ESTUDIO PREVIO PARA CONTRATAR LA RECONSTRUCCIÓN (EJECUCIÓN DE OBRAS) DE CUATRO
ESTUDIO PREVIO PARA CONTRATAR LA RECONSTRUCCIÓN (EJECUCIÓN DE OBRAS) DE CUATRO
(4) SEDES EDUCATIVAS EN EL MUNICIPIO DE CAMPO DE LA XXXX (ATLÁNTICO) QUE HACEN PARTE DE LOS PROYECTOS DEL SECTOR EDUCACIÓN - INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA
AFECTADA POR LOS EVENTOS DERIVADOS DEL FENÓMENO DE LA NIÑA 2010 - 2011 CONTENIDO
1. IDENTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN 3
1.1 JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD 3
1.2 OBJETIVO DE LA CONVOCATORIA 6
1.3 HISTÓRICO DE CONSUMOS EN LA ENTIDAD (EN LOS CASOS QUE APLIQUE) 6
1.4 ANÁLISIS DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD DE LA CONTRATACIÓN 7
1.5 DISEÑOS - EN CASO DE QUE EL CONTRATO A CELEBRAR ASÍ LO REQUIERA 7
2. ANÁLISIS DE LAS ALTERNATIVAS DE SATISFACCIÓN DE LA NECESIDAD Y SELECCIÓN DE LA ALTERNATIVA MÁS FAVORABLE 8
3. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR, ESPECIFICACIONES E IDENTIFICACIÓN DE LOS CONTRATOS A CELEBRAR 9
3.2.1 RECONSTRUCCIÓN DE SEDES EDUCATIVAS (EJECUCIÓN DE OBRA) 10
3.7 OBLIGACIONES DE LAS PARTES 16
3.11.2 ESPECIFICACIONES GENERALES 20
3.11.3 ESPECIFICACIONES PARTICULARES 20
3.11.4 PERFIL DEL CONTRATISTA 20
4. FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN E IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO QUE SE PRETENDE CELEBRAR 23
5. ANÁLISIS QUE SOPORTA EL VALOR ECONÓMICO ESTIMADO DEL CONTRATO 25
6. JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN QUE PERMITAN IDENTIFICAR LA(S) OFERTA(S) MAS FAVORABLE(S) 28
6.1 RECHAZO DE LAS PROPUESTAS 31
6.2 REQUISITOS HABILITANTES 32
6.2.1 CAPACIDAD DE ORDEN JURÍDICO Y MODO DE ACREDITARLA 32
6.2.2 CAPACIDAD DE ORDEN FINANCIERO Y MODO DE ACREDITARLA 44
6.2.3 CAPACIDAD DE ORDEN TÉCNICO Y MODO DE CACREDITARLA 47
6.3 REQUISITOS CALIFICABLES (CRITERIOS DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA) 52
6.3.1 EVALUACIÓN DE EXPERIENCIA ADICIONAL 53
6.3.2 APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL: 58
6.3.4 EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA 59
6.3.5 CONSOLIDACIÓN PUNTAJE Y ORDEN DE ELEGIBILIDAD 66
6.3.6 CRITERIOS DE DESEMPATE 66
6.3.7 ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS 66
7. SOPORTE QUE PERMITA LA TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDAN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONÓMICO DEL CONTRATO 67
7.1 TIPIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DEL RIESGO 69
8. ANÁLISIS QUE SUSTENTA LA EXIGENCIA DE GARANTÍAS 73
1. IDENTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN
1.1 JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD
El FONDO ADAPTACIÓN es una entidad, creada por el Decreto 4819 de 2010, con personería jurídica, autonomía presupuestal y financiera, adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, que tiene por objeto la recuperación, construcción y reconstrucción de las zonas afectadas por el fenómeno de "La Niña".
A raíz del fenómeno de "La Niña" 2010 - 2011, la infraestructura educativa sufrió serios daños en varios departamentos del país. En consecuencia, el Ministerio de Educación Nacional, el ICBF, el Ministerio de Cultura y Coldeportes postularon al Fondo Adaptación proyectos de reconstrucción de la infraestructura afectada.
Las Secretarías de Educación reportaron su afectación, la cual una vez consolidada por el Ministerio de Educación Nacional, fue avalada por la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres – UNGRD reportando en la matriz de Evaluación de Daños y Necesidades - EDAN, afectaciones en 1.098 sedes educativas a nivel nacional.
El Ministerio de Educación Nacional, una vez verificada la afectación reportada realizó una evaluación técnica a la infraestructura educativa afectada, y postuló al Fondo Adaptación las sedes cuya clasificación fue “ETAPA III” (instituciones educativas que deben ser reconstruidas o reubicadas). Una vez surtido el proceso de priorización, la postulación fue presentada al Consejo Directivo del Fondo Adaptación, según consta en el Acta N° 4 de dicho Consejo fechada el día 29 de septiembre de 2011. Posteriormente, el Consejo Directivo en sesión del 20 de octubre de 2011, como consta en el Acta N°5, seleccionó la propuesta de “…reconstrucción de la infraestructura social que se destruyó por el Fenómeno de la Niña 2010-2011 …”.
Una vez seleccionado el proyecto por el Consejo Directivo, el Fondo Adaptación inició la Etapa de estructuración del mismo con el objeto de ejecutar las obras de reconstrucción de la infraestructura educativa afectada en el país de acuerdo con las directrices establecidas por el Consejo Directivo.
Posteriormente, mediante Contrato de Consultoría Nº 059 de 2012, celebrado entre el FONDO ADAPTACIÓN y el CONSORCIO CONSUCON XXXXXXXX - 01 cuyo objeto es:
(“…”)
Elaborar la propuesta para ejecutar los diseños arquitectónicos, los cuales incluyen planos generales, planos de detalles, los diseños, planos y cálculos estructurales, los diseños, planos y cálculos de instalaciones eléctricas y afines, los diseños, planos y cálculos hidrosanitarios, los estudios de suelos, las topografías, el presupuesto (incluye APU’s), las especificaciones de construcción y el programa de obra de las instituciones Educativas de:
Campo de la Xxxx sede principal, Institución Educativa Técnica Comercial La Xxxxxxxxxx, Centro Educativo Xxxxxxxxx xx Xxxxx Xxxxxxxxx e Institución Educativa xx Xxxxxxxxx, todas en el Departamento del Atlántico, teniendo en cuenta que para adelantar el proceso es necesario aplicar el anexo 1 del documento de estudios previos, donde se especifican las acciones y estudios que debe adelantar el contratista con el fin de mitigar los riesgos de inundación de las instituciones.
(“…”)
Como Anexo Nº 1 se encuentra la totalidad de la información técnica de los cuatro (4) proyectos a ejecutar.
Se ha ejecutado el ajuste o propuestas de diseños para estas sedes educativas, localizadas en el Municipio de Campo de la Xxxx, Departamento del Atlántico.
Teniendo estos proyectos diseñados, es procedente dar inicio al proceso de contratación de Constructor e Interventor de Obra.
Así mismo se definió la contratación de Consultorías de Gerencia Integral como mecanismo idóneo para desarrollar el proyecto eficientemente asignándole a éstas, diversas labores entre las que se incluyen: la verificación de la afectación y oferta educativa de las sedes reportadas, la interventoría a los diseños, el apoyo a la supervisión de la interventoría de obra el seguimiento de las obras a ejecutar y la asesoría al proceso pre contractual para la selección de diseñadores, constructores e interventores de obra, entre otros.
Para las Consultorías de Gerencia Integral de los proyectos a intervenir, específicamente en los Departamentos de Atlántico y Bolívar, se seleccionó y contrató la siguiente firma:
REGION 1. CONSORCIO EDUCATIVO 2012.
Una vez iniciado su contrato, esta Consultoría de Gerencia Integral, ha estudiado los insumos desarrollados tanto por el Fondo Adaptación como por el Ministerio de Educación Nacional, a saber:
Los Prototipos Modulares desarrollados a través del Concurso Buena Arquitectura, Excelente Pedagogía, con la Sociedad Colombiana de Arquitectos.
La base de datos de SICIED suministrada por el Ministerio de Educación Nacional.
La base de datos y criterios de consulta depurada adelantada por el Fondo Adaptación.
El Manual de Contratación del Fondo Adaptación.
Para las Etapas que siguen la Consultoría de Gerencia integral tendrá, entre otras, las siguientes actividades con respecto a los diferentes contratistas de construcción:
La Consultoría de Gerencia Integral buscará garantizar el control administrativo, financiero, contable y jurídico a la ejecución de los mismos.
En relación con el proceso de Reconstrucción, la Consultoría de Gerencia Integral será el apoyo a la supervisión ejercida por el Fondo Adaptación en aspectos tales como el seguimiento técnico, jurídico, administrativo y financiero a las obras con el fin de garantizar la adecuada ejecución de cada una de ellas. Igualmente, emitirá su concepto técnico debidamente justificado a los ajustes y/o modificaciones técnicas que se presenten en el desarrollo de cada una de las obras, que impliquen un cambio de las condiciones inicialmente aprobadas por el Fondo Adaptación.
En relación con las Interventorías de construcción que serán contratadas por el Fondo, la Consultoría de Gerencia Integral será el apoyo a la Supervisión realizada por el Fondo Adaptación para el seguimiento técnico, jurídico, administrativo y financiero a los contratos de interventoría de construcción con el fin de garantizar la adecuada ejecución de las obras.
ESTRATEGIA D.I.C.E.
Establecimiento educativo
Teniendo como eje la Institución Educativa el Fondo en su propuesta de reconstrucción involucrará los sectores de primera infancia, cultura y deportes poniendo la infraestructura educativa al servicio de la comunidad y buscando una apropiación de la misma que haga sostenible su operación en el largo plazo.
D I C E | DEPORTES | |
INFANCIA | ||
CULTURA | ||
EDUCACION |
Sedes educativas
Grado 0 - 11 Aulas de tecnología
Cafetería Centro de recursos
ICBF
Aulas de primera infancia
Cultura
Biblioteca escolar y comunitaria
Deportes
Cancha múltiple
La intervención planteada es integral, tanto a nivel de infraestructura como a nivel social donde el trabajo con la comunidad es fundamental y por eso contempla acciones en tres diferentes niveles los cuales serán liderados por la Subgerencia de Regiones del Fondo Adaptación, las Gerencias y otros asesores contratados por el Fondo.
Dada la magnitud de la intervención requerida, se ha planteado un modelo regionalizado inicialmente dividiendo en cinco grupos la totalidad de departamentos en donde el Fondo Adaptación hará intervención, la Consultoría de Gerencia Integral será la responsable de revisar la viabilidad y estructurar la propuesta de reconstrucción de las sedes postuladas, para luego encargarse de la asesoría precontractual cuyo fin es seleccionar diseñadores, constructores e interventores, así como acompañar el proceso de dotación de las sedes. Las Consultorías de Gerencia Integral harán el seguimiento a todo el proceso de reconstrucción culminando en la entrega a las entidades locales y a través de ellos a la comunidad, en los términos que contractualmente se pacte con el Fondo Adaptación.
Dentro de este esquema se define la actuación del Fondo Adaptación como responsable de los resultados de la ejecución de los proyectos, contando con el apoyo de las Consultorías de Gerencia Integral que velan porque se apliquen adecuadamente los lineamientos del Fondo Adaptación, por parte de los diseñadores, contratistas de obra y los respectivos interventores que lleven a cabo la construcción y reconstrucción de las Sedes Educativas viabilizadas afectadas por el fenómeno de la Niña 2010 - 2011, de acuerdo con el modelo de contratación que sea definido.
1.2 OBJETIVO DE LA CONVOCATORIA
En consecuencia, el objetivo de esta convocatoria es seleccionar contratistas que procedan a realizar la Construcción (Ejecución de Obras), de la siguiente infraestructura educativa en las áreas afectadas por el fenómeno de "La Niña" 2010 - 2011, distribuidas en los siguientes Grupos:
GRUPO Nº 1
INSTITUCIÓN EDUCATIVA CAMPO DE LA XXXX SEDE PRINCIPAL
GRUPO Nº 2
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL LA XXXXXXXXXX
GRUPO Nº 3
CENTRO EDUCATIVO XXXXXXXXX XX XXXXX XXXXXXXXX INSTITUCIÓN EDUCATIVA XX XXXXXXXXX
El proponente decidirá a cuales de los grupos se presentará, puede presentarse a uno, dos o a los tres, pero la adjudicación será independiente, es decir, se adjudicará y contratará cada grupo de manera independiente con un valor autónomo para cada uno de ellos.
1.3 HISTÓRICO DE CONSUMOS EN LA ENTIDAD (EN LOS CASOS QUE APLIQUE)
El FONDO ADAPTACIÓN en este momento está adelantando el proceso de CONVOCATORIA ABIERTA Nº CA-FA-07-2013 cuyo objeto es:
(“…”)
CONTRATAR EL DISEÑO (ETAPA1. AJUSTE A DISEÑOS O DISEÑOS, ESTUDIOS TÉCNICOS Y TRÁMITES) Y LA CONSTRUCCIÓN (ETAPA2. EJECUCIÓN DE OBRAS) DE LAS SEDES EDUCATIVAS INDICADAS EN EL ANEXO N° 2 QUE SE VIERON AFECTADAS POR EL FENÓMENO DE "LA NIÑA"
(“…”)
A la fecha este proceso aún no ha sido adjudicado, razón por la cual no se tienen datos históricos de consumos para este sector.
1.4 ANÁLISIS DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD DE LA CONTRATACIÓN
Con base en las visitas realizadas por las Consultorías de Gerencia Integral, el estudio de los documentos entregados por el Fondo Adaptación y los recursos asignados, se han realizado los diseños y estudios técnicos para las sedes educativas relacionadas en el Anexo N° 2 adjunto a este documento, frente a las cuales se busca dar inicio a las actividades de construcción, requeridas para enfrentar los efectos generados por el fenómeno de la Niña 2010 - 2011. Teniendo en cuenta lo anterior, es necesaria la contratación de una o varias personas naturales o jurídicas que se encarguen de la Construcción (Ejecución de Obras), de las sedes educativas mencionadas.
1.5 DISEÑOS - EN CASO DE QUE EL CONTRATO A CELEBRAR ASÍ LO REQUIERA.
El FONDO ADAPTACIÓN tiene la totalidad de los diseños y estudios técnicos, producto resultante del Contrato de Consultoría Nº 059 de 2012, celebrado entre el FONDO ADAPTACIÓN con el CONSORCIO CONSUCON XXXXXXXX - 01.
La información técnica disponible, (Anexo Nº 1) para la construcción de los proyectos, objeto de la presente convocatoria, es:
1. Levantamiento topográfico, sus carteras de campo y demás información requerida.
2. Estudio de suelos con toda su información complementaria.
3. Análisis de riesgos y planteamiento de mitigación del riesgo para la ejecución del proyecto.
4. Proyecto arquitectónico compuesto por planos generales y de detalle suficientes para construir los proyectos.
5. Proyecto estructural compuesto por planos generales, de detalle, despieces, memorias de cálculo y demás documentación requerida.
6. Proyecto eléctrico y de instalaciones afines, compuesto por planos generales, de detalle, unifilar, memorias de cálculo y demás documentación requerida.
7. Proyecto hidráulico y sanitario compuesto por planos generales, de detalle, memorias de cálculo y demás documentación requerida.
8. Presupuesto de obra, con sus respectivos Análisis de Precios Unitarios (APU’s), desarrollado con base en estudios xx xxxxxxx realizados en la región.
9. Programación de obra.
10. Especificaciones técnicas de construcción.
11. Memoriales de responsabilidad de los profesionales que atendieron los estudios y diseños técnicos.
12. Licencia de Construcción.
2. ANÁLISIS DE LAS ALTERNATIVAS DE SATISFACCIÓN DE LA NECESIDAD Y SELECCIÓN DE LA ALTERNATIVA MÁS FAVORABLE
El artículo primero del Decreto 4808 de 2011 modificatorio del artículo 4 del Decreto 2962 de 2011, establece los procedimientos de selección que se relacionan a continuación para la contratación del Fondo Adaptación, así:
1. Selección Directa.
2. Convocatoria Cerrada.
3. Convocatoria Abierta.
Los principales procedimientos de selección que se utilizan por parte del Fondo Adaptación son la Convocatoria Abierta y la Convocatoria Cerrada.
Con fundamento en la norma anteriormente mencionada, dando aplicación a los principios de eficacia, economía, transparencia y responsabilidad, y de acuerdo con las directrices emitidas por la Junta Directiva del Fondo Adaptación, para cumplir con las metas y estrategias delineadas, resulta procedente y oportuno para el Fondo adelantar este proceso haciendo uso del procedimiento de convocatoria abierta, con el que se busca la contratación de contratistas que se encarguen de la Reconstrucción (Ejecución de Obras) de las sedes educativas.
Esta modalidad de contratación para el proceso de reconstrucción, consiste en seleccionar un proponente por cada grupo de proyectos enumerados en el Anexo N°2, ya sea individual o asociativamente, que tenga dentro de sus áreas de competencia la posibilidad de realizar la construcción de edificaciones escolares.
Es posible presentarse y ser adjudicatario en más de un grupo siempre que se cumpla con los requisitos establecidos. Como resultado del proceso de selección se celebrarán contratos independientes para cada grupo de sedes educativas, es decir, se adjudicará y contratará cada grupo de manera independiente
3. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR, ESPECIFICACIONES E IDENTIFICACIÓN DE LOS CONTRATOS A CELEBRAR
3.1 OBJETO.
El objeto consiste en contratar el proceso de reconstrucción (Ejecución de Obras) de las sedes educativas indicadas en el Anexo N° 2 que se vieron afectadas por el fenómeno de "La Niña" 2010 - 2011, así:
CONTRATAR, BAJO LA MODALIDAD DE PRECIOS UNTARIOS FIJOS SIN FÓRMULA DE REAJUSTE Y PLAZO FIJO, LA CONSTRUCCIÓN DE CUATRO (4) SEDES EDUCATIVAS EN EL MUNICIPIO DE CAMPO DE LA XXXX (ATLÁNTICO) EN LOS SIGUIENTES GRUPOS:
GRUPO Nº 1
INSTITUCIÓN EDUCATIVA CAMPO DE LA XXXX SEDE PRINCIPAL
GRUPO Nº 2
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL LA XXXXXXXXXX
GRUPO Nº 3
CENTRO EDUCATIVO XXXXXXXXX XX XXXXX XXXXXXXXX INSTITUCIÓN EDUCATIVA XX XXXXXXXXX
3.2 ALCANCE DEL OBJETO
El trabajo de reconstrucción de las sedes educativas (Ejecución de Obra) a contratar será adelantado por los contratistas de la siguiente manera:
Realizar la reconstrucción de las sedes educativas (Ejecución de obra) bajo la modalidad de precios unitarios fijos, sin fórmula de reajuste, de cada proyecto, de acuerdo con el grupo de proyectos adjudicado y el diseño aprobado previamente por parte de la Consultoría para la Gerencia Integral, como interventor de diseño, y el Fondo Adaptación, para el cumplimiento del objeto contratado y cuyas actividades se detallan en el Anexo N° 3.
En general el proceso de reconstrucción tiene tres fases totalmente definidas e independientes, así:
i. Fase de preconstrucción.
ii. Fase de construcción (Ejecución de obras).
iii. Fase de liquidación
Todas las fases anteriores están detalladas en el presente documento, en el Anexo Nº 3 y en los demás anexos que lo componen.
3.2.1 RECONSTRUCCIÓN DE SEDES EDUCATIVAS (EJECUCIÓN DE OBRA)
La reconstrucción de cada sede educativa (Ejecución de obra) contempla los siguientes aspectos:
Ejecución de Obras
Socialización
Entrega en funcionamiento
a. EJECUCIÓN DE OBRAS
Corresponde a la realización de las obras con base en los diseños definitivos de construcción aprobados por la Consultoría de Gerencia Integral; cantidades de obra; las especificaciones generales y particulares; el presupuesto de inversión, los documentos técnicos de soporte para la construcción de las obras, las licencias, permisos, la programación de ejecución obra, y flujo de inversión.
b. SOCIALIZACIÓN
Comprende la interrelación del contratista constructor con la comunidad y las autoridades, dando oportuna información y respuesta durante el proceso de intervención sobre cada una de las sedes educativas.
El contratista deberá implementar el programa de Auditorías Visibles en el cual se establece que, para cada una de las intervenciones del FONDO se deben llevar a cabo foros, establecer un Servicio de Atención al Ciudadano (SAC) y crear Equipos Locales de Seguimiento encargados de transmitir información y ejercer control social sobre las intervenciones en su municipio, corregimiento, barrio o vereda, ello con el fin de realizar el seguimiento y control social de las intervenciones del FONDO y garantizar la participación comunitaria de manera organizada, durante la fase de ejecución de las obras, de acuerdo a lo establecido en la Estrategia de Auditorías Visibles del Fondo Adaptación - Anexo Nº 4.
c. ENTREGA EN FUNCIONAMIENTO
Comprende la finalización de la obra de construcción, la recepción de la dotación de cada una de las sedes educativas y su puesta a punto para ser entregada cada una de ellas a la autoridad correspondiente.
3.3 RUBRO PRESUPUESTAL
Los recursos con los que el Fondo Adaptación debe realizar los pagos al (los) contratista (s), se encuentran amparados con el certificado de disponibilidad recursos N° #### del ## de Xxxxxxx de 2013 expedido por el Consorcio FADAP
3.4 VALOR
Cada grupo de proyectos diseñado tiene un valor total que se discrimina en el Anexo N°2.1, así:
GRUPO Nº 1
CAMPO DE LA XXXX SEDE PRINCIPAL
VALOR TOTAL NUEVE MIL TRESCIENTOS CINCO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS CON 71/100 MONEDA CORRIENTE COLOMBIANA ($ 9.305’592.998,71 M/CTE)
GRUPO Nº 2
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL LA XXXXXXXXXX
VALOR TOTAL OCHO MIL TREINTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SETETNA Y NUEVE PESOS MONEDA CORRIENTE COLOMBIANA ($ 8.037’978.379 M/CTE)
GRUPO Nº 3
VALOR TOTAL SEIS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS DIECISÉIS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS PESOS MONEDA CORRIENTE COLOMBIANA ($ 6.974’616.462 M/CTE)
CENTRO EDUCATIVO XXXXXXXXX XX XXXXX XXXXXXXXX
VALOR TOTAL DOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y DOS PESOS MONEDA CORRIENTE COLOMBIANA ($ 2.765’664.572 M/CTE)
INSTITUCIÓN EDUCATIVA XX XXXXXXXXX
VALOR TOTAL CUATRO MIL DOSCIENTOS OCHO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS NOVENTA PESOS MONEDA CORRIENTE COLOMBIANA ($ 4.208’951.890 M/CTE)
Cada proponente tiene la posibilidad de decidir a cuales y cuantos grupos se presenta, la Entidad adjudicará parcialmente por grupos sucesivamente, es decir primero adjudicará el Grupo Nº 1, seguidamente el Grupo Nº 2 y por último el Grupo Nº 3.
