PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIO DENOMINADO SERVICIO VIGILANCIA CANARIAS
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIO DENOMINADO SERVICIO
VIGILANCIA CANARIAS
Y
DE SEGURIDAD DE LA INSTITUCIÓN FERIAL DE
(INFECAR),
A2-15,
MEDIANTE
PROCEDIMIENTO
ABIERTO Y TRAMITACIÓN URGENTE.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIO DENOMINADO SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LA INSTITUCIÓN FERIAL DE CANARIAS (INFECAR), A2- 15, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO Y TRAMITACIÓN URGENTE.
1. DISPOSICIONES GENERALES.
La Institución Ferial de Canarias (INFECAR) requiere de un servicio de vigilancia y de seguridad de sus instalaciones así como de las personas y bienes muebles que puedan encontrarse en las mismas y, con objeto de contratar el citado servicio, INFECAR convoca el presente concurso, de acuerdo con el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el presente Pliego de Prescripciones Técnicas. Asimismo forma parte de la documentación de este concurso el contenido del contrato a suscribirse al respecto.
2. CONDICIONES PARTICULARES SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD.
2.1.-OBJETO.
El adjudicatario deberá prestar a INFECAR un servicio de vigilancia y seguridad xxx xxxxxxx ferial de INFECAR y un asesoramiento sobre cualquier aspecto relativo a las medidas de seguridad que, de conformidad con la normativa reguladora de las empresas de seguridad privada, sean de aplicación a dicho recinto en atención a las características de sus instalaciones así como de las especificidades de cada uno de los certámenes, eventos y actividades que tendrán lugar en las mismas.
Se entiende excluido del presente concurso la adjudicación de los servicios de instalación y mantenimiento de aparatos, dispositivos y sistema de seguridad xxx xxxxxxx.
Los servicios de vigilancia que se oferten serán todos sin arma y los agrupamos según su temporalidad en:
A.-Puestos de carácter permanente
Un (1) vigilante de seguridad sin armas, las veinticuatro (24) horas del día, los trescientos sesenta y cinco (365) días del año.
B.-Puestos vinculados a la celebración de certámenes
Un número indeterminado de vigilantes de seguridad sin armas, que se determinará por INFECAR, con una antelación mínima de setenta y dos horas (72) horas, para las funciones de Seguridad, Vigilancia y Custodia, como refuerzo en los diferentes eventos feriales o congresuales que se desarrollen en INFECAR.
C.-Servicios de vigilancia que puedan ser requeridos por INFECAR
Con el objeto de poder asumir los distintos requerimientos, el adjudicatario deberá disponer, por sí mismo, de al menos seis (6) vigilantes de seguridad con disponibilidad inmediata en favor de INFECAR. El adjudicatario no podrá subcontratar, total o parcialmente, ningún tipo de servicio de seguridad requerido sin el previo consentimiento escrito de INFECAR.
El adjudicatario se compromete a poner a disposición de INFECAR los Servicios de Seguridad adicionales en un plazo de veinticuatro (24) horas desde su solicitud, que se reducirá a ocho (8) horas en caso de emergencia.
No obstante estos medios personales y materiales mínimos exigidos o lo ofertado por el adjudicatario en su oferta o en el Plan de Seguridad, si durante la vigencia del contrato, INFECAR estimase que las circunstancias que motivaron la contratación de los Servicios de Seguridad y la determinación de los medios personales y materiales previstos hubieran variado, se reserva el derecho a ampliar o reducir su número y cualificación en la forma que estime conveniente para adaptarse a sus nuevas necesidades, modificándose, en su caso, el importe de la facturación a los Servicios de Seguridad efectivamente prestados, sin que ello faculte al adjudicatario a solicitar ningún tipo de indemnización, incremento del precio de los servicios de seguridad o derecho a variación de las condiciones de su Oferta.
2.2.- PLAN DE SEGURIDAD.
Cada licitante deberá proponer un Plan de Seguridad de las instalaciones xxx xxxxxxx ferial de INFECAR en el que se planifiquen y programen las actuaciones precisas para la implantación y realización de los servicios de seguridad generales y los específicos que sean requeridos durante la celebración de los certámenes y eventos que tengan lugar en dicho recinto, ya sean organizados por INFECAR o por terceras entidades.
El Plan de Seguridad deberá recoger el siguiente contenido:
(i) Memoria en la que se detalle la forma en que se ejecutarán las prestaciones objeto del presente concurso, asimismo se especificarán procedimientos de control de accesos, rondas, control de alarmas y procedimientos de actuación en caso de incidente.
(ii) Suficiencia de medios materiales y humanos disponibles para la ejecución del contrato.
(iii) Organización del equipo propuesto, distribución de tareas, relación entre los participantes y cauces de comunicación.
(iv) Datos personales y profesionales de las personas que integren el equipo de seguridad y su formación.
2.3- MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES.
