Contract
C.A. MJG/dg.
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES, QUE COMO LEY FUNDAMENTAL DEL CONTRATO REGIRÁ EL CONCURSO, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, TRAMITADO PARA ADJUDICAR EL SERVICIO PARA LA REALIZACIÓN DE UN ESPECTÁCULO PIROMUSICAL Y ESPECTÁCULOS PIROTÉCNICOS EN DIVERSAS FIESTAS POPULARES DURANTE EL AÑO 2005 EN EL MUNICIPIO XX XXXXX (MADRID).
PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO.- El objeto del presente contrato de servicio es la realización de un espectáculo piromusical y espectáculos pirotécnicos en diversas Fiestas Populares durante el año 2005 en el municipio xx Xxxxx (MADRID). Las características del servicio, así como las condiciones en que ha de realizarse vienen determinadas en el Pliego de prescripciones técnicas.
El Pliego de cláusulas administrativas particulares y el Pliego de prescripciones técnicas tienen carácter contractual por lo que deberán ser firmados en prueba de conformidad por el adjudicatario en el acto de formalización del contrato.
SEGUNDA. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN.- La
adjudicación del presente contrato se llevará a cabo por el procedimiento ABIERTO y CONCURSO público de conformidad con lo previsto en los artículos 73.2 y 85 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas por tratarse del supuesto contemplado en el art. 208 apartado 3) del mencionado Texto.
TERCERA. NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO.- El
contrato que basándose en este Pliego se perfeccione, tendrá carácter administrativo y en todo lo no previsto en él se estará en lo dispuesto específicamente en el Libro II, Titulo IV del Texto Refundido de la L.C.A.P., aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 xx xxxxx, así como en las demás normas aplicables a la contratación de las Administraciones Públicas.
CUARTA. DURACIÓN DEL CONTRATO.- La duración del
presente contrato será exclusivamente para la realización de un espectáculo piromusical y espectáculos pirotécnicos a celebrar en diversas Fiestas Populares durante el año
2005, de acuerdo con lo estipulado en el Pliego de prescripciones técnicas.
No obstante, el contrato es susceptible de prórroga de mutuo acuerdo por años sucesivos hasta un máximo de tres años más. Para hacer efectiva la prórroga por mutuo acuerdo el adjudicatario vendrá obligado a solicitarla con dos meses de antelación antes del término del contrato y se acordará por el órgano competente.
QUINTA. BASE O TIPO DE LICITACIÓN.- El presupuesto del contrato que servirá de base de licitación asciende a la cantidad de 100.940,00 €, incluido I.V.A., a la baja.
SEXTA. FINANCIACIÓN DEL CONTRATO.- El objeto del
contrato se financiará con cargo a la partida presupuestaria 050.451.22741 del Presupuesto General del Ayuntamiento xx Xxxxx para el ejercicio 2005.
SÉPTIMA. PAGO DEL PRECIO DE ADJUDICACIÓN.- El pago del
servicio se realizará contra presentación de facturas informadas favorablemente por los Servicios Municipales correspondientes y previos los trámites contables establecidos en la legislación vigente.
OCTAVA. CAPACIDAD PARA CONTRATAR.- Están capacitados para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten la solvencia económica, técnica o profesional en los términos de los arts. 15, 16 y 19 del Texto Refundido de la L.C.A.P. y no estén afectos por ninguna de las circunstancias que enumera el art. 20 como prohibitivas para contratar.
La Administración podrá contratar con Uniones de Empresas que se constituyan temporalmente al efecto (sin que sea necesaria la formalización de las mismas en Escrituras Públicas hasta que se haya efectuado la adjudicación), las cuales responderán solidariamente ante la Administración y ante la cual nombrarán un representante u apoderado único.
NOVENA. GARANTÍA DEFINITIVA.- El adjudicatario del servicio deberá, una vez comunicada la adjudicación definitiva depositar una garantía definitiva que será del 4% del importe de adjudicación, a través de cualquiera de
las formas previstas en el art. 36 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
En el caso de efectuarse la garantía mediante talón conformado o cheque bancario, aval o seguro de crédito y caución, se ingresará en la Caja de la Corporación. Si se realizara en metálico deberá ingresarse en cualquiera de las entidades bancarias de la localidad. En este caso el resguardo acreditativo del ingreso se canjeará por la Carta de Pago, veinticuatro horas después del ingreso. El horario de la Caja de la Corporación, es de 9 a 13 horas, de lunes a viernes.
En caso de optar por aval bancario, se realizará según modelo del Xxxxx XXX.
