Carta de Invitación
Carta de Invitación
San Xxxxxx, 13 de febrero de 2023
[Indique: Nombre y dirección del Consultor] Estimado Señor/ Estimada Señora,
1. El Fondo MIVIVIENDA S.A. (en adelante denominado «el Cliente») [seleccione: ha recibido o ha solicitado] un financiamiento (en adelante denominado «los fondos») de la Agencia Francesa de Desarrollo («la AFD»), para financiar el costo del Servicio de Consultoría para el Desarrollo de Capacidades y Apoyo en la Implementación del Sistema de Análisis de Riesgos Sociales y Ambientales (SARAS) para el Fondo MIVIVIENDA S.A., y se propone utilizar una parte de estos fondos para efectuar pagos elegibles en virtud del presente Contrato para el cual se emite esta Solicitud de Propuestas.
2. Por consiguiente, el Fondo MIVIVIENDA S.A. solicita a consultores de la lista corta sus propuestas para prestar lo siguiente: Servicio de Consultoría para el Desarrollo de Capacidades y Apoyo en la Implementación del Sistema de Análisis de Riesgos Sociales y Ambientales (SARAS) para el Fondo MIVIVIENDA S.A. En los Términos de Referencia adjuntos se proporcionan mayores detalles sobre los Servicios solicitados.
3. Una empresa consultora será seleccionada mediante el método de selección basada en calidad (mayormente en las cualificaciones de los consultores). La experiencia del candidato en materia y su conocimiento sobre el servicio requerido serán criterios determinantes de la selección. El presupuesto máximo para estos Servicios es de 65,000
€ (Sesenta y Cinco Mil con 00/100 Euros).
4. La Solicitud de Propuestas incluye los siguientes documentos:
− La Carta de Invitación;
− La Carta de Presentación de la Propuesta;
− La Propuesta Técnica;
− La Propuesta Financiera;
− Los Términos de Referencia;
− El Modelo de Contrato estándar.
5. Tan pronto la reciba, le agradeceremos que nos indique:
a) Que recibió esta Solicitud de Propuestas, y
b) Si tiene la intención de presentar una propuesta.
6. Su oferta comprenderá su Formulario de Presentación de Propuesta, su Propuesta Técnica (incluyendo currículum vitae (CV) de o de los profesionales propuestos), su
Propuesta Financiera, incluido impuestos conforme lo indica las bases del proceso, y la Declaración de Integridad debidamente firmada, y deberá ser recibida en la dirección: Xxxxxxxx Xxxxx xxxx 0 ubicado en Calle Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Nº 285 – San Xxxxxx – Lima – Lima, a más tardar el 06 xx xxxxx del 2023. Si es necesario, se podrá solicitar aclaraciones adicionales a la siguiente dirección de correo electrónico: xxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx, xxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx y xxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx o a nuestro canal xx Xxxx de partes virtual: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxx/#/xxxxxxxxxx.
Atentamente,
[Firma, nombre y título del representante del Cliente]
SELECCIÓN DE CONSULTORES
SOLICITUD DE PROPUESTAS
DP No.: 01
Selección de Consultores para: Servicio de Consultoría para el Desarrollo de Capacidades y Apoyo en la Implementación del Sistema de Análisis de Riesgos Sociales y Ambientales (SARAS) para el Fondo MIVIVIENDA S.A.
Cliente: Fondo MIVIVIENDA S.A.
País: Perú
Proyecto: Programa MIVIVIENDA Sostenible
Emitida el: 20 Diciembre 2022
Tabla de contenido
PARTE I 3
Sección I - Instrucciones a los Consultores 3
Sección II - Hoja de Datos 17
Sección III - Propuesta técnica – Formularios estándar 25
Sección IV – Propuesta financiera – Formularios estándar 35
Sección V – Criterios de Elegibilidad 39
Sección VII – Términos de Referencia 43
PARTE II 61
Sección VIII – Condiciones de Contrato y formularios estándar de Contrato 61
PARTE I
Sección I - Instrucciones a los Consultores
Tabla de las Cláusulas
A. Disposiciones Generales 5
1 Definiciones 5
2 Introducción 6
3 Conflicto de intereses 6
4 Ventaja competitiva injusta 7
5 Prácticas corruptas y fraudulentas 7
6 Elegibilidad 7
B. Preparación de las Propuestas 8
7 Consideraciones generales 8
8 Costo de la elaboración de la Propuesta 8
9 Idioma 8
10 Documentos que comprenden la Propuesta 8
11 Solamente una Propuesta 8
12 Validez de la Propuesta 8
13 Aclaración y enmiendas de la SP 9
14 Preparación de las Propuestas – consideraciones específicas 10
15 Formato y contenido de la Propuesta técnica 10
16 Propuesta financiera 10
C. Presentación, Apertura y Evaluación de las Propuestas 11
17 Presentación, sellamiento y marcación de las Propuestas 11
18 Confidencialidad 12
19 Apertura de las Propuestas técnicas 12
20 Evaluación de las Propuestas 13
21 Evaluación de las Propuestas técnicas 13
22 Propuestas financieras para SBC 13
23 Apertura pública y evaluación de las Propuestas financieras (solamente para selección basada en calidad y costos (SBCC), selección basada en el presupuesto fijo (SBPF), y selección basada en menor costo (SMC)) 13
24 Corrección de errores 14
25 Impuestos 14
26 Conversión a una moneda 14
27 Evaluación combinada de calidad y costo (SBCC, SBPF, SMC) 14
28 Propuesta financiera anormalmente baja 15
X. Xxxxxxxxxxxxx y Adjudicación 15
29 Negociaciones 15
30 Conclusión de las negociaciones 16
31 Adjudicación del Contrato 16
A. Disposiciones Generales | |
1 Definiciones | 1.1 "AFD" significa Agence Française de Développement (AFD). 1.2 "Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA)" significa una asociación con o sin personería jurídica distinta de la de sus miembros, de más de un Consultor, donde un miembro está autorizado para realizar todas las actividades comerciales para y en nombre de los demás miembros de la APCA, y donde los miembros de la APCA son conjunta y solidariamente responsables por el cumplimiento del Contrato. 1.3 "CI" significa la Carta de Invitación que el Cliente envía a los Consultores de la Lista Corta. 1.4 "Cliente" significa la agencia ejecutora con la cual el Consultor seleccionado firma el Contrato para prestar los Servicios 1.5 Consultor" significa una firma Consultora profesional o entidad legalmente constituida que pueda prestar o preste los Servicios al Cliente bajo el Contrato. 1.6 "Contrato" significa un acuerdo legalmente vinculante firmado entre el Cliente y el Consultor e incluye todos los documentos adjuntos que se enumeran en la Cláusula 1 de dicho Contrato, que son las Condiciones Generales (CG), las Condiciones Especiales (CE), y los Apéndices. 1.7 "Día" significa un día calendario. 1.8 "Expertos" significa colectivamente, Expertos Clave, Expertos No Clave o cualquier otro personal del Consultor, Subconsultor o miembro(s) de la APCA. 1.9 "Experto(s) Clave" significa un profesional individual, suministrado por el Consultor o un Subconsultor, cuyas capacidades, calificaciones, conocimiento y experiencia son vitales para el desempeño de los Servicios bajo el Contrato y cuyo CV es tomado en cuenta en la evaluación técnica de la Propuesta del Consultor. 1.10 "Experto(s) No Clave" significa un profesional individual suministrado por el Consultor o un Subconsultor y quien es asignado para desempeñar los Servicios o alguna parte de ellos bajo el Contrato, y cuyo CV no es evaluado de manera individual. 1.11 "Filial(es)" significa un individuo o una entidad que controle, directa o indirectamente, o que esté bajo control común con el Consultor. 1.12 "Hoja de Datos" significa una parte integral de las Instrucciones al Consultor (IAC) Sección II, que se utiliza para reflejar las condiciones específicas del país y de la contratación para suplementar más no para reemplazar las disposiciones de las IAC. 1.13 "IAC" (esta Sección I de la SP) significa las Instrucciones a Consultores que suministren a los Consultores de la Lista Corta toda la información necesaria para la preparación de sus Propuestas. 1.14 "Ley Aplicable" significa las leyes y los reglamentos en vigor en el país del Cliente, o en el país que se indique en la Hoja de Datos, que sean expedidas y se encuentren vigentes de cuando en cuando. 1.15 "Propuesta" significa la Propuesta técnica y la Propuesta financiera del Consultor. |
1.16 "Servicios" significa los de Servicios de consultoría que deberá realizar el Consultor en virtud del Contrato. 1.17 "SP" significa la Solicitud de Propuesta que prepara el Cliente para la selección de Consultores. 1.18 "Subconsultor" significa una entidad a la que el Consultor propone subcontratar para cualquier parte de los Servicios mientras siga siendo responsable ante el Cliente durante el desempeño del Contrato. 1.19 "TDR" (Sección VII de la SP) significa los Términos de Referencia y explica los objetivos, magnitud del trabajo, actividades y tareas a realizar, las responsabilidades respectivas del Cliente y el Consultor y los resultados esperados y productos de los Servicios a entregarse. | |
2.1 El Cliente identificado en la Hoja de Datos seleccionará un Consultor de la Carta de Invitación, según el método de selección especificado en la Hoja de Datos. 2.2 Se invita a los Consultores de la Lista Corta a presentar una Propuesta técnica y una Propuesta financiera para prestar los Servicios requeridos para el trabajo especificado en la Hoja de Datos. La Propuesta constituirá la base para las negociaciones y, eventualmente, para la suscripción del Contrato con el Consultor seleccionado. 2.3 Los Consultores deben tener en cuenta la Ley Aplicable en la preparación de sus Propuestas. Los Consultores podrán asistir a la reunión previa a la presentación de Propuestas, si en la Hoja de Datos se especifica dicha reunión. La asistencia a esta reunión es optativa y será a cargo de los Consultores. 2.4 El Cliente, oportunamente y sin costo para los Consultores, proporcionara los insumos, datos del proyecto relevantes e informes requeridos para la preparación de la Propuesta del Consultor según se especifica en la Hoja de Datos. | |
3.1 El Consultor debe dar asesoramiento profesional, objetivo e imparcial y en todo momento debe otorgar máxima importancia a los intereses del Cliente y evitar rigurosamente todo conflicto con otros trabajos asignados o con los intereses de las instituciones a que pertenece y sin consideración alguna de cualquier labor futura. 3.2 El Consultor tiene la obligación de revelar al Cliente cualquier situación de conflicto de interés real o potencial que tenga impacto en su capacidad de atender los mejores intereses del Cliente. El hecho de no hacerlo puede conducir a la descalificación del Consultor o a la terminación del Contrato. 3.3 Sin que ello constituya limitación alguna a lo anterior, y salvo que la Hoja de Datos indique otra cosa, no se contratará al Consultor bajo ninguna de las circunstancias que se indican a continuación: Actividades conflictivas Conflicto entre actividades de servicios de consultoría y adquisición de bienes, obras plantas o servicios de no consultoría: una firma, o cualquiera de sus Afiliadas, contratada por el Cliente para suministrar bienes, o construir obras o prestar servicios de no consultoría para un proyecto, será descalificada para prestar servicios de consultoría que resulten o que se |
relacionen directamente con esos bienes, obras, plantas o servicios de no consultoría. Recíprocamente, una firma, o cualquiera de sus Afiliadas contratada para prestar servicios de consultoría para la preparación o ejecución de un proyecto, quedará descalificada para posteriormente suministrar bienes, obras, plantas o servicios de no consultoría que resulten o que se relacionen directamente con los servicios de consultoría prestados por la firma para dicha preparación o ejecución. Trabajos conflictivos Conflicto entre trabajos de consultoría: un Consultor (incluyendo sus Expertos y Sub-Consultores) o cualquiera de sus Afiliados no podrá ser contratado para realizar trabajos que por su naturaleza estén en conflicto con otros trabajos que el Consultor ejecute para el mismo u otro Cliente. Relaciones conflictivas Relaciones con el personal del Cliente: no se le podrá adjudicar un Contrato a un Consultor (incluyendo sus Expertos y Sub-Consultores) que tenga un negocio cercano o relación familiar con un personal profesional del Cliente que esté directamente o indirectamente involucrado en cualquier parte de: (i) la preparación de los Términos de Referencia de los Servicios; (ii) el proceso de selección del Consultor; o (iii) la supervisión del Contrato, salvo que el conflicto que se derive de esta relación haya sido resuelto a través del proceso de selección y ejecución del Contrato de manera aceptable para la AFD. | |
4 Ventaja competitiva injusta | 4.1 La equidad y la transparencia en el proceso de selección requieren que los Consultores o sus Afiliadas que compitan para un trabajo específico no deriven una ventaja competitiva por haber prestado servicios de consultoría relacionados con el trabajo en cuestión. Para tal fin, el Cliente deberá indicar en la Hoja de Datos y poner a disposición de todos los Consultores de la Lista Corta junto con esta SP, toda la información que en tal respecto daría a dicho Consultor alguna ventaja competitiva injusta sobre otros Consultores competidores. |
5.1 La AFD exige cumplimiento de su política con respecto a las prácticas corruptas y fraudulentas que se indican en la Sección VI. 5.2 Conforme a este principio, los Consultores deberán permitir a la AFD a examinar los documentos y la documentación contable, y cualquier otro documento, relativos a la presentación de la Propuesta y a la ejecución del contrato (en caso de adjudicación) y someterlos a una auditoría por auditores designados por la AFD. | |
6.1 La AFD permite que Consultores (individuos, firmas, incluidas APCAs y cada uno de sus miembros) de cualquier país ofrezcan servicios de consultoría para proyectos que financia, siempre que cumplan con los requisitos de elegibilidad tal y como se definen en la Sección V. |
6.2 Además, es responsabilidad del Consultor garantizar que sus Expertos, miembros de la APCA, Sub-Consultores, agentes (declarados o no), subcontratistas, proveedores de servicios, proveedores y/o sus empleados, cumplan con los requisitos de elegibilidad según se establece por la AFD en la Sección V. 6.3 El Consultor solo podrá contratar como Expertos a representantes del gobierno o a funcionarios del estado si dicha contratación es conforme a la Ley Aplicable y (i) si están con licencia sin remuneración, han renunciado o se han jubilado; (ii) si no están siendo contratados por el organismo para el cual trabajaron justo antes de su licencia, de su renuncia o de su jubilación; y (iii) si su contratación no da lugar a un conflicto de intereses. | |
B. Preparación de las Propuestas | |
7.1 Para la preparación de la Propuesta, se espera que el Consultor revise detalladamente la SP. Deficiencias materiales en suministrar la información solicitada en la SP podrá resultar en el rechazo de la Propuesta. | |
8.1 El Consultor asumirá todos los costos asociados con la preparación y presentación de la Propuesta, y el Cliente no será responsable por tales costos, independientemente de la forma en que se haga el proceso de selección o el resultado de la misma. | |
9.1 La Propuesta, así como toda la correspondencia y documentos relacionados con la Propuesta, que sean intercambiados entre el Consultor y el Cliente serán escritos en el/los idioma(s) que se indica(n) en la Hoja de Datos. | |
10 Documentos que comprenden la Propuesta | 10.1 La Propuesta comprenderá los documentos y formularios que figuran en la Hoja de Datos. 10.2 El Consultor deberá entregará información sobre comisiones, gratificaciones y honorarios a que hubiere lugar, pagados o que vayan a ser pagados a agentes o a cualquier otra parte con respecto a esta Propuesta, y en caso de adjudicación, la ejecución del Contrato. |
11 Solamente una Propuesta | 11.1 El Consultor presentara solamente una Propuesta, bien sea a nombre propio o como miembro de una APCA. Si un Consultor (incluido un miembro de una APCA) presenta o participa en más de una Propuesta, todas estas Propuestas serán descalificadas y rechazadas. Sin embargo, salvo que la Hoja de Datos indique otra cosa, esto no impedirá que un Subconsultor o personal del Consultor participe como Experto Clave y Experto No Clave en más de una Propuesta. |
12 Validez de la Propuesta | 12.1 La Hoja de Datos indica el periodo durante el cual la Propuesta del Consultor permanecerá válida después de la fecha límite para la presentación de Propuestas. 12.2 Durante este periodo, el Consultor deberá mantener su Propuesta original sin ningún cambio, incluida la disponibilidad de los Expertos Clave, precios propuestos y el precio total. 12.3 Si se establece que algún Experto Clave que sea nominado en la Propuesta del Consultor no estaba disponible en el momento de presentar la Propuesta o que se incluyó en la Propuesta sin antes obtener su confirmación, dicha Propuesta será descalificada y rechazada para evaluación posterior. |
12.4 Extensión del periodo de validez El Cliente hará todo lo que esté a su alcance para completar las negociaciones dentro de este periodo. Sin embargo, el Cliente podrá pedirle por escrito a los Consultores que extiendan el periodo de la validez de sus ofertas si fuera necesario. Si el Consultor acuerda extender la validez de su Propuesta, ello se hará sin ningún cambio en la Propuesta original y con la confirmación de la disponibilidad de los Expertos Clave. El Consultor podrá rechazar extender la validez de su Propuesta en cuyo caso, dicha Propuesta no se evaluará más. 12.5 Sustitución de los Expertos Clave en caso de extensión del periodo de validez Si alguno de los Expertos Clave no está disponible por el periodo de validez extendido, el Consultor deberá entregar una justificación adecuada escrita y prueba a satisfacción del Cliente, junto con la solicitud de sustitución. En tal caso, un Experto Clave de reemplazo deberá tener calificaciones y experiencia iguales o mejores que las del Experto Clave propuesto inicialmente. Sin embargo, la evaluación técnica seguirá basándose en la evaluación del CV del Experto Clave original. Si el Consultor no suministra un Experto Clave de reemplazo con calificaciones iguales o mejores, o si las razones expuestas para el reemplazo o justificación no son aceptables al Cliente, dicha Propuesta será rechazada. 12.6 Subcontratación El Consultor no podrá subcontratar la totalidad de los Servicios. | |
13.1 El Consultor podrá solicitar una aclaración de cualquier parte de la SP, durante el periodo indicado en la Hoja de Datos antes de la fecha límite para la presentación de Propuestas. Toda solicitud de aclaración deberá enviarse por escrito o por correo electrónico a la dirección del Cliente indicada en la Hoja de Datos. El Cliente responderá por escrito o por correo electrónico a esa solicitud y enviará copias escritas de la respuesta (incluyendo una explicación de la consulta, pero sin identificar su procedencia) a todos los Consultores de la Lista Corta. Si el Cliente considera necesario enmendar la SP como resultado de una aclaración, lo hará siguiendo el procedimiento que se describe a continuación: En cualquier momento antes de la fecha límite para la presentación de Propuestas, el Cliente podrá enmendar la SP emitiendo una enmienda por escrito o por medio de correo electrónico. La enmienda deberá ser enviada a todos los Consultores de la Lista Corta y será obligatoria para ellos. Los Consultores de la Lista Corta deberán acusar recibo por escrito de todas las enmiendas. El Cliente podrá extender la fecha límite para la presentación de Propuestas si la enmienda es considerable, con el fin de otorgar tiempo razonable a los Consultores para tenerla en cuenta en la preparación de sus Propuestas. 13.2 El Consultor podrá presentar una Propuesta modificada o una modificación de cualquier parte de la misma en cualquier momento |
antes de la fecha límite para la presentación de Propuestas. Después de la fecha límite no se aceptarán modificaciones a la Propuesta técnica o financiera. | |
14 Preparación de las Propuestas – consideraciones específicas | 14.1 En la preparación de la Propuesta, el Consultor deberá prestar especial atención a lo siguiente: Si un Consultor de la Lista Corta considera que puede optimizar su experiencia para el trabajo asociándose con otros Consultores en forma de APCA, lo puede hacer asociándose ya sea con (a) Consultores que no estén en la Lista Corta, o (b) con Consultores de la Lista Corta si así lo permite la Hoja de Datos. Una APCA con un Consultor que no figure en la Lista Corta deberá obtener la aprobación del Cliente. Cuando se asocie con firmas que no estén en la Lista Corta en forma de una APCA, el Consultor de la Lista Corta deberá ser el representante líder del grupo. Si Consultores de la Lista Corta se asocian entre sí, cualquiera de ellos podrá ser el representante líder del grupo. El Cliente podrá indicar en la Hoja de Datos el insumo de tiempo estimado de los Expertos Clave (expresado en persona- meses) o el costo total estimado del Cliente para la conclusión de la tarea, pero en ningún caso ambos. Este estimativo es indicativo y la Propuesta se basará en los estimativos del Consultor para el mismo. Si así se indica en la Hoja de Datos, el Consultor deberá incluir en su Propuesta al menos el mismo insumo de tiempo (en la misma unidad que se indica en la Hoja de Datos) de los Expertos Clave y a falta de ello, la Propuesta financiera será rechazada. Para trabajos bajo el método de Selección Basada en Presupuesto Fijo, no se divulga el insumo de tiempo estimado de los Expertos Clave. En la Hoja de Datos figura el presupuesto total disponible, indicándose si incluye o excluye impuestos, y la Propuesta financiera no podrá exceder este presupuesto. |
15 Formato y contenido de la Propuesta técnica | 15.1 La Propuesta técnica no deberá incluir ninguna información financiera. Una Propuesta técnica que contenga información financiera será declarada inadmisible. El Consultor no está autorizado a proponer Expertos Clave de reemplazo. Se presentará sólo un CV por Experto Clave. En caso contrario, la Propuesta será declarada inadmisible. No se autorizarán variaciones. 15.2 La Propuesta técnica deberá ser preparada utilizando los formularios estándar de la Sección III de la SP. |
16 Propuesta financiera | 16.1 La Propuesta financiera será preparada utilizando los formularios estándar de la Sección IV de la SP. La Propuesta deberá listar todos los costos asociados con las tareas, incluyendo (a) remuneración de Expertos Clave y Expertos No Clave, (b) los otros gastos indicados en la Hoja de Datos. |
16.2 Ajustes de precios Para trabajos con una duración de más de 18 meses, se aplicará una provisión de reajuste de precio por concepto de remuneración si así se indica en la Hoja de Datos. 16.3 Impuestos La Propuesta financiera debe estimar por separado, los impuestos, tarifas, tasas, gravámenes y otros cargos fiscales aplicables en el país del Cliente de conformidad con la Ley Aplicable a los Consultores, los Subcontratistas y al Personal (que no sea nacional o residente permanente en el país del Cliente) como indicado en la Hoja de Datos. El Consultor y sus Subconsultores y Expertos son responsables por todas las obligaciones fiscales que surjan del Contrato, salvo que la Hoja de Datos indique otra cosa. La Hoja de Datos incluye información sobre impuestos en el país del Cliente. El Consultor podrá expresar el precio por sus Servicios en la(s) moneda(s) indicada(s) en la Hoja de Datos. Si se indica en la Hoja de Datos, la porción del precio que representa el costo local se indicará en la moneda nacional. 16.5 Moneda de pago Los pagos bajo el Contrato se harán en la moneda o monedas en la que se solicite el pago en la Propuesta. | |
C. Presentación, Apertura y Evaluación de las Propuestas | |
17 Presentación, sellamiento y marcación de las Propuestas | 17.1 El Consultor deberá presentar una Propuesta firmada y completa que comprenda los documentos y formularios de acuerdo con la Cláusula 10 (Documentos que comprenden la Propuesta). La presentación podrá hacerse por correo o a mano. Si la Hoja de Datos así lo indica, el Consultor tiene la opción de presentar sus Propuestas por medio electrónico. 17.2 Un representante autorizado del Consultor deberá firmar las cartas de presentación originales en el formulario requerido, tanto para la Propuesta técnica, y para la Propuesta financiera y deberá rubricar todas las páginas de ambas. La autorización será en forma de un poder escrito adjunto a la Propuesta técnica. Una Propuesta presentada por una APCA deberá ser firmada por todos los miembros para que sea legalmente obligatoria para todos ellos, o por un representante autorizado que tenga un poder escrito firmado por el representante autorizado de cada uno de los miembros. 17.3 Toda modificación, revisión, interlineado, borradura o palabras superpuestas serán válidos solamente si llevan la firma o las iniciales de la persona que firma la Propuesta. 17.4 Las Propuestas técnica y financiera firmadas deberán estar marcadas como "ORIGINAL", y sus copias como "COPIA" según sea el caso. El número de copias está indicado en la Hoja de Datos. Todas las copias requeridas deben hacerse del original. Si hay discrepancias entre el original y las copias, prevalecerá el original. 17.5 El original y todas las copias de la Propuesta técnica deberán ponerse en un sobre sellado, marcado claramente como |
"PROPUESTA TÉCNICA", seguido del nombre del trabajo, número de referencia, nombre y dirección del Consultor, y con la siguiente advertencia: "NO ABRIR HASTA LA APERTURA DE LA PROPUESTA TÉCNICA". 17.6 Así mismo, el original de la Propuesta financiera deberá ponerse en un sobre sellado marcado claramente como "PROPUESTA FINANCIERA", seguido del nombre del trabajo, número de referencia, nombre y dirección del Consultor, y con la siguiente advertencia: "NO ABRIR AL MISMO TIEMPO QUE LA PROPUESTA TÉCNICA". 17.7 Los sobres conteniendo la Propuesta técnica y la Propuesta financiera deberán ponerse en un sobre exterior, que también deberá estar sellado. En este sobre exterior deberá figurar la dirección donde se deben presentar las Propuestas, el número de referencia de la SP, el nombre del trabajo, nombre y dirección del Consultor, y la siguiente advertencia marcada con claridad: "NO ABRIR ANTES DE LA APERTURA DE LA PROPUESTA TÉCNICA". 17.8 Si los sobres y paquetes que contengan las Propuestas no están sellados y marcados como se ha estipulado, el Cliente no asumirá ninguna responsabilidad en caso de que la Propuesta se traspapele, se pierda o sea abierta prematuramente. 17.9 La Propuesta o sus modificaciones deberán ser recibidas por el Cliente a la dirección indicada en la Hoja de Datos no más tarde que el plazo límite que se indica en la Hoja de Datos, o en cualquier extensión de esta fecha límite. Toda Propuesta o su modificación que reciba el Cliente después del plazo límite serán declaradas como recibidas tarde y rechazadas, y devueltas rápidamente sin abrir. | |
18.1 Desde el momento de la apertura de las Propuestas hasta el momento de adjudicación del Contrato, el Consultor no deberá comunicarse con el Cliente sobre ningún tema relacionado con su Propuesta técnica y/o financiera. La información relacionada con la evaluación de las Propuestas y recomendaciones de adjudicación no podrá ser revelada a los Consultores que hayan presentado las Propuestas ni a ninguna otra parte que no esté involucrada oficialmente con el proceso, hasta la publicación de la información de adjudicación del Contrato. 18.2 Cualquier intento de los Consultores de la Lista Corta o de cualquier parte a nombre del Consultor de influenciar indebidamente al Cliente en la evaluación de las Propuestas o en las decisiones de adjudicación del Contrato podrá resultar en el rechazo de la Propuesta. 18.3 No obstante las anteriores disposiciones, desde el momento de apertura de la Propuesta hasta el momento de la publicación de adjudicación del Contrato, si un Consultor desea contactar al Cliente sobre algún asunto relacionado con el proceso de selección, solo podrá hacerlo por escrito. | |
19.1 El comité de evaluación del Cliente procederá a abrir las Propuestas técnicas en presencia de los representantes autorizados de los Consultores de la Lista Corta que opten por asistir (en persona o en línea si esta opción es ofrecida en la Hoja de Datos). La fecha, hora y dirección de la apertura se indican en la Hoja de Datos. Los sobres con la Propuesta financiera permanecerán sellados y guardados |
bajo estricta seguridad con un auditor público reconocido o autoridad independiente hasta que sean abiertos de acuerdo con la Cláusula 23 del IAC. 19.2 Cuando se abran las Propuestas técnicas se leerá lo siguiente: (i) nombre del Consultor, o, en el caso de una APCA, el nombre de ésta, el nombre del representante líder del grupo y los nombres de todos los miembros; (ii) la presencia o ausencia de un sobre debidamente sellado con la Propuesta financiera; (iii) modificaciones a la Propuesta presentadas antes de la fecha límite para la presentación de Propuestas; y (iv) cualquier otra información que se estime apropiada o según se indica en la Hoja de Datos. | |
20.1 Sujeto a lo que disponga la Subcláusula 15.1 de las IAC, los evaluadores de las Propuestas técnicas no tendrán acceso a las Propuestas financieras sino hasta que se concluya la evaluación técnica. 20.2 El Consultor no podrá alterar ni modificar su Propuesta de ninguna forma luego de la fecha límite para la presentación de Propuestas salvo según se permite en la Subcláusula 12.7 de estas IAC. Al evaluar las Propuestas, el Cliente hará la evaluación únicamente con base en las Propuestas técnicas y financieras presentadas. | |
