CONDICIONES REGULADORAS JURÍDICAS, ECONÓMICAS Y TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE “GESTION Y COORDINACION ADMINISTRATIVO- FINANCIERA DEL PROYECTO POCTEFA EFA 311/19
CONDICIONES REGULADORAS JURÍDICAS, ECONÓMICAS Y TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE “GESTION Y COORDINACION ADMINISTRATIVO- FINANCIERA DEL PROYECTO POCTEFA EFA 311/19
NaturClima”
PROGRAMA OPERATIVO DE COOPERACIÓN TERRITORIAL INTERREG V – A
España-Francia-Andorra POCTEFA 2014-2020
POCTEFA EFA 311/19 NaturClima "Cooperación transfronteriza en la gestión y gobernanza
participativa de Espacios Naturales para estudiar características y capacidades en Adaptación al Cambio Climático””
CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES 4
1. OBJETO DE LA LICITACIÓN 4
2. PODER ADJUDICADOR Y ÓRGANO DE CONTRATACIÓN 4
3. ALCANCE DEL CONTRATO 5
4. LOTES 5
5. PRECIO DE LOS SERVICIOS. PRECIOS MÁXIMOS DE LICITACIÓN 5
6. PLAZO DEL CONTRATO 6
7. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO 6
8. PROCEDIMIENTO 6
9. RÉGIMEN JURÍDICO 6
10. EMPRESAS QUE PUEDEN SOLICITAR SU PARTICIPACIÓN 7
11. SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA 7
12. SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL 8
13. SEGURO 8
14. GARANTÍA 8
PROVISIONAL 8
DEFINITIVA 8
15. MESA DE CONTRATACIÓN 9
CAPÍTULO II: PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN 10
16. INFORMACIÓN SOBRE EL CONTRATO 10
17. PRESENTACIÓN DE OFERTAS 10
LUGAR 10
FORMA DE PRESENTACIÓN 10
PLAZO 11
18. CONFIDENCIALIDAD DE LA OFERTA 12
19. CONTENIDO DE LOS SOBRES 12
CONTENIDO DEL SOBRE A: DOCUMENTACIÓN GENERAL ¡ERROR! MARCADOR NO
DEFINIDO.
SOBRE B: PROPUESTA CRITERIOS CUALITATIVOS 14
SOBRE C: PROPUESTA CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE FÓRMULAS 14
20. ADMISION Y CALIFICACIÓN DE LAS OFERTAS 15
21. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN 16
21.1. CRITERIOS CUALITATIVOS 16
21.2 CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE FÓRMULA 17
22. OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS 19
23. PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN 19
24. ADJUDICACIÓN DE LA EMPRESA QUE PRESTARA EL SERVICIO 21
CAPÍTULO III: EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS 21
25. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 21
26. FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO 22
27. REVISIÓN DE PRECIOS 22
28. COMPROMISOS DE GAN-NIK 22
29. OBLIGACIONES PARA LA PRESTACIÓNDEL SERVICIO 22
30. REQUERIMIENTOS DE CARÁCTER SOCIAL, MEDIO AMBIENTAL Y DE IGUALDAD DE GÉNERO 23
CONDICIONES GENERALES 23
CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN 24
31. SUBCONTRATACIÓN 25
32. SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN Y CONFIDENCIALIDAD 25
33. RIESGO Y XXXXXXX 27
34. CESIÓN DEL CONTRATO A TERCERAS PARTES 27
35. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO 28
36. VIGILANCIA Y EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS 28
37. EJECUCIÓN DEFECTUOSA 28
38. PENALIZACIONES 29
39. CAUSAS DE RESOLUCIÓN 29
40. RECLAMACIONES EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA 30
41. SUMISIÓN A FUERO 30
ANEXOS
ANEXO I MODELO DECLARACIÓN RESPONSABLE CAPACIDAD DE CONTRATAR ANEXO II MODELO OFERTA ECONÓMICA
ANEXO III CONDICIONES TÉCNICAS
CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES
1. OBJETO DE LA LICITACIÓN
Las presentes Condiciones Reguladoras tienen por objeto fijar las estipulaciones básicas de carácter Jurídico y Económico que han de regir la contratación de una asistencia técnica para la gestión y coordinación administrativo-financiera del proyecto POCTEFA NaturClima.
El citado proyecto está cofinanciado al 65% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) bajo el Programa Operativo de Cooperación Territorial INTERREG V-A España- Francia-Andorra (POCTEFA 2014-2020).
El proyecto NaturClima se enmarca dentro de la última convocatoria del programa POCTEFA 2014-2020 y los trabajos objeto de contratación serán cofinanciados por el citado programa con fondos comunitarios FEDER y por cofinanciaciones públicas francesas (Estado Francés, Regiones Franceses y Consejos Departamentales).
La Contratación de la presente asistencia técnica está sujeta a la condición suspensiva de que se firme el Convenio FEDER como socios del proyecto POCTEFA por parte del Beneficiario principal (Jefe de Filas) en los términos previstos.
La entidad Gestión Ambiental xx Xxxxxxx S.A. (en adelante GAN-NIK) actuando como beneficiario coordinador y en representación de la totalidad de socios del Poctefa EFA 311/19 NaturClima como previamente ha sido acordado y consta en el acuerdo firmado por todos ellos.
La asistencia objeto del contrato se encuentra englobada en el CPV (Common Procurement Vocabulary) 72224000 - 1 (“Servicios de consultoría en gestión de proyectos”).
2. PODER ADJUDICADOR Y ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
Gestión Ambiental xx Xxxxxxx (GAN-NIK) es el poder adjudicador que administrará el procedimiento de contratación por cuenta propia y en representación de los demás poderes adjudicadores: Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente del Gobierno xx Xxxxxxx (DRyMA), Navarra de Suelo y Vivienda, S.A. (NASUVINSA), Parc National des Pyrénées (PNP), Association Bigourdane Environment Nature labélisée CPIE Bigorre-Pyrénées (CPIE BP) y Centre de la Mer de Biarritz (CMB). El órgano de contratación es la persona que ostente las facultades de representación respecto de GAN-NIK. GAN-NIK procederá a los tramites y administrará el procedimiento por cuenta propia y por cuenta de los demás poderes adjudicadores citados. Todos los poderes adjudicadores tendrán la responsabilidad del cumplimiento de sus obligaciones.
3. ALCANCE DEL CONTRATO
El trabajo consiste en la asistencia administrativo financiera al Jefe de Filas y al resto de socios del Proyecto POCTEFA EFA 311/19 NaturClima para el correcto desarrollo del mismo hasta su cierre tanto técnico como financiero.
En el Anexo III se recogen las Condiciones Técnicas en las que se deberán prestar los referidos servicios.
4. LOTES
El presente contrato no es objeto de división en lotes porque la naturaleza del objeto implica la necesidad de coordinar la ejecución las diferentes prestaciones. Adicionalmente, dificultaría la ejecución del mismo desde el punto de vista técnico, tal y como establece la vigente Ley Xxxxx de Contratos Públicos
5. PRECIO DE LOS SERVICIOS. PRECIOS MÁXIMOS DE LICITACIÓN
Se establece un precio desde GAN-NIK, en representación del resto de beneficiarios, sin asumir mayor compromiso de gasto que el suyo en el porcentaje establecido como propio sobre el presupuesto total de los trabajos que asciende a los 75.000 euros (IVA excluido) citados con un reparto por socio que se detallará porcentualmente en las facturas por socio con la entidad que resulte adjudicataria de la presente licitación, tal y como consta en el acuerdo establecido y firmado por todos los socios.
EL reparto del total del contrato por socio se realizará según los porcentajes establecidos en el citado acuerdo y descritos en la siguiente tabla:
DRyMA-GN | 29,80 % |
GAN-NIK | 16,31 % |
NASUVINSA | 16,31 % |
PNP | 16,45 % |
CPIE Bigorre | 04,68 % |
CMB | 16,45 % |
A todos los efectos se entenderá que en el precio ofertado por la persona licitadora se incluyen todos los costes directos, costes auxiliares, costes indirectos, gastos generales, así como el
correspondiente margen o beneficio industrial, a lo largo de toda la eventual duración del contrato, a excepción del IVA correspondiente.
Únicamente generarán obligación de pago los trabajos efectivamente realizados por el adjudicatario. Igualmente, el precio del contrato podrá disminuirse en el supuesto de que se reduzcan o supriman unidades/trabajos de actuación contempladas inicialmente, abonándose en todo caso los trabajos finalmente ejecutados por el adjudicatario.
6. PLAZO DEL CONTRATO
El plazo de ejecución de los trabajos se extenderá desde la firma del contrato hasta la finalización del proyecto el 31 xx xxxx de 2022, añadiendo el tiempo necesario hasta su certificación y resolución financiera final con la CTP.
En el supuesto de que el contratista se demore en el plazo de inicio o ejecución de los trabajos contenidos en su oferta, GAN-NIK se reserva el derecho de establecer la sanción de 300 euros por cada día natural de demora.
7. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
El cálculo del valor estimado se realiza según el artículo 42 de la Ley Xxxxx 2/2018, de Contratos Públicos, en adelante LFC, en cuantía suficiente para cubrir los costes directos en los que tendrá que incurrir la persona adjudicataria, incluidos los costes laborales, los costes indirectos y gastos generales, así como un margen o beneficio industrial a lo largo de toda la eventual duración del contrato.