De conformidad con lo previsto en el art. 41.1 del Texto Refundido de la L.C.A.P., la constitución de la garantía definitiva deberá acreditarse dentro de los QUINCE (15) DÍAS naturales siguientes a la notificación de la adjudicación del concurso. El incumplimiento de este requisito, por causa imputable al adjudicatario, dará lugar a la resolución del contrato.
DÉCIMA. EXPOSICIÓN SIMULTÁNEA XXX XXXXXX DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES Y DEL ANUNCIO PARA LA
PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.- Conforme al párrafo 2º del art. 122 del RDL 781/86, de 18 xx xxxxx, la exposición xxx Xxxxxx de cláusulas administrativas particulares y del anuncio para la presentación de proposiciones (de licitación) se realizará en unidad de acto, pudiéndose presentar reclamaciones contra el Pliego durante los 8 días hábiles siguientes a la publicación del anuncio.
Si dentro de tal plazo se produjeran reclamaciones contra el Pliego, se suspenderá la licitación y el plazo para la presentación de proposiciones, reanudándose el que reste a partir del día siguiente al de la resolución de aquellas.
UNDÉCIMA. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES: LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN, FORMALIDADES Y DOCUMENTACIÓN.-
11.1.- Lugar y plazo de presentación.- Las proposiciones se presentarán en las Dependencias Municipales, en horario de 9 a 15 horas, y de lunes a viernes durante los QUINCE (15) DÍAS naturales siguientes
a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
A efectos de finalización del plazo citado el sábado será señalado día inhábil, considerándose último día para presentar las proposiciones el día siguiente hábil posterior.
11.2.- Formalidades.- Las proposiciones se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento xx Xxxxx, y se titularán “Proposición para tomar parte en el concurso por procedimiento abierto, tramitado para adjudicar el servicio para la realización de un espectáculo piromusical y espectáculos pirotécnicos en diversas Fiestas Populares durante el año 2005 en el municipio xx Xxxxx (MADRID)” constando el nombre del licitador y se presentarán en un sobre en cuyo interior figurarán otros dos sobres cerrados, pudiendo ser lacrados y precintados denominados SOBRE “A” y SOBRE “B”, en cada uno de los cuáles se hará constar su contenido y el nombre del licitador de la forma que se indica:
A) En el SOBRE “A”, titulado “Documentos generales para tomar parte en el concurso por procedimiento abierto, tramitado para adjudicar el servicio para la realización de un espectáculo piromusical y espectáculos pirotécnicos en diversas Fiestas Populares durante el año 2005 en el municipio xx Xxxxx (MADRID)”, se incluirá la siguiente documentación administrativa:
1. Documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, consistentes:
(a) Documento Nacional de Identidad del licitador cuando se trate de personas físicas o empresarios individuales, por fotocopia compulsada, o Escritura de constitución de la Sociedad Mercantil, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando el empresario fuera persona jurídica así mismo por original o fotocopia compulsada.
(b) Poder Bastanteado por el Sr. Secretario del Ayuntamiento xx Xxxxx, cuando se actúe por representación y presentación de fotocopia compulsada del D.N.I. de quien actúa por representación.
Con carácter previo y para proceder al Bastanteo de Poder, los licitadores deberán aportar una
declaración responsable de que el poder se encuentra en vigor y no ha sido revocado.
(c) En caso de concurrir a la licitación varias empresas, constituyendo una unión temporal, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que suscriben las proposiciones, la participación de cada una de ellas, designando la persona o Entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la representación de la unión entre la Administración.
2. Declaración responsable de licitador haciendo constar que no se halla incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar enumeradas en el art. 20 del Texto Refundido de la L.C.A.P., según Xxxxx XX.
3. Documentos acreditativos de la solvencia económica y financiera acreditados por uno o varios de los medios señalados en el art. 16 del Texto Refundido de la L.C.A.P.
4. Para las empresas extranjeras, una declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
5. Declaración responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, impuestas por la disposición vigente, así como no tener deuda alguna con el Ayuntamiento xx Xxxxx (MADRID).
Sin perjuicio de que quien resulte adjudicatario deberá presentar en el plazo de CINCO (5) días desde dicha propuesta de adjudicación Certificado de la Tesorería Territorial de la Seguridad Social que acredite la inscripción de la empresa y hallarse al corriente de las cuotas de la Seguridad Social del personal que trabaje a su servicio (por original o fotocopia compulsada), Certificado de la Delegación de Hacienda correspondiente que acredite estar al corriente de sus obligaciones tributarias conforme establece el artículo 20 f) del Real Decreto Legislativo 2/2000 (por original o fotocopia compulsada), y Certificado de la Intervención de Fondos del Ayuntamiento xx Xxxxx de que no exista
deuda alguna con este Ayuntamiento (por original o fotocopia compulsada).
