PAGATODO FUNDADORES
PAGATODO FUNDADORES
CONTRATO DE DEPÓSITO BANCARIO DE DINERO A LA VISTA PARA PERSONAS FÍSICAS, (EN LO SUCESIVO, EL “CONTRATO”), QUE DE COMÚN ACUERDO CELEBRAN POR UNA PARTE, COMO DEPOSITARIO, BANCO PAGATODO, S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, (EN LO SUCESIVO “PAGATODO”), Y POR LA OTRA PARTE, COMO DEPOSITANTE(S) LA(S) PERSONA(S) CUYO(S) NOMBRE(S), APARECE(N) EN LA CARÁTULA DE ESTE CONTRATO (EN LO SUCESIVO DENOMINADOS INDISTINTAMENTE EN LO INDIVIDUAL Y/O EN SU CONJUNTO COMO, EL “CLIENTE”), DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS.
DECLARACIONES
I. El Cliente declara que es mayor de edad y cuenta con la capacidad suficiente para celebrar el presente instrumento y que es su voluntad adherirse al mismo.
II. El Cliente declara que la información que ha consignado en la solicitud del presente instrumento es completa, actual, cierta y verdadera.
III. El Cliente declara que PagaTodo a la fecha de firma del presente instrumento le ha proporcionado el medio de disposición consignado en el mismo.
IV. El Cliente Declara que conoce el contenido y las consecuencias jurídicas de las disposiciones que les resulten aplicables a PagaTodo y al Cliente conforme a, derivado de, o como consecuencia de este Contrato
Con base en las declaraciones anteriores, las partes en este acto se obligan al tenor de las siguientes:
CAPITULO I CLÁUSULAS COMUNES
PRIMERA.- TERMINOS Y DEFINICIONES DEL CONTRATO. Los términos
que se definen a continuación tendrán los siguientes significados y serán considerados como términos definidos de este Contrato; en el entendido que también se considerarán términos definidos de este Contrato aquellos términos que se hayan definido en el proemio o en las declaraciones de este Contrato o sean definidos más adelante en el clausulado de este Contrato y las cuales serán igualmente aplicables en sus formas singular y plural:
Anexo: significa cada documento debidamente firmado por las Partes que se agregue al Contrato para formar parte integrante del mismo, que contendrá, dependiendo de su naturaleza, información relativa a las operaciones y servicios objeto de este Contrato, así como otros datos e instrucciones necesarias para el perfeccionamiento o complemento del Contrato.
Carátula: significa aquel formulario en el cual se precisan las características de cada producto o servicio efectivamente contratados por el Cliente.
Cuestionario: significa cada formulario para captura de información de los datos personales del Cliente.
CLABE: significa la clave bancaria estandarizada.
Cliente: significa la(s) persona(s) física(s) cuyo nombre(s), aparece en la Carátula de este Contrato, o cualquiera de sus sucesores, cesionarios o causahabientes; en la inteligencia que, en caso de que en la Carátula existan diversos titulares como en el caso de la mancomunidad o solidaridad, PagaTodo considerará indistintamente a dichos titulares como el Cliente.
CONDUSEF: la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros.
Contrato: es el contenido del presente Instrumento.
Cuenta: significa la cuenta bancaria que PagaTodo le abrirá al Cliente, al amparo del presente Contrato de Depósito Bancario de Dinero a la Vista para la realización de cualquiera de las operaciones pasivas previstas en este Contrato y que sean contratadas por el Cliente.
Día Hábil: significa cualquier día en que deban estar abiertas al público las Instituciones de Crédito en México para realizar operaciones, de acuerdo al calendario publicado por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, así como aquellos días del año en que no se requiera que dichas cierren sus puertas al público y suspendan sus operaciones, de acuerdo con las disposiciones que al efecto dicte la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y las demás autoridades competentes.
Estado de Cuenta: significa el documento elaborado por PagaTodo a que se refiere la cláusula Décima Séptima.
Factor de Autenticación: mecanismo de autenticación tangible o intangible basado en las características físicas del Cliente, en dispositivos o información que solo el Cliente posea o conozca, empleados para identificar al Cliente y permitirle tener acceso a la Banca Electrónica.
Horario: PagaTodo prestará los productos y servicios objeto de este Instrumento con base a los horarios informados al Cliente al momento de la contratación, tomando como base la hora del centro de la Ciudad de México.
Medios de Disposición: significa, según se trate, las tarjetas de débito asociadas a los depósitos bancarios de dinero a la vista, cheques, órdenes de transferencia de fondos, así como aquellos otros que el Banco de México reconozca mediante disposiciones de carácter general.
Negocios afiliados: significa aquellos proveedores de bienes, servicios o efectivo que se encuentren afiliados a la marca de la Tarjeta de Débito y que por ende, acepten dicha tarjeta como instrumento de pago o medio de disposición del dinero depositado en la Cuenta.
