CONDICIONES BÁSICAS QUE REGULAN EL ACUERDO MARCO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE REDES E INSTALACIONES DE SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE SERVICIOS DE LA COMARCA DE PAMPLONA, S. A.
CONDICIONES BÁSICAS QUE REGULAN EL ACUERDO MARCO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE REDES E INSTALACIONES DE SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE SERVICIOS DE LA COMARCA XX XXXXXXXX, S. A.
EXPEDIENTE 2015/PCD-GEN-MCP/000597
Pamplona, febrero de 2016
Objeto del Acuerdo Marco | Servicios de limpieza y desatasco de redes e instalaciones de saneamiento y depuración de aguas residuales de Servicios de la Comarca xx Xxxxxxxx, S.A. (SCPSA). El objeto de este acuerdo marco se concreta en los siguientes lotes: | ||
LOTE I Desatascos y limpiezas | Desatascos y limpieza de la red de alcantarillado y demás instalaciones de SCPSA incluida la EDAR xx Xxxxxxx con los medios necesarios para realizar las actuaciones de una forma adecuada. | ||
LOTE II Limpieza de Colectores | Limpieza periódica de los principales colectores comarcales con los medios necesarios para realizar las actuaciones de una forma adecuada.. | ||
LOTE III y IV Fosas | Limpieza de fosas sépticas y pequeñas EDAR, con los medios necesarios para realizar las actuaciones de una forma adecuada. | ||
La descripción de las actuaciones a desarrollar en cada uno de los lotes figura descrita en el presente condicionado | |||
CPV | 90410000-4 Servicios de retirada de aguas residuales, 90470000-2 Servicio de limpieza de alcantarillas 90513700 Servicio de transporte de lodos. | ||
Valor estimado | LOTE I- Desatascos y limpiezas | 229.960 € IVA excluido | |
LOTE II - Limpieza de Colectores | 240.000 € IVA excluido | ||
LOTE III - Fosas | 137.020 € IVA excluido | ||
LOTE IV - Fosas | 97.260 € IVA excluido |
Duración | Un año prorrogable de año en año 3 nuevas anualidades |
Procedimiento de selección | Se utilizará el Procedimiento Abierto con publicidad comunitaria recayendo la selección en los tres licitadores que hayan ofrecido mejor precio en cada uno de los lotes. |
No variantes | No se admite la presentación de variantes o alternativas |
Capacidad | Pueden concurrir al proceso de selección las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no se encuentren incursas en causa de prohibición y estén inscritas en el Registro de Transportistas de Residuos xx Xxxxxxx para la Actividad de “Recogida transporte de residuos no peligrosos” y específicamente para el código LER 190805 “Lodos del tratamiento de aguas residuales urbanas” para los Lotes I y II y para el código LER 200304 “Lodos de fosas sépticas” para los Lotes III y IV. |
Solvencia económica | Declaración en la que se especifique que el volumen anual de negocios global de la empresa referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles es superior a 50.000 euros para el Lote I, 100.000 euros para el Lote II y 48.000 euros para los Lotes III y IV. |
Solvencia técnica | Certificado de buena ejecución de los clientes a los que el licitador haya realizado trabajos de desatasco y limpieza de redes, colectores e instalaciones de saneamiento y depuración de aguas residuales por importe superior a 50.000 € para el Lote I, 100.000 € para el Lote II y 60.000 € para los Lotes III y IV en uno de los 3 últimos años, detallando la fecha y el importe. Asimismo, para realizar los trabajos objeto de este condicionado, se precisará, en el momento del inicio de la prestación del servicio, de 1 vehículo de al menos 8m3 de carga para el Lote I, 2 vehículos de al menos 14m3 de carga para el Lote II, 3 vehículos de la menos 20m3 de carga para el Lote III y 2 vehículos de la menos 10m3 de carga para el Lote IV, todos ellos equipados con sistemas de limpieza de alta presión. En caso de que un mismo licitador sea adjudicatario de varios lotes deberá disponer de la suma de la solvencia requerida en los lotes adjudicados. |
Plazo fin recepción ofertas | A las 14 horas del día 6 xx xxxxx de 2016 |
Garantía definitiva | 4% del importe de adjudicación |
Contacto |
1. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL ACUERDO MARCO
Constituye el objeto del Acuerdo Marco con Servicios de la Comarca xx Xxxxxxxx S.A. (en adelante SCPSA) la selección de las empresas que prestarán el servicio de limpieza y desatasco de redes e instalaciones de saneamiento y depuración de aguas residuales, limpieza de colectores así como la limpieza de fosas sépticas y pequeñas EDAR en el ámbito de actuación de SCPSA en la Comarca xx Xxxxxxxx incluido el transporte y descarga de los residuos en la EDAR Arazuri, conforme al alcance y condiciones técnicas recogidas en el presente condicionado.
Para ello se seleccionarán para cada lote los tres licitadores que hayan ofrecido mejor precio.
Los licitadores seleccionados quedarán clasificados por orden de menor a mayor precio ofertado.
SCPSA encomendará la realización de los trabajos objeto de este Acuerdo Marco, a medida que se produzca la necesidad o aviso correspondiente, entre las ofertas seleccionadas, priorizándolas de acuerdo a la clasificación derivada de este proceso de selección.
La codificación de la nomenclatura Vocabulario Común de Contratos (CPV), correspondiente al objeto de este Acuerdo Marco de asistencia es:
• 90410000-4 Servicios de retirada de aguas residuales,
• 90470000-2 Servicio de limpieza de alcantarillas
• 90513700 Servicio de transporte de lodos.
2. DURACIÓN
La duración del Acuerdo Marco será de un año contado a partir del día siguiente a la formalización del mismo. El Acuerdo podrá ser prorrogado de año en año hasta un máximo de 3 nuevas anualidades, previo acuerdo expreso por ambas partes, con una antelación mínima de 3 meses antes de que acabe su vigencia.
3. VALOR ESTIMADO DEL ACUERDO MARCO Y DE CADA UNO DE LOS LOTES QUE LO COMPONEN
El valor estimado del Acuerdo Xxxxx asciende a 704.240 € IVA excluido. El Acuerdo Marco contiene 4 Lotes que se detallan a continuación:
LOTE I – Desatascos y Limpiezas
El valor estimado total del Lote I es de 229.960 € IVA excluido, siendo el importe anual de
57.490 € IVA excluido. Este importe resulta de multiplicar las horas anuales estimadas por los importes máximos detallados en el punto 4.
LOTE II - Limpieza de Colectores
El valor estimado total del Lote II es de 240.000 € IVA excluido, siendo el importe anual de
60.000 € IVA excluido. Este importe resulta de multiplicar los metros de limpieza anuales estimadas por el importe máximo indicado en el punto 4.
LOTE III - Fosas
El valor estimado total del Lote III es de 137.020 € IVA excluido, siendo el importe anual de
34.255 € IVA excluido.
LOTE IV - Fosas
El valor estimado total del Lote IV es de 97.260 € IVA excluido, siendo el importe anual de
24.315 € IVA excluido.
Las cantidades establecidas en los cuatro lotes son estimadas, sin que esto suponga un compromiso de gasto por parte de SCPSA.
4. PRECIO DE LICITACIÓN
Los precios máximos de licitación para cada uno de los lotes son:
LOTE I – Desatascos y limpiezas.
Concepto | Horas anuales estimadas | Importe máximo IVA excluido |
Precio hora normal de trabajo de lunes a sábado de 8:00 a 22:00. Camión con 2 operarios. | 350 h. | 93 €/h |
Precio hora normal de trabajo de lunes a sábado de 8:00 a 22:00. Camión con 3 operarios. | 100 h. | 117 €/h |
Precio hora nocturna de 22:00 a 8:00, domingos y festivos todo el día. Camión con 2 operarios. | 40 h. | 150 €/h |
Precio hora inspección cámara CCTV | 10 h. | 124 €/h |
Precio hora robot fresador | 40 h. | 150 €/h |
No será admitida ninguna oferta que supere los importes máximos establecidos.
LOTE II - Limpieza de Colectores
Concepto | Metros anuales estimados | Importe máximo IVA excluido |
Colector limpiado e inspeccionado | 50.000 ml | 1,2 €/ml |
No será admitida ninguna oferta que supere los importes máximos establecidos.
LOTE III y IV - Fosas
El precio máximo anual de licitación para los lotes III y IV es de 34.255 € IVA excluido y 24.315
€ XXX excluido respectivamente.
No se admitirá ninguna oferta en la que la suma que resulte de multiplicar cada uno de los precios unitarios ofertados para cada fosa por la previsión de vaciados totales supere los precios máximos anuales de licitación establecidos.
5. IDENTIFICACIÓN DEL ÓRGANO Y MESA DE CONTRATACIÓN
El órgano de contratación es el Consejo de Administración de SCPSA y la Mesa de Contratación estará formada por:
• Un Miembro del Consejo de Administración de SCPSA
• El Director del Área Técnica y CIA
• El Director de Explotación CIA e Ingeniería
• El Jefe de Mantenimiento de Redes e Instalaciones
• Una letrada
• Una economista
• Un técnico de Compras
6. RÉGIMEN JURÍDICO
El régimen jurídico de este Acuerdo Xxxxx es el correspondiente a un contrato de asistencia, regulado por la Ley Xxxxx 6/2006 de Contratos Públicos xx Xxxxxxx, por lo dispuesto en el presente condicionado y en cuanto a sus efectos y extinción por las disposiciones de Derecho Civil o Mercantil sin perjuicio del régimen de modificaciones y de reclamaciones previsto en el Libro I y en el Libro III de la Ley Xxxxx 6/2006.
La participación en la presente licitación implica la aceptación voluntaria de dar transparencia institucional a todos los datos derivados del proceso de licitación, selección y ejecución hasta la finalización.
7. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE SELECCIÓN
De acuerdo a la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx de Contratos Públicos (LFC) se utilizará el Procedimiento Abierto con publicidad comunitaria recayendo la selección en los tres licitadores que hayan ofrecido mejor precio en cada uno de los lotes.