21 Evaluación de las Propuestas técnicas | 21.1 El comité de evaluación del Cliente evaluará las Propuestas técnicas sobre la base de su conformidad con los Términos de Referencia y la SP, aplicando los criterios y subcriterios de evaluación y el sistema de puntos que se indica en la Hoja de Datos. A cada Propuesta aceptable se le asignará un puntaje técnico. Una Propuesta que en esta etapa no responda a aspectos importantes de la SP o no logra obtener el puntaje técnico mínimo indicado en la Hoja de Datos, será rechazada. |
22 Propuestas financieras para SBC | 22.1 Siguiendo la clasificación de las Propuestas técnicas, cuando la selección es basada solamente en la calidad (SBC), el Consultor clasificado en el primer lugar es invitado a negociar su Contrato. Únicamente la Propuesta financiera del Consultor que obtenga el primer puesto en la Propuesta técnica será abierta por el comité de evaluación del Cliente. Las demás Propuestas financieras serán devueltas sin abrir, una vez se concluyan con éxito las negociaciones del Contrato y se firme el Contrato. |
23 Apertura pública y evaluación de las Propuestas financieras (solamente para selección basada en calidad y costos (SBCC), selección basada en el presupuesto fijo (SBPF), y selección basada en menor costo (SMC)) | 23.1 Una vez finalizada la evaluación técnica, el Cliente notificara a los Consultores cuyas Propuestas fueron consideradas inadmisibles porque no se ajustaron a la SP o a los Términos de Referencia, o no obtuvieron el puntaje técnico mínimo de calificación (y suministrará información relacionada con el puntaje técnico general del Consultor), que sus Propuestas financieras les serán devueltas sin abrir una vez termine el proceso de selección y firma del Contrato. Simultáneamente, el Cliente deberá notificar por escrito a los Consultores que hayan obtenido el puntaje técnico mínimo y les informará la fecha, hora y lugar de apertura de las Propuestas financieras. La fecha de apertura deberá permitir a los Consultores tiempo suficiente para que hagan los arreglos necesarios para asistir a la apertura. La asistencia del Consultor a la apertura de las Propuestas financieras (en persona, o en línea si esta opción se indica en la Hoja de Datos) es opcional y a elección del Consultor. 23.2 Las Propuestas financieras serán abiertas por el comité de evaluación del Cliente en presencia de los representantes de los Consultores cuyas Propuestas hayan obtenido el mínimo puntaje |
técnico. En el momento de la apertura, los nombres de los Consultores, los puntajes técnicos obtenidos y los precios totales serán leídos en alta voz y registrados. Una copia del registro será enviada a todos los Consultores que hayan presentado Propuestas. | |
24 Corrección de errores | 24.1 Los actividades y productos descritos en la Propuesta técnica pero no costeadas en la Propuesta financiera, serán asumidas que están incluidas en los precios de otras actividades o productos, y ninguna corrección aplicará a la Propuesta financiera. 24.2 Contratos sobre base de tiempo trabajado En el caso de un Contrato sobre base de tiempo trabajado, el comité de evaluación del Cliente (a) corregirá cualquier error de cálculo o aritmético, y (b) ajustará los precios en caso de que no reflejen todos los insumos incluidos para las respectivas actividades o aspectos en la Propuesta técnica. En caso de discrepancia entre (i) un monto parcial (subtotal) y el monto total, o (ii) entre el monto que resulte de la multiplicación del precio unitario con cantidad y precio total, o (iii) entre palabras y cifras, regirá lo primero. En caso de discrepancia entre la Propuesta técnica y la Propuesta financiera con respecto a las cuantificaciones, el comité de evaluación del Cliente corregirá la cuantificación que se indique en la Propuesta financiera de manera que sea acorde con la que se indica en la Propuesta técnica, aplicará el respectivo precio unitario incluido en la Propuesta financiera a la cantidad corregida, y corregirá el costo total de la Propuesta. 24.3 Contratos de suma global En el caso de un Contrato de suma global, se considerará que el Consultor ha incluido todos los precios en la Propuesta financiera, y, por lo tanto, no se harán correcciones aritméticas ni reajustes de precio. El precio total, neto de impuestos entendido según la Cláusula IAC 25 siguiente, especificado en la Propuesta de Precio (formulario FIN-1) será considerado el precio ofrecido. |
25.1 La evaluación de la Propuesta financiera del Consultor excluirá impuestos y derechos en el país del Cliente de acuerdo con las instrucciones en la Hoja de Datos. | |
26.1 Para propósitos de evaluación, los precios serán convertidos a una sola moneda utilizando las tasas de cambio de venta, origen y fecha que se indica en la Hoja de Datos. | |
27 Evaluación combinada de calidad y costo (SBCC, SBPF, SMC) | 27.1 En el caso de selección basada en calidad y costos (SBCC), el puntaje total es calculado ponderando los puntajes técnicos y financieros y agregándolos de acuerdo con la fórmula e instrucciones en la Hoja de Datos. El Consultor que obtenga el puntaje técnico y financiero combinado más alto será invitado a las negociaciones. 27.2 En caso de selección basada en el presupuesto fijo (SBPF), las Propuestas que excedan el presupuesto señalado en la Subcláusula 14.1.4 de la Hoja de Datos serán rechazadas. El Cliente seleccionará el Consultor que haya presentado la Propuesta técnica que ocupe. 27.3 En el caso de selección basada en menor costo (SMC), el Cliente seleccionará el Consultor con el precio total más bajo entre los Consultores que han obtenido el puntaje técnico mínimo, y el Consultor seleccionado será invitado a negociar el Contrato. |
28 Propuesta financiera anormalmente baja | 28.1 Si la Propuesta financiera es veinte por ciento (20%) o más inferior a la estimación del Cliente, y a menos que éste pueda demostrar que la estimación es errónea, el Cliente le pedirá al Consultor que le entregue el desglose de los precios para cualquier elemento de la Propuesta financiera, con el fin de establecer que dichos precios y cantidades cifradas son compatibles con, por un lado, la metodología, los recursos y el cronograma propuestos, y por otro, los Términos de Referencia (TDR). Si resultase que el precio fuera anormalmente bajo, salvo que las disposiciones de la Subcláusula IAC 24.1.1 aplique, la Propuesta financiera podrá ser declarada no conforme y ser rechazada. |
X. Xxxxxxxxxxxxx y Adjudicación | |
29.1 Las negociaciones se realizarán en la fecha y en la dirección indicada en la Hoja de Datos con el/los representante(s) del Consultor quienes deberán tener un poder escrito para negociar y firmar el Contrato en nombre del Consultor. 29.2 El Cliente elaborará el acta de las negociaciones la cual será firmada por el Cliente y por el representante autorizado del Consultor. 29.3 Disponibilidad de Expertos Clave El Consultor invitado deberá confirmar la disponibilidad de todos los Expertos Clave incluidos en la Propuesta como prerrequisito de las negociaciones, o, si fuere el caso, un reemplazo de acuerdo con la Cláusula 12 de las IAC. El hecho de no confirmar la disponibilidad de los Expertos Clave podrá resultar en que la Propuesta del Consultor sea rechazada y que el Cliente proceda a negociar el Contrato con el Consultor que obtenga el siguiente puntaje. No obstante lo anterior, la sustitución de los Expertos Clave en las negociaciones podrá considerarse si la misma se debe únicamente a circunstancias fuera del control razonable y no previsible del Consultor, incluida, más no limitada a muerte o incapacidad médica. En tal caso, el Consultor deberá ofrecer un Experto Clave sustituto dentro del periodo que se indica en la carta de invitación para negociar el Contrato, quien deberá tener calificaciones y experiencia equivalentes o mejores que las del Experto Clave original. 29.4 Negociaciones técnicas Las negociaciones incluyen discusiones sobre los Términos de Referencia (TDR), la metodología propuesta, los insumos del Cliente, las condiciones especiales del Contrato y la finalización de la parte de "Descripción de los Servicios" del Contrato. Estas discusiones no deberán alterar sustancialmente el alcance original de los Servicios bajo los TDR ni los términos del Contrato, y, en ningún caso, podrán afectar el puntaje de las Propuestas. 29.5 Negociaciones financieras Las negociaciones incluirán una aclaración de las obligaciones tributarias del Consultor en el país del Cliente y como la misma deba figurar en el Contrato. Si el método de selección incluye costo como factor en la evaluación, no se negociará el precio total indicado en la Propuesta financiera para un Contrato de suma global. |
En el caso de un Contrato sobre base de tiempo trabajado, no se harán negociaciones de tarifas unitarias, salvo cuando las tarifas de remuneración de los Expertos Clave y Expertos no Clave ofrecidos sean mucho más altas que las tarifas que normalmente son cobradas por Consultores en Contratos similares. En tal caso, el Cliente podrá solicitar aclaraciones y, si los precios son muy altos, solicitar cambiar las tarifas. | |
30.1 Las negociaciones concluirán con una revisión del Contrato preliminar, el cual será rubricado por el Cliente y por el representante autorizado del Consultor. 30.2 Si las negociaciones fracasan, el Cliente informará al Consultor por escrito todos los aspectos pendientes y desacuerdos y dará al Consultor una oportunidad final para responder. Si el desacuerdo persiste, el Cliente terminará las negociaciones e informará al Consultor las razones para hacerlo. El Cliente invitará al Consultor cuya Propuesta haya recibido el segundo puntaje más alto para negociar el Contrato. Una vez el Cliente comience negociaciones con este último Consultor, el Cliente no reabrirá las negociaciones anteriores. 30.3 El Cliente se reserva el derecho de anular el proceso de SP y de rechazar todas las Propuestas en cualquier momento previo a la adjudicación del Contrato, sin que por ello incurra en ninguna responsabilidad con los Consultores. | |
31.1 Al concluir las negociaciones, el Cliente firmará el Contrato; si fuere el caso, publicará la información de la adjudicación del Contrato; y notificará prontamente a los demás Consultores de la Lista Corta. 31.2 Se espera que el Consultor inicie el trabajo en la fecha y en el lugar especificados en la Hoja de Datos. |
Sección II - Hoja de Datos
A. Disposiciones Generales | |
IAC 1.14 | Ley Aplicable: Perú |
IAC 2.1 | Nombre del Cliente:Fondo MIVIVIENDA S.A. Método de selección: Selección Basada en Calidad y Costo ("SBCC") Tipo de contrato: "Contrato de suma global" |
IAC 2.2 | El nombre de los Servicios es: Servicio de Consultoría para el Desarrollo de Capacidades y Apoyo en la Implementación del Sistema de Análisis de Riesgos Sociales y Ambientales (SARAS) para el Fondo MIVIVIENDA S.A. |
IAC 2.3 | Se realizará una reunión previa a la presentación de Propuestas: Sí 🞏 o No 🞏 |
IAC 2.4 | El Cliente proporcionará los siguientes insumos, datos del proyecto, informes, etc. para facilitar la preparación de las Propuestas: Se encuentra como anexo a los términos de referencia la información que los proveedores requerirán para la formulación de sus propuestas. |
IAC 3.3 | Constituirán un conflicto de interés las circunstancias particulares siguientes: No puede ser adjudicatario, o subcontratista del adjudicatario, de un contrato financiado por la AFD una Persona que, en la fecha de presentación de una Solicitud, Oferta, Propuesta, Cotización, o al adjudicar el contrato: (1) sea una filial controlada por EL CLIENTE o un accionista que controle al Beneficiario, a menos que el conflicto resultante haya sido puesto a conocimiento de la AFD y resuelto a satisfacción; (2) tenga relaciones de negocios o familiares con un miembro de los servicios de EL CLIENTE implicado en el proceso de adquisiciones o en la supervisión del contrato que resulte, a menos que el conflicto resultante haya sido puesto a conocimiento de la AFD y resuelto a satisfacción; (3) esté controlada o controle a otro Solicitante, Oferente, o Consultor, esté bajo control común con otro Solicitante, Oferente, o Consultor, reciba o asigne subsidios a otro Solicitante, Oferente, o Consultor directa o indirectamente, tenga el mismo representante legal que otro Solicitante, Oferente, o Consultor, mantenga contactos directa o indirectamente con otro Solicitante, Oferente, o Consultor que le permita tener acceso a la información contenida en sus respectivas Solicitudes, Ofertas, o Propuestas, de influenciarlas o de influir las decisiones de EL CLIENTE; (4) se encuentre en un servicio de consultoría que, por su naturaleza, pudiera ser incompatible con los servicios que llevarán a cabo para EL CLIENTE; (5) haya preparado o esté asociada con un Consultor que haya preparado especificaciones, planos, cálculos, términos de referencia o cualquier otro documento para el proceso de adquisición; (6) en el caso de un procedimiento para la adjudicación de un contrato de obras, plantas o bienes, sea ella misma, o una de sus empresas afiliadas, contratada o que deba ser |
contratada por EL CLIENTE para efectuar la supervisión o inspección de las obras en el marco de este contrato; (7) sea una entidad de propiedad estatal que no pueda proveer evidencia (i) que goza de autonomía jurídica y financiera y (ii) que se rige por las reglas de derecho comercial. | |
B. Preparación de Propuestas | |
IAC 9.1 | Las Propuestas deberán presentarse en español. Toda la correspondencia y documentos que sean intercambiados entre el Consultor y el Cliente serán escritos en español. |
IAC 10.1 | La Propuesta comprenderá lo siguiente: Primer Sobre interior con la Propuesta técnica: (1) Formulario de presentación de la Propuesta técnica (TEC-1) (2) Poder para firmar la Propuesta (3) Declaración de Integridad (firmada) (4) Descripción de la metodología, del plan de trabajo y de la composición del equipo (formularios TEC-2, TEC-3, TEC-4 y TEC-5, suministrados a título indicativo) (5) Documentos requeridos en los términos de referencia para sustentar el perfil de el consultor y su personal a cargo establecidos en el Numeral 5 de la Sección VII – Términos de Referencia. Y Segundo Sobre interior con la Propuesta financiera: (1) Formulario de presentación de la Propuesta financiera (FIN-1) (2) Cuadro resumen de precios (FIN-2) (3) Desglose de precios (formularios FIN-3 y FIN-4, suministrados a título indicativo en caso de contrato de suma global) |
IAC 11.1 | Se permite la participación de Subconsultores, Expertos Clave y Expertos No Clave en más de una Propuesta. |
IAC 12.1 | Las Propuestas deberán permanecer válidas durante 60 días calendario después de la fecha límite para la presentación de Propuestas. |
IAC 13.1 | Podrán pedirse aclaraciones a más tardar 10 días antes de la fecha de presentación de Propuestas. La dirección electrónica para solicitar aclaraciones es: A nuestro canal xx Xxxx de partes virtual: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxx/#/xxxxxxxxxx. Luego del envio remitir constancia de presentación a las direcciones electrónicas: xxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx, xxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx y xxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx. |
IAC 14.1.1 | Los Consultores capaces de ofertar propuestas deberán cumplir con los siguiente pre requisitos: a) Ser personas juridicas. b) Xxxxx ejecutado servicios sobre XXXXX bajo presupuesto similar o superior al del servicio a ser contratado. Los Consultores de la Lista Corta: a) se pueden asociar con otro(s) Consultor(es) que no pertenezca(n) a la Lista Corta b) no se pueden asociar con otros Consultores de la Lista Corta |
IAC 14.1.2 | Costo estimado total de los Servicios: 70,000€ (Setenta Mil con 00/100 Euros)1 o su equivalente US$ 73,500.00 (Setenta y Tres Mil Quinientos con 00/100 Dólares Americanos). |
IAC 16.1 | El Consultor detallará los Otros gastos de su Propuesta de conformidad con los rubros listados en el formulario FIN-4. |
IAC 16.2 | Una disposición de reajuste de precio corresponde a costos de remuneración: Sí 🞏 o No 🞏 |
IAC 16.3 | 1. Establecimiento permanente en el país del Cliente: La Ley Aplicable en el país del Cliente le permite al Consultor ejecutar el Contrato si no tiene un establecimiento permanente en el país del Cliente. 2. Impuestos fuera del país del Cliente: La Propuesta financiera del Consultor debe incluir todos los impuestos, tasas y derechos, impuestos fuera del país del Cliente (en particular en el país del Consultor, si este es diferente del país del Cliente). 3. Impuestos en el país del Cliente: 3.1 La Propuesta financiera del Consultor identificará claramente los impuestos, tasas y derechos descritos en las Subcláusulas 43.1 y 43.2 de las Condiciones Especiales del Contrato, y los presentará por separado en el resumen de precios, y dado el caso, para cada moneda indicada en la Subcláusula 16.4 de las IAC. Se obtuvo una exención de los siguientes impuestos para el Contrato: Exención Sí Esta exención es aplicable también à No los Subconsultores No Sí Impuesto al valor agregado (IVA) o equivalente X Retención en la fuente(1) X Derechos de registro del Contrato(2) X Derecho de aduana X En caso aplique retención por Renta de No Domiciliado, corresponderá a EL CLIENTE retener el 30% del servicio prestado, generándole una constancia de retención. A EL CLIENTE le correspondería el pago del IGV2 No Domiciliado (por el uso del servicio- regla del impuesto peruano). |
1 Tipo de cambio establecido por la Coordinación de Presupuesto para Febrero-2023.
2 IGV: Impuesto General a las Ventas. Es el impuesto que debes pagar cuando compras bienes muebles o cuando una empresa te presta sus servicios, tanto como persona natural o jurídica.
El IGV se aplica sobre el monto acordado a pagar, lo que da como resultado el “monto total a pagar”, llamado también “precio de venta''.
La tasa es de 16%, a la cual se le incluye el 2% por Impuesto de Promoción Municipal, dando un total de 18% que se aplica sobre el monto pactado.
El proveedor extranjero del servicio es importante que precise entre otras: - Desde donde prestará el servicio a contratar?. En caso que parte del servicio se preste en el Perú y parte en exterior, indicar el porcentaje del servicio que corresponderá a cada país. Comunicar si habría gastos de viaje en caso el servicio se preste parte en el Perú. - Debe comunicar si tiene convenio xx xxxxx imposición firmada y aprobada con el Perú. - Debe comunicar que para la prestación de servicio en el Perú se usará la figura de establecimiento permanente, sucursal, etc. - Debe comunicar si emitirá un invoice por el servicio prestado. Para los proveedor nacionales, la regla es la que se aplica conforme a: - Emisión y entrega del comprobante electrónico (XML, CDR, PDF) - Servicio gravado con el IGV cuenta propia. - Posible afectaciones al sistema de pago de obligaciones tributarias – SPOT , caso contrario, posible afectación a Retención –Proveedores. 3.2 Se considera que la Propuesta financiera del Consultor incluye todos los otros impuestos, tasas y derechos. | |
IAC 16.4 | La Propuesta financiera será indicada en la siguiente moneda: Dólares La Propuesta financiera debe indicar los costos locales en la moneda del país del Cliente (moneda nacional): Sí o No 🞏 |
C. Presentación, Apertura y Evaluación de las Propuestas3 | |
IAC 17.1 | Los Consultores no tendrán la opción de presentar sus Propuestas por medio electrónico. |
IAC 17.4 | El Consultor deberá presentar: a) Propuesta técnica: un (1) original + una (1) copia digital (CD o Drive) b) Propuesta financiera: un (1) original + una (1) copia digital (CD o Drive)4 La copia digital de la Propuesta técnica no debe incluir la Propuesta financiera. |
Ejemplo: Xxxx vende artículos para computadoras y acuerda con Xxxxx en venderle unos accesorios por el monto S/. 2,000 más IGV. Por lo tanto, a los S/ 2,000 se le debe sumar S/. 360 de IGV, dando un total a pagar de S/. 2,360 como precio de venta.
• Venta de bienes muebles en el país, bajo cualquier modalidad.
• Prestación o utilización de servicios en el país.
• Contratos de construcción en territorio peruano.
• Primera venta de inmuebles que realicen los constructores.
• Importación de bienes.
3 Se deberá presentar los documentos establecido en el numeral 5 de los términos de referencia para la admisión de la propuesta de EL CONSULTOR.
4 Se solicitará solo a los proveedores que cumplieron con el puntaje mínimo de la calificación realizada a la propuesta técnica, conforme la misma modalidad de presentación de las ofertas técnicas.
IAC 17.9 | Las Propuestas deberán ser presentadas conforme a lo siguiente: Presentación de propuestas técnicas: Fecha: 15/03/2023 Hora: 10:00 hora local Presentación de propuestas Financiera: Fecha: 21/03/2023 Hora: 10:00 hora local La dirección para la presentación de Propuestas es: Xxxxxxxx Xxxxx xxxx 0 ubicado en Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xx 000 – Xxx Xxxxxx – Xxxx - Xxxx. |
IAC 19.1 | No se ofrece una opción en línea de la apertura de las Propuestas técnicas. La apertura de las Propuestas técnicas tendrá lugar en: Los miembros del comité especial evaluador aperturarán las propuestas técnicas en la siguiente dirección: Dirección: Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xx 000 Xxx Xxxxxx Xxxx Xxxx, Xxxxxxx No.: 07 Ciudad: Lima País: Perú Fecha: 15 xx xxxxx de 2023. Hora: 10:00 hora local La apertura de las Propuestas Económicas tendrá lugar en: Los miembros del comité especial evaluador aperturarán las propuestas económicas de los consultores que obtuvieron un puntaje técnico mínimo o superior a este, conforme las presentes reglas, estos serán notificados a fin de que presenten su propuesta económica en la siguiente dirección: Dirección: Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xx 000 Xxx Xxxxxx Xxxx Xxxx, Xxxxxxx No.: 07 Ciudad: Lima País: Perú Fecha: 21 xx xxxxx de 2023. Hora: 10:00 hora local |
IAC 19.2 | No será considerada cualquier Propuesta técnica cuyo formulario de presentación no esté firmado o no esté acompañado por el poder para firmar la Propuesta, de conformidad con la Subcláusula IAC 10.1. |
IAC 21.1 | Asignación de los puntos para la evaluación de las Propuestas técnicas Criterios de Evaluación Puntos |
1. Adecuación de la metodología y del calendario a los 30 Términos de Referencia (TDR) 2. Calificaciones y competencia de los Expertos Clave para 55 los Servicios. 3. Idoneidad del programa de transferencia de 5 conocimientos (fortalecimiento de capacidades) 4. Participación de nacionales a título de Expertos Clave 10 TOTAL 100 Criterio de evaluación N°1: El número de puntos asignados para este criterio se determinará con base en los cuatro subcriterios siguientes y el porcentaje pertinente de ponderación: (i) La metodología es clara y completa: todos los 30% servicios, la organización descrita, los recursos movilizados, la lista de actividades, los riesgos y supuestos (ii) La metodología es relevante: proporciona valor 30% agregado a los TDR y contiene innovaciones (iii) El plan de trabajo es detallado, realista y conforme 30% a los TDR y a la metodología propuesta (iv) El número de expertos y el número de días de 10% trabajo planificado para cada experto son adaptados para realizar satisfactoriamente cada actividad TOTAL 100% Criterio de evaluación N°2: El número de puntos asignados a los Expertos Clave se determinará con base en los cuatro subcriterios siguientes y el porcentaje pertinente de ponderación: (i) Calificaciones de carácter general 20% (ii) Pertinencia para el proyecto: competencia para los Servicios (educación, entrenamiento, o experiencia en el 50% sector/servicios similares relevante) (iii) Experiencia en la región y dominio del idioma (nivel de fluidez en la lengua local/conocimiento de la cultura local 10% o sistema de administración, organización del gobierno, etc.) (iv) Años de experiencia de trabajo con el Consultor 20% TOTAL 100% El puntaje técnico mínimo (Pt) requerido para calificar es: 80 Puintos en una escala de 1 - 100 | |
IAC 23.1 | No se ofrece una opción en línea de la apertura de las Propuestas financieras. La dirección para la presentación de Propuestas financieras es: Xxxxxxxx Xxxxx xxxx 0 ubicado en Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xx 000 – Xxx Xxxxxx – Xxxx - Xxxx. |
IAC 25.1 | La evaluación se basará en la Propuesta financiera de los Consultores, libre de impuestos, tasas y derechos identificados en las Subcláusulas 43.1 y 43.2 de las Condiciones Especiales del Contrato. Durante las negociaciones del Contrato, el tratamiento de los impuestos, tasas y derechos aplicables será examinado y estará sujeto a un acuerdo. Los impuestos, tasas y derechos aplicables podrán agregarse al monto del Contrato en una línea distinta, y dado el caso, refiriéndose al(a los) mecanismo(s) de pago de dichos impuestos, tasas y derechos descrito(s) en las Condiciones Especiales del Contrato (Subcláusulas 43.1 y 43.2). |
IAC 26.1 | La moneda a utilizarse para la conversión de todos los precios expresados en varias monedas a una sola es: Dólares Americanos (US$). La fuente oficial de la tasa de cambio (venta) es: xxxxx://xxx.xxx.xxx.xx/xxx/xx/xxxxxx_xxxxxx/xxxxxxx/xxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx x La fecha de la tasa de cambio es la fecha anterior a siete (7) días antes de la fecha límite para la recepción de las Propuestas. |
IAC 27.1 | La Propuesta financiera (Fm) evaluada como la más baja recibe el máximo puntaje financiero (Sf) de 100. La fórmula para determinar el puntaje financiero (Sf) de todas las demás Propuestas es la siguiente: Sf = 100 x Fm/F, donde "Sf" es el puntaje financiero, "Fm" es el precio más bajo, y "F" es el precio de la Propuesta bajo consideración. Las ponderaciones asignadas a las Propuestas técnica (T) y financiera (P) son: T = 80, y P =20. Las Propuestas serán clasificadas de acuerdo con los puntajes combinados técnicos (St) y financieros (Sf) utilizando los pesos (T = el peso dado a la Propuesta técnica; P = el peso dado a la Propuesta financiera; T + P = 1) así: S = St x T% + Sf x P%. |
X. Xxxxxxxxxxx y Adjudicación | |
IAC 29.1 | Se prevé que la fecha y dirección para las negociaciones del Contrato sean: Fecha: 29/03/2023 Dirección:Calle Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx N° 285 – Lima – Lima – San Xxxxxx Previo a las negociaciones, el consultor adjudicado del servicio deberá presentar antes de la fecha indicada previamente los siguientes documentos: a) Código de cuenta interbancaria (CCI) o, en el caso de proveedores no domiciliados, el número de su cuenta bancaria y la entidad bancaria en el exterior. b) Poder del representante legal de la empresa que acredite que cuenta con facultades para perfeccionar el contrato. c) Copia de documento de identidad del representante legal. d) Documento donde figure los datos tributarios del consultar incluyendo dirección fiscal, representantes, socios o accionistas o Ficha RUC - Constancia de Información Registrada (CIR) (En caso de ser empresa peruana). e) Domicilio o dirección electrónica para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato. f) Formulario de Registro de clientes para personas jurídicas, con la finalidad de brindar información sobre el Sistema de Prevención xxx Xxxxxx de Activos y del Financiamiento del Terrorismo (SPLAFT) implementado en el FMV S.A. (Anexo N° 1). El presente anexo deberá estar suscrito por el Representante Legal de la empresa. Las personas naturales registradas deben presentar copia de su documento de identidad. g) Las personas jurídicas pueden presentar copia literal de la partida registral donde conste inscrita y los poderes de sus administradores y representantes; así como los documentos de identidad de sus administradores, representantes, socios, participacionistas, accionistas y asociados, además del FORMULARIO PARA REGISTRO DE CLIENTES Nº 010-A –SPLAFMV (cuando estos sean personas naturales) ó Nº 010-B–SPLAFMV (cuando estos sean personas jurídicas). h) Formulario denominado Declaración jurada de integridad, de acuerdo al formato del Anexo 2. Este formato es solicitado con la finalidad de brindar información al Sistema de Prevención xxx Xxxxxx de Activos y del Financiamiento del Terrorismo (SPLAFT) implementado en el FMV. El formulario deberá ser llenado de manera completa y suscrito por el representante legal FORMULARIO N° 029-SPLAFMV-Persona Jurídica. |
IAC 31.2 | Se prevé que la fecha para iniciar los Servicios sea: Fecha: 01/04/2023 conforme lo establecido en los términos de referencia. |
Sección III - Propuesta técnica – Formularios estándar
Formulario TEC–1:
Formulario de presentación de la Propuesta técnica
(No modificar este texto)
[Lugar, fecha]
A: [Nombre y dirección del Cliente]
Señoras/Señores:
Los abajo firmantes ofrecemos prestar los Servicios para [indicar el título de los Servicios] de conformidad con su Solicitud de Propuestas de fecha [indicar fecha] y con nuestra Propuesta. Presentamos por medio de la presente nuestra Propuesta, que consta de esta Propuesta técnica y una Propuesta financiera, que se presenta en sobre separado sellado.
