ANEXO 9 – Definiciones
ANEXO 9 – Definiciones
Para los efectos de la interpretación del Proyecto se adoptan las siguientes definiciones. Todos los demás términos utilizados en el Contrato, salvo por aquellos expresamente aquí definidos o lo que se definan en algún otro aparte del Contrato, se entenderán en su acepción natural y lógica, y los términos técnicos se entenderán de acuerdo con los comúnmente utilizados en las buenas prácticas de la ingeniería y servicios de telecomunicaciones, las contenidas en las normas legales reglamentarias y regulatorias, y las adicionales que señale la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), salvo que inicien en mayúscula, caso en el cual deberá dárseles el sentido que se les asigna en el presente documento y en el contrato.
Adjudicatario: Se entenderá como cualquiera de los proponentes que resulte favorecido con la adjudicación de la presente licitación pública, quien se hará titular del derecho y de la obligación de suscribir el Contrato de que trata la presente licitación.
Administración: Es un conjunto de técnicas tendiente a mantener una red eficiente, segura, constantemente monitoreada, con una planeación adecuada y apropiadamente documentada.
Anexo: Es todo documento que hace parte integral del presente Pliego de Condiciones y que contiene información relevante y necesaria para la presentación de la Propuesta y/o la suscripción del Contrato.
Archivos formato .kmz Es el formato de archivo para visualización en la aplicación gratuita de google earth.
Asignación Modal: Corresponde a la modalidad en que el FONDO TIC hace el aporte de Recursos de Fomento al Contratista, la cual se rige por lo establecido por el Contrato y por lo dispuesto sobre el particular en la ley colombiana.
Aspectos de Calidad: Serán los niveles mínimos de calidad en el servicio que deberá cumplir el Contratista por virtud de lo previsto en el numeral 3.2 del Anexo Técnico.
Cabecera municipal: Definición DANE. Corresponde al área más densamente poblada del municipio y lugar donde funciona la sede de la Alcaldía Municipal. Su área geográfica está definida por un perímetro urbano, cuyos límites se establecen por acuerdos” del Concejo Municipal.
Capacidad de transporte: Es la disponibilidad que hay entre dos puntos de una red que permite establecer entre ellos una señal de telecomunicaciones y que se puede medir en términos de número xx xxxxxxx o bits por segundo, entre otras unidades, sin perjuicio de lo establecido en los reglamentos sobre la materia.
Contrato: Será el Contrato incluyendo todos sus Anexos.
Contrato de Aporte o Contrato: Se refiere al acuerdo de voluntades que será suscrito entre el adjudicatario de la presente Licitación Pública y la Entidad Contratante.
Contrato xx Xxxxxxx: Es el contrato xx xxxxxxx mercantil y administración y fuente de pagos que deberá suscribir el contratista, según lo dispone el numeral 1 de la Cláusula Tercera del contrato y el Anexo 4 del Contrato.
CPE: Customer Premises Equipment - Equipo en las Instalaciones del Usuario.
CRC: Comisión de Regulación de Comunicaciones.
Cronograma del Proyecto: Se referirá al cronograma para la ejecución de las obligaciones adquiridas por el Contratista por virtud del Contrato. Está incluido en la Cláusula Décima del Contrato y en el Anexo Técnico.
DANE: Departamento Administrativo Nacional de Estadística.
DDF: Digital Distribution Frame – Marco de Distribución Digital.
Derechos de Tierras o DT: Se refiere a todos los permisos, autorizaciones, derechos de tierra, servidumbres, propiedad a los que se refiere el Parágrafo Segundo de la Cláusula Tercera del Contrato.
Documento General de Planeación: Será el documento al que se refiere la Cláusula Segunda, Fase 1, del Contrato y el Numeral 5.1.1. del Anexo Técnico.
Documentos del Proyecto: Se referirá, además del Pliegos de Condiciones y del Contrato, a todos sus apéndices o Anexos, a todos aquellos documentos emitidos por FONDO TIC con ocasión de la Licitación.
