CONTRATO VIAJES COMBINADOS
CONTRATO VIAJES COMBINADOS
En la ciudad de Málaga, a de , de 2.0 .
De una parte: la Agencia de Viajes Acción Viajes S.L. con domicilio en Málaga, Xxxxx Xxxxxxxxxx xxxxxx 00, Xxxxxxx 00, teléfono 917 815 555y Código de Identificación B-00000000, Título Agencia de Viajes número AN29780-2, en calidad de minorista/Organizador (táchese lo que no proceda), y representada en este acto
por Don/doña
.
con D.N.I. número
Y de otra parte: Don/Doña , vecino de
, con domicilio en , teléfono número , y con D.N.I número , en calidad de contratante principal, viajero, siendo el beneficiario el mismo (o en su caso indicar el beneficiario que es la persona en nombre de la cual el contratante principal se compromete a comprar el viaje combinado).
ACUERDAN:
La Agencia de Viajes arriba indicada vende, en nombre y representación de
, a la otra parte contratante, que acepta y compra, un viaje combinado de acuerdo con las siguientes cláusulas:
1ª) Destino o destinos del viaje, itinerario y los períodos de estancia, con sus fechas y, cuando se incluya alojamiento, el número de pernoctaciones incluidas:
2ª) La cesión de la reserva:
1.- El viajero podrá ceder su reserva en el viaje combinado a una persona que reúna todas las condiciones requeridas para el mismo.
2.- La cesión deberá ser comunicada en soporte duradero al organizador o en su caso al minorista con una antelación de al menos siete días naturales del inicio del viaje.
3.- Cedente y cesionario responderán solidariamente de la cantidad pendiente de pago del precio acordado, así como comisión, recargo u otros costes adicionales derivados de la cesión.
Los costes no superarán los costes efectivamente soportados por el organizador y el minorista a causa de la cesión, quienes proporcionarán al cedente los justificantes de los cargos derivados de la cesión.
4.- El presente contrato SI/NO (táchese lo que no proceda) está sujeto a condiciones especiales que no permite la cesión. El prestatario del servicio………… no lo autoriza.
3ª) En caso de fraccionamiento de la estancia, se indican los distintos periodos y sus fechas:
4ª) Medios, características y categoría de los transportes que se van a utilizar, los puntos, los lugares de las paradas intermedias y las conexiones de transporte. (Si la hora exacta está aún por determinar, se informará de la hora aproximada de salida y regreso:
Avión. Clase
Barco Clase
Autobús Clase Tren Clase
Otros (Especificar características y
clase
5ª) Salida y regreso del viaje:
Día salida / / / Hora - Lugar Día regreso / / / Hora Lugar 6ª) ITINERARIO, VISITAS, EXCURSIONES Y DEMAS SERVICIOS
(Indicar exhaustivamente el itinerario, visitas, excursiones o demás servicios o bien acompañar como documento inseparable de este contrato el programa-oferta o folleto del viaje combinado objeto del presente contrato que forma parte del precio convenido, si lo hubiere).
El viaje combinado contratado forma parte de un grupo compuesto alrededor de……. viajeros aproximadamente.
SI / NO
(táchese lo que no proceda)
El idioma en el que se prestarán los servicios será el oficial del país de destino y
……………………
7ª) En caso de alojamiento:
Nombre del establecimiento País Localidad Situación
Categoría turística (equivalente a la clasificación española)
Principales características
8ª) Régimen alimenticio: SI / NO están incluidas (táchese lo que no proceda) SA/ AD/ MP/ PC/ TI
Las bebidas SI / NO (táchese lo que no proceda) están incluidas en el régimen alimenticio.
No están incluidas las siguientes bebidas:
9ª) Cancelación del Viaje por el organizador:
El organizador podrá cancelar el viaje contratado sin derecho a indemnización del viajero si no contratan un número mínimo de personas que será de ……….
Fecha límite de cancelación (Deberá efectuarse con una antelación mínima de: veinte días naturales antes del inicio del viaje combinando en el caso de los viajes de más de seis días de duración; siete días naturales antes del inicio del viaje combinado en el caso de viajes entre dos y seis días de duración; y cuarenta y ocho horas antes del inicio del viaje combinado en el caso de viajes de menos de dos días de duración).
10ª) Precio
El precio final completo por persona para este viaje es de euros. Se hace constar que en dicho precio están incluidos todos los impuestos (y en su caso, todas las comisiones, recargos y costes adicionales).