[Si el Consultor es una APCA indicar lo siguiente: " Presentamos nuestra Propuesta como una APCA con: [indicar una lista con el nombre completa y la dirección de cada miembro e indicar el nombre del miembro responsable del grupo]"]. Hemos adjuntado una copia [indicar: "de nuestra carta de intención para conformar una APCA" o, si la APCA ya está conformada, "del acuerdo APCA"] firmada por cada uno de los miembros participantes, la cual describe en detalle la posible estructura legal y la confirmación de la responsabilidad conjunta y solidaria de los miembros de dicha APCA.
[O
Si la Propuesta del Consultor incluye Subconsultores, indicar lo siguiente:]
Presentamos nuestra Propuesta con las siguientes firmas como Subconsultores: [indicar una lista con el nombre completo y dirección de cada Subconsultor].
Por la presente declaramos que:
a) Toda la información y afirmaciones que se hacen en esta Propuesta son verdaderas y aceptamos que cualquier interpretación falsa que contenga la misma podrá conducir a nuestra descalificación por parte del Cliente.
b) Nuestra Propuesta será válida y será obligatoria para nosotros por el periodo que se indica en la Subcláusula 12.1 de la Hoja de Datos.
c) No tenemos ningún conflicto de interés de acuerdo con IAC 3.
d) Xxxxx según se indique en la Subcláusula 12.1 de la Hoja de Datos, nos comprometemos a negociar un Contrato sobre la base de los Expertos Clave propuestos. Aceptamos que la sustitución de los Expertos Clave por razones diferentes de las que se indican en las Subcláusulas 12.5 y 29.3 de IAC podrá conducir a la terminación de las negociaciones del Contrato.
e) Nuestra Propuesta tiene carácter obligatorio para nosotros y está sujeta a cualquier modificación que resulte de las negociaciones del Contrato.
Aseguramos que, si nuestra Propuesta es aceptada, iniciaremos los Servicios relacionados con esta Propuesta, amas tardar en el día indicado en la Subcláusula 31.2 de la Hoja de Datos.
Reconocemos y aceptamos que el Cliente se reserve el derecho de anular el proceso y de rechazar todas las Propuestas en cualquier momento previo a la adjudicación del Contrato, sin que por ello incurra en ninguna responsabilidad con nosotros.
Atentamente,
Firma autorizada: [nombre complete e iniciales]
Nombre y cargo del Signatario:
Nombre del Consultor (nombre de la compañía o nombre del APCA):
Dirección:
Información de contacto (teléfono y correo electrónico):
[Para una APCA, todos los miembros deberán firmar o únicamente el miembro responsable, en cuyo caso, se deberá adjuntar el poder para firmar en nombre de todos los demás miembros.]
Apéndice del formulario de presentación de la Propuesta técnica - Declaración de Integridad, Elegibilidad y de Responsabilidad Ambiental y Social
Nombre de referencia de la oferta o propuesta: (el "Contrato") A: (la "Autoridad Contratante")
1. Reconocemos y aceptamos que la Agence Française de Développement (la "AFD") sólo financia los proyectos de la Autoridad Contratante sujeta a sus propias condiciones, las cuales están determinadas en el Convenio de Financiamiento que beneficie directa o indirectamente a la Autoridad Contratante. Por consiguiente, no existen vínculos de derecho entre la AFD y nuestra empresa, nuestra Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) o nuestros proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores o subconsultores. La Autoridad Contratante mantiene la responsabilidad exclusiva de la preparación y aplicación del procedimiento de adquisición y ejecución del contrato. La Autoridad Contratante es el Comprador, Contratante o Cliente, según sea el caso, para la adquisición de bienes, obras, plantas, servicios de consultoría o servicios de no consultoría.
2. Certificamos que no estamos, ni está ningún miembro de nuestra APCA ni de nuestros proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores o subconsultores en ninguno de los casos siguientes:
2.1 Estar en o haber sido objeto de un procedimiento de quiebra, de liquidación, de administración judicial, de salvaguarda, de cesación de actividad o estar en cualquier otra situación análoga como consecuencia de un procedimiento del mismo tipo;
2.2 De haber sido objeto:
a) de una condena pronunciada hace menos de cinco años mediante una sentencia en firme (res judicata) en el país donde el Contrato se implementa, por fraude, corrupción o cualquier delito cometido en el marco de la adquisición o ejecución de un contrato (en el supuesto de tal condena, disponemos de la posibilidad de adjuntar a la presente Declaración de Integridad la información complementaria que permita estimar que esta condena no es pertinente en el marco del Contrato);
b) de una sanción administrativa pronunciada hace menos de cinco años mediante la Unión Europea o las autoridades competentes del país donde estamos constituidos, por fraude, corrupción o cualquier delito cometido en el marco del proceso de adquisición o ejecución de un contrato (en el supuesto de tal sanción, podemos adjuntar a la presente Declaración de Integridad la información complementaria que permita estimar que esta sanción no es pertinente en el marco del Contrato);
c) de una condena pronunciada hace menos de cinco años mediante una sentencia en firme (res judicata) por fraude, corrupción o cualquier delito cometido en el marco del proceso de adquisición o ejecución de un contrato financiado por la AFD;
2.3 Figurar en las listas de sanciones financieras adoptadas por las Naciones Unidas, la Unión Europea y/ x Xxxxxxx, en particular dentro de la lucha contra el financiamiento del terrorismo y contra los atentados a la paz y la seguridad internacional;
2.4 Haber sido objeto de una rescisión de contrato pronunciada por causales atribuibles a nosotros mismos en el transcurso de los últimos cinco años debido a un incumplimiento grave o persistente de nuestras obligaciones contractuales durante la ejecución de un contrato anterior, excepto si (i) esta rescisión fue objeto de una impugnación y (ii) la resolución del litigio está todavía en curso o no ha confirmado una sentencia en contra de ellos;
2.5 No haber cumplido nuestras obligaciones respecto al pago de nuestros impuestos de acuerdo con las disposiciones legales del país donde estamos constituidos o las del país de la Autoridad Contratante;
2.6 Estar sujeto una decisión de exclusión pronunciada por el Banco Mundial y por este concepto figurar en la lista publicada en la dirección electrónica xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx/xxxxxx (en el supuesto de dicha decisión de exclusión, podemos adjuntar a la presente Declaración de Integridad la información complementaria que permita estimar que esta decisión de exclusión no es pertinente en el marco del presente proceso de adquisición);
2.7 Haber producido falsos documentos o ser culpable de falsa(s) declaración(es) al proporcionar los datos exigidos por la Autoridad Contratante en el marco del presente proceso de adquisición y adjudicación del contrato.
3. Certificamos que no estamos, ni está ningún miembro de nuestra APCA ni de nuestros proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores o subconsultores, en ninguna de las situaciones de conflicto de interés siguientes:
3.1 Accionista que controle a la Autoridad Contratante o una filial controlada por la Autoridad Contratante, salvo que el conflicto resultante se haya puesto en conocimiento de la AFD y se haya resuelto a su propia satisfacción.
3.2 Tener negocios o relaciones familiares con un funcionario de la Autoridad Contratante implicado en el proceso de adquisición o en la supervisión del contrato que resulte, salvo que el conflicto resultante haya sido puesto a conocimiento de la AFD y se haya resuelto a su propia satisfacción;
3.3 Controlar o estar controlado por otro oferente o consultor, estar bajo control común con otro oferente o consultor, recibir de o conferir a otro oferente o consultor directa o indirectamente subsidios, tener el mismo representante legal que otro oferente o consultor, mantener contactos directa o indirectamente con otro oferente o consultor que nos permita tener o dar acceso a información contenida en nuestras solicitudes, ofertas o propuestas respectivas, influenciarlas, o influenciar las decisiones de la Autoridad Contratante;
3.4 Encontrarse en un servicio de consultoría que, por su naturaleza, pueda resultar incompatibles con los servicios que se llevarán a cabo para la Autoridad Contratante;
3.5 En el caso de un proceso de adquisición para bienes, obras o plantas:
a) Haber preparado o haber estado asociados con un consultor que haya preparado especificaciones, planos, cálculos o cualquier otra documentación utilizada para el proceso de adquisición;
b) Haber sido nosotros mismos o una de nuestras empresas afiliadas contratados o propuestos a ser contratados por la Autoridad Contratante para efectuar la supervisión o inspección de las obras en el marco del Contrato.
4. Si somos una entidad de propiedad estatal, para competir en este proceso de adquisición, certificamos que somos financiera y económicamente autónomos y que nos regimos por las normas del derecho comercial.
5. Nos comprometemos a comunicar a la Autoridad Contratante, el cual informará a la AFD, cualquier cambio de situación relacionado con los puntos 2 a 4 anteriores.
6. En el contexto del proceso de adquisición y ejecución del contrato correspondiente:
6.1 No hemos cometido ni cometeremos conductas deshonestas (por acción u omisión) destinadas a engañar deliberadamente a un tercero, a ocultarle intencionalmente elementos, sorprender o viciar su consentimiento o hacerle eludir sus obligaciones legales o reglamentarias y/o a violar sus normas internas con el fin de obtener un beneficio ilegítimo.
6.2 No hemos cometido ni cometeremos conductas deshonestas (por acción u omisión) contrarias a nuestras obligaciones legales o reglamentarias y/o a nuestras normas internas con el fin de obtener un beneficio ilegítimo.
6.3 No hemos prometido, ofrecido o concedido ni prometeremos, ofreceremos o concederemos, directa o indirectamente, a (i) cualquier Persona que tenga un mandato legislativo, ejecutivo, administrativo o judicial dentro del Estado de la Autoridad Contratante, que haya sido designada o elegida, a título permanente o no, que esté remunerada o no y cualquiera que sea su nivel jerárquico, (ii) cualquier otra Persona que ejerza una función pública, incluso para una institución del estado o entidad de propiedad estatal, o que preste un servicio público, o (iii) cualquier otra Persona definida como Funcionario Público por las leyes del Estado de la Autoridad Contratante, una ventaja indebida de cualquier naturaleza, para ella misma o para otra Persona o entidad, para que ese Funcionario Público lleve a cabo o se abstenga de llevar a cabo un acto en el ejercicio de sus funciones oficiales.
6.4 No hemos prometido, ofrecido o concedido ni prometeremos, ofreceremos o concederemos, directa o indirectamente, a cualquier Persona que ocupe una posición ejecutiva en una entidad del sector privado o que trabaje para dicha entidad, cualquiera sea en calidad de que lo hace, una ventaja indebida de cualquier tipo, para ella misma o para otra Persona o entidad, con el fin de que lleve a cabo o se abstenga de llevar a cabo un acto en violación de sus obligaciones legales, contractuales o profesionales.
6.5 No hemos cometido ni cometeremos ningún acto que pueda influir sobre el proceso de adjudicación del contrato en detrimento de la Autoridad Contratante y, particularmente, ninguna Práctica Anticompetitiva que tenga por objeto o por efecto impedir, restringir o distorsionar la competencia, con la clara intención de limitar a otros participantes el acceso al mercado o el libre ejercicio de la competencia por otras empresas.
6.6 Ni nosotros, ni ninguno de los miembros de nuestra APCA, ni ninguno de los proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores o subconsultores, vamos a comprar o suministrar material, ni vamos a intervenir en sectores que estén bajo embargo de las Naciones Unidas, de la Unión Europea x xx Xxxxxxx.
6.7 Nos comprometemos a cumplir, y a hacer cumplir al conjunto de nuestros proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores o subconsultores, las normas ambientales y sociales internacionales, consistentes con las leyes y normativas aplicables en el país en que se realiza el contrato, incluyendo los convenios fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y los tratados ambientales internacionales. Además, nos comprometemos a implementar cualquier medida de mitigación de riesgos ambientales y sociales, cuando se indican en el plan de gestión ambiental y social que provee la Autoridad Contratante.
7. Nosotros, así como los miembros de nuestra APCA y nuestros proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores o subconsultores, autorizamos a la AFD a que examine cuentas, archivos y otros documentos relativos al proceso de adquisición y a la ejecución del contrato y que los someta a una auditoría por auditores designados por la AFD.
Nombre: Como: Debidamente habilitado a firmar en nombre de 1: Firma: En la fecha:
1 En caso de APCA, inscribir el nombre de la APCA. La persona que firma la solicitud, oferta o propuesta al nombre del solicitante, oferente o del consultor adjuntará a la oferta/a la propuesta el poder conferido por el solicitante, oferente o el consultor.
Formulario TEC–2:
Propuesta técnica
[el texto siguiente es una sugerencia de estructura de la Propuesta técnica]
A. Estructura y experiencia del Consultor
[Indicar aquí una breve descripción de su empresa/oficina y de su organización, y - en el caso de una APCA - de cada uno de los miembros que participarán en los Servicios, incluyendo un organigrama, la lista de los miembros del consejo de dirección, el dueño beneficiario.]
B. Descripción del enfoque, la metodología y el plan de trabajo para responder a los Términos de Referencia
a) Enfoque Técnico y Metodología:
[Explique lo que usted entiende por objetivos de los Servicios, tal y como están descritos en los Términos de Referencia (TDR), el enfoque técnico y la metodología que usted adoptaría en la ejecución de las tareas para entregar los productos/informes solicitados, así como el nivel de detalle de dichos informes. Incluya aquí sus eventuales comentarios y sugerencias sobre los TDR, las prestaciones y el personal que tenga que suministrar el Cliente. No repetir ni copiar los TDR.]
b) Plan de Trabajo:
[Indicar el plan de ejecución de las principales actividades o tareas de los Servicios, su contenido y duración, el desglose en fases y las interrelaciones, las fases principales (incluido examen/aprobaciones por el Cliente) y fechas previstas de los entregables. El Plan de trabajo propuesto deberá ser coherente con el enfoque técnico y la metodología y demostrar su comprensión de los TDR y su capacidad para plasmarlos en un plan de trabajo factible. Se debe suministrar una lista de los documentos a elaborar (incluidos los informes). El formulario Cronograma de los Servicios (TEC-3) podrá utilizarse para ello.]
C. Organización y Personal del Consultor
[Describa la estructura y la composición de su equipo, incluida la lista de los Expertos Clave, Expertos no Clave y administrativos asignados al trabajo y de los expertos dedicados a la capacitación si ésta es un componente específico de los Servicios, especificado como tal en los TDR. Se tendrá que especificar la participación de cada Experto en consonancia con la metodología propuesta y los requisitos de los TDR. Para ello, se podrá utilizar el formulario TEC-4. Se suministrarán las Hojas de Vida (CV) de los Expertos (para ello, se podrá utilizar el formulario TEC-5).]
Formulario TEC–3:
Cronograma de los Servicios y planificación de entregables
(Formato indicativo)
N° | Entregables1 (D - ) | Meses23 | TOTAL | ||||||||||
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | … | n | |||
D - 1 | [ej., Entregable #1: Reporte A] | ||||||||||||
1. Recolección de información | |||||||||||||
2. Borrador | |||||||||||||
3. Informe inicial | |||||||||||||
4. Inclusión de comentarios | |||||||||||||
5. … | |||||||||||||
6. Entrega del informe final al Cliente | |||||||||||||
Etc. | |||||||||||||
D - 2 | [ej., Entregable #2: ] | ||||||||||||
Etc. | |||||||||||||
n | |||||||||||||
1 Haga la lista de los entregables con la distribución de actividades requeridas para producirlos y otros hitos tales como aprobaciones del Cliente. Para Servicios en fase, indique las actividades, entrega de informes e hitos por separados para cada fase.
2 La duración de las actividades se indicará en forma de gráfico xx xxxxxx.
3 Si es necesario, incluya una leyenda para ayudar a leer el gráfico.
Formulario TEC–4:
Composición del equipo, trabajo e insumos de Expertos Clave
(Formato indicativo)
N° Nombre
Insumos de Expertos (en persona/mes) por cada Entregable (que figure en TEC–3°)
Total tiempo-insumo (en meses)
Expertos Clave3
Cargo Xxxxx X - 0 X - 0 X - 0 …… D -
Etc. Base1 Campo2 Total
[Base] [2 meses] [1 m]
[Campo] [0,5 mes] [2,5 m]
[1 m]
[0]
K-1 [ej., Sr. Abbb] [Líder del
Grupo]
K-2
K-3
…
Expertos No Clave
N-1
Subtotal
[Base]
[Campo]
N-2
…
Subtotal
Total
1 "Base" significa trabajo en la oficina del país de residencia del profesional.
2 "Campo" significa trabajo realizado en el país del Cliente o en cualquier otro país fuera del país de residencia del profesional.
3 Para Expertos Clave, el insumo debe indicarse de manera individual para los mismos cargos que se requieren en la Hoja de Datos IAC 21.1. Contribución a tiempo completo Contribución a tiempo parcial
Formulario TEC–5: Curriculum Vitae (CV)
(Formato indicativo)
Título del Cargo y No.: | [par ex. K-1, chef d’équipe] |
Nombre del Experto: | [Insérer le nom complet] |
Fecha de nacimiento: | [jour/mois/année] |
País de Ciudadanía/Residencia: | [indicar el País] |
Educación: [Hacer una lista de educación universitaria u otra clase de educación especializada, con los nombres de las instituciones educativas, fechas de asistencia, grado(s)/diploma(s) obtenido(s).]
Historia laboral relevante a los Servicios: [Comenzando con el cargo actual, hacer una lista en orden inverso. Indicar fechas, nombre de la organización empleadora, títulos de los cargos ocupados, tipos de actividades realizadas y lugar del trabajo e información de contacto de clientes anteriores y entidades laborales con las que se pueda contactar para propósitos de referencias. No se requiere incluir empleos pasados que no tengan relevancia a los Servicios.]
Periodo | Entidad empleadora y su cargo/posición. Información de contacto para referencias | País | Resumen de actividades realizadas relevantes a los Servicios |
[ej., Mayo 2015 – presente] | [ej., Ministerio de , asesor/consultor de . Referencias: Teléfono / Correo electrónico , Sr. Xxxxxxx, vice ministro] |
Miembro en Asociaciones y Publicaciones Profesionales:
Idiomas (indicar únicamente los idiomas en los que puede trabajar:
Idoneidad para los Servicios:
Tareas detalladas asignadas al Grupo de Profesionales del Consultor | Referencia a Trabajos/Tareas Anteriores que mejor ilustre la capacidad para manejar las Tareas asignadas |
[Hacer una lista de todos los entregables/tareas igual que en TEC-3 en las que participará el Experto] |
Información de contacto del Profesional: [correo electrónico: , teléfono:
]
Certificación:
El suscrito certifica, hasta el mejor de mis conocimientos, que este CV describe correctamente a mi persona, mis calificaciones y mi experiencia y que estoy disponible para los Servicios en caso de que me sea adjudicado. Entiendo que cualquier falsedad o interpretación falsa aquí descrita podrá conducir a mi descalificación o retiro por parte del Cliente.
[día/mes/año]
Nombre del Experto Firma Fecha
[día/mes/año]
Nombre del representante autorizado del Consultor Firma Fecha
[El mismo que firma la Propuesta]
Sección IV – Propuesta financiera – Formularios estándar
Formulario FIN–1:
Formulario de presentación de la Propuesta financiera
[Lugar, fecha]
A:
[Nombre y dirección del Cliente]
Señoras / Señores:
Los abajo firmantes ofrecemos prestar los Servicios para [indicar el título del trabajo] de conformidad con su Solicitud de Propuestas de fecha [indicar la fecha] y con nuestra Propuesta técnica.
La Propuesta financiera que se adjunta es por la suma de [indicar la(s) suma(s) correspondiente(s) a la(s) moneda(s)] [monto en palabras y en cifras]. Este monto es un monto neto libre de impuestos, tasas y derechos de acuerdo con la Subcláusula 16.3 de la Hoja de Datos. El monto estimado de estos impuestos, tasas y derechos aplicables en el país del Cliente es de [indicar el monto en números y palabras], que, de ser necesario, será confirmado o reajustado durante las negociaciones. [Observar que todos los montos deben ser los mismos que en el formulario FIN-2]
Nuestra Propuesta financiera será obligatoria para todos nosotros, con sujeción a las modificaciones que resulten de las negociaciones del Contrato, hasta la expiración del período de validez de la Propuesta, es decir, antes de la fecha indicada en la Subcláusula 12.1 de la Hoja de Datos.
Entendemos que ustedes se reservan el derecho de anular el proceso y de rechazar todas las Propuestas en cualquier momento previo a la adjudicación del Contrato.
Atentamente,
Firma autorizada: [nombre complete e iniciales] Nombre y cargo del signatario: En capacidad de: Dirección: Información de contacto (teléfono y correo electrónico):
[Para una APCA, podrán firmar todos los miembros o únicamente el miembro principal/responsable/Consultor, en cuyo caso se deberá adjuntar poder para firmar en nombre de todos los miembros.]
Formulario FIN–2:
Resumen de Precios
[Se incluye a título indicativo la tabla siguiente. El Cliente debe adaptarla a cada SP. El Cliente utilizará la tabla adaptada al tipo de Contrato (de suma global o precios unitarios (tiempo trabajado)) y borrará la otra tabla. Se asegurará de que la estimación de los impuestos esté identificada en un monto separado.]
CONTRATO DE SUMA GLOBAL
Precio | |||
Rubro | [El Consultor deberá indicar los costos propuestos de acuerdo con la Subcláusula 16.4 de la Hoja de Datos; suprima las columnas que no utilice] | ||
[indicar moneda extranjera] | [indicar moneda nacional] | ||
Precio de la Propuesta financiera (excluyendo impuestos)1: | |||
− | Actividad 1 (lentregable 1) | ||
− | Actividad 2 (entregable 2) | ||
− | … | ||
− | |||
Precio total de la Propuesta financiera (excluyendo impuestos)1: [este monto debe ser el mismo que en el formulario FIN-1] | |||
Estimativos de impuestos2 en el país del Cliente – a ser revisados y finalizados en las negociaciones si el Contrato es adjudicado | |||
− | Impuesto al valor agregado (IVA) o equivalente | ||
− | Retención en la fuente3 | ||
− | Derechos de registro del Contrato4 | ||
− | Derecho de aduana | ||
Total Estimado de Impuestos, tasas y derechos en el país del Cliente: |
Nota: Los pagos se harán en la(s) moneda(s) que se expresa(n) arriba (Referencia a IAC 16.4).
1 Los impuestos, tasas y derechos que se excluirán de la Propuesta financiera y que se presentarán por separado están especificados en la Subcláusula 16.3 de las Instrucciones a los Consultores.
2 Indicar aquí los impuestos, tasas y derechos que se presentarán por separado, de acuerdo con la Subcláusula 16.3 de las Instrucciones a los Consultores.
3 En las facturas del Consultor basado fuera del país del Cliente.
4 Agregar aquí una línea, si existen otros derechos similares, como una tasa de contratación pública, o equivalente.
[Nota:
Formulario FIN–3: Desglose de la Remuneración
• Para los Contratos sobre base de tiempo trabajado, este formulario servirá como base de pago.
• Para los Contratos de suma global, los datos proporcionados en este formulario no servirán para el pago de los Servicios, pero, dado el caso, para definir pagos al Consultor por servicios adicionales solicitados por el Cliente. El formato de este formulario es a título indicativo.]
A. Remuneración:
Tarifa
No. Nombre
Cargo (Como en TEC–4)
remuneración Experto/día1 (excluyendo impuestos)
Insumo tiempo en Experto/día (de TEC-4)
[Moneda extranjera, como en FIN-2]
[Moneda nacional como en FIN-2]
|
|
|
|
[Base] |
| ||
[Campo] |
|
| Expertos Clave |
|
K-1 |
|
|
K-2 |
|
|
Expertos No Clave
[Base]
N-1
[Campo]
N-2
Costo Total (excluyendo impuestos)
1 A diferencia de los Expertos a corto plazo que serán evaluados en Experto/día, los Expertos a largo plazo serán evaluados en Expertos/mes.
[Nota:
Formulario FIN–4: Desglose de otros gastos
• Para los Contratos sobre base de tiempo trabajado, este formulario servirá como base de pago.
• Para los Contratos de suma global, los datos proporcionados en este formulario no servirán para el pago de los Servicios, excepto en el caso de gastos reembolsables.]
B. Otros gastos: | ||||||||
No. | Tipo de Otros Gastos 1 | Unidad | Tipo de contrato2 | Costo Unitario (excluyendo impuestos) | Cantidad | [indicar la moneda extranjera, como en FIN-2] | [indicar la moneda nacional, como en FIN-2] | |
| Viáticos diarios3 | Día | Suma global |
|
| |||
| Vuelos Internacionales | Boleto | Suma global | |||||
| Transporte a/de aeropuerto | Viaje | Suma global | |||||
Gastos de comunicación entre [indicar el lugar] y [indicar el lugar] | Mes | Suma global | ||||||
Preparación y reproducción de informes | 1 | Suma global | ||||||
| Alquiler de oficina | Mes | Suma global | |||||
| … | |||||||
Capacitación del personal del Cliente - si se requiere en los TDR | Según TDR | Suma global | ||||||
Costos Totales (excluyendo impuestos) |
1 Borrar cualquier rubro que no sea relevante para los Servicios.
2 Sustituir "Suma Global" por "Reembolsable" si el Cliente prefiere reembolsar los gastos incurridos a sus costos reales.
3 Un viático diario se paga por cada noche que pasa el personal fuera de su lugar de residencia habitual por requisito del Contrato. El Cliente puede fijar un monto máximo.
Sección V – Criterios de Elegibilidad
Elegibilidad para contratos financiados por la AFD
1. Los financiamientos otorgados por la AFD a una Autoridad Contratante, no son atados desde el 1° de enero de 2002. Por consiguiente, salvo materiales o sectores sujetos a embargo de las Naciones Unidas, de la Unión Europea x xx Xxxxxxx, la AFD financia todos los bienes, obras, plantas, servicios de consultoría y servicios de no consultoría sin tomar en cuenta el país de origen del proveedor, contratista, subcontratista, consultor o subconsultor, así como los insumos o recursos utilizados en el proceso de realización. La Autoridad Contratante es el Comprador, Contratante o Cliente, según sea el caso, para la adquisición de bienes, obras, plantas, servicios de consultoría o servicios de no consultoría.
2. No pueden ser adjudicatario de un contrato financiado por la AFD las Personas1 (incluyendo todos los miembros de una Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) y cualquiera de sus subcontratistas) que en la fecha de la entrega de una solicitud (para precalificar o expresar interés), oferta o propuesta o en la fecha de la adjudicación del contrato:
2.1 Estar en o haber sido objeto de un procedimiento de quiebra, de liquidación, de administración judicial, de salvaguarda, de cesación de actividad o estar en cualquier otra situación análoga como consecuencia de un procedimiento del mismo tipo;
2.2 Hayan sido objeto:
a) de una condena pronunciada hace menos de cinco años mediante una sentencia en firme (res judicata) en el país de realización donde el contrato se implementa, por fraude, corrupción o cualquier delito cometido en el marco del proceso de adquisición o ejecución de un contrato, a no ser que presenten información complementaria que consideren útil transmitir en el marco de la Declaración de Integridad, que permita estimar que esta condena no es pertinente en el marco del Contrato;
b) de una sanción administrativa pronunciada hace menos de cinco años por la Unión Europea o las autoridades competentes del país donde están constituidos, por fraude, corrupción o cualquier delito cometido en el marco del proceso de adquisición o ejecución de un contrato, a no ser que presenten información complementaria que consideren útil transmitir en el marco de la Declaración de Integridad, que permita estimar que esta sanción no es pertinente en el marco del Contrato;
c) de una condena pronunciada por una corte hace menos de cinco años que se considere una sentencia en firme (res judicata) por fraude, corrupción o cualquier otro delito cometido en el marco del proceso de adquisición o ejecución de un contrato financiado por la AFD;
2.3 Figuran en las listas de las sanciones financieras adoptadas por las Naciones Unidas, la Unión Europea y/x Xxxxxxx, en particular por concepto de lucha contra el financiamiento del terrorismo y contra los atentados a la paz y a la seguridad internacionales;
2.4 Hayan sido objeto de una rescisión por causales atribuibles a ellos mismos en el transcurso de los últimos cinco años debido a un incumplimiento grave o persistente de sus obligaciones contractuales durante la ejecución de un contrato anterior, excepto si (i) esta rescisión fue objeto de una impugnación y (ii) la resolución del litigio está todavía en curso o no se ha confirmado una sentencia en contra de ellos;
1 Se refiere a cualquier Persona ya sea natural o legal, compañía, corporación, gobierno, estado o agencia de un estado o cualquier asociación o grupo de dos o más de las anteriores (tengan o no estado legal separado).
