CUADRO RESUMEN DEL PLIEGO DE CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS “MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DEL COLEGIO DE LOS ARCOS
CUADRO RESUMEN XXX XXXXXX DE CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS “MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DEL COLEGIO DE LOS ARCOS
(NAVARRA)”
OBJETO DEL CONTRATO | Contratación de las obras “MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DEL COLEGIO DE LOS ARCOS (NAVARRA)”, conforme al proyecto redactado por Xxx Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxx Xxxxxx. |
PRESUPUESTO DE LICITACIÓN | |
En cifras | 261.605,38 Euros, IVA excluido |
En letras | Doscientos sesenta y un mil seiscientos cinco EUROS con treinta y ocho céntimos CENTIMOS, IVA excluido. |
VALOR ESTIMADO | Doscientos sesenta y un mil seiscientos cinco EUROS con treinta y ocho céntimos CENTIMOS, IVA excluido |
PLAZO DE EJECUCIÓN | 2 meses |
PLAZO DE GARANTÍA | 36 meses a contar desde la recepción de las obras. |
PROCEDIMIENTO | ABIERTO |
TRAMITACIÓN | ORDINARIA. |
SOLVENCIA ECONÓMICA | Cláusula 7ª xxx xxxxxx de cláusulas administrativas. |
SOLVENCIA TÉCNICA | Cláusula 8ª xxx xxxxxx de cláusulas administrativas. |
GARANTÍA PROVISIONAL | NO. (Art. 70.1 Ley Foral2/2018, Contratos Públicos. Carácter excepcional) |
REVISIÓN DE PRECIOS | NO. (Art. 109 Ley Xxxxx 2/2018, de Contratos Públicos). |
DISEÑO LOTES | NO. |
ADMISIÓN DE VARIANTES | No se admiten. |
LUGAR DE PRESENTACIÓN OFERTAS | A través de la Plataforma de Licitación Electrónica xx Xxxxxxx ( PLENA) |
PLAZO PRESENTACIÓN OFERTAS | Quince días naturales desde la publicación del anuncio en el portal de contratación. |
1.‐ OBJETO DEL CONTRATO, NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO
2.‐ PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
3.‐ ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y UNIDAD GESTORA DEL CONTRATO
4.‐ VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y PRESUPUESTO DE LICITACIÓN
5.‐ PLAZO DE EJECUCIÓN
6.‐ CAPACIDAD PARA CONTRATAR
7.‐ SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA
8. SOLVENCIA TÉCNICA Y PROFESIONAL 9.‐ PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.
10. OFERTA ANORMALMENTE BAJA 11.‐ CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
12.‐ MESA DE CONTRATACIÓN Y APERTURA DE LAS PROPOSICIONES
13.‐ APORTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN PARA ACREDITAR LA CAPACIDAD Y LA SOLVENCIA POR LA ADJUDICATARIA
14.- PLAN DE RESIDUOS
15.‐ PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN
16.‐ ADJUDICACIÓN
17.‐ GARANTIAS
18.‐ FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
19.‐ INFORMACIÓN DE OBRA
20‐ ACTA DE COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO E INICIO DE OBRAS
21.‐ PAGO DEL PRECIO Y EXPEDICIÓN DE CERTIFICACIONES
22.‐ REVISION DE PRECIOS
23.‐ EJECUCIÓN DEL CONTRATO
24.‐ CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN
25.‐ JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE COMPROMISOS Y CONDICIONES DE EJECUCIÓN
26. CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS 27.‐ MODIFICACIONES DE CONTRATO
28.‐ CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN DEL CONTRATO
29.‐ RÉGIMEN DE INCUMPLIMIENTOS Y PENALIDADES
30.‐ RECEPCIÓN DE LAS OBRAS Y LIQUIDACIÓN FINAL
31.‐ RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
32‐ RÉGIMEN JURÍDICO Y PRERROGATIVAS
33.‐ RECURSOS Y RECLAMACIONES
34.‐ PROTECCIÓN DE DATOS
35.‐ CONFIDENCIALIDAD
36.- FONDOS MRR DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA ANEXOS
XXXXXX REGULADOR QUE HA DE REGIR EL CONTRATO DE OBRAS 1.‐ OBJETO DEL CONTRATO, NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO
1.1.‐ Constituye el objeto del contrato la ejecución de las obras “mejora eficiencia energética del colegio de los arcos (Navarra)”.
La obra se ejecutará según el Proyecto de obras redactado, incluida la Memoria en todo lo referente a la descripción de los materiales básicos o elementos que forman parte de las unidades de obra. A todos los efectos, el Proyecto de obras (que hace las veces xx xxxxxx de prescripciones técnicas) junto con el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, el Cuadro de Características y sus Anexos tendrán el carácter de documentos contractuales, y como tales regularán los derechos y obligaciones de las partes y deberán ser firmados en prueba de conformidad por la empresa adjudicataria en el acto de formalización del contrato.
Esta obra cofinanciada por el programa DUS 5000, está enmarcada con lo dispuesto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y su normativa de desarrollo, en particular, la Comunicación de la Comisión Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo», en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, así como con lo requerido en la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España.
El proyecto objeto de esta licitación respeta el principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (principio XXXX por sus siglas en inglés, «Do Not Significant Harm») y las condiciones del etiquetado climático y digital. En particular, respecto a este etiquetado y de conformidad con la información publicada en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en la ficha de la COMPONENTE 2, INVERSIÓN 4, este proyecto participa en el campo de intervención 025b con una contribución a los objetivos climáticos del 100% y una contribución a los objetivos medioambientales del 40%. (Objetivo CID/OA: Unidad de medida (proyecto); contribución individualizada de la actuación: 1 proyecto singular local de energía limpia).
La obra se ejecutará según el Proyecto de obras redactado, incluida la Memoria en todo lo referente a la descripción de los materiales básicos o elementos que forman parte de las unidades de obra. A todos los efectos, el Proyecto de obras junto con el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, el Cuadro de Características, el Pliego de Prescripciones Técnicas y sus Anexos tendrán el carácter
de documentos contractuales, y como tales regularán los derechos y obligaciones de las partes y deberán ser firmados en prueba de conformidad por la empresa adjudicataria en el acto de formalización del contrato.
1.2.‐ Nomenclatura CPV: 453000000-7 “trabajos de construcción”.
1.3.- A los efectos previstos en el artículo 41 de la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos, se justifica la no división en lotes por los siguientes motivos:
La realización independiente de las diversas prestaciones comprendidas en el objeto del contrato podría dificultar la correcta ejecución del mismo desde el punto de vista técnico.
La naturaleza del contrato implica la necesidad de coordinar la ejecución de las diferentes prestaciones.
1.4.- El contrato tiene naturaleza administrativa siendo calificado como contrato de obras y se regirá por el presente Xxxxxx, por el cuadro de características que rigen esta contratación y por :
- La Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos (en adelante LFCP).
- Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
- El Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
- La Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
- La Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
- Orden HFP 55/2023 e 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
- Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
- REGLAMENTO (UE) No 651/2014 DE LA COMISIÓN de 17 xx xxxxx de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre del Régimen del Sector público
y por cualesquiera otras disposiciones que regulen la contratación tanto a nivel de normativa del Estado de forma supletoria, como de la Comunidad Xxxxx xx Xxxxxxx, y que resulten aplicables en el ámbito de la misma.
El desconocimiento de lo establecido en dichos documentos no exime a la contratista de la obligación de su cumplimiento y la presentación de oferta supone la aceptación
Incondicionada por la licitadora de las todas sus cláusulas, sin salvedad o reserva alguna.
2.‐ PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
La contratación objeto del presente pliego será adjudicada, de conformidad con los dispuesto en la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos (en adelante, LFCP), por procedimiento abierto inferior al umbral comunitario. Tramitación ordinaria.
3.‐ ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y UNIDAD GESTORA DEL CONTRATO
El órgano de contratación del presente contrato es el Pleno del Ayuntamiento de Los Arcos; pero habiéndose delegado el resto de su tramitación hasta su adjudicación y completa recepción de las obras en la Alcaldía por Acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de los Arcos de 29 de febrero de 2024. La unidad gestora del contrato es la Secretaría Municipal. Número de expediente 133318P.
4.‐ VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y PRESUPUESTO DE LICITACIÓN
4.1.‐ El presupuesto de licitación del contrato asciende a la cantidad de 261.605,38 Euros, (IVA EXCLUIDO).Las proposiciones que superen dicha cantidad serán desechadas.
4.2.‐ El valor estimado del contrato de obras asciende a 261.605,38 Euros, IVA excluido El cálculo de dicho importe se ha realizado conforme al presupuesto del Proyecto de Obra no estando previsto por los técnicos redactores del mismo hacer uso de la facultad prevista en el artículo 144 de la LFCP.
4.3.‐ La financiación se realizará con cargo a la partida presupuestaria
1_3232_62200 del presupuesto en vigor.
4.4.- A todos los efectos se entenderá que, el precio del contrato comprende todos los gastos directos e indirectos que la empresa contratista deba realizar para la normal ejecución del contrato. La Cantidad correspondiente al IVA se detallará como partida independiente.
5.‐ PLAZO DE EJECUCIÓN
5.1.‐ El plazo de ejecución de las obras se fija en 2 meses, que comenzarán al día siguiente de la formalización del acta de comprobación del replanteo. La extensión de dicha acta deberá tener lugar en el plazo de 10 días desde la formalización del
contrato, si bien, el Ayuntamiento de Los Arcos podrá a través de la unidad gestora indicar la fecha exacta de inicio del mismo, debiendo quedar constancia de dicha circunstancia en el expediente. En cualquier caso, la obra deberá estar completamente finalizada y entregada antes del 30 xx Xxxxxx de 2.024.
5.2.‐Cuando la contratista por causas imputables a la misma, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total o de los plazos parciales, la Administración podrá optar, atendidas las circunstancias del caso, por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades diarias en la proporción de 0,40 euros por cada 1.000 euros del importe de adjudicación. En cualquier caso, procederá la exigencia de indemnización de cuantos daños y perjuicios se hubieren irrogado a la entidad contratante, incluyendo en tales conceptos la eventual pérdida de fondos europeos procedentes de dicha convocatoria.
6.‐ CAPACIDAD PARA CONTRATAR
6.1.‐ Podrán contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en ninguna de las causas de prohibición o incompatibilidad para contratar establecidas en la Ley Xxxxx 2/2018, no se hallen en situación de conflicto de intereses y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional suficiente para la ejecución del contrato.
6.2.‐ Si se trata de personas jurídicas solo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, ámbito o actividad que le sean propios, según resulte de sus respectivos Estatutos o reglas fundacionales.
6.3.‐ Podrán contratar las empresas agrupadas en uniones temporales que quedarán obligadas solidariamente y deberán nombrar a una persona representante o apoderada única de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y obligaciones que del contrato se deriven hasta su extinción, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación, las empresas que fuesen a concurrir integradas en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de las personas que la constituyen y la participación de cada una, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarias del contrato.
