OFORD .: Nº10878
Oficio Electronico - Superintendencia de Valores y Seguros - Gobierno... xxxx://xxx.xxx.xx/xxxxxxxxxx/xxx/xxx_00000_0000.xxx
OFORD .: Nº10878
Antecedentes .: Incorporación de cláusula adicional a renta vitalicia del DL N° 3.500, después de su contratación
Materia .: Responde su consulta SGD .: Nº2016050058264
Santiago, 03 xx Xxxx de 2016
De : Superintendencia de Valores y Seguros A
Se ha recibido su presentación del antecedente, a través de la cual señala: "Puede un pensionado que a optado por una Renta Vitalicia Inmediata Simple solicitar a la compañia de seguros la modificacion de la poliza a una cobertura de periodo garantizado. En que circular puedo encontrar esa informacion ya que esto es una cobertura adicional que entrega la compañia".
Al respecto, cumplo con informar a usted que no es posible modificar una renta vitalicia ya contratada para incorporar cláusulas adicionales, toda vez que de acuerdo al artículo 00 xxx XX Xx 0.000, xx Xxxxx Xxxxxxxxx "tendrá el carácter de irrevocable".
Adicionalmente, una modificación como la consultada alteraría el procedimiento previsto en el artículo 61 bis del mismo decreto ley, que exige que para optar por una modalidad de pensión, los afiliados o sus beneficiarios, deban previamente recibir la información que entregue el Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión.
Lo anterior es sin perjuicio de aquellas modificaciones que puede eventualmente sufrir un contrato xx xxxxx vitalicia, en aquellas materias específicamente contempladas en el DL N° 3.500 y en normas especiales como la Norma de Carácter General N° 377 y la Circular N°2062 de esta Superintendencia.
Saluda atentamente a Usted.
Oficio electrónico, puede revisarlo en xxxx://xxx.xxx.xx/xxxxxxx_xxxxxx/ Folio: 201610878598909FXriGguoUzbrIaouAUkJzjOZoiVGIO
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