El anuncio de licitación se publicará en el DOUE, en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx (xxx.xxxxxxx.xx) y en la Sede Electrónica de la Mancomunidad de la Comarca xx Xxxxxxxx xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/
Una vez publicado el anuncio de licitación en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx, se recomienda la suscripción al mismo para conocer las futuras publicaciones que puedan derivarse de este procedimiento, tales como aclaraciones sobre el condicionado o la fecha de apertura de las ofertas económicas.
Se podrá presentar oferta a la totalidad de los Lotes o a cualquiera de ellos por separado. La selección de empresas de cada uno de los Lotes se realizará de manera independiente.
8. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Las empresas que deseen participar en el procedimiento presentarán sus ofertas antes de las 14,00 horas del día 6 xx xxxxx de 2016 en el Registro General de MCP, calle General Xxxxxxxxxx, 7 xx Xxxxxxxx, (entrada por C/Xxxxxxx de Rozalejo) de las 9:00 a las 14:00 horas.
Podrán enviarse proposiciones a través de Oficinas de Correos, dentro del plazo establecido, en cuyo caso el interesado deberá justificar la fecha y hora de imposición del envío, remitiendo en el mismo día por correo electrónico: xxx@xxx.xx, o Fax 000000000, el resguardo correspondiente. No obstante, transcurridos 10 días naturales desde la terminación del plazo de presentación, no será admitida ninguna proposición enviada por correo.
Los interesados podrán solicitar aclaraciones sobre el contenido del Acuerdo Marco, con una antelación mínima de 6 días naturales a la fecha de finalización del plazo de presentación de ofertas, en el email: xxxxxxxxxxxx@xxx.xx. Las contestaciones serán enviadas al interesado directamente y publicadas en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx y en la Sede Electrónica de la MCP.
9. CAPACIDAD PARA CONTRATAR Y REQUISITOS DE SOLVENCIA
a. Capacidad:
Pueden concurrir al proceso de selección las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no se encuentren incursas en causa de prohibición y estén inscritas en el Registro correspondiente de Transportistas de Residuos para la Actividad de “Recogida transporte de residuos no peligrosos” y específicamente para el código LER 190805 “Lodos del tratamiento de aguas residuales urbanas” para los Lotes I y II y para el código LER 200304 “Lodos de fosas sépticas” para los Lotes III y IV.
b. Solvencia económica y financiera:
Cada licitador deberá poseer solvencia económica y financiera suficiente para la ejecución del Acuerdo Xxxxx, entendiendo por ella la adecuada situación económica y financiera de la empresa para que la correcta ejecución del acuerdo no corra peligro de ser alterada por incidencias de carácter económico o financiero.
El cumplimiento de este requisito se hará constar en la declaración responsable (Anexo I), correspondiendo únicamente a los licitadores a cuyo favor recaiga la propuesta de selección la acreditación mediante la presentación de una declaración en la que se especifique que el volumen anual de negocios global de la empresa referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles es superior a 50.000 euros para el Lote I, 100.000 euros para el Lote II y
48.000 euros para los Lotes III y IV.
c. Solvencia técnica:
Se entiende por ella la capacitación técnica o profesional para la adecuada ejecución del Acuerdo Xxxxx, bien por disponer de experiencia anterior en contratos similares o por disponer del personal y medios técnicos suficientes.
El cumplimiento de este requisito se hará constar en la declaración responsable (Xxxxx X), correspondiendo únicamente a los licitadores a cuyo favor recaiga la propuesta de selección la acreditación mediante la presentación de los siguientes documentos:
• Certificado de buena ejecución de los clientes a los que el licitador haya realizado trabajos de desatasco y limpieza de redes, colectores e instalaciones de saneamiento y depuración de aguas residuales por importe superior a 50.000 € para el Lote I, 100.000 €
para el Lote II y 60.000 € para los Lotes III y IV en uno de los 3 últimos años, detallando la fecha y el importe.
• Acreditación de tener a su disposición los siguientes medios técnicos:
LOTE I – Desatascos y limpiezas | 1 Vehículo equipado con sistemas de limpieza de alta presión y al menos 8 m3 de carga. |
LOTE II - Limpieza de Colectores | 2 Vehículos equipados con sistemas de limpieza de alta presión y al menos 14 m3 de carga. |
XXXX XXX - Xxxxx | 0 Vehículos equipados con sistemas de limpieza de alta presión y al menos 20 m3 de xxxxx.xx |
XXXX XX - Xxxxx | 0 Vehículos equipados con sistemas de limpieza de alta presión y al menos 10 m3 de carga. |
La acreditación de disponibilidad de estos medios se realizará a través de la presentación de la documentación de los vehículos.
En caso de que un mismo licitador sea seleccionado para varios lotes deberá disponer de la suma de la solvencia requerida en los lotes en los que haya sido seleccionado en primer lugar.
En caso de que no disponga de medios suficientes para la realización de todos los lotes para los que ha sido seleccionado, deberá ponerlo en conocimiento de SCPSA, indicando el orden de preferencia de los lotes en los que quiere ser seleccionado. La Mesa de Contratación, en base a la solvencia acreditada, determinará en qué lotes se mantiene la propuesta de selección a su favor, y en cuáles se realiza una nueva propuesta de selección, en base a las ofertas presentadas, en favor de la siguiente empresa, si la hubiera.
SCPSA mantendrá la elección de la empresa seleccionada siempre que ello no conlleve que alguno de los lotes quede desierto.
Conforme al artículo 15 de la LFC, los licitadores podrán basarse en la solvencia de otras empresas, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tengan con ellas.
En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades se podrán tener en cuenta las sociedades pertenecientes al grupo, siempre y cuando aquéllas acrediten que tienen efectivamente a su disposición los medios, pertenecientes a dichas sociedades, necesarios para la ejecución de los contratos.
En el caso de que la solvencia se acredite mediante la subcontratación, el licitador deberá aportar un documento que demuestre la existencia de un compromiso formal con los subcontratistas para la ejecución del Acuerdo Xxxxx, sumándose en este caso la solvencia de todos ellos. Asimismo deberá acreditar, en la forma y condiciones establecidas en los artículos
13 y 14, que los subcontratistas disponen de los medios necesarios para la ejecución del Acuerdo Marco.
Será requisito, asimismo, para poder presentar oferta, que la finalidad o actividad que desarrolle el licitador tenga relación directa con el objeto del Acuerdo Marco, según resulte de sus respectivos Estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente y disponer de una organización con elementos materiales y personales necesarios para la ejecución del Acuerdo Marco.
10. REQUERIMIENTOS DE CARÁCTER SOCIAL.
Este Acuerdo Xxxxx se halla sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad y salud en el trabajo y, en particular, a las condiciones establecidas por el último convenio colectivo sectorial del ámbito más inferior existente en el sector en el que se encuadre la actividad de la empresa contratista.
La oferta económica deberá ser adecuada para que el adjudicatario haga frente al coste derivado de la aplicación del convenio sectorial que corresponda, sin que en ningún caso los precios/hora de los salarios contemplados puedan ser inferiores a los precios/hora del convenio más los costes de Seguridad Social.
En caso de incumplimiento por parte del contratista de estas cláusulas sociales, el órgano de contratación podrá optar por:
a) Resolver el Acuerdo Xxxxx e inhabilitar al contratista para contratar con las entidades sometidas a la presente ley xxxxx por un periodo de 5 años.
b) Continuar con la ejecución del Acuerdo Xxxxx por el mismo contratista con la imposición de una penalidad del 35 por ciento del precio del Acuerdo Marco.
11. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
Cada licitador únicamente podrá presentar una proposición por lote. Los licitadores que participen conjuntamente no podrán presentar proposiciones individuales, ni integrados en otra unión temporal o en concurrencia con empresas distintas. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la inadmisión de todas las ofertas suscritas por el licitador infractor.
Las proposiciones se presentarán en dos sobres cerrados para cada uno de los Lotes, en los que figurará la siguiente leyenda: “Acuerdo Marco para la prestación del servicio de limpieza y desatasco de colectores e instalaciones de saneamiento y depuración de aguas residuales. Expediente 2015/PCD-GEN-MCP/000597”, el Lote al que pertenece, los datos del licitador
(nombre, dirección, e-mail, teléfono) así como el título de cada sobre, que será, respectivamente:
SOBRE 1: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA SOBRE 2: PROPOSICIÓN ECONÓMICA
SOBRE 1 - DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA. Contendrá
Declaración responsable.
Conforme al Anexo I y firmada por persona debidamente apoderada. Caso de ser empresas que concurran conjuntamente la declaración responsable deberá ser por cada una de las empresas.
Si se trata de empresas que concurren conjuntamente, deberá presentarse la documentación prevista en el art. 10.2 de la LFC.
SOBRE 2 - PROPOSICIÓN ECONÓMICA
Conforme al Anexo II y firmada por persona debidamente apoderada. En el caso de empresas que concurran conjuntamente, la proposición económica será única a nombre de todas las empresas.
La inclusión de cualquier referencia al importe de la oferta económica en el sobre 1 dará lugar a la exclusión de la empresa en esta licitación.
12. OFERTA ANORMALMENTE BAJA
Podrá presumirse que una oferta es anormalmente baja cuando sea inferior en más de 30 puntos porcentuales al importe anual de cada uno de los lotes del Acuerdo Marco, en cuyo caso se estará a lo dispuesto en la LFC, respecto al procedimiento y consideraciones a seguir para resolver la admisibilidad o rechazo de dicha oferta.
13. CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN
Concluido el plazo de presentación de proposiciones se procederá, en acto interno, a la calificación de la documentación presentada por los licitadores en el sobre 1.
Si la Mesa de Contratación observara que la documentación fuera incompleta u ofreciese alguna duda, podrá conceder un plazo de entre 5 y 10 días naturales para que el licitador lo
subsane. Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias no subsanables, se rechazará la proposición.
La Mesa de Contratación podrá solicitar, antes de formular sus propuestas, cuantos informes considere precisos y se relacionen con el objeto del Acuerdo Marco.
14. APERTURA DE PROPOSICIONES
La Mesa de Contratación, en acto público a celebrar en el lugar y día que se publicará en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx y en la Sede Electrónica de MCP, dará cuenta del resultado de la calificación de la documentación presentada por los licitadores en el sobre 1 indicando los licitadores excluidos y las causas de su exclusión.