6.4.‐ Igualmente podrán contratar licitadoras que participen conjuntamente que quedarán obligadas solidariamente. Dicha participación se formalizará mediante la aportación de un documento privado en el que deberá manifestarse la voluntad de concurrir de forma conjunta, la participación de cada una de ellas así como la designación de una representante o apoderada única de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y obligaciones que del contrato se deriven hasta su extinción, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. Asimismo, deberán cumplir las condiciones que el presente pliego establezca.
6.5.‐ Las empresas que presenten oferta conjunta de licitación no podrán presentar proposiciones individuales.
7.‐ SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA
7.1.‐ Para acreditar su solvencia, quien licite podrá basarse en la solvencia de otras empresas, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tengan con ellas.
En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades se podrán tener en cuenta las sociedades pertenecientes al grupo, siempre y cuando aquellas acrediten que tienen efectivamente a su disposición los medios, pertenecientes a dichas sociedades, necesarios para la ejecución de los contratos.
7.2.‐ En el caso de que la solvencia se acredite mediante la subcontratación, quien licita deberá aportar un documento que demuestre la existencia de un compromiso formal con los subcontratistas para la ejecución del contrato, sumándose en este caso la solvencia de todos ellos. Asimismo, deberá acreditar, en la forma y condiciones establecidas en los artículos 16 y 17, que los subcontratistas disponen de los medios necesarios para la ejecución del contrato.
7.3.‐ La solvencia económica y financiera se deberá acreditar por alguno de los siguientes medios:
* Declaración sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades objeto del contrato y referida como máximo a los últimos tres ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades de la adjudicataria, debiendo ser el volumen de negocios de cada año igual o superior a una vez y media el valor estimado del contrato.
* Declaración formulada por entidad financiera, en las condiciones estipuladas en el artículo 16.2.a) de la Ley Xxxxx 2/2018, que afirme la adecuada situación económica y financiera de la empresa para que la correcta ejecución del contrato no corra peligro de ser alterada por incidencias de esa naturaleza.
7.4.- Únicamente el licitador en cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación deberá acreditar disponer de la solvencia económica y financiera requerida para la correcta ejecución de este contrato. El medio de acreditación de la solvencia económica y financiera exigida consistirá en una declaración sobre el volumen global de negocio, referida a los ejercicios referidos en el apartado anterior.
8. SOLVENCIA TÉCNICA Y PROFESIONAL
8.1.‐ Para acreditar su solvencia, quien licite podrá basarse en la solvencia de otras empresas, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tengan con ellas.
En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades se podrán tener en cuenta las sociedades pertenecientes al grupo, siempre y cuando aquellas acrediten que tienen efectivamente a su disposición los medios, pertenecientes a dichas sociedades, necesarios para la ejecución de los contratos.
8.2.‐ En el caso de que la solvencia se acredite mediante la subcontratación, quien licita deberá aportar un documento que demuestre la existencia de un compromiso
formal con los subcontratistas para la ejecución
del contrato, sumándose en este caso la solvencia de todos ellos. Asimismo, deberá acreditar, en la forma y condiciones establecidas en los artículos 16 y 17, que los subcontratistas disponen de los medios necesarios para la ejecución del contrato.
8.3.‐ Se justificará la solvencia técnica mediante la presentación de la siguiente documentación:
* Relación de obras con un objeto semejante al presente contrato ejecutadas en el curso de los últimos cinco años, avaladas por certificados de buena ejecución, expedidos por el promotor con indicación de si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y si se llevaron normalmente a buen término. El umbral mínimo de solvencia consistirá en la ejecución acreditada documentalmente de, al menos la ejecución de una obra con un objeto semejante al presente contrato de un importe igual o superior al 50 por 100 del valor estimado del contrato, IVA excluido, ejecutada en cualquiera de los cinco últimos años, o bien CUATRO contratos similares de obras de edificación con un importe igual o superior al 25 por 100 del valor del contrato cada una de ellas.
8.4.- Únicamente el licitador en cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación deberá acreditar disponer de la solvencia técnica y profesional requerida para la correcta ejecución de este contrato conforme al Anexo I: Modelo de declaración de solvencia técnica y profesional.
9.‐ PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.
Cada persona licitadora no podrá presentar más de una proposición. Tampoco
podrá suscribir ninguna propuesta en participación conjunta con otras personas licitadoras si se ha presentado proposición individual, ni figurar en más de una de esas agrupaciones. La infracción de ello, así como la presentación simultánea de ofertas por empresas vinculadas dará lugar a la inadmisión de todas las ofertas suscritas.
La presentación de proposiciones supone la aceptación incondicional por la persona licitadora del contenido de la totalidad de las cláusulas xxx xxxxxx que rigen la licitación, sin salvedad o reserva alguna.
Los interesados en la licitación obtendrán a través del Portal de contratación la información adicional sobre los pliegos y demás documentación complementaria en el plazo de tres días desde que la soliciten.
9.1‐ Lugar y plazo
Los documentos que conforman la oferta deberán presentarse exclusivamente a través de la Plataforma de Licitación Electrónica xx Xxxxxxx (PLENA), que estará disponible en el anuncio de licitación del Portal de Contratación xx Xxxxxxx (xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xx), de acuerdo con lo establecido en los párrafos siguientes.
Asimismo, todas las comunicaciones y resto de actuaciones de trámites que procedan con los interesados, se efectuarán a través de PLENA.
El plazo de presentación de las ofertas se fijará en el anuncio para la licitación contado a partir del día siguiente al de la fecha de publicación en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx, siendo dicho plazo como mínimo de 15 días naturales a partir de la citada publicación.
En el momento en que la empresa licitadora cierre su oferta, se generará una huella ‐ resumen criptográfico‐ del contenido de la misma, quedando como constancia de la oferta.
En el caso de que quien licite tenga dificultades técnicas en la presentación de su oferta en PLENA, si la huella –resumen criptográfico‐ es remitida, dentro del plazo de presentación de ofertas, al órgano de contratación por correo electrónico a la dirección de contacto establecida en el Portal de Contratación, se dispondrá de un plazo extendido de 24 horas para la recepción de la oferta completa a través de PLENA y para considerar completada la presentación. Sin cumplir tales requisitos no será admitida la solicitud de participación en el caso de que se recibiera fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación.
Se hace constar que los servidores de Gobierno xx Xxxxxxx, utilizan como referencia el Tiempo Universal Coordinado (UTC), que es la escala de tiempo universal mantenida por los laboratorios internacionales de referencia con una precisión: +/‐ 1seg. Esta es, por tanto, la hora oficial de los servicios electrónicos
Si al proceder a la apertura de los sobres, se detecta una presentación fuera de plazo sobre la cual se ha recibido una huella, ésta se validará, si la huella coincide, y la fecha de recepción está dentro de las 24 horas extendidas, la oferta se dará por válida y se abrirá. Si por el contrario la huella no coincide, o bien la oferta se ha recibido fuera del plazo de 24 horas extendidas, la oferta se excluirá, no abriéndose nunca su contenido. En caso de que la oferta hubiera sido presentada fuera de plazo y la empresa o entidad licitadora adujera la existencia de problemas técnicos en la presentación, se verificará si en el momento de presentación de la oferta existieron problemas de índole técnica en la Plataforma. Solamente en el caso de que hubiera acaecido incidencia técnica en el normal funcionamiento de la Plataforma, la oferta presentada será admitida. El desconocimiento del licitador o problemas técnicos ajenos a la Plataforma no justificarán la extemporaneidad en la presentación de la oferta y conllevarán la exclusión.
9.2‐ Forma y contenido de las proposiciones
Desde el anuncio de licitación del Portal de Contratación se puede acceder al espacio de la Plataforma de Licitación Electrónica xx Xxxxxxx (PLENA) donde cualquier persona interesada en la licitación puede descargar una aplicación de escritorio que le permite la preparación y presentación de ofertas mediante sobre digital. Esta aplicación debe descargarse una única vez, siendo válida para cualquier licitación posterior a través de PLENA por parte de cualquier entidad sometida a la misma.
Las ofertas son cifradas en el escritorio de quien vaya a licitar utilizando mecanismos estándares de cifrado, y una vez presentadas, son depositadas en el repositorio seguro.
La oferta deberá ir firmada mediante firma electrónica reconocida, válidamente emitida por un Prestador de Servicios de Certificación y que garantice la identidad e integridad
del documento, la oferta y todos los
documentos asociados a la misma, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica y demás disposiciones de contratación pública electrónica.
El tamaño permitido de cada fichero individual que se anexa en la oferta electrónica es de 50 MB. El tamaño total de la oferta, con todos los documentos que la forman tendrá un tamaño máximo de 100 MB. PLENA no establece límite alguno en el número de archivos que se pueden adjuntar a una oferta.
Los formatos admitidos por PLENA para los documentos que se anexan en la presentación de la oferta son los utilizados habitualmente (doc, docx, xls, xlsx, ppt,pptx, rtf, sxw, abw, pdf, jpg, bmp, tiff, tif, odt, ods, odp, odi, dwg, zip.), y como medida alternativa, para adjuntar archivos de otros formatos, se pueden envolver en un archivo comprimido (ZIP).
En caso de discordancia entre los valores objetivos introducidos en los formularios de la plataforma y los documentos anexos que dan respaldo a cada criterio prevalecerán los documentos y anexos suscritos electrónicamente por la entidad o empresa licitadora o quien tenga poder de representación.
Las propuestas se presentarán de acuerdo con la estructura establecida para esta oferta en PLENA y contendrá 3 sobres (en formato digital) identificados como:
Sobre A: Documentación general y administrativa Sobre B: Criterios de valoración cualitativos
Sobre C: Criterios cuantificables mediante fórmulas.
La inclusión en los sobres nº 1 y nº 2 de cualquier referencia a la oferta económica o criterios cuantificables mediante fórmulas, determinará la inadmisión o exclusión de la proposición.
Cada uno de los sobres deberá contener los siguientes documentos:
Sobre A. "Documentación general y administrativa"
Se incluirán necesariamente los siguientes documentos:
a) Identificación del licitador o licitadores, que se presentan, pudiendo ser personas físicas, participaciones conjuntas, personas jurídicas, uniones temporales de empresas. Así mismo se presentará una dirección de correo electrónico de la licitadora, conforme al modelo señalado en el Anexo II.
b) Declaración responsable de la licitadora o, en su caso, de su representante, indicando que cumple las condiciones exigidas para contratar. Dicha declaración se ajustará al modelo señalado en el Anexo III.
c) Si la proposición es suscrita por licitadoras que participen conjuntamente o en unión temporal de empresas, cada una de ellas deberá suscribir la declaración responsable y se incorporará un documento privado en el que se manifieste la voluntad de concurrir conjuntamente, se indique el porcentaje de participación que corresponde a cada uno y se designe una representante o apoderada única con facultades para
ejercer los derechos y cumplir las obligaciones derivadas del contrato hasta la extinción del mismo.
El escrito habrá de estar firmado tanto por las diversas empresas concurrentes como por la citada apoderada.
d) En caso de subcontratación, declaración responsable de la licitadora indicando la existencia de un compromiso formal con los mismos para la ejecución del contrato.
e) Además se incluirá la siguiente documentación: el DACI Anexo IV, confidencialidad anexo V y adscripción de medios Anexo VI.
Sobre B. "Criterios de valoración cualitativos”
Incluirá toda la documentación que aporte la licitadora para que se valore y puntúen los criterios de adjudicación recogidos en el presente pliego que dependen de un juicio de valor.