Se estima un valor total del contrato de 75.000 euros €, IVA excluido.
8. PROCEDIMIENTO
Abierto, definido en el artículo 72 de la LFC.
9. RÉGIMEN JURÍDICO
El régimen jurídico del contrato, en atención al artículo 34.2 de la LFC, es el siguiente:
• En cuanto a su preparación y adjudicación, los contratos se regirán por la Ley Xxxxx 2/2018, de Contratos Públicos.
• En lo relativo a efectos y extinción les serán de aplicación las normas de Derecho Privado, salvo lo establecido en la Ley Xxxxx 2/2018, de Contratos Públicos sobre condiciones especiales de ejecución, modificación y subcontratación.
Las partes contratantes quedarán sometidas a lo establecido en las presentes Condiciones Reguladoras y sus documentos anexos, a lo dispuesto la Ley Xxxxx 2/2018, de Contratos Públicos, así como toda la normativa relacionada que resulte de aplicación en cada caso.
El desconocimiento de las Condiciones Reguladoras para la contratación en cualquiera de sus términos, de los documentos anexos que formen parte de las mismas o de las bases y normas de toda índole promulgadas por GAN-NIK que puedan tener aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá a la persona adjudicataria de la obligación de su cumplimiento.
10. EMPRESAS QUE PUEDEN SOLICITAR SU PARTICIPACIÓN
Podrán concurrir al proceso de licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten su solvencia económica y financiera, técnica o profesional, y no se encuentren incursas en causa de prohibición de contratar, requisitos que deberán concurrir en el momento de finalización del plazo de presentación de ofertas.
GAN-NIK podrá contratar con empresas licitadoras que participen conjuntamente, de acuerdo con lo señalado en el artículo 13 de la LFC.
La presentación de proposiciones por los interesados supone la aceptación incondicional por parte de la persona licitadora de la totalidad de las presentes Condiciones Reguladoras, sin salvedad o reserva alguna.
11. SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA
Las personas licitadoras deberán acreditar la solvencia económica y financiera para la ejecución del contrato mediante la presentación de:
• Declaraciones formuladas por entidades financieras y, en el caso de profesionales, un justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
• Declaración responsable sobre el volumen global de negocios del último ejercicio disponible en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del licitador, que refleje un importe igual o superior al presupuesto de este contrato.
• Balance correspondiente a las últimas cuentas anuales aprobadas, que refleje un patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, igual o superior al presupuesto de este contrato.
Los documentos que acrediten la solvencia económica y financiera en los términos indicados, deberán presentarse por el licitador en cuyo favor se efectúe propuesta de adjudicación en el plazo de siete días naturales desde que se le requiera a tal efecto por la Mesa de contratación.
12. SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL
A los efectos de acreditar este tipo de solvencia, la entidad licitadora en cuyo favor se efectúe propuesta de adjudicación deberá presentar la siguiente documentación:
Una relación de los principales servicios de similar entidad técnica al actual efectuados durante los últimos tres años en donde conste el importe, la fecha y el destinatario. Deberá acreditarse, mediante certificado de buena ejecución, al menos un trabajo plurianual en esta materia por un importe superior a 37.000 euros (IVA no incluido). Si el licitador no ha realizado los trabajos aludidos en este plazo no podrá acreditar la solvencia técnica o profesional.
Asimismo, el Equipo Técnico asignado al Proyecto, deberá estar integrado por profesionales que cuenten cuente con titulación universitaria y que acredite un conocimiento del idioma español nativo o C1 y al menos uno de los integrantes del equipo deberá acreditar el conocimiento del idioma xxxxxxx xxxxxx o C1.
Los documentos que acrediten la solvencia técnica o profesional en los términos indicados, deberán presentarse por el licitador en cuyo favor se efectúe propuesta de adjudicación en el plazo de siete días naturales desde que se le requiera a tal efecto por la Mesa de contratación.
13. SEGURO
Las empresas licitadoras deberán acreditar la existencia (o compromiso de constitución o ampliación de límites en el caso de resultar adjudicataria) de un aseguramiento por:
▪ Responsabilidad Civil Patronal / Accidentes de trabajo
o Límite mínimo: 450.000 €/siniestro.
▪ Responsabilidad Civil general.
o Límite mínimo:300.000 €/siniestro
La empresa adjudicataria se compromete a disponer del citado aseguramiento durante toda la vigencia del contrato y mantenerlo hasta la finalización del periodo de reclamación de daños que establezca en cada momento la legislación vigente.
En caso de que las pólizas contratadas tengan franquicia, ésta debe ser asumida por la empresa adjudicataria en caso de siniestro.
14. GARANTÍA
PROVISIONAL
No se requiere.
DEFINITIVA
No se requiere
15. MESA DE CONTRATACIÓN
De conformidad con el artículo 50 de la Ley Xxxxx de Contratos 2/2018, se constituirá una mesa de contratación integrada por:
• Secretario: D. Xxxxxx Xxxxxxxx (Licenciado en Derecho, GAN-NIK).
• Suplente: Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxx. Licenciado en Derecho. Director del Departamento jurídico de CPEN, empresa matriz del grupo al que pertenece GAN-NIK.)
• Presidencia: Dña. Xxxxxx Xxxxxxxx (Financiera GAN-NIK)
• Suplente: Xxxxxxx Xxxxxxxx (técnico de área GAN-NIK)
• Vocal D. Xxxxxx Xxxxxxx (GAN-NIK)
• Vocal Dña Xxxxx Xxxx (DRyMA).
• Vocal D. Xxxxxxxx Xxxxxxx (NASUVINSA).
• Vocal Dña Xxxxxx Xxxxxxx (PNP).
Se podrá consultar con representantes de los socios del proyecto Poctefa no incluidos en la Mesa de Contratación en cualquiera de las fases de la licitación, en especial la valoración técnica de las ofertas recibidas.
*() VERIFICACION DE LA PRESENCIA NECESARIA en PLENA: El secretario
En caso de que alguna de las personas designadas no pueda integrar la mesa, se publicará con antelación el nombramiento de la persona que la sustituya en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx.
CAPÍTULO II: PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
16. INFORMACIÓN SOBRE EL CONTRATO
Cualquier aclaración o información relativa a las presentes Condiciones Reguladoras podrá ser solicitada a GAN-NIK en la dirección: xxxx@xxx-xxx.xx, durante el plazo de presentación de ofertas y será contestada por GAN-NIK siempre que se haya solicitado con una antelación mínima de tres días a la fecha límite de presentación de ofertas.
17. PRESENTACIÓN DE OFERTAS
LUGAR
Las proposiciones se presentarán electrónicamente a través de la Plataforma de Licitación Electrónica xx Xxxxxxx (PLENA). Así mismo, todas las comunicaciones y resto de actuaciones de trámites que procedan con las personas licitadoras se efectuarán a través de PLENA.
Desde el anuncio de licitación del Portal de Contratación se podrá acceder al espacio de la Plataforma de Licitación Electrónica xx Xxxxxxx (PLENA) donde cualquier persona interesada en la licitación puede descargar una aplicación de escritorio que le permite la preparación y presentación de ofertas mediante sobre digital. Esta aplicación debe descargarse una única vez, siendo válida para cualquier licitación posterior a través de PLENA por parte de cualquier entidad sometida a la misma.
Las ofertas son cifradas en el escritorio de quien vaya a licitar utilizando mecanismos estándares de cifrado, y una vez presentadas, son depositadas en un repositorio seguro.
FORMA DE PRESENTACIÓN
La oferta deberá ir firmada mediante firma electrónica reconocida, válidamente emitida por un Prestador de Servicios de Certificación y que garantice la identidad e integridad del documento, la oferta y todos los documentos asociados a la misma, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica y demás disposiciones de contratación pública electrónica.
El tamaño permitido de cada fichero individual que se anexa en la oferta electrónica es de 50 MB. El tamaño total de la oferta, con todos los documentos que la forman tendrá un tamaño máximo de 100 MB. PLENA no establece límite alguno en el número de archivos que se pueden adjuntar a una oferta.
Los formatos admitidos por PLENA para los documentos que se anexan en la presentación de la oferta son los utilizados habitualmente (doc, docx, xls, xlsx, ppt, pptx, rtf, sxw, abw, pdf, jpg, bmp, tiff, tif, odt, ods, odp, odi, dwg, zip.), y como medida alternativa, para adjuntar archivos de otros formatos, se pueden envolver en un archivo comprimido (ZIP).
En caso de discordancia entre los valores objetivos introducidos en los formularios de la plataforma y los documentos anexos que dan respaldo a cada criterio prevalecerán los documentos y anexos suscritos electrónicamente por la entidad o empresa licitadora o quien tenga poder de representación.