Entidad Contratante: Será el FONDO TIC.
Evento de Fuerza Mayor: Será cualquier evento de aquellos a los que se refiere el Parágrafo de la Cláusula Vigésima Sexta del Contrato.
Fase: Será cada una de las etapas en que se desarrolla el Proyecto (según se define más adelante), desde la fecha de suscripción del Acta de Inicio del Contrato. Corresponden a la Fase 1 Planeación, Fase 2 Instalación y Puesta en Servicio y Fase 3 Operación.
Fibra Oscura: Es toda fibra óptica instalada que no se utiliza desde el inicio de la operación.
FONDO TIC: Se referirá al “FONDO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES”.
Grupo: Será cada uno de los grupos de municipios con respecto de los cuales se adelantarán las tres Fases del Proyecto y corresponden al Grupo 1, Grupo 2 y Grupo 3 cuya conformación la hará el Contratista con la aprobación de FONDOTIC según se establece en la Cláusula Segunda del Contrato.
Informe Detallado de Ingeniería y Operación: Será el documento al que se refiere la Cláusula Segunda, Fase 2, del Contrato y el Numeral 5.1.2. del Anexo Técnico.
Instalaciones: (R. 087-97): Son los elementos de la infraestructura de los operadores. Instituciones Públicas: Las entidades de carácter público a beneficiar con el presente proyecto. Licitación o Licitación Pública: Será la Licitación Pública No. 002 de 2011 convocada por FONDO TIC.
Mantenimiento: (UIT, recomendación M.60): Conjunto de las operaciones necesarias para poner en servicio y mantener dentro de los valores prescritos cualquier elemento que entre en el establecimiento de una conexión.
Manual de Identificación: Se refiere al documento descrito con ese nombre en el Anexo Técnico.
Mesa de Ayuda: Será el ente para atención y reclamos al que se refiere el Anexo Técnico.
Municipio a Conectar: Municipio que actualmente no cuenta con conexión de fibra óptica a alguna de las redes de transporte óptico del País y que será conectado, con este proyecto, mediante enlace de fibra óptica en todo el trayecto a un municipio ya conectado.
Municipio Conectado: Municipio que actualmente se encuentra conectado por fibra óptica a al menos una de las redes de transporte óptico existentes y que cuenta por este mismo medio, en todo el trayecto, con conexión a la red de Internet Nacional e Internacional.
Niveles de Servicio: Serán los niveles mínimos de calidad en el servicio que deberá cumplir el Contratista por virtud de lo previsto en el numeral 3.2 del Anexo Técnico.
NOC: Network Operation Center - Centro de Operaciones de Red.
Nodo: Es el espacio físico que aloja infraestructura de telecomunicaciones y los sistemas de soporte (aire acondicionado, energía, etc.)
Nodo de fibra óptica: Es el espacio físico que aloja la infraestructura de telecomunicaciones ópticas y los sistemas de soporte (aire acondicionado, energía, etc.)
ODF: Optical Distrubution Frame - Marco de Distribución Óptico.
Operaciones: (UIT, recomendación M.60): Comprenden el funcionamiento de centros de trabajo, centros de apoyo técnico, sistemas de soporte, equipos, métodos y procedimientos
de prueba, así como el personal y la capacitación requerida para instalar y mantener todos los elementos que constituyen la capacidad de red que sustenta los servicios pertinentes.
Patrimonio Autónomo: Será el patrimonio autónomo que se constituirá por virtud del Contrato xx Xxxxxxx cuya regulación está en dicho Contrato.
Plan de Gestión Ambiental del Proyecto: Será el documento al que se refiere la Cláusula Segunda, Fase 2, del Contrato y el Anexo Técnico.
Plan de Instalación y Puesta en Servicio: Será el documento al que se refiere la Cláusula Segunda, Fase 2, del Contrato y el Anexo Técnico.
Plan de Mantenimiento: Será el documento al que se refiere la Cláusula Segunda, Fase 2, del Contrato y el Anexo Técnico.