En concreto deberá contener los siguientes documentos:
Plan de obras o Memoria constructiva: Fases, proceso y desarrollo de la obra con grado de detalle suficiente e indicación del camino crítico para el cumplimiento del plazo de finalización. Medios de control y medida para asegurar el cumplimiento del plazo establecido en la licitación. Se justificará la metodología indicada para la ejecución de los trabajos, la organización de los medios materiales, equipos mecánicos y técnicos que el concursante adscribe a la ejecución de las obras y la disposición de los medios para minimizar las afecciones al tráfico, señalización de obras, desvíos, así como la garantía de suministro de materiales. Se relacionará el Equipo humano que se adscribirá a la obra indicando su cualificación profesional, experiencia profesional y dedicación a la misma recogiendo los trabajos en los que van a participar; así como la Maquinaria destinada a cada uno de los procedimientos y la metodología prevista para la ejecución de cada fase del trabajo.
Se redactará la memoria o plan en un máximo de 25 páginas. Dicha documentación contendrá la exposición concreta y resumida de los aspectos valorables. Se evitará la disposición de generalidades.
La documentación valorable se podrá presentar con las siguientes características tipográficas y de impresión:
- Tamaño de página: A4. Podrá emplearse el tamaño A3 únicamente para diagramas o planos, las hojas que se presenten en formato A3 se computarán como una página a efectos de la extensión máxima permitida
- Impresión simple a una cara.
- Interlineado sencillo o 1,5 líneas.
- Tipos y tamaños admisibles de letra: Arial tamaño 11, Calibri tamaño 11 o Times New Xxxxx tamaño 12.
Los excesos de documentación sobre lo indicado quedarán excluidos de la oferta y ni se leerán ni se valorarán. La portada, contraportada y hojas de separación que se incorporen en la encuadernación, no contabilizarán a los efectos de la limitación anteriormente citada.
No podrá incluirse en este sobre ninguna información relativa a los criterios de adjudicación evaluables mediante fórmulas ya que ello será causa de exclusión del procedimiento de licitación.
.
.
Sobre C. "Criterios cuantificables mediante fórmulas”.
En este sobre se incluirá por la licitadora la oferta económica y la relativa a los criterios cuantificables mediante fórmulas, conforme a los datos que figuran en los diferentes apartados del modelo incluido en el Anexo IX.
No serán admitidas aquellas proposiciones cuyo importe sea superior al presupuesto de licitación aprobado. Se utilizarán como máximo dos decimales. Respecto de las cantidades recogidas en la oferta prevalecerán las cantidades expresadas en letra respecto de las expresadas en cifras.
La proposición deberá estar firmada por la licitadora o persona que la represente. En el caso de licitadoras en participación conjunta irá firmada por todos y cada uno de sus componentes o por su representante.
10. OFERTA ANORMALMENTE BAJA.
Se podrá presumir que una oferta es anormalmente baja cuando sea un 30 por 100 ó más inferior al presupuesto de licitación. En este caso se estará a lo dispuesto en el artículo 98 de la LFCP.
En todo caso, se rechazarán las ofertas que se comprueben que son anormalmente bajas por vulneración de la normativa sobre subcontratación o no cumplen las obligaciones en materia medioambiental, social, laboral, nacional o internacional, incluyendo el incumplimiento de los convenios colectivos sectoriales vigentes.
11.‐ CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
11.1.‐ Para la selección del adjudicatario se valorarán las proposiciones de la siguiente forma:
Criterios de adjudicación no evaluables mediante fórmulas: 40 puntos.
1.- Planificación Técnica y Económica de las obras: 10 puntos
• Plan de obra con plazos parciales y totales y valoración elaborada con precios de proyecto, sin coeficientes de oferta, del importe previsto de certificaciones mensuales y a origen. (Hasta 5 puntos).
• Organización de acopios, de la maquinaria, de la mano de obra y medios auxiliares dispuestos para garantizar el plan de obra, de acuerdo al proceso constructivo propuesto. (Hasta 2 puntos).
• Control de calidad. (Hasta 2 puntos)
• Análisis de los condicionantes internos y externos que puedan influir en el cumplimiento del plan de trabajo, medidas que se adoptarán para limitarlas y márgenes disponibles. (Hasta 1 puntos).
2.- Oferta técnica: 30 puntos
Se presentará una memoria constructiva justificando la metodología indicada para la ejecución de los trabajos, la organización de los medios materiales, equipos mecánicos y técnicos que el concursante adscribe a la ejecución de las obras y la disposición de los medios para minimizar las afecciones al tráfico, señalización de obras, desvíos, así como la garantía de suministro de materiales. Se redactará la memoria en un máximo de 25 páginas, con las características tipográficas y de impresión indicadas anteriormente (apartado I).
En la misma se podrán incluir los siguientes aspectos:
• Propuesta del licitador para un mejor cumplimiento del objetivo de las obras. (Hasta 5 puntos).
• Conocimiento de las obras. Interferencias y terminaciones de la obra ya ejecutada. Seguimiento, control y solución de afecciones (servicios e instalaciones de todo tipo, accesos a la obra, tráfico público o privado, accesos a particulares, etc.). (Hasta 5 puntos).
• Equipo humano y medios materiales adscritos a la obra (hasta 10 puntos):
Se valorará el número de equipos de trabajo adscritos a la obra, el número de operarios de cada uno de los equipos, la formación de cada integrante y que cuenten con los medios materiales apropiados para la realización de los trabajos. Se asignará 10 puntos a la mejor oferta, y se asignará el resto de puntuación de forma proporcional en función de la propuesta.
• Descripción de los procesos constructivos previstos y su grado de fiabilidad y garantía en cuanto a calidad de ejecución, cumplimiento de plazos y seguridad de los operarios. (Hasta 2 puntos).
• Puesta en servicio y pruebas. (Hasta 1 punto)
• Servicio posterior, teniéndose en cuenta el plan de atención durante el plazo de garantía, para atender las incidencias que se puedan producir en la obra, especificando: organización, estructura de los equipos, sistema de contacto con el Ayuntamiento de Los Arcos, tiempos de respuesta, clasificación de las incidencias, etc.). (Hasta 5 puntos)
• Otros aspectos que el licitador considere de importancia para el correcto desarrollo de la obra.
(Hasta 2 puntos)
Criterios de adjudicación evaluables mediante fórmulas: 60 puntos.
3.- Oferta económica: 50 puntos
Para el cálculo de las puntuaciones de los licitadores se utilizará la siguiente fórmula de valoración:
Pe = 50 * (1-0,30b)
Dónde:
Pe = Puntuación de la oferta económica
b = Baja ofertada por el licitador b = 100 * (Plic – O)/Plic Plic = Presupuesto de licitación de la obra (IVA excluido) O = Oferta económica del licitador (IVA excluido)
4.- Aspectos Medioambientales: 5 puntos
Se puntuará con 5 puntos aquellas ofertas que presenten un compromiso de utilizar materiales reciclados o materiales que para su construcción hayan tenido en cuenta la protección del medio ambiente, siempre y cuando estos cumplan con las prescripciones técnicas establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas del Proyecto y así lo autorice expresamente la Dirección Facultativa de las Obras, y con 0 puntos a aquellas que no indiquen nada o no adquieran compromiso alguno.
5.- Aspectos Sociales: 5 puntos
5.1.- Subcontratación con Centros Especiales de Empleo y/o Centros de Inserción Socio Laboral. Se valorará con hasta 3 puntos a las personas licitadoras que se comprometan a subcontratar un porcentaje del precio de adjudicación del contrato con estos centros.
Asignándose:
- 1 punto a la persona licitadora que ofrezca subcontratar, al menos un 2 por 100 del precio de adjudicación.
- 2 puntos a la persona licitadora que ofrezca subcontratar, al menos un 4 por 100 del precio de adjudicación.
- 3 puntos a la persona licitadora que ofrezca subcontratar, al menos un 6 por 100 del precio de adjudicación.
5.2- Compromiso de que la plantilla que ejecutará el contrato realizará al menos 8 horas de acciones de sensibilización y formación, sobre los derechos en materia de igualdad y de conciliación, reconocidos en la normativa vigente y en el convenio correspondiente, lo que se valorará con 2 puntos a la oferta que adquiera el compromiso y 0 puntos a las que no indiquen nada o no lo adquieran.
11.2 Criterios de desempate
Tendrán preferencia en la adjudicación de los contratos las proposiciones presentadas por aquellas empresas que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número superior al 2 por ciento de trabajadores fijos con discapacidad igual o superior al 33%. De persistir el empate, se aplicarán el resto de criterios recogidos en el artículo 99.1 de la Ley Xxxxx de Contratos, por el orden en que se indica en el mismo. En los casos en que en aplicación de los criterios anteriores persistiera el empate, éste se resolverá mediante sorteo.
Para la aplicación de los criterios de desempate se requerirá a las empresas licitadoras afectadas para que en el plazo de cinco días naturales presente la documentación pertinente.
12.‐ MESA DE CONTRATACIÓN Y APERTURA DE LAS PROPOSICIONES
La Mesa de contratación que realizará la apertura de las proposiciones y las demás funciones encomendadas por la LFCP estará constituida por las siguientes personas:
Presidente: D. Xxxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxxxx Xxxxx, Alcalde del Ayuntamiento de Los Arcos.
Vocal 1: Xxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxxx, concejal del Ayuntamiento de Los Arcos. Vocal 2: Xxx Xxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxx, concejal del Ayuntamiento de Los Arcos.
Vocal 3: Xxxx Xxx Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxx Corres, personal experto asesor. Secretario: D. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Secretario-Interventor del Ayuntamiento de Los Arcos.
Con carácter previo a la valoración de las ofertas, el órgano de contratación iniciará, a través de la herramienta informática MINERVA con sede en la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), el procedimiento de análisis ex ante de conflicto de interés consistente en la introducción de los datos de las personas físicas o jurídicas licitadoras y de los órganos decisores de la operación.
En el supuesto de que la AEAT no disponga de la información de titularidades reales de la empresa objeto de consulta y así le haya indicado mediante la correspondiente bandera negra al órgano de contratación, éste debe solicitar a las empresas licitadoras la información de su titularidad real, que deben aportarle en el plazo de 5 días hábiles desde la solicitud. En caso de que no se entregue la información solicitada en ese plazo, la empresa licitadora será excluida del procedimiento.
La Mesa de contratación, en acto privado, calificará previamente la documentación administrativa presentada en tiempo y forma por las licitadoras en el sobre A, con el fin de comprobar que reúnen las condiciones para ser admitidas.
La Mesa de contratación podrá conceder un plazo no inferior a cinco días naturales para subsanar los defectos o completar dicha documentación. Si transcurre el plazo de subsanación no se ha completado o subsanada la información requerida, se
procederá a su exclusión en el procedimiento, dejando constancia documental de esta circunstancia.
Calificada la documentación administrativa, la Mesa de contratación procederá a la apertura del Sobre B, "Documentación relativa a criterios de valoración cualitativos”, de las empresas admitidas y a su valoración conforme a los criterios de adjudicación debidamente ponderados según los criterios que se señalan.