Los Servicios de Seguridad serán prestados por el adjudicatario utilizando los medios materiales y el equipo profesional y humano recogido en su oferta, o los que resulten necesario para hacer posible su cumplimiento en forma y plazo.
A.- Personal del adjudicatario
El personal del adjudicatario se hallará previamente habilitado como vigilantes de seguridad para realizar la totalidad de los Servicios de Seguridad en los términos exigidos por la normativa reguladora de las empresas de seguridad privada y deberá poseer una preparación física y psicológica y experiencia y capacitación profesional suficiente. Asimismo, deberá poseer con carácter previo al inicio de la prestación de los Servicios de Seguridad unos conocimientos adecuados en las siguientes materias: seguridad; primeros auxilios, detección de incendios, evacuación y situaciones de emergencia y en general toda formación complementaria al desarrollo de sus
funciones; instalaciones xxx xxxxxxx (Cuadros eléctricos, arquetas, etc.) y de su plan de emergencia; prevención de riesgos laborales y la identidad del personal de INFECAR. El adjudicatario no podrá reducir el número de miembros de su personal o sustituir a cualquiera de los mismos sin contar con el previo consentimiento por escrito de INFECAR.
B.- Jefe de Seguridad
El adjudicatario deberá nombrar un jefe de seguridad habilitado de conformidad con la normativa reguladora de las empresas de seguridad privada, que será el interlocutor válido del adjudicatario frente a INFECAR.
El jefe de seguridad deberá haber desempeñado puestos o funciones de seguridad, pública o privada, al menos durante tres años, y se hallará en posesión de la pertinente tarjeta de identidad profesional, así como conocimientos suficientes sobre la normativa reguladora de la seguridad privada, la organización de servicios de seguridad y las modalidades de prestación de los mismos.
El Jefe de Seguridad será el responsable, a su vez, de analizar, en cada caso, junto con la persona designada por la Dirección General de INFECAR, las situaciones de riesgo que se pudieran presentar en el recinto, y a tal efecto, deberán aprobar conjuntamente un Plan de Seguridad en el que se planifiquen y programen las actuaciones precisas para la implantación y realización de los servicios de seguridad generales y los específicos que sean requeridos durante la celebración de los certámenes y eventos que tengan lugar en el recinto, ya sean organizados por INFECAR o por terceras entidades. El jefe de seguridad y el responsable designado por INFECAR definirán de forma conjunta, en cada caso, con la suficiente antelación, los medios personales y materiales a ser utilizados por el adjudicatario en cada certamen y evento.
C.- Inspector
El jefe de seguridad nombrará, a su vez, un inspector, disponible y localizable en todo momento, y que deberá reunirse con el responsable de Seguridad designado por INFECAR siempre que sea requerido.
No se requerirá su presencia permanente en las instalaciones xxx xxxxxxx. En el precio ofertado por cada licitante se entenderá incluida su retribución.
El Inspector será responsable de la actuación de los vigilantes de seguridad, así como de la organización y ejecución de los servicios y de la observancia de la normativa aplicable tanto por su personal dependiente como de las medidas de seguridad adoptadas en el recinto.
2.4.-LABORES DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD REQUERIDOS.
Con carácter enunciativo, se entienden comprendidos dentro de la actividad de vigilancia y protección de las instalaciones xxx xxxxxxx o, las siguientes actuaciones:
(i) la vigilancia y protección de las instalaciones xxx xxxxxxx, así como la protección de las personas y bienes muebles que puedan encontrarse en las mismas;
(ii) custodia de los materiales que se almacenen en las instalaciones xxx xxxxxxx con motivo de certámenes, exposiciones o alquileres, impidiendo la salida de
materiales sin la previa comunicación mediante el documento establecido en el Plan de Seguridad;
(iii) evitar la comisión de actos delictivos o infracciones en el interior xxx xxxxxxx; y prevenir manifestaciones y actuaciones de grupos radicales, recabando si fuera preciso la colaboración de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad;
(iv) efectuar la protección del almacenamiento, recuento, clasificación y transporte de dinero, valores y objetos valiosos, cuando así sea requerido por INFECAR. Lo anterior lo efectuará el adjudicatario por sí o mediante la contratación de otra empresa autorizada al respecto, de acuerdo con la legislación vigente;
(v) llevar a cabo, en relación con el funcionamiento de centrales de alarma, la prestación de servicios de respuesta de las alarmas que se produzcan, cuya realización no corresponda a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad;
(vi) auxiliar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el ejercicio de sus funciones, prestarles su colaboración y de seguir sus instrucciones en relación con las personas, los bienes, establecimientos o vehículos de cuya protección, vigilancia o custodia estuvieren encargados, en las condiciones exigidas por la normativa reguladora de las empresas de seguridad privada;
