AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A.
X/Xxxxxxxx, 00
00000 Xxxxxx
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AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A.
(AcuaMed)
PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS PARA LA CONTRATACION DE LA REDACCIÓN DEL PROYECTO Y, LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS PARA LA REMODELACIÓN DE LA PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE DE PILONES (MÁLAGA)
Madrid, 20 xx xxxx de 2014
PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS PARA LA CONTRATACION DE LA REDACCIÓN DEL PROYECTO Y, LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS PARA LA REMODELACIÓN DE LA PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE DE PILONES (MÁLAGA) |
Nº de expediente: OB/05/14
A. CARACTERÍSTICAS DE LA CONTRATACIÓN: |
1. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION Y TRAMITACION DEL EXPEDIENTE |
Se adoptará un procedimiento abierto, en aplicación del artículo 157 y siguientes del TRLCSP, resultando adjudicatario el licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa. Asimismo, el expediente se instruirá utilizando la tramitación ordinaria. |
1.bis COFINANCIACIÓN EUROPEA |
El contrato será cofinanciado mediante subvenciones de la Unión Europea. Los posibles efectos de retrasos e incumplimientos podría provocar la retirada de la subvención si la construcción no finaliza antes de diciembre de 2015 y se certifica toda ella a más tardar antes de noviembre de 2015. Este hecho será tenido en cuenta en las posibles penalizaciones y/o en la resolución del contrato. |
2. CODIFICACIÓN DE LA NOMENCLATURA |
La codificación correspondiente a la nomenclatura Vocabulario Común de los contratos (CPV) de la Comisión Europea corresponde a los códigos CPV siguientes: 71300000, Servicios de ingeniería y 45252126-7 (trabajos de construcción de plantas para tratamiento de agua potable) |
3. DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO Y NECESIDADES A SATISFACER |
La presente contratación tiene como objeto la realización, por el licitador que resulte adjudicatario, de todas las actividades necesarias para llegar al resultado final de entregar a AcuaMed la obra de remodelación de la estación de tratamiento de agua potable (E.T.A.P.) de Pilones (Málaga). Las obras de remodelación de la E.T.A.P. de Pilones reúnen las condiciones que se establecen en el apartado 1 del artículo 124 para ser contratada conjuntamente la elaboración del proyecto y la ejecución de las obras correspondientes, pues: 1. Se trata de un tipo de obra con una importante componente industrial, en el que las instalaciones eléctricas y los equipos electromecánicos conforman la mayor parte del presupuesto. Algunos de estos equipos, por su singularidad, están sujetos a patentes, asociadas a empresas concretas. En caso de redactar previamente el proyecto constructivo, obligaría a decantarse por unos equipos específicos en esta fase, impidiendo, o al menos limitando notablemente la pública concurrencia en una posterior licitación de obra. 2. Al tratarse de una instalación que desarrolla un proceso secuencial en el tratamiento del agua, la selección de un determinado equipo singular en cualquier fase del tratamiento condiciona el resto del diseño. Es por ello que la concepción y ejecución de la instalación ha de formar parte de un mismo contrato, para poder delimitar la responsabilidad en caso de deficiencias en la operación posterior. 3. Los condicionantes de plazo que se prevén plantear en la licitación confieren una dificultad técnica singular a la obra, por lo que resulta necesario que el proyecto se defina teniendo en cuenta los medios y capacidad técnica propios de la empresa que desarrollará la construcción. Así pues, los grupos de actividades que integran el contrato, redacción de proyecto y construcción de la obra, incluyendo dentro de la misma las trabajos previos a la explotación o de puesta a punto, tienen como finalidad conseguir, con las mayores garantías, la disponibilidad de una E.T.A.P. suficientemente probada tras el subsiguiente |
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Nº de expediente: OB/05/14
periodo de puesta en marcha y los referidos trabajos previos a la explotación o de puesta a punto como paso previo a la operación y mantenimiento. Así pues, sin mengua de la unidad fundamental de la prestación que se conviene, que constituye el resultado perseguido por AcuaMed, la actividad del contratista se divide en las siguientes fases: 1. FASE PRIMERA: Redacción del Proyecto Constructivo de la Planta potabilizadora, siguiendo las instrucciones recibidas de ACUAMED y sobre la base del Proyecto Informativo y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Particulares que integran esta documentación, y con arreglo al cual se ejecutarán las correspondientes obras en él diseñadas. 2. FASE SEGUNDA: Ejecución de las obras de la Remodelación de la E.T.A.P de Pilones con arreglo al Proyecto Constructivo redactado, una vez aprobado por el Ministerio Agricultura Alimentación y Medio Ambiente, y siguiendo las instrucciones de la Dirección de Obra. La ejecución de obras se completa con la realización de los trabajos previos a la explotación, considerados como prolongación del período de puesta en marcha, que se denominan de puesta a punto y pruebas, efectuado éste antes de la Recepción de las obras, en las condiciones que más adelante se indican en este Pliego, y que consistirán, fundamentalmente, en el rodaje de la planta en idénticas condiciones a las de la futura explotación, dando para ello un plazo suficientemente amplio con el fin de que los posibles defectos que pudieran surgir en equipos e instalaciones fueran visibles durante la realización de dichos trabajos. La programación que se realice para estos trabajos se efectuará mediante un Plan de Producción, consensuado en aquellos aspectos que sean de su interés, entre AcuaMed y EMASA. |
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4. PRESUPUESTOS PARA LA LICITACIÓN, VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO |
4.1. Presupuesto base de licitación (sin IVA) FASE PRIMERA (Proyecto constructivo): SEISCIENTOS CINCUENTA MIL EUROS (650.000,00 €). FASE SEGUNDA (Ejecución de las obras): VEINTIDÓS MILLONES SEISCIENTOS VEINTE MIL NOVENTA Y CUATRO EUROS CON NOVENTA Y SEIS CÉNTIMOS (22.620.094,96 €). De la suma de las cantidades anteriores resulta un presupuesto base de licitación de VEINTITRÉS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA MIL NOVENTA Y CUATRO EUROS CON NOVENTA Y SEIS CÉNTIMOS (23.270.094,96 €). El importe de los trabajos previos a la explotación, se considera repercutido en las unidades que compondrán el proyecto constructivo. IVA (21%): CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS DIECINUEVE EUROS CON NOVENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (4.886.719,94 €). |
4.2. Valor estimado del contrato (sin IVA): VEINTITRÉS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA MIL NOVENTA Y CUATRO EUROS CON NOVENTA Y SEIS CENTIMOS DE EURO (23.270.094,96 €). En este importe se han tenido en cuenta los requerimientos contemplados en el art. 88 del TRLCSP. |
4.3. Sistema de retribución del precio: Por precios unitarios. |
4.4. Forma de pago: Mediante facturas que coincidirán con las certificaciones, teniendo en cuenta las retenciones practicadas a las mismas de acuerdo con lo expresado en la cláusula 13.2.1 del modelo de contrato que se incluye como Anexo V al presente Pliego. FASE PRIMERA (Proyecto constructivo): Se emitirá una única certificación por el importe ofertado por el adjudicatario para esta prestación, cuando se tenga la Resolución de la aprobación del proyecto constructivo por el órgano competente del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. FASE SEGUNDA (Ejecución de las obras): Los importes certificados mensualmente responderán a los trabajos realmente ejecutados durante el mes de que se trate, pero nunca al tiempo empleado por los medios personales y materiales en desarrollar dichos trabajos. |
4.5. Fecha de abono de las facturas: Según lo especificado en el modelo de contrato que se incluye como Anexo V al presente Pliego. |
5. GARANTÍAS A DISPOSICIÓN DE LA SOCIEDAD |
5.1. Provisional: 3% del Presupuesto base de licitación. Se presentará de acuerdo con el modelo que se adjunta como Anexo III al presente Pliego. La garantía se exige en atención a la naturaleza del expediente y el valor estimado del contrato, puestos en relación con la necesidad de evitar cualquier circunstancia del contrato que pudiera poner en riesgo la obtención de la cofinanciación europea prevista para el contrato |
5.2. Definitiva: 5% del Presupuesto base de licitación. Se presentará de acuerdo con el modelo que se adjunta como Anexo III al presente Pliego. |
5.3. Complementaria: 5% del Presupuesto base de licitación para ofertas económicas anormalmente bajas. |
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6. CONDICIONES ESPECÍFICAS DE LA CONTRATACIÓN. PUBLICIDAD DE LA LICITACIÓN |
6.1. Plazo de ejecución del contrato |
Los plazos recogidos en el proyecto informativo que se entrega como documentación, deben ser sustituidos por los que se exponen a continuación. FASE PRIMERA: Plazo fijo e invariable para la redacción del Proyecto Constructivo: Dos meses (2) FASE SEGUNDA: Desde el Acta de comprobación del replanteo hasta la recepción de las obras, con un total de Diecisiete meses (17), dividido en dos períodos: Plazo fijo e invariable para la ejecución de las obras: Nueve meses (9) a partir de la fecha del acta de replanteo, que tendrá lugar tras la aprobación del Proyecto Constructivo por parte del órgano competente del Ministerio de Agricultura Alimentación y Medio Ambiente Plazo fijo e invariable de puesta en marcha, pruebas y puesta a punto: Ocho meses (8) Los plazos anteriormente señalados como fijos e invariables deberán ser respetados en sus ofertas por los licitadores, no pudiendo ofertar plazos distintos a los fijados en este Pliego. El Programa de Trabajo se realizará teniendo en cuenta las fases indicadas y los plazos parciales que se fijen dentro del mismo, se entenderá como parte integrante del Contrato, con los efectos que en éste o en el presente Pliego se hayan determinado. No se admitirán prórrogas en ninguna de las fases. |
6.2. Modificaciones previstas en la documentación que rige la licitación: Según lo especificado en el Anexo VI al presente Pliego de Cláusulas Reguladoras, no existen modificaciones previstas. |
6.3. Admisión de soluciones variantes: No |
6.4. Existencia de requisitos de publicidad en la Plataforma de Contratación: Sí |
6.5. Existencia de requisitos de publicidad en el DOUE: Sí |
6.6. Existencia de requisitos de publicidad en el BOE: No |
6.7. Publicidad en el Perfil de Contratante: Sí (xxx.xxxxxxx.xx) |
6.8. Existencia de fases en la valoración de las ofertas: Sí. Primero se valoran los criterios subjetivos y una vez establecida la puntuación se valora el criterio objetivo. Se establece un umbral mínimo de puntuación para pasar de una fase a otra, especificado en el apartado 15.1.3. de este cuadro de características. |
7. DOCUMENTOS QUE TIENEN CARÁCTER CONTRACTUAL |
Los documentos que se relacionan a continuación revisten carácter contractual: 1. Pliego de cláusulas reguladoras (documento presente) 2. Pliego de prescripciones técnicas particulares, que se anexa al Pliego de cláusulas reguladoras (Anexo IV) 3. Proyecto informativo (Anexo VII) 4. Oferta (técnica- incluye Anteproyecto Constructivo- y económica) presentada por el contratista 5. Proyecto Constructivo que será aprobado por el Ministerio Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, integrado por los siguientes documentos: a) Memoria que recogerá las necesidades a satisfacer y los factores de todo orden a tener en cuenta. b) Pliego de Condiciones |
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c) Planos. d) Cuadros de precios, justificación de precios y presupuesto de la obra, siendo de aplicación al presupuesto de ejecución material los porcentajes de Gastos Generales (13%) y Beneficio Industrial (6%) que contempla la Administración General del Estado 6. Programa de ocupación de terrenos y reposición de servicios, en su caso 7. Programa de trabajos con fijación de mensualidades 8. Plan de Aseguramiento de la Calidad 9. Estudio de Seguridad y Salud 10. Requisitos fundamentales para los contratos de seguros 11. Copia de la garantía definitiva 12. Escritura de apoderamiento del representante del contratista 13. Documentos de nombramiento y aceptación del Delegado del contratista, del Jefe de Obra y del responsable de Seguridad y Salud En caso de discordancia o de contradicción entre el contenido de los documentos contractuales arriba citados, será de aplicación preferente el contrato que se formalice, un modelo del mismo se incluye como Anexo V al presente Pliego, y después los documentos enunciados por el orden de su numeración. |
B. PARTICIPACIÓN EN LA LICITACIÓN: |
8. DISPOSICIONES RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO |
Información general: La presentación de la correspondiente oferta presupone la aceptación incondicionada, por parte del ofertante, de todas las cláusulas de este Pliego sin salvedad |
9. PRESENTACIÓN DE OFERTAS |
9.1. Información general: - Cada licitador podrá presentar una única oferta, bien sea individual o conjunta con otros licitadores. La presentación de varias ofertas en las que intervenga un mismo licitador determinará la invalidez automática de todas ellas. - Una vez presentada la oferta no podrá ser retirada, salvo justificación, y en todo caso antes del acto de apertura. |
9.2. Lugar: Oficinas de AcuaMed X/ Xxxxxxxx, 00 00000 Xxxxxx |
9.3. Plazo: Hasta el día de de 2012 a las 14:00 horas. |
9.4. Forma: En sobre cerrado e identificado debidamente conteniendo a su vez 3 sobres cerrados: - Sobre A: Documentación General. Se incluirán los requerimientos de capacidad y solvencia exigidos en el apartado 10 del presente cuadro de características. - Sobre B: Documentación correspondiente a los criterios subjetivos de valoración (Documentación Técnica), especificada en el apartado 11 del presente cuadro de características. Se presentará copia en CD ó DVD de esta documentación que deberá coincidir exactamente con la exhibida en papel. En caso de no presentación, la oferta quedará excluida. - Sobre C: Documentación correspondiente a los criterios objetivos de valoración (Proposición Económica), especificada en el apartado 12 del presente cuadro de características. En el exterior de cada sobre se hará constar lo siguiente: Letra correspondiente al sobre. Título de la licitación. Nombre completo y siglas, en su caso, dirección, CIF o NIF, teléfono, fax y correo electrónico del licitador. Nombre y NIF del representante y correo electrónico. |
9.5. Idioma: Español. |
9.6. Confidencialidad: Sin perjuicio de las disposiciones legales y xxx xxxxxx relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los licitadores, el órgano de contratación no podrá divulgar la información facilitada por los empresarios que estos hayan designado como confidencial; este carácter afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas. |
9.7. Protección de datos: En cumplimiento del artículo 5º de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, sobre Protección de Datos de Carácter Personal, por el que se regula el derecho de información en la recogida de los datos, le facilitamos la siguiente información: “Los datos de carácter personal que facilite, cuando entren dentro del ámbito de aplicación de dicha Ley Orgánica, podrán incluirse en un fichero para la gestión de las contrataciones y la contabilización de las correspondientes transacciones, así como integrarse en el directorio de proveedores de bienes y servicios del que es responsable AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A. (en adelante, AcuaMed) que garantiza la confidencialidad y seguridad de los datos facilitados, cuya finalidad es el cumplimiento y gestión de forma adecuada de las relaciones contractuales. El destinatario de la información es AcuaMed, aunque en la ejecución contractual se podrán comunicar datos personales a entidades bancarias para la tramitación de los pagos o cobros, a la Agencia Tributaria en tramitaciones y declaraciones fiscales y, en su caso, a Juzgados mediante requerimiento judicial y participantes en juicio o a terceros con los que AcuaMed concluya acuerdos de colaboración relacionados con la Obra objeto de licitación. EL LICITANTE mantendrá completamente indemne a AcuaMed si a ésta le fueran imputadas responsabilidades por esta causa. Los titulares de los datos de carácter personal facilitados por el LICITANTE quedan informados sobre la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación, en los términos establecidos en la legislación vigente, dirigiéndose mediante comunicación escrita a AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A. x/ Xxxxxxxx, 00, 00000 Xxxxxx, dicha comunicación deberá incluir nombre y apellidos, petición en que se concreta la solicitud, dirección a efectos de notificaciones, fecha, firma y fotocopia del DNI o pasaporte”. |
10. CONTENIDO DEL SOBRE A |
10.1. Acreditación de la capacidad de las empresas para contratar. |
10.1.1. Documentación fehaciente que acredite la personalidad y capacidad del licitador: - Si la empresa fuese persona jurídica, la personalidad y capacidad se acreditará mediante la presentación de la escritura de constitución y modificaciones, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial. - Si el empresario fuera persona natural, presentará fotocopia legitimada notarialmente o compulsada de su DNI no caducado o del documento que haga sus veces. Si el empresario individual actuase bajo nombre comercial, cuando no lo haga estrictamente con su nombre y apellidos, deberá probar la inscripción en el Registro de la Propiedad Industrial del nombre con el que actúa. |
10.1.2. Fotocopia legitimada notarialmente o compulsada del CIF o NIF del empresario. |
10.1.3. Documentos que acrediten, en su caso, la representación. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán poder bastante al efecto y fotocopia de su D.N.I. o del documento que haga sus veces. Si la empresa fuera persona jurídica el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el Art. 94.5 del Reglamento del Registro Mercantil. |
10.1.4. Certificado expedido por el representante legal de la empresa declarando la vigencia de la escritura pública de poder del representante y de las circunstancias acreditadas en la escritura de la sociedad. |
10.1.5. En su caso, compromiso de constitución de unión temporal de empresas. El compromiso vendrá firmado por los representantes de los empresarios, con poderes suficientes para ello, e indicará los nombres, circunstancias y participación de cada uno de ellos y que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas, caso de resultar adjudicatarios. La unión temporal de empresas se regirá por lo dispuesto en el artículo 59 del TRLCSP. |
10.1.6. Declaración responsable otorgada ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, como por ejemplo Colegio Profesional, Cámara de Comercio u otro de similares características, de no estar incursa la empresa en las prohibiciones para contratar recogidas en el Art. 60 del TRLCSP junto con la declaración responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula 11, para el licitador que resultare adjudicatario. Esta declaración se realizará también dentro de la proposición económica según el modelo del Anexo I. |
10.2. Acreditación de los requerimientos para demostrar la solvencia. |
10.2.1. Clasificación de contratista de obras: Los licitadores acreditarán las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera, y profesional o técnica por medio de la siguiente clasificación: Grupo K, Subgrupo 8, Categoría e. |
10.2.2. Acreditación de la solvencia técnica o profesional en relación con la 1 ª fase: Redacción del proyecto de construcción. Los licitadores que deseen participar en la presente contratación deberán acreditar una relación de los principales servicios o trabajos de características similares, es decir, redacción de proyectos de construcción de plantas de tratamiento de agua para consumo humano, realizados en los últimos ocho años, que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos. Se acreditarán conforme a lo dispuesto en el apartado a) del artículo 78 del TRLCSP. En esa relación se exige acreditar un número superior o igual a un (1) proyecto redactados similares, es decir, de construcción de plantas de tratamiento de agua para consumo humano con una capacidad de al menos 50.000 m3/día. |
10.2.3 Adscripción de medios personales o materiales constitutivos de obligación esencial: Los licitadores que deseen participar en la presente contratación deberán acreditar los siguientes extremos, exigibles para cada fase del contrato. Para la 1 ª fase, Proyecto de Construcción: Una descripción detallada del equipo técnico y colaboradores participantes en el contrato, que el licitador se compromete a adscribir a la ejecución del Contrato, con indicación de titulación, experiencia, situación en la empresa, funciones a desarrollar y grado de dedicación a las mismas. Se exige un equipo de técnicos, adscritos a la ejecución del contrato que reúna como mínimo las condiciones siguientes: Técnico competente con más xx xxxx (10) años de experiencia profesional en la redacción de proyectos de obras hidráulicas, incluyendo al menos dos (2) proyectos de estaciones de tratamiento de agua para consumo humano con una capacidad de al menos 50.000 m3/día. Técnico competente con más de cinco (5) años de experiencia profesional en cálculos de estructuras. Técnico competente con más de cuatro (4) años de experiencia profesional en diseños de sistemas de telecomunicación y telemando de instalaciones de obras hidráulicas. Para la 2 ª fase, Ejecución de la obras: Una descripción detallada del equipo técnico y colaboradores participantes en el contrato, que el licitador se compromete a adscribir a la ejecución del Contrato, con indicación de titulación, experiencia, situación en la empresa, funciones a desarrollar y grado de dedicación a las mismas. Se exige un equipo de técnicos, adscritos a la ejecución del contrato que reúna como mínimo las condiciones siguientes: Técnico competente como jefe de obra con más xx xxxx (10) años de experiencia en obras similares, debiendo acreditar haber participado en la construcción de al menos dos (2) plantas de tratamiento de agua. Dedicación completa. Tres Técnicos competentes como jefes de producción con más de siete (7) años de experiencia en obras similares. Dedicación completa Técnico competente con más de cinco (5) años de experiencia en actuaciones medioambientales y de calidad Responsable de los Planes de Vigilancia Ambiental y Aseguramiento de la Calidad. Dedicación completa. Técnico competente con más de cinco (5) años de experiencia responsable del cumplimiento del Plan de Seguridad y Salud. Deberá ser un Titulado con la cualificación adecuada a la reglamentación vigente, con más de 5 años de experiencia en un puesto similar en otras obras. Dedicación completa, Tres encargados de obra con más xx xxxx (10) años de experiencia en obras similares. Dedicación completa Técnico competente con más de cinco (5) años de experiencia probada en puesta en marcha y pruebas de al menos dos (2) estaciones de tratamiento de agua. |
Para justificar lo anterior, adjuntarán un breve currículo (inferior a 2 hojas por persona), junto con una declaración jurada de su disponibilidad en un plazo no superior a 2 meses desde la fecha de presentación de ofertas. En caso de que no se cumpliera la puesta a disposición del personal propuesto una vez formalizado el contrato, Acuamed podrá optar por la resolución del mismo. Se considera que la adscripción de estos medios constituye una obligación esencial del contrato. |
10.2.4. Declaración sobre el conocimiento del proyecto y de la zona de obras: Los licitadores que deseen participar en esta licitación, deberán presentar una declaración en los términos requeridos en el apartado 7.4 Conocimiento de la zona de obras xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Particulares que se adjunta como anexo IV al presente Pliego de Cláusulas Reguladoras. |
10.2.5. Empresarios extranjeros: A los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, ya concurran al contrato aisladamente o integrados en una Unión Temporal, no les será exigible la clasificación. En este caso, la solvencia técnica de los empresarios se acreditará por los siguientes medios: a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución para las obras más importantes; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. b) Declaración indicando los técnicos o las unidades técnicas, estén o no integradas en la empresa, de los que ésta disponga para la ejecución de las obras, especialmente los responsables del control de calidad, acompañada de los documentos acreditativos correspondientes, conforme al apartado 10.2.2. c) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras. d) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su personal directivo durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente. e) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente. f) Declaración de, al menos, dos entidades financieras en las que se haga constar estar al corriente en todo tipo de operaciones con las mismas. g) Cuentas anuales presentadas en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados. Dichas cuentas deberán acreditar que los recursos propios vinculados a neto patrimonial son como mínimo el cien por cien (100%) de la Anualidad Media del Contrato (AMC en adelante), siendo: AMC Presupuesto Base Licitación x 12 Plazo máximo de ejecución en meses |
10.2.6. Acreditación del cumplimiento de las normas de garantía de la calidad: Los licitadores deberán acreditar tener implantado un sistema de calidad en desarrollo de la norma internacional UNE-EN ISO 9001:2008 u otra norma equivalente, o justificar, mediante cualquier otro medio adecuado, que se cumplen los requisitos de calidad establecidos en el sistema antes citado en el ámbito de trabajos de construcción similares a las que son objeto del contrato, esto es, plantas de tratamiento de agua agua potable. AcuaMed reconocerá los certificados equivalentes expedidos por organismos establecidos en cualquier Estado miembro de la Unión Europea, y también aceptarán otras pruebas de medidas equivalentes de garantía de la calidad que presenten los empresarios. |
10.2.7. Acreditación del cumplimiento de las normas de gestión medioambiental: Los licitadores deberán acreditar tener establecido un sistema de gestión medioambiental conforme con el sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS) o disponer de certificado de cumplimiento de la norma internacional UNE-EN ISO 14001 u otra norma equivalente o justificar, mediante cualquier otro medio adecuado, que se cumplen los requisitos de gestión ambiental establecidos en el sistema antes citado y que su sistema de gestión medioambiental es susceptible de particularizar para la obra de referencia, esto es, plantas de tratamiento de agua potable. Se reconocerán los certificados equivalentes expedidos por organismos establecidos en cualquier Estado miembro de la Unión Europea y también aceptarán otras pruebas de medidas equivalentes de gestión medioambiental que presenten los empresarios |
10.3. Inscripción de los licitadores en el Registro Oficial: En todo caso, la inscripción de los licitadores en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado acredita suficientemente y, salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario, en cuanto a su personalidad, capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera o clasificación, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en dicho Registro. La acreditación de lo anterior se efectuará según lo dispuesto en el artículo 83.2 del TRLCSP |
10.4. Pertenencia a grupo empresarial: Se deberá presentar declaración sobre la pertenencia o no a un grupo de empresas, con expresa declaración de si concurren otras empresas del mismo grupo a los efectos de conocer si empresas del mismo grupo han presentado proposiciones. |
10.5. Especialidades para licitadores extranjeros Será de aplicación lo recogido en los artículos 55, 58, 65, 72 y 146.1.e) del TRLCSP. |
10.6. Presentación de documentación con firma electrónica: La presentación de documentos dentro del sobre A previstos en este apartado que hayan emitidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos serán admitidos si han sido autenticados mediante un afirma electrónica reconocida de acuerdo con la ley 59/2003, de firma electrónica. |
10.7. Declaración de compatibilidad. Se deberá presentar declaración responsable en los términos del artículo 56 del TRLCSP, de no haber sido adjudicatario o haber participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por si o mediante unión temporal de empresas. |
10.8. Fecha de apertura del sobre A. El primer día hábil laborable en Acuamed siguiente al de presentación de proposiciones. |
11. CONTENIDO DEL SOBRE B (documentación correspondiente a los criterios subjetivos de valoración) |
11.1. Documentación a incluir: La documentación correspondiente a los criterios subjetivos de cada licitador, debe estar basada en el Anteproyecto presentado. I) En relación a la realización del Proyecto Constructivo: a) Memoria sobre el contenido del proyecto a redactar. Se realizará una descripción de los trabajos a realizar y de sus características técnicas, así como de la metodología a aplicar para desarrollar la redacción del proyecto constructivo. La exposición de lo anterior se hará según la siguiente clasificación de conceptos: a. Estudios previos. b. Cálculo hidráulico y dimensionamiento del proceso. c. Diseño y cálculo de la obra civil. d. Diseño y cálculo de las instalaciones eléctricas y de telemando y telecontrol. Para cada uno de los anteriores conceptos se tendrán en consideración, de cara a su valoración, los siguientes criterios: El conocimiento que los licitantes presenten de la problemática planteada y los estudios que propone realizar para resolverla. La metodología a emplear para ejecutarlos, es decir, se deberá especificar con el máximo detalle la secuencia de todas las actividades necesarias para el desarrollo de los trabajos recogidos en el párrafo anterior y los medios que se prevé emplear para la realización. b) Propuesta sobre la organización de los trabajos de redacción del proyecto. En base a las labores de redacción de proyecto descritas, los licitadores propondrán la organización del personal destinado a la redacción del proyecto, incluyendo el correspondiente organigrama, las funciones de cada persona de la organización, dedicación del personal para las diferentes tareas y medios propuestos para cumplir con el programa de trabajo y plazos señalados. La extensión máxima de dicha documentación, será de 10 páginas en tamaño DIN-A4. Serán excluidas aquellas ofertas que no cumplan dicha limitación. c) Anteproyecto de Construcción. Cada licitador presentará, en Cd y en papel tamaño UNE A-3, un (1) ejemplar del Anteproyecto de Construcción. El Anteproyecto mencionado en el párrafo anterior, elaborado de acuerdo con los requisitos que se establecen en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares que se adjunta en el Anexo nº 4, y que primará sobre el Proyecto Informativo que se adjunta como Anexo VII, se redactará cumpliendo las normativas legal y técnica, vigentes al respecto, en especial lo establecido en el artículo 122 del RGLCAP, y estará suscrito por el profesional que dirija su redacción. Entre otra documentación, incluirá la Memoria con sus anexos, Planos y Presupuestos. La Memoria describirá el enfoque y planteamiento para el perfeccionamiento del contrato. Abarcará una aproximación correcta y realista del conjunto del mismo, con una organización coordinada de todas sus actividades, tanto en su planificación territorial como temporal, todo ello analizado en coherencia con los medios propuestos. Se acompañarán en anexos todos los cálculos justificativos y aclaraciones pertinentes. |
Los Planos serán los necesarios para la descripción gráfica completa de las obras y comprenderán, tanto los relativos al proceso de depuración, como los de los edificios, construcciones e instalaciones asociadas que incidan en la integración y percepción de la planta. Serán planos de formas suficientes para la comprensión adecuada del Presupuesto. El Presupuesto de Ejecución Material se redactará y presentará en CD y en soporte papel, y contendrá Mediciones, Cuadro de Precios nº 1 de ejecución material de todas y cada una de las unidades que componen el Anteproyecto, y los Presupuestos Parciales que sean necesarios, estos precios y solo estos serán los constitutivos del futuro Proyecto de Construcción. EN TODO CASO, EL PRESUPUESTO DEL ANTEPROYECTO DEBE COINCIDIR CON EL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN. Conforme a lo establecido en el PPTP el presupuesto debe incluir la tercera línea de filtros de arena. TRAS LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO, LOS PRECIOS UNITARIOS DEL ANTEPROYECTO SE UTILIZARÁN PARA CONFECCIONAR EL PRESUPUESTO DEL PROYECTO CONSTRUCTIVO POR EL LICITADOR QUE RESULTE ADJUDICATARIO, DEBIENDO SER AFECTADOS TODOS ELLOS POR EL COEFICIENTE DE ADJUDICACIÓN QUE RESULTE DE SU OFERTA ECONÓMICA. Dichos precios incluirán todo lo especificado en la cláusula 12.1. del modelo de contrato que se adjunta como Anexo V al Pliego de Cláusulas Reguladoras. II) En relación con la ejecución de las obras: Atendiendo al Anteproyecto presentado y a las consideraciones realizadas en el Anexo IV del presente Pliego de Cláusulas Reguladoras, “Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares” La extensión máxima de dicha documentación, será de 40 páginas en tamaño DIN-A4. Serán excluidas aquellas ofertas que no cumplan dicha limitación. a) Memoria Constructiva La Memoria deberá servir para explicitar las bases en que se fundamenta el Programa de Trabajo e, incluso, para la completa explicación de éste. Describirá los procesos de ejecución de las actividades importantes de la obra y reflejará un enfoque y un planteamiento correctos y realistas del conjunto de la misma, tanto en cuanto a su planificación en el espacio como en el tiempo, todo ello analizado en coherencia con los medios propuestos. La Memoria contendrá un análisis completo de los distintos proceso de ejecución para cada una de las actuaciones definidas en el anteproyecto Constructivo, debiendo contener, y así deberá venir diferenciado en este sobre B, al menos lo siguiente: 1. Concepción global de la obra Descripción de la concepción global de la obra, haciendo un análisis de los condicionantes de ejecución, un planteamiento general de la ejecución con la justificación de los procedimientos constructivos críticos y descripción de los mismos. Se tendrá en cuenta el consumo energético comprometido en el Anteproyecto 2. Condicionantes de ejecución de la obra - Limitaciones espaciales de ejecución de la obra. Accesos, permisos de ocupación, servicios afectados, servidumbres, aspectos ambientales, limitaciones espaciales de ejecución de tajos de obra, etc. - Limitaciones temporales de ejecución de la obra, Calendario de compra de equipos, Calendarios laborales, tramitación de permisos, condicionantes ambientales, limitaciones temporales de ejecución de tajos de obra, etc. Asimismo, los licitadores habrán tenido en consideración cualquier cuestión relativa a suministros, instalaciones auxiliares, préstamos y vertederos. |
3. Propuesta de prueba, puesta en marcha y puesta a punto - Descripción de las pruebas y los trabajos necesarios para la puesta en marcha de las instalaciones. - Descripción de las labores durante el período de puesta a punto y garantía de las obras. |