Número de Identificación Personal o NIP: es el factor de Autenticación consistente en la cadena de caracteres que autentica al Cliente en un Medio Electrónico o en un servicio de Banca Electrónica.
Oficina Administrativa: Serán aquellas instalaciones en donde PagaTodo realizará, entre otras, las siguientes actividades: i) atender y asesorar a sus clientes, ii) recibir aclaraciones, consultas o quejas, iii) llevar a cabo la apertura y cierre de cuentas, iv) entregar tarjetas de débito, v) celebrar contratos con el Cliente.
Persona autorizada: significará la(s) persona(s) autorizada(s) por el Cliente para realizar disposiciones en nombre del mismo, en el entendido de que en el presente acto el Cliente reconoce a dichas Personas Autorizadas como personas facultadas para obligarlo en los términos y condiciones del “Contrato” y de las instrucciones que durante la vigencia del mismo éstas giren. Las Personas Autorizadas lo seguirán siendo hasta el momento del fallecimiento del Cliente o notifique por escrito a PagaTodo que ha revocado o modificado las facultades de tales personas.
RECA: Registro de Contratos de Adhesión que es administrado por la CONDUSEF.
Saldo Disponible: significa la cantidad de dinero que se encuentre depositado en la Cuenta a disposición del titular de la misma.
Tarjeta de Débito: significa el medio de disposición de depósitos a la vista e instrumento de pago, que puede utilizarse para obtener recursos; (i) a través de equipos y sistemas automatizados y; para (ii) disponer de efectivo y/o adquirir bienes y servicios en negocios afiliados; todo lo anterior hasta por el límite del saldo disponible en la Cuenta.
Terminal Punto de Venta (TPV): dispositivo electrónico que solicita a través de banca electrónica la autorización de transacciones con Tarjetas de Débito, a través de la comunicación directa con el sistema de autorizaciones de los bancos emisores.
UNE: significa la unidad especializada de atención a usuarios de los productos y servicios de PagaTodo, cuyo objeto es atender cualquier queja o reclamación del Cliente, en términos de lo dispuesto por la Ley de Protección y Defensa al Usuarios de Servicios Financieros, así como de la Ley de Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros y/o cualquier otra que en lo presente o futuro le resulte aplicable.
CAPITULO II SERVICIOS
SEGUNDA.- OBJETO. PagaTodo y el Cliente celebran el presente Contrato de Depósito Bancario de Dinero a la Vista, asociado a una tarjeta de débito, por el cual PagaTodo se obliga a recibir del Cliente, sumas de dinero en moneda nacional, en calidad de depósito, y a devolverlas al Cliente en los términos y condiciones que se pactan en este Contrato.
PagaTodo proporcionará al Cliente, como medios de disposición e identificación, una tarjeta plástica y tarjetas adicionales, números de identificación personal (NIP´s) mismos que se entenderán como sustitutos de la firma autógrafa del Cliente, por lo que se obligarán y producirán los mismos efectos que ésta y, en consecuencia tendrán el mismo valor probatorio, dichos NIP´s podrán ser modificados por el Cliente en cualquier momento por los medios electrónicos que PagaTodo ponga a su disposición.
TERCERA.- APERTURA.- PagaTodo abrirá una Cuenta al Cliente, quien proporciona en este momento todos los documentos e información necesarios para la correcta integración de su expediente de identificación, en el entendido de que PagaTodo podrá abstenerse de abrir una cuenta a
las personas que no cumplan con los requisitos establecidos conforme a las características del producto.
CUARTA.- SALDO MÍNIMO PROMEDIO. El Cliente deberá mantener en la cuenta el saldo promedio mensual mínimo que en su caso establezca PagaTodo en el Anexo correspondiente del presente Contrato y le dé a conocer a través de su página de internet xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx o a través del correo electrónico que el Cliente señaló o mediante cartelones o pizarrones en la Oficina Administrativa.
QUINTA.- SERVICIOS DE LA CUENTA. Como resultado de la contratación de la Cuenta, el Cliente podrá realizar las siguientes operaciones, en moneda nacional:
I. Apertura y mantenimiento de la cuenta;
II. Otorgamiento de una tarjeta de débito al Cliente y su reposición en caso de desgaste o renovación;
III. Abono de recursos a la cuenta a través de SPEI, así como cualquier otro medio que Banco PagaTodo implemente y le sea informado al Cliente de conformidad con la cláusula Décima Tercera;
IV. Retiros de efectivo en cajeros automáticos;
V. Pago de bienes y servicios en negocios afiliados a través de la tarjeta de débito;
VI. Cierre de la cuenta.
PagaTodo no asume ninguna responsabilidad en el caso de que el Cliente esté impedido para hacer uso de su Cuenta a través de los medios referidos anteriormente, en caso de suspensiones o fallas en los mismos, por la supresión del servicio, por la retención de la Tarjeta de Débito o por su rechazo, el cual puede derivar de una situación operativa o del mal estado que presente la misma por razones inherentes a su caso, en la terminal punto de venta o sistema de pago respectivo.