No se incluyen los gastos adicionales que deberá pagar el viajero, consistente en
……………….. (Caso de ignorarse el importe exacto deberá hacerse constar el aproximado).
11ª) REVISIÓN DEL PRECIO.
El precio inicialmente contratado SI / NO
(táchese lo que proceda) se podrá revisar.
El incremento de los precios establecidos en este contrato solo se podrá efectuar por las siguientes razones:
1. razones del precio del transporte de pasajeros o de otras fuentes de energía.
2. por el nivel de los impuestos o tasas sobre los servicios incluidos en el contrato exigidos por terceros incluidas las tasas, impuestos y recargos turísticos de aterrizaje y de embarque y desembarque en puertos y aeropuertos.
3. Los tipos de cambio de divisas aplicable al viaje.
En caso de que el aumento del precio mencionado excediese el 8% del precio total del viaje, el viajero podrá aceptarlo o resolver el contrato sin pagar penalización.
Dicho incremento deberá justificarse al viajero a más tardar 20 días naturales del inicio del viaje combinado.
Con el pacto del incremento, se estipula igualmente el derecho a una reducción del precio al viajero correspondiente a los 3 puntos de esta cláusula, que se produzcan en el periodo comprendido entre la celebración del contrato y el inicio del viaje combinado.
En caso de que se produzca la disminución del precio, el organizador y minorista tendrán derecho a deducir los gastos administrativos del reembolso debido al viajero entregándole justificante de ello al viajero si así lo solicitase.
12ª) Forma de pago
Contado
Plazos:………….
En su caso, condiciones de financiación
13ª) SERVICIOS ESPECIALES
El viajero hace a la Agencia de Viajes firmante de este contrato la siguiente petición de servicios especiales
que es aceptada no es aceptada.
14ª) Modificación del contrato:
Si antes del inicio del viaje el organizador modificase algún servicio turístico significativo del referido viaje, el viajero podrá resolver dicho contrato antes del inicio del mismo, sin pago de penalización o no aceptar por parte del viajero un viaje combinado sustitutivo debiendo realizar el minorista el reembolso en un plazo no superior a 14 días naturales desde la fecha de resolución del contrato.
En el supuesto de que, antes de la salida del viaje, el organizador se vea obligado a modificar de manera significativa algún elemento esencial del contrato, no pueda cumplir con alguno de los requisitos especiales a que se refiere el artículo 155.2.a o proponga aumentar el precio del viaje en más de un ocho por ciento de conformidad con el artículo 158.2, deberá ponerlo en conocimiento del viajero. Dicha modificación deberá comunicarse al viajero por el organizador, o en su caso por el minorista sin demora en soporte duradero.
En el supuesto que el viajero no conteste en un plazo razonable las propuestas del organizador o minorista se entenderán que no acepta dichas propuestas.
15ª) Resolución del contrato, cancelación y desistimiento del viaje.
El viajero antes del inicio del viaje combinado podrá resolver el presente contrato, pudiendo el organizador y/o el minorista podrán exigir una penalización consistente en:
a) El 5 por ciento del importe total del viaje, si la cancelación se produce con más de veinte días a la fecha del comienzo del viaje y después de los 20 días de la contratación del mismo;
b) El 10 por ciento si la cancelación se produce con más diez y menos de veinte días de antelación a la fecha del comienzo del viaje;
c) El 20 por ciento entre los días tres y diez días de antelación a la fecha del comienzo del viaje, y
d) Dentro de las cuarenta y ocho horas anteriores a la salida, la cantidad que resulte del precio del viaje combinado menos el ahorro de costes y lo ingresos derivados de la utilización alternativa de los servicios de viaje.
e) a las cantidades devengadas por los porcentajes pactados anteriormente el viajero deberá pagar además los servicios turísticos que están sujetos a condiciones especiales que no permiten el reembolso de lo pagado por tal concepto. Tales servicios consisten en: …………………
No obstante, lo anterior, cuando concurran circunstancias inevitables y extraordinarias en el lugar de destino o en las inmediaciones que afecten significativamente la ejecución del viaje combinado o al trasporte de pasajeros, el viajero tiene derecho a resolver el contrato sin penalización, y se le reembolsará completamente el pago realizado.