A continuación, se procederá a la apertura del sobre 2 dándose lectura a las proposiciones económicas formuladas en ellos, levantando el Acta correspondiente con indicación de las tres empresas propuestas para la selección para cada uno de los lotes.
Si se produjera empate en la puntuación entre dos o más licitadores, tal y como establece el art. 51.3 de la LFC, éste se dirimirá a favor de la empresa que tenga un mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad, siempre que éste no sea inferior al 3 por 100; en su defecto o persistiendo el empate, a favor de la empresa con un menor porcentaje de trabajadores eventuales, siempre que éste no sea superior al 10 por 100 y, en su defecto o persistiendo empate, a favor de la empresa que acredite la realización de buenas prácticas en materia de género.
A tal efecto, la Mesa de Contratación requerirá la documentación pertinente a las empresas afectadas, otorgándoles un plazo mínimo de cinco días naturales para su aportación.
En los casos en que en aplicación de los criterios anteriores persistiera el empate, éste se resolverá mediante sorteo.
A continuación la Mesa de Contratación elevará al órgano de contratación la propuesta con las tres empresas seleccionadas para la ejecución de los trabajos objeto de este Acuerdo Xxxxx en cada uno de los Lotes.
En el plazo máximo de siete días naturales desde la notificación de la propuesta, los licitadores seleccionados deberán presentar los siguientes documentos:
a. Documentación acreditativa de la personalidad:
• Si el licitador fuera una persona física, deberá presentar copia auténtica (compulsada notarial o administrativamente) del Documento Nacional de Identidad.
• Si el licitador fuera persona jurídica deberá presentar copia auténtica de la escritura de constitución, y en su caso, modificación, debidamente inscritas en el registro correspondiente, de conformidad con la norma que la regule.
• Copia auténtica del poder a favor de la persona que firme la proposición en nombre del licitador y del DNI de la persona apoderada. Si el licitador fuera persona jurídica, el poder deberá figurar inscrito en el Registro correspondiente, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación que le sea aplicable.
• De conformidad con el D.F. 174/2004, por el que se regula el Registro de Licitadores de la Comunidad Xxxxx, podrá sustituirse la documentación de este apartado por el certificado de inscripción en el Registro expedido por su encargado, sin perjuicio de recabar del Registro la exhibición de dicha documentación, suponiendo la presentación a ésta licitación autorización suficiente para que se solicite de oficio esta documentación.
b. Obligaciones tributarias
• Alta y último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
• Certificado del Departamento de Economía y Hacienda de los órganos competentes de las Administraciones Públicas respecto de las cuales el licitador tenga obligaciones tributarias, acreditativos de que se halla al corriente de las mismas, expedido con una antelación no superior a seis meses de la fecha de expiración del plazo de presentación de proposiciones.
c. Certificado expedido por la seguridad social
Acreditativo de estar inscritas en el sistema de Seguridad Social, estar afiliados o haber afiliado y dado de alta a los trabajadores, haber presentado los documentos de cotización correspondientes y hallarse al corriente en el pago de las obligaciones de la Seguridad Social que le imponen las disposiciones vigentes (salvo el supuesto de que el licitador no esté comprendido obligatoriamente dentro de su ámbito de aplicación), expedido con una antelación no superior a seis meses de la fecha de expiración del plazo de presentación de proposiciones.
d. Solvencia:
Los licitadores seleccionados deberán aportar la documentación detallada en el punto 9 del condicionado.
La falta de aportación de la documentación necesaria en dicho plazo supondrá la exclusión del licitador del procedimiento, con abono por parte de éste de una penalidad equivalente al 5 por 100 del importe estimado del Acuerdo Marco e indemnización complementaria de daños y perjuicios en todo lo que exceda dicho porcentaje.
15. SELECCIÓN DE LAS EMPRESAS Y FORMALIZACIÓN DEL ACUERDO MARCO
El Órgano de Contratación acordará sobre la selección de las 3 empresas propuestas por la Mesa de Contratación en cada uno de los Lotes, pudiendo declarar el procedimiento desierto si ninguna de las proposiciones se estima adecuada.
Transcurridos los 15 días naturales de suspensión desde la remisión de la comunicación de selección, o en su caso, desde la publicación de la misma, y en el plazo máximo de 15 días naturales se formalizará el Acuerdo Marco.
Se llevará a cabo la formalización del Acuerdo Marco previa presentación por los adjudicatarios de la documentación que se indica a continuación:
a. Seguro de responsabilidad civil
El Adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios de cualquier naturaleza que se puedan causar a terceros, incluyendo a MCP y a SCPSA, como consecuencia del transporte y suministro objeto de este Acuerdo Marco.
El Adjudicatario contratará y mantendrá en vigor una póliza de Responsabilidad Civil con una cobertura mínima de 300.000 € incluyendo la Responsabilidad Civil de Explotación, de Productos considerándose tanto a la Mancomunidad de la Comarca xx Xxxxxxxx como Servicios de la Comarca xx Xxxxxxxx, S.A. y los empleados de ambas, terceros frente al adjudicatario.
Para ello, deberá presentar antes de la prestación del servicio, y en cada uno de los vencimientos que se produzcan durante la realización de este Acuerdo Marco, un certificado de la compañía aseguradora que acredite la vigencia de dicha póliza y de estar al corriente de pago.
La responsabilidad del Adjudicatario en ningún caso quedará condicionada por el límite máximo de indemnización, de las franquicias, exclusiones o limitaciones que establezca el Acuerdo Xxxxx suscrito por el adjudicatario con su compañía de seguros.
b. Garantía definitiva:
El primer seleccionado de cada lote constituirá la garantía para la formalización del Acuerdo Marco por el 4% del importe de adjudicación del Acuerdo Marco.
El resto de seleccionados en cada uno de los lotes, deberán constituir la garantía en el momento en que se les encargue el primer trabajo. El importe de la garantía a constituir será proporcional al importe pendiente de ejecución en esa anualidad del Acuerdo Marco.
Esta garantía podrá constituirse de cualquiera de las formas previstas en el art. 95 de la LFC y responderá de las obligaciones que para el contratista se derivan de este Acuerdo
Xxxxx, incluidas las penalizaciones en que pudiera incurrir o cualesquiera otros incumplimientos.
Si alguno de los licitadores seleccionados no cumple las condiciones o requisitos necesarios para formalizar el Acuerdo, SCPSA podrá seleccionar a los licitadores siguientes en base a las ofertas presentadas a la licitación del Acuerdo Marco.
16. EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
En caso de que la empresa a la que se le encomiende el trabajo, conforme a lo establecido en el punto 1 del condicionado, decline la realización del mismo, SCPSA encomendará el trabajo a la siguiente empresa seleccionada en base a los precios ofertados, repitiéndose este procedimiento en caso de que la segunda empresa seleccionada también declinara la realización del trabajo, sin perjuicio de la imposición de las penalidades correspondientes a las empresas que hayan declinado su realización.
Si ninguna de las empresas seleccionadas acepta la realización del trabajo encargado, SCPSA podrá encargar la realización del mismo a una empresa no seleccionada en el Acuerdo Marco.
Una vez encomendado a una empresa y aceptado el trabajo correspondiente, la efectiva prestación del mismo se configura como obligación contractual esencial.
Los trabajos se ejecutarán conforme a las prescripciones técnicas establecidas en el presente condicionado, en concreto en los Anexos III (Lote I), IV (Lote II) y V (Lotes III y IV).
En todo caso el contratista se somete a las facultades de interpretación, modificación y resolución del Acuerdo Marco que la legislación vigente confiere a la Mesa de Contratación del Acuerdo Marco.
17. APTITUD PARA CONTRATAR DE LAS EMPRESAS SELECCIONADAS
Durante toda la vigencia del Acuerdo Marco, las empresas seleccionadas deberán mantener plena su aptitud para contratar con SCPSA en cuanto a capacidad de obrar, solvencia económica y financiera, solvencia técnica o profesional y sobre no encontrarse incursas en causa de prohibición de contratar. En caso de que sean requeridas por SCPSA deberán aportar la documentación que lo acredite.
Las empresas seleccionadas deberán comunicar a SCPSA las variaciones que afecten a su aptitud para contratar con SCPSA relativas a su capacidad de obrar, prohibición de contratar y solvencia en el plazo máximo de cinco días hábiles desde que se produzca la variación.
18. BALANCE ENERGÉTICO DE LA HUELLA DE CARBONO
Las empresas seleccionadas a los que se les encomiende la realización de algún trabajo objeto de este Acuerdo Marco se comprometen a facilitar anualmente los datos de consumos energéticos (gasoil, electricidad…) con objeto de poder calcular el balance energético de la Huella de Carbono en SCPSA.
19. RIESGO Y XXXXXXX
La ejecución del Acuerdo Xxxxx se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista y serán por cuenta de éste las pérdidas, averías o perjuicios que experimente durante la ejecución del mismo, sin perjuicio de su aseguramiento por el interesado.
Serán imputables al adjudicatario los daños y perjuicios que se causen con motivo de la ejecución de este Acuerdo Marco, con excepción de los que sean consecuencia de una orden inmediata y directa de SCPSA.
Los contratistas no podrán reclamar aumento de los precios fijados en su oferta, ni de las condiciones económicas del Acuerdo Xxxxx, bajo ningún concepto, ni siquiera en los casos de error u omisión imputable al contratista.
En todo caso, serán por cuenta del contratista:
1. Los gastos derivados de la formalización del Acuerdo Marco, en su caso.
2. Todos los impuestos, tasas, y demás gravámenes que resulten de aplicación y que sean exigibles con ocasión o consecuencia del Acuerdo Xxxxx o de su ejecución.
3. Cualesquiera otros gastos derivados por la realización de los servicios objeto del Acuerdo Marco.
20. PRESENTACIÓN DE NUEVOS PRECIOS
Tal como se establece en el punto 2 del presente condicionado, el Acuerdo Xxxxx podrá ser prorrogado de año en año hasta un máximo de 3 nuevas anualidades, previo acuerdo expreso por ambas partes, con una antelación mínima de 3 meses antes de que acabe la vigencia del mismo.
Para ello, SCPSA se pondrá en contacto con todas las empresas seleccionadas en este Acuerdo Marco para conocer su interés o no en la prórroga, que finalmente acordará el órgano de Contratación de SCPSA.
