Controles de Aforo, Planes de Emergencia y de Autoprotección, Control de Masas, etc., que impartirá sin coste alguno para MADRID DESTINO.
En todo caso dicho Plan de formación debe contener las medidas para minimizar las ausencias del equipo estable de trabajo destinado al cumplimiento de la prestación objeto de contratación, destacándose a los efectos de valoración la acreditación de contar con un Centro de Formación propio, o de poder contar con los servicios de un Centro de Formación concertado, que deberá estar situado en la provincia de Madrid, o en alguna de las limítrofes.
El presente criterio se valorará de forma gradual de 0 a 2 puntos, otorgando la mayor puntuación (que no tiene que ser necesariamente la máxima de 2 puntos) a la oferta u ofertas que en una valoración conjunta de los aspectos mencionados ofrezca el mejor Plan de Formación a los efectos del presente contrato y, al resto, de forma gradual de conformidad con el contenido de su oferta.
3.- Disponer de Central Receptora de Alarmas (C.R.A.): hasta 2 puntos
C.R.A. propia 24h 365 días al año, acreditada según legislación vigente no dependiente de terceros.
Deberá especificarse lugar de ubicación, personas de servicio según franja horaria y día de la semana, así como el protocolo de conexión.
Deberá acompañarse igualmente la correspondiente autorización del organismo competente. Se debe acreditar documentalmente mediante un documento de un organismo público (CNP)
El presente criterio se valorará de forma gradual de 0 a 2 puntos, otorgando la mayor puntuación (que no tiene que ser necesariamente la máxima de 2 puntos) a la oferta u ofertas que acrediten contar con la Central Receptora de Alarmas más ventajosa y, al resto, de forma gradual de conformidad con el contenido de su oferta.
4.- Disponer de un Centro de Emergencias Unificado y de un Centro de Emergencias de BackupReplicado: hasta 2 puntos
El Centro de Emergencias Unificado deberá estar dentro de las instalaciones del centro de operaciones de servicios.
El Centro de Emergencias de BackupReplicado, debe permitir desviar las comunicaciones de un modo automatizado y transparente.
La oferta deberá incluir la correspondiente memoria explicativa.
El presente criterio se valorará de forma gradual de 0 a 2 puntos, otorgando la mayor puntuación (que no tiene que ser necesariamente la máxima de 2 puntos) a la oferta u ofertas que acrediten contar con los referidos Centros que resulten más ventajosos y, al resto, de forma gradual de conformidad con el contenido de su oferta y, al resto, de forma gradual de conformidad con el contenido de su oferta.
5.- Medidas medioambientales: hasta 2 puntos.
Política medioambiental propuesta por la empresa licitadora, debido a la ubicación de algunas instalaciones en espacios protegidos, a fin de compatibilizar la prestación del servicio con las buenas prácticas medioambientales.
Dichos espacios son los Recintos Feriales de la Casa de Campo.
En el supuesto de que la empresa licitadora presente el correspondiente certificado expedido por organismo independiente que acredite que cumple determinadas normas de gestión medioambiental, o documentación equivalente, a los efectos de valorar este aspecto deberá acompañar en todo caso la concreta política medioambiental que, en particular, proponen para la ejecución del presente contrato. La presentación de dichos certificados, por sí solos, no será objeto de valoración, debiendo acompañarse en todo caso las concretas y particulares medidas medioambientales propuestas para la presente contratación.
El presente criterio se valorará de forma gradual de 0 a 2 puntos, otorgando la mayor puntuación (que no tiene que ser necesariamente la máxima de 2 puntos) a la oferta u ofertas que acrediten unas concretas y particulares medidas medioambientales que resulten más ventajosas y acordes con el objeto de la presente contratación.
6.- Disponer de un Centro de Operaciones Remoto y de una Plataforma de Gestión de Telemantenimiento: hasta 2 puntos
El Centro de Operaciones Remoto, debe disponer de un servicio de atención y gestión de averías compuesto por técnicos especialistas en la materia 24h al día.
La Plataforma de Gestión de Telemantenimiento, debe ofrecer dicho servicio de forma remota. La oferta deberá incluir la correspondiente memoria explicativa.