El uso de dichos medios y el envío de información implica riegos de errores de transmisión de mensajes, fallas en las telecomunicaciones, errores de terceros incluyendo proveedores de servicios, mal uso de las claves confidenciales o caída de sistema, cortes de energía, así como eventos de caso fortuito o fuerza mayor. El Cliente ha sido enterado ampliamente por PagaTodo de los riesgos enunciados por lo que es su voluntad asumirlos y desde ahora libera a PagaTodo de cualquier responsabilidad derivada o consecuencia de los mismos.
SEXTA.- MEDIOS DE DISPOSICIÓN.- El Cliente tendrá derecho a efectuar en cualquier momento disposiciones con cargo al saldo de la Cuenta, a través de la Tarjeta de Débito, ya sea mediante disposiciones en efectivo a través de cajeros automáticos (ATM), adquisición de bienes o servicios, y/o cualquier otra operación en la que sea aceptada como medio de disposición por parte del Cliente.
PagaTodo, previas instrucciones por escrito del Cliente, podrá cargar a la Cuenta:
I. El importe de los pagos de bienes, servicios, contribuciones, Cargos Recurrentes y demás conceptos que le indique el Cliente.
II. Las disposiciones en efectivo,
III. Cuando se presente la Tarjeta de Débito en los Negocios Afiliados mediante la utilización de las TPV, a través de:
a). La suscripción de pagarés u otros documentos;
b). Documentos autorizados mediante el uso de dispositivos ópticos o electrónicos que produzcan la imagen digitalizada de la firma; o
c). Documentos que sean aceptados por PagaTodo, autorizados a través de medios electrónicos mediante el Número de Identificación Personal.
IV. Cuando no presenten la Tarjeta de Débito pero hayan solicitado vía telefónica o electrónica a los Establecimientos la compra de bienes o servicios, siempre y cuando los bienes adquiridos sean entregados en el domicilio que éste indique.
SÉPTIMA.-POLÍTICAS DE LOS DEPÓSITOS.- Los depósitos podrán hacerse en días hábiles bancarios, en moneda nacional o extranjera mediante transferencias electrónicas de fondos.
Los depósitos que sean realizados se acreditarán en la cuenta a través de transferencias electrónicas de fondos realizadas mediante el Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI), y se aplicarán el mismo día.
Cuando PagaTodo por error haya abonado recursos en la cuenta, podrá cargar el importe respectivo a la cuenta con el propósito de corregir el error, dicha circunstancia se reflejará en el estado de cuenta que emita en el periodo correspondiente a la fecha en que se realice el cargo por parte de PagaTodo.
OCTAVA.- INTERESES. Aquellas cantidades de dinero que sean depositadas en la Cuenta, no causará intereses a favor del Cliente, y por ende, PagaTodo no estará obligado a pagar cantidad alguna por este concepto.
NOVENA.- TARJETA DE DÉBITO En virtud de la contratación de la Cuenta, PagaTodo pondrá a disposición del Cliente una Tarjeta de Débito, así como una Número de Identificación Personal (NIP).
La Tarjeta de Débito es intransferible y deberá ser firmada por el Cliente al momento de su recepción. Su entrega se hará conforme al procedimiento que al efecto establezca PagaTodo y estará desactivada. Para su activación, el Cliente deberá seguir las instrucciones dadas por PagaTodo. Entregada la Tarjeta de Débito, el Cliente será el único responsable de los retiros o disposiciones que se efectúen con ella, por lo que PagaTodo no será responsable del mal uso que se haga de la misma, por culpa o negligencia del Cliente.
La utilización del Número de Identificación Personal (NIP) sustituye la firma autógrafa del Cliente y será personal e intransferible. Dicha clave quedará bajo su custodia, control y cuidado por lo que será su exclusiva responsabilidad cualquier daño o perjuicio que el Cliente pudiese sufrir como consecuencia del uso indebido de la misma.
PagaTodo, otras instituciones de crédito o los Negocios afiliados, podrán requerir que el Cliente se identifique debidamente, de manera previa a que éste efectúe un retiro o disposición de dinero mediante la utilización de la Tarjeta de Débito.
Para acceder a las operaciones realizadas a través de cajeros automáticos (ATM), el Cliente deberá insertar su tarjeta y digitar el factor de autentificación consistente en el Número de Identificación Personal (NIP), el cual deberá constar de 4 (cuatro) caracteres, y en su caso la información adicional solicitada por PagaTodo. El Cliente podrá cambiar su Número de Identificación Personal cuando así lo requiera.
El Cliente acepta que cuando intente ingresar al cajero automático utilizando información incorrecta por 3 (tres) ocasiones consecutivas, así como cuando se abstenga de realizar operaciones a través xxx xxxxxx automático por el período que PagaTodo determine, éste último podrá implementar procedimientos y mecanismos automáticos para bloquear el Número de Identificación Personal, en consecuencia, solamente el Cliente deberá iniciar con los procedimientos de desbloqueo y restablecimiento del mismo.