En el momento en que la persona licitadora cierre su oferta, se generará una huella -resumen criptográfico- del contenido de la misma, quedando como constancia de la oferta. En el caso de que quien licite tenga problemas (*) en la presentación de su oferta en PLENA, si la huella – resumen criptográfico- es remitida, dentro del plazo de presentación de ofertas, al órgano de contratación por correo electrónico a la dirección de contacto establecida en el Portal de Contratación, se dispondrá de un plazo extendido de 24 horas para la recepción de la oferta completa a través de PLENA y para considerar completada la presentación. Sin cumplir tales requisitos no será admitida la solicitud de participación en el caso de que se recibiera fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación.
(*) A estos efectos se advierte de que cuanto mayor sea el peso (medido en MB) de las ofertas, mayor puede ser el tiempo requerido para completar su presentación. Ello con independencia de la concurrencia de otras circunstancias, como una menor velocidad de subida de datos debida a la calidad de la conexión, u otras.
La presentación de proposiciones por las personas licitadoras supone la aceptación incondicional por su parte a la totalidad de las presentes Condiciones Reguladoras, sin salvedad o reserva alguna.
PLAZO
El plazo de presentación de las ofertas se fijará en el anuncio para la licitación.
Si al proceder a la apertura de los sobres, se detecta una presentación fuera de plazo sobre la cual se ha recibido una huella, ésta se validará, si la huella coincide, y la fecha de recepción está dentro de las 24 horas extendidas, la oferta se dará por válida y se abrirá.
Si por el contrario la huella no coincide, o bien la oferta se ha recibido fuera del plazo de 24 horas extendidas, la oferta se excluirá, no abriéndose nunca su contenido.
En caso de que la oferta hubiera sido presentada fuera de plazo y la persona licitadora adujera la existencia de problemas técnicos en la presentación, se verificará si en el momento de presentación de la oferta existieron problemas de índole técnica en la Plataforma. Solamente en el caso de que hubiera acaecido incidencia técnica en el normal funcionamiento de la Plataforma, la oferta presentada será admitida.
A este respecto se informa que es necesario que la hora del equipo desde el que se vaya a realizar la presentación coincida con un margen máximo de desfase de 5 minutos, con la hora del servidor de Gobierno xx Xxxxxxx. Los servidores de Gobierno xx Xxxxxxx, utilizan como referencia el Tiempo Universal Coordinado (UTC), que es la escala de tiempo universal mantenida por los laboratorios internacionales de referencia con una precisión: +/- 1seg. Esta es, por tanto, la hora oficial de los servicios electrónicos:
• Fuente horaria primaria: xxxx.xxx.xx (Real Instituto y Observatorio de la Armada: dos servidores en San Xxxxxxxx-Cádiz y un tercero situado en Madrid)
• Fuentes horarias secundarias:
o xxxxx.xxxxx.xx , INRIA, Paris
o x0x00.x0x.xxx.xx , UPV-EHU
El desconocimiento de la persona licitadora o problemas técnicos ajenos a la Plataforma no justificarán la extemporaneidad en la presentación de la oferta y conllevarán la exclusión.
18. CONFIDENCIALIDAD DE LA OFERTA
La empresa licitadora podrá designar como confidencial la información incluida en su oferta por formar ésta parte de su estrategia empresarial y, en particular, por contener secretos técnicos o comerciales. La declaración de confidencialidad no debe perjudicar el cumplimiento de las obligaciones en materia de transparencia, publicidad e información que debe darse a cada participante y, por tanto, no podrá extenderse a toda la propuesta.
En el caso de que en su oferta no indique nada expresamente al respecto, se entenderá que la oferta no contiene información de carácter confidencial y GAN-NIK procederá al respecto de la confidencialidad y sigilo respecto de las ofertas presentadas, de conformidad con el artículo 54 de la Ley Xxxxx de Contratos 2/2018.
19. CONTENIDO DE LOS SOBRES
Las propuestas se presentarán de acuerdo con la estructura establecida para esta oferta en PLENA y contendrán 3 sobres, identificados como:
CONTENIDO DEL SOBRE A: DOCUMENTACIÓN GENERAL
1. Justificación de los requisitos para contratar.
Declaración responsable de la empresa licitadora, conforme al Anexo I, indicando que cumple los requisitos para contratar conforme al artículo 55 de la LFC.
La empresa licitadora a cuyo favor recaiga la adjudicación del contrato deberá acreditar la posesión y validez de los documentos necesarios, que se determinan en la estipulación 24 de las presentes Condiciones Reguladoras, en el plazo máximo de siete días naturales desde la comunicación de la adjudicación.
De conformidad con el artículo 22 de la LFC, son circunstancias, entre otras, para apreciar la prohibición de contratar en la empresa licitadora:
- Haber incurrido en falsedad al efectuar la declaración responsable anterior o al facilitar cualesquiera otros datos relativos a su capacidad y solvencia, o haber incumplido, por causa que le sea imputable, la obligación de comunicar la información que limite la validez del certificado acreditativo de la personalidad y representación de la empresa inscrita en el Registro Voluntario de Licitadores xx Xxxxxxx, autorizado por la Junta de Contratación Pública.
2. Declaración Responsable. Compromiso de mantenimiento de los medios humanos Declaración responsable de la empresa licitadora por la que, en caso de resultar adjudicataria, prestará los servicios con el personal concreto designado en su oferta, asumiendo el compromiso de que si, durante la ejecución del contrato, fuera voluntad de éste sustituir a alguna persona del equipo:
▪ Presentará previamente la propuesta a GAN-NIK, debiendo acreditarse que el personal propuesto en sustitución cuenta con la misma o superior cualificación y experiencia que el sustituido.
▪ Deberá contar, en cualquier caso, con la autorización de GAN-NIK para hacerla efectiva.
3. Participación conjunta.
En el caso de que la oferta se instrumente en forma de participación conjunta:
- Documento privado en el que se manifieste esta voluntad, de conformidad con el artículo 13 de la LFC.
- En su caso, aportación de compromiso de constitución de una unión de empresas de carácter temporal en caso de resultar adjudicatarias.
CONTENIDO DEL SOBRE B: PROPUESTA CRITERIOS CUALITATIVOS
Las empresas licitadoras deberán aportar dos documentos adecuadamente encuadernados, con las páginas numeradas y precedidas de un índice, en correspondencia con los criterios cualitativos recogidos en el presente pliego.
Un documento corresponderá con la propuesta técnica en versión en español y el otro con la misma propuesta técnica en versión en francés.
Se deberá presentar además una copia de ambos documentos de propuesta en soporte informático (formato “pdf”).
La inclusión de cualquier dato propio de valoración correspondiente a criterios de adjudicación mediante la aplicación de fórmulas objetivas determinará la inadmisión o exclusión de la proposición.
SOBRE B: PROPUESTA CRITERIOS CUALITATIVOS
Las empresas licitadoras deberán aportar una documentación adecuadamente editada, en correspondencia con los criterios cualitativos recogidos en la estipulación 21.
La inclusión de cualquier dato propio del sobre C determinará la inadmisión o exclusión de la proposición.
Contenidos que deben incluirse:
1) Incremento de recursos y competencias respecto del equipo mínimo
Se trata de un servicio
2) Propuesta metodológica (u otros criterios)
Propuesta técnica: Hasta 40 puntos de conformidad con el desglose el punto 21.1 –Criterios cualitativos- del presente condicionado
SOBRE C: PROPUESTA CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE FÓRMULAS
Criterios de carácter social 10 puntos
Se otorgará 10 puntos a la oferta de la persona licitadora que se comprometa a incluir, en el caso de resultar adjudicataria, una tarea del contrato relativa a cualesquiera de las tareas técnicas
especificadas, con personal con dificultades laborales específicas, tanto como personal propio como a través Centros especiales de empleo sin ánimo de lucro o Centros Especiales de Empleo de iniciativa social o Empresas de Inserción. En el caso de que no se comprometa, la puntuación será de 0 puntos.
Criterios de carácter medio ambiental 5 puntos
• Compromiso de utilización de productos con Etiqueta Ecológica Europea. Se otorgará 1 punto por producto si se compromete con obligación de acreditar mediante factura su utilización durante la prestación del servicio. xxxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xx/xxxxxxx-x-xxxxxxxxxx-xxxxxxxxx/xxxxx/xxxxxxxx- ecologica-de-la-union-europea/etiqueta-ecologica-europea/grupos_producto.aspx
Jornadas de trabajo (20 puntos):
La propuesta debe detallar la estructura y la dedicación del equipo que va a desarrollar los trabajos, que deberá estar compuesto por personal especialista. Se valorará mediante formula objetiva la asistencia a la gestión de cada socio del proyecto
Criterios económicos: Máximo 25 puntos
Se ofertará un precio unitario, conforme al modelo incluido en el anexo III.
Deberá tenerse en cuenta que cada persona licitadora no podrá presentar más de una proposición económica. La infracción de esta obligación supondrá la exclusión de las ofertas que esta haya suscrito.
No serán admitidas las proposiciones cuyo importe sea superior al presupuesto que se determina en la estipulación tercera de las presentes Condiciones Reguladoras.
La proposición económica se presentará en caracteres claros, prevaleciendo las cantidades reflejadas en letra respecto de las cifras.
20. ADMISION Y CALIFICACIÓN DE LAS OFERTAS
Concluido el plazo de presentación de proposiciones, se procederá a la calificación de la documentación general presentada en el sobre A.