El presente criterio se valorará de forma gradual de 0 a 2 puntos, otorgando la mayor puntuación (que no tiene que ser necesariamente la máxima de 2 puntos) a la oferta u ofertas que acrediten contar con el referido Centro y Plataforma que resulten más ventajosos y, al resto, de forma gradual de conformidad con el contenido de su oferta.
7.- Cobertura de necesidades técnicas y operativas: hasta 2 puntos
Esta cobertura deberá apoyar las labores de coordinación entre la vigilancia física y electrónica, de modo que se pueda potenciar la eficiencia en los recursos técnicos y humanos disponibles.
El presente criterio se valorará de forma gradual de 0 a 2 puntos, otorgando la mayor puntuación (que no tiene que ser necesariamente la máxima de 2 puntos) a la oferta u ofertas que acrediten contar con la Cobertura de necesidades técnicas y operativas más ventajosa y, al resto, de forma gradual de conformidad con el contenido de su oferta.
CRITERIOS VALORABLES EN CIFRAS O PORCENTAJES (Documentación a incluir en el Sobre C):
1.- Propuesta económica correspondiente al servicio ordinario: hasta 46 puntos.
Los licitadores ofertarán un porcentaje de baja a aplicar sobre el importe correspondiente al servicio ordinario, que asciende a la cantidad máxima millón setecientos tres mil novecientos dieciséis euros con doce céntimos de euro (1.703.916,12€) IVA no incluido.
La valoración se efectuará atendiendo a la siguiente fórmula progresiva: Vi= P x Bi/Bmax
Siendo:
Vi = Puntos obtenidos según criterio de baremación P= Puntos máximos a obtener.
Bi = Porcentaje de baja ofertado por el licitador
Bmax = Mayor porcentaje de baja de los presentados por los licitadores.
La fórmula aplicada tiene en cuenta que se debe otorgar una puntuación superior a aquellas ofertas de porcentaje de baja más elevado.
A efectos de apreciar que una proposición incluye valores anormales o desproporcionados que dificulten su cumplimiento, los límites para apreciar que se da dicha circunstancia son los siguientes:
(I) Cuando concurriendo una sola oferta, la misma sea inferior al presupuesto máximo de contratación establecido en el presente documento, en más de veinticinco (25) unidades porcentuales.
(II) Cuando concurran dos o más oferta, se considerará como valor anormal o desproporcionado, la baja de toda proposición cuyo porcentaje exceda en más de quince (15) unidades a la media aritmética de los porcentaje de baja de todas las proposiciones presentadas.
Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, se actuará de conformidad con lo establecido en los apartados 2, 3 y 4 del artículo 152 del TRLCSP.
Si la oferta seleccionada como la económicamente más ventajosa, incluye valores anormales o desproporcionados que dificulten su cumplimiento de conformidad con los límites establecidos, el propuesto como adjudicatario deberá prestar la garantía complementaria que se establece en el apartado 10 del presente Anexo.
2.- Propuesta económica correspondiente al servicio extraordinario: hasta 22 puntos.
Los licitadores ofertarán un porcentaje de baja para cada una de las siguientes agrupaciones, que será puntuada según la distribución de puntos señalada a continuación:
Porcentaje de baja único, a aplicar al precio / hora máximo de los vigilantes de seguridad y del auxiliar de servicios: hasta 20 puntos.
Porcentaje de baja único, a aplicar al precio / hora máximo de los vigilantes de seguridad con ARMA DE FUEGO y vigilantes de seguridad con TRAJE “VIP”: hasta 2 puntos.
La valoración se efectuará atendiendo a la siguiente fórmula progresiva, que será aplicable para valorar las dos agrupaciones señaladas, de manera independiente:
Vi= P x Bi/Bmax Siendo:
Vi = Puntos obtenidos según criterio de baremación. P= Puntos máximos a obtener.
Bi = Porcentaje de baja ofertado por el licitador
Bmax = Mayor porcentaje de baja de los presentados por los licitadores.
La fórmula aplicada tiene en cuenta que se debe otorgar una puntuación superior a aquellas ofertas de porcentaje de baja único más elevado, para cada una de las agrupaciones.
3.- Ampliación de la póliza del Seguro de Responsabilidad Civil: hasta 7 puntos
Se otorgará 7 puntos a la oferta que ofrezca la formalización de una ampliación de la póliza del seguro de responsabilidad civil, con una cuantía mínima de 5 millones de euros para el supuesto de atentados terroristas y 0 puntos a quien no lo ofrezca.