b) Programa de trabajos Conscientes de que el plazo de ejecución de las obras es reducido y no coincidente con el proyecto informativo, se advierte de la necesidad de un estudio pormenorizado de los medios tanto humanos como materiales que se necesitaran para cumplir dicho plazo, para ello se deberá estudiar la posible necesidad de realizar dobles turnos de trabajo. En el Programa de Trabajo se incluirán: 1. Desglose de la obra en elementos de ejecución: - Claridad y justificación del desglose. - Grado de detalle 2. Justificación del programa de trabajos. - Justificación del programa a partir del desglose en elementos de ejecución y de los procedimientos constructivos. - Definición de actividades críticas y holguras, sobre todo en la compra de los equipos. - Se definirán las producciones mensuales previstas y las acumuladas a origen de obra, sin tener en cuenta la baja de la propuesta económica, representadas mediante histogramas. - Programa de contingencias para evitar desfases en la programación propuesta. - Adecuación del organigrama, organización y funciones del personal adscrito a la ejecución de las obras así como su rango de ocupación y tiempo de estancia en obra. |
11.3. Mejoras No procede. |
11.4. La inclusión de información relativa al sobre C en el sobre B determinará la exclusión. |
12. CONTENIDO DEL SOBRE C (documentación correspondiente a los criterios objetivos de valoración) |
Proposición económica. Se formulará conforme al modelo que figura en el Anexo II a este Pliego. De acuerdo con el referido modelo, la oferta se presentará sin IVA, indicándose aparte a cuánto asciende el importe que, por este impuesto, proceda liquidar. A todos los efectos se entenderá que las ofertas presentadas comprenden todos los gastos que el adjudicatario deba realizar para el cumplimiento de las prestaciones contratadas, tales como los generales, financieros, beneficio, seguros, transporte, desplazamiento, honorarios de personal técnico a su cargo, tasas y toda clase de tributos a excepción del IVA que será repercutido como partida independiente. Los importes de los precios PI0504 y PI0505 del capítulo 5 (Conexiones exteriores) del Presupuesto del Proyecto Informativo se considerarán en la proposición económica como partidas alzadas no sujetas a baja. EL IMPORTE DE LA REDACCIÓN DEL PROYECTO CONSTRUCTIVO, SERÁ EL QUE RESULTE DE APLICAR EL COEFICIENTE DE ADJUDICACIÓN, OBTENIDO DE LA PROPOSICIÓN ECONÓMICA, AL PRESUPUESTO DE LICITACIÓN QUE PARA ESTE CONCEPTO SE RECOGE EN EL APARTADO 4.1. DE ESTE CUADRO DE CARACTERÍSTICAS. Se rechazará cualquier oferta que exceda del presupuesto base de licitación y que no venga formulada conforme al modelo del Anexo II y firmada por el licitador o por su representante. |
13. APERTURA PÚBLICA DEL SOBRE B: DOCUMENTACIÓN TÉCNICA |
Día de 2014 a las 10:00 horas en el lugar de presentación de las ofertas. |
14. APERTURA PÚBLICA DEL SOBRE C: PROPOSICIÓN ECONÓMICA |
Día de 2014 a las 10:00 horas en el lugar de presentación de las ofertas. |
C. ADJUDICACIÓN: |
15. CRITERIOS DE VALORACIÓN |
15.1. Valoración criterios subjetivos: cuarenta (40) puntos. |
15.1.1 Análisis de la documentación técnica: cuarenta (40) puntos: La documentación técnica de cada licitador debe estar basada en el Anteproyecto presentado. a) Memoria sobre el contenido del proyecto a redactar.X0: Se valorará de 0 a 10 puntos. 1. Metodología y detalle la secuencia de todas las actividades necesarias para el desarrollo de los trabajos de redacción del proyecto. (Xi): Se valorará de 0 a 5 puntos. En concreto, se valorará la descripción general de los trabajos a realizar y de sus características técnicas, así como de las actividades específicas que requieren dichos trabajos, y la coherencia de la programación o secuencia de ejecución de las actividades con el plazo de redacción, así como la definición de los objetivos y el alcance de los documentos que compondrán el proyecto constructivo. Teniendo en cuenta los conceptos que se evalúan, las puntuaciones otorgadas tendrán el rango que se expone a continuación: EXCELENTE: = 5,00 sobre 5. MUY BUENA: ≥ 3,75 y menor que 5,00 sobre 5. BUENA: ≥ 2,50 y menor que 3,75 sobre 5. SUFICIENTE: ≥ 1,25 y menor que 2,50 sobre 5. DEFICIENTE: > 0,00 y menor que 1,25 sobre 5. MUY DEFICIENTE: = 0,00 sobre 5. 2. Propuesta sobre la organización de los trabajos de redacción del proyecto. (Xii): Se valorará de 0 a 5 puntos. En concreto, se valorará la identificación de las acciones y de la dedicación de los medios y equipos planteados que van a desarrollar los trabajos, así como la coherencia de la propuesta con la documentación presentada en el apartado anterior de cara al cumplimiento del plazo. Teniendo en cuenta los conceptos que se evalúan, las puntuaciones otorgadas tendrán el rango que se expone a continuación: EXCELENTE: = 5,00 sobre 5. MUY BUENA: ≥ 3,75 y menor que 5,00 sobre 5. BUENA: ≥ 2,50 y menor que 3,75 sobre 5. SUFICIENTE: ≥ 1,25 y menor que 2,50 sobre 5. DEFICIENTE: > 0,00 y menor que 1,25 sobre 5. MUY DEFICIENTE: = 0,00 sobre 5. X0 X i X ii No continuarán en el proceso de selección aquellas ofertas cuya puntuación X0 sea menor o igual a 5 puntos. |
b) Memoria constructiva. X1: Se valorará de 0 a 20 puntos. 1. Concepción global de la ejecución de la obra (Xa): Se valorará de 0 a 8 puntos atendiendo a los siguientes conceptos: 1.1. Análisis de los condicionantes de ejecución. Se valorará de 0 a 4 puntos. En concreto, se valorará el análisis del proyecto incidiendo en los aspectos fundamentales de la obra: diseños del proceso, estructurales, hidráulicos, geotécnicos, topográficos, servicios afectados, permisos, licencias necesarias y otros, debiendo ser, dicho análisis, coherente con el anteproyecto ofertado. Teniendo en cuenta los conceptos que se evalúan, las puntuaciones otorgadas tendrán el rango que se expone a continuación: EXCELENTE: = 4,00 sobre 4. MUY BUENA: ≥ 3,00 y menor que 4,00 sobre 4. BUENA: ≥ 2,00 y menor que 3,00 sobre 4. SUFICIENTE: ≥ 1,00 y menor que 2,00 sobre 4. DEFICIENTE: > 0,00 y menor que 1,00 sobre 4. MUY DEFICIENTE: = 0,00 sobre 4. 1.2. Planteamiento general de la ejecución, con la justificación de los procedimientos constructivos críticos y descripción de los mismos. Se valorará de 0 a 4 puntos. En concreto, se valorará la justificación y descripción de los procedimientos constructivos críticos y su adecuación a la obra, incluyéndose planos, ocupaciones, tipo de maquinaria, rendimientos, etc., con los que se explicará lo anterior, debiendo ser todo ello coherente con lo recogido en el anteproyecto ofertado. Teniendo en cuenta los conceptos que se evalúan, las puntuaciones otorgadas tendrán el rango que se expone a continuación: EXCELENTE: = 4,00 sobre 4. MUY BUENA: ≥ 3,00 y menor que 4,00 sobre 4. BUENA: ≥ 2,00 y menor que 3,00 sobre 4. SUFICIENTE: ≥ 1,00 y menor que 2,00 sobre 4. DEFICIENTE: > 0,00 y menor que 1,00 sobre 4. MUY DEFICIENTE: = 0,00 sobre 4. |
2. Condicionantes de ejecución de la obra (Xb): Se valorará de 0 a 6 puntos atendiendo a los siguientes conceptos: 2.1. Determinación de limitaciones espaciales de ejecución de la obra. Accesos, desvíos, permisos de ocupación, servicios afectados, servidumbres, aspectos ambientales, limitaciones espaciales de ejecución de tajos de obra, etc. Se valorará de 0 a 2 puntos. En concreto, se valorará el análisis de los condicionantes externos espaciales que se han tenido en cuenta para elaborar el Programa de Trabajos y la identificación de los accesos a los principales tajos de la obra, calzadas a ocupar, grado de ocupación e incidencia de la metodología constructiva propuesta sobre el tráfico rodado (prestamos-vertederos-nº de camiones necesarios) y desvíos de tráfico en caso de ser necesarios cortes en las calzadas, al igual que se deberán identificar las afecciones a terceros y la metodología para mantener y/o reponer los servicios afectados, así como las zonas espaciales a proteger desde el punto de vista ambiental, proponiendo medidas específicas de ocupación. Teniendo en cuenta los conceptos que se evalúan, las puntuaciones otorgadas tendrán el rango que se expone a continuación: EXCELENTE: = 2,00 sobre 2. MUY BUENA: ≥ 1,50 y menor que 2,00 sobre 2. BUENA: ≥ 1,00 y menor que 1,50 sobre 2. SUFICIENTE: ≥ 0,50 y menor que 1,00 sobre 2. DEFICIENTE: > 0,00 y menor que 0,50 sobre 2. MUY DEFICIENTE: = 0,00 sobre 2. 2.2. Determinación de limitaciones temporales de ejecución de la obra. Calendario de compra de equipos Calendarios laborales, tramitación de permisos, condicionantes ambientales, limitaciones temporales de ejecución de tajos de obra, equipos etc. Se valorará de 0 a 4 puntos. En concreto, se valorará el análisis de los condicionantes externos temporales que se han tenido en cuenta para elaborar el programa de trabajos, identificando y justificando, fundamentalmente, los plazos previos necesarios para la consecución de permisos, licencias y pedidos que deberán ser tenidos en cuenta en el Programa de Trabajos propuesto, al igual que los calendarios laborales empleados que deberán ser coherentes con la zona espacial en la que se desarrollan las obras. Asimismo, se tendrán que tener en cuenta las paradas ambientales que resulten preceptivas, recogiéndose todo ello en el Programa de Trabajos propuesto. Teniendo en cuenta los conceptos que se evalúan, las puntuaciones otorgadas tendrán el rango que se expone a continuación: EXCELENTE: = 4,00 sobre 4. MUY BUENA: ≥ 3,00 y menor que 4,00 sobre 4. BUENA: ≥ 2,00 y menor que 3,00 sobre 4. SUFICIENTE: ≥ 1,00 y menor que 2,00 sobre 4. DEFICIENTE: > 0,00 y menor que 1,00 sobre 4. MUY DEFICIENTE: = 0,00 sobre 4. |
3. Propuesta de pruebas y puesta marcha (Xc): Se valorará de 0 a 6 puntos atendiendo a los siguientes conceptos: 3.1. Descripción de las pruebas y los trabajos necesarios para las pruebas y puesta en marcha de las instalaciones. Se valorará de 0 a 4 puntos. En concreto, se valorará la descripción de los trabajos necesarios de pruebas y puesta en marcha, y de puesta a punto de las instalaciones, debiendo ajustarse la propuesta de los mismos a la obra, identificándose dichos trabajos por elementos concretando las pruebas que son necesarias para poner en marcha los equipos e instalaciones. Teniendo en cuenta los conceptos que se evalúan, las puntuaciones otorgadas tendrán el rango que se expone a continuación: EXCELENTE: = 4,00 sobre 4. MUY BUENA: ≥ 3,00 y menor que 4,00 sobre 4. BUENA: ≥ 2,00 y menor que 3,00 sobre 4. SUFICIENTE: ≥ 1,00 y menor que 2,00 sobre 4. DEFICIENTE: > 0,00 y menor que 1,00 sobre 4. MUY DEFICIENTE: = 0,00 sobre 4. 3.2. Descripción de las labores durante el período de puesta a punto y garantía de las obras. Se valorará de 0 a 2 puntos. En concreto, se valorará la descripción de los trabajos propuestos por el licitador durante el periodo de puesta a punto y el de garantía, debiendo ajustarse dicha propuesta a las instalaciones objeto de la obra, incluyendo, en su caso, iniciativas propias que beneficien el resultado final de la obra. Teniendo en cuenta los conceptos que se evalúan, las puntuaciones otorgadas tendrán el rango que se expone a continuación: EXCELENTE: = 2,00 sobre 2. Se realiza una excelente y exhaustiva MUY BUENA: ≥ 1,50 y menor que 2,00 sobre 2. BUENA: ≥ 1,00 y menor que 1,50 sobre 2. SUFICIENTE: ≥ 0,50 y menor que 1,00 sobre 2. DEFICIENTE: > 0,00 y menor que 0,50 sobre 2. MUY DEFICIENTE: = 0,00 sobre 2. X1 X a X b X c |
c) Programa de trabajos X2: Se valorará de 0 a 10 puntos: 1. Desglose de la obra en elementos de ejecución (Xd). Se valorará de 0 a 5 puntos atendiendo a los siguientes conceptos: 1.1. Claridad y justificación del desglose. Se valorará de 0 a 3 puntos. En concreto, se valorará la identificación de los elementos o partes de obra a ejecutar y la propuesta del desglose que se realiza en actividades. Teniendo en cuenta los conceptos que se evalúan, las puntuaciones otorgadas tendrán el rango que se expone a continuación: EXCELENTE: = 3,00 sobre 3. MUY BUENA: ≥ 2,25 y menor que 3,00 sobre 3. BUENA: ≥ 1,50 y menor que 2,25 sobre 3. SUFICIENTE: ≥ 0,75 y menor que 1,50 sobre 3. DEFICIENTE: > 0,00 y menor que 0,75 sobre 3. MUY DEFICIENTE: = 0,00 sobre 3. 1.2. Grado de detalle del desglose. Se valorará de 0 a 2 puntos. En concreto, se valorarán los medios que pretende asignar a cada una de las actividades propuestas para los elementos o partes de obra, incluyendo la relación de los equipos que se plantean para ejecutar las actividades y los rendimientos de cada uno de ellos, debiendo ser coherentes y conformes a los condicionantes señalados en el resto de la oferta y estando dentro de la normalidad de acuerdo a bases de precios oficiales y a condiciones de buena práctica. Teniendo en cuenta los conceptos que se evalúan, las puntuaciones otorgadas tendrán el rango que se expone a continuación: EXCELENTE: = 2,00 sobre 2. MUY BUENA: ≥ 1,50 y menor que 2,00 sobre 2. BUENA: ≥ 1,00 y menor que 1,50 sobre 2. SUFICIENTE: ≥ 0,50 y menor que 1,00 sobre 2. DEFICIENTE: > 0,00 y menor que 0,50 sobre 2. MUY DEFICIENTE: = 0,00 sobre 2. 2. Justificación del programa de trabajos (Xe.): Se valorará de 0 a 5 puntos: 2.1. Justificación del programa a partir del desglose en elementos de ejecución y de los procedimientos constructivos. Se valorará de 0 a 1 punto. En concreto, se valorará el cronograma de los trabajos que seguirá una secuencia espacio-temporal coherente con la ejecución de la obra, con los condicionantes planteados, con los procedimientos constructivos propuestos, y con los equipos de trabajo y rendimientos. Teniendo en cuenta los conceptos que se evalúan, las puntuaciones otorgadas tendrán el rango que se expone a continuación: EXCELENTE: = 1,00 sobre 1. MUY BUENA: ≥ 0,75 y menor que 1,00 sobre 1. BUENA: ≥ 0,50 y menor que 0,75 sobre 1. SUFICIENTE: ≥ 0,25 y menor que 0,50 sobre 1. DEFICIENTE: > 0,00 y menor que 0,25 sobre 1. MUY DEFICIENTE: = 0,00 sobre 1. |
2.2. Definición de actividades críticas y holguras. Se valorará de 0 a 2 puntos. En concreto, se valorará la identificación del camino crítico, de las tareas que lo componen y de la relación de precedencias entre actividades, así como la coherencia de la secuencia propuesta, incluyendo un estudio de las actividades que forman parte del camino crítico, recogiendo sobre ellas: especificaciones técnicas constructivas, análisis de aspectos propios de la zona de actuación, justificación de rendimientos y equipos de trabajo. Así mismo, se incluirá un cuadro con las holguras para todas las actividades, debiendo ser coherentes y conformes al Programa de Trabajos propuesto. Teniendo en cuenta los conceptos que se evalúan, las puntuaciones otorgadas tendrán el rango que se expone a continuación: EXCELENTE: = 2,00 sobre 2. MUY BUENA: ≥ 1,50 y menor que 2,00 sobre 2. BUENA: ≥ 1,00 y menor que 1,50 sobre 2. SUFICIENTE: ≥ 0,50 y menor que 1,00 sobre 2. DEFICIENTE: > 0,00 y menor que 0,50 sobre 2. MUY DEFICIENTE: = 0,00 sobre 2. 2.3. Definición del programa de contingencias para evitar desfases en la programación propuesta. Se valorará de 0 a 2 puntos. En concreto, se valorará un programa de acciones para hacer frente a posibles desviaciones cronológicas del camino crítico, debiendo ajustarse la propuesta a la obra a ejecutar y a las condiciones ofertadas. Teniendo en cuenta los conceptos que se evalúan, las puntuaciones otorgadas tendrán el rango que se expone a continuación: EXCELENTE: = 2,00 sobre 2. MUY BUENA: ≥ 1,50 y menor que 2,00 sobre 2. BUENA: ≥ 1,00 y menor que 1,50 sobre 2. SUFICIENTE: ≥ 0,50 y menor que 1,00 sobre 2. DEFICIENTE: > 0,00 y menor que 0,50 sobre 2. MUY DEFICIENTE: = 0,00 sobre 2. X2 Xd Xe. |
15.1.2. Puntuación técnica expandida total. Con el fin de que la puntuación global por los conceptos valorados en 15.1.1, (X0 +X1 + X2) tenga el peso relativo que se le pretende asignar con relación a la valoración de la oferta económica, se aplicará a todas las ofertas la expresión que se indica a continuación, de modo que la máxima puntuación asignada por los aspectos anteriormente citados obtenga al final 40 puntos: PFOi PROi x40 PM en donde: PFOi, corresponde a la puntuación final de la oferta “i”. PROi, corresponde a la puntuación real de la oferta “i”. PM, es la puntuación máxima de todas las ofertas. |
15.1.3. Umbral mínimo de puntuación de las ofertas técnicas Aquellas ofertas cuya suma de valoraciones en el apartado 15.1.1., (X0 + X1 + X2), expansionadas conforme al apartado 15.1.2, no alcance la cifra de 11 puntos, no continuarán en el proceso de selección de la oferta más ventajosa, desechándose, por consiguiente, su oferta económica, que no será abierta en el Acto previsto a tal fin en este Pliego. |
15.2. Valoración de los criterios objetivos: sesenta (60) puntos. |
15.2.1. Proposición económica: Determinación de la puntuación a otorgar. Se asignará la puntuación aplicando los siguientes criterios: Mínimo de 0 puntos: Oferta correspondiente al Presupuesto-Tipo recogido en el Pliego, en su caso. Si no existiera una oferta por ese importe, se asignaría el valor de 0 puntos para el Presupuesto-Tipo con el fin de realizar la interpolación lineal a la que se hace referencia más adelante. Máximo de 60 puntos: Máxima baja con respecto al Presupuesto-Tipo xxx Xxxxxx. Las ofertas situadas entre el Presupuesto-Tipo y el valor correspondiente a la más baja, se valorarán por interpolación lineal entre el valor de esta oferta de menor presupuesto (puntuación de 60 puntos) y el valor del Presupuesto-Tipo (puntuación de 0 puntos). |
15.2.2. Proposición económica: Ofertas económicas anormalmente bajas. Se considerará como presuntamente anormal o desproporcionada la oferta que se encuentre en los siguientes supuestos: a) Cuando, concurriendo un (1) solo licitador, la proposición económica sea inferior al presupuesto base de licitación en más de veinticinco (25) unidades porcentuales. b) Cuando concurran dos (2) licitadores, la proposición económica sea inferior en más de veinte (20) unidades porcentuales a la otra oferta. c) Cuando concurran tres (3) licitadores, las que sean inferiores en más xx xxxx (10) unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más xx xxxx (10) unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a veinticinco (25) unidades porcentuales. d) Cuando concurran cuatro (4) o más licitadores, las proposiciones económicas que sean inferiores al noventa y cinco por ciento (95 %) del presupuesto medio de las ofertas abiertas. Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormalmente baja, deberá darse audiencia al licitador que la haya presentado para que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma, en particular en lo que se refiere al ahorro que permita el procedimiento de ejecución del contrato, las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para ejecutar la prestación, la originalidad de las prestaciones propuestas, el respeto de las disposiciones relativas a la protección del empleo y las condiciones de trabajo vigentes en el lugar en que se vaya a realizar la prestación, o la posible obtención de una ayuda de Estado. Si AcuaMed, considerando la justificación efectuada por el licitador, estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, no será tenida en cuenta a efectos de valoración económica. Cuando empresas pertenecientes a un mismo grupo presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación de un contrato, para la determinación del umbral para la consideración de ofertas anormalmente bajas señalado anteriormente, se tomará únicamente la oferta más baja de las presentadas por las distintas empresas pertenecientes al mismo grupo, sin considerar las del resto. Una vez establecido ese umbral, en la aplicación del sistema de apreciación de ofertas anormalmente bajas serán consideradas individualmente todas las ofertas – incluidas las que por pertenecer al mismo grupo no fueron en principio tomadas en cuenta para la determinación del mencionado umbral-. No obstante todo lo anterior, cuando una oferta se considere como anormalmente baja, la Mesa de Contratación lo notificará al interesado, a fin de que pueda justificar la viabilidad de su oferta y manifieste en el plazo máximo de tres (3) días hábiles desde la recepción de la comunicación de AcuaMed lo que a esos efectos considere oportuno, tras lo cual la Mesa propondrá, motivadamente y con el asesoramiento técnico procedente, al órgano de contratación sobre la apreciación o no de oferta anormalmente baja. |
16. ADJUDICACIÓN |
16.1. Órgano de contratación. El contrato será adjudicado por el Consejo de Administración de AcuaMed. |
16.2. Procedimiento. Con posterioridad a la apertura de ofertas, AcuaMed procederá a su estudio y valoración, seleccionando la oferta se considere económicamente más ventajosa, teniendo en cuenta los criterios de la cláusula 15 del presente Pliego. Efectuado lo anterior, la Mesa de contratación elevará la propuesta de adjudicación al órgano de contratación, el cual requerirá, mediante el Secretario de la Mesa de contratación, al licitador que haya sido propuesto para que, dentro del plazo xx xxxx (10) días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme a lo previsto en el presente Pliego de Cláusulas Reguladoras, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. La Mesa de contratación antes aludida estará constituida según la composición aprobada mediante acuerdo del Consejo de Administración de 17 xx xxxxx de 2013, y de conformidad con lo recogido en el PROCEDIMIENTO INTERNO DE CONTRATACIÓN, aprobado por el Consejo de Administración de AcuaMed con fecha 17 xx xxxxx de 2013, previo informe favorable de la Abogacía del Estado, sin perjuicio de las modificaciones a que dicho Procedimiento se viese sometido como consecuencia de los cambios legales que se produzcan. Realizada la presentación de la documentación requerida, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de la misma. No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el presente Pliego. La adjudicación deberá ser motivada, notificándose a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al artículo 40 del TRLCSP, recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos: a) En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura. b) Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta. c) En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas. Será de aplicación a la motivación de la adjudicación la excepción de confidencialidad contenida en el artículo 153 del TRLCSP. En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización conforme al artículo 156.3 del citado TRLCSP. La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Sin embargo, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco (5) días. Si AcuaMed procediera a la renuncia a la celebración del contrato o al desistimiento del procedimiento de adjudicación compensaría a los licitadores por los gastos en que hubiesen incurrido y pudieran demostrar hasta un máximo de mil (1.000) euros. |
D. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO: |
17. DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA A APORTAR POR EL LICITADOR PROPUESTO |
La formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los quince (15) días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos en la forma prevista en el artículo 151.4 del TRLCSP. No obstante, si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación conforme al artículo 40.1 del citado TRLCSP, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince (15) días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos. El órgano de contratación requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco (5) días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato. De igual forma procederá cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión. Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional que, en su caso, hubiese exigido. En cualquier caso, de no formalizarse el contrato en el plazo previsto, el órgano de contratación podrá declarar sin efecto la adjudicación del contrato. Si las causas de la no formalización fueren imputables a AcuaMed, se indemnizará al Contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar. No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización, excepto en los casos previstos en el artículo 113 del TRLCSP. En el supuesto de que el expediente se haya adjudicado a una Unión Temporal de Empresas, de forma previa a la formalización del contrato, las empresas que compongan dicha Unión deberán acreditar la constitución de la misma, en escritura pública, y el CIF asignado a la UTE. |
18. MEDIOS DE FORMALIZACIÓN |
Mediante contrato. Al documento que se formalice se unirán como anexos los siguientes documentos: 1. 1 Pliego de cláusulas reguladoras (documento presente) 2. Pliego de prescripciones técnicas particulares, que se anexa al Pliego de cláusulas reguladoras (Anexo IV) 3. Proyecto informativo (Anexo VII) 4. Oferta (técnica- incluye Anteproyecto Constructivo- y económica) presentada por el contratista 5. Proyecto Constructivo que será aprobado por el Ministerio Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, integrado por los siguientes documentos: a) Memoria que recogerá las necesidades a satisfacer y los factores de todo orden a tener en cuenta. b) Pliego de Condiciones c) Planos. d) Cuadros de precios, justificación de precios y presupuesto de la obra, siendo de aplicación al presupuesto de ejecución material los porcentajes de Gastos Generales (13%) y Beneficio Industrial (6%) que contempla la Administración General del Estado 6. Programa de ocupación de terrenos y reposición de servicios, en su caso. 7. Programa de trabajos con fijación de mensualidades |
8. Plan de aseguramiento de la calidad 9. Estudio de Seguridad y Salud 10. Requisitos fundamentales para los contratos de seguros 11. Copia de la garantía definitiva 12. Escritura de apoderamiento del representante del contratista 13. Documentos de nombramiento y aceptación del Delegado del contratista, del Jefe de Obra y del responsable de Seguridad y Salud. |
19. ANUNCIOS |
El importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación a abonar por el adjudicatario es de 3.000 euros |
E. EJECUCIÓN DEL CONTRATO: |
20. CONTRATO |
Información general: El contrato tiene por objeto regular los términos y condiciones en que el adjudicatario ejecutará los trabajos encomendados para llegar al resultado final de entrega de los mismos, prestando garantía respecto de ellos, a cambio de un Precio. El modelo de contrato se adjunta como Anexo V al presente Pliego. Plazo de inicio del contrato: El contrato se iniciará al día siguiente de su firma. Subcontratación: El contratista podrá concertar con terceros la realización parcial de la prestación, en los términos previstos en el contrato, previa autorización de AcuaMed. Penalidades: AcuaMed tendrá derecho a la imposición de penalidades al contratista en los casos previstos en el contrato. Seguros: Conforme al PPT y al contrato anexo. Recepción de obras: La recepción de las obras no tendrá lugar hasta la finalización de los trabajos previos a la explotación, considerados como prolongación del período de puesta en marcha, que se denominan de puesta a punto y pruebas. |
21. OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO |
Se consideran obligaciones esenciales del contrato, a los efectos de lo dispuesto en la letra n) de la cláusula 37.1. del mismo, las siguientes: a) La adscripción de los medios personales o materiales constitutivos de obligación esencial, definidos en el epígrafe 10.2.2. del presente cuadro de características o en el PPT. b) El cumplimiento del plazo de DOS (2) MESES para la redacción y entrega a AcuaMed del proyecto constructivo, a partir del inicio del contrato. c) La xxxxxxxx, por parte del adjudicatario, de cualquier desviación del Presupuesto del anteproyecto con relación al del proyecto constructivo, cuyo motivo sean los errores de medición, los errores en el cálculo de los importes, o la falta de partes de obra a ejecutar o de unidades de la misma, producidos en el anteproyecto presentado en su oferta. d) El cumplimiento de las obligaciones establecidas en materia de subcontratación en el contrato. e) El cumplimiento del plazo de NUEVE (9) MESES para la ejecución, finalización y recepción de las obras, a partir de la fecha del Acta de comprobación del replanteo, siempre que en ésta no se recoja ninguna salvedad que lo impidiera. |
22. DIRECCIÓN Y CONTROL DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA |
Corresponde a AcuaMed que lo ejercerá por medio de la persona que en su momento designe y que se dirigirá al contratista y a su personal a través del interlocutor que éste haya designado. La documentación generada durante la realización del servicio habrá de ser revisada y firmada por la persona física responsable de la ejecución del contrato por parte del contratista. |
23. REVISIÓN DE PRECIOS |
No procede. Al presupuestar el contrato ya ha sido considerada la oscilación de su precio en los años de duración del mismo. De este modo, AcuaMed evita desviaciones presupuestarias y asegura la certeza del precio. Previamente, AcuaMed ha considerado las variaciones de precios del sector en años anteriores. Por tanto, los licitadores deberán realizar sus ofertas considerando la oscilación posible al alta o la baja de los precios. |
24. CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES: |
El adjudicatario se obliga expresamente al cumplimiento de los requisitos exigidos por la legislación vigente con relación al objeto de su actividad y de la hoja de pedido o del contrato, así como al cumplimiento de los requisitos técnicos que le sean exigidos por AcuaMed en atención a lo establecido en el presente Pliego y en lo ofertado por el adjudicatario. Para acreditar el cumplimiento de tales obligaciones AcuaMed podrá requerir al adjudicatario la presentación de los documentos que considere necesarios para tal fin. |
25. REGLAS ESPECIALES RESPECTO AL PERSONAL LABORAL DE LA EMPRESA CONTRATISTA |
1º Corresponde exclusivamente a la empresa contratista la selección del personal que, reuniendo los requisitos de titulación y experiencia exigidos en el pliego, formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte de la “entidad contratante” del cumplimiento de aquellos requisitos. La empresa contratista procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio, informando en todo momento a la entidad contratante. 2º La empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador. 3º La empresa contratista velará especialmente porque los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en el pliego como objeto del contrato. 4º La empresa contratista estará obligada a ejecutar el contrato en sus propias dependencias o instalaciones salvo que, excepcionalmente sea autorizada a prestar sus servicios en las dependencias de los entes, organismos y entidades que forman parte del sector público. En este caso, el personal de la empresa contratista ocupará espacios de trabajo diferenciados de los que ocupan los empleados públicos. Corresponde también a la empresa contratista velar por el cumplimiento de esta obligación. 5º La empresa contratista deberá designar al menos un coordinador técnico o responsable integrado en su propia plantilla que tendrá entre sus obligaciones: a) Actuar como interlocutor de la empresa contratista frente a la entidad contratante, canalizando la comunicación entre la empresa contratista y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al contrato, de un lado y la entidad contratante, de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato. b) Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado. c) Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo. d) Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato, debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente la empresa contratista con la entidad contratante, a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio. e) Informar a la entidad contratante acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato. |
26. PLAZO Ó PERÍODO DE GARANTÍA |
El plazo o período de garantía será de dos (2) años a partir de la fecha de Recepción de las Obras. |
F. RÉGIMEN APLICABLE |
27. RÉGIMEN JURÍDICO: |
La preparación y adjudicación del contrato -sujeto a regulación armonizada- se sujeta a los preceptos del TRLCSP con las adaptaciones previstas en el artículo 190, aplicándose supletoriamente las restantes normas de derecho privado. Los efectos y extinción del contrato se sujeta al derecho común. No obstante, serán de aplicación las normas del Título V del Libro I del TRLCSP, sobre modificación de los contratos. |
28. REVISION DE DECISIONES EN MATERIA DE CONTRATACION: |
Es de aplicación lo previsto en los artículo 40 a 49 del TRLCSP. |
29. CONTROVERSIAS EN LA EJECUCIÓN Y FINALIZACION DEL CONTRATO: |
Las controversias que pudieran surgir entre las partes en relación con la ejecución del contrato se resolverán mediante arbitraje administrado por la Corte Española de Arbitraje. |
ANEXO I: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE ANEXO II: MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
ANEXO III: MODELO DE GARANTÍA DEFINITIVA Y PROVISIONAL
ANEXO IV: DOCUMENTOS Y PRESCRIPCIONES QUE DEFINEN EL OBJETO DEL CONTRATO ANEXO V: MODELO DE CONTRATO
ANEXO VI: MODIFICACIONES AL CONTRATO
Supervisado por el subdirector de contratación y supervisión FECHA: FIRMA |
ÍNDICE
PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS PARA LA CONTRATACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS CORRESPONDIENTES AL DESGLOSADO DEL PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE LA CONDUCCIÓN DE DISTRIBUCIÓN DE LA DESALADORA DE ÁGUILAS PARA LA COMUNIDAD DE REGANTES DE PUERTO XXXXXXXXX (MURCIA)
1.- INTRODUCCIÓN
2.- OBJETO DEL CONTRATO
3.- RÉGIMEN JURÍDICO
4.- DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Y PRELACIÓN
5.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN. PRECIO DEL CONTRATO
6.- PROCEDIMIENTO Y PUBLICIDAD
6.1.- Órgano de contratación 6.2.- Mesa de contratación 6.3.- Perfil de contratante
7.- REQUISITOS DE LOS LICITADORES
7.1.- Capacidad
7.1.1. Empresas no comunitarias
7.1.2. Empresas comunitarias
7.1.3. Condiciones especiales de compatibilidad
7.1.4. Normas especiales sobre capacidad
7.1.4.1. Personas jurídicas
7.1.4.2. Uniones de empresarios
7.1.4.3. Acreditación de la capacidad de obrar
7.1.4.4. Prohibiciones de contratar 7.2.- Solvencia
7.2.1. Exigencia de clasificación
7.2.2. Acreditación de la solvencia técnica o profesional en relación con la 1 ª fase: Redacción del proyecto de construcción
7.2.3. Adscripción de medios personales o materiales constitutivos de obligación esencial
7.2.4. Integración de la solvencia con medios externos
7.2.5. Acreditación de cumplimiento de las normas de garantía de calidad y de gestión medioambiental
7.2.5.1. Acreditación de cumplimiento de las normas de garantía de calidad
7.2.5.2. Acreditación del cumplimiento de las normas de gestión medioambiental 7.3.- Garantía provisional
8.- CONTENIDO DE LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN
8.1.- Contenido de la documentación
8.1.1. Contenido del sobre A: Documentación administrativa
8.1.2. Contenido del sobre B: Documentación técnica
8.1.3. Contenido del sobre C: Documentación económica 8.2.- Lugar, forma y plazo de presentación de proposiciones
8.2.1. Lugar y forma de presentación de proposiciones
8.2.2. Plazo de presentación de proposiciones
9.- VALORACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN
9.1.- Aperturas de proposiciones. Procedimientos 9.2.- Criterios de valoración de las ofertas
10.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
11.-NULIDAD DEL CONTRATO
11.1.- Nulidad del contrato
11.1.1. Causas de nulidad
11.1.2. Efectos de la declaración de nulidad
12.- RÉGIMEN DE RECLAMACIONES Y RECURSOS
12.1.- Régimen de recursos en las fases de preparación y adjudicación del Contrato 13.- FUERO TERRITORIAL
ANEXOS
ANEXO I MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE ANEXO II MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA ANEXO III MODELOS DE GARANTÍA DEFINITIVA
ANEXO IV PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES ANEXO V MODELO DE CONTRATO
ANEXO VI MODIFICACIONES AL CONTRATO
PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS
1.- INTRODUCCIÓN.
