Contract
PLIEGO DE CLÁUSULAS ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS Y DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR LA LICITACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD, PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO DE LOS EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO DE LAS INSTALACIONES DE LA COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL
1. OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del contrato será el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de aire acondicionado de las instalaciones de la COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL.
Actualmente la COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, SOCIEDAD
ANÓNIMA UNIPERSONAL (en adelante, CTSS) dispone de los siguientes equipos de aire acondicionado en sus instalaciones (todos los equipos son de consumo mayor de 70 kw):
12 Unidades condensadoras-exteriores:
3 | CONDENSADORAS - DAIKIN VRV | RSXYP10K | Tipo R-407C | DAIKIN |
1 | CONDENSADORA AUTONOMA | RP71BV - Frío | GENERAL | |
1 | CONDENSADORA - GENERAL | AUG-18U | Tipo X-000X | XXXXXXX |
0 | XXXXXXXXXXXX - XXXXXXX | XXX00XxX | Tipo X000X | XXXXXXX |
0 | XXXXXXXXXXXXX - XXXXXXX | XXX00X/00X/00X | Tipo R-407C | DAIKIN |
35 Unidades evaporadoras-interiores:
TIPO | MODELO | GAS REFRIG. | MARCA | |
26 | ACOND. SPLIT CASSETTE - DAIKIN | FXYFP/FHYCP | Tipo R-407C | DAIKIN |
1 | ACOND. SPLIT CASSETTE | AUG24-UIA | Tipo R-410a | INVERTER |
1 | ACOND. SPLIT CASSETTE - Zona Almacen | AUG-18U | GENERAL | |
1 | ACOND. SPLIT CASSETTE - Servidor | AUG25UiA | GENERAL | |
6 | ACOND. SPLIT CASSETTE | AUG25R/30A/14A | Tipo R-407C | DAIKIN |
Esto no obstante, la CTSS podrá incorporar durante la vigencia del contrato nuevos equipos de aire acondicionado. En este caso, el mantenimiento correctivo y preventivo de dichos nuevos equipos será asimismo objeto del contrato aplicándose los siguientes precios: para el mantenimiento correctivo se aplicarán los mismos precios unitarios ofertados por el licitador teniendo en cuenta las horas incurridas para dicho mantenimiento; y, para el mantenimiento preventivo se incrementará el precio mensual ofertado en la parte proporcional que corresponda.
El servicio se prestará bajo las siguientes condiciones:
a) Para los casos de mantenimiento correctivo:
Las solicitudes para la reparación de averías serán realizadas por el personal técnico de la CTSS bien telefónicamente, bien por correo electrónico. El personal técnico se personará en la empresa en las 24 horas posteriores a la solicitud de reparación, en el horario de 8:00 a 16:00 horas de lunes a viernes.
A la finalización de las intervenciones correctivas, el contratista deberá entregar un albarán valorado, que deberá ser firmado por los responsables de la CTSS en condición de visto bueno.
b) Para los casos de mantenimiento preventivo:
El mantenimiento preventivo será mensual y se efectuarán 12 visitas de mantenimiento cada año. Dicho mantenimiento se realizará en base al plan de mantenimiento propuesto por el licitador.
A la finalización de cada visita mensual de mantenimiento preventivo, el contratista deberá entregar un albarán valorado, que deberá ser firmado por el responsable de la CTSS en condición de visto bueno.
2. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
La entidad contratante es la CTSS.
El Órgano de Contratación es el Director Gerente de la CTSS o quien ostente facultades suficientes al efecto.
3. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
El contrato se adjudicará mediante procedimiento negociado sin publicidad.
El procedimiento tendrá por objeto la selección del empresario que presente la oferta económicamente más ventajosa, tras efectuar la correspondiente negociación con los licitadores participantes.
Dicha negociación versará sobre los aspectos económicos y técnicos indicados en la Cláusula 12ª del presente Xxxxxx.
4. VARIANTES
No se admiten variantes.
5. DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL
Tienen carácter contractual, además del correspondiente contrato que se formalice con ocasión de la adjudicación realizada, el presente Pliego de Cláusulas Económico- Administrativas y de Prescripciones Técnicas y la oferta final que presente el adjudicatario del contrato.
Dichos documentos habrán de ser firmados por el adjudicatario en prueba de conformidad con los mismos, en el acto de formalización del contrato.
6. DURACIÓN DEL CONTRATO
El plazo de duración del contrato será de dos años, contados desde el día siguiente al de la fecha de su formalización.
El contrato podrá prorrogarse anualmente por el Órgano de Contratación hasta un máximo de tres años adicionales, mediando notificación fehaciente por parte de la CTSS, dentro del último trimestre del plazo de duración del contrato en curso, y quedando obligado el contratista al cumplimiento del contrato y xxx Xxxxxx que rige el mismo durante su vigencia, prórrogas incluidas.
7. PRECIOS UNITARIOS MÁXIMOS DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
El precio del contrato se determinará por el licitador en su proposición. A estos efectos, los precios unitarios máximos de licitación serán los siguientes:
Servicio de mantenimiento preventivo: 260,50 €/por revisión mensual (IVA, excluido).
Servicio de mantenimiento correctivo:
- Oficial de primera 35,00€/hora (IVA, excluido).
- Ayudante 25,00€/hora (IVA, excluido).
Dichos precios unitarios podrán ser objeto de reducción en la proposición económica que presente el licitador, siendo éste un aspecto sobre el que versará la negociación.
En ningún caso podrá exceder la proposición económica de los precios unitarios máximos de licitación indicados.
Se entenderán comprendidos en los precios unitarios cualesquiera conceptos inherentes a la prestación de los servicios y todos los gastos relativos al personal empleado para la prestación de los mismos (a saber, salarios y Seguridad social, vacaciones y pagas extraordinarias, sustituciones por baja o enfermedad, seguros de accidentes individuales, etc.), así como todo los tributos (con excepción del IVA), seguros, licencias, autorizaciones y gastos generales.
En todo caso, los precios ofertados deberán incluir el coste de desplazamiento del personal técnico a las instalaciones de la CTSS.
