DECRETOS
DECRETOS
SALTA, 10 MAYO 2010
DECRETO Nº 0370 SECRETARÍA DE HACIENDA REFERENCIA:
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la renovación del Contrato de Locación de Servicios del Xx. XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXX, DNI. Nº 00.000.000, para cumplir
funciones en Jefatura de Gabinete, y;
CONSIDERANDO:
QUE según lo dispone la Carta Municipal, es atribución del Ejecutivo Municipal realizar la contratación de estos recursos humanos bajo la modalidad de Locación de Servicios con Factura;
QUE la Dirección General de Administración de Personal emite Dictamen del cual surge que analizado el caso planteado y la normativa en vigencia, no existe objeción alguna para la contratación mencionada;
QUE es necesario disponer la aprobación de dicho Contrato mediante la emisión del presente instrumento legal;
POR ELLO
Planta Transitoria - Estamento de Apoyo, para cumplir funciones en Jefatura de Gabinete, y;
CONSIDERANDO:
QUE es atribución del Departamento Ejecutivo Municipal nombrar y remover a los funcionarios y empleados de la administración a su cargo;
QUE obra Dictamen de la Dirección General de Administración de Personal del cual surge que analizado el caso planteado y la normativa en vigencia, corresponde hacer lugar a lo tramitado en estas actuaciones;
QUE a fin de concretar tal propósito, procede la emisión del presente instrumento legal;
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD XX XXXXX DECRETA:
ARTICULO 1º. DESIGNAR a la Xxx. XXXXX XXXXXX XXXXXX, DNI. N°
00.000.000, en Planta Transitoria - Estamento de Apoyo, para cumplir funciones en Jefatura de Gabinete, con el Nivel Remunerativo establecido en el Artículo 4° Nivel 4 del Decreto Nº 1357/09, a partir del 01/03/10.
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD XX XXXXX DECRETA:
ARTICULO 1°. APROBAR el Contrato de Locación de Servicios, bajo la modalidad con Factura, celebrados entre la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx y el Xx. XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXX, DNI. Nº
00.000.000, con el nivel remunerativo, función, dependencia y plazo que establece el respectivo Contrato, el que forma parte y se adjunta al presente.
ARTICULO 2°. DAR por la Dirección General de Contabilidad y Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.
ARTICULO 3°. TOMAR razón Jefatura de Gabinete y Secretaría de Hacienda con sus respectivas dependencias.
ARTICULO 4°. NOTIFICAR del presente por la Dirección General de Administración de Personal.
ARTICULO 5°. EL presente Decreto será firmado por el Sr. Jefe de Gabinete y los Sres. Secretarios General y de Hacienda.
ARTICULO 6º. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
XXX – XXXXX XXXXX – XXXXXXX – XXXXXXXX
A/C SEC. GENERAL
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SALTA, 10 MAYO 2010
DECRETO Nº 0371 SECRETARÍA DE HACIENDA REFERENCIA:
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la designación de la Xxx. XXXXX XXXXXX XXXXXX, DNI. N° 00.000.000, en
ARTICULO 2°. ESTABLECER que la nombrada al revistar en la Estructura Política carece de estabilidad, según lo dispone la Ordenanza N° 10.098.
ARTICULO 3°. DAR por la Dirección General de Contabilidad y Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.
ARTICULO 4°. TOMAR razón Jefatura de Gabinete y Secretaría de Hacienda con sus respectivas dependencias.
ARTICULO 5°. NOTIFICAR del presente por la Dirección General de Administración de Personal.
ARTICULO 6°. EL presente Decreto será firmado por el Sr. Jefe de Gabinete y los Sres. Secretarios General y de Hacienda.
ARTICULO 7º. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
XXX – XXXXX XXXXX – XXXXXXX – XXXXXXXX
A/C SEC. GENERAL
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SALTA, 10 MAYO 2010
DECRETO Nº 0372 SECRETARÍA DE HACIENDA REFERENCIA:
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la designación de la Xxx. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, DNI. N° 00.000.000,
en Planta Transitoria - Estamento de Apoyo, para cumplir funciones en Procuración General, y;
CONSIDERANDO:
QUE es atribución del Departamento Ejecutivo Municipal nombrar y remover a los funcionarios y empleados de la administración a su cargo;
QUE obra Dictamen de la Dirección General de Administración de Personal del cual surge que analizado el caso planteado y la normativa en vigencia,
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias
corresponde hacer lugar a lo tramitado en estas actuaciones;
QUE a fin de concretar tal propósito, procede la emisión del presente instrumento legal;
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD XX XXXXX DECRETA:
ARTICULO 1º. DESIGNAR a la Xxx. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, DNI.
N° 00.000.000, en Planta Transitoria - Estamento de Apoyo, para cumplir funciones en Procuración General, con el Nivel Remunerativo establecido en el Artículo 4° Nivel 2 del Decreto Nº 1357/09, a partir de la fecha de su notificación.
ARTICULO 2°. ESTABLECER que la nombrada al revistar en la Estructura Política carece de estabilidad, según lo dispone la Ordenanza N° 10.098.
ARTICULO 3°. DAR por la Dirección General de Contabilidad y Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.
ARTICULO 4°. TOMAR razón Procuración General y Secretaría de Hacienda con sus respectivas dependencias.
ARTICULO 5°. NOTIFICAR del presente por la Dirección General de Administración de Personal.
ARTICULO 6°. EL presente Decreto será firmado por el Sr. Jefe de Gabinete y los Sres. Secretarios General y de Hacienda.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD XX XXXXX DECRETA:
ARTICULO 1º. DESIGNAR a la Xxx. XXXXX XXXXXX XXXXXXX, DNI. N°
00.000.000, en Planta Transitoria - Estamento de Apoyo, para cumplir funciones en Jefatura de Gabinete, con el Nivel Remunerativo establecido en el Artículo 4° Nivel 2 del Decreto Nº 1357/09, a partir de la fecha de su notificación.
ARTICULO 2°. ESTABLECER que la nombrada al revistar en la Estructura Política carece de estabilidad, según lo dispone la Ordenanza N° 10.098.
ARTICULO 3°. DAR por la Dirección General de Contabilidad y Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.
ARTICULO 4°. TOMAR razón Jefatura de Gabinete y Secretaría de Hacienda con sus respectivas dependencias.
ARTICULO 5°. NOTIFICAR del presente por la Dirección General de Administración de Personal.
ARTICULO 6°. EL presente Decreto será firmado por el Sr. Jefe de Gabinete y los Sres. Secretarios General y de Hacienda.
ARTICULO 7º. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
XXX – XXXXX XXXXX – XXXXXXX – XXXXXXXX
A/C SEC. GENERAL
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SALTA, 10 MAYO 2010
ARTICULO 7º. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
XXX – XXXXX XXXXX – XXXXXXX – XXXXXXXX
A/C SEC. GENERAL
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SALTA, 10 MAYO 2010
DECRETO Nº 0373 SECRETARÍA DE HACIENDA
REFERENCIA: Expediente Nº 018.392-SG-2010.
VISTO el expediente de la referencia mediante el cual se tramita la designación de la Xxx. XXXXX XXXXXX XXXXXXX, DNI. N° 00.000.000, en Planta Transitoria - Estamento de Apoyo, para cumplir funciones en Jefatura de Gabinete, y;
CONSIDERANDO:
QUE es atribución del Departamento Ejecutivo Municipal nombrar y remover a los funcionarios y empleados de la administración a su cargo;
QUE obra Dictamen de la Dirección General de Administración de Personal del cual surge que analizado el caso planteado y la normativa en vigencia, corresponde hacer lugar a lo tramitado en estas actuaciones;
QUE a fin de concretar tal propósito, procede la emisión del presente instrumento legal;
DECRETO Nº 0374 SECRETARÍA DE HACIENDA
REFERENCIA: Expediente Nº 014.936-SG-2010.
VISTO el expediente de la referencia mediante el cual se tramita la designación del Xx. XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, DNI. N° 00.000.000, en Planta Transitoria - Estamento de Apoyo, para cumplir funciones en Jefatura de Gabinete, y;
CONSIDERANDO:
QUE es atribución del Departamento Ejecutivo Municipal nombrar y remover a los funcionarios y empleados de la administración a su cargo;
QUE obra Dictamen de la Dirección General de Administración de Personal del cual surge que analizado el caso planteado y la normativa en vigencia, corresponde hacer lugar a lo tramitado en estas actuaciones;
QUE a fin de concretar tal propósito, procede la emisión del presente instrumento legal;
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD XX XXXXX DECRETA:
ARTICULO 1º. DESIGNAR a el Xx. XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX,
DNI. N° 00.000.000, en Planta Transitoria - Estamento de Apoyo, para cumplir funciones en Jefatura de Gabinete, con el Nivel Remunerativo
establecido en el Artículo 4° Nivel 2 del Decreto Nº 1357/09, a partir de la fecha de su notificación.
ARTICULO 2°. ESTABLECER que el nombrado al revistar en la Estructura Política carece de estabilidad, según lo dispone la Ordenanza N° 10.098.
ARTICULO 3°. DAR por la Dirección General de Contabilidad y Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.
ARTICULO 4°. TOMAR razón Jefatura de Gabinete y Secretaría de Hacienda con sus respectivas dependencias.
ARTICULO 5°. NOTIFICAR del presente por la Dirección General de Administración de Personal.
ARTICULO 6°. EL presente Decreto será firmado por el Sr. Jefe de Gabinete y los Sres. Secretarios General y de Hacienda.
ARTICULO 7º. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
ARTICULO 4°. NOTIFICAR del presente por la Dirección General de Administración de Personal.
ARTICULO 5°. EL presente Decreto será firmado por el Sr. Jefe de Gabinete y los Sres. Secretarios General y de Hacienda.
ARTICULO 6º. COMUNICAR publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
XXX – XXXXX XXXXX – XXXXXXX – XXXXXXXX
A/C SEC. GENERAL
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SALTA, 10 MAYO 2010
DECRETO Nº 0376 SECRETARÍA DE HACIENDA
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la contratación de locación de servicios intelectuales del CPN. Xx. XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX, DNI. Nº 00.000.000, y;
CONSIDERANDO:
XXX – XXXXX XXXXX – XXXXXXX – XXXXXXXX
A/C SEC. GENERAL
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SALTA, 10 MAYO 2010
QUE según lo dispone la Carta Municipal, es atribución del Ejecutivo Municipal realizar la contratación de estos recursos humanos bajo la modalidad de Locación de Servicios;
DECRETO Nº 0375 SECRETARÍA DE HACIENDA
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la contratación de locación de servicios intelectuales del CPN. Xx. XXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXX, DNI. Nº 00.000.000, y;
CONSIDERANDO:
QUE según lo dispone la Carta Municipal, es atribución del Ejecutivo Municipal realizar la contratación de estos recursos humanos bajo la modalidad de Locación de Servicios;
QUE la Secretaría de Hacienda ha tomado las previsiones correspondientes a la imputación presupuestaria para el ejercicio vigente (año 2010) en materia de gasto de personal, como así también en materia de personal contratado en carácter de servicios de terceros;
QUE es necesario disponer la aprobación de dicho Contrato mediante la emisión del presente instrumento legal;
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD XX XXXXX DECRETA:
ARTICULO 1°. APROBAR el Contrato de Locación de Servicios Intelectuales celebrado entre la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx y el CPN. Xx. XXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXX, DNI. Nº 00.000.000, con el
nivel remunerativo, función, dependencia y plazo que establece el respectivo Contrato, el que forma parte y se adjunta al presente.
ARTICULO 2°. DAR por la Dirección General de Contabilidad y Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.
ARTICULO 3°. TOMAR razón Secretaría de Hacienda con sus respectivas dependencias.
QUE la Secretaría de Hacienda ha tomado las previsiones correspondientes a la imputación presupuestaria para el ejercicio vigente (año 2010) en materia de gasto de personal, como así también en materia de personal contratado en carácter de servicios de terceros;
QUE es necesario disponer la aprobación de dicho Contrato mediante la emisión del presente instrumento legal;
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD XX XXXXX DECRETA:
ARTICULO 1°. APROBAR el Contrato de Locación de Servicios Intelectuales celebrado entre la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx y el CPN. Xx. XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX, DNI. Nº 00.000.000, con
el nivel remunerativo, función, dependencia y plazo que establece el respectivo Contrato, el que forma parte y se adjunta al presente.
ARTICULO 2°. DAR por la Dirección General de Contabilidad y Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.
ARTICULO 3°. TOMAR razón Secretaría de Hacienda con sus respectivas dependencias.
ARTICULO 4°. NOTIFICAR del presente por la Dirección General de Administración de Personal.
ARTICULO 5°. EL presente Decreto será firmado por el Sr. Jefe de Gabinete y los Sres. Secretarios General y de Hacienda.
ARTICULO 6º. COMUNICAR publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
XXX – XXXXX XXXXX – XXXXXXX – XXXXXXXX
A/C SEC. GENERAL
DECRETO Nº 0377 SECRETARÍA DE HACIENDA REFERENCIA:
SALTA, 10 MAYO 2010
ARTICULO 7°. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
XXX – XXXXX XXXXX – XXXXXXX – XXXXXXXX
A/C SEC. GENERAL
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita dejar sin efecto la designación de los Sres. XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX, DNI. Nº 00.000.000 y XXXXX XXXXXXXX XXXX, DNI. N° 00.000.000, y;
CONSIDERANDO:
QUE mediante los Decretos N°s. 1259/09 y 0058/09, modificado por Decreto Nº 0439/09, respectivamente, se designa a los nombrados en Planta Transitoria – Estamento de Apoyo, para cumplir funciones en las distintas dependencias de la Comuna;
QUE es atribución del Departamento Ejecutivo Municipal nombrar y remover a los funcionarios y empleados de la administración a su cargo;
QUE los servicios de los nombrados son necesarios en el ámbito de las respectivas Secretaría con la modalidad de Contratos de Locación de Servicios con Aportes;
QUE obra Dictamen de la Dirección General de Administración de Personal del cual surge que analizado el caso planteado y la normativa en vigencia, corresponde hacer lugar a lo solicitado en estas actuaciones;
QUE a fin de concretar tal propósito, procede la emisión del presente instrumento legal;
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD XX XXXXX DECRETA
ARTICULO 1º. DEJAR sin efecto la designación de los Sres. XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX, DNI. Nº 00.000.000 y XXXXX
XXXXXXXX XXXX, DNI. N° 00.000.000, en Planta Transitoria –Estamento de Apoyo, para cumplir funciones en las dependencias que para cada caso se consigna, dispuesta mediante los Decretos N°s. 1259/09 y 0058/09, modificado por Decreto Nº 0439/09, a partir de la fecha de su notificación.
ARTICULO 2°. APROBAR los Contratos de Locación de Servicios, bajo la modalidad con Aportes, celebrado entre la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx y los Sres. XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX, DNI. Nº
00.000.000 y XXXXX XXXXXXXX XXXX, DNI. N° 00.000.000, con el nivel remunerativo, función, dependencia y plazo que establecen los respectivos Contratos, los que forman parte y se adjuntan al presente.
ARTICULO 3°. DAR por la Dirección General de Contabilidad y Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.
ARTICULO 4°. TOMAR razón Sub Secretaría de Auditoria Interna y Secretaría de Hacienda con sus respectivas dependencias.
ARTICULO 5°. NOTIFICAR del presente por la Dirección General de Administración de Personal.
ARTICULO 6°. EL presente Decreto será firmado por señor Jefe de Gabinete y los Sres. Secretarios General y de Hacienda.
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SALTA, 10 MAYO 2010
DECRETO Nº 0378 SECRETARÍA DE HACIENDA REFERENCIA:
VISTO actuaciones de la referencia mediante las cuales se tramita el cambio de nivel remunerativo del Ing. XXXXXX XXXX SUMARIA XXXXXXXX, DNI. N° 00.000.000, para cumplir funciones especificas en Intendencia, y;
CONSIDERANDO:
QUE por Decreto N° 0848/08, se designa al nombrado en Planta Transitoria
–Estamento de Apoyo, para cumplir funciones en la Sub Secretaría de Coordinación xx Xxxxxxxxxxx, dependiente xx Xxxxxxxxxxx, por lo que previo a su nueva designación corresponde dejar sin efecto la mencionada;
QUE es atribución del Departamento Ejecutivo Municipal nombrar y remover a los funcionarios y empleados de la administración a su cargo;
QUE obra Dictamen de la Dirección General de Administración de Personal expresando que analizado el caso planteado y la normativa en vigencia, corresponde hacer lugar a lo solicitado en estas actuaciones;
QUE a fin de concretar tal propósito, procede la emisión del presente instrumento legal;
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD XX XXXXX DECRETA:
ARTICULO 1º. DEJAR sin efecto la designación del Ing. XXXXXX XXXX SUMARIA XXXXXXXX, DNI. N° 00.000.000, efectuada mediante Decreto N° 0848/08, en Planta Transitoria – Estamento de Apoyo, para cumplir funciones en la Sub Secretaría de Coordinación xx Xxxxxxxxxxx, dependiente xx Xxxxxxxxxxx, a partir de la fecha de su notificación.
ARTICULO 2°. DESIGNAR al Ing. XXXXXX XXXX SUMARIA XXXXXXXX,
DNI. N° 00.000.000, en Planta Transitoria – Estamento de Apoyo, para cumplir funciones en Intendencia como Coordinador General de Base de Datos Municipales, con el Nivel Remunerativo establecido en el Artículo 1°, punto 1 del Decreto N° 1357/09, a partir de la fecha de su notificación.
ARTICULO 3°. ESTABLECER que el nombrado al revistar en Estructura Política carece de estabilidad, según lo estatuye la Ordenanza N° 10.098.
ARTICULO 4°. DAR por la Dirección General de Contabilidad y Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.
ARTICULO 5°. NOTIFICAR del presente por la Dirección General de Administración de Personal.
ARTICULO 6°. TOMAR razón Secretarías de Acción Social y de Hacienda con sus respectivas de-pendencias.
ARTICULO 7°. EL presente Decreto será firmado por el Sr. Jefe de Gabinete y los Sres. Secretarios General y de Hacienda.
ARTICULO 8º. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y Archivar.
DECRETO Nº 0380 SECRETARÍA DE HACIENDA
REFERENCIA: Expediente Nº 015.500-SG-2010.
SALTA, 10 MAYO 2010
XXX – XXXXX XXXXX – XXXXXXX – XXXXXXXX
A/C SEC. GENERAL
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SALTA, 10 MAYO 2010
VISTO el expediente de la referencia mediante el cual se tramita dejar sin efecto la designación de la Xxx. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, DNI. Nº 00.000.000, y;
CONSIDERANDO:
DECRETO Nº 0379 SECRETARÍA DE HACIENDA REFERENCIA:
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramitan las designaciones de las Sras. XXXXX XXXX XXXXXXX, DNI. Nº 00.000.000 y XXXXXXX VAN`T VEER, DNI. Nº 00.000.000, para cumplir funciones en la Secretaría de Turismo, y;
CONSIDERANDO:
QUE es atribución del Departamento Ejecutivo Municipal nombrar y remover a los funcionarios y empleados de la administración a su cargo;
QUE obra Dictamen de la Dirección General de Administración de Personal del cual surge que analizado el caso planteado y la normativa en vigencia, corresponde hacer lugar a lo tramitado en estas actuaciones;
QUE a fin de concretar tal propósito, procede la emisión del presente instrumento legal;
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD XX XXXXX DECRETA:
ARTICULO 1°. DESIGNAR, a partir de la fecha de su notificación, a las
Sras. XXXXX XXXX XXXXXXX, DNI. Nº 00.000.000 y XXXXXXX VAN`T
VEER, DNI. Nº 00.000.000, en Planta Transitoria –Estamento de Apoyo, para desempeñarse en la Secretaría de Turismo, con el Nivel Remunerativo establecido en el Artículo 4° Nivel 3 del Decreto Nº 1357/09.
ARTICULO 2°. ESTABLECER que las nombradas al revistar en Estructura Política carecen de estabilidad, según lo dispone la Ordenanza N° 10.098.
ARTICULO 3°. DAR por la Dirección General de Contabilidad y Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.
ARTICULO 4°. TOMAR razón Secretarías de Turismo y de Hacienda con sus respectivas dependencias.
ARTICULO 5°. NOTIFICAR del presente por la Dirección General de Administración de Personal.
ARTICULO 6°. EL presente Decreto será firmado por el Sr. Jefe de Gabinete y los Sres. Secretarios General, de Turismo y de Hacienda.
ARTICULO 7º. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y Archivar.
XXX – XXXXX XXXXX – XXXXXXX – XXXXXXXX
A/C SEC. GENERAL
QUE la nombrada se encontraba designada en Planta Transitoria – Estamento de Apoyo, para cumplir funciones en la Unidad de Apoyo Legal y Técnico, dependiente de Jefatura de Gabinete, según Decreto Nº 0026/10;
QUE es atribución del Departamento Ejecutivo Municipal nombrar y remover a los funcionarios y empleados de la administración a su cargo;
QUE obra Dictamen de la Dirección General de Administración de Personal del cual surge que analizado el caso planteado y la normativa en vigencia, corresponde hacer lugar a lo solicitado en estos actuados;
QUE a fin de concretar tal propósito, procede la emisión del presente instrumento legal;
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD XX XXXXX DECRETA:
ARTICULO 1°. DEJAR sin efecto, a partir de la fecha de su notificación, la designación de la Xxx. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, DNI. Nº 00.000.000, en Planta Transitoria –Estamento de Apoyo, para cumplir funciones en la Unidad de Apoyo Legal y Técnico, dependiente de Jefatura de Gabinete, según Decreto Nº 0026/10.
ARTICULO 2°. TOMAR razón Jefatura de Gabinete y Secretaría de Hacienda con sus respectivas dependencias.
ARTICULO 3°. NOTIFICAR del presente por Dirección General de Administración de Personal.
ARTICULO 4°. EL presente Decreto será firmado por el Sr. Jefe de Gabinete y los Sres. Secretarios General y de Hacienda.
ARTICULO 5º. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y Archivar.
XXX – XXXXX XXXXX – XXXXXXX – XXXXXXXX
A/C SEC. GENERAL
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SALTA, 10 MAYO 2010
DECRETO Nº 0381 SECRETARIA DE HACIENDA REFERENCIA:
VISTO el Decreto Nº 1352/09 y nota s/n de la Comisión de Políticas en Materia de Recursos Humanos; y
CONSIDERANDO:
QUE el mencionado Decreto dispone la creación de la Oficina de Recursos Humanos, la cual estará integrada por cuatro profesionales universitarios;
QUE resulta necesario designar a los profesionales universitarios que integrarán la Oficina de Recursos Humanos, dependiente de la Comisión de Políticas en Materia de Recursos Humanos, a fin de que la nombrada pueda ejercer las funciones asignadas, de conformidad con el mencionado Decreto;
QUE la Comisión de Políticas en Materia de Recursos Humanos propone a profesionales dependientes de la Subsecretaria de Auditoría Interna, de la Dirección General de Administración de Personal y de Coordinación xx Xxxxxxxxxxx, y que resultan idóneos para integrar la Oficina de Recursos Humanos, en base a sus antecedentes laborales en este Municipio;
QUE a tales efectos, procede la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD XX XXXXX DECRETA
ARTICULO 1°.- ESTABLECER que la Oficina de Recursos Humanos estará integrada, a partir de la fecha del presente, por los siguientes profesionales:
Dra. Xxxxx Xxxxxxx xxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx DNI Nº 00.000.000 CPN Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx DNI Nº 00.000.000
Proc. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx DNI Nº 00.000.000
CPN Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx DNI Nº 00.000.000
ARTICULO 2°.- DISPONER que los funcionarios nombrados en el artículo anterior no percibirán remuneración alguna, siendo sus funciones complementarias a las asignadas a sus respectivos decretos de designación o contrato.-
ARTICULO 3°.- LA Oficina de Recursos Humanos deberá requerir a todas las dependencias la remisión de los expedientes que tramiten incorporaciones de personal, de conformidad con lo expresado en el artículo 2° del Decreto 1352/09.-
ARTICULO 4°.- TOMAR razón las distintas Secretarias del Departamento Ejecutivo Municipal con sus respectivas dependencias y la Comisión de Políticas en Materia de Recursos Humanos.-
ARTICULO 5 °.- EL presente Decreto será firmado por el Señor Jefe de Gabinete y Señores Secretarios General y de Hacienda.-
ARTICULO 6°.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXX – XXXXX XXXXX – XXXXXXX – XXXXXXXX
a/c de Sec. General
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SALTA, 10 XX XXXX DE 2.010.-
DECRETO Nº 0382.-
SECRETARÍA DE GOBIERNO Y ACCIÓN CIUDADANA REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 135 0174/09
VISTO la Ordenanza Nº 13.761; y,
CONSIDERANDO:
QUE mediante la citada Ordenanza se regula la actividad prestada por particulares y/o empresas que proveen juegos inflables para fiestas familiares, espectáculos públicos y privados;
QUE el Departamento Ejecutivo Municipal conforme lo dispone la citada normativa, a través de la Autoridad de Aplicación crea un Registro Especial de los Responsables de los juegos comprendidos en la Ordenanza de mención;
QUE con ese fin se establecen los procesos administrativos de los trámites previstos, por medio de la Dirección General de Protección Ciudadana y su dependencia específica, la Dirección de Espacios Públicos, llevando a cabo el Registro Especial, cumpliendo con lo establecido en el Artículo 2º.- Registro:
QUE a los fines de una mejor implementación del Registro por medio de este instrumento legal se fijan las normas para una mayor claridad de la normativa vigente;
QUE a los fines dispuestos por la Ordenanza Nº 13.761, resulta conveniente y necesario establecer la Reglamentación, la que se ajustará a derecho mediante el presente Decreto;
POR ELLO:
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD XX XXXXX DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- ESTABLECER que la Dirección General de Protección Ciudadana o el organismo que lo reemplace será la Autoridad de Aplicación de la Ordenanza Nº 13.761, a través de la Dirección de Espacios Públicos.-
ARTÍCULO 2º.- QUE de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 2º de la Ordenanza mencionada, se crea en Registro Especial de los Responsables de los juegos comprendidos en la citada Ordenanza, el cual se encuentra a cargo de la Dirección de Espacios Públicos, dependiente de la Dirección General de Protección Ciudadana, bajo la órbita de la Sub Secretaría de Protección Ciudadana.-
ARTÍCULO 3º.- QUE consecuentemente con ello y a fin de precisar la norma reglamentaria de los juegos, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 2º de la citada Ordenanza, los responsables de los juegos deberán presentar la Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil contra Terceros y acreditar su vigencia en forma mensual mediante presentación de comprobante de pago, por mes adelantado, ultimando lo estatuido en el Inciso e) del ARTÍCULO 2º.- Registro: de la Ordenanza Nº 13.761.-
ARTÍCULO 4º.- A los fines dispuestos en el Artículo 2º Inciso g) El Responsable deberá contar con el Certificado de Calidad de los juegos de que se trate, expedido por los fabricantes, ya sean locales o de otras ciudades o provincias.-
ARTÍCULO 5º.- SIENDO la Autoridad de Aplicación la Dirección General de Protección Ciudadana, de acuerdo con el Artículo 4º de la Ordenanza Nº 13.761, se establece que LA AUTORIZACIÓN para realizar la actividad, será con vigencia anual, venciendo ésta el día 31 de cada año.-
ARTÍCULO 6º.- EL incumplimiento al Artículo 5º de la Ordenanza Nº 13.761 Deberes de los propietarios o tenedores: serán pasibles a las sanciones dispuestas en el Artículo 11º Inciso c) – secuestro de los juegos.-
ARTÍCULO 7º.- LA Dirección de Espacios Públicos llevará un Registro actualizado de todas las solicitudes tramitadas y Autorizaciones otorgadas. Asimismo, de conformidad con las Condiciones de Utilización Generales, (Inciso e). Los Responsables de los juegos, deberán contar con la correspondiente autorización, si se requiere la utilización del espacio
público, ya sea de uso institucional (plaza, monumentos, parques, etc) o espacios verdes (terrenos fiscales o de uso público) y a solicitud del interesado, con fundamentos expresos, se podrá extender el tiempo de las dos (2) horas de utilización de los juegos, no excediendo de las cuatro (4) horas.-
ARTÍCULO 8º.- EN lo referido a los juegos especificados en el Artículo 7º de la Ordenanza regulatoria, se deja expresamente establecido que además de cumplir el requisito especial del inciso a), todos los juegos inflables deberán contar con barandas protectoras circundantes al colchón.-
ARTÍCULO 9º.- EN cuanto al juego mecánico especificado en el inciso c) del Artículo 7º: Toros mecánicos o similares: El protector de cuello cervical deberá ser de material no rígido y cuyas características sean adecuadamente flexibles para una real protección del cuello ante las caídas del juego mecánico.-
ARTÍCULO 10.- QUE conforme lo establece la Inscripción en el Registro contemplado en el Artículo 2º del presente instrumento legal, la exigencia de la inscripción deberá cumplimentarse aún cuando los mismos se encuentren habilitados comercialmente por la Municipalidad.-
ARTÍCULO 11º.- DEROGAR toda otra norma que se oponga a la presente. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de publicación en el Boletín Oficial Municipal.-
ARTÍCULO 12º.- TOMAR razón las Secretarías de Gobierno y Acción Ciudadana y de Hacienda con sus respectivas dependencias intervinientes.-
ARTÍCULO 13º.- EL presente Decreto será firmado por el Señor Jefe de Gabinete y los Señores Secretarios General, de Gobierno y Acción Ciudadana y de Hacienda.-
ARTÍCULO 14º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXX – XXXXX XXXXX – XXXXXXX – XXXXXX – XXXXXXXX A/C SEC. GENERAL
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SALTA, 10 MAYO 2010
DECRETO N° 0383 SECRETARIA DE HACIENDA.-
REFERENCIA: EXPEDIENTE N° 017.486-SH-2010.-
VISTO el expediente de referencia mediante el cual el Sr. Secretario de Turismo Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, solicita liquidación de viáticos y combustible para asistir al Workshop en la ciudad de Santa Fe, junto a los Sres. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Subsecretario de Marketing y Promoción Turística, Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Director General de Promoción Turística, Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx y Xxxxxxxx Xxxxx Am, ambas Contratadas;
CONSIDERANDO:
QUE la Secretaría de Hacienda cumplió con la normativa en cuanto a la imputación presupuestaria, disponibilidad financiera e intervención de las áreas pertinentes;
QUE a fojas 15 obra Resolución Interna con fecha 09/04/10, en la cual autoriza la suma de $ 3.833,70 (Pesos Tres Mil Ochocientos Treinta y Tres con 70/100), en concepto de liquidación de viáticos y combustible, a favor de los funcionarios antes mencionados;
QUE resulta necesario ratificar lo actuado por esa área, emitiendo el instrumento legal pertinente;
QUE corresponde la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD XX XXXXX DECRETA:
ARTICULO 1°.-RATIFICAR el contenido de la Resolución Interna emitida por la Secretaria de Hacienda, con fecha 09 xx xxxxx de 2.010 y por los motivos enunciados en el Considerando.-
ARTICULO 2°.-DAR por DIRECCION GENERAL DE CONTABILIDAD Y
PRESUPUESTO la imputación presupuestaria correspondiente.-
ARTICULO 3°.-TOMAR razón la Secretaria de Hacienda con sus respectivas dependencias.-
ARTICULO 4°.-EL presente Decreto será firmado por el Señor Jefe de Gabinete y los Señores Secretarios General, de Hacienda y de Turismo.-
ARTICULO 5º.-COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXX – XXXXX XXXXX – XXXXXXX – XXXXXXXX – XXXXXXXXX
A/C SEC. GENERAL
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SALTA, 10 MAYO 2010
DECRETO Nº 0384 SECRETARIA DE HACIENDA
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 135-0600/08.-
VISTO el Pedido de Materiales Nº 0027442, mediante el cual la Dirección General de Tránsito y Seguridad Vial, dependiente de la Secretaría de Gobierno y Acción Ciudadana, solicita la “ADQUISICION DE MATERIALES VARIOS DESTINADOS A LA DEMARCACION DE LOMOS DE BURRO”,
y;
CONSIDERANDO:
QUE encontrándose aprobado el Pliego de Condiciones por Resolución Nº 078/09, de la Secretaría de Gobierno y Acción Ciudadana, autorizado el llamado a Licitación Pública y la imputación del gasto mediante Decreto Nº 030/10 (fs. 114), se procedió a publicar el llamado a Licitar en el Boletín Oficial (fs.126/127) y en los diarios de circulación local (fs. 128/131);
QUE asimismo, según Acta Extraprotocolar Municipal Nº 5 (fs. 154) en el Acto de Apertura de los Sobres se presentaron a formular ofertas, dos (02) empresas del rubro, Revecon S.R.L. y Xxxxxx S.A., por los montos y condiciones circunstanciadas a tal efecto;
QUE la Dirección de Contrataciones, mediante Cédulas de Notificación de fs. 224/225 notifica el contenido del Acta de Apertura, en la cual se intima a la firma Xxxxxxx S.R.L., el cumplimiento de la documentación no presentada en el Acta de Apertura y la devolución de la oferta rechazada a la firma Xxxxxx S.A. en el citado acto;
QUE la Dirección General de Contrataciones coincide con el criterio expuesto por la Dirección de Contrataciones a fs. 228, por lo que correspondería solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal el dictado del
Instrumento Legal desestimando las ofertas presentadas por resultar ambas inadmisibles, ya que la firma Xxxxxx S.A. fuera rechazada en el propio Acto de Apertura por incumplimiento a lo dispuesto por el art. 1º, inc. k) xxx Xxxxxx de Cláusulas Particulares (insuficiencia de la garantía) y la firma Revecon
S.R.L. por incumplimiento a lo dispuesto por el art. 1º, incs. f) y g) (no presentación del certificado de libre deuda o regularización fiscal y el certificado o constancia de inscripción como proveedor de la Municipalidad);
QUE a fs. 229 vta. la Dirección General de Contrataciones, sugiere Dejar sin Efecto el llamado a Licitación Pública Nº 01/10 y el proceso selectivo llevado a cabo para la contratación: “ADQUISICION DE MATERIALES VARIOS DESTINADOS A LA DEMARCACION DE LOMOS DE BURRO”,
habilitándose el procedimiento de Contratación Directa, Libre Elección por Negociación Directa, conforme lo establece el Artículo 13 inc. b) de la Ley Nº 6838;
QUE la Ley Provincial Nº 6.838 en su Artículo 13. Contratación Directa. Libre elección por negociación Directa, inciso b) indica que “cuando los procedimientos mencionados en los artículos anteriores no hubiesen logrado su finalidad. La contratación deberá hacerse con bases y especificaciones semejantes a las del procedimiento fracasado y, en su caso, con invitación a los oferentes originales, además de los que estime necesarios la entidad. La publicidad del acto se ajustará a lo que determine la reglamentación”;
QUE por lo expuesto, resulta procedente emitir el instrumento legal pertinente, que Declare Fracasada por inadmisibilidad de oferta la Licitación antes citada;
POR ELLO:
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD XX XXXXX DECRETA:
ARTICULO 1º.-DECLARAR FRACASADA por inadmisibilidad de oferta la Licitación Pública Nº 01/10, aprobada por Decreto Nº 0030/10 y cuyo objeto fuera la ejecución de la obra: “ADQUISICION DE MATERIALES VARIOS DESTINADOS A LA DEMARCACION DE LOMOS DE BURRO”, por los
motivos expresados en los considerandos.-
ARTICULO 2º.-AUTORIZAR a la DIRECCION DE CONTRATACIONES DE
OBRAS PUBLICAS, dependiente de la Dirección General de Contrataciones de Obras Públicas, a contratar bajo la modalidad de CONTRATACION DIRECTA LIBRE ELECCION POR NEGOCIACION
DIRECTA, en los términos del Artículo 13 Inc. b) de la Ley Nº 6838, la
“ADQUISICION DE MATERIALES VARIOS DESTINADOS A LA
DEMARCACION DE LOMOS DE BURRO”, según Pedido de Materiales Nº 0027442 de la Dirección General de Tránsito y Seguridad Vial, dependiente de la Secretaría de Gobierno y Acción Ciudadana, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de $ 36.720,40 (PESOS TREINTA Y SEIS MIL SETECIENTOS VEINTE CON 40/100).-
ARTICULO 6º.-EL presente Decreto será firmado por el Señor Jefe de Gabinete y los Señores Secretarios General, de Gobierno y Acción Ciudadana y de Hacienda.-
ARTICULO 7º.-COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXX – XXXXX XXXXX – XXXXXXX – XXXXXX – XXXXXXXX A/C SEC. GENERAL
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SALTA, 10 MAYO 2010
DECRETO Nº 0385 SECRETARIA DE HACIENDA.-
REFERENCIA: EXPEDIENTE N° 062.144-SG-2009.-
VISTO las actuaciones de referencia; y
CONSIDERANDO:
QUE a fs. 01 la Xxx. XXXX XXXXXXXX XXXXXX, solicita un subsidio por la suma de $ 500,00, para ser aplicado a los costos que demanda el pago de alquiler de su vivienda, donde convive junto a su grupo familiar, debido a la difícil situación económica por la que atraviesa;
QUE el Señor Director General de Organización Comunitaria a fojas 05 autoriza el otorgamiento de un subsidio por la suma de $ 500,00;
QUE a fs. 08 Dirección General de Contabilidad y Presupuesto realiza la imputación presupuestaria;
QUE a fs. 09 Subsecretaria de Finanzas emite la autorización pertinente e indica como condición de pago: Contado;
QUE a fs. 10/10 vta. Dirección de Control del Gasto efectúa el análisis: presupuestario, del pedido, de calidad y oportunidad del gasto (art. 6º, inc. d del Decreto N° 318/04)
QUE a fs. 10 vta. Subsecretaria de Planificación y Control Económico informa que el monto del gasto ascendería a la suma de $ 500,00, sugiriendo se remita a Secretaria de Hacienda para la prosecución del trámite correspondiente;
QUE a fs. 12/12 vta. Subsecretaría de Auditoria Interna toma intervención en las presentes actuaciones conforme lo dispuesto en el Decreto Nº 542/08 art. 2., entendiendo que el trámite administrativo es válido y razonable en el marco establecido por el art. 63 del Decreto Nº 318/04;
QUE corresponde la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
ARTICULO 3º.-ESTABLECER que la autorización de la Convocatoria mencionada en el Artículo 2º, son con las bases y especificaciones semejantes a las del procedimiento fracasado, en un todo de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 6.838 Art. 13, inc. b).-
ARTICULO 4º.-DAR por la Dirección General de Contabilidad y Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.-
ARTICULO 5º.- TOMAR conocimiento por Dirección General de Tránsito y Seguridad Vial y Dirección de Contrataciones.-
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD XX XXXXX DECRETA:
ARTICULO 1°.-OTORGAR un SUBSIDIO por la suma de $ 500,00 (PESOS QUINIENTOS CON 00/100), a favor de la Xxx. XXXX XXXXXXXX XXXXXX,
D.N.I. Nº 20.881.221, con domicilio en Xxxxx 0, Xxxxxxx X, Xxxx 00, Xxxxxx Xxxxxxx xx xxxx ciudad, con oportuna rendición de cuentas.-
ARTICULO 2°.-DAR por la DIRECCION GENERAL DE CONTABILIDAD Y
PRESUPUESTO la imputación presupuestaria correspondiente.-
ARTICULO 3°.-TOMAR conocimiento por SUBSECRETARIA DE FINANZAS con sus respectivas dependencias.-
ARTICULO 4°.- EL presente Decreto será firmado por el Señor Jefe de Gabinete y los Señores Secretarios General, Hacienda y de Acción Social.-
ARTICULO 5°.-COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXX – XXXXX XXXXX – XXXXXXX – XXXXXXXX – XXXXXXX
a/c de Sec. General
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SALTA, 10 MAYO 2010
QUE por lo expuesto es necesario emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD XX XXXXX DECRETA:
ARTICULO 1º.- AUTORIZAR a la DIRECCION DE CONTRATACIONES
dependiente de la Dirección General de Contrataciones a convocar el llamado a LICITACION PUBLICA, para la “ADQUISICION DE COMBUSTIBLE”, según el Pedido de Materiales Nº 00021175, por una inversión aproximada de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y TRES MIL QUINIENTOS CUARENTA CON 00/100 ($ 2.563.540,00).-
DECRETO Nº 0386 SECRETARIA DE HACIENDA
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 68945-SO-09.-
VISTO el Pedido de Materiales Nº 00021175, mediante el cual la División Combustibles y Lubricantes, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas, solicita la “ADQUISICION DE COMBUSTIBLE”, y;
CONSIDERANDO:
QUE a foja 18 la Dirección General de Contabilidad y Presupuesto informa la existencia xx xxxxxxx presupuestaria correspondiente a la presente erogación;
QUE Subsecretaría de Finanzas a fojas 19 informa la factibilidad financiera e indica la siguiente modalidad de pago: Contado Factura Conformada;
QUE la Dirección de Control del Gasto efectúa a foja 21 y 21 vta., el análisis: presupuestario, del pedido, de calidad y de oportunidad del gasto (art. 6º inc. d) Decreto Nº 318/04);
QUE la Subsecretaria de Planificación y Control Económico manifiesta a foja 21 vta., que el monto del gasto ascendería a la suma total de $ 2.563.540,00 (Pesos dos millones quinientos sesenta y tres mil quinientos cuarenta con 00/100), resolviendo autorizar la continuación del trámite respectivo, debiendo ajustar la contratación al monto autorizado de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 80 del Decreto Nº 0318/04;
QUE a foja 23 la Dirección de Contrataciones dependiente de la Dirección General de Contrataciones, indica que el presupuesto oficial asciende a la suma $ 2.563.540,00 (Pesos dos millones quinientos sesenta y tres mil quinientos cuarenta con 00/100), monto que se encuadra en lo dispuesto por el Art. Nº 09 - Punto 1) del Decreto Nº 931/96, razón por la cual solicita autorización para la convocatoria a Licitación Pública;
QUE Secretaría de Obras Públicas emitió Resolución Nº 009/10, mediante la cual aprueba el pliego de condiciones que regirá el llamado a Licitación Pública, en un todo de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Nº 0318/04, Artículo 81º, asimismo sugiere los miembros que integrarán la Comisión de Preadjudicación, quienes tendrán a su cargo el estudio, evaluación, verificación y análisis del acto convocatorio pertinente, conforme lo establecido por el Artículo 32º del Decreto Nº 931/96 (fs. 19);
QUE a fojas 30 y 30 vta. Subsecretaría de Auditoria Interna informa que el procedimiento administrativo impuesto a las presentes actuaciones, se ajusta a las disposiciones vigentes, Ley Nº 6.838, Decreto Nº 0931/96, modificatorias y Ordenanza Nº 13.775, Decreto Nº 0542/08 y 0573/08, considerando, válido y razonable el cumplimiento de la normativa mencionada;
ARTICULO 2º.- DESIGNAR la COMISION DE PRE-ADJUDICACION que
tendrá a su cargo el estudio, evaluación, verificación y análisis de la Licitación Pública, la que estará integrada de la siguiente manera:
Xxx. XXXX XXXXXX: División de Combustibles y Lubricantes. Xx. XXXXX X. XXXXXX: Director de Control del Gasto.