AcuaMed es una sociedad mercantil anónima cuyo capital pertenece íntegramente a la Administración
General del Estado. Su tutela corresponde al Ministerio de Agricultura Alimentación y medio Ambiente. El objeto social de AcuaMed consiste en:
La contratación, construcción, adquisición y explotación de toda clase de obras hidráulicas y, en especial, de aquellas obras de interés general que, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 11/2005, por la que se modifica la Ley del Plan Hidrológico Nacional, se realicen en sustitución de las previstas en su día para la transferencia de recursos hídricos.
La gestión de los contratos para los estudios, proyectos, construcción, adquisición o explotación de las obras citadas, así como el ejercicio de aquellas actividades preparatorias, complementarias o derivadas de las anteriores.
El objeto social podrá realizarse directamente o mediante la participación en el capital de las sociedades constituidas o que pudieran constituirse con alguno de los fines señalados anteriormente.
En el marco de dicho objeto social y para su satisfacción, AcuaMed tiene la necesidad de contratar las LA REDACCIÓN DEL PROYECTO Y EJECUCIÓN DE LA REMODELACIÓN DE LA PLANTA DE
TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE DE PILONES (MÁLAGA), en adelante la Obra, correspondiente a la actuación “Mejora de la conexión Málaga–Xxxxx del Sol” del CONVENIO REGULADOR PARA LA FINANCIACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LA CONDUCCION PILONES -ATABAL Y LA REMODELACION DE LA E.T.A.P. DE PILONES, ENTRE LA SOCIEDAD ESTATAL ACUAMED Y LA EMPRESA MUNICIPAL AGUAS DE MÁLAGA.
2.- OBJETO DEL CONTRATO.
La presente contratación tiene por objeto la realización, por el licitador que resulte adjudicatario, con las garantías convenidas, y en la forma, plazo y condiciones que en el presente Pliego y en los documentos anexos al mismo se establecen la Obra. La codificación correspondiente a la nomenclatura Vocabulario Común de los contratos (CPV) de la Comisión Europea corresponde a los códigos CPV: 71300000-Servicios de ingeniería; 45252126-7 (trabajos de construcción de plantas para tratamiento de agua potable).
La obra se realizará en las condiciones especificadas en el presente Pliego de Cláusulas Reguladoras.
3.- RÉGIMEN JURÍDICO.
Además de a las prescripciones del presente Pliego de Cláusulas Reguladoras, la presente contratación se ajustará, en cuanto se refiere a un contrato sujeto a regulación armonizada (artículo 190 del TRLCSP), en materia de preparación y adjudicación, a los preceptos del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, TRLCSP), salvo las previsiones que la misma declara de exclusiva aplicación a las Administraciones Públicas. Resultarán también de aplicación a la preparación y adjudicación del contrato, las previsiones del Real Decreto 1098/2001, de 26 de octubre, por el que se aprueba (en tanto tiene lugar la aprobación del Reglamento de desarrollo de la nueva LCSP) el Reglamento General de la Ley de contratos de las Administraciones Públicas (en adelante, RGLCAP) y el Decreto 3854/1970, de 31 de diciembre, por el que se aprueba el Pliego de Cláusulas Generales para la Contratación de Obras del Estado.
La ejecución del contrato, sus efectos, cumplimiento y resolución se regirán por lo establecido en este Pliego y en sus anexos y, en concreto, por el documento de formalización del contrato incluido como Anexo V, y por las condiciones para la modificación del contrato recogidas en el Anexo VI. Subsidiariamente se aplicarán las normas de Derecho Privado.
4.- DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Y PRELACIÓN.
Además del propio contrato, los documentos que se relacionan a continuación revisten carácter contractual:
1. Pliego de cláusulas reguladoras (documento presente)
2. Pliego de prescripciones técnicas particulares, que se anexa al Pliego de cláusulas reguladoras (Anexo IV)
3. Proyecto informativo (Anexo VII)
4. Oferta (técnica- incluye Anteproyecto Constructivo- y económica) presentada por el contratista
5. Proyecto Constructivo que será aprobado por el Ministerio Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, integrado por los siguientes documentos:
a) Memoria que recogerá las necesidades a satisfacer y los factores de todo orden a tener en cuenta.
b) Pliego de Condiciones
c) Planos.
d) Cuadros de precios, justificación de precios y presupuesto de la obra, siendo de aplicación al presupuesto de ejecución material los porcentajes de Gastos Generales (13%) y Beneficio Industrial (6%) que contempla la Administración General del Estado
6. Programa de ocupación de terrenos y reposición de servicios, en su caso
7. Programa de trabajos con fijación de mensualidades
8. Plan de aseguramiento de la calidad
9. Estudio de Seguridad y Salud
10. Requisitos fundamentales para los contratos de seguros
11. Copia de la garantía definitiva
12. Escritura de apoderamiento del representante del contratista
13. Documentos de nombramiento y aceptación del Delegado del contratista, del Jefe de Obra y del responsable de Seguridad y Salud
En caso de discordancia o de contradicción entre el contenido de los documentos contractuales arriba citados, será de aplicación preferente el contrato que se formalice, un modelo del mismo se incluye como Anexo V al presente Pliego, y después los documentos enunciados por el orden de su numeración.
5.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO. PRECIO DEL CONTRATO.
El importe del Presupuesto base de licitación es el que figura en el apartado 4.1 del Cuadro de Características del presente Pliego, entendiéndose como presupuesto máximo, por lo que las ofertas no podrán rebasar en ningún caso su importe.
El valor estimado del contrato coincide con el del Presupuesto base de licitación e incluye las prórrogas a las que, en su caso, alude el apartado 4.2 del Cuadro de Características del presente Pliego.
Las ofertas económicas de los licitadores incluirán, expresa y separadamente de los restantes importes especificados, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que proceda por la ejecución de su prestación.
El Precio del contrato coincidirá con el ofertado en la proposición económica correspondiente a la oferta que resulte adjudicataria (presupuesto de adjudicación).
6.- PROCEDIMIENTO Y PUBLICIDAD.
La licitación y adjudicación del contrato se realizará, en todo lo concerniente a la capacidad de los licitadores, publicidad de la licitación, procedimientos de selección y formas de adjudicación, por las normas del TRLCSP y del RGLCAP, propias del contrato de servicios.
La adjudicación se realizará mediante procedimiento abierto a la oferta económicamente más ventajosa, sin admisión de variantes, basándose en lo establecido en los 157 a 161 del TRLCSP y de acuerdo con los criterios de adjudicación establecidos en este Pliego, o declarará desierta la licitación, motivando en todo caso su resolución con referencia a los criterios de adjudicación que figuran en el presente Pliego.
La presente contratación se anunciará en la Plataforma de Contratación del Estado, en el Diario Oficial de la Unión Europea en los plazos y condiciones previstas en el artículo 142 del TRLCSP, y en el perfil de contratante.
6.1. Órgano de contratación.
El órgano de contratación de AcuaMed es su Consejo de Administración.
6.2. Mesa de contratación.
El órgano de contratación de AcuaMed estará asistido por una Mesa de contratación para el estudio e informe de las ofertas y resolución o propuesta de resolución de gestiones relacionadas con la licitación. La Mesa tendrá la composición determinada en el “Procedimiento interno de contratación”, aprobado por el Consejo de Administración de la Sociedad.
A la Mesa de contratación corresponderán las funciones expresamente determinadas en el citado Procedimiento interno.
6.3. Perfil de contratante.
El acceso a la información relativa al presente procedimiento de licitación podrá hacerse a través del perfil de contratante, incluido en la página web de AcuaMed (xxx.xxxxxxx.xx)
7.- REQUISITOS DE LOS LICITADORES.
7.1.- Capacidad.
Podrán optar a la adjudicación de este contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y la acrediten según los requerimientos y por los medios que se especifican recogidos en el apartado 10.1 del cuadro de características que acompaña al presente Pliego de Cláusulas Reguladoras, no hallándose, además, comprendidas en prohibición de contratar.
7.1.1. Empresas no comunitarias.
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de
empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
No será preciso el informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio.
7.1.2. Empresas comunitarias.
Tendrán capacidad para contratar con el sector público, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate.
Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él La Obra de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
7.1.3. Condiciones especiales de compatibilidad.
Sin perjuicio de lo dispuesto en relación con la adjudicación de contratos a través de un procedimiento de diálogo competitivo, no podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.
7.1.4. Normas especiales sobre capacidad.
7.1.4.1. Personas jurídicas.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
7.1.4.2. Uniones de empresarios.
Podrán contratar con AcuaMed las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor.
Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.
A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato.
La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
Para los casos en que sea exigible la clasificación y concurran en la unión empresarios nacionales, extranjeros que no sean nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y extranjeros que sean nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea, los que pertenezcan a los dos primeros grupos deberán acreditar su clasificación, y estos últimos su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
7.1.4.3. Acreditación de la capacidad de obrar.
La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
7.1.4.4. Prohibiciones de contratar.
No podrán contratar con AcuaMed las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias siguientes:
a) Haber sido condenadas mediante sentencia firme por delitos de asociación ilícita, corrupción en transacciones económicas internacionales, tráfico de influencias, cohecho, fraudes y exacciones ilegales, delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social, delitos contra los derechos de los trabajadores, malversación y receptación y conductas afines, delitos relativos a la protección del medio ambiente, o a pena de inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio, industria o comercio. La prohibición de contratar alcanza a las personas jurídicas cuyos administradores o representantes, vigente su cargo o representación, se encuentren en la situación mencionada por actuaciones realizadas en nombre o a beneficio de dichas personas jurídicas, o en las que concurran las condiciones, cualidades o relaciones que requiera la correspondiente figura de delito para ser sujeto activo del mismo.
b) Haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declaradas insolventes en cualquier procedimiento, hallarse declaradas en concurso, estar sujetas a intervención judicial o haber sido inhabilitadas conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
c) Haber sido sancionadas con carácter firme por infracción grave en materia de disciplina xx xxxxxxx, en materia profesional o en materia de integración laboral y de igualdad de oportunidades y no discriminación de las personas con discapacidad o por infracción muy grave en materia social, incluidas las infracciones en materia de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 xx xxxxxx, o en materia medioambiental, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 xx xxxxx, de Evaluación de Impacto Ambiental; en la Xxx 00/0000, xx 00 xx xxxxx, xx Xxxxxx; en la Ley 4/1989, de 27 xx xxxxx, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres; en la Ley 11/1997, de 24 xx xxxxx, de Envases y Residuos de Envases; en la Ley 10/1998, de 21 xx xxxxx, de Residuos; en el Texto Refundido de la Xxx xx Xxxxx, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, y en la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación.
d) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en los términos que reglamentariamente se determinen.
e) Haber incurrido en falsedad al efectuar la declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar, o al facilitar cualesquiera otros datos relativos a su capacidad y solvencia, o haber
incumplido, por causa que le sea imputable, la obligación de comunicar la información concerniente a las modificaciones acaecidas, en su caso, a efectos de clasificación o la variación de las circunstancias que figuren en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas.
f) Estar incursa la persona física o los administradores de la persona jurídica en alguno de los supuestos de la Ley 5/2006, de 10 xx xxxxx, de Regulación de los Conflictos de Intereses de los Miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones públicas o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 xx xxxxx, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma.
La prohibición alcanzará a las personas jurídicas en cuyo capital participen, en los términos y cuantías establecidas en la legislación citada, el personal y los altos cargos de cualquier Administración Pública, así como los cargos electos al servicio de las mismas.
La prohibición se extiende igualmente, en ambos casos, a los cónyuges, personas vinculadas con análoga relación de convivencia afectiva y descendientes de las personas a que se refieren los párrafos anteriores, siempre que, respecto de los últimos, dichas personas ostenten su representación legal.
g) Haber contratado a personas respecto de las que se haya publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el incumplimiento a que se refiere el artículo 18.6 de la Ley 5/2006, de 10 xx xxxxx, de Regulación de los Conflictos de Intereses de los Miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, por haber pasado a prestar servicios en empresas o sociedades privadas directamente relacionadas con las competencias del cargo desempeñado durante los dos años siguientes a la fecha de cese en el mismo. La prohibición de contratar se mantendrá durante el tiempo que permanezca dentro de la organización de la empresa la persona contratada con el límite máximo de dos años a contar desde el cese como alto cargo.
Las prohibiciones de contratar afectarán también a aquellas empresas de las que, por razón de las personas que las rigen o de otras circunstancias, pueda presumirse que son continuación o que derivan, por transformación, fusión o sucesión, de otras empresas en las que hubiesen concurrido aquéllas.
La prueba, por parte de los empresarios, de no estar incursos en prohibiciones para contratar podrá realizarse mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.
Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
7.2. Solvencia.
7.2.1. Exigencia de solvencia. Clasificación
Los empresarios deberán acreditar estar en posesión de la Clasificación de empresa Contratista de Servicios que se recoge en el apartado 10.2.1. del cuadro de características del presente Pliego.
En todo caso, la inscripción de los licitadores en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado acredita suficientemente y, salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario, en cuanto a su personalidad, capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera o clasificación, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en dicho Registro.
7.2.2. Acreditación de la solvencia técnica o profesional en relación con la 1 ª fase: Redacción del proyecto de construcción.
Aplica conforme se recoge en el apartado 10.2.2 del cuadro de características del presente Pliego.
7.2.3. Adscripción de medios personales o materiales constitutivos de obligación esencial.
Aplica conforme se recoge en el apartado 10.2.3 del cuadro de características del presente Pliego.
7.2.4. Integración de la solvencia con medios externos.
Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios.
7.2.5. Acreditación de cumplimiento de las normas de garantía de calidad y de gestión medioambiental
7.2.5.1. Acreditación del cumplimiento de las normas de garantía de la calidad.
Los licitadores deberán acreditar tener implantado un sistema de calidad en desarrollo de la norma internacional UNE-EN ISO 9001:2000 u otra norma equivalente, o justificar, mediante cualquier otro medio adecuado, que se cumplen los requisitos de calidad establecidos en el sistema antes citado.
AcuaMed reconocerá los certificados equivalentes expedidos por organismos establecidos en cualquier Estado miembro de la Unión Europea, y también aceptarán otras pruebas de medidas equivalentes de garantía de la calidad que presenten los empresarios.
7.2.5.2. Acreditación del cumplimiento de las normas de gestión medioambiental.
Los licitadores deberán acreditar tener implantado un sistema de calidad en desarrollo de la norma internacional UNE-EN ISO 14001 u otra norma equivalente, o justificar, mediante cualquier otro medio adecuado, que se cumplen los requisitos de calidad establecidos en el sistema antes citado.
AcuaMed reconocerá los certificados equivalentes expedidos por organismos establecidos en cualquier Estado miembro de la Unión Europea, y también aceptarán otras pruebas de medidas equivalentes de garantía de la calidad que presenten los empresarios.
7.3.- Garantía provisional
Se establece la constitución de una garantía provisional del 3% del Presupuesto base de licitación. Se presentará de acuerdo con el modelo que se adjunta como Anexo III al presente Pliego. La garantía se exige en atención a la naturaleza del expediente y el valor estimado del contrato puestos en relación con la necesidad de evitar cualquier circunstancia del contrato que pudiera poner en riesgo la obtención de la cofinanciación europea prevista para el contrato.
La garantía provisional se constituirá de alguna de las formas establecidas en el artículo 96 del TRLCSP, en coherencia con los artículos 55 a 58 del RGLCAP y de acuerdo con el modelo de este Pliego.
La garantía provisional responderá del mantenimiento de las ofertas de los licitadores hasta la adjudicación del contrato. Para el licitador que resulte adjudicatario la garantía responderá de las obligaciones derivadas del artículo 151.2 del TRLCSP.
La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores inmediatamente después de la adjudicación del contrato y será retenida al licitador que resulte adjudicatario hasta que éste
proceda a la constitución de la garantía definitva e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación.
8.- CONTENIDO DE LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN.
8.1.- Contenido de la documentación.
La documentación para esta licitación se presentará en tres (3) Sobres independientes (“A”, “B” y “C”), cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente, haciendo constar en el exterior de cada uno de ellos:
La letra correspondiente al sobre.
o Sobre A: Documentación General
o Sobre B: Documentación correspondiente a los criterios subjetivos de valoración (Documentación Técnica)
o Sobre C: Documentación correspondiente a los criterios objetivos de valoración (Proposición Económica).
El título de la licitación.
Un índice, coincidente con los apartados que se indican para cada uno de los sobres en el presente Pliego de cláusulas reguladoras, en el que se referenciará la documentación contenida en los mismos.
El nombre completo -y siglas en su caso-, dirección, C.I.F. (o N.I.F), número de teléfono, fax y correo electrónico del licitador y de su representante.
Cualquier otro dato que se exija en el anuncio de licitación.
8.1.0. Protección de datos.
En cumplimiento del artículo 5º de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, sobre Protección de Datos de Carácter Personal, por el que se regula el derecho de información en la recogida de los datos, le facilitamos la siguiente información:
Los datos de carácter personal que facilite, cuando entren dentro del ámbito de aplicación de dicha Ley Orgánica, podrán incluirse en un fichero para la gestión de las contrataciones y la contabilización de las correspondientes transacciones, así como integrarse en el directorio de proveedores de bienes y servicios del que es responsable AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A. (en adelante, Acuamed) que garantiza la confidencialidad y seguridad de los datos facilitados, cuya finalidad es el cumplimiento y gestión de forma adecuada de las relaciones contractuales.
El destinatario de la información es Acuamed, aunque en la ejecución contractual se podrán comunicar datos personales a entidades bancarias para la tramitación de los pagos o cobros, a la Agencia Tributaria en tramitaciones y declaraciones fiscales y, en su caso, a Juzgados mediante requerimiento judicial y participantes en juicio o a terceros con los que Acuamed concluya acuerdos de colaboración relacionados con La Obra objeto de licitación.
Respecto de los datos de empleados, o en su caso, candidatos, que desarrollarían el proyecto facilitados por EL LICITANTE a Acuamed con motivo de la prestación dLa Obra, EL LICITANTE declara que ha informado con carácter previo a su comunicación, de los extremos contenidos en este documento y obtenido el consentimiento expreso de sus empleados y los candidatos para que Acuamed mantenga en sus bases de datos los citados datos personales y que pueden ejercitar sus derechos de acceso, rectificación y cancelación dirigiéndose por escrito a Acuamed.
EL LICITANTE mantendrá completamente indemne a Acuamed si a ésta le fueran imputadas responsabilidades por esta causa.
Los titulares de los datos de carácter personal facilitados por el LICITANTE quedan informados sobre la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación, en los términos establecidos en la legislación vigente, dirigiéndose mediante comunicación escrita a AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A. x/ Xxxxxxxx, 00, 00000 Xxxxxx, dicha comunicación deberá incluir nombre y apellidos, petición en que se concreta la solicitud, dirección a efectos de notificaciones, fecha, firma y fotocopia del DNI o pasaporte.
8.1.1. Contenido del sobre A: Documentación administrativa.
a) Los documentos que acrediten la capacidad de obrar del empresario y, en su caso, su representación, de acuerdo con lo recogido en el apartado 10.1 del cuadro de características que acompaña al presente Pliego de Cláusulas Reguladoras.
b) Los documentos que justifiquen los requisitos de su solvencia económica y financiera y técnica y profesional incluidos en el apartado 10.2 del cuadro de características que acompaña a este Pliego.
c) Los documentos que acrediten no estar incurso en prohibición de contratar, según lo expresado en el citado apartado 10.1.6 del cuadro de características del presente Pliego, incluyendo la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación al empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
d) Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
e) Declaración de aceptación expresa de todas las condiciones exigidas en este Pliego de cláusulas reguladoras y en el resto de documentación contractual.
f) Garantía provisional. Se incorporará el resguardo acreditativo de la garantía provisional constituida en la forma y condiciones establecidas en la cláusula 7.3 de este Pliego conforme al TRLCSP y al RGLCA.
g) Cualquier otro documento y certificados que se haya exigido en el apartado apartado 10 del cuadro de características
Cuando la acreditación de las circunstancias mencionadas en las letras a) y b) se realice mediante la certificación del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, o mediante un certificado comunitario de clasificación, deberá acompañarse a la misma una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación. Esta manifestación deberá reiterarse, en caso de resultar adjudicatario, en el documento en que se formalice el contrato, sin perjuicio de que el órgano de contratación de AcuaMed pueda, si lo estima conveniente, efectuar una consulta al Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas.
8.1.2. Contenido del sobre B: Documentación correspondiente a los criterios subjetivos de valoración.
Se compondrá de la siguiente documentación: es conforme a lo indicado en el apartado 11 del cuadro de características.
8.1.3. Contenido del sobre C: Documentación correspondiente a los criterios objetivos de valoración.
La documentación correspondiente a los criterios objetivos de valoración se corresponde con la proposición económica que deberán presentar los licitadores, según el modelo recogido en el Anexo II al presente Pliego, y que deberá incluir el precio ofertado, con el límite del importe del presupuesto máximo de licitación, descrito en el apartado 4 del cuadro de características.
Los importes ofertados deberán fijarse haciendo separación expresa del importe correspondiente al Impuesto sobre el Valor añadido.
Para cualquier aclaración relativa al proceso de presentación de proposiciones, los participantes se comunicarán con AcuaMed en la dirección indicada en el apartado 9.2 del cuadro de características.