En los casos en que la documentación sea incompleta o presente alguna duda, se requerirá a la persona afectada para que complete o subsane los certificados y documentos presentados, otorgándoles un plazo de, al menos, cinco días. Dicho requerimiento se producirá por medios telemáticos, a través del módulo de notificaciones de PLENA.
Si transcurrido el plazo de subsanación no se ha completado la información requerida, se procederá a su exclusión en el procedimiento.
Posteriormente se procederá, en acto interno, a la evaluación de los criterios cualitativos (sobre B) de las ofertas admitidas, conforme a la estipulación 21.1 de las presentes Condiciones Reguladoras.
Si la mesa de contratación considera que la oferta presentada adolece de oscuridad o de inconcreción, podrá solicitar aclaraciones complementarias, respetando en todo caso el principio de igualdad de trato de quienes hayan licitado, que no podrán modificar la oferta presentada. El plazo de contestación será de cinco días. Dicho requerimiento se producirá por medios telemáticos, a través del módulo de notificaciones de PLENA.
Efectuada esta evaluación, GAN-NIK, en acto público al que podrá accederse a través de PLENA en la fecha y hora que se señale en el correspondiente anuncio de licitación, publicará el resultado conforme a la aplicación de los criterios establecidos en la estipulación 21.2.
Posteriormente, en acto interno, se valorará la concurrencia de una “oferta anormalmente baja”, conforme a la estipulación 22.
21. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
La adjudicación se realizará a favor de la oferta que presente mejor relación calidad-precio, de conformidad con el artículo 64 de la LFC, entendiendo como tal la oferta que mayor puntuación obtenga una vez aplicados los criterios de adjudicación siguientes:
21.1. CRITERIOS CUALITATIVOS
Los criterios de adjudicación y su ponderación relativa serán, de conformidad al artículo 51.1 de la LFCP, los siguientes:
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN | PONDERACIÓN |
Propuesta Técnica | 40 puntos |
- Organigrama | 10 puntos |
- Planificación (espacial y temporal) y metodología del trabajo | 30 puntos |
A) Propuesta Técnica (Hasta 40 puntos)
La propuesta técnica será valorada teniendo en cuenta los siguientes parámetros:
- Organigrama: hasta 10 puntos.
- Contenidos y metodología: hasta 30 puntos.
• Organigrama (10 puntos): La propuesta debe definir en detalle la estructura del equipo que va a desarrollar los trabajos, estableciendo la formación, dedicación, funciones a desarrollar y asignación de las actividades a realizar por cada técnico/a, en la prestación del servicio contratado.
• Planificación (espacial y temporal) y metodología del trabajo (30 puntos): La propuesta deberá presentar una programación detallada de los distintos trabajos a realizar, especificando su ámbito espacial y temporal, para cada una de sus fases o repeticiones, de acuerdo a las tareas descritas en el condicionado técnico.
La propuesta también debe incluir una descripción técnica pormenorizada de los contenidos del trabajo que pretende abordar para desarrollar estos trabajos, de forma que asegure la consecución de los objetivos del Proyecto y el cumplimiento de todos los requerimientos ambientales asociados, tal y como se recogen en las Condiciones Reguladoras Técnicas.
Se valorarán conjuntamente los contenidos de la propuesta y su coherencia técnica, hasta un máximo de 30 puntos, es decir que se valorará a los licitadores que oferten conjuntamente los contenidos de la propuesta y su coherencia técnica de acuerdo con las condiciones reguladoras técnicas, hasta un máximo de 30 puntos.
21.2 CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE FÓRMULA.
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN | PONDERACIÓN |
Jornadas de trabajo | 20 puntos |
Criterios sociales | 10 puntos |
Criterios ambientales | 5 puntos |
Propuesta Económica | 25puntos |
1- Esfuerzo de dedicación, jornadas de trabajo (hasta 20 puntos): La propuesta debe detallar la estructura y la dedicación del equipo que va a desarrollar los trabajos, que deberá estar compuesto por personal especialista. Se valorará mediante formula objetiva la asistencia a la gestión de cada socio del proyecto
Se valorará con 20 puntos la propuesta del licitador que ofrezca un mayor número de jornadas de personal especialista, por encima de las 100 jornadas básicas (considerando como “jornada” la dedicación a cada socio). Las propuestas de los demás licitadores se valorarán con los puntos resultantes de prorratear el número de jornadas añadidas que proponen, en relación con las que propone el licitador que ofrece el número máximo. Si, por ejemplo, el licitador que ofrece el número máximo de jornadas
trabajadas por encima de las 150 jornadas básicas, propone 50 jornadas más, contará con 35 puntos; si otro licitador propone 25 jornadas contará con 17´5 puntos y así sucesivamente.
La Dirección Técnica supervisará el cumplimiento de las jornadas trabajadas que realice el licitador adjudicatario para que se ajuste a la oferta que haya presentado.
2- Criterios sociales y ambientales: hasta 15 puntos.
Criterios de carácter social (10 puntos)
Si la empresa adjudicataria se compromete a subcontratar al menos un 6% del presupuesto de adjudicación del contrato en personal con dificultades laborales específicas tanto en personal propio como o con Centros especiales de empleo sin ánimo de lucro o Centros Especiales de Empleo de iniciativa social o Empresas de Inserción, hasta 10 puntos. En caso contrario, cero puntos o proporcional al %.
Porcentaje de equipo de trabajo propuesto con contrato indefinido o equivalente y compromiso de mantenimiento hasta el final de la asistencia.
Criterios de carácter medioambiental (5 puntos)
Se valorará con hasta 5 puntos la utilización de productos con Etiqueta Ecológica Europea. Se otorgará 1 punto por producto si se compromete con obligación de acreditar mediante factura su utilización durante la prestación del servicio. xxxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xx/xxxxxxx-x-xxxxxxxxxx- ambiental/temas/etiqueta-ecologica-de-la-union-europea/etiqueta-ecologica- europea/grupos_producto.aspx
2) Oferta económica (25 puntos)
La puntuación correspondiente a la oferta presentada (Pi) se obtendrá aplicando la siguiente fórmula:
Pi = Pmax x Bi x K, donde:
▪ Pmax 25
▪ Bi Baja ofertada. Dicho valor se calculará de la siguiente forma:
( 𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜 𝑚á𝑥𝑖𝑚𝑜 𝑑𝑒 𝑙𝑖𝑐𝑖𝑡𝑎𝑐𝑖ó𝑛−𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜 𝑜𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 (𝑃𝑖) )
𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜 𝑚á𝑥𝑖𝑚𝑜 𝑑𝑒 𝑙𝑖𝑐𝑖𝑡𝑎𝑐𝑖ó𝑛
▪ Bmáx Baja mayor de entre todas las ofertas.
▪ K K será igual a 10 si Bmáx es igual o inferior al 10%
.
si Bmáx es superior al 10%, K será igual a 1
B max
El resultado se redondea a 2 decimales.
22. OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS
Tendrá esta consideración toda aquella oferta cuyo valor de baja (calculado según la estipulación anterior) sea superior a 10 puntos porcentuales.
En el caso de que sea presentada oferta anormalmente baja será de aplicación el artículo 98 de la LFC.
23. PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN.
Entre las ofertas admitidas, una vez valoradas estas según los criterios de adjudicación establecidos, se solicitará a la oferta que mayor puntuación total haya obtenido que, en el plazo máximo de 7 días desde el envío de dicha solicitud, presente, a través de PLENA, la siguiente documentación (si hubiera una situación de empate será de aplicación lo previsto en el artículo 99 de la LFC):
1. Copia del NIF.
2. Escritura de constitución y/o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, deberá aportarse la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional en el que constaren las normas por las que se regula su actividad inscrito en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.
3. Poder notarial en el que se establezcan las facultades de representación de las personas firmantes de la proposición, o certificación del Registro Mercantil, justificativo de las facultades representativas. Los poderes generales, sujetos a inscripción en el Registro Mercantil, se presentarán con la justificación del cumplimiento de este requisito.
Estos dos últimos documentos podrán ser sustituidos por una certificación del Registro Voluntario de Licitadores de la Comunidad Xxxxx, además de la declaración jurada de su vigencia actual.
4. Documentación de acreditación de la solvencia económica y financiera, en los términos establecidos en el apartado 12 de las presentes Condiciones Reguladoras.
5. Documentación de acreditación de la solvencia técnica o profesional, en los términos establecidos en el apartado 13 de las presentes Condiciones Reguladoras.
6. Compromiso de puesta a disposición de medios humanos.
Declaración responsable de la persona licitadora por la que manifiesta que prestará los servicios con el personal concreto designado en su oferta, asumiendo el compromiso de que si, durante la ejecución del contrato, fuera su voluntad sustituir a alguna persona del equipo:
• Presentará previamente la propuesta a GAN-NIK, debiendo acreditarse que el personal propuesto en sustitución cuenta con la misma o superior cualificación y experiencia que el sustituido,
• Deberá contar, en cualquier caso, con la autorización de GAN-NIK para hacerla efectiva.
7. Documentación acreditativa de tener implantado un sistema de aseguramiento de calidad en los términos establecidos en el apartado 13 de las presentes Condiciones Reguladoras.
8. Documentación de acreditación de la disposición de póliza de seguros, en los términos establecidos en el apartado 14 de las presentes Condiciones Reguladoras.