CAPITULO III DISPOSICIONES GENERALES
DÉCIMA.- REPORTE POR ROBO, EXTRAVIÓ DE LA TARJETA DE
DÉBITO, HECHO ILÍCITO O FALLECIMIENTO. El Cliente se obliga a avisar a PagaTodo, de manera inmediata, a través de su Centro de Atención Telefónica, de cualquiera de las eventualidades como el robo, extravío de la Tarjeta de Débito, hecho ilícito, así como de su retención en cajeros automáticos; en el entendido de que PagaTodo no tendrá responsabilidad alguna por los retiros o disposiciones que se hubieren efectuado por la utilización de la Tarjeta de Débito con anterioridad a dicho aviso.
Una vez que el Cliente haya dado el aviso a que se refiere el párrafo anterior, PagaTodo bloqueará la Tarjeta de Débito emitida, momento a partir del cual cesará la responsabilidad del Cliente por el uso de la misma. Cuando el Cliente dé el aviso referido, PagaTodo le asignará un folio que el Cliente deberá conservar para cualquier aclaración que al efecto resulte.
En caso de defunción del Cliente, el beneficiario de la Cuenta o bien quien tenga un interés en hacerlo, deberá comunicar a PagaTodo tal situación, acompañando el documento oficial que lo acredite, por lo que PagaTodo no asume ninguna responsabilidad y por lo tanto se considerarán como válidas todas las operaciones realizadas hasta el momento en que se le comunique a PagaTodo, la defunción antes mencionada.
Al momento de ser bloqueada la Tarjeta de Débito, PagaTodo expedirá una nueva Tarjeta de Débito al Cliente. Si el Cliente recobrase su Tarjeta de Débito después de notificar su robo, extravío o retención, se deberá abstener de su uso y entregarla de inmediato a PagaTodo.
PagaTodo estará facultado para retener, bloquear, cancelar o sustituir en cualquier momento la Tarjeta de Débito por cualquiera de las cuestiones que se enuncian a continuación, de manera no limitativa: (i) por la terminación del presente Contrato; (ii) por motivos de seguridad; (iii) derivado de su robo o extravío; (iv) por la implementación de nuevas tecnologías o; (v) por la implementación de nuevas marcas.
PagaTodo no asumirá responsabilidad alguna, si: cualquiera de los Negocios afiliados no admite la Tarjeta de Débito, si el Cliente no puede efectuar retiros por la suspensión de servicios en PagaTodo o en los cajeros automáticos, si el Cliente no puede utilizar la Tarjeta de Débito por daños en la banda magnética de la misma, por la cantidad, calidad y cualquier otra característica de las mercancías y servicios adquiridos por el Cliente mediante la utilización de la Tarjeta de Débito, así como de la entrega o ejecución de los mismos. En los casos señalados en el párrafo anterior, el Cliente sólo podrá presentar cualquier reclamación exclusivamente ante el Negocio Afiliado de que se trate.
DÉCIMA PRIMERA.- COMPROBANTES DE OPERACIÓN. Los consumos
y las disposiciones que el Cliente realice se documentarán en el estado de cuenta emitido, además de los comprobantes que entreguen los negocios o los cajeros automáticos, los que serán cubiertos en su caso, con cargo a la Cuenta del Cliente.
Los consumos y disposiciones que el Cliente realice en el extranjero se documentarán en la cuenta invariablemente en Moneda Nacional, al tipo de cambio que Banco de México publique en el Diario Oficial de la Federación el día hábil bancario inmediato anterior a aquel en que se realizó el consumo o la disposición.
DÉCIMA SEGUNDA.- COMISIONES. Todos los servicios asociados a la Cuenta, no causarán comisión alguna.
DÉCIMA TERCERA.- DOMICILIOS PARA RECIBIR NOTIFICACIONES.
Para todos los efectos legales y asuntos con relación al presente Contrato, el Cliente y las Personas Autorizadas señalan como domicilio para todos los efectos y asuntos relacionados con el presente Contrato incluyendo sin limitar, para recibir toda clase de correspondencia de parte de PagaTodo, notificaciones y emplazamientos que se deriven de, o se relacionen con el presente Contrato, el domicilio que aparece en el Cuestionario. Cualquier cambio de domicilio deberá ser notificado por escrito y en forma fehaciente incluyendo sin limitación, entrega personal en la oficina administrativa con acuse de recibo, mensajería especializada o notificación ante fedatario, entre otras a PagaTodo, con por lo menos 15 (quince) días de anticipación a que deba surtir efectos dicha notificación, de no hacerlo así, los avisos que realice PagaTodo al Cliente y a las Personas Autorizadas en el último domicilio indicado, surtirá plenamente sus efectos, liberando a PagaTodo de toda responsabilidad.