En el supuesto de que el licitador lo ofrezca de conformidad con el Anexo II (Modelo de Proposición Económica) y a los efectos de su valoración, deberá acompañar la correspondiente declaración del empresario comprometiéndose a su formalización y presentación en plazo, en el caso de resultar seleccionada.
La presentación de la ampliación de la póliza deberá realizarse una vez requerido por MADRID DESTINO y, en todo caso, antes de la adjudicación del contrato. Su no presentación dentro del plazo señalado por MADRID DESTINO, implica que el contrato no le será adjudicado, pasando a ser la empresa seleccionada la segunda clasificada de conformidad con el orden de clasificación de las ofertas.
La empresa adjudicataria será la que obtenga la mejor puntuación que se derive de la suma de las puntuaciones obtenidas en los criterios (valorables y no valorables en cifras o porcentajes) establecidos en el presente apartado.
En caso de empate, la adjudicación se realizará a favor del licitador que acredite un mayor número de personas con algún grado de discapacidad que formen parte de su plantilla.
El órgano de contratación podrá declarar desierta la licitación, cuando no exista ninguna proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios establecidos en los pliegos que rigen la presente contratación. Lo anterior se entiende aplicable de forma particular al supuesto de que sólo fuera objeto de valoración una única oferta de licitación, no quedando obligado el órgano de contratación a adjudicar el presente procedimiento a dicho licitador si su oferta, aun siendo la única, no cumple con las prescripciones exigidas en el procedimiento.
21.- Otras causas de resolución del contrato, que completen las señaladas en los pliegos.
Procede: sí.
De conformidad con lo establecido en el artículo 64.2 del TRLCSP, en relación con el artículo 223 f) del mismo texto legal, será causa de resolución del contrato el incumplimiento de la obligación esencial de adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales señalados en el Apartado 12 del presente Anexo.
22.- Deber de confidencialidad.
Duración: 5 años desde el conocimiento de esa información.
23. Documentación técnica a presentar en relación con los criterios de adjudicación.
Documentación relativa a los criterios de adjudicación, de conformidad con lo establecido en el Apartado 20 del presente anexo.
Documentación de carácter técnico que, en su caso, se exija en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.
Con carácter general, la que estime conveniente aportar.
24. Modificaciones previstas en la documentación que rige la licitación (artículo 106 del TRLCSP).
Procede: sí.
Porcentaje afectado: en caso de modificación del contrato se establece que su importe no podrá superar, tanto al alza como a la baja, el veinticinco por ciento (25%) del importe de adjudicación.
Los supuestos y condiciones en los que podrá modificarse el contrato son los establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.
25. Observaciones.
En el Sobre A (Documentación Administrativa), los licitadores deberán presentar los anexos que correspondan según los modelos adjuntos al presente pliego, debidamente cumplimentados, salvo el Anexo II (Modelo de proposición económica) que deberá acompañarse el Sobre C (Criterios valorables en cifras o porcentajes)
En relación con la presentación de las facturas, deberá tenerse en cuenta la siguiente información:
Órgano del sector público con competencias en materia de contabilidad: empresa municipal Madrid Destino Cultura Turismo y Negocio, S.A.
En la factura deberá identificarse el órgano de contratación (Madrid Destino Cultura Turismo y Negocio, S.A. con NIF A-84073105) así como el destinatario de la misma (Madrid Destino Cultura Turismo y Negocio, S.A. con NIF A-84073105).
26. Plazo de solicitud de información adicional sobre los pliegos.
Los licitadores podrán solicitar información adicional sobre los pliegos o documentación complementaria con una antelación máxima de tres (3) días a la fecha límite para la recepción de las ofertas.
Correo electrónico de contacto: xxxxxxxxxxxx@xxxxxx-xxxxxxx.xxx
27. Visita a las instalaciones
De conformidad con lo indicado en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.