2.5 No hayan cumplido con sus obligaciones respecto al pago de sus impuestos de acuerdo con las disposiciones legales del país donde están constituidos o con las mismas del país de la Autoridad Contratante;
2.6 Estén bajo el peso de una decisión de exclusión pronunciada por el Banco Mundial y por este concepto figuren en la lista publicada en la dirección electrónica xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx/xxxxxx, a no ser que presenten información complementaria que consideren útil transmitir en el marco de la Declaración de Integridad, que permita estimar que esta decisión de exclusión no es pertinente en el marco del proyecto financiado por la AFD;
2.7 Hayan producido falsos documentos o sean culpables de falsa(s) declaración(es) al proporcionar los datos exigidos por la Autoridad Contratante en el marco del presente proceso de adquisición y adjudicación del contrato.
3. Las entidades de propiedad estatal podrán competir a condición de que puedan proveer evidencia (i) que gozan de autonomía jurídica y financiera, y (ii) que se rigen por las reglas de derecho comercial. Para ello, las entidades de propiedad estatal tendrán que entregar toda la documentación incluidos sus estatutos y otra información que la AFD pueda solicitar, que permitan a la AFD comprobar satisfactoriamente que: (i) tienen una personería jurídica distinta de la de su Estado, (ii) no reciben subvención pública alguna ni ayuda presupuestaria importante,
(iii) se rigen de acuerdo con las disposiciones del derecho comercial y que, en particular, no están obligados a reingresar sus excedentes en su Estado, que pueden adquirir derechos y obligaciones, tomar fondos prestados, que están obligados a reembolsar sus deudas y que pueden ser objeto de un procedimiento de quiebra.
Sección VI – Normas de la AFD – Prácticas Fraudulentas y Corruptas – Responsabilidad Ambiental y Social
1. Prácticas fraudulentas y corruptas
La Autoridad Contratante y los proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores y subconsultores deberán observar las más altas reglas de ética durante el proceso de adquisición y la ejecución del contrato. La Autoridad Contratante es el Comprador, Contratante o Cliente, según sea el caso, para la adquisición de bienes, obras, plantas, servicios de consultoría o servicios de no consultoría.
Con la firma de la Declaración de Integridad, los proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores y subconsultores declaran que (i) "no han cometido actos susceptibles de influir en el proceso de adjudicación del contrato en detrimento de la Autoridad Contratante y, en particular, que no se han involucrado ni se involucran en cualquier práctica anticompetitiva" y que (ii) "el proceso de adquisición y ejecución del contrato no ha dado ni dará lugar a ningún acto de corrupción o de fraude".
La AFD exige que los Documentos de Adquisiciones y los contratos financiados por la AFD incluyan una estipulación que exija que los proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores y subconsultores autoricen a la AFD a examinar sus cuentas y archivos relacionados con el proceso de adquisición y la ejecución del contrato financiado por la AFD y a ser auditados por parte de auditores designados por la AFD.
La AFD se reserva el derecho de adoptar cualquier acción apropiada con el fin de asegurar el cumplimiento de dichas reglas de ética, en particular el derecho de:
a) Rechazar la propuesta de adjudicación de un contrato si establece que durante el proceso de adquisición el oferente o consultor recomendado para ser adjudicado el contrato es culpable de un acto de corrupción, directamente o a través de un agente, o ha cometido fraude o prácticas anticompetitivas con el fin de obtener dicho contrato;
b) Xxxxxxxx la contratación viciada si, en cualquier momento, la AFD determina que la Autoridad Contratante, los proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores, subconsultores o sus representantes participaron en actos de corrupción, fraude o prácticas anticompetitivas durante el proceso de adquisición o la ejecución del contrato sin que la Autoridad Contratante haya tomado las medidas necesarias para remediar esta situación a su debido tiempo y a satisfacción de la AFD, incluso por no informar a la AFD cuando se enteró de dichas prácticas.
Con el fin de aplicar esta disposición, la AFD define las expresiones siguientes:
a) Corrupción de un Funcionario Público se interpretará como:
− El acto de prometer, ofrecer o conceder a un Funcionario Público, directa o indirectamente, una ventaja indebida de cualquier tipo, para él mismo o para otra Persona1 o entidad, con el fin de que realice o se abstenga de realizar un acto en el ejercicio de sus funciones oficiales;
− El acto por el cual un Funcionario Público solicite o acepte, directa o indirectamente, una ventaja indebida de cualquier tipo, para sí mismo o para otra Persona o entidad, con el fin de que realice o se abstenga de realizar un acto en el ejercicio de sus funciones oficiales.
b) Funcionario Público se interpretará como:
− Cualquier Persona natural que ocupe un cargo legislativo, ejecutivo, administrativo o judicial (dentro del país de la Autoridad Contratante), indistintamente de que la Persona natural haya sido nombrada o electa, de manera permanente o temporal, que sea remunerada o no, sea cual sea su nivel jerárquico que esa Persona natural ejerce;
1 Se refiere a cualquier Persona ya sea natural o legal, compañía, corporación, gobierno, estado o agencia de un estado o cualquier asociación o grupo de dos o más de las anteriores (tengan o no estado legal separado).
− Cualquier otra Persona natural que ejerza un cargo público, incluso para un organismo o una empresa del estado, o que preste un servicio público;
− Cualquier otra Persona natural definida como Funcionario Público en las leyes del país de la Autoridad Contratante.
c) Corrupción de una Persona Privada2 se interpretará como:
− El acto de prometer, ofrecer o conceder, directa o indirectamente, una ventaja indebida de cualquier tipo a él o cualquier Persona o entidad, para ella misma con el fin de que realice o se abstenga de realizar un acto que viola sus obligaciones legales, contractuales o profesionales;
− El acto por el cual cualquier Persona Privada, solicita o acepta, directa o indirectamente, una ventaja indebida de cualquier tipo, para sí misma o para otra Persona o entidad, para que esa Persona Privada realice o se abstenga de realizar un acto que viola sus obligaciones legales, contractuales o profesionales.
d) Fraude significa cualquier conducta deshonesta (por acción u omisión), que se considere o no una ofensa criminal, destinada a engañar deliberadamente a un tercero, disimular intencionalmente elementos, a violar o viciar su consentimiento, a eludir las obligaciones legales o reglamentarias y/o a violar las reglas internas con el fin de obtener un lucro ilegítimo.
e) Práctica Anticompetitiva se interpretará como:
− Cualquier acción concertada o implícita con el objeto o cuyo efecto es impedir, restringir o distorsionar la competencia en un mercado, en particular cuando: (i) limita el acceso al mercado o el libre ejercicio de la competencia por parte de otras Personas; (ii) obstaculiza el libre establecimiento de precios competitivos, a través de la creación artificial de aumentos y rebajas de precio; (iii) limita o controla la producción, las oportunidades xx xxxxxxx, las inversiones o el progreso técnico; o (iv) reparte los mercados o las fuentes de abastecimiento;
− Cualquier explotación abusiva por parte de una Persona o de un grupo de Personas que mantiene una posición dominante en un mercado interno o en una parte substancial del mismo;
− Cualquier práctica donde los precios cotizados son irracionalmente bajos, con el objetivo de eliminar de un mercado o prevenir entrar en un mercado a una Persona o cualquiera de sus productos.
2. Responsabilidad Ambiental y Social
Con el fin de promover un desarrollo sostenible, la AFD busca asegurar que se cumplen con las normas ambientales y sociales reconocidas internacionalmente y que los proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores y subconsultores para contratos financiados por la AFD deben comprometerse, sobre la base de la Declaración de Integridad a:
a) Cumplir y a hacer cumplir por el conjunto de sus subcontratistas y subconsultores, las normas ambientales y sociales internacionales, incluyendo los convenios fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y los tratados internacionales para la protección del medio ambiente, en consonancia con las leyes y normativas aplicables en el país en que se realiza el contrato;
b) Implementar cualquier medida de mitigación de riesgos ambientales y sociales cuando se especifican en el Plan de Gestión Ambiental y Social (PGAS) emitido por la Autoridad Contratante.
2 Se refiere a cualquier Persona natural que no sea un Funcionario Público.
Sección VII – Términos de Referencia
TÉRMINOS DE REFERENCIA
Servicio de Consultoría para el Desarrollo de Capacidades y Apoyo en la Implementación del Sistema de Análisis de Riesgos Sociales y Ambientales (SARAS) para el Fondo MIVIVIENDA S.A.
1. CONTEXTO DEL PROYECTO
1.1 Presentación de FMV S.A.
Fondo MIVIVIENDA S.A. (FMV S.A.) es un banco público propiedad del Estado peruano, fundado en 1998. Tiene como objeto implementar la política del Estado peruano que busca reducir el déficit de viviendas en el país para los hogares con menores ingresos y promover la inversión privada en el sector de la vivienda. FMV S.A. es una institución financiera de segundo piso, que trabaja únicamente con instituciones financieras intermediarias (IFI) y que impulsa el mercado hipotecario a través de productos y programas de financiación y refinanciación de bancos de primer piso, que ofrezcan productos financieros (hipotecarios) para la financiación de la vivienda en Perú. Además de proveer liquidez para bancos de primer piso, FMV S.A. apoya el mercado mediante incentivos específicos, subvenciones de la tasa de interés y otros tipos de apoyo para prestatarios finales, clientes de los bancos socios.
1.2 Presentación de los financiadores europeos socios de FMV S.A.
- Kreditanstalt für Wiederaufbau (KfW) es un banco alemán gubernamental de desarrollo, cuyo propósito consiste en fomentar a medianas empresas, financiar proyectos de infraestructura, créditos de formación de empresas y la cooperación al desarrollo.
- La Unión Europea (UE) ofrece financiación para toda clase de proyectos y programas que contribuyen al desarrollo en campos tales como: desarrollo regional y urbano, empleo e inclusión social, agricultura y desarrollo rural.
- Agence Française de Développement (AFD) es una institución estatal que se encuentra en actividad en 115 países con una misión definida por el Gobierno Francés. Como institución financiera bilateral para el desarrollo, el mandato de la AFD es contribuir al desarrollo económico y social en las áreas geográficas en las que opera. El desarrollo sostenible y el cambio climático son unas de las prioridades de estos financiadores, principalmente apoyando el papel fundamental que pueden tener los bancos públicos en la promoción de un modelo de financiación sostenible, desempeñando un papel pionero y acelerando las transiciones hacia modelos de desarrollo sostenible y economías verdes. En este propósito, brindan apoyo a sus socios financieros en (i) el lanzamiento de una transición hacia modelos de desarrollo menos intensivos con respecto a los recursos y más resilientes, y en (ii) el redireccionamiento de los flujos financieros a través del respaldo de los cambios en las prioridades de inversión de las principales instituciones financieras. El objetivo es contribuir a un crecimiento económico más sostenible y compartido, mejorar las condiciones de vida y colaborar con la preservación del planeta.
En su modelo, la AFD y la KfW pueden otorgar líneas de crédito a instituciones financieras para impulsar inversiones sostenibles. Los proyectos de inversión son identificados y evaluados por las instituciones financieras socias siguiendo sus habituales procesos de debida diligencia. Adicionalmente, se monitorean de acuerdo con los criterios de elegibilidad técnica y financiera acordados con la institución financiera local con el fin de asegurar el cumplimiento de las inversiones con el objetivo de las líneas de crédito.
Los programas de desarrollo de capacidades también pueden combinarse con el financiamiento e implementarse dentro de las instituciones financieras asociadas con el fin de diseñar y comercializar este nuevo tipo de actividad para los bancos, así como también apoyarlos en el fortalecimiento de sus capacidades en estos temas. En ese sentido, los fondos en subvenciones proporcionados por la Unión Europea pueden ser particularmente clave.
1.3 Presentación de la asociación de FMV S.A. y la AFD
Desde el 2015, FMV S.A., con el apoyo de la AFD, ha desarrollado un producto verde (“MIVIVIENDA Verde”), ofrecido por las instituciones financieras socias del programa mediante créditos hipotecarios, para el acceso de familias de clase media-baja a viviendas sostenibles. Este desarrollo se hizo mediante el otorgamiento de dos líneas de créditos por parte de la AFD: la primera, en 2015, por un monto de 120 M€ de lo cual 40 M€ fueron dedicados al fomento del producto verde, y la segunda, en 2019, para el desarrollo y el aumento de la ambición del producto MIVIVIENDA Verde y constituida por un préstamo de 105 M€ de la AFD, un préstamo de 45 M€ de la cooperación alemana mediante la KfW, y 10 M€ de subvención por parte de la Unión europea mediante una LAIF (Latin America Investment Facility) manejado por la AFD.
Estos esfuerzos han conllevado a un incremento significativo en la oferta de viviendas sostenibles certificadas en el mercado. Al respecto, el producto MIVIVIENDA Verde ha alcanzado 57% de la cartera de FMV S.A. en 2020, con la certificación de 61,000 viviendas sostenibles certificadas distribuidas en 341 proyectos.
En el marco de la segunda operación, iniciada en el 2019, una porción de la subvención LAIF de la Unión Europea es dedicada a la asistencia técnica (en adelante AT) para apoyar a FMV S.A. en varios ámbitos necesarios para el desempeño adecuado del proyecto. En julio de 2020 se materializa el inicio de la AT prevista para el FMV S.A. como medio articulador y acelerador de estrategias para la adopción de acciones y actividades de sostenibilidad ambiental y social ante los distintos stakeholders del negocio inmobiliario en vivienda social.
2. OBJETIVO DEL SERVICIO
El servicio de consultoría socio ambiental que el consultor debe de rendir tiene los principales objetivos:
2.1 El Consultor se familiarizará con los productos de FMV S.A., sus políticas, el informe de consultoría socio ambiental preparado por SITAWI en 2021, el Plan de Acción SARAS actualizado y el Plan de Compromisos Ambientales y Sociales – PCAS – actualizado, ambos acordados entre FMV S.A.
S.A. y AFD/KfW, el marco regulatorio de FONAFE y los principales documentos xxx XXXXX de FMV S.A. Asimismo, el consultor preparará una actualización del Plan de Trabajo que es parte del Plan de Acción SARAS y propondrá actualizaciones o especificaciones adicionales al Plan de Acción si lo considere necesario para aprobación por AFD/KfW.
2.2 El consultor dentro del marco principal de su trabajo:
i) Elaborará propuesta para actualizar y el reforzar el SARAS del FMV S.A. mediante la revisión y actualización de documentos existentes subordinados como las políticas, los manuales, la lista de exclusión y los organigramas, y mediante la creación de nuevos documentos,
ii) analizará y elaborará propuesta para actualizar los requerimientos estructurales relacionados a los comités, las capacidades requeridas, las direcciones involucradas, los recursos necesarios, etc.
iii) Elaborará propuesta para actualizar el procedimiento relativo a la evaluación de IFIs y sus respectivos sistemas de gestión de riesgos, y al seguimiento que FMV S.A. le dará a los IFIs,
iv) Elaborará propuesta para actualizar el proceso de certificación de proyectos verdes para incluir aspectos socio ambientales
v) presentará junto con FMV S.A. las propuestas de actualizaciones a AFD/KFW y obtendrá sus aprobaciones v) organizará y verificará la realización de las actualizaciones aprobadas mencionadas en estrecha colaboración con los encargados socio ambientales.
2.3 El consultor liderará durante la fase piloto de implementación xxx XXXXX actualizado y a su vez apoyará a los encargados socio ambientales de FMV S.A. durante las primeras tres evaluaciones
de IFIs y a los encargados de las certificaciones durante las primeras tres certificaciones de proyectos verdes. Al terminar la fase piloto el consultor preparará un informe de resultados de su análisis y presentará proposiciones de mejora y desarrollo necesarias para los elementos xxx XXXXX que considere necesario.
El consultor diseñará y preparará un programa de capacitación en gestión de riesgos e impactos socio ambientales para los encargados de FMV S.A. en la implementación xxx XXXXX y lo implementará en conjunto con los encargados socio ambientales de FMV S.A. Además, preparará un plan anual de implementación de las capacitaciones y los materiales que sean requeridos para las capacitaciones.
2.4 El consultor con una frecuencia trimensual organizará y sostendrá reuniones con la AFD/KfW y el FMV S.A: sobre los avances de su consultoría y su seguimiento a la implementación del Plan de Acción SARAS
Es importante recalcar que los estándares ambientales y sociales que el SARAS de FMV S.A. debe de seguir con las Normas de Desempeño de la CFI, las normas fundamentales de la OIT y las listas de exclusiones de la CFI y del Grupo KfW.
3. ACTIVIDADES Y ALCANCE DEL SERVICIO
3.1. SARAS FMV S.A. y actividades subordinadas
El alcance de tareas subordinadas y de relación genérica con el SARAS de FMV S.A. comprende las siguientes actividades:
3.1.1 Familiarización con los documentos xxx XXXXX, el Plan de Acción y PCAS y propuestas complementarias.
- Revisar el Informe y Plan de Acción SARAS desarrollado por XXXXXX (el plan fue actualizado por KfW, AFD y FMV en octubre de 2022) identificando los principales sesgos encontrados en la implementación xxx XXXXX.
- Revisar documentación relevante proporcionada por el FMV S.A. y documentación normativa y técnica que regula la VISS en el país.
- Revisar y analizar las acciones y documentación realizada por el FMV S.A. en el marco del Plan de Acción SARAS desarrollado por XXXXXX.
- Validar técnicamente las acciones del Plan que puedan implementarse tomando en cuenta los principales sesgos encontrados.
- Desarrollar sobre la base del Plan de Acción SARAS y de los documentos proporcionados un cronograma de realización del Plan de Acción SARAS detallado por etapas y plazos aterrizado, y proponer otras especificaciones del Plan de Acción SARAS que se consideren necesarias.
- Obtener la validación respectiva del Plan de Acción xxx XXXXX actualizado y su cronograma detallado con los actores involucrados y responsables de la implementación.
3.1.1 Elaboración de herramientas y actualización de procedimientos conforme a los requerimientos del Plan de Acción SARAS:
Actualización de la Política de Responsabilidad Social y revisión de la Política de Riesgo de Crédito de FMV S.A. evaluando la posibilidad de crear una sola Política Socio ambiental superordinada, comprendiendo la actualización de la lista de exclusión de FMV S.A y los procedimientos correspondientes.
El consultor también revisará las otras políticas y procesos existentes de FMV S.A. y propondrá las modificaciones necesarias para racionalizar estos documentos y procesos con el SARAS actualizado.
3.2 Actividades relacionadas a la evaluación de IFIs y sus propios sistemas
a. Actualización de herramientas xxx XXXXX del FMV S.A. como banco de segundo piso:
- Evaluación de Instituciones Financieras Intermediarias (IFI/MF): Revisión de los procedimientos implementados por la Gerencia de Riesgos para la evaluación de las IFI (IFI, y Mecanismos Financieros, MF), flujogramas, así como de los formatos utilizados. Propuesta de mejoras en los procedimientos, en los formatos, y/o planteamiento de mejoras en los procedimiento o nuevos formatos.
- Categorización de la cartera de las IFI: Revisión de instructivos establecidos en el procedimiento de la Gerencia de Riesgos para categorización de las instituciones financieras según el nivel de riesgos ambientales y sociales.
- Verificación de los requisitos necesarios que la IFI debe cumplir según su categoría de riesgo de su cartera para acceder a los atributos asociados al componente Vivienda Verde y/o Sostenible.
- Proponer herramientas y acciones que permitan al FMV S.A. realizar el seguimiento de la implementación de los requisitos del ítem anterior por la IFI, formatos de planes de trabajo y/o cronogramas de cumplimiento.
b. Herramientas de seguimiento y/o monitoreo del nivel de riesgos ambientales y sociales de las IFI:
- Revisión del desempeño de las IFI: Revisión de los procedimientos establecidos por la Gerencia de Riesgos para la evaluación periódica de la ejecución de los procedimientos, políticas, reglamentos u otros, establecidos por las IFI en cumplimiento de los requisitos solicitados por el FMV S.A. para desembolsar los atributos asociados al componente Vivienda Verde y/o Sostenible.
- Gestión de casos de incumplimiento: Medidas correctivas para remediar los compromisos no respetados.
c. Herramientas para la evaluación de gestión socio ambiental de las IFI:
- Revisar las herramientas existentes en FMV S.A. y proponer herramientas y acciones que permitan al FMV S.A. evaluar la gestión socio ambiental de las IFI y sus procedimientos de seguimiento socio ambiental con un particular enfoque sobre: certificaciones medioambientales, objetivos y políticas socio ambientales, impactos socio ambientales, relación con los proveedores y desarrolladores inmobiliarios, mecanismo de quejas y reclamos, programas de sensibilización y formación del personal de las IFI.
d. Herramientas de apoyo al desarrollo xx XXXXX de las IFIs
- Desarrollar herramientas para que FMV S.A. apoye el desarrollo xxx XXXXX de sus IFIs asociadas, incluyendo plantillas para un manual de SGAS para gestionar el riesgo de la financiación de las micro/PYMES en línea con los requisitos de la CFI ND1, incluyendo un mecanismo de reclamación adecuado y material de formación. Para ello, la plataforma de aprendizaje electrónico del KfW (xxxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxx/) puede integrarse en el enfoque, ya que contiene cursos sobre el desarrollo del SGAS.
3.3 Proceso de Certificación de proyectos verdes
a. Herramientas para la Identificación y Evaluación de Riesgos socio ambientales en el procedimiento de certificación verde a modo de prefiltro:
- Identificación de riesgos en etapa de acercamiento: por ejemplo, por tipología de proyecto inmobiliario, lugar geográfico, lugar administrativo, número de usuarios, superficie y tamaño, etc.,
- Categorización de riesgos en etapa de certificación: Herramienta de clasificación del proyecto en función del riesgo bajo, moderado y alto.
- Check-List de evaluación de impactos y riesgos, matriz de criterios e indicadores por cada categoría de riesgo, estableciendo las acciones a tomar por cada una, a fin de prevenir y evaluar consecuencias probables de los proyectos para evitar, reducir, compensar y monitorear sus impactos.
b. Herramientas y documentos del Mecanismo de Quejas y Reclamos dentro de Proyectos Certificados y de gestión de reclamaciones:
- Procedimiento para comunicación exterior: Herramienta de información de los proyectos financiados a fin de ser accesible al público y que permita a las partes interesadas formular sus opiniones y sugerencias en la materia.
- Procedimiento de gestión de comunicaciones y reclamación: Herramienta de gestión de comunicaciones y reclamaciones que defina sus mecanismos de gestión y tratamiento como lista de control, gestión de registro de reclamaciones, etc.
c. Herramientas de Seguimiento de riesgos socio ambientales en proyectos certificados:
- Procedimiento de revisión de desempeño de los proyectos: Herramientas que permitan revisar el desempeño de los proyectos y del grado de cumplimiento de sus compromisos socio ambientales (tablas e informe de seguimiento.)
- Gestión de casos de incumplimiento: Medidas correctivas para remediar compromisos no respetados.
- Gestión de registro de reclamaciones, incidentes y accidentes, etc.
- Líneas de reportaje y modelos de comunicación y de informes al FMV S.A. durante la construcción e implementación de proyectos.
d. Adaptación de la solicitud de registro con compromisos socio ambientales en función a la categoría de riesgos del proyecto. La solicitud incluirá cláusulas que reflejen los compromisos de medidas de mitigación, comunicación de la información al FMV S.A. y el seguimiento del desempeño.
e. Herramientas para el establecimiento xxx XXXXX en los mismos proyectos: Modelo de informes de cumplimiento socio ambiental respecto a los objetivos de desempeño, Evaluación Socio ambiental y Plan de gestión ambiental y social, por categoría de riesgo de los proyectos.
3.4 Diseño y preparación del programa de capacitación para formación interna.
a. Diseño del programa de capacitación (sensibilización y formación interna) previsto para los encargados socio ambientales, la alta gerencia, el Comité Interno de Responsabilidad Social, Equipo de Apoyo al Comité y el Comité de Salud y Seguridad en el Trabajo, dedicado a su implementación, y para las áreas y/o gerencias implicadas en la implementación xxx XXXXX.
- Difusión de la política aprobada, normas, procedimientos y herramientas.
- Asistencia a los funcionarios responsables de la implementación y ejecución xxx XXXXX.
b. Especificar los contenidos a ser abordados en la capacitación, dependiendo de los niveles de la organización encargados de implementar y ejecutar el SARAS del FMV S.A., en base a Plan de Acción y las recomendaciones adjuntas.
c. Diseño del material de capacitación con la finalidad de asegurar que los contenidos del material de capacitación permitan cumplir con los compromisos establecidos en el SARAS a diferentes niveles de organización del FMV S.A. y otros empleados que se consideren.
3.5 Seguimiento de la implementación xxx XXXXX y ejecución del programa de capacitación para formación interna.
a. Acompañamiento al FMV S.A., en la validación de la actualización normativa vinculada al SARAS ante la AFD/KFW hasta su aprobación.
b. Seguimiento a la actualización normativa vinculada al SARAS hasta su aprobación por las distintas instancias del FMV S.A.
c. Desarrollo del programa de capacitación a los diferentes empleados involucrados sobre todos los componentes del Plan de Acción necesarios para la implementación xxx XXXXX.
d. Desarrollo de un elemento de formación básica a empleados y responsables de IFIs (terceros), si fuera considerado de importancia.
e. Cada sesión tendrá un enfoque distinto dependiendo de los niveles de la organización que implementan el SARAS en el FMV S.A., así como otros actores que se consideren.
f. El consultor colaborará con los funcionarios de la FMV S.A. para que puedan impartir ellos mismos las capacitaciones (Train-the-trainer)
3.6 Fase piloto de la implementación xxx XXXXX y sus acciones de mejoramiento.
a. Apoyar al FMV S.A. en la aplicación xxx XXXXX actualizado durante una fase piloto. Esto incluirá el apoyo en tres proyectos de IFI (por ejemplo, diligencia debida o actualización anual para aplicar los formularios y herramientas desarrollados recientemente/actualizados) y tres proyectos de certificación (al menos para la fase de filtrado, categorización y debida diligencia, plan de acción). Sobre la base de los resultados de la fase piloto, el SARAS se actualizará según sea necesario.
b. Evaluación final del estado de implementación de un SARAS para el FMV S.A., tomando en cuenta el marco regulatorio de FONAFE respecto de un SARAS y las obligaciones sobre el SARAS en LOS CONTRATOS (Plan de Acción SARAS y PCAS), validando los instrumentos elaborados e identificando instrumentos ejecutados, los por elaborar y los por modificar incluyendo la política aprobada, la utilización de herramientas puestas en marcha y las dificultades encontradas durante la evaluación de las Entidades Financieras y proyectos.
c. Actualización del Plan de Acción SARAS: Definición y propuesta de acciones correctivas a fin de mejorar el desempeño de la evaluación. Estas acciones se referirán en particular a posibles modificaciones de los procedimientos y/o herramientas, y sobre una necesidad adicional de formación.