En el Portal de Contratación xx Xxxxxxx se anunciará con al menos 3 días de antelación el lugar, fecha y hora de la apertura pública de la documentación relativa a los criterios cuantificables mediante fórmulas, sobre C.
La Mesa de contratación antes de proceder a la apertura de esta parte de la oferta, comunicará a las personas presentes el resultado de la calificación de la documentación presentada por las licitadoras, indicando las licitadoras admitidas, las inadmitidas, así como las causas de la inadmisión, y la valoración obtenida en el resto de criterios.
La Mesa de contratación dará comunicación a la licitadora a favor del cual recaiga la propuesta de adjudicación.
13.‐ APORTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN PARA ACREDITAR LA CAPACIDAD Y LA SOLVENCIA POR LA ADJUDICATARIA
En el plazo máximo de 7 días naturales desde la comunicación por parte de la Mesa de contratación de la propuesta de adjudicación, la licitadora presentará la siguiente documentación:
1) Documento o documentos que acrediten la personalidad de la licitadora y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, consistentes en:
- Documento Nacional de Identidad (o documento que lo sustituya reglamentariamente) en el caso de personas físicas o empresarias individuales.
- Si la licitadora es persona jurídica, escritura de constitución o de modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
Quienes comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otra persona, poder notarial bastante que deberá figurar inscrito en el registro correspondiente, si tales extremos no constan en la escritura referida en el párrafo anterior, así como el Documento Nacional de Identidad o documento que reglamentariamente lo sustituya de la persona apoderada.
- Si la empresa está inscrita en el Registro Voluntario de Licitadores de la Comunidad Xxxxx xx Xxxxxxx, regulado por el Decreto Xxxxx 236/2007, de 5 de noviembre, será suficiente para acreditar la personalidad y la representación de la empresa la
presentación de la copia del certificado de inscripción en dicho Registro obtenida electrónicamente a través de Internet, junto con una declaración responsable de su vigencia.
-Cuando la oferta se presente por licitadoras que participen conjuntamente, cada una de ellas acreditará su personalidad y capacidad de obrar, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias
de las empresarias que la suscriben, la participación de cada una de ellas y designar la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todas ellas frente a la Administración. El citado documento deberá estar firmado por cada una de las licitadoras agrupadas o por sus respectivos representantes.
La responsabilidad será siempre solidaria, e indivisible el conjunto de obligaciones dimanantes del contrato.
2) Número de Identificación Fiscal de la entidad.
Si la oferta se presenta por empresas que participen conjuntamente, el NIF será aportado por cada una de las entidades reunidas.
3) Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera, así como técnica y profesional en los términos exigidos en el presente pliego.
4) En caso de subcontratación, relación de los subcontratistas y la documentación que demuestre la existencia de un compromiso formal con los mismos para la ejecución del contrato.
5) Declaración responsable de la licitadora en la que haga constar que se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones de seguridad, salud en el trabajo y prevención de riesgos laborales impuestas por las disposiciones vigentes. En el caso de ofertas presentadas por uniones de empresas que se constituyan temporalmente al efecto o por licitadoras que participen conjuntamente, cada uno de los integrantes de la agrupación deberá presentar la declaración señalada.
6) Certificados positivos expedidos por las Haciendas que correspondan (Hacienda Xxxxx xx Xxxxxxx y/o Hacienda Estatal y/o Haciendas Forales) y por la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativos, respectivamente, de
que la licitadora se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Dichos certificados deberán estar expedidos con una antelación no superior a seis meses desde la fecha de expiración del plazo de presentación de proposiciones.
En el caso de ofertas presentadas por uniones de empresas que se constituyan temporalmente al efecto o por licitadoras que participen conjuntamente, cada una de las integrantes de la agrupación deberá presentar los certificados señalados.
7) Si la licitadora pretende subcontratar con Centros Especiales de Empleo o Centros de Inserción Social parte de las prestaciones objeto del contrato, deberá aportar una relación exhaustiva de las subcontratistas y un documento original que demuestre la
existencia de un compromiso formal con tales empresas especificando la parte del contrato que va a ser objeto de subcontratación con cada empresa.
8) Certificado de estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas y al corriente del mismo.
9) Por otra parte, la empresa contratista –y también, en su caso, la empresa o empresas subcontratistas– debe cumplir las obligaciones de información previstas en el artículo 8.2 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, que incluyen los siguientes aspectos:
o NIF del contratista o subcontratistas.
o Nombre o razón social.
o Domicilio fiscal del contratista y, en su caso, de los subcontratistas.
10) Declaración de cesión y tratamiento de datos (anexo VII de este pliego).
11) Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y que puedan afectar al ámbito objeto de gestión (anexo VIII de este pliego).
12) Las empresas contratistas deben acreditar la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Xxxxx, que debe reflejar la actividad efectivamente desarrollada en fecha de participación en el procedimiento de licitación.
13) Asimismo, la empresa contratista –o en su caso, la empresa o empresas subcontratistas– tienen la obligación de aportar la información relativa al titular real del beneficiario final de los fondos en la forma prevista en el artículo 10 de la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las entidades del sector público estatal, autonómico y local para el seguimiento del cumplimiento de metas y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, para ello deberán de comunicarlo por escrito al ayuntamiento antes de la formalización del contrato.
La falta de aportación de la documentación necesaria en dicho plazo supondrá la exclusión de la licitadora del procedimiento, con el abono por parte de ésta de una penalidad equivalente al 5% del importe estimado del contrato e indemnización complementaria de daños y perjuicios en todo lo que exceda dicho porcentaje.
14.- PLAN DE RESIDUOS
Se debe incluir el correspondiente plan de gestión de los residuos de construcción y demolición según lo establecido en el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.
La justificación de lo anterior se realizará de la forma siguiente:
Si la actuación contempla obras, se garantizará que no se perjudique a ninguno de los seis objetivos medioambientales definidos en dicho reglamento y se comprometerán a que:
- Al menos el 70 % (en peso) de los residuos de construcción y demolición generados en los proyectos de infraestructura (con exclusión de los residuos con código LER 17 05 04), se preparen para la reutilización, el reciclaje y la revalorización de otros materiales, incluidas las operaciones de relleno utilizando residuos para sustituir otros materiales de acuerdo con la jerarquía de residuos y el Protocolo de gestión de residuos de construcción y demolición de la UE.
- Para la correcta acreditación del cumplimiento de la valorización del 70% de los residuos de construcción y demolición, el adjudicatario presentará una memoria resumen donde se recoja la cantidad total de residuos generados, clasificados por códigos LER, y los certificados de los gestores de destino. Asimismo, se ha de indicar el porcentaje de valorización alcanzado en cada una de las instalaciones.
- Los residuos peligrosos no valorizables no se tendrán en cuenta para consecución de este objetivo.
- Mediante los códigos LER incluidos en los certificados expedidos por los gestores como justificación de la entrega de los residuos generados, se acreditará el cumplimiento del INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA 41 establecimiento de medidas para realizar una demolición selectiva. Estos códigos serán los correspondientes a las fracciones retiradas selectivamente, como por ejemplo 170101, 170102, 170201, 170202,
170203, 170402, 170403 ó 170405.
- En el caso de que se valoricen residuos en la propia obra, el adjudicatario incluirá en la memoria resumen información sobre las cantidades valorizadas, por código LER y los medios utilizados (planta móvil, gestor, etc.).
- En el caso de que se utilicen áridos reciclados procedentes de residuos, el adjudicatario incluirá en la memoria resumen la documentación que acredite la compra de estos materiales, en la que indicará la cantidad y el tipo de material.
- En caso de que se produzcan residuos de amianto, será necesario justificar su adecuado tratamiento a través de la notificación previa del traslado de los residuos de amianto desde el lugar de generación hasta el gestor de residuos y los documentos de identificación de los traslados de residuos asociados a esos movimientos, en aplicación del Real Decreto 553/2020, de 2 xx xxxxx, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado.
- Se debe limitar la generación de residuos en los procesos relacionados con la construcción y demolición, de conformidad con el protocolo de gestión de residuos de construcción y demolición de la UE y teniendo en cuenta las mejores técnicas disponibles y utilizando la demolición selectiva para permitir la eliminación y manipulación segura de sustancias peligrosas y facilitar la reutilización y reciclaje de alta calidad mediante la eliminación selectiva de
materiales, utilizando los sistemas de clasificación disponibles para residuos de construcción y demolición.
Adoptarán medidas para reducir el ruido, el polvo y las emisiones contaminantes durante la fase de obra y se ejecutarán las actuaciones asociadas a esta medida cumpliendo la normativa vigente en cuanto a la posible contaminación de suelos y agua.
En aquellas actuaciones que impliquen demolición, practicarán una demolición selectiva.
15.‐ PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN
La Mesa de contratación una vez que haya comprobado la documentación presentada, efectuará la propuesta de adjudicación al órgano de contratación. La propuesta señalará el orden de prelación de las personas que hayan formulado una propuesta admisible, con las puntuaciones obtenidas en aplicación de los criterios de adjudicación.
La propuesta de adjudicación no generará derecho alguno mientras no se apruebe la resolución de la adjudicación del contrato.
16.‐ ADJUDICACIÓN
16.1.‐ Tras la propuesta de la mesa de contratación, el órgano de contratación dictará resolución adjudicando el contrato en el plazo máximo de un mes a contar desde la apertura pública de la oferta cuantificable con fórmulas. Dicha resolución será motivada y contendrá al menos las razones por las que se han rechazado las ofertas, las características y ventajas de la oferta seleccionada.
16.2.‐ Perfección del contrato.‐ La perfección del contrato tendrá lugar con la adjudicación del contrato. La eficacia del acto de adjudicación quedará suspendida durante el plazo de 10 días naturales contados desde la fecha de remisión de la notificación de la adjudicación. El acto de adjudicación quedará suspendido por la mera interposición de una reclamación en materia de contratación pública hasta el momento en que se resuelva dicha reclamación.
16.3.‐ Declaración de desierto.‐ De conformidad con lo establecido en el artículo 101.5 de la Ley Xxxxx 2/2018, de Contratos Públicos, el órgano de contratación podrá de forma motivada declarar desierta el procedimiento de adjudicación.
16.4.‐ Notificación y publicidad de la adjudicación.‐ La adjudicación, una vez acordada, será notificada a las participantes en la licitación y se publicará en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx de conformidad con lo establecido en el artículo 102 de la LFCP.
17.‐ GARANTIAS
17.1.‐ Con carácter previo a la formalización del contrato, la adjudicataria, depositará a favor del Ayuntamiento de Los Arcos el 4% del importe de adjudicación (IVA
excluido). La garantía se podrá constituir en cualquiera de las formas previstas en el artículo 70.3 de la LFCP.
17.2.‐ La garantía quedará afecta al cumplimiento de las obligaciones del contratista hasta la finalización del plazo de garantía y, en particular, al pago de las penalidades por demora, así como a la reparación de los posibles daños y perjuicios ocasionados por el contratista durante la ejecución del contrato.
Asimismo, dicha garantía podrá ser objeto de incautación en los casos de resolución del contrato por incumplimiento culpable del contratista, en la cuantía necesaria para cubrir los daños y perjuicios que se hayan acreditado.