La dirección de acceso al perfil de contratante en MADRID DESTINO es http:// www.madrid- xxxxxxx.xxx
En Madrid, a 29 de enero de 2016
Por MADRID DESTINO Conforme:
El Adjudicatario
ANEXO II
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D/Dña………………………………………………., con NIF…………………… en nombre propio, o en nombre de la empresa …………………….., a la que representa, con NIF… ,
domicilio en …………………………., nº…………, C.P………………….., municipio ,
provincia……………………., nº de teléfono………………., nº de fax……………….. y correo electrónico… , enterado del anuncio publicado en el perfil de contratante de
Madrid Destino Cultura Turismo y Xxxxxxx, S.A. y de las condiciones, requisitos y obligaciones que se exigen para la adjudicación de la contratación de..............................................................................................................................................................
..................................................................................................................................................................
................................................................................................................... se compromete a tomar a su
cargo la ejecución del mismo con estricta sujeción a los dichos requisitos, condiciones y obligaciones, de conformidad con las condiciones económicas establecidas a continuación, todo ello de acuerdo con lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en el Cláusulas Administrativas Particulares que sirven de base a la presente convocatoria, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente.
1.- Propuesta económica correspondiente al servicio ordinario:
Porcentaje de baja ofertado a aplicar sobre la cantidad máxima de un millón setecientos tres mil novecientos dieciséis euros con doce céntimos de euro (1.703.916,12€) IVA no incluido correspondiente al servicio ordinario: % (Criterio a valorar).
Sin perjuicio de que el criterio a valorar es el porcentaje de baja a aplicar sobre la cantidad máxima señalada para el servicio ordinario, con carácter informativo y no valorativo, la cantidad resultante de la aplicación de la baja asciende a euros ( €) más el IVA que resulte de aplicación.
Asimismo, el precio / hora correspondiente a los vigilantes de seguridad y auxiliar de servicios para el servicio ordinario, es el indicado a continuación:
Vigilantes de seguridad:
DIUR LAB | NOCT LAB | DIUR FEST | NOCT FEST |
€ | € | € | € |
Auxiliar de servicios:
DIUR LAB | NOCT LAB | DIUR FEST | NOCT FEST |
€ | € | € | € |
2.- Propuesta económica correspondiente al servicio extraordinario para eventos:
Porcentaje de baja único ofertado, a aplicar sobre el precio / hora correspondiente al vigilante de seguridad y al auxiliar de servicios: % (Criterio a valorar).
Sin perjuicio de que el criterio a valorar es el porcentaje de baja único, a aplicar sobre el precio
/ hora correspondiente al vigilante de seguridad y al auxiliar de servicios, los precios/hora resultantes de la aplicación de la baja son los indicados a continuación, con carácter informativo y no valorativo:
Vigilantes de seguridad:
DIUR LAB | NOCT LAB | DIUR FEST | NOCT FEST |
€ | € | € | € |
Auxiliar de servicios:
DIUR LAB | NOCT LAB | DIUR FEST | NOCT FEST |
€ | € | € | € |
Porcentaje de baja único ofertado, a aplicar sobre el precio / hora correspondiente al vigilante de seguridad con ARMA DE FUEGO y al vigilante de seguridad con TRAJE “VIP”: % (Criterio a valorar).
Sin perjuicio de que el criterio a valorar es el porcentaje de baja único, a aplicar sobre el precio
/ hora correspondiente al vigilante de seguridad con ARMA DE FUEGO y al vigilante de seguridad con TRAJE “VIP”, los precios/hora resultantes de la aplicación de la baja son los indicados a continuación, con carácter informativo y no valorativo:
Vigilantes de seguridad con ARMA DE FUEGO:
DIUR LAB | NOCT LAB | DIUR FEST | NOCT FEST |
€ | € | € | € |
Vigilantes de seguridad con TRAJE “VIP”:
DIUR LAB | NOCT LAB | DIUR FEST | NOCT FEST |
€ | € | € | € |
3.- Ampliación de la póliza del Seguro de Responsabilidad Civil:
Ampliación de la póliza del seguro de responsabilidad civil, con una cuantía mínima de 5 millones de euros para el supuesto de atentados terroristas (marcar o que proceda).
Lo ofrece:
No lo ofrece:
En el supuesto de que el licitador lo ofrezca, deberá acompañar la correspondiente declaración del empresario, comprometiéndose a su presentación en el caso de resultar adjudicatario, de conformidad con lo señalado en el Apartado 20 (Criterios de valoración) del Anexo I al presente Xxxxxx.
Fecha y firma del licitador.