8.2.- Lugar, forma y plazo de presentación de proposiciones.
8.2.1. Lugar y forma de presentación de proposiciones.
Las personas o entidades que deseen participar en la licitación regulada por este Pliego de Cláusulas Reguladoras deberán presentar sus proposiciones directamente en las oficinas de AcuaMed indicadas en el anuncio de licitación publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea, o en las oficinas de Correos, cumpliendo lo prevenido al efecto en este Pliego de cláusulas reguladoras.
Cuando las proposiciones se presenten en oficinas de Correos, deberán remitirse a la sede social de AcuaMed, debiendo cumplir los requisitos señalados en el Art. 80 del RGLCAP, justificando la fecha y hora de presentación y anunciando a la Sociedad la remisión de la oferta mediante telex, fax o telegrama en el que se consigne la clave, título completo del expediente y nombre del licitador. El telex, fax o telegrama deberá haberse impuesto igualmente dentro del plazo fijado en el anuncio. A efectos de justificar que el envío por correo se hace dentro de la fecha señalada como límite para la presentación de proposiciones, se admitirá como medio de prueba que el telegrama o fax haga referencia al número del certificado del envío hecho por correo. Si después de transcurridos diez (10) días desde la presentación de las proposiciones no se hubiera recibido la documentación en el domicilio mencionado, ésta no será admitida en ningún caso.
Todos los licitadores deberán señalar en el momento de presentar sus propuestas un domicilio, para la práctica de las comunicaciones que se deriven del concurso, o que de cualquier manera puedan afectar al licitador.
Las ofertas se presentarán escritas en castellano y a máquina u otros tipos de impresión mecánica o informática. No se aceptará ningún documento manuscrito o que presente omisiones, erratas, enmiendas o tachaduras que no permitan conocer claramente las condiciones necesarias para valorar la oferta.
La presentación de documentos dentro del sobre A previstos en el apartado 8 del Cuadro de Características del presente Pliego que hayan sido emitidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, serán admitidos si han sido autenticados mediante una firma electrónica reconocida de acuerdo con la ley 59/2003, de firma electrónica.
La presentación de proposiciones implica la aceptación incondicional de las Cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que el licitador reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con AcuaMed.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de las especialidades previstas en el TRLCSP sobre admisibilidad de variantes o mejoras y sobre presentación de nuevos precios o valores en el seno de una subasta electrónica. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
Para cualquier aclaración relativa al proceso de presentación de proposiciones, los participantes se comunicarán con AcuaMed en la dirección indicada en el apartado 9.2 del cuadro de características.
Se podrán presentar peticiones de aclaración hasta diez (10) días naturales antes de la fecha límite para la presentación de las proposiciones.
AcuaMed se reserva el derecho a distribuir al resto de participantes aquellas aclaraciones a las consultas presentadas por cualquiera de ellos, si considera que pueden resultar útiles para todos los participantes.
8.2.2. Plazo de presentación de proposiciones.
El plazo de presentación de proposiciones será, al menos, de cincuenta y dos (52) días, contados desde la fecha del envío del anuncio de la licitación al Diario Oficial de la Unión Europea.
Este plazo podrá reducirse en cinco (5) días cuando se ofrezca acceso por medios electrónicos a los pliegos y a la documentación complementaria.
Si se hubiese enviado el anuncio previo a que se refiere el artículo 141 del TRLCSP, el plazo de presentación de proposiciones podrá reducirse hasta treinta y seis (36) días, como norma general, o, en casos excepcionales debidamente justificados, hasta veintidós (22) días. Esta reducción del plazo sólo será admisible cuando el anuncio de información previa se hubiese enviado para su publicación antes de los cincuenta y dos (52) días y dentro de los doce (12) meses anteriores a la fecha de envío del anuncio de licitación, siempre que en él se hubiese incluido, de estar disponible, toda la información exigida para éste.
Los plazos señalados en los dos párrafos anteriores podrán reducirse en siete (7) días cuando los anuncios se preparen y envíen por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. Esta reducción podrá adicionarse, en su caso, a la de cinco (5) días adicionales admitidos cuando se ofrezca acceso por medios electrónicos a los pliegos y a la documentación complementaria.
9.- VALORACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN.
9.1.- Aperturas de proposiciones. Procedimientos.
9.1.1.- A los efectos de la calificación de la documentación presentada, la Mesa de contratación ordenará la apertura de la documentación contenida en el sobre A, procediéndose a certificar la relación de documentos que figuran en el mismo.
Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación obrante en el sobre A, se comunicarán a los interesados, concediéndoseles un plazo no superior a tres (3) días naturales para que los licitadores los corrijan o subsanen.
9.1.2.- La Mesa de contratación, una vez calificada la documentación anterior y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones advertidos, volverá a reunirse y procederá a determinar las personas o empresas que cumplan las circunstancias que deban quedar acreditadas en virtud de la documentación exigida en el sobre A y, en su caso, a declarar excluidas a las que no las cumplan.
9.1.3.- Una vez realizadas las actuaciones anteriores, el acto público de apertura del sobre B (documentación correspondiente a los criterios subjetivos de valoración) correspondiente a las proposiciones admitidas se celebrará en el lugar y día señalado en el anuncio de la convocatoria.
Antes de la apertura de la primera proposición, se invitará a los licitadores interesados a que manifiesten las dudas que se les ofrezcan o pidan las explicaciones que estimen necesarias, procediéndose por la Mesa de contratación a dar las aclaraciones y efectuar las contestaciones pertinentes; pero sin que, en este momento,
pueda aquélla hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante los plazos de admisión de ofertas o de corrección o subsanación de defectos u omisiones.
El acto de apertura de las distintas proposiciones comenzará dándose lectura al anuncio del contrato y procediéndose, seguidamente, al recuento de las proposiciones presentadas, hecho lo cual se dará conocimiento al público del número de proposiciones recibidas y nombre de los licitadores, dando ocasión a los interesados para que puedan comprobar que los sobres que contienen las ofertas se encuentran en la mesa, en idénticas condiciones a aquéllas en que fueron entregados.
En caso de discrepancias entre las proposiciones que obren en poder de la Mesa de contratación y las que, como presentadas, se deduzcan de las certificaciones de que dispone la misma, o se presentasen dudas sobre las condiciones xx xxxxxxx en que han debido ser custodiadas, se suspenderá el acto y se realizarán, urgentemente, las investigaciones oportunas sobre lo sucedido, anunciándose, por el medio que se hubiera previsto en el Pliego, o en su defecto por el que determine la Mesa de contratación, la reanudación del acto público de apertura una vez que todo haya quedado aclarado en la debida forma.
Finalizada la apertura de las proposiciones, se invitará nuevamente a los licitadores asistentes a que expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas contra el acto celebrado, las cuales deberán formularse por escrito en el plazo máximo de dos (2) días hábiles siguientes al de aquel acto, y se dirigirán al órgano de contratación, el cual, previo informe de la Mesa de contratación, resolverá sobre las mismas.
La apertura de las proposiciones deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes contado desde la fecha de finalización del plazo para presentar las ofertas.
9.1.4.- Celebrado el acto público de apertura del sobre B, la Mesa de contratación remitirá las distintas proposiciones presentadas al departamento de AcuaMed encargado de su valoración, el cual redactará un informe al respecto haciéndolo llegar a la Mesa, la cual podrá solicitar los informes técnicos que estime oportunos para llevar a cabo su propuesta al órgano de contratación en el momento que proceda.
Se harán públicas, por parte de la Mesa de contratación, y se comunicarán individualmente a los interesados, las ofertas que hayan sido excluidas por contener proposiciones técnicas inaceptables o por presentar un contenido que no se corresponda con el exigido en el presente Pliego y en el “Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares”, Anexo IV de dicho Pliego, no pudiendo ser abiertos los sobres que contengan las proposiciones económicas relativas a dichas ofertas.
9.1.5.- Una vez realizadas las actuaciones anteriores, el acto público de apertura del sobre C (documentación correspondiente a los criterios objetivos de valoración) se celebrará en el lugar y día anunciado oportunamente por la Mesa de contratación.
Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, variara sustancialmente el modelo establecido o comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación por medio de resolución motivada. Por el contrario, el cambio u omisión de algunas palabras del modelo, con tal de que no alteren su sentido, no será causa bastante para el rechazo de la proposición. En caso de discrepancia entre el importe de la oferta expresado en letra y el expresado en número, prevalecerá aquél sobre éste, salvo que de los documentos que componen la proposición se desprenda claramente otra cosa.
9.1.6.- Las ofertas calificadas como técnicamente aceptables serán económicamente valoradas de acuerdo con lo previsto en la Cláusula 15.2 de este Pliego.
9.1.7.- El procedimiento para la adjudicación es el establecido en el apartado 16 del cuadro de características que acompaña al presente Pliego
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento indicado en dicho apartado en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
La constitución de la garantía requerida tendrá un importe del cinco por ciento (5%) del presupuesto base de licitación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, pudiéndose poner a disposición de AcuaMed de alguna de las formas siguientes:
a) Mediante aval prestado por alguno de los bancos, cajas de ahorro, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, que deberá depositarse en las oficinas de AcuaMed en Madrid.
b) Mediante contrato de seguro de caución celebrado con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro deberá entregarse en el establecimiento señalado en el punto a) anterior.
Tanto el aval como el contrato de seguro se otorgarán con renuncia expresa al beneficio de excusión, orden, división y cualquier otro que pudiera ser, en su caso, de aplicación, y con compromiso de pago al primer requerimiento de AcuaMed en cumplimiento de las cláusulas del contrato y xxx Xxxxxx de Cláusulas Reguladoras.
La garantía definitiva podrá constituirse por persona distinta al adjudicatario, en cuyo caso serán de aplicación las siguientes disposiciones:
a) Las personas o entidades distintas del adjudicatario que presten garantías a favor de éste no podrán utilizar el beneficio de excusión a que se refieren los artículos 1.830 y siguientes del Código Civil.
b) El avalista o asegurador será considerado parte interesada en los procedimientos que afecten a la garantía prestada, en los términos previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
c) En el contrato de seguro de caución, tendrá la condición de tomador del seguro el Contratista, y la de asegurado AcuaMed.
La constitución de esta garantía también podrá acreditarse mediante medios electrónicos, informáticos o telemáticos, de acuerdo con lo indicado en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre.
La garantía definitiva responderá, entre otros, de los siguientes conceptos:
i. De las penalidades impuestas al contratista en virtud de lo dispuesto en la Cláusula Trigésimo Quinta del modelo de contrato, que se adjunta como Anexo V al presente Pliego.
ii. De la correcta ejecución de la Obra, de los gastos originados a AcuaMed por la demora del adjudicatario en el cumplimiento de sus obligaciones, así como de los daños causados a ésta con motivo de la ejecución del contrato o por su incumplimiento, cuando no proceda su resolución.
iii. De la existencia de vicios o defectos existentes en los bienes suministrados durante el plazo de garantía.
La garantía definitiva no se devolverá o cancelará hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido a satisfacción de AcuaMed el contrato, o hasta que este se resuelva sin culpa del adjudicatario.
Una vez se produzca la liquidación del contrato por AcuaMed y transcurrido el plazo de garantía fijado en el apartado 14 del Cuadro de Características del presente Pliego de Cláusulas Reguladoras, si no resultasen responsabilidades se devolverá la garantía constituida o se cancelará el aval o seguro de caución.
En el caso cesión del contrato no se procederá a la devolución o cancelación de la garantía prestada por el cedente hasta que se halle formalmente constituida la del cesionario.
Si transcurriese un (1) año desde la fecha de terminación del contrato, sin que se haya producido la liquidación del contrato por causas no imputables al adjudicatario o Comercializador, se procederá, sin más demora, a la devolución o cancelación de las garantías una vez depuradas las responsabilidades oportunas.
9.1.7.- El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. En los procedimientos negociados y de diálogo competitivo, la adjudicación concretará y fijará los términos definitivos del contrato.
No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el presente Pliego.
La adjudicación deberá ser motivada, notificándose a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.
La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al artículo 40 del TRLCSP, recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos:
a) En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.
b) Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta.
c) En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.
Será de aplicación a la motivación de la adjudicación la excepción de confidencialidad contenida en el artículo 153 del TRLCSP.
En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización conforme al artículo 156 del citado TRLCSP.
La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Sin embargo, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco (5) días.
9.2.- Criterios de valoración de las ofertas.
La valoración de los criterios tanto subjetivos como objetivos de valoración, se efectuará aplicando los baremos y las fórmulas recogidas en el apartado 15 del cuadro de características que acompaña al presente Pliego de Cláusulas Reguladoras.
10.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
La formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los quince (15) días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos en la forma prevista en el artículo 151.4 del TRLCSP.
No obstante, si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación conforme al artículo
40.1 del citado TRLCSP, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince (15) días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos.
El órgano de contratación requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco (5) días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato. De igual forma procederá cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional que, en su caso hubiese exigido.
Si las causas de la no formalización fueren imputables a AcuaMed, se indemnizará al Contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar.
No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización, excepto en los casos previstos en el artículo 113 del TRLCSP.
11.- NULIDAD DEL CONTRATO.
11.1. Causas de nulidad.
El contrato será nulo en los siguientes casos:
a) Cuando el contrato se haya adjudicado sin cumplir previamente con el requisito de publicación del anuncio de licitación en el Diario Oficial de la Unión Europea, en aquellos casos en que sea preceptivo, de conformidad con el artículo142 del TRLCSP.
b) Cuando no se hubiese respetado el plazo de quince (15) días hábiles previsto en el artículo 156.3 del referido TRLCSP para la formalización del contrato siempre que concurran los dos siguientes requisitos:
1.º) que por esta causa el licitador se hubiese visto privado de la posibilidad de interponer el recurso regulado en artículos 40 y siguientes del citado TRLCSP y,
2.º) que, además, concurra alguna infracción de los preceptos que regulan el procedimiento de adjudicación de los contratos que le hubiera impedido obtener ésta.
c) Cuando a pesar de haberse interpuesto el recurso especial en materia de contratación a que se refieren los artículos40 y siguientes del citado TRLCSP, se lleve a efecto la formalización del contrato sin tener en cuenta la suspensión automática del acto de adjudicación en los casos en que fuera procedente, y sin esperar a que el órgano independiente hubiese dictado resolución sobre el mantenimiento o no de la suspensión del acto recurrido.
d) Tratándose de un contrato basado en un acuerdo marco del artículo196 del TRLCSP celebrado con varios empresarios que por su valor estimado deba ser considerado sujeto a regulación armonizada, si se hubieran incumplido las normas sobre adjudicación establecidas en párrafo segundo del artículo198.4 del referido TRLCSP.
e) Cuando se trate de la adjudicación de un contrato específico basado en un sistema dinámico de contratación en el que estuviesen admitidos varios empresarios, siempre que el contrato a adjudicar
esté sujeto a regulación armonizada y se hubieran incumplido las normas establecidas en el artículo 202 del TRLCSP mencionado sobre adjudicación de tales contratos.
No obstante lo dispuesto en todos los casos anteriores, no procederá la declaración de nulidad en el supuesto de la letra a) si concurren conjuntamente las tres circunstancias siguientes:
i. Que de conformidad con el criterio del órgano de contratación el contrato esté incluido en alguno de los supuestos de exención de publicación del anuncio de licitación en el Diario Oficial de la Unión Europea previstos en el TRLCSP.
ii. Que el órgano de contratación publique en el Diario Oficial de la Unión Europea un anuncio de transparencia previa voluntaria en el que se manifieste su intención de celebrar el contrato y que contenga los siguientes extremos:
- identificación del órgano de contratación
- descripción de la finalidad del contrato
- justificación de la decisión de adjudicar el contrato sin el requisito de publicación del artículo 142 del TRLCSP
- identificación del adjudicatario del contrato
- cualquier otra información que el órgano de contratación considere relevante
iii. Que el contrato no se haya perfeccionado hasta transcurridos diez (10) días hábiles a contar desde el siguiente al de publicación del anuncio.
Tampoco procederá la declaración de nulidad a que en los supuestos de las letras d) y e) expuestos anteriormente, si concurren conjuntamente las dos condiciones siguientes:
i. Que el órgano de contratación haya notificado a todos los licitadores afectados la adjudicación del contrato y, si lo solicitan, los motivos del rechazo de su candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fueron determinantes de la adjudicación a su favor, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 137 en cuanto a los datos cuya comunicación no fuera procedente.
ii. Que el contrato no se hubiera perfeccionado hasta transcurridos quince días hábiles desde el siguiente al de la remisión de la notificación a los licitadores afectados.
11.2. Consecuencias jurídicas de la declaración de nulidad en los supuestos del apartado anterior.
La declaración de nulidad por las causas previstas en el apartado anterior producirá los efectos establecidos en el artículo 35.1 del TRLCSP.
El órgano competente para declarar la nulidad, sin embargo, podrá no declararla y acordar el mantenimiento de los efectos del contrato, si, atendiendo las circunstancias excepcionales que concurran, considera que existen razones imperiosas de interés general que lo exijan.
Sólo se considerará que los intereses económicos constituyen las razones imperiosas mencionadas en el primer párrafo de este apartado en los casos excepcionales en que la declaración de nulidad del contrato dé lugar a consecuencias desproporcionadas.
Asimismo, no se considerará que constituyen razones imperiosas de interés general, los intereses económicos directamente vinculados al contrato en cuestión, tales como los costes derivados del retraso en la ejecución del contrato, de la convocatoria de un nuevo procedimiento de contratación, del cambio del operador económico que habrá de ejecutar el contrato o de las obligaciones jurídicas derivadas de la nulidad.
La resolución por la que se acuerde el mantenimiento de los efectos del contrato deberé ser objeto de publicación en el perfil de contratante previsto en el artículo 53 del TRLCSP.
En el caso previsto de no declaración de nulidad, la declaración de nulidad deberá sustituirse por alguna de las sanciones alternativas siguientes:
i. La imposición de multas al poder adjudicador por un importe que no podrá ser inferior al 5 por ciento (5%) ni superar el 20 por ciento (20%) del precio de adjudicación del contrato. Cuando se trate de poderes adjudicadores cuya contratación se efectúe a través de diferentes órganos de contratación, la sanción alternativa recaerá sobre el presupuesto del departamento, consejería u órgano correspondiente que hubiera adjudicado el contrato.
Para determinar la cuantía en la imposición de las multas, el órgano competente tomará en consideración la reiteración, el porcentaje del contrato que haya sido ejecutado o el daño causado a los intereses públicos o, en su caso, al licitador, de tal forma que éstas sean eficaces, proporcionadas y disuasorias.
ii. La reducción proporcionada de la duración del contrato. En este caso, el órgano competente tomará en consideración la reiteración, el porcentaje del contrato que haya sido ejecutado o el daño causado a los intereses públicos o, en su caso, al licitador. Asimismo determinará la indemnización que corresponda al contratista por el lucro cesante derivado de la reducción temporal del contrato, siempre que la infracción que motive la sanción alternativa no le sea imputable.
Todo lo expresado hasta el momento, se entenderá sin perjuicio de las sanciones de carácter disciplinario que corresponda imponer al responsable de las infracciones legales.
11.3. Interposición de la cuestión de nulidad.
La cuestión de nulidad, en los casos a los que se refiere el apartado 11.1.1, deberá plantearse ante el órgano previsto en el artículo 41 del TRLCSP que será el competente para tramitar el procedimiento y resolverla.
Podrá plantear la cuestión de nulidad, en tales casos, toda persona física o jurídica cuyos derechos o intereses legítimos se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados por los supuestos de nulidad del referido apartado 11.1.1. El órgano competente, sin embargo, podrá inadmitirla cuando el interesado hubiera interpuesto recurso especial regulado en los artículos 40 y siguientes del TRLCSP sobre el mismo acto habiendo respetado el órgano de contratación la suspensión del acto impugnado y la resolución dictada.
El plazo para la interposición de la cuestión de nulidad será de treinta (30) días hábiles a contar:
a) desde la publicación de la adjudicación del contrato en la forma prevista en el artículo 138.2 de la LCSP, incluyendo las razones justificativas de la no publicación de la licitación en el Diario Oficial de la Unión Europea,
b) o desde la notificación a los licitadores afectados, de los motivos del rechazo de su candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fueron determinantes de la adjudicación a su favor, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 153 del referido TRLCSP en cuanto a los datos cuya comunicación no fuera procedente.
Fuera de los dos casos citados, la cuestión de nulidad deberá interponerse antes de que transcurran seis (6) meses a contar desde la formalización del contrato.
La cuestión de nulidad se tramitará de conformidad con lo dispuesto en los artículos 314 y siguientes de la LCSP con las siguientes salvedades:
a) No será de aplicación lo dispuesto en el artículo 44.1 del referido TRLCSP en cuanto a la exigencia de anunciar la interposición del recurso.
b) La interposición de la cuestión de nulidad no producirá efectos suspensivos de ninguna clase por sí sola.
c) El plazo establecido en el artículo 43.2, párrafo segundo y en el 436.3, ambos del TRLCSP, para que el órgano de contratación formule alegaciones en relación con la solicitud de medidas cautelares, se elevará a siete (7) días hábiles.
d) El plazo establecido en el artículo 46.2 del reiterado TRLCSP para la remisión del expediente por el órgano de contratación, acompañado del correspondiente informe, se elevará a siete (7) días hábiles.
e) En la resolución de la cuestión de nulidad, el órgano competente para dictarla deberá resolver también sobre la procedencia de aplicar las sanciones alternativas si el órgano de contratación lo hubiera solicitado en el informe que debe acompañar la remisión del expediente administrativo.
f) Cuando el órgano de contratación no lo hubiera solicitado en la forma establecida en la letra anterior podrá hacerlo en el trámite de ejecución de la resolución. En tal caso el órgano competente, previa audiencia por plazo de cinco (5) días a las partes comparecidas en el procedimiento, resolverá sobre la procedencia o no de aplicar la sanción alternativa solicitada dentro de los cinco días siguientes al transcurso del plazo anterior. Contra esta resolución cabrá interponer recurso en los mismos términos previstos para las resoluciones dictadas resolviendo sobre el fondo
12.- RÉGIMEN DE RECLAMACIONES Y RECURSOS.
Serán de aplicación las disposiciones del TRLCSP al respecto que se refieren al régimen especial de revisiones en materia de contratación y medios alternativos de resolución de conflictos, de acuerdo con la nueva redacción que sobre estas cuestiones dio la Ley 34/2010, de 5 xx xxxxxx.
13.- FUERO TERRITORIAL.
Las Partes, caso de ejercitar acciones judiciales, se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de la Ciudad de Madrid, con renuncia igualmente expresa a cualesquiera otros fueros que pudiesen corresponderles.
ANEXO I
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
D/Dña.: | |
DNI Nº: | Validez hasta: |
Actuando en nombre y representación de | |
Domicilio | |
Localidad | CP |
Según poder otorgado ante el Notario de: | |
D/Dña.: | |
Fecha: | Nº Protocolo |
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD, que ni el firmante, ni la Empresa a la que representa, ni sus administradores o representantes, se encuentran incursos en ninguna limitación, incapacidad, prohibición o incompatibilidad para contratar con el sector público, no concurriendo circunstancia alguna que incapacite para contratar con el mismo, prevista en el artículo 60 del TRLCSP. Así mismo DECLARA hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y no haber sido condenado mediante sentencia firme por delitos contra el medio ambiente.
Lo que firma en a de de 2012
Nota: La presente declaración deberá otorgarse ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, (conforme a lo preceptuado en el apartado 1 del art. 73 del TRLCSP).
ANEXO II
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D. ..........................................................................................., domiciliado en ..........................., provincia de
..................................., calle............................................................................., número, con Documento
Nacional de Identidad Número ........................., actuando en nombre (propio
o de la Empresa que representa. En el caso de que el firmante actúe como Director, Apoderado, etc., de una Empresa o de un tercero, hará constar claramente el apoderamiento o representación), enterado del anuncio publicado en el ..............................del día .........de ........................de 20. , y de las condiciones y requisitos
iniciales que se exigen para la adjudicación mediante Procedimiento Abierto a la oferta económicamente más ventajosa, del Contrato de ........................................................................, se compromete a asumir la realización de las expresadas actividades, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones y con aceptación de las normas que rigen este contrato por la cantidad de euros, IVA no
incluido.
La cantidad correspondiente al IVA para la ejecución las actividades objeto del contrato es de
………………. Euros.
(expresar claramente, escrita en letra y cifra, las cantidades en euros que se proponen). La cantidad ofertada se desglosa en:
IMPORTE PARA REDACCIÓN DE PROYECTO: …………………………………….……..
IMPORTE PARA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS: ……………………………………………
IMPORTE DE LOS TRABAJOS PREVIOS A LA EXPLOTACIÓN: ………………………...
ANEXO III.a)
MODELO DE GARANTÍA DEFINITIVA
El Banco (Caja de Ahorros, Cooperativa de Crédito) ................................................., (NIF ………) y en su
nombre y representación Don ............................y Don , con poderes suficientes para este
acto,
AVALA a .......................................... (NIF ………) ante la Sociedad AGUAS DE LAS CUENCAS
MEDITERRÁNEAS, S.A., garantizando el cumplimiento por de las obligaciones derivadas del
contrato de obras del que es adjudicatario.
En consecuencia, el aval responderá de todas las obligaciones del adjudicatario procedentes del contrato y sus Anexos, así como de las que se sigan indirectamente del mismo; de su ejecución o de su eventual resolución; del reintegro de las cantidades que, en su caso, AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A. hubiera abonado en exceso a raíz de la liquidación final; del resarcimiento de los daños y perjuicios derivados del incumplimiento de sus obligaciones, incluidos los que pudiesen ser reclamados a AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A. por cualesquiera terceros.
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de contratos de las Administraciones Públicas
La garantía que se constituye tiene el carácter de solidaria con con renuncia
a los beneficios de excusión, orden y división, y se podrá hacer efectiva por AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A. mediante la sola comunicación a este Avalista del concepto reclamado y de su importe, debiendo el Avalista hacer entrega del mismo en el plazo xx xxxx (10) días a contar desde el requerimiento.
Este aval se concede por importe de (en cifra y en letra) EUROS, y estará vigente hasta
tanto AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A. autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en el texto refundido de la Ley de contratos del Sector Público mediante comunicación dirigida al Avalista, con devolución de este documento.
............................, a ...... de .................... de 20.....
ANEXO III.b)
MODELO DE GARANTÍA PROVISIONAL
El Banco (Caja de Ahorros, Cooperativa de Crédito) ................................................., (NIF ………) y en su
nombre y representación Don ............................y Don , con poderes suficientes para este
acto,
AVALA a ............... (razón social del avalado) NIF/CIF , en virtud de lo dispuesto en el texto
refundido de la Ley de contratos del Sector Público, normativa de desarrollo y Pliego de cláusulas reguladoras que rige la licitación del contrato de , ante la Sociedad Anónima AGUAS DE LAS
CUENCAS MEDITERRÁNEAS (Acuamed), en concepto de GARANTÍA PROVISIONAL, para responder de las obligaciones derivadas de la participación en la referida licitación, por importe de
……………………….................................................................................(en letra)
.......................................(en cifra) EUROS.
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de contratos de las Administraciones Públicas
La garantía que se constituye tiene el carácter de solidaria con con renuncia
a los beneficios de excusión, orden y división, y se podrá hacer efectiva por AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A. mediante la sola comunicación a este Avalista del concepto reclamado y de su importe, debiendo el Avalista hacer entrega del mismo en el plazo xx xxxx (10) días a contar desde el requerimiento.
Este aval se concede por importe de (en cifra y en letra) EUROS, y estará vigente hasta
tanto AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A. autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en el texto refundido de la Ley de contratos del Sector Público mediante comunicación dirigida al Avalista, con devolución de este documento.
............................, a ...... de .................... de 20.....