Xx. XXXXXXXXX XXXXX: Asesor Profesional de la Secretaría de Hacienda.
ARTICULO 3º.- DEJAR establecido que los integrantes de la Comisión de Preadjudicación designados en el artículo 2º, no percibirán retribución alguna, siendo sus funciones complementarias a las asignadas en sus respectivos decretos de designación o aprobación de Contrato.-
ARTICULO 4º.- POR Despacho de la Secretaría de Hacienda, notifíquese del contenido del presente Decreto a los Señores miembros de la Comisión de Preadjudicación.
ARTICULO 5º.- DAR por la Dirección Gral. de Contabilidad y Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.-
ARTICULO 6º.- TOMAR conocimiento por Secretaría de Obras Públicas y Dirección de Contrataciones.-
ARTICULO 7º.- EL presente Decreto será firmado por el Sr. Jefe de Gabinete y los Señores Secretarios General, de Obras Públicas y de Hacienda.-
ARTICULO 8º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXX – XXXXX XXXXX – XXXXXXX – XXXXXXX XXXXXX – XXXXXXXX
a/c de Sec. General
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SALTA, 10 MAYO 2010
DECRETO Nº 0387 SECRETARIA DE HACIENDA
REFERENCIA:EXPEDIENTE Nº 40439-SH-09.-
VISTO el expediente de referencia, correspondiente a la Licitación Pública N° 21/09, convocada para la “ADQUISICION DE INSTRUMENTOS MUSICALES DESTINADOS A LA BANDA DE MUSICA MUNICIPAL”, y;
CONSIDERANDO:
QUE conforme Resolución Nº 067/09 de la Secretaría de Gobierno y Acción Ciudadana (fs. 27) se aprobaron los pliegos de condiciones para el respectivo llamado, autorizado el llamado a Licitación Pública y la
imputación del gasto mediante Decreto Nº 1271/09 (fs. 54), se procedió a publicar el llamado a cotizar en el Boletín Oficial (fs. 67/68) y en los diarios de circulación local (fs. 69/72);
QUE según Acta Extraprotocolar Nº 01 (fs. 90), en el Acta de Apertura de los sobres no se presentó ninguna Empresa a formular oferta, procediéndose a Declarar Desierta la Convocatoria;
QUE atento al análisis de los hechos efectuados en el punto anterior, la
ARTICULO 6º.-EL presente Decreto será firmado por el Señor Jefe de Gabinete y los Señores Secretarios General, de Turismo y de Hacienda.-
ARTICULO 7º.-COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXX – XXXXX XXXXX – XXXXXXX – XXXXXXXXX – XXXXXXXX
a/c de Sec. General
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Dirección General de Contrataciones, considera conveniente declarar fracasado el proceso selectivo de la Licitación Pública Nº 21/09, por resultar desierta la convocatoria;
DECRETO Nº 0388 SECRETARÍA DE HACIENDA REFERENCIA:
SALTA, 10 MAYO 2010
QUE en atención a lo expuesto, la Dirección General de Contrataciones conveniente declarar desierto el llamado a Licitación Pública N° 21/09, debiendo realizarse una contratación Directa en los términos del Artículo 13 Inc. b) de la Ley Nº 6838, el cual dice: “Cuando los procedimientos en los artículos anteriores no hubiesen logrado su finalidad. La contratación deberá hacerse con bases y especificaciones semejantes a las del Procedimiento fracasado y en su caso, con invitación a los oferentes originales, además de los que estime necesarios la entidad. La publicidad del acto se ajustará a lo que determine la reglamentación;
QUE a fojas 105 y 105 vta. Subsecretaría de Auditoria Interna informa que el procedimiento administrativo impuesto a las presentes actuaciones, se ajusta a las disposiciones vigentes, Ley Nº 6.838, Decreto Nº 0931/96, modificatorias y Ordenanza Nº 13.775, Decreto Nº 0542/08 y 0573/08, considerando, válido y razonable el cumplimiento de la normativa mencionada;
QUE por lo expuesto, es necesario emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD XX XXXXX DECRETA:
ARTICULO 1º.-DECLARAR DESIERTA por falta de oferentes la Licitación Pública Nº 21/09, autorizada por Decreto Nº 1271/09.-
ARTICULO 2º.-AUTORIZAR a la DIRECCION DE CONTRATACIONES,
dependiente de la DIRECCION GENERAL DE CONTRATACIONES, a contratar bajo la modalidad de CONTRATACION DIRECTA - LIBRE ELECCION POR NEGOCIACION DIRECTA, en los términos del Artículo 13 Inc. b) de la Ley 6838, la “ADQUISICION DE INSTRUMENTOS MUSICALES DESTINADOS A LA BANDA DE MUSICA MUNICIPAL”,
según Pedidos de Materiales Nºs 0016103/104, efectuado por el Departamento de la Banda de Música, dependiente de la Secretaría de Gobierno y Acción Ciudadana, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de $ 68.548,27 (Pesos sesenta y ocho mil quinientos cuarenta y ocho con 27/100).-
ARTICULO 3º.-ESTABLECER que la autorización de la Convocatoria mencionada en el Art. 2°, son con las bases y especificaciones semejantes a las del procedimiento fracasado, en un todo de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 6.838, Artículo 13 inc. b).-
ARTICULO 4º.-DAR por la Dirección General de Contabilidad y Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.-
ARTICULO 5º.-TOMAR conocimiento por la Dirección de Contrataciones y Secretaría de Gobierno y Acción Ciudadana.-
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la contratación del Xx. XXXXXXXX XXXXXXXX O´XXXXXX, DNI. Nº 00.000.000, para cumplir funciones en la Secretaría de Acción Social, y;
CONSIDERANDO:
QUE según lo dispone la Carta Municipal, es atribución del Ejecutivo Municipal realizar la contratación de estos recursos humanos bajo la modalidad de Locación de Servicios con Aportes;
QUE la Dirección General de Administración de Personal emite Dictamen del cual surge que analizado el caso planteado y la normativa en vigencia, no existe objeción alguna para la contratación mencionada;
QUE es necesario disponer la aprobación de dicho Contrato mediante la emisión del presente instrumento legal;
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD XX XXXXX DECRETA:
ARTICULO 1°. APROBAR el Contrato de Locación de Servicios, bajo la modalidad con Aportes, celebrado entre la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx y el Xx. XXXXXXXX XXXXXXXX O´XXXXXX, DNI. Nº 00.000.000, con
el nivel remunerativo, función, dependencia y plazo que establece el respectivo Contrato, el que forma parte y se adjunta al presente.
ARTICULO 2°. DAR por la Dirección General de Contabilidad y Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.
ARTICULO 3°. TOMAR razón Secretarías de Acción Social y de Hacienda con sus respectivas de-pendencias.
ARTICULO 4°. NOTIFICAR del presente por la Dirección General de Administración de Personal.
ARTICULO 5°. EL presente Decreto será firmado por el Señor Jefe de Gabinete y por los Sres. Secretarios General, de Acción Social y de Hacienda.
ARTICULO 6º. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
XXX – XXXXX XXXXX – XXXXXXX – XXXXXXXX – XXXXXXX A/C SEC. GENERAL
DECRETO Nº 0389 SECRETARÍA DE HACIENDA REFERENCIA:
SALTA, 10 MAYO 2010
CONSIDERANDO:
QUE es atribución del Departamento Ejecutivo Municipal nombrar y remover a los funcionarios y empleados de la administración a su cargo;
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita las contrataciones de las personas que se consignan en el Anexo, para cumplir funciones en las distintas dependencias de la Comuna, y;
CONSIDERANDO:
QUE según lo dispone la Carta Municipal, es atribución del Ejecutivo Municipal realizar la contratación de estos recursos humanos bajo la modalidad de Locación de Servicios con Aportes;
QUE la Dirección General de Administración de Personal emite Dictamen del cual surge que analizado el caso planteado y la normativa en vigencia, no existe objeción alguna para las contrataciones mencionadas;
QUE es necesario disponer la aprobación de dichos Contratos mediante la emisión del presente instrumento legal;
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD XX XXXXX DECRETA:
ARTICULO 1°. APROBAR los Contratos de Locación de Servicios, bajo la modalidad con Aportes, celebrados entre la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx y las personas que se consignan en el Anexo, para que se desempeñen en la Secretaría de Acción Social, con el nivel remunerativo, función y plazo que establecen los respectivos Contratos, los que forman parte y se adjuntan al presente.
ARTICULO 2°. DAR por la Dirección General de Contabilidad y Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.
ARTICULO 3°. TOMAR razón Secretarías de Acción Social y de Hacienda con sus respectivas de-pendencias.
ARTICULO 4°. NOTIFICAR del presente por la Dirección General de Administración de Personal.
ARTICULO 5°. EL presente Decreto será firmado por el Sr. Jefe de Gabinete y los Sres. Secretarios General, de Acción Social y de Hacienda.
QUE obra Dictamen de la Dirección General de Administración de Personal del cual surge que analizado el caso planteado y la normativa en vigencia, corresponde hacer lugar a lo tramitado en estas actuaciones;
QUE a fin de concretar tal propósito, procede la emisión del presente instrumento legal;
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD XX XXXXX DECRETA:
ARTICULO 1º. DESIGNAR al Sr. XXXXXXXX XXXXX XXXXX, DNI. N°
00.000.000, en Planta Transitoria - Estamento de Apoyo, para cumplir funciones en la Secretaría de Acción Social, con el Nivel Remunerativo establecido en el Artículo 4° Nivel 7 del Decreto Nº 1357/09, a partir de la fecha de su notificación.
ARTICULO 2°. ESTABLECER que el nombrado al revistar en la Estructura Política carece de estabilidad, según lo dispone la Ordenanza N° 10.098.
ARTICULO 3°. DAR por la Dirección General de Contabilidad y Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.
ARTICULO 4°. TOMAR razón Secretarías de Acción Social y de Hacienda con sus respectivas de-pendencias.
ARTICULO 5°. NOTIFICAR del presente por la Dirección General de Administración de Personal.
ARTICULO 6°. EL presente Decreto será firmado por el Sr. Jefe de Gabinete y los Sres. Secretarios General, de Acción Social y de Hacienda.
ARTICULO 7º. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
XXX – XXXXX XXXXX – XXXXXXX – XXXXXXX - XXXXXXXX A/C SEC. GENERAL
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SALTA, 10 MAYO 2010
ARTICULO 6º. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
XXX – XXXXX XXXXX – XXXXXXX – XXXXXXXX - XXXXXXX A/C SEC. GENERAL
VER ANEXO
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SALTA, 10 MAYO 2010
DECRETO Nº 0391 SECRETARÍA DE HACIENDA REFERENCIA:
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la renovación del Xx. XXXXXX XXXXXX XXXXX, DNI. Nº 00.000.000, para cumplir funciones en la Secretaría de Obras Públicas y;
CONSIDERANDO:
DECRETO Nº 0390 SECRETARÍA DE HACIENDA REFERENCIA:
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la designación del Sr. XXXXXXXX XXXXX XXXXX, DNI. N° 00.000.000, en Planta Transitoria - Estamento de Apoyo, para cumplir funciones en Secretaría de Acción Social, y;
QUE según lo dispone la Carta Municipal, es atribución del Ejecutivo Municipal realizar la contratación de estos recursos humanos bajo la modalidad de Locación de Servicios con Aportes;
QUE la Dirección General de Administración de Personal emite Dictamen del cual surge que analizado el caso planteado y la normativa en vigencia, no existe objeción alguna para la contratación mencionada;
QUE es necesario disponer la aprobación de dicho Contrato mediante la emisión del presente instrumento legal;
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD XX XXXXX DECRETA
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD XX XXXXX DECRETA
ARTICULO 1°. APROBAR el Contrato de Locación de Servicios, bajo la modalidad con Aportes, celebrado entre la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx y el Xx. XXXXXX XXXXXX XXXXX, DNI. Nº 00.000.000, con el nivel remunerativo, función, dependencia y plazo que establece el respectivo Contrato, el que forma parte y se adjunta al presente.
ARTICULO 2°. DAR por la Dirección General de Contabilidad y Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.
ARTICULO 3°. TOMAR razón Secretarías de Obras Públicas y de Hacienda con sus respectivas de-pendencias.
ARTICULO 4°. NOTIFICAR del presente por la Dirección General de Administración de Personal.
ARTICULO 5°. EL presente Decreto será firmado por el Señor Jefe de Gabinete y por los Sres. Secretarios General, de Obras Públicas y de Hacienda.
ARTICULO 6º. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
XXX – XXXXX XXXXX – XXXXXXX – XXXXXXX XXXXXX – XXXXXXXX
a/c de Sec. General
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SALTA, 11 MAYO 2010
DECRETO Nº 0392 SECRETARÍA DE HACIENDA
REFERENCIA: Expediente Nº 058.710-SG-2009.
VISTO el expediente de la referencia mediante el cual el Sr. Director General de Deportes solicita la contratación de las personas que se consignan en el Anexo para cumplir funciones en la Colonia de Vacaciones organizada por la Dirección General Oficina Municipal de San Xxxx y su Zona de Influencia, dependiente xx Xxxxxxxxxxx, y;
CONSIDERANDO:
QUE es atribución del Ejecutivo Municipal realizar la contratación de recursos humanos bajo la modalidad de Locación de Servicios, según lo dispone la Carta Municipal y a los fines de brindar un mejor servicio a la Comuna;
QUE a fs. 26/27 la Dirección General de Administración de Personal emite Dictamen Nº 1707/10 del cual surge que habiéndose dado cumplimiento a los requisitos establecidos en la normativa legal vigente y a los fines de responder al objetivo de asegurar los servicios esenciales para la Comunidad, no existe objeción alguna para hacer lugar a lo requerido;
QUE es necesario disponer la aprobación de dichos Contratos mediante la emisión del presente instrumento legal;
ARTICULO 1°. APROBAR los Contratos de Locación de Servicios, bajo la modalidad con Aportes, celebrados entre la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx y las personas que se consignan en el Anexo, para que se desempeñen en la Dirección General de Deportes, dependiente de la Sub Secretaría de Acción Social y Coordinación General de la Secretaría de Acción Social, con el nivel remunerativo, función y plazo que establecen los respectivos Contratos, los que forman parte y se adjuntan al presente.
ARTICULO 2°. DAR por la Dirección General de Contabilidad y Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.
ARTICULO 3°. TOMAR razón Secretarias de Acción Social y de Hacienda con sus respectivas de-pendencias.
ARTICULO 4°. NOTIFICAR del presente por la Dirección General de Administración de Personal.
ARTICULO 5°. EL presente Decreto será firmado por el Sr. Jefe de Gabinete y los Sres. Secretarios General, de Acción Social y de Hacienda.
ARTICULO 6º. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
XXX – XXXXX XXXXX – XXXXXXX – XXXXXXX – XXXXXXXX
a/c de Sec. General
VER ANEXO
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SALTA, 11 MAYO 2010
DECRETO Nº 0393 SECRETARÍA DE HACIENDA
REFERENCIA: Expedientes Nºs. 067.602-SG-2009 y 000.717-SG-2010.
VISTO los expedientes de la referencia mediante los cuales el Sr. Director General de la Discapacidad solicita la contratación del personal que cumplirá funciones en la “7° Edición de la Colonia de Vacaciones Integradas”, que se llevará a cabo durante el período comprendido desde el 04 de enero hasta el 19 de febrero del año 2010;
CONSIDERANDO:
QUE en las actuaciones referenciadas obran los antecedentes de las personas que se encuentran en condiciones para desempeñarse como Instructores, ya que cumplen los requisitos de idoneidad y capacidad para desarrollar tareas en la “7º Edición de la Colonia de Vacaciones Integrada”;
QUE dicha Colonia de Vacaciones está destinada a integrar a personas con capacidades diferentes, con el objeto de brindarles un espacio de recreación y rehabilitación, por lo que resulta necesaria la contratación de Instructores especializados en el trato con estas personas;
QUE es atribución del Ejecutivo Municipal realizar la contratación de recursos humanos bajo la modalidad de Locación de Servicios, según lo dispone la Carta Municipal y a los fines de brindar un mejor servicio a la Comuna;
QUE a fs.143/144 obra Dictamen Nº 1706/10 de la Dirección General de Administración de Personal del cual surge que habiéndose dado cumplimiento a los requisitos establecidos en la normativa legal vigente y a los fines de responder al objetivo de asegurar los servicios esenciales para la Comunidad, no existe objeción alguna para hacer lugar a lo requerido;
QUE a los fines de concretar dicho propósito, procede la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD XX XXXXX DECRETA
ARTICULO 1°.APROBAR los Contratos de Locación de Servicios celebrados entre la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx y las personas que se consignan en el Anexo que forma parte integrante del presente, para que se desempeñen en la “7° Edición de la Colonia de Vacaciones Integrada, dependiente de la Dirección General de la Discapacidad de la Sub Secretaría de Atención a Grupos Especiales de la Secretaría de Acción Social, con el nivel remunerativo, función y plazo que establecen los respectivos Contratos, los cuales forman parte y se adjuntan al presente.
ARTICULO 2°. DAR por la Dirección General de Contabilidad y Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.
ARTICULO 3°. TOMAR razón Secretarías de Acción Social y de Hacienda con sus respectivas de-pendencias.
ARTICULO 4°. EL presente Decreto será firmado por el Sr. Jefe de Gabinete y los Sres. Secretarios General, de Acción Social y de Hacienda.
ARTICULO 5º. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
XXX – XXXXX XXXXX – XXXXXXX – XXXXXXX – XXXXXXXX
a/c de Sec. General
VER ANEXO
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SALTA, 11 MAYO 2010
DECRETO Nº 0394 SECRETARÍA DE HACIENDA REFERENCIA:
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita el cambio de nivel remunerativo para la Xxx. XXX XXXXXXXX XXXXXXXX, DNI. Nº
00.000.000 y el Xx. XXXXX XXXXXXXXX XXXXXX, DNI. Nº 00.000.000, para cumplir funciones en las distintas dependencias de la Comuna, y;
CONSIDERANDO:
QUE por Decreto N° 0086/10, se aprueba el Contrato de Locación Servicios celebrado entre la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx y la Xxx. Xxxxxxxx, para cumplir las funciones de Auxiliar Administrativa en la Dirección de la Juventud, dependiente de la Sub Secretaría de Atención a Grupos Especiales de la Secretaría de Acción Social, con vigencia hasta el 31.12.10;
QUE por Decreto Nº 1315/07 se designa al Xx. Xxxxxx en Planta Transitoria
–Estamento de Apoyo, para cumplir funciones en la Dirección de Servicios Generales, dependiente de la Sub Secretaría General de la Secretaría
General, por lo que previo a sus nuevas designaciones corresponde rescindir el presente contrato y dejar sin efecto la designación mencionada, respectivamente;
QUE es atribución del Departamento Ejecutivo Municipal nombrar y remover a los funcionarios y empleados de la administración a su cargo;
QUE obra Dictamen de la Dirección General de Administración de Personal del cual surge que analizado el caso planteado y la normativa en vigencia, corresponde hacer lugar a lo solicitado en estos actuados;
QUE a fin de concretar tal propósito, procede la emisión del presente instrumento legal;
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD XX XXXXX
DECRETA
ARTICULO 1°. RESCINDIR, a partir del 01.04.10, el Contrato de Locación de Servicios bajo la modalidad con Aportes, celebrados entre la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx y la Xxx. XXX XXXXXXXX XXXXXXXX, DNI. Nº 00.000.000, aprobado mediante Decreto Nº 0086/10.
ARTICULO 2. DEJAR sin efecto, a partir del 01.04.10, la designación el Xx. XXXXX XXXXXXXXX XXXXXX, DNI. Nº 00.000.000, en Planta Transitoria – Estamento de Apoyo, para cumplir funciones en la Dirección de Servicios Generales, dependiente de la Sub Secretaría General de la Secretaría General, dispuesta mediante el Decreto Nº 1315/07.
ARTICULO 3º. DESIGNAR a las personas que se mencionan seguidamente, en Planta Transitoria – Estamento de Apoyo, para que se desempeñen en las distintas dependencias según se consigna en cada caso, con el nivel remunerativo establecido en el Decreto Nº 1357/09, a partir del 01.04.10:
Apellido y Nombres Documento Nº Nivel Remun. SECRETARÍA DE ACCIÓN SOCIAL
DIRECCIÓN DE LA JUVENTUD
XXXXXXXX Xxx Victoria 28.250.231 Nivel 5
SECRETARÍA GENERAL
DIRECCIÓN GENERAL DE MANTENIMIENTO Y SERVICIOS GENERALES
XXXXXX Xxxxx Xxxxxxxxx 29.586.364 Nivel 5
ARTICULO 4°. ESTABLECER que los nombrados al revistar en Estructura Política, carecen de estabilidad, según lo estatuye la Ordenanza N° 10.098.
ARTICULO 5°. DAR por la Dirección General de Contabilidad y Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.
ARTICULO 6°. TOMAR razón Secretarías General, de Acción Social y de Hacienda con sus respectivas dependencias.
ARTICULO 7. NOTIFICAR del presente por la Dirección General de Administración de Personal.
ARTICULO 8°. EL presente Decreto será firmado por el Sr. Jefe de Gabinete y los Sres. Secretarios General, de Acción Social y de Hacienda.
ARTICULO 9°. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y Archivar.
XXX – XXXXX XXXXX – XXXXXXX – XXXXXXX – XXXXXXXX
a/c de Sec. General
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SALTA, 11 MAYO 2010
DECRETO Nº 0395 SECRETARÍA DE HACIENDA REFERENCIA:
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita el cambio de nivel remunerativo de las Sras. XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, DNI. Nº 00.000.000 y XXXXXX XXXXX, DNI. Nº 00.000.000, para que
cumplan funciones en las distintas dependencias de la Secretaría de Acción Social, y;
CONSIDERANDO:
QUE por los Decretos N°s. 0086/10 y 0094/10, se aprueban los Contratos de Locación Servicios celebrado entre la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx y las nombradas, para cumplir funciones en las distintas dependencias de la Secretaría de Acción Social, con vigencia hasta el 31.12.10;
QUE es atribución del Departamento Ejecutivo Municipal nombrar y remover a los funcionarios y empleados de la administración a su cargo;
QUE la Cláusula Cuarta de los respectivos Contratos de Locación de Servicios expresa: “LA MUNICIPALIDAD” podrá rescindir en cualquier momento este Contrato, mediante comunicación cursada por algún medio fehaciente, sin expresión de causa ni necesidad de interpelación judicial o extra judicial previa, sin que “EL PRESTADOR” adquiera derecho a reclamar indemnización de ninguna índole…”,
QUE obra Dictamen de la Dirección General de Administración de Personal del cual surge que analizado el caso planteado y la normativa en vigencia, corresponde hacer lugar a lo solicitado en estas actuaciones;
QUE a fin de concretar tal propósito, procede la emisión del presente instrumento legal;
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD XX XXXXX
DECRETA
ARTICULO 1º. RESCINDIR, a partir de la fecha de su notificación, los Contratos de Locación de Servicios bajo la modalidad con Aportes, celebrados entre la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx y las Sras. XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, DNI. Nº 00.000.000 y XXXXXX XXXXX,
DNI. Nº 00.000.000, aprobados mediante Decreto Nº 0086/10 y 0094/10, respectivamente.
ARTICULO 2°. APROBAR el Contrato de Locación de Servicios, bajo la modalidad con Aportes, celebrados entre la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx y la Xxx. XXXXXX XXXXX, DNI. Nº 00.000.000, con el nivel remunerativo, función, dependencia y plazo que establece el respectivo Contrato, el que forma parte y se adjunta al presente.
ARTICULO 3º. DESIGNAR a la Xxx. XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX,
DNI. Nº 00.000.000, en Planta Transitoria - Estamento de Apoyo, para cumplir funciones en la Sub Secretaría de Acción Social y Coordinación General, dependiente de la Secretaría de Acción Social, con el Nivel Remunerativo establecido en el Artículo 4° Nivel 1 del Decreto Nº 1357/09, a partir de la fecha de su notificación.
ARTICULO 4°. DAR por la Dirección General de Contabilidad y Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.
ARTICULO 5°. TOMAR razón Secretarías de Acción Social y de Hacienda con sus respectivas de-pendencias.
ARTICULO 6°. NOTIFICAR del presente por la Dirección General de Administración de Personal.
ARTICULO 7°. EL presente Decreto será firmado por el Sr. Jefe de Gabinete y los Sres. Secretarios General, de Acción Social y de Hacienda.
ARTICULO 8°. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
XXX – XXXXX XXXXX – XXXXXXX – XXXXXXX – XXXXXXXX
a/c de Sec. General
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SALTA, 13 MAYO 2010
DECRETO Nº 0396 SECRETARIA GENERAL.-
REFERENCIA: Expediente Nº 021060-SG-2010
VISTO la PRORROGA DE CONVENIO celebrado entre la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx y el secretario de Obras Publicas de la Provincia xx Xxxxx, y;
CONSIDERANDO:
QUE la Provincia y la Municipalidad han celebrado con fecha 12 de Octubre del 2001, un Convenio para la continuidad de las Obras de Recuperación xxx Xxxxx Histórico de la Ciudad xx Xxxxx, aprobada por Decreto Provincial Nº 2403/01;
QUE habiendo operado el vencimiento de la ultima prorroga del Convenio, las partes haciendo uso de la opción conferida en la Cláusula Tercera del mismo, acuerdan prorrogando por el termino de un año contando a partir del 01 de Enero del 2010 o hasta la culminación de las obras, si estas se concluyen en un plazo menor;
QUE a los efectos de incorporar la Prorroga de Convenio al Derecho Publico Municipal, es necesario disponer su aprobación mediante la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD XX XXXXX DECRETA
ARTÍCULO 1º.- APROBAR en todas sus partes la PRORROGA DE CONVENIO celebrado entre la MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX y la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS DE LA PROVINCIA XX
XXXXX, el que como Anexo forma parte del presente Decreto por los motivos enunciados en el Considerando.-
ARTICULO 2º.- TOMAR razón Secretaria de Obras Publicas con sus dependencias intervinientes.