El viajero tiene derecho a que se le reembolse la totalidad de los pagos sin compensación adicional cuando el organizador, y en su caso, el minorista, cancelen:
a) si el número de viajeros es inferior al especificado en este contrato y se ha notificado dicha cancelación:
o En los 20 días naturales antes del inicio del viaje combinado si el viaje dura más de 6 días.
o En los 7 días naturales antes del inicio del viaje combinado si el viaje dura entre 2 y 6 días.
o En las 48 horas antes del inicio del viaje combinado si el viaje dura menos de 2 días.
b) Si el organizador no puede ejecutar el contrato por circunstancias inevitables y extraordinarias y se notifica la cancelación al viajero sin demora indebida antes del inicio del viaje.
El reembolso, cuando proceda, se realizará sin demora y en un plazo no superior a 14 días naturales después de la terminación del viaje combinado.
En el caso de los contratos de viaje combinado celebrado fuera del establecimiento, el viajero dispondrá de un plazo de catorce días para ejercer su derecho desistimiento del contrato de viaje combinado, sin necesidad de justificación.)
De no presentarse a la salida, el viajero está obligado al pago del importe total del viaje, abonando, en su caso, las cantidades pendientes salvo acuerdo entre las partes en otro sentido.
16ª) RESPONSABILIDAD POR LA EJECUCIÓN DEL VIAJE COMBINADO Y DERECHO DE RESARCIMIENTO.
Los organizadores y los minoristas responderán de forma solidaria frente al viajero del correcto cumplimiento de los servicios incluidos en el contrato.
Si el viajero no está conforme de cualquier falta que observe durante la ejecución del viaje debe informar al organizador o al minorista sin demora indebida.
Si cualquiera de los servicios no se ejecuta de conformidad con el contrato, el organizador, y en su caso, el minorista, deben subsanar la falta de conformidad si no resulta imposible o entraña un coste desproporcionado, en este caso el viajero tendrá el derecho a una reducción en el precio e indemnización.
Si el organizador o el minorista no subsanan la falta de conformidad en un plazo razonable, el viajero puede hacerlo y solicitar el reembolso de los gastos necesarios. Si alguno de los servicios del viaje no se puede prestar se ofrecerá al viajero fórmulas alternativas, de ser posible de calidad equivalente o superior a las contratadas para continuar el viaje combinado, también cuando el regreso del viajero al lugar de salida no se efectúe según lo acordado.
En caso de que las propuestas formuladas sean de menos calidad a las contratadas se le aplicará al viajero una reducción adecuada del precio. El viajero solo puede rechazar las alternativas propuestas si no son semejantes a lo contratado o si la reducción del precio es inadecuada.
Cuando exista una falta de conformidad por parte del viajero y el organizador o el minorista no lo hayan subsanado en un plazo razonable, este puede poner fin al contrato sin pagar penalización y tendrá derecho tanto a una reducción del precio como una indemnización por daños y perjuicios. Además, si el viaje incluye el transporte, el viajero tiene derecho a que sea repatriado en un transporte equivalente sin dilaciones y sin costes adicionales, en caso de que no se le pueda proporcionar dicho transporte por circunstancias inevitables y extraordinarias, se le proporcionará alojamiento por un periodo no superior a tres noches sin coste adicional alguno.
Cuando la normativa europea sobre derecho de los pasajeros se aplique al medio de transporte y establezca periodos más largos, se aplicarán dichos periodos.
A las personas con discapacidad o movilidad reducida, acompañantes, mujeres embarazadas, menores no acompañados y persona con necesidad de asistencia médica específica no se le aplicarán la limitación de costes, siempre y cuando se haya puesto estas circunstancias en conocimiento del organizador o minorista al menos 48 horas antes del inicio del viaje.
17ª) Incumplimientos y régimen de responsabilidades
El contratante principal o viajero podrá exigir las responsabilidades a que hubiere lugar en el plazo de dos años en caso de incumplimiento en la ejecución de este contrato.
Todo incumplimiento en la ejecución de este contrato debe ser comunicada por escrito por el viajero al minorista u/y organizador y, si procede, a la Administración Turística.
El organizador y, en su caso, el minorista del viaje combinado, responderán de forma solidaria frente al viajero del correcto cumplimiento de los servicios de viaje incluidos en el contrato, con independencia de que estos servicios los deban ejecutar ellos mismos u otros prestadores.