ANEXO IV
DOCUMENTOS Y PRESCRIPCIONES QUE DEFINEN EL OBJETO DEL CONTRATO
ANEXO Nº IV
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
ÍNDICE
Página
1. CARACTERÍSTICAS GENERALES 3
1.1. MARCO GLOBAL 3
1.2. ANTEPROYECTO. ALCANCE FORMAL DEL DOCUMENTO 3
1.2.1. ÍNDICE TIPO DE ANTEPROYECTO 3
1.2.2. JUSTIFICACIÓN DE PRECIOS 7
1.2.3. PRESUPUESTO 9
1.3. PARÁMETROS BÁSICOS 11
1.4. ESQUEMA DE FUNCIONAMIENTO DE LA INSTALACIÓN 11
2. IMPLANTACIÓN E INSTALACIONES 12
2.1. GENERALIDADES 12
2.2. ELEMENTOS DE CONEXIÓN EXTERIOR (PUNTOS LÍMITE) 13
2.2.1. DEFINICIÓN GENERAL 13
2.3. DATOS INICIALES. CARACTERÍSTICAS DEL AGUA BRUTA 13
2.4. SISTEMA DE COMPROBACIÓN DE LOS PARÁMETROS GARANTIZADOS 14
2.5. DISPOSICIÓN XXXXXXX XX XXX XXXXXXXXXXXXX 00
2.6. PRESCRIPCIONES SOBRE EL DISEÑO 15
3. DOCUMENTACIÓN PREVIA AL INICIO DE LA EJECUCIÓN 16
4. DEFINICIÓN DE ELEMENTOS A PROYECTAR 17
4.1. GENERALIDADES 17
4.2. TRATAMIENTO DE RESIDUOS 17
4.3. TRATAMIENTO DE LOS HORMIGONES 17
4.4. CALIDADES DE MATERIALES Y EQUIPOS 17
4.5. EQUIPOS ELÉCTRICOS 19
4.6. EQUIPOS DE CONTROL E INSTRUMENTACIÓN 20
4.7. LEGALIZACIÓN DE INSTALACIONES 20
4.8. OTROS SISTEMAS Y EQUIPOS 21
4.8.1. SISTEMA CONTRA INCENDIOS 21
4.8.2. SISTEMA DE CLIMATIZACIÓN 22
4.9. MEDIDAS DE INTEGRACIÓN 22
4.9.1. INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA 22
4.9.2. PROTECCIÓN ARQUEOLÓGICA 22
5. OBRAS CIVILES 23
5.1. GENERALIDADES 23
5.2. XXXXXXXXXX XX XX XXXXXXX X XXXXXXXXXXX XXX XXXXXXX 00
5.3. ACCESOS 23
5.4. VIALES INTERIORES 23
5.5. SANEAMIENTO Y EVACUACIÓN DE AGUAS RESIDUALES Y PLUVIALES 24
5.6. EDIFICIOS 24
5.6.1. EDIFICIO DE CONTROL Y LABORATORIOS 24
5.6.2. OTROS EDIFICIOS 26
5.7. URBANIZACIÓN 26
6. MATERIALES 28
6.1. INTRODUCCIÓN 28
6.2. PRESCRIPCIONES GENERALES 28
6.2.1. CALDERERÍA EN BOMBEOS 28
6.2.2. ESTRUCTURAS METÁLICAS 28
6.2.3. MOTORES ELÉCTRICOS 29
6.3. PRESCRIPCIONES PARTICULARES DE LOS EQUIPOS ELECTROMECÁNICOS 29
6.3.1. OBRA DE LLEGADA 29
6.3.2. CAUDALÍMETRO ELECTROMAGNÉTICO 30
6.3.3. COMPUERTAS MURALES 30
6.3.4. VÁLVULAS DE COMPUERTA 30
6.3.5. ELECTROAGITADORES 30
6.3.6. DOSIFICACIÓN DE CO2 30
6.3.7. DOSIFICACIÓN DE CARBÓN ACTIVO 30
6.3.8. DOSIFICACIÓN DE POLIELECTROLITO 30
6.3.9. DOSIFICACIÓN DE PERMANGANATO POTÁSICO 30
6.3.10. EQUIPO DE MEDIDA DE PRESIÓN 31
6.3.11. SONDA DE NIVEL 31
6.3.12. CONJUNTO DE ELEMENTOS PARA TOMA DE MUESTRAS 31
6.3.13. GRUPO MOTOBOMBA PARA LAVADO DE FILTROS 31
6.3.14. CONJUNTO DE TUBERÍAS PARA ASPIRACIÓN E IMPULSIÓN DE BOMBAS 31
6.3.15. GRUPO MOTOSOPLANTE 31
6.3.16. GRUPO MOTOBOMBA SUMERGIBLE PARA BOMBEO DE FANGOS 31
6.3.17. CONJUNTO DE TUBERÍAS PARA ASPIRACIÓN E IMPULSIÓN DE BOMBAS 31
6.3.18. VÁLVULAS DE RETENCIÓN 31
6.3.19. AGITADORES 31
6.3.20. DECANTADOR DENSADEG 32
6.3.21. BOMBA DE HUSILLO EXCÉNTRICO DE DESPLAZAMIENTO POSITIVO 32
6.3.22. CENTRÍFUGA 32
7. PRUEBAS Y ENSAYOS 32
7.1. NORMAS DE PRUEBA 32
7.2. CONTROL EN FABRICACIÓN, MONTAJE Y PRUEBAS DE ELEMENTOS 33
7.3. PERÍODO DE PUESTA EN MARCHA , PRUEBAS DE SISTEMAS Y PERÍODO DE PUESTA A PUNTO 33
7.4. PRUEBAS DE FUNCIONAMIENTO 34
7.5. CONSTATACIÓN DE LAS OBRAS CONSTRUIDAS 34
7.6. PRODUCCIÓN DE AGUA ANTES DE LA CONSTATACIÓN 34
8. CONDICIONANTES DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS 35
8.1. ACCESOS A LA ZONA DE OBRAS 35
8.2. MANTENIMIENTO DE SERVICIOS 35
8.3. CRUCES Y/O DESVÍOS DE SERVICIOS PÚBLICOS 35
8.4. CONOCIMIENTO DE LA ZONA DE OBRAS 35
8.5. CONDICIONES DE LA OPERACIÓN Y ENTREGA DE LAS OBRAS AL OPERADOR 36
8.6. SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA 36
8.7. RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICATARIO 36
9. PENALIZACIONES POR DEMORA 36
10. SEGURIDAD Y SALUD 37
11. SEGUROS. 39
12. MEDIDAS DE PROTECCIÓN AMBIENTAL 39
1. ADENDA Nº1: PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES Y TÉCNICAS PARA LA EJECUCIÓN XX XXXXXXX E INSTALACIONES ELÉCTRICAS
DE PROTECCIÓN Y MANIOBRA 40
2. ADENDA Nº2: XXXXXXXXXXXXXX XX XX XXXX XX XXXXXXX 00
0. XXXXXX Xx0: PLIEGO GENERAL DE CONDICIONES PARA LA EJECUCIÓN XX XXXXXXX E INSTALACIONES DE INSTRUMENTACIÓN Y
TELEMANDO 64
4. ADENDA Nº 4: XXXXXXX XXX XXXX XX XXXXXXXXXXXXXX 00
1. CARACTERÍSTICAS GENERALES
1.1. Marco global
La Sociedad Estatal Aguas de la Cuencas Mediterráneas SA (ACUAMED) establece las Condiciones Técnicas que se presentan en este Documento para el Concurso de REDACCIÓN DEL PROYECTO Y EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE REMODELACIÓN DE LA PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE DE PILONES (MÁLAGA).
El proyecto informativo que acompaña al presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares como documentación técnica, y que se adjunta como Anexo nº VII al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, servirá de referencia informativa a los concursantes. Sin embargo, las condiciones técnicas establecidas en este Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares prevalecerán sobre lo que defina el proyecto informativo.
Las obras comprendidas en el presente concurso se ejecutarán según lo establecido en el CONVENIO REGULADOR PARA LA FINANCIACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LA CONDUCCIÓN PILONES- ATABAL Y LA REMODELACIÓN DE LA ETAP DE PILONES, ENTRE LA SOCIEDAD ESTATAL ACUAMED Y LA EMPRESA MUNICIPAL DE AGUAS DE MÁLAGA (en adelante EMASA).
1.2. Anteproyecto. Alcance formal del documento
Cada licitador presentará una única oferta en la que se incluirá una única propuesta en forma de ANTEPROYECTO que desarrolle la SOLUCIÓN BASE cuyas características son las recogidas en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en el proyecto informativo, que se incluye como Anexo nº 7 al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. El alcance formal del Anteproyecto para la SOLUCIÓN BASE, será el que corresponda al índice que se desarrolla a continuación.
1.2.1. Índice tipo de anteproyecto
DOCUMENTO Nº 1. MEMORIA Y ANEJOS DOCUMENTO Nº 2. PLANOS DOCUMENTO Nº 3. PRESUPUESTO
DOCUMENTO Nº 1. MEMORIA Y ANEJOS
ÍNDICE DEL DOCUMENTO Nº 1 MEMORIA Y ANEJOS |
DOCUMENTO Nº 1. MEMORIA Y ANEJOS 1.1. MEMORIA 1. ANTECEDENTES Indicación de la legislación en la que se basa, y la que autoriza a la redacción del Proyecto con especial mención a la tramitación ambiental, así como los convenios con los usuarios, estudios complementarios y datos de la licitación 2. OBJETO DEL PROYECTO |
2.1. Situación actual 2.2. Justificación de la solución adoptada. Alternativas Planteadas 3. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO |
3.1. Datos de diseño 3.2. Descripción general. Emplazamiento del Proyecto. Planta y perfiles esquemáticos 3.3. Geología y Geotecnia 3.4. Línea de tratamiento. Línea de agua 3.5. Línea de tratamiento. Línea de fangos 3.6. Cálculos hidráulicos |
ÍNDICE DEL DOCUMENTO Nº 1 MEMORIA Y ANEJOS |
3.7. Tuberías exteriores 3.8. Instalación eléctrica 3.9. Automatismos y telecontrol 3.10. Edificaciones 3.11. Conexiones exteriores 3.12. Aprovechamiento de elementos actuales 3.13. Servicios afectados 3.14. Expropiaciones 4. FASES DE EJECUCIÓN |
4.1. Planta de Tratamiento 4.2. Conducciones 4.3. Resto de Obras 5. PRESUPUESTOS |
5.1. Presupuesto de Ejecución Material 5.2. Presupuesto Base de Licitación 5.3. Presupuesto para conocimiento de la Administración 6. CUMPLIMIENTO DE LAS PRESCRIPCIONES AMBIENTALES |
7. PLAZO DE EJECUCIÓN Y PLAN DE OBRA |
8. CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA |
9. REVISIÓN DE PRECIOS |
10. PLAZO DE GARANTÍA |
11. DOCUMENTOS QUE INTEGRAN EL PROYECTO |
12. CONCLUSIÓN |
NOTAS: - Al final de la Memoria figurarán la fecha y la firma del Autor del Proyecto. - La numeración de este índice de la memoria y anejos se adaptará en lo posible al aquí indicado pudiendo en su caso el ofertante añadir la información complementaria que considere oportuna en anejos a añadir a continuación de los indicados. |
1.2. ANEJOS |
Anejo nº 1. Resumen de características y ficha técnica (Incluirá al menos un plano con la situación y planta de la actuación) |
Anejo nº 2. Situación actual ETAP Pilones. Datos de diseño: calidad del agua, climatología, cartografía, adoptados por el ofertante |
Anejo nº 3. Cartografía y topografía |
Anejo nº 4. Geología y geotecnia |
Anejo nº 5. Justificación de la solución adoptada |
Anejo nº 6. Dimensionamiento de proceso. |
Anejo nº 7. Cálculos hidráulicos |
Anejo nº 8. Cálculos estructurales (decantadores, filtros, arquetas, edificios, etc.) |
Anejo nº 9. Cálculos eléctricos. |
Anejo nº 10. Automatismos y control |
Anejo nº 11. Estudio de Explotación |
Anejo nº 12. Servicios afectados |
Anejo nº 13. Expropiaciones |
Anejo nº 14. Justificación de precios |
ÍNDICE DEL DOCUMENTO Nº 1 MEMORIA Y ANEJOS |
Anejo nº 15. Procesos constructivos Anejo nº 16. Plan de obra Anejo nº 17. Estudio de Seguridad y salud Anejo nº 18. Estudio de explotación. Cantidades garantizadas, consumos eléctricos y de reactivos Anejo nº 19. Documentación ambiental Anejo nº 20. Revisión de precios Anejo nº 21. Presupuesto para conocimiento de la Administración Anejo nº 22. Gestión de residuos NOTAS: La numeración de los anejos se ajustará a la indicada. Si, a criterio del licitador, es necesario incluir algún otro Anejo, se añadirá a continuación de los indicados. Los planos de los anejos se numerarán con AX.N siendo X el nº del anejo y N el número de orden del plano. Los planos del estudio de seguridad y salud se numerarán SS. N siendo N el número de orden. |
- Los anejos más significativos deberán ir firmados por un técnico competente ó el autor del proyecto según el siguiente criterio: |
Anejo 7: Cálculos Hidráulicos Firma: Técnico Competente Anejo 8: Cálculos Estructurales Firma: Técnico Competente Anejo 9: Cálculos Eléctricos Firma: Técnico Competente
Anejo 17: Estudio de Seguridad y Firma: Coordinador de Seguridad y Salud en fase de Salud proyecto
Anejo 18: Estudio de explotación. Firma: Técnico Competente Cantidades garantizadas, consumos eléctricos y de reactivos
Anejo 19: Documentación ambiental Firma: Técnico Competente Anejo 22: Gestión de residuos Firma: Técnico Competente Planos Firma: Autor del Proyecto
Pliego de Prescripciones Técnicas Firma: Autor del Proyecto Particulares CP1 y CP2 Firma: Autor del Proyecto
Presupuestos Parciales Firma: Autor del Proyecto
Presupuesto Firma: Autor del Proyecto |
DOCUMENTO Nº 2. PLANOS
ÍNDICE DEL DOCUMENTO Nº 2. PLANOS |
DOCUMENTO Nº 2. PLANOS 1. ÍNDICE DE PLANOS |
2. PLANO DE SITUACIÓN |
3. PLANO DE CONJUNTO |
4. EMPLAZAMIENTO Y TRAZADO DE CONDUCCIONES |
4.1. Planta general y replanteo de aparatos y tuberías Escala original 1:1.000. Planta grande (toda la hoja), con todos los aparatos y conducciones proyectados, con las bases de replanteo representadas y referenciadas. 4.2. Planta general y perfil longitudinal Planta a escala 1:1.000 y perfil longitudinal, escala 1:1.000/1:100, en hojas independientes de cada uno de los ejes. En estos planos se representará todo lo que afecta a la construcción de |
ÍNDICE DEL DOCUMENTO Nº 2. PLANOS |
conducciones, incluido el drenaje. 5. MOVIMIENTO DE TIERRAS Y EXPLANACIONES |
5.1. Desmontes y terraplenes 5.2. Adecuación Ambiental 6. INSTALACIONES DE TRATAMIENTO. LÍNEA DE AGUA |
6.1. Planta general de las instalaciones 6.2. Planta general de las conducciones 6.3. Planta general de urbanización 6.4. Diagrama de funcionamiento 6.5. Obra civil de las instalaciones de los distintos equipos 6.6. Arquitectura 7. INSTALACIONES DE TRATAMIENTO. LÍNEA DE FANGOS |
7.1. Planta general de las instalaciones 7.2. Planta general de las conducciones 7.3. Planta general de urbanización 7.4. Diagrama de funcionamiento 7.5. Obra civil de las instalaciones de los distintos equipos 7.6. Arquitectura 8. DRENAJES Y VACIADOS |
8.1. Plantas de drenaje y vaciados 8.2. Detalles 9. LÍNEAS E INSTALACIONES ELÉCTRICAS |
9.1. Planta general 9.2. Trazado y replanteo de las líneas eléctricas de media y alta tensión 9.3. Planta y perfil longitudinal de las líneas eléctricas de media y alta tensión 9.4. Centros de transformación 9.5. Detalles 9.6. Diagramas unifilares 10. CONTROL Y AUTOMATIZACIÓN |
10.1. Elementos para telemando y telecontrol 11. INTEGRACIÓN ARQUITECTÓNICA, PAISAJÍSTICA Y AMBIENTAL |
11.1. Planta general 11.2. Plantas de detalle 11.3. Secciones tipo y detalles 12. OBRAS COMPLEMENTARIAS |
12.1. Cerramiento e hitos de deslinde 12.2. Señalización. Caminos de servicio y viales repuestos 12.4. Desvíos provisionales durante la ejecución de las obras 12.5. Refuerzos de infraestructuras durante las obras NOTA: La numeración de los planos se ajustará a los que decida desarrollar el ofertante dentro de cada capítulo – |
DOCUMENTO Nº 3. PRESUPUESTO
Se utilizarán en principio los mismos capítulos que figuran a continuación ajustando la numeración si alguno de ellos no fuera necesario en el proyecto ofertado.
ÍNDICE DEL DOCUMENTO Nº 3. PRESUPUESTO |
DOCUMENTO Nº 3. PRESUPUESTO MEDICIONES |
1.1. Mediciones auxiliares 1.2. Mediciones globales (Por capítulos del presupuesto) 1.2.1. Movimiento de tierras 1.2.2. Instalaciones de tratamiento. Línea de agua. Obra civil 1.2.3. Instalaciones de tratamiento. Línea de agua. Equipos mecánicos 1.2.4. Instalaciones de tratamiento. Línea de fangos. Obra civil 1.2.5. Instalaciones de tratamiento. Línea de fangos. Equipos mecánicos 1.2.6. Drenajes y vaciados 1.2.7. Instalaciones y líneas eléctricas 1.2.8. Control y automatización 1.2.9. Integración arquitectónica, paisajística y ambiental 1.2.10. Obras complementarias CUADRO DE PRECIOS |
2.1. Cuadro de precios nº 1 2.2. Cuadro de precios nº 2 En los apartados de Mediciones y Presupuestos, las unidades de obra irán precedidas de la numeración correspondiente a los capítulos del Presupuesto, y del código de la unidad. El Cuadro de Precios llevará al final la mención indicativa del nº de precios de que consta. Cada unidad de obra irá precedida de una numeración correlativa (sin distinguir capítulos), y del código correspondiente a la unidad. PRESUPUESTOS |
3.1. Presupuestos auxiliares (Obras elementales individualizadas) 3.2. Presupuestos parciales (Por Capítulos del Presupuesto) 3.2.1. Movimiento de tierras 3.2.2. Instalaciones de tratamiento. Línea de agua. Obra civil 3.2.3. Instalaciones de tratamiento. Línea de agua. Equipos mecánicos 3.2.4. Instalaciones de tratamiento. Línea de fangos. Obra civil 3.2.5. Instalaciones de tratamiento. Línea de fangos. Equipos mecánicos 3.2.6. Drenajes y vaciados 3.2.7. Instalaciones y líneas eléctricas 3.2.8. Control y automatización 3.2.9. Integración arquitectónica, paisajística y ambiental 3.2.10. Obras complementarias 3.3. Presupuesto de Ejecución Material 3.4. Presupuesto Base de Licitación P.B.L. = P.E.M. + 13% Gastos Generales. + 6% Beneficio Industrial + 21% I.V.A. NOTAS: Las P.A. de abono íntegro deben figurar en la justificación de precios, en los Cuadros de Precios y en el presupuesto por Capítulos. Las P.A. a justificar no deben figurar en los Cuadros de Precios ni en la Justificación de Precios, sino únicamente en el Presupuesto por Capítulos. |
1.2.2. Justificación de precios
Los precios se ajustarán lo más posible a los xx xxxxxxx considerándose siempre las condiciones locales que en la mayoría de los casos puedan presentarse.
El anejo de Justificación de Precios carecerá de carácter contractual y su objeto será acreditar ante ACUAMED la situación xxx xxxxxxx y servir de base para la confección de los Cuadros de Precios números 1 y 2.
En este anejo se presentará la justificación del cálculo de los precios adoptados, las bases fijadas para la valoración de las unidades de obra y de las partidas alzadas propuestas.
El cálculo de precios de las distintas unidades de obra se basará en la determinación de los costes precisos para su ejecución, sin incorporar, en ningún caso, el importe del IVA. Los costes a determinar serán los siguientes:
Directos:
1) Mano de obra, con consideración del rendimiento: se calcularán los jornales por trabajador, según las distintas categorías, de acuerdo con lo que dispongan los convenios colectivos provinciales vigentes del sector de la construcción.
2) Materiales a pie de obra, considerando el precio de origen y los gastos de transporte.
3) Gastos de personal, combustible, energía, etc., relacionados con el funcionamiento de la maquinaria e instalaciones, considerándose el rendimiento.
4) Gastos de amortización y conservación de la maquinaria e instalaciones, indicando los costes para los diferentes tipos de maquinaria a emplear en la ejecución de las obras.
Indirectos:
1) Oficinas a pie de obra.
2) Comunicaciones.
3) Edificios temporales.
4) Personal técnico y administrativo adscrito exclusivamente a la obra y que no intervenga directamente en la ejecución de unidades concretas.
5) Imprevistos.
Los costes indirectos se cifrarán en un porcentaje de los costes directos, igual para todas las unidades de obra, que adoptará, en cada caso, el técnico autor del proyecto a la vista de la naturaleza de la obra proyectada. El valor del porcentaje que corresponde a costes indirectos será como máximo del 6 por 100.
El valor del coeficiente representativo de los costes indirectos estará compuesto por dos sumandos:
K = K1 + K2
El primero, K1, es el porcentaje que resulta de la relación entre la valoración de los costes indirectos y la de los costes directos:
K1 = Coste indirecto / Coste directo
El segundo, K2, es el porcentaje correspondiente a la incidencia de los imprevistos, que será función del tipo y situación de las obras proyectadas.
Una vez determinados los costes directos de las distintas unidades de obra (Cd) y establecido el porcentaje correspondiente a los costes indirectos (K), se obtendrán los precios incluidos los costes indirectos (Pn1) de todas las unidades de obra que intervengan en el proyecto mediante la expresión:
Pn1 = Cd . (1+K/100)
En el caso de que en el presupuesto figuren partidas alzadas de abono íntegro se incluirá en el mismo anejo el estudio de las mismas, indicando su necesidad o conveniencia y los criterios que se han seguido
para su estimación y forma de pago. Dichas partidas tendrán el carácter de precios, y, por tanto, deberán figurar como tales en los Cuadros de Precios números 1 y 2.
1.2.3. Presupuesto
Este documento reflejará las mediciones y la valoración económica de las obras proyectadas. Estará constituido por los siguientes apartados:
1. Mediciones
Las mediciones se estructurarán en capítulos coincidentes con los que se prevea para los presupuestos parciales.
Dentro de cada uno de los capítulos las mediciones se realizarán y ordenarán de forma sistemática, procediendo, en lo posible, de manera paralela a la ordenación de los cuadros de precios que recogerán de forma aproximada el proceso de ejecución de las obras.
Los nombres y códigos de las unidades de obra serán los mismos que los que aparezcan en los Cuadros de Precios, añadiendo las aclaraciones necesarias para que las unidades queden perfectamente localizadas.
En general y respecto a dimensiones lineales en los movimientos de tierras, se precisará hasta el decímetro y en las obras de fábrica o metálicas hasta el centímetro. Los resultados de cada cubicación se darán, en general, con un máximo de dos decimales respecto a la unidad empleada.
Con objeto de no repetir en diversos apartados de las mediciones las operaciones de cubicación correspondientes a elementos iguales, se podrá constituir un apartado inicial de mediciones auxiliares en las que se incluyan, una sola vez, cubicaciones detalladas de todos los elementos de tipo repetitivo.
Cuando la medición, a efectos del presupuesto, se refiera a obras existentes en medio de estructuras inaccesibles total o parcialmente en el período de redacción del Proyecto, se hará una valoración estimativa, tan precisa como se pueda, sin perjuicio de la posterior aplicación de los derechos otorgados a las unidades de imposible determinación.
2. Cuadro de Precios
En el Proyecto se incluirán dos Cuadros de Precios, denominados Cuadro de Precios número 1 y Cuadro de Precios número 2. Ambos documentos son contractuales y los precios incluidos corresponderán a los de ejecución de la unidad de obra a que se refieran.
El Cuadro de Precios número 1 recogerá para cada precio la descripción de la unidad de obra a que se refiere cada uno, con un número de orden establecido de forma correlativa y el precio de ejecución de la unidad de obra expresado en letras y cifras.
Será obligatoria la referencia a la correspondiente Especificación Técnica xxx Xxxxxx de Condiciones, cuando sea necesario para simplificar el texto de la unidad de obra.
El Cuadro de Precios número 2 recogerá la misma descripción de la unidad de obra, con el mismo código o número de orden del Cuadro de Precios Nº 1. A continuación del nombre se expresarán, en cifras, los precios parciales de las operaciones correspondientes a las diferentes fases en que realmente se puede encontrar la unidad de obra durante su construcción hasta quedar totalmente terminada. Como suma de estos precios parciales se incluirá también, en cifras, el precio total que coincidirá con el del Cuadro de Precios número 1.
En los Cuadros de Precios números 1 y 2 se deberán incluir aquellos precios de unidades de obra no incluidos en el Presupuesto por no haberse medido ninguna unidad, como previsión razonable de la necesidad de dichas unidades para el abono de las Partidas Alzadas a justificar.
El Cuadro de Precios número 2 no constituirá bajo ningún concepto una descomposición o justificación del Cuadro de Precios número 1, sino que será un documento contractual semejante a éste, redactado con el objeto de valorar las unidades de obra parcialmente realizadas en el caso de que fuera necesario.
Cuando de manera normal la unidad de obra se realice de una vez, se indicará en el Cuadro de Precios número 2 el precio total resultante, con la frase “no admite descomposición” o, simplemente, “sin descomposición”.
Se procurará, en general que, sin detrimento de la claridad y precisión en la asignación del precio de las unidades no acabadas, el Cuadro de Precios número 2 se redacte lo más simplificado posible.
Los precios de los Cuadros de Precios números 1 y 2 se ordenarán, tanto como se pueda, según el orden cronológico de ejecución de las obras del Proyecto, coincidiendo para la misma unidad el número del Cuadro nº 1, del Cuadro Nº 2 y de la Justificación de Precios.
Según la línea general expuesta se agruparán de forma consecutiva todas las unidades semejantes, comenzando por las más sencillas, las de más fácil ejecución y las de menor coste.
Al final del Cuadro de Precios número 2 se podrá insertar una lista de precios de los materiales acopiados a pie de obra, de forma que dichos precios sean los de pago si, en caso de rescisión, estos materiales fuesen utilizables para la terminación de la obra.
Por lo que se refiere a las unidades de tuberías se distinguirán el precio de suministro, el de transporte y el de colocación, que incluirá la ejecución de las juntas, la soldadura (en su caso) y las pruebas.
3. Presupuestos Parciales
El coste de ejecución material de las obras se obtendrá aplicando a las mediciones resultantes los precios del Cuadro de Precios número 1.
Estas valoraciones se agruparán ordenadamente en capítulos. Dentro de cada capítulo la ordenación de las valoraciones se realizará según el orden establecido en los cuadros de Precios.
Las valoraciones se realizarán en formatos que tendrán cuatro columnas en las que se indicarán, respectivamente, el número de unidades de obra medidas, el código y la definición de la unidad de obra, su precio unitario y el producto de la medición por el precio unitario. Se incluirán los totales parciales y acumulados de cada capítulo y subcapítulo. El número de unidades se tomará de las mediciones, con las mismas cifras que figuren en éstas. El precio unitario se tomará del Cuadro de Precios número 1. Las operaciones y sus totales se darán únicamente en cifras.
Las valoraciones representadas por partidas alzadas se incluirán en el capítulo que corresponda, según su concepto, y después de las valoraciones de las unidades definidas en cantidad y precio unitario.
4. Presupuestos Generales
El Presupuesto General de Ejecución Material se obtendrá como suma de los Presupuestos Parciales. Todos los importes se expresarán en cifras excepto el resultado que se dará en cifras y letras.
El Presupuesto Base de Licitación se obtendrá añadiendo al Presupuesto General de Ejecución Material los gastos generales de empresa (13%), el beneficio industrial (6%) y el I.V.A. al tipo vigente en la fecha de redacción del Proyecto.
El Presupuesto para Conocimiento de la Administración incluirá, el Presupuesto Base de Licitación, la valoración de las expropiaciones, la valoración del Plan de Vigilancia Ambiental (Plan de Vigilancia Ambiental y Dirección de Obra Medioambiental), Coordinación de Seguridad y Salud y Asistencia Técnica a la Dirección de Obra. Se incluirá en el Anejo nº 24. Los importes de las asistencias serán los fijados en el presupuesto para conocimiento de las obras del proyecto objeto de la licitación.
1.3. Parámetros básicos
Estas Condiciones Técnicas establecen las bases para la presentación del Anteproyecto que tendrá como objetivo la construcción y operación de una E.T.A.P. definida por los siguientes Parámetros Básicos:
Capacidad Nominal
Se denominará Capacidad Nominal a la producción media, en metros cúbicos por día, que deberá alcanzar la Planta, como mínimo, durante el período de Prueba de Funcionamiento definido en la cláusula 6 del presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.
La Capacidad Nominal de la Planta objeto de esta licitación será de 172.800 m3/día, ampliables en un futuro a 259.200 m3/día, valores que corresponden a caudales de diseño de 7.200 m3/h y 10.800 m3/h respectivamente. Esta capacidad es la del agua producto obtenida con destino al exterior, cualesquiera que sean los posibles consumos internos de agua.
Contenido iónico del agua producto
El agua producto tendrá que cumplir los parámetros de calidad que se describen en la cláusula 2.4 de este Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.
Consumo Energético Comprometido
Es el consumo unitario, en kWh/m³, que el ofertante asegura y compromete frente a ACUAMED para la producción de agua.
El consumo energético medido durante la prueba de funcionamiento a que se refiere la cláusula 6 deberá ser inferior al consumo energético comprometido.
En la medición se incluirán todos los consumos utilizados en la instalación, desde el punto límite de entrega de la energía hasta el punto límite de entrega del agua, según se describen estos puntos límites en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.
La solución que en este extremo presenten los licitadores podrá modificar los puntos límites, siempre que quede justificada exhaustivamente como mejora del precio del agua producida y/o de las condiciones funcionales de las instalaciones.
Las ofertas presentadas por los licitadores incluirán todo lo que sea necesario para que la instalación sea de alta calidad y reúna las mejores condiciones de funcionamiento, conservación y mantenimiento.
Los concursantes deberán acompañar los cálculos justificativos de la decisión adoptada. Se presentarán convenientemente justificados los cálculos relativos a los consumos energéticos de cada una de las unidades en que se divide el proceso.
1.4. Esquema de funcionamiento de la instalación
A continuación se transcribe la línea de tratamiento que se propone en el Proyecto Informativo. La línea propuesta por los concursantes deberá tener en cuenta todos o algunos de estos procesos, siempre y cuando procedan según el diseño propuesto por los mismos y, por supuesto, bajo las condiciones establecidas en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares:
Línea de agua:
Obra de llegada. Arqueta caudalímetro.
Dosificación de permanganato potásico.
Cámara de ozonización.
Cámara de dosificación.
Dosificación de CO2.
Dosificación de carbón activo en polvo.