ARTICULO 3º.- REMITIR copia del presente instrumento legal a la Secretaria de Obras Publicas de la Provincia xx Xxxxx.-
ARTICULO 4º.- El presente Decreto será firmado por el señor Jefe de Gabinete, y los señores Secretarios General, de Hacienda y de Obras Publicas.-
ARTÍCULO 5º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXX – XXXXX XXXXX – XXXXXXX – XXXXXXXX – XXXXXXX XXXXXX
a/c de Secretaria General
VER ANEXO
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SALTA, 14 MAYO 2010
DECRETA:
ARTICULO 1º.- DAR DE BAJA a la Licencia de Transporte Escolar Nº 057 adjudicada mediante Decreto Nº 0919/04 de Jefatura de Gabinete, a favor del Xx. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, DNI Nº 00.000.000, por los motivos citados en los Considerandos.-
ARTICULO 2º.- TOMAR razón la Dirección de Transporte Público Impropio con sus dependencias intervinientes.-
ARTICULO 3º.- NOTIFICAR por la Dirección de Transporte Público Impropio del contenido del presente al Xx. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, en el domicilio denunciado.-_
ARTICULO 4º.- EL presente Decreto será firmado por el Señor Jefe de Gabinete y los Señores Secretarios General y de Hacienda.-
ARTICULO 5°.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y Archivar.-
DECRETO Nº 0397 SECRETARIA GENERAL
REFERENCIA: Expediente Nº 60939/04 VISTO el expediente de referencia, y; CONSIDERANDO:
QUE desde fs. 01 a 39 rola antecedentes del Decreto Nº 0919/04 emitido por Jefatura de Gabinete mediante la cual se dispone la adjudicación de la Licencia de Transporte Escolar Nº 057 al Xx. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, el que corre a fs 28;
QUE a fs. 40 rola presentación efectuada por el Xx. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, quien solicita el trámite de la baja de la licencia Nº 057, correspondiente a la unidad Marca Furgón Renault Traffic Modelo 1994, Dominio XXX -106, Motor Nº 2901765;
QUE a fs. 41/42/43 obra Certificado de Libre Deuda, Constancia de Pago de Actuación Administrativa y Certificado de Regularización Fiscal, respectivamente emitida por la Dirección General xx Xxxxxx Municipal;
QUE a fs. 44 rola copia autenticada por el Jefe de la División de Transporte Escolar, correspondiente al cuaderno de Habilitación donde consta la baja del servicio de la Licencia de Transporte Escolar del rodado Xxxxxxx XXX- 106;
QUE a fs.45 la Dirección de Transporte Público Impropio, informa que el licenciatario cumplió con la documentación requerida según la Ordenanza Nº 12.211, disposición que regula la actividad de los mismos;
QUE a fs. 46/47 la Dirección General de Asesoria Jurídica de la Sub Secretaria de Asuntos Jurídicos expresa que habiéndose cumplido los recaudos legales pertinentes, según informe obrante a fs. 45 y documentación adjunta, se deberá proceder a la baja de la Licencia Nº 057, correspondiente al dominio XXX-106;
QUE por lo expuesto se hace necesario emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD XX XXXXX
XXX – XXXXX XXXXX – XXXXXXX – XXXXXXXX
a/c de Secretaria General
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SALTA, 14 MAYO 2010
DECRETO Nº 0398
SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 114156-IM-2007.-
VISTO el pedido de cambio de titularidad y Concesión xx Xxxxx en forma gratuita, ubicado en el Cementerio de la Santa Xxxx , formulado por la Señora XXXXXXXX XXXXX XXXXX con DNI Nº 00.000.000, Argentina, ama de casa, con domicilio denunciado en xxxxx Xxxxxxxx Xx 000, xx xxxx Xxxxxx, x;
CONSIDERANDO:
QUE a fs. 03 rola Certificado expedido por el Departamento de Control y Legajos donde consta que el extinto Xxxxx Xxxxxxxx fue empleado en esta comuna, cumpliendo funciones de Oficial Nº 6 de Talleres;
QUE a fs. 04, rola Certificado de nacimiento, acreditándose de esa forma el vínculo de la solicitante con el extinto, a fs.06 rola certificado de defunción de la extinta Xxxxxxxx Xxxxxx, y a fs. 07 el Certificado de Matrimonio que demuestra el vínculo de Xxxxxxxx Xxxxxx con Xxxxx Xxxxxxxx, de esa forma se cumplimenta los demás requisitos, con documentación que se arrima a estos autos;
QUE a fs. 10 la Administración del Cementerio de la Santa Xxxx informa que el Nicho Nº 628, Sección Q, Fila 3ra., registra como titular al Xx. Xxxxx Xxxxxxx, y que la concesión venció el 12 xx Xxxxxx del año 2006, adeudando Tasa de Mantenimiento años 2005 y 2006;
QUE en fs. 15 el Señor Xxxxx Xxxxxxx hace expresa renuncia a la titularidad sobre el nicho en referencia, y ante autoridad policial;
QUE en fs. 17 rola comprobante de pago Nº 0000025465 en concepto de limpieza, alumbrado y mantenimiento año 2005/2006;
QUE el Artículo 194º de la Ordenanza Nº 13254 Texto Ordenando del Código Tributario Municipal – Ordenanza Nº 6330, consigna en su texto: “En caso de fallecimiento de Xxxxxxxxx y Obreros de la Municipalidad xx Xxxxx, tanto en actividad como jubilados y/o sus respectivos
cónyuges o familiares en primer grado, gozarán de los beneficios establecidos en la Ordenanza Tributaria Anual”;
QUE la Ordenanza Nº 13527 estatuye – Art. 61º, Inciso d): “A los fines establecidos en el Artículo 194º, establécese que la exención otorgada será del 100% de las contribuciones que incidan sobre los cementerios y el término de la concesión de los nichos en forma gratuita será de 15 años”;
QUE a fs. 18/19/20 y 25/25 vta. Asesoráis Jurídicas de la Dirección de Servicios Sociales y de la Secretaria de Ambiente y Servicios Públicos, dictaminan que encontrándose cumplidos los requisitos previstos por la normativa aplicable; corresponde hacer lugar al cambio de titularidad y a la concesión en forma gratuita xxx xxxxx referido, emitiendo el instrumento legal respectivo;
QUE a fs. 36 y vta. se agrega dictamen de Asesoría Legal de la Dirección Legal y Técnica Tributaria dependiente de la Secretaria de Hacienda en donde se concluye que al no existir impedimento legal alguno corresponde hacer lugar a lo solicitado;
QUE a fs. 55 y 56 vta. Rola dictamen de Asesoría Profesional de la Procuración General de la Municipalidad xx Xxxxx, en donde concluye que corresponde aplicar en el caso concreto las Ordenanzas Nº 13254 y 13527
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD XX XXXXX DECRETA:
ARTICULO 1º.- ADJUDICAR en concesión a favor de la Xxx. XXXXX XXXXX XXXXXXXX, DNI Nº 00.000.000, con domicilio denunciado en xxxxx Xxxxxxxx Xx 000, xx Xxxxx Xx 000, Xxxxxxx X, Xxxx 3ª ubicado en el Cementerio de la Santa Xxxx, donde se encuentran inhumados los restos de su madre XXXXXXXXX XXXXXX.-
ARTICULO 2º.- LA concesión se adjudica en forma gratuita, se otorga una exención del cien por ciento (100%) de todas las contribuciones que incidan sobre el Nicho referido por el término de quince años (15), contados a partir de fecha 13/08/06 con vencimiento en fecha 13/08/2021.-
ARTICULO 3º.- EL plazo de la concesión uso será por 15 años – Ordenanza Nº 13.527/08 – Artículo 61º.-
ARTICULO 4º.- LOS derechos emergentes de las concesiones de Nichos son intransferibles – Si se comprobaré su violación, producirá la caducidad de la concesión – Ord. Nº 1/70 y sus modificatorias.-
ARTICULO 5º.- EL concesionario ajustará el ejercicio de sus derechos al cumplimiento de sus obligaciones conforme las disposiciones de las Ordenanzas que declara conocer.-
ARTICULO 6º.- TOMAR razón las Secretaria de Hacienda, y de Ambiente y Servicios Públicos con sus respectivas dependencias, y la Dirección General de Servicios Públicos a través de la Dirección del Cementerio Santa Xxxx, procederá a su notificación del presente Decreto a la Xxx. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx con las formalidades xx xxx, y demás trámites administrativos.-
ARTICULO 7º.- EL presente Decreto será firmado por el Señor Jefe de Gabinete, señores Secretarios General, de Hacienda y de Ambiente y Servicios Públicos.-
ARTICULO 8º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXX – XXXXX XXXXX – XXXXXXX – XXXXXXXX – CUELLO
a/c de Secretaria General
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SALTA, 14 MAYO 2010
DECRETO Nº 0399
SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS. REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 199082-SO-2008.-
VISTO el Convenio y la Addenda de Asistencia Financiera suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad y el Instituto Provincial de Vivienda (I.P.V.); y,
CONSIDERANDO:
QUE, dicho convenio tiene por objeto aportar una Asistencia Financiera de $ 109.223,37 (pesos ciento nueve mil doscientos veintitrés con 37/100), destinado la ejecución de la Obra denominada: “Construcción del Canal de Hormigón Simple Paralelo a la Ruta Nº 21, con la finalidad de posibilitar la solución a las inundaciones que se producen en la zona de Barrio Limache en la época estival”;
QUE, la Addenda de Convenio celebrada entre las partes, asistirá financieramente a la Municipalidad xx Xxxxx para la ampliación de la sección hidráulica del Canal paralelo a la Ruta Provincial Nº 21 por un monto de $ 51.294,00 (pesos cincuenta y un mil doscientos noventa y cuatro con 00/100
QUE, la Dirección General de Asuntos Legales expresa que no existe objeción a la aprobación del Convenio suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx y el Instituto Provincial de Vivienda;
QUE, resulta necesario disponer su aprobación mediante la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
Y en uso de las atribuciones que le son propias:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD XX XXXXX DECRETA:
ARTICULO 1º.- APROBAR en todas sus partes el Convenio de Asistencia Financiera al Municipio de la Ciudad xx Xxxxx destinada a la Construcción de Canal de Hormigón Simple Paralelo a la Ruta 21 – Ciudad xx Xxxxx, suscripto entre la MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX y el INSTITUTO PROVINCIAL DE VIVIENDA, el que como Anexo forma parte del presente Decreto, por los motivos enunciados en el considerando.-
ARTICULO 2º.- APROBAR la ADDENDA de CONVENIO, suscripto entre la
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX y el INSTITUTO
PROVINCIAL DE VIVIENDA XX XXXXX (I.P.V.), de asistencia financiera para la ampliación de la sección hidráulica del canal paralelo a la Ruta Provincial Nº 21, el que como Anexo I forma parte del presente.-
ARTICULO 3º.- REMITIR a la Presidente del Instituto Provincial de Vivienda
– Arq. Xxxxxxx Xxxxxxxxx, con domicilio en Xxxxxxx Xxxxxxxx Xx 0.000, una copia legalizada del presente instrumento legal.-
ARTICULO 4º.- TOMAR razón la Secretaría de Obras Públicas con sus dependencias intervinientes.-
ARTICULO 5º.- EL presente Decreto será firmado por el señor Jefe de Gabinete, y los señores Secretarios General, Hacienda y de Obras Públicas.-
ARTICULO 6º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXX – XXXXX XXXXX – XXXXXXX – XXXXXXXX – XXXXXX XXXXXX
a/c de Secretaria General
VER ANEXO
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SALTA, 14 MAYO 2010
DECRETO Nº 0400 SECRETARIA GENERAL.-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 052030-SG-2009.-
VISTO el Decreto Nº 0082 de fecha 04 de Febrero de 2010, y,
CONSIDERANDO
QUE mediante el citado acto administrativo se Aprueba el Convenio de Colaboración celebrado con la Fundación Santa Xxxxxx;
QUE la cláusula Tercera establece “ A los efectos de centralizar, promover, programar y supervisar las actividades que deriven de la aplicación del presente convenio, las partes acuerdan la creación de una Unidad de Coordinación de seguimiento de los Protocolos Adicionales que estará integrada por un miembro titular y uno alterno por cada uno de ellas, las que podrán reemplazar a sus representantes cuando lo consideren conveniente; los que serán designados por la Municipalidad a través de Jefatura de Gabinete y por la Fundación a través del C.E.M.U.S.”;
QUE a fin de conformar la Unidad de Coordinación de Seguimiento de los Protocolos Adicionales, Jefatura de Gabinete a fojas 34 designa a los Profesionales Dra. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, D.N.I. Nº 29.693.187 y la Dra. Xxxxx de los Desamparados Xxxxxx, D.N.I. Nº 12.790.884 y fojas 37 la Fundación Santa Xxxxxx propone a la Xxx. Xxxxxx Xxxxxx, D.N.I. Nº 14.708.753;
QUE a tal efecto procede la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
Y en uso de las atribuciones que le son propias:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD XX XXXXX DECRETA
ARTÍCULO 1º.- DESIGNAR a las siguientes personas para integrar la Unidad de Coordinación de Seguimiento de los Protocolos Adicionales conforme a lo establecido en la Cláusula Tercera del Decreto Nº 0082/10:
Dra. XXXXX XXXXX XXXXXXXXX D.N.I. Nº 29.693.187 Dra. XXXXX DE LOS DESAMPARADOS XXXXXX D.N.I. Nº 12.790.884 Xxx. XXXXXX XXXXXX D.N.I. Nº 14.708.753
ARTICULO 2º.- DEJAR establecido que los integrantes de la Unidad de Coordinación de Seguimiento de los Protocolos Adicionales en representación del Municipio y designados en el Artículo 1º, no percibirán retribución alguna, siendo sus funciones complementarias a las asignadas en sus respectivos decretos de designación.-
ARTICULO 3º.- NOTIFICAR del contenido presente Decreto a los integrantes de dicha Unidad por Dirección General de Despachos
ARTICULO 4º.- TOMAR razón Jefatura de Gabinete y Secretaría General con sus respectivas dependencias intervinientes.-
ARTICULO 5º.- EL presente Decreto será firmado por el Señor Jefe de Gabinete y el Señor Procurador General a cargo de la Secretaría General.-
ARTICULO 6º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXX – XXXXX XXXXX - XXXXXXX
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SALTA, 14 MAYO 2010
DECRETO Nº 0401 SECRETARÍA DE HACIENDA
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la designación del Xx. XXXXXX XXXXXX XXX XXXXX, DNI. N° 00.000.000, en
Planta Transitoria- Estamento de Apoyo, para cumplir las funciones en la Dirección General de Informática, dependiente de la Sub Secretaría de Tecnología al Servicio del Ciudadano de la Secretaría de Hacienda, y;
CONSIDERANDO:
QUE es atribución del Departamento Ejecutivo Municipal nombrar y remover a los funcionarios y empleados de la administración a su cargo;
QUE obra Dictamen de la Dirección General de Administración de Personal del cual surge que analizado el caso planteado y la normativa en vigencia, corresponde hacer lugar a lo tramitado en estas actuaciones;
QUE a fin de concretar tal propósito, procede la emisión del presente instrumento legal;
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD XX XXXXX DECRETA
ARTICULO 1º. DESIGNAR al Xx. XXXXXX XXXXXX XXX XXXXX, DNI. N°
00.000.000, en Planta Transitoria- Estamento de Apoyo, para cumplir las funciones en la Dirección General de Informática, dependiente de la Sub Secretaría de Tecnología al Servicio del Ciudadano de la Secretaría de Hacienda, con el Nivel Remunerativo establecido en el Artículo 4° Nivel 7 del Decreto Nº 1357/09, a partir de la fecha de su notificación.
ARTICULO 2°. ESTABLECER que el nombrado al revistar en la Estructura Política carece de esta-bilidad, según lo dispone la Ordenanza N° 10.098.
ARTICULO 3°. DAR por la Dirección General de Contabilidad y Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.
ARTICULO 4°. TOMAR razón Secretaría de Hacienda con sus respectivas dependencias.
ARTICULO 5°. NOTIFICAR del presente por la Dirección General de Administración de Personal.
ARTICULO 6°. EL presente Decreto será firmado por el Sr. Jefe de Gabinete y los Sres. Secretarios General y de Hacienda.
ARTICULO 7º. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
XXX – XXXXX XXXXX – XXXXXXX – XXXXXXXX
a/c de Secretaria General
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SALTA, 14 MAYO 2010
DECRETO Nº 0402 SECRETARÍA DE HACIENDA
VISTO el Decreto Nº 0558/09, y;
CONSIDERANDO:
QUE por el citado acto administrativo se designa a la CPN. Xxx. XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXXXXX, DNI. N° 00.000.000, en el cargo de Directora de Supervisión de Haberes de la Dirección General de Administración de Personal, dependiente de la Sub Secretaría de Planificación y Control Económico de la Secretaría de Hacienda;
QUE los servicios profesionales de la nombrada son estrictamente necesarios en la Secretaría de Hacienda, por lo que en tal caso corresponde dejar sin efecto su designación efectuada por Decreto Nº 0558/09;
QUE es atribución del Departamento Ejecutivo Municipal nombrar y remover a los funcionarios y empleados de la administración a su cargo;
QUE obra Dictamen de la Dirección General de Administración de Personal del cual surge que analizado el caso planteado y la normativa en vigencia, corresponde hacer lugar a lo solicitado en estas actuaciones;
QUE a fin de concretar tal propósito, procede la emisión del presente instrumento legal;
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD XX XXXXX DECRETA
ARTICULO 6º. TOMAR razón Secretaría de Hacienda con sus respectivas dependencias.
ARTICULO 7°. EL presente Decreto será firmado por el Sr. Jefe de Gabinete y los Señores Secretarios General y de Hacienda.
ARTICULO 8º. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y Archivar.
XXX – XXXXX XXXXX – XXXXXXX – XXXXXXXX
a/c de Secretaria General
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SALTA, 14 MAYO 2010
DECRETO Nº 0403 SECRETARÍA DE HACIENDA
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la designación del Xx. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, DNI. Nº 00.000.000,
en el cargo de Director de Supervisión de Xxxxxxx, y;
CONSIDERANDO:
QUE mediante Decreto Nº 1125/07 y su modificatorio Decreto Nº 0337/09, se aprueba la Estructura Orgánica Superior de la Secretaría de Hacienda, en la cual se encuentra comprendido el cargo de Director de Supervisión de Haberes, el cual se encuentra vacante;
QUE es atribución del Departamento Ejecutivo Municipal nombrar y remover a los funcionarios y empleados de la administración a su cargo;
QUE obra Dictamen de la Dirección General de Administración de Personal del cual surge que analizado el caso planteado y la normativa en vigencia, corresponde hacer lugar a lo tramitado en estas actuaciones;
QUE a fin de concretar tal propósito, procede la emisión del presente instrumento legal;
POR ELLO
ARTICULO 1º. DEJAR sin efecto, a partir de su notificación, la designación de la CPN. Xxx. XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXXXXX, DNI. N° 00.000.000, en el cargo de Directora de Supervisión de Haberes de la Dirección General de Administración de Personal, dependiente de la Sub Secretaría de Planificación y Control Económico de la Secretaría de Hacienda, oportunamente dispuesta mediante Decreto Nº 0558/09.
ARTICULO 2°. DESIGNAR a la CPN. Xxx. XXXXXXX XXXXXXXX
XXXXXXXXXXXX, DNI. N° 00.000.000, en Planta Transitoria – Estamento de Apoyo, para cumplir funciones en la Secretaría de Hacienda, con el nivel remunerativo establecido en el Artículo 4° Nivel 7 del Decreto N° 1357/09, a partir de su notificación.
ARTICULO 3°. ESTABLECER que la nombrada profesional al revistar en la Estructura Política carece de estabilidad, según lo dispone la Ordenanza N° 10.098.
ARTICULO 4°. DAR por la Dirección General de Contabilidad y Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.
ARTICULO 5°. NOTIFICAR del presente por la Dirección General de Administración de Personal.
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX DECRETA
ARTICULO 1°. DESIGNAR, a partir de su notificación, al Xx. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, DNI. Nº 00.000.000, en el cargo de Director de Supervisión de Haberes de la Dirección General de Administración de Personal, dependiente de la Sub Secretaría de Planificación y Control Económico de la Secretaría de Hacienda, con la remuneración establecida en el Artículo 1º Punto 5 del Decreto N° 1357/09.
ARTICULO 2°. ESTABLECER que el nombrado al revistar en Estructura Política carece de estabilidad, según lo dispone la Ordenanza N° 10.098.
ARTICULO 3°. DAR por la Dirección General de Contabilidad y Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.
ARTICULO 4°. TOMAR razón Secretaría de Hacienda con sus respectivas dependencias.
ARTICULO 5°. NOTIFICAR del presente por la Dirección General de Administración de Personal.
ARTICULO 6°. EL presente Decreto será firmado por el Sr. Jefe de Gabinete y los Sres. Secretarios General y de Hacienda.
ARTICULO 7º. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y Archivar.
XXX – XXXXX XXXXX – XXXXXXX – XXXXXXXX
a/c de Secretaria General
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SALTA, 14 MAYO 2010
DECRETO Nº 0404 SECRETARIA GENERAL.-
VISTO que el suscrito se ausentará de la ciudad por razones oficiales a la Ciudad de Buenos Aires a partir de Hs. 15:00 del día 16/05/10 hasta Hs. 14:50 del día 18/05/10; y
CONSIDERANDO:
QUE conforme lo establece el Art. 31º de la Carta Municipal, corresponde delegar las funciones de Intendente Municipal en el Sr. Presidente del Concejo Deliberante;
QUE a tal efecto procede la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
Y en uso de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD XX XXXXX DECRETA
ARTICULO 1°.- DELEGAR las funciones de INTENDENTE MUNICIPAL DE
LA CIUDAD XX XXXXX en el Presidente del Concejo Deliberante, Dn. XXXX XXXXX XXXXXXX, a partir de Hs. 15:00 del día 16/05/10 hasta Hs. 14:50 del día 18/05/10, por los motivos citados en el considerando.-
ARTICULO 2º.- TOMAR razón Secretarías del Departamento Ejecutivo Municipal y remitir copia al Concejo Deliberante.-
ARTICULO 3º.- EL presente Decreto será firmado por el señor Jefe de Gabinete y el señor Procurador General a cargo de la Secretaria General.-
ARTICULO 4º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXX – XXXXX XXXXX - XXXXXXX
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RESOLUCIONES
SALTA, 14 MAYO 2010
RESOLUCION Nº 001 INTENDENCIA.-
VISTO la Ley Nº 7560, modificatoria de la Ley Nº 5335, y;
CONSIDERANDO:
QUE con encuadre en lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley Nº 7560, las Cooperadoras Asistenciales serán presididas por los Intendentes de cada Municipio, quienes designarán a los demás miembros que la conforman, los cuales deberán tener su domicilio real en el ámbito territorial de las respectivas Cooperadoras;
QUE asimismo estatuye que el desempeño de las funciones en la citada Comisión Directiva, constituye una carga pública y tiene carácter ad honoren;
QUE por Resolución xx Xxxxxxxxxxx Nº 004 de fecha 01 xx Xxxxx de 2009, se designó a los miembros integrantes de la Comisión Directiva de la Cooperadora Asistencial con ámbito de actuación en la Ciudad xx Xxxxx, resultando menester incorporar en esta oportunidad a otros integrantes;
QUE por lo antes expuesto procede la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º.- DESIGNAR como miembros integrantes de la Comisión Directiva de la Cooperadora Asistencial de la Ciudad xx Xxxxx a los Señores XXXX XXXXX XXXXXXXX, DNI Nº 00.000.000 y XXXXX XXXXXX XXXXXX,
DNI Nº 28.863,840 los que se incorporan a partir de la fecha de la presente, a la Comisión Directiva dispuesta por Resolución xx Xxxxxxxxxxx Nº 004/09.-
ARTÍCULO 2º.- ESTABLECER que el desempeño de las funciones de las personas designadas en el Articulo 1º de la presente, constituye una carga pública y tendrán carácter ad honoren.-
ARTICULO 3º.- NOTIFICAR a los Señores Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx y Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx del contenido de la presente Resolución por la Dirección General de Xxxxxxxxx y remitir copia a la Cooperadora Asistencial.-
ARTICULO 4º.- TOMAR razón las Secretarías que integran el Departamento Ejecutivo Municipal con sus respectivas dependencias.-
ARTICULO 5º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
ISA
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SALTA, 10 MAYO 2010.-
RESOLUCIÓN Nº 010 JEFATURA DE GABINETE
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 023764-SG-2010.-
VISTO el expediente de referencia mediante el cual el Movimiento Familiar Cristiano de la Arquidiócesis xx Xxxxx solicita se declare de interés municipal el “ENCUENTRO ZONAL MATRIMONIO Y FAMILIA”; y,
CONSIDERANDO:
QUE la sociedad está azotada por diferentes flagelos que destruyen la familia lo que hace formar una base sólida, de soporte en la construcción de hombre, mujeres y niños del mañana;
QUE frente a estos desafíos es fundamental el rol que cumple la familia como célula vital en las comunidades del mundo;
QUE el objetivo de este evento es conocer, vivir y difundir los fines de riquezas naturales y sobrenaturales del matrimonio cristiano para la defensa de su unidad indisoluble,
QUE en el encuentro trascienda la palabra de la vida en todas sus manifestaciones, y el valor de la familia cristiana en su plenitud de amor y paz;
QUE es interés de Jefatura de Gabinete apoyar y difundir todo evento que hacen al crecimiento en beneficio de los ciudadanos;
POR ELLO:
EL SEÑOR JEFE DE GABINETE
DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- DECLARAR DE INTERÉS MUNICIPAL el “ENCUENTRO
ZONAL MATRIMONIO Y FAMILIA” organizado por el el Movimiento Familiar Xxxxxxxxx de la Arquidiócesis xx Xxxxx a llevarse a cabo entre los días 22 al 23 xx xxxx del corriente año.-
ARTÍCULO 2º.- LA presente Declaración no ocasionará erogación alguna al erario municipal.-
ARTÍCULO 3º.- NOTIFICAR de la presente Resolución al Señor Xxxxxx Xxxxxxx Vice-Presidente a cargo de la Presidencia Movimiento Familiar Cristiano de la Arquidiócesis xx Xxxxx, en el domicilio xx xxxxx Xxxxxxx Xx Xx 000 xx xxxx ciudad.-
ARTÍCULO 4º.- TOMAR razón la Secretaria de Turismo con sus respectivas dependencias.-
ARTÍCULO 5º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
QUE por lo expuesto y a fin de esclarecer las irregularidades mencionadas deslindando las responsabilidades emergentes, procede la emisión del presente;
POR ELLO:
EL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
A CARGO DE LA SECRETARIA GENERAL RESUELVE:
ARTICULO 1º.- ORDENAR la instrucción del Sumario Administrativo en las actuaciones de referencia.-
ARTICULO 2º.- REMITIR todos los antecedentes a la Dirección General de Sumarios.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXXX
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SALTA, 11 MAYO 2010
RESOLUCION Nº 027 SECRETARIA GENERAL
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 67551-SH-2009.-
VISTO los Pedidos de Materiales Nºs 029068, 0029074, 0029075, 0029077, mediante los cuales el Director General de Mantenimiento y Servicios Generales, solicita EL SERVICIO DE LIMPIEZA, del edificio xx Xxxxx Xxxxxxxxx Xx 000 y;
CONSIDERANDO:
XXXXX XXXXX
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SALTA, 10 MAYO 2010
QUE a fojas 07 la Dirección General de Contabilidad y Presupuesto informa la imputación presupuestaria para hacer frente a la citada erogación;
RESOLUCIÓN Nº 026 SECRETARIA GENERAL.-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº. 61494-SO -2009 (Fotocópia).-
VISTO las actuaciones de referencia y;
CONSIDERANDO:
QUE a fs. 01 el Xx. Xxxxxxx Xxxxx, empleado municipal, pone en conocimiento que el día 2 de Noviembre de 2009, le fue sustraída una motocicleta de su propiedad de la playa de estacionamiento del Predio del Centro Cívico Municipal, adjuntando a fs. 02 la denuncia efectuada en la Comisaría Segunda;
QUE el objeto del sumario administrativo es precisar todas las circunstancias y reunir los elementos de pruebas tendientes a esclarecer la comison de irregularidades, individualizar a los responsables y proponer las sanciones correspondientes;
QUE a fs. 04/09 el Xx. Xxxxxxx Xxxxx adjunta fotocopia de: Factura de Compra Nº 0001-00004549 de Motovehículo Marca Gilera Smash 110 cc. Constancia de Titularidad del Dominio Nº 093-CWW y Constancia de Inscripción de Motovehículo;
QUE a fs. 13 el Asesor Legal de la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos dictamina que de acuerdo a la denuncia de fs. 02, al informe de fs. 01 y con encuadre en el artículo 27 del Decreto 60/02, correspondería se dicte el instrumento legal que ordene el inicio de las actuaciones sumariales;
QUE a fojas 08 la Subsecretaría de Finanzas informa la factibilidad financiera indicando la condición de pago: 30(treinta) días, Factura Contado;
QUE a fojas 18/18 vta. la Dirección de Control del Gasto efectúa el análisis presupuestario, del pedido, de calidad del gasto y de oportunidad del gasto (art. 6º – Inc. d) del Decreto Nº 0318/04);
QUE a fojas 19. la Subsecretaria de Planificación y Control Económico manifiesta que el monto total del gasto ascendería a la suma de $ 75.000.00;
QUE habiendo tomado intervención Subsecretaría de Finanzas a fs. 08, la Sub Secretaria de Planificación y Control Económico a fojas 19, resuelve autorizar la continuación del trámite respectivo, debiendo ajustar la contratación al monto autorizado de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 80 del Decreto Nº 0318/04;
QUE a fojas 20/21 la Dirección de Contrataciones indica que el presupuesto oficial asciende a la suma de $ 75.000.00 (Pesos Setenta y Cinco Mil con 00/00) monto que se encuadra en lo dispuesto en el articulo Nº 09 de la Ley 6838 y Art. 9 – Punto 1 del Decreto Nº 931/96, razón por la cual remite los Pliegos de Cláusulas Particulares y de Condiciones Generales que regirán el llamado a Licitación Publica para el “SERVICIO DE LIMPIEZA” a fin de dar cumplimiento con lo establecido en el Decreto Nº 0318/04;
QUE por lo antes expuesto procede la emisión del Instrumento legal pertinente;
POR ELLO
EL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
A CARGO DE LA SECRETARIA GENERAL
RESUELVE:
QUE a fs. 14 Asesoría Jurídica de la Secretaría de Gobierno y Acción Ciudadana, dictamina que ante el resultado negativo de las gestiones llevadas a cabo en las distintas dependencias municipales para ubicar el expediente Nº 6296/00, en consecuencia se debe aplicar el procedimiento previsto en el Artículo 138° de la Ley de .Procedimiento Administrativo
ARTICULO 1º.- APROBAR los Pliegos de Cláusulas Particulares de Condiciones Generales y de Especificaciones Técnicas, que regirán el Llamado a Licitación Publica para el “SERVICIO DE LIMPIEZA” los que fueron confeccionados por la Dirección de Contrataciones en atención a la competencia que ello demanda y que como Anexo I forma parte del presente.-
ARTICULO 2º.- TOMAR razón Dirección de Contrataciones y Dirección General de Mantenimiento y Servicios Generales.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXXX
LOS PLIEGOS CORRESPONDIENTES A LA RESOLUCION Nº 027 DE LA SECRETARIA GENERAL SE ENCUENTRAN A DISPOSICION EN LA OFICINA DEL BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL.-
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SALTA, 10 MAYO 2.010.-
RESOLUCIÓN Nº_027 .