El viajero deberá informar al organizador o, en su caso, al minorista sin demora indebida, teniendo en cuenta las circunstancias de cada caso, de cualquier falta de conformidad que observe durante la ejecución de un servicio de viaje incluido en el contrato.
Si cualquiera de los servicios incluidos en el viaje no se ejecuta de conformidad con el contrato, el organizador y, en su caso, el minorista, deberán subsanar la falta de conformidad, salvo que resulte imposible o si ello entraña un coste desproporcionado, teniendo en cuenta la gravedad de la falta de conformidad y el valor de los servicios de viaje afectados.
Sin perjuicio de las excepciones previstas en el apartado anterior, si el organizador o el minorista no subsanan la falta de conformidad en un plazo razonable establecido por el viajero, el propio viajero podrá hacerlo y solicitar el reembolso de los gastos necesarios. No será preciso que el viajero especifique un plazo límite si el organizador o, en su caso, el minorista, se niegan a subsanar la falta de conformidad o si se requiere una solución inmediata.
Cuando una proporción significativa de los servicios de viaje no pueda prestarse según lo convenido en el contrato de viaje combinado, el organizador o, en su caso, el minorista, ofrecerá, sin coste adicional alguno para el viajero, fórmulas alternativas adecuadas, de ser posible de calidad equivalente o superior a las especificadas en el contrato, para la continuación del viaje combinado, también cuando el regreso del viajero al lugar de salida no se efectúe según lo acordado.
Si las fórmulas alternativas propuestas dan lugar a un viaje combinado de menor calidad que la especificada en el contrato, el organizador o, en su caso, el minorista, aplicarán al viajero una reducción adecuada del precio.
El viajero solo podrá rechazar las fórmulas alternativas propuestas si no son comparables a lo acordado en el contrato de viaje combinado o si la reducción del precio concedida es inadecuada.
Cuando una falta de conformidad afecte sustancialmente a la ejecución del viaje y el organizador o, en su caso, el minorista no la hayan subsanado en un plazo razonable establecido por el viajero, este podrá poner fin al contrato sin pagar ninguna penalización y solicitar, en su caso, tanto una reducción del precio como una indemnización por los daños y perjuicios causados, de conformidad con el artículo 162.
Si no es posible encontrar fórmulas de viaje alternativas o el viajero rechaza las propuestas de conformidad con el apartado 5, párrafo 3, tendrá derecho, en su caso, tanto a una reducción de precio como a una indemnización por daños y perjuicios de conformidad con el artículo 162, sin que se ponga fin al contrato de viaje combinado.
Si el viaje combinado incluye el transporte de pasajeros, el organizador y, en su caso, el minorista, en los casos indicados en los dos párrafos anteriores, repatriará además al viajero en un transporte equivalente sin dilaciones indebidas y sin coste adicional.
Si es imposible garantizar el retorno del viajero según lo convenido en el contrato debido a circunstancias inevitables y extraordinarias, el organizador o, en su caso, el minorista, asumirán el coste del alojamiento que sea necesario, de ser posible de categoría equivalente, por un período no superior a tres noches por viajero. Cuando la normativa europea sobre derechos de los pasajeros, aplicable a los
correspondientes medios de transporte para el regreso del viajero, establezca períodos más largos, se aplicarán dichos períodos.
La limitación de costes a que se refiere el apartado anterior no se aplicará a las personas con discapacidad o movilidad reducida, tal como se definen en el artículo 2.a) del Reglamento (CE) nº 1107/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006, sobre los derechos de las personas con discapacidad o movilidad reducida en el transporte aéreo, ni a sus acompañantes, mujeres embarazadas y menores no acompañados, así como a las personas con necesidad de asistencia médica específica, si sus necesidades particulares han sido participadas al organizador o, en su caso, al minorista al menos cuarenta y ocho horas antes del inicio del viaje. El organizador y el minorista no podrán invocar las circunstancias inevitables y extraordinarias a efectos de la limitación de responsabilidad, conforme al apartado 7, si el transportista no puede acogerse a estas circunstancias en virtud de la normativa europea.
El artículo 162 del Real Decreto Legislativo 1/2007 de Consumidores y Usuarios establece que El viajero tendrá derecho a una reducción del precio adecuada por cualquier periodo durante el cual haya habido falta de conformidad, a menos que el organizador o el minorista demuestren que la falta de conformidad es imputable al viajero.