Se incluirá copia de la póliza de seguro, así como acreditación de estar al corriente del pago de la misma. En el supuesto de que la persona licitadora no tuviera contratada en el momento de la preparación de la oferta una póliza o sus coberturas no alcanzaran el importe requerido, deberá presentar un compromiso de la entidad aseguradora de constituir y/o incrementarlo hasta el nivel exigido, en caso de resultar adjudicataria.
9. Documentación acreditativa de hallarse al corriente en las obligaciones tributarias, lo que se llevará a cabo de la siguiente manera:
o Certificación administrativa de las Administraciones Tributarias de las que la persona
licitadora sea sujeto pasivo, de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias.
o Documentación acreditativa de hallarse al corriente en las obligaciones con la Seguridad Social lo que se llevará a cabo mediante una Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social de que la empresa licitadora se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
10. Documento acreditativo de alta en el impuesto sobre Actividades Económicas/Licencia Fiscal y último recibo del impuesto, cuando sea exigible.
De conformidad con el artículo 22 de la LFC, son circunstancias, entre otras, para apreciar prohibición de contratar con la empresa licitadora:
- Haber retirado indebidamente su proposición en un procedimiento de adjudicación, o haber imposibilitado la adjudicación del contrato a su favor por no cumplimentar la documentación exigible para realizar la propuesta de adjudicación a su favor dentro del plazo señalado mediando dolo, culpa o negligencia.
- Haber dejado de formalizar el contrato, que ha sido adjudicado a su favor, en los plazos previstos en esta ley xxxxx por causa imputable a la persona adjudicataria.
La mesa de contratación examinará la documentación aportada y en el caso que sea conforme a lo previsto en las Condiciones Reguladoras, elevará la propuesta de adjudicación del contrato al órgano de contratación. Si la documentación no cumpliera las condiciones establecidas, la mesa de contratación realizará una nueva propuesta de adjudicación a la siguiente persona licitadora que haya obtenido mayor puntuación.
24. ADJUDICACIÓN DE LA EMPRESA QUE PRESTARA EL SERVICIO
El órgano de contratación adjudicará el contrato en el plazo máximo de un mes desde el acto de apertura público, a la empresa licitadora que mayor puntuación total obtenga conforme a los criterios de adjudicación señalados en las presentes Condiciones Reguladoras. Si hubiera una situación de empate será de aplicación lo previsto en el artículo 99 de la LFC.
Una vez efectuadas las actuaciones descritas, se informará a los licitadores interesados sobre las decisiones adoptadas, conforme al artículo 100.3 de la LFC.
La decisión de adjudicación tendrá suspendidos sus efectos durante el plazo de 10 días naturales contados desde la fecha de remisión de la notificación de adjudicación.
GAN-NIK se reserva la facultad de declarar desierta la licitación motivando justificadamente dicha decisión.
CAPÍTULO III: EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS
25. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se formalizará a partir de la finalización del plazo de suspensión de la adjudicación al que se refiere la estipulación 24, según la fecha indicada por GAN-NIK al respecto. Todos los poderes adjudicadores del punto 2 del condicionado formalizarán el contrato, pudiendo hacerse por firma electrónica.
Formarán parte del contrato, como anexo al mismo, las presentes Condiciones Reguladoras y la propuesta de la empresa adjudicataria. La firma del contrato podrá hacerse mediante certificado digital válido.
A petición de la empresa adjudicataria, podrá elevarse el documento a escritura pública, siendo por cuenta de ésta los gastos derivados de su otorgamiento.
El contrato que se formalice tendrá naturaleza mercantil.
26. FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO
Se abonará mediante cuatro liquidaciones parciales: Un pago inicial del 25% a la firma del contrato; un segundo y tercer pago de 25% tras las certificaciones del año 2020 y 2021 respectivamente; y un último y cuarto pago del 25% a la finalización del proyecto.
El pago se realizará previa conformidad de la prestación del servicio por parte de GAN-NIK y se facturará en su cuantía correspondiente a cada socio según consta en el acuerdo firmado por todos ellos. En todas las facturas emitidas por el contratista se hará referencia clara al proyecto POCTEFA 311/19 NaturClima y al concepto de este contrato: “Asistencia técnica para la gestión y coordinación administrativa – financiera del proyecto POCTEFA EFA 311/19 NaturClima”
El medio de pago será por transferencia bancaria a cuesta del adjudicatario previa emisión de la factura correspondiente.
27. REVISIÓN DE PRECIOS
Los precios unitarios por servicio realizado se mantendrán fijos a lo largo de todo el contrato. No cabrá revisión del mismo por ningún concepto.
28. COMPROMISOS DE GAN-NIK
Para la correcta prestación de los servicios objeto del presente contrato GAN-NIK se compromete a:
• Proporcionar a la persona adjudicataria información fiable, correcta, actualizada y completa, en el modo y medida que resulten necesarios para la prestación de los servicios.
• Facilitar a la persona adjudicataria toda la documentación e información necesaria para la adecuada prestación de los servicios con la debida antelación.
• Informar a la persona adjudicataria con la debida antelación, y si fuere posible antes de que acontezcan, de todas aquellas actuaciones o circunstancias que pudieran tener algún tipo de relevancia en relación con el ámbito de los servicios a los que se refiere la presente oferta.
29. OBLIGACIONES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
El contrato se ejecutará con estricta sujeción a los compromisos adquiridos en su oferta por la persona adjudicataria, a las estipulaciones que rigen las presentes Condiciones Reguladoras y, de forma general, de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere el representante de GAN-NIK.
Adicionalmente, la persona adjudicataria tendrá las siguientes obligaciones:
• Disponer de los medios humanos y materiales para la óptima realización de todos los trabajos objeto de este contrato, siendo a su cargo todos los costes que para ello se originen.
o Resultará a cargo de la persona adjudicataria las obligaciones laborales que determine la legislación vigente en cada momento en materia de salarios, seguridad social, accidentes de trabajo, mutualismo laboral, formación, seguridad e higiene, etc.; estando en todo caso obligada a cumplir, como mínimo, las condiciones salariales de la plantilla conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación.
o El personal que utilice la persona adjudicataria en la ejecución del presente
contrato no adquirirá relación laboral alguna con GAN-NIK por entenderse que el mismo depende única y exclusivamente de la persona adjudicataria.
o La persona adjudicataria deberá suplir todas las ausencias que se produzcan entre el personal que presta el servicio, cualquiera que sea la razón por la que estas se produzcan (vacaciones, bajas, a solicitud de la propia persona adjudicataria, etc.), tomando las medidas oportunas para mantener en todo momento el plan de seguridad.
o En caso de sustitución del personal del equipo requerido para la prestación del servicio, dicho nuevo personal deberá contar, al menos, con la experiencia y titulación requeridas en las presentes Condiciones Reguladoras, siendo en cualquier caso necesaria la aprobación previa de GAN-NIK.
• Responder de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para GAN-NIK o para terceras partes de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
30. REQUERIMIENTOS DE CARÁCTER SOCIAL, MEDIO AMBIENTAL Y DE IGUALDAD DE GÉNERO
CONDICIONES GENERALES
o El contrato se halla sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes en materia de fiscalidad, de Seguridad Social, protección del
medio ambiente, protección del empleo, igualdad de género, de acoso por razón de sexo o acoso sexual, condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales y demás disposiciones en materia laboral, inserción sociolaboral de las personas con discapacidad y a la obligación de contratar a un número o porcentaje específico de personas con discapacidad y, en particular, a las condiciones establecidas por el último convenio colectivo sectorial del ámbito más inferior existente de aplicación en el sector en el que se encuadre la actividad a contratar.
o Que la oferta económica deberá ser adecuada para que la persona adjudicataria haga
frente al coste derivado de la aplicación, como mínimo, del convenio sectorial que corresponda, sin que en ningún caso los precios/hora de los salarios contemplados puedan ser inferiores a los precios/hora, más las mejoras precio/hora del convenio más los costes de Seguridad Social.
o Será obligación de la persona adjudicataria responder de los salarios impagados a la
plantilla afectada por subrogación, así como de las cotizaciones a la Seguridad Social devengadas, aun en el supuesto de que se resuelva el contrato y aquella sea subrogada por la nueva empresa contratista, sin que en ningún caso dicha obligación corresponda a esta última.
o Todas las condiciones especiales de ejecución que formen parte del contrato serán
exigidas igualmente a todas las empresas subcontratadas que participen de la ejecución del mismo.
CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN LABORALES
1. Dar cumplimiento del artículo 42 “Cuota de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad”, establecida por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
2. Disponer de un servicio de prevención de riesgos laborales (propio, mancomunado o externo) y de un plan de seguridad y salud en vigor y ejecutándose, todo ello de conformidad a la normativa vigente, mediante certificado emitido por la persona responsable de dicho servicio.
DE GÉNERO
1. En toda la documentación que se genere como consecuencia de la ejecución del contrato, la persona adjudicataria deberá utilizar un lenguaje inclusivo no sexista en la documentación y materiales, así como emplear una imagen con valores de igualdad entre mujeres y hombres, roles de género no estereotipados y corresponsabilidad en los cuidados.