Aproximadamente dos meses antes de la finalización de la anualidad correspondiente del Acuerdo Xxxxx XXXXX se pondrá en contacto con las empresas con las que se haya acordado la prórroga del Acuerdo Marco para concederles un plazo de 5 días naturales, para que las empresas que quieran, presenten, en sobre cerrado, una nueva proposición económica (con el modelo del Anexo II) mejorando los precios ofertados en la licitación inicial. SCPSA indicará a su vez la fecha de apertura pública de dichas ofertas. En ningún caso, este nuevo precio podrá ser superior al presentado en el proceso de selección.
Con los nuevos precios ofertados se volverá a establecer el orden de selección de las empresas.
21. PERSONAL
Corresponde exclusivamente a la empresa contratista la selección del personal que formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del Acuerdo Xxxxx, sin perjuicio de la verificación por parte de SCPSA del cumplimiento de aquellos requisitos.
La empresa contratista procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio, informando en todo momento a SCPSA.
La empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante de su equipo de trabajo encargado de la ejecución del Acuerdo Marco, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador.
La empresa contratista velará especialmente porque sus trabajadores adscritos a la ejecución del Acuerdo Xxxxx desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto a la actividad delimitada en el condicionado como objeto del Acuerdo Marco.
El contratista deberá designar al menos un coordinador técnico o responsable quien integrado en su propia plantilla tendrá las siguientes obligaciones:
a) Actuar como interlocutor de la empresa contratista frente a SCPSA, canalizando la comunicación entre SCPSA y el personal adscrito a la ejecución del Acuerdo Marco, respecto a las cuestiones derivadas de dicha ejecución.
b) Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del Acuerdo Xxxxx e impartirles las órdenes e instrucciones de trabajo necesarias para su ejecución..
c) Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante de equipo adscrito al Acuerdo Marco de las funciones que tienen desempeñadas, así como el control de la asistencia a su puesto de trabajo.
d) Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del Acuerdo Xxxxx, debiendo coordinarse para ello con SCPSA, a los efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio.
e) Informar a SCPSA sobre las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del Acuerdo Marco.
22. PENALIDADES EN LA EJECUCIÓN DEL ACUERDO MARCO.
En caso de declinar la encomienda de un trabajo en cualquiera de los lotes objeto de este Acuerdo Marco, se establece una penalidad equivalente a la diferencia entre el precio ofertado por la empresa que declina y el precio final de ejecución.
En relación al Lote I y tomando como base el margen máximo de tiempo entre la recepción de la llamada de SCPSA o envío de e-mail y la presencia operativa del vehículo, se establece una penalización del 50% del precio hora ofertado por hora de retraso.
En caso de que la llamada a todos los teléfonos facilitados no sea contestada se enviará un email a la dirección indicada por la empresa seleccionada. Si la empresa no acude a realizar el trabajo en 1,5 horas se considerará declinado el trabajo, imponiendo, por tanto, la penalidad señalada en el párrafo primero de este punto.
En relación a los Lotes III y IV podrán ser objeto de penalización las siguientes:
No vaciar una fosa de acuerdo al programa acordado | 50% precio ofertado |
No vaciar una fosa a petición de SCPSA | 50% precio ofertado |
No justificar el trabajo ejecutado mediante documentación fotográfica | 100 €/fosa |
No vaciar una fosa del lote III en un solo día | 50% precio ofertado |
23. FORMA DE PAGO
El adjudicatario emitirá factura mensual por los trabajos ejecutados en ese periodo una vez recibida conformidad sobre su ejecución por parte de SCPSA. El pago se efectuará a 40 días desde la fecha de factura, mediante transferencia.
Las facturas deberán contemplar únicamente los trabajos correspondientes a dicho Acuerdo Marco y deberán indicar el número de expediente que se indicará a la formalización del mismo.
La factura será remitida por correo ordinario a la dirección calle General Xxxxxxxxxx, 7 xx Xxxxxxxx, (entrada por C/Xxxxxxx de Rozalejo) o al correo electrónico: xxxxxxx@xxx.xx.
24. CESIÓN DE LOS TRABAJOS DERIVADOS DE ESTE ACUERDO MARCO
Los derechos y obligaciones dimanantes del Acuerdo Xxxxx solo podrán ser cedidos a un tercero cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 111 de la Ley Xxxxx de Contratos Públicos, y siempre que ello no implique otras modificaciones sustanciales del Acuerdo Marco o tenga por objeto eludir la aplicación de la Ley Xxxxx o restringir de forma efectiva la competencia en el mercado.
25. PROTECCIÓN DE DATOS
El adjudicatario deberá contemplar todos los aspectos legales e implicaciones relacionados con la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos (LOPD), así como con el Reglamento de Desarrollo de dicha Ley, aprobado por el Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre, o cualquier otra disposición que viniera a sustituir o complementar a las anteriores y que pudiera afectar a los trabajos contratados.
26. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL ACUERDO MARCO
Este Acuerdo Xxxxx podrá ser objeto de resolución cuando concurra alguna de las siguientes causas:
a) La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista, salvo que se acuerde la continuación del Acuerdo Xxxxx con sus herederos o sucesores. En los casos de fusión, escisión, aportación o transmisión de empresas o ramas de la empresa se entenderá subrogada en los derechos y deberes del contratista la entidad resultante o beneficiaria siempre que conserve la solvencia requerida para la formalización del Acuerdo Marco.
b) La declaración de insolvencia en cualquier procedimiento y, en caso de concurso, la apertura de la fase de liquidación, salvo que, en este último caso, el contratista prestare las garantías suficientes a juicio de SCPSA para la ejecución del mismo.
c) El mutuo acuerdo entre SCPSA y el contratista, siempre que no concurra otra causa de resolución imputable al contratista y razones de interés público hagan innecesaria o inconveniente la permanencia del Acuerdo Marco.
d) La falta de formalización del Acuerdo Marco en el plazo establecido.
e) La falta manifiesta de veracidad de los documentos o declaraciones responsables aportados por la empresa en la licitación de la selección del Acuerdo Marco.
f) El incumplimiento de los requerimientos de carácter social o medioambiental para la ejecución del Acuerdo Marco.
g) La imposición de sanciones a la empresa adjudicataria que impliquen la privación temporal o definitiva de la autorización administrativa para el desarrollo de las actividades objeto del Acuerdo Marco.
h) Haber sido sancionado con carácter firme por infracción grave en materia de disciplina xx xxxxxxx; en materia profesional o en materia de integración laboral y de igualdad de oportunidades y no discriminación de las personas con discapacidad, o por infracciones muy graves en materia social incluidas las infracciones en materia de prevención de riesgos laborales.
i) La imposición de tres penalizaciones durante la vigencia del Acuerdo Marco por incumplimientos derivados de la ejecución de los trabajos.
j) El incumplimiento de las restantes obligaciones contractuales esenciales.
Si el Acuerdo Xxxxx se resuelve por culpa del contratista deberá indemnizar a SCPSA por los daños y perjuicios ocasionados, pudiendo ejecutarse la garantía correspondiente.
27. JURISDICCIÓN Y RECURSOS
Contra los actos que se aprueben en relación con la licitación de este Acuerdo Xxxxx podrá interponerse, la reclamación en materia de contratación pública establecida en el Libro III de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos, cuando concurran los requisitos establecidos en el mismo, o el recurso ante el Presidente de la Mancomunidad regulado en el artículo 4 del Reglamento de relaciones entre Mancomunidad de la Comarca xx Xxxxxxxx y Servicios de la Comarca xx Xxxxxxxx.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre interpretación, modificación, resolución y efectos de este Acuerdo Xxxxx serán resueltas por el Órgano de Contratación, cuyos acuerdos podrán ser recurridos ante el Presidente de la Mancomunidad, mediante el recurso citado en el apartado anterior o, directamente ante la jurisdicción civil, o ante la jurisdicción contencioso- administrativa, cuando las cuestiones litigiosas afecten a la preparación y adjudicación de los contratos, de conformidad con el artículo 21 de la Ley de Contratos del Sector Público.
28. INFORMACIÓN Y CONSENTIMIENTO
Los datos facilitados se recogen y tratan en ficheros responsabilidad de SCPSA, con la única finalidad del mantenimiento de la relación contractual derivada de la adjudicación de este Acuerdo Marco. Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de sus datos, dirigiendo un escrito al “Registro” de SCPSA, sito en la calle Gral. Xxxxxxxxxx, 7 31002-Pamplona, en el e-mail xxx@xxx.xx, o en la sede electrónica de la Mancomunidad de la Comarca xx Xxxxxxxx xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, manifestando su petición al efecto.
ANEXO I. DECLARACIÓN RESPONSABLE
Nombre:
NIF:
en representación de la empresa
Nombre:
NIF:
Domicilio:
E-mail para notificaciones:
Teléfono de contacto:
enterado de las condiciones básicas para la contratación del “Acuerdo Marco para la prestación del servicio de limpieza y desatasco de colectores e instalaciones de saneamiento y depuración de aguas residuales. Expediente 2015/PCD-GEN-MCP/000597”
DECLARA
Que reúne las condiciones para contratar exigidas en la Ley Xxxxx 6/2006 de Contratos Públicos y en el presente Condicionado.
Que cumple con lo establecido en el art. 38.1 de la Ley de Integración Social de los Minusválidos.
Que no presenta a licitación más de una oferta, ni en su nombre ni mediante empresas vinculadas, de acuerdo con la definición recogida en el artículo 16 de la Ley Xxxxx de Contratos.
Que cumple con las obligaciones que establece la normativa en materia de Prevención de Riesgos Laborales.
Que cumple con las obligaciones que establece la normativa vigente en materia de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD).
Que cumple los criterios de solvencia exigidos en el condicionado.
a de de 2016
Firma
ANEXO II. PROPOSICIÓN ECONÓMICA
Nombre:
NIF: en representación de la empresa
Nombre:
NIF:
Domicilio:
enterado de las condiciones básicas para la contratación del “Acuerdo Marco para la Prestación del Servicio de Limpieza y desatasco de colectores e Instalaciones de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales. Expediente 2015/PCD-GEN-MCP/000597” se compromete a su realización de acuerdo al condicionado, a su oferta y a lo establecido en el Acuerdo Marco, a los siguientes precios IVA excluido:
LOTE I – Desatascos y limpiezas.