El viajero tendrá derecho a recibir una indemnización adecuada del organizador o, en su caso, del minorista por cualquier daño o perjuicio que sufra como consecuencia de cualquier falta de conformidad. La indemnización se abonará sin demora indebida.
El viajero no tendrá derecho a una indemnización por daños y perjuicios si el organizador o, en su caso, el minorista, demuestran que la falta de conformidad es:
a) imputable al viajero,
b) imputable a un tercero ajeno a la prestación de los servicios contratados e imprevisible o inevitable, o
c) debida a circunstancias inevitables y extraordinarias.
En la medida en que los convenios internacionales que vinculan a la Unión Europea limiten el alcance o las condiciones del pago de indemnizaciones por parte de prestadores de servicios de viaje incluidos en un viaje combinado, las mismas limitaciones se aplicarán a los organizadores y minoristas. En los demás casos, el contrato podrá limitar la indemnización que debe pagar el organizador o el minorista siempre que esa limitación no se aplique a los daños corporales o perjuicios causados de forma intencionada o por negligencia y que su importe no sea inferior al triple del precio total del viaje.
Todo derecho a indemnización o reducción del precio en virtud de lo establecido en esta ley no afectará a los derechos de los viajeros contemplados en:
a) El Reglamento (CE) nº 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de
11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, y se deroga el Reglamento (CEE) nº 295/91.
b) El Reglamento (CE) nº1371/2007, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2007, sobre los derechos y las obligaciones de los viajeros de ferrocarril.
c) El Reglamento (CE) nº392/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de
23 xx xxxxx de 2009, sobre la responsabilidad de los transportistas de pasajeros por mar en caso de accidente.
d) El Reglamento (UE) nº1177/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, sobre los derechos de los pasajeros que viajan por mar y por vías navegables y por el que se modifica el Reglamento (CE) nº2006/2004.
e) El Reglamento (UE) nº181/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de
16 de febrero de 2011, sobre los derechos de los viajeros de autobús y autocar y por el que se modifica el Reglamento (CE) nº2006/2004.
f) Los convenios internacionales.
Los viajeros tendrán derecho a presentar reclamaciones con arreglo a esta ley, a dichos reglamentos y a los convenios internacionales. La indemnización o reducción del precio concedida en virtud de esta ley y la concedida en virtud de dichos reglamentos y convenios internacionales se deducirán la una de la otra para evitar el exceso de indemnización.
18ª) Tratamiento de datos personales.
De acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx de 2.016 y demás leyes aplicables, L.O. 3/2018 de Protección de datos, se adjunta como anexo independiente la información a la que el viajero tiene derecho.
19ª) Derechos de las personas con discapacidad o movilidad reducida.
Las personas con movilidad reducida, antes de proceder a la solicitud de la reserva, deberán poner en conocimiento de la agencia minorista tal situación, a fin de valorar la posibilidad y viabilidad de contratar el viaje de acuerdo con las características del mismo, de acuerdo con lo establecido en el reglamento CE1107/2006, se entiende como persona de movilidad reducida, toda persona cuya movilidad para participar en el viaje se halle reducida por motivos de discapacidad física (sensorial o locomotriz, permanente o temporal), discapacidad o deficiencia intelectual, o cualquier otra causa de discapacidad, o por la edad, y cuya situación requiera una atención adecuada y la adaptación a sus necesidades particulares del servicio puesto a disposición de los demás participantes en el viaje.
El cliente manifiesta que SI / NO (táchese lo que no proceda) no tiene discapacidad o movilidad reducida. La agencia de viajes puede garantizar los medios de transporte y demás servicios incluidos en el viaje estén adaptados para personas con movilidad reducida, quedando exoneradas tanto la agencia organizadora como la vendedora del viaje de cualquier responsabilidad que se pueda derivar de un incumplimiento o complimiento defectuoso de la prestación de servicios incluidos en el viaje y que tengan como origen esta causa.
El viaje es apto para el viajero y sus acompañantes.
20ª) SUSCRIPCIÓN POR PARTE DEL VIAJERO DE UN SEGURO FACULTATIVO.
SI / NO acepta la suscripción de un seguro facultativo para cubrir los coberturas del seguro que se adjunta mediante copia. (táchese lo que no proceda)
21ª) CERTIFICADO DE GARANTÍA.
En este acto la agencia de viaje hace entrega al viajero de un certificado de garantía que acredita el derecho al reclamar directamente a la persona que sea garante de la responsabilidad contractual, procedimiento y plazo para ejecutarlo, dato de contacto, asi como de la existencia y plena vigencia de la garantía.