Cámara de mezcla.
Dosificación de coagulante (policloruro de aluminio y cloruro férrico).
Cámara de floculación. Canales de reparto
Dosificación de floculante.
Decantador tipo Accelator existente.
Nuevo decantador tipo Accelator.
Filtración de arena.
Bombeo a filtración por carbón activo.
Filtración de carbón activo.
Recuperación de agua xx xxxxxx.
Dosificación de hipoclorito sódico.
Dosificación de hidróxido sódico.
Depósito de agua tratada.
Arqueta de salida de agua tratada. Caudalímetro.
Bombeo de agua tratada a ETAP El Atabal (No se incluirá en este Anteproyecto, ya que forma parte del “Proyecto de las obras complementarias de la conducción desde el azud de Aljaima en el río Guadalhorce hasta la E.T.A.P. de El Atabal (Málaga). Conducción Pilones-Atabal”.)
Línea de fangos:
Almacenamiento de fangos purgados.
Espesado de fangos.
Almacenamiento de fangos espesados.
Acondicionamiento del fango.
Deshidratación de fangos espesados.
Almacenamiento de fangos deshidratados.
2. IMPLANTACIÓN E INSTALACIONES
2.1. Generalidades
Cada oferta incluirá todo lo necesario para que la instalación sea de alta calidad y reúna las mejores condiciones de funcionamiento, conservación y explotación, junto con un adecuado tratamiento arquitectónico y constructivo y un alto nivel de integración urbanística y ambiental.
El Contratista será el responsable del proyecto constructivo, suministro, transporte, montaje, pruebas y puesta a punto de todos los elementos de la instalación, así como de su correcto funcionamiento y rendimiento durante el período de puesta en marcha y pruebas a su cargo de acuerdo con las condiciones establecidas en este Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. Será también responsable del
proyecto y construcción de todas las obras civiles necesarias, incluyendo la urbanización, los edificios y los viales interiores, alumbrado, saneamiento, jardinería y restauración del paisaje, el tratamiento de agua, la salida del agua producto, el tratamiento de los fangos generados en el proceso de potabilización y los enlaces necesarios de todo tipo con el exterior hasta los puntos limite señalados en el presente Pliego.
Además de satisfacer los requisitos de este Pliego, tanto en lo referente a su disposición general como en detalles, la redacción del proyecto constructivo deberá cumplir con la mejor práctica corriente en ingeniería.
Se concederá especial importancia a la accesibilidad interior y exterior de los distintos elementos y equipos, a fin de facilitar su inspección, limpieza y mantenimiento.
La selección de equipos se hará intentando minimizar la diversidad de modelos y/o fabricantes, sin que ello suponga una disminución del rendimiento de los mismos ni un sobrecoste adicional.
El conjunto de la instalación que se proyecte debe funcionar sin vibraciones ni ruidos que excedan los límites establecidos por la normativa vigente (nacional, autonómica o municipal) o a las prescripciones del presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, lo que sea más estricto. Los concursantes tendrán presente este requisito al proyectar los equipos, y deberán utilizar todos los medios razonables para rectificar cualquier ruido anormal que se produzca cuando la instalación se ponga en marcha. Las áreas destinadas a oficinas y laboratorio tendrán una estructura separada del resto de instalaciones.
Con el fin de lograr una normalización, se deberá tender al empleo del Sistema Internacional de Unidades (S.I.) con las siguientes consideraciones:
a) Cada magnitud vendrá medida por una unidad (y sólo una), con sus múltiplos y submúltiplos, salvo justificación razonada en contra.
b) Se prohíbe específicamente el empleo de unidades del denominado sistema anglosajón.
c) Todas las indicaciones y medidas de los equipos de control e instrumentación vendrán expresadas en unidades del S.I.
2.2. Elementos de conexión exterior (puntos límite)
2.2.1. Definición general
Este concurso comprenderá todas las obras civiles y equipos mecánicos, eléctricos y de control e instrumentación entre los siguientes puntos límite:
Arqueta de llegada de agua bruta.
Entrega del agua tratada a la Estación de Bombeo (esta estación no forma parte de este proyecto).
Vertido de los fangos a la red municipal de saneamiento para su tratamiento en EDAR.
Conexión eléctrica.
Accesos.
El esquema de situación de los puntos límite será, en principio, el establecido en el proyecto informativo.
2.3. Datos iniciales. Características del agua bruta
A título indicativo se utilizarán los datos del proyecto informativo para establecer las características del agua bruta de alimentación, tanto en su contenido iónico como en su temperatura. Estos datos se transcriben a continuación:
Entrada agua bruta
CAUDALES DE DISEÑO | ACTUAL | FUTURO |
En l/s | 2.060,00 | 3.090,00 |
En m3/h | 7.416,00 | 11.124,00 |
Salida de agua tratada
CAUDALES DE DISEÑO | ACTUAL | FUTURO |
En l/s | 2.000,00 | 3.000,00 |
En m3/h | 7.200,00 | 10.800,00 |
Los concursantes, durante la redacción del anteproyecto, comprobarán todos estos datos en lo que consideren necesario y utilizarán los que estimen más adecuados, con la justificación pertinente en caso de diferir de los establecidos en el proyecto informativo. En todo caso se estudiará la repercusión de los datos utilizados en el esquema de tratamiento y se tomarán las seguridades necesarias para el cumplimiento de los parámetros básicos.
Como adenda nº 4 al presente documento se incluyen las analíticas de calidad de agua bruta en cabecera de la ETAP de Pilones
2.4. Sistema de comprobación de los parámetros garantizados
La producción media de la E.T.A.P. durante las pruebas de funcionamiento ha de ser la establecida en la cláusula 1.3 del presente Pliego. La producción, además, deberá ser continua, no admitiéndose ninguna parada de los elementos que estén siendo sometidos a prueba.
El agua producto deberá cumplir parámetros de calidad del Real Decreto 140/2003 como agua para consumo humano. No obstante, en el caso de que la calidad del agua de entrada supere los límites de salinidad, dado que se prevé un post-tratamiento de ósmosis inversa en las instalaciones de El Atabal, se eximirá al agua producto de cumplir con los valores asociados a dicha salinidad.
En cualquier caso el agua de salida tendrá una turbidez por debajo de 1 NTU.
El consumo energético se obtendrá dividiendo el consumo total durante el tiempo de la prueba por el volumen total de agua producida. La medida de energía eléctrica consumida se efectuará en el lado de alta de los transformadores que se instalen, en su caso, o a la entrada de la instalación construida.
Los licitadores deberán contemplar en sus ofertas tanto los parámetros básicos como la capacidad de la planta, debiendo el adjudicatario garantizar la producción total de la misma.
2.5. Disposición general de las instalaciones
La disposición general de las instalaciones dentro del terreno disponible se hará teniendo en cuenta los criterios siguientes:
a) La integración de las construcciones en el entorno, reduciendo al mínimo el impacto visual de las mismas y aprovechando el potencial de la arquitectura bioclimática, para favorecer la integración de la instalación en el entorno y potenciar su identificación como elemento singular y vertebrador del territorio.
b) Se seguirá, dentro de lo posible, el sentido del flujo con la disposición más coherente y eficaz posible sin menoscabo de la accesibilidad y movilidad requerida para una adecuada y correcta explotación y mantenimiento de la instalación.
c) Se deberá tener especial consideración con la orientación acorde con el buen control lumínico y térmico.
d) Los criterios estéticos deberán ser coherentes con el uso que va a tener la edificación y con el emplazamiento de la misma.
e) Las tuberías y cables eléctricos de entrada o salida xxx xxxxxxx deberán acceder lo más directamente posible al punto de conexión. En los exteriores de edificios irán en galería o zanja con suelo de arena inerte.
f) Se evitarán al máximo los cruces de tuberías, cables y drenajes dentro xxx xxxxxxx de la instalación.
g) Se procurará la máxima amplitud y libertad de movimientos para las funciones de operación y mantenimiento.
h) No se permitirá la existencia xx xxxxxxx ni arquetas abiertas en el interior de los edificios de proceso, ni en los espacios libres exteriores a los mismos.
i) Las válvulas de control irán colocadas en lugar accesible, quedando su accionamiento o mando siempre por encima del nivel del suelo.
j) Todas las canaletas tendrán drenajes y pendientes que garanticen una perfecta evacuación.
k) En la parcela, los cables tendrán que discurrir en canaleta subterránea o entubados, sin que su presencia sea perceptible desde el exterior.
2.6. Prescripciones sobre el diseño
Los licitadores tendrán en cuenta las siguientes prescripciones que deberán incluir, en su caso y debidamente justificadas, en su diseño:
a) Para aprovechar la energía potencial del desnivel entre la máxima xxxx xxx xxxxxxx y la planta y facilitar la regulación del caudal de entrada a tratamiento se instalarán un sistema de recuperación energética (turbinas o similar). En bypass se instalará un mecanismo de regulación mecánico (válvula de regulación o similar) que permita la alimentación de agua bruta a la planta de forma controlada para casos de mantenimiento del sistema aprovechamiento energético. El licitador podrá introducir otras mejoras similares que suavicen la demanda eléctrica de la instalación.
b) El edificio existente de bombeo de agua bruta (numerado en la implantación general del proyecto informativo como 12) no podrá ser modificado.
c) El edificio existente de reactivos (numerado como 11 en la implantación general) tampoco debe modificarse en este proyecto para la primera fase (2 m3/s). Las instalaciones previstas en el proyecto informativo para este edificio (control y laboratorio) se ubicarán para esta fase en el actual edificio de filtros a presión (numerado como 3) que debe ser remodelado. En una fase posterior, de ampliación a 3 m3/s, sí se podrá usar este edificio (nº 11) lo que posibilitará el uso del espacio del actual edificio de filtros a presión (nº 3) para ubicar el tercer decantador.
d) Se instalarán obligatoriamente, al menos, dos by-pass: uno inmediatamente antes de la decantación y otro antes de la filtración de arena.
e) La línea de agua se conformará, para el diseño actual, en dos líneas de decantación y 3 de filtración de arena. Antes de cada etapa de tratamiento se dispondrá de una cámara de mezcla y reparto o dispositivo similar que asegure repartos equitativos a cada una de las líneas de caudal. Será necesario construir una nueva cámara de reparto a los decantadores existentes y se prestará especial atención al nuevo diseño de los repartos a los filtros.
f) Para conseguir una adecuada calidad de agua, con destino a la entrada a ósmosis en la IDAS de El Atabal, la velocidad de filtración en arena no será superior a 3,6 m3 por m2 y hora. Es por ello que la anteproyecto oferta debe contemplar las instalación de las 3 líneas de filtración que el proyecto informativo había previsto para una segunda fase. De esta forma, en la configuración futura para 3 m3/sg no se ampliaría la línea de filtración, x xxxxx de aumentar la velocidad específica
g) Debido a que el agua producto puede llegar a las membranas de la IDAS Atabal, se sustituirá la dosificación de Policloruro de Aluminio por Cloruro Férrico.
h) Se sustituirán las bombas dosificadoras de reactivos químicos por eyectores de efecto Venturi. El esquema recomendado para la línea de agua de dilución será: tratamiento del agua de dilución mediante membranas, bomba dosificadora de agua, rotámetro y eyector. Para la línea de reactivo a diluir: depósito de reactivo, caudalimetro de reactivo (medidor xx xxxxx para producto puro) y unión al eyector Se proyectará una sola capa de material filtrante con talla efectiva 0,7 mm. El coeficiente de uniformidad será rigurosamente controlado en obra.
i) En el estudio de la línea piezométrica de la planta se reflejarán el alivio general y los puntos de rebose parcial en caso xx xxxxxx de planta.
j) Dado que el volumen del depósito de almacenamiento en planta de agua tratada es pequeño, se contemplará las medidas a adoptar para que una eventual parada (por falta de suministro eléctrico, por ejemplo) no provoque un alivio o rebose de planta
k) Por la misma razón anterior los licitadores preverán la instalación de los mecanismos necesarios para un cierre automático lento que interrumpa el flujo de agua a la ETAP
l) Las instalaciones de tratamiento de fangos se proyectarán en dos líneas. Las deshidratación final contará con dos centrifugas en configuración 1 + 1R. Cada una de ellas será capaz de tratar el caudal total de fangos en jornadas de 8 horas al día y 5 días a la semana.
m) Los silos de almacenamiento de fango seco se sustituirán por dos bañeras de camión totalmente equipadas y dispuestas para que una cabeza tractora de camión las remolque hasta destino final. El licitador estudiará el sistema de reparto de fango seco a la bañera para que el fango se deposite de forma homogénea, pudiendo incluso proponer sistemas automáticos que muevan la bañera.
n) La línea de vaciados tendrá capacidad suficiente para vaciar cualquier elemento de la instalación en menos de 6 horas.
o) Se incluirá un nuevo edificio para talleres de al menos 250 m2 equipado con puente grúa de 2 tn.
3. DOCUMENTACIÓN PREVIA AL INICIO DE LA EJECUCIÓN
Una vez concluida la redacción del proyecto constructivo, y coincidiendo con el período de tramitación administrativa del mismo, el adjudicatario desarrollará, redactará y presentará a ACUAMED los siguientes documentos:
Plan de Aseguramiento de la Calidad
Plan de Gestión Medioambiental
Plan de Seguridad y Salud
El Plan de Aseguramiento de la Calidad de la obra, que se corresponderá con el Programa de Trabajo y Memoria Constructiva, será sometido a informe preceptivo de la Dirección de Obra, que podrá solicitar cambios al mismo que considere necesarios. Este formará parte del contrato, con un alcance mínimo de:
a) Procedimientos concretos de las unidades de obra, o de las actividades, a controlar durante la ejecución de los trabajos y normativa aplicable
b) Programa de Puntos de Inspección de las unidades de obras importantes y/o singulares
c) Actividades de inspección y ensayo, laboratorios previstos indicando si son propios o contratados, así como su dotación en personal especializado y material
d) Organización dedicada al control de calidad
El Plan de Gestión Medioambiental será específico para la obra cuya contratación es objeto de la licitación, basado en el sistema de calidad acreditado y en el que se concretarán y valorarán las acciones requeridas en la Resolución Ambiental, así como la organización dedicada al control interno de dichas actividades.
El Plan de Seguridad y Salud, como desarrollo del correspondiente Estudio de Seguridad y Salud incorporado en el proyecto constructivo, que será sometido a la aprobación del Coordinador de Seguridad que ACUAMED designe y presentado a la Autoridad Laboral previo al inicio de las obras.
4. DEFINICIÓN DE ELEMENTOS A PROYECTAR
A continuación se detallan algunas observaciones que se deberán tener en cuenta en el proyecto de los distintos elementos que intervienen en el proceso de tratamiento.
4.1. Generalidades
El agua de salida alcanzará un pH entre 7 y 8 y cumplirá estrictamente lo establecido por el RD 140/2003 por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano.
Se cumplirá en todo caso la normativa vigente para el almacenamiento de reactivos.
4.2. Tratamiento de residuos
La E.T.A.P. dispondrá de un sistema de tratamiento de los fangos procedentes del pretratamiento (secado y almacenamiento para el transporte de los mismos a vertedero autorizado).
Se dispondrá de un espacio de almacenamiento de consumibles ya utilizados (envases, residuos, juntas, aceites, etc.), cerrado y techado a modo de punto limpio, que permita su control antes de su retirada por empresas de tratamiento especializadas.
4.3. Tratamiento de los hormigones
Los hormigones en contacto con agua tendrán el tratamiento superficial o en masa que sea necesario en virtud de las condiciones del líquido que contienen y/o de los reactivos con los que pueden estar en contacto. Especialmente los que estén en contacto con el agua potabilizada destinada al consumo deberán cumplir estrictamente con los parámetros establecidos en la normativa vigente.
Los recubrimientos cumplirán las normas sanitarias establecidas al respecto.
4.4. Calidades de materiales y equipos
Ante la eventualidad de que el agua bruta puede presentar elevados niveles de salinidad (hasta 6 g/l), se recomienda que la campana del decantador sea ejecutada en obra o en su defecto en una estructura de PRFV. Este mismo material es considerado adecuado para la fabricación de equipos sumergidos, como por ejemplo la turbina del decantador y canalillos. Todo metal sumergido ha de llevar protección catódica activa, para evitar la corrosión, por lo que conviene minimizar su empleo.
La campana del decantador existente se sustituirá para cumplir las especificaciones definidas en el párrafo anterior.
Las tuberías y sifones en filtros se diseñarán y construirán en PRFV.
La regulación del nivel de filtración se hará mediante un sistema de boya. Además se requiere un registro en el sistema de control de la presión diferencial individual de cada filtro en servicio.
Los mezcladores deberán ser estáticos.
Se respetarán escrupulosamente las distancias marcadas por el reglamento de almacenamiento de productos químicos (APQ) tanto para separación entre depósitos como entre éstos y las paredes
La nave de preparación de productos químicos se proyectará con ventilación, a ser posible natural.
El aire comprimido para servicio de planta deberá tener una configuración de 2 de servicio más 1 de reserva.
Los motores eléctricos serán como mínimo trifásicos de inducción, rotor en jaula xx xxxxxxx, eficiencia IE3, aislamiento clase F, sondas de protección en el bobinado tipo PTC para motores menores de 15 kW y PT100 a partir de 15 kW.
Para los pasamuros, el proyecto informativo define xxxxxxx xx xxxxx inoxidable con brida loca de aluminio. Se cambiará la brida de aluminio por brida prensada en acero inoxidable AISI 316L para evitar su corrosión prematura.
En el bombeo de agua xx xxxxxx de filtro, las bombas especificadas en el proyecto informativo tienen las siguientes calidades: impulsor de bronce, eje xx xxxxx, y cierre con empaquetadura. Deben cambiarse por impulsor y eje en acero inoxidable y cierre mecánico.
Los depósitos de almacenamiento de productos químicos deberían ser de 25 m3 de capacidad máxima ya que los xxxxx de suministro tienen esa capacidad. El proyecto informativo contempla dos depósitos de PRFV de 65 m3 para el almacenamiento de cloruro férrico.
Las tuberías de diámetro mayor a 500 mm en las redes de agua y fango serán en PRFV con SN adecuado y las de menor o igual en polipropileno SDR17.6. Las redes de reactivos serán adecuadas a los productos a transportar. Las redes de aire serán xx xxxxx inoxidable AISI 316L SCHEDULE 10S. La red de agua potable de servicio a la planta será en polietileno de alta densidad (PEAD PE100). Las redes de saneamiento y vaciado pueden ser en material PVC siempre que no vayan impulsadas. En caso de que el licitador proponga el uso de tuberías xx xxxxx, deberán ser como mínimo en inoxidables AISI 316L. El espesor mínimo de esta tubería será el definido en la norma SCHEDULE 10S si bien el licitador justificará para cada caso el espesor necesario no solo por la presión que soporta sino también por corrosión. La soportación de las redes, sea cual sea su uso, será en AISI 316L.
La tubería enterrada se instalará en canaleta para que sea accesible siempre que sea posible.
Todo material plástico instalado en intemperie deberá ir protegido contra la radiación ultravioleta.
La centrifugas descargarán directamente sobre la bañeras de almacenamiento de fango seco por lo que se ubicarán en una planta superior a estas.
Las válvulas de mariposa especificadas en GGG-40 deberán ser en GGG-50 irán embridadas para permitir desmontar la instalación con la válvula cerrada (con montaje entre bridas esto no es posible). Se especificará el coeficiente de uso que deberá ser adecuado para la función que cumplan.
Las válvulas de compuertas serán de cierre elástico, embridadas, con el eje xx xxxxx inoxidable AISI 316, la compuerta en fundición dúctil GGG50, vulcanizada en caucho EPDM y la tornillería en acero inoxidable A2. Se especificará el coeficiente de uso que deberá ser adecuado para la función que cumplan.
Los carretes de desmontaje serán con brida y virola en acero inoxidable AISI 316. Las compuertas murales serán de husillo ascendente.
Los grupos motobombas para el lavado de filtros serán horizontales, con cierre mecanico, aros rozantes recambiables, motor trifásico de inducción, rotor de jaula xx xxxxxxx, protección IP55, aislamiento clase F, y con tres sondas térmicas PTCLos grupos motobombas sumergibles para el bombeo de fangos serán xx xxxxx cierre mecánico y tendrán sondas de protección para la temperatura y humedad.
Los reductores de los decantadores (cambio del existente y nuevo) tendrá las siguientes caracteristicas: 22 kW de potencia, velocidad de salida 3,7 rpm a 0,5 rpm (regulación mediante variador de frecuencia), par 56 kNm, factor de servicio 2,4 (servicio continuo) y contarán con ventilación forzada.
Las sondas de nivel en calidad AISI 304 deberían ser en calidad AISI 316.
Las válvulas de retención en la zona de fangos serán de bola.
Las válvulas y compuertas de proceso deberán ser motorizadas y automatizadas.
Las centrifugas de fangos se proyectarán con rotor y tornillo en material en calidad aceros dúplex o superdúplex para evitar la alta corrosión del agua de los fangos (superior a 1000 ppm de cloruros y elevadas concentraciones xx xxxxxx y cloro).
Los edificios de proceso deberán contar con puente grúa en vez de polipasto. Serán de velocidad de desplazamiento lenta y con mando a distancia. Los edificios con maquinas especiales que requieran mantenimientos complejos, como las centrifugas, deberán estar provistos de claraboyas para su extracción integral. Los filtros de arena deberán estar cubiertos para evitar la formación de algas. La cubierta será en material rígido e inoxidable, preferentemente PRFV, y desmontables por tramos. Se prohíbe proyectar la cubierta con lonas o similares por su alto coste de mantenimiento. La cubierta estará separada de la lámina de agua del filtro al menos 3 metros.
4.5. Equipos eléctricos
Según el apartado 3 del anexo del proyecto informativo, se tiene previsto sustituir el antiguo CT de 2*800KVA por un nuevo centro de transformación. Estos datos no están actualizados, ya que ahora existe un CT ampliado de 2*1000KVA.
Se proyecta la sustitución del actual CT de 630KVA por otro de 3*800KVA (2.400KVA). Esta potencia prevista implica conexión en paralelo, lo que no se refleja a lo largo del resto del proyecto. Por una parte, si no se hiciera esa conexión en paralelo, no sería posible disponer del margen del 39%. Por otra parte, habría que considerar la intensidad debida al paralelo y la intensidad de cortocircuito en el dimensionamiento de la instalación y aparamenta correspondiente (interruptores, embarrados…).
El apartado 4.2, relativo al centro de seccionamiento, indica que se cerrará el anillo de la compañía suministradora en CT de 630KVA. Esto no es posible porque el punto de suministro se encuentra en la cabecera de la presa donde está el equipo de medida actual. La línea aérea que llega a la ETAP es privada para dar servicio a ETAP + Presa. No obstante, debería proyectarse una nueva línea de media tensión que alimente desde los nuevos centros de transformación al los existentes para facilitar su doble suministro.
Los nuevos centros de transformación deben ubicarse junto a los grandes consumidores y centrado en la ETAP, no situado en un extremo de la instalación. La energía debe transportarse, si se puede, en MT y luego distribuirse en BT lo más cerca posible del punto de consumo. La construcción de las arquetas de la obra de llegada (arqueta de derivación de agua bruta y arqueta de caudalímetro de agua bruta) implican el desmonte del talud que rodea la ETAP por su lado Noreste. Esa circunstancia tiene como consecuencia que el apoyo final de la línea aérea de media tensión que actualmente alimenta a la planta quedaría sin punto de anclaje. Habría que contemplar su traslado a otro emplazamiento firme y estable; asimismo se tendrían que modificar los trazados de los circuitos trifásicos subterráneos de alimentación a los dos CT existentes ( CT 2*1000 kVA y CT 1*630 kVA).
En definitiva debería revisarse y planificarse correctamente la configuración global de los CT y de los anillos de MT que quedaría en la planta tras ejecutarse todas las modificaciones.
Los transformadores se prefieren en seco con refrigeración, a los proyectados en baño de aceite.
Respecto a la batería de condensadores (apartado 4.6) no es recomendable compensar la energía reactiva en cabecera de toda la instalación, pues en ese caso todos los cables dentro de planta tienen que asumir el cos-fi que lleven. Se aconseja disponer de compensación junto a cada cuadro parcial. En el CT debe compensarse únicamente la reactiva del propio transformador. Debe tenerse en cuenta que los armarios, así como los canales de cables que normalmente existen en salas de CCMs, nunca podrán estar por debajo de la rasante de calles anexas para evitar inundaciones de los mismos. Es por ello que dichas salas deben ubicarse en salas elevadas con respecto a la calle donde se encuentran.
Para el diseño y la ejecución los cuadros eléctricos se atenderán las especificaciones recogidas en el anexo 1 que se adjunta.
4.6. Equipos de control e instrumentación
La ETAP estará totalmente automatizada. Dispondrá de videovigilancia y otros sistemas de control que permitan la operación de la planta con el mínimo personal posible mediante dos turnos al día de 7 a 23 horas de lunes a viernes. Estará comunicada por radio con la actual ETAP Atabal, de forma que pueda ser operada y vigilada desde esta en forma remota.
Para el sistema de control no debe emplearse un sistema basado en PLCs, sino que la automatización debe realizarse mediante los siguientes componentes:
- Un PC industrial para Control (PC-PLC) que hará las veces de PLC o autómata. Será el encargado de controlar la planta y en su interior se encontrarán todos los programas necesarios para ello: Sistema operativo Windows XP SP3 y programa de control en Labview DSC 8.6.
- Un PC industrial para Supervisión y Control (PC-SCADA) que hará las veces de SCADA. Será el encargado de proporcionarle al operador una interfaz para poder controlar y visualizar el estado de la planta. Sistema operativo Windows XP SP3 y programa de control en Labview DSC 8.6
- Una serie de módulos XXXX serie 6000 de Advantech distribuidos por toda la planta que hará las veces de módulos de entrada y salida tanto digitales como analógicos. Serán los encargados de enviar y recibir las señales de campo al PC-PLC de Control por medio de Ethernet.
- La comunicación entre el PC-SCADA y el centro de control situado en la ETAP Atabal se realizará mediante un sistema compatible con el actualmente instalado por medio de protocolo TCP/IP.
- Debe establecerse redundancia en paralelo y en caliente, a diferencia de lo especificado en el proyecto informativo
- La instrumentación de campo será alimentada a 24 Vdc, soportada por baterías.
Se adjunta a este documento como adenda nº2 la propuesta hecha para el sistema de control en el proyecto de la 1ª ampliación de Pilones, especificaciones que siguen siendo válidas y como anexo 3 el pliego general de condiciones para la ejecución xx xxxxxxx e instalaciones de instrumentación y telemando. En ambos casos se tomarán preferentemente lo estipulado en las especificaciones particulares desarrolladas para la ampliación (adenda nº2) y en lo que no esté regulado en ellas se tomarán las especificaciones generales de EMASA (adenda nº3), prevaleciendo siempre lo especificado en el primero.
4.7. Legalización de instalaciones
El presupuesto deberá contemplar una partida para la legalización de todas las instalaciones industriales que lo requieran reglamentariamente, entre las que se cuentan (sin exclusión de otras) las siguientes:
Proyecto de Alta Tensión para la modificación de la LAMT 20 kV existente.
Proyecto de Alta Tensión para la modificación de la LSMT 20 kV existente para alimentación a CT 2 x 1000 kVA.
Proyecto de Alta Tensión para la modificación de la LSMT 20 kV existente para alimentación a CT 1 x 630 kVA.
Proyecto de Alta Tensión para la modificación de la LSMT 20 kV existente para alimentación a CT 2 x 1000 kVA.
Proyecto de Alta Tensión para nueva acometida LSMT 20 kV .
Proyecto de Alta Tensión para nueva instalación CT 3 x 800 kVA.
Proyecto de Baja Tensión para la modificación de la LSBT 400V existente.
Proyecto de Baja Tensión para la modificación de la LABT 400V existente.
Proyecto de Baja Tensión para nueva instalación BT 400V
Proyecto de A.P.Q.: dos depósitos de Cloruro férrico y dos depósitos de hipoclorito sódico.
Proyecto de Equipos a presión: depósitos y redes de aire comprimido.
Proyecto de Equipos a presión: depósito criogénico oxígeno líquido.
Proyecto de Equipos a presión: depósito criogénico CO2.
Proyecto de instalaciones de protección contra Incendios.
Proyecto de redes de suministro de agua.
Proyecto instalación climatización.
Proyecto instalación Productos Petrolíferos Líquidos: si depósito grupo electrógeno Q> 1000 litros.
Maquinas
Modificación del actual registro industrial de la planta
Los edificios de proceso y los centros de transformación deberán estar aislados acústicamente de forma que no se superen 55 dBA en el exterior del edificio medido a 1,5 metros de su fachada en horizontal y 4 metros de altura del suelo. Será obligatorio realizar antes de la recepción un estudio acústico según determina la normativa vigente. El coste de este estudio y el de las medidas necesarias para que la planta no emita ruidos por encima de la normativa quedará recogido en el presupuesto como una partida independiente.
Durante la puesta en marcha de las instalaciones se deberá realizar una certificación de cumplimiento de las normas de prevención y calidad acústica según las pautas establecidas en el Decreto 6/2012 de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica en Andalucía. Cada licitador incluirá en su oferta la elaboración de este ensayo acústico.
4.8. Otros sistemas y equipos
4.8.1. Sistema contra incendios
Se diseñará un sistema de detección y protección contra incendios formado por los instrumentos y equipos adecuados que garantice la detección de incendios y en su caso la extinción.