Concepto | Importe/hora IVA excluido |
Hora normal de trabajo de lunes a sábado de 8:00 a 22:00. Camión con 2 operarios. | |
Hora normal de trabajo de lunes a sábado de 8:00 a 22:00. Camión con 3 operarios. | |
Hora nocturna de 22:00 a 8:00, domingos y festivos todo el día. Camión con 2 operarios. | |
Hora inspección cámara CCTV | |
Hora robot fresador |
No será admitida ninguna oferta que supere los importes máximos establecidos.
LOTE II - Limpieza de Colectores
Concepto | Importe/ml IVA excluido |
Colector limpiado e inspeccionado |
No será admitida ninguna oferta que supere los importes máximos establecidos.
LOTE III y IV - Fosas
Código | Nombre | Lote | Vaciados año | Precio vaciado | Total |
SFOS0000014 | XXXXXX | 0 | 0 | ||
XXXX0000000 | XXXXXX | 3 | 1 | ||
SFOS0000136 | AÑEZCAR | 3 | 1 | ||
SFOS0000085 | XXXXXXXXX | 0 | 0 | ||
XXXX0000000 | XXXXXXX | 3 | 1 | ||
SFOS0000116 | XXXXXXX | 0 | 0 | ||
XXXX0000000 | XXXXXXXX | 3 | 1 | ||
SFOS0000016 | ATONDO | 3 | 1 | ||
SFOS0000017 | XXXXXX XXX | 0 | 0 | ||
XXXX0000000 | XXXXXX | 3 | 1 | ||
SFOS0000146 | BELASCOAIN | 3 | 1 | ||
SFOS0000010 | XXXXXXXXXX | 0 | 0 | ||
XXXX0000000 | XXXXXXX | 3 | 1 | ||
SFOS0000011 | CIRIZA | 3 | 1 | ||
SFOS0000098 | XXXXXXXX PUEBLO | 3 | 1 | ||
SFOS0000003 | XXXXXXX-XXXXXXXXXX | 0 | 0 | ||
XXXX0000000 | XXXXXXX | 3 | 2 | ||
SEDA0000005 | XXXXXXX | 0 | 0 | ||
XXXX0000000 | XXXXX | 3 | 2 | ||
SEDA0000003 | IBERO | 3 | 1 | ||
SFOS0000134 | IZA | 3 | 1 | ||
SFOS0000090 | IZCUE | 3 | 1 | ||
SFOS0000107 | LABIANO 1 | 3 | 1 | ||
SFOS0000106 | XXXXXXX 0 | 0 | 0 | ||
XXXX0000000 | XXXXXXXXXX | 3 | 1 | ||
SFOS0000027 | XXXXXXXXXX | 0 | 0 | ||
XXXX0000000 | XXXXXXX | 3 | 1 | ||
SFOS0000099 | LIZASOAIN | 3 | 1 | ||
SFOS0000105 | XXXXXXX | 3 | 1 | ||
SFOS0000154 | XXXXXXXX | 0 | 0 | ||
XXXX0000000 | XXXXXXXXX | 3 | 1 | ||
SFOS0000051 | OCHOVI | 3 | 1 | ||
SFOS0000110 | XXXX XXXXXX | 3 | 1 | ||
SFOS0000097 | XXXX XXXXXXXXXX | 0 | 0 | ||
XXXX0000000 | XXXXXX | 3 | 1 | ||
SEBA0000805 | PATERNAIN | 3 | 1 | ||
SFOS0000049 | SARASA | 3 | 1 | ||
SFOS0000108 | SUBIZA | 3 | 1 | ||
SFOS0000149 | XXXXX | 0 | 0 | ||
XXXX0000000 | XXXXXXX | 3 | 1 | ||
SFOS0000005 | XXXXXXX | 0 | 0 |
XXXX0000000 | XXXXXXXXXXX | 3 | 1 | ||
SFOS0000026 | ZUBIRI PRADERA | 3 | 1 | ||
SFOS0000040 | ZUBIRI PUENTE | 3 | 1 | ||
IMPORTE TOTAL |
Código | Nombre | Lote | Vaciados año | Precio vaciado | Total |
SFOS0000034 | AKERRETA | 4 | 1 | ||
SFOS0000024 | ANTXORITZ | 4 | 1 | ||
SFOS0000145 | XXXXXXXXXX | 0 | 0 | ||
XXXX0000000 | XXXX | 4 | 1 | ||
SFOS0000122 | ARRAIZA XXXXXX | 0 | 0 | ||
XXXX0000000 | XXXXXXX XXXXXXXXX | 0 | 0 | ||
XXXX0000000 | XXXXXX | 4 | 1 | ||
SFOS0000096 | ASIAIN | 4 | 1 | ||
SFOS0000083 | AZPA | 4 | 1 | ||
SFOS0000102 | BEASOAIN | 4 | 1 | ||
SFOS0009772 | XXXXXXXX | 4 | 1 | ||
SFOS0000056 | BEORBURU | 4 | 1 | ||
SFOS0000042 | XXXXXXXXXXX | 0 | 0 | ||
XXXX0000000 | XXXXXXXXXX | 4 | 4 | ||
SFOS0000112 | CAMPANAS | 4 | 4 | ||
SFOS0000076 | CILDOZ | 4 | 1 | ||
SFOS0000144 | ECHARREN | 4 | 1 | ||
SFOS0000018 | ECHARRI | 4 | 1 | ||
SFOS0000157 | EZKIROTZ | 4 | 1 | ||
SFOS0000078 | XXXXXXXXXX | 0 | 0 | ||
XXXX0000000 | XXXXXXXXXXX | 4 | 1 | ||
SFOS0000147 | GUIRGUILLANO | 4 | 1 | ||
SFOS0000059 | GULINA PUEBLO | 4 | 1 | ||
SFOS0000037 | XXXX | 0 | 0 | ||
XXXX0000000 | XXXXXXXX | 4 | 1 | ||
SFOS0000032 | ILURDOTZ | 4 | 1 | ||
SFOS0000009 | XXXXXXX XXXXX | 0 | 0 | ||
XXXX0000000 | XXXXXXX XXX | 4 | 1 | ||
SFOS0000033 | INBULUZKETA | 4 | 1 | ||
SFOS0000130 | IROTZ 1 | 4 | 1 | ||
SFOS0000131 | IROTZ 2 | 4 | 1 | ||
SFOS0000036 | XXXXX XXXXX | 0 | 0 | ||
XXXX0000000 | XXXXX XXX | 0 | 1 | ||
SFOS0000101 | IZU | 4 | 1 | ||
SFOS0000089 | LARRAYA | 4 | 1 | ||
SFOS0000052 | XXXXXXXX | 0 | 0 | ||
XXXX0000000 | XXXXXXX | 4 | 1 | ||
SFOS0000118 | XXXXXXX | 4 | 1 |
SFOS0000100 | XXXX | 4 | 1 | ||
SFOS0000077 | MAQUIRRIAIN | 4 | 1 | ||
SFOS0000067 | MARCALAIN | 4 | 1 | ||
SFOS0000080 | XXXXXXXX XXXX | 0 | 0 | ||
XXXX0000000 | XXXXX | 4 | 1 | ||
SFOS0000060 | NUIN-NORTE | 4 | 1 | ||
SFOS0000054 | NUIN-SUR | 4 | 1 | ||
SFOS0000081 | OLCOZ | 4 | 1 | ||
SFOS0000072 | XXXXXXXXXXXXXX (XXXXX) | 0 | 0 | ||
XXXX0000000 | XXXXXXXXXXXXXX (XXX) | 4 | 1 | ||
SFOS0009778 | OLLO | 4 | 1 | ||
SFOS0000093 | XXXX XXXXXX | 0 | 0 | ||
XXXX0000000 | XXXX | 4 | 1 | ||
SFOS0005766 | ORRIO | 4 | 1 | ||
SFOS0000039 | OSTERIZ | 4 | 2 | ||
SFOS0000104 | XXXXX | 4 | 1 | ||
SFOS0000155 | XXXXX | 4 | 1 | ||
SFOS0000047 | OTEIZA | 4 | 1 | ||
SFOS0000088 | SAGASETA | 4 | 1 | ||
SFOS0000139 | XXXXXX | 4 | 1 | ||
SFOS0000025 | SAIGOTS | 4 | 1 | ||
SFOS0000079 | XXXXXXX DE IBARGOITI | 4 | 1 | ||
SFOS0000023 | XXXXXXXXX | 0 | 0 | ||
XXXX0000000 | XXXXXXX | 4 | 1 | ||
SFOS0000111 | TIEBAS | 4 | 4 | ||
SFOS0000061 | UNZU | 4 | 1 | ||
SFOS0004567 | XXXXXXX PUEBLO | 4 | 1 | ||
SFOS0000084 | XXXXXXXX | 0 | 0 | ||
XXXX0000000 | XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX | 0 | 0 | ||
XXXX0000000 | XXXXXX XXXXX | 0 | 0 | ||
XXXX0000000 | XXXXXX | 4 | 1 | ||
SFOS0000129 | XXXXXXXXX | 0 | 0 | ||
XXXX0000000 | XXXXXXX | 4 | 1 | ||
SFOS0000031 | ZURIAIN | 4 | 1 | ||
IMPORTE TOTAL |
En el caso de los Lotes III y IV no se admitirá ninguna oferta en la que la suma que resulte de multiplicar cada uno de los precios ofertados por la previsión de vaciados totales supere los precios máximos anuales de licitación establecidos. En caso de errores en las operaciones, prevalecerán los importes unitarios recalculando el importe total.
a de de 2016
Firma
ANEXO III. LOTE I – DESATASCOS Y LIMPIEZAS
1. DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS A REALIZAR
Los trabajos objeto del Acuerdo Xxxxx comprenden:
* Limpiezas puntuales de atascos en calles o afecciones a particulares (indicadas siempre por SCPSA)
* Limpieza de garajes, achiques interiores, etc.
* Labores de limpieza en obras e instalaciones (bien sean de saneamiento, abastecimiento, depósitos, etc.)