22ª) OTRAS CLAUSULAS DE INTERES.
Organizador: (indicar nombre comercial, CIF, domicilio, teléfono y dirección de correo electrónico)
Minorista: (indicar nombre comercial, CIF, domicilio, teléfono y dirección de correo electrónico)
Representante local del organizador: (indicar nombre comercial, CIF, domicilio, teléfono y dirección de correo electrónico)
Asegurador: (indicar nombre, CIF, domicilio, y si el cliente ha aceptado o no el seguro que se le ofrece de cancelación por el consumidor o de un contrato de asistencia que cubra los gastos de repatriación o traslado al lugar de origen en caso de accidente, enfermedad o fallecimiento, especificando las características del seguro y su importe)
Teléfono o punto de contacto para urgencias:
Información General: Se le ha informado y el viajero acepta que la agencia de viajes ha informado sobre los requisitos de pasaporte y visado, incluido el tiempo aproximado para la obtención de visados, y sobre los trámites sanitarios para el viaje y la estancia en el país de destino.
VIAJES DE MENORES: En viajes de menores que no estén acompañados por un familiar u otro adulto autorizado siempre que el viaje combinado incluya alojamiento, se le facilita la persona y número de contacto directo con la persona responsable del mismo, cuyos datos son los siguientes:
El viajero deberá comunicar al organizador o en su caso al minorista sin demora indebida, de cualquier falta de conformidad que observe durante la ejecución de un servicio de viaje incluido en el contrato.
23ª) INFORMACIÓN SOBRE LOS PROCEDIMIENTO INTERNOS DE RECLAMACIONES DISPONILES Y SOBRE SISTEMAS SOBRE RESOLUCIONES ALTERNATIVAS DE LITIGIOS.
Las reclamaciones deberán efectuarse al organizador y en su caso al minorista del viaje combinado, advirtiéndosele expresamente que el plazo de prescripción es de dos años.
La ley 7/2017 de 2 de noviembre establece la posibilidad de sistemas de resolución alternativa de litigios en materia de consumo. No estando ni el organizador ni el minorista adheridas a ninguna plataforma.
Y en prueba de conformidad y en seguridad de lo convenido, las partes firman el presente contrato en todos sus folio
Por la Agencia de Viajes Por el Viajero
ANEXO DE TRATAMIENTO DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CONTRATACIÓN DE SERVICIOS
¿Quién es el responsable?
Acción Viajes S.L, provista de C.I.F. B-92442052, con domicilio en Xxxxx Xxxxxxxxxx xxxxxx 00 x xxxxxxx 00, XX 00000, Xxxxxx Teléfono 000000000, Email: xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xxx
¿Cómo hemos obtenido sus datos?
La Agencia de Viajes ha obtenido los datos personales que serán objeto de tratamiento, al haber sido facilitados voluntariamente por usted en el momento de la formalización o reserva de algún servicio turístico o adquirido a esta agencia de viajes.
En el caso de proporcionarnos información sobre otras personas debe obtener su consentimiento. Esto es aplicable a todos los datos. Si nos proporciona datos de otras personas nos está confirmando que tiene su permiso y que estas personas han comprendido como se utilizará dicha información.
¿Con que finalidad tratamos sus datos personales?
En la …AGENCIA DE VIAJES S.L…” tratamos la información que nos facilitan los clientes contratantes de los servicios turísticos adquiridos a esta agencia de viajes. Gestión de los servicios solicitados y/o mantenimiento de la relación contractual, así como elaboración de perfiles comerciales para envío de comunicaciones comerciales.
En caso de que lleve a cabo una contratación de seguros, sus datos personales serán tratados para las finalidades que se detallan a continuación:
Formalización y gestión del proyecto y/o contrato de seguro solicitado, con el fin de dar cumplimiento a las obligaciones, prestaciones, coberturas y servicios derivados del contrato suscrito.
Cumplir con la normativa sectorial que afecta a la agencia en función de su actividad y en atención a los servicios prestados, especialmente la normativa del Real Decreto 1/2007, de 16 de Noviembre, de Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, de prevención de blanqueo de capitales cuando proceda y prevención e investigación del fraude.
Para el ejercicio o la defensa de las reclamaciones de cualquier tipo que pudieran derivarse de la relación mantenida.