El valor presentado para cada grupo incluye:
A. El valor de los costos directos para la reconstrucción (Ejecución de obra) de las sedes del grupo, y
B. El A.I.U. (Administración - Imprevistos - Utilidad, Incluido IVA sobre Utilidad) propuesto para la reconstrucción (Ejecución de obra) de las sedes del grupo.
El proponente, durante el periodo de preparación de su oferta, deberá tener en cuenta los siguientes costos:
CÁLCULO DE LOS COSTOS DIRECTOS.- Los proponentes, para la presentación de su oferta, deberán tener en cuenta la totalidad de los insumos necesarios para la ejecución de las obras en los términos establecidos en cualquier aparte del proyecto (Planos, especificaciones técnicas de construcción, etc.) y en lo que su experticia como constructor le indique, en razón de ello deberá consultar manuales y recomendaciones de fabricantes e instaladores y demás recursos que se encuentren disponibles para hacer una correcta y completa valoración de sus costos, en caso que no incluya algún insumo básico necesario para la completa y correcta ejecución de las actividades de ninguna manera podrá hacer reclamación para obtener mayor pago, ajuste o actualización de valor por cualquier concepto. Los insumos que deberá tener en cuenta en el momento de calcular sus costos directos, como mínimo, son:
A. Materiales en cuantías necesarias para cumplir las calidades, resistencias, tamaños, espesores u otros requeridos, allí deberá incluir también los desperdicios que considere necesarios para ello; estos materiales deberán ser todos de primera calidad, en caso que haya calculado, dentro de sus costos, otros tipos de calidad, deberá suministrar e instalar de primera calidad, so pena de rechazo de materiales u obras instaladas por parte de la interventoría de obra, la Consultoría para la Gerencia Integral o el Fondo Adaptación, cualquiera sea el momento en que se evidencie este hecho.
B. Equipos y herramientas necesarios para ejecutar las actividades contratadas, deberá incluir también los mantenimientos de estos elementos, cualquier equipo que sea detectado, durante la ejecución de la obra, sin el lleno de los requisitos de operación, seguridad o mantenimiento será solicitado retirar de la construcción a un sitio seguro donde se realice el aprestamiento necesario para operar en condiciones seguras.
C. Mano de obra en cantidades requeridas para cumplir los plazos de construcción propuestos, esta mano de obra es la operativa tal como, contramaestros, oficiales, ayudantes, etc., para la ejecución de la obra en óptima calidad, deben incluir todos los costos reglamentados legalmente.
D. Subcontratos necesarios para realizar actividades especiales, debe incluir suministro, instalación y puesta en marcha de todos los elementos.
E. Transportes y almacenamientos o bodegajes de todos los insumos básicos requeridos para la ejecución de la obra en el aspecto de costos directos.
F. Cualquier otro tipo de insumo que el proponente considere necesario para la ejecución completa y correcta de las actividades objeto del presente proceso de selección.
CÁLCULO DE LOS COSTOS INDIRECTOS (A.I.U.).- El tope del valor del A.I.U. (Administración - Imprevistos
- Utilidad) para construcción por sede no podrá exceder el 26%, incluido el I.V.A. sobre la Utilidad, so pena de rechazo para el grupo que está ofertando.
Nota 1: El componente de Administración (A) del A.I.U. comprende todos los gastos administrativos necesarios para la ejecución de las obras, atendiendo la ubicación geográfica de cada proyecto, en este apartado del análisis el proponente deberá informarse suficientemente sobre todos los aspectos que a continuación se mencionan:
1. Personal administrativo de obra (El que se incluye como mínimo en el Anexo Nº 3 - Directores de obra, Residentes de Obra, Residentes Administrativos, Residentes XXXX, inspectores XXXX, Maestros generales, Cuadrillas Volantes, Personal de Vigilancia de Obra), adicional a los Residentes de subsistemas (Eléctrico, Hidrosanitario, etc.), asesores especializados en cualquier campo objeto del contrato, maestros, contramaestros, oficiales de administración, ayudantes por administración, aseo y servicios generales relacionados con el campamento de obra y zonas administrativas, etc., incluido también todos los costos por traslados, transportes, alojamientos, prestaciones sociales y todo concepto laboral para este personal.
2. Costos de campamentos de obra (Zonas adecuadas para oficinas, almacenes, baños, patios de almacenamiento, senderos de acceso, seguridad, etc.), incluyendo casinos, dotaciones (Escritorios, sillas, mesas, planotecas, estanterías para almacenamiento o archivo, etc.) y el pago de conexión y mantenimiento de servicios públicos provisionales de la obra.
3. Suministro de Software (licencias para su utilización), hardware y dotación de equipos e insumos de oficina para la ejecución de obra, incluyendo impresoras, copiadoras, con el suministro de fungibles, como papelerías, toners, elementos de oficina, cajas menores, empastes, copias, planos, edición y presentación de informes, etc.
4. El contratista a su costo sacará las copias o ploteos de los estudios y diseños técnicos que vaya a utilizar durante todo el proceso de ejecución de la obra, estas copias y/o ploteos deberán ser verificados por la interventoría durante la fase de preconstrucción, previo a la iniciación de la fase de construcción (Ejecución de obras).
5. Implementación del sistema de seguridad industrial, salud ocupacional, medio ambiente y aseguramiento de la calidad, con todos sus costos asociados.
6. Ensayos de control de calidad para la obra.
7. Mantenimiento de equipos y herramientas.
8. Registro, elaboración, edición, ploteo y entrega de planos record y dossier de sistemas que así lo requieran.
9. Elaboración de manuales de operación y mantenimiento para cada sede.
10. Todos los transportes aéreos, terrestres, fluviales, marítimos, o cualquiera otro requerido para cualquier aspecto diferente de los insumos básicos de ejecución de obra (Materiales, Equipos y herramientas), los transportes de estos insumos básicos deberán ser incluidos en los costos directos del proyecto.
11. Impuestos (Impuestos, tasas y contribuciones Nacionales, Departamentales y Municipales, cualquiera de ellos que aplique), publicaciones, pólizas y seguros requeridos para la ejecución de la obra, además de los costos de la comisión fiduciaria para el manejo de los recursos entregados, a título xx xxxxxxxx, como anticipo.
12. Socialización de proyectos, logística y realización de auditorías visibles, refrigerios, etc.
13. Cualquier otro componente que el proponente necesario, independiente de aquellos que van en costo directo (Materiales, Equipos, Herramientas, Transportes de materiales - equipos y herramientas, mano de obra, almacenamiento y bodegajes o cualquier otro tipo de insumo relacionado con la ejecución física de obra).
Se aclara que el incorrecto, incompleto o insuficiente análisis por parte del proponente no será motivo para solicitar revisión del cálculo de A.I.U.
Nota 2: El componente de Imprevistos (I) del A.I.U. este porcentaje incluido en el AIU será destinado a cubrir los imprevistos surgidos durante la ejecución del contrato.
Nota 3: El componente de Utilidad (U) del A.I.U. Incluye la utilidad razonable que el contratista ha estimado tener en desarrollo de la ejecución del presente contrato.
Nota 4: En el A.I.U. no deberán incluirse gastos por conceptos de transportes, almacenamientos, bodegajes, materiales, insumos, personal de obra no administrativo, transporte de personal no administrativo o mano de obra. Estos conceptos deberán incluirse en los análisis de precios unitarios.
Teniendo en cuenta que la forma de pago es a precios unitarios sin fórmula de reajuste, el precio total y definitivo del contrato, sin superar el presupuesto oficial, corresponderá al producto del número de unidades o cantidades de obra ejecutadas, multiplicadas por el precio correspondiente que haya ofrecido el CONTRATISTA y sumando el AIU incluyendo el I.V.A. sobre la utilidad, valores y porcentajes presentados en el Anexo Nº 6 correspondiente al grupo al cual haya sido adjudicatario. El valor del contrato no está sujeto a ajustes por cambio de vigencias.
Las actividades y cantidades de obra a desarrollar en cada uno de los cuatro (4) proyectos que componen los tres (3) grupos de contratación, se adjunta como ANEXO Nº 5 los cuadros contentivos de las CANTIDADES DE OBRA Y PRESUPUESTO OFICIAL.
El valor de las obras adicionales, en caso que se presenten, se pagará tomando los precios ofrecidos por el CONTRATISTA en su propuesta inicial (APU’s o Lista de Insumos básicos entregados y aprobados en la etapa de preconstrucción) tomando el menor valor presentado, en caso de diferencia entre estos documentos y sin ajuste alguno, sujeto al límite del presupuesto.
Será causal de rechazo de las propuestas, cuando el valor total corregido de la oferta económica exceda el presupuesto oficial establecido. Se entiende por valor total corregido el resultante de la verificación aritmética de la propuesta económica, descrita en el numeral 6.3.4 del presente documento, que efectúe el FONDO a la propuesta económica de los proponentes.
En la propuesta económica (ANEXO Nº 6 - CANTIDADES DE OBRA Y PROPUESTA ECONÓMICA) el proponente deberá indicar el porcentaje (%) total de A.I.U., incluido el IVA sobre la Utilidad), para la construcción (ejecución) de las obras. En todo caso el valor de la Propuesta Económica, no podrá superar el presupuesto oficial de la presente convocatoria y en caso de que esto ocurra, se considerará como causal de rechazo de la propuesta.
3.5 CANTIDADES DE OBRA
Las cantidades por ejecutar se podrán aumentar, disminuir o suprimir durante la ejecución de las obras, previa revisión y aprobación por la Interventoría y el supervisor del proyecto designado por el FONDO.
El constructor estará obligado a ejecutar las mayores cantidades de obra que resulten a los mismos precios de la propuesta. Todas aquellas modificaciones que llegasen a alterar el presupuesto, deberán ser aprobadas directamente por el FONDO, previa solicitud y soportes de la Interventoría de obra y aval de la Consultoría para la Gerencia Integral.
En caso de presentarse mayores y menores cantidades de obra, estas podrán compensarse mediante acta suscrita entre el interventor y el CONTRATISTA, siempre que sea posible hacerlo. Si no es posible suscribir acta de compensación de cantidades de obra porque el valor de las variaciones netas en las cantidades de obra generan un mayor valor del contrato, el interventor no podrá autorizarlas sin la aprobación por escrito del FONDO.
3.6 FORMA DE PAGO.
La forma de pago al contratista de cada grupo se hará de la siguiente manera:
a. Un anticipo del 20% del valor del contrato una vez aprobadas las garantías para la entrega del anticipo y aprobación de la Fiducia donde se manejarán dichos recursos, antes de constituir la fiducia, EL CONTRATISTA someterá a revisión del FONDO la minuta del respectivo contrato. El costo de la comisión fiduciaria será cubierto directamente por el CONTRATISTA. Este anticipo se entregará dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la radicación en debida forma de la cuenta de cobro correspondiente y sus documentos de soporte. Bajo ninguna circunstancia la suscripción del acta de inicio estará sujeta a la entrega del anticipo. El giro del anticipo se tramitará una vez se cumpla con la aprobación de los requisitos de ejecución, se apruebe el plan de inversión del anticipo y se entregue la totalidad de la documentación resultante de la fase de preconstrucción, debidamente aprobados por parte del Interventor de obra, y el cumplimiento de los trámites administrativos correspondientes. Este anticipo no podrá ser destinado a fines distintos de los gastos relacionados directamente con la obra, incluido A - ADMINISTRACIÓN y en ningún caso podrá destinarse a cubrir pagos relacionados con los gastos relativos a U – UTILIDAD, ni a la compra de activos fijos, vehículos y maquinaria entre otros, el proponente con la presentación de la propuesta acepta esta condición. Los recursos entregados por concepto de anticipo deberán ser manejados en una entidad fiduciaria con calificación AAA, que deberá ser aprobada previamente por el FONDO ADAPTACIÓN y cumplir lo establecido en el anexo Nº 1.
Los rendimientos financieros que generen los recursos anticipados al CONTRATISTA serán propiedad del FONDO; por lo tanto, dentro de los primeros cinco (5) días hábiles de cada mes, EL CONTRATISTA deberá consignar los rendimientos financieros correspondientes en la cuenta que, para el efecto, le indique EL FONDO. Si EL CONTRATISTA no restituye al FONDO los rendimientos financieros en el término antes señalado, deberá reconocer a esta Entidad intereses corrientes y moratorios, liquidados a la máxima tasa permitida vigente a la fecha de la xxxx.
La iniciación de las obras no está supeditada, en ningún caso, a la entrega del anticipo, como tampoco lo está el cumplimiento de cualquiera de las demás obligaciones contractuales.
b. Hasta el valor equivalente al 90% del valor de la obra para cada proyecto de acuerdo con el presupuesto aprobado, se cancelará contra actas mensuales de ejecución de obra. El cálculo del valor a pagar mensual se realizará tomando el valor de la obra ejecutada mensualmente, amortizando el anticipo en el mismo porcentaje entregado inicialmente, hasta amortizarlo totalmente y realizando una retención del 10% de cada una de las actas como retención en garantía.
c. El saldo resultante, equivalente al 10% del valor total del contrato, de la operación de restar lo pagado hasta la fecha del valor real de la construcción, se pagará contra la suscripción del acta de recibo final a entera satisfacción de la obra, que deberá incluir entre otros la entrega de los planos record, los manuales de operación y mantenimiento, paz y salvos de personal, legalización de servicios públicos, pólizas y demás documentos requeridos; debidamente aprobada y suscrita por el interventor de obra, el contratista y la Consultoría de Gerencia Integral. Así mismo se deberá descontar el saldo pendiente por amortizar del anticipo, en caso que esto aplique.
d. La retención en garantía, correspondiente al 10% de las actas de obra ejecutadas, tramitadas y pagadas se pagará al contratista, surtido y suscrita el acta de liquidación del contrato.
3.7 OBLIGACIONES DE LAS PARTES
3.7.1 DEL CONTRATISTA
Serán a cargo del contratista, además de las consagradas en la ley conforme con la naturaleza del contrato a celebrar, las establecidas en el ANEXO Nº 3 - REQUERIMIENTOS DE CONSTRUCCIÓN.
3.7.2 DEL CONTRATANTE
1. Entregar la información necesaria para que el contratista pueda ejecutar el contrato.
2. Dar directrices al contratista, a través de la Consultoría para la gerencia Integral y la interventoría de obra.
3. Ejercer la dirección y el control del contrato.
4. Ejercer la supervisión del contrato con el fin de constatar la correcta ejecución del mismo a través de quien para tal efecto delegue o contrate. Así mismo realizará el seguimiento constante a través de la Consultoría de Gerencia Integral definida para la Región y evaluar a la culminación del contrato, el cumplimiento del objeto y las obligaciones por parte del contratista.
5. Exigir la ejecución idónea y oportuna del objeto del contrato.
6. Por intermedio del respectivo interventor de obra, suscribir la correspondiente Acta de Inicio del contrato, previo el cumplimiento por parte del contratista de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución.
7. Verificar el cumplimiento de las actividades del contratista a través del interventor de obra.
8. Pagar el valor del contrato, según sea aplicable a las actividades desarrolladas, previa presentación de la factura y cumplimiento de sus obligaciones contractuales. Para el caso de diseño la facturación deberá ir acompañada de la certificación suscrita por el interventor del cumplimiento de las condiciones establecidas para el pago. Para la construcción toda facturación deberá contar con una pre-acta de medición de cantidades ejecutadas y un acta que valore dicha medición, además de incluir una columna con el acumulado de los ítems pagados, que será elaborada por el contratista con el acompañamiento y aprobación de la Interventoría de obra para cada sede
Nota: para cada ítem del presupuesto para pago deberá estar acompañado de un plano memoria donde registre la medición a cobrar.
3.8 PLAZO DE EJECUCIÓN
Cada grupo tendrá una duración del proyecto, así:
GRUPO Nº 1 - PLAZO TOTAL TRECE (13) MESES CAMPO DE LA XXXX SEDE PRINCIPAL
Etapas de Construcción.- Para este caso, primero se deberá construir la primera etapa (Según delimitación de las etapas, planteadas en el diseño), mientras tanto se mantendrá la sede en funcionamiento, una vez entregada la primera etapa (Máximo siete meses contados a partir de la suscripción del acta de inicio) se trasladará allí el colegio y se demolerán las construcciones de la actual sede educativa y se construirá el resto del proyecto diseñado, para tal fin, se deberá plantear un modelo de seguridad industrial que asegure que no se presentarán cruces de usos (construcción - educación, ya sea por rutas u horarios) y por lo tanto no habrá accidente de la comunidad educativa, generados por la ejecución de la obra.
Entrega parcial primera etapa - 7 Meses a partir de la suscripción del acta de inicio, incluida la fase de preconstrucción.
Entrega Final segunda etapa - 13 meses a partir de la suscripción del acta de inicio
GRUPO Nº 2 - PLAZO TOTAL TRECE (13) MESES
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL LA XXXXXXXXXX
Etapas de Construcción.- Para este caso, primero se deberá construir la primera etapa (Según delimitación de las etapas, planteadas en el diseño), mientras tanto se mantendrá la sede en funcionamiento, una vez entregada la primera etapa (Máximo siete meses contados a partir de la suscripción del acta de inicio) se trasladará allí el colegio y se demolerán las construcciones de la actual sede educativa y se construirá el resto del proyecto planteado, para tal fin, se deberá plantear un modelo de seguridad industrial que asegure que no se presentarán cruces de usos (construcción - educación, ya sea por rutas u horarios) y por lo tanto no habrá accidente de la comunidad educativa, generados por la ejecución de la obra.
Entrega parcial primera etapa - 7 Meses a partir de la suscripción del acta de inicio, incluida la fase de preconstrucción.
Entrega Final segunda etapa - 13 meses a partir de la suscripción del acta de inicio
GRUPO Nº 3 - PLAZO TOTAL DIEZ (10) MESES - Ambos frentes de obra deben iniciarse simultáneamente.
Entrega Parcial Frente Nº 1 - 8 Meses (C.E. XXXXXXXXX XX XXXXX XXXXXXXXX)
A partir de la suscripción del acta de inicio Entrega Final Frente Nº 2 - 10 meses (I.E. XX XXXXXXXXX)
A partir de la suscripción del acta de inicio
Los plazos indicados para ambos Frentes de Obra incluyen la fase de preconstrucción.
CENTRO EDUCATIVO XXXXXXXXX XX XXXXX XXXXXXXXX
En esta sede se desarrollarán actividades de construcción únicamente, no habrá comunidad educativa simultáneamente.
INSTITUCIÓN EDUCATIVA XX XXXXXXXXX
Áreas de Uso (Construcción - Educativo).- En el mismo lote se desarrollará de manera simultánea la actividad de construcción y la educativa; para tal fin, se deberá plantear un modelo de seguridad industrial que asegure que no se presentará cruces de usos (construcción - educación, ya sea por rutas u horarios) y por lo tanto no habrá accidente de la comunidad educativa, generados por la ejecución de la obra.
Para el caso del Grupo Nº 3, el contratista debe iniciar simultáneamente, y desde el primer día de ejecución de obra, la reconstrucción (ejecución de obra) de ambos frentes de obra.
Para la liquidación del contrato el plazo máximo será de dos (2) meses contados a partir de la terminación del plazo de ejecución, plazo que podrá ser prorrogado de mutuo acuerdo por las partes.
Si dentro del plazo no es posible ejecutar la totalidad de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA, el contrato se prorrogará sin que haya lugar a adición del valor inicialmente pactado, en el entendido de que el valor del contrato remunera el ciento por ciento (100%) de las actividades aquí establecidas. Lo anterior sin perjuicio de las sanciones contractuales que haya lugar a imponer al CONTRATISTA.
La firma del acta de inicio, deberá hacerse siempre y en todo caso, dentro de los dos (2) días siguientes a la legalización del contrato de obras que formalice la presente CONVOCATORIA, la cual deberá hacerse, esto es la legalización, a más tardar dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a su perfeccionamiento.
3.9 INTERVENTORÍA
El FONDO mantendrá durante todo el tiempo que dure la ejecución del contrato hasta su liquidación respectiva, una interventoría de obra para que verifique que la ejecución del contrato se ajuste a las especificaciones y normas del contrato, sin que esta interventoría releve al Contratista de su responsabilidad.
Esta interventoría de obra será contratada directamente por el FONDO ADAPTACIÓN.
La interventoría de obra que resulte seleccionada deberá reportar a la Consultoría para la Gerencia Integral asignada, quien tendrá la calidad de apoyo a la supervisión de estos contratos.
Los alcances, obligaciones, funciones y responsabilidades de la interventoría de obra se encuentran detalladas en la RESOLUCIÓN Nº 001 DE 2012 “POR LA CUAL SE ADOPTA EL MANUAL DE
CONTRATACIÓN Y SUPERVISIÓN DEL FONDO ADAPTACIÓN”, además de las consagradas en la ley conforme con la naturaleza del contrato a celebrar y en el contrato respectivo.
Cada contratista de obra, con la presentación de su propuesta, se obliga a entregar toda la información necesaria para que la interventoría de obra pueda desarrollar sus actividades diligente y oportunamente.
3.10 SUPERVISIÓN
La supervisión a las interventorías de diseño y construcción será ejercida por Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Asesor III Fondo Adaptación, o la persona delegada para tales efectos por la Gerente del FONDO ADAPTACIÓN, de acuerdo con lo estipulado en la Resolución 01 del 10 de febrero de 2012.