4. RESULTADOS Y ENTREGABLES SOLICITADOS
a. Entregable 1: Plan de trabajo de la consultoría
b. Entregable 2: Plan de Acción SARAS reajustado con cronograma detallado de su implementación y propuesta de Estructura organizativa según las necesidades del FMV S.A.
c. Entregable 3: Documentos SARAS: Políticas y la lista de exclusión de actividades actualizada, procedimientos xx XXXXX y de Certificación de Proyectos Sostenibles, Herramientas descritas bajo los capítulos 3.1-3.3.
d. Entregable 4: Diseño y preparación del programa de capacitación que incluye los materiales y el plan de ejecución del mismo según lo descrito en el capítulo 3.4.
e. Entregable 5: Seguimiento de implementación xxx XXXXX, ejecución del plan de capacitación e implementación de la fase piloto para 3 proyectos IFI y 3 proyectos de certificación, y los documentos pertinentes.
f. Entregable 6: Reportes del estatus de la implementación de la consultoría cada 3 meses (máximo 5 páginas o reporte en forma de una presentación de láminas ppt).
g. Entregable 7: Reporte final de evaluación de la implementación xxx XXXXX del FMV S.A. que incluya un Plan de Acción SARAS actualizado con los ítems cumplidos y aquellos aun a ser
atendidos, y propuestas de acciones correctivas para la implementación xxx XXXXX en el futuro.
5. EXPERIENCIA REQUERIDA, CRITERIOS DE SELECCIÓN Y REQUISITOS DE CALIFICACIÓN DEL CONSULTOR
EL CONSULTOR deberá ser una persona jurídica contar y con un equipo técnico de como mínimo dos expertos claves, ambos con experiencia mínima de 5 años en: Proyectos vinculados a finanzas sostenibles, capacitaciones y auditorías a Instituciones Financieras de primer y segundo piso; haber realizado servicios sobre SARAS o servicios similares a la presente convocatoria en el Perú. No obstante, tendrá plena libertad para definir un número superior de profesionales a participar en la ejecución del servicio, siempre que cumplan con el requisito de experiencia, debiendo adjuntar los debidos certificados o constancias de trabajo.
Se encuentra permitido el subcontratar, pero siendo obligatorio que estos cuenten con la misma experiencia requerida para los profesionales, para lo cual remitirá los contratos que lo acrediten.
EL CONSULTOR deberá contar con una trayectoria mínima de 10 años en mercado desarrollando actividades como: Elaboración xx XXXXX a nivel nacional e internacional para instituciones financieras de primer y segundo piso, con la aplicación de normas internacionales como las del Banco Mundial, la CFI y el BID, y por encargo de organismos multilaterales, este requisito podrá sustentarlo con algún documento donde figure el inicio de sus actividades; además, deberá tener una experiencia demostrada en la realización de Estudios de Impacto Ambiental y Sociales (EIAS), Debidas Diligencias Ambientales y Sociales (DDAS) y Planes de Gestión Ambiental y Social (PGAS) en el sector de la construcción o infraestructura básica bajo el presupuesto similar o superior al servicio requerido.
A fin de sustentar lo solicitado anteriormente EL CONSULTOR deberá remitir copia simple de (i) contratos u órdenes de servicios, y su respectiva conformidad o constancia de prestación; o (ii) comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con voucher de depósito, nota de abono, reporte de estado de cuenta, cualquier otro documento emitido por Entidad del sistema financiero que acredite el abono o mediante cancelación en el mismo comprobante de pago.
De requerirse el cambio de uno de los miembros del equipo técnico de EL CONSULTOR designado se realizará el siguiente procedimiento:
La sustitución de alguno de los miembros del equipo técnico de EL CONSULTOR durante la ejecución del Contrato podrá considerarse únicamente con base en la solicitud escrita del Consultor y debido a circunstancias fuera del control razonable del Consultor, incluida, más no limitada a la muerte o incapacidad física de este. En tal caso, el Consultor deberá proveer de inmediato como reemplazo, a una persona de calificaciones y experiencia equivalentes o mejores y sin afectar el valor económico contratado.
Si durante la ejecución del Contrato se llegan a requerir Expertos Clave adicionales para la provisión de los Servicios, el Consultor deberá presentar al Cliente para revisión y aprobación una copia de sus Hojas de Vida (CV) documentada. Si el Cliente no objeta por escrito (indicando las razones de su objeción) dentro de veintidós (22) días siguientes a que reciba los CV, se considerará que esos Expertos Clave han sido aprobados por el Cliente.
EL CONSULTOR asumirá todos los gastos que surjan o que sean incidentales a la remoción y/o reemplazo de los Expertos proporcionados.
6. INFORMACIÓN NECESARIA PARA LOS CONSULTORES
El FMV S.A. se obliga a entregar todos los instrumentos vinculados al SARAS de la empresa, específicamente de los identificados en LOS CONTRATOS. La entrega
de la información será realizada por la Gerencia de Proyectos Inmobiliarios y Sociales el mismo día de la firma del contrato, quienes coordinarán su obtención con las diversas unidades operativas del FMV S.A.
El FMV S.A. proporcionará los accesos en la plataforma TEAMS utilizada por la institución, a fin de ejecutar el servicio de capacitación, para lo cual la Gerencia de Proyectos Inmobiliarios y Sociales solicitará a la Oficia de Tecnologías proporcione la Información del FMV S.A. para los accesos necesarios.
7. CRONOGRAMA, CONDICIONES DE PAGO Y PRESUPUESTO ESTIMADO
El plazo de inicio del servicio será a indicación de la Gerencia de Proyectos Inmobiliarios y Sociales, la misma que será establecida en el contrato, la prestación tendrá una duración máxima de 270 días calendarios
▪ Entregable 1: Se presentará en el plazo máximo de 07 días calendarios, contados a partir de la fecha de inicio establecida en el contrato.
▪ Entregable 2: Se presentará en el plazo máximo de 45 días calendarios, contados a partir de la fecha de inicio establecida en el contrato.
▪ Entregable 3: Se presentará en el plazo máximo de 90 días calendarios, contados a partir de la fecha de inicio establecida en el contrato.
▪ Entregable 4: Se presentará en el plazo máximo de 120 días, contados a partir de la fecha de inicio establecida en el contrato.
▪ Entregable 5: Se iniciará el seguimiento xxx XXXXX desde los 90 hasta los 270 días calendario, contados a partir de la fecha de inicio establecida en el contrato, la implementación del plan de comunicación y la Fase Piloto se iniciará desde el día 210 hasta los 270 días calendarios, contados a partir de la fecha de inicio establecida en el contrato.
▪ Entregable 6: Se entregará a los 90 y 180 días calendarios, contados a partir de la fecha de inicio establecida en el contrato.
▪ Entregable 7: Se entregará hasta los 270 días calendario, contados a partir de la fecha de inicio establecida en el contrato.
El presupuesto estimado para la ejecución de la consultoría es el establecido en el numeral IAC
14.1.2 de la Sección II - Hoja de Datos del documento “Selección de Consultores - Solicitud de Propuestas”, incluye todos los impuestos y gravámenes, costos, gastos (directos e indirectos), imprevistos, y demás erogaciones económicas a favor del Consultor seleccionado.
En caso de retraso injustificado de la consultora en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, el cliente le aplica automáticamente una penalidad por xxxx por cada día de atraso. La penalidad se aplica automáticamente y se calcula de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad diaria = 0.10 x monto vigente
F x plazo vigente en días
Donde F tiene los siguientes valores:
a) Para plazos menores o iguales a sesenta (60) días, para bienes, servicios en general, consultorías y ejecución de obras: F 0.40.
b) Para plazos mayores a sesenta (60) días, para bienes, servicios en general y consultorías: F = 0.25
Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al monto vigente del contrato o ítem que debió ejecutarse o, en caso que estos involucraran obligaciones de
ejecución periódica o entregas parciales, a la prestación individual que fuera materia de retraso.
8. CONDICIONES PARA EL PROCEDIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN
El presente proceso de contratación se regirá bajo las condiciones y estipulaciones contenidas en las Normas de Adquisiciones para contratos Financiados por la AFD en países extranjeros.1
Si el Contrato no ha entrado en vigor dentro del periodo siguiente a la firma del mismo que se indica en las CEC, cualquiera de las Partes, mediante comunicación escrita notificará a la otra por lo menos con veintidós (22) días de anticipación, que declara el Contrato nulo y sin valor, en cuyo caso ninguna de las Partes tendrá ningún reclamo sobre la otra con respecto a lo mismo.
Anexo: Plan de Acción SARAS actualizado en octubre 2022.
1 xxxxx://xxx.xxx.xx/xx/xxxxxxxxxxxx-x-xxxxxxxxxxxxxx
ANEXO 2 - PLAN DE ACCION SARAS
Cronograma tentativo del Plan de Acción SARAS del Programa MIVIVIENDA Sostenible
Actividad Mes | Oct 22 | Nov 22 | Dic 22 | Ene 23 | Feb 23 | Mar 23 | Abr 23 | May 23 | Jun 23 | Ju l 23 | Ago 23 | Sep 23 | Oct 23 | Nov 23 | Dic 23 | Ene 24 | … | Jul 24 |
1. Aprobación del plan de Acción SARAS, PCAS y los TdR de la Consultoría SARAS | ||||||||||||||||||
2. Contratación de Consultoría SARAS | ||||||||||||||||||
3. Ejecución de la Consultoría SARAS | ||||||||||||||||||
4. Aprobación xxx XXXXX y designación de responsables | ||||||||||||||||||
5. formalización de la Política A&S y desarrollo de una nueva lista de exclusión | ||||||||||||||||||
6. Desarrollo del procedimiento A&S y herramientas para la cooperación con IFIs | ||||||||||||||||||
7. Actualización del Procedimiento de Certificación de los Proyectos del Programa Mivivienda Sostenible | ||||||||||||||||||
8. Formación Interna A&S | ||||||||||||||||||
9. Presentación de informe de avance a AFD/KfW | ||||||||||||||||||
10. Actualización del mecanismo de reclamos |
Actividades preliminares | Ejecución de Acciones del FMV con asesoría del Consultoría SARAS dentro de Plan de Acción | Consultoría SARAS financiada con recursos UE - Laif |
En la tabla siguiente se presenta la actualización del Plan de Acción teniendo en cuenta los avances reportados en el documento: “Reporte de Implementación del Plan de Acción Ambiental y Social” de FMV, el análisis de la documentación recibida y las entrevistas realizadas. Asimismo, se describen las recomendaciones para cada etapa.
Cabe resaltar que el Fondo debe trabajar conjuntamente las recomendaciones descritas en los requerimientos de FONAFE para aprovechar las sinergias tanto de las exigencias de FONAFE como de las buenas prácticas internacionales.
Plan de Acción SARAS con recomendaciones
N° | Actividad | Responsabilidad | Fecha tentativa de implementación | Recomendación |
1. Revisión y aprobación de las recomendaciones | ||||
1.1 | Aprobación del plan de acción SARAS, plan de compromisos A&S (PCAS) y términos de referencia (TdR) para la Consultoría XXXXX | Xxxxxxxx General (aprobación) y Directorio (conocimiento) del Fondo MIVIVIENDA S.A. Responsables encargados xxx XXXXX (principalmente la Gerencia de Riesgos y aprobación del Comité de Riesgos de FMV) | 31/10/2022 y 30/11/2022 respectivamente | El Fondo revise y apruebe las recomendaciones y acciones planteadas como definido en el plan de acción A&S (PAAS), plan de compromisos A&S (PCAS) y términos de referencia (TdR) para la consultoría SARAS financiada con recursos UE LAIF (Consultoría SARAS) para fortalecer el Sistema de Gestión de Riesgos Ambientales y Sociales (SARAS) de Fondo MIVIVIENDA S.A. (FMV). |
Comité de Responsabilidad Social. | ||||
2. Aprobación xxx XXXXX y designación de responsables | ||||
2.1 | Aprobación por escrito xxx XXXXX y su política A&S | Directorio y Gerencia General del Fondo MIVIVIENDA S.A. | 8 meses después del comienzo de la consultoría SARAS | La aprobación xxx XXXXX y su política A&S se realizará una vez se actualicen y aprueben las políticas / reglamentos / procedimientos con el actual alcance xxx XXXXX y se incorporen las acciones descritas en este documento y el PCAS con el soporte de la Consultoría SARAS. |
Actualizar todas las políticas y procedimientos del FMV de acuerdo con el nuevo SARAS. |
N° | Actividad | Responsabilidad | Fecha tentativa de implementación | Recomendación |
2.2 | Nombramiento de gestores A&S a cargo de definir e implementar el SARAS según lo dispuesto en el plan de acción. | Directorio y Gerencia General del Fondo MIVIVIENDA S.A. Gerencia de Riesgos y Gerencia de Proyectos Inmobiliarias Y Sociales Comité de Responsabilidad Social | 31/10/2022 | Las áreas encargadas de la implementación y seguimiento xxx XXXXX son (1) la Gerencia de Riesgos, específicamente la Asistente de Revisión de Xxxxxxx, quién tiene a su cargo no solamente los temas xx XXXXX sino también funciones específicas de su área. (2) la Gerencia de Proyectos Inmobiliarias y Sociales en respecto a los requisitos para la certificación de los proyectos verdes y la cooperación con las desarrolladoras. El fondo designará al menos un encargado A&S en cada una de las áreas nombradas para asegurar la implementación operativa xxx XXXXX y apoyar a la Consultoría SARAS en la actualización de lo mismo. |
El nombramiento se comunicará formalmente a la AFD y al KfW. | ||||
2.3 | Creación de un comité de seguimiento encargado de la creación xxx XXXXX y nombramiento de un gerente A&S. | Directorio y Gerencia General del Fondo MIVIVIENDA S.A. Gerencia de Riesgos y Gerencia de Proyectos Inmobiliarias Y Sociales Comité de Responsabilidad Social | 6 meses después del comienzo de la Consultoría SARAS financiada con recursos UE LAIF | Si bien el Fondo cuenta con un Comité de Responsabilidad Social, este Comité no es responsable directamente de la implementación y seguimiento xxx XXXXX. En este sentido, una opción es designar responsabilidades xx XXXXX al Comité de Responsabilidad Social o en su defecto integrarlo dentro del Comité de Riesgos. El consultor financiado con fondos LAIF apoyará al fondo en la elaboración de la mejor solución. El fondo designará un gerente A&S como parte de la alta gerencia para la supervisión de la implementación y coordinación xxx XXXXX y las varias áreas que trabajan en el tema SARAS (Gerencia de Riesgos, Gerencia de Proyectos Inmobiliarias y Sociales, Responsables para el Mecanismo de Quejas, etc.) |
2.4 | Reclutamiento del Consultoría SARAS (Consultoría financiada con recursos UE LAIF) | Responsables encargados xxx XXXXX Departamento de Recursos Humanos Consultoría SARAS | Publicar los documentos de licitación para la Consultoría SARAS a más tardar el 30.11.2022 | Contratar una Consultoría SARAS (empresa dedicada integralmente a los temas A&S) cuya labor se desarrolle respecto de la ejecución de los TDR SARAS, consultoría financiado por la Asistencia Técnica (AT) del LAIF de la Unión Europea (UE). Se actualizaría el MOF de la Gerencia encargada del seguimiento xxx XXXXX del FMV incorporando al nuevo cargo definido en la Consultoría SARAS, estableciendo el alcance de su trabajo. |
3. Elaboración / actualización y aprobación de la Política A&S y lista de exclusión | ||||
3.1 | Formalización de la política ambiental y social | Responsables encargados xxx XXXXX Comité de Responsabilidad Social | 6 meses después del comienzo de la Consultoría SARAS | Ampliar la Política de Responsabilidad Social o desarrollar una Política Ambiental y Social para asegurar que la política cumpla con los requerimientos de la Norma de Desempeño IFC 1 y los lineamientos del Banco Mundial EAS 9. |
De igual manera, la Política debe integrar los siguientes aspectos: | ||||
- Asignación de recursos |
N° | Actividad | Responsabilidad | Fecha tentativa de implementación | Recomendación |
- Metodología xxx XXXXX, incluyendo aspectos de evaluación y seguimiento para la gestión de riesgos A&S. - Responsables para su cumplimiento y específicamente xxx XXXXX. - Actualizar la Política A&S en caso se presenten cambios en el SARAS o aproximadamente cada 5 años o menos - Publicar la Política A&S en el sitio de web de FMV Revisar junto con el consultor la opción de ampliar el alcance xxx XXXXX para aplicarlo a todas las operaciones de crédito. | ||||
3.2 | Desarrollo de una nueva lista de exclusión | Alinear la lista de exclusión del FMV a las listas del IFC y KfW y actualizar los formatos con referencia a este lista. | ||
4. Definición y elaboración / actualización de procedimientos y herramientas A&S | ||||
4.1 | Desarrollo de procedimiento A&S y herramientas para la cooperación con los Intermediarios Financieros (IFis). | Directorio de Fondo MIVIVIENDA S.A. Responsables encargados xxx XXXXX Comité de Responsabilidad Social | 6 meses después del comienzo de la Consultoría SARAS | El Fondo actualizará su SARAS por parte de la cooperación con las IFIs: 1. Filtro inicial e identificación de temas A&S (Procedimiento para habilitación de la IFI para desembolsar el Nuevo Crédito Mivivienda asociado a viviendas sostenibles y la Lista de exclusión actualizada; |
Consultoría SARAS | 2. Categorización de riesgo A&S: Metodología de Categorización A&S de las IFI | |||
3. Evaluación de los riesgos A&S: Ampliar la lista de chequeo “Gestión Socio Ambiental para Entidades Financieras” para añadir más preguntas para comprender mejor el alcance, las normas aplicadas, las capacidades y las limitaciones xxx XXXXX de la IFI y añadir la revisión para comprobar si el SARAS también se aplica de forma operativa. | ||||
4. Negociación y aprobación: Cláusulas A&S estándar a ser incluidas en los contratos con las IFI | ||||
5. Monitoreo: Actualización de formatos para la Evaluación de los Indicadores de gestión socio- medio ambiental | ||||
6. Reportes de Seguimiento: Actualización de los reportes de seguimiento de implementación xxx XXXXX por parte de las IFIs que desembolsan los bonos. | ||||
N° | Actividad | Responsabilidad | Fecha tentativa de implementación | Recomendación |
evaluación de indicadores anual, los planes de acción y seguimiento de las medidas implementadas. 8. Desarrollar herramientas de soporte para IFIs (MFI especialmente) que no tienen un SARAS o están en el proceso de desarrollo, p.ej. para la categorización, evaluación A&S, capacitaciones/guías para el soporte de la implementación, etc.) 9.Actualizar las herramientas actuales del Fondo cuando sea necesario: - Manual xx XXXXX, desarrollado por ERM. -Procedimiento de Habilitación de Desembolso del BMS -Manual de Riesgo de Crédito -Manual de Evaluación de Indicadores de Gestión A&S | ||||
5. Actualización del Procedimiento de Certificacion de los Proyectos del Programa Mivivienda Sostenible | ||||
5. 1 | Actualización del procedimiento existente y alineación con las certificaciones internacionales y con los lineamientos establecidos en las Normas de Desempeño IFC | Responsables encargados xxx XXXXX (principalmente la Gerencia de Proyectos Inmobiliarias y Sociales, Comité de Responsabilidad Social de FMV) Consultoría SARAS | 7 meses después del comienzo de la consultoría SARAS | Ampliar el alcance xxx XXXXX de la FMV para incluir también el proceso de certificación. Actualizar el proceso de certificación de FMV de los proyectos del Programa Mivivienda Sostenible para incluir los requisitos de la lista de exclusión de FMV, las normas laborales básicas de la OIT y las normas de desempeño de la CFI (*véase la lista con recomendaciones al final del documento), revisión de los permisos y autorizaciones requeridos por la autoridad ambiental, la categorización de los riesgos, las preguntas de diligencia debida pertinentes, los planes de acción que deben acordarse con los promotores en caso de que se identifiquen riesgos materiales y no gestionados, los requisitos de información sobre la divulgación de los informes de inspección de las autoridades sobre el desempeño ambiental, de salud y de seguridad del proyecto y la supervisión de la construcción (por ejemplo, por un consultor o por FMV) en función del nivel de riesgo. |
6.1 | Definición y ejecución de un programa de formación A&S para empleados implicados en el despliegue xxx XXXXX | Responsables encargados xxx XXXXX (principalmente la Gerencia de Riesgos y aprobación del Comité de Riesgos de FMV) | 1 mes después la aprobación de los documentos xxx XXXXX | Aunque el Fondo designa a las personas responsables xxx XXXXX, es importante implementar un programa de formación para los implicados en la gestión de los riesgos A&S dado que, si bien en 2016 la consultora ERM capacitó a todos los funcionarios del Fondo, durante los últimos años el sistema ha presentado cambios. |
N° | Actividad | Responsabilidad | Fecha tentativa de implementación | Recomendación |
Comité de Responsabilidad Social Consultoría SARAS | Se prevé usar el material de la Consultoría SRAS y de la Plataforma ESMS de la Kfw para complementar la formación aprovechando el número de licencias que se coordinen en esta etapa. | |||
7. Presentación de informe de avance a AFD/KfW | ||||
7.1 | Presentación de un informe de seguimiento A&S semestral e informar a AFD/ KFW | Responsables encargados xxx XXXXX Comité de Responsabilidad Social | 30/01/2023 (informe semestral de avance xxx XXXXX) 30/07/2023 informe semestral de Avance xxx XXXXX) 30/01/2024 informe semestral de Avance xxx XXXXX) Información trimensual sobre la Consultoría XXXXX. | Informar al KfW y a la AFD cada semestre sobre la aplicación xxx XXXXX y el desarrollo actual, como, por ejemplo, las formaciones, las capacidades, las quejas tramitadas, los proyectos en revisión, los nuevos proyectos certificados, la categorización del riesgo, el nivel de cumplimiento, el estado de la cooperación con las IFI, etc. Informar al menos trimensualmente los avances con el apoyo del consultor externo previo al informe de avances semestral (primer informe 3 meses después del comienzo de la consultoría) |
8. Actualización de un mecanismo de reclamación alineado a los estándares nacionales e internacionales | ||||
8.1 | Actualización de un mecanismo de reclamación con requisitos nacionales y siguiendo las normas IFC, ESMS, notas de buenas prácticas y manuales, inicialmente para los prestamistas de la línea de crédito. El mecanismo debe ser para las operaciones de FMV en general no solo para el programa AFD / KFW. | Responsables encargados xxx XXXXX Comité de Responsabilidad Social Consultoría SARAS | 8 meses después del comienzo de la Consultoría SARAS | Se recomienda que dentro de la evaluación anual de monitoreo de indicadores de gestión de riesgos A&S se agregue una sección relacionada con quejas presentadas por agencias reguladoras, grupos de interés o comunidades locales con el fin de realizar un seguimiento interno y consolidar la información en el informe anual presentado a AFD/KfW. Asimismo, en su canal actual de mecanismo de reclamos y quejas, se puede habilitar una opción dirigida a los productos financiados por FMV, a través de los intermediarios financieros. Por otro lado, los documentos relacionados con la atención de quejas y reclamos: Procedimiento de atención de quejas y reclamos del FMV y Manual del Procedimiento de atención de reclamos y quejas del FMV; deben incluir los requisitos de los estándares nacionales e internacionales, como por ejemplo los lineamientos de la norma de desempeño IFC. |
Fuente: Plan de acción KfW/AFD
*Lista de temas que potencialmente podrían ser considerados como relevantes para actualizar los requisitos de certificación para considerar los estándares internacionales. El objetivo es centrarse en
los puntos más relevantes para el sector de la construcción de viviendas en Perú. Recomendaciones frente a los requerimientos de las certificaciones internacionales y las Normas de Desempeño IFC:
Tema 1. Gestión Ambiental y Social
Incluir un requisito de elegibilidad o robustecer el Requisito de elegibilidad N°25 (Plan de comunicación) integrando los siguientes aspectos:
a. Consulta a partes interesadas en la ejecución del proyecto y/o terceros relevantes
b. Monitoreo para el seguimiento y logro de los objetivos A&S del proyecto por parte del certificador externo designado por el Fondo.
c. Planificación del costo de vida útil del proyecto.
d. Asistencia posterior
e. Diseño con enfoque de seguridad
Incluir una sección relacionada con las Prácticas de construcción responsable:
a. Prácticas en gestión ambiental y participación de la comunidad en sus actividades.
b. Identificación y divulgación de impactos de energía, agua y transporte como consecuencia de las actividades del proyecto en todas sus etapas.
En este requerimiento de prácticas de construcción responsable pueden ser incluidos los lineamientos de la Norma de Desempeño #2 relacionados con:
a. Condiciones de trabajo y administración de relaciones laborales
b. Protección de la fuerza laboral
c. Salud y seguridad en el trabajo
d. Trabajadores contratados por terceras partes
x. Xxxxxx de abastecimiento
Adicionalmente, en esta sección se recomienda integrar un aspecto de participación ciudadana / mecanismos de quejas.
Tema 2. Salud y bienestar
Implementar un requisito de elegibilidad exclusivo para el tema de "Salud y bienestar" e incluir los siguientes aspectos:
a. Confort visual: Potencial de deslumbramiento, niveles de iluminación natural e indicadores de reducción de fatiga y niveles de iluminación adecuados.
b. Calidad del aire interno: Medidas para minimizar las fuentes de contaminación del aire, ventilación adecuada, limitar la fuga de gases de combustión en el espacio ocupado de la casa, protección de contaminantes por garajes adyacentes, construcción resistente al radón y otros contaminantes, gestión de la humedad interior, control ambiental de humo de tabaco y transferencia de contaminantes entre unidades.
c. Confort térmico: inclusión de escenarios climáticos y estrategias de control de temperatura
d. Desempeño acústico: aislamiento acústico, niveles de ruido interior.
e. Accesibilidad segura
f. Evaluación de riesgos por desastres naturales
g. Calidad del agua de suministro
En este requerimiento pueden ser incluidos los lineamientos establecidos en la Norma de Desempeño #4, #5, #7 y #8:
a. Salud y seguridad en la comunidad: seguridad de la infraestructura, exposición a enfermedades y respuesta ante emergencias.
b. Reasentamiento involuntario: Plan de desplazamiento y consultas públicas con las comunidades afectadas.
c. Pueblos indígenas y patrimonio cultural: Identificación y acciones para evitar, minimizar y remediar los impactos negativos derivados del proyecto.
Tema 3. Energía
Integrar dentro de los requisitos de elegibilidad de energía, los siguientes aspectos:
a. Reducción del uso de energía y emisiones de carbono: rendimiento energético por encima de la normativa nacional de construcción.
b. Tasa de emisión de CO2 de las viviendas.
c. Monitoreo energético: medidores para áreas de alta carga de energía.
d. Almacenamiento en frío energéticamente eficiente: sistema de refrigeración apropiado y con bajas emisiones indirectas de CO2e.
e. Sistemas de transporte energéticamente eficientes: análisis de la demanda de transporte y los patrones de uso para determinar el número y tamaño de ascensores, escaleras mecánicas.
f. Electrodomésticos con etiqueta energética: fomentar la adquisición de electrodomésticos energéticamente eficientes
Integrar dentro del requisito de elegibilidad N°27 Espacio de estacionamiento de movilidad sostenible, los siguientes aspectos:
a. Cercanía a lugares comerciales: identificación de acceso a servicios locales
b. Capacidad máxima de parqueadero: identificación de infraestructura que limite la capacidad de estacionamiento
c. Instalaciones para bicicletas
Tema 5. Agua
Dentro de los requisitos de elegibilidad de agua, incluir los siguientes temas:
a. Identificación y prevención de fugas de agua: identificación de fugas, dispositivos de control del flujo de agua y válvulas de aislamiento de fugas.
b. Uso de agua en interiores: si bien existe un monitoreo de consumo de agua, no se identifican las medidas de reducción del consumo de agua potable en el hogar de todas las fuentes, mediante accesorios, electrodomésticos y sistemas de reciclaje.
c. Riesgo de inundaciones: promover el desarrollo de proyectos en áreas de bajo riesgo de inundación o tomar medidas para reducir el impacto de inundación en áreas con riesgo medio y alto.
Tema 6. Materiales
Incluir en el requisito de elegibilidad N°23 Instalación de Eco Material y Mitigación Sísmica, los siguientes temas:
a. Impactos del ciclo de vida: reducción de impactos ambientales en el ciclo de vida del proyecto mediante la evaluación de los elementos de la vivienda.
b. Abastecimiento responsable de productos de construcción: plan de adquisiciones sostenibles, proveedores comprometidos con el medio ambiente.
c. Diseño de durabilidad y resistencia: incorporación de medidas para reducir los impactos asociados con daños e incorporación de medidas para reducir la degradación del material por factores ambientales.
d. Eficiencia del material: medidas para optimizar el uso de materiales.