Para remitirle información publicitaria comercial y/o promocional de productos de servicios de la Agencia de Viajes, a través de cualquier medio, incluidos los electrónicos (en particular por sms o mail), e incluso una vez finalizada la relación contractual (si usted así lo ha autorizado).
Si usted lo autoriza, también le podrán ser remitidas comunicaciones comerciales, (incluso por medios electrónicos), personalizadas y adaptadas a su perfil sobre servicios turísticos
Para el ejercicio o la defensa de las reclamaciones de cualquier tipo que pudieran derivarse de la relación mantenida.
¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?
El tratamiento de los datos personales está basado en el consentimiento que se solicita. La negativa al tratamiento de sus datos llevaría aparejada la imposibilidad de prestación del servicio.
¿Cómo garantizamos la seguridad de sus datos?
Desde el comienzo del tratamiento se aplicarán las medidas organizativas y de seguridad para garantizar la integridad, confidencialidad, disponibilidad, resiliencia o invulnerabilidad, para evitar la pérdida, mal uso y acceso no autorizado a sus datos personales. Todo ello conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales, y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de Diciembre, de Protección de Datos.
¿A qué destinatarios se comunicarán sus datos?
Los datos serán comunicados a los distintos proveedores y empresas intervinientes en los servicios turísticos contratados por el cliente o de seguros, no cediéndose datos a terceros, excepto salvo obligación legal. Los datos no serán transferidos a un tercer país u organización internacional, excepto que la ubicación del proveedor y destino pueda implicar una transferencia internacional de datos.
Sus datos serán tratados de forma confidencial de acuerdo con las finalidades y objeto del contrato, tanto por la agencia de viajes como por los proveedores y cualquier interviniente tercero colaborador para la gestión de las prestaciones derivadas de los citados servicios.
¿Por cuánto tiempo conservamos sus datos?
En virtud de la relación jurídica como consecuencia de la contratación de servicios turísticos u otros, los datos personales serán conservados:
Durante toda la vigencia de la relación contractual, así como, tras su finalización cuando el tratamiento de los datos sea necesario para atender las posibles responsabilidades o reclamaciones que pudieran derivarse de la relación mantenida.
Posteriormente, durante los plazos legales que resulten de aplicación en cada caso concreto, en función de la finalidad para la que fueron recabados, así como para cumplir con los requerimientos y responsabilidades de la normativa vigente aplicable en cada caso, en concreto los plazos establecidos en: Real Decreto 1/2007, de Consumidores y Usuarios y Otras Leyes Complementarias, Ley de prevención y blanqueo de capitales (cuando proceda), así como cualquier otra que fuera de aplicación.
No obstante, los datos permanecerán en situación de bloqueo durante los plazos que determina la normativa especificada anteriormente, a fin de poder atender las responsabilidades que se pudieran generar. Transcurridos dichos plazos se procederá a su supresión, salvo que el interesado haya autorizado su tratamiento para finalidades concretas por un plazo superior.
¿Cuáles son sus derechos cuando nos facilita sus datos?
El cliente tiene derecho a retirar su consentimiento al tratamiento de sus datos personales en cualquier momento y a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos.
El interesado en relación a los datos que son tratados por la agencia de viajes, tiene la posibilidad de ejercitar de forma libre y gratuita los siguientes derechos:
Acceder a sus datos personales.
Rectificar sus datos personales cuando resulten inexactos o incompletos.
Suprimir sus datos personales cuando no sean necesarios para los fines para los que fueron recabados, entre otros motivos.
Limitar el tratamiento por parte de la agencia de viajes de todos o parte de sus datos personales en las circunstancias que determina la ley.
Oponerse a determinados tratamientos en las circunstancias y por motivos relacionados con su situación particular.
Solicitar la portabilidad de sus datos personales en un formato interoperable y autosuficiente.
Retirar, en cualquier momento, los consentimientos otorgados previamente.
De conformidad con la normativa vigente, el interesado puede ejercer sus derechos solicitándolo por escrito, y junto a una copia de un documento fehaciente que acredite su identidad, en la siguiente dirección postal: X/ Xxxxxxxxxx xxxxxx 00, xxxxxxx 00 XX 00000, Xxxxxx o en el correo electrónico xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xxx Igualmente, en el caso de no haya obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos podrá interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, autoridad de control en materia de protección de datos, en la siguiente dirección: X/ Xxxxx Xxxx, 0, 00000-Xxxxxx.