17.3.‐ La garantía será devuelta de oficio una vez finalizado el periodo de garantía del contrato, previo informe de la unidad gestora de haber cumplido el contrato a satisfacción del o haberse resuelto sin culpa de la persona contratista.
18.‐ FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
18.1.‐ El contrato se formalizará en documentación administrativa, en el plazo máximo de 15 días naturales contados desde la finalización del plazo de suspensión de la adjudicación.
Con carácter previo, la adjudicataria, deberá entregar los siguientes documentos en el plazo máximo de quince días naturales desde la notificación de la adjudicación:
-Justificante de haber consignado a favor del Ayuntamiento de Los Arcos la garantía para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato.
- Póliza de seguro y documentación acreditativa del pago de la prima del seguro que cubre los riesgos derivados del proceso de la obra, con un límite mínimo de indemnización por valor igual al presupuesto de licitación.
- En el caso de unión temporal de empresas, las escrituras de constitución de la misma cuya duración será coincidente con la del contrato hasta su extinción y CIF de dicha unión.
- Dos ejemplares del Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo, determinado en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre si por el tipo de contrato es necesaria esta documentación.
- Plan de gestión de residuos de conformidad con el artículo 5.1. del RD 105/2008 de 1 de febrero y en el artículo 5.1 del Decreto Xxxxx 23/2011 de 28 xx xxxxx, por los que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.
18.2.‐ Si el contrato no se formalizase en plazo por causas imputables al contratista, el órgano de contratación podrá optar por resolver el contrato, previa audiencia del interesado, con abono por parte de éste de una penalidad equivalente al 5% del importe estimado del contrato e indemnización complementaria de daños y perjuicios
en todo lo que exceda dicho porcentaje, o bien conceder un nuevo plazo improrrogable.
18.3.- Conforme a los artículos 8.2 y 9 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, La contratista queda obligada a:
1ª. Suministrar sus datos (NIF, nombre o razón social y domicilio fiscal) y, en su caso, los de las subcontratistas. Así como el nombre y fecha de nacimiento del titular real del beneficiario final de los fondos.
2ª. Aceptar la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
3ª. Comprometerse al cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión, entre ellos, los principios de economía circular y de «no causar un perjuicio significativo al medio ambiente», así como al cumplimiento del etiquetado verde y digital asignado en el PRTR.
4ª. Acreditar su inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o en el Censo equivalente de la Administración Tributaria Xxxxx, que debe reflejar la actividad efectivamente desarrollada en la fecha de participación en el procedimiento de licitación.
5ª. Incluir en las medidas de información y comunicación sobre los trabajos encargados (carteles informativos, placas, publicaciones impresas y electrónicas, material audiovisual, páginas web, anuncios e inserciones en prensa, certificados, etc.), el emblema de la Unión Europea junto con el texto «Financiado por la Unión Europea-Next Generation EU» y el logo del Plan de Recuperación, disponible en el link xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx-xxxxxx.
6ª. Someterse a los controles de la Comisión Europea, la Oficina de Lucha Antifraude, el Tribunal de Cuentas Europeo y la Fiscalía Europea, y el derecho de estos órganos al acceso a la información sobre el encargo.
A estos efectos, la contratista presentará cumplimentada en el sobre nº 1 la “Declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del PRTR” que se incluye como un anexo correspondiente, y que incorpora asimismo la declaración de ausencia de conflicto de intereses.
19.‐ INFORMACIÓN DE OBRA
19.1.‐ En el plazo máximo de 15 días naturales desde el replanteo, la adjudicataria deberá colocar en la obra un cartel anunciador de las obras con el contenido y formato que le comunique el Ayuntamiento de Los Arcos para dar cumplimientos a las exigencias formales al respecto a la normativa de fondos europeos, el cual correrá económicamente a cargo del adjudicatario.
El cartel se debe colocar en lugar visible y firmemente anclado, y será responsabilidad de la adjudicataria tanto su seguridad, como su correcto mantenimiento.
19.2.‐ La contratista deberá colocar a su xxxxx
un cartel anunciador de la obra, en el que se harán constar, en tamaño y en lugar idóneos para su visibilidad desde las vías públicas, los datos principales de la obra con arreglo al modelo que se facilitará desde el Ayuntamiento.
20‐ ACTA DE COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO E INICIO DE OBRAS
20.1.‐ De conformidad con lo dispuesto en el artículo 167 de la LFCP, en el plazo de 10 días desde la formalización del contrato se procederá a la comprobación del replanteo de las obras entre los servicios técnicos del Ayuntamiento de Los Arcos y el contratista, cuyo resultado se formalizará en acta.
Las obras deberán dar comienzo al día siguiente de la formalización del acta de comprobación del replanteo.
20.2.‐ El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las presentes cláusulas, a las prescripciones técnicas y al Proyecto que sirven de base al contrato, conforme a las instrucciones que en interpretación técnica sean dadas a la contratista por el director/a facultativo de las obras y, en su caso, la persona responsable del contrato.
Si las instrucciones fuesen de carácter verbal, deberán ser ratificadas por escrito para su constancia en el expediente.
21.‐ PAGO DEL PRECIO Y EXPEDICIÓN DE CERTIFICACIONES
21.1.‐ La contratista tendrá derecho al abono de la prestación realizada en los términos establecidos en los artículos 152 y siguientes y concordantes de la LFCP y en el presente Pliego.
21.2.‐ La Administración expedirá mensualmente, en los quince días siguientes del periodo que corresponda, las certificaciones de obra que correspondan a la obra ejecutada, según el procedimiento establecido en el artículo 168 de la Ley Xxxxx 2/2018 de Contratos Públicos.
Los abonos de estas certificaciones tienen el concepto de pagos a cuenta, a expensas del resultado de la certificación final.
21.3. El Ayuntamiento de Los Arcos deberá abonar a la contratista el precio del contrato en el plazo de treinta días naturales desde la expedición de las certificaciones de obra, sin perjuicio de las reglas contenidas en el artículo 155 LFCP.
22.‐ REVISION DE PRECIOS
Según lo establecido en el artículo 109 de la Ley Xxxxx 2/2018 de Contratos Públicos, la contratista no tendrá derecho a revisión de precios.
23.‐ EJECUCIÓN DEL CONTRATO
23.1.‐ La ejecución de las obras objeto de este contrato se realizará con sujeción a lo dispuesto en este pliego de contratación cláusulas administrativas particulares, al proyecto de ejecución y a la oferta de la contratista. El jefe/a de obra, el encargado/a de la obra y la dirección técnica y facultativa de la misma llevarán a cabo las
reuniones de información y coordinación que
sean necesarias para llevar a efecto dicho plan. De tales reuniones y de las decisiones y medidas adoptadas en las mismas se dará cuenta detallada al técnico municipal encargado de la relación con la adjudicataria.
23.2.‐ El personal que utilice la entidad adjudicataria en la ejecución del presente contrato no adquirirá relación laboral alguna con el Ayuntamiento de Los Arcos por entenderse que el mismo depende única y exclusivamente de la adjudicataria.
En consecuencia, la entidad adjudicataria deberá cumplir en relación con su personal las obligaciones en materia Laboral, de Seguridad Social y de Prevención de Riesgos Laborales. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la adjudicataria, o la infracción de las disposiciones sobre seguridad por parte del personal técnico por ella designado, no implicarán responsabilidad alguna para el Ayuntamiento de Los Arcos.
24.‐ CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN.
24.1.‐ El contratista quedará sujeto al cumplimento de las condiciones siguientes:
- El contrato se halla sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes en materia de fiscalidad, de Seguridad Social, protección del medio ambiente, protección del empleo, igualdad de género, de acoso por razón de sexo o acoso sexual, condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales y demás disposiciones en materia laboral y a las condiciones establecidas por el último convenio colectivo sectorial del ámbito más inferior existente de aplicación en el sector en el que se encuadre la actividad a contratar.
- La oferta económica deberá ser adecuada para que la adjudicataria haga frente al coste derivado de la aplicación del convenio sectorial que corresponda, sin que en ningún caso los precios/hora de los salarios contemplados puedan ser inferiores a los precios/hora del convenio más los costes de Seguridad Social.
- En aquellos contratos cuya ejecución implique la comunicación de datos personales por las entidades contratantes a la contratista será condición especial de ejecución, de carácter esencial, el sometimiento del contratista a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos. En aplicación de lo anterior, en particular será obligación del contratista:
1. Presentar antes de la formalización del contrato una declaración que ponga de manifiesto dónde van a estar ubicados los servidores desde dónde se van a prestar los servicios asociados a los mismos.
2. Indicar antes de la formalización del contrato si tienen previsto subcontratar los servidores y los servicios de los mismos y el nombre del subcontratista, que deberá reunir las condiciones de solvencia necesaria para la ejecución de esta parte del contrato.
3. Comunicar cualquier cambio que se produzca a lo largo de la vida del contrato, de la información facilitada en la declaración anterior.
24.2.‐ Igualdad entre mujeres y hombres. En esta materia deberán guardarse las siguientes condiciones:
-
- Si la empresa contratista cuenta con más de 250 personas trabajadoras deberá acreditar el diseño y aplicación efectiva del Plan de Igualdad previsto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
- En toda la documentación, publicidad, imagen o material que se genere con motivo de la ejecución del contrato, la empresa o entidad adjudicataria deberá emplear un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género.
24.3.‐ Discapacidad. Si la empresa contratista cuenta con 50 o más personas trabajadoras en el total de su plantilla, deberá acreditar que está compuesta al menos por un 2% de personas con discapacidad igual o superior al 33%.
25.‐ JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE COMPROMISOS Y CONDICIONES DE EJECUCIÓN
25.1.‐ Cumplimiento de compromisos.
El Ayuntamiento de Los Arcos podrá recabar del adjudicatario cuanta documentación y datos considere convenientes para comprobar el cumplimiento de los compromisos formulados en su oferta. Podrá igualmente realizar actuaciones de inspección a los mismos efectos.
25.2.‐ Para la comprobación del compromiso de subcontratación con centros de inserción y especiales de empleo la adjudicataria deberá justificar documentalmente ante el Ayuntamiento de Los Arcos la condición tales centros. Se aportará con la oferta una relación exhaustiva de las subcontratistas y un documento original que demuestre la existencia de un compromiso formal con las empresas a subcontratar. Deberá igualmente aportarse el documento contractual suscrito con tales centros, en el que se especificarán de forma expresa las partidas correspondientes del proyecto que son objeto de subcontratación. Una vez efectuados los trabajos subcontratados, deberán aportarse las facturas emitidas por dichos centros.
26. CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS
La contratista está obligada a cumplir el contrato dentro del plazo establecido para la realización del mismo. La adjudicación quedará condicionada a la ejecución de las obras en periodo de cierre del Colegio
Cuando por causas imputables a la contratista el plazo hubiera quedado incumplido, el órgano de contratación podrá optar por resolver el contrato o exigir su cumplimiento otorgando una prórroga con la imposición de las penalidades que se establecen en el artículo 147 de la LFCP.
27.‐ MODIFICACIONES DE CONTRATO
No se contempla por los técnicos redactores del Proyecto de Obras la necesidad de realizar modificaciones al mismo.