Tema 7. Residuos
Incluir en el requisito de elegibilidad N°24 Plan de Manejo de Residuos y Reciclaje del proceso constructivo, los siguientes temas:
a. Verificación de las instalaciones de segregación de residuos
b. Verificación de medidas para la reducción de residuos generados por los habitantes del edificio, así como las medidas de transporte y desecho.
c. Adaptabilidad funcional: implementación de medidas para adaptarse a futuros cambios en el uso del edificio y sus sistemas durante su vida útil.
Tema 8. Uso del suelo y ecología
Incluir un requisito exclusivo para uso del suelo y ecología que abarque los siguientes temas:
a. Ubicación seleccionada
Fomentar el uso de terrenos previamente ocupados y evitar aquellos que no hayan sido intervenidos.
b. Valor ecológico del lugar seleccionado y protección de las características ecológicas
Fomentar el desarrollo en tierras con valor limitado para la xxxx xxxxxxxxx y proteger las características ecológicas existentes de los impactos negativos del proyecto.
c. Mejora de la ecología del lugar seleccionado
Fomentar las acciones que mejoren el valor ecológico del lugar seleccionado como resultado del proyecto.
d. Impacto a largo plazo sobre la biodiversidad
Minimizar el impacto a largo plazo del desarrollo del proyecto en el lugar seleccionado y la biodiversidad de las áreas vecinas.
f. Huella de carbono de la construcción
Promover el uso eficiente de la huella de la construcción al garantizar que el uso de la tierra y los materiales se optimizan durante el desarrollo del proyecto
g. Usos del suelo
Conservar el uso del suelo, proteger las tierras de cultivo y el hábitat de la xxxx xxxxxxxxx.
En este requerimiento sería indispensable incluir los lineamientos abarcados en la Norma de Desempeño #6:
Biodiversidad: Respeto de compromisos internacionales, evitar, minimizar y remediar los impactos en áreas de alto valor de conservación.
Tema 9. Contaminación
Incluir un requisito exclusivo para contaminación que abarque los siguientes temas:
a. Impacto de los refrigerantes
Evaluación o reducción del impacto de los refrigerantes mediante la prevención y detección de fugas.
b. Escorrentía de agua superficial
Desarrollo en sitios con baja probabilidad de inundaciones Gestión de aguas de escorrentía de aguas superficiales
Sistemas de prevención de contaminación de los cursos de agua.
c. Potencial de calentamiento global (GWP) de los aislantes
Promover la reducción de emisiones de gases con alto GWP asociados a la fabricación, instalación, uso y disposición de materiales aislantes térmicos y acústicos.
d. Prevención de la contaminación durante la construcción del proyecto
Control de erosión del suelo, sedimentación de las vías fluviales y material particulado.
e. Reducción de la contaminación lumínica
Mejorar a visibilidad nocturna, luminaria adecuada y reducción de impactos negativos para el desarrollo de la xxxx xxxxxxxxx y la comunidad.
Este requerimiento se alinea con la Norma de desempeño #3 y por la tanto debe abarcar lo siguiente:
a. Eficiencia de los recursos y contaminación: Indicadores de consumo e insumos y control de impactos
Tema 10. Innovación
Incluir un requisito exclusivo para innovación que fomente proyectos para lograr un desempeño excepcional o innovador.
Tema 11. Prioridad regional
Incluir un requisito exclusivo para prioridad regional que fomente proyectos que tengan en consideración la priorización en temas ambientales, equidad social y salud pública en zonas geográficas específicas.
PARTE II
Sección VIII – Condiciones de Contrato y formularios estándar de Contrato
CONTRATO PARA SERVICIOS DE CONSULTORÍA
Nombre del Proyecto: Contratación del Servicio de Consultoría para el Desarrollo de Capacidades y Apoyo en la Implementación del Sistema de Análisis de Riesgos Sociales y Ambientales (SARAS) para el Fondo MIVIVIENDA S.A.
Contrato No.:
Entre
Fondo MIVIVIENDA S.A.
Y
[nombre del Consultor]
Fechado:
Tabla de Contenido
I – FORMULARIO DE CONTRATO 64
II – CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO 66
A. Disposiciones Generales 66
B. Iniciación, Finalización, Modificación y Terminación del Contrato 68
C. Obligaciones del Consultor 72
D. Expertos y Subconsultores del Consultor 76
E. Obligaciones del Cliente 77
F. Pagos al Consultor 79
H. Resolución de Controversias 80
APÉNDICE 1 – Política de la AFD – Prácticas Fraudulentas y Corruptas – Responsabilidad Ambiental y Social 81
APÉNDICE 2 – Criterio de Elegibilidad 83
III – CONDICIONES ESPECIALES DEL CONTRATO 85
IV - APÉNDICES 91
APÉNDICE A – Términos de Referencia 91
APÉNDICE B – La Propuesta técnica del Consultor, incluyendo la metodología y los Expertos Clave
........................................................................................................................................................ 91
APÉNDICE C – Desglose del Precio del Contrato 91
APÉNDICE D - Formulario de garantía de pagos anticipados 92
I – FORMULARIO DE CONTRATO
Este contrato (en adelante denominado el "Contrato") está celebrado el [número] día del mes de [mes], [año], entre, por una parte, [nombre del Cliente] (en adelante denominado el "Cliente") y, por la otra, [nombre del Consulor] (en adelante denominado el "Consultor").
[Nota: Si el Consultor consiste de más de una entidad, lo anterior debe modificarse parcialmente para que quede así: "…(en adelante denominado "Cliente") y, de otra parte, una APCA [nombre de la APCA] consistente de las siguientes entidades, cada miembro de la cual será conjunta y solidariamente responsable ante el Cliente por todas las obligaciones del Consultor según el Contrato, es decir [nombre del miembro] y [nombre del miembro] (en adelante denominado "Consultor")."]
CONSIDERANDO:
1. Que el Cliente ha solicitado al Consultor la prestación de algunos servicios de consultoría, definidos en los Términos de Referencia contenidos en el Apéndice A del Contrato (en adelante denominados los "Servicios");
2. Que el Consultor, habiendo declarado al Cliente que posee las aptitudes profesionales, experiencia y recursos técnicos necesarios, ha convenido en prestar los Servicios en los términos y condiciones estipulados en el Contrato;
3. Que el Cliente ha recibido fondos de la Agence Française de Développement (en adelante denominada la "AFD") para cubrir el costo de los Servicios y se propone utilizar una parte de los fondos para efectuar pagos elegibles bajo el Contrato, quedando entendido que (i) los pagos por la AFD se harán solo a solicitud del Cliente y mediante aprobación de la AFD, (ii) dichos pagos estarán sujetos, en todos sus aspectos, a los términos y condiciones del convenio de fondos entre el Cliente y la AFD, y (iii) nadie más que el Cliente podrá tener derecho alguno en virtud del convenio ni tendrá ningún derecho a los fondos.
POR LO TANTO, las Partes por este medio convienen en lo siguiente:
1. Los documentos adjuntos al presente Contrato se considerarán parte integral del mismo:
a) Condiciones Generales del Contrato, incluido el Apéndice 1 (Política de la AFD – Prácticas Corruptas y Fraudulentas – Responsabilidad ambiental y social) y el Apéndice 2 (Criterios de Elegibilidad);
b) Condiciones Especiales del Contrato;
c) Apéndices:
− Apéndice A: Términos de referencia
− Apéndice B: La Propuesta técnica del Consultor (incluyendo metodología y Expertos, y la Declaración de Integridad firmada)
− Apéndice C: Desglose del Precio del Contrato
− Apéndice D: Formulario de Garantía de Pagos Anticipados
En caso de no concordancia entre los documentos, prevalecerá el siguiente orden de precedencia: las Condiciones Especiales de Contrato; las Condiciones Generales de Contrato, incluido Apéndice 1, Apéndice 2, Apéndice A; Apéndice B; Apéndice C y el Apéndice X. Xxxxxxxxx referencia al Contrato incluirá, donde el contexto lo permita, una referencia a sus Apéndices.
2. Los derechos y obligaciones mutuos del Cliente y del Consultor serán los estipulados en el Contrato, en particular, los siguientes:
a) El Consultor prestará los Servicios de conformidad con las disposiciones del Contrato; y
b) El Cliente efectuará los pagos al Consultor de conformidad con las disposiciones del Contrato.
EN TESTIMONIO DE LO CUAL, las Partes han causado que el Contrato sea firmado en sus respectivos nombres en la fecha antes consignada:
Por y en nombre de el Fondo MIVIVIENDA S.A.
[Representante Autorizado del Cliente – nombre, cargo y firma]
Por y en nombre de [Nombre del Consultor o Nombre de una APCA]
[Representante Autorizado del Consultor – nombre y firma]
[Nota: Para una APCA, firmarán todos los miembros o únicamente el miembro principal, en cuyo caso se adjuntará el poder para firmar en nombre de todos los miembros.]
Por y en nombre de los miembros del Consultor
[indicar el Nombre de la APCA]
[Representante Autorizado en nombre de una APCA]
[Agregar bloques de firmas para cada miembro si todos firman.]
II – CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO
1 Definiciones | 1.1 Salvo que el contexto exija otra cosa, cuando se utilicen en este contrato, los siguientes términos tendrán los significados que se indican a continuación: a) "AFD" significa Agence Française de Développement (AFD). b) "Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA)" significa una asociación con o sin personería jurídica distinta de la de sus miembros, de más de una entidad, donde un miembro tiene la autoridad para realizar todos los negocios para y en nombre de cualesquiera y todos los miembros de la APCA, y donde los miembros de la APCA son responsables conjunta y solidariamente ante el Cliente por la ejecución del Contrato. c) "Cliente" significa la agencia ejecutora con la cual el Consultor seleccionado firma el Contrato para prestar los Servicios. d) "CEC" significa las Condiciones Especiales de Contrato por las cuales el CGC podrá ser modificado o adicionado, pero no reemplazado. e) "CGC" significa estas Condiciones Generales del Contrato. f) "Consultor" significa una firma o entidad de Consultoría profesional legalmente establecida seleccionada por el Cliente para prestar los Servicios de acuerdo con el Contrato firmado. g) "Contrato" significa el Contrato legalmente obligatorio suscrito entre el Cliente y el Consultor y el cual incluye todos los documentos que se indican en el parágrafo 1 del formulario del Contrato (las Condiciones Generales (CGC), las Condiciones Especiales (CEC) y los Apéndices. h) "Día" significa un día calendario salvo indicación al contrario. i) "Expertos" significa, colectivamente, Expertos Clave, Expertos No Clave o cualquier otro personal del Consultor, Subconsultores o miembros de una APCA asignados por el Consultor para prestar los Servicios o cualquier parte de los mismos de acuerdo con el Contrato. j) "Experto(s) Clave" significa un profesional individual cuyas competencias, calificaciones, conocimiento y experiencia son esenciales para la prestación de los Servicios según el Contrato y cuya Hoja de Vida (CV) fue tomada en cuenta en la evaluación técnica de la Propuesta del Consultor. k) "Experto(s) No Clave" significa un profesional individual suministrado por el Consultor o su Subconsultor para |
prestar los Servicios o cualquier parte de los mismos según el Contrato. l) "Fecha Efectiva" significa la fecha en la que el presente Contrato entre en vigor y efecto conforme a la Cláusula 11 de las CGC del mismo. m) "Ley Aplicable" significa las leyes y cualesquiera otras disposiciones que tengan fuerza xx xxx en el país del Cliente o en el país que se especifique en las Condiciones Especiales del Contrato (CEC) y que de cuando en cuando puedan dictarse y estar en vigencia. n) "Moneda Extranjera" significa cualquier moneda que no sea la del país del Cliente. o) "Moneda Nacional" significa la moneda del país del Cliente. p) "Parte" significa el Cliente o el Consultor, según el caso, y "Partes" significa ambos. q) "Servicios" significa el trabajo a realizar por el Consultor de acuerdo con el Contrato, descrito en los Apéndices A y B del Contracto. r) "Subconsultores" significa una entidad con la que el Consultor subcontrate alguna parte de los Servicios siendo exclusivamente responsable por la ejecución del Contrato. | ||
2 | 2.1 Ninguna estipulación del presente Contrato podrá interpretarse en el sentido de que entre el Cliente y el Consultor existe una relación de empleador y empleado o de mandante y agente. Conforme al Contrato, el Personal y todo Subconsultor, si lo hubiere, que presten los Servicios estarán exclusivamente a cargo del Consultor, quien será plenamente responsable de los Servicios prestados por ellos o en su nombre. | |
3 | 3.1 El Contrato, su significado e interpretación, y la relación que crea entre las Partes se regirán por la Ley Aplicable. | |
4 | 4.1 El Contrato se ha firmado en el idioma señalado en las CEC, por el que se regirán obligatoriamente todos los asuntos relacionados con el mismo o con su significado o interpretación. | |
5 | 5.1 Los encabezamientos no limitarán, alterarán o afectarán el significado del Contrato. | |
6 | 6.1 Toda comunicación que deba o pueda cursarse o darse en virtud del Contrato se hará por escrito en el idioma que se indica en la Cláusula 4 de las CGC. Toda notificación, solicitud o consentimiento se considerará dado o hecho cuando el mismo sea entregado personalmente a un representante autorizado de la Parte a la que se dirige la comunicación, o cuando sea enviado a esa parte a la dirección que se indica en las CEC. 6.2 Una Parte podrá cambiar su dirección de notificaciones mediante información escrita a la otra Parte sobre dicho cambio de la dirección que se indica en las CEC. | |
7 | 7.1 Los Servicios se prestarán en los lugares indicados en el Apéndice A y cuando no esté indicado en dónde habrá de |
cumplirse una tarea específica, se cumplirá en el lugar que el Cliente apruebe, ya sea en su país o en otro lugar. | ||
8 | Autoridad del miembro a cargo | 8.1 En caso de que el Consultor sea una APCA, los miembros autorizan a la firma indicada en las CEC para que ejerza en su nombre todos los derechos y cumpla todas las obligaciones del Consultor frente al Cliente en virtud del Contrato, inclusive y sin limitación, para recibir instrucciones y percibir pagos del Cliente. |
9 | Representantes autorizados | 9.1 Toda medida que se deba o pueda adoptar, y cualquier documento que el Cliente o el Consultor deba o pueda expedir de acuerdo con el Contrato podrá tomarse o expedirse por los funcionarios que se indican en las CEC. |
10 | Prácticas Corruptas y Fraudulentas, Responsabilidad Ambiental y Social | 10.1 La AFD exige cumplimiento con su política con respecto a las Prácticas corruptas y fraudulentas, Responsabilidad ambiental y social que se indican en el Apéndice 1 de las CGC. |
B. Iniciación, Finalización, Modificación y Terminación del Contrato | ||
11 Entrada en vigor del Contrato | 11.1 El Contrato entrará en vigor y tendrá efecto desde la fecha (la "Fecha Efectiva") de la notificación en que el Cliente instruya al Consultor para que comience a prestar los Servicios. En dicha notificación deberá confirmarse que se han cumplido todas las condiciones para la entrada en vigor del Contrato, si las hubiera, indicadas en las CEC. | |
12 | Terminación del Contrato por no haber entrado en vigor | 12.1 Si el Contrato no ha entrado en vigor dentro del periodo siguiente a la firma del mismo que se indica en las CEC, cualquiera de las Partes, mediante comunicación escrita notificará a la otra por lo menos con veintidós (22) días de anticipación, que declara el Contrato nulo y sin valor, en cuyo caso ninguna de las Partes tendrá ningún reclamo sobre la otra con respecto a lo mismo. |
13 | 13.1 El Consultor deberá confirmar la disponibilidad de Expertos Clave y comenzará a prestar los Servicios no más tarde que el número de días siguientes a la Fecha Efectiva que se indica en las CEC. | |
14 | 14.1 A menos que se termina con anterioridad, conforme a lo dispuesto en la Cláusula 19 de estas CGC, el Contrato expirará al término del periodo siguiente a la Fecha Efectiva que se indica en las CEC. | |
15 | Acuerdo total | 15.1 El Contrato contiene todos los acuerdos, las estipulaciones, y las disposiciones convenidas entre las Partes. Ningún agente o representante de ninguna de las Partes está autorizado para hacer, y las Partes no estarán obligadas ni serán responsables por, ninguna declaración, afirmación, promesa o acuerdo que no esté estipulado aquí. |
16 | 16.1 Toda modificación o variación a los términos y condiciones del Contrato, incluida cualquier modificación o variación del alcance de los Servicios, solo podrá hacerse mediante acuerdo escrito entre las Partes. Sin embargo, cada una de las Partes considerará debidamente cualquier propuesta de modificación o variación que haga la otra Parte. 16.2 En casos de modificaciones o variaciones sustanciales se requerirá el previo consentimiento por escrito de la AFD. | |
17 | 17.1 Definición: |
Para los propósitos del Contrato, "Fuerza Mayor" significa un evento que escapa al control razonable de una de las Partes, no es previsible, es inevitable, y que hace que el cumplimiento de las obligaciones contractuales de esa Parte resulte imposible o tan impráctica que puede considerarse razonablemente imposible en tales circunstancias, y sujeto a dichos requisitos. Se consideran eventos de Fuerza Mayor, sin que la enumeración sea exhaustiva: guerra, motines, disturbios civiles, terremoto, incendio, explosión, tormenta, inundación u otras condiciones climáticas adversas, confiscación o cualquier otra acción por parte de agencias del gobierno.
No se considerará Fuerza Mayor (i) ningún evento causado por la negligencia o acción intencional de una de las Partes o del Subconsultor, o agentes o empleados de esa Parte; ni (ii) ningún evento que una Parte diligente pudiera razonablemente haber prevenido en el momento de la conclusión del Contrato o, evitado o superado durante el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del Contrato.
Fuerza Mayor no incluirá insuficiencia de fondos ni incumplimiento en hacer ningún pago requerido.
17.2 No violación del Contrato:
El incumplimiento por una de las Partes de cualquiera de sus obligaciones no será considerado una violación o incumplimiento según el Contrato, cuando dicha incapacidad se deba a un evento de Fuerza Mayor, y siempre cuando la Parte afectada por dicho evento haya tomado todas las precauciones razonables, debido cuidado y medidas alternativas razonables, todo con el fin de cumplir con los términos y condiciones del Contrato.
17.3 Medidas a Tomar:
Una Parte afectada por un evento de Fuerza Mayor continuará ejerciendo sus obligaciones bajo el presente Contrato siempre que sea razonablemente práctico y deberá tomar todas las medidas que sean razonables para atenuar las consecuencias de cualquier evento de Fuerza Mayor.
Una Parte afectada por un evento de Fuerza Mayor notificará a la otra Parte dicho evento, tan pronto como sea posible, y en todo caso a más tardar catorce (14) días calendario siguientes al suceso, y proporcionará pruebas de la naturaleza y el origen de dicho evento; e igualmente, dará aviso escrito de la restauración de las condiciones normales tan pronto como le sea posible.
Cualquier periodo dentro del cual una Parte deba realizar una actividad o tarea en virtud del Contrato se prorrogará por un período igual a aquel durante el cual dicha Parte no haya podido realizar tal actividad como consecuencia de un evento de Fuerza Mayor.
Durante el período de su incapacidad para prestar los Servicios como consecuencia de un evento de Fuerza Mayor, el Consultor bajo instrucciones del Cliente deberá, ya sea: a) Cesar sus actividades y desmovilizarse, en cuyo caso el Consultor será reembolsado por costos adicionales razonables y necesarios en que haya incurrido, y si así lo requiere el Cliente, en reactivar los Servicios; o b) Continuar con los Servicios en la medida razonablemente posible, en cuyo caso el Consultor será remunerado de acuerdo con los términos del Contrato y reembolsado por los costos adicionales razonables y necesarios que haya incurrido. En caso de desacuerdo entre las partes en cuanto a la existencia o alcance de la Fuerza Mayor, el asunto será transado de acuerdo con las Cláusulas 48 y 49 de las CGC. | |
18.1 El Cliente podrá suspender todos los pagos bajo el Contrato mediante una notificación escrita de suspensión al Consultor si éste no cumpliera con cualquiera de sus obligaciones en virtud del mismo incluida la prestación de los Servicios, siempre y cuando dicha notificación de suspensión deberá (i) especificar la naturaleza del incumplimiento y (ii) solicitar al Consultor remediar dicho incumplimiento dentro de un periodo que no exceda los treinta (30) días siguientes a que éste reciba dicha notificación. | |
19 Terminación | El Contrato podrá ser terminado por cualquiera de las partes de acuerdo con las disposiciones que se contemplan a continuación: 19.1 Por el Cliente: El Cliente podrá terminar el Contrato en caso de que suceda cualquiera de los eventos especificados en los párrafos (a) a (f) de esta Cláusula. En dicha circunstancia, el Cliente enviará aviso escrito de terminación al Consultor por lo menos con (30) días de anticipación en el caso de los eventos referidos en los párrafos (a) a (d); aviso escrito con al menos sesenta (60) días de anticipación en el caso del evento referido en el párrafo (e); y aviso escrito con al menos cinco (5) días de anticipación en el caso del evento referido en el párrafo (f): a) Si el Consultor no subsana un incumplimiento de sus obligaciones según se indica en una notificación de suspensión de acuerdo con la Cláusula CGC 18; b) Si el Consultor queda (o, si el Consultor consiste de más de una entidad, si alguno de sus miembros queda) insolvente o en quiebra; o celebra algún acuerdo con sus acreedores a fin de lograr el alivio de sus deudas; o si aprovecha alguna ley en beneficio de deudores o si entra en liquidación o custodia, bien sea obligatoria o voluntaria; c) Si el Consultor no cumple cualquier resolución definitiva adoptada como resultado de un |
procedimiento de arbitraje conforme a la Subcláusula 49.1 de estas CGC;
d) Si, como resultado de un evento de Fuerza Mayor, el Consultor no puede cumplir con una porción material de los Servicios por un periodo de no menos de sesenta (60) días calendario;
e) Si el Cliente, a su sola discreción y por cualquier razón, decidiera terminar el Contrato;
f) Si el Consultor no confirma disponibilidad de los Expertos Clave.
Además, si el Cliente establece que el Consultor ha cometido prácticas corruptas o fraudulentas, para realizar o ejecutar el Contrato, entonces el Cliente, mediante notificación escrita con catorce (14) días de antelación al Consultor, podrá terminar la contratación del Consultor bajo ese Contrato.
19.2 Por el Consultor:
El Consultor podrá terminar el Contrato, mediante notificación escrita al Cliente con no menos de treinta (30) días de anticipación, en caso de que suceda cualquiera de los eventos especificados en los párrafos (a) a (d) de esta Subcláusula:
a) Si el Cliente deja de pagar una suma debida al Consultor en virtud del Contrato, y dicha suma no es objeto de controversia conforme a la Subcláusula 49.1 de estas CGC, dentro de cuarenta y cinco (45) días después de haber recibido la notificación escrita del Consultor de que dicho pago está vencido;
b) Si el Consultor, como consecuencia de un evento de Fuerza Mayor, no puede proporcionar una porción material de los Servicios por un período no menor de sesenta (60) días;
c) Si el Cliente no cumple con alguna decisión final adoptada como resultado del arbitraje conforme a la Subcláusula
49.1 de estas CGC;
d) Si el Cliente comete una violación sustancial de sus obligaciones en virtud del Contrato y no la subsanará dentro de cuarenta y cinco (45) días (u otro periodo más largo que el Consultor pudiera haber aceptado posteriormente por escrito) siguientes a la recepción de la notificación del Consultor donde indique dicha violación.