6. Declaración por la que el licitador se obliga al cumplimiento de todas las disposiciones vigentes sobre Protección a la Industria Nacional, Legislación Social, Estatutos de los Trabajadores y demás normas sobre la materia.
7. Declaración responsable firmada por el licitador en la que se comprometa a suscribir seguro de responsabilidad civil, que cubra todos los accidentes, daños o perjuicios ocasionados a terceros como consecuencia de la ejecución del contrato, con un mínimo de indemnización por siniestro de 1.800.000 € sin franquicia alguna.
8. Escrito firmado por el licitador en el que conste la dirección, el número de teléfono y de fax, y la persona a la que se dirigirán las comunicaciones y requerimientos que sean precisos realizar durante el procedimiento selectivo.
B) En el SOBRE “B”, denominado “Proposición económica y técnica para tomar parte en el concurso por procedimiento abierto tramitado para adjudicar el servicio para la realización de un espectáculo piromusical y espectáculos pirotécnicos en diversas Fiestas Populares durante el año 2005 en el municipio xx Xxxxx (MADRID)”, se incluirá la siguiente documentación:
1. Proposición económica, una sola proposición formulada estrictamente conforme al modelo que figura como Xxxxx X a este Xxxxxx.
No se tendrán por correctas ni válidas aquellas ofertas económicas que contengan cifras comparativas o expresiones ambiguas, aquellas que se presenten con enmiendas o raspaduras que puedan inducir a duda racional sobre su contenido ni aquellas en las que la cantidad expresada en letra y en número sea diferente.
2. Memoria técnica relativa a las siguientes cuestiones:
(a) Proyecto detallado donde se especificarán las características del espectáculo piromusical y de cada uno de los espectáculos pirotécnicos, de acuerdo con la cláusula 1ª y con los aspectos puntuables relacionados en los criterios de adjudicación señalados en la cláusula 5ª xxx Xxxxxx de prescripciones técnicas.
(b) Certificados de catalogación de los productos pirotécnicos.
(c) Estructura organizativa, y la disposición de medios técnicos, materiales y humanos para atender debidamente la ejecución del contrato.
(d) Relación de los principales servicios efectuados durante los tres últimos años que estén relacionados con el objeto del contrato, con indicación de los Ayuntamientos u otros organismos pertenecientes a la Administración Pública y Entidades privadas, señalando el importe y fechas de los mismos.
(e) Compromisos especiales y cualquier tipo de mejoras a las prescripciones mínimas que los licitadores estimen incluir en su plica, y que sean valorables en cuanto al concurso.
(f) Cuantos documentos a juicio del licitador sean convenientes para el mejor conocimiento de su oferta.
Cada licitador únicamente podrá presentar una sola proposición. Tampoco podrá suscribirse ninguna propuesta de unión temporal con otros, si lo ha hecho individualmente o figuran en más de una unión temporal.
Todos los documentos que formen parte de la proposición, es decir, la documentación general, la oferta económica y la memoria técnica deberán estar redactados en castellano.
DUODÉCIMA. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.-
12.1.- En el Concurso la adjudicación recaerá en el ofertante que en conjunto haga la proposición más ventajosa, sin atender exclusivamente al valor económico de la misma y sin perjuicio del derecho de la Corporación a declararlo desierto.
12.2.- El acto de apertura de plicas tendrá lugar ante la Mesa de Contratación.
La Mesa de Contratación estará integrada por los miembros que constituyen la Mesa de Contratación para todos los procedimientos de contratación, aprobada por el Ayuntamiento Pleno con fecha 17 xx xxxxx de 2004.
12.3.- Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación procederá a la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en el SOBRE “A”, el día siguiente hábil a la finalización del plazo de presentación de proposiciones (a estos efectos el sábado será considerado inhábil), en un acto no público.
Si la Mesa de Contratación observara defectos materiales en la documentación presentada, podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días para que el licitador lo subsane. Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, se rechazará la proposición.
Los defectos subsanables o insubsanables apreciados serán publicados en el tablón de anuncios de esta Entidad, a efectos de la notificación prevista en el art.
59 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 27 de Noviembre de 1992), comenzando, en su caso, el cómputo del plazo concedido para la subsanación de los defectos calificados como tales, el día inmediatamente posterior.
12.4.- Actuación de la Mesa de Contratación.- El acto de apertura de plicas tendrá lugar el QUINTO (5) DÍA hábil siguiente al de la finalización del plazo de presentación de plicas, a las 14 horas, considerándose inhábil el sábado, en cuanto al día de apertura trasladándose en este caso la misma al día hábil siguiente.