OTROS. ÉTICA PROFESIONAL
1. La persona adjudicataria se compromete a actuar con la mayor diligencia y buena fe, siempre por el interés de GAN-NIK. En caso de que GAN-NIK disponga de un Código Ético y/o de Conducta, la persona adjudicataria se compromete a conocer su contenido, entender su alcance y contenido y asumir responsablemente el cumplimiento de los valores y principios éticos que se establezcan en el mismo, a través de la correspondiente declaración responsable.
La persona adjudicataria deberá estar en disposición de acreditar en cualquier momento durante la vigencia del contrato el cumplimiento de las referidas condiciones especiales de ejecución, mediante los certificados y declaraciones que correspondan.
31. SUBCONTRATACIÓN
Se estará a lo dispuesto en el artículo 107 de la LFC.
32. SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN Y CONFIDENCIALIDAD
La persona adjudicataria (y los miembros de su equipo de trabajo) queda obligada a tratar de forma confidencial y reservada la información recibida, así como a tratar los datos conforme a las instrucciones y condiciones de seguridad que dicte la persona responsable del contrato. La persona adjudicataria deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato al que se le haya dado el referido carácter o que, por su propia naturaleza, deba ser tratada como tal y estará obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, durante la vigencia del contrato y los cinco años posteriores al vencimiento de éste.
Como efecto de la adjudicación, la persona adjudicataria quedará obligada al cumplimiento de lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 General de Protección de Datos (RGPD), por lo que, como consecuencia de la celebración del mismo, la misma adquiere la condición de Encargado de Tratamiento, y queda obligada a:
I. Utilizar los datos personales objeto de tratamiento, o los que recoja para su inclusión, sólo para la finalidad objeto del encargo. En ningún caso podrá utilizar los datos para fines propios.
II. Tratar los datos de acuerdo con las instrucciones del responsable del tratamiento. Si la persona encargada del tratamiento considera que alguna de las instrucciones infringe el RGPD o cualquier otra disposición en materia de protección de datos de la Unión o de los Estados miembros, la persona encargada del tratamiento informará inmediatamente la persona responsable del contrato.
III. Mantener el deber xx xxxxxxx respecto a los datos de carácter personal a los que haya tenido acceso en virtud del encargo, incluso después de que finalice su objeto.
IV. Garantizar que las personas autorizadas para tratar datos personales se hayan comprometido a respetar la confidencialidad o estén sujetas a una obligación de confidencialidad de naturaleza estatutaria.
V. Llevar, por escrito, un registro de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta del responsable.
VI. No comunicarlos datos a terceras personas, salvo que cuente con la autorización expresa del responsable del tratamiento, en los supuestos legalmente admisibles. En este caso, el responsable identificara, de forma previa y por escrito, la entidad a la que se deben comunicar los datos, los datos a comunicar y las medidas de seguridad a aplicar para proceder a la comunicación.
VII. Las Transferencias Internacionales de Datos personales sólo podrán realizarse si se cumplen con las exigencias recogidas por la Agencia Española de Protección de Datos o cualesquiera otra normativa nacional o comunitaria que las regulen.
VIII. En el caso de que se realicen o se tenga previsto realizar alguna transferencia internacional de datos personales se deberá regular este tipo de tratamiento de forma independiente y como anexo al presente pliego.
IX. No subcontratar ninguna de las prestaciones que formen parte del objeto de este pliego que comporten tratamiento de datos personales, salvo los servicios auxiliares necesarios para el normal funcionamiento de los servicios del encargado.
X. Si fuera necesario subcontratar algún tratamiento, este hecho se deberá comunicar previamente y por escrito a la persona responsable del contrato, indicando los tratamientos que se pretende subcontratar e identificando de forma clara e inequívoca la empresa subcontratada y sus datos de contacto. La subcontratación podrá llevarse a cabo si el responsable no manifiesta su oposición en el plazo establecido.
XI. La empresa subcontratada, que también tendrá la condición de encargado del tratamiento, está obligada igualmente a cumplir las obligaciones establecidas en este pliego para el encargado del tratamiento y las instrucciones que dicte la persona responsable del contrato.
XII. Garantizar la formación necesaria en materia de protección de datos personales de las personas autorizadas para tratar datos personales.
XIII. Asistir a la persona encargada del tratamiento en la respuesta al ejercicio de los derechos de las personas interesadas.
XIV. Aplicar medidas técnicas y organizativas apropiadas a fin de garantizar el nivel de seguridad adecuado al riesgo del tratamiento.
XV. Dar apoyo a la persona responsable del tratamiento en la realización de las evaluaciones de impacto relativas a la protección de datos, cuando proceda.
XVI. Dar apoyo a la persona responsable del tratamiento en la realización de las consultas previstas a la autoridad de control, cuando proceda.
XVII. Poner disposición de la persona responsable toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de sus obligaciones, así como la realización de las auditorías o las inspecciones que realicen la persona responsable u otra auditoría autorizado por ella.
XVIII. Garantizar que la persona con el cargo de Delegado de Protección de Datos o en su defecto de Responsable de Privacidad participe de forma adecuada en el tiempo oportuno en todas las cuestiones relativas a la protección de datos personales.
XIX. Si la persona interesada dirige alguna solicitud o ejerce alguno de los derechos establecidos en la normativa vigente en Protección de Datos de Carácter Personal, la persona responsable de tratamiento y/o la persona encargada de tratamiento deberán facilitarle la información sobre las actuaciones solicitadas y realizadas, sin demora y, a más tardar, en el plazo de un mes a partir de la recepción de la solicitud, el cual podrá prorrogarse un máximo de otros dos meses en caso necesario, teniendo en cuenta la complejidad de la solicitud y el número de las solicitudes.
XX. La persona encargada del tratamiento notificará a la persona responsable del tratamiento, sin dilación indebida, y en cualquier caso antes del plazo máximo de 72 horas, las violaciones de la seguridad de los datos personales a su cargo de las que tenga conocimiento, juntamente con toda la información relevante para la documentación y comunicación de la incidencia.
XXI. Una vez finalice el presente contrato, la persona encargada del tratamiento debe devolver a la persona responsable o devolver a otra persona encargada que aquella designe, los datos personales objeto del tratamiento.
33. RIESGO Y XXXXXXX
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx de la persona adjudicataria y serán por cuenta de esta las pérdidas que experimente durante la ejecución del mismo sin perjuicio de su aseguramiento por la parte interesada.
34. CESIÓN DEL CONTRATO A TERCERAS PARTES
Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato solo podrán ser cedidos a una tercera persona, siempre que las cualidades técnicas o personales de la cedente no hayan sido determinantes en la adjudicación, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 108 de la LFC y ello no implique otras modificaciones sustanciales del contrato o tenga por objeto eludir la aplicación de dicha LFC.
La persona cesionaria quedará subrogada en todos los derechos y obligaciones que corresponderían a la persona cedente.
35. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
Se estará sujeto a lo previsto en el artículo 114 de la LFC, previéndose la posibilidad de que el contrato pueda ser objeto de modificación en los siguientes casos:
• Cuando concurran circunstancias imprevisibles que no pudieran haberse advertido previamente aplicando la debida diligencia.
• Cuando tenga lugar la aprobación de nuevas normas o modificación de las normas existentes que tengan relación con el alcance del trabajo.
• Cuando el valor de la modificación sea inferior al 10% del importe de adjudicación.
36. VIGILANCIA Y EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
La ejecución de los trabajos se desarrollará bajo la dirección, inspección y control general de GAN-NIK, quien podrá dictar las instrucciones oportunas para el fiel cumplimiento de lo convenido.
En este sentido, GAN-NIK se reserva el derecho a realizar cuantas comprobaciones consideren necesarias para verificar las prestaciones realizadas y la adecuación de las mismas a los requisitos establecidos en las presentes Condiciones Reguladoras.
37. EJECUCIÓN DEFECTUOSA
Cuando la persona adjudicataria o personas dependientes de esta incurran en actos u omisiones que comprometan o perturben la buena marcha del contrato, cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del mismo o por baja en el rendimiento convenido, GAN-NIK dará por escrito instrucciones precisas y detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados, haciendo constar en el escrito el grado del incumplimiento (leve, grave o muy grave), el plazo para subsanarlo y las observaciones que se estimen oportunas al objeto de conseguir restablecer el buen orden la ejecución de lo pactado, pudiendo repercutir sobre la persona adjudicataria los costes derivados del incumplimiento.
Se establece la siguiente clasificación de incumplimientos y los posibles hechos, con carácter enunciativo y no limitativo:
• Faltas leves: incumplimiento puntual, no sustancial, del servicio; uso indebido del material; faltas de puntualidad; daños a los bienes de GAN-NIK; demora injustificada en la ejecución de trabajos; comportamiento irregular o poco decoroso del personal de la persona adjudicataria y/o falta de exactitud de facturas y justificantes.
• Faltas graves: incumplimiento del compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales incluidos en la oferta; incumplimiento parcial de la ejecución de las prestaciones definidas en el contrato; ejecución defectuosa del contrato; incumplimiento de las instrucciones de GAN-NIK; incumplimiento de los plazos de los trabajos y/o reincidencia en un mismo incumplimiento leve anterior.