A los efectos previstos en el artículo 88 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en lo sucesivo, TRLCSP), el valor estimado del contrato, para todo el tiempo de vigencia del mismo, es de VEINTE MIL (20.000) euros, IVA excluido.
Dicho valor estimado ha sido calculado conforme a lo dispuesto en el artículo 88.5.a) del TRLCSP, esto es, atendiendo al valor real de los contratos similares adjudicados durante los doce meses previos, y computado por todo el tiempo de duración del contrato, es decir, dos años, más tres años de eventuales prórrogas anuales.
El referido valor estimado del contrato tiene el carácter de estimado sin que suponga un determinado compromiso de gasto para la CTSS.
8. FORMA DE PAGO Y REVISIÓN DE PRECIOS
El precio se abonará mensualmente, previa presentación de la correspondiente factura por el contratista, y una vez aprobada ésta por la CTSS.
El precio a abonar al contratista por el mantenimiento preventivo será el que resulte de la oferta final del adjudicatario.
El precio a abonar al contratista por el mantenimiento correctivo será el resultante de aplicar a los precio unitarios ofertados por el contratista, el número de horas incurridas por cada tipo de personal en el mes en cuestión en dicho servicio de mantenimiento.
La empresa adjudicataria deberá emitir la factura mensual detallada en los diez primeros días naturales del mes siguiente al que se trate y deberá adjuntar los albaranes firmados que tengan el visto bueno de los responsables de la CTSS.
La CTSS abonará el precio de los servicios de mantenimiento de los equipos de aire acondicionado realizados en el mes en cuestión, en el plazo de 30 días desde la finalización del mes a que corresponden los servicios, siempre que la factura haya sido emitida en el plazo señalado y cuente con el visto bueno de la CTSS.
No procede revisión de precios.
9. GARANTÍA DEFINITIVA
El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por importe de 180 euros.
El plazo para la constitución de la citada garantía será xx xxxx días hábiles desde el siguiente a aquel en que reciba el requerimiento efectuado por la CTSS para aportar la
misma. Está podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 96 del TRLCSP.
En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Anexo I.
La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo
102 del TRLCSP, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales.
La acreditación de la garantía no podrá hacerse mediante medios electrónicos.
En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución.
Si, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación.
En lo no previsto en el presente Pliego, será de aplicación lo establecido en los artículos 95 y siguientes del TRLCSP.
10. CONDICIONES DE APTITUD
Podrán contratar con la CTSS las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y no estén incursas en prohibición de contratar.
Los licitadores deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de las prestaciones que constituyen el objeto del contrato.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
Se exigirá a los licitadores el compromiso de adscribir a la ejecución del contrato, como mínimo, los medios humanos siguientes:
- Un equipo técnico, de al menos 2 personas, que acrediten una experiencia mínima de 5 años en el mantenimiento de instalaciones de aire acondicionado y que tengan carnet emitido de Dpto. Industria de Manipulador de Sistemas Frigoríficos.
Este compromiso tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos previstos en el artículo 223. f) del TRLCSP, siendo por tanto el incumplimiento de la misma causa de resolución del contrato, a voluntad de la CTSS.
Para acreditar el compromiso de adscripción de determinados medios humanos mínimos, asimismo antedichos, los licitadores podrán basarse en los medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, deberán declararlo así en la declaración a incluir en el Sobre nº1, que se ajustará al modelo del Anexo III. Adicionalmente, el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá aportar (en la forma prevista en la Cláusula 13ª y según modelo contenido en el Anexo IV) escrito otorgado ante Notario, en el que la/s empresa/s implicada/s manifieste/n: que conoce/n en todo su alcance las condiciones de la licitación a la que concurre el licitador; que ostentan la referida solvencia, aportando documento acreditativo de ello (en la forma prevista en la Cláusula 13ª); y manifieste/n su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios necesarios para la ejecución del contrato (con aceptación expresa de lo dispuesto en el artículo 1257.2 del Código Civil, debiendo autorizarse expresamente por la CTSS su sustitución o modificación). La presentación de dicho escrito tendrá los efectos de aceptación de dicho compromiso por la CTSS, para el supuesto de que el licitador en cuestión resulte adjudicatario.
El licitador que hubiere presentado la oferta económicamente más ventajosa, deberá acreditar ante el Órgano de Contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en la Cláusula 13ª, que acrediten la concurrencia de las condiciones establecidas legalmente para contratar con la CTSS, y la concurrencia de los requisitos de capacidad exigidos en la presente Cláusula, a fecha de finalización del plazo de presentación de las proposiciones. Tal acreditación se verificará en la forma establecida en la referida Cláusula 13ª.
En todo caso, el Órgano de Contratación podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten la documentación señalada en la referida Cláusula 13ª.
11. PRESENTACIÓN DE OFERTAS Y DOCUMENTACIÓN
La presentación de ofertas presupone la aceptación incondicional por el empresario de la totalidad del presente Xxxxxx, sin salvedad alguna.
Para participar en la presente licitación, las empresas deberán presentar en mano, en las oficinas de la CTSS (sitas en X/Xxxxxxxx Xxxxxxx, xx 0 xx Xxxxxxxx/Xxx Xxxxxxxxx), en horario de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, y dentro del plazo establecido al respecto en la invitación, un sobre cerrado, con la documentación que luego se señalará, indicando en el mismo la denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la oferta y el carácter con que lo hace, números de teléfono y de fax y dirección de correo electrónico, todo ello de forma legible.
El sobre figurará la inscripción: “Oferta para tomar parte en la licitación, mediante procedimiento negociado sin publicidad, para la contratación de los servicios de mantenimiento de los equipos de aire acondicionado de las instalaciones de la Compañía del Tranvía de San Xxxxxxxxx, Sociedad Anónima Unipersonal”.
El sobre contendrá los documentos que se indican a continuación:
a) Relación numerada, en hoja independiente, de la documentación aportada en el sobre, así como indicación de los números de teléfono y de fax, y dirección de correo electrónico, y el medio preferente para la recepción de notificaciones, que se ajustará al modelo incorporado al presente Pliego como Anexo II. Todo ello de forma legible.
b) Declaración responsable del licitador, ajustada al modelo del Anexo III, indicando que cumple con todas las condiciones establecidas legalmente para contratar con la CTSS, y con todos los requisitos de capacidad exigidos en la Cláusula 10ª del presente pliego.