La Mesa iniciará su actuación dando cuenta del resultado de la calificación de documentación general presentada por los licitadores en el SOBRE “A”, indicando los licitadores excluidos y las causas de exclusión, invitando a los asistentes a formular observaciones que se recogerían en el Acta.
Cualquier asistente, a propia petición podrá examinar la documentación presentada, que a tal efecto señale.
A continuación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del SOBRE “B” y dará lectura a la proposición económica formulada por cada uno de los licitadores.
Terminado el acto público de apertura de plicas, la Mesa elevará el Acta correspondiente, en la que se recogerán las observaciones que estime pertinentes, así
como la documentación administrativa, propuestas económicas y las memorias técnicas respectivas, remitiendo toda esta documentación a los Servicios Municipales para que por aquellos se emitan los correspondientes informes técnicos acerca de la mayor o menor ventaja de las proposiciones presentadas. En virtud de lo establecido en el artículo 81 apartado 2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, la Mesa de Contratación podrá solicitar antes de formular su propuesta tantos informes técnicos consideren precisos y se relacionen con el objeto del contrato.
12.5.- Evacuado el correspondiente informe por los Servicios Municipales, se procederá por la Mesa de Contratación, reunida a tal efecto a formular la propuesta que estime pertinente que elevará al Órgano de Contratación que haya de efectuar la adjudicación.
DECIMOTERCERA. CRITERIOS BASE PARA LA ADJUDICACIÓN.-
Los criterios objetivos que servirán de base para la adjudicación del concurso, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 86 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, serán los señalados en la cláusula 5ª xxx Xxxxxx de prescripciones técnicas.
DECIMOCUARTA. ADJUDICACIÓN DEFINITIVA.- El Órgano de
Contratación, recibida la documentación de la Mesa de Contratación y evacuados los informes técnicos correspondientes, dictará alternativamente, dentro de los tres meses siguientes a la apertura de proposiciones económicas, resolución motivada adjudicando el contrato a la proposición más ventajosa, sin atender exclusivamente al valor económico de la misma, o declarar desierto el concurso.
La adjudicación definitiva, una vez acordada, cualquiera que sea el procedimiento seguido y la forma de contratación empleada, será notificada a los participantes en la licitación y, se publicará en el Boletín Oficial del Estado dentro de los 48 días siguientes a aquella, siempre y cuando el importe de la adjudicación sea igual o superior a 60.101,21 €, o en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid dentro de los
48 días siguientes a aquella.
Al efectuar la notificación al adjudicatario del contrato, se le requerirá para que constituya la garantía
definitiva, en la cuantía y forma indicadas en la cláusula novena.
DECIMOQUINTA. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.- La
Corporación y el contratista deberán formalizar el contrato de adjudicación del servicio, en Documento Administrativo, dentro de los TREINTA (30) DÍAS naturales siguientes al de notificación de la adjudicación, según lo establecido en el art. 54.1 del Texto Refundido de la L.C.A.P., constituyendo título suficiente para acceder a cualquier Registro. No obstante lo anterior dicho contrato administrativo podrá elevarse a Escritura Pública a petición del contratista y a su xxxxx.
El contratista, además del contrato, deberá firmar el Pliego de cláusulas administrativas particulares y el Pliego de prescripciones técnicas, si no estuviera incorporado al mismo.
Asimismo, antes de la firma del contrato y dentro del plazo concedido al efecto, el adjudicatario propuesto vendrá obligado a presentar, por original o copia compulsada, seguro de responsabilidad civil con un mínimo de indemnización por siniestro de 1.800.000 € sin franquicia alguna.
DECIMOSEXTA. GASTOS A CARGO DEL ADJUDICATARIO.- Serán
de cuenta del adjudicatario del servicio los siguientes gastos y obligaciones:
(a) Los de anuncio que genere el concurso y los preparatorios y de formalización del contrato.
(b) Los tributos estatales, municipales y regionales que deriven del contrato.
(c) Asumir el pago del I.V.A., que se entenderá incluido dentro del precio de adjudicación.
(d) Los de formalización pública del contrato de adjudicación.
DECIMOSÉPTIMA. OBLIGACIONES LABORALES DEL
CONTRATISTA.- El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el trabajo, quedando la Administración exonerado de responsabilidad por este incumplimiento.
DECIMOCTAVA. RELACIÓN LABORAL.- El presente contrato de servicio no implicará ninguna vinculación laboral con el Ayuntamiento xx Xxxxx ni del adjudicatario ni de sus asalariados, que serán por su cuenta y deberán estar dados de alta en la Seguridad Social.