28.‐ CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN DEL CONTRATO
Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos a un tercero u objeto de subcontratación de acuerdo con lo establecido en los artículos 108 y 107, respectivamente, de la LFCP.
29.‐ RÉGIMEN DE INCUMPLIMIENTOS Y PENALIDADES
29.1.‐ Aplicación de penalidades.
Si la contratista no cumple con algunas de las condiciones y requisitos señalados en el presente Pliego o en la LFCP, el Ayuntamiento de Los Arcos, previa audiencia de la Interesada, podrá imponer las penalidades que se señalan en los apartados siguientes, de acuerdo con las diferentes causas que los hayan motivado.
29.2.‐ Actuaciones constitutivas de imposición de penalidades.
A efectos contractuales se considerará actuación constitutiva de imposición de penalidad toda acción u omisión del contratista que suponga un quebranto de las exigencias especificadas en el Pliego o en la LFCP. Se clasificará tal actuación atendiendo a su trascendencia, proporcionalidad e intencionalidad en: leve, grave o muy grave, de acuerdo con los siguientes criterios:
Leves: Se considerarán leves, aquellas que, afectando desfavorablemente al funcionamiento y eficiencia del contrato, no sean debidas a actuación realizada maliciosamente, ni lleven unido peligros a personas, animales o cosas, ni reduzca la vida económica de los trabajos realizados, ni causen molestias a las personas usuarias.
Entre otras serán las siguientes:
- El incumplimiento de las visitas periódicas con los Técnicos.
- La inobservancia de la mecánica operativa inicial y normal en los trabajos.
- El retraso o interrupción de los trabajos, siempre que sea imputable a la adjudicataria, por un tiempo inferior a tres días, negligencia o descuido en el cumplimientos de sus obligaciones.
- Originar molestias innecesarias a las personas usuarias.
- La no retirada inmediata de escombros o materiales sobrantes una vez acabada la obra.
- El incumplimiento de cualquier obligación de las establecidas en este pliego que no esté calificado con mayor gravedad.
Graves: Son clasificadas como graves aquellas que como consecuencia de realización deficiente de las inspecciones o de los distintos trabajos exigidos o de las prestaciones y exigencias contractuales, puedan influir negativamente en la vida económica de los trabajos realizados o causar molestias y peligros a las personas usuarias, o causen un grave perjuicio al control o a la inspección de los trabajos contratados.
- La existencia de tres incumplimientos leves durante la ejecución del contrato.
- La reiteración de cualquier incumplimiento leve.
- La inobservancia de medidas de seguridad y salud en los trabajos.
- La no prestación de alguna de las operaciones o servicios contratados.
- Incumplimiento de las órdenes recibidas por parte de la unidad gestora del contrato en las cuestiones relativas a la ejecución del mismo.
- Incumplimiento del compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales incluidos en la oferta.
- No guardar la debida discreción respecto de los asuntos que se conozcan en razón del contrato prestado.
- Incumplimiento parcial de la ejecución de las prestaciones definidas en el contrato.
- El retraso o interrupción de la prestación del contrato igual o superior a tres días e inferior a quince días, siempre que sea imputable a la contratista, la negligencia o descuido continuado.
- La no formalización del contrato en plazo por causa imputable al contratista.
Muy graves:
- La existencia de tres incumplimientos graves durante la ejecución del contrato.
- La reiteración de cualquier incumplimiento grave.
- El incumplimiento de normativa en materia de igualdad entre hombres y mujeres
- El fraude económico al Ayuntamiento de Los Arcos, mediante certificación o facturas no acordes con la realidad, o a través de cualquier medio, sin que sea necesaria la existencia de dolo.
- La prestación incorrecta y defectuosa del contrato, tanto en su calidad como en la cantidad.
- Presentación a la documentación de la convocatoria informes falsos relacionados con los criterios sociales o medioambientales de adjudicación o ejecución.
- Infracción de las condiciones establecidas para la subcontratación.
- El retraso o interrupción de la prestación del contrato igual o superior a quince días, siempre que sea imputable al contratista, o el abandono de la obra.
- La inobservancia de la obligación xx xxxxxxx profesional o incumplimiento de la normativa de protección de datos.
- La falsedad en los informes.
- La actitud deliberada de permitir el deterioro de un elemento o instalación.
- Incumplimiento de los criterios sociales y medioambientales presentados.
- El incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución establecidas en el presente pliego.
- La cesión de los derechos y obligaciones del contrato sin autorización expresa del órgano de contratación.
El incumplimiento de las obligaciones contractuales por parte del contratista, dará lugar a la incoación del oportuno expediente, en el que se dará audiencia al mismo con carácter previo a su resolución por el Órgano
de Contratación, pudiéndose imponer las penalizaciones que a continuación se determinan, que serán deducidas de la siguiente certificación que se expida en la ejecución del contrato o, en su caso, de la fianza.
La imposición de las penalidades no excluye la eventual indemnización a la Administración como consecuencia de la infracción.
29.3.‐ Cuantía de las penalidades
Retraso: por cada día de retraso en el inicio de la ejecución del contrato o suspensión de la ejecución del contrato, se impondrá la sanción prevista en el artículo 147 de la LFCP.
Además, se impondrán las siguientes penalidades:
- Incumplimientos leves, cada incumplimiento leve, podrá ser sancionado con un importe de hasta el 1% del importe de adjudicación.
- Incumplimientos graves, cada incumplimiento grave podrá ser sancionado con un importe de entre el 1,01% hasta el 5% del importe de adjudicación.
- Incumplimientos muy graves, cada incumplimiento muy grave, podrá ser sancionado, con un importe de entre el 5,01% hasta el 10% del importe de adjudicación. Esta penalidad podrá alcanzar el 20% en caso de incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato previstas en el artículo 66 xx Xxx Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx de Contratos Públicos.
30.‐ RECEPCIÓN DE LAS OBRAS Y LIQUIDACIÓN FINAL
Dentro de los 15 días siguientes a la fecha de finalización de las obras, tendrá lugar la recepción de las mismas según lo dispuesto en el artículo 172 de la LFCP.
La liquidación final se sujetará a lo establecido en el artículo 173 de la citada Ley Xxxxx.
31.‐ RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Las causas de resolución de los contratos serán las generales señaladas en el artículo 160 de la FCP, además de las específicas establecidas en el artículo 175 de dicha ley.
32‐ RÉGIMEN JURÍDICO Y PRERROGATIVAS
32.1.‐ El presente contrato tiene naturaleza administrativa, rigiéndose por el presente pliego, con sus cláusulas administrativas y especificaciones técnicas y en lo no previsto en éste será de aplicación la LFCP, la Ley Xxxxx 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local xx Xxxxxxx, y demás normativa aplicable.
Siendo financiado por los Fondos Next Generation, el presente contrato se somete a las determinaciones de la siguiente normativa:
-Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
-El Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
-La Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
-La Orden HFP/1031/2021, de 29 de
septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
-Orden HFP 55/2023 e 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
El presente pliego, sus Anexos y demás documentos anexos revestirán carácter contractual. En caso de discordancia entre el pliego y cualquiera del resto de documentos contractuales, prevalecerá este pliego. Asimismo, tendrá carácter contractual la oferta del contratista adjudicataria y el documento de formalización del contrato.
32.2.‐ El desconocimiento de las cláusulas del contrato en cualquiera de sus términos, del resto de documentos contractuales y de las instrucciones o de la normativa que resulten de aplicación en la ejecución, no exime a la persona adjudicataria de la obligación de cumplirlas.
32.3.‐ El órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar
los efectos de ésta; todo ello dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la Ley Xxxxx de Contratos Públicos.
33.‐ RECURSOS Y RECLAMACIONES
El presente contrato es de naturaleza administrativa, por lo que cuantas incidencias se deriven del cumplimiento de las obligaciones y de la interpretación de estas disposiciones, serán resueltas en primer término por el órgano de contratación.
Contra este pliego y las resoluciones que se dicten en ejecución del mismo podrán interponerse potestativamente, los siguientes recursos:
- Recurso de reposición ante el órgano del Ayuntamiento de Los Arcos autor del acto administrativo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la notificación o, en su caso, publicación del acto que se recurra.
- Reclamación en materia de contratación pública ante el Tribunal de Contratos Públicos conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y siguientes de la ley Xxxxx de Contratos Públicos, para lo que es requisito imprescindible que los licitadores faciliten un correo electrónico para la realización de notificaciones a través de medios telemáticos.
- Recurso de Alzada ante el Tribunal Administrativos, en el plazo de un mes siguiente a la notificación o publicación del acto que se recurra.
- Recurso contencioso‐administrativo ante el
Juzgado de lo Contencioso‐ Administrativo xx Xxxxxxxx en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a la notificación o publicación del acto que se recurra.
34.‐ PROTECCIÓN DE DATOS
De conformidad con lo indicado en el art. 13 del Reglamento (UE) 2016/679 en adelante RGPD, se informa a las personas licitadoras que el responsable de los
tratamientos de los datos personales aportados con ocasión de la participación en este expediente de contratación, es el Ayuntamiento de Los Arcos.
La finalidad del tratamiento es posibilitar la gestión y seguimiento del expediente de contratación y la ejecución posterior del contrato. Las cesiones de datos previstas son las que vienen determinadas por la Ley 5/2018 de 17 xx xxxx de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno y Ley Xxxxx 2/2018 de 13 xx xxxxx de Contratos Públicos.
La base legítima del tratamiento de los datos es el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento (Art. 6.1. c del RGPD en relación con la Ley Xxxxx 2/2018 de 13 xx xxxxx de Contratos Públicos) y el desarrollo del contrato (Art.
6.1. b del RGPD) para los tratamientos de datos correspondientes al adjudicatario.
Los datos se tratarán durante el tiempo necesario para la gestión de la adjudicación y desarrollo del contrato y se mantendrán durante los plazos de prescripción de las acciones que cualquiera de las partes pueda hacer valer en defensa de sus derechos.
Finalmente se archivarán de conformidad con la Ley Xxxxx 12/2007, de 4 xx xxxxx, de Archivos y Documentos, y se cancelarán únicamente siguiendo las instrucciones para la evaluación y eliminación de documentos de las Entidades Locales xx Xxxxxxx (Orden Xxxxx 51/2016).
Los titulares podrán ejercer el derecho de acceso, supresión, rectificación y limitación en los supuestos legalmente previstos. También pueden ejercer el derecho de oposición si se dan determinadas circunstancias y por motivos relacionados con su situación particular. Todo ello podrán hacerlo dirigiéndose al Ayuntamiento de Los Arcos.
Así mismo tienen derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (xxx.xxxx.xx) si consideran que el tratamiento no se ajusta a la normativa vigente o contactar con el Delegado de Protección de Datos en la dirección que consta en la Web.
35.‐ CONFIDENCIALIDAD
La contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de la información.
No se podrá divulgar la información facilitada por las empresas que estas hayan designado como confidencial. A estos efectos, las licitadoras deberán indicar en la declaración responsable la relación de documentación para los que propongan ese carácter confidencial. La declaración de confidencialidad no se podrá extender a toda
la propuesta. En caso de que lo haga, el órgano
de contratación de forma motivada determinará aquella documentación que no afecta a secretos técnicos o comerciales.