Dicho documento deberá incluir la declaración de aceptación voluntaria del licitador de dar transparencia institucional a todos los datos derivados del proceso de licitación, adjudicación y ejecución (para el caso de resultar adjudicatario) hasta su finalización.
c) Compromiso (según modelo contenido en el Anexo III) de adscribir a la ejecución del contrato como mínimo los medios humanos referidos en la Cláusula 10ª del presente Pliego.
Este compromiso tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos previstos en el artículo 223.f) del TRLCSP, siendo por tanto el incumplimiento de la misma causa de resolución del contrato, a voluntad de la CTSS.
d) Propuesta técnica, que contendrá como mínimo los siguientes aspectos que se indican a continuación.
- Descripción de la metodología de trabajo y planificación del mantenimiento preventivo, especificando las operaciones de mantenimiento para equipos de más de 70 KW.
- Descripción técnica de los medios materiales a adscribir a la ejecución del contrato.
- Descripción técnica de los medios humanos a adscribir a la ejecución del contrato, en su caso, con carácter adicional al mínimo exigido en la Cláusula 10ª.
- Descripción de las operaciones de evaluación periódicas del rendimiento de los equipos generadores de frío.
A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 3/2016, de 7 xx xxxxx, para la inclusión de determinadas cláusulas sociales en la contratación pública, se advierte de que el contrato se halla sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes y que resulten de aplicación en materia laboral, de Seguridad Social y seguridad y salud en el trabajo.
En ese contexto, en la Propuesta Técnica prevista en este apartado los licitadores indicarán el convenio colectivo que será de aplicación a los trabajadores que realicen la actividad objeto del contrato, en el caso de resultar adjudicatarios.
e) Proposición económica ajustada al modelo que se acompaña como Xxxxx XXXX al presente Xxxxxx.
Nota 1: La CTSS se reserva el derecho a realizar las labores de comprobación que considere oportunas o de exigir cuanta documentación adicional entienda necesaria
con la finalidad de comprobar la veracidad de la información aportada por los licitadores en los apartados anteriores.
Nota 2: La documentación que presenten estas empresas estará traducida de forma oficial al castellano o al euskera, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RD 1098/2001).
12. FASE DE NEGOCIACIÓN
El personal técnico de la CTSS calificará los documentos presentados en tiempo y forma, pudiendo solicitar a los licitadores las aclaraciones que se estimen necesarias, así como la corrección de aquellos defectos u omisiones que fueren subsanables, concediendo para ello un plazo máximo de tres días hábiles.
Subsanados, en su caso, los defectos u omisiones observados en la documentación presentada, se abrirá la fase de negociación, que versará sobre los aspectos económicos y técnicos siguientes (enumerados por orden decreciente de importancia):
1. Los precios unitarios ofertados.
2. La metodología de trabajo, la planificación del mantenimiento preventivo y las operaciones de mantenimiento que ofrece el licitador para equipos de más de 70 KW.
3. Las operaciones de evaluación periódicas del rendimiento que ofrece el licitador para equipos generadores de frío.
4. La composición y cualificación específica de los medios humanos que se adscribirán a la ejecución del contrato, con carácter adicional al mínimo exigido.
5. La idoneidad de los medios materiales que se adscribirán a la ejecución del contrato.
Durante la negociación, el Órgano de Contratación velará para que todos los licitadores reciban idéntico trato. En particular, no facilitará, de forma discriminatoria, información que pueda dar ventajas a determinados participantes con respecto al resto.
Terminada la negociación, los participantes que hubieran cambiado de postura como consecuencia de aquélla, deberán remitir a la CTSS su oferta final para que se proceda a la valoración y selección de la oferta económicamente más ventajosa.
En el expediente se dejará constancia de las invitaciones cursadas, de las ofertas recibidas y de las razones para su aceptación o rechazo.
13. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
A la vista de las ofertas presentadas, y realizadas y concluidas las oportunas negociaciones con los participantes, las ofertas finales de los licitadores serán estudiadas y valoradas por el personal técnico de la CTSS, que elevará al Órgano de Contratación la relación de las proposiciones presentadas, clasificadas por orden decreciente e identificará la oferta económicamente más ventajosa.
La identificación por parte del personal técnico de la proposición económicamente más ventajosa no genera derecho alguno a favor del licitador frente a la CTSS.
El Órgano de Contratación, como regla general, deberá ajustarse a la propuesta realizada por el personal técnico. En caso contrario, deberá motivar su decisión de separarse de la propuesta, procediendo a realizar, en su caso, la clasificación definitiva de las ofertas.
El Órgano de Contratación requerirá al licitador que hubiere presentado la oferta económicamente más ventajosa para que aporte, en el plazo xx xxxx días hábiles contados desde el siguiente a aquél en que reciba dicho requerimiento, la siguiente documentación:
a) Documentación justificativa de cumplir todas las condiciones establecidas legalmente para contratar con la CTSS, y todos los requisitos de capacidad exigidos en la Cláusula 10ª del presente Pliego, en la forma indicada a continuación:
1. Documentos acreditativos de la personalidad y capacidad de obrar del empresario y, en su caso, la de su representante:
- La capacidad de obrar de los empresarios que fuesen personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los Estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
- La capacidad de obrar de los empresarios que fuesen personas físicas se acreditará mediante la presentación del Documento Nacional de Identidad, o equivalente de su Estado respectivo.
- Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán copia del Documento Nacional de Identidad, así como poder bastante al efecto. Si la representada fuera persona jurídica, el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando así se exija conforme a lo previsto en el artículo 94 del Reglamento del Registro Mercantil, o en su caso, en el Registro Público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate.
Los licitadores podrán presentar los documentos exigidos mediante originales o mediante copias de los mismos, debidamente compulsados o autenticados.
Aquellos licitadores que se encuentren inscritos en el Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi o en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, podrán presentar copia del
certificado vigente de inscripción expedido por el letrado responsable del Registro en sustitución de la documentación requerida en el presente apartado 1). El certificado de inscripción deberá acompañarse de una declaración responsable firmada por el licitador en virtud de la cual manifieste que las circunstancias reflejadas en el documento no han variado.
