Contract
CONTRATO PRIVADO DE PROMESA DE COMPRAVENTA SUJETO A CONDICIÓN SUSPENSIVA (EL “CONTRATO”) QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LOS SEÑORES XXXXXX XXXX XXXXXXX XXXXXX, XXXX XXXX XXX XXXXX XXXXXX Y XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXXX, A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SE LE DENOMINARÁ CONJUNTAMENTE COMO EL “PROMITENTE VENDEDOR", Y POR LA OTRA EL SEÑOR [*], A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SE LE DENOMINARÁ COMO EL “PROMITENTE COMPRADOR", Y CONJUNTAMENTE CON EL PROMITENTE VENDEDOR LAS “PARTES”, DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
DECLARACIONES
I. Declara el Promitente Vendedor, por su propio derecho, que:
a. Son personas físicas, de nacionalidad mexicana, mayores de edad.
b. Mediante escritura pública número 91,124 de fecha 27 de octubre de 2021 emitida ante la fe del licenciado Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxx, notario público número 233 de la Ciudad de México, el Promitente Vendedor adquirió la propiedad del inmueble ubicado en Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx xxxxxx 00, xxxxxxx Xxxxxxx, xxxxxxx Xxxx Xxx (xxxxx xxxxxxx Xxxxxxx), alcaldía Cuauhtémoc,
C.P. 06760, Ciudad de México (el “Inmueble”), copia de dicha escritura se adjunta al presente como
Anexo “A”.
c. De la escritura pública mencionada en el inciso inmediato anterior, se desprende que el Promitente Xxxxxxxx es propietario, en copropiedad, del Inmueble, en los siguientes porcentajes:
-Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx: 50%
-Xxxx Xxxx xxx Xxxxx Xxxxxx: 25%
-Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx: 25%.
d. Sobre el Inmueble se está llevando a cabo un desarrollo inmobiliario consistente en 15 departamentos, de acuerdo al proyecto incluido al presente como Anexo “B” (el “Proyecto”), mismo que podrá sufrir variaciones de tiempo en tiempo.
e. Se constituirá un régimen de propiedad en condominio sobre el Inmueble, del cual se asignará en favor del Promitente Comprador la unidad privativa identificada como departamento 202 con una superficie aproximada de 42 m2 habitables y 6 m2 de terraza (el “Departamento”), de conformidad con el Proyecto adjunto.
f. Cuentan con las facultades suficientes para celebrar el presente Contrato.
II. Declara el Promitente Comprador, por su propio derecho, que:
a. Es una persona física, de nacionalidad mexicana, mayor de edad.
b. Cuenta con las facultades suficientes para la celebración del presente Contrato.
c. Es su voluntad celebrar el presente Contrato, de conformidad con los términos y condiciones establecidos en este instrumento.
d. Cuenta con la capacidad y solvencia económica para obligarse en los términos del presente Contrato, mismos que son de origen lícito.
e. Es su deseo adquirir del Promitente Vendedor el Departamento.
f. Que el Departamento que desea adquirir se encontrará sujeto a un régimen de propiedad en condominio, por lo que manifiesta expresamente su conformidad respecto de la constitución del condominio y conviene sujetarse y respetar, en todo momento, las disposiciones de las escrituras, reglamentos y demás lineamientos aplicables en ese sentido.
g. Que la posesión del Departamento le será entregada siempre y cuando se haya cumplido con lo dispuesto en este Contrato a fin de perfeccionar la promesa de compraventa.
III. Declaran las Partes conjuntamente que:
Se reconocen mutuamente la capacidad y personalidad con que comparecen a celebrar el presente Contrato y manifiestan expresamente su consentimiento para obligarse al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO.
Sujeto a los términos y condiciones del presente Contrato, el Promitente Vendedor promete vender libre de todo gravamen y limitación alguna de dominio, bajo la modalidad “Ad Corpus” y a su vez el Promitente Comprador promete comprar bajo los términos pactados en el presente instrumento, el Departamento descrito en las declaraciones que anteceden y referenciado en el Anexo “B” del presente.
El Promitente Vendedor se reserva la propiedad del Departamento, mientras el Promitente Comprador no satisfaga total e íntegramente el saldo del precio establecido en la Cláusula Segunda de este Contrato; y en consecuencia, el Promitente Comprador se obliga a no trasladar del domicilio del Departamento, ni vender, arrendar, gravar, afectar o reformar dichos efectos, sin el previo consentimiento por escrito del Promitente Vendedor, así como a responder de la pérdida, destrucción o de los daños que sufra el Departamento por causas directamente imputables al Promitente Comprador; y es condición que la falta de pago de uno sólo de los abonos en los plazos convenidos para el pago en la cláusula Segunda siguiente, dará lugar a la rescisión del mismo, siempre y cuando dicho incumplimiento no sea subsanado en un plazo de 10 (diez) días hábiles contados a partir de la fecha en que efectivamente debía realizarse el pago en cuestión.