La Consultoría para la Gerencia Integral será presentada a la Interventoría de obra y al contratista de cada grupo por el supervisor de los contratos, teniendo en cuenta las actividades administrativas, financieras, técnicas y legales de las que habla la resolución 01 del 10 de febrero de 2012 y lo contenido en su propio contrato.
Los alcances, obligaciones, funciones y responsabilidades de la supervisión se encuentran detalladas en la RESOLUCIÓN Nº 001 DE 2012 “POR LA CUAL SE ADOPTA EL MANUAL DE CONTRATACIÓN Y
SUPERVISIÓN DEL FONDO ADAPTACIÓN”, además de las consagradas en la ley conforme con la naturaleza del contrato a celebrar y en el contrato respectivo.
El Constructor de obra, con la presentación de su propuesta, se obliga a entregar toda la información necesaria para que la Interventoría de Obra, la Consultoría para la Gerencia Integral y la Supervisión puedan desarrollar sus actividades diligente y oportunamente.
3.11 DEFINICIONES TÉCNICAS
3.11.1BIEN O SERVICIO:
Tres (3) contratos de construcción de obra pública, correspondiente a tres (3) grupos, integrados por cuatro
(4) proyectos o sedes educativas.
3.11.2ESPECIFICACIONES GENERALES
Este proceso está constituido por tres (3) grupos, cada uno de los cuales contiene uno (1) o más proyectos que se encuentran detallados en el Anexo Nº 2.
3.11.3ESPECIFICACIONES PARTICULARES
El contratista de construcción (Ejecución de obra) deberá realizar para cada proyecto la construcción de las obras solicitadas y aprobadas por el FONDO a través de la Consultoría de Gerencia Integral de acuerdo con los procesos y obligaciones detalladas en el Anexo Nº 3.
3.11.4PERFIL DEL CONTRATISTA:
Podrán participar como proponentes, bajo alguna de las siguientes modalidades, siempre y cuando cumplan las condiciones exigidas:
Individualmente, como:
(a) Personas naturales nacionales o extranjeras,
(b) Personas jurídicas nacionales o extranjeras, que se encuentren debidamente constituidas, previamente a la fecha de cierre del proceso y;
Conjuntamente, en cualquiera de las formas de asociación previstas en el artículo 7 de la Ley 80 de 1993, que acrediten la experiencia habilitante y específica requerida en los estudios previos.
Las personas extranjeras, naturales o jurídicas, podrán presentar su oferta en forma directa o mediante apoderado que los represente en el proceso precontractual. En caso de resultar adjudicataria del proceso una persona extranjera, deberá cumplir a lo señalado en el Título VIII del Libro II del Código de Comercio Colombiano.
El contratista seleccionado, ya sea persona natural o jurídica, de forma individual o asociativa, deberá ser un constructor que tenga experiencia, tanto en tiempo como en cantidad y calidad, en construcción en el sector educativo, institucional, comercial y de vivienda a excepción de vivienda tipo VIP Y VIS, con un enfoque multidisciplinario.
La presentación de la propuesta mediante un proponente plural no modifica en ningún caso la integralidad que existe para el desarrollo del contrato que para todos los efectos es uno solo. El FONDO, sin importar cualquiera de las formas aquí descritas, considera que la propuesta es integral y toda la responsabilidad es del contratista que suscribe el contrato derivado del presente proceso de selección.
3.11.5FICHA TÉCNICA:
i. Localización del Proyecto
Los cuatro (4) Proyectos objeto de la presente convocatoria, están localizados en el Municipio de Campo de la Xxxx (Atlántico), las coordenadas geográficas se pueden encontrar en el Anexo Nº 2.1., su ubicación exacta está en la presentación entregada como Anexo Nº 2.2., tres (3) de los proyectos están ubicados en la xxxx xxxxxx x xx xxxxxxxx xx xx xxxx xxxxx sobre la vía que conduce de Barranquilla a Campo de la Xxxx.
Campo de la Xxxx queda localizada a más o menos 75 minutos de la ciudad de Barranquilla en la carretera que conduce de Barranquilla a Calamar, por la Carretera Oriental que se encuentra totalmente pavimentada.
ii. Glosario
Para los fines de la convocatoria, a menos que expresamente se estipule de otra manera, los términos que se definen a continuación tendrán el significado que a ellas se les asigna. Las palabras técnicas o científicas que no se encuentren definidas expresamente en los estudios previos o en los términos y condiciones para contratar, tendrán los significados que les correspondan según la técnica o ciencia respectiva y las demás palabras se entenderán en su sentido natural y obvio, según el uso general de las mismas:
- Acta de vecindad: Es el documento y anexo fotográfico de registro detallado del estado actual, funcional y de mejoras existentes (infraestructura, viviendas, bodegas, sistemas xx xxxxx, pozos, etc.) de los predios que potencialmente pueden ser afectados por la construcción del proyecto.
- Adenda(s): Documentos que se expedirán con el fin de explicar, aclarar, agregar o modificar los Términos y Condiciones Contractuales o sus Anexos con posterioridad a la apertura del presente proceso, e integran con los Términos y Condiciones Contractuales un todo, por ende, tienen igual validez y el mismo carácter vinculante.
- Adjudicación: Decisión emanada del FONDO por medio de un acto administrativo, que determina los adjudicatarios del presente proceso.
- Adjudicatario: Proponente a quien se le adjudica el proceso, por haber presentado una propuesta que cumple con lo requerido en los Términos y Condiciones Contractuales y se considera en relación con las demás, la propuesta más conveniente en el proceso de selección.
- Anexos: Es el conjunto de formatos y documentos que se adjuntan a los Términos y Condiciones Contractuales y que hacen parte integral del mismo.
- Alcance del contrato: Son todas las actividades y obras necesarias para cumplir con el objeto del contrato. Las actividades contenidas en el alcance del contrato son obligaciones del adjudicatario.
- Contratista: Adjudicatario que suscribe alguno de los tres (3) Contratos derivados del presente proceso.
- Especificaciones: Procesos y procedimientos técnicos generales o particulares, según el caso a los que se debe ceñir el CONTRATISTA durante la ejecución de las obras, para obtener los resultados objeto del contrato.
- Proponente: Es la persona jurídica o natural o estructura plural, que presenta una Propuesta para participar en el proceso de selección que se rige a través de los T.C.C.
- Propuesta Admisible: Es aquella propuesta presentada por un proponente que además de cumplir con los requisitos jurídicos, técnicos y financieros señalados en estos T.C.C., cumple con los criterios de evaluación señalados en los mismos.
- Propuesta no habilitada: Es aquella propuesta presentada por un proponente que no cumple con alguno de los requisitos jurídicos, técnicos y financieros habilitantes establecidas en los T.C.C.
- Propuesta rechazada: Es aquella propuesta presentada por un proponente que incurra en alguna de las causales de rechazo establecidas en los T.C.C.
- Propuesta: Se entiende por tal aquella oferta con carácter irrevocable, presentada conforme a los requisitos establecidos en los T.C.C.; debidamente suscrita por quien goza de la representación del proponente y acompañada de una garantía de seriedad de la misma.
- Propuesta elegible: Es aquella propuesta habilitada, que alcanza por lo menos 50 puntos en la adjudicación de puntaje.
iii. Documentos
Son documentos integrantes de la convocatoria abierta, los presentados en el Anexo Nº 1, listados en el numeral 1.5 DISEÑOS del presente documento.
iv. Aspectos Técnicos
Los trabajos objeto del presente proceso deberán ejecutarse de conformidad con la normatividad técnica vigente para obras de construcción de este tipo de proyectos y con las especificaciones generales y especificaciones técnicas específicas incluidas en el presente documento.
En caso de discrepancias entre las especificaciones, el CONTRATISTA informará sobre ello al Interventor, quien decidirá conjuntamente con el FONDO, sobre la prelación entre estos documentos.
v. Visita de los Sitios
No se programa visita obligatoria a los sitios de intervención de la presente convocatoria, no obstante, el proponente por su cuenta y con el fin de estructurar su propuesta, según lo considere necesario, inspeccionará y examinará el sitio y los alrededores de la obra y se informará, sobre la forma y características del sitio (Recursos ambientales y especies animales nativas), las cantidades, localización y naturaleza de la obra y la de los materiales necesarios para su ejecución, transporte, mano de obra, y, de manera especial las fuentes de materiales para su explotación junto con los volúmenes de explotación, vías internas de explotación y vías de acceso a las mismas, zonas de botaderos, las vías de acceso al sitio y las instalaciones que se puedan requerir, las condiciones ambientales y sociales del área de influencia, las cuales debe considerar para el desarrollo y manejo ambiental del proyecto, en especial cuando se establezca presencia de minorías étnicas, caso en el cual debe asegurarse de cumplir con la normatividad especial que rige para la
explotación de recursos naturales en jurisdicción de los territorios legalmente constituidos a su favor, o evitar cualquier intervención que obvie el procedimiento de Consulta Previa establecido en el Decreto 1320 de 1998, y, en general, sobre todas las circunstancias que puedan afectar o influir en el cálculo del valor de su propuesta.
Es responsabilidad del proponente familiarizarse con los detalles y condiciones bajo los cuales serán ejecutados los trabajos, así como de los riesgos previsibles de la obra, pues su desconocimiento o falta de información no se considerará como excusa válida para posteriores reclamaciones.
vi. Autocontrol de Calidad
El CONTRATISTA desarrollará la obra a partir de una cuidadosa planeación de la misma aplicando buenas prácticas de construcción para lograr obras en armonía con el entorno natural en el que se desarrollan. El proponente preverá y asumirá en sus costos que, para la ejecución de la obra, debe disponer de un equipo de laboratorio completo para realizar los ensayos y las mediciones requeridas para asegurar la calidad de los trabajos.
vii. Señalización en la Zona de las Obras y Vallas de Información
El proponente deberá mantener la señalización de obra y las vallas informativas y demás dispositivos de seguridad y de comunicación para garantizar el normal y buen desarrollo de las obras.
viii. Personal para la obra
El valor de la oferta deberá incluir los costos inherentes a la obligación de mantener durante la ejecución de las obras y hasta la entrega total de las mismas a satisfacción del FONDO, todo el personal idóneo y calificado de directivos, profesionales, técnicos, administrativos y obreros – mano de obra no calificada - que se requieran. Por lo tanto, el proponente tendrá en cuenta lo siguiente:
Cumplir con el personal profesional mínimo solicitado en los estudios previos y sus anexos y en los términos y condiciones contractuales.
Cumplir con el personal necesario para cada fase, frente de trabajo y sede a intervenir.
4. FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN E IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO QUE SE PRETENDE CELEBRAR
Atendiendo a las disposiciones legales que rigen al FONDO ADAPTACION, se seleccionará a los contratistas mediante CONVOCATORIA ABIERTA. Lo anterior tiene como fundamento jurídico lo consagrado en el artículo 7 del 4819 de 2010 y en el artículo 4° del Decreto 2962 de 2011:
Artículo 7 Decreto 4819 de 2010, el cual establece:
(“…”)
Artículo 7°. Régimen Contractual.
Los contratos que celebre el FONDO para el cumplimiento de su objeto, cualquiera que sea su índole o cuantía, se regirán por el derecho privado y estarán sujetos a las disposiciones contenidas en los artículos 209 y 267 de la Constitución Política, dando aplicación a los artículos 14 a 18 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 13 de la Ley 1150 de 2007.
(“…”)
Artículo 4 Decreto 2962 de 2011, modificado por el artículo 1 del Decreto 4808 de 2011, el cual establece: (“…”)
Artículo 4º.Procedimientos de Selección.
El Fondo Adaptación adelantará la contratación necesaria para el cumplimiento eficiente y eficaz de su objeto, con observancia de los principios consagrados en el artículo 1° del presente decreto y haciendo uso de los siguientes procedimientos de selección:
1. Selección Directa. Procedimiento mediante el cual se selecciona de manera directa a una persona natural o jurídica, atendiendo los precios xx xxxxxxx y considerando criterios que aseguren la satisfacción de las necesidades del Fondo Adaptación y la selección objetiva.
2. Convocatoria Cerrada. Procedimiento en que se reciben ofertas de proponentes previamente determinados mediante estudio xx xxxxxxx y en el cual se selecciona entre ellas con base en factores objetivos definidos previamente por el Fondo Adaptación en la correspondiente convocatoria.
3. Convocatoria Abierta. Procedimiento en que se reciben ofertas de cualquier proponente que cumpla con las condiciones de la respectiva necesidad que se pretende satisfacer y se selecciona entre ellas con base en factores objetivos definidos previamente por el Fondo Adaptación.
Los principales procedimientos de selección que se utilizarán por parte del Fondo Adaptación serán la Convocatoria Abierta y la Convocatoria Cerrada.
(“…”) (Xxxxxxxx y subrayas fuera de texto)
Se propone realizar UN SOLO PROCESO DE SELECCION con adjudicaciones parciales por GRUPOS COMPLETOS, es decir se realizarán tres adjudicaciones individuales y serán tres los contratos resultantes de ellas, principalmente para garantizar la unidad de criterio de principio a fin de dicho proceso, lo mismo que disminuir el desgaste administrativo propio de este tipo de procesos. Cada grupo tiene una o más sedes y es condición que el oferente presente propuesta por la totalidad de sedes del grupo o grupos a ofertar.
Se debe presentar propuesta por grupos completos tantos como considere el proponente (pudiendo participar en 1, en 2 o los 3, presentando propuesta completa para cada uno), no se admitirán propuestas por grupo parciales (Aquellas que no contengan la totalidad de las sedes del grupo) ni propuestas alternativas.
El FONDO ADAPTACIÓN adjudicará parcialmente por grupos sucesivamente, es decir primero adjudicará el Grupo Nº 1, seguidamente el Grupo Nº 2 y por último el Grupo Nº 3.
5. ANÁLISIS QUE SOPORTA EL VALOR ECONÓMICO ESTIMADO DEL CONTRATO
Para determinar el valor de cada uno de los cuatro (4) proyectos que conforman los tres (3) grupos de contratación, el CONSORCIO CONSUCON XXXXXXXX - 01, en desarrollo del Contrato de Consultoría Nº 059 de 2012, celebrado con el FONDO ADAPTACIÓN elaboró presupuestos detallados con valores comerciales de la zona donde se ejecutarán los proyectos objeto del presente proceso.
El valor calculado para la intervención derivada de este contrato, se ha estimado incluyendo AIU e IVA sobre utilidad.
Se anexan (Anexos 5.1, 5.2, 5.3.A y 5.3.B.) a los presentes estudios previos los presupuestos detallados para cada uno de los proyectos que componen los tres (3) grupos de contratación.
A. Medios de consulta de condiciones y precios xx xxxxxxx
El consultor de estudios y diseños técnicos, CONSORCIO CONSUCON XXXXXXXX - 01, realizó el presupuesto de cada sede educativa mediante investigación directa de los precios xx xxxxxxx para todos los insumos básicos del proyecto y utilizando todos los medios a su disposición para determinar los valores parciales y totales de las intervenciones planteadas.
Para la consulta de los requerimientos técnicos y económicos se utilizaron los siguientes medios: | |
Teléfono | Internet (páginas Web) X |
Fax | Personalmente |
Correo electrónico X | Comunicación escrita X |
Catálogo X | Otro medio X Cual? Presupuestación |
Anexo: ( Ver anexos que se generaron de la consulta) |
El resultado del estudio se muestra de manera consolidada en el literal C de este numeral.
a. Información de la consulta (Indique los datos de la(s) persona(s) natural(es) o jurídica(s) consultada(s). Diligenciar esta información únicamente en los casos en que el medio de consulta es teléfono y/o personalmente. Utilice las filas que requiera
No aplica
b. Análisis comparativo de las consultas de los precios de cada uno de los bienes o servicios
La intervención para cada sede tiene presupuesto de ejecución detallado realizado por el consultor de estudios y diseños técnicos.
La Consultoría para la Gerencia Integral (Consorcio Educativo 2012) realizó revisión, verificación, comparación de precios y validación de cálculo de cantidades de obra para cada presupuesto presentado.
La intención del trabajo desarrollado por la CONSORCIO EDUCATIVO 2012 no fue desarrollar el presupuesto simultáneamente con el consultor de estudios y diseños técnicos – CONSORCIO CONSUCON XXXXXXXX - 01, sino realizar revisión determinística, es decir, con base en conocimiento previo de los valores en la zona.
Para ello, la Consultoría para la Gerencia Integral, hizo revisión aleatoria, utilizando el Principio xx Xxxxxx, sobre los ítems y cantidades más representativas de cada intervención.
Para efectos de validación se utilizaron:
a. Métodos directos de verificación, realizando medidas y cálculos directos sobre el proyecto desarrollarlo, ejemplo: medición de cantidades de obra.
b. Comparación de valores presentados en publicaciones especializadas, ejemplo: Construdata de Legis.
c. Comparación de valores con proyectos recientemente desarrollados en la zona de ejecución cercana, ejemplo: Proyecto Santa Xxxxx (Atlántico).
d. Análisis de rendimientos para la determinación de mano de obra.
e. Revisión de Análisis de Precios Unitarios entregados por el Consultor de Estudios y Diseños Técnicos.
f. Comparación directa entre los presupuestos de las cuatro (4) intervenciones que componen el presente proceso de selección.
Todas estas verificaciones se realizaron en varias instancias:
A nivel de valores por metro cuadrado en general.
A nivel de Costo Directo únicamente.
A nivel de Costos Indirectos únicamente.
A nivel de valores por metro cuadrado de capítulos de construcción.
A nivel de precios unitarios y rendimientos en diferentes actividades, tanto del mismo presupuesto como comparativo.
Todo lo anterior buscó homogeneizar, en lo posible, los costos determinados para cada intervención.
Las diferencias que presentan los cuatro (4) presupuestos, están explicadas en las diferencias normales para cada proyecto de construcción con estudios y diseños técnicos diferentes, aunque desarrollados con los mismos lineamientos.
La evaluación económica realizada a cada uno de proyectos evidenció que los precios unitarios que soportan el valor oficial de cada uno de ellos están acordes con el mercado y con las características propias de la región.
Las actividades, cantidades de obra y precios unitarios de cada uno de los cuatro (4) proyectos, se relacionan en el Anexo Nº 5 - CANTIDADES DE OBRA Y PRESUPUESTO OFICIAL y se resumen a continuación:
GRUPO Nº 1
CAMPO DE LA XXXX SEDE PRINCIPAL
VALOR TOTAL NUEVE MIL TRESCIENTOS CINCO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS CON 71/100 MONEDA CORRIENTE COLOMBIANA ($ 9.305’592.998,71 M/CTE)
GRUPO Nº 2
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL LA XXXXXXXXXX
VALOR TOTAL OCHO MIL TREINTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SETETNA Y NUEVE PESOS MONEDA CORRIENTE COLOMBIANA ($ 8.037’978.379 M/CTE)
GRUPO Nº 3
VALOR TOTAL SEIS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS DIECISÉIS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS PESOS MONEDA CORRIENTE COLOMBIANA ($ 6.974’616.462 M/CTE)
CENTRO EDUCATIVO XXXXXXXXX XX XXXXX XXXXXXXXX
VALOR TOTAL DOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y DOS PESOS MONEDA CORRIENTE COLOMBIANA ($ 2.765’664.572 M/CTE)
INSTITUCIÓN EDUCATIVA XX XXXXXXXXX
VALOR TOTAL CUATRO MIL DOSCIENTOS OCHO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS NOVENTA PESOS MONEDA CORRIENTE COLOMBIANA ($ 4.208’951.890 M/CTE)
c. Valor del bien o servicio regulado por el Estado:
No Aplica.
d. Listas de precios unitarios adoptadas por el Fondo Adaptación
No Aplica.
e. Análisis de costos del Precio xx Xxxxxxx
El CONSORCIO EDUCATIVO 2012, que ejerce como Consultoría para la Gerencia Integral para el grupo conformado por los Departamentos de Atlántico y Bolívar, realizó revisión y verificación de los presupuestos presentados por el consultor de diseños y estudios técnicos. Haciendo las observaciones correspondientes y acompañando el proceso hasta la entrega final de los presupuestos de cada proyecto. Se verificaron los precios, cantidades de obra y concordancia entre lo diseñado y lo presupuestado en cada caso.
6. JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN QUE PERMITAN IDENTIFICAR LA(S) OFERTA(S) MAS FAVORABLE(S)
Dentro del proceso se seleccionarán cada uno de los oferentes por grupos sucesivamente, es decir primero se adjudicará el Grupo Nº 1, seguidamente el Grupo Nº 2 y por último el Grupo Nº 3 y en consecuencia se celebrarán contratos independientes para cada grupo.
Los factores de selección están clasificados en requisitos habilitantes y requisitos calificables. Los factores habilitantes no otorgan puntaje alguno, sino que determinan si las propuestas son o no HABILES para ser calificables. Los requisitos calificables permitirán el otorgamiento de puntaje y determinarán una lista de elegibilidad para cada grupo.
Se calificarán los aspectos económicos de las propuestas de forma proporcional de acuerdo con su posición con respecto a un promedio que será determinado según un método de ponderación escogido para tal efecto.
FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
El proponente deberá presentar su propuesta en dos (2) sobres independientes, con el siguiente contenido:
SOBRE Nº 1 - REQUISITOS HABILITANTES Y REQUISITOS CALIFICABLES DE CARÁCTER TÉCNICO Y CUMPLIMIENTO.
Original y Dos (2) copias idénticas (El original debe contener con CD de la propuesta completa escaneada).
En caso que dentro de alguno de los documentos presentados en el SOBRE Nº 1 contenga el valor de la propuesta económica para alguno de los grupos a los cuales se presenta el proponente, esta propuesta, para los grupos en los cuales incurra en este hecho, no será tenida en cuenta para efectos de asignación de puntaje alguno, es decir, el SOBRE Nº 2 no será abierto ni se incluirá en la evaluación económica, y tampoco se adjudicará puntaje alguno por aspectos técnicos o de cumplimiento, razón por la cual serán propuestas no elegibles.
SOBRE Nº 2 - PROPUESTA ECONÓMICA.
Original y Dos (2) copias idénticas (El original debe contener con CD de la propuesta completa en formatos editables y formulados).