SECRETARÍA DE GOBIERNO Y ACCIÓN CIUDADANA REFERENCIA: EXPEDIENTE N° 005207-SG-2010.-
VISTO el expediente de referencia, mediante el cual la Secretaria del Juzgado de 1º Instancia en lo Civil y Comercial de 8º Nominación, Dra. Xxxxxxx Xxxxxxxx, en los autos caratulados “XXXXXXX XXXXXX, XXXXXX X. C/EMPRESA DE TRANSPORTE ALTO MOLINO S.R.L. S/REGULACIÓN DE HONORARIOS POR ASESORAMIENTO Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS-EMBARGO PREVENTIVO”- EXPTE. 62.074/02 solicita
la remisión de la reconstrucción del Expediente Municipal Nº 6296/00; y,
CONSIDERANDO:
QUE de fs. 02 a fs. 09 obran pases de distintas dependencias de esta Municipalidad solicitando la búsqueda del expediente Nº 6296/00 o de antecedentes afines al mismo;
QUE dicha búsqueda tuvo un resultado infructuoso a pesar de la exhaustiva averiguación y/o localización de los obrados requeridos en las distintas Direcciones;
QUE a fs. 12 Procuración General dictamina que a pesar de la infructuosa búsqueda, el expediente Nº 6296/00 no fue habido, y conforme a los términos del Artículo 138º de la Ley Nº 5348 de Procedimientos Administrativos de la Provincia, corresponde se ordene su reconstrucción;
QUE el Artículo 138º de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Provincia establece: “Comprobada la pérdida o extravío de un expediente, se ordenará su reconstrucción incorporándose las copias de escritos y documentación que aporte el interesado, haciéndose constar el trámite registrado. Se producirán los informes, dictámenes y vistas legales y si hubo resolución se glosará copia autenticada de la misma, que será notificada. Si la pérdida o extravío es imputable a la acción u omisión de agentes administrativos, separadamente se instruirá el sumario pertinente para determinar la responsabilidad correspondiente”;
(L.P.A.) a fin de realizar la reconstrucción del mismo, como así también se notifique al interesado a fin de que concurra a aportar copias de escritos y/o documentación pertinente;
QUE a tal fin se debe proceder a emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
LA SECRETARIA DE GOBIERNO Y ACCIÓN CIUDADANA DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- ORDENAR la reconstrucción del expediente N° 6296/00, por los motivos expresados en los considerandos.-
ARTÍCULO 2º.- NOTIFICAR de la presente Resolución al Xx. Xxxxxx X. Xxxxxxx Xxxxxx en el domicilio xx xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xx 000 xx xxxx Xxxxxx, a los fines que aporte copias de escritos y/o documentación pertinente.-
ARTÍCULO 3°.- TOMAR razón Procuración General, Dirección General de Sumarios y Dirección de Transporte Público Impropio, debiendo remitir al Despacho de ésta Secretaría de Gobierno y Acción Ciudadana, informes, copias y piezas procesales que obren en su poder, a los fines de dar cumplimiento con lo dispuesto en el Artículo 1°.-
ARTÍCULO 4°.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXX
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SALTA, 10 MAYO 2010
RESOLUCION Nº 033 SECRETARIA DE HACIENDA
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 9133-SH-10.-
VISTO la presentación efectuada a fs. 01 por la Dirección General de Contrataciones, mediante la cual solicita la “ADQUISICION DE RESMAS DE PAPEL”, y;
CONSIDERANDO:
QUE el presupuesto oficial asciende a la suma de $ 153.971,90 (Pesos ciento cincuenta y tres mil novecientos setenta y uno con 90/100);
QUE la Dirección General de Contabilidad y Presupuesto indica a fs. 08 la imputación de la partida presupuestaria respectiva;
QUE la Dirección de Contrataciones remite el Pliego de Condiciones que regirá el llamado a Licitación Pública, a fin de dar cumplimiento con lo establecido en el Decreto Nº 0318/04, Artículo 81;
QUE por lo expuesto resulta necesario emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
EL SEÑOR SECRETARIO DE HACIENDA
DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º.- APROBAR el PLIEGO DE CONDICIONES que regirá el llamado a LICITACIÓN PÚBLICA para la “ADQUISICION DE RESMAS DE
PAPEL”, el cual forma parte del presente.-
ARTICULO 2º.- TOMAR conocimiento por DIRECCION DE CONTRATACIONES.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
ABELEIRA
EL PLIEGO CORRESPONDIENTE A LA RESOLUCION Nº 033 DE LA SECRETARIA DE HACIENDA SE ENCUENTRA A DISPOSICION EN LA OFICINA DEL BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL.-
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SALTA, 10 MAYO 2010
RESOLUCION Nº 034.- SECRETARIA DE HACIENDA.-
REFERENCIA: EXPTE. N° 008320-SH-2009.-
VISTO el Recurso Jerárquico interpuesto por el Xx. XXXXXX XXXXXX HUMANO, en contra de la Resolución Nº 1354 de fecha 14/05/09, emitida por la Dirección General xx Xxxxxx, por la cual rechaza la solicitud del beneficio de reducción del 50% del monto de la TGI e Impuesto Inmobiliario del período fiscal 2009, y;
CONSIDERANDO:
QUE a fs. 19/19 vta. Asesoría Profesional de la Secretaría de Hacienda emite dictamen en el cual, luego de efectuar el análisis manifiesta que en primer término se procede a verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad formal exigidos por el art. 76 y ccs. del Código Tributario Municipal. Atento a que la Resolución de fs. 10 fue notificada el día 26/06/09, y que la presentación del Recurso se formalizó el día 17/07/09 según sello de Tesorería de la Municipalidad xx Xxxxx, desprendiéndose de autos que fue presentado extemporáneamente;
QUE habiéndose cumplido los plazos para interponer el Recurso Jerárquico, se aconseja rechazar por extemporáneo al mismo
QUE por lo expuesto corresponde emitir el Instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
ARTICULO 4°.-COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
ABELEIRA
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SALTA, 11 MAYO 2010.-
RESOLUCION Nº 013 .- SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS.-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 033924-SO-2009-
VISTO el expediente de referencia mediante la cual se tramita la Contratación de la obra denominada “PAVIMENTACION CON Hº EN AVENIDA PAPA XXXX XXXXX, ENTRE AV ENTRE XXXX Y AV SAN
XXXXXX” por la suma de $ 2.281.400,00 (Pesos Un Millón Diez Mil Setecientos Noventa y Tres con 00/100); y,
CONSIDERANDO:
QUE a fojas 2, se indica que el Presupuesto Oficial asciende a la suma de $ 2.281.400,00 (Pesos Un Millón Diez Mil Setecientos Noventa y Tres con 00/100), por lo que solicita su tramitación;
QUE, a fojas 8, la Dirección Gral. de Contabilidad y Presupuesto informa la imputación presupuestaria;
QUE, a fojas 9, la Sub Secretaría de Finanzas autoriza la siguiente modalidad de pago: 30% de Contado; 35% a 30 días y 35% a 60 días;
QUE, a fojas 15 la Subsecretaría de Planificación y Control Económico, por expresa indicación de la Superioridad, solicita la desafectación de la partida presupuestaria según comprobante Nº 04578/09 (fs.8);
QUE a fojas 25 la Dirección General de Estudios y Proyectos adjunta el pliego de Bases y Condiciones que regirán la contratación, a fin de dar cumplimiento con lo establecido en el Artículo 81 del Decreto N° 0318/04, habiéndose actualizado los montos del presupuesto oficial de la obra que asciende a $ 2.329.320,00 (Pesos Dos Millones Trescientos Veintinueve Nueve Mil Trescientos Veinte con 00/100)
QUE, previo a la contratación a través de un Concurso de Precios, deberá reimputarse el nuevo presupuesto oficial;
QUE, a fojas 27 rola dictamen de la Dirección General Técnica Administrativa,
QUE por lo expuesto es necesario emitir el instrumento legal pertinente;
EL SEÑOR SECRETARIO DE HACIENDA
DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1°.-RECHAZAR el Recurso Jerárquico interpuesto por el Xx. XXXXXX XXXXXX HUMANO, en contra de la Resolución N° 1354 de fecha
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX RESUELVE:
14/05/09, emitida por la Dirección General xx Xxxxxx y confirmar la misma en todas sus partes.-
ARTICULO 2°.-TOMAR razón SUBSECRETARIA DE INGRESOS
PUBLICOS con sus respectivas dependencias.-
ARTICULO 3°.-NOTIFICAR al Xx. XXXXXX XXXXXX HUMANO, del
contenido de lo dispuesto en el presente instrumento legal.-
ARTICULO 1º.- APROBAR el Pliego para el llamado a Concurso de Precios
de la obra “PAVIMENTACION CON Hº EN AVENIDA PAPA XXXX XXXXX, ENTRE AV ENTRE XXXX Y AV SAN XXXXXX” por la suma de $
2.329.320,00 (Pesos Dos Millones Trescientos Veintinueve Nueve Mil Trescientos Veinte con 00/100), los que forma parte integrante de la presente.-
ARTICULO 2º.- TOMAR razón Dirección de Contrataciones de Obras Públicas, Direcciones Generales de Técnica Administrativa y de Asuntos Legales y dependencias intervinientes de la Secretaría de Obras Públicas.-
ARTICULO 3º.- DAR por la Dirección General de Contabilidad y Presupuesto la imputación presupuestaria del la actualización del monto del Presupuesto Oficial de la Obra, que asciende a la suma de $ 2.329.320,00 (Pesos Dos Millones Trescientos Veintinueve Nueve Mil Trescientos Veinte con 00/100).-
ARTICULO 4º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXXX XXXXXX
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SALTA, 11 MAYO 2010.
QUE a fojas 37/38, la Dirección General de Estudios y Proyectos adjunta el pliego de Bases y Condiciones que regirán para la contratación, a fin de dar cumplimiento con lo establecido en el Artículo 81 del Decreto N° 0318/04, habiéndose actualizado los montos del presupuesto oficial de la obra que asciende a la suma de $ 1.173.980,00 (Pesos Un Millón Ciento Setenta y Tres Mil Novecientos Ochenta con 00/100),
QUE a fojas 43, se modifica el monto de la partida presupuestaria que fuera otorgada a fojas 31 a través del Comprobante Nº 02826;
QUE a fojas 45, la Sub Secretaría de Finanzas autoriza la siguiente modalidad de pago: 30% de Contado; 35% a 30 días y 35% a 60 días
RESOLUCION Nº 014 .- SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS.-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 15523-SO-2009-
VISTO el presente expediente mediante el cual la Sub Secretaría de Planificación y Proyectos a través del Pedido de Materiales Nº 109/09, solicita la contratación de la Obra: “PAVIMENTACION CON ADOQUINES EN BARRIO LOS PINOS – ETAPA I”, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de $ 1.010.793,00 (Pesos Un Millón Diez Mil Setecientos Noventa y Tres con 00/100), y,
CONSIDERANDO
QUE a fojas 47vta., la Subsecretaría de Planificación y Control Económico, autoriza el monto del gasto, que ascendería a la suma de $ 1.173.980,00 (Pesos Un Millón Ciento Setenta y Tres Mil Novecientos Ochenta con 00/100);
QUE, en dichas actuaciones rola dictamen de la Dirección General Técnica Administrativa,
QUE por lo expuesto es necesario emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
QUE a fojas 2, se indica que el Presupuesto Oficial de la obra asciende a la suma de $ 1.010.793,00 (Pesos Un Millón Diez Mil Setecientos Noventa y Tres con 00/100), por lo que solicita su tramitación;
QUE, a fojas 8, la Dirección Gral. de Contabilidad informa la imputación presupuestaria correspondiente;
QUE a fojas 14 obra Resolución Nº 038/09 emitida por la Secretaría de Obras Públicas, mediante la cual se aprueba los Pliegos para el llamado a Concurso de Precios de la obra de referencia
QUE a fojas 22, la Dirección Gral. de Contabilidad y Presupuesto desafecta la partida presupuestaria otorgada a fojas 8;
QUE a fojas 27 la Dirección Gral. de Estudios y Proyectos, informa la actualización del Presupuesto Oficial de la obra al mes de Diciembre/09, cuyo monto asciende a $ 1.158.468,00 (Pesos Un Millón Ciento Cincuenta y Ocho Mil Cuatrocientos Sesenta y Ocho con 00/100);
QUE a fojas 31, la Dirección General de Contabilidad y Presupuesto, informa la imputación presupuestaria, baja comprobante Nº 02826 para el Ejercicio del año 2010;
QUE a fojas 32, la Sub Secretaría de Finanzas autoriza la siguiente modalidad de pago: 30% de Contado; 35% a 30 días y 35% a 60 días;
QUE a fojas 34 vta., la Subsecretaría de Planificación y Control Económico, autoriza el monto del gasto, cuyo monto ascendería a la suma de $ 1.158.468,00 (Pesos Un Millón Ciento Cincuenta y Ocho Mil Cuatrocientos Sesenta y Ocho con 00/100);
QUE, habiendo verificado en el Pliego que el Precio Oficial de la obra se encuentra establecido con fecha Diciembre/09, la Dirección General Técnica Administrativa, solicita a fojas 37 al Area de Estudios y Proyectos, se actualice al mes más próximo a la fecha;
EL SECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º.- DEJAR SIN EFECTO en todas sus partes, a la Resolución Nº 038 de fecha 20 xx xxxx de 2009, emitida por la Secretaría de Obras Públicas, mediante la cual se aprueba los Pliegos para el llamado a Concurso de Precios de la Obra:“PAVIMENTACION CON ADOQUINES EN BARRIO LOS PINOS – ETAPA I”, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de $ 1.010.793,00 (Pesos Un Millón Diez Mil Setecientos Noventa y Tres con 00/100), por los motivos enunciados en los considerandos.-
ARTICULO 2º.- APROBAR los Pliegos para el llamado a Concurso de Precios de la obra “PAVIMENTACION CON ADOQUINES EN BARRIO
LOS PINOS – ETAPA I” cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de $ 1.173.980,00 (Pesos Un Millón Ciento Setenta y Tres Mil Novecientos Ochenta con 00/100) los que forman parte integrante de la presente.-
ARTICULO 3º.- TOMAR razón Dirección de Contrataciones de Obras Públicas, Direcciones Generales de Técnica Administrativa y de Asuntos Legales y dependencias intervinientes de la Secretaría de Obras Públicas.-
ARTICULO 4º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXXX XXXXXX
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SALTA, 11 MAYO 2010.-
RESOLUCION Nº 015 .- SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS.-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 32097-SO-2009-
VISTO el expediente de referencia mediante la cual se tramita la Contratación de la obra denominada “PAVIMENTACION CON HORMIGON EN LOS BARRIOS XXXXXX XXXXX Y GENERAL XXXXXXX - ETAPA I”
por la suma de $ 957.323,00 (Pesos Novecientos Veintitrés Mil Trescientos Veintitres con 00/100); y,
CONSIDERANDO:
QUE a fojas 2, se indica que el Presupuesto Oficial de la obra asciende a la suma de $ 871.119,00 (Pesos Ochocientos Setenta y Uno Mil Ciento Diecinueve con 00/100, por lo que solicita su tramitación;
QUE, a fojas 7, la Dirección Gral. de Contabilidad informa la imputación presupuestaria mediante Comprobante Nº 04498;
QUE, a fojas 14 obra Resolución Nº 054/09 emitida por la Secretaría de Obras Públicas, mediante la cual se aprueba los Pliegos para el llamado a Concurso de Precios de la obra de referencia;
QUE, a fojas 21, la Dirección Gral. de Contabilidad y Presupuesto desafecta la partida presupuestaria otorgada a fojas 7;
QUE, a fojas 28 la Dirección Gral. de Estudios y Proyectos, informa la actualización del Presupuesto Oficial de la obra al mes de Diciembre/09, cuyo monto asciende a $ 927.431,00 (pesos Novecientos Veintisiete Mil Cuatrocientos Treinta y Uno con 00/100);
QUE, a fojas 32, la Dirección General de Contabilidad y Presupuesto, informa la imputación presupuestaria, baja comprobante Nº 01918;
QUE, a fojas 33 la Sub Secretaría de Finanzas autoriza la siguiente modalidad de pago: 30% de Contado; 35% a 30 días y 35% a 60 días;
QUE, a fojas 35 vta. la Subsecretaría de Planificación y Control Económico, autoriza el monto del gasto, cuyo monto ascendería a la suma de $ 927.431,00 (pesos Novecientos Veintisiete Mil Cuatrocientos Treinta y Uno con 00/100);
QUE a fojas 37/38 la Dirección General de Estudios y Proyectos adjunta el pliego de Bases y Condiciones que regirán para la contratación, a fin de dar cumplimiento con lo establecido en el Artículo 81 del Decreto N° 0318/04, habiéndose actualizado los montos del presupuesto oficial de la obra que asciende a la suma de $ 957.323,00 (Pesos Novecientos Cincuenta y Siete Mil Trescientos Veintitrés con 00/100),
QUE, a fojas 43, se modifica el monto de la partida presupuestaria que fuera otorgada a fojas 32 – Comprobante Nº 01918;
QUE, a fojas 44, la Sub Secretaría de Finanzas autoriza la siguiente modalidad de pago: 30% de Contado; 35% a 30 días y 35% a 60 días
QUE, a fojas 46vta. la Subsecretaría de Planificación y Control Económico, autoriza el monto del gasto, cuyo monto ascendería a la suma de $ 957.323,00 (Pesos Novecientos Cincuenta y Siete Mil Trescientos Veintitrés con 00/100);
QUE, en dichas actuaciones rola dictamen de la Dirección General Técnica Administrativa,
QUE por lo expuesto es necesario emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
Públicas, mediante la cual se aprueba los Pliegos para el llamado a Concurso de Precios de la Obra: “Pavimentación con Hormigón en los Barrios Xxxxxx Xxxxx – General Xxxxxxx”, por la suma de $ 871.119,00 (Pesos Ochocientos Setenta y Uno Mil Ciento Diecinueve con 00/100), por los motivos enunciados en los considerandos.-
ARTICULO 2º.- APROBAR los Pliegos para el llamado a Concurso de Precios de la obra “PAVIMENTACION CON HORMIGON EN BARRIO XXXXXX XXXXX – GENERAL XXXXXXX – ETAPA I”, por la suma de $
957.323,00 (Pesos Novecientos Cincuenta y Siete Mil Trescientos Veintitrés con 00/100) los que forman parte integrante de la presente.-
ARTICULO 3º.- TOMAR razón Dirección de Contrataciones de Obras Públicas, Direcciones Generales de Técnica Administrativa y de Asuntos Legales y dependencias intervinientes de la Secretaría de Obras Públicas.-
ARTICULO 4º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXXX XXXXXX
LOS PLIEGOS CORRESPONDIENTES A LAS RESOLUCIONES Nºs 013, 014 Y 015 DE LA SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS SE ENCUENTRAN A DISPOSICION EN LA OFICINA DEL BOLETIN OFICIAL MUNCIPAL
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SALTA, 12 MAYO 2010
RESOLUCION N º 016 .- SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 12686--SO-2010
VISTO que mediante Resolución Nº 011 de fecha 22/04/10 se ordeno la reconstrucción del Expediente Nº 12686-SO-2010 (Provisión de 74,50 m3 de ripio lavado 1 al 5 por la firma Ing. Xxxxxx por un monto de $ 3.427,00 pesos Tres Mil Cuatrocientos Veintisiete con 00/100); y,
CONSIDERANDO:
QUE, la Dirección General xx Xxxx de Entradas Generales, Custodia y Archivo, solicita la emisión de un instrumento legal mediante el cual se da por reconstruido el expediente Nº 12686-SO-2010, el cual encabezaría las presentes actuaciones;
QUE, a través de las documentaciones e informes aportados por las distintas dependencias de esta Secretaría, se logró reconstruir el expediente de referencia;
QUE, fs. 03/08 la empresa Ing. Xxxxxx arrimo fotocopia de la factura extraviada bajo Nº 0001 – 00002632 y los remitos de provisión de áridos para su reconstrucción;
QUE, previo a la prosecución de los trámites a la Secretaría de Hacienda, se deberá solicitar a la empresa Ing. Xxxxxx, el envío de una nueva Factura Original por el monto de $ 3.427,00 (pesos Tres Mil Cuatrocientos Veintisiete con 00/100) y una Nota de Crédito, dejando sin efecto la factura extraviada Nº 2632 de fecha 16-02-10;
EL SECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º.- DEJAR SIN EFECTO en todas sus partes, a la Resolución Nº 054 de fecha 16 de Julio de 2009, emitida por la Secretaría de Obras
QUE, a fojas 20 rola dictamen de la Dirección General de Asuntos Legales;
QUE, a tal efecto es necesario la emisión del presente instrumento legal;
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º.- DAR POR RECONSTRUIDO el Expediente Nº 12686-SO-
2010, correspondiente a la Provisión de 74,50 m3 de ripio lavado 1 al 5 por la Empresa Ing. Xxxxxx, cuyo monto asciende a la suma $ 3.427,00 pesos Tres Mil Cuatrocientos Veintisiete con 00/100), ordenando por esta Secretaría de Obras Públicas mediante Resolución Nº 011/10, de acuerdo a los motivos expresados en los considerando.-
ARTICULO 2º.- GIRAR las presentes actuaciones a la Dirección General de Mesas de Entradas General, custodia y archivo, para el registro como Expediente Registrado y registrarlo en el Sistema SIGA.-
ARTICULO 3º.- NOTIFICAR por la Dirección General de Asuntos Legales, al/ los responsable/s de la Empresa Ing. Xxxxxx, a efectos de arrimen nueva Factura Original por un monto de $ 3.427,00 pesos Tres Mil Cuatrocientos Veintisiete con 00/100) y Nota de Crédito dejando sin efecto la Factura Nº 0001 – 00002632 extraviada en el expediente.-
ARTICULO 4º.- REMITIR las presentes actuaciones a la Secretaría de Hacienda para su intervención.-
ARTICULO 5º.- TOMAR RAZON del presente instrumento legal la Secretaría de Hacienda y dependencias intervinientes de la Secretaría de Obras Públicas.-
ARTICULO 6º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Municipal y archivar.- XXXXXXX XXXXXX
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QUE, a fojas 56 rola dictamen de la Dirección General de Asuntos Legales;
QUE, a tal efecto es necesario la emisión del presente instrumento legal;
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º.- DAR POR RECONSTRUIDO el Expediente Nº 12689-SO-
2010, correspondiente a la Provisión de 717,50 m3 de ripio lavado 1 al 5 y 200 m3 de arena gruesa lavada por la Empresa Ing. Xxxxxx, cuyo monto asciende a la suma $ 33.115,00 (pesos treinta y tres mil ciento quince con 00/100), ordenando por esta Secretaría de Obras Públicas mediante Resolución Nº 011/10, de acuerdo a los motivos expresados en los considerando.-
ARTICULO 2º.- GIRAR las presentes actuaciones a la Dirección General de Mesas de Entradas General, custodia y archivo, para el registro como Expediente Registrado y registrarlo en el Sistema SIGA.-
ARTICULO 3º.- NOTIFICAR por la Dirección de Despacho Administrativo al/ los responsable/s de la Empresa Ing. Xxxxxx del contenido del presente instrumento legal.-
ARTICULO 4º.- REMITIR las presentes actuaciones a la Secretaría de Hacienda para su intervención.-
ARTICULO 5º.- TOMAR RAZON del presente instrumento legal la Secretaría de Hacienda y dependencias intervinientes de la Secretaría de Obras Públicas.-
RESOLUCION N º 017 .- SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 12689-SO-2010
SALTA, 12 MAYO 2010
ARTICULO 6º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Municipal y archivar.-
XXXXXXX XXXXXX
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VISTO que mediante Resolución Nº 011 de fecha 22/04/10 se ordeno la reconstrucción del Expediente Nº 12689-SO-2010 (Provisión de 717,50 m3 de ripio lavado 1 al 5 y 200 m3 de arena gruesa lavada por la firma Ing. Xxxxxx por un monto de $ 33.115,00 pesos treinta y tres mil ciento quince
RESOLUCION N º 018 .- SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 15439--SO-2010
SALTA, 12 MAYO 2010
con 00/100); y,
CONSIDERANDO:
QUE, la Dirección General xx Xxxx de Entradas Generales, Custodia y Archivo, solicita la emisión de un instrumento legal mediante el cual se da por reconstruido el expediente Nº 12689-SO-2010, el cual encabezaría las presentes actuaciones;
QUE, a través de las documentaciones e informes aportados por las distintas dependencias de esta Secretaría, se logró reconstruir el expediente de referencia;
QUE, fs. 03/44 la empresa Ing. Xxxxxx arrimo fotocopia de la factura extraviada bajo Nº 0001 – 00002640 y los remitos de provisión de áridos para su reconstrucción;
QUE, previo a la prosecución de los trámites a la Secretaría de Hacienda, se deberá solicitar a la empresa Ing. Xxxxxx, el envío de una nueva Factura Original por el monto de $ 33.115,00 y una Nota de Xxxxxxx, dejando sin efecto la factura extraviada Nº 2640 de fecha 04-03-10;
VISTO que mediante Resolución Nº 011 de fecha 22/04/10 se ordeno la reconstrucción del Expediente Nº 15439-SO-2010 (Provisión de 684 mts. de arena por la Empresa Xxxx Xxxxxx Xxxxxx, cuyo monto asciende a la suma de $ 51.300,00 (pesos Cincuenta y Un Mil Trescientos con 00/100); y,
CONSIDERANDO:
QUE, la Dirección General xx Xxxx de Entradas Generales, Custodia y Archivo, solicita la emisión de un instrumento legal mediante el cual se da por reconstruido el expediente Nº 15439-SO-2010, el cual encabezaría las presentes actuaciones;
QUE, a través de las documentaciones e informes aportados por las distintas dependencias de esta Secretaría, se logró reconstruir el expediente de referencia;
QUE, fs. 0/43 la empresa Xxxx Xxxxxx Xxxxxx arrimo fotocopia de la factura extraviada bajo Nº 0001 – 00002163 y los remitos de provisión de áridos para su reconstrucción;
QUE, previo a la prosecución de los trámites a la Secretaría de Hacienda, se deberá solicitar a la empresa Xxxx Xxxxxx Xxxxxx, el envío de una nueva Factura Original por el monto de $ 51.300,00 (pesos Cincuenta y Un Mil Trescientos con 00/100) y una Nota de Crédito, dejando sin efecto la factura extraviada Nº 2163 de fecha 04-03-10;
QUE, a fojas 55 rola dictamen de la Dirección General de Asuntos Legales;
QUE la Dirección General de Control de Gasto y Contrataciones remite el Pliego de Condiciones que regirá el llamado a Licitación Publica, a fin de dar cumplimiento con lo establecido en el Decreto Nº 0318/04, Articulo 81;
QUE por lo expuesto resulta necesario emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
QUE, a tal efecto es necesario la emisión del presente instrumento legal;
POR ELLO:
LA SEÑORA SECRETARIA DE ACCION SOCIAL DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX RESUELVE:
EL SECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º.- DAR POR RECONSTRUIDO el Expediente Nº 15439-SO-
2010, correspondiente a la Provisión de de 684 mts. de arena por la Empresa Xxxx Xxxxxx Xxxxxx, cuyo monto asciende a la suma de $ 51.300,00 (pesos Cincuenta y Un Mil Trescientos con 00/100), ordenando por esta Secretaría de Obras Públicas mediante Resolución Nº 011/10, de acuerdo a los motivos expresados en los considerando.-
ARTICULO 2º.- GIRAR las presentes actuaciones a la Dirección General de Mesas de Entradas General, custodia y archivo, para su registro como Expediente Reconstruido en el Sistema SIGA.-
ARTICULO 3º.- NOTIFICAR por la Dirección de Despacho Administrativo al/ los responsable/s de la Empresa XXXX XXXXXX XXXXXX del contenido del presente instrumento legal.-
ARTICULO 4º.- REMITIR las presentes actuaciones a la Secretaría de Hacienda para su intervención.-
ARTICULO 5º.- TOMAR RAZON del presente instrumento legal la Secretaría de Hacienda y dependencias intervinientes de la Secretaría de Obras Públicas.-
ARTICULO 6º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Municipal y archivar.- XXXXXXX XXXXXX
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SALTA, 14 MAYO 2010
RESOLUCIÓN 012-
SECRETARIA DE ACCION SOCIAL.- REFERENCIA: EXPTE Nº 19824-SH-2010.-
VISTO el Pedido de Materiales Nº 0026234 (fs.03/04), mediante el cual la Secretaria de Acción Social solicita la “LOCACION DE UN INMUEBLE PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA ESCUELA MUNICIPAL DE ARTES Y OFICIOS”, y;
CONSIDERANDO:
QUE el presupuesto oficial asciende a la suma de $349.440,00 (Pesos Trescientos Cuarenta y nueve Mil cuatrocientos Cuarenta con 00/100);
QUE la Dirección General de Contabilidad y Presupuesto indica a fojas 16 la imputación presupuestaria respectiva;
ARTICULO 1°.- APROBAR el PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
que regirá el llamado a la LICITACION PUBLICA, para la “LOCACION DE UN INMUEBLE PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA ESCUELA
MUNICIPAL DE ARTES Y OFICIOS”, el cual forma parte del presente.-
ARTICULO 2°.- TOMAR conocimiento por la DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL DEL GASTO Y CONTRATACIONES.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Municipal y archivar.-
DOUSSET
EL PLIEGO CORRESPONDIENTE A LA RESOLUCION Nº 012 DE LA SECRETARIA DE ACCION SOCIAL SE ENCUENTRA A DISPOSICION EN
LA OFICINA DEL BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL.-
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SALTA, 11 MAYO 2010
RESOLUCION Nº 013
Secretaria de Planificación y Desarrollo
Ref. Expte. N° 20610 SO 2010
VISTO el expediente de referencia; y;
CONSIDERANDO
QUE mediante el mismo se solicita la PROVISION E INSTALACION DE LOS EQUIPOS Y SISTEMAS DE CONDUCCION Y DISTRIBUCION DE AIRE ACONDICIONADO PARA EL C.C.M. ETAPA II;
QUE el presupuesto oficial asciende a la suma de Pesos Un millón cuatrocientos cincuenta mil, ($ 1.450.000,00),
QUE la Dirección General de Contabilidad y Presupuesto indica a fojas 10, la imputación de la partida presupuestaria respectiva;
QUE esta la Dirección General de Control del Gasto y Contrataciones remite los pliegos de Bases y Condiciones, que regirán el llamado a Licitación Pública, a fin de dar cumplimiento con lo establecido en el Decreto Nº 318/04, Art.81;
QUE por lo expuesto resulta necesario emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO
EL SEÑOR SECRETARIO DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX
RESUELVE
ARTICULO 1º.- APROBAR los PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES,
que regirán el llamado a CONCURSO DE PRECIO, para la PROVISION E INSTALACION DE LOS EQUIPOS Y SISTEMAS DE CONDUCCION Y
DISTRIBUCION DE AIRE ACONDICIONADO PARA EL C.C.M. ETAPA II”.-
ARTÍCULO 2°.- TOMAR razón la Subsecretaría de Planificación y Control Económico.-
ARTÍCULO 3°.- COMUNICAR, publicar en el boletín Oficial Municipal y archivar.-
VENIER
LOS PLIEGOS CORRESPONDIENTE A LA RESOLUCION Nº 013 DE LA SECRETARIA DE PLANIFICACION Y DESARROLLO SE ENCUENTRAN A DISPOSICION EN LA OFICINA DEL BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL.-
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SALTA, 12 MAYO 2010
RESOLUCION Nº 014
SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO REFERENCIA: Expte. Nº 004271 – SG – 2010
VISTO el Expte. de la referencia, el que tiene por finalidad la aprobación de su documentación técnica, tal como lo prevé la nueva Resolución Nº 004 de fecha 21 de Enero del año 2.010 y;
CONSIDERANDO
QUE habiendo tomado conocimiento del Expediente de la referencia, y la correspondiente Documentación técnica elevada con motivo de la solicitud de elevación de planos de obra para en centro integrador comunitario en el domicilio J. Fowls y X.X. Xxxxxxx xxx Xxxxxx 20 xx Xxxxx de esta Pcia., y cuyos datos catastrales son: Sección O Manzana 513 Parcela 1 Plano 3821, de propiedad de la Municipalidad xx Xxxxx, cuya Profesional a cargo es la Arquitecta Xxxxxxx Xxxxx; se constató que, a fs. 07 y 11 de autos se adjunta Solicitud de Uso Conforme;
QUE a fs. 12 de autos se encuentra Plano de Obra visado en fecha 29.03.2010;
QUE a fs. 14 a 27 de autos se adjunta Memoria Descriptiva de Instalación Eléctrica visado por el Colegio de Arquitectos xx Xxxxx y por el Ingeniero Mecánico Electricista Xxxxx X. Xxxxxxxx;
QUE a fs. 28 se adjunta Plano de Instalación Electricidad visado por el Consejo Profesional de Agrimensores Ingenieros y Profesionales afines de fecha 30 xx Xxxxx del año 2.010, y por el Colegio de Arquitectos xx Xxxxx en fecha 10 xx Xxxx del año 2.010;
QUE a fs. 31 se encuentra Plano de Estructura con las correspondientes firmas de quién está a cargo del Proyecto y Dirección y con el visado del Consejo Profesional de Agrimensores, Ingenieros y Profesiones afines de fecha 06 Mayo del año 2010;
QUE a fs. 29, 30, 32 a 45 de autos se adjunta copias de los planos antes transcriptos;
QUE a fs. 46 y 13 de autos se adjunta Acta de Compromiso en donde la Dirección Gral. de Jefes y Xxxxx xx Xxxxx asumen el compromiso ante la Secretaría de Planeamiento y Desarrollo Urbano y como paso previo al inicio de obra a cumplir lo siguiente: 1) Presentar el Proyecto de Seguridad e Higiene con el correspondiente informe. 2) Gestionar el DIAS (Dictamen de Impacto Ambiental y Social) ante la Secretaría de Medio Ambiente de la
Municipalidad, que requiere para su emisión, la documentación técnica aprobada;
QUE habiéndose verificado que el Expte. de la referencia ha sido visado y aprobado - cuando correspondía- por los distintos Organismos Técnicos con capacidad para ello, y habiéndose constatado que se han cumplido con las etapas administrativas correspondientes, teniendo en cuenta el dictamen efectuado por Asesoría Jurídica de la Secretaria de Planificación y Desarrollo, debe aprobarse la documentación presentada y dictarse el instrumento legal que corresponda a tal fin;
POR ELLO
EL SEÑOR SECRETARIO DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX
RESUELVE
ARTICULO 1º.- APROBAR la documentación técnica verificada en el Expediente N° 004271-SG-2010, referente a los planos de obra para un centro integrador comunitario en el domicilio J. Fowls y X.X. Xxxxxxx xxx Xxxxxx 20 xx Xxxxx de esta Pcia., y cuyos datos catastrales son: Sección O Manzana 513 Parcela 1 Plano 3821, de propiedad de la Municipalidad xx Xxxxx, en virtud de que se constató que el Expte. de la referencia ha sido visado y aprobado - cuando correspondía- por los distintos organismos técnicos con capacidad para ello, y que se han cumplido y que se van a cumplir según Acta de Compromiso adjunta al Expte. con las etapas administrativas correspondientes.