DÉCIMA CUARTA.- COTITULARES. Si en el Contrato existieren varios co- titulares y en cumplimiento de la solicitud y/o requerimiento que realice cualesquiera de los co-titulares a PagaTodo, éste último le(s) entregue parcial o totalmente los recursos de la Cuenta, el Cliente acepta expresamente y otorga el finiquito más amplio que en derecho proceda a favor de PagaTodo para estos casos, por lo que PagaTodo no asume ninguna responsabilidad con los demás co-titulares del Contrato por el cumplimiento de la solicitud o requerimiento que dicho(s) cotitular(es) le realice(n) respecto de los recursos existentes en la Cuenta.
DÉCIMA QUINTA.- BENEFICIARIOS. El Cliente podrá en cualquier momento designar o sustituir beneficiarios, así como modificar, en su caso, la proporción correspondiente a cada uno de ellos. La designación o sustitución de beneficiarios y la proporción correspondiente, se indicará en la Carátula del presente Contrato, o en los formatos que para tal efecto proporcione PagaTodo al Cliente en la Oficina Administrativa, prevaleciendo en todo caso la última instrucción autorizada por este último. En caso del fallecimiento del Cliente y si no existen cotitulares o beneficiarios designados registrados en la Cuenta, PagaTodo entregará las porciones correspondientes en términos de la legislación común.
DÉCIMA SEXTA.- ACLARACIONES. El Cliente tendrá un plazo de 90 (noventa) días naturales contados a partir de la realización de la operación o servicio respectivo, para objetar, aclarar o reclamar ante la Unidad Especializada UNE de PagaTodo, mediante escrito, correo electrónico o cualquier otro medio por el que se pueda comprobar fehacientemente su recepción por PagaTodo, los asientos y movimientos que aparezcan en el Estado de Cuenta , siempre y cuando el monto de los cargos motivo de la aclaración, no exceda el equivalente a 20,000 (veinte mil Unidades de Inversión UDIS).
Recibida la solicitud de aclaración, PagaTodo tendrá un plazo máximo de 45 (cuarenta y cinco) días naturales o, en su caso, de 180 (ciento ochenta) días naturales si las operaciones hubiesen sido realizadas en el extranjero, para entregar al Cliente, por escrito y firmado por personal facultado para ello, el dictamen correspondiente, mismo que se acompañará de copias
simples de aquella documentación o evidencias consideradas para la emisión del dictamen, lo anterior en el entendido de que si en el dictamen se determina que no es procedente la aclaración solicitada, el Cliente deberá cubrir el adeudo a PagaTodo, solamente, la cantidad a su cargo derivada de la aclaración presentada más los intereses ordinarios que en su caso se hubieren generado, sin que proceda el cobro de intereses moratorios y otros accesorios generados por la suspensión del pago como resultado de haber presentado la reclamación.
Dentro del plazo de 45 (cuarenta y cinco) días naturales contados a partir de la entrega del dictamen a que se refiere el párrafo anterior, PagaTodo pondrá a disposición del Cliente en la UNE de PagaTodo, el expediente que se originó con motivo de la solicitud de aclaración, así como la documentación e información que obre en su poder y que se encuentre relacionada directamente con la aclaración presentada por el Cliente, sin incluir aquellos datos que sean correspondientes a operaciones relacionadas con terceras personas.
No obstante lo anterior, una vez transcurrido el plazo de 90 (noventa) días naturales contados a partir de la fecha xx xxxxx o de la fecha de la realización de la operación o servicio correspondiente sin haberse presentado aclaración alguna por escrito ante la UNE de PagaTodo, se entenderá para todos los efectos a que haya lugar, que el Cliente está plenamente conforme con todos y cada uno de los asientos, movimientos y demás del Estado de Cuenta.
El procedimiento antes descrito es sin perjuicio del derecho que tiene el Cliente de acudir a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros o ante la autoridad jurisdiccional correspondiente; sin embargo una vez ejercido éste derecho, el procedimiento de aclaración antes referido quedará sin efectos.
En el evento de que el Cliente realice alguna reclamación por consumo(s) y/o disposición(es) en efectivo no reconocido(s), efectuado(s) con tarjeta de débito que carezca de circuito integrado (Chip) en cajeros automáticos (ATM) y/o terminales punto de venta (TPV), PagaTodo bonificará el importe reclamado dentro de las 48 hrs. siguientes contadas a partir de la recepción de la aclaración de conformidad con lo establecido en la presente cláusula. DÉCIMA SÉPTIMA.- ESTADOS DE CUENTA, CONSULTA DE SALDO Y
MOVIMIENTOS. PagaTodo pondrá a disposición del Cliente a través del o los medios que se establecen en la Caratula, un Estado de Cuenta mensual dentro de los primeros 10 (diez) días contados a partir de la fecha xx xxxxx de la Cuenta, que contará con la relación de todas las operaciones realizadas por el Cliente en el periodo que se trate conforme a este Contrato (en lo sucesivo, el “Estado de Cuenta”).