* Fresados puntuales en redes y/o acometidas de saneamiento.
* Limpiezas puntuales e inspecciones con cámara CCTV en la EDAR xx Xxxxxxx
El margen máximo de tiempo entre la recepción de la llamada y la presencia operativa del vehículo será de una hora y media.
En el precio están incluidos los desplazamientos por lo que únicamente se facturará por el tiempo de trabajo realizado.
2. ÁMBITO TERRITORIAL EN EL QUE SE PRESTARÁ EL SERVICIO
Este servicio se realizará en cualquier punto geográfico en el que desarrolle sus fines la Mancomunidad de la Comarca xx Xxxxxxxx.
3. DISPONIBILIDAD Y CONTACTOS
La empresa adjudicataria deberá estar disponible las 24 horas, durante todo el año, y pondrá a disposición de SCPSA números de teléfonos fijos y móviles y e-mail de contacto.
4. DIRECCIÓN E INSPECCIÓN
El Adjudicatario estará obligado a cumplir cuantas disposiciones de ejecución de los trabajos contratados puedan serle comunicadas por la Dirección Técnica de SCPSA.
Si, a juicio de la Dirección Técnica de SCPSA, se observara que el rendimiento en los trabajos no es el adecuado, y no se están cumpliendo los objetivos del Acuerdo Marco, SCPSA exigirá al adjudicatario la justificación oportuna, pudiendo plantearse la resolución del Acuerdo Marco.
5. PROCEDIMIENTO A SEGUIR
Cada actuación se reflejará en un albarán que se entregará en el momento de terminar la ejecución si existe personal del área de mantenimiento de SCPSA presente. En caso contrario se remitirá al día siguiente vía fax o correo electrónico.
El albarán, cuyo modelo será facilitado por SCPSA, deberá contener los siguientes datos:
- Número y fecha
- Hora de recibo del aviso
- Nombre y número del empleado de SCPSA que pasa el aviso
- Hora de inicio del servicio en el punto de actuación
- Hora de finalización del servicio en el punto de actuación
- Matrícula del camión que presta el servicio
- Nombre del operario del camión
- Dirección completa del lugar de intervención
- Descripción del trabajo realizado y observaciones a ser tenidas en cuenta por SCPSA
Cuando el trabajo pueda originarse como consecuencia de una llamada de terceros (externa a SCPSA), y una vez verificado que el problema está generado por la situación en las redes competencia de SCPSA, el adjudicatario avisará de inmediato al área de mantenimiento de SCPSA para el visto bueno correspondiente, e indicará esta circunstancia en el albarán, en el apartado de observaciones.
Si en el transcurso del trabajo se detectan anomalías originadas por situaciones constructivas o presencia de elementos que impidan el normal funcionamiento (tablones, restos de hormigón, plásticos, etc.) el adjudicatario llamará al área de mantenimiento de SCPSA para que sea supervisado y se tomen los datos y fotografías necesarias. En cualquier caso, se indicarán las anomalías en las observaciones xxx xxxxxxx.
ANEXO IV. LOTE II – LIMPIEZA DE COLECTORES
1. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
El trabajo objeto del Acuerdo Marco es la limpieza de los principales colectores comarcales pertenecientes al Ciclo Integral del Agua que están conectados a la EDAR xx Xxxxxxx.
Será elección del adjudicatario el sistema de limpieza a utilizar (tipos de vehículo), teniéndose en cuenta que deben ser adecuados ante los requerimientos que se necesiten en cualquiera de ellas como pueden ser los sistemas complementarios de tractor con cisterna y depresor.
En cualquier caso antes de comenzar los trabajos se pondrán en contacto con el área de mantenimiento de SCPSA para las aclaraciones y replanteos que puedan ser necesarios.
Las labores de limpieza tendrán por objeto eliminar todo tipo de sedimentos (arenas y materia orgánica), residuos sólidos así como las raíces que hayan podido penetrar por las juntas de los conductos. Esto es, la limpieza deberá eliminar cualquier elemento que impida que el agua pueda fluir con facilidad y que pueda ser causa de retenciones o atascos con la consiguiente producción de inundaciones, malos olores y entrada en carga de colectores.
La limpieza se realizará en todos los colectores comarcales de la red de saneamiento, extendiéndose también a los pozos de registro.
La limpieza se efectuará, principalmente, por medios mecánicos. Se utilizarán, preferentemente, equipos autoaspirantes impulsores, capaces de disgregar y arrastrar, por medio de lanzamiento de agua a alta presión, los productos sedimentados y adheridos a la red. Dichos equipos poseerán igualmente, maquinaria de aspiración para la recogida de los productos acumulados en los pozos de registro. La longitud mínima de la manguera para la limpieza a alta presión será de 100 m.
Para la ejecución de los trabajos de limpieza de los principales colectores comarcales, la empresa adjudicataria podrá tomar agua de la red de abastecimiento ubicada en la vía pública, en aquellos puntos que previamente se señalen por parte de SCPSA (con control de consumo) quedando obligado el adjudicatario al abono del agua consumida y al uso correcto de las instalaciones de suministro de agua.
Los residuos extraídos de la limpieza serán vertidos en la EDAR xx Xxxxxxx. En el albarán que se entrega en la EDAR Xxxxxxx deberá constar obligatoriamente el número de Expediente del contrato 2015/PCD-GEN-MCP/000597.
2. DIRECCIÓN E INSPECCIÓN
El Adjudicatario estará obligado a cumplir cuantas disposiciones de ejecución de los trabajos contratados puedan serle comunicadas por la Dirección Técnica de SCPSA.
Si, a juicio de la Dirección Técnica de SCPSA, se observara que el rendimiento en los trabajos no es el adecuado, y no se están cumpliendo los objetivos del Acuerdo Marco, SCPSA exigirá al adjudicatario la justificación oportuna, pudiendo plantearse la resolución del Acuerdo Marco.
3. EJECUCIÓN
Los trabajos objeto de este Acuerdo Marco se podrán realizar de forma habitual de lunes a viernes de 8 a 14 horas. Para trabajos fuera de este horario será necesaria autorización previa y por escrito por parte de SCPSA
SCPSA irá comunicando al adjudicatario los colectores o tramos de los mismos para proceder a su limpieza, teniendo 1 mes de plazo para su ejecución desde la fecha de comunicación.
4. SUPERVISIÓN DEL TRABAJO
Los técnicos de SCPSA serán los únicos competentes para determinar la calidad de las limpiezas realizadas y su aceptación o rechazo.
El adjudicatario enviará por correo electrónico al técnico responsable de SCPSA el itinerario de la limpieza para el día siguiente y el itinerario realizado el día anterior.
Mensualmente el adjudicatario elaborará un informe para justificar la certificación mensual de los trabajos realizados.
5. PUNTO DE VERTIDO
Se ejecutarán las descargas de todas las fosas sépticas y pequeñas EDAR en la EDAR xx Xxxxxxx. La descarga de los residuos derivados de la ejecución de este Acuerdo Xxxxx no supondrá el pago de ninguna tasa de vertido.
El horario de vertido en la EDAR Arazuri será de forma habitual de lunes a viernes de 8 a 14 horas. Para descargas fuera de este horario será necesaria autorización previa y por escrito por parte del responsable de la EDAR.
ANEXO V. LOTE III Y IV – FOSAS
1. DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS A REALIZAR
Los trabajos objeto del Acuerdo Marco son la limpieza de las fosas sépticas y pequeñas EDAR de las localidades mancomunadas pertenecientes al Ciclo Integral del Agua que no están conectadas a la EDAR xx Xxxxxxx. La mayor parte de las limpiezas se realizarán en el periodo primavera-verano, pudiendo ser requeridas en cualquier otra fecha en aquellas cuyo acceso no represente ningún daño particular.
Será elección del adjudicatario el sistema de limpieza a utilizar (tipos y tamaños de vehículos), teniéndose en cuenta que deben ser adecuados ante los requerimientos mínimos de capacidad exigidos como solvencia técnica y complementarios como pueden ser los sistemas de tractor con cisterna y depresor.
En cualquier caso antes de comenzar los trabajos se pondrán en contacto con el área de mantenimiento de SCPSA para las aclaraciones y replanteos que puedan ser necesarios.
Se deberán extraer de las cámaras todos los elementos flotantes, así como el volumen preciso para dejar en cada decantador la cantidad suficiente de lodos que permita continuar con el proceso biológico de depuración (± 10 cm.).
Los residuos extraídos de las fosas serán vertidos en la EDAR xx Xxxxxxx.
Se justificará el trabajo ejecutado mediante la presentación de documentación fotográfica, cuyo coste está incluido en los precios del Acuerdo Marco. Las fotografías incluirán fecha y se corresponderán a:
1. Foto general de la instalación.
2. Foto una vez vacío el primer decantador, siempre con algún indicador externo, por ejemplo, una regla o la propia manguera de aspiración.
3. Foto una vez vacío el segundo decantador también con algún indicador externo.
En el albarán que se entrega en la EDAR Xxxxxxx deberá constar obligatoriamente el número de Expediente que se aportará a la formalización del Acuerdo Marco.
2. DIRECCIÓN E INSPECCIÓN
El Adjudicatario estará obligado a cumplir cuantas disposiciones de ejecución de los trabajos contratados puedan serle comunicadas por la Dirección Técnica de SCPSA.
Si, a juicio de la Dirección Técnica de SCPSA, se observara que el rendimiento en los trabajos no es el adecuado, y no se están cumpliendo los objetivos del Acuerdo Marco, SCPSA exigirá al adjudicatario la justificación oportuna, pudiendo plantearse la resolución del Acuerdo Marco.
3. EJECUCIÓN
Los trabajos objeto de este Acuerdo Marco se podrán realizar de forma habitual de lunes a viernes de 8 a 14 horas. Para trabajos fuera de este horario será necesaria autorización previa y por escrito por parte de SCPSA.
SCPSA irá comunicando al adjudicatario el listado de fosas para proceder a su vaciado, teniendo 1 mes de plazo para su ejecución desde la fecha de comunicación.
4. SUPERVISIÓN DEL TRABAJO
Los técnicos de SCPSA serán los únicos competentes para determinar la calidad de las limpiezas realizadas y su aceptación o rechazo.