En este sobre se incluirá la totalidad de las propuestas económicas (Anexo Nº 6.1 y/o Anexo Nº 6.2 y/o Anexo Nº 6.3.A + Anexo Nº 6.3.B, dependiendo de a cuales grupos se presenta el proponente.
Los sobres deben presentarse debidamente cerrados y marcados, así: SOBRE MAYOR:
Señores
FONDO ADAPTACIÓN
Calle 75 #5-88 Piso 3 Edificio Difransa BOGOTÁ – CUNDINAMARCA
Convocatoria Abierta No.:
SOBRE Nº 1: PROPUESTA TÉCNICA (ORIGINAL Y DOS (2) COPIAS Y CD)
Objeto de la convocatoria: Proponente:
Dirección: Teléfono: Correo electrónico:
SOBRE Nº 2: PROPUESTA ECONÓMICA (ORIGINAL Y DOS (2) COPIAS Y CD)
Objeto: Proponente: Dirección: Teléfono: Correo electrónico:
Nota: Cuando exista alguna discrepancia entre el original de la propuesta que contiene los documentos habilitantes y las copias, prevalecerá el texto original. Igualmente en caso de que existan diferencias entre el texto impreso de la propuesta y el medio magnético de la misma se tomará en cuenta lo señalado en el medio impreso.
Para la presentación de ofertas el oferente deberá tener en cuenta lo siguiente:
Las propuestas se deberán presentar en original, junto con DOS (2) copias y medio magnético, debidamente foliadas el original y las copias; éstas deberán contener la misma información que contenga el original.
La propuesta deberá contener todos los documentos señalados en los presentes Términos y Condiciones Contractuales.
La propuesta debe contener un índice de información sobre los capítulos y documentos que la integran y el número de la página donde comienza el tema.
La propuesta deberá presentarse en idioma castellano y, la parte económica en pesos colombianos.
No se aceptarán propuestas que por cualquier causa lleguen con posterioridad a la fecha y hora señalada para su entrega, así como aquellas propuestas que sean enviadas a través de correo, fax, correo electrónico, Internet o cualquier otro medio telemático, o radicadas en sitios diferentes al señalado para su entrega.
Las propuestas deberán estar escritas en medio mecánico, legajadas y foliadas tanto el original como las copias y deben referirse y sujetarse a cada uno de los puntos contenidos este documento. La información y documentos deben ser relacionados en el mismo orden en que aparecen en estos Términos y Condiciones Contractuales.
La carta de presentación de la propuesta y la Oferta Económica deben llevar la firma autógrafa original del oferente o del representante legal o del apoderado, debidamente constituidos y facultados para presentar la propuesta, o del representante del proponente asociativo, cuando de estos se trate.
Cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal deberá presentar, según sea el caso, los documentos solicitados a los oferentes individuales, sin perjuicio del documento de constitución del Consorcio o Unión Temporal.
El oferente deberá diligenciar los anexos del presente proceso de selección.
El oferente podrá solicitar el retiro de su propuesta mediante escrito dirigido a la Secretaría General de EL FONDO, con una antelación no inferior a dos (2) días hábiles al vencimiento del plazo previsto en el presente proceso de selección para la entrega de propuestas. En tal caso, en la diligencia de entrega de propuestas no se abrirán los sobres que contengan el original y las copias de la propuesta retirada, ni la propuesta económica, de lo cual se dejará constancia en el acta de la citada diligencia.
Las modificaciones, aclaraciones, tachaduras, interlineados o enmiendas de las propuestas, deberán ser convalidados con la firma al pie o margen de la misma, de quien suscribe la carta de presentación de la propuesta. Sin este requisito las modificaciones o enmiendas no serán consideradas como válidas. Dichas correcciones en todo caso no deben dar lugar a interpretaciones que puedan generar dudas sobre la calificación de las propuestas, evento en el cual se tendrán por no realizadas.
EL FONDO, no aceptará propuestas complementarias o modificatorias, ni observaciones, ni solicitudes de aclaraciones, presentadas con posterioridad a la entrega de propuestas del presente proceso de selección.
En caso de presentarse diferencias en los valores expresados en letras y en números, se tomará el valor expresado en letras.
6.1 RECHAZO DE LAS PROPUESTAS
El FONDO podrá rechazar las propuestas en los siguientes casos:
1. Cuando, una vez haya sido requerido por el FONDO ADAPTACIÓN para que subsane, el oferente no cumpla con los requisitos mínimos jurídicos, financieros o técnicos requeridos para estar habilitado.
2. Cuando el valor ofertado, una vez efectuadas las correcciones aritméticas realizadas por el FONDO, para alguna de las Sedes que integran los Grupos exceda el PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO para el presente proceso de selección, en este caso el proponente no será tenido en cuenta en el (los) grupo(s) que incurran en dicha causal, podrá seguir participando en aquellos grupos que no incurran en esta causal de rechazo.
3. Cuando el proponente no establezca en la carta de presentación el grupo o los grupos a los que se va a presentar.
4. Cuando el proponente no presente, junto con la propuesta, la Garantía de Seriedad de la Propuesta antes de la fecha y hora determinada como cierre dentro del cronograma del proceso.
5. Cuando las propuestas contengan enmendaduras o presenten alteraciones e irregularidades no convalidadas o certificadas por la firma de quien suscribe la carta de presentación de la propuesta.
6. Cuando el proponente no presente las aclaraciones solicitadas por el FONDO dentro del plazo fijado.
7. Cuando no esté firmada la carta de presentación de la propuesta por el representante legal si es persona jurídica o por el representante designado si es proponente asociativo.
8. Cuando existan varias propuestas presentadas por el mismo proponente bajo el mismo nombre o con nombres diferentes, para el mismo grupo. No podrán presentar más de una Oferta para el mismo grupo, personas jurídicas, nacionales o extranjeras, directamente o como integrantes de una Estructura Plural a través de una o más sociedades controladas, subordinadas o de sus matrices, directa o indirectamente. La(s) Oferta (s) presentadas en contradicción a lo aquí dispuesto serán rechazadas. Para los efectos de este numeral, se entenderán sociedades controladas, subordinadas o matrices en el alcance establecido en los artículos 260 y 261 del C. de Co.
9. Cuando el oferente se encuentre incurso en las causales de inhabilidad o incompatibilidad fijadas por la Constitución y la ley.
10. Cuando el oferente no presente los Anexos o presente alternativas o salvedades. Estos anexos son:
a. Anexo Nº 6.1 Si presenta oferta para el Grupo Nº 1. Uno por cada proponente sin importar si es individual o asociativo.
b. Anexo Nº 6.2 Si presenta oferta para el Grupo Nº 2. Uno por cada proponente sin importar si es individual o asociativo.
c. Anexo Nº 6.3.A y 6.3.B Si presenta oferta para el Grupo Nº 3. Uno de cada uno por cada
proponente sin importar si es individual o asociativo.
En caso que los presente con alteraciones y/o modificaciones (Numeración del ítem, descripción del ítem, unidad o cantidad), se entenderán como errores mecanográficos y serán corregidos por el FONDO ADAPTACIÓN, ya sea que afecte o no el valor total de la propuesta, el proponente con la simple presentación de su oferta entiende y acepta este aspecto.
Si presenta ítems eliminados, borrados, faltantes o sin valores, o si adiciona ítems se entenderá modificada la propuesta y se rechazará la propuesta.
11. Cuando el oferente presente propuesta por grupos incompletos o cuando presente propuestas alternativas, no será tenido en cuenta a los grupos que presente incompletos o presente propuestas alternativas, podrá seguir participando en aquellos grupos que no incurran en esta causal de rechazo.
6.2 REQUISITOS HABILITANTES
Para la selección del contratista se tendrán como criterios habilitantes, los aspectos jurídicos y financieros y la experiencia del proponente en construcción de proyectos de edificación.
A continuación se describen los requisitos mínimos que deberá cumplir el proponente para considerarse HABILITADO. Aquel proponente que no cumpla o cumpla parcialmente los requisitos se considerará como NO HABILITADO.
Los requisitos habilitantes se encuentran agrupados así:
FACTOR DE VERIFICACIÓN | MÉTODO DE EVALUACIÓN | RESULTADO |
CAPACIDAD DE ORDEN JURÍDICO | VERIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO | HABILITADO / NO HABILITADO |
CAPACIDAD DE ORDEN FINANCIERO | VERIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO | HABILITADO / NO HABILITADO |
CAPACIDAD DE ORDEN TÉCNICO | VERIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO | HABILITADO / NO HABILITADO |
6.2.1 CAPACIDAD DE ORDEN JURÍDICO Y MODO DE ACREDITARLA:
En el proceso de selección pueden participar personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, en forma individual o conjunta, por sí mismos o mediante apoderado, con capacidad para presentar la correspondiente propuesta, celebrar y ejecutar los contratos que se deriven de esta convocatoria y que no se encuentren incursas en las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades establecidas en la Constitución Política y en la ley, para celebrar contratos con las entidades estatales.
Se considerarán personas naturales extranjeras y como miembros de estructuras plurales, que actúen como proponentes, aquellas personas que ostenten una nacionalidad diferente de la colombiana y que cuenten con registro mercantil o su equivalente expedido por la autoridad competente de su país de origen.
La existencia y capacidad de personas jurídicas de origen extranjero y miembros de estructuras plurales que actúen como proponentes, entendidas como aquellas constituidas con anterioridad a la fecha de cierre de la presente convocatoria en un país distinto a Colombia de acuerdo con la legislación aplicable en su domicilio social, sea que tengan o no, domicilio en Colombia a través de sucursales; se acreditará mediante la
presentación del(los) documento(s) que certifique(n) la existencia y representación legal de las personas jurídicas en su país de origen, debidamente expedido(s) por la autoridad competente.
La capacidad jurídica comprende el cumplimiento de los siguientes requisitos:
i) Manifestación expresa, xxxxx e irrevocable de presentar oferta o propuesta.
ii) Tener la capacidad jurídica para la presentación de la propuesta, la celebración y ejecución del contrato.
iii) No estar incurso en inhabilidades o incompatibilidades para contratar.
iv) Estar al día, de conformidad con las disposiciones del artículo 50 de la Ley 789 de 2002, con las obligaciones para con los sistemas de salud, pensiones y con el pago de los aportes a las Cajas de Compensación Familiar, SENA e ICBF (en los casos en que aplique).
v) Garantizar la seriedad de la propuesta
vi) No encontrarse reportado en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República, de acuerdo con las disposiciones del artículo 60 de la Ley 610 de 2000.
vii) No tener antecedentes disciplinarios vigentes que impidan participar en el convocatoria y celebrar el contrato correspondiente
viii) No tener antecedentes judiciales que impidan participar en la convocatoria y celebrar el contrato correspondiente.
ix) Estar inscrito en el RUT, siempre que se trate de proponentes sujetos de obligaciones administradas y controladas por la DIAN.
x) Estar registrado en el RPFA - REGISTRO DE PROVEEDORES FONDO ADAPTACIÓN antes de la fecha y hora establecidas como límite de presentación de las propuestas.
xi) Presentar el nombre de la sociedad fiduciaria con la cual se pretende manejar los recursos entregados a título de anticipo.
Nota: Las personas jurídicas de origen extranjero que actúen como proponentes o miembros de una estructura plural, deberán acreditar los requisitos exigidos en este documento de acuerdo con la legislación de su país de origen.
MODO DE ACREDITAR LA CAPACIDAD JURÍDICA
Con el fin de acreditar la capacidad jurídica requerida para participar en esta convocatoria, los proponentes deben integrar a su propuesta los siguientes documentos:
1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
La carta de presentación de la propuesta deberá ser diligenciada por el oferente en forma completa e indicando en ella su manifestación expresa de participar en la convocatoria, así como su conocimiento y conformidad con las reglas para participar en el proceso y con las condiciones del respectivo contrato, con la firma autógrafa original del oferente o su representante legal o por el apoderado debidamente constituidos y facultados, siguiendo el modelo que se presenta en este documento - Anexo Nº 7 - CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA. Esta carta debe ser presentada con la propuesta antes de la fecha y hora establecida para el cierre.
En el evento que la propuesta sea presentada y suscrita por un apoderado se deberá adjuntar el poder legalmente constituido que así lo faculte. Además, la carta debe contener el nombre o razón social, la dirección, el número telefónico, el fax y el correo electrónico del proponente. La presentación de esta carta no implica el cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidos en estas reglas, ni supone el ofrecimiento de unos y otros.
En caso de presentación de la propuesta en Consorcio, Unión Temporal o Contrato de Promesa de Sociedad, la carta de presentación debe estar firmada por el representante del Consorcio o de la Unión Temporal o de la Promesa de Sociedad, designado conforme a lo establecido en el artículo 7 de la Ley 80 de 1993.
El oferente no deberá estar incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad para contratar con el Estado, dicha declaración deberá estar expresa en la carta de presentación de la propuesta y deberá involucrar no solo la persona jurídica o natural sino a su representante legal, socios y cada uno de los integrantes de la Unión Temporal, Consorcio o Contrato de Promesa de Sociedad.
En el caso de las Uniones Temporales, Consorcios o Contrato de Promesa de Sociedad, ninguno de los integrantes podrá estar incurso en las inhabilidades e incompatibilidades para contratar con el Estado.
Para el cumplimiento de este requisito, los oferentes deberán manifestar bajo la gravedad de juramento, que no se encuentran incursos en inhabilidad o incompatibilidad alguna. El juramento se entenderá prestado con la suscripción de la carta de presentación de la propuesta, y cobija todas las inhabilidades o incompatibilidades de orden legal o constitucional.
La simple presentación de la propuesta asegura que ni el proponente individual ni alguno de los integrantes del proponente plural se encuentra en procesos de liquidación obligatoria, concordato o cualquier otro proceso de concurso de acreedores.
La firma de la carta de presentación de la propuesta permitirá presumir la aprobación y conocimiento de los Términos y Condiciones Contractuales, de sus Anexos y de la demás información relacionada con el proceso de contratación.
2. FOTOCOPIA DEL DOCUMENTO DE IDENTIDAD
La propuesta debe integrarse con una fotocopia de la cédula de ciudadanía o del documento de identidad del proponente, de su representante o de su apoderado.
3. CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS
A. PERSONAS JURÍDICAS NACIONALES Y PERSONAS JURÍDICAS EXTRANJERAS CON SUCURSAL EN COLOMBIA.
Si el proponente es una persona jurídica nacional o persona jurídica extranjera con sucursal en Colombia, o está integrado por una o varias de éstas, debe acreditar su existencia y representación legal o la de sus integrantes, mediante la presentación del certificado expedido, dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha del cierre de este proceso de contratación, por la Cámara de Comercio del lugar de su domicilio y haber sido legalmente constituida con una antelación no inferior a un (1) año a la fecha prevista para el cierre de la convocatoria.
En todo caso, las personas jurídicas deben acreditar, mediante el citado certificado, que dentro de su objeto social y/o dentro de sus actividades principales se contemplan actividades de construcción de proyectos de edificación y, asimismo, que la duración de la sociedad comprende el plazo del contrato objeto de esta convocatoria y cinco (5) años más.
Si el proponente es una entidad sin ánimo de lucro, debe presentar el correspondiente certificado expedido por la Cámara de Comercio, con no más de treinta (30) días calendario de antelación a la fecha del cierre del presente proceso de contratación. La entidad debe tener como mínimo un tiempo de creación de un (1) año y, asimismo, que la duración de la entidad comprende el plazo del contrato objeto de esta convocatoria y cinco
(5) años más.
Las personas jurídicas cuyos representantes legales tengan limitaciones para comprometerla o contratar a su nombre, deben presentar, además, copia del acta de la junta de socios o de la junta directiva o, en su defecto, certificado de la secretaría de la junta, según el caso, en el que conste que el representante legal está facultado para presentar la propuesta y celebrar el contrato en el evento en que se le adjudique.
B. PERSONAS JURÍDICAS EXTRANJERAS:
Las personas jurídicas privadas extranjeras sin sucursal en Colombia, que no desarrollen actividades permanentes en Colombia, deberán, en todos los casos, acreditar un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta, para la celebración del contrato y para representarla judicial y extrajudicialmente, de acuerdo con lo establecido para tal fin, en el presente numeral.
ACREDITACIÓN EXISTENCIA PERSONAS JURÍDICAS EXTRANJERAS
Las sociedades extranjeras deben acreditar su existencia y representación legal con una certificación expedida por el Cónsul del respectivo país en Colombia o por el Cónsul de Colombia en aquél país, debidamente legalizada o apostillada según corresponda, en la que conste el objeto social de la sociedad
extranjera, su constitución legal con antelación a la fecha de apertura del presente proceso, que su duración no sea inferior al plazo de ejecución del contrato que se derive de la presente convocatoria y cinco (5) años más, el nombre de su representante legal y facultades de éste.
Toda persona jurídica extranjera que de acuerdo con cualquiera de los eventos previstos en el artículo 474 del Código de Comercio desarrolle actividades permanentes en Colombia, deberá, de conformidad con el artículo 471 del mismo Código, tener una sucursal en el país. Consecuencialmente, deben tenerse en cuenta las siguientes reglas:
Las personas jurídicas privadas extranjeras que desarrollen actividades permanentes en Colombia, que ya tengan establecida sucursal en Colombia podrán participar (directamente o como integrantes de un Consorcio o Unión Temporal o bajo la figura de contrato de promesa de sociedad) en este proceso de selección a través de dicha sucursal siempre y cuando el objeto de la sucursal le permita participar en este proceso de selección y suscribir y ejecutar el contrato objeto del mismo.
Las personas jurídicas privadas extranjeras, que ya desarrollen actividades permanentes en Colombia, y que a la fecha de cierre del presente proceso de selección no hayan cumplido con su obligación legal de constituir su sucursal en Colombia, deberán en caso de resultar ganadoras de la convocatoria constituir su sucursal en Colombia como condición para la celebración del contrato.
En todo caso, las personas jurídicas privadas que a la fecha del cierre de la presente convocatoria no desarrollen actividades permanentes en Colombia, y resulten adjudicatarias de uno de los grupos señalados en el anexo 2, deberán constituir sucursal en Colombia como condición para celebración del contrato.
ACREDITACIÓN EXISTENCIA PERSONAS JURÍDICAS EXTRANJERAS
Las sociedades extranjeras deben acreditar su existencia y representación legal con una certificación expedida por el Cónsul del respectivo país en Colombia o por el Cónsul de Colombia en aquél país, debidamente legalizada o apostillada según corresponda, en la que conste el objeto social de la sociedad extranjera, su constitución legal con antelación a la fecha de apertura del presente proceso, que su duración no sea inferior al plazo de ejecución del contrato que se derive de la presente convocatoria y cinco (5) años más, el nombre de su representante legal y facultades de éste.
4. DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN DEL PROPONENTE PLURAL
Cuando la propuesta se presente en consorcio, unión temporal o promesa de sociedad, ninguno de sus integrantes podrá tener una participación, en la propuesta y en la ejecución del contrato, menor al treinta (30%) y cada uno de ellos debe presentar los documentos que, según el caso, correspondan a su naturaleza de persona natural o jurídica.
CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES.- Deben presentar el documento de constitución de la correspondiente forma asociativa, de acuerdo con el modelo suministrado (Anexo Nº 10), en el cual conste, por lo menos, la siguiente información:
1. Nombre y domicilio de los constituyentes de la forma asociativa.
2. La modalidad de asociación, o sea si la participación de los proponentes es a título de consorcio o unión temporal y, en este último caso, deben indicar los términos, porcentaje y extensión de la participación de cada uno de los integrantes en la propuesta y en la ejecución del contrato, los cuales no podrán modificar sin el consentimiento previo del FONDO.
En el evento en que los constituyentes de la forma asociativa no indiquen claramente si se trata de un consorcio o de una unión temporal, el FONDO entenderá que, para todos los efectos, se trata de un consorcio.
3. La designación de un representante del consorcio o de la unión temporal, con la indicación de las facultades que los integrantes de la asociación le confieren y la designación de un suplente que lo remplace en los casos de ausencia temporal o definitiva.
4. Las reglas básicas que regulan las relaciones entre los integrantes del consorcio o de la unión temporal.
5. La duración del consorcio o de la unión temporal, la cual no podrá ser inferior al plazo de ejecución y liquidación del contrato que se derive de este proceso de contratación y cinco (5) años más.
6. Quién librará la(s) factura(s) por la ejecución del objeto del contrato derivado de este proceso de contratación.
Si la(s) factura(s) las va a extender uno de los integrantes del consorcio o de la unión temporal, en representación de éstos, es necesario que se informe el número del N.I.T. correspondiente. Si cada uno de los integrantes, separadamente, extenderá las facturas correspondientes, deben informar el número del NIT de cada uno y el porcentaje de su participación en el valor del contrato.
En caso de que sea el consorcio o la unión temporal quien vaya a extender la(s) factura(s), deberán informarlo en el documento de conformación y señalar el porcentaje o valor del contrato que corresponda a cada uno de los integrantes, el nombre o razón social y el NIT de cada uno de ellos.
CONTRATO DE PROMESA DE SOCIEDAD.- El documento deberá reunir los requisitos exigidos en los artículos 110, 119 y siguientes del Código de Comercio Colombiano, deberá hacerse por escrito, y con indicación del término o condición que fije la fecha en que ha de constituirse la sociedad. La condición se tendrá por fallida si tardare más de dos años en cumplirse.
El documento deberá contener como mínimo:
1. El nombre y domicilio de las personas que intervengan como otorgantes. Con el nombre de las personas naturales deberá indicarse su nacionalidad y documento de identificación legal; con el nombre de las personas jurídicas, la ley, decreto o escritura de que se deriva su existencia.