Independientemente, el Cliente podrá consultar el saldo, transacciones y movimientos efectuados a su Cuenta mediante: i) Centro de Atención Telefónica; ii) Cajeros Automáticos, y iii) Oficina Administrativa de PagaTodo, siendo requisito para ello la Tarjeta de Débito y/o información de la cuenta, así como autentificar al Cliente mediante algún factor de autentificación y/o identificación, según el medio por el que se consulte.
DECIMA OCTAVA.- VIGENCIA. La vigencia del presente Contrato es por tiempo indefinido, sin embargo el Cliente tiene la facultad de darlo por terminado en cualquier momento, con un simple aviso por escrito y/o mediante la utilización de cualquier otra tecnología aceptada por PagaTodo, la cual surtirá efectos a partir de la fecha en que PagaTodo reciba la solicitud del Cliente.
El Cliente que haya solicitado la terminación del Contrato deberá hacer entrega de los Medios de Disposición de la Cuenta a cancelar o, en su defecto, manifestar por escrito y bajo protesta de decir verdad que éstos fueron destruidos o que no cuenta con ellos, recibidos los Medios de Disposición, o bien la manifestación referida, PagaTodo procederá a la cancelación de los mismos.
Asimismo, el Cliente deberá de retirar el saldo a favor que exista en la Cuenta para lo cual PagaTodo pondrá a disposición del Cliente la suma de dinero que resulte a su favor, mediante la expedición de un cheque que será entregado al Cliente en la Oficina Administrativa de PagaTodo, o bien, a través de transferencia electrónica de fondos a la cuenta que el Cliente indique, lo anterior, sin perjuicio del derecho de PagaTodo de consignar el dinero ante la autoridad y por la vía, forma y términos conducentes.
Actualizados los supuestos antes mencionados, PagaTodo dará por terminado el presente Contrato, por lo que rechazará cualquier intento de disposición que se pretenda efectuar con posterioridad, sin que se generen nuevos cargos.
Adicionalmente, PagaTodo procederá a cancelar sin responsabilidad alguna, los cargos recurrentes (Domiciliación) que en su caso se tengan, en la fecha de la solicitud de terminación del Contrato, en el entendido de que el servicio de domiciliación estará sujeto a disponibilidad de PagaTodo.
Sin perjuicio de lo anterior, el Cliente podrá cancelar, sin responsabilidad alguna a su cargo, el presente Contrato dentro de los 10 (diez) días hábiles posteriores a su firma, siempre y cuando no haya utilizado u operado los productos y/o servicios consignados en el presente instrumento.
DÉCIMA NOVENA.- RESCISIÓN Y TERMINACIÓN. PagaTodo podrá dar
por terminado el presente contrato si el Cliente incumple con las obligaciones emanadas o derivadas del mismo, de las disposiciones legales o administrativas aplicables, independientemente de exigir del Cliente el pago de los daños y perjuicios que tal incumplimiento ocasione. PagaTodo podrá, sin responsabilidad alguna, dar por terminado anticipadamente el presente Contrato en cualquier momento por los eventos descritos a continuación:
I. Si cualquier información o dato proporcionado por el Cliente en la Carátula, Cuestionario y/o en cualquier otro documento entregado o proporcionado a PagaTodo resultare falso o incorrecto;
II. Si el Cliente dejare de cumplir u observar cualquiera de los términos contenidos dentro del presente Contrato;
III. Si el Cliente se viese envuelto en problemas litigiosos señalados en la cláusula vigésima quinta:
IV. Si durante un plazo de 3 (tres) meses consecutivos no se haya mantenido el saldo promedio mensual mínimo a que se refiere la cláusula cuarta de este Contrato; y
V. Si PagaTodo de forma discrecional así lo determinara.
Bastará un simple aviso por escrito de PagaTodo al Cliente, sin que sea necesario procedimiento legal alguno.
En caso de terminación, cancelación o recisión, PagaTodo pondrá a disposición del Cliente los fondos que resulten a su favor por un plazo de 5 (cinco) Días Hábiles. Transcurrido ese plazo, PagaTodo queda facultado para rembolsar dicho saldo en cheque, dejándolo en la Oficina Administrativa por un plazo de 3 (tres) días hábiles contados a partir de la fecha de expedición del mismo, por lo que después de ese plazo, PagaTodo podrá consignar el cheque ante la autoridad por la vía, forma y términos conducentes.
VIGÉSIMA.-MODIFICACIONES. PagaTodo podrá modificar el contenido de este Contrato, dando aviso al Cliente con cuando menos 30 (treinta) días naturales de anticipación a la entrada en vigor de dicha modificación, ya sea por escrito, o bien, a través de su Estado de Cuenta y/o cualquier otra tecnología. Si el Cliente no está de acuerdo con la modificación respectiva, podrá solicitar la terminación del Contrato dentro de los 30 (treinta) días naturales posteriores al aviso referido, sin responsabilidad alguna a su cargo, debiendo el Cliente cubrir los adeudos que ya se hubieren generado a la fecha en que solicite dar por terminado el Contrato, debiendo retirar los fondos que mantenga la cuenta, de lo contrario PagaTodo los pondrá a su disposición de conformidad con lo señalado en la Cláusula Décima Primera del presente Contrato. Transcurrido ese plazo, las modificaciones se tendrán por aceptadas y surtirán plenos efectos legales.