El adjudicatario enviará por correo electrónico al técnico responsable de SCPSA el itinerario de limpieza para el día siguiente y la relación de las fosas que se limpiaron el día anterior.
Mensualmente el adjudicatario elaborará un informe para justificar la certificación mensual de los trabajos realizados.
5. PUNTO DE VERTIDO
Se ejecutarán las descargas de todas las fosas sépticas y pequeñas EDAR en la EDAR xx Xxxxxxx. La descarga de los residuos derivados de la ejecución de este Acuerdo Xxxxx no supondrá el pago de ninguna tasa de vertido.
El horario de vertido en la EDAR Arazuri será de forma habitual de lunes a viernes de 8 a 14 horas. Para descargas fuera de este horario será necesaria autorización previa y por escrito por parte del responsable de la EDAR.
6. CARACTERÍSTICAS DE LA FOSAS SÉPTICAS Y PEQUEÑAS EDAR
Nombre | Municipio | Capacidad útil m3 | Acceso | Coordenada X | Coordenada Y |
XXXXXX | Xxxx | 33 | Camino | 591799,3395 | 4742995,252 |
AKERRETA | Esteribar | 19 | Camino | 618982,4834 | 4750392,397 |
XXXXXX | Xxx/Xxxx | 00 | Finca cultivo | 601675,3112 | 4745413,942 |
ANTXORITZ | Esteribar | 3,6 | Pradera | 616626,7987 | 4747489,69 |
AÑEZCAR | Berrioplano/Berriobeiti | 51,6 | Camino | 604578,5159 | 4746105,275 |
ARANGUREN | Aranguren | 71,7 | Camino | 619685,49 | 4737816,086 |
XXXXXXX | Xxxxx xx Xxxxx/Xxxxxxxxx | 00,0 | Camino | 617529,4828 | 4740442,507 |
XXXXXXXXXX | Xxxxxxxxxxxx | 6 | Bueno camino | 593163,7356 | 4732754,783 |
XXXX | Xxx/Itza | 24,3 | Finca cereal | 600280,3695 | 4746124,275 |
ARLEGUI | Galar | 94,79 | Camino | 608934,3575 | 4733382,863 |
ARRAIZA XXXXXX | Xxxxxxx/Xxxxxxxx | 00 | Camino | 597479,3045 | 4735760,411 |
ARRAIZA XXXXXXXXX | Xxxxxxx/Xxxxxxxx | 00,0 | Camino | 598059,7366 | 4735885,328 |
XXXXXXXX | Xxxxxx xx Xxxx/Oltza Zendea | 43 | Camino | 599867,4033 | 4741482,758 |
XXXXXX | Ollo | 13,3 | Camino | 592365,4531 | 4745861,83 |
ASIAIN | Cendea xx Xxxx/Oltza Zendea | 20 | Camino | 599167,8412 | 4742608,487 |
XXXXXX | Xxx/Xxxx | 00 | Camino | 596378,0355 | 4747253,494 |
ATONDO XXX | Xxx/Xxxx | 00 | Camino | 596505,000 | 0000000,495 |
XXXXXX | Xxxx | 30,6 | Camino | 593225,0561 | 4742216,504 |
AZPA | Xxxxx xx Xxxxx/Eguesibar | 9,3 | Finca cultivo | 620732,7756 | 4740444,231 |
BEASOAIN | Ollo | 25,5 | Finca cereal | 597467,2082 | 4745088,056 |
XXXXXXXXXX | Xxxxxxxxxx | 00 | Camino | 595254,4012 | 4734281,942 |
BELZUNCE | Juslapeña | 14 | Camino | 607091,2581 | 4749801,671 |
BEORBURU | Juslapeña | 3 | Finca Hierba | 603792,3979 | 4752853,231 |
BERRIOPLANO | Berrioplano/Berriobeiti | 4 | Camino | 606679,3097 | 4745297,493 |
BERRIOSUSO | Berrioplano/Berriobeiti | 9 | Camino | 607036,3848 | 4746273,915 |
XXXXXXXXXX | Xxxxxxxxxx | 00 | Camino | 595427,9291 | 4736428,822 |
BIURRUN | Xxxxxxx-Olcoz | 100 | Camino | 608158,0451 | 4727256,926 |
CAMPANAS | Tiebas-Muruarte xx Xxxx | 16 | Finca cultivo | 610630,3372 | 4727441,754 |
XXXXXX | Xxxxxxxxx | 00,0 | Camino | 608533,0000 | 0000000,944 |
XXXXXX | Xxxxxx/Xxxxxxx | 000 | Camino | 596329,2218 | 4737708,719 |
XXXXXXXX | Xxxxxxxxxxxx | 31,2 | Bueno camino | 591941,5313 | 4730734,068 |
ECHARRI | Echarri | 30 | Camino | 596165,9585 | 4736842,603 |
EGUILLOR PUEBLO | Ollo | 54,7 | Camino | 597570,8355 | 4744482,759 |
ELCARTE-BALLARIAIN | Berrioplano/Berriobeiti | 44,7 | Camino | 606643,8962 | 4746503,301 |
XXXXXXX | Xxxxx | 129 | Camino | 608099,0000 | 0000000,29 |
XXXXXXX | Xxxxxxx | 000 | Camino | 598638,3000 | 4738217,9700 |
EZKIROTZ | Esteribar | 18 | Pradera | 620409,3418 | 4751769,068 |
GALAR | Galar | 96 | Camino | 606742,0000 | 0000000,472 |
GARCIRIAIN | Juslapeña | 3,6 | Camino | 606568,8289 | 4749405,854 |
GUERENDIAIN | Noáin (Xxxxx xx Xxxxx/Elortzibar) | 4,7 | Calle pública | 614390,7635 | 4729155,446 |
XXXXXXXXXXXX | Xxxxxxxxxxxx | 00,0 | Xxxxx camino | 591934,5225 | 4729805,375 |
XXXXXX XXXXXX | Xxx/Xxxx | 00,0 | Carretera | 598574,9963 | 4751743,729 |
IBERO | Cendea xx Xxxx/Oltza Zendea | 168 | Camino | 600372,8900 | 4739306,3800 |
IDOI | Esteribar | 24 | Camino rega | 617331,9002 | 4750360,041 |
ILARRATZ | Esteribar | 3,8 | A 20 m de la calle | 621015,0434 | 4751968,88 |
ILURDOTZ | Esteribar | 21,2 | Camino rega | 619012,5753 | 4747673,158 |
ILZARBE NORTE | Ollo | 12 | Camino | 594882,7456 | 4746360,655 |
ILZARBE SUR | Ollo | 33,7 | Camino | 595123,9887 | 4746248,432 |
INBULUZKETA | Esteribar | 20,6 | Camino | 619101,4467 | 4753157,522 |
IROTZ 1 | Esteribar | 7,8 | Calle a 30m | 616697,2948 | 4746490,538 |
IROTZ 2 | Esteribar | 7,8 | Calle a 30m | 616689,5122 | 4746428,447 |
XXXXX XXXXX | Xxxxxxxxx | 0 | Xxxxxxx | 000000,0000 | 4750816,111 |
XXXXX XXX | Xxxxxxxxx | 0 | Xxxxxxx | 000000,0000 | 4750682,289 |
XXX | Xxx/Xxxx | 00 | Carretera | 603966,8615 | 4743186,997 |
IZCUE | Cendea xx Xxxx/Oltza Zendea | 56,6 | Camino | 599809,5274 | 4740459,288 |
IZU | Cendea xx Xxxx/Oltza Zendea | 2,6 | Finca cultivo | 599166,9952 | 4742334,791 |
LABIANO 1 | Aranguren | 8 | Camino | 618890,8091 | 4735086,65 |
LABIANO 2 | Aranguren | 57,6 | Camino | 618629,5973 | 4734874,579 |
XXXXXXXXXX | Xxxxxxxxxxx/Xxxxxxxxxxx | 00 | Camino | 604005,3801 | 4745747,936 |
XXXXXXXXXX | Xxxxxxxxx | 00,0 | Camino | 618534,3779 | 4750684,431 |
XXXXXXX | Xxxxx | 00 | Camino | 601017,7082 | 4736880,348 |
LARRAYOZ | Juslapeña | 10,5 | Camino | 604804,9312 | 4750466,061 |
XXXXXXX | Xxx/Itza | 20,60 | Camino | 600232,0553 | 4750890,352 |
LEGARDA | Legarda | 9 | Camino | 600453,7303 | 4729209,006 |
LERANOZ | Esteribar | 55 | Camino | 620291,3654 | 4755488,808 |
XXXX | Iza/Itza | 35 | Camino | 598181,2587 | 4746359,316 |
LIZASOAIN | Cendea xx Xxxx/Oltza Zendea | 53,5 | Camino | 600748,0231 | 4742809,745 |
MAQUIRRIAIN | Ezcabarte | 9,7 | Finca cultivo | 610687,0996 | 4747292,212 |
MARCALAIN | Juslapeña | 10 | Finca cultivo | 606457,5152 | 4750119,127 |
XXXXXXX | Xxxxxxx-Elo | 111 | Camino | 622021,7206 | 4728977,602 |
XXXXXXXX | Xxxx | 46 | Camino | 589996,2368 | 4740745,748 |
MURUARTE RETA | Tiebas-Muruarte xx Xxxx | 8,2 | Finca cultivo | 609405,5291 | 4725059,536 |
XXXXXXXXX | Xxxxxxxxx | 000 | Camino | 600488,0585 | 4726969,115 |
NAVAZ | Juslapeña | 6,6 | Finca cultivo | 608009,6108 | 4749654,609 |
NUIN-NORTE | Juslapeña | 4,35 | Finca cultivo | 604469,4338 | 4752161,423 |
NUIN-SUR | Juslapeña | 1,5 | Pradera | 604678,0524 | 4752074,823 |
XXXXXX | Xxx/Itza | 57,6 | Camino | 599695,7639 | 4748063,993 |
XXXX XXXXXX | Xxxxx | 48,7 | Camino | 610005,3476 | 4729353,534 |
OLCOZ | Xxxxxxx-Olcoz | 00 | Xxxxx | 000000,0000 | 4724360,036 |
OLLACARIZQUETA (NORTE) | Juslapeña | 2,5 | Camino | 606499,000 | 0000000,059 |
OLLACARIZQUETA (SUR) | Juslapeña | 11,2 | Carretera | 606649,4877 | 4748451,94 |
OLLO | Ollo | 20,60 | Carretera. | 593231,6193 | 4746520,308 |
XXXX XXXXXX | Xxxxxx xx Xxxx/Xxxxx Zendea | 2,7 | Finca cultivo | 600057,0882 | 4743956,071 |
XXXX XXXXXXXXXX | Xxxxxx xx Xxxx/Xxxxx Zendea | 60 | Camino | 599661,4865 | 4743988,69 |
ORIZ | Noáin (Xxxxx xx Xxxxx/Elortzibar) | 10 | Camino | 613124,4762 | 4731023,358 |
XXXXX | Xxxxxxxxx | 20,60 | Camino | 610126,0000 | 0000000,124 |
OSACAR | Juslapeña | 39 | Pradera | 603537,2489 | 4752044,976 |
OSTERIZ | Esteribar | 25 | Carretera | 621759,7293 | 4753012,617 |
XXXXX | Xxxxx (Xxxxx xx Xxxxx/Elortzibar) | 21 | Camino | 617240,6778 | 4730098,939 |
XXXXX | Xxxxxxx | 0 | Xxxxxx | 000000,0000 | 4737647,37 |
OTEIZA | Berrioplano/Berriobeiti | 22 | Camino | 605188,000 | 0000000,778 |
PATERNAIN | Cizur | 68 | Carretera | 602088,2000 | 4737857,6500 |
XXXXXXXX | Xxxxx xx Xxxxx/Xxxxxxxxx | 00 | Camino | 619057,0000 | 0000000,085 |
SAGUES | Cizur | 34,4 | Camino | 604537,2084 | 4737657,537 |
SAIGOTS | Esteribar | 7 | Camino | 622145,2361 | 4755621,685 |