2. La clase o tipo de sociedad que se constituirá y el nombre de la misma, formado como se dispone en relación con cada uno de los tipos de sociedad que regula este Código;
3. El domicilio de la sociedad y el de las distintas sucursales que se establezcan en el mismo acto de constitución;
4. El objeto social, esto es, la empresa o negocio de la sociedad, haciendo una enunciación clara y completa de las actividades principales. Será ineficaz la estipulación en virtud de la cual el objeto social se extienda a actividades enunciadas en forma indeterminada o que no tengan una relación directa con aquél;
5. El capital social, la parte del mismo que se suscribe y la que se pagará por cada asociado en el acto de la constitución. En las sociedades por acciones deberá expresarse, además, el capital suscrito y el pagado, la clase y valor nominal de las acciones representativas del capital, la forma y términos en que deberán cancelarse las cuotas debidas, cuyo plazo no podrá exceder de un año;
6. La forma de administrar los negocios sociales, con indicación de las atribuciones y facultades de los administradores, y de las que se reserven los asociados, las asambleas y las juntas de socios, conforme a la regulación legal de cada tipo de sociedad;
7. La época y la forma de convocar y constituir la asamblea o la junta de socios en sesiones ordinarias o extraordinarias, y la manera de deliberar y tomar los acuerdos en los asuntos de su competencia;
8. Las fechas en que deben hacerse inventarios y balances generales, y la forma en que han de distribuirse los beneficios o utilidades de cada ejercicio social, con indicación de las reservas que deban hacerse;
9. La duración precisa de la sociedad y las causales de disolución anticipada de la misma;
10. La forma de hacer la liquidación, una vez disuelta la sociedad, con indicación de los bienes que hayan de ser restituidos o distribuidos en especie, o de las condiciones en que, a falta de dicha indicación, puedan hacerse distribuciones en especie;
11. Si las diferencias que ocurran a los asociados entre sí o con la sociedad, con motivo del contrato social, han de someterse a decisión arbitral o de amigables componedores y, en caso afirmativo, la forma de hacer la designación de los árbitros o amigables componedores;
12. El nombre y domicilio de la persona o personas que han de representar legalmente a la sociedad, precisando sus facultades y obligaciones, cuando esta función no corresponda, por la ley o por el contrato, a todos o a algunos de los asociados;
13. Las facultades y obligaciones del revisor fiscal, cuando el cargo esté previsto en la ley o en los estatutos, y
14. Los demás pactos que, siendo compatibles con la índole de cada tipo de sociedad, estipulen los asociados para regular las relaciones a que da origen el contrato.
Nota: Todos los integrantes de las formas asociativas (consorcio, unión temporal o contrato de promesa de sociedad, o cualquier otra modalidad asociativa) deberán acreditar que dentro de sus objetos sociales y dentro de sus actividades principales se encuentra la de construcción.
El documento en el que se exprese la voluntad de presentar la oferta en consorcio o unión temporal, bajo la figura de contrato de promesa de sociedad o bajo otra forma asociativa debe acompañarse de los documentos que acrediten que quienes lo suscriben tienen la representación y capacidad necesarias para constituir la forma asociativa. (Certificados de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio, actas de junta directiva y poderes).
Una vez constituido el consorcio, la unión temporal o el contrato de promesa de sociedad, sus integrantes no podrán ceder o transferir su participación en el contrato de asociación, ni modificar los términos de su participación en aquél, salvo en el evento en que EL FONDO lo autorice previamente y por escrito en los casos en que legalmente está permitido.
Los aspectos relacionados con la participación de consorcios, uniones temporales y contratos de promesa de sociedad en este proceso y con la ejecución del contrato derivado de esta convocatoria por cualquiera de dichas modalidades de asociación, no regulados en estas reglas, se regirán por las disposiciones pertinentes del Estatuto de Contratación Administrativa y los Códigos Civil y de Comercio.
Autorizaciones
Si el representante legal del oferente o de algunos de los integrantes de un Consorcio, Unión Temporal o Contrato de Promesa de Sociedad, requiere de autorización de sus órganos de dirección para presentar propuesta y/o para suscribir el contrato en caso de ser adjudicado, deberá anexar los documentos que acrediten la existencia de dicha autorización, de conformidad con lo establecido por los estatutos respectivos de la sociedad.
La autorización debe tener una fecha anterior a la de la presentación de la propuesta y se acreditará mediante fotocopia simple y legible del acta o del extracto del acta del órgano directivo de la sociedad que autorice al representante legal para participar en el presente proceso de selección y suscribir el contrato.
En el evento en que el certificado de la Cámara de Comercio remita a los estatutos de la sociedad para efectos de determinar las limitaciones al representante legal, se debe anexar fotocopia de dichos estatutos.
Cuando el(los) oferente(s) nacionales actúe(n) a través de un representante o apoderado, deberá(n) presentar el original del documento legalmente otorgado en el que conste tal circunstancia y las facultades conferidas, especialmente que se halla facultado para presentar la propuesta y suscribir el contrato.
En caso de representación conjunta, cada uno de los miembros del Consorcio o Unión Temporal deberá estar expresamente autorizado para conformar dicha asociación.
Poderes
Los proponentes pueden presentar ofertas por sí mismos o por intermedio de apoderado, evento en el cual deben adjuntar a la oferta el poder correspondiente, otorgado en legal forma, en el cual consten de manera clara y expresa las facultades específicas conferidas al apoderado para actuar y obligar a su(s) representado(s).
El apoderado podrá ser una persona natural o jurídica, pero, en todo caso, debe tener domicilio permanente, para efectos de este proceso, en la República de Colombia.
Las personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia y las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia deben constituir un apoderado domiciliado en este país y acreditar esta circunstancia adjuntando a su propuesta el poder correspondiente. El apoderado debe estar debidamente facultado para presentar la oferta y comprometer a su(s) representado(s) en las diferentes instancias de la convocatoria,
ejecutar los actos y suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, incluido el respectivo contrato, suministrar la información que le sea solicitada y para representarlas judicial o extrajudicialmente.
5. CERTIFICADO DEL CUMPLIMIENTO DE PAGO DE OBLIGACIONES PARAFISCALES.
De conformidad con las disposiciones del artículo 50 de la Ley 789 de 2002, los proponentes deben estar al día con las obligaciones de los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y con el pago de los aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y, cuando corresponda, al Servicio Nacional de Aprendizaje, condiciones estas que acreditarán:
1. Las personas jurídicas nacionales y las extranjeras con sucursal en Colombia, mediante la presentación de la constancia de los pagos (Anexo Nº 9) al sistema de seguridad social integral y parafiscales, expedida por su revisor fiscal, si de acuerdo con la ley, están obligadas a tenerlo, o por su representante legal, mediante la cual uno u otro certifiquen que, dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de cierre de este proceso de contratación, aquellas personas han cumplido con el pago de sus aportes y el de sus empleados, si los tuvieren, a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y a las cajas de compensación familiar, SENA e ICBF. Cuando la certificación la expida el revisor fiscal, también debe adjuntarse a la propuesta la certificación vigente de los antecedentes disciplinarios de este, expedida por la Junta Central de Contadores.
En el evento en que estas mismas personas se encuentren en curso de un acuerdo de pago, respecto de cualquiera de las obligaciones a las que se refiere este numeral, deberán manifestarlo, hacer constar el cumplimiento de dicho acuerdo y acreditar ambas circunstancias aportando copia del respectivo acuerdo y del comprobante soporte del pago del mes anterior al del cierre de esta convocatoria.
Las personas jurídicas extranjeras que no desarrollen actividades permanentes en Colombia no están sujetas al requisito de que trata este numeral.
2. Los consorcios y las uniones temporales u otras figuras asociativas, mediante la presentación de la certificación de cada uno de sus integrantes, según la naturaleza jurídica de estos.
6. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA
El oferente se obliga a constituir a favor del FONDO ADAPTACIÓN - N.I.T. 900.450.205-8, una Garantía de Seriedad de la propuesta expedida por un banco o una compañía de seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia, de acuerdo a los lineamentos señalados en el artículo 7 de la ley 1150 de 2007 y el Decreto 734 de 2012.
La no presentación de la garantía de seriedad de forma simultánea con la propuesta será causal de rechazo de esta última.
El costo de la prima de la garantía será por cuenta del oferente.
La garantía de seriedad deberá constituirse en formato ”A FAVOR DE ENTIDADES ESTATALES”, por un valor igual al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial del grupo de mayor valor al cual se
presente el proponente y por el término de noventa (90) días calendario, contados a partir del día y hora fijados para el cierre del presente proceso de selección. En todo caso su vigencia se extenderá desde el momento de la presentación de la propuesta hasta la aprobación de la garantía que ampara los riesgos propios de la etapa contractual.
El objeto de la garantía de seriedad debe indicar lo siguiente: (“…”)
Garantizar la seriedad de la oferta presentada en el proceso de CONVOCATORIA ABIERTA Nº FA- CA-018-2013.
Cuyo objeto es:
Seleccionar contratistas que procedan a realizar la Construcción (Ejecución de Obras), de la siguiente infraestructura educativa en las áreas afectadas por el fenómeno de "La Niña" 2010 - 2011, distribuidas en los siguientes Grupos:
GRUPO Nº 1
INSTITUCIÓN EDUCATIVA CAMPO DE LA XXXX SEDE PRINCIPAL
GRUPO Nº 2
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA COMERCIAL LA XXXXXXXXXX
GRUPO Nº 3
CENTRO EDUCATIVO XXXXXXXXX XX XXXXX XXXXXXXXX INSTITUCIÓN EDUCATIVA XX XXXXXXXXX
(“…”)
La garantía de seriedad de la oferta cubrirá los perjuicios derivados del incumplimiento del ofrecimiento, en los siguientes eventos:
La no suscripción del contrato(s) sin justa causa por parte del oferente seleccionado.
La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término previsto en los términos y condiciones contractuales para la adjudicación del contrato se prorrogue o cuando el término previsto para la suscripción del contrato se prorrogue, siempre y cuando esas prórrogas no excedan un término de tres meses.
La falta de otorgamiento por parte del oferente seleccionado, de la garantía de cumplimiento exigida por la entidad para amparar el cumplimiento de las obligaciones del contrato.
El retiro de la oferta después de vencido el término fijado para la presentación de las propuestas.
La garantía deberá ser otorgada a favor de EL FONDO quien la hará efectiva ante el incumplimiento de alguno de los eventos garantizados.
En caso de prorrogarse cualquiera de los plazos señalados en los presentes Términos y Condiciones Contractuales, el oferente deberá acreditar el certificado de ampliación de la garantía por un término igual al ampliado.
En el evento que la oferta la presente un CONSORCIO, UNIÓN TEMPORAL o CONTRATO DE PROMESA DE SOCIEDAD u otra figura asociativa, en la garantía de seriedad de la oferta deberá estipularse que el tomador o afianzado es:
(“…”)
“El Consorcio o Unión Temporal o Contrato de Promesa de Sociedad (según sea el caso), conformado por .....y ......
(“…”)
Los integrantes del CONSORCIO o UNIÓN TEMPORAL o CONTRATO DE PROMESA DE SOCIEDAD
deberán estar relacionados en la garantía, sus números de identificación y el porcentaje de participación en la propuesta, los cuales deben ser los mismos que constituyen el Consorcio o la Unión Temporal o el Contrato de Promesa de Sociedad.
Sí los oferentes lo solicitan, se les devolverá la garantía de seriedad de la propuesta cuando esté legalizado el contrato.
Nota: EL FONDO, sólo aprobará las garantías que sean expedidas por compañías de seguros o entidades bancarias legalmente constituidas autorizadas por la Superintendencia Financiera para operar en Colombia.
7. CONSULTA XXX XXX Y SALVO DE RESPONSABILIDAD FISCAL DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE REGISTRO DE SANCIONES Y CAUSAS DE INHABILIDAD - SIRI.
De acuerdo con lo establecido en el inciso 3 del artículo 60 de la Ley 610 de 2000 y en la circular Nº 005 del 25 de febrero de 2008, emitida por la Contraloría General de la República, es obligación de los servidores públicos consultar en la página WEB de la Contraloría General de la República acerca de la inclusión de nuevos funcionarios o contratistas en el Boletín de Responsables Fiscales que expide dicha entidad.
Por lo anotado, los oferentes podrán presentar el citado certificado vigente, expedido por la Contraloría General de la República dentro de los documentos Anexos a su propuesta.
En caso de no presentarse, el mismo será verificado en la página Web de la Contraloría General de la República por el evaluador jurídico.
Así mismo, en cumplimiento de lo establecido en las Leyes 90 de 1995 y 1238 de 2008, EL FONDO realizará la consulta en el Sistema de Información de Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad - SIRI, con el fin de verificar los antecedentes disciplinarios de los oferentes.
8. CERTIFICADO DE ANTECEDENTES JUDICIALES.
El proponente individual, su representante o apoderado o el representante o apoderado de cada uno de los integrantes de proponentes plurales deberán presentar el CERTIFICADO DE ANTECEDENTES JUDICIALES, para verificar que no tengan antecedentes judiciales que impidan participar en la convocatoria y celebrar el contrato correspondiente.
9. CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN EN EL R.U.T.
El proponente individual, o cada uno de los integrantes de proponentes plurales deberán presentar el CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN EN EL R.U.T., donde conste que una de sus actividades está relacionada con el objeto del presente proceso de selección (Construcción).
10. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES FONDO ADAPTACIÓN - RPFA
El Oferente individual, persona natural o jurídica, nacional o extranjera, y todos los integrantes de la Estructura Plural debe(n) estar inscrito(s) y activo(s), a la fecha de presentación de la propuesta, en el REGISTRO DE PROVEEDORES DEL FONDO ADAPTACIÓN (RPFA), para lo cual deben cumplir el proceso de nominación, evaluación, calificación, registro y seguimiento ante el Consorcio 5INKO el cual fue seleccionado mediante convocatoria abierta, para administrar y operar el registro de proveedores y contratistas del FONDO. Dicho proceso debe realizarse en el siguiente link: xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx(pestaña contrataciones – Teléfonos en Medellín (57+4) 5132983 / 5132402).
La propuesta debe adjuntar la constancia de inscripción emitida por el Consorcio 5INKO en donde conste que el oferente está inscrito en el RPFA.
Los oferentes deben tener en cuenta que el trámite de INSCRIPCIÓN en el RPFA tarda entre 5 a 7 días, por tanto es el primer trámite que debe iniciar al empezar a elaborar su oferta.
El oferente autoriza al Consorcio 5INKO para que realice la verificación de la información aportada y para que adelante auditorías de campo, en caso que EL FONDO las solicite para confirmar información puntual.
La información aportada por los oferentes ganadores de las convocatorias será actualizada trimestralmente a solicitud de EL FONDO, o anualmente por procedimiento establecido al Consorcio 5INKO.
El sistema de puntaje asignado al proveedor, consultor o constructor será actualizado cada vez que se ejecute un contrato o cuando se modifique alguna de las variables de la fórmula, con base en el informe presentado por los Gerentes de Proyecto, Interventores y si existen informes de la Auditoría Técnica Integral Preventiva (ATIP).
Todos los actos desarrollados por EL FONDO están sujetos a los mecanismos de control ejercidos por los entes de control del estado y por las auditorías internas del Fondo (ACIP y ATIP).
El oferente seleccionado entiende, acepta y se obliga a utilizar los sistemas de información en las versiones que éste defina, las prácticas de seguridad, calidad, oportunidad e integridad de información, y las guías de
interoperabilidad, continuidad, documentales y las métricas que señale el FONDO ADAPTACIÓN, con base en los instructivos de operación que se le impartan.
Cuando el FONDO ADAPTACIÓN requiera confirmar información adicional de los Proponentes, podrá solicitar los documentos que considere necesarios para el esclarecimiento de la información, cualquiera que sea su naturaleza. Así mismo, podrá requerir las aclaraciones que considere necesarias, sin que las aclaraciones o documentos que los Proponentes alleguen a solicitud del FONDO ADAPTACIÓN, puedan modificar, adicionar o complementar la Propuesta.
11. PRESENTACIÓN DE LA SOCIEDAD FIDUCIARIA CON LA CUAL SE PRETENDE MANEJAR LOS RECURSOS ENTREGADOS A TÍTULO DE ANTICIPO
Para acreditar este requisito el proponente deberá presentar dentro de su propuesta:
1.- El nombre de la Fiduciaria con la cual pretende manejar los recursos de este proyecto o adjuntar a la propuesta carta de intención suscrita con la sociedad fiduciaria para manejar los recursos entregados como anticipo.
2.- Adjuntar el certificado que acredite la sociedad fiduciaria como “TRIPLE A”.
Para efectos de asignación de puntaje no se considerarán las propuestas de aquellos proponentes que no cumplan en su totalidad con los requisitos de orden jurídico.
6.2.2 CAPACIDAD DE ORDEN FINANCIERO Y MODO DE ACREDITARLA
La verificación de cumplimiento de los indicadores financieros se realizará con los datos aportados por el proponente individual o los integrantes del proponente asociativo durante el proceso de inscripción al RPFA, la capacidad financiera no otorgará puntaje alguno, solamente determinará si la propuesta es HÁBIL o NO HÁBIL.
Las propuestas serán hábiles para continuar participando en el proceso de selección, cuando cumplan con los indicadores que se relacionan a continuación, según sus Estados Financieros, así:
(a) El Oferente, o el integrante de la Estructura Plural, de origen colombiano o extranjero, cuya fecha xx xxxxx de vigencia sea Diciembre 31, se evaluará los datos con corte al 31 de diciembre de 2011, o,
(b) El Oferente, o el integrante de la Estructura Plural, de origen extranjero, cuyo corte sea diferente a Diciembre 31, el último cierre ordinario (Vigencia 2012). En éste caso, si el cierre no corresponde al 31 de diciembre, el Oferente deberá acreditar, mediante certificación del órgano competente, que la fecha de cierre acreditada corresponde a su última vigencia fiscal. En todo caso el Oferente, o el integrante de la Estructura Plural, deberá acreditar que su constitución ha sido como mínimo un (1) año calendario contado desde la fecha de apertura del presente proceso.
Los datos para el cálculo de los indicadores financieros serán tomados de los datos aportados por cada proponente individual o cada integrante de los proponentes plurales, en su inscripción al RPFA, es decir, el único documento financiero que deberá aportar el proponente individual o cada miembro del proponente plural será la certificación de Ingresos operacionales que se detalla más adelante. En todo caso, en cualquier
momento, el FONDO ADAPTACIÓN podrá solicitar cualquier soporte o información necesaria para su verificación.
INDICADORES FINANCIEROS MÍNIMOS ACEPTABLES
INDICADOR | SOLICITADO | RESULTADO |
Endeudamiento sobre activos totales: Total pasivos divido Total activos | PT/AT < = 70% | HABILITA |
Capital de trabajo: diferencia entre activos corrientes y pasivos corrientes | CT > 20% del presupuesto del grupo de mayor valor al que se presente el oferente. | HABILITA |
Ingresos Operacionales: | El proponente individual o cada integrante del proponente asociativo deberá demostrar, mediante certificación suscrita por el representante legal y contador o revisor fiscal (en caso en que este último aplique) que el 80% o más de sus ingresos operacionales corresponden a actividades de construcción. | HABILITA |
La forma de verificación de la capacidad financiera se describe a continuación:
- PARA PROPUESTAS INDIVIDUALES: Las empresas que se presenten como participantes individuales deben cumplir los requisitos solicitados en el cuadro anterior.
No serán consideradas como hábiles las propuestas de los participantes que no cumplan con lo establecido en este numeral.
- PARA PROPONENTES PLURALES: Los participantes que presenten propuesta conjunta bajo la modalidad de consorcio, unión temporal o promesa de sociedad, se sujetarán a las reglas que se describen a continuación:
- El endeudamiento de los proponentes plurales o asociativos será calculado de forma independiente para cada uno de los integrantes. Para que la Propuesta sea considerada hábil el endeudamiento de cada integrante debe encontrarse en el rango de la tabla de indicadores financieros mínimos aceptables.
- Para que la propuesta sea considerada hábil, el capital de trabajo ponderado de acuerdo a su participación en la propuesta debe ser igual o superior al solicitado en el cuadro anterior, el cual se calculará de la siguiente manera:
CT = CTi * Pi
Donde,
CTi = Sumatoria de capital de trabajo de los miembros de la Estructura Plural CT = Capital de trabajo de la Estructura Plural
CTi = Capital de trabajo de cada uno de los miembros de la Estructura Plural.
Pi = Porcentaje de Participación de cada oferente dentro de la Estructura Plural
CERTIFICACIÓN DE INGRESOS OPERACIONALES
Utilizando el Anexo Nº 10, suscrita por el Representante Legal, Xxxxxxxx y Revisor Fiscal (En caso que este último aplique), donde se certifique que los ingresos operacionales en actividades relacionadas con el objeto del presente proceso de selección (Construcción), para proponente individual o cada integrante de proponente asociativo, son superiores al 80% de sus ingresos operacionales totales, dicha certificación debe realizar la demostración numérica de dicha afirmación, desagregando por actividades los ingresos operacionales.
TABLA DE INDICADORES DE CAPITAL DE TRABAJO.
N° | VALOR DEL GRUPO | PRIMER GRUPO ADJUDICADO | GRUPO ADICIONAL ADJUDICADO |
CAPITAL DE TRABAJO (CTg) 20% | CAPITAL DE TRABAJO (CTg) 15% | ||
1 | 9.305.592.999,00 | 1.861.118.599,80 | |
2 | 8.037.978.380,00 | 1.607.595.676,00 | 1.205.696.757,00 |
3 | 6.974.616.462,00 | 1.394.923.292,40 | 1.046.192.469,30 |
Si todos los grupos resultan adjudicados a proponentes diferentes, cada uno de ellos requerirá el Capital de Trabajo descrito en la Columna “PRIMER GRUPO ADJUDICADO”, es decir:
Para el Grupo Nº 1 deberá tener Capital de Trabajo igual o superior a $ 1.861’118.599,80 Para el Grupo Nº 2 deberá tener Capital de Trabajo igual o superior a $ 1.607’595.676,00 Para el Grupo Nº 3 deberá tener Capital de Trabajo igual o superior a $ 1.394’923.292,40
En caso que un proponente resulte adjudicatario a los Grupos Nº 1 y 2 deberá tener Capital de Trabajo igual o superior a la sumatoria de $ 1.861’118.599,80 + $ 1.205’696.757,00.
En caso que un proponente resulte adjudicatario a los Grupos Nº 1 y 3 deberá tener Capital de Trabajo igual o superior a la sumatoria de $ 1.861’118.599,80 + $ 1.046’192.469,30.