ACEPTO / NO ACEPTO (táchese lo que no procede) Fdo. El Cliente
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ANEXO II
A. Formulario de información normalizada para contratos de viaje combinado en los que sea posible utilizar hiperenlaces.
La combinación de servicios de viaje que se le ofrece es un viaje combinado en el sentido del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.
Por lo tanto, usted gozará de todos los derechos que se aplican en el marco de la UE a los viajes combinados. La(s) empresa(s) XY será(n) plenamente responsable(s) de la correcta ejecución del viaje combinado en su conjunto.
Además, como exige la legislación, la(s) empresa(s) XY está(n) cubierta(s) por una garantía para reembolsarle los pagos realizados y, si el transporte está incluido en el viaje, asegurar su repatriación en caso de que incurra(n) en insolvencia.
Más información sobre sus principales derechos con arreglo al texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre (que se proporcionará mediante un hiperenlace).
Siguiendo el hiperenlace, el viajero recibirá la siguiente información:
Principales derechos en virtud del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre:
– Los viajeros recibirán toda la información esencial sobre el viaje combinado antes de celebrar el contrato.
– Siempre habrá como mínimo un empresario responsable de la correcta ejecución de todos los servicios de viaje incluidos en el contrato.
– Se proporcionará a los viajeros un número de teléfono de emergencia o los datos de un punto de contacto donde puedan contactar con el organizador o el minorista.
– Los viajeros podrán ceder el viaje combinado a otra persona, con un preaviso razonable y, en su caso, con sujeción al pago de gastos adicionales.
– El precio del viaje combinado solo se podrá aumentar si se producen gastos específicos (por ejemplo, en los precios de combustible) y está expresamente estipulado en el contrato, y en ningún caso en los últimos veinte días anteriores al inicio del viaje combinado. Si el aumento de precio excede del ocho por ciento del precio del viaje combinado, el viajero podrá poner fin al contrato. Si el organizador se reserva el derecho de aumentar el precio, el viajero tendrá derecho a una reducción del precio si disminuyen los gastos correspondientes.
– Los viajeros podrán poner fin al contrato sin pagar ninguna penalización y obtener el reembolso completo de todos los pagos realizados si se modifica significativamente alguno de los elementos esenciales del viaje combinado que no sea el precio. Si el empresario responsable del viaje combinado lo cancela antes de su inicio, los viajeros tendrán derecho al reembolso de los pagos realizados y, cuando proceda, a una compensación.
– En circunstancias excepcionales, por ejemplo en caso de que en el lugar de destino existan graves problemas de seguridad que puedan afectar al viaje combinado, los viajeros podrán poner fin al contrato antes del inicio del viaje combinado sin pagar ninguna penalización.
– Además, los viajeros podrán poner fin al contrato en cualquier momento antes del inicio del viaje combinado mediante el pago de una penalización por terminación, que sea adecuada y justificable.
– Si, después del inicio del viaje combinado, no pueden prestarse elementos significativos de este, deberán ofrecerse al viajero fórmulas alternativas
adecuadas, sin coste adicional. Los viajeros podrán poner fin al contrato sin pagar ninguna penalización en caso de no ejecución de los servicios cuando ello afecte sustancialmente a la ejecución del viaje combinado y el organizador o, en su caso, el minorista no consigan solucionar el problema.
– Los viajeros también tendrán derecho a una reducción del precio y/o a una indemnización por daños y perjuicios en caso de no ejecución o ejecución incorrecta de los servicios de viaje.
– El organizador y el minorista deberán proporcionar asistencia al viajero en caso de que este se encuentre en dificultades.
– Si el organizador o el minorista incurren en insolvencia se procederá al reembolso de los pagos. En caso de que el organizador o, en su caso, el minorista incurran en insolvencia después del inicio del viaje combinado y este incluya el transporte, se garantizará la repatriación de los viajeros. XY ha suscrito una garantía de protección frente a la insolvencia con YZ [la entidad garante en caso de insolvencia -por ejemplo, un fondo de garantía o una compañía de seguros-]. Si se deniegan servicios debido a la insolvencia de XY, los viajeros podrán ponerse en contacto con dicha entidad o, en su caso, con la autoridad competente (datos de contacto, entre otros, nombre, dirección completa, correo electrónico y número de teléfono).
Texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre xxxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xx/xxxx/0000/00/00/0/xxx