• Faltas muy graves: incumplimiento de las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas por las disposiciones legales. En especial, incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato; infracción de las condiciones establecidas para la subcontratación; incumplimiento de las obligaciones laborales o sociales en relación con su plantilla y de la normativa en materia de igualdad entre mujeres y hombres; incumplimientos de la obligación xxx xxxxxxx profesional y de las obligaciones derivadas del cumplimiento de la legislación aplicable en materia de protección de datos; la falta de mantenimiento de la póliza de seguro con las coberturas, como mínimo, establecidas en las presentes Condiciones Reguladoras y/o la reincidencia en un mismo incumplimiento grave anterior.
38. PENALIZACIONES
Los incumplimientos se sancionarán con arreglo a la siguiente escala:
• Incumplimientos leves, hasta el 1% del importe de adjudicación.
• Incumplimientos graves, hasta el 5% del importe de adjudicación.
• Incumplimientos muy graves, hasta el 10% del importe de adjudicación. Esta penalidad podrá alcanzar el 20% del importe del contrato en caso de incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato.
Cuando las penalizaciones por incumplimiento excedan del 10% del importe de adjudicación procederá iniciar el procedimiento para declarar la prohibición de contratar.
El límite máximo de la cuantía total de las penalizaciones que podrán imponerse no podrá exceder del 20% del importe de adjudicación.
39. CAUSAS DE RESOLUCIÓN
El contrato podrá ser objeto de resolución cuando concurra alguna de las siguientes causas:
- El incumplimiento de las cláusulas y/o condiciones contenidas en el contrato.
- La muerte o incapacidad sobrevenida de la persona adjudicataria o la extinción de su personalidad jurídica, salvo que se acuerde la continuación del contrato con sus personas herederas o entidades/empresas sucesoras. En los casos de fusión, escisión, aportación o transmisión de empresas o ramas de la empresa se entenderá subrogada en los derechos y deberes de la persona adjudicataria la entidad resultante o beneficiaria siempre que conserve la solvencia requerida para la formalización del contrato.
- La declaración de insolvencia en cualquier procedimiento y, en caso de concurso, la apertura de la fase de liquidación, salvo que, en este último caso, la persona adjudicataria prestare las garantías suficientes a juicio de GAN-NIK para la ejecución del mismo.
- La falta de acatamiento de las instrucciones en todo lo referente a este servicio.
- El incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato.
- Cuando las penalizaciones alcancen el 20% del importe de adjudicación del contrato.
- El incumplimiento de la persona adjudicataria en sus obligaciones laborales en materia de salarios, seguridad social, accidentes de trabajo, mutualismo laboral, formación, seguridad e higiene, etc.; estando GAN-NIK exonerada de toda responsabilidad en esta materia.
- El mutuo acuerdo entre las partes.
- Cualquier otra determinada por la legislación vigente.
40. RECLAMACIONES EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
Las reclamaciones en materia de contratación pública se interpondrán y resolverán según lo establecido en los artículos 122 y siguientes de la LFC.
41. SUMISIÓN A FUERO
La presentación de una oferta al presente concurso implica la aceptación de la sumisión de la persona licitadora a la competencia de los Juzgados y Tribunales xx Xxxxxxxx para cuantas acciones y reclamaciones puedan derivarse del presente contrato y respecto de las que sea válida dicha sumisión.
ANEXO I
MODELO DECLARACIÓN RESPONSABLE CAPACIDAD DE CONTRATAR
D/Dña.
con D.N.I. número
en representación de
con C.I.F.
Declaro, de conformidad con el artículo 55 de la Ley Xxxxx 2/2018 de Contratos Públicos que, en la fecha en que finaliza el plazo de presentación de las ofertas:
a) Reúno los requisitos de capacidad jurídica y de obrar y, en su caso, que el firmante ostenta la debida representación.
b) Reúno los requisitos exigidos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
c) No estoy incurso en causa de prohibición de contratar. Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
d) Reúno el resto de requisitos legales para la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, así como aquellos otros establecidos en los pliegos de contratación.
e) Me someto a la jurisdicción de los juzgados y tribunales xx Xxxxxxxx para todas las incidencias, con renuncia al fuero jurisdiccional que pudiera corresponderme.
f) Cuento con el compromiso por escrito de otras entidades respecto de la adscripción de sus medios o la disposición de sus recursos, en su caso.
g) Cumplo con las obligaciones que establece la normativa vigente en materia de Protección de Datos Personales.
h) La entidad se encuentra al corriente del cumplimiento de las obligaciones de seguridad, salud en el trabajo y prevención de riesgos laborales de la normativa vigente.
En caso de resultar adjudicatario/a acreditaré la posesión y validez de los documentos y requisitos exigidos en el plazo máximo de siete días desde que sean requeridos por GAN-NIK. Indico además mi de condición de pequeña o mediana empresa (PYME):
o NO SOY PYME
o SOY PYME
🗆 Mediana-Empresa 🗆 Pequeña-Empresa 🗆 Micro-Empresa
La Definición de PYME está recogida en el Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión.
El texto define los tipos de empresa y fija un método transparente para calcular los límites financieros y el número de empleados. Para pertenecer a una categoría se debe cumplir el límite de número de empleados y no superar la cifra de volumen de negocio o la de balance general.
Categoría de empresa | Efectivos/Empleados | Volumen de negocio | Balance General |
Mediana | <250 | <= 50 millones EUR | <= 43 millones EUR |
Pequeña | <50 | <= 10millones EUR | <= 10 millones EUR |
Micro | <10 | <= 2 millones EUR | <= 2 millones EUR |
(Lugar, Fecha y Firma)
ANEXO II
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D/Dña. .................................................................... con D.N.I. .......................... y domicilio en
......................... xxxxx , actuando en nombre propio o en
representación de (táchese lo que no proceda) ...............................................................................
con C.I.F. ........................ y domicilio en ........................... calle
............................................................... teléfono......................, enterado del anuncio publicado para el “GESTIÓN Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVO-FINANCIERA DEL PROYECTO
POCTEFA EFA 311/19 NaturClima “acepta incondicionalmente las Condiciones que rigen esta contratación y se compromete a realizarlo con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones por la cantidad que a continuación se indica:
ASISTENCIA TÉCNICA | OFERTA ECONÓMICA ( IVA excluido) |
ASISTENCIA TÉCNICA “GESTIÓN Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVO-FINANCIERA DEL PROYECTO POCTEFA EFA 311/19 NaturClima” | ………… € |
El precio ofertado no incluye I.V.A.
(Lugar, Fecha y Firma)
ANEXO III CONDICIONES TÉCNICAS
ANEXO I. CONDICIONES REGULADORAS TÉCNICAS DE LA ASISTENCIA PARA LA “GESTIÓN Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVO-FINANCIERA DEL PROYECTO
POCTEFA EFA 311/19 NaturClima”
ANTECEDENTES Y JUSTIFICACIÓN DE LOS TRABAJOS
El objeto del presente condicionado es establecer las condiciones técnicas por las que se ha de regir la asistencia técnica para la coordinación y gestión sobre “ASISTENCIA TECNICA PARA LA GESTIÓN Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVO-FINANCIERA DEL PROYECTO
POCTEFA EFA 311/19 NaturClima”.
El anterior programa España-Francia-Andorra POCTEFA 2007-2013 ya valoró positivamente este tema e incluyó la cooperación interregional.
Es por ello que se pone en marcha este expediente de contratación que posibilite la asistencia externa para poder llevar a cabo las acciones relativas a la gestión y coordinación entre todos los socios y el programa POCTEFA.
RESUMEN DEL PROYECTO Naturclima
POCTEFA 2014-2020 es el Programa INTERREG V-A España-Francia-Andorra, una iniciativa europea de cooperación territorial creada para fomentar el desarrollo sostenible del territorio fronterizo entre los tres países. Los objetivos del proyecto NaturClima se basan en la gran vulnerabilidad frente al cambio climático que presenta este espacio transfronterizo, y específicamente sus Espacios Naturales protegidos a ambos lados de los Pirineos. Con esta prioridad, las seis entidades socias han seleccionado los Parques Naturales de Urbasa y Señorío xx Xxxxxx, en Navarra, el Parque Nacional de los Pirineos, y los espacios atlánticos y marinos del litoral, como espacios protegidos representantes del patrimonio natural y cultural de las tres regiones, y que precisan de una adecuación de su gestión, su gobernanza y prestación de servicios a la nueva situación.
Como objetivos del proyecto, NaturClima destaca el de incrementar la cooperación para la gestión y gobernanza de los espacios naturales, para proteger, fomentar y mejorar su adaptación al cambio climático, identificando buenas prácticas, impulsando la transferencia de conocimiento entre todos los implicados y la gobernanza participativa, y desarrollando experiencias piloto innovadoras para convertirlos en Espacios Naturales de Referencia en adaptación a la nueva problemática.