DECIMONOVENA. REVISIÓN DE PRECIOS.- Únicamente
procederá la revisión de precios a partir del primer año y si el Ayuntamiento xx Xxxxx decide prorrogar el contrato por mutuo acuerdo, en cuyo caso, el sistema de revisión será el Índice General de precios al consumo que publique el Instituto Nacional de Estadística u organismo que le sustituya, a cuyo efecto, vendrá obligado el contratista a presentar el pertinente certificado acreditativo de los coeficientes de revisión en cada fecha respecto a la fecha última del contrato o sus prórrogas.
VIGÉSIMA. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.- El contrato podrá
extinguirse por alguna de las causas generales de resolución de los arts. 111 y 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
VIGESIMOPRIMERA. DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA
DEFINITIVA.- De conformidad con el art. 47 del Texto Refundido de la L.C.A.P., una vez finalizado el contrato, y transcurrido un mes sin que existan objeciones por parte de la Administración por el cumplimiento del mismo, previa solicitud por escrito del contratista, se dará curso a la devolución de la garantía en los términos previstos por la vigente legislación, siempre que la misma no se halle afecta a responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la misma.
VIGESIMOSEGUNDA. RETIRADA DE LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA POR LOS LICITADORES.- Transcurrido UN (1)
MES desde la notificación de la adjudicación del concurso mediante procedimiento abierto, los licitadores que no hayan sido adjudicatarios deberán retirar la documentación aportada, señalándose que si en dicho plazo no fuera retirada se procederá a la destrucción de la misma por este Ayuntamiento.
VIGESIMOTERCERA. RÉGIMEN JURÍDICO.- En lo no previsto
expresamente en el presente Pliego de cláusulas, se estará a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 xx xxxxx, Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, Ley 7/85, de 2 xx xxxxx y Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 xx xxxxx, así como en las demás normas establecidas aplicables a la contratación de las Administraciones Públicas.
VIGESIMOCUARTA. JURISDICCIÓN COMPETENTE.- Las
cuestiones litigiosas surgidas sobre interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos serán resueltas por los Órganos de Contratación, cuyas resoluciones agotarán la vía administrativa y abrirán la vía contencioso-administrativa, a tenor de la Ley de dicha jurisdicción.
VIGESIMOQUINTA. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA.- El
contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 97 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
VIGESIMOSEXTA.- Corresponde a la Administración la prerrogativa de dirigir el servicio, de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
En Pinto, a 3 xx xxxxx de 2005
LA ALCALDESA EN FUNCIONES EL SECRETARIO
A N E X O I
(MODELO DE PROPOSICIÓN)
D. . . . . . . . . . . . , con domicilio en . . . .
. . . . . . . . . . . . , calle . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . , nº . . . . , NIF nº . . . . . . . . (en el
caso de actuar en representación como apoderado de . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . , con domicilio en
. . . . . . . . . . . . . . , calle . . . . . . . . . . .
. . . . . , nº . . . . , CIF o NIF nº . . . . . . . . .
), teléfono . . . . , fax . . . . . . . . , enterado de la solicitud de proposiciones del Ayuntamiento xx Xxxxx así como de las condiciones y requisitos para concurrir al concurso mediante procedimiento abierto, tramitado para adjudicar el servicio para la realización de un espectáculo piromusical y espectáculos pirotécnicos en diversas Fiestas Populares durante el año 2005 en el municipio xx Xxxxx (MADRID), cree que se encuentra en situación de acudir como licitador de la misma.
A este efecto hace constar que conoce el Pliego de cláusulas administrativas particulares y el Pliego de prescripciones técnicas por los que se rige la convocatoria, que acepta incondicionalmente sus cláusulas, que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración, y se compromete en nombre . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. (propio o de la empresa que representa), a tomar a su cargo el mencionado contrato, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por el precio de . .
. . . . . . . . . € (EN LETRA Y NÚMERO), incluido I.V.A.,
que supone un tanto por ciento de rebaja del . . . . . .
(EN LETRA Y NÚMERO).
. . . . . . . , a . . de . . . . . de 200. . (FIRMA DEL PROPONENTE)
A N E X O I I
(MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE)
D. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . , mayor de
xxxx, con domicilio en . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . ., calle . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . , nº . . . . . . . . . y NIF nº
. . . . . . . . . . . . . . . , (En el caso de actuar en representación como apoderado de . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ,
con domicilio en ,
calle nº
. . . . . . . CIF o NIF )
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD
Que no se halla incurso (caso de actuar en representación: Que ni la empresa a la que representa, ni los administradores de la misma se hallan incursos) en ninguna de las circunstancias que determinan la prohibición para contratar con la Administración, a que se refiere el art. 20 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y el Real Decreto 390/96, de 18 xx Xxxx.