ARTICULO 2º.- TOMAR razón Secretaría de Obras Públicas, Dirección de Obras Civiles, Subsecretaría de Planeamiento Urbano.-
ARTÍCULO 3°.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
VENIER
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SALTA, 13 MAYO 2010.-
RESOLUCION Nº 029 SECRETARIA DE TURISMO
REFERENCIA EXPTE. N° 20056 -SH-2010
VISTO que el Presidente de la Asociación Salteña de Orquídeófilos, señor Xxxx Xxxxxx Xxx solicita que se Declare de Interés Municipal la XII Exposición de Orquídeas y Cactus, a llevarse acabo en esta Ciudad, los días 14,15 y 16 xx Xxxx del año en curso; y,
CONSIDERANDO:
QUE esta exposición permitirá promover el estudio y la difusión de las Orquídeas nativas subtropicales e impulsar investigaciones, experiencias y prácticas para la conservación de la biodiversidad de dichas especies;
QUE durante su desarrollo se podrá concientizar a la comunidad a cerca de la importancia de la existencia de las orquídeas nativas subtropicales realizando una amplia difusión respecto a su importancia como atractivo turístico paisajístico;
QUE es interés de la Secretaría de Turismo, apoyar, promover e incentivar toda acción que contribuya al desarrollo y crecimiento turístico y cultural de la Ciudad;
QUE en consecuencia, resulta necesario emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO
EL SECRETARIO DE TURISMO DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX RESUELVE
ARTICULO 1º.- DECLARAR DE INTERES TURISTICO MUNICIPAL, la “XII
EXPOSICION DE ORQUIDEAS Y CACTUS” a llevarse a cabo en esta Ciudad, los días 14,15 y 16 xx Xxxx del año en curso, por lo expresado en los considerando.-
ARTICULO 2º.- LA presente Declaración no ocasionará erogación alguna al erario municipal.-
ARTICULO 3º.- NOTIFICAR de la presente Resolución al señor Xxxx Xxxxxx, Paz, en el domicilio de Xxx Xxxxxx Nº 1270, Bº San Remo de esta ciudad.-
ARTICULO 4º.- TOMAR razón la Secretaria de Turismo con sus respectivas dependencias.-
ARTICULO 5º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXXXXX
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SALTA, 06 ABRIL 2010
RESOLUCION Nº 004
SECRETARIA DE ASUNTOS LABORALES REF. EXPTE. Nº 155628-SG-08
VISTO el expediente de referencia a fs. 18, mediante el cual el Director del Cementerio de la Santa Xxxx, Guaymás Xxxxxxx Xxxxxxx solicita la inclusión en el Régimen del Adicional por Tareas Insalubres y Adicional S.E.A.C. (Servicio Esencial de Atención Continua) de la agente Xxxx xx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, DNI Nº 00.000.000;
CONSIDERANDO:
QUE a fs. 41,41 vta., 45, 45 vta., 54, 54 vta. y 55 obran Dictámenes de la Asesoría Jurídica de la Secretaría de Asuntos Laborales;
QUE en el Decreto Nº 0030/03 - Anexo – en su Art.1º inc. a) expresa que el Adicional por Tareas Insalubres: “Consistirá en un porcentaje del 25%, tomando como base del cálculo el nivel inicial del subgrupo del escalafón oficios y servicios en que reviste el agente. Será abonado a los agentes que se desempeñan en forma efectiva, habitual y permanente en lugares o ambientes, declarados insalubres por la autoridad competente”;
QUE el análisis de lo peticionado debe realizarse conforme a las disposiciones contenidas en el Decreto Nº 1330/03, que en su Anexo, detalla en sus 25 incisos, las tareas calificadas como insalubres, a saber; “
a) Operario de talleres equipos pesados y livianos; b) Operario de soldaduras autógenas y eléctricas; c) Operario de soldaduras con arco; d) Operario electricista de media y baja tensión; e) Xxxxxxx; f) Operario zoonosis y control de fauna xxxxxxxxx; g) Operario señalización vial; h) Operario obras viales; i) Operario sepelios; J) Operador camión atmosférico;
k) Operario de inhumación, reducción, exhumación cadáveres: l) Operario reparador de baterías; m) Pintor; n) Auxiliar archivo general; o) Operario de barrido y acopio de residuos en la vía pública y disposición final; p) Operario de instalaciones sanitarias; q) Operario bacheo y pavimento; r) Operador
cocina fusora de alquitrán; s) Inspector bromatología y xx xxxxxx frigorífica;
t) Serenos de planta de tratamiento de residuos; u) Operario limpieza de cementerio; v) Operario laboratorio de bromatología; w) Carpinteros; x) Archivos sectoriales – reconocidos -; y) Operario laboratorio de suelo y ensayo”;
QUE el Decreto Nº 1725/05 en su Art. 1º dispone. “ESTABLECER, a partir de la fecha 01.01.06, el SERVICIO ESENCIAL DE ATENCION CONTINUA
(S.E.A.C.), el que presta la Municipalidad por imperio de necesidades comunitarias impostergables. El mismo será sólo para los inspectores de la Dirección General de Tránsito y Seguridad Vial, de Control, de Transporte Público, de Obras Particulares, de Medio Ambiente, de Vía Pública, de Obras por Contrato, de Líneas Municipales, de Relevamiento Catastral, Fiscal – Hacienda, Serenos, Personal de Alumbrado Público (Guardias) y Guardabosques”;
QUE en su Art. 3º el mencionado Decreto establece: “El costo por mes será de $ 200 (pesos doscientos), con la modalidad de treinta y seis (36) horas semanales”;
QUE el Art. 3º del Decreto 1725/05 fue modificado por el Art. 1º del Decreto Nº 0810/08, el cual dispone “El valor por mes será de $ 200 (pesos doscientos) hasta el 31 xx Xxxxxx de 2008, a partir del 01 de Septiembre de 2008 será de $ 300 (pesos trescientos) y a partir del 01 de Diciembre de 2008 será de $ 400 (pesos cuatrocientos), con la modalidad de treinta y seis
(36) horas semanales;
QUE con fecha 27 xx Xxxxxx de 2009 el Departamento Ejecutivo Municipal emite el Decreto Nº 1031 el cual dispone “Art. 1º INCLUIR, a partir de la fecha del presente acto administrativo, en el Art. 1º del Decreto Nº 1725/05 al personal que tiene asignadas las funciones de Chofer de los Vehículos que tienen como tarea el traslado de los Inspectores de las distintas dependencias municipales, Personal de Alumbrado Público (Guardias) y Guardabosques, a los distintos puntos de trabajo”;
QUE el Decreto Nº 0532/06 en su art. 1º dispone: “INCLUIR en el Art. 1º del decreto Nº 1725/05 al personal de la oficina Cementerio de la Santa Xxxx y Oficina del Cementerio San Xxxxxxx xx Xxxxx”;
QUE a fs. 35 obra consulta individual;
QUE a fs. 39 el Departamento de Control xx Xxxxxxxxx informa los Adicionales de la agente;
QUE a fs. 58 y 58 vta. interviene la Dirección de Control del Gasto;
QUE a fs. 61 obra Imputación Presupuestaria;
QUE a fs. 62 interviene Subsecretaría de Finanzas;
QUE a fs. 65 interviene Subsecretaría de Auditoría Interna;
QUE conforme a lo previsto en la Ordenanza Nº 13575 en su Anexo II Punto 10 C, se faculta a la Secretaría de Asuntos Laborales, “a la Resolución de todo lo inherente al otorgamiento de adicionales”;
QUE de conformidad a los informes obrantes en estas actuaciones y a la normativa en vigencia, corresponde hacer lugar a lo peticionado, procediendo a la emisión de instrumento legal pertinente;
POR ELLO
EL SECRETARIO DE ASUNTOS LABORALES
DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º. INCLUIR en el Régimen del Adicional por Xxxxxx Xxxxxxxxxx a la agente Xxxx xx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, DNI Nº 00.000.000, de acuerdo a lo establecido por el Decreto 1437/06 y modificatorios, y en el Régimen del Adicional S.E.A.C. de acuerdo a lo establecido por el Decreto 1275/05 y modificatorios, quien presta funciones en el Cementerio de la Santa Xxxx, a partir de la fecha de su notificación.-
ARTICULO 2º. TOMAR conocimiento Secretaría de Hacienda y Secretaría de Ambientes y Servicios Públicos con sus respectivas dependencias.-
ARTICULO 3º. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
ORTIN
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SALTA, 15 ABRIL 2010
RESOLUCION Nº 005
SECRETARIA DE ASUNTOS LABORALES REF. EXPTE. 58474-SH-09, 043127-SG-09 048874-SG-09 y 049300-SG-09
VISTO el expediente de referencia, mediante el cual se tramita la inclusión en el Régimen del Adicional por Extensión Horaria categoría 1º, 80 horas mensuales y;
CONSIDERANDO:
QUE se fundamenta lo requerido en virtud de que los agentes cumplen funciones de cajeros para la venta de entradas en los Natatorios Municipales durante la Temporada Estival 2009/2010, desempeñándose de lunes a domingos, incluyendo feriados, con doble turno debido a la demanda de público en general;
QUE a fs. 42, 42 vta. y 43 obran Dictámenes de la Asesoría Jurídica de la Secretaría de Asuntos Laborales;
QUE para analizar lo peticionado, deben tenerse en cuenta las disposiciones del Decreto Nº 1267/02, el cual dispuso, como primera medida en el Art. 2º “IMPLEMENTAR, el pago de un Adicional por Extensión Horaria en las formas y condiciones establecidas en los artículos siguientes, a partir del 01 de Noviembre de 2002”;
QUE el Art. 3º señala “el Adicional por Extensión Horaria es la retribución a la que tendrán derecho los agentes municipales que, habiendo sido seleccionados por el procedimiento establecido en el presente, presten servicios en horario extraordinario, cumpliendo, además de la carga horaria normal y habitual, con las horas que correspondan a cada una de las categorías que se detallan a continuación. El monto del adicional es el que corresponde al número de puntos que en cada caso se indican:
a) Categoría 1º: Ochenta (80) horas mensuales, con un valor de 600 puntos básicos.-
b) Categoría 2º: Sesenta (60) horas mensuales, con un valor de 450 puntos básicos.-
c) Categoría 3º: Cuarenta (40) horas mensuales, con un valor de 300 puntos básicos”.-
QUE el Decreto 142/03, en su Art. 2º modifica el Art. 3º del Decreto 1267/02, “estableciendo los montos del Adicional por Extensión Horaria que en cada caso se indica para las respectivas categorías, a partir del 01.02.03:
a) Categoría 1º: Ochenta (80) horas mensuales, con un valor de $ 210
(pesos doscientos diez).
b) Categoría 2º: Sesenta (60) horas mensuales, con un valor de $ 157,50 (pesos ciento cincuenta y siete con 50/100).
c) Categoría 3º: Cuarenta (40) horas mensuales, con un valor de $ 105
(pesos ciento cinco)”.
QUE el Art. 2º del Decreto 142/03 fue modificado por el Art. 1º del Decreto Nº 0524/08, “estableciendo los importes como retribución por cada hora extraordinaria correspondiente a las diferentes categorías del Adicional por Extensión Horaria de la siguiente manera:
Primero: $ 6,00 (pesos seis) a partir del 01.07.08; Segundo: $ 7,00 (pesos siete) a partir del 01.11.08; Tercero: $ 8,00 (pesos ocho) a partir del 01.02.09”.
QUE el Decreto Nº 173/10 establece en su art. 1º “MODIFICAR a partir del 01.01.10, el Artículo 2º del Decreto Nº 1267/02, que se encuentra modificado por los Decretos Nºs 0142/03 y 0524/08, estableciendo el importe como retribución por cada hora extraordinaria de $ 9,00 (pesos nueve), correspondiente a las diferentes categorías del Adicional por Extensión Horaria”;
QUE en el Dcto. Nº 1267/02, en su art. 11 establece: “Categoría 1º: Ochenta horas mensuales, únicamente para casos excepcionales determinados por el Departamento Ejecutivo Municipal dentro de cualquier dependencia cuando por razones de servicio así lo crea conveniente. Categoría 2º: Sesenta horas mensuales para el personal que se designe dependiente de la Dirección General de Tránsito, de la Dirección de Control Urbano, de la Dirección de Transporte Público y de la Dirección General de Medio Ambiente, únicamente en la época estival y a los que se desempeñan en la función de caseros. Categoría 3º: Cuarenta horas mensuales, para el personal que se designe dependiente de Oficina de Mercados, Cementerios y demás dependencias Municipales”;
QUE en el Dcto. Nº 1175/09, en su art. 1º dispone: “Dar inicio a la TEMPORADA ESTIVAL 2009-2010, el día 06 de Noviembre de 2009 finalizando el día 28 de Febrero de 2010, a llevarse a cabo en las instalaciones del Balneario Xxxxxx Xxxxxx, Natatorio Xxxx Xxxxxxx Xxxxx y Complejo Xxxxxxx Xxxxxx, de nuestra Ciudad”;
QUE a fs. 21 a 38 obran consultas individuales;
QUE a fs. 40 el Departamento de Control xx Xxxxxxxxx informa los Adicionales de los agentes;
QUE a fs. 49, 49 vta. y 50 interviene la Dirección Control del Gasto;
QUE a fs. 52 obra Imputación Presupuestaria;
QUE a fs. 53 interviene Subsecretaría de Xxxxxxxx;
QUE a fs. 54 y 55 interviene Subsecretaría de Auditoría Interna;
QUE el agente Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, DNI Nº 00.000.000 se encuentra cursando el Adicional Extensión Horaria por Expte. Nº 27103-SH-09, y el agente Copa Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, DNI Nº 00.000.000 se encuentra tramitando el adicional Extensión Horaria por Expte. Nº 10816-SG-09, categoría 60 hs. mensuales y Fallo de Caja;
QUE conforme a lo previsto en la Ordenanza Nº 13575 en su Anexo II Punto 10 C, se faculta a la Secretaría de Asuntos Laborales, “a la Resolución de todo lo inherente al otorgamiento de adicionales”;
QUE de conformidad a los informes obrantes en estas actuaciones y a la normativa en vigencia se procede a la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO
EL SECRETARIO DE ASUNTOS LABORALES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º.- RECHAZAR lo solicitado por el Xx. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx DNI Nº 00.000.000, y el agente Copa Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx DNI Nº 00.000.000, a partir de la fecha de su notificación.--
ARTICULO 2º.- MODIFICAR el régimen del adicional por Extensión Horaria de los agentes, Xxxxxx Xxxx Xxxxxx, DNI Nº 00.000.000; Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, LE Nº 8.459.306; Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, DNI Nº 00.000.000; Xxxxxxx xx Xxxxxx Xxx Xxxxxx, DNI Nº 00.000.000; Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, DNI Nº 00.000.000; Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, DNI Nº 00.000.000; Xxxxx Xxxxxxx, DNI Nº 00.000.000; Xxxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, DNI Nº 00.000.000; Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxxxx xxx Xxxxx, DNI Nº 00.000.000; Portal Xxxx Xxxxxxx, DNI Nº 00.000.000; Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, DNI Nº 00.000.000; Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, DNI Nº 00.000.000; Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, DNI Nº 00.000.000; Xxxx Xxxxxxx xxx Xxxxxxx, DNI Nº 00.000.000; Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, DNI Nº 00.000.000; Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, DNI Nº 00.000.000, incluyéndolos en la modalidad establecida en el art. 3º del Decreto Nº 1267/02, modificado por el Decreto Nº 142/03, por el Decreto 0524/08 y por el Decreto 0173/10, categoría 1º, 80 horas mensuales, quienes prestan funciones en la Dirección Gral. de Tesorería, a partir del día de inicio de la Temporada Estival 2009/2010, establecida en el art. 1º del Decreto. Nº 1175/09, extendiéndose la misma desde el día
06.11.09 y hasta el día 28.02.10
ARTICULO 3º TOMAR conocimiento Secretaría de Hacienda con sus respectivas dependencias.
ARTICULO 4º COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
ORTIN
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SALTA, 15 ABRIL 2010
RESOLUCION Nº 006
SECRETARIA DE ASUNTOS LABORALES REF. EXPTE. 010816-SG-09
VISTO el expediente de referencia, mediante el cual se tramita la inclusión en el Régimen del Adicional por Extensión Horaria y Adicional por Falla de Caja del agente Copa Xxxxxxxx Xxxxxx, DNI Nº 00.000.000 y;
CONSIDERANDO:
QUE se fundamenta lo requerido en virtud de que el agente Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxx cumple funciones xx xxxxxx en horario extensivo en los Natatorios Municipales con motivo de la Temporada Estival;
QUE a fs. 12, 16, 16 vta. y 17 obran Dictámenes de la Asesoría Jurídica de la Secretaría de Asuntos Laborales;
QUE para analizar lo peticionado, deben tenerse en cuenta las disposiciones del Decreto Nº 1267/02, el cual dispuso, como primera medida en el Art. 2º “IMPLEMENTAR, el pago de un Adicional por Extensión Horaria en las formas y condiciones establecidas en los artículos siguientes, a partir del 01 de Noviembre de 2002”;
QUE el Art. 3º señala “el Adicional por Extensión Horaria es la retribución a la que tendrán derecho los agentes municipales que, habiendo sido seleccionados por el procedimiento establecido en el presente, presten servicios en horario extraordinario, cumpliendo, además de la carga horaria normal y habitual, con las horas que correspondan a cada una de las categorías que se detallan a continuación. El monto del adicional es el que corresponde al número de puntos que en cada caso se indican:
d) Categoría 1º: Ochenta (80) horas mensuales, con un valor de 600
puntos básicos.-
e) Categoría 2º: Sesenta (60) horas mensuales, con un valor de 450
puntos básicos.-
f) Categoría 3º: Cuarenta (40) horas mensuales, con un valor de 300
puntos básicos”.-
QUE el Decreto 142/03, en su Art. 2º modifica el Art. 3º del Decreto 1267/02, “estableciendo los montos del Adicional por Extensión Horaria que en cada caso se indica para las respectivas categorías, a partir del 01.02.03:
d) Categoría 1º: Ochenta (80) horas mensuales, con un valor de $ 210 (pesos doscientos diez).
e) Categoría 2º: Sesenta (60) horas mensuales, con un valor de $ 157,50 (pesos ciento cincuenta y siete con 50/100).
f) Categoría 3º: Cuarenta (40) horas mensuales, con un valor de $ 105 (pesos ciento cinco)”.
QUE el Art. 2º del Decreto 142/03 fue modificado por el Art. 1º del Decreto Nº 0524/08, “estableciendo los importes como retribución por cada hora extraordinaria correspondiente a las diferentes categorías del Adicional por Extensión Horaria de la siguiente manera:
Primero: $ 6,00 (pesos seis) a partir del 01.07.08; Segundo: $ 7,00 (pesos siete) a partir del 01.11.08; Tercero: $ 8,00 (pesos ocho) a partir del 01.02.09”.
QUE el Decreto Nº 173/10 establece en su Art. 1º “MODIFICAR a partir del 01.01.10, el Art. 2º del Decreto Nº 1267/02, que se encuentra modificado por los Decretos Nº 0142/03 y 0524/08, estableciendo el importe como retribución por cada hora extraordinaria de $ 9,00 (pesos nueve), correspondiente a las diferentes categorías del Adicional por Extensión Horaria”;
QUE con relación al adicional Falla de Caja, el Anexo del Decreto Nº 0030/03 sobre el nuevo Régimen de Adicionales, en el Art. 1º del Capítulo I de Enumeración de Adicionales, fija en su inc. b) que el Adicional por Falla de Caja “Consistirá en un porcentaje del 25%, tomando como base del cálculo el nivel inicial del escalafón general en el que revista el agente. Será abonado a los agentes que efectivamente, ejecuten tareas xx xxxxxx, recaudador, o cobrador; los agentes que actúen eventualmente en tales funciones u aquellos cuya tarea no les demande la totalidad del mes de trabajo, recibirán una retribución proporcional al tiempo trabajado, de acuerdo al informe del superior a cargo”;
QUE la reglamentación de lo peticionado, debe analizarse conforme a las disposiciones del Decreto Nº 1330, el cual en virtud de los Decretos Nº 0030/03 y 0574/03, que regulaban los adicionales establecidos para las
distintas funciones y tareas que realiza el personal municipal, estableció en su Anexo cuales son las actividades comprendidas dentro de la Falla de Caja;
QUE el Decreto 1330/03, en su Anexo, detalla en 3 incisos las tareas calificadas como Falla de Caja, a saber: a) Cajero, b) Recaudador y c) Cobrador;
QUE a fs. 2 obra consulta individual;
QUE a fs. 10 el Departamento de Control xx Xxxxxxxxx informa los Adicionales del agente;
QUE a fs. 27 obra Imputación Presupuestaria;
QUE a fs 28 interviene Subsecretaría de Xxxxxxxx;
QUE a fs 29 y 29 vta. interviene la Dirección de Control del Gasto;
QUE a fs. 31 interviene Subsecretaría de Auditoría Interna;
QUE conforme a lo previsto en la Ordenanza Nº 13575 en su Anexo II Punto 10 C, se faculta a la Secretaría de Asuntos Laborales, “a la Resolución de todo lo inherente al otorgamiento de adicionales”;
QUE de conformidad a los informes obrantes en estas actuaciones y a la normativa en vigencia corresponde hacer lugar a lo peticionado, procediendo a la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO
EL SECRETARIO DE ASUNTOS LABORALES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º. INCLUIR en el régimen del adicional por Extensión Horaria al Xx. Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, DNI Nº 00.000.000, con la modalidad establecida en el Decreto Nº 1267/02, modificado por el Decreto Nº 142/03, por el Decreto 0524/08 y por el Decreto 0173/10, categoría 2º, 60 horas mensuales, y en el Adicional por Falla de Caja con la modalidad establecida en el Decreto Nº 0030/03 y Decreto Nº 1330/03; quien presta funciones en la Dirección General de Tesorería , a partir de la fecha de su notificación.-
ARTICULO 2º TOMAR conocimiento Secretaría de Hacienda con sus respectivas dependencias.-
ARTICULO 3º COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
ORTIN
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SALTA, 15 ABRIL 2010
RESOLUCION Nº 007
SECRETARIA DE ASUNTOS LABORALES REF. EXPTE. 065208-SG-09
VISTO el expediente de referencia, mediante el cual se tramita la inclusión en el Régimen del Adicional por Extensión Horaria de los agentes Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, DNI Nº 00.000.000 y Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, DNI Nº 00.000.000;
CONSIDERANDO:
QUE se fundamenta el pedido, en razón de poder atender las ordenes impartidas por la superioridad y así cumplir con las Notificaciones, Expedientes, Notas, Invitaciones, etc. que a diario entregan las distintas áreas de la municipalidad, para ser entregadas internamente en el C.C.M., Juramento Nº 465, Cementerio, etc.;
QUE a fs. 9, 9 vta. y 10 obra Dictamen de la Asesoría Jurídica de la Secretaría de Asuntos Laborales;
QUE para analizar lo peticionado, deben tenerse en cuenta las disposiciones del Decreto Nº 1267/02, el cual dispuso, como primera medida en el Art. 2º “IMPLEMENTAR, el pago de un Adicional por Extensión Horaria en las formas y condiciones establecidas en los artículos siguientes, a partir del 01 de Noviembre de 2002”;
QUE el Art. 3º señala “el Adicional por Extensión Horaria es la retribución a la que tendrán derecho los agentes municipales que, habiendo sido seleccionados por el procedimiento establecido en el presente, presten servicios en horario extraordinario, cumpliendo, además de la carga horaria normal y habitual, con las horas que correspondan a cada una de las categorías que se detallan a continuación. El monto del adicional es el que corresponde al número de puntos que en cada caso se indican:
g) Categoría 1º: Ochenta (80) horas mensuales, con un valor de 600
puntos básicos.-
h) Categoría 2º: Sesenta (60) horas mensuales, con un valor de 450
puntos básicos.-
i) Categoría 3º: Cuarenta (40) horas mensuales, con un valor de 300
puntos básicos”.-
QUE el Decreto 142/03, en su Art. 2º modifica el Art. 3º del Decreto 1267/02, “estableciendo los montos del Adicional por Extensión Horaria que en cada caso se indica para las respectivas categorías, a partir del 01.02.03:
g) Categoría 1º: Ochenta (80) horas mensuales, con un valor de $ 210
(pesos doscientos diez).
h) Categoría 2º: Sesenta (60) horas mensuales, con un valor de $ 157,50 (pesos ciento cincuenta y siete con 50/100).
i) Categoría 3º: Cuarenta (40) horas mensuales, con un valor de $ 105
(pesos ciento cinco)”.
QUE el Art. 2º del Decreto 142/03 fue modificado por el Art. 1º del Decreto Nº 0524/08, “estableciendo los importes como retribución por cada hora extraordinaria correspondiente a las diferentes categorías del Adicional por Extensión Horaria de la siguiente manera:
Primero: $ 6,00 (pesos seis) a partir del 01.07.08; Segundo: $ 7,00 (pesos siete) a partir del 01.11.08; Tercero: $ 8,00 (pesos ocho) a partir del 01.02.09”.
QUE el Decreto Nº 173/10 establece en su art. 1º “MODIFICAR a partir del 01.01.10, el Artículo 2º del Decreto Nº 1267/02, que se encuentra modificado por los Decretos Nºs 0142/03 y 0524/08, estableciendo el importe como retribución por cada hora extraordinaria de $ 9,00 (pesos nueve), correspondiente a las diferentes categorías del Adicional por Extensión Horaria”;
QUE a fs. 4 y 5 obran consultas individuales;
QUE a fs. 7 el Departamento de Control xx Xxxxxxxxx informa los Adicionales de los agentes;
QUE a fs. 14 y 14 vta. interviene la Dirección de Control del Gasto;
QUE a fs. 16 obra Imputación Presupuestaria;
QUE a fs. 17 interviene Subsecretaría de Xxxxxxxx;
QUE a fs. 18 interviene Subsecretaría de Auditoría Interna;
QUE conforme a lo previsto en la Ordenanza Nº 13575 en su Anexo II Punto 10 C, se faculta a la Secretaría de Asuntos Laborales, “a la Resolución de todo lo inherente al otorgamiento de adicionales”;
QUE de conformidad a los informes obrantes en estas actuaciones y a la normativa en vigencia corresponde hacer lugar a lo peticionado, procediendo a la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO
EL SECRETARIO DE ASUNTOS LABORALES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º. INCLUIR en el Régimen del Adicional por Extensión Horaria a los agentes Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, DNI Nº 00.000.000 y Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, DNI Nº 00.000.000, con la modalidad establecida en el Decreto Nº 1267/02, modificado por el Decreto Nº 142/03, por el Decreto 0524/08 y por el Decreto 0173/10, categoría 1º, 80 horas mensuales, quienes prestan funciones en el Departamento de Mayordomía, dependiente de la Dirección de Servicios Generales, a partir de la fecha de su notificación.--
ARTICULO 2º TOMAR conocimiento Secretaría de Hacienda y Secretaría General con sus respectivas dependencias.-
ARTICULO 3º COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
ORTIN
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SALTA, 15 ABRIL 2010
en las formas y condiciones establecidas en los artículos siguientes, a partir del 01 de Noviembre de 2002”;
QUE el Art. 3º señala “el Adicional por Extensión Horaria es la retribución a la que tendrán derecho los agentes municipales que, habiendo sido seleccionados por el procedimiento establecido en el presente, presten servicios en horario extraordinario, cumpliendo, además de la carga horaria normal y habitual, con las horas que correspondan a cada una de las categorías que se detallan a continuación. El monto del adicional es el que corresponde al número de puntos que en cada caso se indican:
j) Categoría 1º: Ochenta (80) horas mensuales, con un valor de 600
puntos básicos.-
k) Categoría 2º: Sesenta (60) horas mensuales, con un valor de 450
puntos básicos.-
l) Categoría 3º: Cuarenta (40) horas mensuales, con un valor de 300
puntos básicos”.-
QUE el Decreto 142/03, en su Art. 2º modifica el Art. 3º del Decreto 1267/02, “estableciendo los montos del Adicional por Extensión Horaria que en cada caso se indica para las respectivas categorías, a partir del 01.02.03:
j) Categoría 1º: Ochenta (80) horas mensuales, con un valor de $ 210
(pesos doscientos diez).
k) Categoría 2º: Sesenta (60) horas mensuales, con un valor de $ 157,50 (pesos ciento cincuenta y siete con 50/100).
l) Categoría 3º: Cuarenta (40) horas mensuales, con un valor de $ 105
(pesos ciento cinco)”.
QUE el Art. 2º del Decreto 142/03 fue modificado por el Art. 1º del Decreto Nº 0524/08, “estableciendo los importes como retribución por cada hora extraordinaria correspondiente a las diferentes categorías del Adicional por Extensión Horaria de la siguiente manera:
Primero: $ 6,00 (pesos seis) a partir del 01.07.08; Segundo: $ 7,00 (pesos siete) a partir del 01.11.08; Tercero: $ 8,00 (pesos ocho) a partir del 01.02.09”.
RESOLUCION Nº 008
SECRETARIA DE ASUNTOS LABORALES REF. EXPTE. 53770-SO-09
VISTO el expediente de referencia, mediante el cual se tramita la inclusión en el Régimen del Adicional por Extensión Horaria categoría 2º, 60 horas mensuales del agente Xxxxxxxxx Xxxx, DNI Nº 00.000.000 y;
CONSIDERANDO:
QUE se fundamenta lo requerido en virtud de que el agente realiza todo tipo de tareas con dedicación y responsabilidad, cubriendo las necesidades que a diario se presentan;
QUE a fs. 6 la Secretaría de Acción Social Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, rectifica el pedido solicitando el Adicional por Extensión Horaria Categoría 1º, 80 horas mensuales para el agente Xxxxxxxxx Xxxx, DNI Nº 00.000.000;
QUE a fs. 7, 7 vta. y 8 obra Dictamen de la Asesoría Jurídica de la Secretaría de Asuntos Laborales;
QUE para analizar lo peticionado, deben tenerse en cuenta las disposiciones del Decreto Nº 1267/02, el cual dispuso, como primera medida en el Art. 2º “IMPLEMENTAR, el pago de un Adicional por Extensión Horaria
QUE el Decreto Nº 173/10 establece en su art. 1º “MODIFICAR a partir del 01.01.10, el Artículo 2º del Decreto Nº 1267/02, que se encuentra modificado por los Decretos Nºs 0142/03 y 0524/08, estableciendo el importe como retribución por cada hora extraordinaria de $ 9,00 (pesos nueve), correspondiente a las diferentes categorías del Adicional por Extensión Horaria”;
QUE a fs. 4 obra consulta individual;
QUE a fs. 3 el Departamento de Control xx Xxxxxxxxx informa los Adicionales del agente;
QUE a fs. 14 y 14 vta. interviene la Dirección de Control del Gasto;
QUE a fs. 16 obra Imputación Presupuestaria;
QUE a fs. 17 interviene Subsecretaría de Xxxxxxxx;
QUE a fs. 18 interviene Subsecretaría de Auditoría Interna;
QUE conforme a lo previsto en la Ordenanza Nº 13575 en su Anexo II Punto 10 C, se faculta a la Secretaría de Asuntos Laborales, “a la Resolución de todo lo inherente al otorgamiento de adicionales”;
QUE de conformidad a los informes obrantes en estas actuaciones y a la normativa en vigencia corresponde hacer lugar a lo peticionado, procediendo a la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO
EL SECRETARIO DE ASUNTOS LABORALES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º. INCLUIR en el Régimen del Adicional por Extensión Horaria al Xx. Xxxxxxxxx Xxxx, DNI Nº 00.000.000, con la modalidad establecida en el Decreto Nº 1267/02, modificado por el Decreto Nº 142/03, por el Decreto 0524/08 y por el Decreto 0173/10, categoría 1º, 80 horas mensuales, quien presta funciones en el Departamento Administrativo dependiente de la Dirección General de Desarrollo Social, a partir de la fecha de su notificación.--
ARTICULO 2º TOMAR conocimiento Secretaría de Hacienda y Secretaría de Gobierno con sus respectivas dependencias.
ARTICULO 3º COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
ORTIN
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SALTA, 05 MAYO 2010
RESOLUCION Nº 009
SECRETARIA DE ASUNTOS LABORALES REF. EXPTE. 021054-SG-09
VISTO el expediente de referencia, mediante el cual se tramita la inclusión en el Régimen del Adicional por Extensión Horaria y Tareas Insalubres de los agentes Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, DNI Nº 00.000.000; Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, DNI Nº 00.000.000 y Xxxxx Xxxx Xxxxxxx DNI Nº 00.000.000;
CONSIDERANDO:
QUE se fundamenta lo solicitado en la necesidad de contar con los servicios de los agentes Xxxxxx, Xxxxx Xxxxxx y Xxxxx quienes se desempeñan en el Dpto. de Liquidación y Sueldos y Dpto. de Control xx Xxxxxxxxx, desarrollando en la actualidad su trabajo en horarios fuera de lo habitual, cumpliendo con dichas tareas en ambientes que son considerados como insalubres por contener archivos sectoriales;
QUE en fecha 11 xx xxxxxx de 2003, mediante Resolución Nº 1085/03, en el Ministerio de Gobierno y Justicia de la Dirección Gral. Provincial del Trabajo emite una Resolución ampliatoria de las Resoluciones MTESS Nº 434/02 y Nº 860/02, incluyendo en las mismas, como lugares determinantes de vejez y/o agotamiento prematuro a los Archivos Sectoriales;
QUE a fs. 13, 13 vta., 14, 14 vta., 23 y 28 obran Dictámenes de la Asesoría Jurídica de la Secretaría de Asuntos Laborales;
QUE en el Decreto Nº 0030/03 - Anexo – en su Art.1º inc. a) expresa que el Adicional por Tareas Insalubres: “Consistirá en un porcentaje del 25%, tomando como base del cálculo el nivel inicial del subgrupo del escalafón oficios y servicios en que reviste el agente. Será abonado a los agentes que se desempeñan en forma efectiva, habitual y permanente en lugares o ambientes, declarados insalubres por la autoridad competente”;
QUE el análisis de lo peticionado debe realizarse conforme a las disposiciones contenidas en el Decreto Nº 1330/03, que en su Anexo,
detalla en sus 25 incisos, las tareas calificadas como insalubres, a saber; “
a) Operario de talleres equipos pesados y livianos; b) Operario de soldaduras autógenas y eléctricas; c) Operario de soldaduras con arco; d) Operario electricista de media y baja tensión; e) Xxxxxxx; f) Operario zoonosis y control de fauna xxxxxxxxx; g) Operario señalización vial; h) Operario obras viales; i) Operario sepelios; J) Operador camión atmosférico;
k) Operario de inhumación, reducción, exhumación cadáveres: l) Operario reparador de baterías; m) Pintor; n) Auxiliar archivo general; o) Operario de barrido y acopio de residuos en la vía pública y disposición final; p) Operario de instalaciones sanitarias; q) Operario bacheo y pavimento; r) Operador cocina fusora de alquitrán; s) Inspector bromatología y xx xxxxxx frigorífica;
t) Serenos de planta de tratamiento de residuos; u) Operario limpieza de cementerio; v) Operario laboratorio de bromatología; w) Carpinteros; x) Archivos sectoriales – reconocidos -; y) Operario laboratorio de suelo y ensayo”;
QUE para analizar lo peticionado, deben tenerse en cuenta las disposiciones del Decreto Nº 1267/02, el cual dispuso, como primera medida en el Art. 2º “IMPLEMENTAR, el pago de un Adicional por Extensión Horaria en las formas y condiciones establecidas en los artículos siguientes, a partir del 01 de Noviembre de 2002”;
QUE el Art. 3º señala “el Adicional por Extensión Horaria es la retribución a la que tendrán derecho los agentes municipales que, habiendo sido seleccionados por el procedimiento establecido en el presente, presten servicios en horario extraordinario, cumpliendo, además de la carga horaria normal y habitual, con las horas que correspondan a cada una de las categorías que se detallan a continuación. El monto del adicional es el que corresponde al número de puntos que en cada caso se indican:
m) Categoría 1º: Ochenta (80) horas mensuales, con un valor de 600
puntos básicos.-
n) Categoría 2º: Sesenta (60) horas mensuales, con un valor de 450
puntos básicos.-
o) Categoría 3º: Cuarenta (40) horas mensuales, con un valor de 300
puntos básicos”.-
QUE el Decreto 142/03, en su Art. 2º modifica el Art. 3º del Decreto 1267/02, “estableciendo los montos del Adicional por Extensión Horaria que en cada caso se indica para las respectivas categorías, a partir del 01.02.03:
m) Categoría 1º: Ochenta (80) horas mensuales, con un valor de $ 210
(pesos doscientos diez).
n) Categoría 2º: Sesenta (60) horas mensuales, con un valor de $ 157,50 (pesos ciento cincuenta y siete con 50/100).
o) Categoría 3º: Cuarenta (40) horas mensuales, con un valor de $ 105
(pesos ciento cinco)”.
QUE el Art. 2º del Decreto 142/03 fue modificado por el Art. 1º del Decreto Nº 0524/08, “estableciendo los importes como retribución por cada hora extraordinaria correspondiente a las diferentes categorías del Adicional por Extensión Horaria de la siguiente manera:
Primero: $ 6,00 (pesos seis) a partir del 01.07.08; Segundo: $ 7,00 (pesos siete) a partir del 01.11.08; Tercero: $ 8,00 (pesos ocho) a partir del 01.02.09”.