El sistema de detección constará básicamente de una central de vigilancia y control del sistema de detección. A esta central quedarán unidos los diferentes pulsadores manuales, campanas de alarmas y detectores. Estos últimos serán del tipo adecuado según el lugar de colocación y la cualidad que se deba vigilar, (humo, gases, llamas o calor), de tal forma que se asegure la máxima rapidez en la detección de un posible incendio. Todo ello de acuerdo con la norma UNE 23.007.
La central controlará las diversas áreas o sectores en que se ha dividido la planta incluso la captación de agua de mar y estará interconectada con el sistema de control distribuido de la planta.
El sistema de protección contra incendios estará formado por un conjunto de bocas de incendios equipadas (BIE) estratégicamente situadas en la instalación y por un conjunto de extintores portátiles en cantidad y calidad suficiente para atacar a los fuegos que se pudieran presentar tanto de clase A, B, C como de clase D, según norma UNE 23.010.
Estos extintores portátiles y los agentes extintores cumplirán con normas UNE, entre ellas:
UNE 23.110/75 Parte 1.
UNE 23.110/80 Parte 2.
UNE 23.110/82 Parte 3.
La subestación y centros de transformación tendrán su propio sistema contra incendios que se regirá por la normativa vigente.
Será de obligado cumplimiento en el desarrollo e instalación del sistema contra incendios la siguiente normativa:
R.D. 1942/93 Reglamento de instalaciones contraincendios.
R.D. 2177/96 NBE-CPI-96 “Condiciones de protección contraincendios”.
R.D. 1504/90 Instrucciones Técnicas Complementarias de Aparatos a Presión. ITC-
MIE-AP-05.
R.D. 379/01 Almacenamiento de Productos Químicos.
R.D. 2267/04 Contra incendios en establecimientos industriales.
4.8.2. Sistema de climatización
Los edificios de oficinas, Sala de Control, sala de cabinas de media tensión, y sala de CCM estarán equipados con sistemas de climatización adecuados a sus volúmenes y peculiaridades, y cumplirán con la normativa de Seguridad y Salud Laboral en el trabajo. El sistema de climatización será centralizado y por zonas.
4.9. Medidas de integración
4.9.1. Integración paisajística
Se considerarán las siguientes:
a) Los materiales sobrantes de la excavación y/o demoliciones deberán reciclarse y/o destinarse a vertedero autorizado
b) Se abordará la ejecución de un programa de revegetación de la E.T.A.P. que incluya las zonas ajardinadas de la misma y su cerramiento perimetral.
c) Las especies estarán adaptadas a las condiciones climatológicas de la zona, recomendándose las siguientes:
Cinamomo (Melia acederach)
Árbol del amor (Cercis siliquastrum)
Ciprés (Cupressus sempervivens)
Lantana (Lantana camara)
Lavanda (Lavandula stoechas)
Tomillo (Thymus mastichina)
Xxxxxx (Rosmarinus officinalis)
Santonina (Santolina chamaecyparissus)
Gazania (Gazania splendens )
Xxxxxxxxx (Chrysanthemum mesembryanthemum)
Se llevará a cabo la plantación con densidades tales que sea factible la rápida revegetación del área ajardinada con objeto de facilitar la pronta integración de la E.T.A.P. Los cipreses se emplearán linealmente en el perímetro formando una barrera (separación 1ud/0,80 m)
4.9.2. Protección arqueológica
Dada la proximidad relativa del emplazamiento de las obras al yacimiento arqueológico de “El Xxxxx”, se tomarán medidas que garanticen la conservación de éste y las eventuales apariciones de otros yacimientos durante la ejecución de las obras.
A tal fin, se preverá la realización de una prospección arqueológica previa intensiva en la zona de obras, delimitando los posibles yacimientos detectados.
Como medida adicional de protección se realizará un control arqueológico del movimiento de tierras
5. OBRAS CIVILES
5.1. Generalidades
El diseño y construcción de las obras se realizará teniendo en cuenta:
El Estudio Geotécnico de los terrenos de la parcela que se incluye en el proyecto informativo como referencia.
El Estudio Topográfico que se incluye en el proyecto informativo como referencia.
Las cualidades físicas y funcionales del entorno en el que se localiza la E.T.A.P. a nivel de usos del suelo, edificaciones y paisaje.
El adjudicatario tendrá obligación de confirmar los resultados de los estudios indicados, haciéndose cargo totalmente de los resultados de los mismos y avalándolos con los estudios propios que sean necesarios.
De forma adicional el ofertante tendrá en cuenta para realizar sus cálculos estructurales las condiciones climatológicas y sísmicas correspondientes al lugar de ubicación de las instalaciones.
5.2. Adecuación de la parcela y preparación del terreno
Los concursantes detallarán aquellos trabajos de explanación, movimientos de tierras, cerramiento, preparación para la urbanización, etc. que permitan adecuar la parcela a los diferentes elementos que constituyen la E.T.A.P., teniendo en cuenta las condiciones del entorno, tales como la cota de inundación prevista para un período de retorno de 500 años.
Toda la parcela estará provista de un cerramiento perimetral diseñado para evitar el acceso de personas o animales a las instalaciones de la planta que deberá ser aprobado por ACUAMED. Se situarán puertas de acceso en número y dimensiones acorde con las necesidades funcionales de la misma, siendo la principal de apertura manual y automática mediante mando a distancia.
5.3. Accesos
El vial de acceso a la Planta facilitará el acceso de la misma a la red viaria próxima.
El acceso o accesos a la planta se diseñarán teniendo en cuenta la funcionalidad del mismo, la normativa vigente municipal, instrucciones y recomendaciones al respecto, teniendo en cuenta el paso de vehículos pesados.
5.4. Viales interiores
Las zonas destinadas al tráfico rodado se proyectarán en pavimentos adecuados e integrados en la imagen general del conjunto, teniendo en cuenta la funcionalidad de las mismas y la normativa vigente. Se tendrá en cuenta la posibilidad de que puedan sufrir deterioros superficiales y estructurales en las condiciones más desfavorables de utilización.
Estas zonas quedarán a nivel inferior, al menos en 15 cm. a las que no hayan de ser utilizadas para el paso de vehículos y separadas de ellas por un bordillo. Se limitará la pendiente de la rasante al mínimo en zonas de carga y descarga de vehículos pesados para asegurar la operación en condiciones optimas de seguridad. Se tendrá especial cuidado en el diseño en lo que respecta a los radios de giro mínimos necesarios para la maniobra de camiones cisterna semi-remolque.
Una vez realizadas las correspondientes explanaciones de los edificios y zonas comunes, se procederá a la pavimentación de las calzadas y aceras que conformen los viales definitivos.
Las aceras tendrán una anchura mínima de 1,20 m y estarán compuestas de capa de base de zahorra artificial, capa de hormigón en masa y enlosado resistente a ambientes marinos.
Se incluirá señalización vertical y horizontal de acuerdo a la normativa aplicable. La señalización horizontal regulará los diferentes usos de cada zona, aparcamiento, zonas de carga y descarga, y regulación del tráfico, etc.
5.5. Saneamiento y evacuación de aguas residuales y pluviales
Se diseñará en la oferta la red de saneamiento de la planta correspondiente a la evacuación tanto de los caudales de aguas residuales como de pluviales.
Será necesario estudiar los sistemas generales de saneamiento existentes en la zona para proceder al entronque.
El adjudicatario diseñará el sistema de infraestructuras necesarias para posibilitar la recogida, transporte y evacuación posterior de las aguas residuales y de lluvia evitando el vertido contaminante al dominio público.
5.6. Edificios
Se construirán los siguientes edificios:
5.6.1. Edificio de control y laboratorios.
En la primera fase se aprovechará el actual edificio de filtros a presión para realizar una remodelación y enfocarlo como nuevo edificio de explotación y control. En este edificio se sitúan las oficinas, sala de control y dependencias de personal. El desglose recomendado de usos distingue diversas áreas y es el siguiente:
Área administrativa.
El área administrativa constará de los siguientes espacios:
Un despacho de dirección con una superficie de 35 m2.
Dos despachos para 2 puestos de trabajo con una superficie mínima de 30 m2 cada uno.
Una sala de reuniones con capacidad para 12 personas con una superficie mínima de 50 m2.
Un despacho para profesionales de producción de 30 m2.
El área de administración estará dotada de suelo técnico para permitir la mayor flexibilidad de uso de la instalación.
Tendrá falso techo registrable, que albergará los elementos de iluminación artificial y climatización. Los tabiques separadores de los despachos serán modulares y de montaje en seco. La carpintería será xx xxxxxx. Todos los elementos de separación, practicables o no, deberán garantizar un correcto aislamiento acústico entre los diferentes espacios.
Área de control.
El área de control dispondrá de una superficie mínima de 50 m2.
El sistema de control a instalar será distribuido de forma que desde los centros de operación se pueda mandar, visualizar y obtener información de los equipos correspondientes.
Se proyectará y colocará la instrumentación de medida, protección y regulación adecuada para el funcionamiento correcto y seguro de la instalación.
El centro de control dispondrá del espacio suficiente para el trabajo simultáneo de hasta 3 personas. Las dimensiones mínimas en la zona de operadores serán de 45 m2.
El mobiliario consistirá en una mesa alargada con los ordenadores y pantallas necesarias para realizar el seguimiento del sistema SCADA.
El área de control dispondrá de un suelo técnico y un falso techo. El suelo técnico permitirá una altura libre bajo él mínima de 25 cm, por donde irán todos los cables de señales de la planta dentro de bandejas de PVC.
La Sala de Control estará dotada de un sistema de aire acondicionado. El falso techo permitirá alojar los conductos del aire acondicionado y la iluminación y será registrable.
Área de laboratorio.
Ubicado en el edificio de control, el área de laboratorio dispondrá de la superficie y equipamiento necesario para desempeñar entre otras las siguientes tareas:
1. Toma de muestras y conservación de las mismas
2. Análisis físico-químicos y biológicos con zonas separadas
3. Interpretación de datos y elaboración de informes
4. Archivo y documentación analítica
5. Almacén de químicos.
6. Almacén de gases.
Para ello el laboratorio dispondrá de los correspondientes servicios de electricidad, agua fría y caliente, desagües, extracción de gases y refrigeración.
El laboratorio irá equipado con toda la instrumentación, equipos y mobiliario necesario para su funcionamiento desde el momento de la puesta en marcha de la ETAP.
A continuación se definen los espacios necesarios por cada sala de trabajo. Cada sala se habrá de equipar con el mobiliario, mostrador, armarios, estantes, etc. necesarias por el correcto desarrollo de las tareas inherentes de laboratorio.
Laboratorio físico-químico | 45 m2 |
Laboratorio biológico | 30 m2 |
Sala de instrumentación | 25 m2 |
Servicios para personal de laboratorio | 15 m2 |
Almacén de químicos | 18 m2 |
Almacén de gases Área de personal. | 10 m2 |
La superficie mínima será de 120 m2, distribuida según los siguientes criterios:
Un vestuario masculino con una superficie mínima de 40 m2.
Un vestuario femenino con una superficie mínima de 40 m2.
Una sala de descanso de personal con una superficie mínima de 40 m2.
El vestuario dispondrá de duchas, lavabos y una taquilla para cada persona, con un 50% de taquillas de reserva.
El comedor-sala de descanso dispondrá xx xxxxxx y mesas para 20 personas como mínimo. Tendrá, además, un mínimo de 2 fregaderos, 2 máquinas microondas, 1 máquina de cafés y 1 nevera.
El comedor-sala de descanso dispondrá xx xxxxxx y mesas para 20 personas como mínimo. Tendrá, además, un mínimo de 2 fregaderos, 2 máquinas microondas, 1 máquina de cafés y 1 nevera.
5.6.2. Otros edificios.
Se prevé la construcción de una serie de nuevos edificios:
Edificio taller y almacén, a incluir según lo especificado anteriormente.
Edificio de dosificación de reactivos. Se prevé un edificio de reactivos, de nueva ubicación, ya que el edificio existente utilizado para este uso, se va a transformar en el edificio de explotación y laboratorios de la nueva ETAP.
Edificio filtración por arena.
Edificio línea de fangos.
Edificio destinado a albergar centro de transformación y grupo electrógeno.
El proyecto de todos los edificios, independientemente de su uso, se realizará conforme a criterios de calidad arquitectónica, integrando eficazmente las diferentes piezas entre sí y en el entorno, evitando los posibles impactos ambientales negativos derivados del funcionamiento de sus instalaciones. En cualquier caso, se cuidará especialmente la calidad arquitectónica y el diseño de las instalaciones de tal forma que se perciban como un elemento de referencia, integrado en el entorno, y vertebrador del territorio. El adjudicatario deberá seguir las indicaciones de ACUAMED a este respecto en la redacción del proyecto constructivo.
La altura de los edificios, el diseño de fachadas y cubiertas así como el resto de elementos constructivos de las diferentes edificaciones deberán tener en cuenta los condicionantes arquitectónicos, urbanísticos y paisajísticos del lugar de emplazamiento.
Las características y calidades de todos los materiales constructivos empleados, estarán en concordancia con el tipo de instalación que se pretende.
Todos dispondrán de acera perimetral para evitar humedades.
En el proceso de diseño y proyecto se estará a lo dispuesto, en su caso, en las ordenanzas municipales y autonómicas sobre edificación y sobre protección del medio ambiente contra la emisión de ruidos.
Las cimentaciones de los elementos que estén sometidos a vibración se harán aisladas de los edificios en que estén instalados.
Las instalaciones de almacenamiento de Productos Químicos deberán cumplir el Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos y sus Instrucciones Técnicas Complementarias MIE- APQ- 01 al 7 según RD 379/ 2001 publicado en B.O.E. nº 112 de 10 xx Xxxx de 2001.
5.7. Urbanización
Urbanización exterior:
Para acometer la urbanización y acondicionado de las zonas exteriores de la planta se tendrá en cuenta las Ordenanzas Locales o cualquier otra norma municipal relacionada con el diseño y proyecto de la urbanización de las instalaciones que se encuentre vigente en el momento de redacción del proyecto.
Urbanización interior:
La urbanización responderá a un diseño unitario realizado conforme a criterios de eficacia funcional y calidad paisajística, formando un conjunto unitario con la edificación.
La urbanización xxx xxxxxxx dónde se ubicará la Planta, así como los accesos al mismo, contemplará como mínimo:
Construcción de los espacios libres de la parcela conforme a criterios de calidad y paisaje coherentes con los edificios de las instalaciones y su entorno.
Ordenación de los mismos entendiendo la presencia del agua (paisajes del agua) como un activo simbólico para el tratamiento e identificación de este tipo de instalaciones.
Ordenación y diseño de los viales interiores
Acondicionado y diseño de zonas de aparcamiento.
Acondicionado y diseño de zonas verdes y áreas peatonales
Drenaje superficial de las zonas exteriores xxx xxxxxxx.
Diseño de la sección de firme apropiada para calzada y aceras.
Diseño del sistema de alumbrado exterior de las instalaciones.
La urbanización, en cuanto a viales se refiere, permitirá una circunvalación total de la E.T.A.P. con acceso a todos los puntos singulares (edificios, descarga y extracción de materiales y productos, etc.). Incluirá aceras, zonas verdes, redes xx xxxxx y abastecimiento de agua potable, farolas de alumbrado, señalización de tráfico y barandillas en aceras cuyo nivel de suelo sea superior a 0,70 m.
Para el diseño de los viales se tendrán en cuenta las siguientes condiciones:
o Anchura mínima: 6 m
o Pendiente máxima: 6%
o Pendiente mínima: 0,5 %
o Radio de giro mínimo: 5 m
Se incluirán aparcamientos cubiertos por viseras para un mínimo de 12 vehículos. De estos 6 serán para vehículos eléctricos y dsipondrán de las instalaciones adecuadas para la posterior instalación de cargadores de las baterías tipo WALLBOX. y zona de estacionamiento de camiones con dimensión mínima de 60 m². El diseño de estos elementos deberá ser coherente con la imagen del conjunto tanto desde el punto de vista arquitectónico, formal y material, como desde su integración paisajística y ubicación.
La oferta deberá considerar materiales de alta calidad y el Adjudicatario seguirá en el Proyecto Constructivo las indicaciones de ACUAMED en lo que respecta a los materiales a emplear.
Zonas Ajardinadas:
Se proyectarán atendiendo a los criterios de calidad previstos, especialmente en la configuración y ubicación de masas arbóreas y arbustivas, buscando una imagen global para la totalidad de la actuación.
Las zonas no edificadas se sembrarán y terminarán con jardinería basada, preferiblemente, en especies autóctonas. Se plantará arbolado que pueda ejercer de pantalla acústica y visual con el paso del tiempo sobre todo en zonas especialmente sensibles.
En todo caso se estará a lo indicado en el Estudio de Impacto Ambiental.
Se incluirá el sistema xx xxxxx por goteo automatizado para cada una de las zonas ajardinadas. La toma de agua xx xxxxx se realizará a partir del agua producto una vez sometida al pos- tratamiento.
6. MATERIALES
6.1. Introducción
A continuación se incluyen las prescripciones sobre materiales que deben cumplir los equipos a instalar en las distintas zonas de la planta.
Para una mayor claridad en su seguimiento, se han ordenado los equipos según los capítulos de presupuesto en los que se han empleado.
6.2. Prescripciones generales
6.2.1. Calderería en bombeos
Para la calderería en las impulsiones el estándar mínimo de la misma será acero inoxidable AISI 316 L con el espesor necesario (como mínimo SCHEDULE 10S) en función de las presiones a soportar, establecidas en los diferentes cálculos.
6.2.2. Estructuras metálicas
Se consideran como tales las referentes a sistemas de protección de superficies metálicas (distinguiéndose entre pinturas o galvanizado).
Protección superficial
– Sistemas xx xxxxxxx. Según la zona de aplicación se considerarán las siguientes alternativas:
Zona sumergida
Preparación de superficies: chorreado abrasivo grado Sa 2 ½ según norma sueca SIS 055900.
. Una capa de imprimación epoxy curada con poliamida, con un espesor de película seca de 50 micras.
Dos capas xx xxxx–epoxy curada con poliamida, con un espesor de película seca de 150 micras cada una.
Zona no sumergida
Preparación de superficies: chorreado abrasivo grado Sa 2 ½ según norma sueca SIS 055900.
Una capa de imprimación epoxy curada con poliamida, con un espesor de película seca de 75 micras.
Una capa de epoxy repintable, con un espesor de película seca de 100 micras.
Una capa de poliuretano alifático, con un espesor de película seca de 40 micras (esta última capa será de aplicación únicamente cuando la superficie a proteger se encuentre a la intemperie). Galvanizado.
Se realizará siempre en baño de zinc caliente de forma que se obtenga un espesor medio de capa de 85 micras con un peso superficial de 650 gr./m2. En cualquier caso, se seguirán la norma EN ISO 1461. Siempre que sea posible se realizarán las soldaduras antes del galvanizado, en el caso de que esto no sea posible se seguirán las recomendaciones que al efecto tiene la Asociación Técnica Española de Galvanización (ATEG). El recubrimiento en este último caso se restaurará mediante la aplicación de pinturas ricas en zinc (EN ISO 1461) o bien mediante metalización por zinc (ISO 2063), en todo caso el recubrimiento de estas zonas será 30 m más grueso que el circundante.
En el caso de que se quiera pintar posteriormente las estructuras galvanizadas se seguirán las recomendaciones que al efecto tiene la Asociación Técnica Española de Galvanización (ATEG)
6.2.3. Motores eléctricos
Deberán cumplir, con carácter general, los siguientes requisitos:
– Rotor En jaula xx xxxxxxx.
– Protección IP–55 (motor al aire).
IP–68 (motor sumergido o ambiente muy húmedo)
– Forma constructiva según Norma
– Tensión 400/230 V, trifásica.
– Frecuencia 50 Hz.
– Aislamiento Clase B (motor al aire)
Clase F (motor sumergido, ambiente muy húmedo).
– Arranque Directo (hasta 15 Kw inclusive).
Electrónico digital o suave (si P > 15 kw).
Variador de Frecuencia en cualquier potencia según se especifique en los distintos apartados de este Proyecto.
– Engrase de cojinetes Grasa K3K, a base de aceite mineral saponificado con litio.
– Pruebas y ensayos Ensayos de vacío, cortocircuito y calentamiento.
– Acabados Según estándar del fabricante.
– Comprobación del rendimiento y del factor de potencia para 2/4, 3/4 y 4/4 de la plena carga.
– Par máximo y par inicial.
– Pérdidas globales.
NOTA:
*Todas las pruebas y ensayos se reflejarán en los correspondientes certificados acreditativos.
*Los valores concretos de potencia nominal en el eje, velocidad de giro, rendimiento en el punto de trabajo y factor de potencia, vendrán incluidas en cada caso dentro de la correspondiente especificación técnica.
6.3. Prescripciones particulares de los equipos electromecánicos
Se incluyen en este apartado las especificaciones técnicas de los principales equipos mecánicos, eléctricos, instrumentación y control, de la ETAP. Para aquellos equipos no recogidos en el listado adjunto se aplicarán las especificaciones técnicas de equipos similares.
Para evitar repeticiones innecesarias, los equipos que se empleen en más de un capítulo, tales como compuertas murales, pasamuros o bombas sumergibles, sólo se incluirán en el primer capítulo en el que aparezcan.
6.3.1. Obra de llegada
Válvulas de mariposa:
Cuerpo en fundición dúctil GGG-40 protegido mediante empolvado EPOXI. Eje en acero inoxidable AISI 420.
Disco de cierre en acero inoxidable AISI 316. Cojinetes fabricados en bronce.
Anillo envolvente de EPDM.
Carretes de desmontaje:
Bridas en acero al carbono.
Virolas en acero inoxidable AISI 304.
Pasamuros:
Tubo, valona y arandela estanca: Acero inoxidable AISI 316 X. Xxxxx loca: Aluminio.
6.3.2. Caudalímetro electromagnético
Cuerpo y bridas: Acero al carbono St 37.2.
Caja de bornes: Poliamida reforzada con fibra xx xxxxxx. Tubo de medida: Acero inoxidable AISI 304.
Revestimiento: Goma dura NBR. Electrodos: Hastelloy C276.
Dosificación y mezcla
6.3.3. Compuertas murales
Tablero, marco y husillo: Acero inoxidable AISI 316 L. Estanqueidad: Latón-acero inoxidable/neopreno.
6.3.4. Válvulas de compuerta
Cuerpo, tapa y cierre en fundición dúctil GGG-50 protegido mediante empolvado EPOXI. Eje en acero inoxidable.
Junta: NBR/EPDM.
6.3.5. Electroagitadores
Carcasa: fundición gris GG-25
Eje, hélice y tornillería: acero inoxidable AISI 316 L.
6.3.6. Dosificación de CO2
Conducciones de CO2 gas: acero inoxidable AISI 316. Parrilla de difusores porosos: acero inoxidable.
6.3.7. Dosificación de carbón activo
Silo de almacenamiento: acero al carbono.
Grupo motobomba con cuerpo en fundición gris GG-25, y eje e impulsor en acero inoxidable AISI 304.
Conjuntos de tuberías en PVC y acero al carbono. Válvulas de bola en PVC.
Válvulas de membrana con cuerpo en fundición y membrana de neopreno.
6.3.8. Dosificación de polielectrolito
Material de la cuba: acero inoxidable AISI 316. Agitadores: acero inoxidable AISI 316.
Grupo motobomba centrífuga con base de difusor y rodete en PP, eje en acero inoxidable AISI 304.
Grupo motobomba dosificadora con cuerpo en PP/PTFE, asientos en PTFE y bolas cerámicas. Válvulas de bola en xxxxxx x xxxxx.
Conjuntos de tuberías en PVC y acero al carbono.
6.3.9. Dosificación de permanganato potásico
Material de la cuba: acero inoxidable AISI 316. Agitadores: acero inoxidable AISI 316.
Grupo motobomba dosificadora con cuerpo en PP, juntas en viton, asientos en PVDF y bolas en PTFE.
Válvulas de bola en PVC, xxxxxx x xxxxx. Conjuntos de tuberías en PVC y acero al carbono.
Válvulas de membrana con cuerpo en fundición y membrana de neopreno. Decantación
Calderería en acero inoxidable AISI 316 L.
Conjunto de tuberías en acero inoxidable AISI 316 L. Filtración de arena y carbón activo
6.3.10. Equipo de medida de presión
Material diafragma y conexión: acero inoxidable AISI 316 L.
6.3.11. Sonda de nivel
Acero inoxidable AISI 304.
6.3.12. Conjunto de elementos para toma de muestras
Tuberías y accesorios: acero inoxidable AISI 316 L. Válvula de bola: acero inoxidable AISI 316.
6.3.13. Grupo motobomba para lavado de filtros
Cuerpo: fundición gris GG-25. Impulsor: bronce.
Eje: Acero al carbono C 45 Cierre: anillos para prensaestopas
6.3.14. Conjunto de tuberías para aspiración e impulsión de bombas
Acero inoxidable AISI 316 L.
6.3.15. Grupo motosoplante
Bancada, estátor, fondos y tapas: Fundición gris EN-GJL-200. Émbolos y ejes: Acero al carbono C 45E
Tratamiento de fangos
6.3.16. Grupo motobomba sumergible para bombeo de fangos
Carcasa y rodete: fundición gris GG-25. Eje: acero inoxidable AISI 431.
Junta: Carburo-silicio
6.3.17. Conjunto de tuberías para aspiración e impulsión de bombas
Acero inoxidable AISI 316 L.
6.3.18. Válvulas de retención
Cuerpo y clapeta en fundición gris GG-25.
6.3.19. Agitadores
Cuerpo y hélice en acero inoxidable AISI 316.
6.3.20. Decantador Densadeg
Calderería en acero inoxidable AISI 316.
Conjunto de tuberías en acero inoxidable AISI 316.
Placas lamelares en poliestireno negro anti UV, calidad alimentaria.
6.3.21. Bomba de husillo excéntrico de desplazamiento positivo
Cuerpo en fundición gris GG-25. Rotor en acero inoxidable AISI 433. Eje en acero inoxidable AISI 316. Elastómero perbunam.
6.3.22. Centrífuga
Rotor, tornillo, tapa y carcasa en acero inoxidable AISI 316. Retenes: nitrilo.
Bancada: laminado xx xxxxx al carbono. Sub base: acero al carbono + epoxi.
7. PRUEBAS Y ENSAYOS
7.1. Normas de prueba
Para las pruebas y ensayos a realizar en los distintos elementos durante la Ejecución de las Obras, serán de aplicación las siguientes Normas y Reglamentos, así como sus modificaciones, ampliaciones o sustituciones. El Proyecto de Construcción deberá especificar la normativa aplicable para cada aspecto de la construcción.
Normas UNE
Código ASME
Normas ASTM
Normas DIN
Normas VDE
Normas CEI
Reglamentos Electrotécnicos de Baja, Media y Alta tensión
Instrucciones complementarias del Reglamento Electrotécnico Baja Tensión (MI-BT)
Instrucción de Hormigón Estructural (EHE-08)
Estructuras xx Xxxxx en Edificación (EA-95)
Instrucción para Fabricación y Suministro de Hormigón Preparado
Instrucción para el Proyecto y la Ejecución de Forjados Unidireccionales de Hormigón Armado o Pretensado
Normas de Construcción Sismorresistente NCSR-02 (Real Decreto 997/2002)
Ensayo de corrosión en carcasas de bombas, (Pitting Temperature Test ETT y Crevice Corrosion Temperature CCT)
Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para la Recepción de Cementos RC-03
Normas de Pintura del INTA
RD.486/1997 Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en los lugares de Trabajo.
Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.
R.D. 1627/1997, Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en las Obras de Construcción.
En el caso de que al iniciarse las obras existiera algún documento más reciente que los indicados, se aplicará dicho documento.
Si para alguna prueba o ensayo hiciera falta la aplicación de una Norma no indicada anteriormente, ACUAMED y el Adjudicatario establecerán de común acuerdo la que se debe utilizar.
También de común acuerdo pueden establecerse variaciones sobre la relación anterior.
En aquellos casos en que las normas no establezcan claramente o permitan alternativas sobre los procedimientos y métodos de pruebas, los puntos de medida y los métodos de cálculo, éstos serán aprobados por ACUAMED, previamente a la realización de las pruebas.
Los valores de las presiones, temperaturas, caudales, calidad de agua y todas las demás características de funcionamiento, serán las indicadas en apartados correspondientes del presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, para toda clase de pruebas y ensayos.
7.2. Control en fabricación, montaje y pruebas de elementos
El Ofertante presentará un Programa de Puntos de Inspección correspondiente a los periodos de fabricación, montaje y pruebas de elementos en la Planta. Este Programa será revisado por ACUAMED con vistas al Proyecto Constructivo en el que se incluirán las modificaciones necesarias.
7.3. Período de puesta en marcha , pruebas de sistemas y período de puesta a punto
El período de puesta a punto y pruebas tendrá una duración de OCHO MESES desde la terminación de las obras.
La puesta a punto comprenderá:
- Ajustes finales previos a la puesta en marcha de la planta, dentro del plazo de ejecución de las obras.
- Puesta en servicio y ajustes de cada uno de los procesos que compone la instalación, en un plazo estimado de dos meses (pruebas de sistemas)
- Puesta a punto de la instalación, funcionando en continuo en condiciones de servicio durante 6 meses
Durante este período se presentarán los certificados de garantía de cada uno de los equipos y maquinaria instalada, así como la instrumentación, analizadores y elementos de medida y control.
Dentro de este período de puesta en marcha, el Adjudicatario presentará a ACUAMED un Programa de Pruebas de Sistemas que se irán realizando conforme estén preparadas las instalaciones a partir de la aprobación del Programa.
De las Pruebas de Sistemas se levantarán actas en que se recoja la finalización de cada una de ellas con resultado positivo.