Y para que conste y surta los efectos oportunos ante el Ayuntamiento xx Xxxxx, expido y firmo la presente declaración en Pinto, (Madrid), a . . . . . . . . . . . .
de . . . . . . . . . . . de 2 . . . . . .
A N E X O I I I
(MODELO DE AVAL)
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca). . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . NIF . . . . . . . . . . con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en . . . . .
. . . . . . . . . . . . en la calle/plaza/avenida . . . .
. . . . . . . . . . C.P. . . . . y en su nombre (nombre y
apellidos de los apoderados). . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de este documento,
AVALA
a:(nombre y apellidos o razón social del avalado). . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . en
virtud de lo dispuesto por el art. 46 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas para responder de las obligaciones derivadas de la adjudicación del contrato de servicio para la realización de un espectáculo piromusical y espectáculos pirotécnicos en diversas Fiestas Populares durante el año 2005 en Pinto (MADRID), por importe de cantidad de remate de (en letra). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . € (en cifra). . . . . . . . . . . . . . . . .
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Caja del Ayuntamiento xx Xxxxx (MADRID) con sujeción a los términos previstos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y en sus normas de desarrollo.
. . . . . . . . . . . . . . . .(lugar y fecha)
. . . . . . . . . (razón social de la entidad)
. . . . . . . . . . .(firma de los Apoderados)
Verificación de la representación por la Asesoría jurídica de la CGD o Abogacía del Estado
Provincia: Fecha: Nº Código:
PLIEGO DE PRESCRIPCION ES TÉCN ICAS QUE HABRÁN DE REGIR EN EL CON CURSO M EDIAN TE PROCEDIM IEN TO ABIERTO, PARA ADJUDICAR EL SERVICIO DE ESPECTÁCULOS PIROM USICAL Y PIROTÉCN ICO A CELEBRAR DURAN TE EL AÑ O 2 0 0 5 EN LAS FIESTAS DEL M UN ICIPIO
1ª. - OBJETO DEL CONTRATO: El objeto del contrato será la realización de un espectáculo piromusical y espectáculos pirotécnicos a celebrar durante el año 2005 en las fiestas y fechas que a continuación se relacionan:
- Xxxxxxxx de Fuegos en las Fiestas xxx Xxxxx el 3 xx xxxx
- Xxxxxxxx de Fuegos en las Fiestas del Xxxxxx xx 00 xx xxxx
- Xxxxxxxx xx Xxxxxx en la Noche de San Xxxx el 23 xx xxxxx
- Espectáculo piromusical en las Fiestas Patronales el 14 xx xxxxxx
- Xxxxxxxx de Fuegos en las Fiestas Patronales el 15 xx xxxxxx
- Xxxxxxxx de Fuegos en la noche de Fin de año.
2ª. - TIPO DE LICITACIÓN: El presupuesto que servirá de base de licitación será de 100.940 € Iva incluido a la baja.
3ª. - CONDICIONES ESPECÍFICAS: El adjudicatario cumplimentará en cada acto las medidas y normas que este tipo de espectáculo requieren (como son los reflejados en el Anexo 1 “Condiciones para la manipulación de artificios pirotécnicos en espectáculos públicos de fuegos artificiales” que forma parte de este documento), dando constancia de ellos al Jefe de Policía Local xx Xxxxx.
El control de fuego y la hora de comienzo será siempre la que se determine por el Jefe de Policía Local xx Xxxxx.
El transporte, almacenaje y preparación de los fuegos será responsabilidad del adjudicatario, debiendo tener informado al Jefe de Policía Local xx Xxxxx de cuantas incidencias pudieran ocurrir.
4ª. - OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO: Las obligaciones del adjudicatario serán las siguientes:
a) Instalación y acondicionamiento de los espectáculos debiendo delimitar el espacio que garantice la seguridad en el desarrollo de los mismos.
b) Instalación de toda la infraestructura necesaria para la realización de los espectáculos.
c) Disponer de los permisos y licencias necesarias a los Organismos oficiales pertinentes.
d) Tramitación y gastos que conlleven las actuaciones.
e) En lo relativo a Seguros, se exigirá un seguro de Responsabilidad Civil con un mínimo de indemnización por siniestro de 1.800.000 € sin franquicia alguna.
5ª. - CRITERIOS BASE PARA LA ADJUDICACIÓN: Los criterios objetivos que servirán de base para la adjudicación del concurso serán los siguientes:
1. El proyecto artístico y musical del espectáculo piromusical, su originalidad y la inclusión de elementos diferenciadores, se valorará como máximo hasta 30 puntos.