19.3 Cesación de Derechos y Obligaciones:
Una vez termine el Contrato de acuerdo con las Cláusulas 12 o 19 de estas CGC, o cuando venza el Contrato de acuerdo con la Cláusula 14 de estas CGC, todos los derechos y obligaciones de las Partes en virtud del Contrato cesarán, a excepción de (i) los derechos y obligaciones que pudieran haberse acumulado hasta la fecha de terminación o de expiración, (ii) la obligación de confidencialidad estipulada en la Cláusula 22 de estas CGC,
(iii) la obligación del Consultor de permitir la inspección, copia y auditoria de sus cuentas y registros según lo estipulado en la
Cláusula 25 de estas CGC, y (iv) cualquier derecho que una Parte pueda tener de conformidad con la Ley Aplicable. 19.4 Cesación de Servicios: Una vez termine el Contrato por notificación de cualquiera Parte a la otra, de conformidad con lo dispuesto en las Cláusulas 19.1 o 19.2 de estas CGC, inmediatamente después del envío o de la recepción de dicha notificación, el Consultor deberá tomar todas las medidas necesarias para cerrar los Servicios en forma pronta y ordenada y hará todo lo que esté a su alcance para mantener a un mínimo los gastos para este propósito. Con respecto a los documentos preparados por el Consultor y equipo y materiales suministrados por el Cliente, el Consultor procederá conforme a lo estipulado, respectivamente, en las Cláusulas 27 o 28 de las CGC. 19.5 Pago a la Terminación: Una vez termine el Contrato, el Cliente efectuará los siguientes pagos al Consultor: a) Remuneración de los Servicios prestados satisfactoriamente antes de la Fecha Efectiva de terminación, otros gastos incurridos y, para los Contratos con precios unitarios (sobre base de tiempo trabajado), los gastos reembolsables realmente incurridos antes de la Fecha Efectiva de terminación; y de acuerdo con la Cláusula 42; b) En el caso de terminación conforme a los párrafos (d) y (e) de la Subcláusula 19.1.1 de estas CGC, el reembolso de cualquier gasto razonable inherente a la terminación pronta y ordenada del Contrato, incluidos los gastos del viaje de regreso de los Expertos. | |
20.1 Estándar de Cumplimiento: El Consultor prestará los Servicios y los desempeñará con toda la debida diligencia, eficiencia y economía, de acuerdo con normas y prácticas profesionales generalmente aceptadas; asimismo, observará prácticas de administración prudentes y empleará tecnología apropiada y equipos, maquinaria, materiales y métodos eficaces y seguros. El Consultor actuará siempre como asesor xxxx del Cliente en todos los asuntos relacionados con el Contrato o con los Servicios, y en todo momento deberá apoyar y proteger los intereses legítimos del Cliente en tratos con terceros. El Consultor empleará y suministrará los Expertos y Subcontratistas con experiencia que se requieran para la prestación de los Servicios. El Consultor podrá subcontratar parte de los Servicios hasta un grado y con los Expertos Clave y subcontratistas que el Cliente pueda aprobar previamente. No obstante dicha aprobación, el Consultor conservará la plena |
responsabilidad de los Servicios. El Consultor no podrá subcontratar la totalidad de los Servicios. 20.2 Ley Aplicable a los Servicios: El Consultor prestará los Servicios de acuerdo con el Contrato y la Ley Aplicable y tomará todas las medidas prácticas para garantizar que cualquiera de sus Expertos y Subconsultores cumplan con la Ley Aplicable. Durante la ejecución del Contrato, el Consultor deberá cumplir con las leyes sobre prohibición de importación de bienes y servicios en el país del Cliente. El Cliente notificará por escrito al Consultor las costumbres habituales relevantes, y el Consultor, luego de dicha notificación, deberá respetar dichas costumbres. | |
21.1 El Consultor deberá otorgar suprema importancia a los intereses del Cliente, sin ninguna consideración por trabajos futuros, y evitará estrictamente conflicto con otros trabajos o con sus intereses corporativos. 21.2 El Consultor no se sacará provecho de comisiones, descuentos, etc.: La remuneración del Consultor en virtud de la Cláusula F (Clausulas 41 a 46) de estas CGC constituirá el único pago del Consultor en conexión con el Contrato y sujeto a la Subcláusula 21.1.3 de las mismas, el Consultor no aceptará en beneficio propio ninguna comisión comercial, descuento o pago similar en relación con las actividades estipuladas en el Contrato, o en el cumplimiento de sus obligaciones bajo el mismo; además, el Consultor hará todo lo que esté a su alcance por garantizar que los Subconsultores, así como los Expertos y los agentes de cualquiera de ellos, igualmente no reciban ningún dicho pago adicional. Además, si el Consultor como parte de los Servicios tiene la responsabilidad de asesorar al Cliente en materia de adquisición de bienes, obras, plantas, servicios de consultoría o servicios de no-consultoría, el Consultor deberá cumplir con las normas aplicables del Cliente, y en todo momento deberá ejercer dicha responsabilidad en los mejores intereses del Cliente. Cualquier descuento o comisión que obtenga el Consultor en el ejercicio de dicha responsabilidad en las adquisiciones será por cuenta del Cliente. 21.3 El Consultor y sus afiliadas no se podrán ocupar en ciertas actividades: Salvo que las CEC indiquen otra cosa, una firma, o cualquiera de sus Afiliadas, contratada por el Cliente para suministrar bienes, o construir obras o prestar servicios de no consultoría para un proyecto, será descalificada para prestar servicios de consultoría que resulten o que se relacionen directamente con esos bienes, obras, plantas o servicios de no consultoría. 21.4 Prohibición de actividades conflictivas: El Consultor no podrá participar, y hará que sus Expertos y sus Subconsultores no participen, directa o indirectamente, en |
cualquier negocio o actividad profesional que entre en conflicto con las actividades asignadas a ellos bajo el Contrato. 21.5 Estricto deber de divulgar actividades conflictivas: El Consultor tiene una obligación y garantizará que sus Expertos y Subconsultores tengan la obligación de revelar cualquier situación de conflicto real o potencial que tenga impacto en su capacidad de servir en los mejores intereses de su Cliente, o que razonablemente pueda percibirse como que tenga este efecto. El no revelar dichas situaciones podrá llevar a la terminación de su Contrato. | |
22.1 Salvo con el previo consentimiento escrito del Cliente, el Consultor y los Expertos no podrán comunicar a ninguna persona o entidad ninguna información confidencial que adquiera en el curso de los Servicios, ni el Consultor y los Expertos podrán hacer públicas las recomendaciones formuladas en el curso de, o como resultado de los Servicios. 22.2 EL CONSULTOR se obliga a mantener y guardar estricta reserva y absoluta confidencialidad sobre todos los documentos e información de EL CLIENTE a los que tenga acceso durante la ejecución del Servicio. 22.3 Se entiende que la obligación asumida por EL CONSULTOR está referida no sólo a los documentos e información señalados como “confidenciales” sino a todos los documentos e información que en razón del contrato de prestación del servicio o vinculados con la ejecución del mismo, puedan ser conocidos a través de cualquier medio por EL CLIENTE. 22.4 En consecuencia, EL CONSULTOR deberá abstenerse de divulgar tales documentos e información sea en forma directa o indirecta. EL CONSULTOR conviene que toda la información suministrada en virtud de la prestación del servicio es confidencial y de propiedad de EL CONSULTOR. 22.5 EL CONSULTOR sólo podrá revelar al personal que estrictamente sea necesario, para la realización de las actividades materia del servicio, los documentos e información a los que se refiere el numeral precedente. 22.6 Asimismo, EL CONSULTOR se obliga a tomar las medidas y precauciones razonables para que sus trabajadores, directores, accionistas, proveedores y en general, cualquier persona que tenga relación con EL CONSULTOR, no divulgue a ningún tercero los documentos e información a los que tenga acceso. 22.7 EL CONSULTOR se hace responsable por la divulgación que pueda producir, debiendo asumir el pago de la indemnización por daños y perjuicios que la autoridad competente determine en su oportunidad. 22.8 La obligación de confidencialidad establecida en el presente acuerdo permanecerá vigente incluso luego de la finalización del contrato de prestación de servicios, hasta por un lapso de cinco (05) años. 22.9 EL CONSULTOR, al momento de resolución o término del contrato de prestación de servicio y dentro de los 10 días calendario posteriores, se compromete a devolver todo el |
material que le haya proporcionado ELCLIENTE, sin que sea necesario que le sea requerido. 22.10 Se exceptúa a EL CONSULTOR del cumplimiento de confidencialidad cuando exista consentimiento expreso de LA ENTIDAD, en los casos establecidos por ley. 22.11 El incumplimiento de las obligaciones que asume EL CONSULTOR en el presente acuerdo constituye causal de resolución automática y de pleno derecho del contrato de prestación del servicio, de conformidad con lo previsto en el Art. 1430° del Código Civil, sin perjuicio de la obligación de EL CONSULTOR de pagar a EL CLIENTE la indemnización correspondiente. | |
23.1 Sujeto a las disposiciones adicionales establecidas en las CEC, si las hay, la responsabilidad del Consultor bajo el Contrato será regida por la Ley Aplicable. | |
24 Contabilidad, Inspección y Auditoria | 24.1 El Consultor deberá mantener y hará todo lo que esté a su alcance por hacer que sus Subconsultores mantengan cuentas y registros fieles y sistemáticos en relación con los Servicios, y en la forma y detalle que identifiquen claramente las variaciones relevantes de tiempo y costos. 24.2 El Consultor permitirá y hará que sus Subconsultores permitan a la AFD y/o a las personas que la AFD nombre, inspeccionar el Lugar y/o las cuentas y registros relacionados con el cumplimiento del Contrato y la presentación de la Propuesta para la prestación de los Servicios, y hará que dichas cuentas y registros sean auditados por auditores nombrados por la AFD, si así lo solicita la AFD. Se solicita atención del Consultor a la Cláusula 10 de las CGC la cual contempla, entre otras cosas, que acciones cuya intención sea impedir materialmente el ejercicio de los derechos de inspección y auditoria de la AFD de acuerdo con esta Subcláusula 25.2 de las CGC constituye una práctica prohibida sujeto a terminación del Contrato. |
25.1 El Consultor presentará al Cliente los informes y documentos que se especifican en el Apéndice A, en la forma, números y dentro de los periodos establecidos en dicho Apéndice. | |
26 Derechos de propiedad del Cliente en Reportes y Registros | 26.1 Salvo que las CEC indiquen otra cosa, todos los informes y datos relevantes e información tales como mapas, diagramas, planos, bases de datos, otros documentos y software, registros de soporte o material recopilado o elaborado por el Consultor para el Cliente en el curso de los Servicios serán confidenciales y serán y quedarán de propiedad absoluta del Cliente. A más tardar cuando el Contrato venza o termine, el Consultor deberá entregar al Cliente todos dichos documentos, junto con un inventario detallado de los mismos. El Consultor podrá conservar una copia de dichos documentos, datos y/o software, pero no los podrá utilizar para propósitos que no tengan relación con el Contrato sin la previa aprobación escrita del Xxxxxxx.Xx para propósitos de desarrollo de los planos, dibujos, especificaciones, diseños, bases de datos, otros documentos y software, son necesarios o indicados contratos de licencia entre el Consultor y terceros, el Consultor deberá obtener la previa aprobación escrita del Cliente en dichos Contratos y el Cliente podrá, a su discreción, exigir la recuperación de los gastos |
relacionados con el desarrollo del/los respectivo(s) programa(s). En las CEC se especificarán otras restricciones acerca del futuro uso de estos documentos y software a que hubiere lugar | |
27 Descripción de Expertos Clave | 27.1 En el Apéndice B se describen los cargos, funciones convenidas y calificaciones mínimas de los Expertos Clave del Consultor, así como el tiempo estimado durante el que prestarán los Servicios. 27.2 En caso de un Contrato con precios unitarios (sobre base de tiempo trabajado) y si a fin de cumplir con las disposiciones de la Cláusula 20.1 de estas CGC fuera necesario el insumo de tiempo estimado de los Expertos Clave que se indica en el Apéndice B, el Consultor podrá hacerlo notificando dicha circunstancia por escrito al Cliente, teniendo en cuenta que (i) dichos ajustes no modifiquen el período originalmente estimado de contratación de cualquier persona en más de un 10% o en una semana, según el que resulte mayor; y (ii) que el total de dichos ajustes no supere el límite máximo del total de pagos que deban efectuarse en virtud del Contrato establecido en la Subcláusula 41.1 de las CGC del Contrato. 27.3 En caso de un Contrato con precios unitarios (sobre base de tiempo trabajado) y si se requirieran otros trabajos adicionales no comprendidos en el alcance de los Servicios especificados en el Apéndice A, se podrán extender los períodos estimados de contratación de los Expertos Clave mediante acuerdo escrito entre el Cliente y el Consultor. Cuando los pagos bajo el Contrato superen los montos máximos establecidos en la Subcláusula 41.1 de las CGC, las partes deberán suscribir una modificación al Contrato. |
28 Reemplazo de Expertos Clave | 28.1 Salvo según el Cliente acuerde otra cosa por escrito, no se harán cambios en los Expertos Clave. 28.2 No obstante lo anterior, la sustitución de Expertos Clave durante la ejecución del Contrato podrá considerarse únicamente con base en la solicitud escrita del Consultor y debido a circunstancias fuera del control razonable del Consultor, incluida, más no limitada a la muerte o incapacidad física de este. En tal caso, el Consultor deberá proveer de inmediato como reemplazo, a una persona de calificaciones y experiencia equivalentes o mejores y por la misma tarifa de remuneración. |
29 Aprobación de Expertos Clave Adicionales | 29.1 Si durante la ejecución del Contrato se llegan a requerir Expertos Clave adicionales para la provisión de los Servicios, el Consultor deberá presentar al Cliente para revisión y aprobación una copia de sus Hojas de Vida (CV). Si el Cliente no objeta por escrito (indicando las razones de su objeción) dentro de veintidós (22) días siguientes a que reciba los CV, se considerará que esos Expertos Clave han sido aprobados por el Cliente. 29.2 En caso de un Contrato con precios unitarios (tiempo trabajado), la tarifa de remuneración aplicable a los Expertos Clave adicionales estará basada en las tarifas de los otros Expertos Clave que tengan el mismo nivel de calificación y de experiencia. |
30.1 Si el Cliente encuentra que alguno de los Expertos o el Subconsultor ha cometido una falta grave o ha sido acusado de haber cometido una acción criminal, o si el Cliente determina |
que el Experto o Subconsultor del Consultor ha estado implicado en prácticas corruptas o fraudulentas durante la prestación de los Servicios, a solicitud escrita del Cliente, el Consultor deberá proveer un reemplazo. 30.2 En caso de que el Cliente encuentre que alguno de los Expertos Clave, Expertos No Clave o Subconsultores es incompetente o incapaz de cumplir con los deberes que les hayan sido asignados, indicando las bases para ello, el Cliente podrá solicitar al Consultor que provea un reemplazo. 30.3 Todo reemplazo de los Expertos o Subconsultores removidos deberá poseer mejores calificaciones y experiencia y deberá ser aceptable al Cliente. | |
31 Reemplazo / Remoción de Expertos – Impacto en los Pagos | 31.1 Salvo que el Cliente acuerde otra cosa, (i) el Consultor asumirá todos los gastos adicionales de viaje y demás costos que surjan o que sean incidentales a la remoción y/o reemplazo, y (ii) la remuneración a pagar por cualquiera de los Expertos proporcionado como reemplazo no superará la remuneración que se hubiera pagado a los Expertos reemplazados o removidos. 31.2 En el caso de un Contrato de suma global, el Consultor asumirá todos los costos de viaje y otros que resulten de la remoción y/o reemplazo de los Expertos Clave. |
32 Horas Laborables y Extraordinaria, Licencias, etc. (únicamente para Contratos sobre Base de Tiempo Trabajado) | 32.1 Salvo lo establecido en el Apéndice A, los Expertos Clave no tendrán derecho a recibir pago por horas extraordinarias ni a tomar licencia pagada por enfermedad o por vacaciones, y se considerará que la remuneración del Consultor cubre estos aspectos. 32.2 Cualquier uso de licencia por los Expertos estará sujeto a la aprobación previa del Consultor, quien se cerciorará de que dichas ausencias por concepto de licencia no demorarán el progreso ni tendrá un impacto en la adecuada supervisión de los Servicios. |
33 Asistencia y exenciones | 33.1 Salvo que las CEC especifiquen otra cosa, el Cliente hará todo lo posible a fin de que se: a) Otorgue al Consultor y demás documentos necesarios para poder prestar los Servicios; b) Facilite prontamente a los Expertos, y si corresponde, a sus familiares a cargo elegibles, la provisión de visas de entrada y salida, permisos de residencia, autorizaciones de cambio de moneda y otros documentos requeridos para su permanencia en el país del Cliente durante el tiempo que dure la prestación de los Servicios; c) Exima al Consultor, a los Expertos y a todo Subconsultor para los fines de los Servicios de cualquier requisito de registro o de obtención de un permiso para poder ejercer la profesión o para establecerse en forma independiente o como entidad legal en el país del Cliente, de acuerdo con la Ley Aplicable en el país del Cliente; d) Autorice, conforme a la Ley Aplicable en el país del Cliente, al Consultor, y a los Expertos de cualquiera de ellos, de ingresar al país del Cliente sumas razonables de Moneda Extranjera |
para los fines de los Servicios o para uso personal de los Expertos, así como de retirar de dicho país las sumas que los Expertos puedan haber ganado allí por la prestación de los Servicios; y 33.2 Proporcione al Consultor cualquier otra asistencia que se especifique en las CEC. | |
34.1 El Cliente garantiza que el Consultor tendrá acceso libre y gratuito a la oficina de FMV en Lima con respecto al cual se requiera acceso para la prestación de los Servicios. El Cliente será responsable de los daños que el mencionado acceso pueda ocasionar a la oficina de FMV o a cualquier bien del mismo, y liberará de responsabilidad por dichos daños al Consultor y a cada uno de los Expertos con respecto a la responsabilidad de cualquier dicho daño, salvo que el mismo sea causado por falta voluntaria o negligencia del Consultor o de cualquiera de los Subconsultores o de los Expertos. | |
35 Cambio en la Ley Aplicable con respecto a impuestos y derechos | 35.1 Si con posterioridad a la fecha del Contrato se produjera cualquier cambio en la Ley Aplicable en el país del Cliente en relación con los impuestos y los derechos que resultará en el aumento o la reducción de los gastos incurridos por el Consultor en la prestación de los Servicios, entonces la remuneración y otros gastos pagaderos al Consultor en virtud del Contrato serán aumentados o disminuidos según corresponda por acuerdo entre las Partes, y se efectuarán los correspondientes ajustes de los montos máximos estipulados en la Subcláusula 41.1 de estas CGC. |
36.1 El Cliente facilitará al Consultor y los Expertos, para los fines de los Servicios y libres de todo cargo, los servicios, instalaciones y bienes indicados en los Términos de Referencia (Apéndice A) en el momento y en la forma que se especifican allí. 36.2 En caso de que dichos servicios, instalaciones y bienes no estuvieran disponibles al Consultor cómo y cuándo se especifica en el Apéndice A, las Partes convendrán en (i) una prórroga del periodo que sea apropiado conceder al Consultor para proporcionar los Servicios, (ii) la forma en que el Consultor habrá de obtener dichos servicios, instalaciones y bienes de otras fuentes, y (iii) si corresponde, los pagos adicionales que en consecuencia deban efectuarse al Consultor de conformidad con la Cláusula 41 de estas CGC. | |
37.1 El Cliente facilitará al Consultor, libre de todo cargo, el personal profesional y de apoyo de la contraparte, seleccionado por el Cliente con el asesoramiento del Consultor, si así se dispone en el Apéndice A. 37.2 Si el Cliente no facilitará al Consultor personal de la contraparte en el momento y en la forma estipulados en el Apéndice A, el Cliente y el Consultor convendrán en (i) la forma en que se cumplirá con la parte afectada de los Servicios y (ii) si corresponde, los pagos adicionales que en consecuencia deba efectuar el Cliente al Consultor de conformidad con la Cláusula 41 de estas CGC. 37.3 El personal profesional y de apoyo de la contraparte, excepto el personal de enlace del Cliente, trabajará bajo la dirección exclusiva del Consultor. En caso de que cualquier integrante del personal de contrapartida no cumpliera satisfactoriamente el |
trabajo inherente a sus funciones que el Consultor encomiende a dicha parte y acorde con el cargo que ocupe dicho integrante, el Consultor podrá solicitar el reemplazo de dicho integrante y el Cliente no podrá negarse sin razón, a tomar las medidas pertinentes frente a tal petición. | ||
38 | 38.1 En consideración de los Servicios prestados por el Consultor en virtud del Contrato, el Cliente efectuará dichos pagos al Consultor en la forma que se contempla en la CGC siguiente. | |
F. Pagos al Consultor | ||
39 | Precio del Contrato (suma global) | 39.1 En caso de un Contrato de suma global, el precio del Contrato es fijo y está indicado en las CEC. El desglose del precio del Contrato está descrito en el Apéndice C. No podrá hacerse ninguna modificación al precio del Contrato sin el acuerdo entre las dos Partes con el fin de revisar el alcance de los Servicios de conformidad con la Cláusula 16 de las CGC y de enmendar por escrito los Términos de Referencia en el Apéndice A. |
40 | Impuestos y derechos | 40.1 El Consultor, los Subconsultores y los Expertos son responsables por atender todas las obligaciones fiscales que surjan del Contrato, salvo que las CEC indiquen otra cosa. |
41 | 41.1 Todo pago bajo el Contrato se hará en la(s) moneda(s) del Contrato. | |
42 | Modalidad de facturación y pago | 42.1 Las facturaciones y los pagos con respecto a los Servicios se realizarán de la siguiente manera: a) Cuotas de suma global: El Cliente pagará al Consultor en un período de sesenta (60) días a partir de la recepción de la conformiadad por el Cliente de o de los entregable(s) y de la factura correspondiente en concepto de la suma global que corresponda. El pago podrá retenerse si el Cliente no aprueba como satisfactorio el o los entregable(s), en cuyo caso el Cliente emitirá sus comentarios al Consultor dentro del período de quince (15) días. El Consultor realizará rápidamente las correcciones necesarias y, subsiguientemente, se reiterará el proceso. b) Pago final: El pago final dispuesto en esta cláusula sólo se efectuará después de que el Consultor presente el informe final y una factura final, identificada como tal, y aprobada a satisfacción del Cliente. Toda reclamación por parte del Cliente por concepto de reembolso deberá hacerse dentro de (doce) 12 meses calendario luego de que el Cliente reciba el informe definitivo y una factura aprobada por el Cliente de acuerdo con lo anterior. c) Todos los pagos a efectuarse en virtud del Contrato se depositarán en las cuentas del Consultor que se indiquen en las CEC. d) Excepto por el pago final bajo la Subcláusula (d) anterior, los pagos no constituyen aceptación de los Servicios ni eximen al Consultor de ninguna de sus obligaciones en virtud del Contrato. |
43 | Intereses sobre pagos en xxxx y penalizaciones | 43.1 Intereses sobre Pagos en Xxxx: Si el Cliente ha demorado pagos más de treinta (30) días después de la fecha de vencimiento que se indica en la Subcláusula CGC 40.1 (c), se pagarán intereses al Consultor sobre cualquier monto adeudado y no pagado en dicha fecha de vencimiento por cada día xx xxxx, a la tasa anual que se indica en las CEC. 43.2 Penalizaciones: Si el Consultor no cumple con las obligaciones del Contrato, el Cliente puede aplicar las penalizaciones indicadas en las CEC. El monto máximo de las penalizaciones aplicadas tendrá un tope de 10% del monto del Contrato. |
44 | Buena fe | 44.1 Las Partes se comprometen a actuar de buena fe en cuanto a los derechos de ambas partes en virtud del Contrato y a adoptar todas las medidas razonables para asegurar el cumplimiento de los objetivos del mismo. |
45 | 45.1 Las Partes buscarán resolver cualquier controversia en forma amigable mediante consultas mutuas. 45.2 Si cualquiera de las Partes objeta a una acción o inacción de la otra Parte, la Parte que objeta puede presentar por escrito una Notificación de Controversia a la otra Parte indicando en detalle la base de la controversia. La parte que recibe la Notificación de Controversia la considerará y responderá por escrito entro de catorce (14) días siguientes al recibo. Si esa Parte no responde dentro de los catorce (14) días, o la controversia no puede ser resuelta amigablemente dentro de los 14 días siguientes a la respuesta esa Parte, aplicará la Subcláusula 49.1 de las CEC. | |
46 | 46.1 Toda controversia entre las Partes relativa a cuestiones que surjan o que tengan relación con el Contrato que no pueda arreglarse en forma amigable podrá ser referida a adjudicación/arbitraje por cualquiera de las Partes de acuerdo con lo dispuesto en las CEC. |
APÉNDICE 1 – Política de la AFD – Prácticas Fraudulentas y Corruptas – Responsabilidad Ambiental y Social
1. Prácticas fraudulentas y corruptas
La Autoridad Contratante y los proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores y subconsultores deberán observar las más altas reglas de ética durante el proceso de adquisición y la ejecución del contrato. La Autoridad Contratante es el Comprador, Contratante o Cliente, según sea el caso, para la adquisición de bienes, obras, plantas, servicios de consultoría o servicios de no consultoría.
Con la firma de la Declaración de Integridad, los proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores y subconsultores declaran que (i) "no han cometido actos susceptibles de influir en el proceso de adjudicación del contrato en detrimento de la Autoridad Contratante y, en particular, que no se han involucrado ni se involucran en cualquier práctica anticompetitiva" y que (ii) "el proceso de adquisición y ejecución del contrato no ha dado ni dará lugar a ningún acto de corrupción o de fraude".
La AFD exige que los Documentos de Adquisiciones y los contratos financiados por la AFD incluyan una estipulación que exija que los proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores y subconsultores autoricen a la AFD a examinar sus cuentas y archivos relacionados con el proceso de adquisición y la ejecución del contrato financiado por la AFD y a ser auditados por parte de auditores designados por la AFD.
La AFD se reserva el derecho de adoptar cualquier acción apropiada con el fin de asegurar el cumplimiento de dichas reglas de ética, en particular el derecho de:
a) Rechazar la propuesta de adjudicación de un contrato si establece que durante el proceso de adquisición el oferente o consultor recomendado para ser adjudicado el contrato es culpable de un acto de corrupción, directamente o a través de un agente, o ha cometido fraude o prácticas anticompetitivas con el fin de obtener dicho contrato;
b) Xxxxxxxx la contratación viciada si, en cualquier momento, la AFD determina que la Autoridad Contratante, los proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores, subconsultores o sus representantes participaron en actos de corrupción, fraude o prácticas anticompetitivas durante el proceso de adquisición o la ejecución del contrato sin que la Autoridad Contratante haya tomado las medidas necesarias para remediar esta situación a su debido tiempo y a satisfacción de la AFD, incluso por no informar a la AFD cuando se enteró de dichas prácticas.
Con el fin de aplicar esta disposición, la AFD define las expresiones siguientes:
a) Corrupción de un Funcionario Público se interpretará como:
− El acto de prometer, ofrecer o conceder a un Funcionario Público, directa o indirectamente, una ventaja indebida de cualquier tipo, para él mismo o para otra Persona1 o entidad, con el fin de que realice o se abstenga de realizar un acto en el ejercicio de sus funciones oficiales;
− El acto por el cual un Funcionario Público solicite o acepte, directa o indirectamente, una ventaja indebida de cualquier tipo, para sí mismo o para otra Persona o entidad, con el fin de que realice o se abstenga de realizar un acto en el ejercicio de sus funciones oficiales.
b) Funcionario Público se interpretará como:
− Cualquier Persona natural que ocupe un cargo legislativo, ejecutivo, administrativo o judicial (dentro del país de la Autoridad Contratante), indistintamente de que la Persona natural haya sido nombrada o electa, de manera permanente o temporal, que sea remunerada o no, sea cual sea su nivel jerárquico que esa Persona natural ejerce;
− Cualquier otra Persona natural que ejerza un cargo público, incluso para un organismo o una empresa del estado, o que preste un servicio público;
1 Se refiere a cualquier Persona ya sea natural o legal, compañía, corporación, gobierno, estado o agencia de un estado o cualquier asociación o grupo de dos o más de las anteriores (tengan o no estado legal separado).
− Cualquier otra Persona natural definida como Funcionario Público en las leyes del país de la Autoridad Contratante.
c) Corrupción de una Persona Privada2 se interpretará como:
− El acto de prometer, ofrecer o conceder, directa o indirectamente, una ventaja indebida de cualquier tipo a él o cualquier Persona o entidad, para ella misma con el fin de que realice o se abstenga de realizar un acto que viola sus obligaciones legales, contractuales o profesionales;
− El acto por el cual cualquier Persona Privada, solicita o acepta, directa o indirectamente, una ventaja indebida de cualquier tipo, para sí misma o para otra Persona o entidad, para que esa Persona Privada realice o se abstenga de realizar un acto que viola sus obligaciones legales, contractuales o profesionales.
d) Fraude significa cualquier conducta deshonesta (por acción u omisión), que se considere o no una ofensa criminal, destinada a engañar deliberadamente a un tercero, disimular intencionalmente elementos, a violar o viciar su consentimiento, a eludir las obligaciones legales o reglamentarias y/o a violar las reglas internas con el fin de obtener un lucro ilegítimo.
e) Práctica Anticompetitiva se interpretará como:
− Cualquier acción concertada o implícita con el objeto o cuyo efecto es impedir, restringir o distorsionar la competencia en un mercado, en particular cuando: (i) limita el acceso al mercado o el libre ejercicio de la competencia por parte de otras Personas; (ii) obstaculiza el libre establecimiento de precios competitivos, a través de la creación artificial de aumentos y rebajas de precio; (iii) limita o controla la producción, las oportunidades xx xxxxxxx, las inversiones o el progreso técnico; o (iv) reparte los mercados o las fuentes de abastecimiento;
− Cualquier explotación abusiva por parte de una Persona o de un grupo de Personas que mantiene una posición dominante en un mercado interno o en una parte substancial del mismo;
− Cualquier práctica donde los precios cotizados son irracionalmente bajos, con el objetivo de eliminar de un mercado o prevenir entrar en un mercado a una Persona o cualquiera de sus productos.
2. Responsabilidad Ambiental y Social
Con el fin de promover un desarrollo sostenible, la AFD busca asegurar que se cumplen con las normas ambientales y sociales reconocidas internacionalmente y que los proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores y subconsultores para contratos financiados por la AFD deben comprometerse, sobre la base de la Declaración de Integridad a:
a) Cumplir y a hacer cumplir por el conjunto de sus subcontratistas y subconsultores, las normas ambientales y sociales internacionales, incluyendo los convenios fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y los tratados internacionales para la protección del medio ambiente, en consonancia con las leyes y normativas aplicables en el país en que se realiza el contrato;
b) Implementar cualquier medida de mitigación de riesgos ambientales y sociales cuando se especifican en el Plan de Gestión Ambiental y Social (PGAS) emitido por la Autoridad Contratante.
2 Se refiere a cualquier Persona natural que no sea un Funcionario Público.
APÉNDICE 2 – Criterio de Elegibilidad
Elegibilidad para contratos financiados por la AFD
1. Los financiamientos otorgados por la AFD a una Autoridad Contratante, no son atados desde el 1° de enero de 2002. Por consiguiente, salvo materiales o sectores sujetos a embargo de las Naciones Unidas, de la Unión Europea x xx Xxxxxxx, la AFD financia todos los bienes, obras, plantas, servicios de consultoría y servicios de no consultoría sin tomar en cuenta el país de origen del proveedor, contratista, subcontratista, consultor o subconsultor, así como los insumos o recursos utilizados en el proceso de realización. La Autoridad Contratante es el Comprador, Contratante o Cliente, según sea el caso, para la adquisición de bienes, obras, plantas, servicios de consultoría o servicios de no consultoría.