Pliego de Condiciones x Xxxxxx: Es el conjunto de documentos en los que se señalan las condiciones, plazos y procedimientos dentro de los cuales los proponentes deben formular su propuesta para tener la posibilidad de obtener la calidad de adjudicatario de la presente licitación pública. Para los efectos de la presente Licitación, se referirá al presente documento de Pliegos de Condiciones y sus anexos.
Proponente: Es la persona jurídica nacional o extranjera, o el Proponente Plural que presente propuesta en la presente licitación.
Propuesta: Se entiende por tal, la oferta de negocio jurídico, técnico y financiero presentada por un proponente en la presente licitación pública.
Proyecto Nacional de Fibra Óptica o Proyecto: Corresponde a la obligación del Contratista para planear, diseñar, instalar, poner en servicio, operar, administrar y mantener una red de transporte óptico que conecte los municipios incluidos en su Propuesta, todo esto orientado a la expansión de la infraestructura de fibra óptica nacional y la prestación del servicio de conectividad en banda ancha en los municipios de su Propuesta y en dos mil (2000) instituciones públicas, en las condiciones establecidas en el Pliego de Condiciones, sus respectivos anexos y el Contrato y sus anexos.
Recursos de Fomento: Se refiere a la totalidad de los recursos adjudicados por el FONDOTIC para el desarrollo del Contrato, los cuales serán entregados al Contratista y ejecutados por éste de conformidad con los términos y condiciones previstos en el Contrato, sus Anexos y demás Documentos del Proyecto.
Red activa de fibra óptica: Es la red que posee al menos un nodo de transporte óptico activo en el municipio.
Red de acceso: Recomendación UIT-T Q.833.1 Conjunto de equipos de red que proporcionan capacidad de transporte para la prestación de servicios de telecomunicaciones entre una interfaz de nodo de servicio (SNI) y una o más interfaces usuario-red (UNI) asociadas. La señalización de usuario la lleva de manera transparente la red de acceso.
Red de Transporte Óptico: Recomendación UIT-T-G.870. Se compone de un conjunto de los elementos de red ópticos conectados por enlaces de fibra óptica, capaces de proporcionar funcionalidades de transporte, multiplexación, enrutamiento, gestión, supervisión y mantenimiento de los canales ópticos que llevan señales de usuario, de acuerdo con los requisitos establecidos en la recomendación UIT-T G.872.
RETIE: Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas.
Servicios: Servicio de Transporte, y servicio de acceso a Internet xx xxxxx ancha para las instituciones públicas bajo los Aspectos de Calidad, Niveles de Servicio y demás requisitos establecidos en el contrato y en el anexo técnico.
Servicio de acceso a Internet xx Xxxxx Ancha: El definido por las resoluciones 1740 de 2007, 2352 de 2010 de la CRC.
Servicio de Transporte: Es aquel que proporciona la capacidad necesaria para la transmisión de señales entre dos o más puntos definidos de la red de telecomunicaciones
Servicios de telecomunicaciones: (L.80-93) Son aquellos servicios que son prestados por personas jurídicas, públicas o privadas, debidamente constituidas en Colombia, con o sin ánimo de lucro, con el fin de satisfacer necesidades específicas de telecomunicaciones a terceros, dentro del territorio nacional o en conexión con el exterior.
Tramo óptico: Es el segmento óptico comprendido entre: a) Un municipio ya conectado y un municipio a conectar y b) Entre dos (2) Municipios nuevos a conectar con el presente proyecto.
Transmisión: (UIT, recomendación B 13): Transferencia de información de un punto a otro o a otros, por medio de señales.
UIT: Unión Internacional de Telecomunicaciones. Referencias:
[1] Recomendaciones UIT.
[2] Resoluciones CRC. República de Colombia
[3] Glosario Comisión de Regulación de Comunicaciones, República de Colombia
[4] Definiciones Programa Compartel, Ministerio TIC, República de Colombia