36.- FONDOS MRR DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA
36.1.- CONDICIONES GENERALES
Las cláusulas y especialidades establecidas a continuación serán de aplicación a aquellos contratos que reciban financiación procedente del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
36.2.- Régimen jurídico
En relación con el régimen jurídico establecido por la Ley Xxxxx de contratos públicos 2/2018 de 13 xx xxxxx serán igualmente de aplicación el Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el cual se aprueban medidas urgentes para la modernización de
la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y la Orden HFP 55/2023 e 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
36.3.- Plan de Medidas Antifraude
La presentación de proposiciones por parte de los licitadores supone la aceptación incondicionada y sin reservas del Plan de Medidas Antifraude del órgano de contratación cuyas disposiciones se obliga a cumplir de manera íntegra, con pleno respeto a la normativa autonómica, estatal y europea en relación con la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de interés, así como de acuerdo a los pronunciamientos que al respecto de la protección de los intereses financieros de la Unión Europea realicen sus instituciones.
Dicho Plan Antifraude se ha aprobado en cumplimiento de las obligaciones impuestas por el artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, así como por el artículo 6 de la Orden HFP/1030/2021, de
29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que impone la obligación a toda entidad, decisora o ejecutora, que participe en la ejecución de las medidas del PRTR de disponer de un Plan de Medidas Antifraude. En todo caso, los licitadores se obligan a
respetar los principios de libre concurrencia,
transparencia e integridad durante toda la fase de licitación, así como de ejecución y cumplimiento del contrato y, por ello, deberán comunicar de inmediato al órgano de contratación cualesquiera situaciones de conflicto, potencial o real, de las que tuvieran conocimiento y que pudieran afectar al expediente de contratación.
Este expediente de contratación y su ejecución estarán sujetos a los controles establecidos por la Comisión Europea, la Oficina de Lucha Antifraude (OLAF), el Tribunal de Cuentas Europeo y la Fiscalía Europea, para lo cual se facilitará a estos órganos el acceso a toda la información requerida sobre el contrato.
El plan antifraude del Ayuntamiento de Los Arcos se puede consultar en el siguiente enlace xxxxx://xxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx-xxxxxx-xxxxxxxx/
36.4.- Obligación de custodia de documentación
En cumplimiento de la obligación establecida por el art. 132 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, los contratistas y subcontratistas mantendrán un registro y conservarán los documentos justificativos, los datos estadísticos y demás documentación concerniente a la financiación, así como los registros y documentos en formato electrónico, durante un período de cinco años a partir del pago del saldo o, a falta de dicho pago, de la operación. Este período será de tres años si la financiación es de un importe inferior o igual a 60.000 EUR.
Los registros y documentos relativos a auditorías, recursos, litigios, la tramitación de reclamaciones relativas a compromisos jurídicos o relativos a investigaciones de la OLAF se conservarán hasta que dichas auditorías, recursos, litigios, tramitación de reclamaciones o investigaciones hayan concluido. En el caso de los registros y documentos relativos a investigaciones de la OLAF, la obligación de conservar los registros y documentos se aplicará una vez que dichas investigaciones hayan sido notificadas al perceptor.
Los registros y documentos se conservarán, bien en forma de originales, bien en forma de copias compulsadas de originales, bien en soportes de datos comúnmente aceptados, entre ellos versiones electrónicas de documentos originales o documentos existentes únicamente en versión electrónica. Cuando existan versiones electrónicas, no serán necesarios originales si dichos documentos cumplen los requisitos legales aplicables para que puedan ser considerados equivalentes a originales y fiables a efectos de auditoría.
36.5.- Obligaciones en materia de comunicación
En cumplimiento de la obligación establecida por el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en todas las actuaciones de comunicación relacionadas con la ejecución del contrato en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, los contratistas y subcontratistas deberán exhibir de forma destacada y visible el emblema de la Unión Europea, en la
que se incluirá, además, una declaración de la
financiación recibida con la siguiente referencia: “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU”.
El emblema de la Unión Europea deberá permanecer distinto y separado y no podrá modificarse añadiendo otras marcas visuales, marcas o texto.
Estas medidas de información y comunicación de las actuaciones desarrolladas se incluirán en carteles informativos, placas, publicaciones impresas y electrónicas, material audiovisual, páginas web, anuncios e inserciones en prensa, certificados, etc. Todos los carteles informativos y placas deberán colocarse en un lugar bien visible y de acceso al público.
ESPECIFICACIONES TECNICAS QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACION DE LAS OBRAS
Las contenidas en el proyecto técnico redactado por Xxx Xxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxx Xxxxxx.
ANEXO I: MODELO DE DECLARACIÓN DE SOLVENCIA PROFESIONAL PARA LA CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS “MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DEL COLEGIO DE LOS ARCOS (NAVARRA)”
Xxx /Doña……………………………..DNI/NIF …………...con domicilio a efectos de notificación en ………..C. P ….., localidad….. teléfonos , en nombre propio o en representación de (táchese lo que no proceda) la sociedad CIF ….
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD
- Que en relación con los requisitos de solvencia técnica o profesional exigidos en el Pliego de Condiciones Administrativas que durante los años 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023 ha llevado a cabo de buena ejecución los siguientes trabajos de similar naturaleza a los que son objeto de licitación, señalados en el siguiente cuadro:
Descripción del trabajo Entidad destinataria
Fecha de conclusión del trabajo Importe(IVA excluido)
1. Se adjunta la documentación necesaria para su comprobación En………., a de 2024
FIRMA DE LA LICITADORA O LICITADORAS
Protección de Datos: El responsable del tratamiento de los datos registrados en este documento es el Ayuntamiento de Los Arcos (Navarra). La información ampliada sobre los fines y demás condiciones del tratamiento se indican en la cláusula nº 33 xxx Xxxxxx de contratación.
XXXXX XX: MODELO DE IDENTIFICACIÓN DE LICITADORA O LICITADORAS Y DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO A EFECTOS DE NOTIFICACIONES PARA LA CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS “MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DEL COLEGIO DE LOS ARCOS (NAVARRA)”
Don/doña…………………………………………………..DNI/NIF.......................................
......con domicilio a efectos de notificación en C.P
......................, localidad.......................................... , teléfonos
......................................................., fax…………………………………., en nombre
propio o en representación de (táchese lo que no proceda) la sociedad
.................................................................................................CIF...................................
EXPONE:
● Que la dirección de correo electrónico a efectos de notificaciones, subsanación de defectos materiales y notificaciones en el caso de reclamaciones en materia de contratación pública es la siguiente:
………………………………………………………
● Que conociendo los Pliegos que rigen la contratación, de las obras “MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DEL COLEGIO DE LOS ARCOS (NAVARRA”: se compromete a su realización con estricta sujeción al mismo, a la oferta presentada, adjuntando a tal efecto los siguientes sobres:
SOBRE Nº 1:” Documentación administrativa “
SOBRE Nº 2: “Documentación relativa a criterios de valoración cualitativos” SOBRE Nº 3: “Documentación relativa a criterios cuantificables mediante fórmulas “
En………….., a ......... de de 2024.
FIRMA DE LA LICITADORA O LICITADORAS
Protección de Datos: El responsable del tratamiento de los datos registrados en este documento es el Ayuntamiento de Los Arcos. La información ampliada sobre los fines y demás condiciones del tratamiento se indican en la cláusula nº 33 xxx Xxxxxx de contratación.
XXXXX XXX: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES EXIGIDAS PARA LA CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS “MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DEL COLEGIO DE LOS ARCOS (NAVARRA)”
Don/doña…………………………………………………..DNI/NIF.......................................
......con domicilio a efectos de notificación en C.P
......................,localidad.......................................... , teléfonos
.......................................................,
fax , en nombre propio o en representación de (táchese
lo que no proceda) La sociedad
.................................................................................................CIF...................................
Declara bajo su responsabilidad:
1. Que cumple las condiciones exigidas para contratar respecto a la acreditación de la personalidad jurídica del contratista y, en su caso, su representación.
2.Que la entidad por mi representada reúne todas y cada una de las condiciones para contratar no estando incursa en ninguna de las prohibiciones para contratar enumeradas en el artículo 22 de la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos.
3. Que se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, de la Seguridad Social y de seguridad, salud en el trabajo y prevención de riesgos laborales, impuestas por las disposiciones legales vigentes.
4. Que reúne el resto de requisitos legales para la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, así como aquellos otros establecidos en los pliegos de contratación.
5. Se somete a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias con renuncia, al fuero jurisdiccional que pudiera corresponderle, en el caso de empresas extranjeras.
6. Que reúne la solvencia económica y financiera, técnica y profesional exigida en el presente pliego.
7. Que cuenta con el compromiso por escrito de otras entidades respecto de la adscripción de sus medios o la disposición de sus recursos, en su caso.
8. Que se compromete para el caso de resultar adjudicataria a acreditar la posesión y validez de los documentos exigidos en el presente pliego en el plazo máximo de siete días desde la notificación de la adjudicación.
9. Que se compromete a presentar los documentos exigidos antes de la firma del contrato, conforme lo estipulado en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rige la contratación.
10. Que su finalidad o actividad tiene relación directa con el objeto del contrato y dispone que elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
00.Xx empresa se compromete a respetar el principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente( principio do no significant harm- XXXX) y, en su caso, el etiquetado verde y digital, de acuerdo con lo previsto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado por Consejo de Ministros el 27 xx xxxxx de 2021 y por el Reglamento (UE) nº 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, así como con lo requerido en la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España.
12. Que declara como documentación confidencial la siguiente: ……………..
En………., a de 2024
FIRMA DE LA LICITADORA O LICITADORAS
Protección de Datos: El responsable del tratamiento de los datos registrados en este documento es el Ayuntamiento de Los Arcos (Navarra). La información ampliada sobre los fines y demás condiciones del tratamiento se indican en la cláusula nº 33 xxx Xxxxxx de contratación.
ANEXO IV: DECLARACIÓN DE AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERESES (DACI)
Expediente: “MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DEL COLEGIO DE LOS ARCOS (NAVARRA)”
Contrato: Subvención: Convenio:
Don/Doña....................................................................................., de nacionalidad
..........................., provisto del D.N.I./NIE/pasaporte n.º , vecino/a de
........................................., provincia de ......................................, con domicilio en
...................................................................., teléfono …….., dirección de correo
electrónico habilitada , actuando en nombre propio /en representación
de …………………………...................……………………............ en calidad de (indíquese si apoderado, administrador, etc.) ,
empresa con NIF n.º …………….., como licitador interesado en participar en el procedimiento de adjudicación del contrato DECLARO
Al objeto de garantizar la imparcialidad en el procedimiento de contratación/subvención arriba referenciado, el/los abajo firmante/s, como participante/s en el proceso de preparación y tramitación del expediente, declara/declaran:
Primero.
Estar informado/s de lo siguiente:
1.- Que el artículo 61.3 «Conflicto de intereses», del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio (Reglamento financiero de la UE) establece que «existirá conflicto de intereses cuando el ejercicio imparcial y objetivo de las funciones se vea comprometido por razones familiares, afectivas, de afinidad política o nacional, de interés económico o por cualquier motivo directo o indirecto de interés personal».