2. Las unidades referenciadas y la potencia de la pirotecnia en el piromusical., se valorará como máximo hasta 20 puntos.
3. La cantidad y la calidad del sonido en el espectáculo piromusical, se valorará como máximo hasta 20 puntos.
4. La duración de los espectáculos, se valorará como máximo hasta 10 puntos.
5. Otras mejoras, se valorará como máximo hasta 10 puntos.
6. Oferta económica, se valorará como máximo hasta 10 puntos.
Pinto, a 3 xx xxxxx de 2005 SARGENTO DE LA POLICÍA LOCAL
ANEXO I
CON DICION ES PARA LA M AN IPULACIÓN DE ARTIFICIOS PIROTÉCN ICOS EN ESPECTÁCULOS PÚBLICOS DE FUEGOS ARTIFICIALES.
1.- DEFINICIO NES
a) Artificio pirotécnico: Cualquier objeto, ingenio o artefacto destinado a producir un efecto visible o audible por combustión, deflagración o detonación en un espectáculo público.
b) Zona de seguridad: Espacio comprendido entre el lugar desde donde se lanzan los artificios pirotécnicos y la línea que delimita la presencia del público espectador, cuya finalidad es la de proporcionar a éste un desarrollo razonablemente seguro del espectáculo.
c) Distancia de seguridad: Distancia existente entre el lugar desde donde se lanzan los artificios pirotécnicos y la línea perimetral de la zona de seguridad que delimita la presencia del público espectador.
d) Área de lanzamiento: Espacio situado dentro de la zona de seguridad, especialmente acotado y protegido, que incluye en su interior la zona de fuego.
e) Área de fuego: Espacio situado dentro del área de lanzamiento, exclusivamente destinado al montaje y al lanzamiento de los artificios pirotécnicos.
f) Entidad organizadora: Persona física o jurídica, pública o privada, que asume ante la Administración la celebración del espectáculo.
g) Pirotecnia encargada: Persona física o jurídica, que asume ante la administración autorizante del espectáculo y/ o la entidad organizadora las operaciones de montaje y la realización del lanzamiento, así como la responsabilidad de la adecuación legal de los artificios pirotécnicos a utilizar.
h) Disparado pirotécnico: Persona debidamente acreditada para el desembalaje, iluminación, montaje, manipulación y lanzamiento de los artificios pirotécnicos. No podrá realizarse ningún lanzamiento por personal que no esté acreditado como disparador pirotécnico.
i) Ángulo de lanzamiento: Aquel formato por la vertical y el eje longitudinal del mortero o dispositivo de lanzamiento.
2.- CONDICIONES GENERALES
- Todos los productos pirotécnicos que componen, en su conjunto, el espectáculo, se mantendrán envasados y embalados antes de su montaje para resguardarlos de la humedad ambiente.
- La iluminación para el desembalaje y montaje de los artificios será preferentemente la solar.
- Están prohibidos los sistemas de iluminación con llama desnuda.
- En las manipulaciones y montajes que se lleven a cabo durante la noche, se cuidará de que la intensidad de la luz, la sombra y el xxxxx inadecuado no dificulten las operaciones, con riesgo de producción o propagación de chispa.
- Los embalajes y envases de los artificios pirotécnicos serán abiertos con medios que imposibiliten la producción de chispas o roces que pudieran afectar a los artificios.
- Los artificios, mechas e iniciadores, antes del montaje estarán alejados de posibles focos susceptibles de provocar chispas, llamas o gases calientes.
- En la manipulación y montaje de los artificios, se evitarán los golpes entre sí, así como con los iniciadores que deberán protegerse xx xxxxx y choques entre ellos.
- La última manipulación que se realice antes del disparo, habrá de ser la del montaje de los dispositivos para la ignición.
- Si la mecha fuera unida directamente al artificio sin iniciador interpuesto, se sujetará mediante cordón de fibra textil, papel parafinado o similar.
- Las conexiones han de estar aisladas con cinta o conectadores, evitando en todo momento, el contacto fortuito de los conductores de disparo de los artificios con el suelo, tuberías metálicas, etc.
- Antes de iniciarse el espectáculo, la persona delegada por la entidad organizadora de la fiesta o espectáculo, vigilará y comprobará los accesos al lugar y la situación de los espectadores más cercanos, que como mínimo, estará a
30 metros de los artificios, así como el montaje, en su caso, de las defensas establecidas para seguridad.