Para tuberías y conducciones, las Pruebas de Sistemas incluirán las correspondientes pruebas de estanqueidad y presión interior, y en depósitos y tanques de almacenamiento las pruebas hidráulicas mediante su llenado. En el caso de los depósitos de hormigón se admitirá como límite máximo de pérdidas el dos por mil del volumen del tanque por día.
El periodo de puesta en marcha y pruebas de sistemas finalizará cuando se hayan realizado todas las pruebas incluidas en el Programa, dándose paso a la Prueba de Funcionamiento cuando el Adjudicatario estime, además, que la instalación está en condiciones de afrontar estas pruebas.
7.4. Pruebas de funcionamiento
Previamente a la iniciación de las Pruebas de Funcionamiento, ACUAMED habrá definido el Protocolo a que deben ajustarse dichas pruebas en función de las condiciones existentes en ese momento sobre posibilidades de suministro eléctrico y de producción de agua.
Finalizado el período de pruebas de sistemas, cuya duración máxima será de 2 meses, durante los seis (6) meses de puesta a punto, la instalación funcionará ininterrumpidamente, aumentando progresivamente el caudal hasta trabajar al caudal nominal al menos 15 días. En todo momento durante las pruebas, el caudal tratado será definido previamente por ACUAMED en coordinación con EMASA.
Iniciada la Prueba de Funcionamiento, ésta podrá ser interrumpida:
Por voluntad del Adjudicatario, si considera que existen inconvenientes que aconsejan iniciar de nuevo las Pruebas.
Por decisión de ACUAMED si, en las circunstancias del momento, se considera que las pruebas no resultan significativas.
La prueba se considerará positiva si se cumplen los valores comprometidos de consumo energético, cantidad y calidad del agua producto se cumplen satisfactoriamente durante el período de puesta a punto y se verifique que los consumos de reactivos son acordes con los previstos en el estudio de explotación recogido en la oferta.
ACUAMED podrá decidir en el Protocolo de Pruebas que la realización de un conjunto de pruebas parciales de funcionamiento se considere equivalente
7.5. Constatación de las obras construidas
La fecha de Constatación de la finalización de las obras será la de terminación positiva de las Pruebas de Funcionamiento (período de 6 meses de puesta a punto y una vez operado durante al menos 15 días consecutivos a caudal nominal) y se recogerá en Actas de Inicio y Terminación de las mismas firmadas por ACUAMED y el Adjudicatario. Firmarán asimismo estas Actas la entidad o entidades de control que ACUAMED haya designado al efecto.
En el caso contemplado en la cláusula 6.4 anterior, en la que se indica que las Pruebas de Funcionamiento se realicen en un conjunto completo de pruebas parciales, la finalización positiva de cada Prueba Parcial se considerará como fecha de Constatación provisional de los elementos afectados.
La Constatación podrá producirse aun cuando queden pendientes aspectos que no sean vitales para el funcionamiento de la instalación, adjuntándose al Acta de Terminación de las Pruebas de Funcionamiento el listado correspondiente de elementos menores pendientes de terminación y el plazo para la resolución de cada uno de ellos.
7.6. Producción de agua antes de la constatación
ACUAMED no pagará compensación alguna al adjudicatario por el agua que éste pueda producir durante el período de puesta en marcha, pruebas de sistemas y el período de puesta a punto, siempre que ACUAMED no haya solicitado explícitamente tal producción.
ACUAMED tendrá derecho a exigir al adjudicatario la producción de agua con carácter provisional antes de la Constatación, siempre que la instalación esté en condiciones de realizar esa producción y exista necesidad de suministrar a los usuarios. ACUAMED compensará al adjudicatario por el agua producida en estas circunstancias con base en los criterios siguientes:
ACUAMED pagará la energía eléctrica necesaria para la producción considerando que la cantidad de agua producida lo ha sido al consumo energético comprometido por el adjudicatario
8. CONDICIONANTES DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS
8.1. Accesos a la zona de obras
Los concursantes deberán presentar en su oferta los planos de acceso a la traza por la que discurrirán las infraestructuras a ejecutar, indicando expresamente los caminos, senderos, pistas forestales, carreteras, etc. que piensa utilizar durante el desarrollo de las obras y su grado de utilización.
Asimismo, se deberán concretar los desvíos de tráfico necesarios de acuerdo con el Plan de Obras previsto por los licitadores.
Los accesos a utilizar se presentarán sobre un plano a escala 1:10.000, o mayor. El uso, por parte del Contratista, de caminos privados para el acceso a la zona de las obras, será objeto de negociación directa entre el mismo y los propietarios de dichos accesos.
Todos los daños que el Contratista cause en propiedades, tanto públicas como privadas, fuera de las zonas expropiadas y/o de ocupación temporal, así como eventuales incumplimientos de lo indicado en el párrafo anterior, serán debidamente atendidos por el Contratista a su cargo.
Si, como consecuencia de lo indicado en el párrafo anterior, AcuaMed tuviera que encargarse de las reclamaciones a causa de los daños causados por el Contratista, ejecutará las reparaciones, deduciendo al Contratista de las certificaciones, avales o fianzas el coste que le haya originado.
El coste de ejecución de todos los caminos que sean necesarios se encuentra comprendido en el precio global ofertado, salvo que expresamente figure en el presupuesto del Proyecto.
8.2. Mantenimiento de servicios
El Contratista deberá asegurar durante la ejecución de las obras el funcionamiento de los servicios existentes, en su caso.
8.3. Cruces y/o desvíos de servicios públicos
El Contratista estará obligado a localizar los servicios afectados por las obras y a tramitar todos los permisos necesarios para su cruce o desvío, contemplando en su oferta los costes asociados a estas actividades. Quedan fuera de esta condición los cruces de aguas naturales, xxxxxxxxxx, xxxx xxxxxxx x xxxxxx xx xxxxxxxxxxx, que estuviesen contemplados en el proyecto con presupuesto independiente. A estos efectos AcuaMed y el Contratista realizarán conjuntamente las gestiones para los permisos y autorizaciones oportunas.
8.4. Conocimiento de la zona de obras.
Los concursantes deberán haber examinado todos los documentos que forman parte de la licitación y haber visitado el terreno en el que se deben ejecutar las obras, así como sus accesos y alrededores.
Asimismo, deberán reconocer la naturaleza de los terrenos, la existencia de servicios, las condiciones para el transporte, movimiento y almacenamiento de materiales, niveles freáticos, régimen y avenida de los xxxx, arroyos y cauces, en general, y demás factores que puedan condicionar el desarrollo de las obras.
También deberá tener en cuenta obras de terceros que puedan realizarse en la misma zona geográfica, simultáneamente a la ejecución de los trabajos objeto de la presente licitación.
Hecho lo indicado en los párrafos anteriores, los concursantes deberán presentar una declaración en la que se hará constar expresamente haber reconocido la zona de las obras, haber estudiado, inspeccionado y analizado todos los obstáculos y/o servicios existentes, estén o no reflejados en los documentos del Proyecto de Construcción, así como los terrenos disponibles reflejados en el mismo, habiendo tenido en cuenta todos estos factores a la hora de la estimación de los precios, plazos y procedimientos para la ejecución de las obras. AcuaMed no admitirá ninguna reclamación si alguno de los factores mencionados en este subapartado condicionara la ejecución de las obras.
8.5. Condiciones de la operación y entrega de las obras al operador
Una vez se hayan finalizado las pruebas con resultado satisfactorio de acuerdo con el protocolo establecido, el contratista entregará las instalaciones plenamente operativas a ACUAMED, quien las entregará a su vez al operador (EMASA). En los Puntos de Entrega se colocarán contadores que servirán de control a las cantidades producidas. Las partes acordarán las medidas necesarias para el mantenimiento y verificación de los citados contadores.
8.6. Suministro de energía eléctrica
El adjudicatario, deberá propiciar todos los datos necesarios para la tramitación del punto de conexión y así poder desarrollar el proyecto constructivo de la línea eléctrica.
El suministro de energía eléctrica, una vez se concluya la construcción, será contratado por EMASA con una compañía suministradora, siendo de cuenta de EMASA los costes relativos al consumo eléctrico para el funcionamiento de la E.T.A.P. y las demás instalaciones objeto de operación durante el período de puesta a punto. En dicho período, EMASA asumirá el coste de la factura eléctrica en la parte correspondiente al agua producida, a razón de:
Producción (m3) * Consumo específico comprometido (kW/m3)
Los consumos que durante el citado período de puesta a punto superen dicha cuantía serán repercutidos al adjudicatario.
8.7. Responsabilidades del adjudicatario
En la oferta se deberá incluir una partida para el control de calidad y otra para la evaluación de riesgos laborales antes de la puesta en marcha.
El adjudicatario asumirá los costes de la vigilancia y seguridad de todo el recinto, incluso las instalaciones actuales y la presa de Pilones, desde la firma del contrato hasta la entrega efectiva de las instalaciones al operador (EMASA).
9. PENALIZACIONES POR DEMORA.
En caso de demora respecto al plazo total o a los plazos parciales previstos de acuerdo con lo referido en el apartado 3 del presente Anexo IV, se impondrán al Contratista las penalizaciones indicadas en la Cláusula Trigésimo Quinta del modelo de Contrato que acompaña al Pliego de Cláusulas Reguladoras como Anexo V.
10. SEGURIDAD Y SALUD.
El Contratista deberá presentar, dentro de los 15 días siguientes a la notificación de la adjudicación de los trabajos, y antes de la formalización del Contrato, un Plan de Seguridad y Salud de acuerdo con lo establecido en el RD 1627/1999 sobre “Disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción”, en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el Estudio de Seguridad y Salud y en la Memoria de Seguridad y Salud de la oferta, y en los términos que merezcan la aprobación del Coordinador de Seguridad y Salud de la obra designado por Acuamed. La certificación y abono de los elementos de este Plan de Seguridad y Salud se realizará por lo realmente ejecutado y puesto en obra del mismo.
El Contratista dispondrá en obra, en todo momento, de un Equipo de Prevención, con la dedicación y formación necesarias en los términos que se indican en su oferta, que, como mínimo, serán los recogidos en el Estudio de Seguridad y Salud del Proyecto de Construcción. Dicho Equipo deberá contar con el apoyo suficiente para responsabilizarse de todo lo relacionado con la seguridad de las obras, vigilando y controlando el correcto cumplimiento de la Normativa Legal Vigente.
La empresa adjudicataria, viene obligada a demostrar en todo momento, durante la ejecución de los trabajos, el cumplimiento estricto de sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales y seguridad y salud.
A tales efectos y, con independencia de cumplir respecto de sus trabajadores el Deber General de Prevención establecido en el art. 15 y siguientes de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (en adelante LPRL), la Empresa adjudicataria deberá elaborar, dentro de su plan de prevención de riesgos laborales empresarial, una planificación preventiva específica para los trabajos contratados. Dicha planificación deberá, en cumplimiento de lo establecido en el art. 16 de la LPRL, cumplir los siguientes requisitos mínimos:
< Contará con una evaluación de los riesgos laborales a los que se verán expuestos todos y cada uno de los trabajadores, propios o subcontratados, afectados por el objeto del presente contrato.
< Incluirá una planificación de la actividad preventiva a desarrollar en cada una de las actividades objeto del presente contrato.
< Dispondrá los procedimientos a poner en práctica para que el empresario cumpla con sus obligaciones en materia preventiva de carácter general: formación e información de los trabajadores, vigilancia de la salud, coordinación de actividades empresariales, consulta y participación de los trabajadores, procedimientos de control y actualización de la planificación preventiva, presencia de recursos preventivos.
< Contará con las debidas medidas de actuación en caso de emergencia incluyendo, como mínimo y para cada tipo de emergencia, el procedimiento de actuación, los responsables de ponerlos en práctica y los medios externos que, en su caso, deberían utilizarse y, consecuentemente, ser informados con carácter previo de su posible actuación en caso de emergencia.
< Incluirá los recursos técnicos y personales que utilizará el empresario para poner en práctica su acción preventiva en el ámbito del contrato. En este sentido, el empresario adjudicatario deberá disponer, al menos durante la etapa en la que se ejecuten trabajos de construcción, de un técnico
de seguridad con formación técnica de Ingeniero Técnico de Obras Públicas y formación preventiva correspondiente, como mínimo, al nivel intermedio de prevención de riesgos laborales (anexo IV RD 39/97). Dicho técnico será complementado, en las actividades de especial riesgo con la obligada presencia de recursos preventivos designados por la empresa adjudicataria para vigilar, de
manera concreta, el cumplimiento de lo establecido en la planificación preventiva de los trabajos que conlleven riesgos especiales (art. 32 bis LPRL y anexo II RD 1627/97) y, en particular, en todos los incluidos en las labores anteriormente señaladas.
< De acuerdo con lo establecido en la LPRL y en el RD 39/97, la planificación preventiva específica de los trabajos objeto del presente contrato deberá ser redactada por la Obra de Prevención de la empresa adjudicataria y su contenido deberá ser participado y consensuado con los trabajadores afectados por la misma. En caso de no existir representación legal de éstos, el adjudicatario deberá hacer constar en el propio documento que el contenido de éste ha sido consultado y aceptado por los trabajadores afectados.
En cumplimiento del art. 24 de la LPRL, el Contratista deberá establecer los medios oportunos para coordinarse con el resto de empresas y trabajadores autónomos concurrentes en el centro de trabajo de la obra. Así mismo, el contratista deberá informar y proporcionar las instrucciones adecuadas a sus trabajadores, a las empresas subcontratistas y a los trabajadores autónomos de los posibles riesgos a los que se verán sometidos y de las medidas preventivas a utilizar en cada caso. Además, y tal como se establece en la legislación, el Contratista principal estará afectado por la responsabilidad solidaria derivada de incumplimientos de los subcontratistas.
El Contratista será el responsable de definir y hacer efectivos los procedimientos destinados a controlar el acceso de terceros y personas no autorizadas a la zona de trabajos.
El Contratista, en el ámbito de los trabajos de construcción contratados, mantendrá todas las medidas preventivas en correcto estado, teniendo en cuenta que es el responsable de la disposición y correcto uso y empleo de las mismas por los trabajadores en el momento adecuado, de forma que eviten los riesgos antes de que aparezcan. Por lo tanto, antes de comenzar cada actividad algún miembro de la organización preventiva del contratista en la obra comprobará que las medidas de seguridad están realmente dispuestas y preparadas para colocar. Siendo obligación del Contratista garantizar el estado, estabilidad y fiabilidad de las mismas.
Así mismo, y en relación a los equipos de protección individual, el Contratista es responsable de que todos los trabajadores de la obra cuenten con todos los equipos indicados en su planificación preventiva; de igual modo, es responsable no sólo de proporcionar los equipos de protección, sino también de que su utilización se realice adecuadamente.
En el ámbito de las labores de construcción incluidas en el presente contrato, el adjudicatario estará obligado a presentar la planificación preventiva de dichos trabajadores al coordinador de seguridad y salud designado por ACUAMED para dichas labores. Así mismo, y con la finalidad de que ACUAMED cumpla con su obligación de redactar y actualizar el aviso previo a la Autoridad Laboral, el empresario contratista deberá notificar al citado coordinador con la antelación suficiente la incorporación de cualquier empresa subcontratista que participe en la ejecución de los trabajos.
Sin perjuicio de cuantas medidas preventivas se incluyan en la planificación preventiva de los trabajos de construcción, el empresario adjudicatario deberá, con carácter mínimo observar, cumplir y hacer cumplir las siguientes prescripciones técnicas preventivas:
< Toda la maquinaria y equipos de trabajo empleados contarán con el marcado CE o, en su caso, con certificado de conformidad acorde con la legislación vigente. Así mismo, el empresario deberá velar porque dichos equipos y máquinas se utilicen exclusivamente para el fin para el que fueron concebidos y sean montados, utilizados y desmontados de acuerdo, respectivamente, con los procedimientos y manuales existentes.
< En todos los trabajos con riesgo de caída al agua, el empresario deberá disponer de los medios de seguridad necesarios para controlar el riesgo de ahogamiento (salvavidas o similares). Así mismo, el empresario deberá garantizar que todos los trabajadores afectados por este riesgo saben nadar.
< En el caso de trabajar en presencia de sustancias tóxicas, el empresario deberá de garantizar el cumplimiento de la normativa vigente en la materia (entre otros el RD 667/97).
11. SEGUROS.
El Contratista deberá remitir a ACUAMED la póliza de seguro descrita en el Contrato que se adjunta al presente Pliego de Cláusulas Reguladoras, junto con el justificante de pago de la prima, antes de la firma del Acta de Comprobación del Replanteo, la cual se deberá producir en un plazo inferior a un (1) mes desde la fecha de formalización del Contrato. La no presentación de dicha póliza será causa de resolución del Contrato de acuerdo con lo indicado en la Cláusula Trigésimo Séptima del mismo.
Con relación a las cláusulas que debe contemplar la póliza, el Contratista se atendrá a este respecto a lo dispuesto en la Cláusula Trigésimo Segunda del Contrato que se adjunta como Anexo V al Pliego de Cláusulas Reguladoras.
12. MEDIDAS DE PROTECCIÓN AMBIENTAL
Sin perjuicio de lo establecido en el Pliego de Cláusulas Reguladoras y en la restante documentación del concurso, el Contratista es responsable de cumplir, durante el desarrollo de las obras, toda la normativa que en materia de Medio Ambiente sea de aplicación. Para ello deberá establecer las necesarias medidas preventivas y correctoras, además de un registro documental de las mismas.
Se aplicarán todas las medidas medioambientales previstas en el Anejo de Integración Ambiental del Proyecto. El Contratista deberá observar todas las medidas y precauciones que le afecten y las que pueda fijar la Autoridad Ambiental en el transcurso de las obras.
1. ADENDA Nº1: PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES Y TÉCNICAS PARA LA EJECUCIÓN XX XXXXXXX E INSTALACIONES ELÉCTRICAS DE PROTECCIÓN Y MANIOBRA
OBJETIVO Y ALCANCE.
Se redacta la presente adenda al PPTP ante la necesidad de normalizar los cuadros eléctricos así como las instalaciones eléctricas anexas para su homogenización con el resto de instalaciones operadas por EMASA
Todo ello encaminado a facilitar tanto las tareas de diseño y construcción así como las de posterior mantenimiento y estandarización de repuestos.
CONDICIONES GENERALES.
Antes de comenzar la confección de la instalación o del cuadro eléctrico el contratista debe presentar la siguiente información:
Esquema eléctrico.
Lista de materiales.
Documentación fotográfica xx xxxxxxx parecidos (opcional).
El contratista confeccionará la documentación anteriormente y presentará copia de la misma a ACUAMED para que sean aprobados antes de proceder a su ejecución, entregando una copia final actualizada con las posibles modificaciones reflejadas, tanto en papel como en formato electrónico.
Los cuadros se realizarán reproduciendo fielmente los esquemas aprobados cualquier modificación de éstos deberá ser aceptada por escrito por parte de ACUAMED
Los materiales empleados serán los especificados en esquemas y lista de materiales (marca, modelo, nº referencia). Cualquier modificación deberá ser aceptada por escrito por parte de ACUAMED
La lista de materiales no pretende ser exclusiva, es decir:
- los materiales listados deben ser especificados con la marca y referencia que se indica.
- los materiales no incluidos en el listado (por error, por ser pequeño material, o por no necesitar requisitos mínimos) serán suministrados por el instalador, quien elegirá la marca.
CONDICIONES TÉCNICAS.
Las instalaciones se realizarán de acuerdo al REBT e Instrucciones Técnicas Complementarias.
Las instalaciones eléctricas de maniobra, control y potencia, estarán diseñadas de forma tal que garanticen el funcionamiento del sistema aun cuando se produzcan averías.
Las instalaciones contemplaran en todo momento que el disparo de una protección permitirá que siga en marcha el resto de equipos y que para el mantenimiento de una zona no sea necesario la parada completa sino solo la de la parte afectada.
No se emplearán fusibles o elementos sin rearme a no ser que exista conformidad expresa por escrito por parte de ACUAMED
1. LOCALES PARA LA UBICACIÓN DE ARMARIOS.
Dado que las instalaciones en su mayoría contemplan locales mojados (aunque las gotas de agua solo aparezcan en caso de avería) y por la creciente necesidad de ventilar los armarios, termina siendo obligatorio la colocación de los mimos en salas anexas a las zonas con instalaciones hidráulicas.
Para permitir el control se dejará una ventana de cristal fijo entre ambas salas para tener visión desde el cuadro hacia la zona de máquinas. Este cristal será doble con cámara para mejorar el aislamiento térmico.
El paso de cables entre ambas salas debe cumplir:
Que no permita el paso de agua en caso de avería
Que esté sellado para evitar el paso de gases.
2. ARMARIOS.
Los armarios a emplear serán de la xxxxx Xxxxx o similar y estarán fabricados en el siguiente material: Los que se cuelguen o que sean de tamaño reducido estarán fabricados en poliéster.
Los autoportantes serán xx xxxxx con pinturas y tratamientos específicos para la electricidad, además estarán dotados de un zócalo prefabricado de 20cm.
Las medidas vendrán indicadas en la lista de materiales de forma orientativa, siendo de la competencia del contratista proponer unas medidas definitivas, de forma que en el armario quede una holgura mínima de un 25%. Las placas de montaje serán xx xxxxx galvanizada con puesta a tierra (según norma 89/336/EEC) de Compatibilidad Electromagnética.
Todos los conductores que entren o salgan del cuadro lo harán por su parte inferior con prensa que mantenga el IP, salvo especificación contraria, conectándose a sus bornes correspondientes.
Los cuadros o envolventes eléctricas deben tener exteriormente la protección adecuada al local donde se ubican en función de si son secos o mojados, con un mínimo de:
IP50 locales secos (protegido contra el polvo y no contra el agua). IP53 en exteriores o locales húmedos.
Esta indicación no limita a que se adopten grados de IP mayores en función de la instalación o proyecto a realizar.
Estarán señalizados en la zona central con pegatinas de “Riesgo eléctrico”.
Para armarios colgados se situarán a una altura tal que el tercio superior del mismo quede por encima de 1,6mts del suelo, quedando los dos tercios restantes por debajo. En caso de autoportantes se emplearán
zócalos en su parte inferior que permitan el paso de cables de la instalación con margen para futuras ampliaciones.
ARMARIOS DE AUTOMATAS
En el caso de empleo de equipo de autómata de control, se instalará otro armario exterior que albergue al citado autómata y la radio o sistemas de transmisión de datos, estando conectados entre sí (los dos cuadros) mediante bandeja de PVC de dimensiones amplias para poder separar físicamente el cableado de fuerza de las señales 4-20mA para evitar posibles inducciones.
ARMARIOS CON VARIACION DE VELOCIDAD
En estos casos y debido a la necesaria ventilación de los equipos los armarios se instalarán en salas anexas que no permitan la existencia de humedad.
Toda entrada de cable se hará por la parte inferior.
Los ventiladores y filtros se colocarán en los laterales de éstos o en caso de grandes armarios en la parte frontal, teniendo en cuenta que la entrada de aire será por la zona inferior y la salida por la superior.
CONCENTRACION DE EQUIPOS ELECTRÓNICOS
Para aquellas instalaciones en las que la concentración de equipos electrónicos de potencia sea elevada debe tenerse en cuenta la climatización de la sala mediante estudio previo. De igual manera se tendrá en cuenta aquellos recintos donde se alojen juntos variadores o arrancadores con autómatas de control, donde la temperatura interna de los equipos en funcionamiento no puede superar los 45ºC.
También se tendrá en cuenta que en las salas donde se ubiquen estos equipos, el suelo tenga alguna pintura de caucho o alfombrilla con superficie antideslizante, que impida la generación de polvo en el mismo.
En el caso de tener previsto mucha cantidad de cable será recomendado el uso de suelo técnico para la circulación de los mismos.
3. CANALETAS INTERIORES.
Se emplearán en el interior de los cuadros canaletas de PVC ranuradas de la marca UNEX o similar para alojar los cables. Estarán adecuadamente dimensionadas, de forma que la revisión del cableado se realice fácilmente con una altura mínima de 60 mm en aquellas que se coloquen en la placa de montaje, pudiendo emplear otra altura en las colocadas en la puerta.
La sujeción de las citadas canaletas interiores se harán con remaches en las situadas en la placa de montaje y con pegamentos o adhesivos (sin usar taladros) en las colocadas en las puertas.
4. CONDUCTORES.
GENERALIDADES
Los conductores estarán siempre provistos de terminales y colocados con la herramienta adecuada para ello.
No deberán conectarse más de dos conductores a una misma regleta, borne o punto de conexión, y en los casos de líneas de neutros o comunes que van formando puentes se emplearán terminales únicos para el cable de entrada y salida (como en la figura).
Los elementos de maniobra y control dentro de los cuadros nunca se harán trabajar cortando el neutro. Siempre que un elemento de maniobra tenga que interrumpir un circuito lo hará cortando la fase del mismo.
4.1. CONDUCTORES DENTRO XX XXXXXXX.
Todos los conductores en el interior de los cuadros serán de cobre, flexibles, y con aislamiento de 750- 1.000V para aquellos de fuerza así como de 500V para cableados de maniobra y señalización.
Los conductores de conexiones eléctricas (fuerza, alimentación de equipos) tendrán las secciones indicadas en esquemas, siempre con un mínimo de 1.5 mm2 y color negro para las fases y azul para el neutro. En caso de secciones elevadas el cable negro usado para neutro se marcará en la zona final con termorretractil azul o similar.
Si al cortar el interruptor general del cuadro quedan con tensión algunos elementos como lámparas, indicadores, voltímetros, etc, se usarán conductores color naranja para las fases y azul para el neutro.
Los conductores para la realización de maniobras a 220V a.c. serán de sección 1mm² o 1,5mm² y color
azul para el común y negro para señal.
Los conductores de señales digitales de entrada a autómatas (inferiores a 30Vcc) deberán tener una sección de 0,5 a 1 mm2 y color rojo, empleando fuera del cuadro manguera apantallada con puesta a tierra en un solo punto que será siempre en el cuadro donde se ubique el autómata de control y lo más cercano a éste.
La alimentación de equipos electrónicos con 24Vcc o 12Vcc se harán con sección de 1 mm2, color
marrón para el polo positivo y color gris para el negativo.
En caso de circuitos de autómatas con salidas a relés se emplearán conductores de color azul para maniobrar los neutros de 220Vac, mientras que la fase de alimentación será común a los actuadores (relés intermedios) y será de color negro, con sección de 1 mm2 para ambos.
En los casos de salidas a transistor se emplearán conectores normalizados y precableados con los colores que suministran los fabricantes.
Los conductores para señales de 24V a.c. deberán tener una sección de 1mm2 y colores blanco para el común y amarillo para los retornos.
Los conductores para señales analógicas (4-20 mA) deberán tener sección de 1mm2 en mangueras apantalladas con puesta a tierra en un solo punto y lo más cercano al autómata o controlador electrónico usando un hilo para el (+) y otro para el (-) y cuando tengan que realizarse puentes que no permitan el apantallado se empleará hilo de color violeta.
Para los lazos de amperímetros tanto con lectura directa como a través de transformadores el color a emplear debe ser negro.
El conductor de tierra será de color amarillo-verde, se distribuirá a partir del borne de entrada a tantos bornes como circuitos salgan. Además se conectarán a tierra los aparatos indicados en Esquemas.
RESUMEN COLORES PARA CABLES INTERIOR XX XXXXXXX
Color | Sección (mm²) | Voltaje | Usos |
1,5mm² o mayor | 220V ac | FUERZA Neutro | |
1,5mm² o mayor | 220V ac | FUERZA Fase | |
1,5mm² o mayor | 0V | Conductor protección | |
1,5mm² o mayor | 220V ac | Lazos de amperímetros | |
1,5mm² o mayor | 220V ac | zonas en tensión al cortar interruptor principal del cuadro |
1 - 1,5mm² | 220V ac | MANIOBRA Fase | |
1 - 1,5mm² | 220V ac | MANIOBRA Neutro |
1mm² | 220V ac | Salida Autómata (Fase) | 220v | - | hacia | relé | |
1mm² | 220V ac | Salida Autómata (Neutro) | 220v | - | hacia | relé |
0,5 a 1 mm² | <30V cc | Entrada digital (+) a Autómata mediante tornillos | |
0,5 a 1 mm² | <30V cc | Entrada digital (-) a Autómata mediante tornillos | |
DIVERSOS COLORES | 0,33 a 1mm² | <30V cc | Entrada-Salida Autómata mediante conector |
1mm² | <30V cc | Señales analógicas 4-20mA |
1mm² | <30V cc | Alimentación equipos electrónicos polo+ | |
1mm² | <30V cc | Alimentación equipos electrónicos polo- |
1mm² | 24V ac | Retorno de señal | |
1mm² | 24V ac | Común de señal |
Los cables de señales que entran o salen del autómata discurrirán lo más alejados posible de cables de fuerza y focos de calor, siempre agrupados en mazos analógicos o digitales y apantallados a tierra.
4.2. CONDUCTORES QUE SALEN XX XXXXXXX.
Todos los cables que salgan xx xxxxxxx eléctricos tendrán aislamiento de 1KV y a su salida tendrán en caso de ser armarios colgados prensaestopas de sujeción. Para reducir el número de éstos prensaestopas colocados se agruparán los cables en mangueras con señales o voltajes iguales.
Estos podrán ser sustituidos en caso de armarios autoportantes por otros sistemas siempre que aseguren un cierre adecuado del fondo.
4.3. MARCADO Y SEÑALIZACIÓN.
Los conductores se numerarán en cada extremo con señaladores marca UNEX o similar con los números y letras especificados en el esquema, es decir, cada cable tendrá en ambas puntas el mismo número o letra. En un circuito un número es común para todos los cables que se conecten en un mismo punto eléctrico.