En caso que un proponente resulte adjudicatario a los Grupos Nº 2 y 3 deberá tener Capital de Trabajo igual o superior a la sumatoria de $ 1.607’595.676,00 + $ 1.046’192.469,30.
En caso que un proponente resulte adjudicatario a los Grupos Nº 1 - 2 y 3 deberá tener Capital de Trabajo igual o superior a la sumatoria de $ 1.861’118.599,80 + $ 1.205’696.757,00 + $ 1.046’192.469,30.
MODO DE ACREDITAR LA CAPACIDAD FINANCIERA
La información financiera se verificará con los documentos aportados por el proponente al momento de realizar su inscripción en el Registro de Proveedores del Fondo Adaptación (RPFA).
El Fondo verificará el cumplimiento de la capacidad financiera de los proponentes mediante la consulta, revisión y estudio de los documentos aportados por aquellos para inscribirse en el RPFA y les asignará calificación de HABILITADO o NO HABILITADO, según que cumplan o no las condiciones y requisitos establecidos anteriormente.
Cuando el FONDO ADAPTACIÓN requiera confirmar información adicional de los Proponentes, podrá solicitar los documentos que considere necesarios para el esclarecimiento de la información, tales como estados financieros del ejercicio acreditado, estados financieros de años anteriores, anexos específicos o cualquier otro soporte. Así mismo, podrá requerir las aclaraciones que considere necesarias, sin que las aclaraciones o documentos que los Proponentes alleguen a solicitud del FONDO ADAPTACIÓN, puedan modificar, adicionar o complementar la Propuesta.
Para efectos de asignación de puntaje no se considerarán las propuestas de aquellos proponentes que no cumplan en su totalidad con los requisitos de orden financiero.
6.2.3 CAPACIDAD DE ORDEN TÉCNICO Y MODO DE ACREDITARLA
El proponente debe diligenciar y presentar con su propuesta el Anexo Nº 11 con sus respectivos documentos soporte cuando así corresponda y para efectos de acreditar la experiencia, el proponente debe tener en cuenta los siguientes aspectos:
El Fondo constatará la información reportada en el Anexo Nº 11 con los documentos aportados por el proponente o por sus integrantes para inscribirse en el RPFA; por lo tanto, es responsabilidad de los participantes asegurarse de que su inscripción en el citado Registro incluya la información y datos necesarios para demostrar la experiencia que pretende hacer valer, tales como, el objeto de los contratos, las fechas de su celebración, inicio y vencimiento o terminación del plazo correspondiente, el nombre del contratista, el valor ejecutado del contrato, el porcentaje de participación del contratista en la ejecución del correspondiente contrato, etc.
En caso que la propuesta sea presentada por un proponente plural, cada uno de sus integrantes deberá acreditar al menos una (1) de las cuatro (4) certificaciones de experiencia habilitante.
En caso de no estar los contratos debidamente inscritos en el RPFA, la experiencia deberá acreditarse por certificación expedida de la entidad contratante, en la que conste la ejecución y terminación del contrato, así como la precisa participación del proponente.
Como documentos complementarios para las certificaciones solamente se aceptarán actas de entrega y/o actas de liquidación y/o documentos de conformación del proponente asociativo debidamente suscritas por las partes; sin embargo, el FONDO se reserva el derecho de solicitar otros documentos adicionales en caso de considerarlo necesario.
No se aceptarán experiencias y/o certificaciones donde la participación del interesado haya sido como subcontratista.
Las certificaciones que acrediten la experiencia de los proponentes por trabajos realizados fuera de la República de Colombia deberán estar consularizados y/o apostillados, de conformidad con los requisitos nacionales de validación para documentos expedidos en el exterior.
La verificación de los requisitos habilitantes para la capacidad de orden técnico se presentan a continuación:
A. En máximo dos (2) certificaciones de dos (2) contratos ejecutados, una certificación por contrato, terminados dentro de los últimos quince (15) años, contados a partir de la fecha de publicación de los Términos y Condiciones Contractuales Definitivos, que reúnan las siguientes características:
La sumatoria de áreas totales construidas cubiertas de las máximo dos (2) certificaciones debe ser igual o superior al área total del grupo al cual se está presentando; en caso de presentarse a dos o más grupos este requisito deberá ser cumplido para el área del grupo de mayor área al cual se presenta, en este caso se considera cumplido el requisito para los demás grupos (los de menor área a los cuales se presenta).
En caso que el proponente adjunte con su propuesta más de dos (2) certificaciones de dos (2) contratos, solo serán tomados los dos primeros contratos nominalmente relacionados en el Anexo Nº 11 (Parte A), los demás serán tomados como no presentados.
En caso que la propuesta sea presentada a más de un grupo, si el proponente no cumple con la sumatoria de áreas para el grupo de mayor área al cual se presenta, estas áreas por grupo están indicadas en la columna “’AREA M2 POR GRUPO” del Anexo Nº 2.1., el comité evaluador verificará si el área construida cubierta acreditada cumple para los demás grupos a los cuales se presenta, en tal caso solo será evaluado como HÁBIL para el(los) grupo(s) al(los) cual(es) cumpla con el requisito.
En caso que cualquiera, o ambas, de las certificaciones presentadas acrediten experiencia diferente a ejecución de proyectos de infraestructura educativa, institucional o comercial, el área a evaluar solo será tomada en el cincuenta por ciento (50 %) del área construida cubierta acreditada.
Para efectos de acreditación de esta experiencia no será aceptable la acreditación de contratos de construcción de bodegas, bodegas con áreas administrativas, vivienda de interés social, vivienda de interés prioritario, parqueaderos cualquiera que sea su altura, puentes vehiculares, puentes peatonales, Obras hidráulicas - Tales como represas, alcantarillas, diques de contención, xxxxxxxx, canales, plantas de tratamiento, casetas de válvulas, etc. -, Obras viales, instalaciones de peajes, básculas, Obras de urbanismo - Cuando estas no hagan parte integral del proyecto
acreditado (En ningún caso estas áreas serán tenidas en cuenta para el cálculo de área construida cubierta) -, Obras exteriores adicionales - Cuando estas no hagan parte integral del proyecto acreditado (En ningún caso estas áreas serán tenidas en cuenta para el cálculo de área construida cubierta).
En caso que dicha experiencia se haya obtenido dentro de una figura de asociación (Consorcio, Unión Temporal u otra) sólo se validará al proponente la cuantía del contrato ejecutado, según su porcentaje de participación.
Cuando la propuesta se presente en consorcio o unión temporal, se obtendrá de la sumatoria de experiencia de todos los integrantes para cada requisito. En todo caso, para efecto de verificación solamente se tendrán en cuenta el número de proyectos definidos en el presente documento.
Cuando un proponente suministre información referida a su participación en un consorcio o unión temporal, el FONDO considerará para efecto de la verificación de las condiciones de experiencia, el porcentaje de participación establecido en el documento de constitución respectivo o certificación allegada con la propuesta.
Para efectos de acreditación de esta experiencia no será tenida en cuenta la acreditación de contratos de remodelación, adecuación, reparación, mantenimiento, mejoramiento o reforzamiento, en caso de presentarse contratos de ampliación o ejecución mixta (Remodelación, adecuación, reparación, mantenimiento, mejoramiento o reforzamiento que adicionalmente incluyan ampliación) solo será tenida en cuenta la ampliación de área construida cubierta, cuya dato exacto (Área construida cubierta de la ampliación) deberá estar detallado en los documentos presentados, ya sea en la inscripción en el RPFA o con la propuesta.
B. Dos (2) certificaciones de dos (2) contratos ejecutados, una certificación por contrato, terminados dentro de los últimos quince (15) años, contados a partir de la fecha de publicación de los Términos y Condiciones Contractuales Definitivos, que cada una cumpla las siguientes características:
El área total construida cubierta de cada certificación debe ser igual o superior al 30% del área total del grupo al cual se está presentando; en caso de presentarse a dos o más grupos este requisito deberá ser cumplido para el área del grupo de mayor área al cual se presenta, en este caso se considera cumplido el requisito para los demás grupos (los de menor área a los cuales se presenta).
En caso que el proponente adjunte con su propuesta más de dos (2) certificaciones de dos (2) contratos, solo serán tomados los dos primeros contratos relacionados en el Anexo Nº 11 (Parte B), los demás serán tomados como no presentados.
En caso que la propuesta sea presentada a más de un grupo, si el proponente no cumple con la sumatoria de áreas para el grupo de mayor área al cual se presenta, el comité evaluador verificará si el área construida cubierta acreditada cumple para los demás grupos a los cuales se presenta, en tal caso solo será evaluado como HÁBIL para el(los) grupo(s) al(los) cual(es) cumpla con el requisito.
En caso que cualquiera, o ambas, de las certificaciones presentadas acredite experiencia diferente a ejecución de proyectos de infraestructura educativa, institucional o comercial, el área solo será tomada en el cincuenta por ciento (50 %) del área construida cubierta acreditada.
Para efectos de acreditación de esta experiencia no será aceptable la acreditación de contratos de construcción de bodegas, bodegas con áreas administrativas, vivienda de interés social, vivienda
de interés prioritario, parqueaderos cualquiera que sea su altura, puentes vehiculares, puentes peatonales, Obras hidráulicas - Tales como represas, alcantarillas, diques de contención, xxxxxxxx, canales, plantas de tratamiento, casetas de válvulas, etc. -, Obras viales, instalaciones de peajes, básculas, etc., Obras de urbanismo - Cuando estas no hagan parte integral del proyecto acreditado (En ningún caso estas áreas serán tenidas en cuenta para el cálculo de área construida cubierta) -, Obras exteriores adicionales - Cuando estas no hagan parte integral del proyecto acreditado (En ningún caso estas áreas serán tenidas en cuenta para el cálculo de área construida cubierta).
En caso que dicha experiencia se haya obtenido dentro de una figura de asociación (Consorcio, Unión Temporal u otra) sólo se validará al proponente la cuantía del contrato ejecutado, según su porcentaje de participación.
Cuando la propuesta se presente en consorcio o unión temporal, se obtendrá de la sumatoria de experiencia de todos los integrantes para cada requisito. En todo caso, para efecto de verificación solamente se tendrán en cuenta el número de proyectos definidos en el presente documento.
Cuando un proponente suministre información referida a su participación en un consorcio o unión temporal, el FONDO considerará para efecto de la verificación de las condiciones de experiencia, el porcentaje de participación establecido en el documento de constitución respectivo o certificación allegada con la propuesta.
Para efectos de acreditación de esta experiencia no será tenida en cuenta la acreditación de contratos de remodelación, adecuación, reparación, mantenimiento, mejoramiento o reforzamiento, en caso de presentarse contratos de ampliación o ejecución mixta (Remodelación, adecuación, reparación, mantenimiento, mejoramiento o reforzamiento que adicionalmente incluyan ampliación) solo será tenida en cuenta la ampliación de área construida cubierta, cuya dato exacto deberá estar detallado en los documentos presentados, ya sea en la inscripción en el RPFA o con la propuesta.
MODO DE ACREDITAR LA CAPACIDAD TÉCNICA
El proponente debe acreditar su experiencia mediante certificaciones escritas expedidas por sus contratantes, o en el caso de ser proyectos propios, podrán ser certificados mediante documento firmado por el representante legal y el revisor fiscal de la sociedad, en el único caso que legalmente no sea necesario contar con revisor fiscal, deberá venir suscrita por el representante legal de la sociedad y el contador.
En caso que deban anexarse con las propuestas certificaciones expedidas por la entidad contratante deberán ser expedidas a nombre del oferente o de uno de sus miembros y deben contener como mínimo la siguiente información:
1. Nombre del Contratante.
2. Objeto del contrato.
3. Valor del contrato.
4. Plazo.
5. Área Construida Cubierta en Metros Cuadrados (M2) realmente construidos.
6. Fecha de inicio.
7. Fecha de terminación.
8. Porcentaje de participación, cuando el contrato haya sido ejecutado en consorcio, unión temporal u otro tipo de asociación.
9. Fecha de expedición de la certificación.
10. Nombre y cargo de quien expide la certificación.
En caso que las certificaciones no contengan la totalidad de la información aquí solicitada, se podrá anexar Actas de terminación y/o Actas de liquidación únicamente y/o documentos de conformación de proponente asociativo, no será válido ningún otro documento adicional que en caso de adjuntarse a la propuesta se tomará como no presentado.
En caso que las certificaciones presentadas se refieran a contratos de objeto compuesto, p.e. diseño y construcción, la certificación, con el contenido mínimo indicado anteriormente o el Acta de Liquidación, como único documento adicional permitido, debe detallar el valor contratado para cada actividad.
En caso que deban anexarse con las propuestas certificaciones para proyectos propios deberán sustentar la ejecución presentando copia de la licencia de construcción y la certificación deberá contener:
1. Nombre del Proyecto.
2. Objeto.
3. Valor del proyecto.
4. Plazo.
5. Área Construida Cubierta en Metros Cuadrados (M2) realmente construidos.
6. Fecha de inicio.
7. Fecha de terminación
8. Porcentaje de participación, cuando el contrato haya sido ejecutado en consorcio, unión temporal u otro tipo de asociación.
9. Fecha de expedición de la certificación.
10. Firma del Representante Legal,
11. Firma del Revisor Fiscal de la Sociedad, en el único caso que legalmente no sea necesario deberá venir firmada por el Contador de la Sociedad.
Cuando hayan firmas que hayan surtido el proceso de escisión, la experiencia habilitante y calificable, se validará de acuerdo con lo establecido en los respectivos documentos de soporte de dicho proceso. En cualquier caso la sumatoria del porcentaje de los contratos escindidos no podrá superar el 100%.
El FONDO ADAPTACIÓN se reserva el derecho de verificar la información suministrada por el proponente y de solicitar las aclaraciones que considere convenientes.
Para efectos de asignación de puntaje no se considerarán las propuestas de aquellos proponentes que no cumplan en su totalidad con los requisitos de orden técnico.
6.3 REQUISITOS CALIFICABLES (CRITERIOS DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA)
Serán calificados los proponentes cuya propuesta haya sido evaluada como “CUMPLE” en los FACTORES HABILITANTES (Jurídicos - Técnicos - Financieros) y que además no incurra en ninguna de las causales de rechazo. Los requisitos calificables se realizaran en dos Etapas. La primera de experiencia adicional en construcción (sobre 1) y la segunda de acuerdo con el valor de su propuesta económica (sobre 2), utilizando alguna de las fórmulas presentadas más adelante.
El resumen de la asignación de puntaje se muestra en la siguiente tabla:
REQUISITO CALIFICABLE | MÉTODO DE EVALUACIÓN | PUNTAJE MÁXIMO |
FT - EXPERIENCIA ADICIONAL | CALIFICACIÓN CUANTITATIVA | 40 PUNTOS |
FT - INDUSTRIA NACIONAL | CALIFICACIÓN CUANTITATIVA | 10 PUNTOS |
FE - PROPUESTA ECONÓMICA | CALIFICACIÓN CUANTITATIVA | 50 PUNTOS |
TOTAL ASIGNACIÓN DE PUNTAJE | 100 PUNTOS |
La suma de los Factores Técnicos (FT), los Factores de Cumplimiento (CU) y los Factores Económicos (FE) dará como resultado un valor máximo de 100 puntos calculados de la siguiente manera:
P = FT + FE | ||
Donde: P | = | PUNTAJE POR ASIGNAR A CADA PROPUESTA HABILITADA |
FT | = | FACTORES TÉCNICOS |
FE | = | FACTORES ECONÓMICOS |
FACTORES TÉCNICOS MÁXIMO 50 PUNTOS: DISTRIBUIDOS DE LA SIGUIENTE MANERA:
6.3.1 EVALUACIÓN DE EXPERIENCIA ADICIONAL
El proponente debe diligenciar y presentar con su propuesta el Anexo Nº 12 con sus respectivos documentos soporte cuando así corresponda y para efectos de acreditar la experiencia calificable, el proponente debe tener en cuenta los siguientes aspectos:
El Fondo constatará la información reportada en el Anexo Nº 12 con los documentos aportados por el proponente o por sus integrantes para inscribirse en el RPFA; por lo tanto, es responsabilidad de los participantes asegurarse de que su inscripción en el citado Registro incluya la información y datos necesarios para demostrar la experiencia que pretende hacer valer, tales como, el objeto de los contratos, las fechas de su celebración, inicio y vencimiento o terminación del plazo correspondiente, el nombre del contratista, el valor ejecutado del contrato, el porcentaje de participación del contratista en la ejecución del correspondiente contrato, etc.
En caso de no estar los contratos debidamente inscritos en el RPFA, la experiencia deberá acreditarse por certificación expedida de la entidad contratante, en la que conste la ejecución y terminación del contrato, así como la precisa participación del proponente.
Como documentos complementarios para las certificaciones solamente se aceptarán actas de entrega y/o actas de liquidación y/o documentos de conformación del proponente asociativo debidamente suscritas por las partes; sin embargo, el FONDO se reserva el derecho de solicitar otros documentos adicionales en caso de considerarlo necesario.
No se aceptarán experiencias y/o certificaciones donde la participación del interesado haya sido como subcontratista.
Las certificaciones que acrediten la experiencia de los proponentes por trabajos realizados fuera de la República de Colombia deberán estar consularizados y/o apostillados, de conformidad con los requisitos nacionales de validación para documentos expedidos en el exterior.
La verificación de los requisitos calificables relacionados con experiencia específica adicional se presentan a continuación:
C. Una (1) certificación de un (1) contrato ejecutado, esta certificación será evaluada para cualquier número de grupos a los cuales se presente el proponente, terminados dentro de los últimos quince (15) años, contados a partir de la fecha de publicación de los Términos y Condiciones Contractuales Definitivos, que reúnan las siguientes características:
El contrato certificado para la asignación de puntaje deberá ser diferente a los presentados para acreditar las condiciones habilitantes de orden técnico (Partes A y B), en caso que el proponente acredite un contrato ya evaluado por aspectos habilitantes, la asignación de puntaje por este criterio será CERO (0) PUNTOS.
El área total construida cubierta de la certificación presentada debe ser igual o superior al 70% del área total del grupo al cual se está presentando; La evaluación y asignación de puntajes para cada
grupo se realizará de manera independiente y con la misma certificación podrían obtenerse puntajes diferentes para cada grupo.
En caso que el proponente adjunte con su propuesta más de una (1) certificación de un (1) contrato, solo será evaluado el primer contrato relacionado en el Anexo Nº 12 (Parte C), los demás serán tomados como no presentados.
En caso que la certificación presentada acredite experiencia diferente a ejecución de proyectos de infraestructura educativa, institucional o comercial, el área solo será tomada en el cincuenta por ciento (50 %) del área construida cubierta acreditada, en caso que se acrediten contratos para cualquier uso diferente, la asignación de puntaje por este criterio será CERO (0) PUNTOS.
Para efectos de acreditación de esta experiencia no será aceptable la acreditación de contratos de construcción de bodegas, bodegas con áreas administrativas, vivienda de interés social, vivienda de interés prioritario, parqueaderos cualquiera que sea su altura, puentes vehiculares, puentes peatonales, Obras hidráulicas - Tales como represas, alcantarillas, diques de contención, xxxxxxxx, canales, plantas de tratamiento, casetas de válvulas, etc. -, Obras viales, instalaciones de peajes, básculas, etc., Obras de urbanismo - Cuando estas no hagan parte integral del proyecto acreditado (En ningún caso estas áreas serán tenidas en cuenta para el cálculo de área construida cubierta) -, Obras exteriores adicionales - Cuando estas no hagan parte integral del proyecto acreditado (En ningún caso estas áreas serán tenidas en cuenta para el cálculo de área construida cubierta).
En caso que dicha experiencia se haya obtenido dentro de una figura de asociación (Consorcio, Unión Temporal u otra) sólo se validará al proponente la cuantía del contrato ejecutado, según su porcentaje de participación.
Cuando la propuesta se presente en consorcio o unión temporal, se obtendrá de la sumatoria de experiencia de todos los integrantes para cada requisito. En todo caso, para efecto de verificación solamente se tendrán en cuenta el número de proyectos definidos en el presente documento.
Cuando un proponente suministre información referida a su participación en un consorcio o unión temporal, el FONDO considerará para efecto de la verificación de las condiciones de experiencia, el porcentaje de participación establecido en el documento de constitución respectivo o certificación allegada con la propuesta.
Para efectos de acreditación de esta experiencia no será tenida en cuenta la acreditación de contratos de remodelación, adecuación, reparación, mantenimiento, mejoramiento o reforzamiento, en caso de presentarse contratos de ampliación o ejecución mixta (Remodelación, adecuación, reparación, mantenimiento, mejoramiento o reforzamiento que adicionalmente incluyan ampliación) solo será tenida en cuenta la ampliación de área construida cubierta, cuya dato exacto deberá estar detallado en los documentos presentados, ya sea en la inscripción en el RPFA o con la propuesta.
ASIGNACIÓN DE PUNTAJE (PARTE C)
La asignación de puntaje para este criterio se hará de la siguiente manera:
Si el área construida cubierta del contrato acreditado es menor al 70% del área del grupo evaluado
………………………………………………………….. 0 PUNTOS.
Si el área construida cubierta del contrato acreditado es igual o superior al 70% y menor al 85% del área del grupo evaluado ……………………..………. 5 PUNTOS.
Si el área construida cubierta del contrato acreditado es igual o superior al 85% y menor al 100% del área del grupo evaluado ……………………..………. 10 PUNTOS.
Si el área construida cubierta del contrato acreditado es igual o superior al 100% del área del grupo evaluado …………………………….……..…………. 15 PUNTOS.
Solo se asignará uno de los puntajes anteriormente citados, de ninguna manera los puntajes serán acumulativos.
D. Una (1) certificación de un (1) contrato ejecutado, esta certificación será evaluada para cualquier número de grupos a los cuales se presente el proponente, terminados dentro de los últimos quince (15) años, contados a partir de la fecha de publicación de los Términos y Condiciones Contractuales Definitivos, que reúnan las siguientes características:
El contrato certificado para la asignación de puntaje deberá ser diferente a los presentados para acreditar las condiciones habilitantes de orden técnico (Partes A o B), o a la Parte C de asignación de puntaje, en caso que el proponente acredite un contrato ya evaluado por aspectos habilitantes o calificables, la asignación de puntaje por este criterio será CERO (0) PUNTOS.