- Para cada espectáculo se establecerá una zona de seguridad entre el área de fuegos y el espacio destinado a los espectadores, rodeada pro vallas, cuerdas, etc. Vigilada y acotada por la autoridad competente, determinada de manera que permita el acceso de los medios xx xxxxxxx y asistencia en caso de accidentes. Su anchura y perímetro se definirá en función de la cantidad de productos pirotécnicos a quemar, del tipo de artificios empleados y de las condiciones del lugar.
- La persona encargado revisara él montaje de todos y cada un o de los artificios.
- Los aparatos de conexión se hallarán siempre en posesión directa del personal responsable.
- Si existiera tormenta, la persona encargada rertasará el espectáculo.
- Si lloviera, se dispondrá, con la mayor rapidez, de material impermeable para cubrir los artefactos cuya envoltura exterior no sea impermeable.
- Durante la descarga de artificios y montaje de los mismos, y antes del disparo, estará prohibido fumar o producir chispas o llamas desnudas en el recinto.
- La prohibición de fumar, producir chispas o llamas desnudad no se levantará hasta tanto el profesional responsable, acompañado por persona designada por los organizadores, haya comprobado que no ha quedado sin disparar ningún artificio.
- Durante la descarga de artificios y montaje de los mismos, y antes del disparo, cualquier persona que penetre en el recinto deberá usar calzado que impida la producción de chispas e irá desprovista de cerlilas o encendedor.
- Nadie podrá penetrar en el recinto sin autorización del encargado del espectáculo.
- En caso de lanzamiento vertical el centro del área de seguridad lo determinará el lugar de la zona de fuego donde se instalen los artificios que requieran un mayor radio de seguridad.
- En el caso de un lanzamiento no vertical, el centro del área de seguridad lo determinará la proyección vertical del punto de explosión en el aire de los artificios.
- A efectos de su cálculo, se aplicarán las distancias establecidas en la escala.
- El ángulo de lanzamiento en ningún caso podrá superar los 30 grados respecto a la vertical.
- No podrán existir hospitales, clínicas, residencias de tercera edad, centros policiales, centros de emergencia, ni aquellos otros que sean susceptibles de accidentes que afecten a la seguridad de la población. Asimismo, se el espectáculo se desarrollase durante horas de actividad escolar, no podrán existir centros educativos.
3.- SUSPENSIÓN DE ESPECTÁCULOS
a) Cuando no se haya instado ante la administración competente la concesión de la autorización preceptiva.
b) Cuando no esté suficientemente garantizada la protección de la zona de seguridad.
c) Cuando las condiciones establecidas en la autorización del espectáculo no se cumplan, de forma que afecte gravemente a la seguridad de las personas.
d) Cuando las vías de evacuación para casos de emergencia no estén suficientemente expeditas.
e) Cuando se produzca acceso del público a la zona de seguridad o al área de lanzamiento.
f) Cuando no esté presente el disparador designado para efectuar el lanzamiento.
g) Cuando se produzcan o se prevea, puedan producirse graves desórdenes con peligro para las personas o los bienes.
h) Cuando se den otras circunstancias que impliquen peligro cierto para las personas o los bienes.
i) Si al llegar la hora de inicio del lanzamiento existieran condiciones meteorológicas tales que creasen un riesgo para las personas o los bienes, el responsable designado por la entidad organizadora suspenderá temporalmente el espectáculo hasta que cesen dichas condiciones.
Durante el desarrollo del espectáculo, el disparador pirotécnico podrá interrumpir el espectáculo por razones meteorológicas o técnicas, comunicando al responsable de la entidad organizadora los motivos de la interrupción.
En caso de que persistieran las situaciones señaladas, se procederá a suspender definitivamente el espectáculo.
4.- ACTUACIONES POSTERIORES AL ESPECTÁCULO
1. Corresponderá a la empresa pirotécnica la recogida de todo el material pirotécnico susceptible de arder, deflagrar o detonar existente en el área de fuego y en el área de lanzamiento.
2. Asimismo, corresponderá a la entidad organizadora la recogida de los restos del material pirotécnico, ya sean quemados o no, en la zona de seguridad.
3. La recogida del material se realizará d la siguiente manera:
a) En el área de fuego y en el área de lanzamiento, inmediatamente después de concluir el espectáculo.
b) En la zona de seguridad:
- En los espacios urbanos de la zona de seguridad y en los que hubiera iluminación suficiente, inmediatamente después de concluir el espectáculo.
- Si el espectáculo fuese nocturno y no resultara posible proceder a la recogida completa del material, ésta se realizará con la primera luz natural.
- En todo caso, y hasta tanto no se encuentre la zona de seguridad
completamente limpia de restos, se impedirá el paso de público manteniéndose la vigilancia suficiente a efectos de evitar daños o lesiones.