En caso de que el Cliente no reciba el aviso que contenga las modificaciones y, aun recibiéndolo, éste llegue a solicitar y/o realizar operaciones existiendo los nuevos términos del Contrato, se entenderá que aquél por el sólo hecho de realizar dichas solicitudes o realizar dichas operaciones, acepta plenamente los nuevos términos o condiciones del Contrato.
VIGÉSIMA PRIMERA.- PRESCRIPCIÓN DEL SALDO DE LA CUENTA
EN FAVOR DE LA BENEFICIENCIA PÚBLICA. Se hace del conocimiento del Cliente que en términos del contenido del artículo 61 de la Ley de Instituciones de Crédito, el principal de las cantidades que existan en su Cuenta, y que en el transcurso de 3 (tres) años no hayan tenido movimiento por depósitos o retiros y, después de que PagaTodo le haya dado aviso por escrito, en el domicilio del Cliente que conste en el expediente respectivo, con 90 (noventa) días de anticipación, serán abonados en una cuenta global que llevará PagaTodo para estos efectos. Las cantidades aportadas a la cuenta global únicamente generará un interés mensual equivalente al aumento del Índice Nacional de Precios al Consumidor en el período respectivo y, en ningún caso, PagaTodo podrá
cobrar comisiones sobre los recursos depositados conforme a lo señalado en este párrafo.
Cuando el Cliente se presente para realizar un depósito o retiro, o a reclamar una transferencia, PagaTodo deberá retirar de la cuenta global el importe total, a efecto de abonarlo a la Cuenta o entregárselo al Cliente.
Los derechos derivados de los depósitos y sus intereses, sin movimiento en el transcurso de 3 (tres) años contados a partir de que éstos últimos se depositen en la cuenta global, cuyo importe no exceda por cuenta, al equivalente a 300 (trescientos) xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, prescribirán a favor del patrimonio de la beneficencia pública, por lo que PagaTodo estará obligado a entregarle dichos recursos dentro de un plazo máximo de 15 (quince) días contados a partir del 31 de diciembre del año en que se cumpla el supuesto previsto en este párrafo.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- CESIÓN DE DERECHOS. El Cliente en este acto manifiesta su absoluta conformidad y acuerda con PagaTodo que no podrá ceder o transmitir en cualquier forma los derechos derivados de este Contrato, ni otorgarlos en garantía, con la salvedad de que PagaTodo otorgue su consentimiento para tal efecto, lo anterior no será aplicable a PagaTodo, quien en todo momento tendrá la facultad de ceder sus derechos debiendo informar PagaTodo o el cesionario al Cliente tal circunstancia.
VIGÉSIMA TERCERA.- SECRETO BANCARIO. PagaTodo no podrá dar información alguna sobre este Contrato ni de las operaciones realizadas al amparo del mismo, sino al Cliente, a las Personas Autorizadas o a sus representantes legales, sus beneficiarios en caso de fallecimiento del titular y/o a las autoridades señaladas en el artículo 142 de la Ley de Instituciones de Crédito, ya sea de manera telefónica, por escrito o a través de cualquier otro medio.
VIGÉSIMA CUARTA- PREVENCION DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILICITA Y FINANCIAMIENTO AL
TERRORISMO. El Cliente manifiesta bajo protesta de decir verdad, que los recursos que deposite en esta cuenta siempre serán propios y de procedencia lícita, asimismo se compromete que los recursos siempre perseguirán fines lícitos, reconociendo que PagaTodo se encuentra obligado al cumplimiento de las disposiciones de carácter general a las que se refiere las disposiciones del artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, y sus modificaciones, que lo obliga a prevenir, detectar y reportar los actos, omisiones u operaciones que pudieran favorecer, auxiliar o cooperar para la comisión de los delitos de terrorismo y lavado de dinero. En consecuencia, el Cliente deberá cooperar y proporcionar al PagaTodo los datos y documentos que le requiera para tal efecto. En caso de que PagaTodo requiera información adicional, el Cliente deberá proporcionarla de acuerdo a la solicitud específica que se realice.