2. Declaración responsable ajustada al modelo del Anexo VI de no estar incurso el licitador en ninguna de las prohibiciones de contratar establecidas en el artículo 60.1 del TRLCSP.
3. Justificante acreditativo de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Se deberá acreditar estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (I.A.E.), en el epígrafe que corresponda al objeto del contrato, mediante la presentación del alta, si se refiere al ejercicio corriente, o el último recibo del I.A.E., en los restantes supuestos. En todo caso, se deberá acompañar una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del referido impuesto de acuerdo con el modelo referido en el Anexo VII.
4. En su caso, Acta notarial de manifestaciones para el supuesto de que el licitador, para acreditar el compromiso de adscripción de determinados medios humanos mínimos, pretenda basarse en medios de otras entidades, según modelo contenido en el Anexo IV.
b) Justificante acreditativo de haber constituido la garantía definitiva prevista en la Cláusula 9ª.
c) Acreditación de la efectiva disposición de los medios humanos y materiales comprometidos en su oferta. Concretamente, el licitador seleccionado deberá aportar la siguiente documentación:
• Identificación nominal del total equipo adscrito a la ejecución del contrato, junto con las fichas de curriculum vitae, acreditativo de la experiencia requerida.
• Carnet emitido del Dpto. Industria de Manipulador de Sistemas Frigoríficos del personal adscrito a la ejecución del contrato.
• Documentación acreditativa de la efectiva disposición de la totalidad de dichos medios humanos y materiales, ajustada al modelo del Anexo V.
Se hace constar que, de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante LOPD) y atendida la naturaleza de la información comprendida en la aludida documentación referente a los medios humanos, (i) su recopilación y uso supondrán un tratamiento de datos de carácter personal realizado por el licitador seleccionado, como Responsable del Tratamiento; y (ii) su entrega a la CTSS en cumplimiento de lo establecido en la presente Cláusula supondrá una cesión de datos realizada por dicho licitador, como cedente.
A estos efectos, el licitador seleccionado deberá cumplir con las obligaciones que para él se deriven de lo dispuesto en la LOPD en relación con el tratamiento y cesión de datos aludidos en el párrafo anterior. En particular, y sin perjuicio de cualesquiera otras obligaciones que, como Responsable del Tratamiento le corresponda observar, el licitador seleccionado deberá cumplir con lo previsto en el artículo 11 de la LOPD y obtener, bajo su exclusiva responsabilidad, el consentimiento informado de los interesados que habilite la antedicha cesión de datos, extremo éste que deberán acreditar debidamente ante la CTSS cuando sea requerido para ello.
d) Copia del contrato de seguro regulado en la Cláusula 19ª del presente Xxxxxx.
Nota: La CTSS se reserva el derecho a realizar las labores de comprobación que considere oportunas o de exigir cuanta documentación adicional entienda necesaria con la finalidad de comprobar la veracidad de la información aportada por los licitadores.
Nota: Si la CTSS observara defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, se concederá un plazo máximo de tres días hábiles para dicha subsanación.
Nota: La documentación que presenten estas empresas estará traducida de forma oficial al castellano o al euskera, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23 del RD 1098/2001.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
El Órgano de Contratación acordará la adjudicación del contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la referida documentación, debidamente subsanada en su caso, y en el plazo máximo de dos meses a contar desde el día de la apertura de las proposiciones.
La adjudicación se acordará por el Órgano de Contratación en resolución motivada, será notificada a los licitadores, mediante el medio preferente indicado por ellos en su propuesta, y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. La adjudicación concretará y fijará los términos definitivos del contrato.
14. PERFECCIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se perfeccionará mediante su formalización.
El contrato se formalizará en documento privado dentro del plazo máximo de quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación por los licitadores y el adjudicatario.
El adjudicatario podrá solicitar, no obstante, la elevación del contrato a escritura pública. En este caso, los gastos de formalización serán de su cuenta.
Cuando, por causas imputables al contratista, no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, la CTSS podrá requerir al siguiente licitador la documentación exigida en la Cláusula 14ª del presente Pliego, concediéndosele un plazo xx xxxx días hábiles para presentar la misma.
15. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El contrato se ejecutará con arreglo a las siguientes condiciones:
- La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista.
- El contrato se ejecutará con estricta sujeción a su clausulado, a las estipulaciones contenidas en el presente Xxxxxx, así como de acuerdo con la oferta final presentada por el adjudicatario, con las reglas técnicas propias de la naturaleza de los servicios contratados y con las instrucciones que, en interpretación técnica del mismo, diera la CTSS o, en su caso, el responsable del contrato al contratista.
- La CTSS podrá controlar, verificar y supervisar, en cualquier momento y por cualesquiera medios, el correcto cumplimiento de las obligaciones contractuales y la adecuada ejecución de las prestaciones contractuales.
- El contratista no podrá obstaculizar las labores de inspección y control ejercidas desde la CTSS.
- El contrato se halla sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes y que resulten de aplicación en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad y salud en el trabajo.
En este contexto, en la Memoria exigida en la Cláusula 12ª del presente Pliego los licitadores indicaran el convenio colectivo que será de aplicación a los trabajadores que realicen la actividad objeto del contrato, en el caso de resultar adjudicatarios. La información sobre el convenio colectivo que la empresa adjudicataria declare aplicable a los trabajadores que realicen la actividad objeto del contrato se incluirá en la resolución de adjudicación y se publicará en el perfil de contratante.
Adicionalmente, el adjudicatario estará obligado a facilitar cuanta información se requiera sobre las condiciones de trabajo que, una vez adjudicado el contrato, se apliquen efectivamente a esos trabajadores.
El adjudicatario deberá, a lo largo de toda la ejecución del contrato, abonar el salario recogido en el convenio colectivo de aplicación según la categoría profesional le corresponda a la persona trabajadora, sin que en ningún caso el salario a abonar pueda ser inferior a aquél.
Lo dispuesto en el presente apartado tiene el carácter de condición especial de ejecución y obligación esencial a los efectos previstos en el artículo 223.f) del
TRLCSP, siendo por tanto cualquier incumplimiento de la misma causa de resolución del contrato, a voluntad de la CTSS.