2. No pueden ser adjudicatario de un contrato financiado por la AFD las Personas1 (incluyendo todos los miembros de una Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) y cualquiera de sus subcontratistas) que en la fecha de la entrega de una solicitud (para precalificar o expresar interés), oferta o propuesta o en la fecha de la adjudicación del contrato:
2.1 Estar en o haber sido objeto de un procedimiento de quiebra, de liquidación, de administración judicial, de salvaguarda, de cesación de actividad o estar en cualquier otra situación análoga como consecuencia de un procedimiento del mismo tipo;
2.2 Hayan sido objeto:
a) de una condena pronunciada hace menos de cinco años mediante una sentencia en firme (res judicata) en el país de realización donde el contrato se implementa, por fraude, corrupción o cualquier delito cometido en el marco del proceso de adquisición o ejecución de un contrato, a no ser que presenten información complementaria que consideren útil transmitir en el marco de la Declaración de Integridad, que permita estimar que esta condena no es pertinente en el marco del Contrato;
b) de una sanción administrativa pronunciada hace menos de cinco años por la Unión Europea o las autoridades competentes del país donde están constituidos, por fraude, corrupción o cualquier delito cometido en el marco del proceso de adquisición o ejecución de un contrato, a no ser que presenten información complementaria que consideren útil transmitir en el marco de la Declaración de Integridad, que permita estimar que esta sanción no es pertinente en el marco del Contrato;
c) de una condena pronunciada por una corte hace menos de cinco años que se considere una sentencia en firme (res judicata) por fraude, corrupción o cualquier otro delito cometido en el marco del proceso de adquisición o ejecución de un contrato financiado por la AFD;
2.3 Figuran en las listas de las sanciones financieras adoptadas por las Naciones Unidas, la Unión Europea y/x Xxxxxxx, en particular por concepto de lucha contra el financiamiento del terrorismo y contra los atentados a la paz y a la seguridad internacionales;
2.4 Hayan sido objeto de una rescisión por causales atribuibles a ellos mismos en el transcurso de los últimos cinco años debido a un incumplimiento grave o persistente de sus obligaciones contractuales durante la ejecución de un contrato anterior, excepto si (i) esta rescisión fue objeto de una impugnación y (ii) la resolución del litigio está todavía en curso o no se ha confirmado una sentencia en contra de ellos;
1 Se refiere a cualquier Persona ya sea natural o legal, compañía, corporación, gobierno, estado o agencia de un estado o cualquier asociación o grupo de dos o más de las anteriores (tengan o no estado legal separado).
2.5 No hayan cumplido con sus obligaciones respecto al pago de sus impuestos de acuerdo con las disposiciones legales del país donde están constituidos o con las mismas del país de la Autoridad Contratante;
2.6 Estén bajo el peso de una decisión de exclusión pronunciada por el Banco Mundial y por este concepto figuren en la lista publicada en la dirección electrónica xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx/xxxxxx, a no ser que presenten información complementaria que consideren útil transmitir en el marco de la Declaración de Integridad, que permita estimar que esta decisión de exclusión no es pertinente en el marco del proyecto financiado por la AFD;
2.7 Hayan producido falsos documentos o sean culpables de falsa(s) declaración(es) al proporcionar los datos exigidos por la Autoridad Contratante en el marco del presente proceso de adquisición y adjudicación del contrato.
3. Las entidades de propiedad estatal podrán competir a condición de que puedan proveer evidencia (i) que gozan de autonomía jurídica y financiera, y (ii) que se rigen por las reglas de derecho comercial. Para ello, las entidades de propiedad estatal tendrán que entregar toda la documentación incluidos sus estatutos y otra información que la AFD pueda solicitar, que permitan a la AFD comprobar satisfactoriamente que: (i) tienen una personería jurídica distinta de la de su Estado, (ii) no reciben subvención pública alguna ni ayuda presupuestaria importante,
(iii) se rigen de acuerdo con las disposiciones del derecho comercial y que, en particular, no están obligados a reingresar sus excedentes en su Estado, que pueden adquirir derechos y obligaciones, tomar fondos prestados, que están obligados a reembolsar sus deudas y que pueden ser objeto de un procedimiento de quiebra.
III – CONDICIONES ESPECIALES DEL CONTRATO
Número de Cláusula de las CGC | Modificaciones y complementos de las Condiciones Generales del Contrato |
1.1(m) y 3.1: Ley Aplicable | El Contrato será interpretado de conformidad con las leyes de: Perú |
4.1: Idioma | El idioma es: Español. |
6.1 y 6.2: Comunicaciones | Las direcciones son: Cliente: Fondo MIVIVIENDA S.A. Atención: Gerencia de Proyectos Inmobiliarios y Sociales Correo electrónico (cuando corresponda): xxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx y xxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx o a nuestro canal xx Xxxx de partes virtual: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx/XXXXXXXXX/xxxxx- MIVIVIENDA/pagina.aspx?idpage=507 xxxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxx/ #/formulario. Consultor: Atención: Fax: Correo electrónico (cuando corresponda): |
8.1: Autoridad del miembro a cargo | [Nota: Si el Consultor consiste solo de una entidad, indicar "N/A"; O Si el Consultor es una APCA consiste de más de una entidad, aquí se debe indicar el nombre del miembro de la APCA cuya dirección figure en la Subcláusula CEC 6.1.] El miembro principal de la APCA es: [indicar el nombre] |
9.1: Representantes autorizados | Los representantes autorizados son: Por el Cliente: [nombre, cargo] Por el Consultor: [nombre, cargo] |
11.1: Entrada en Vigor | El Contrato entrará en vigor en la fecha que comunique la Gerencia de Proyectos Inmobiliarios y Sociales previo a la suscripción del presente documento. |
Número de Cláusula de las CGC | Modificaciones y complementos de las Condiciones Generales del Contrato |
12.1: Terminación del Contrato por no haber entrado en vigor | Si el Contrato no ha entrado en vigor dentro del periodo siguiente a la firma del mismo que se indica en las CEC, cualquiera de las Partes, mediante comunicación escrita notificará a la otra por lo menos con veintidós (22) días de anticipación, que declara el Contrato nulo y sin valor, en cuyo caso ninguna de las Partes tendrá ningún reclamo sobre la otra con respecto a lo mismo. |
13.1: Iniciación de la prestación de los Servicios | La prestación del servicio inicia luego de suscrito el contrato, esto es el 13/03/2023. |
14.1: Expiración del Contrato | El plazo de inicio del servicio será a indicación de la Gerencia de Proyectos Inmobiliarios y Sociales, la misma que será establecida en el contrato, la prestación tendrá una duración máxima de 270 días calendarios |
20.2: Ley Aplicable a los Servicios | El Consultor se compromete a cumplir con los criterios de elegibilidad de la AFD especificados en el Apéndice 2 de las Condiciones Generales del Contrato. Este compromiso se aplica a todos los Expertos y Subconsultores. |
23.1: Responsabilidad del Consultor | La siguiente limitación de la responsabilidad del Consultor para con el Cliente puede estar sujeta a las negociaciones del Contrato: Limitación de la responsabilidad del Consultor ante el Cliente: a) Salvo en el caso de negligencia grave o mala conducta deliberada por parte del Consultor o de cualquier persona o firma que actúe en nombre del Consultor para la prestación de los Servicios, con respecto a los daños y perjuicios que ocasione el Consultor a los bienes del Cliente, el Consultor será responsable ante el Cliente: (i) Por pérdidas o daños indirectos o consecuentes; y (ii) Por pérdidas o daños directos que excedan una vez el monto total del Contrato. b) Esta limitación de responsabilidad no: (i) Afectará la responsabilidad del Consultor, si la hubiere, por daños a terceros causados por el Consultor o cualquier persona o firma que actúe en nombre del Consultor durante la prestación de los Servicios; (ii) Se interpretará como que se provee al Consultor alguna limitación o exclusión de responsabilidad que esté prohibida por la Ley Aplicable."] |
27.2: Derechos de propiedad en reportes y registros | El Consultor no utilizará los documentos que se elaboren para la presente contratación para propósitos diferentes o que no tengan relación o para propósitos que no tengan relación con el Contrato sin la previa aprobación escrita del Cliente. |
41: Monto máximo (sobre base de tiempo trabajado) o Precio del Contrato (suma global) | El Contrato es: A suma global El precio de contrato (de suma global) es de: [indicar el monto y la moneda para cada una de las monedas] impuestos indirectos locales [indicar incluidos o excluidos]. |
Número de Cláusula de las CGC | Modificaciones y complementos de las Condiciones Generales del Contrato |
43.1 & 43.2:
Impuestos y derechos
El pago de los impuestos, tasas y derechos aplicables al Contrato está indicado en la tabla aquí abajo.
Formas de pago [marcar las casillas aplicables] | |||||||
Impuestos, tasas y derechos aplicables | Tasa (porcentaje) | a) Exención de pago | b) Pago por el Consultor | c) Pago directo por el Cliente por cuenta del Consulto | |||
Impuesto al valor agregado (IVA) o equivalente | |||||||
Facturas del Consultor / Miembro de la APCA basado en el país del Cliente | 18% | ||||||
Facturas del Consultor / Miembro de la APCA basado fuera del país del Cliente | 18% | ||||||
Retención en la fuente sobre las facturas del Consultor basado fuera del país del Cliente | |||||||
Facturas del Consultor / Miembro de la APCA basado fuera del país del Cliente | 1 | ||||||
Derechos de registro del Contrato(1) | |||||||
Derechos de registro del Contrato | |||||||
Derechos de aduana | |||||||
Derechos de aduana relacionados con los equipos, materiales y suministros importados y pagados en el marco de la ejecución de los Servicios, y considerados como propiedad del Cliente | (2) |
En caso de pago directo de uno o más impuestos, tasas y derechos por el Cliente por cuenta del Consultor, según la tabla aquí arriba, el Cliente proporcionará al Consultor un certificado de pago, o soporte equivalente, para cada pago, dentro de los treinta (30) días posteriores a la solicitud por escrito del Consultor.
En caso de exención aplicable al Contrato:
1. El Cliente proporcionará al Consultor un certificado de exención, o cualquier soporte equivalente, dentro de los treinta (30) días posteriores a la firma del Contrato.
2. Esta exención se aplica también:
[Marcar una xxxx en la(s) casillas(s) correspondiente(s), conforme a la Subcláusula 16.3 de las IAC]
❑ A las facturas del Subconsultor basado en el país del Cliente ;
❑ A las facturas del Subconsultor basado fuera del país del Cliente;
❑ A los equipos, materiales y suministros traídos en el país del Cliente por el Consultor, sus Subconsultores en el marco de la ejecución de
1 Verificar IAC 16.3
Número de Cláusula de las CGC | Modificaciones y complementos de las Condiciones Generales del Contrato |
los Servicios y que al ser importados, estos serán posteriormente reexportados por el Consultor; ❑ A los bienes importados en el país del Cliente por el Consultor, sus Subconsultores, sus Expertos y sus familias (excepto los nacionales o residentes permanentes del país del Cliente) para su uso personal, y que posteriormente serán reexportados cuando estos abandonen el país del Cliente, siempre y cuando: (i) El Consultor, sus Subconsultores y sus Expertos cumplan con los procedimientos aduaneros vigentes para la importación de los bienes en el país del Cliente; y (ii) Si el Consultor, sus Subconsultores y sus Expertos no reexportan estos bienes importados libres de impuestos y tasas sino que disponen de ellos en el país del Cliente (i) asumirán el costo de dichos impuestos y derechos de aduana conforme a las regulaciones del país del Cliente, o (ii) se los reembolsarán al Cliente si éste los había pagado en el momento de la entrada de estos bienes en el país del Cliente. (1) No Aplica. (2) El Consultor se referirá a las tasas en vigor en el país del Cliente por categoría de equipos, materiales y suministros. | |
45.1(c): | Cronograma de pagos: Conforme lo indicado en los términos de referencia, EL CLIENTE efectuará los siguientes pagos al Consultor: El pago se ejecutará en tres partes: • Primer pago al 20% del total contratado luego de otorgada la conformidad del Entregable 1; • Segundo pago al 40% del total contratado luego de otorgada la conformidad del Entregable 4; y • Finalmente el 40% restante luego de otorgada la conformidad del Entregable 7. |
Modalidad de | |
facturación y | |
pago – Cuotas de | |
suma global | |
45.1(e): | Las cuentas son: Para Moneda Extranjera: [indicar la cuenta]. Para Moneda Nacional: [indicar la cuenta]. |
46.2: | Se aplicará una penalización por día de retraso del entregable esperado. |
Penalizaciones | En caso de retraso injustificado de la consultora en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, el cliente le aplica automáticamente una penalidad por xxxx por cada día de atraso. La penalidad se aplica automáticamente y se calcula de acuerdo a la siguiente fórmula: |
Penalidad diaria = 0.10 x monto vigente F x plazo vigente en días | |
Donde F tiene los siguientes valores: a) Para plazos menores o iguales a sesenta (60) días, para bienes, servicios en general, consultorías y ejecución de obras: F 0.40. |
Número de Cláusula de las CGC | Modificaciones y complementos de las Condiciones Generales del Contrato |
b) Para plazos mayores a sesenta (60) días, para bienes, servicios en general y consultorías: F = 0.25 Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al monto vigente del contrato o ítem que debió ejecutarse o, en caso que estos involucrarán obligaciones de ejecución periódica o entregas parciales, a la prestación individual que fuera materia de retraso. | |
49: Resolución de controversias | Las controversias deberán solucionarse mediante arbitraje de conformidad con las siguientes estipulaciones: 1. Selección de árbitros. Toda controversia sometida a arbitraje por una de las Partes será resuelta por un único árbitro, de acuerdo con las siguientes disposiciones: Las Partes convendrán la designación de un único árbitro, o de no llegar a un acuerdo acerca de la identidad de ese único árbitro dentro de los treinta (30) días siguientes a la recepción por una Parte de una Propuesta de designación en tal sentido hecha por la Parte que iniciara el proceso, cualquiera de las Partes podrá solicitar a la Federación Internacional de Ingenieros Consultores (FIDIC) de Lausana, Suiza una lista de por lo menos cinco (5) candidatos y al recibir dicha lista, las Partes, alternativamente eliminarán un nombre cada una, y el último candidato que quede en la mencionada lista será el único árbitro para el asunto de la controversia. Si este último candidato no ha sido identificado en esta forma dentro de los sesenta (60) días a partir de la fecha de la lista, el FIDIC, a solicitud de cualquiera de las Partes, designará, entre los de esa lista o de otro modo, a un único árbitro para que decida el asunto de la controversia. 2. Reglas de procedimiento. Sin perjuicio de lo aquí indicado, el proceso arbitral se regirá por las reglas y procedimientos para arbitrajes de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) vigentes en la fecha del Contrato. 3. Nacionalidad y calificaciones de los árbitros. El árbitro único deberá ser un perito en cuestiones jurídicas o técnicas reconocido internacionalmente y con amplia experiencia en el asunto en disputa y no podrá ser del país de origen del Consultor (o ni del país de origen de ninguno de sus miembros o Partes en caso de una APCA) ni del país del Cliente. A los fines de esta Cláusula, "país de origen" significará: a) El país donde el Consultor o cualquiera de sus Miembros o Partes se hubiera constituido en sociedad; b) El país donde se encuentre la sede principal de operaciones del Consultor o de cualquiera de sus Miembros o Partes; o c) El país del que sean nacionales la mayoría de los accionistas del Consultor o de cualquiera de sus Miembros o Partes, o d) El país de nacionalidad del Subconsultor en cuestión, cuando la controversia tenga que ver con un subcontrato. 4. Varios. En todo proceso arbitral llevado a cabo en virtud del presente Contrato: |
Número de Cláusula de las CGC | Modificaciones y complementos de las Condiciones Generales del Contrato |
a) El proceso, salvo que las Partes convengan en otra cosa, se celebrará [seleccionar un país que no sea ni el del Cliente ni el del Consultor] ; b) El español será el idioma oficial para todos los efectos; y c) La decisión del único árbitro o de la mayoría de los árbitros (o del tercer árbitro en caso de no haber mayoría) será definitiva y de cumplimiento obligatorio, y su ejecución será cumplida en cualquier tribunal de jurisdicción competente; las Partes por el presente renuncian a toda objeción o atribución de inmunidad con respecto a dicho fallo. |
IV - APÉNDICES
APÉNDICE A – Términos de Referencia
[Nota: Este Apéndice incluye los Términos de Referencia (TDR) (basado en la Sección VII de la SP) definitivos elaborados por el Cliente y el Consultor durante las negociaciones; fechas de finalización de varias tareas; lugar de la realización de las diferentes tareas; requisitos de informe detallados; insumos del Cliente, incluido personal de la contraparte asignado por el Cliente para trabajar en el equipo del Consultor; tareas específicas que requieren la previa aprobación del Cliente.
Para los contratos sobre base de tiempo trabajado, precisar: los horarios de trabajo de los Expertos Clave; los tiempos de viaje al/desde el país del Cliente; los derechos, si los hubiere, de licencia remunerada; los días festivos en el país del Cliente que puedan afectar la actividad del Consultor; etc.]
APÉNDICE B – La Propuesta técnica del Consultor, incluyendo la metodología y los Expertos Clave
[Insertar la Propuesta técnica del Consultor y finalizada en el momento de las negociaciones del Contrato. Adjuntar las Hojas de Vida (CV) (actualizadas y firmadas por los respectivos Expertos Clave) donde se demuestren las calificaciones de los Expertos Clave.]
APÉNDICE C – Desglose del Precio del Contrato
[Insertar la tabla con el desglose del Precio del Contrato. La tabla se basará en los formularios FIN-2, FIN-3 y FIN-1 de la Propuesta financiera del Consultor y deberá reflejar los cambios acordados en las negociaciones del Contrato, a que haya lugar.
Para los contratos sobre base de tiempo trabajado, los gastos reembolsables serán reembolsados a su costo real, salvo que este Apéndice disponga explícitamente otra cosa; en cualquier caso, el monto reembolsado no será superior al monto indicado en el Contrato. Los derechos y los requisitos de elegibilidad para el pago de los gastos reembolsables pueden especificarse aquí, en conformidad con la Subcláusula 42.1 de las CEC.]
APÉNDICE D - Formulario de garantía de pagos anticipados
[Nota: Véase la Subcláusula 45.1(a) de las CGC y 45.1(a) de las CEC]
Garantía bancaria de pago anticipo
[Nombre del banco o institución Financiera, y dirección de la sucursal que emite la garantía]
Beneficiario: [Nombre y dirección del Cliente]
Fecha:
Garantía de pago anticipado No.:
Se nos ha informado que [nombre del Consultor o nombre de la APCA, según figura en el Contrato firmado] (en adelante denominado el "Consultor") ha celebrado el Contrato No.
[número de referencia del Contrato] de fecha con ustedes, para la prestación de [breve descripción de los servicios] (en adelante denominado el "Contrato").
Así mismo, entendemos que, de acuerdo con las condiciones del Contrato, se deberá hacer un pago de anticipo por la suma de [cifra en números] ( ) [cifra en palabras] contra una garantía por anticipo.
A solicitud del Consultor, nosotros [nombre del Banco], por medio de la presente garantía, nos obligamos irrevocablemente a pagarles a usted cualquier suma o sumas, que no excedan en total el monto de [cifra en números] ( ) [cifra en palabras]1, contra su primera solicitud por escrito, acompañada de una declaración escrita, estableciendo que el Consultor está en violación de sus obligaciones en virtud del Contrato porque el Consultor ha utilizado el pago de anticipo para otros fines que los estipulados para la prestación de los Servicios bajo el Contrato.
Como condición para hacer cualquier reclamación y pago bajo esta garantía se requiere que el anticipo que se indica arriba haya sido recibido por el Consultor en su cuenta número [indicar número de cuenta] en [nombre y dirección del Banco].
El monto máximo de esta garantía será reducido progresivamente por el monto del pago por anticipo devuelto por los Consultores según se indica en las copias de pagos mensuales certificados que nos deberán presentar. Esta garantía expirará, a más tardar, tan pronto recibamos certificación del pago mensual indicando que el Consultor ha pagado en su totalidad el monto del anticipo, o el día de 2 2, la fecha que sea anterior. En consecuencia, debemos recibir en esta oficina cualquier reclamo de pago bajo esta garantía en o antes de esa fecha.
Esta garantía está sujeta a las “Reglas Uniformes de la CCI relativas a las garantías contra primera solicitud - URDG” (Uniform Rules for Demand Gurantees), Revisión de 2010 Publicación CCI No. 758.
[Firma]
[Nota: Todo el texto en itálicas es solamente con el propósito de asistir en la preparación de este formulario y deberá ser eliminado del producto final]
1 El Garante deberá insertar una cantidad que represente la cantidad del pago por anticipo y denominada o en la(s) moneda(s) del pago por anticipo según se estipula en el Contrato, o en una moneda de libre convertibilidad aceptable al Cliente.
2 Insertar la fecha de expiración prevista. Si hubiera una extensión del periodo para la terminación del Contrato, el Cliente tendrá que solicitar al Garante una extensión de esta garantía. Dicha solicitud deberá ser por escrito y deberá ser anterior en la fecha de expiración establecida en la garantía. Al preparar esta garantía, el Cliente pudiera considerar agregar el siguiente texto al formulario al final del penúltimo párrafo: "El Garante conviene en una sola extensión de esta garantía por un periodo no superior a [seis meses] [un año], en respuesta a una solicitud por escrito del Cliente a dicha extensión, la que será presentada al Garante antes de que expire la garantía. Dicha prórroga se autorizará sólo una vez."
ANEXO Nº 1
FORMULARIO Nº 010-SPLAFMV-PROVEEDOR PERSONA JURÍDICA
PROVEEDORES-PROCESO DE SELECCIÓN
SECCIÓN I: IDENTIFICACIÓN DE LA PERSONA A REGISTRAR1. Denominación o Razón Social: 2. RUC: 3.
Nacionalidad
4. Objeto Social:
5. Actividad Económica:
5.1. Código CIIU:
5.2. Inicio de actividades::
6. Domicilio:
7.
Departament o:
8. Provincia:
9. Distrito:
10.Teléfono
11. Sucursales, agencias u otros de naturaleza similar
(Ubicación: Dirección / distrito / provincia / departamento)
(Teléfonos)
1
2
3
4
(…)
SECCIÓN II: ADMINISTRADORES, REPRESENTANTES, PROPIETARIOS Y EMPRESAS VINCULADAS
12. Administrador(es): (directores y gerente general)
(Nombres y apellidos) DOI (Xxxx
o)
PEP Residente
1 SI NO SI NO
2 SI NO SI NO
3 SI NO SI NO
4 SI NO SI NO
(…)
13. Representante(s): (Apoderados)
(Nombre y apellidos) DOI (Xxxx o)
PEP Residente
1 SI NO SI NO
2 SI NO SI NO
(…)
14. Accionistas, Socios o Asociados que tengan directa o indirectamente más del 25% del capital social, aporte o participación de la persona jurídica:
(Nombres y apellidos) DOI (Xxxx
(%) PEP Residente
o)
1 SI NO SI NO
2 SI NO SI NO
(…)
15. Personas Jurídicas Vinculadas al Cliente: | SI | No | ||||||
1 | (Denominación o Razón Social) | (N° RUC) | (Domicilio) | |||||
2 | ||||||||
3 | ||||||||
(…) | ||||||||
SECCIÓN III: INGRESOS Y OPERACIONES REALIZADAS O QUE REALIZARA CON EL FMV S.A. | ||||||||
16. Nivel de ventas anuales: > S/ 200 millones > S/ 20 millones ≤ S/ 200 millones > 1700 UIT ≤ S/ 20 millones > 150 UIT ≤ 1700 UIT > ≤ 150 UIT | ||||||||
17. Tipo de proceso: | 18. Valor Referencial/Monto Contratado | 19. Año | 20. Lugar | |||||
21. Clientes y Proveedores del Proveedor: | ||||||||
CLIENTE: (Nombre o Razón Social) | PROVEEDOR (Nombre o Razón Social) | |||||||
ELABORADO Y SUSCRITO, EN LA CIUDAD DE | ||||||||
Ciudad | día (dd) | mes (mm) | año (aaaa) | |||||
FIRMA DEL REPRESENTANTE |
INSTRUCCIONES | |
FORMULARIO Nº 010-SPLAFMV-PROVEEDOR PERSONA JURÍDICA | |
PROVEEDORES-PROCESO DE SELECCIÓN | |
DEBER DE REGISTRAR: El presente formulario va a ser utilizado por el Fondo MIVIVIENDA S.A. para el registro de las personas jurídicas en el SPLAFT | |
INFORMACIÓN GENERAL: | |
1. Debe ser llenado y firmado por el proveedor. | |
2. Llene totalmente el formulario. | |
3. Si falta espacio adjunte una hoja complementaria. | |
GUIA PARA EL LLENADO DEL FORMATO | |
SECCION I: | Información de la persona a registrar |
Numeral 1: | Consignar la denominación o razón social de la empresa. |
Numerales 2 y 3: | Consignar el número de RUC y la nacionalidad de la empresa (lugar de constitución). |
Numeral 4: | Mencionar el giro del negocio que aparece en el estatuto de la empresa. |
Numeral 5: | Indicar la(s) actividad(es) económica(s) que actualmente desarrolla la empresa de acuerdo al CIIU registrado ante SUNAT. |
Numerales 5.1 y 5.2: | Indicar el Código CIIU y el año de inicio de la actividad consignados en la Ficha RUC. |
Numerales del 6 al 10: | Consignar la dirección domiciliaria de la empresa: xxx, xxxxxx, xxxx x xxxxxxx, xxxxxxxx, xxxxxxxxx, departamento; y, teléfono. |
Numeral 11: | Consignar la dirección y teléfono de las sucursales, agencias u otros de naturaleza similar, de ser el caso. |
SECCION II: | Administradores, Representantes, Propietarios y Empresas Vinculadas |
Numeral 12: | Proporcionar el nombre, documento oficial de identidad (DNI, Carné de extranjería, etc.) y la función o cargo de los administradores en la empresa (directores y gerente general). Cada administrador debe proporcionar la información requerida como persona natural, debiendo completar el Formulario N° 010-A- SPLAFMV-socios, administradores y representantes. Asimismo, deberá indicar si tiene o no la condición de PEP y si reside o no en el Perú. |
Numeral 13: | Brindar el nombre, documento oficial de identidad (DNI, Carné de extranjería, etc.) y el cargo de los representantes (apoderados) de la empresa. Cada representante debe proporcionar la información requerida como persona natural, debiendo completar el Formulario N° 010-A-SPLAFMV-socios, administradores y representantes. Asimismo, deberá indicar si tiene o no la condición de PEP y si reside o no en el Perú. |
Numeral 14: | Proporcionar los nombres y apellidos, documento oficial de identidad (DNI, Carné de extranjería, etc.), función o cargo en la empresa, participación en el capital, condición de PEP y/o No Residente en el Perú de los accionistas, socios o asociados que tengan más del 25% del capital social, aporte o participación del proveedor persona jurídica. Cada uno debe proporcionar la información requerida como persona natural, debiendo completar el Formulario N° 002-A-SPLAFMV-Anexo socios, administradores y representantes. Asimismo, deberá indicar si tiene o no la condición de PEP y si reside o no en el Perú. En caso de socios personas jurídicas se deberá indicar si alguno de sus accionistas es o no una PEP y si reside o no en el Perú. |
Numeral 15: | Mencionar la denominación o razón social, el RUC y el domicilio de las personas jurídicas vinculadas al cliente. Se entiende por vinculada cualquier persona jurídica que tenga directa o indirectamente (por conducto de terceros) el 4% o más de las acciones o participaciones con derecho a voto en el capital social del cliente. Se considera que hay propiedad indirecta cuando una persona jurídica tiene relaciones de propiedad sobre el cliente a través de otra u otras personas jurídicas. Para el cálculo de la propiedad indirecta se tomará en cuenta lo establecido en el Anexo A de la Resolución SBS N° 5780-2015 o la norma que lo sustituya. También se considera vinculada a la persona jurídica que pertenece al mismo grupo económico del cliente en los términos a que hace referencia la citada Resolución. |
SECCION III: | Ingresos y Operaciones realizadas con el FMV S.A. |
Numeral 16: | Marcar la opción en la que se encuentran las ventas anuales de los dos (2) últimos años de la empresa. |
Numerales 17: | En caso ya sea proveedor del FMV S.A., Indicar las operaciones de los últimos tres (3) años realizadas con el FMV S.A.: Licitación Pública, Concurso Público, Adjudicación Directa Pública, Adjudicación Directa Selectiva, Adjudicación de Menor Cuantía, Contratación Directa o los procesos a que se refiere la Ley N° 30225. En caso contrario señale el tipo de proceso en donde proyecta participar con ocasión de su vinculación con el FMV S.A. |
Numeral 18: | Indicar el Monto contratado o valor referencial de la contratación de bienes o servicios, según corresponda. |
Numerales 19 y 20: | Indicar el año y el lugar (departamento) de ejecución del servicio o entrega de los bienes. |
Numeral 21: | Consignar el nombre o razón social de los principales clientes y proveedores. |
ANEXOS | |
Formulario Nº 014-SPLAFMV- Sujeto obligado proveedor persona jurídica: Si desarrolla alguna de las actividades descritas en el art. 3º de la Ley 29038 "Ley que incorpora la UIF-Perú a la SBS". Formulario Nº 016-SPLAFMV-Declaración patrimonial proveedor persona jurídica. |