XXXXXXX DE IBARGOITI | Ibargoiti | 7,5 | Finca cultivo | 623670,0613 | 4727938,989 |
XXXXXX | Xxx/Itza | 142 | Camino | 602622,6317 | 4747372,218 |
SARASIBAR | Esteribar | 5 | Carretera | 616975,8718 | 4751005,009 |
SUBIZA | Galar | 108 | Camino | 609074,5964 | 4730491,456 |
TAJONAR | Aranguren | 36 | Finca cultivo | 614240,0435 | 4736310,224 |
TIEBAS | Tiebas-Muruarte xx Xxxx | 15 | Camino | 611138,5435 | 4728160,722 |
XXXXX | Xxxxxxx/Xxxxxxxx | 00,0 | Camino | 599906,0000 | 0000000,371 |
UNZU | Juslapeña | 7,3 | Xxxxxx | 607435,3643 | 4748070,328 |
URDANIZ | Esteribar | 57 | Camino | 620476,5867 | 4751993,096 |
XXXXXXX | Xxxx | 00 | Xxxxxx | 000000,0000 | 0000000,000 |
XXXXXXX XXXXXX | Xxxxxxxxx | 10 | Camino | 621123,8706 | 4757688,761 |
USTARROZ | Xxxxx xx Xxxxx/Eguesibar | 1,4 | Jardín | 621006,9203 | 4741224,851 |
UTERGA XXXXXX XXXXXXXX | Xxxxxx | 0 | Camino | 601476,0000 | 0000000,695 |
UTERGA CAMPO | Uterga | 24,5 | Camino | 601293,7822 | 4729079,156 |
YARNOZ | Noáin (Xxxxx xx Xxxxx/Elortzibar) | 15 | Carretera | 618820,9466 | 4730014,819 |
XXXXXXXXX | Xxxxxxxxx | 00,0 | Camino | 616272,2103 | 4746019,105 |
XXXXXXX | Xxxxxxx/Xxxxxxxx | 00.0 | Camino | 598494,0000 | 0000000,777 |
ZARIQUIEGUI | Cizur | 67 | Camino | 604211,9926 | 4733863,416 |
ZUBIRI XXXXXXX | Xxxxxxxxx | 000 | Xxxxxxx | 000000,0000 | 4753701,009 |
ZUBIRI XXXXXX | Xxxxxxxxx | 0 | Xxxxxx | 000000,0000 | 4754088,382 |
ZURIAIN | Esteribar | 17,5 | Pradera | 617098,3094 | 4748231,197 |
ANEXO VI. PRINCIPALES INSTALACIONES DE SANEAMIENTO
ANEXO VII. CONDICIONES DE SEGURIDAD Y SALUD
El Adjudicatario se responsabilizará de cumplir y hacer cumplir tanto a su personal como a sus Subcontratas (incluidos trabajadores autónomos):
• Disposiciones legales vigentes en materia de Prevención de Riesgos Laborales a la firma del Acuerdo Marco y durante el desarrollo de los trabajos contratados.
• Disposiciones específicas de la Unidad Contratante, aplicables al desarrollo de la actividad, recogidas en estas condiciones, documentos complementarios y demás normativa interna.
Condiciones de Seguridad y Salud
El Adjudicatario deberá cooperar en la aplicación de la normativa de Prevención de Riesgos Laborales, y en concreto con lo establecido en el Real Decreto 171/2004 de Coordinación de Actividades Empresariales.
El Adjudicatario estará obligado a:
• Aplicar los principios de la acción preventiva que se recogen en el artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
• Disponer de un Plan de Prevención, según lo establecido en la normativa vigente, en el que se incluya la definición y funciones de su Organización preventiva. Esta Organización será acorde a lo establecido en la Ley de Prevención y el Reglamento de los Servicios de Prevención.
• Antes del inicio de la actividad, introducir en una plataforma web a la que se dará acceso, toda la documentación de Prevención de Riesgos Laborales que le sea requerida por SCPSA. Además se compromete a mantener actualizada la documentación en la plataforma.
• Informar a SCPSA de los riesgos de su actividad.
• Deberá tener a disposición de SCPSA la Evaluación de los riesgos asociados a los trabajos contratados, así como la planificación de la actividad preventiva derivada de la misma.
• Designar expresamente Recursos Preventivos para todos los trabajos realizados en instalaciones de SCPSA, que estén englobados en los supuestos contemplados en el artículo 22 bis del RD 604/2006 que modifica el RD 39/1997 y el RD 1627/1997 y de conformidad con el
artículo 32 bis de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, normativa en vigor o cuando se especifique en su evaluación de riesgos.
• Respecto de los trabajadores especialmente sensibles, el Adjudicatario cumplirá las obligaciones de protección específica recogidas en el artículo 25 de la Ley 31/1995, de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales o Normativa de aplicación.
• Formar e informar a sus trabajadores sobre los riesgos que conlleva la realización de los trabajos contratados, así como en las medidas de prevención y protección a aplicar y en las medidas a aplicar en caso de emergencia. Este personal mantendrá a disposición de SCPSA la formación, la experiencia y el nivel profesional adecuado a los trabajos a realizar y a la normativa en vigor, manteniendo la documentación acreditativa a disposición de SCPSA.
• Disponer de la Declaración de Conformidad, marcado CE o cumplimiento del RD 1215/1997 de los equipos de trabajo que pondrá a disposición de los trabajos contratados para SCPSA. La acreditación del RD 1215/97 será firmada por un Organismo de Control Autorizado. La maquinaria, equipos y herramientas han de estar en perfecto estado de uso y conservación y serán acordes con los modernos sistemas y tecnologías, de tal manera que eliminen, en la medida de lo posible, la realización de trabajos manuales y fallos o errores humanos que puedan afectar a la seguridad de las personas y a la calidad y comportamiento de los materiales e instalaciones. Dicha maquinaria, equipos o herramientas, deberán cumplir las exigencias legales de industria y laborales vigentes en cada momento.
• Entregar a sus trabajadores y mantener en buen estado de conservación, los equipos de protección individual necesarios para los trabajos a realizar. Además, el adjudicatario velará por que su personal utilice los equipos de protección adecuados a la naturaleza de los trabajos a desarrollar y así mismo dará la formación necesaria para su correcta utilización.
• Los equipos de protección tanto individual como colectiva que se utilicen, deberán reunir los requisitos establecidos en las disposiciones legales o reglamentarias que les sean de aplicación y en particular relativos a su diseño, fabricación, uso y mantenimiento.
• Informar y proporcionar las instrucciones adecuadas a las contratas, subcontratas y los trabajadores autónomos sobre todas las medidas que hayan de adoptarse en lo que se refiere a su seguridad y salud en el centro u obra.
• En general, para todas aquellas actividades que estén reguladas por normativa específica, cumplir con la legislación que les aplica (Trabajos con riesgo eléctrico, Trabajos temporales en altura, etc.
• En general, el Adjudicatario participará en cuantas reuniones, visitas y/o inspecciones le sean requeridos en temas de seguridad por SCPSA y tendrá a disposición del Servicio de Prevención de SCPSA durante toda la obra o prestación del Servicio, toda la documentación exigida en estas condiciones.
• Todas las empresas adjudicatarias, sus contratas y subcontratas, llevarán a cabo la investigación de todos sus accidentes y los comunicará a SCPSA.
• El Adjudicatario tendrá a disposición de a SCPSA sus procedimientos de evacuación y conciertos de atención médica en los trabajos para el supuesto de accidente laboral, así como la relación de su material de primeros auxilios.
• El adjudicatario no podrá subcontratar los trabajos sin la autorización de SCPSA. En este supuesto, las exigencias a la empresa subcontratada o autónomos serán idénticas a las recogidas en este documento, siendo el Adjudicatario, ante SCPSA, la responsable de la exigencia y de los incumplimientos.
• SCPSA, por si misma o por empresa contratada, podrá inspeccionar la realización de los trabajos, tanto en sus contenidos materiales como de seguridad.
• El Adjudicatario concertará operaciones de seguro que cubran la previsión de riesgos derivados del trabajo respecto a sus trabajadores. A tal efecto, suscribirá una póliza de responsabilidad civil. Dichas pólizas se acreditarán con carácter previo a la realización de los trabajos y estarán en todo momento a disposición de SCPSA.