Para la asignación de puntaje de este criterio de asignación de puntaje solo se podrá presentar contratos de construcción para instituciones educativas, en caso que se acrediten contratos para cualquier uso diferente, la asignación de puntaje por este criterio será CERO (0) PUNTOS.
El área total construida cubierta de la certificación presentada debe ser igual o superior al 30% del área total del grupo al cual se está presentando; La evaluación y asignación de puntajes para cada grupo se realizará de manera independiente y con la misma certificación podrían obtenerse puntajes diferentes para cada grupo.
En caso que el proponente adjunte con su propuesta más de una (1) certificación de un (1) contrato, solo será evaluado el primer contrato relacionado en el Anexo Nº 12 (Parte D), los demás serán tomados como no presentados.
En caso que dicha experiencia se haya obtenido dentro de una figura de asociación (Consorcio, Unión Temporal u otra) sólo se validará al proponente la cuantía del contrato ejecutado, según su porcentaje de participación.
Cuando la propuesta se presente en consorcio o unión temporal, se obtendrá de la sumatoria de experiencia de todos los integrantes para cada requisito. En todo caso, para efecto de verificación solamente se tendrán en cuenta el número de proyectos definidos en el presente documento.
Cuando un proponente suministre información referida a su participación en un consorcio o unión temporal, el FONDO considerará para efecto de la verificación de las condiciones de experiencia, el porcentaje de participación establecido en el documento de constitución respectivo o certificación allegada con la propuesta.
Para efectos de acreditación de esta experiencia no será tenida en cuenta la acreditación de contratos de remodelación, adecuación, reparación, mantenimiento, mejoramiento o reforzamiento, en caso de
presentarse contratos de ampliación o ejecución mixta (Remodelación, adecuación, reparación, mantenimiento, mejoramiento o reforzamiento que adicionalmente incluyan ampliación) solo será tenida en cuenta la ampliación de área construida cubierta, cuya dato exacto deberá estar detallado en los documentos presentados, ya sea en la inscripción en el RPFA o con la propuesta.
ASIGNACIÓN DE PUNTAJE (PARTE D)
La asignación de puntaje para este criterio se hará de la siguiente manera:
Si el área construida cubierta del contrato acreditado es menor al 30% del área del grupo evaluado
…………………………………………………….……. 0 PUNTOS.
Si el área construida cubierta del contrato acreditado es igual o superior al 30% y menor al 45% del área del grupo evaluado ……………………..………. 5 PUNTOS.
Si el área construida cubierta del contrato acreditado es igual o superior al 45% y menor al 60% del área del grupo evaluado ……………………..………. 15 PUNTOS.
Si el área construida cubierta del contrato acreditado es igual o superior al 60% del área del grupo evaluado …………………………….…………………. 25 PUNTOS.
Solo se asignará uno de los puntajes anteriormente citados, de ninguna manera los puntajes serán acumulativos.
En resumen la calificación de experiencia se realizará de acuerdo con la siguiente tabla:
DESCRIPCIÓN | PUNTAJE MAXIMO | ||
CONSTRUCCIÓN | PARTE C.- Una certificación adicional a la presentada para acreditar experiencia habilitante en infraestructura educativa, institucional, comercial o vivienda >= 70% del área en M2 del grupo evaluado. | PARTE D.- Una certificación adicional a las anteriormente presentadas con Experiencia Específica en infraestructura educativa, >= 30% área m2 del grupo evaluado. | |
MÁXIMO | 15 PUNTOS | 25 PUNTOS | |
MÁXIMO PUNTAJE TOTAL - EXPERIENCIA DEL PROPONENTE | 40 PUNTOS |
MODO DE ACREDITACIÓN PARA ASIGNACION DE PUNTAJE POR ASPECTOS TÉCNICOS
El proponente debe acreditar su experiencia mediante certificaciones escritas expedidas por sus contratantes, o en el caso de ser proyectos propios, podrán ser certificados mediante documento firmado por el representante legal y el revisor fiscal de la sociedad, en el único caso que legalmente no sea necesario contar con revisor fiscal, deberá venir suscrita por el representante legal de la sociedad y el contador.
En caso que deban anexarse con las propuestas certificaciones expedidas por la entidad contratante deberán ser expedidas a nombre del oferente o de uno de sus miembros y deben contener como mínimo la siguiente información:
1. Nombre del Contratante.
2. Objeto del contrato.
3. Valor del contrato.
4. Plazo.
5. Área Construida Cubierta en Metros Cuadrados (M2) realmente construidos.
6. Fecha de inicio.
7. Fecha de terminación.
8. Porcentaje de participación, cuando el contrato haya sido ejecutado en consorcio, unión temporal u otro tipo de asociación.
9. Fecha de expedición de la certificación.
10. Nombre y cargo de quien expide la certificación.
En caso que las certificaciones no contengan la totalidad de la información aquí solicitada, se podrá anexar Actas de terminación y/o Actas de liquidación y/o Documentos de conformación del proponente asociativo, no será válido ningún otro documento adicional que en caso de adjuntarse a la propuesta se tomará como no presentado.
En caso que las certificaciones presentadas se refieran a contratos de objeto compuesto, p.e. diseño y construcción, la certificación, con el contenido mínimo indicado anteriormente o el Acta de Liquidación, como único documento adicional permitido, debe detallar el valor contratado para cada actividad.
En caso que deban anexarse con las propuestas certificaciones para proyectos propios deberán sustentar la ejecución presentando copia de la licencia de construcción y la certificación deberá contener:
1. Nombre del Proyecto.
2. Objeto.
3. Valor del proyecto.
4. Plazo.
5. Área Construida Cubierta en Metros Cuadrados (M2) realmente construidos.
6. Fecha de inicio.
7. Fecha de terminación
8. Porcentaje de participación, cuando el contrato haya sido ejecutado en consorcio, unión temporal u otro tipo de asociación.
9. Fecha de expedición de la certificación.
10. Firma del Representante Legal,
11. Firma del Revisor Fiscal de la Sociedad, en el único caso que legalmente no sea necesario deberá venir firmada por el Contador de la Sociedad.
Cuando hayan firmas que hayan surtido el proceso de escisión, la experiencia habilitante y calificable, se validará de acuerdo con lo establecido en los respectivos documentos de soporte de dicho proceso. En cualquier caso la sumatoria del porcentaje de los contratos escindidos no podrá superar el 100%.
El FONDO ADAPTACIÓN se reserva el derecho de verificar la información suministrada por el proponente y de solicitar las aclaraciones que considere convenientes.
6.3.2 APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL:
Con el fin de establecer el apoyo que los proponentes NACIONALES o EXTRANJEROS otorguen a la industria nacional en virtud de lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 816 de 2003, deberán anexar a la propuesta, debidamente suscrito por el representante legal, un COMPROMISO de apoyar al industria nacional, en relación con la procedencia, nacional o extranjera, del personal que será puesto al servicio en la ejecución del contrato.
La omisión de la información requerida en este numeral, no será subsanable por ser factor de ponderación, en todo caso, la no presentación de la información requerida no restringe la participación del proponente, ni es causal de rechazo de la propuesta.
El documento contentivo del ofrecimiento de Apoyo a la Industria Nacional deberá ser anexado por el proponente con la propuesta, diligenciando el Anexo Nº 13 - Compromiso de Apoyo a la Industria Nacional, y no será admitido con posterioridad a la fecha y hora del cierre para la entrega de propuestas, por ser factor de ponderación de las propuestas.
De no presentar el formato destinado al proceso que contenga el ofrecimiento aquí establecido y en las condiciones previstas en los términos y condiciones contractuales, no se otorgará puntaje por este factor.
Este factor se evaluará con base en la Ley 816 de 2003 con el fin de garantizar el Apoyo a la Industria Nacional con fundamento en la documentación aportada de acuerdo con el presente Estudio, así:
Cuando el proponente oferte servicios con el 100% de personal nacional, en lo correspondiente al objeto de la presente Convocatoria, se le asignarán DIEZ (10) PUNTOS.
Cuando el proponente oferte servicios con personal nacional en proporción igual o mayor al noventa y cinco por ciento (95%) e inferior al ciento por ciento 100%, en lo correspondiente al objeto de la presente Convocatoria, se le asignarán CINCO (5) PUNTOS.
Cuando el proponente oferte servicios con personal nacional en proporción inferior al 95% del total, en lo correspondiente al objeto de la presente Convocatoria, se le asignarán CERO (0) PUNTOS.
En el caso de consorcios o uniones temporales, el puntaje se asignará de acuerdo con la sumatoria del componente nacional o extranjero ofrecido de manera conjunta entre los integrantes del consorcio o unión temporal, conforme a lo indicado en este numeral.
El compromiso de apoyo a la industria nacional es de obligatorio cumplimiento y, en caso de resultar adjudicataria una propuesta que lo haya suscrito, el adjudicatario deberá cumplir estrictamente y en plenitud con su obligación, so pena de las sanciones previstas en los términos y condiciones contractuales y el contrato.
FACTORES ECONÓMICOS MÁXIMO 50 PUNTOS: ASIGNADOS DE LA SIGUIENTE MANERA:
6.3.4 EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
DESCRIPCIÓN | CALIFICABLE | METODOLOGIA | PUNTAJE |
CONSTRUCCIÓN | VALOR TOTAL PROPUESTO PARA EL GRUPO | ASIGNACIÓN DE PUNTAJE APLICANDO LA FÓRMULA ESTABLECIDA EN EL MÉTODO DE PONDERACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA | 50 PUNTOS |
PUNTAJE MÁXIMO TOTAL | 50 PUNTOS |
El oferente deberá diligenciar los formatos contenidos en los Anexos Nº 6.1 (para el Grupo 1) - 6.2 (Para el Grupo 2) - 6.3.A y 6.3.B (Ambos para el Grupo 3) según sea su deseo de participar en cada grupo.
En estos Anexos se discriminarán los precios unitarios en riguroso y estricto orden; diligenciando todas y cada una de las casillas, sin dejar ninguna casilla en blanco de las que contengan cantidad.
Los valores presentados en la oferta económica deberán estar expresados en pesos colombianos (COP) y cubrir todos los costos en que deba incurrir para la ejecución total de cada sede, incluyendo, entre otros, costo directo, costos de personal, administración, subcontratos, costos financieros, transporte, comisiones fiduciarias, viáticos, comunicaciones, alquileres de oficina, dotación de personal, equipos de oficina, computadores, papelería, planos, fotocopias, edición y entrega de informes, fotografías, videos necesarios, gastos de legalización, pólizas, alquiler de vehículos y lanchas, licenciamientos, imprevistos, impuestos y contribuciones de cualquier tipo, utilidad esperada, IVA sobre utilidad y demás gastos y costos en que deba
incurrir el futuro contratista para ejecutar la construcción (Ejecución de obras) en las sedes objeto de intervención del presente proceso de selección. Los precios unitarios que se presenten serán los que EL PROPONENTE pueda ofrecer en rigurosa y estricta sujeción a las especificaciones de obra. No podrá ofrecer precios unitarios de especificaciones técnicas distintas a las que allí se describen o que en los planos se presentan. El valor de los precios unitarios deberá estar ajustado al peso sin centavos.
El oferente debe ajustar al peso los precios ofertados, así: cuando la fracción decimal del peso sea igual o superior a cinco lo aproximará por exceso al peso y cuando la fracción decimal del peso sea inferior a cinco lo aproximará por defecto al peso, no basta con ocultar los decimales en los precios ofertados.
El valor de la propuesta económica la debe determinar EL PROPONENTE teniendo en cuenta, entre otros conceptos, los siguientes:
• Cantidad
• Valor Unitario por ítem
• Valor total por ítem
• Total Costo Directo
• Valor Administración
• Valor Imprevistos
• Valor Utilidad
• Total A.I.U.
• Valor IVA sobre Utilidad
• Total costos indirectos
• Valor Total de la propuesta
Los proponentes deberán tener en cuenta que el valor total de la propuesta económica no debe superar el ciento por ciento (100%) del presupuesto oficial estimado objeto de la presente convocatoria.
El presupuesto oficial incluye tanto los costos directos, como indirectos, los costos de los suministros y/o bienes, los costos financieros, los costos de los suministros, el IVA sobre el suministro, el AIU, el IVA sobre la utilidad y demás costos del contrato.
VERIFICACIÓN ARITMÉTICA DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
Cada propuesta económica de los proponentes que hayan sido considerados como HABILITADOS por aspectos jurídicos financieros y técnicos será verificada aritméticamente, siguiendo el procedimiento que se describe a continuación:
1. Se verificarán las propuestas económicas por cada Grupo, y antes de realizar la adjudicación de puntaje, se verifican los siguientes aspectos:
Se verificará que cada propuesta contenga la totalidad de los proyectos para el grupo en el cual se presenta. Se verificará que el valor total ofrecido corresponda a la suma de los valores fijados por
proyecto. En caso contrario el FONDO procederá a realizar la respectiva corrección aritmética, en caso que la corrección supere el presupuesto la propuesta será rechazada.
En el evento en que existan errores y/o modificaciones en la descripción detallada de los Anexos Nº 6.1 - 6.2 - 6.3.A - 6.3.B, el proponente acoge en su integridad la corrección hecha por el FONDO y por tanto esa será la propuesta definitiva.
2. Se verificará que los valores unitarios para todos los ítems hayan sido diligenciados, en caso que alguno(s) de ellos no tenga(n) valor(es) unitario(s) se considerará que el proponente ha determinado que su valor es cero ($ 0) y que se encuentra incluido dentro del costo total del proyecto, razón por la cual posteriormente el futuro contratista tendrá que ejecutar dicha obra, sea menor mayor o igual cantidad de obra, sin solicitar revisión de este(estos) precio(s).
3. Se verificará que los precios unitarios hayan sido redondeados al peso, es decir, que no contengan decimales, ya sea visibles u ocultos. En caso que la propuesta no tenga precios unitarios redondeados al peso, el FONDO realizará los redondeos necesarios según el criterio citado anteriormente.
4. Se verificarán las operaciones matemáticas (multiplicaciones, sumas, etc.), estas operaciones incluirán, en caso que no lo haya hecho el proponente, los redondeos (No bastará con ocultar los decimales en la presentación numérica) correspondientes a los precios unitarios.
5. En caso que como resultado de la verificación aritmética se exceda el PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO esta propuesta será rechazada para el grupo en que incurra en este causal.
6. En caso que los presente con alteraciones y/o modificaciones (Numeración del ítem, descripción del ítem, unidad o cantidad), se entenderán como errores mecanográficos y serán corregidos por el FONDO ADAPTACIÓN, ya sea que afecte o no el valor total de la propuesta, el proponente con la simple presentación de su oferta entiende y acepta este aspecto.
Para efectos de evaluación posterior, participación en la asignación de puntajes según sea el método que aplique, se tomará el valor corregido, en caso que hay lugar a ello, y no el valor propuesto originalmente.
La oferta económica de los proponentes NO HABILITADOS en los criterios habilitantes, NO SE EVALUARÁN NI SE TENDRAN EN CUENTA, es decir la propuesta no será considerada para ningún efecto en la evaluación económica.
Con los valores corregidos aritméticamente se sigue el siguiente procedimiento:
DETERMINACIÓN DEL MÉTODO PARA LA PONDERACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
Se seleccionará el método de ponderación de la propuesta económica de acuerdo con los métodos que se nombran a continuación:
NÚMERO | MÉTODO |
1 | MEDIA ARITMÉTICA |
NÚMERO | MÉTODO |
2 | MEDIA GEOMÉTRICA CON PRESUPUESTO OFICIAL |
3 | MEDIA ARITMÉTICA BAJA |
4 | MENOR VALOR |
RANGO (INCLUSIVE) | NÚMERO | MÉTODO |
DE 0.00 A 0.24 | 1 | MEDIA ARITMÉTICA |
DE 0.25 A 0.49 | 2 | MEDIA GEOMÉTRICA CON PRESUPUESTO OFICIAL |
DE 0.50 A 0.74 | 3 | MEDIA ARITMÉTICA BAJA |
DE 0.75 A 0.99 | 4 | PROPUESTA MÁS BAJA |
MÉTODOS DE PONDERACION DE LA PROPUESTA ECONÓMICA. MEDIA ARITMÉTICA
Consiste en la determinación del promedio aritmético de las propuestas que no han sido rechazadas y se encuentran válidas, para esto se aplicará la siguiente fórmula:
__ n xi
n
X
i 1
Donde,
__ X | = | Media aritmética. |
xi | = | Valor total corregido de la propuesta i |
N | = | Número total de las propuestas válidas presentadas. |
Ponderación de las propuestas por el método de la media aritmética.
Obtenida la media aritmética se procederá a ponderar las propuestas de acuerdo con la siguiente formula.
X Vi
50 1 Para valores menores o iguales a X X ESTUDIO PREVIO PARA CONTRATAR LA CONSTRUCCIÓN DE CUATRO (4) SEDES EDUCATIVAS EN EL MUNICIPIO DE CAMPO DE LA XXXX Pu(AnTLtÁaNTjIeCOi) QUEHACEN PARTE DE LOS PROYECTOS DEL SECTOR EDUCACIÓN SELECCIONADOS POR EL FONDO ADAPTACIÓN - | ||
INFRAESTRUCTURAEDUCATIVA AFECTADA POR | XLOSEVEVNTO i | SDERIVADOS DEL FENÓMENO DE LA NIÑA 2010 - 2011. |
62
50 1 2 X Para valores mayoresa X
Donde,
X | = | Media aritmética. |
Vi | = | Valor total corregido de cada una de las propuestas i. |
I | = | Número de propuesta. |
__
En el caso de propuestas económicas con valores mayores a la media aritmética se tomara el valor absoluto de la diferencia entre la media aritmética y el valor de la propuesta, como se observa en la fórmula de ponderación
MEDIA GEOMÉTRICA CON PRESUPUESTO OFICIAL
Para el cálculo de la media geométrica con presupuesto oficial se tendrá en cuenta el número de propuestas válidas y se incluirá el presupuesto oficial del proceso o módulo de acuerdo al siguiente cuadro:
Número de propuestas (n) [número] | Número de veces que se incluye el PRESUPUESTO OFICIAL DEL GRUPO (nv)[veces] |
1 a 3 | 1 |
4 a 6 | 2 |
7 a 9 | 3 |
10 a 12 | 4 |
13 o más | 5 |
Y así sucesivamente por cada tres propuestas válidas se incluirá una vez el presupuesto oficial del proceso.
Seguidamente se determinará la media geométrica con la inclusión del presupuesto oficial de acuerdo a lo establecido en el cuadro anterior mediante la siguiente fórmula:
GPO
(nv n) PO PO ... POnv P1 P2 ... Pn
Donde,
GPO | = | Media geométrica con presupuesto oficial. |
Nv | = | Número de veces que se incluye el presupuesto oficial (PO). |
N | = | Número de propuestas HABILITADAS |
PO | = | Presupuesto oficial del GRUPO |
Pi | = | Valor de la propuesta económica corregida del proponente i. |
Establecida la media geométrica se procederá a asignar el puntaje para cada proponente mediante el siguiente procedimiento:
GPO Vi
50 1
G
Para valores menores o iguales a GPO
Puntaje i
PO
G
V
PO i
50 1 2 G Para valores mayoresa GPO
PO
Donde,
GPO | = | Media geométrica con presupuesto oficial. |
Vi | = | Valor total corregido de cada una de las propuestas i que se encuentre dentro del rango comprendido entre el promedio aritmético y el presupuesto oficial. |
I | = | Número de la propuesta. |
En el caso de propuestas económicas con valores mayores a la media geométrica con presupuesto oficial se tomara el valor absoluto de la diferencia entre la media geométrica con presupuesto oficial y el valor de la propuesta, como se observa en la fórmula de ponderación.
MEDIA ARITMÉTICA BAJA
Para el cálculo de la media aritmética baja se tendrá en cuenta el número de propuestas HABILITADAS y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:
__
Ab = ( X + Xb) / 2
Donde:
Ab = Media aritmética baja de los valores totales de las propuestas HABILITADAS.
__
X = Media aritmética de las propuestas HABILITADAS Xb = Valor de la propuesta HABILITADA más baja.
Se calculará la media Aritmética Baja ( Ab ) con el valor total corregido de las propuestas económicas HABILITADAS y se procederá a asignar el puntaje para cada proponente de acuerdo con la siguiente fórmula:
Ab Vi
Puntaje i 50 1
Para valores menores o iguales a Ab
Ab
Ab Vi
Puntaje i 50 1 2.0 Para valores mayores a Ab
Donde,
Ab
Ab | = | Valor media aritmética baja valor de las propuestas HABILITADAS. |
Vi | = | Valor total corregido de cada una de las propuestas i que se encuentre dentro del rango comprendido entre el promedio aritmético y el presupuesto oficial. |
I | = | Número de la propuesta. |
En el caso de propuestas económicas con valores mayores a la media aritmética baja con presupuesto oficial se tomara el valor absoluto de la diferencia entre la media geométrica con presupuesto oficial y el valor de la propuesta, como se observa en la fórmula de ponderación.
Aproximación Numérica para el Puntaje por Valor de la Propuesta: En todos los casos anteriores se tendrá en cuenta hasta el séptimo (7°) decimal del valor obtenido como puntaje.
MENOR VALOR
Para la aplicación de este método se procederá a determinar el menor valor de las propuestas válidas y se procederá a la ponderación.
Ponderación de las propuestas por el método del menor valor
Obtenido el menor valor se procederá a ponderar las propuestas de acuerdo con la siguiente formula.
VMIN Vi
Puntaje i 50 1 2.0
Donde,
VMIN
VMIN | = | Menor valor de las propuestas válidas. |
Vi | = | Valor total corregido de cada una de las propuestas i. |
I | = | Número de propuesta. |
En este caso se tomara el valor absoluto de la diferencia entre el menor valor y el valor de la propuesta, como se observa en la fórmula de ponderación.
Aproximación Numérica para el Puntaje por Valor del Numeral 3. Propuesta
En todos los casos anteriores se tendrá en cuenta hasta el séptimo (7°) decimal del valor obtenido como puntaje.