QUE el Decreto Nº 173/10 establece en su art. 1º “MODIFICAR a partir del 01.01.10, el Artículo 2º del Decreto Nº 1267/02, que se encuentra modificado por los Decretos Nºs 0142/03 y 0524/08, estableciendo el importe como retribución por cada hora extraordinaria de $ 9,00 (pesos nueve), correspondiente a las diferentes categorías del Adicional por Extensión Horaria”;
QUE a fs. 2, 3, 4 obran consultas individuales;
QUE a fs. 7 el Departamento de Control xx Xxxxxxxxx informa los Adicionales de los agentes;
QUE a fs. 36, 36 vta. y 37 interviene la Dirección de Control del Gasto;
QUE a fs. 39 obra Imputación Presupuestaria;
QUE a fs. 40 interviene Subsecretaría de Finanzas;
QUE a fs. 41 interviene Subsecretaría de Auditoría Interna;
QUE conforme a lo previsto en la Ordenanza Nº 13575 en su Anexo II Punto 10 C, se faculta a la Secretaría de Asuntos Laborales, “a la Resolución de todo lo inherente al otorgamiento de adicionales”;
QUE de conformidad a los informes obrantes en estas actuaciones y a la normativa en vigencia corresponde hacer lugar a lo peticionado, procediendo a la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO
EL SECRETARIO DE ASUNTOS LABORALES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º. INCLUIR en el Régimen del Adicional por Xxxxxx Xxxxxxxxxx, con la modalidad establecida en el Decreto Nº 0030/03 en el inciso x) del Anexo, rubro Tarea Insalubre del Decreto Nº 1330/03 a los agentes Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, DNI Nº 00.000.000; Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, DNI Nº
00.000.000 y Xxxxx Xxxx Xxxxxxx DNI Nº 00.000.000, quienes prestan funciones en el Dpto. de Liquidación y Sueldos y Dpto. de Control xx Xxxxxxxxx, a partir de la fecha de su notificación.-
ARTICULO 2º. INCLUIR en el Régimen del Adicional por Extensión Horaria a los Sres. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, DNI Nº 00.000.000; Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, DNI Nº 00.000.000 y Xxxxx Xxxx Xxxxxxx DNI Nº 00.000.000, con la modalidad establecida en el Decreto Nº 1267/02, modificado por el Decreto Nº 142/03, por el Decreto Nº 0524/08 y por el Decreto Nº 0173/10, categoría 1º, 80 horas mensuales, quienes prestan funciones en el Dpto. de Liquidación y Sueldos y Dpto. de Control xx Xxxxxxxxx, a partir de la fecha de su notificación.--
ARTICULO 3º TOMAR conocimiento Secretaría de Hacienda con sus respectivas dependencias.-
ARTICULO 4º COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
ORTIN
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SALTA, 06 MAYO 2010
RESOLUCION Nº 010
SECRETARIA DE ASUNTOS LABORALES REF. EXPTE. 65150-SH-2009
VISTO el expediente de referencia, mediante el cual se tramita la inclusión en el Régimen del Adicional por Extensión Horaria categoría 1º, 80 horas mensuales del agente Guarache Xxxxxxx Xxxxxxxx, DNI Nº 00.000.000 y;
CONSIDERANDO:
QUE se fundamenta lo solicitado, en razón de haberse incrementado las tareas diarias y las normas de control en la Dirección de Habilitaciones Comerciales;
QUE a fs. 13, 13 vta. y 14 obran Dictámenes de la Asesoría Jurídica de la Secretaría de Asuntos Laborales;
QUE para analizar lo peticionado, deben tenerse en cuenta las disposiciones del Decreto Nº 1267/02, el cual dispuso, como primera medida en el Art. 2º “IMPLEMENTAR, el pago de un Adicional por Extensión Horaria en las formas y condiciones establecidas en los artículos siguientes, a partir del 01 de Noviembre de 2002”;
QUE el Art. 3º señala “el Adicional por Extensión Horaria es la retribución a la que tendrán derecho los agentes municipales que, habiendo sido seleccionados por el procedimiento establecido en el presente, presten servicios en horario extraordinario, cumpliendo, además de la carga horaria normal y habitual, con las horas que correspondan a cada una de las categorías que se detallan a continuación. El monto del adicional es el que corresponde al número de puntos que en cada caso se indican:
p) Categoría 1º: Ochenta (80) horas mensuales, con un valor de 600
puntos básicos.-
q) Categoría 2º: Sesenta (60) horas mensuales, con un valor de 450
puntos básicos.-
r) Categoría 3º: Cuarenta (40) horas mensuales, con un valor de 300
puntos básicos”.-
QUE el Decreto 142/03, en su Art. 2º modifica el Art. 3º del Decreto 1267/02, “estableciendo los montos del Adicional por Extensión Horaria que en cada caso se indica para las respectivas categorías, a partir del 01.02.03:
p) Categoría 1º: Ochenta (80) horas mensuales, con un valor de $ 210
(pesos doscientos diez).
q) Categoría 2º: Sesenta (60) horas mensuales, con un valor de $ 157,50 (pesos ciento cincuenta y siete con 50/100).
r) Categoría 3º: Cuarenta (40) horas mensuales, con un valor de $ 105
(pesos ciento cinco)”.
QUE el Art. 2º del Decreto 142/03 fue modificado por el Art. 1º del Decreto Nº 0524/08, “estableciendo los importes como retribución por cada hora extraordinaria correspondiente a las diferentes categorías del Adicional por Extensión Horaria de la siguiente manera:
Primero: $ 6,00 (pesos seis) a partir del 01.07.08; Segundo: $ 7,00 (pesos siete) a partir del 01.11.08; Tercero: $ 8,00 (pesos ocho) a partir del 01.02.09”.
QUE el Decreto Nº 173/10 establece en su art. 1º “MODIFICAR a partir del 01.01.10, el Artículo 2º del Decreto Nº 1267/02, que se encuentra modificado por los Decretos Nºs 0142/03 y 0524/08, estableciendo el importe como retribución por cada hora extraordinaria de $ 9,00 (pesos nueve), correspondiente a las diferentes categorías del Adicional por Extensión Horaria”;
QUE a fs. 6 obra consulta individual;
QUE a fs. 11 el Departamento de Control xx Xxxxxxxxx informa los Adicionales del agente;
QUE a fs. 20 y 20 vta. interviene la Dirección de Control del Gasto;
QUE a fs. 22 obra Imputación Presupuestaria;
QUE a fs. 23 interviene Subsecretaría de Xxxxxxxx;
QUE a fs. 24 interviene Subsecretaría de Auditoría Interna;
QUE conforme a lo previsto en la Ordenanza Nº 13575 en su Anexo II Punto 10 C, se faculta a la Secretaría de Asuntos Laborales, “a la Resolución de todo lo inherente al otorgamiento de adicionales”;
QUE de conformidad a los informes obrantes en estas actuaciones y a la normativa en vigencia corresponde hacer lugar a lo peticionado, procediendo a la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO
EL SECRETARIO DE ASUNTOS LABORALES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º. INCLUIR en el Régimen del Adicional por Extensión Horaria al Xx. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, DNI Nº 00.000.000, con la modalidad establecida en el Decreto Nº 1267/02, modificado por el Decreto Nº 142/03, el Decreto Nº 0524/08 y el Decreto Nº 0173/10, categoría 1º, 80 horas mensuales, quien presta funciones en la Dirección General de Habilitaciones Comerciales, a partir de la fecha de su notificación.--
ARTICULO 2º TOMAR conocimiento Secretaría de Hacienda y Secretaría de Gobierno y Acción Ciudadana con sus respectivas dependencias.
ARTICULO 3º COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
ORTIN
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SALTA, 06 MAYO 2010
RESOLUCION Nº 011
SECRETARIA DE ASUNTOS LABORALES REF. EXPTE. 35093-SO-09
VISTO el expediente de referencia, mediante el cual el Director de Obras Civiles, Ing. Xxxx Xxxxxx Xxxxxx tramita la inclusión en el Régimen del Adicional por Xxxxxx Xxxxxxxxx de los agentes Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, DNI Nº 00.000.000; Xxxxx Xxxx Xxxxxx, DNI Nº 00.000.000; Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, DNI Nº 00.000.000; Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx, DNI Nº 00.000.000 y Xxxxxx Xxxxxxxxxx de los agentes Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, DNI Nº
00.000.000 y Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, DNI Nº 00.000.000 y;
CONSIDERANDO:
QUE se fundamenta lo solicitado, en la estricta necesidad de contar con sus servicios, debido a la acumulación de trabajo en esa dependencia;
QUE a fs.12, 12 vta y 13 obra Dictamen de la Asesoría Jurídica de la Secretaría de Asuntos Laborales;
QUE el Convenio Colectivo de Trabajo, en su art. 41 establece que: “Gozarán de este beneficio, los trabajadores que desempeñan funciones cuya naturaleza implica la ejecución en forma permanente de sus tareas en lugares calificados como insalubres, por las condiciones ambientales de labor y la consecuente exposición de su integridad y salud física”;
QUE en el Decreto Nº 0030/03 - Anexo – en su Art.1º inc. a) expresa que el Adicional por Tareas Insalubres: “Consistirá en un porcentaje del 25%, tomando como base del cálculo el nivel inicial del subgrupo del escalafón oficios y servicios en que reviste el agente. Será abonado a los agentes que se desempeñan en forma efectiva, habitual y permanente en lugares o ambientes, declarados insalubres por la autoridad competente”;
QUE el análisis de lo peticionado debe realizarse conforme a las disposiciones contenidas en el Decreto Nº 1330/03, que en su Anexo, detalla en sus 25 incisos, las tareas calificadas como insalubres, a saber; “
a) Operario de talleres equipos pesados y livianos; b) Operario de soldaduras autógenas y eléctricas; c) Operario de soldaduras con arco; d) Operario electricista de media y baja tensión; e) Xxxxxxx; f) Operario zoonosis y control de fauna xxxxxxxxx; g) Operario señalización vial; h) Operario obras viales; i) Operario sepelios; J) Operador camión atmosférico;
k) Operario de inhumación, reducción, exhumación cadáveres: l) Operario reparador de baterías; m) Pintor; n) Auxiliar archivo general; o) Operario de barrido y acopio de residuos en la vía pública y disposición final; p) Operario de instalaciones sanitarias; q) Operario bacheo y pavimento; r) Operador cocina fusora de alquitrán; s) Inspector bromatología y xx xxxxxx frigorífica;
t) Serenos de planta de tratamiento de residuos; u) Operario limpieza de cementerio; v) Operario laboratorio de bromatología; w) Carpinteros; x) Archivos sectoriales – reconocidos -; y) Operario laboratorio de suelo y ensayo”;
QUE con respecto al pedido de inclusión en el adicional por Xxxxx Xxxxxxxx, el Decreto Nº 0030/03 - Anexo, inc. d) - establece: “Este adicional será percibido por los agentes que desempeñen funciones cuya naturaleza implique la realización de tareas en las que se ponga en peligro cierto la integridad psico-física de los mismos…”;
QUE a su vez, el Decreto Nº 1330, Anexo Tarea Riesgosa detalla en sus incisos las actividades que se consideran riesgosas a saber: “a) Operario de compresor neumático para rotura de pavimento; b) Electricista; c) Albañil; d) Instalador de cableado de red informática; e) Guardabosque; f) Motoguadañista; g) Podador; h) Desmalezador; i) Xxxxxxxx xx Xxxxxxx; j) Xxxxxxxx xx xxxxxxx municipal; k) Serenos; i) Operario de ornamentación ”;
QUE a fs. 4, 5, 6, 7, 8, 9 obran consultas individuales;
QUE a fs. 11 el Departamento de Control xx Xxxxxxxxx informa los Adicionales de los agentes;
QUE a fs. 23 y 23 vta. interviene la Dirección de Control del Gasto;
QUE a fs. 25 obra Imputación Presupuestaria;
QUE a fs. 26 interviene Subsecretaría de Xxxxxxxx;
QUE a fs. 27 interviene Subsecretaría de Auditoría Interna;
QUE conforme a lo previsto en la Ordenanza Nº 13575 en su Anexo II Punto 10 C, se faculta a la Secretaría de Asuntos Laborales, “a la Resolución de todo lo inherente al otorgamiento de adicionales”;
QUE de conformidad a los informes obrantes en estas actuaciones y a la normativa en vigencia, corresponde hacer lugar a lo peticionado, procediendo a la emisión de instrumento legal pertinente;
POR ELLO
EL SECRETARIO DE ASUNTOS LABORALES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- INCLUIR en el Régimen del Adicional por Xxxxxx Xxxxxxxxx a los agentes Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, DNI Nº 00.000.000; Xxxxx Xxxx Xxxxxx, DNI Nº 00.000.000; Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, DNI Nº 00.000.000 y Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx, DNI Nº 00.000.000, con la modalidad establecida en los Decretos Nº 030/03 y en el inciso c) del Anexo, rubro Xxxxxx Xxxxxxxxx del Decreto 1330/03, quienes prestan funciones en la Dirección de Obras Civiles, a partir de la fecha de su notificación.-
ARTICULO 2º.- INCLUIR en el Régimen del Adicional por Xxxxxx Xxxxxxxxxx, con la modalidad establecida en el Decreto Nº 0030/03 y en el inciso e) y p) del Anexo, rubro Tarea Insalubre del Decreto Nº 1330/03 a los agentes Guantay Xxxxxxx Xxxxxx, DNI Nº 00.000.000 y Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, DNI Nº 00.000.000, quienes prestan funciones en la Dirección de Obras Civiles, a partir de la fecha de su notificación.-
ARTICULO 3º.- TOMAR conocimiento Secretaría de Hacienda y Secretaría de Obras Públicas con sus respectivas dependencias.-
ARTICULO 4º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
ORTIN
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SALTA, 07 XX XXXX DE 2.010.-
DIRECCION GENERAL XX XXXXXX RESOLUCION GENERAL Nº 023/10 REFERENCIA: NOTA SIGA Nº 1339/1.0.-
VISTO la presentación realizada por el DIRECTOR BASE DE DATOS, de esta Municipalidad, y
CONSIDERANDO:
Que el nombrado funcionario, solicita la aprobación del Formulario F225, perteneciente a boleta del tributo APERTURA DE LA VIA PUBLICA;
Que en atención a las facultades de Organismo Fiscal contenidas en el artículo 18 del Código Tributario Municipal, delegadas expresamente en esta Dirección General xx Xxxxxx, mediante Decreto N° 624/01;
EL DIRECTOR GENERAL XX XXXXXX DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Aprobar la utilización en el ámbito de la Dirección General xx Xxxxxx de la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx, el formulario que a continuación se detalla y se adjunta a la presente:-
F225 – APERTURA DE LA VIA PUBLICA.-
ARTICULO 2º.- Tomen conocimiento las distintas Direcciones de este Organismo Fiscal.-
ARTICULO 3º.- Comuníquese, regístrese, publíquese en el Boletín Municipal y archívese.-
FLORES VER ANEXO
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
RESOLUCION GENERAL Nº 024/10 REFERENCIA: NOTA SIGA Nº 1338/1.0.-
VISTO la presentación realizada por el DIRECTOR BASE DE DATOS, de esta Municipalidad, y
CONSIDERANDO:
Que el nombrado funcionario, solicita la aprobación del Formulario F226, perteneciente a boleta de SUSCRIPCIONES;
Que en atención a las facultades de Organismo Fiscal contenidas en el artículo 18 del Código Tributario Municipal, delegadas expresamente en esta Dirección General xx Xxxxxx, mediante Decreto N° 624/01;
EL DIRECTOR GENERAL XX XXXXXX DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Aprobar la utilización en el ámbito de la Dirección General xx Xxxxxx de la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx, el formulario que a continuación se detalla y se adjunta a la presente:-
F226 – BOLETA DE SUSCRIPCIONES.-
ARTICULO 2º.- Tomen conocimiento las distintas Direcciones de este Organismo Fiscal.-
ARTICULO 3º.- Comuníquese, regístrese, publíquese en el Boletín Municipal y archívese.-
FLORES VER ANEXO
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
Salta, 07 xx Xxxx de 2010.-
DIRECCION GENERAL XX XXXXXX RESOLUCION GENERAL Nº 025/2010:
Referencia: Circuito Cese de Actividades Comerciales.
VISTO los artículos 21 y 125 de la Ordenanza Nº 6.330 (Código Tributario Municipal) y modificatorias, la Ley de Procedimientos Administrativos de la Provincia xx Xxxxx Nº 5.348, la Ordenanza Nº 12.337, Resolución Nº 32/08, y
CONSIDERANDO
Que resulta conveniente establecer normas con relación al procedimiento y tramitación del cese de actividades a los fines de contar con un circuito ágil para la recepción, atención y determinación de deudas;
Que se hace necesario a los fines de lograr una mejor atención al contribuyente. Y mayor eficiencia en el trámite. Centralizar de forma coordinada las gestiones tendientes a corroborar el cese de actividades declarado, verificar la situación tributaria y demás requisitos;
Que es deber de los contribuyentes prestar colaboración dentro de los plazos previstos por la Administración Pública a los fines de la tramitación y finalización de los expedientes administrativos iniciados;
DIRECCION GENERAL XX XXXXXX
SALTA, 7 XX XXXX DE 2.010.-
Que a tal fin. Se hace necesaria la implementación de un sistema de recepción y control de información, como así también establecer pautas
claras y concretas, estableciendo formas, plazos, condiciones y demás requisitos que se deberá observar en su tramitación, a través de la emisión de un Instructivo y la creación de un Registro a los fines de trabajar en forma coordinada con el resto de las oficinas dentro del municipio para resguardar el patrimonio municipal;
Que conforme a las atribuciones conferidas por el Art. 18 del Código Tributario Municipal (Ordenanza Nº 6.330 y modificatorias);
POR ELLO
EL DIRECTOR GENERAL DE RENTASDE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD XX XXXXX
RESUELVE:
TRAMITE DE CESE DE ACTIVIDADES COMERCIALES
ARTÍCULO 1°: Todo contribuyente que se presente a este Organismo fiscal a realizar trámites inherentes a Cese de Actividades Comerciales, deberá acreditar interés legítimo y presentar como requisitos indispensables:
1. Formulario de Comunicación de Cese de Actividades Comerciales que se aprueba como Anexo I
a la presente.
2. Constancia de Inscripción en Rentas de la Provincia xx Xxxxx. (En caso de no encontrarse inscripto en el citado organismo deberá presentar la respectiva Constancia de No Inscripción).
3. El pago de la Tasa de Actuación Administrativa.
Respecto de las multas del local comercial que pudieran existir, deberá presentar una Constancia de Libre Deuda de Multas otorgando por el Tribunal Administrativo xx Xxxxxx (en cualquier momento del Trámite), para adjuntar al expediente, como requisito previo al otorgamiento de la Resolución de Baja.
ARTICULO 2°: Iniciado el trámite y habiéndose consignado número de expediente en Mesa de Entradas, deberá girarse el expediente a la Dirección de Operativa para que, por medio del Área que corresponda, se grabe en el sistema la fecha de inicio del trámite administrativo.-
ARTICULO 3º: Posteriormente deberá ser girado a la Dirección de Fiscalización para la correspondiente verificación ocular del local Comercial, verificación y registración de deuda y determinación de multa por comunicación fuera de los términos previstos por normativa vigente. La Dirección de Fiscalización determinará, en una boleta única de cancelación de deuda por cese, la deuda del contribuyente por todo concepto (tributos y multas) y remitirá el expediente a la Oficina de Cierre de Negocios que será la encargada de notificar al contribuyente.-
ARTÍCULO 4º: Si el contribuyente no registra deuda (tributos y multas): la Oficina de Cierre de Negocios notifica al interesado de lo actuado solicitándole, de corresponder, la presentación de la documentación que se detalla:
1. Constancia de Libre Deuda de Multas otorgado por el Tribunal Administrativo xx Xxxxxx (solo cuando el contribuyente aún no hubiera cumplido con su presentación).
2. Certificado de Habilitación y/o Cuaderno de Habilitación (solo para los casos de cierre xx Xxxxxx Comercial).
Cumplidos los requisitos, se remite el expediente al área correspondiente para que se confeccione la pertinente Resolución de Baja. De lo contrario se dará por desistido el trámite de Comunicación de Cese de Actividad Comercial y el expediente será girado a la Dirección de
Legal y Técnica Tributaria (Oficina de Revisión y Recursos) para que se realice el sumario y demás trámites tendientes a su cobro
Para desistimiento de Alta Tributaria o Baja xx Xxxxxx Provisorio, la Dirección de Recaudación emitirá la Resolución de Baja sin más trámite, mientras que para el caso de cierre xx Xxxxxx Comercial, la citada Resolución será emitida por la Dirección General de Habilitaciones Comerciales una vez presentado en el expediente el Certificado de Habilitación y/o Cuaderno de Habilitación debidamente intervenido.
Emitida la Resolución, se remite el expediente a la Dirección de Operativa para su registración en los sistemas correspondientes. Por último las actuaciones deberán girarse a la Oficina de Cierre de Negocios (Padrones Comerciales) para ser archivadas.-
ARTICULO 5º: Si el contribuyente registra deuda (tributos y/o multas), la Oficina de Cierre de Negocios notifica al contribuyente para que se presente en los plazos pertinentes a regularizar su situación fiscal solicitándole en este mismo acto la documentación prevista en el primer párrafo del artículo 4. Si en ésta instancia la deuda es regularizada, el expediente continúa con el procedimiento previsto en el artículo anterior. De lo contrario se dará por desistido el trámite de Comunicación de Cese de Actividad Comercial y el expediente será girado a la Dirección de Legal y Técnica Tributaria (Oficina de Revisión y Recursos) para que se realice el sumario y demás trámites tendientes a su cobro.
ARTICULO 6° Para expedientes iniciados con anterioridad a la vigencia de la presente Resolución, solicitando cese de actividad comercial, se notificará al contribuyente solicitándole se presente a completar el Formulario de Comunicación de Cese de Actividades Comerciales, caso contrario, se archivarán las actuaciones.
ARTICULO 7º Tomen conocimiento las distintas áreas de esta Dirección General, Dirección General de Habilitaciones.
ARTICULO 8º Comuníquese, Regístrese y Publíquese en el Boletín Municipal y Archívese.-
FLORES VER ANEXO
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CONCEJO DELIBERANTE
ORDENANZAS
ORDENANZA Nº 13866 C.D.-
Ref.: Exptes. Cºs Nºs 135-0069/10 y otros que corren por cuerda separada, 135-0148/10, 135-0017/10.-
VISTO
Los expedientes de referencia; y
CONSIDERANDO
Que, las solicitudes de condonación de deudas, en concepto del Impuesto a la Radicación de Automotores, se encuentran contempladas en lo establecido en el Código Tributario Municipal, exenciones para personas con discapacidad;
Que, es facultad de este Cuerpo Deliberativo dictar el instrumento legal correspondiente, basado en el principio de justicia social;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
ORDENA:
ARTÍCULO 1º.- CONDONAR, hasta la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, la deuda que mantienen con la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx, en concepto de Impuesto a la Radicación de Automotores, a los vehículos inscriptos con el dominio, GYC 605, GRL 661, TIV 344.-
ARTÍCULO 2º.- EXIMIR, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza y hasta el 31 de diciembre de 2.010, del pago en concepto de Impuesto a la Radicación de Automotores a los vehículos mencionados en el artículo 1º.-
ARTÍCULO 3º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, A LOS SIETE DÍAS DEL MES XX XXXXX DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
SANCIÓN Nº 8932 .-
DIEZ VILLA – ÁLVAREZ
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 10 MAYO 2010
PROMÚLGUESE, téngase por ORDENANZA, comuníquese, regístrese bajo el Nº 13866, insértese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.-
XXX – XXXXX XXXXX – XXXXXXX – XXXXXXXX
a/c de Secretaria General
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
ORDENANZA Nº 13867 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 - 0176/10.-
VISTO
El Expediente Cº Nº 135-0176/10, presentado por la Cámara de Comercio e Industria xx Xxxxx; y
CONSIDERANDO
Que, en el mismo solicita una prórroga para la obtención de la matrícula habilitante de la Cartelería Urbana, en virtud de no haber podido cumplir con los diferentes requisitos exigidos en la legislación vigente para acceder a tal habilitación;
Que, teniendo en cuenta tales trámites (fotocopia del formulario de factibilidad, documentación técnica, cédula parcelaria, contrato de locación y sobre todo el visado de los cálculos estructurales por parte del Consejo Profesional de Agrimensores, Ingenieros y Profesiones Afines (COPAIPA)), se hace imposible en la práctica cumplir con los plazos fijados en la Ordenanza Nº 13.777;
Que, el día 16 xx xxxxx del corriente año, se realizó una reunión entre la Cámara del Comercio, el Concejo Deliberante y diferentes autoridades del Departamento Ejecutivo Municipal, a fin de abordar distintos temas vinculados con las habilitaciones comerciales, entre ellos el específico de la cartelería urbana;
Que, en el contexto descripto, se planteó por parte de la Cámara de Comercio la imperiosa necesidad de dar curso favorable al expediente mencionado, lo cual fue aceptado a su vez por las autoridades municipales, quienes estarían en la tarea de informatización de algunos de los trámites referidos, a fin de no solo simplificar su obtención, sino también acortar sensiblemente los tiempos en que se realizan;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
ORDENA:
ARTÍCULO 1º.- PRORRÓGASE hasta el 30 xx Xxxxx del año 2010, el plazo conferido por el artículo 29 de la Ordenanza Nº 13.777 para la adecuación a la legislación vigente de los anuncios publicitarios instalados en nuestra Ciudad, facultando al organismo fiscal reglamentar la etapa procesal en el trámite de habilitación a partir del cual se aplicará las sanciones previstas en el artículo 22 de dicha Ordenanza, previa notificación correspondiente.
ARTÍCULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, A LOS SIETE DÍAS DEL MES XX XXXXX DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
SANCIÓN Nº 8934 .-
DIEZ VILLA – ÁLVAREZ
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 10 MAYO 2010
PROMÚLGUESE, téngase por ORDENANZA, comuníquese, regístrese bajo el Nº 13867, insértese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.-
XXX – XXXXX XXXXX – XXXXXXX – VENIER
a/c de Secretaria General
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
ORDENANZA Nº 13868 C.D.-
Ref.: Exptes. Cºs Nºs 82-47617/05; 131-15594/97; 131-40325/04 y 18- 13416/01.-
VISTO
La Ordenanza Nº 12.727, mediante la cual se desafecta del Uso Público Municipal, una fracción de terreno ubicada en Barrio Xxxx Xxxxxxxxx; y
CONSIDERANDO
Que, la Dirección General de Planeamiento Urbano, a través de la Dirección de Catastro y Topografía, en el expediente de referencia, solicita se modifique el artículo 2º de dicha Ordenanza, en razón de que en el mismo se consignó erróneamente como número de catastro al Nº 121.236, correspondiendo la anexión prevista al catastro número 121.336, que es el que corresponde a la parcela colindante de la mensura, tal cual se acota en copia de plano de Mensura para desafectación del uso público y subdivisión para anexión, Sección P- Manzana 297;
Que, en función de ello es necesario modificar el artículo 2º de la Ordenanza mencionada, con el objeto de subsanar dicha observación;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
ORDENA:
ARTÍCULO 1º.- MODIFICAR el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 12.727, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 2º.- DESAFECTAR del uso público municipal la fracción de terreno de 5,54m2, que será destinada a la anexión de la parcela 1, Matrícula Nº 121.336.”
ARTÍCULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, A LOS SIETE DÍAS DEL MES XX XXXXX DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
SANCIÓN Nº 8935 .-
DIEZ VILLA – ÁLVAREZ
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 10 MAYO 2010
PROMÚLGUESE, téngase por ORDENANZA, comuníquese, regístrese bajo el Nº 13868, insértese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.-
XXX – XXXXX XXXXX – XXXXXXX – XXXXXXXX - XXXXXX
a/c de Secretaria General
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
ORDENANZA Nº 13869 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 -1222/10.-
VISTO
La Ordenanza Nº 13.254 –Texto Ordenando de la Ordenanza Nº 6330 y sus modificatorias- CAPITULO IV –EXENCIONES- Artículo 256 inciso j); y
CONSIDERANDO
Que, a través del citado instrumento legal se exime a las personas con discapacidad del pago del Impuesto a la Radicación de Automotores;
Que, en particular este Cuerpo es receptor de las inquietudes planteadas por diversos ciudadanos;
Que, por tal motivo se trata el caso particular de aquellas personas con locomoción restringida, siendo necesario facilitar el traslado de las mismas a los lugares de rehabilitación y/o establecimientos educacionales;
Que, es sabido que no todas las personas con este tipo de discapacidad cuentan con medios de movilidad propios, por lo que resulta necesario ampliar la eximición del tributo a todos aquellos propietarios de vehículos afectados a la actividad comercial, pertenecientes al Servicio de Taxi y Remis;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
ORDENA:
ARTÍCULO 1º.- INCORPORAR en el Articulo 256 de la Ordenanza Nº 13.254, y como último párrafo del inciso j) lo siguiente:
“Para el caso de los propietarios de vehículo particulares afectados a la actividad comercial del Servicio de Taxi y Remis, el beneficio previsto regirá en tanto el transporte se realice a titulo gratuito, los que deberán presentar ante el Organismo Fiscal una Declaración Jurada efectuada por el beneficiario, con certificación de firma ante autoridad competente, donde conste que recibe el beneficio de traslado conforme sus necesidades”
ARTÍCULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, A LOS SIETE DÍAS DEL MES XX XXXXX DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
SANCIÓN Nº 8938 .-
DIEZ VILLA – ÁLVAREZ
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 10 MAYO 2010
PROMÚLGUESE, téngase por ORDENANZA, comuníquese, regístrese bajo el Nº 13869, insértese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.-
XXX – XXXXX XXXXX – XXXXXXX – XXXXXXXX
a/c de Secretaria General
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
ORDENANZA Nº 13870 C.D.-
Ref.: Exptes. Cºs Nºs 135 -338/10 y 135-339/10.-
VISTO
La presentación realizada por la señora Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Presidente de la Obra para el Niño “Casita xx Xxxxx”; y
CONSIDERANDO
Que, en la misma, dicha Institución solicita la condonación de gravámenes municipales;
Que, es deber del Municipio apoyar a las instituciones que brindan un servicio desinteresado a las personas con capacidades diferentes y que son parte de la sociedad;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
ORDENA:
ARTÍCULO 1º.- CONDONAR, hasta la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, la deuda que mantiene con la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx, la Obra para el Niño “Casita xx Xxxxx”, en concepto de la Tasa General de Inmuebles e Impuesto Inmobiliario, por los catastros individualizados como Matrícula Nº 30.830, 30.831, 126.708, 67.918, 89.128
y 21.580.-
ARTÍCULO 2º.- CONDONAR, hasta la entrada en vigencia de la presente Ordenanza la deuda que mantiene, con la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx, la obra para el Niño “Casita xx Xxxxx”, en concepto del Impuesto a la Radicación de Automotores correspondiente a los dominios AKG 451, AWS 129.-
ARTÍCULO 3º.- EXIMIR, a partir de la promulgación de la presente Ordenanza y hasta el 31 de diciembre de 2010, a la obra para el niño “Casita xx Xxxxx”, del pago por los gravámenes mencionados en los artículos 1º y 2º de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 4º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, A LOS SIETE DÍAS DEL MES XX XXXXX DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
SANCIÓN Nº 8939 .-
DIEZ VILLA – ÁLVAREZ
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 10 MAYO 2010
PROMÚLGUESE, téngase por ORDENANZA, comuníquese, regístrese bajo el Nº 13870, insértese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.-
XXX – XXXXX XXXXX – XXXXXXX – XXXXXXXX
a/c de Secretaria General
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
ORDENANZA Nº 13871 C.D.-
Ref.: Exptes. Cºs Nºs 135-0186/10 y otros que corren por cuerda separada, 135-3358/09, 135-3092/08, 135-3615/09, 135-2779/08, 135- 3235/08, 135-3710/08, 135-4296/08, 135-4298/08, 135-4550/08, 135-
2466/09, 135-3597/09, 135-3617/09, 135-3633/09, 135-3713/09, 135-
3723/09, 135-0016/10, 135-0042/10, 135-0048/10, 135-0074/10, 135-
0128/10, 135-0189/10, 135-0191/10, 135-0212/10, 135-3565/09, 135-
3376/08, 135-4657/08, 135-2527/09, 135-2494/09, 135-1495/09, 135-
3093/09.-
VISTO
Las solicitudes de condonación de deudas, en concepto de Tasa General de Xxxxxxxxx e Impuesto Inmobiliario, formuladas en los expedientes de referencia; y
CONSIDERANDO
Que, acceder a dichas peticiones resulta una concreción efectiva de los principios de Justicia Social, en atención a la racionalidad que sustentan las mismas;
Que, las condonaciones dispuestas en la presente norma se encuadra con lo dispuesto en la Ordenanza Nº 6330 y sus modificatorias -Código Tributario Municipal-, referente a las exenciones para personas con discapacidad y enfermedades terminal.-
Que, responden al principio tributario establecido en la Carta Municipal en su artículo 58…“Las exenciones solo podrán ser fundadas en principios de Justicia Social, basada en la protección de la persona y su familia”;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
ORDENA:
ARTÍCULO 1º.- CONDONAR, hasta la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, la deuda que mantienen con la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx, en concepto de Tasa General de Inmuebles e Impuesto Inmobiliario, a los inmuebles individualizados como matriculas números: 89.677, 91.118, 119.472, 70.882, 43.137, 45.741, 116.069 y cuenta 700.953, 142.777
cuenta. 500.414, 139.012, 116.453 y cuenta 701.251, 87.197, 30.495,
53.761, 49.745, 91.345, 16.804, 137.441, 99.292, 90.539, 116.555 y cuenta
701.458, 58.928, 120.337, 130.632, 137.522.-
ARTÍCULO 2º.- CONDONAR, hasta la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, la deuda que mantienen con la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx, en concepto de Tasa General de Inmuebles e Impuesto Inmobiliario, a los inmuebles individualizados como matrículas números: 51.045, 148.544 y cuenta 401.144, 133.467, 73.931, 100.797, 85.847, 12.501.-
ARTÍCULO 3º.- EXIMIR, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza y hasta el 31 de diciembre de 2010, del pago en concepto de la Tasa General de Inmuebles e Impuesto Inmobiliario, a las matrículas mencionadas en el artículo 1º.