2.- Que el artículo 64 «Lucha contra la corrupción y prevención de los conflictos de intereses» de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, define el conflicto de interés como «cualquier situación en la que el personal al servicio del órgano de contratación, que además participe en el desarrollo del procedimiento de licitación o pueda influir en el resultado del mismo, tenga directa o indirectamente un interés financiero, económico o personal que pudiera parecer que compromete su imparcialidad e independencia en el contexto del procedimiento de licitación».
3.- Que el apartado 3 de la Disposición Adicional centésima décima segunda de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023, establece que «El análisis sistemático y automatizado del riesgo de conflicto de interés resulta de aplicación a los empleados públicos y resto de personal al servicio de entidades decisoras, ejecutoras e instrumentales que participen, de forma
individual o mediante su pertenencia a órganos colegiados, en los procedimientos descritos de adjudicación de contratos o de concesión de subvenciones».
4.- Que el apartado 4 de la citada disposición adicional centésima décima segunda establece que:
– «A través de la herramienta informática se analizarán las posibles relaciones familiares o vinculaciones societarias, directas o indirectas, en las que se pueda dar un interés personal o económico susceptible de provocar un conflicto de interés, entre las personas a las que se refiere el apartado anterior y los participantes en cada procedimiento».
– «Para la identificación de las relaciones o vinculaciones la herramienta contendrá, entre otros, los datos de titularidad real de las personas jurídicas a las que se refiere el artículo 22.2.d).iii) del Reglamento (UE) 241/2021, de 12 febrero, obrantes en las bases de datos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y los obtenidos a través de los convenios suscritos con los Colegios de Notarios y Registradores».
Segundo.
Que, en el momento de la firma de esta declaración y a la luz de la información obrante en su poder, no se encuentra/n incurso/s en ninguna situación que pueda calificarse de conflicto de interés, en los términos previstos en el apartado cuatro de la disposición adicional centésima décima segunda, que pueda afectar al procedimiento de licitación/concesión de subvenciones.
Tercero.
Que se compromete/n a poner en conocimiento del órgano de contratación/comisión de evaluación, sin dilación, cualquier situación de conflicto de interés que pudiera conocer y producirse en cualquier momento del procedimiento en curso.
Cuarto.
Que conoce que una declaración de ausencia de conflicto de interés que se demuestre que sea falsa, acarreará las consecuencias disciplinarias/administrativas/ judiciales que establezca la normativa de aplicación.
En……., a …….de ……2024
(Firma)
NOTA: LA DECLARACIÓN DEBE SER APORTADA POR CADA CONTRATISTA Y SUBCONTRATISTA ( art. 8.2 de la Orden HFP 1031/2021)
ANEXO V CLÁUSULA DE CONFIDENCIALIDAD
Expediente de contratación de las obras “MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DEL COLEGIO DE LOS ARCOS (NAVARRA)”
En …........................., a ......... de ........................... de ....…
Don/Doña ................................................................................................, de
nacionalidad ................. …........., provisto del D.N.I./NIE/pasaporte nº.............................., vecino/a de ........................................., provincia de
......................................, con domicilio en
...............................…………..................................., nº ................., teléfono ,
correo electrónico , actuando en nombre propio /en representación de
........………………………........................... en calidad de (apoderado, administrador, etc.) ................................…......................, empresa con NIF n.º …………….., como
licitador interesado en participar en el procedimiento de adjudicación del contrato , MANIFIESTA:
1.- Que, de la información presentada al presente expediente de contratación, se considera que afecta a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de la oferta la siguiente: -
………………………………………………………………………..
2.- Que se compromete a respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal, durante un plazo de …… años desde el conocimiento de esa información.
3.- Que se compromete a no acceder a datos personales que no sean necesarios para la ejecución del contrato.
En……., a …….de 2024
(Firma)
ANEXO VI
MODELO DE COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS
Expediente de contratación de las obras “MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DEL COLEGIO DE LOS ARCOS (NAVARRA)”
En …........................., a ......... de ........................... de .......
Don/Doña....................................................................................., de nacionalidad
..........................., provisto del D.N.I./NIE/pasaporte n.º , vecino/a de
........................................., provincia de ......................................, con domicilio en
...................................................................., teléfono …….., dirección de correo
electrónico habilitada , actuando en nombre propio /en representación
de …………………………...................……………………............ en calidad de (indíquese si apoderado, administrador, etc.) ,
empresa con NIF n.º …………….., como licitador interesado en participar en el procedimiento de adjudicación del contrato DECLARO:
Que me comprometo a designar un coordinador técnico integrado en la propia plantilla de la empresa contratista, el cual actuará como único interlocutor con la Administración, siendo comunicada su designación a la Administración a la firma del contrato.
Y a adscribir a la ejecución del contrato los siguientes medios cuyo mantenimiento tendrá el carácter de obligación esencial en caso de que se incumplan, con los efectos previstos en el artículo 211 y 192.2 de la LCSP 9/2017. (Enumerar diferenciando medios personales y materiales según xxxx exigidos)
En……., a …….de 2024
(Firma)
ANEXO VII: DECLARACIÓN DE CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS EN RELACIÓN CON LA EJECUCIÓN DE ACTUACIONES DEL PRTR, PROGRAMA DUS 5000
Xxx/Doña ……………………………………………………, DNI ,
como representante legal de la entidad
………………………………………………………………………….., con NIF
…………………………., y domicilio fiscal en …………
………………………………………………………………………….
……………………………
…………………………………………………………………………………, en calidad de contratista o subcontratista que participa en el desarrollo de actuaciones necesarias para la consecución de los objetivos definidos en el Componente C02.I4 , declara conocer la normativa que es de aplicación, en particular las siguientes apartados del artículo 22, del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia:
1. La letra d) del apartado 2: «recabar, a efectos de auditoría y control del uso de fondos en relación con las medidas destinadas a la ejecución de reformas y proyectos de inversión en el marco del plan de recuperación y resiliencia, en un formato electrónico que permita realizar búsquedas y en una base de datos única, las categorías armonizadas de datos siguientes:
i. El nombre del perceptor final de los fondos;
ii. el nombre del contratista y del subcontratista, cuando el perceptor final de los fondos sea un poder adjudicador de conformidad con el Derecho de la Unión o nacional en materia de contratación pública;
iii. los nombres, apellidos y fechas de nacimiento de los titulares reales del perceptor de los fondos o del contratista, según se define en el artículo 3, punto 6, de la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo (26);
iv. una lista de medidas para la ejecución de reformas y proyectos de inversión en el marco del plan de recuperación y resiliencia, junto con el importe total de la financiación pública de dichas medidas y que indique la cuantía de los fondos desembolsados en el marco del Mecanismo y de otros fondos de la Unión».
2. Apartado 3: «Los datos personales mencionados en el apartado 2, letra d), del presente artículo solo serán tratados por los Estados miembros y por la Comisión a los efectos y duración de la correspondiente auditoría de la aprobación de la gestión presupuestaria y de los procedimientos de control relacionados con la utilización de
los fondos relacionados con la aplicación de los
acuerdos a que se refieren los artículos 15, apartado 2, y 23, apartado 1. En el marco del procedimiento de aprobación de la gestión de la Comisión, de conformidad con el artículo 319 del TFUE, el Mecanismo estará sujeto a la presentación de informes en el marco de la información financiera y de rendición de cuentas integrada a que se refiere el artículo 247 del Reglamento Financiero y, en particular, por separado, en el informe anual de gestión y rendimiento».
3.-Conforme al marco jurídico expuesto, manifiesta acceder a la cesión y tratamiento de los datos con los fines expresamente relacionados en los artículos citados.
En ………, a …… de ………………………………………………. de 202…….
Fdo. ……………………………………………. Cargo:
…………………………………………
ANEXO VIII
MODELO DECLARACIÓN DE COMPROMISO EN RELACIÓN CON LA EJECUCIÓN DE ACTUACIONES DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR)
Don/Doña....................................................................................., con
DNI..........................., como titular del órgano/Consejero Delegado/Gerente/de la entidad ........................................., con NIF n.º ……………..,y domicilio fiscal en
………………………………………………………………………………………, que participa como contratista/subcontratista en el desarrollo de actuaciones necesarias para la consecución de los objetivos definidos en la Componente C02.I4 manifiesta el compromiso de la entidad que representa con los estándares más exigentes en relación con el cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y xxxxxxx , adoptando las medidas necesarias para prevenir y detectar el fraude, la corrupción y los conflictos de interés, comunicando en su caso a las autoridades que proceda los incumplimientos observados.
Adicionalmente, atendiendo al contenido del PRTR, se compromete a respetar los principios de economía circular y evitar impactos negativos significativos en el medio ambiente (XXXX por sus siglas en inglés “do no significant harm”) en la ejecución de las actuaciones llevadas a cabo en el marco de dicho Plan y manifiesta que no incurre en doble financiación y que, en su caso, no le consta riesgo de incompatibilidad con el régimen de ayudas de Estado.
En ………, a …… de ………………………………………………. de 202…….
Fdo. ……………………………………………. Cargo:
…………………………………………
ANEXO IX: MODELO DE OFERTA CUANTIFICABLE MEDIANTE FORMULAS PARA LA CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS “MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DEL COLEGIO DE LOS ARCOS (NAVARRA)”
Don/doña…………………………………………………..DNI/NIF.......................................
......con domicilio a efectos de notificación en C.P
......................,localidad.........................................., teléfonos
.......................................................,
fax , en nombre propio o en representación de (táchese
lo que no proceda) La sociedad
.................................................................................................CIF...................................
se compromete a ejecutar las obras indicadas de acuerdo con las ofertas que se hacen a continuación:
1. Que se compromete a llevar a cabo la ejecución total de las obras de conformidad con la oferta económica y plazo siguientes, así como demás condiciones que se especifican en la documentación técnica presentada:
Oferta económica excluido IVA | IVA | Precio total |
Dicho importe incluye todos los tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como cualquier otro gasto que se derive de la prestación, o que se origine para la empresa adjudicataria como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en los Pliegos.
mes
Plazo ejecución obras
2. Que SI/NO (marcar lo que proceda) se compromete a utilizar materiales reciclados o materiales que para su construcción hayan tenido en cuenta la protección del medio ambiente:
Compromiso Medioambiental | SI | |
NO |
3. Que va a subcontratar con Centros Especiales de Empleo y/o Centros de Inserción Socio Laboral un porcentaje del precio de adjudicación del contrato (marcar lo que proceda):
Compromiso Social. Subcontratación | 2% | |
4% | ||
6% |
4. Que SI/NO (marcar lo que proceda) se compromete a que la plantilla que ejecutará el contrato realizará al menos 8 horas de acciones de sensibilización y formación, sobre los derechos en materia de igualdad y de conciliación, reconocidos en la normativa vigente y en el convenio correspondiente
Compromiso Social. Formación | SI | |
NO |
En………., a de 2024.
FIRMA DE LA LICITADORA O LICITADORAS
Protección de Datos: El responsable del tratamiento de los datos registrados en este documento es el Ayuntamiento de Los Arcos. La información ampliada sobre los fines y demás condiciones del tratamiento se indican en la cláusula nº 33 xxx Xxxxxx de contratación.