SEGUNDA. PRECIO.
El precio por el Departamento será la cantidad de $2,450,000.00 M.N. (Dos millones cuatrocientos cincuenta mil pesos 00/100 moneda nacional) (el “Precio”), el cual será pagado por el Promitente Comprador a favor del Promitente Vendedor de conformidad con la siguiente tabla:
Así mismo, las Partes acuerdan que en cualquier momento el Promitente Comprador podrá realizar depósitos en garantía de seriedad por montos adicionales a los establecidos en el presente Contrato, en el entendido de que dichos montos serán aplicados al pago del Precio del Departamento.
Cualquier pago en dinero del Precio, que realice el Promitente Comprador se deberán realizar mediante cheque nominativo, cheque de caja o transferencia electrónica de fondos en la o las cuentas que para tales efectos le indique el Promitente Vendedor, en el entendido de que la o las cuentas de pago deberán estar a nombre de
quienes ostenten el porcentaje de propiedad correspondiente a la unidad privativa del Departamento en cuestión.
TERCERA. FORMALIZACIÓN.
Las partes convienen que la formalización del presente Contrato se deberá de otorgar ante el fedatario público que designe para tales efectos el Promitente Comprador, , lo que deberá suceder contra la liquidación total del Precio. Dicha formalización del Contrato deberá realizarla el Promitente Comprador a nombre del Promitente Vendedor o de quien este último le indique previamente, en caso de que se incluyan copropietarios.
Para efectos de lo anterior el Promitente Comprador notificará al Promitente Vendedor el día, hora y en el que se celebrará la firma del instrumento público por el que se formalizará el presente Contrato, a su vez el Promitente Vendedor o su representante se obliga a asistir a la firma de dicho instrumento público en la fecha, hora y lugar de conformidad con la notificación antes referida, así como a proporcionar la información y documentación en los plazos de forma previa, términos y condiciones que para tales efectos le sea requerida por el Promitente Comprador y/o el fedatario público designado.
Todos los gastos y honorarios que se causen y generen con motivo de la formalización e inscripción en el Registro Público de la Propiedad de la presente compraventa serán a cargo del Promitente Comprador, salvo por aquellos que por ley correspondan al Promitente Vendedor.
CUARTA. GRAVÁMENES Y SANEAMIENTO.
El Promitente Vendedor manifiesta bajo protesta de decir verdad que el Departamento, lo enajenará libre de todo gravamen, inquilino(s), impuesto, adeudo o sanción de cualquier clase y responderá en favor del Promitente Comprador al saneamiento para el caso de evicción.
QUINTA. CONDICIÓN SUSPENSIVA.
El presente Contrato queda sujeto a la condición suspensiva de que se constituya el régimen de propiedad en condominio sobre el Inmueble, a la fecha de liquidación del Precio. En caso de no constituirse el régimen de propiedad en condominio en los tiempos acordados, lo anterior se entenderá como un incumplimiento al Contrato por parte del Promitente Vendedor.
Lo anterior, en el entendido de que el Promitente Comprador en este acto acepta que el régimen de propiedad en condominio, sus reglamentos y las distribuciones de valores podrán sufrir, en caso de ser necesario u ordenado por alguna autoridad, cualquier clase de modificaciones, mismas que serán aceptadas por el Promitente Comprador, sin que esto genere responsabilidad alguna a cargo del Promitente Vendedor y sin que para ello sea necesaria la autorización del Promitente Comprador.
SEXTA. INCUMPLIMIENTO.
Las Partes podrán rescindir el presente Contrato si cualquiera de sus respectivas contrapartes incumple con cualquiera de las obligaciones consignadas a su cargo en el presente Contrato, y no subsana dicho incumplimiento.
Si se dio solución a la causal de rescisión o la alternativa de solución propuesta es satisfactoria, la ejecución del presente Contrato continuará normalmente, de lo contrario la Parte que incumpla y que motive la recisión de este contrato deberá pagar a la Parte afectada por concepto xx xxxx convencional la cantidad de $400,000.00
M.N. (Cuatrocientos mil pesos 00/100 moneda nacional), en un plazo no mayor a 10 (diez) días hábiles contados a partir de la fecha en la que la Parte afectada haya notificado dicho incumplimiento.
SÉPTIMA. VIGENCIA.
El presente Contrato estará vigente hasta su cumplimiento, en los términos establecidos hasta en tanto las Partes cumplan con todas sus obligaciones contraídas por el mismo.
OCTAVA. DOMICILIOS.