ARTÍCULO 4º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, A LOS SIETE DÍAS DEL MES XX XXXXX DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
SANCIÓN Nº 8941 .-
DIEZ VILLA – ÁLVAREZ
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 10 MAYO 2010
PROMÚLGUESE, téngase por ORDENANZA, comuníquese, regístrese bajo el Nº 13871, insértese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.-
XXX – XXXXX XXXXX – XXXXXXX – XXXXXXXX
a/c de Secretaria General
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ORDENANZA Nº 13872 C.D.-
Ref.: Corresponde (2) Exptes. Cºs Nºs 125-19170/09 y 125-19708/09.-
VISTO
El expediente Cº Nº 125-19170/09, referido a una solicitud del Ministerio de Finanzas y Obras Públicas de la Provincia xx Xxxxx, para la desafectación de una superficie de terreno de dominio municipal de 2.313,83 m2 ubicados en Barrio Solidaridad, correspondiente a calles y ochavas, según Plano Nº 014640 de Mensura para Desafectación de Uso Público y Unificación, realizado y aprobado por la Dirección General de Inmuebles de la Provincia xx Xxxxx; y
CONSIDERANDO
Que, la superficie de terreno solicitada configura, unificada con tres manzanas vecinas (Matrículas Nºs 136.177/ 136.778/ 136.207- Uso Institucional Gobierno de la Provincia xx Xxxxx), la superficie de terreno necesaria para la construcción de un hospital público en la zona Sur de la Ciudad;
Que, la citada obra cuenta con financiación internacional, habiéndose ya producido el acto licitatorio para la ejecución de obra, estando el citado proceso en etapa de preadjudicación, siendo requisito ineludible del organismo financiero que el citado terreno pertenezca al dominio del Gobierno de la Provincia xx Xxxxx, razón por la cual el expediente citado se inicia en fecha 10/09/09 por ante la Secretaría de Planeamiento Urbano de la Municipalidad xx Xxxxx, según actuación de fojas 1;
Que, en fecha 11/09/09 por expediente Nº Cº 125-19.708/09, fojas 12 de la actuación, la Secretaría de Obras Públicas de la Provincia reitera por nota al señor Intendente Municipal la necesidad de la desafectación solicitada y solicita su intermediación para el correspondiente y necesario tratamiento legislativo;
Que, la oficina competente municipal, Dirección de Planificación Urbana, menciona a fojas 16 que “uno de los ejes sobre el que trabajó en el PIDUA – Plan Integral de Desarrollo Urbano Ambiental, es la Multifocalidad, es decir tender a una descentralización de las actividades, entre las cuales se cuenta la salud de la población…;….la mayoría de los establecimientos destinados a esos efectos se ubican en el sector centro y norte de la ciudad;…el proceso de metropolización que se avizora en el horizonte de 20 años, impone prever un Hospital Regional en la zona Sur de la Ciudad…”, concluyendo el informe en que puede hacerse lugar a lo solicitado;
Que, es intención de este Cuerpo Deliberativo, propender al desarrollo de todos los componentes urbanos, especialmente los relacionados con la
calidad de vida de la población y entre ellos los que están relacionados con la salud, aspectos consagrados en la Carta Municipal y normados por el Plan Integral de Desarrollo Urbano Ambiental;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
ORDENA:
ARTÍCULO 1º.- DESAFECTAR del Uso Público una superficie de terreno de dominio municipal de 2.313,83 m2 ubicados en Barrio Solidaridad, correspondiente a calles y ochavas según plano Nº 014.640 de “Mensura para Desafectación de Uso Público y Unificación”, para la construcción de un Nuevo Hospital Público en la zona Sur de la Ciudad xx Xxxxx.-
ARTÍCULO 2º.- TRANSFERIR sin cargo al Gobierno de la Provincia xx Xxxxx la superficie de terreno identificada en el artículo anterior, para el cumplimiento del objeto en el mismo artículo manifestado.-
ARTÍCULO 3º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, A LOS CATORCE DÍAS DEL MES XX XXXXX DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
SANCIÓN Nº 8942 .-
DIEZ VILLA – ÁLVAREZ
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 14 MAYO 2010
PROMÚLGUESE, téngase por ORDENANZA, comuníquese, regístrese bajo el Nº 13872, insértese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.-
XXX – XXXXX XXXXX – XXXXXXX – XXXXXXXX - XXXXXX
a/c de Secretaria General
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
ORDENANZA Nº 13873 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 -0135/10.-
VISTO
El expediente de referencia; y
CONSIDERANDO
Que, en el mismo solicita la condonación de la deuda en concepto de la Tasa por Inspección de Seguridad, Salubridad e Higiene;
Que, las condonaciones dispuestas en la presente Ordenanza se encuadran con lo dispuesto en la Ordenanza Nº 13.524 -Texto Ordenando del Código Tributario Municipal, Ordenanza Nº 6330 y sus modificatorias-, referente a las exenciones para personas con discapacidad;
Que, es facultad de este Cuerpo dictar el instrumento legal correspondiente haciendo lugar al beneficio solicitado;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
ORDENA:
ARTÍCULO 1º.- CONDONAR hasta la entrada en vigencia de la presente Ordenanza la deuda que mantienen, con la Municipalidad de la Ciudad xx
Xxxxx, en concepto de la Tasa por Inspección de Seguridad, Salubridad e Higiene correspondiente al Padrón Comercial Nº 73.568.-
ARTÍCULO 2º.- EXIMIR, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza y hasta el 31 de diciembre de 2010, del pago en concepto de la Tasa por Inspección de Seguridad, Salubridad e Higiene al Padrón Comercial mencionado en el artículo 1º.-
ARTÍCULO 3º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, A LOS CATORCE DÍAS DEL MES XX XXXXX DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
SANCIÓN Nº 8943 .-
DIEZ VILLA – ÁLVAREZ
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 14 MAYO 2010
PROMÚLGUESE, téngase por ORDENANZA, comuníquese, regístrese bajo el Nº 13873, insértese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.-
XXX – XXXXX XXXXX – XXXXXXX – XXXXXXXX
a/c de Secretaria General
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
ORDENANZA Nº 13874 C.D.-
Ref.: Exptes. Cºs Nºs 135 -3629/08 y 135-3630/08.-
VISTO
La presentación realizada por la Presidente de la Colonia “Mi Hogar”; y
CONSIDERANDO
Que, en la misma, dicha Institución solicita la condonación de gravámenes municipales;
Que, es deber del municipio apoyar a las instituciones que brindan un servicio desinteresado a las personas con capacidades diferentes y que son parte de la sociedad;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD XX XXXXX, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
ORDENA:
ARTÍCULO 1º.- CONDONAR, hasta la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, la deuda que mantiene, con la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx, la Colonia Mi Hogar “Xxxxxx Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxxx Xxxxxx”, Personería Jurídica Nº 15089/60 con domicilio en xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xx 000, en concepto de la Tasa General de Inmuebles e Impuesto Inmobiliario, por el catastro individualizado como Matrícula Nº 4.393.-
ARTÍCULO 2º.- EXIMIR a partir de la promulgación de la presente Ordenanza y hasta el 31 de diciembre de 2010, a la Colonia Mi Hogar “Xxxxxx Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxxx Xxxxxx”, Personería Jurídica Nº 15089/60, del pago por los gravámenes mencionados en el artículo 1º de la presente Ordenanza, por el Catastro Nº 4.393.-
ARTÍCULO 3º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
SANCIÓN Nº 8945 .-
DIEZ VILLA – ÁLVAREZ
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 14 MAYO 2010
PROMÚLGUESE, téngase por ORDENANZA, comuníquese, regístrese bajo el Nº 13874, insértese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.-
ISA – VIDAL CASAS – ANAQUIN – ABELEIRA
a/c de Secretaria General
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
ORDENANZA Nº 13875 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 -0574 /10.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
ORDENA:
ARTÍCULO 1º.- EXIMIR del pago, en concepto de la Tasa de Diversiones y Espectáculos Públicos -Bordereaux- y Derecho de Espectáculo, a la Asociación Salteña de Tango, Personería Jurídica Nº 170/99, con domicilio en calle La Rioja Nº 433, por el evento que se realizará el día 30 de abril del corriente año en las instalaciones de la Sociedad Unión Sirio Libanesa.
ARTÍCULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
SANCIÓN Nº 8946 .-
DIEZ VILLA – ÁLVAREZ
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 14 MAYO 2010
PROMÚLGUESE, téngase por ORDENANZA, comuníquese, regístrese bajo el Nº 13875, insértese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.-
ISA – VIDAL CASAS – ANAQUIN – ABELEIRA
a/c de Secretaria General
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN Nº 093 C.D.-
Ref.: Exptes. Cºs Nºs 135-1836/10 y 82-54/10.- Autora; Virginia López.-
VISTO
La Resolución Nº 62/10 del Concejo Deliberante; y
CONSIDERANDO
Que, a través de la misma se constituye una Comisión Especial de Estudio en Materia de Transporte Urbano de Pasajeros:
Que, la mencionada Comisión tendrá entre sus funciones la representación del Concejo en los equipos técnicos a conformarse con autoridades Provinciales y Municipales con el objeto de elevar propuestas, dictámenes e informes vinculados a los trayectos, paradas, frecuencias y demás cuestiones relacionadas con el transporte propio;
Que, resulta necesario en este marco integrar tal Comisión Especial con representantes de los diferentes Bloques Políticos;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- INTEGRAR la Comisión Especial de Estudio en Materia de Transporte Urbano de Pasajeros a los fines contemplados en la Resolución de Cuerpo Nº 62/10 con los Concejales: Mirta Gladys Isa, Viviana Beatriz Ávila, Norma Elizabeth Colpari, Virginia del Valle López, Carlos Humberto Saravia e Irene Soler.-
ARTICULO 2º.- REMITIR copia de la presente Resolución a las autoridades de : Sociedad Anónima del Estado del Transporte Automotor, Autoridad Metropolitana del Transporte y a la Dirección General de Tránsito y Seguridad Vial de la Municipalidad de la Ciudad de Salta.-
ARTICULO 3º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
DIEZ VILLA – ÁLVAREZ
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RESOLUCIÓN Nº 094 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 -1980/10.-
Autores: Cjales Matías Cánepa, María del S. Villamayor, Miriam Pinto, Luis Vaca, Pedro Serrudo, Mirta Isa y Tomás Rodríguez.-
VISTO
El Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia Nº 1602/09, modificación de la Ley Nacional Nº 24714; y
CONSIDERANDO
Que, a través de la Ley Nº 24.714, modificada por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1.602/09, se instituyó con alcance Nacional y obligatorio un Régimen de Asignaciones Familiares;
Que, dicha norma abarca a los trabajadores que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad privada, cualquiera sea la modalidad de contratación laboral y a los beneficiarios tanto del Sistema Integrado Previsional Argentino como de regímenes de pensiones no contributivas por invalidez;
Que, en el mencionado Régimen de Asignaciones Familiares no se incluía a los grupos familiares que se encuentren desocupados o que se desempeñen en la economía informal;
Que, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia modificatorio de la Ley Nº 24.714, se contempló a dicho grupo para acceder al beneficio de la “asignación universal por hijo”, estableciendo como uno de los requisitos, acreditar la concurrencia de los hijos menores “obligatoriamente a establecimientos educativos públicos”
Que se advierte que la Ley Nº 24.174, en su redacción actual excluye a los menores que provienen del grupo social que se pretende asistir y concurren a establecimientos no públicos, gratuitos, de matrículas y cuotas exiguas, por ser subsidiados por el Estado u organizaciones no gubernamentales. También sufre esta exclusión menores carentes de recursos, alumnos de estas Instituciones que son beneficiarios de becas que cubren la totalidad del costo del estudio;
Que, a los fines de lograr dicho cometido, resulta pertinente emitir la presente Resolución instando a los Legisladores Nacionales para que
emitan los proyectos de leyes necesarios, a fin de evitar injusticias con esta asignación;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- SOLICITAR a los Legisladores Nacionales representantes del pueblo de Salta, amplíen los alcances de la Ley Nacional Nº 24.714 – Ley de Asignaciones Familiares, modificado por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1602/09, para que se incluya en el beneficio de la Asignación Universal por Hijo a aquellos niños, en edad escolar, que asisten a establecimientos no públicos, gratuitos o de matrícula y cuotas exiguas. Dicho beneficio también debería hacerse extensivo a aquellos menores de escasos recursos que asisten en forma gratuita a estos establecimientos, por ser beneficiados de becas que cubren la totalidad del costo del estudio.-
ARTICULO 2º- REMITIR copia de la presente a los Legisladores Nacionales de nuestra Provincia.-
ARTICULO 3º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
DIEZ VILLA - ÁLVAREZ
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RESOLUCIÓN Nº 095 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 -2046 /10.- Autor: Cjal. Viviana B. Ávila.-
VISTO
Los festejos del Bicentenario de la Patria, organizados por el Gobierno de la Provincia de Salta; y
CONSIDERANDO
Que, dada la importancia del Bicentenario de la Revolución de Mayo de 1810, hecho histórico que marco el despertar de la ambición de Libertad y Justicia de nuestro Pueblo y la necesidad de romper todo lazo de dominación extranjera;
Que, este primer grito de Libertad significo asumir el compromiso y la responsabilidad social de velar por los intereses de nuestra Patria;
Que, desde un primer momento se pregonó por escuchar la voz del pueblo, el cual se hizo sentir sin mucha insistencia ya que el espíritu de Libertad, Igualdad y Fraternidad se fue instalando en cada uno de los hogares de aquella época;
Que, debido a lo dicho, estamos seguros que esta fecha no debe pasar desapercibida por los Concejales de este Cuerpo Deliberativo, sino que debemos sumarnos a tales festejos de una manera activa;
Que, nuestra participación debe llevarse a cabo haciéndonos presentes en el desfile Cívico-Militar organizado por el Gobierno de la Provincia de Salta, para conmemorar dicha fecha;
Que, en conmemoración a nuestro Héroe Gaucho, Martín Miguel de Güemes, haremos nuestro paso en este desfile, montado a caballo, perfectamente ensillado con montura tradicional salteña y vistiendo ropas típicas de nuestro gauchaje, haciendo de esta manera honor a nuestras raíces;
Que, esta participación más que activa de este Cuerpo de Concejales, significará un real homenaje al cumpleaños de nuestra Patria, pero sobretodo la representación del compromiso que los mismos asumieron con la Ciudad de Salta, saliendo a las calles como sucedió aquel 25 de Mayo de 1810;
Que, es así como desde esta Institución nos sumaremos a los festejos Nacionales y entre todos desde cada rincón de nuestra Patria contribuiremos a ser historia nuevamente;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- INVITAR a los Señores Concejales a participar de los Actos Centrales por el Bicentenario de la Patria, organizados por el Gobierno de la Provincia de Salta, desfilando montados a caballo con la montura tradicional salteña, vistiendo atuendos típicos en especial el poncho salteño.-
ARTICULO 2º.- POR Presidencia se adoptaran las medidas tendientes para que los Sres. Concejales que participen de los mismos, cuenten con los elementos necesarios.-
ARTICULO 3º.- SE confeccionará un Estandarte identificatorio de esta Institución, el mismo será portado por el Concejal de mayor edad de este Cuerpo.-
ARTICULO 4º.- INVITAR a todo el personal del Concejo Deliberante de la Ciudad de Salta que deseen participar en esta iniciativa.-
ARTICULO 5º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
DIEZ VILLA - ÁLVAREZ
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RESOLUCIÓN Nº 096 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 -2050/10.- Autor: Cjal. Carlos H. Saravia.-
VISTO
El expediente Cº Nº 135-02870/07 que refiere a la invasión de espacio público ubicado en Manzana 811/A de Barrio Docente Sur; y
CONSIDERANDO
Que, se puede constatar por medio de las denuncias realizadas a este despacho por los vecinos de dicho Barrio;
Que, las mismas fueran receptadas y publicadas por diferentes medios periodísticos locales;
Que, se ha constatado la flagrante invasión a los espacios públicos por los catastros 143.096, 143.097, 143.098;
Que, el Departamento Ejecutivo Municipal ha tomado conocimiento de la situación el día 13 de Mayo de 2.007 según diferentes informes que obran en el expediente de marras;
Que, la situación irregular tuvo continuidad hasta la fecha sin que las autoridades competentes hayan actuado conforme a las atribuciones de las que se encuentran investidas y en defensa del patrimonio comunal;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo, que por intermedio del área competente, proceda a habilitar los procedimientos administrativos para la inmediata demolición de las obras que usurpan el espacio de dominio público municipal ubicado en Manzana 811- A del Barrio Docente Sur.-
ARTICULO 2º.- SE remitan los antecedentes al Fiscal Penal que por turno corresponde a los efectos de que analice si los ocupantes se encuentran incursos en la comisión de delito contra el patrimonio municipal y actúe en consecuencia.-
ARTICULO 3º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
DIEZ VILLA - ÁLVAREZ
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
RESOLUCIÓN Nº 097 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 -2052/10.-
Autor: Cjales. Norma E.Colpari y Gabriela A Cerrano,.
VISTO
Que durante el mes de Mayo se desarrollaran actividades artísticas y culturales en todo el País y también en nuestra Ciudad en torno al FELCO Bicentenario (Festival Latinoamericano de la Clase Obrera); y
CONSIDERANDO
Que, este festival desde su fundación en el año 2004, reunió trabajos muy importantes de artistas y realizadores de todo el mundo y de diferentes disciplinas (Foto, Plástica, Teatro, Cine, Música);
Que, este festival recorrió con sus muestras los Países de Argentina 2004 y 2007, Bolivia 2005 y 2007, Brasil 2006, Chile 2008 y Uruguay en 2009, y en año del Bicentenario se presentara en todas las Provincias de nuestro País, y durante tres días del corriente mes en Salta;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- DECLARAR de Interés Cultural, Social y Municipal la VIII edición del FELCO Bicentenario (Festival Latinoamericano de la Clase Obrera) que se llevara a cabo durante los días 20, 21, 22 de Mayo del año 2010 en la Ciudad de Salta.-
ARTICULO 2º.- El Departamento de Prensa del Concejo Deliberante de la Ciudad, dará difusión a las actividades del evento mencionado en el artículo 1º de la presente.-
ARTICULO 3º.- REMITIR copia de la presente a la Secretaría de Cultura de la Provincia, del Municipio y a la Cámara de Diputados de la Provincia.-
ARTICULO 4º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
DIEZ VILLA - ÁLVAREZ
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
RESOLUCIÓN Nº 098 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 -2054 /10.- Autor: Cjal. Aroldo J.Tonini
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- CREASE, en el seno del Concejo Deliberante de la Ciudad de Salta la Comisión de Análisis, Estudio y Evaluación de la construcción de edificios de altura en Casco Céntrico y Casco Históricos, (incluyendo los dictámenes de la CAT), desde el año 2.006 hasta la fecha.-
ARTICULO 2º.- LA Comisión estará integrada por los concejales: Raúl Romeo Medina, Luis Guillermo Vaca, Carlos Humberto Saravia, Matías Antonio Cánepa, Azucena Miryam Pinto, Aroldo Jesús Tonini y Roque Arturo Rueda Torino.-
ARTICULO 3º.- ENCOMENDAR a la citada Comisión la representación del Cuerpo ante cualquier organismo con el fin de analizar y estudiar la totalidad de las obras que se aprobaron en el período mencionado.-
ARTICULO 4º.- AL finalizar su labor, la Comisión emitirá los informes pertinentes al Cuerpo de Concejales.-
ARTICULO 5º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
DIEZ VILLA - ÁLVAREZ
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
RESOLUCIÓN Nº 099 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 -2082/10.-
Autor: Cjales. Raúl C Álvarez; Viviana B Ávila; Matías Canepa; Azucena M. Pinto; Gabriela Cerrano; Gladys B. Tinte, Carlos H. Saravia y Roque Rueda.-
VISTO
La necesidad de incentivar y brindar espacios de promoción de nuestra cultura y de artistas locales; y
CONSIDERANDO
Que, en el presente año se conmemora el Bicentenario de la Revolución de Mayo de 1810;
Que, los inciso d), g) y z) del artículo 7 de la Carta Municipal, establecen como función del Municipio promover el Arte y la Cultura;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- REALIZAR durante el corriente año, en conmemoración al Bicentenario de la Patria, en el Concejo Deliberante, muestras culturales de Artistas Salteños en los distintos rubros artísticos.-
ARTICULO 2º.- AFECTAR las partidas presupuestarias necesarias para la realización de dichos eventos.-
ARTICULO 3º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
DIEZ VILLA - ÁLVAREZ
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*- RESOLUCIÓN Nº 100 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 2057/10.- Autor: Cjal. Aroldo Tonini.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal se proceda con urgencia, a través de las Áreas que correspondan, a ejecutar la obra de construcción de alcantarillas y desagües pluviales en la calle frente al domicilio de la Sra. Stella Maris Damato de Alberti, Casa 1 – Etapa 2 – Manzana 2 del Barrio Limache, ya que el agua de lluvia estancada allí, sobre el pavimento existente, produjo y sigue produciendo un gran deterioro en las paredes de su domicilio, incluso por dentro de su casa.-
ARTICULO 2º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal que la ejecución de las obras y servicios precedentes se imputen a las partidas presupuestarias del año 2.010.-
ARTICULO 3º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
DIEZ VILLA - ÁLVAREZ
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
RESOLUCIÓN Nº 101 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 -2058/10.- Autora: Cjal. Mirta G. Isa.-
VISTO
La presentación efectuada por el Centro Salteño de Gimnasia; y
CONSIDERANDO
Que, los días 20, 21, 22 y 23 se llevara a cabo el Campeonato Nacional de Clubes de Gimnasia Acrobática en la Ciudad de Salta en el Estadio Polideportivo Delmi;
Que, se ha concedido el privilegio de ser la Provincia de Salta sede nacional de dicho torneo, el cual es el primer selectivo para formar parte del Seleccionado Argentino que participara en el Torneo Panamericano 2010 a realizarse en Guadalajara (México) en diciembre del corriente año;
Que, es menester apoyar el desarrollo integral de niños, adolescentes y jóvenes a través de actividades deportivas;
Que, es de interés de este Concejo Deliberante promover e incentivar todas aquellas iniciativas que, por su característica contribuyan a desarrollar a nuestros niños;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- DECLARAR de Interés Municipal el Campeonato Nacional de Clubes de Gimnasia Acrobática organizada por el Centro Salteño de Gimnasia, entre los días 20 al 23 de Mayo de 2010 en nuestra Ciudad.-
ARTICULO 2º.- REMITIR copia de la presente a la institución organizadora y participante del mencionado certamen.-
ARTICULO 3º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
DIEZ VILLA – ÁLVAREZ
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RESOLUCIÓN Nº 102 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 – 2066/10.-
Autora: Cjal. María del Socorro Villamayor.-
VISTO
El desarrollo de la VII Semana Argentina de la Salud y Seguridad en el Trabajo, organizada por la Súper Intendencia de Riesgo de Trabajo de la Nación, el Gobierno de la Provincia de Salta y el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Salta, que se realizará entre los días 27 y 28 de abril del corriente en el Centro de Conferencias del Centro Cívico Grand Bourg; y
CONSIDERANDO
Que, el programa oficial prevé la participación, por medio de videoconferencias del Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Carlos Tomada; del Superintendente de Riesgo de Trabajo, Juan González Gaviola; de los Gobernadores: Daniel Scioli, Juan Schiaretti, Hermes Biner y Juan Manuel Urtubey;
Que, el desarrollo de las Jornadas prevén la participación de los señores: Hugo Moyano y Hugo Yasky por la Confederación General del trabajo y la Central de Trabajadores Argentinos respectivamente;
Que, también presentarán sus conclusiones los Señores Héctor Méndez y Jorge Aimaretti por UIA y UART;
Que, los temas que se abordarán atañen directamente a las condiciones de empleo en nuestra Provincia y en el País;
Que, el desarrollo de las Jornadas prevé alcanzar conclusiones claves para el perfeccionamiento de la legislación vigente en la materia y permitirá avanzar en la solución a nuevos problemas;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- DECLARAR de Interés Municipal la VII Semana Argentina de la Salud y Seguridad en el Trabajo, organizada por la Súper Intendencia de Riesgo de Trabajo de la Nación, el Gobierno de la Provincia de Salta y el Ministro de Trabajo de la Provincia de Salta, que se realizará entre los días 27 y 28 de abril del corriente en el Centro de Conferencias del Centro Cívico Grand Bourg.-
ARTICULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
VISTO
El pedido presentado por el señor Omar Rogelio Alanís, mediante expediente de referencia; y
CONSIDERANDO
DIEZ VILLA - ÁLVAREZ
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
RESOLUCIÓN Nº 103 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 -1761/10.-
VISTO
El expediente de referencia presentado por el Consejo Arquidiocesano de Laicos, de la Arquidiócesis de Salta; y
CONSIDERANDO
Que, el Consejo Arquidiocesano organiza, con motivo del Bicentenario de la Patria, un Acto Ecuménico en el atrio de la Catedral Basílica de la Ciudad de Salta, el 8 de Mayo, día de la Virgen de Luján patrona de la República Argentina, con el rezo de una oración por la Patria y el encendido de una vela que simbolizará el pedido de una luz nueva para la Argentina;
Que, asimismo propone que sea un Gesto Nacional en donde todos los argentinos enciendan una vela y recen la oración por la Patria, un Padre Nuestro y un Ave María, en todos los hogares, en las calles y en las plazas;
Que, habrá un “Festival Ciudadano”, con la participación de artistas de la cultura argentina y la presencia de otros credos, donde se difundirán mensajes relacionados con la vida y la familia;
Que, durante la semana previa al evento mencionado, habrá jornadas de reflexión relacionadas con la temática del trabajo, educación y familia, que estarán a cargo de las pastorales o sectores comprometidos en la materia;
Que, este acontecimiento compromete a todos a pedirle a Dios, a través de nuestra Madre la Virgen, que nos dé una luz para nuestra Patria y para todos los ciudadanos que la habitan, de manera que podamos construir una Nación sin excluidos;
Que, es deber y atribución de la Municipalidad de la Ciudad de Salta, fomentar la educación y la cultura – Artículo 7º, inciso d) de la Carta Municipal – Ley Nº 6534;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- DECLARAR de Interés Municipal al “Acto Central Ecuménico” que se llevará a cabo, con motivo del Bicentenario de la Patria, en el atrio de la Catedral Basílica de la Ciudad de Salta, el 8 de Mayo, en el día de la Virgen de Luján, patrona de la República Argentina, organizado por el Consejo Arquidiocesano de Laicos, de la Arquidiócesis de Salta.-
ARTICULO 2º.- REMITIR, copia de la presente a la entidad religiosa mencionada en el Artículo 1º.-
ARTICULO 3º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
DIEZ VILLA - ÁLVAREZ
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
RESOLUCIÓN Nº 104 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 - 100/08.-
Que, el recurrente posee una discapacidad motriz lo que le dificulta conseguir trabajo que le permita gozar de una vida digna;
Que, el único sostén de su grupo familiar es su kiosco ubicado en calle República de Siria y Pasaje Tineo, el cual funciona desde el año 2000 a la fecha;
Que, para seguir trabajando necesita ser reempadronado en dependencia municipal competente;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través de la dependencia municipal correspondiente, prosiga con las tramitaciones de reempadronamiento del señor Omar Rogelio Alanís, D.N.I. Nº 18.229.442 con domicilio Comercial en calle República de Siria y pasaje Tineo.-
ARTICULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
DIEZ VILLA - ÁLVAREZ
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
RESOLUCIÓN Nº 105 C.D.-
Ref.: Exptes. Cºs Nºs 135-1104/10 y 135-1158/10.-
VISTO
Los proyectos presentados por los Concejales Aroldo Jesús Tonini y Tomás Salvador Rodríguez, mediante los expedientes de referencia; y
CONSIDERANDO
Que, en el Concejo Deliberante se llevó a cabo el Plenario de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial los días 13 y 14 de abril del corriente año con autoridades de la Sociedad Anónima del Estado de Transporte Automotor (SAETA), Autoridad Metropolitana de Transporte (A.M.T); Cámara de Diputados de la Provincia de Salta, Dirección General de Tránsito y Seguridad Vial y Secretaría de Obras Públicas;
Que, en el Plenario se trató la problemática del Transporte Urbano de Pasajeros y normativas vigentes;
Que, dichas actuaciones cumplieron la tramitación legislativa correspondiente y se encuadrarse en el artículo Nº 159 de la Resolución Nº 093/86 – Reglamento Interno del Concejo Deliberante;
Que, es facultad de este Cuerpo Deliberativo dictar el instrumento legal correspondiente;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA,
EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y RESUELVE:
ARTICULO 1º.- REMITIR al Archivo del Concejo Deliberante las actuaciones contenidas en los expedientes Cºs. Nºs. 135-1104/10 y 135- 1158/10, por haber concluido sus trámites legislativos.-
ARTICULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
DIEZ VILLA - ÁLVAREZ
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
RESOLUCIÓN Nº 106 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 - 1964/10.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- DISPONER que las solicitudes de informes aprobadas en Sesiones Ordinarias del Concejo Deliberante sean giradas al Departamento Ejecutivo Municipal el día lunes siguiente a la celebración de las mismas.-
ARTICULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
DIEZ VILLA - ÁLVAREZ
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
RESOLUCIÓN Nº 107 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 - 1407/10.-
VISTO
El expediente de referencia, presentado por la Presidenta de la Asociación de Cultura y Fomento Instituto de Folklore “El Kakuy”, relacionado con la conmemoración de un nuevo aniversario de la Gesta de Mayo; y
CONSIDERANDO
Que, dicho evento contara con la colaboración de alumnos de las escuelas: EGB Nº 4036 “Augusto R. Cortazar”; EGB Nº 4692 “Santa Maria del Rosario de San Nicolás”; EGB Nº 4700 “Legado General Manuel Belgrano”; EGB Nº 4730 “Nuestra Señora del Milagro”; Colegio Nº 5071 “Juan Carlos Saravia”; Colegio Nº 5039 “11 de Setiembre” y algunas Escuelas mas de la zona, con las respectivas banderas de ceremonia, personal directivo y docente;
Que, participarán delegaciones de diversas entidades recreativas, deportivas, educacionales y academias de folklore, destacándose las delegaciones de la Provincia de San Salvador de Jujuy y las localidades La Merced, Sumalao, Cerrillos, Vaqueros, Tartagal y Salta -Capital;
Que, el objetivo que persigue es el revalorizar las manifestaciones tradicionales como forma de afianzar nuestra identidad, reivindicar nuestra cultura fortaleciendo nuestra idiosincrasia Provincial y Nacional y despertar el sentimiento patriótico de pertenencia;
Que, es deber y atribución de la Municipalidad de la Ciudad de Salta, fomentar la educación y la cultura – Articulo 7º, inciso d) de la Carta Municipal – Ley Nº 6534;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- DECLARAR de Interés Municipal a las actividades culturales que se llevarán a cabo en conmemoración de un nuevo aniversario de la Gesta de Mayo, en el marco del Bicentenario, organizadas por la Asociación de Cultura y Fomento Instituto de Folklore “El Kakuy”, Personería Jurídica Nº 208/05.-
ARTICULO 2º.- ENVIAR copia de la presente la entidad mencionada en el Artículo 1º.
ARTICULO 3º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
DIEZ VILLA – ÁLVAREZ
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
RESOLUCIÓN Nº 108 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 -2101/10.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- DESIGNAR al Presidente del Concejo Deliberante, Dn. Raúl César Álvarez y a los Concejales Azucena Myriam Pinto, Lucrecia Celeste Lambrisca, Viviana Beatriz Ávila y Luis Guillermo Vaca como integrantes de la Comisión Municipal del Bicentenario de la Patria.-
ARTICULO 2º.- REMITIR copia de la presente al Departamento Ejecutivo Municipal.-
ARTICULO 3º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
DIEZ VILLA - ÁLVAREZ
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
RESOLUCIÓN Nº 109 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 - 1103/10.-
VISTO
El expediente de referencia presentado por los señores Concejales Virginia del Valle López, Marcelo Oliver y Mirta Isa; y
CONSIDERANDO
Que, la Autoridad Metropolitana del Transporte (A.M.T), a través de un el informe elevado a este Concejo Deliberante, formula observaciones al reordenamiento del transito vehicular y modificación de recorridos y Paradas de Colectivos, implementados y diagramados conjuntamente por la Dirección General de Transito y Seguridad Vial de la Municipalidad de la
Ciudad de Salta y la Sociedad Anónima del Estado de Transporte Automotor;
Que, de acuerdo con lo informado por la Autoridad Metropolitana del Transporte (A.M.T), se observaron algunos recorridos del transporte de colectivo en forma total, en otros casos en forma parcial y en otros se aceptaron con algunas modificaciones.
Que, sugirió la prohibición del estacionamiento y un adecuado control en calle San Juan (entre Bs. As. y La Florida, La Florida (entre San Juan y Avda. San Martin), Dean Funes (entre Av. Entre Ríos y Av. Belgrano sobre mano derecha) y en Isla Malvinas (entre Av. San Martin y Av. Belgrano). Se solicito reglamentación e implementación de carriles exclusivos y filtros de transito, entre otras;
Que, en un segundo informe la Autoridad Metropolitana de Transporte, da cuenta que aún existen observaciones que no se corrigieron, como es la falta de señalización de las paradas, distancias de paradas que exceden los cuatrocientos metros (400 mts) establecidos, detención de unidades en lugares no señalados, vulnerabilidad del sistema de instalación de las paradas, es decir se sustrajeron los indicadores,
Que, si bien se puede estar de acuerdo con el descongestionamiento vehicular de las principales calles de la ciudad, por donde circulaban los colectivos, es imprescindible que los cambios a realizarse no traigan demasiadas complicaciones para los usuarios de este elemental servicio público;
Que, de acuerdo a lo que se pudo observar, numerosos vecinos reclaman una mayor información sobre los cambios realizados, como así también una distancia menor entre las paradas reinstaladas;
Que, esta situación amerita un pronunciamiento de este Cuerpo Deliberativo habida cuenta que se involucra a numerosos usuarios del Transporte Masivo de Pasajeros y es necesario dictar el instrumento legal correspondiente;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través de las dependencias correspondientes, proceda en forma inmediata a la reubicación de las Paradas de Colectivos, que se encuentran mal ubicadas según el informe emitido por la Autoridad Metropolitana de Transporte (A.M.T.).-
ARTICULO 2º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal que en un plazo no superior a siete días, proceda a la finalización de los trabajos de señalización de todos los Corredores. En caso de algún impedimento indique los motivos.-
ARTICULO 3º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal que realice el reordenamiento de Paradas de Taxis y Taxi Fletes, ubicadas en los carriles selectivos.-
ARTICULO 4º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
RESOLUCIÓN Nº 110 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 -0394/10.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- RECHAZAR, el Proyecto de Ordenanza presentado por el señor Concejal Roque Arturo Rueda Torino, mediante Expediente Cº Nº 135-0394/10.-
ARTICULO 2º.- DISPONER, el archivo del expediente mencionado en el artículo 1º de la presente Resolución.-
ARTICULO 3º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
DIEZ VILLA – ÁLVAREZ
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RESOLUCIÓN Nº 112 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 -2165/10.-
Autora: Cjal. Irene Soler.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- DECLARAR de Interés Municipal el “Día Internacional de la Fibromalgia” el que se conmemora el 12 de mayo del corriente año.-
ATICULO 2º.- DECLARAR de Interés Municipal la charla sobre Fibromalgia a dictarse el día jueves 13 de mayo del corriente año en el Complejo de Bibliotecas y Archivos.-
ARTICULO 3º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
DIEZ VILLA - ÁLVAREZ
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RESOLUCIÓN Nº 113 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 -1977/10.-
Autores: Cjales. Alberto P. Serrudo y Aroldo Tonini.-
VISTO
La Carta Municipal, las Ordenanzas Nº 3276/81 de Higiene Pública, 5941/90 Código de Medio Ambiente, 7060/94 Código de Espacios Verdes; la de Emergencia Ambiental sancionada bajo el Nº 8714/09 y sus reglamentaciones; y
CONSIDERANDO
DIEZ VILLA - ÁLVAREZ
Que, son innumerables los reclamos de los vecinos, solicitando el desmalezamiento del lecho del Río Arenales comprendido entre el Puente de la Avda. Chile y Partidarios;
Que, los vecinos presentaron ante este Concejo Deliberante expediente CºNº 135-1874 con fecha de ingreso del 15 de abril del año en curso;
Que, el lugar presenta pastizales de gran altura que favorecen el accionar de delincuentes, malvivientes y drogadictos, con el consiguiente peligro para los habitantes;
Que, el día 8 de mayo del corriente año se realizará, en el lugar arriba mencionado la inauguración de una gruta del Santo Popular “Gauchito Gil”
Que, la Carta Municipal – Ley Nº 6534, en su artículo 7º establece que el Municipio debe garantizar la existencia de un medio ambiente sano y la higiene pública; en tanto que en su artículo 35º determina que el Departamento Ejecutivo Municipal deberá velar por la moralidad, higiene y seguridad pública;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal, se proceda a realizar las obras de desmalezamiento del lecho del Río Arenales, comprendido entre el puente de Avda. Chile y calle Los Partidarios.-
ARTICULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
DIEZ VILLA - ÁLVAREZ
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
RESOLUCIÓN Nº 114 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 -2185/10.