Para ello tienen previstas diferentes acciones técnicas, agrupando actividades innovadoras de adaptación al cambio climático en tres temáticas: Migración de aves y Fenología - relacionando los factores climáticos y los ciclos de aves y otros seres vivos-, Gestión y Gobernanza participativa de Espacios Naturales y Educación Ambiental, Formación e Información. Las acciones concretas van desde la creación de ese espacio de cooperación transfronteriza, a la adecuación y mejora de los equipamientos y servicios de espacios naturales emblemáticos, sin olvidar la formación, la difusión y la educación ambiental, como una actividad fundamental y transversal a todas las demás. La metodología e implementación del proyecto será trasladable a otros Espacios naturales de estas regiones y otros territorios.
El Gobierno xx Xxxxxxx, a través del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, lidera el proyecto y cuenta con la participación de otros cinco socios: las empresas públicas navarras GAN y Nasuvinsa, y las entidades Parc National des Pyrénées, CPIE Bigorre-Pyrenees y el Centro de la Mer de Biarritz.
El desarrollo xx XxxxxXxxxx tiene un calendario hasta el 31 xx xxxx de 2022, y cuenta con un presupuesto de 2,1 millones de euros, de los que el 65% es cofinanciado por los Fondos Europeos de Desarrollo Regional FEDER. Para mayor conocimiento del mismo, está disponible para los licitadores el formulario de candidatura POCTEFA NaturClima, que se remitirá a los interesados que así lo soliciten mediante correo electrónico.
COORDINACION Y GESTION
El socio Beneficiario principal (Jefe de Filas) y GAN-NIK llevarán la responsabilidad de esta acción y contará con un equipo formado por la empresa adjudicataria y todos los demás socios del proyecto. El objetivo es asegurar la efectiva coordinación entre socios y autoridades de gestión para garantizar la consecución de las acciones.
Dentro del Comité de Coordinación y gestión, donde habrá un representante de cada socio, se tomarán decisiones relacionadas con la buena marcha del proyecto y que requerirán la participación de la asistencia a contratar.
La experiencia demuestra que un proyecto europeo se desarrolla mejor con un seguimiento adecuado y coherente de las acciones previstas. El Beneficiario principal (Jefe de Filas) y GAN- NIK se implicarán con la empresa adjudicataria en la gobernanza del proyecto y su desarrollo tanto en la gestión administrativa y financiera (seguimiento de gastos, preparación de las certificaciones de gastos, gestión de subvenciones europeas, nacionales y regionales) como en el aspecto técnico (preparación, animación de reuniones bilingües, organización de visitas, seguimiento del avance de las acciones, coherencia entre los diferentes socios y acciones transversales etc.). Para ello los socios tendrán el recurso de un prestatario de servicios externos de apoyo a la coordinación, lo que supone el motivo de la presente licitación.
Los objetivos de esta acción serán:
- Coordinar las distintas tareas de seguimiento: desarrollo del proyecto y certificaciones
- Coordinar la realización de informes intermedios y evaluación
- Establecer una comunicación interna entre socios sobre el desarrollo del proyecto
- Vigilar y subsanar los imprevistos del proyecto Para ello hay establecido:
- La organización de un Comité de Pilotaje (COPIL) en el que participaran los socios encargados de la realización de las acciones, pero también los socios institucionales y organismos terceros para garantizar la gobernanza del proyecto en su conjunto.
- La organización de un Comité Técnico (COTEC) sobre el desarrollo técnico del proyecto y las acciones.
La organización regular de reuniones (COPIL y COTEC) junto con el seguimiento financiero del proyecto permitirá, sobre todo:
- Ajustarse al calendario de realización previsto de todas las operaciones
- Hacer el seguimiento del presupuesto y aprobar las orientaciones que pueden intervenir en el desarrollo del proyecto
- Facilitar la comunicación interna en el marco del partenariado
- Optimizar las fases de redacción de informes finales o de evaluación
OBJETO DEL TRABAJO
El objetivo general de esta asistencia técnica es el apoyo, por una empresa externa especializada en la gestión de proyectos europeos INTERREG-A POCTEFA al personal de los distintos socios,
responsables de la gestión y seguimiento del proyecto EFA 311/19 NaturClima en lo referente a la asesoría de la gestión administrativa-financiera y la coordinación externa, incluyendo el desarrollo y envío de las certificaciones, informes técnicos y financieros relacionados con las certificaciones de gastos del proyecto.
El proyecto no solo se encuentra iniciado, sino que ya tuvo lugar la reunión de lanzamiento en Pamplona con su correspondiente reunión de Comités Técnico y de Pilotaje.
La asistencia por un lado estará a cargo de facilitar la coordinación entre el Jefe de Fila y el resto de los socios del proyecto, en lo referente a la gestión administrativa-económica y la cumplimentación en común de las reuniones, informes y certificaciones, así como diferentes auditorías de control de gastos.
Así mismo, la asistencia externa llevará a cabo una supervisión adecuada y veraz del funcionamiento del proyecto, su evolución y el cumplimiento de objetivos.
4. ESPECIFICACIONES DE LA ASISTENCIA TÉCNICA
A) Relaciones bilingüe con los organismos de gestión del programa POCTEFA
• Apoyo en la comunicación con los organismos de gestión del programa POCTEFA (Autoridad de Gestión, Autoridad de Certificación, Autoridad de Auditoría, Comité de Seguimiento, Comité de Programación, Secretaría Conjunta, Comités Territoriales y Transversal) que pueden intervenir durante el desarrollo del proyecto.
• Realización de las consultas, solicitudes y notificaciones necesarias a dichas Entidades (solicitud de modificaciones de contenido y/o presupuestarias, ampliación de plazos etc.)
• Asistencia a reuniones informativas en su caso
B) Funcionamiento bilingüe de las reuniones del partenariado
• Preparación, organización y animación bilingüe de las reuniones entre los socios.
• Elaboración de agendas y actas bilingües de las reuniones de seguimiento del proyecto.
• Interlocución bilingüe permanente con los socios del proyecto.
• La asistencia externa será la responsable siempre de forma bilingüe de preparar la agenda de la reunión, realizar los trámites de la convocatoria, disponer del material necesario y de la redacción y corrección de las actas de las reuniones de los Comités de Pilotaje y Técnicos.
C) Coordinación bilingüe administrativa y financiera
• Revisión de las justificaciones de gastos de los socios y atención de consultas.
• Redacción de los informes intermedios de ejecución consolidados y revisión de los individuales.
• Apoyo y asesoramiento para el proceso completo de certificación: preparación, apoyo operativo a cada uno de los socios para el cumplimiento de las justificaciones económicas (modelos de informes rellenados por cada socios y documentación justificativa: facturas, documentos de pago, etc.), comprobación, revisión, aceptación y recogida de justificación definitiva, para la realización de la justificación financiera definitiva y unificada a presentar a la Comisión Europea.
• Intervenciones regulares en el sistema informático SIGEFA dedicado a la gestión administrativa y financiera del proyecto.
• Gestión de las certificaciones de gastos consolidadas.
• Apoyo y asesoramiento en caso de subsanación, de fase contradictoria o de control in situ por auditores.
• Gestión de trámites, consultas, demandas de los agentes implicados y resolución de dificultades relativas al proceso de certificación de gastos.
• Apoyo en la elaboración de los informes finales exigidos por el programa.
• Apoyo operativo a cada socio para la gestión de las solicitudes de pago intermediarias de las cofinanciaciones francesas otorgadas.
• Apoyo operativo al Jefe de fila para la realización de la solicitud de pago FEDER unificada a presentar.
D) Seguimiento bilingüe de gastos y modificaciones presupuestarias
• Seguimiento presupuestario
• Gestión de modificaciones presupuestarias
• Seguimiento de pagos FEDER a los socios
E) Seguimiento bilingüe técnico del Proyecto
• Elaboración y seguimiento de indicadores.
• Apoyo al Jefe de Xxxxx y responsables de las Acciones en el seguimiento y cumplimento del cronograma y de los entregables comprometidos.
4. SEGUIMIENTO DE LOS TRABAJOS
Para el seguimiento de los trabajos se hará uso de las reuniones programadas del Consorcio NaturClima, de todas aquellas reuniones presenciales o vía web que surjan y se requieran a lo largo del proyecto, así como del apoyo específico, cuando se requiera por parte del beneficiario coordinador o de cualquier socio a la asistencia externa con el claro objetivo de cumplir con los plazos del proyecto, así como de los objetivos de cada fase.
5. CONFIDENCIALIDAD
La empresa seleccionada se compromete a garantizar el secreto profesional en relación con cualquier información obtenida en la ejecución del trabajo, así como a tomar las medidas necesarias para la buena
conservación de la información y del material de cualquier tipo, suministrado o perteneciente a la totalidad de los socios del presente proyecto, para lo cual divulgarán entre sus empleados la obligación del deber xx xxxxxxx estableciendo los protocolos que se requieran para su efectivo cumplimiento. Se alude de manera especial a los datos de carácter personal que puedan facilitar los beneficiarios con respecto a sus empleados.
INFORMACIÓN
Si desea cualquier aclaración deberá ponerse en contacto con:
GESTIÓN AMBIENTAL XX XXXXXXX – NAFARROAKO INGURUMEN KUDEAKETA
Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx
X/ Xxxxx Xxxxxx Xx 000 Xxxx
X.X. 00.000 Xxxxxxxx, Xxxxxxx Tfno.: 650 21 21 81
Correo Electrónico: xxxxxxxx@xxx-xxx.xx