La totalidad del personal dependerá exclusivamente del contratista, ostentando el mismo los derechos y deberes inherentes a su condición de empresario, sin que pueda realizarse reclamación alguna a la CTSS derivada de tales relaciones laborales o restantes obligaciones.
El contratista será el único responsable ante cualquier siniestro o reclamación (judicial o extrajudicial) relacionada con el personal que trabaje en la ejecución de la prestación, propio o de la eventuales subcontrataciones, no asumiendo la CTSS ningún tipo de responsabilidad laboral (incluida la referente a la seguridad, higiene y salud laboral), de Seguridad Social o fiscal que el contratista contraiga directa o indirectamente. Igualmente, el contratista asumirá exclusivamente las responsabilidades que pudieran derivarse de siniestros originados por la ejecución de las prestaciones.
- El contratista quedará obligado, en cualquier caso, a aportar, para la realización de los trabajos, el equipo o medios auxiliares precisos para la buena ejecución de aquéllos, así como a contratar al personal necesario para atender a sus obligaciones, debiendo cumplir con respecto a su personal las disposiciones vigentes en materia laboral y de seguridad.
- El objeto de la presente contratación no comprenderá ni conllevará, en ningún caso, tratamiento alguno de datos de carácter personal por cuenta de la CTSS.
Siendo así, cualquier tratamiento de datos de carácter personal que, durante la vigencia del contrato, la empresa adjudicataria lleve a cabo en el marco de sus actividades, deberá entenderse realizado por su propia cuenta y decisión, como Responsable de dicho tratamiento, asumiendo en todo caso el cumplimiento de las obligaciones que se deriven para ella de lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo, como consecuencia de dicho tratamiento.
16. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Serán obligaciones del contratista, las siguientes:
a) El cumplimiento del contrato con estricta sujeción a lo establecido en su clausulado, en el presente Xxxxxx, en su oferta, así como a las instrucciones que diere al contratista el Órgano de Contratación.
b) La adscripción a la ejecución del contrato de los medios humanos y materiales comprometidos en su oferta.
c) La designación de un interlocutor único de contacto que realizará las funciones de coordinación y asistencia. Este interlocutor contará con suficiente capacidad para la adopción de las medidas necesarias para una correcta prestación del servicio. El interlocutor deberá disponer de teléfono móvil, localizable en horario 8:30- 19:00.
La CTSS, de forma justificada, y se podrá exigir la sustitución, en cualquier momento durante la licitación o la vigencia, del interlocutor designado.
d) El cumplimiento del plan de mantenimiento preventivo ofertado.
e) El cumplimiento del servicio de mantenimiento preventivo según el Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, y concretamente, el apartado 3º de la Instrucción técnica recogida en el referido Decreto.
f) La obtención de cuantas licencias y permisos fuesen necesarios para el ejercicio de su actividad.
g) El cumplimiento del plazo y del horario de presentación para la reparación de averías, establecidos en la Cláusula 1ª.
h) La obediencia de las instrucciones dadas por el personal de la CTSS y ejecución de las tareas objeto del contrato de manera coordinada con aquéllos, debiéndoles mantener informado de manera continua.
i) La satisfacción de cualesquiera gastos que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, incluidos los fiscales, tasas y gravámenes según las disposiciones vigentes.
j) La constitución de la garantía definitiva, con arreglo a la Cláusula 9ª del presente Xxxxxx.
k) El cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes y que resulten de aplicación en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad y salud en el trabajo, en los términos recogidos en el xxxxxx xxxxx, de la Cláusula 16ª del presente Pliego. En dicho contexto, el adjudicatario deberá, a lo largo de toda la ejecución del contrato, abonar el salario recogido en el convenio colectivo de aplicación según la categoría profesional le corresponda a la persona trabajadora, sin que en ningún caso el salario a abonar pueda ser inferior a aquél.
l) La suscripción y el mantenimiento de la póliza de seguro indicada en la Cláusula 21ª del presente Xxxxxx.
m) El cumplimiento del deber de confidencialidad, con arreglo a la Cláusula 19ª del presente Xxxxxx.
n) El cumplimiento de cualquier normativa sectorial que por razón de la materia le sea de aplicación.
o) El cumplimiento de los servicios en el supuesto de huelga. Si no se garantizasen tales servicios, la CTSS estaría facultada para promover los contratos precisos para cubrir los mismos, deduciéndose de su facturación el importe de los referidos contratos.
Durante el período de huelga, se abonará únicamente el precio correspondiente a los servicios efectivamente prestados.
p) La sustitución del personal, cualquiera que sea la labor que realice y el tiempo de duración de la misma, en el supuesto de que no cumpliera su función con la debida diligencia y eficiencia, no estuviese capacitado, fuese poco cuidadoso en el desempeño de los servicios o cometiese actos perniciosos para la buena marcha del contrato. Ello en el plazo máximo de veinticuatro horas desde el requerimiento que efectúe la CTSS a tal fin. Las sustituciones de personal no implicarán responsabilidad alguna para la CTSS respecto de las relaciones del contratista con el personal afectado.
q) El reemplazo de personal para cubrir las ausencias de trabajo ocasionadas por bajas por enfermedad, vacaciones, permisos, licencias, accidentes, etc., garantizando la prestación efectiva de los servicios contratados. Ello en el plazo máximo de veinticuatro horas.
Todas las obligaciones previstas en la presente Xxxxxxxx tendrán el carácter de obligaciones contractuales esenciales a los efectos previstos en el artículo 223.f) del TRLCSP, siendo por tanto el incumplimiento de las mismas causa de resolución del contrato.
17. CONFIDENCIALIDAD
Sin perjuicio de lo dispuesto en este Pliego en relación con la publicidad de la adjudicación y la información que deba darse a los licitadores, el Órgano de Contratación no podrá divulgar la información facilitada por los empresarios que éstos hayan designado como confidencial; este carácter afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales.
El contratista, por su parte, deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato y a la que se dé el referido carácter en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal.