PagaTodo podrá rescindir el presente Contrato si el Cliente o sus beneficiarios estuvieran involucrados en uno o varios de los delitos contemplados en los artículos 139, 148 Bis y 400 Bis del Código Penal Federal o sus correlativos en los Estados de la República Mexicana, así como aquellos que los sustituyeran y/o se encontraran vigentes en los Estados Unidos Mexicanos; si el Cliente o su(s) beneficiario(s) es (son) mencionado(s) en la lista de la Oficina de Control de Activos Internacionales de los Estados Unidos de América (“OFAC” por sus siglas en inglés Office of Foreign Assets Control) o cualquier otra lista de naturaleza similar, o que discrecionalmente PagaTodo determine. En estos casos bastará simple aviso por escrito que PagaTodo haga al Cliente, sin que sea necesario procedimiento legal alguno.
VIGÉSIMA QUINTA.- PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. El
Cliente otorga en este acto su consentimiento para que PagaTodo pueda utilizar todos los datos personales que le recabó en el cuestionario del presente Contrato, para el cumplimiento de sus obligaciones y para los fines que se encuentran asentados en el Aviso de Privacidad, que PagaTodo puso a disposición del Cliente al reverso del referido cuestionario, en el cual se recabaron sus datos personales.
PagaTodo ha implementado las medidas necesarias a efecto de que el Cliente pueda en todo momento ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición de sus datos personales que hubiere divulgado a PagaTodo, las cuales también quedarán asentadas en el Aviso de Privacidad que PagaTodo puso a disposición del Cliente.
VIGÉSIMA SEXTA- PROTECCIÓN DEL IPAB. PagaTodo hace del
conocimiento del Cliente que, en términos de la Ley de Protección al Ahorro Bancario y las reglas aplicables, única y exclusivamente estarán
garantizados por el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB), los depósitos bancarios de dinero a la vista, retirables en días preestablecidos, de ahorro, y a plazo o con previo aviso, así como los préstamos y créditos que acepte la Institución, hasta por el equivalente a cuatrocientas mil Unidades de Inversión por persona física o moral, cualquiera que sea el número, tipo y clase de dichas obligaciones a su favor y a cargo de PagaTodo.
En las cuentas solidarias, el IPAB cubrirá hasta el monto garantizado a quien aparezca registrado en los sistemas de PagaTodo como primer titular o cotitular.
En las cuentas mancomunadas, se dividirá el monto garantizado de la
AUTORIZACIÓN PARA USO DE LA INFORMACIÓN DEL CLIENTE
Otorgo en este acto mi consentimiento a PagaTodo para que pueda utilizar la información proporcionada en el presente contrato con fines mercadotécnicos, publicitarios o para recibir publicidad. Lo anterior, sin perjuicio de que el Cliente podrá en cualquier momento solicitar su inscripción en el Registro de Usuarios que no deseen que su información sea utilizada para fines mercadotécnicos o publicitarios.
cuenta entre los titulares o cotitulares. Lo anterior en el entendido de que la
cobertura por parte del IPAB respecto de cuentas mancomunadas no excederá de cuatrocientas mil Unidades de Inversión por cuenta, cualquiera que sea el número de titulares o cotitulares de esta.
VIGÉSIMA SÉPTIMA.- CONDUSEF. En este acto PagaTodo da a conocer el número telefónico, dirección de Internet y el correo electrónico de la UNE, así como los números telefónicos, dirección en internet y correo electrónico del Centro de Atención Telefónica de la CONDUSEF, cuyos datos a la fecha de este Contrato son los siguientes:
UNE
Teléfono: 000000000000 y 52495030
Página de Internet: xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx Correo electrónico: xxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx CONDUSEF
Teléfonos: 00 000 000 00 00 lada sin costo desde cualquier parte del país y 53 400 999 para el Distrito Federal y zona metropolitana
Página de Internet: xxx.xxxxxxxx.xxx.xx Correo electrónico: xxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx
VIGÉSIMA OCTAVA.- RÉGIMEN FISCAL. El Cliente, desde este momento, autoriza a PagaTodo para que cargue a la cuenta, los impuestos correspondientes que se establezcan en la legislación fiscal aplicable derivado de la celebración del presente contrato.
VIGÉSIMA NOVENA.- ANEXO DE DISPOSICIONES LEGALES.- Se pone
a disposición del Cliente los preceptos legales a los que se hace referencia en el texto de este documento, mismo que podrá ser consultado por el Cliente en la Oficina Administrativa de PagaTodo, así como en el Registro de Contratos de Adhesión que es administrado por la CONDUSEF. TRIGÉSIMA.- JURISDICCIÓN. Para la interpretación, cumplimiento y/o ejecución del presente Contrato, El Cliente y PagaTodo se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los tribunales competentes del Distrito Federal, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción al que pudieran tener derecho en virtud de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra razón.
Enteradas las partes del contenido y firma del presente Contrato, lo firman por duplicado en la Ciudad de México, D.F., a los días del mes
FIRMA DE CONSENTIMIENTO DEL CLIENTE
de quedando un ejemplar en
poder del Cliente y otro en poder de Banco PagaTodo, S.A., Institución de Banca Múltiple.
Nombre y Firma de Consentimiento del Cliente | Funcionario(s) Autorizado(s) de PagaTodo |