6.3.5 CONSOLIDACIÓN PUNTAJE Y ORDEN DE ELEGIBILIDAD CONSOLIDACIÓN DE PUNTAJE
El puntaje total obtenido por cada proponente será la suma de los puntajes obtenidos en las evaluaciones técnica y económica y descontando los puntos por imposición de multas o declaratoria de caducidad.
ORDEN DE ELEGIBILIDAD
Luego de obtener el puntaje total para cada propuesta se ordenarán en orden descendente desde la propuesta o propuestas que obtuvieran el mayor puntaje hasta la de menor puntaje, quedando así definido el orden de elegibilidad.
Solo serán elegibles aquellos proponentes cuyos puntajes sean iguales o superiores a 50 puntos, en caso que haya proponentes con puntajes inferiores, serán incluidos dentro del listado de los no elegibles.
El FONDO ADAPTACIÓN adjudicará los contratos en orden ascendente de grupos iniciando por el GRUPO Nº 1 hasta llegar al GRUPO Nº 3. La adjudicación se hará al proponente que se encuentre como primero en cada lista de elegibilidad en el grupo respectivo.
6.3.6 CRITERIOS DE DESEMPATE
Se entenderá que hay empate entre propuestas, cuando presenten un número idéntico en el puntaje valorando la cifra en número entero y hasta dos (2) decimales.
En caso de empate entre dos o más proponentes, el orden de elegibilidad se definirá con base en los siguientes criterios:
PRIMERO.- Se preferirá en el orden de elegibilidad la propuesta cuya firma acredite la mayor experiencia específica.
SEGUNDO.- Si persiste el empate se seleccionará la firma que presente la menor propuesta económica. TERCERO.- Si aun así persiste el empate, se realizará sorteo mediante papeleta.
6.3.7 ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS
Un proponente puede resultar adjudicatario a uno o más grupos dependiendo de su capital de trabajo, además del cumplimiento de los criterios habilitantes, una vez resulte adjudicatario a un grupo se le descuenta a su capital de trabajo el capital de trabajo indicado en la TABLA DE INDICADORES DE CAPITAL DE TRABAJO del numeral 6.2.2 (Que se repite a continuación),
TABLA DE INDICADORES DE CAPITAL DE TRABAJO.
N° | VALOR DEL GRUPO | PRIMER GRUPO ADJUDICADO | GRUPO ADICIONAL ADJUDICADO |
CAPITAL DE TRABAJO (CTg) 20% | CAPITAL DE TRABAJO (CTg) 15% | ||
1 | 9.305.592.999,00 | 1.861.118.599,80 | |
2 | 8.037.978.380,00 | 1.607.595.676,00 | 1.205.696.757,00 |
3 | 6.974.616.462,00 | 1.394.923.292,40 | 1.046.192.469,30 |
Según las siguientes fórmulas:
VERIFICACIÓN DEL CAPITAL DE TRABAJO
CTr = CTa - CTg
Siendo:
CTr = Capital de trabajo resultante
CTa = Capital de trabajo inicial del proponente, en caso que haya sido adjudicatario de grupo(s) anterior(es) se utilizará el CTr resultante del último grupo adjudicado a este proponente.
CTg = Capital de trabajo requerido para el grupo objeto de adjudicación.
En caso que el CTg sea mayor al CTa este proponente no podrá ser adjudicatario de este grupo y en este caso se adjudicará al siguiente proponente en el orden de elegibilidad, a quien se le hará el mismo ejercicio, si este proponente nuevamente incurre en que el CTg sea mayor al CTa se repetirá el ejercicio las veces necesarias para que un proponente pueda ser adjudicatario, es decir hasta que un proponente tenga CTa superior al CTg requerido para el grupo.
Para el primer grupo que resulte adjudicatario un proponente se tomará el capital de trabajo (CTg) de la columna identificada como “PRIMER GRUPO ADJUDICADO”; para el segundo y subsiguientes el CTg se tomará de la columna identificada como “GRUPO ADICIONAL ADJUDICADO” indicados en la TABLA DE INDICADORES DE CAPITAL DE TRABAJO presentado anteriormente..
7. SOPORTE QUE PERMITA LA TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDAN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONÓMICO DEL CONTRATO
TIPIFICACIÓN DEL RIESGO: Es la definición que se hace de aquellos hechos previsibles constitutivos de riesgo que se puedan presentar en la ejecución del orden de servicio. En otras palabras consiste en señalar los hechos de la humanidad o de la naturaleza que en un futuro pueden ocasionar daño para la estructura económica del contrato.
ASIGNACIÓN DEL RIESGO: Una vez descrito y valorado el riesgo, se debe proceder a señalar a la parte contractual que debe afrontar, superar y financiar los efectos de la ocurrencia del riesgo. Es decir, es la distribución que se hace del riesgo y la manera en que se debe asumir el costo, por parte del contratista y la entidad contratante.
CALIFICACIÓN DEL RIESGO: Es un análisis que se realiza del riesgo frente a la probabilidad de que ocurra o no y el impacto que este puede generar
CUANTIFICACIÓN DEL RIESGO: La cuantificación es la valoración que se hace por la xxxxxxxx misma de los riegos por las partes.
Para calificar el riesgo se debe tener en cuenta la siguiente tabla:
Altisima | 4% | 5% | 5% | 5% | |
CTO | Alto | 3% | 4% | 4% | 5% |
IMPA | Medio | 2% | 2% | 4% | 5% |
Bajo | 1% | 2% | 3% | 4% | |
Bajo | Medio | Alto | Altisima | ||
FRECUENCIA O PROBABILIDAD DE OCURRENCIA |
Para cuantificar el riesgo se debe tener en cuenta la siguiente tabla:
PROBABILIDAD | IMPACTO | ||||
BAJO | MEDIO | ALTO | ALTISIMO | ||
ALTISIMA | Se espera que ocurra en la mayoria de las circunstancias | Pequeñas perdidas financieras | Medianas pérdidas financieras | Alta pérdida financiera | Enorme pérdida financiera |
ALTA | Probablemente ocurra en la mayoria de las circuntancias | ||||
MEDIA | Es posible que ocurra algunas veces | ||||
BAJA | Podria ocurrir algunas veces |
7.1 TIPIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DEL RIESGO
ESTIMACIÓN DEL RIESGO | |||
Tipificación | Asignación del riesgo | Probabilidad de Ocurrencia / Impacto | Valoración |
RIESGO POR VARIACIÓN EN LA LEGISLACIÓN.- Variaciones en la legislación tributaria, ambiental o de las autoridades territoriales y en general de cualquier tipo. | 100% Contratista | Baja / Alto | 3% |
RIESGO POR ORDEN PÚBLICO.- Alteraciones de las condiciones de seguridad y orden público. | 100% Fondo Adaptación | Baja / Alto | 3% |
RIESGO POR VARIACIONES DE PRECIOS XX XXXXXXX.- Los efectos derivados de las variaciones en los precios xx xxxxxxx de los insumos, bienes, equipos, servicios, mano de obra, y cualquier otro recurso necesario para la ejecución del contrato | 100% Contratista | Media / Medio | 2% |
RIESGO POR ENTREGA DE INFORMACIÓN ERRADA. Se materializa cuando la entidad entrega, para la ejecución del contrato, información errada o desactualizada y el contratista ejecuta actividades propias del objeto contractual y de sus obligaciones con dicha información. | 100% Fondo Adaptación | Media / Medio | 2% |
RIESGO POR USO O INFORMACIÓN ERRADA.- Se materializa cuando el contratista en cumplimiento de sus obligaciones debe recopilar la información o usar la que se encuentra en su poder y esta no corresponde para el desarrollo del contrato | 100% Contratista | Media / Medio | 2% |
RIESGO POR INCUMPLIMIENTO DE SUBCONTRATISTAS. Se materializa cuando el personal del contratista incumple sus obligaciones contractuales | 100% Contratista | Media / Alto | 4% |
RIESGOS POR ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES.- Se materializa cuando los trabajadores del contratista sufren accidentes de trabajo o enfermedades profesionales | 100% Contratista | Baja / Bajo | 1% |
ESTIMACIÓN DEL RIESGO | |||
Tipificación | Asignación del riesgo | Probabilidad de Ocurrencia / Impacto | Valoración |
Falta de pago o retrasos en los pagos del valor del contrato | 100% Fondo Adaptación | Baja / Medio | 2% |
Efectos derivados de la existencia del daño emergente del contratista, por la ocurrencia de hechos de fuerza mayor o caso fortuito en los términos del contrato y de la legislación existente | 100% Fondo Adaptación | Baja / Bajo | 1% |
Incumplimiento en perfiles o selección del personal mínimo de operación. | 100% Contratista | Media / Medio | 2% |
Indisponibilidad del servicio por terminación unilateral del contrato. | 100% Contratista | Baja / Alto | 3% |
Incumplimiento o retardo en la presentación de requisitos legales para celebrar o ejecutar el contrato | 100% Contratista | Media / Medio | 2% |
Insuficiencia de profesionales especializados para la ejecución del contrato | 100% Contratista | Baja / Alto | 3% |
Daños o pérdidas de los bienes de propiedad del contratista, causados en el lugar de ejecución del contrato | 100% Contratista | Media / Bajo | 2% |
Presentación del personal en condiciones no aptas en el sitio de trabajo | 100% Contratista | Baja / Medio | 2% |
Causación de daños materiales o deterioros durante la prestación del servicio a terceros. | 100% Contratista | Baja / Medio | 2% |
RIESGO POR ESTIMACIÓN INADECUADA DE LOS COSTOS.- Valores mal estimados en la propuesta. | 100% Contratista | Media / Bajo | 2% |
RIESGO POR DISPONIBILIDAD DE MATERIALES.- No disponibilidad de los materiales requeridos para la ejecución de las obras contratadas. | 100% Contratista | Baja / Bajo | 1% |
RIESGO POR INSUFICIENCIA DE PROVEEDORES.- No disponibilidad de proveedores que suministren los materiales requeridos para la ejecución de las obras. | 100% Contratista | Baja / Bajo | 1% |
ESTIMACIÓN DEL RIESGO | |||
Tipificación | Asignación del riesgo | Probabilidad de Ocurrencia / Impacto | Valoración |
RIESGO POR INCREMENTO DE PRECIOS.- Valor total del alza del precio de algún(os) insumo(s) utilizado(s) en las obras contratadas. | 100% Contratista | Media / Bajo | 1% |
RIESGO POR MATERIALES DEFECTUOSOS.- Reemplazo de materiales que a juicio del FONDO ADAPTACIÓN, la Consultoría de Gerencia Integral o la interventoría de obra no sean de primera calidad, presenten defectos o no cumplan con lo requerido en las especificaciones del proyecto. | 100% Contratista | Media / Medio | 2% |
RIESGO POR ENTREGA TARDÍA DE MATERIALES.- Costos generados por retrasos e implementación de planes de acción para recuperar retrasos. | 100% Contratista | Baja / Medio | 2% |
RIESGO POR INCUMPLIMIENTO DE PERFILES MÍNIMOS.- Incumplimiento de perfiles o selección del personal mínimo de operación. | 100% Contratista | Media / Bajo | 2% |
RIESGO POR INSUFICIENCIA DE MANO DE OBRA.- No consecución de mano de obra profesional, técnica, calificada, o no calificada para la ejecución de las actividades contratadas | 100% Contratista | Baja / Medio | 2% |
RIESGO DE TRANSPORTE.- Costo total de los riesgos de cargue, transporte y descargue de insumos para la ejecución de las actividades hasta la entrega de las obras | 100% Contratista | Baja / Medio | 2% |
RIESGO DE SUMINISTRO DE SERVICIOS PÚBLICOS.- El 100% del valor que deba cancelar para el suministro de los servicios públicos necesarios para adelantar la ejecución de la obra contratada | 100% Contratista | Baja / Bajo | 1% |
RIESGO POR BODEGAJE Y ALMACENAMIENTO.- Valor del bodegaje y almacenamiento de los insumos que se van a utilizar en obra | 100% Contratista | Baja / Bajo | 1% |
ESTIMACIÓN DEL RIESGO | |||
Tipificación | Asignación del riesgo | Probabilidad de Ocurrencia / Impacto | Valoración |
RIESGO POR TRASLADO DE MÁQUINAS Y EQUIPOS.- El perjuicio que se genere a terceros por la movilización o empleo de máquinas o equipos empleados en la construcción del proyecto | 100% Contratista | Baja / Bajo | 1% |
RIESGO DE RECHAZO DE MAQUINARIA Y/O EQUIPOS.- Costo de la maquinaria y de los equipos rechazados por considerarse inadecuados o ineficientes y para los cuales se solicite el reemplazo | 100% Contratista | Media / Medio | 2% |
Prestación del servicio con equipos defectuosos | Contratista | Baja / Alto | 3% |
RIESGO POR VIOLACIÓN DE LICENCIAS Y/O PERMISOS.- No cumplimiento total o parcial de las licencias o permisos obtenidos para ejecutar las obras objeto del contrato | 100% Contratista | Baja / Alto | 3% |
RIESGO POR DESCONOCIMIENTO GEOGRÁFICO Y DE LOCALIZACIÓN DE LA OBRA.- Mediante visita los posibles oferentes deben inspeccionar detenidamente los terrenos donde se ejecutará la obra para obtener la información suficiente sobre las variables endógenas y exógenas que tienen que ver con la ejecución de las obras, entre otras, las líneas de abastecimiento; la logística; las condiciones locales de trabajo, xxx xxxxxxx de materiales, mano de obra y las posibles dificultades que se puedan presentar. El FONDO ADAPTACIÓN no aceptará reclamaciones posteriores al respecto, ya que se entenderá que todos los proponentes, para efectos de la presentación de su propuesta, conocen plenamente el sitio, sus características, accesos, entorno socio económico, condiciones climatológicas, geológicas y geotécnicas, y que han tenido en cuenta este conocimiento para la elaboración de la propuesta. | 100% Contratista | Baja / Bajo | 1% |
ESTIMACIÓN DEL RIESGO | |||
Tipificación | Asignación del riesgo | Probabilidad de Ocurrencia / Impacto | Valoración |
RIESGO POR OBRAS NO ACEPTADAS Y/O RECHAZADAS.- Valor de lo que se rechace, llegado el caso, se ordene demoler por incumplimiento de las especificaciones técnicas que afecten la calidad o la estabilidad de la obra. | 100% Contratista | Baja / Medio | 2% |
RIESGO POR LA DISPONIBILIDAD DE RECURSOS.- El riesgo en un 100% de la disponibilidad oportuna de los recursos con cargo a los cuales se ejecutará el proyecto | Fondo Adaptación | Baja / Bajo | 1% |
RIESGO POR DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL.- Riesgo de la adecuada ejecución presupuestal de los recursos asignados para la ejecución del presente proyecto | 100% Fondo Adaptación | Baja / Bajo | 1% |
RIESGO POR DEMORA EN LA DISPONIBILIDAD DEL LOTE.- 50% para cada parte | 50% cada uno Fondo - Contratista | Media / Medio | 2% |
RIESGO POR ACCIDENTE DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.- Con ocasión de la ejecución de la obra, ya sea por fallas de seguridad industrial, cerramientos defectuosos o cualquier otro aspecto que deba ser controlado por el contratista. | 100% Contratista | Media / Medio | 2% |
8. ANÁLISIS QUE SUSTENTA LA EXIGENCIA DE GARANTÍAS
Riesgo | Señale los que apliquen | Monto | Vigencia |
Buen manejo y correcta inversión del anticipo. | X | El 100% del valor entregado en calidad de anticipo | Por el plazo del contrato y seis meses mas |
Devolución del pago anticipado. | N.A. | N.A. | N.A. |
Cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato incluyendo en ellas el pago de | X | 20% del valor total del contrato | Por el plazo del contrato y seis |
Riesgo | Señale los que apliquen | Monto | Vigencia |
sanciones y cláusula penal pecuniaria, cuando se hayan pactado en el contrato. | meses mas | ||
Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales. | X | 5% del valor total del contrato | Por el plazo del contrato y 3 años mas |
Estabilidad y calidad de obra. | X | Por el 30% del valor de cada proyecto terminado | Por 5 años contados a partir del acta de terminación |
Calidad y correcto funcionamiento de los bienes y equipos suministrados | X.X. | X.X. | X.X. |
Xxxxxxx xxx xxxxxxxx | X.X. | X.X. | X.X. |
Responsabilidad civil extracontractual | X | 20% del valor total del contrato | Por el plazo del contrato |
Los demás incumplimientos de obligaciones que se consideren deben ser amparados | N.A. | N.A. | N.A. |
Con el fin de amparar los riesgos a los que se enfrenta el Fondo Adaptación en razón de la presentación de las ofertas y de la posterior suscripción y ejecución del contrato, en el presente Proyecto se solicitarán las siguientes garantías:
a. GARANTÍA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO
Mediante el presente instrumento, los oferentes cubrirán al FONDO ADAPTACIÓN por los siguientes eventos:
(i) La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado
(ii) La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término previsto para la suscripción del contrato se prorrogue o cuando el término previsto para la suscripción del contrato se prorrogue.
(iii) La falta de otorgamiento por parte del adjudicatario, de la garantía de cumplimiento exigida por la entidad para amparar el incumplimiento de las obligaciones contractuales.
(iv) El retiro de la oferta después de vencido el término para la presentación de las propuestas.
Esta garantía se deberá constituir por el 10% del valor de la sumatoria de los grupos a los que está ofertando del presupuesto y su vigencia será de noventa (90) días contados a partir de la fecha prevista para el cierre de la Convocatoria Abierta.
b. ANTICIPO
Mediante este amparo se garantiza la devolución al Fondo, de los dineros o bienes entregados al contratista en calidad de anticipo para la ejecución del contrato y de los cuales éste hubiese hecho un uso o apropiación indebidos.
Se entenderá que ha existido uso o apropiación indebidos de los dineros o bienes entregados a título de anticipo, en el evento de que tales dineros o bienes no hubieren sido utilizados en aquello para lo cual fueron entregados, al inicio o durante el desarrollo de la ejecución del contrato, lo cual incluye la no devolución cuando a ello hubiere lugar.
Esta garantía se deberá constituir por el 100% del valor entregado por este concepto y su vigencia será el Plazo estimado del contrato y seis (6) meses adicionales
c. DEVOLUCIÓN DEL PAGO ANTICIPADO.
N.A.
d. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES
El amparo de cumplimiento del contrato cubrirá al Fondo de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato, así como de su cumplimiento tardío o de su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al contratista garantizado. Además de esos riesgos, este amparo comprenderá siempre el pago del valor de las sanciones y de la cláusula penal pecuniaria que se hayan pactado
Esta garantía se deberá constituir por el 20% del valor del contrato y su vigencia será el Plazo estimado del contrato y seis (6) meses adicionales
e. PAGO DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES LABORALES
El amparo cubrirá el pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales cubrirá a la entidad de los perjuicios que se le ocasionen como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones laborales a que esté obligado el contratista garantizado, derivadas de la contratación de personal utilizado para la ejecución del contrato.
Esta garantía se deberá constituir por el 5% del valor del contrato y su vigencia será el Plazo estimado del contrato y tres (3) años adicionales
f. ESTABILIDAD Y CALIDAD DE OBRA
Mediante este amparo se cubre al FONDO contra los perjuicios patrimoniales, generados por el deterioro que, en condiciones normales de uso, sufra cualquiera de los bienes construidos o fabricados como objeto del contrato, por acciones u omisiones imputables al contratista, derivados de las deficiencias en la ejecución y cumplimiento del contrato, detectadas con posterioridad a la terminación y entrega de éste.
Este amparo comenzará su vigencia a partir de la expedición del acta de entrega de la obra debidamente terminada, con la respectiva constancia de recibo a satisfacción por el Fondo o por quien este determine.
Esta garantía se deberá constituir por el 30% del valor de cada proyecto terminado y su vigencia será cinco
(5) años contados a partir del acta de terminación de cada una de las obras.
g. CALIDAD Y CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS NIENES Y EQUIPOS SUMINISTRADOS.
N.A.
h. CALIDAD DEL SERVICIO.
N.A.
i. PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL.
Por la naturaleza del objeto a contratar, de lo que se desprende inexorablemente un trabajo de campo por parte del consultor, es necesario el otorgamiento de una póliza de seguro de al menos el 20% del valor del contrato, que proteja al Fondo Adaptación frente a eventuales reclamaciones de terceros derivadas de la responsabilidad extracontractual que pueda surgir de las actuaciones, hechos u omisiones de su contratista, por el plazo estimado del contrato.
Esta garantía se deberá constituir por el 20% del valor del contrato y su vigencia será el Plazo estimado del contrato.
NOMBRE: XXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX
CARGO: Asesor III
Fecha de elaboración: Abril 01 de 2013 V°B Subgerencia de Estructuración
LISTADO DE ANEXOS
ANEXO Nº 1 ANEXO TÉCNICO - ESTUDIOS Y DISEÑOS TÉCNICOS DEL PROYECTO
ANEXO Nº 2 CONSOLIDADO DE GRUPOS DEL PROCESO
2.1 CUADRO CONSOLIDADO DE GRUPOS DEL PROCESO
2.2 LOCALIZACIÓN DE LOS PROYECTOS
ANEXO Nº 3 REQUERIMIENTOS DE CONSTRUCCIÓN
ANEXO No 4 ESTRATEGIA DE AUDITORÍAS VISIBLES DEL FONDO ADAPTACIÓN
ANEXO Nº 5 CANTIDADES DE OBRA Y PRESUPUESTO OFICIAL
5.1 I.E. CAMPO DE LA XXXX
5.2 I.E. TÉCNICA COMERCIAL LA XXXXXXXXXX
5.3.A CENTRO EDUCATIVO XXXXXXXXX XX XXXXX XXXXXXXXX
5.3.B I.E. XX XXXXXXXXX
ANEXO Nº 6 CANTIDADES DE OBRA Y PROPUESTA ECONÓMICA
6.1 I.E. CAMPO DE LA XXXX
6.2 I.E. TÉCNICA COMERCIAL LA XXXXXXXXXX
6.3.A CENTRO EDUCATIVO XXXXXXXXX XX XXXXX XXXXXXXXX
6.3.B I.E. XX XXXXXXXXX