Autor: Cjales. Tomas S. Rodríguez, Matías A. Cánepa, Luis Vaca y María del S. Villamayor.-
VISTO
La nota presentada por el Centro Vecinal de Villa San José de nuestra Ciudad; y
CONSIDERANDO
Que, dicho pedido cuenta con el aval de vecinos de la zona que a diario deben cruzar por la intersección de las calles Mariano Moreno y Olavarría, siendo esta una de las de mayor índice de accidentes en la zona, por la falta de la infraestructura vial, semáforos, señalizaciones y demarcación de la senda peatonal;
Que, desde un tiempo a esta parte, en dicha intersección se produjeron innumerables accidentes de tránsito, ocasionando lesiones transitorias como permanentes a peatones o conductores involucrados y daños a la propiedad;
Que, por dichas calles transitan en forma peatonal alumnos, que a diario deben concurrir a los distintos establecimientos educativos de la zona;
Que, es facultad del Municipio velar por la seguridad de los ciudadanos;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal incluya en el Plan de Obras 2010 de la Municipalidad de la Ciudad de Salta, la instalación de semáforos, demarcación de la senda peatonal y señalización en la intersección de las calles Mariano Moreno y Olavarría de nuestra Ciudad.-
ARTICULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
DIEZ VILLA - ÁLVAREZ
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
RESOLUCIÓN Nº 115 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 - 2158/10.- Autor: Cjal. Carlos Humberto Saravia.-
VISTO
La invasión del espacio público en la manzana ubicada entre calles María Gauffín de Cabada, Fray Honorato Pistoia y Avenida Robustiano Patrón Costas del Barrio Parque General Belgrano; y
CONSIDERANDO
Que, por visita personal realizada por distintos Concejales en el lugar, se ha podido constatar que un vecino ha procedido a alambrar el espacio verde, ubicado en el lugar referenciado, haciendo uso personal mediante extensión ilegal del fondo de su vivienda;
Que, situación similar se produjo en el predio colindante al espacio verde invadido hace aproximadamente dos meses, existiendo actuaciones en sede del Departamento Ejecutivo Municipal y causa judicial en trámite;
Que, la situación irregular tiene continuidad hasta la fecha sin que las autoridades competentes hayan actuado conforme a las atribuciones de las que se encuentran investidas y en defensa del patrimonio comunal;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal, que por intermedio del área competente, proceda a habilitar los procedimientos administrativos para la inmediata erradicación del alambrado y demolición de las obras que usurpan el Espacio de Dominio Público Municipal, ubicado entre calles María Gauffín de Cabada, Fray Honorato Pistoia y Avenida Robustiano Patrón Costas del Barrio Parque General Belgrano.-
ARTICULO 2º.- SE remitan los antecedentes al Fiscal Penal que por turno corresponda a los efectos de que analice si los ocupantes se encuentran incursos en la comisión de delito contra el Patrimonio Municipal y actúe en consecuencia.-
ARTICULO 3º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
DIEZ VILLA - ÁLVAREZ
RESOLUCIÓN Nº 116 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 -2159/10.- Autor: Cjal. Carlos H. Saravia.-
VISTO
Lo dispuesto por el artículo 95 de la Carta Municipal; y
CONSIDERANDO
Que, la norma citada estable que corresponde a la Municipalidad dictar reglamentaciones sobre nuevas edificaciones, públicas y privadas a fin de que no obstaculicen los corredores visuales: Oeste-Este al Cerro San Bernardo, eje histórico Norte-Sur, y los orientados hacia hitos arquitectónicos y conjuntos urbanos valiosos, con el objeto de promover y preservar el paisaje urbano;
Que, asimismo, impone que debe respetarse la cota máxima fijada para las construcciones sobre las serranías del Este, la que no puede superar los
1.225 metros;
Que, han proliferado edificaciones en el Barrio Tres Cerritos por encima del límite establecido y que se extienden en paralelo a la calle Los Jamínes y sobre un paseo privado denominado Bernardino Biella;
Que, tales construcciones provocan perjuicio a los propietarios de los fondos que tienen frente por sobre calle Los Jazmines, en tanto no se ha previsto la ejecución de obras que permitan el drenaje de las precipitaciones pluviales que castigan el fondo de tales inmuebles;
Que, esta situación ha sido denunciada por vecinos del barrio mencionado a la Comisión de Obras Públicas, cuyos integrantes oportunamente se constituyeron en el lugar y han certificado la situación puesta en su conocimiento;
Que, en igual sentido, los vecinos han concurrido a la sede del Concejo Deliberante, solicitando que el área competente del Departamento Ejecutivo Municipal proceda a constatar la existencia de las construcciones violatorias d la normativa vigente y determine y ejecute las obras necesarias para garantizar el desagüe de la precipitación pluvial en la zona de referencia;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal que, por intermedio del área competente, proceda a:
a) Constatar la existencia de obras ejecutadas en el Barrio Tres Cerritos (ladera Este del cerro) por encima de la cota de 1.225 metros.-
b) Suspenda la ejecución de las obras que no cumplen con la normativa vigente.-
c) Proyecte y ejecute las obras necesarias para garantizar el desagüe de la precipitación pluvial en la zona de referencia evitando perjuicio a los propietarios de los inmuebles con frente sobre la calle Los Jazmines.-
ARTICULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
DIEZ VILLA - ÁLVAREZ
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RESOLUCIÓN Nº 117 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 -2123/10.-
Autor: Cjales. Tomas S. Rodríguez, Roque Rueda, Azucena M. Pinto, Socorro Villamayor, Raúl Romeo Medina y Antonio Matías Cánepa.-
VISTO
La presentación efectuada por la Fundación Delmy, Personería Jurídica Nº 145/99, con la finalidad de utilizar el Recinto de Sesiones del Concejo Deliberante; y
CONSIDERANDO
Que, la Fundación Delmy, tiene como objetivo realizar jornadas de capacitación para dirigentes de clubes, directores técnicos, preparadores físicos, profesores de educación física;
Que, para el dictado de dichos cursos de capacitación la Fundación a invitado a personas de demostrada idoneidad en el tema y conocidas en el medio deportivo, siendo ellos los Sres. Gabriel Rodríguez, Pablo Lorenzo, Hernán Queiruga y Héctor Cavallero;
Que, la capacitación tiene como destinatarios a los niños y jóvenes a fin que se alejen de los malos hábitos que la calle les ofrece a diario, proponiendo la educación a través del deporte, a una vida sin violencia y a brindarles la esperanza del progreso mediante el fútbol con un bienestar físico y un buen desarrollo humano;
Que, la capacitación será totalmente gratuita para los asistentes, desarrollándose la misma, los días 12, 13 y 14 de mayo de 2010, entre las 18:30 y 22:30 horas;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- OTORGAR sin cargo el uso del Recinto de Sesiones, los días 12, 13 y 14 de mayo de 2010, entre las 18:30 y 22:30 horas, para la realización de unas Jornadas de Capacitación para dirigentes de clubes, directores técnicos, preparadores físicos y profesores de educación física, organizada por la Fundación Delmy.-
ARTICULO 2º.- NOTIFICAR a las dependencias de este Concejo Deliberante, a fin que adapte el recinto a la necesidad del evento.-
ARTICULO 3º.- IMPUTAR el gasto que demande el presente evento, en las partidas presupuestarias que correspondan.-
ARTICULO 4º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
DIEZ VILLA - ÁLVAREZ
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RESOLUCIÓN Nº 118 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 - 2184/10.-
Autores; Cjales, Tomás S. Rodríguez, Mirta Isa, Matías Cánepa, Luis Vaca, Alberto P. Serrudo, María del S. Villamayor y Azucena M. Pinto.-
VISTO
La nota presentada por la Comisión Directiva del Centro Vecinal de Villa San José donde solicitan la designación de un placero para la Plaza 1º de Mayo; y
CONSIDERANDO
Que, contaban con un cuidador designado por el Municipio hasta el año
2.008 y desde esa fecha hasta ahora se mantiene la limpieza con la colaboración de vecinos y la ayuda de Espacios Verdes;
Que, debido a la falta de placero personas inescrupulosas hacen uso indebido de la plaza, ocasionando daños a las luminarias, arrojando basura y provocando disturbios, tornándola totalmente insegura para el fin que fue destinada;
Que, el Centro Vecinal y los habitantes de Villa San José asumieron la defensa del único espacio verde de la zona cuando quisieron destinarlo a otro uso;
Que, la Plaza 1º de Mayo es la única de la Villa y es necesario mantenerla en condiciones para la recreación de las familias de este Barrio;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal la designación de un cuidador o placero para la Plaza 1º de Mayo de Villa San José de nuestra Ciudad.-
ARTICULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
DIEZ VILLA - ÁLVAREZ
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RESOLUCIÓN Nº 123 C.D.- VISTO
Las Ordenanzas Nºs 10101, 10102 y 13825, mediante las cuales se crea el Régimen de Becas para estudiantes de Establecimientos Privados y las exenciones tributarias para los Establecimientos adheridos a dicho régimen; y
CONSIDERANDO
Que, constituye una obligación del Municipio contribuir con la educación de los habitantes del mismo, en especial niños y jóvenes;
Que, a tales efectos y en virtud de lo dispuesto en las Ordenanzas mencionadas, se ha dado cumplimiento con la reglamentación prevista respecto de los procedimientos y requisitos que se establecen para el otorgamiento de Becas;
Que, a los fines de cumplimentar con el Régimen de Becas previsto para el presente año resulta necesario emitir el instrumento legal correspondiente remitiendo al Departamento Ejecutivo Municipal la nómina de las entidades adheridas;
Que, resulta imprescindible contar con la certificación de exención respectiva a efectos de evitar demoras en la entrega de los mismos a las diferentes entidades educativas.
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- REMITIR al Departamento Ejecutivo Municipal para su conocimiento y posterior aplicación de la exención por el periodo fiscal 2010 de la Tasa General de Inmuebles, Impuesto Inmobiliario, Tasa por Inspección de Seguridad, Salubridad e Higiene y Tasa de Propaganda y Publicidad, la nómina de Colegios, Institutos y/o Academias adheridas al Régimen de Becas establecido para el corriente año mediante Ordenanzas Nºs 10101, 10102 y 13825, que como Anexo I forma parte de la presente.
ARTICULO 2º.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal remita a este Cuerpo, en un plazo de 10 (diez) días hábiles a partir de su recepción, los respectivos Certificados de Exención de Deudas, correspondientes al año 2010 de los establecimientos adheridos al Régimen de Becas detallados en el Anexo I que forma parte de la presente.
ARTICULO 3º.- APROBAR la nómina de Beneficiarios de medias becas que concurren a los diferentes establecimientos adheridos, por el presente año al Régimen de Becas de la Municipalidad de la Ciudad de Salta, que como Anexo II forma parte de la presente.
ARTICULO 4º.- AUTORIZAR a la Comisión de Acción Social y Becas de este Organismo, a completar la nómina de beneficiarios que cada caso requiera.
ARTICULO 5º.- PUBLICAR en la página web del Concejo Deliberante el listado de entidades educativas y alumnos beneficiarios del Régimen de Becas consignados en los Anexo I y II de la presente, como así también en transparentes del Concejo Deliberante y anexo calle Jujuy Nº 21.-
ARTICULO 6º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
DIEZ VILLA – ÁLVAREZ VER ANEXO
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DECLARACIONES
DECLARACIÓN Nº 017 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 -2061/10.- Autor: Cjal. Viviana B. Ávila.-
VISTO
La iniciativa de la Concejal Viviana Ávila; y
CONSIDERANDO
Que, la Profesora Rosa López de Pereyra Rozas, coordinadora del Complejo Cultural San Francisco, a manifestado su preocupación por la preservación y restauración del Patrimonio Arquitectónico y Urbanístico de la Ciudad de Salta;
Que, el tema de preservación fue siempre una preocupación por el que tanto trabajo el Arq. Mariano Sepúlveda, quien fuera amigo de esta casa franciscana;
Que, además es necesario tener en cuenta el reconocimiento a la obra del franciscano Arq. Luis Georgi, que tuvo siempre un criterio turístico al realizar su pensamiento en el beneficio de la Ciudad de Salta;
Que, ante la celebración del Bicentenario de nuestra Patria es una instancia de alto valor histórico hacer resaltar el Patrimonio Arquitectónico y Urbanístico que tanto nos enorgullece, concentrando todo el esfuerzo y los recursos disponibles para preservarlo;
Que, la Ley Nº 7418, constituye el marco legal, de aplicación en todo el territorio provincial, para la preservación, salvaguarda, protección, restauración, promoción, acrecentamiento y transmisión a las generaciones futuras del Patrimonio Arquitectónico y Urbanístico de la Provincia de Salta;
Que, los bienes que integran el mismo, son de carácter histórico, etnográfico, artístico, arquitectónico, urbanístico o paisajístico;
Que, conforme al Decreto Nº 2735/09, la gestión sustentable del patrimonio cultural, que constituye uno de los principales recursos de la Ciudad de Salta, requiere conciliar la conservación con las nuevas perspectivas económicas y sociales. La Ciudad tiene que afrontar por ello el desafío de lograr un vínculo dinámico entre lo más antiguo y la vitalidad de una Ciudad futura;
Que, el Gobernador de la Provincia Juan Manuel Urtubey dictó el Decreto Nº 2735/09, a través del cual se declara al Área Centro de la Ciudad de Salta como Bien Arquitectónico y Urbanístico de la Provincia de Salta en el marco de la Ley Nº 7418 de Protección del Patrimonio Arquitectónico y Urbanístico de la Provincia de Salta;
Que, la gestión sustentable del patrimonio cultural, constituye uno de los principales recursos de la Ciudad de Salta, requiere conciliar la conservación con las nuevas perspectivas económicas y sociales. La Ciudad tiene que afrontar por ello el desafío de lograr un vínculo dinámico entre lo más antiguo de la Ciudad y la vitalidad de una Ciudad futura;
Que el Área Centro de la Ciudad de Salta, es la que por su arquitectura, unidad e integración con el paisaje, tiene valor especial desde el punto de vista arquitectónico y urbanístico, conformando una unidad de alto valor social y cultural;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
DECLARA:
PRIMERO.- QUE vería con agrado que el Gobierno de la Provincia de Salta concentre el mayor esfuerzo técnico-financiero, para la preservación del Templo Franciscano y la restauración de las obras del franciscano Arq. Luis Georgi.-
SEGUNDO.- QUE vería con agrado que a través de las reparticiones que correspondan, proceda a la redistribución del Transporte Urbano de Pasajeros por calles Córdoba y Caseros, ya que su permanente circulación, vibraciones y hollín, provocaron daños irreparables al Patrimonio Arquitectónico.-
TERCERO.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
DIEZ VILLA - ÁLVAREZ
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DECLARACIÓN Nº 018 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135-2023/10.- Autora: Cjal. Lucrecia Lambrisca.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
DECLARA:
PRIMERO.- EXPRESAR su beneplácito con las sentencias dictadas por el Tribunal Oral Federal Nº 1 de San Martín, Buenos Aires en juicios por crímenes de lesa humanidad seguidos contra el último Presidente de facto Reynaldo Bignone condenado a 25 años de prisión; y los represores Santiago Omar Riveros, Fernando Ezequiel Verplaetsen condenados a 25 años de Prisión; Carlos Tepedino y Eugenio Guañabens Perelló condenados a 20 años de Prisión y Jorge Osvaldo García condenado a 18 años de Prisión, todos en cárceles comunes.-
SEGUNDO.- EXPRESAR su beneplácito por el fallo dictado el 27 de abril del corriente año por la Corte Suprema de Justicia de la Nación declarando la inconstitucionalidad de los indultos otorgados a los ideólogos del genocidio del año 1976 al 1983; ex Ministro de Economía José Alfredo Martínez de Hoz, al ex Presidente de Facto Jorge Rafael Videla, al ex Ministro del Interior Albano Harguindeguy, por el que se ratifica la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad y la obligatoriedad de los Estados de esclarecerlos e identificar a los culpables.-
TERCERO.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
DIEZ VILLA - ÁLVAREZ
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DECLARACIÓN Nº __019 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 2081 /10.-
Autor: Cjales. Viviana B. Ávila y Raúl R. Medina.-
VISTO
Los Decretos Nºs 1438/10, 1468/10 y las Resoluciones Nºs 1020 y 147 del Ministerio de Educación y Ministerio de Finanzas y Obras Públicas; y
CONSIDERANDO
Que, la Carta Municipal en su Artículo Nº 8 establece: "…La Municipalidad de Salta estará gobernada por un Departamento Ejecutivo a cargo de un Intendente, y un Concejo Deliberante…";
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
DECLARA:
PRIMERO.- QUE vería con agrado que, previo a la firma del Convenio de Descentralización del Servicio de Maestranza en Escuelas, el Departamento Ejecutivo Municipal cuente con la siguiente información:
a) Número de cargos de ordenanzas actualmente cubiertos en Escuelas y Colegios del Ejido Municipal.
b) Número de cargos vacantes según Planta Orgánica Funcional (POF) en las distintas Escuelas de Capital.
c) Modalidad contractual con la que se designo a las ordenanzas en los años 2008-2009-2010, se trata de designaciones de planta permanente, planta transitoria, contratos de locación de servicios, pasantías, etc.
d) Cuantos trabajadores se encuentran encasillados dentro del orden de prioridad de nombramiento que prevé la Resolución Nº 1020/10 en el punto I del anexo II y cuales son sus ingresos mensuales actualmente, obra social y aportes previsionales, previstos para los nuevos nombramientos, al menos cantidad de trabajadores con diversos encuadres en planes sociales que se encuentran registrados como contra-prestadores del servicio de maestranza en los establecimientos.
e) En caso de efectivizarse la firma del Convenio entre el Municipio y la Provincia, cuanta es la remisión presupuestaria prevista para el Municipio.
SEGUNDO.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
DIEZ VILLA – ÁLVAREZ
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DECLARACIÓN Nº 020 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 -2056/10.- Autor: Cjal. Aroldo Tonini.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
DECLARA:
PRIMERO.- CONSIDERA conveniente que el Departamento Ejecutivo Municipal proceda con urgencia, a través de las Áreas que correspondan, a ejecutar las siguientes obras y servicios:
a) Conclusión de las obras de pavimento comprometidas en el año 2.007/2.008 en la Avda. Cornelio Saavedra.-
Construcción de veredas perimetrales alrededor del predio de la Sociedad Rural Salteña. -
c) Ampliación de desagües pluviales ubicados en intersección de
Avda. del Trabajo y Avda. Palacios. -
Aumento en el tendido de Alumbrado Público desde Avda. José Contreras de Oeste a Este, desde Avda. Paraguay hasta Cornelio Saavedra; desde Cornelio Saavedra hasta Avda. Gato y Mancha. Igualmente el aumento del alumbrado público existente de la Avda. del Trabajo.-
e) Reordenamiento de la recolección domiciliaria de residuos
urbanos en barrios cercanos y colindantes con Villa Palacios, así como el barrido de las calles hasta tres (3) veces por semana.-
f) Retiro del descacharrado en Avda. Saavedra frente a la escuela.-
g) Construcción de un nuevo conteiner de basura en el espacio
comprendido entre los Bloks 42 y 43 de Villa Palacios.-
SEGUNDO.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal que la ejecución de las obras y servicios precedentes se imputen a las partidas presupuestarias del año 2.010.-
TERCERO.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.- DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
DIEZ VILLA - ÁLVAREZ
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DECLARACIÓN Nº 021 C.D.-
Ref.: Exptes. Cºs Nºs 135-1180/10 y otros que corren a cuerda separada; 135- 1902/10; 135-1179/10; 135-1799/10; 135-1798/10.-
VISTO
Los expedientes de referencia presentados por los Concejales Raúl Romeo Medina, Virginia del Valle López, Marcelo Oliver y Mirta Gladys Isa y vecinos de barrio Los Tarcos y villa Palacios; y
CONSIDERANDO
Que, en los mismos se solicita se revea algunos recorridos de Corredores del sistema de Transporte Urbano de Pasajeros, que presta la Sociedad Anónima del Estado del Transporte Automotor - SAETA -, como así también la reubicación de paradas con el fin de cubrir las necesidades de vecinos que utilizan este servicio;
Que, la Ley Provincial Nº 7322, en su artículo 2º establece:“…Créase la Autoridad Metropolitana del Transporte (AMT), la que revestirá el carácter de ente autárquico, vinculándose con el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de la Producción y el Empleo de la Provincia de Salta, y tendrá a su cargo potestades de planificación, organización, actuación, regulación, fiscalización y control, necesarias para el cumplimiento de su objetivo principal de garantizar la normalidad en la prestación del servicio público propio e impropio de transporte por automotor de personas en la Región Metropolitana de Salta …”;
Que, la Ley Nº 6534, Carta Municipal, Capítulo XI, en su artículo 101, establece que el Municipio debe garantizar el funcionamiento de los Servicios Públicos que tiendan a satisfacer las necesidades de la comunidad en forma continua, justa, igualitaria y eficiente;
Que, es facultad de este Cuerpo Deliberativo dictar el instrumento legal correspondiente;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
DECLARA:
PRIMERO.- QUE Vería con Agrado que la Autoridad Metropolitana de Transporte, interceda ante la Sociedad Anónima del Estado de Transporte Automotor, SAETA, a efectos de dar curso a las peticiones formuladas por los vecinos de los barrios Los Ceibos, Los Tarcos, Elvisa, Parques Nacionales y Villa Palacio, en relación a la ampliación de los recorridos de los Corredores 8C, 8D, 3A, 3B y 3C.-
SEGUNDO.- CUMPLIDO remítanse las actuaciones al Archivo de este Concejo Deliberante a fin de resguardarlas convenientemente.
TERCERO.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
DIEZ VILLA - ÁLVAREZ
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DECLARACIÓN Nº 022 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 -0878/10.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
DECLARA:
PRIMERO.- QUE Vería con Agrado, que los funcionarios designados mediante Resoluciones Nº 295/07, 296/07 y 256/09 de este Cuerpo Deliberativo, opten por alguno de los cargos (partidario o público) que ostentan.-
SEGUNDO.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
DIEZ VILLA – ÁLVAREZ
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-
DECLARACIÓN Nº 023 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 -2169/10.-
Autores: Cjales. Carlos Saravia, María del S. Villamayor, Raúl Medina, Tomás S. Rodríguez, Azucena M. Pinto, Luís Vaca y Matías Cánepa.-
VISTO
El abrupto corte del suministro de agua que se produjo en la zona Norte de la Ciudad, desde el día 4 del presente y aún sin solución y que lo padecen los vecinos del Barrio Castañares Grupo 298, 222, 244, 480, 111, 108, 198, Barrio Universitario, Ciudad del Milagro, entre otros; y
CONSIDERANDO
Que, el vital líquido elemento del que carecen más de 10.000 familias, producen daños en la salud de muchos ciudadanos, esto sin mencionar la incomodidad para poder acceder a la escasa cantidad de agua ofrecida por la empresa en tanques de dudosa higiene;
Que, en la zona afectada se levantan escuelas, centros asistenciales, lugares altamente concurridos por habitantes del sector;
Que, graves problemas como este pone de manifiesto las limitaciones técnicas y operativas que la empresa Aguas del Norte observa en estos casos;
Que, se debe resaltar también en contrapartida la aceitada maquinaria que ofrece al momento de cobrar las tarifas consignando las moras en aquellos usuarios que abonan fuera de término;
Que, constituye una obligación del Municipio velar por la salud y calidad de vida de todos los conciudadanos, más aún por las diarias manifestaciones de descentralización de la Provincia hacia el municipio;
Que, en virtud de ello resulta imprescindible dar a conocer la actitud tomada por el ente Regulador de los Servicios en esta problemática en contra de la no prestación del servicio;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
DECLARA:
PRIMERO.- QUE, vería con agrado que la empresa Aguas del Norte brinde una inmediata solución al problema de corte de suministro de agua, reestableciendo el suministro del vital líquido elemento a los habitantes de los Barrios Castañares Grupos 298, 111, 244, 222, 108, 198, 200, Barrio Universitario, entre otros afectados por la provisión de agua.-
SEGUNDO.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
DIEZ VILLA - ÁLVAREZ
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DECLARACIÓN Nº 024 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 - 2166/10.-
Cjales.: Mirta Isa, Virginia López, Luis. G. Vaca, María del S. Villamayor, Alberto P. Serrudo, Carlos H. Saravia, Azucena M. Pinto, Matías A. Cánepa.-
VISTO
El estado edilicio en el que se encuentra la denominada Casa de Leguizamón, sita en la intersección de las calles Florida y Caseros de nuestra Ciudad; y
CONSIDERANDO
Que, dicha casa fue construida casi simultáneamente con la Revolución de Mayo entre los 1806 y 1808 por el comerciante, militar y político don Juan Galo Leguizamón, acumulando dos siglos de historia salteña entre sus anchas paredes de adobe;
Que, mediante Decreto Nº 1739/79, de fecha 19 de julio de 1979, el Poder Ejecutivo Nacional, declara a dicho inmueble como Monumento Histórico Nacional;
Que, en enero de 2008 la Secretaría de Cultura de la Nación cedió la administración del inmueble a la Secretaría de Cultura de la Provincia, comenzando las taras de inventario, acondicionamiento y embalaje de todo el mobiliario en el mes de marzo del mismo año, con la finalidad de proceder a su restauración;
Que, el Gobierno de la Provincia, a través de la Secretaría de Obras Públicas, ha iniciado acciones tendientes a consolidar y refaccionar el citado inmueble a los efectos de que se cumpla con el objetivo trazado en el Decreto de referencia, disponiendo a tal efecto de importantes partidas presupuestarias;
Que, la Comisión Museos y de Monumentos Históricos, dependiente de la Secretaría de Cultura de la Nación, ha solicitado la paralización del proceso licitatorio tendiente a cubrir la primera etapa de la obra de restauración del inmueble;
Que, más allá del alto valor histórico, cultural y arquitectónico de la Casa de Leguizamón, su actual situación edilicia pone en riesgo la seguridad física de los transeúntes que a diario circulan por las arterias mencionadas;
Que, resulta imperioso articular medidas que garanticen no solo la seguridad física de las personas, sino también la indemnidad del inmueble señalado, verdadero ícono de la arquitectura temprana del siglo XIX característica de nuestro casco urbanístico histórico;
Que, en virtud de ello resulta oportuno solicitar a nuestros Legisladores Nacionales su activa participación en la resolución de la situación descripta en miras a normalizar la conservación del inmueble, evitando su deterioro y eventual destrucción, para su verdadera revalorización como un importante bien cultural Municipal, Provincial y Nacional;
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
DECLARA:
PRIMERO.- QUE vería con agrado que los Senadores Nacionales que representan a nuestra Provincia en el Congreso de la Nación, realicen las gestiones necesarias ante la Comisión Museos y de Monumentos Históricos, dependiente de la Secretaría de Cultura de la Nación, a los efectos de que se lleve a cabo las tareas de refacción de la denominada Casa de Leguizamón, declarada Monumento Histórico Nacional, mediante Decreto Nº 1739/79 del Poder Ejecutivo Nacional, sita en calles Caseros esquina Florida de la Ciudad de Salta.-
SEGUNDO.- REMITIR copia de la presente a los Senadores Nacionales por la Provincia de Salta y a la Honorable Cámara de Senadores de la Nación.-
TERCERO.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
SOLICITUD DE INFORME
SOLICITUD DE INFORME Nº 067 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135-1824/10.- Autor: Cjal. Aroldo Jesús Tonini.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA EN REUNIÓN HA ACORDADO Y:
SOLICITA INFORME
PRIMERO.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal, en el marco de la descentralización de los programas sociales encarados por el Gobierno de la Provincia de Salta, y en un plazo máximo de siete (7) días hábiles, informe lo siguiente:
a) Cuales son los programas sociales que la Provincia ha transferido en su ejecución a la Municipalidad Capitalina, con indicación de objetivos, población y/o sector beneficiario, requisitos para su incorporación, partidas presupuestarias asignadas a cada programa hasta el 31-12-10.-
b) Cuales son los organismos municipales encargados de la ejecución, con indicación de los funcionarios responsables de cada uno de ellos.-
c) Mecanismos, organismos y funcionarios encargados del control de ejecución de dichos programas, tanto en el orden provincial, como municipal.-
d) Fecha en que iniciaron, ó van a iniciar cada uno de los programas descentralizados.-
e) Si existen instrumentos legales (de orden provincial y/o municipal) que aprueben la descentralización. (Adjuntar copias).-
SEGUNDO.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DIEZ VILLA - ÁLVAREZ
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DECLARACIÓN Nº 025 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 -2164/10.- Autora: Cjal. Irene Soler.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, EN REUNIÓN, HA ACORDADO, Y
DECLARA:
PRIMERO.- SOLICITAR a los señores Legisladores Nacionales de la Provincia de Salta, intercedan ante el Gobierno Nacional, a fin de que no se suspenda el pago de la Asignación Universal a los padres o tutores cuyos hijos no acrediten asistencia a establecimientos escolares en virtud de encontrarse en tratamiento de rehabilitación por adicciones y/o cualquier otra enfermedad imposibilitante.-
SEGUNDO.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
DIEZ VILLA - ÁLVAREZ
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
DIEZ VILLA - ÁLVAREZ
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SOLICITUD DE INFORME Nº 068 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135 – 2121/10.-
Autores: Cjales, Irene Soler Carmona y Raúl Romeo Medina.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA EN REUNIÓN HA ACORDADO Y:
SOLICITA IMFORME
PRIMERO.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través del Organismo que corresponda, informe a este Cuerpo en un lapso no superior a los tres (3) días hábiles, lo siguiente:
a) Habilitaciones edilicias otorgadas a la Fundación Aurora, con sede en Calle Zuviría Nº 552, para el dictado de la carrera de Kinesiología en dicho edificio.-
b) Aptitud de la infraestructura edilicia para albergar a los numerosos alumnos de la mencionada carrera.-
SEGUNGO.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal
DADA EN SALA DE SESIONES DELCONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS CINCOS DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIZ
DIEZ VILLA - ÁLVAREZ
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SOLICITUD DE INFORME Nº 069 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135-2080/10.- Autora: Cjal. Viviana Beatriz Ávila.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA EN REUNIÓN HA ACORDADO Y:
SOLICITA INFORME
PRIMERO.- SOLICITA al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de los Organismos que correspondan, informe a este Cuerpo, en un lapso no superior a los cinco (5) días hábiles, lo siguiente;
a) Cuáles son los Planes y Programas que el Gobierno de la Provincia de Salta descentralizó para ser administrados por el Municipio de la Ciudad de Salta.-
b) Montos de los mismos.-
c) Detalle de cada uno de ellos.-
d) Cupo de beneficiarios y condiciones para el otorgamiento.-
e) Cómo se llevará a cabo la rendición del Municipio al Ejecutivo Provincial Cada cuánto tiempo.-
f) Cuál será el control que ejercerá la Provincia sobre el Municipio para el manejo de estos Planes Sociales.-
g) Que rol desempeñará la Cooperadora Asistencial frente al manejo de estos Planes, tendrá relación o serán paralelos o independientes.-
h) Funcionarios a cargo de la Coordinación en el manejo de los Planes y Programas, capacitación e idoneidad de los mismos.-
i) Copia del convenio celebrado entre la Provincia y el Municipio concerniente a la Descentralización de estas Políticas Sociales.-
SEGUNDO.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.- DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
DIEZ VILLA - ÁLVAREZ
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SOLICITUD DE INFORME Nº 070 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135-2120/10.-
Autores: Cjal. Irene Soler Carmona y Raúl Romeo Medina.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA EN REUNIÓN HA ACORDADO Y
SOLICITA INFORME
PRIMERO.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal, a través del organismo que corresponda informe a este Cuerpo en un lapso no superior a los tres (3) días hábiles, lo siguiente:
a) Exenciones tributarias y/o impositivas, que fueron otorgadas al Instituto San Andrés S.R.L., CUIT 30- 71065665-3.-
b) Situación impositiva del mencionado Instituto.-
c) Exenciones de carácter impositivo y/o tributario otorgadas a la Fundación Aurora, con sede en calle Zuviría Nº 552 de la Ciudad de Salta.-
d) Situación impositiva de la referida Fundación.-
SEGUNDO.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.- DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
DIEZ VILLA – ÁLVAREZ
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SOLICITUD DE INFORME Nº 071 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135-2149/10.- Autor: Cjal. Aroldo Jesús Tonini.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA EN REUNIÓN HA ACORDADO Y:
SOLICITA INFORME
PRIMERO.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal informe al Concejo Deliberante Capitalino lo siguiente:
a) Listado de todos los contratos de desmalezamientos y limpiezas de espacios públicos (plazas, platabandas, veredas, banquinas, canales, rivera de canales, rotondas y demás espacios públicos de la Ciudad), contratados por la Municipalidad bajo la forma de contrataciones directas, concursos de precios y licitaciones públicas, con y sin publicación en los diarios de Salta, desde el 02-01-09 y hasta 30 de abril del corriente año.-
b) Indicar igualmente sobre el mencionado listado, nombre de las empresas, propietarios de las mismas, domicilios legales y/o comerciales, montos contratados, plazos de ejecución, y estado de ejecución de los mismos.-
c) Indicar los criterios de distribución de los contratos, según los lugares y zonas a desmalezar en la Ciudad, y como están distribuidas las empresas según dichos espacios.-
d) Indicar en cada caso ejercicio presupuestario al que fueron imputados cada uno de los contratos requeridos.-
SEGUNDO.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.- DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
DIEZ VILLA - ÁLVAREZ
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SOLICITUD DE INFORME Nº 072 C.D.-
Ref.: Expte. Cº Nº 135-2161/10.-
Autores: Cjale. Roque Arturo Rueda Torino; Gabriela Angelina Cerrano; Carlos Humberto Saravia; Nora Elizabeth Colpari y Gladis Beatriz Tinte.-
VISTO
Los Artículos 7, inc. “c” y “f” y 98 de la Carta Municipal;
La nota presentada con fecha 14 de abril de 2010 que luce a fs. 115 del Expte. Cº Nº 135-0225/10 .- que obra en la Comisión de Ambiente y Seguridad: Pedido de Informe sobre Parque Industrial;
CONSIDERANDO
Que, en la nota citada en el Visto, cuya copia se adjunta, el señor Jefe Supervisor de la Subsecretaría de Ambiente de la Municipalidad informa con respecto a la demora en producir un informe sobre el estado de las empresas instaladas en el Parque Industrial, que “se debe a los pocos recursos con que cuenta nuestra Dirección, ya que el traslado hacia el Parque Industrial se nos hizo a veces imposible por contar con un solo Móvil el cual es modelo 1994 y a veces sufre serios desperfectos, además nuestra Dirección de Medio Ambiente Municipal tiene que atender todas las denuncias que radican los ciudadanos en toda el área de la ciudad y por contar con un solo móvil a veces se nos dificulta.”;
Que, las manifestaciones del Jefe de Inspectores de la Subsecretaría de Ambiente, hacen necesario conocer el grado de posibilidad real que tiene la repartición para cumplir sus importantes funciones;
Por ello;
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA EN REUNIÓN HA ACORDADO Y:
SOLICITA INFORME
PRIMERO.- SOLICITAR, al Departamento Ejecutivo Municipal, que a través del organismo correspondiente informe en un plazo no superior a los diez
(10) días hábiles, el siguiente detalle de recursos materiales y humanos afectados a la Subsecretaría de Ambiente de la Municipalidad:
a) Inventario completo de maquinarias, elementos informáticos, instrumentos de medición, vehículos y útiles.-
b) Listado de Cargos de su Organigrama.-
c) Nómina completa de su personal, discriminado por su cargo o función, indicando vacancias existentes y fecha de origen de cada vacancia.-
d) Presupuesto Anual asignado para su funcionamiento.-
SEGUNDO.- SOLICITAR, al Departamento Ejecutivo Municipal, que a través de las autoridades de la Subsecretaría de Ambiente, se eleve una opinión fundada respecto de los elementos mínimos que necesite la repartición para cumplir acabadamente las funciones que le asigna la normativa vigente.-
TERCERO.- COMUNÍQUESE, publíquese y dése al Registro Municipal.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALTA, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.
DIEZ VILLA - ÁLVAREZ
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