En particular, serán consideradas como confidenciales, no pudiendo ser objeto de publicación o difusión, las informaciones, documentos, archivos o especificaciones en cualquier soporte, que sean facilitadas al contratista como consecuencia de la ejecución del contrato.
Este deber de confidencialidad se mantendrá indefinidamente.
18. RESPONSABLE DEL CONTRATO
El Órgano de Contratación podrá designar un responsable del contrato al que corresponderá supervisar la ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de facultades que aquél le atribuya.
El responsable del contrato podrá, en su ausencia, delegar sus funciones en el personal técnico de la CTSS, para que pueda dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.
El responsable del contrato podrá ser una persona física o jurídica, vinculada a la CTSS o ajena a ésta.
Sus instrucciones serán de obligado cumplimiento para el contratista.
19. SEGUROS
El adjudicatario del contrato deberá presentar, de forma previa a la formalización del mismo, una póliza de seguro de responsabilidad civil que cubra las indemnizaciones por daños personales y/o materiales derivados de la ejecución del contrato, tanto para terceros como para la CTSS, por una suma asegurada mínima 300.000 euros, que deberá mantener su vigencia durante todo el tiempo de duración del contrato.
El contratista deberá acreditar el pago de la prima de la póliza y deberá presentar ante la CTSS los justificantes de estar al corriente de la póliza contratada.
20. PENALIZACIONES
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento de los plazos de personación, o hubiere incurrido en ejecución defectuosa de las prestaciones contratadas, o incumplido cualesquiera otras condiciones contractuales, la CTSS podrá optar, indistintamente, por la resolución del contrato, en los términos de la Cláusula 26ª del presente Xxxxxx, o continuar en su ejecución, devengándose en este caso, a favor de la CTSS, adicionalmente a cualesquiera indemnizaciones de daños y perjuicios que procedan, penalidades por importe de 150 euros, por cada día de demora en la presentación en las instalaciones de la CTSS.
En el supuesto de ejecución defectuosa dicha penalidad se aplicará sobre el total de días en que la subsanación del defecto haya demorado la ejecución de los trabajos objeto del contrato, y en el supuesto de cualquier otro incumplimiento, sobre el número de días en que haya persistido el incumplimiento.
Incluso en el supuesto de opción por la continuación en la ejecución del contrato, mientras dure el incumplimiento, en cualquier momento la CTSS podrá optar por la resolución con los efectos antes referidos.
Las penalidades se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista, o sobre la garantía definitiva, cuando no puedan deducirse de aquéllas, siendo objeto de la correspondiente reclamación, en la cuantía que exceda de la garantía constituida.
En todo caso, tanto de opción por la resolución como por la continuación del contrato, la CTSS podrá decidir unilateralmente la continuación del servicio durante el tiempo que
estime preciso, a través de terceros, repercutiendo el coste de dicha continuación en el contratista, sin perjuicio de las indemnizaciones de daños y perjuicios y demás efectos previstos en la presente Cláusula.
21. RECEPCIÓN Y PLAZO DE GARANTÍA
El contrato se entenderá cumplido totalmente por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la CTSS, la totalidad de la prestación.
Esto no obstante, a la finalización de cada intervención correctiva y/o visita mensual preventiva tendrá lugar el acto de recepción individual a través de la firma xxx xxxxxxx valorado correspondiente.
Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, la CTSS podrá rechazar los mismos reflejándose así en el albarán y dará las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados de forma inmediata, quedando exenta de obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
Ello sin perjuicio de lo previsto en la Cláusula 20ª del presente Xxxxxx, pudiendo, en su caso, imponer la CTSS penalidades por razón de la ejecución defectuosa de la prestación contratada.
Se establece un plazo de garantía de un año a contar desde la fecha de finalización de cada servicio.
Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados, el Órgano de Contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de los mismos.
Terminado el plazo de garantía sin que la CTSS haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la prestación efectuada.
El contratista tendrá derecho a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada.
22. CESIÓN DEL CONTRATO
No procederá la cesión de los derechos y obligaciones dimanantes del contrato.
23. SUBCONTRATACIÓN
No procederá la subcontratación de las prestaciones del contrato.
Ello sin perjuicio, de lo previsto en la Cláusula 10ª del presente pliego en relación a la adscripción de medios humanos con medios ajenos.
24. MODIFICACIONES DEL CONTRATO
Una vez perfeccionado el contrato, el Órgano de Contratación sólo podrá modificar el contrato en los supuestos previstos en el artículo 107 del TRLCSP.
Ello sin perjuicio de lo previsto en relación con la incorporación de nuevos equipos de aire acondicionado por la CTSS.
25. RESPONSABILIDAD
Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato.
El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la CTSS o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
26. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Serán causa de resolución del contrato las previstas en el artículo 223 del TRLCSP, letras a) -sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 85-, b), d), f), g) y h) y, en general, cualquier incumplimiento de las obligaciones contractuales, de acuerdo con lo previsto en el artículo 1.124 del Código Civil.
En cualquiera de las causas de resolución previstas en esta Cláusula, dicha resolución operará automáticamente, sin más requisito que la notificación fehaciente que la CTSS realice al contratista de su decisión a tal efecto.
Recibida dicha notificación, el contratista vendrá obligado de inmediato a entregar a la CTSS, poniendo a su disposición, la totalidad de los documentos elaborados hasta la fecha por él para llevar a cabo las prestaciones contratadas, así como la restante documentación o información que se hubiese generado por razón del contrato, junto con los documentos utilizados y entregados por la CTSS al contratista, pasando todos ellos a ser propiedad de la CTSS.
A estos efectos, se redactará un Acta de estado de ejecución de forma que queden determinados los documentos y trabajos que acepta la CTSS como entregados y recibidos y los que se tienen por no entregados o recibidos, así como las razones de tal no recepción. De esta manera, la CTSS podrá continuar con la ejecución del contrato, por sí o por tercero.
Todo ello, sin perjuicio de la posterior liquidación económica del contrato que proceda, según lo dispuesto a continuación.
Las responsabilidades económicas que pudieran derivarse de la resolución del contrato por las causas previstas en esta Cláusula, así como por cualesquiera otras que pudieran resultar legalmente procedentes, se liquidarán una vez resuelto efectivamente el contrato y entregada la documentación correspondiente, no siendo óbice para que la CTSS pueda continuar con su ejecución.