(vii) poner inmediatamente a disposición de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad a los presuntos delincuentes cuando observaren la comisión de delitos en relación con la seguridad de las personas o bienes objeto de protección, o cuando concurran indicios racionales de tal comisión, así como los instrumentos, efectos y pruebas de los supuestos delitos;
(viii) detectar e impedir la estancia de personas no autorizadas en las instalaciones xxx xxxxxxx;
(ix) realizar, previo requerimiento de INFECAR, controles de identidad de las personas y, si procede, impedir su entrada al Recinto o a cualquier dependencia del mismo y, en su caso, tomando nota del nombre, apellidos y número del documento nacional de identidad o documento equivalente de la persona identificada, objeto de la visita y lugar del inmueble a que se dirigen, dotándola, cuando así se determine en las instrucciones de seguridad propias xxx Xxxxxxx o de cualquier dependencia, de una credencial que le permita el acceso y circulación interior, debiendo retirarla al finalizar la visita;
(x) revisar las instalaciones de seguridad, mecanismos de alarma y medios de detección y extinción de incendios con la periodicidad que se indique en el Plan de Seguridad;
(xi) regular, durante la celebración de certámenes y eventos, el flujo de visitantes en salas y pabellones;
(xii) exigir el cumplimiento de las directrices recogidas en el Plan de Seguridad, así como la normativa de seguridad y salud al personal de las empresas colaboradoras o subcontratadas por INFECAR, expositores y asistentes al Recinto, no permitiendo fumar, comer, beber o la obtención de imágenes en áreas no autorizadas;
(xiii) impedir el acceso de personas no autorizadas y comprobar el cumplimiento por los expositores y montadores de las Normas de Montaje, Celebración y Desmontaje durante dichos periodos;
(xiv) efectuar los simulacros de situaciones de emergencia especificados en el Plan de Emergencia;
(xv) preparación de la apertura diaria de las instalaciones xxx xxxxxxx: apertura de puertas, colocación de letreros u otros elementos que favorezcan la organización de las colas de espera y revisión de programas de visitas en grupo;
(xvi) cierre de los locales tras los horarios de admisión de público: apagar las luces de las oficinas, ascensores y montacargas, cerrar puertas y ventanas de las instalaciones;
(xvii) comunicar de forma inmediata al Coordinador del servicio en ese turno toda incidencia que suponga un riesgo para la seguridad de las personas u objetos;
(xviii) confeccionar los partes diarios de incidentes según los modelos que establezca el responsable de Seguridad de INFECAR;
(xix) custodia y entrega de llaves a las personas autorizadas, durante los horarios que se establezcan en el Plan de Seguridad;
(xx) control del personal de oficinas fuera de horario;
(xxi) y reposición de folletos u otros elementos que cada certamen o evento requiera, así como cualquier tipo de acciones que permitan el correcto funcionamiento de las instalaciones xxx xxxxxxx.
INFECAR podrá requerir al adjudicatario el desempeño de sus funciones en el exterior xxx xxxxxxx en los siguientes casos:
(i) el transporte y distribución de monedas y billetes, títulos-valores y demás objetos que, por su valor económico y expectativas que generen o por su peligrosidad, puedan requerir protección especial. Lo anterior lo efectuará el adjudicatario por sí o mediante la contratación de otra empresa autorizada al respecto, de acuerdo con la legislación vigente;
(ii) la manipulación o utilización de bienes, maquinaria o equipos valiosos que hayan de tener lugar en las vías públicas o de uso común, cuando tales operaciones, bienes o equipos hayan de ser protegidos por vigilantes de seguridad, desde el espacio exterior, inmediatamente circundante;
(iii) los supuestos de persecución a delincuentes sorprendidos en flagrante delito, como consecuencia del cumplimiento de sus funciones en relación con las personas o bienes objeto de su vigilancia y protección;
(iv) las situaciones en que ello viniera exigido por razones humanitarias relacionadas con dichas personas o bienes; y
(v) los desplazamientos excepcionales al exterior xxx xxxxxxx para la realización de actividades directamente relacionadas con las funciones de vigilancia y seguridad, teniendo en cuenta, en su caso, las instrucciones de los órganos competentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
2.5.- OBSERVANCIA DE LA NORMATIVA REGULADORA DE LAS EMPRESAS DE SEGURIDAD PRIVADA.
El adjudicatario deberá prestar los servicios de seguridad con absoluta observancia de la normativa reguladora de las empresas de seguridad privada que le sea de aplicación. Asimismo, el adjudicatario será responsable, además, del cumplimiento por parte de INFECAR de la citada normativa, y asume expresamente la obligación de obtener todos los permisos, autorizaciones, licencias o altas administrativas que INFECAR requiera en el cumplimiento del Contrato así como realizar todas las notificaciones o comunicaciones ante cualquier autoridad administrativa, en nombre de INFECAR o en su propio nombre, que la normativa reguladora de las empresas de seguridad privada así exija. De manera que, el adjudicatario responderá de forma exclusiva de las sanciones administrativas y de los daños o perjuicios de cualquier naturaleza que su incumplimiento le pudieran ocasionar a INFECAR.
3.- PLAZOS.
Salvo indicación expresa en contra, todos los plazos contenidos en el presente pliego se entienden referidos a días naturales.