Todos los avisos y notificaciones entre las Partes deberán realizarse por escrito y ser entregados ya sea: (i) personalmente, o (ii) vía correo electrónico y confirmadas por correo certificado con acuse de recibo, porte pagado, a los domicilios y direcciones de correo electrónico señalados más adelante, a no ser que las Partes notifiquen su cambio de domicilio o direcciones de correo electrónico en los términos de esta cláusula.
Los avisos y notificaciones entre las Partes se considerarán efectivamente recibidos por su destinatario, en los siguientes casos: (i) si se entregan personalmente, al momento de dicha entrega, y (ii) si se transmiten por vía correo electrónico, en la misma fecha en que sean enviados, siempre y cuando el remitente cuente con un comprobante de que la transmisión se efectuó correctamente.
Para todos los efectos derivados del presente Contrato las Partes señalan como sus domicilios los siguientes:
Promitente Vendedor
Domicilio: Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx 000, Xxxxx xx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, X.X. 1100
Correo electrónico: xxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
Promitente Comprador
Domicilio: [*]
Correo electrónico: [*]
En caso de cambio de domicilio de alguna de las Partes, la parte que vaya a realizar dicho cambio deberá dar aviso de ello por escrito a la otra, dentro de los 3 (tres) días hábiles anteriores a la fecha en que se vaya a efectuar el cambio, en caso contrario las notificaciones hechas al domicilio establecido en el presente Contrato surtirán efectos legales entre las Partes.
NOVENA. MODIFICACIONES.
El presente Contrato sólo se podrá modificar o adicionar y cualquier renuncia a sus disposiciones sólo se podrá efectuar con el consentimiento previo y por escrito de las Partes.
DÉCIMA. INDEPENDENCIA DE LAS PARTES.
Las Partes son independientes una de la otra, por lo que ninguna de ellas podrá asumir obligaciones a nombre o representación de la otra, salvo consentimiento previo, con excepción de la cesión de derechos y obligaciones de este contrato, que no están permitidas en virtud del contenido y objeto, permitiendo la inclusión de copropietarios. Por ningún motivo se considerará que este Contrato constituye alguna asociación, sociedad, asociación en participación, coinversión o relación de cualquier tipo entre las Partes.
DÉCIMA PRIMERA. ACUERDO ÚNICO.
Este Contrato consigna el acuerdo íntegro entre las Partes y sustituye a cualquier Contrato o acuerdo previo entre ellas, pero podrá ser reformado y/o adicionado en los términos de la Cláusula Novena del presente Contrato.
Las disposiciones de este Contrato son independientes y por tanto la nulidad o cancelación de cualquiera de tales disposiciones no afecta la validez de las demás.
DÉCIMA SEGUNDA. TÍTULOS DE LAS CLÁUSULAS.
Los títulos de las cláusulas contenidos en este Contrato únicamente han sido insertados por conveniencia de las Partes, por lo que dichos títulos no afectarán el sentido o la interpretación de este Contrato o de cualquiera de sus cláusulas.
DÉCIMA TERCERA. CESIÓN
Ninguna de las Partes podrá ceder o de cualquier forma transmitir a terceros los derechos y obligaciones derivados a su cargo del presente Contrato, bajo ningún título, salvo consentimiento previo que la otra parte le otorgue por escrito, permitiendo futuros copropietarios en el entendido que no se puede realizar cesión o enajenación de derechos y obligaciones, ya que el Promitente Vendedor no puede reconocer el pago realizado por un tercero a favor de otro.
DÉCIMA CUARTA. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.
Para la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente Contrato, las Partes expresamente se someten a las leyes aplicables y a los tribunales competentes de la Ciudad de México, CDMX, renunciando a cualquier otro fuero que les pudiera corresponder por motivo de sus domicilios actuales o futuros o por cualquier otra causa.
DÉCIMA QUINTA. AUSENCIA DE VICIOS.
En el otorgamiento del presente Contrato no existe error, lesión o cualquier otro vicio que pudiera invalidarlo, estando conformes las Partes en que lo pactado es lo justo y real.
Las Partes manifiestan estar debidamente enteradas del contenido y alcance de todas y cada una de las disposiciones legales que se citan en el presente Contrato y desde luego de aquéllas a cuyos beneficios renuncian. Enteradas las Partes del contenido y alcance del presente Contrato, lo firman de conformidad, por duplicado, el [*]de [*]de 2022, en la Ciudad de México, México.
[Sigue hoja de firmas]
PROMITENTE VENDEDOR
Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx
Xxxx Xxxx xxx Xxxxx Xxxxxx
Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx
PROMITENTE COMPRADOR
[*]
[Hoja de firmas correspondiente al contrato privado de compraventa de fecha [*] de [*] de 2022]
ANEXO A
Título de Propiedad
ANEXO B
Proyecto