En todo caso de resolución, el contratista tendrá en principio derecho a percibir el precio de la totalidad de los suministros aceptados que efectivamente hubiese realizado.
Cuando la resolución del contrato se produzca por cualquier causa imputable al contratista, se devengará a favor de la CTSS, adicionalmente a cualesquiera indemnizaciones de daños y perjuicios que procedan, con carácter cumulativo, una cantidad equivalente al 20% del valor estimado del contrato. Ambas cantidades se deducirán de la garantía definitiva y del precio pendiente de abonar al contratista y, en su caso, el exceso, será objeto de la correspondiente reclamación.
27. RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN
En cuanto a su preparación y adjudicación, el contrato se regirá por el presente Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas y de Prescripciones Técnicas y, en lo no previsto en el mismo, por las instrucciones internas de contratación de la CTSS, y por las normas establecidas al efecto en el TRLCSP (para los contratos no sujetos a regulación armonizada celebrados por las entidades del sector público que reúnan la condición de poder adjudicador y no sean Administración Pública).
En cuanto a sus efectos y extinción, el contrato se regirá por el presente Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas y de Prescripciones Técnicas y, en lo no previsto en el mismo, por las normas de derecho privado, salvo en lo relativo a la modificación del contrato, en que en todo caso será de aplicación lo dispuesto en el Título V del Libro I del TRLCSP.
Adicionalmente, el TRLCSP, el RD 817/2009 y el RD 1098/2001 serán de aplicación en todo en cuanto este Xxxxxx se remita expresamente a dichos textos normativos.
Por razón de la materia el presente contrato se regirá asimismo por el Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (sobre todo el apartado 3 de la Instrucción técnica).
El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción del contrato.
En caso de litigio en relación con el contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Donostia/San Xxxxxxxxx.
ANEXO I. MODELO DE AVAL
La entidad […] (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca), con C.I.F. […], con domicilio en […] (a efectos de notificaciones y requerimientos), y en su nombre […] (nombre y apellidos del apoderado), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento, AVALA a: […] (nombre y apellidos o razón social del avalado), C.I.F. […], para responder de las obligaciones derivadas del contrato de los servicios de mantenimiento de los equipos de aire acondicionado de las instalaciones de la COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, SOCIEDAD ANÓNIMA
UNIPERSONAL, por importe de: […] euros (en letra y en números).
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, que aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto del obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL.
El presente aval estará en vigor hasta que COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución.
Lugar y fecha […].
Razón social de la entidad […]. Firma de los apoderados […].
ANEXO II. DESIGNACIÓN DE MEDIO PREFERENTE DE RECEPCIÓN DE LAS NOTIFICACIONES
D./Xx ……………………………, con domicilio en …………………… y D.N.I. nº
……………….. en nombre propio, o en representación de ………………. con domicilio en ………………….. y D.N.I. o C.I.F. nº , en plena posesión
de su capacidad jurídica y de obrar, enterado xxx Xxxxxx de Cláusulas Económico- Administrativas y de Prescripciones Técnicas que ha de regir la licitación, por procedimiento negociado sin publicidad, para la contratación de los servicios de mantenimiento de los equipos de aire acondicionado de las instalaciones de la COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, SOCIEDAD ANÓNIMA
UNIPERSONAL, mediante la presente, designa como medio preferente para la recepción de cualquier notificación que COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL deba realizar con motivo de la presente licitación el siguiente (*):
Fax.
Correo electrónico.
Correo certificado.
(*) Indíquese el medio designado.
En todo caso, a efectos de notificaciones, se indican los siguientes datos:
- Nº de Fax: ………………………………..
- Dirección de correo electrónico: ……………………….
- Dirección postal: ………………………………………..
- Teléfonos/s de contacto: ………………………………..
[Nota: Al efecto de dar mayor agilidad a las notificaciones, se recomienda designar el correo electrónico del licitador como medio preferente, medio que será plenamente válido a efectos de notificaciones por ser el medio señalado por el propio licitador. No obstante, se admite la designación de otro medio como preferente. De no efectuarse dicha designación, se procederá a la notificación por correo postal certificado en el domicilio indicado.]
En ........................, a . .de… de 2018.
Fdo:……………………
ANEXO III. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
“D./Xx..............................................................................................................con domicilio
en...........................................................................................................................................
., D.N.I. nº........................, teléfono....................................................., e-
mail , en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en
nombre propio (o en representación de...........................................................................................................................................
....., con domicilio en.............................................................................................................., y D.N.I. o C.I.F.
[Según se trate de persona física o jurídica] nº........................................, enterado xxx Xxxxxx de Cláusulas Económico Administrativas y de Prescripciones Técnicas que ha de regir la licitación, mediante procedimiento negociado sin publicidad, para la contratación de los servicios de mantenimiento de los equipos de aire acondicionado de las instalaciones de la COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL,
DECLARA:
Primero.- Que, a fecha de presentación de la presente oferta, cumple con todas las condiciones establecidas legalmente para contratar con COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL, y con todos los
requisitos de capacidad exigidos en el Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas y de Prescripciones Técnicas.
Segundo.- Que se compromete a adscribir a la ejecución del contrato, en el caso de resultar adjudicatario del mismo, los medios humanos mínimos exigidos en la Cláusula 11ª xxx Xxxxxx de Cláusulas Económico-Administrativas y de Prescripciones Técnicas que rige la presente contratación.
(A incluir en el caso de que, para cumplir el compromiso de adscripción de determinados medios humanos y/o materiales pretendiera basarse en los de otras entidades) Que no obstante lo anterior, a efectos de cumplir el compromiso de adscripción de determinados medios humanos y/o materiales, pretende integrar tales medios con los de la empresa …, lo que acreditará en forma cuando proceda, en la forma establecida en el Pliego de la licitación a la que concurre.
Tercero.- Que acepta expresamente que la entidad contratante dé transparencia institucional a todos los datos derivados del proceso de licitación, adjudicación y ejecución (en caso de resultar adjudicatario) hasta su finalización.
En ........................, a . .de… de 2018
Fdo:……………………
ANEXO IV- MODELO DE ACTA NOTARIAL DE MANIFESTACIONES PARA EL SUPUESTO DE QUE EL LICITADOR, PARA ACREDITAR EL COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE DETERMINADOS MEDIOS HUMANOS MÍNIMOS, PRETENDA BASARSE EN LOS MEDIOS DE OTRAS ENTIDADES
D./Xx …, con D.N.I. …, como representante legal de la empresa …, con C.I.F. …, manifiesta que conoce en todo su alcance las condiciones de la licitación para la contratación de … a la que concurre el licitador ... (nombre de la empresa licitadora) y manifiesta su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios necesarios para la ejecución del contrato, con aceptación expresa de lo dispuesto en el artículo 1257.2 del Código Civil, debiendo autorizarse expresamente por COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL su sustitución o modificación.
La presentación de este escrito ante COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL tendrá los efectos de aceptación de dicho compromiso, para el supuesto de que el licitador en cuestión resulte adjudicatario.
En …, a … de … de 2018
ANEXO V. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE ACREDITACIÓN DE LA EFECTIVA DISPOSICIÓN DE MEDIOS HUMANOS Y/O MATERIALES COMPROMETIDOS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
“D./Xx..............................................................................................................con domicilio
en...........................................................................................................................................
., D.N.I. nº........................, teléfono....................................................., e-
mail , en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en
nombre propio (o en representación de...........................................................................................................................................
....., con domicilio en.............................................................................................................., y D.N.I. o C.I.F.
[Según se trate de persona física o jurídica] nº........................................, enterado xxx Xxxxxx de Cláusulas Económico-Administrativas y de Prescripciones Técnicas que ha de regir la licitación, mediante procedimiento negociado sin publicidad, para la contratación de los servicios de mantenimiento de los equipos de aire acondicionado de las instalaciones de COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL
DECLARA:
PRIMERO: Que, a fin de acreditar la efectiva disposición de los medios humanos comprometidos a la ejecución del contrato, se acompaña al presente escrito copia del informe de trabajadores de alta en el código de cuenta cotización de [nombre de la empresa], de fecha […].
SEGUNDO: Que, a fin de acreditar la efectiva disposición de los medios materiales comprometidos a la ejecución del contrato, se acompaña al presente escrito […]
En ........................, a . .de… de 2018
Fdo:……………………
ANEXO VI. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
“D./Xx..............................................................................................................con domicilio
en ,
D.N.I. nº........................, teléfono......................................., e-mail ,
en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de ,
con domicilio en.............................................................................................................., y
D.N.I. o C.I.F. [Según se trate de persona física o jurídica] nº ,
enterado xxx Xxxxxx de Cláusulas Económico-Administrativas y de Prescripciones Técnicas que ha de regir la licitación, mediante procedimiento negociado sin publicidad, para la contratación de los servicios de mantenimiento de los equipos de aire acondicionado de las instalaciones de la COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL
DECLARA:
Que no se encuentra incurso en ninguna de las incompatibilidades y prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y demás disposiciones vigentes sobre la materia.
En ........................, a ...de… de 2018.
Fdo:……………………
ANEXO VII. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE ENCONTRARSE DADO DE ALTA EN EL IMPUESTO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS
“D./Xx..............................................................................................................con domicilio
en...........................................................................................................................................
., D.N.I. nº........................, teléfono....................................................., e-
mail , en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en
nombre propio (o en representación de...........................................................................................................................................
....., con domicilio en.............................................................................................................., y D.N.I. o C.I.F.
[Según se trate de persona física o jurídica] nº........................................, enterado xxx Xxxxxx de Cláusulas Económico-Administrativas y de Prescripciones Técnicas que ha de regir la licitación, mediante procedimiento negociado sin publicidad, para la contratación de los servicios de mantenimiento de los equipos de aire acondicionado de las instalaciones de la COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL,
DECLARA:
PRIMERO: Que a los efectos de acreditar estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Empresariales (I.A.E), se acompaña a la presente declaración [certificado/ último recibo] de fecha [….].
SEGUNDO: Que [nombre de la empresa] se encuentra dada de en la matricula del Impuesto de Actividades Económicas en la actividad de […]
En ........................, a . .de… de 2018
Fdo:……………………
ANEXO VIII- PROPOSICIÓN ECONÓMICA
“D./Xx..............................................................................................................con domicilio
en...........................................................................................................................................
., D.N.I. nº........................, teléfono....................................................., e-
mail , en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en
nombre propio (o en representación de...........................................................................................................................................
....., con domicilio en.............................................................................................................., y D.N.I. o C.I.F.
[Según se trate de persona física o jurídica] nº........................................, enterado xxx Xxxxxx de Cláusulas Económico Administrativas y de Prescripciones Técnicas que han de regir la licitación, mediante procedimiento negociado sin publicidad, para la contratación de los servicios de mantenimiento de los equipos de aire acondicionado de las instalaciones de la COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL,
DECLARA:
1º) Que se compromete a la prestación de los servicios de mantenimiento de los equipos de aire acondicionado de las instalaciones de la COMPAÑÍA DEL TRANVÍA DE SAN XXXXXXXXX, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL.
2º) Que se compromete a su ejecución por los precios unitarios (IVA excluido) siguientes:
Servicio de mantenimiento preventivo: ………………………….. [Indíquese en letra y números] euros/revisión mensual, incrementado en [Indíquese en
letra y números] euros, correspondiente al Impuesto sobre el Valor Añadido.
Servicio de mantenimiento correctivo:
- Oficial de primera: ………………………. [Indíquese en letra y números] euros/hora, incrementado en………………………… [Indíquese en letra y números] euros, correspondiente al Impuesto sobre el Valor Añadido.
- Ayudante: …………………………….. [Indíquese en letra y números] euros/hora, incrementado en………………………... [Indíquese en letra y números] euros, correspondiente al Impuesto sobre el Valor Añadido.
2º) Que conoce el Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas y de Prescripciones Técnicas que expresamente asume y acata en su totalidad.
3º) Que la empresa a la que representa, cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente en materia tributaria y de Seguridad Social.
En ……………….., a ……….. de de 2018.
Firma.