INVITACIÓN PÚBLICA CONTRATACIÓN DE MÍNIMA CUANTÍA IP-MEN-09-2019
INVITACIÓN PÚBLICA CONTRATACIÓN DE MÍNIMA CUANTÍA IP-MEN-09-2019
El Ministerio de Educación Nacional (en adelante EL MINISTERIO), en aplicación del artículo 94 de la Ley 1474 de 2011 y el artículo 2.2.1.2.1.5.1 del Decreto 1082 de 2015, invita a los interesados a presentar propuesta para: “ADQUISICIÓN DE DOTACIONES PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS – GRUPO HOMBRES Y GRUPO MUJERES, CORRESPONDIENTES AL AÑO 2019, EN XXXXXXXXXXXX XX XX XXX 00 XX 0000 X XX XXXXXXX 1978 DE 1989.”
Por lo anterior, ponemos a disposición los requerimientos y aspectos técnicos con el fin de que manifiesten su aceptación a los mismos y presenten la propuesta respectiva, para lo cual se deberá tener en cuenta lo siguiente:
JUSTIFICACIÓN:
El artículo 1º de la ley 70 de 1988 establece que:
“Los empleados del sector oficial que trabajan al servicio de los ministerios. Departamentos administrativos, superintendencias, establecimientos públicos, unidades administrativas especiales, empresas industriales o comerciales de tipo oficial y sociedades de economía mixta, tendrán derecho a que la entidad con que laboran les suministre cada cuatro (4) meses, en forma gratuita, un par de zapatos y un (1) vestido de labor, siempre que su remuneración mensual sea inferior a dos (2) veces el salario mínimo legal vigente. Esta prestación se reconocerá al empleado oficial que haya cumplido más de tres
(3) meses al servicio de la entidad empleadora”
En igual sentido, el artículo 2º del Decreto 1978 de 1989 establece que “El suministro a que se refiere el artículo anterior deberá hacerse los días 30 xx xxxxx, 30 xx xxxxxx y 30 de diciembre de cada año. La entrega de esta dotación para el trabajo no constituye salario ni se computará como factor del mismo en ningún caso”. De otra parte, el artículo 6º dispone que: “Las entidades a que se refiere la Ley 70 de 1988 y este Decreto, definirán el tipo xx xxxxxxx y vestido de labor correspondientes, teniendo en cuenta los siguientes aspectos:
a) Naturaleza y tipo de actividad que desarrolla la entidad.
b) Naturaleza y tipo de función que desempeña el trabajador.
c) Clima, medio ambiente, instrumentos, materiales y demás circunstancias y factores vinculados directamente con la labor desarrollada.
Teniendo en consideración la normatividad transcrita se identificó a través de las bases de datos de la Subdirección xx Xxxxxxx Humano que, para la vigencia 2019, existen veintinueve servidores vinculados a la planta de personal del Ministerio de Educación, que cumplen con los requisitos señalados y que, por tanto, ostentan el derecho a la dotación de que trata la normatividad en cita, cifra que corresponde a once (11) mujeres y dieciocho (18) hombres.
La dotación se efectuará entregando un bono correspondiente a zapatos y un bono correspondiente a vestido por cada servidor, en tres entregas a efectuarse durante la vigencia 2019, cuyas características se determinarán teniendo en consideración que los servidores realizan labores administrativas y de conducción en un clima frio. Así las cosas, se requiere en total la entrega de ciento setenta y cuatro (174) kits de vestuario y calzado para ser suministrados a los servidores que ostentan el derecho.
Que por las características de la necesidad a contratar y atendiendo las previsiones del Decreto 1082 de 2015, la Entidad Estatal en la etapa de planeación del Proceso de Contratación está obligada a
verificar si existe un Acuerdo Marco de Precios vigente con el cual pueda satisfacer la necesidad identificada. Así las cosas, consultada le página web xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx-xxxxxxx- del-estado-colombiano/acuerdos-marco, se pudo constatar que la Agencia Nacional de Contratación Pública cuenta con el Acuerdo Marco de Precios CCE456-1-AMP-2016 vigente desde el e Diciembre 5, 2016 hasta Diciembre 5, 2019, para la compra de dotación de vestuario.
En dicho contexto, mediante Decreto 4170 de 2011, el Gobierno Nacional creó la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente, cuyo objetivo es "desarrollar e impulsar políticas públicas y herramientas, orientadas a la organización y articulación. de los partícipes en los procesos de compras y contratación pública con el fin de lograr una mayor eficiencia, transparencia y optimización de los recursos del Estado", y como una de sus funciones, la de “Diseñar, organizar y celebrar los acuerdos marco de precios y demás mecanismos de agregación de demanda de que trata el artículo 2. de la Ley 1150 de 2007, de acuerdo con los procedimientos que se establezcan para el efecto.”
Conforme a lo Xxxxxxx, el artículo 2.21.21.2.7, del Decreto 1082 de 2015 señala que: "Las Entidades Estatales de la rama ejecutiva del poder público del orden nacional, obligadas a aplicar la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007, o las normas que las modifiquen, aclaren, adicionen o sustituyan, están obligadas a adquirir los Bienes y Servicios de Características Técnicas Uniformes a través de los Acuerdos Marco de Precios Vigentes.”
Sin embargo, y de acuerdo con Auto de fecha 29 xx xxxxx de 2017, del Honorable Consejo de Estado, sección tercera, Subsección “A”, se ordenó la suspensión de manera provisional del acápite Vll del Manual para la Operación Secundaria de los Acuerdos Marco de Precios, en el sentido que, si existe un acuerdo marco y la entidad requiere adelantar un proceso de contratación dentro del rango de Mínima Cuantía, se debe adelantar este último.
La presente contratación se encuentra incluida en el Plan de Adquisiciones de la Entidad para la vigencia fiscal 2019 de conformidad con EP-2019-0878.
Por lo anterior, se considera procedente su contratación.
1. OBJETO:
ADQUISICIÓN DE DOTACIONES PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS – GRUPO HOMBRES Y GRUPO MUJERES, CORRESPONDIENTES AL AÑO 2019, EN CUMPLIMIENTO DE LA LEY 70 DE 1988 Y EL DECRETO 1978 DE 1989.
2. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO:
Adquisición de ciento setenta y cuatro (174) bonos de dotación de vestuario y calzado, correspondientes a Cincuenta y Siete (57) bonos Kit Dotación Clima Xxxx Xxxxxxxxx, Cincuenta y siete (57) bonos Calzado caballero diseño clásico y de moda, Treinta (30) bonos Kit Dotación Clima Frío Dama, Treinta (30) bonos Calzado dama diseño clásico y de moda, para ser entregados a los servidores que ostentan el derecho conforme a lo señalado en el Decreto 1978 de 1989, teniendo en cuenta las siguientes características y empleos a los que se les debe otorgar:
Nombre cargo actual | Denominación | Denominación nivel | Descrip. del cargo | Sueldo básico |
747 | SUB. XX XXXXXXX HUMANO | Asistencial | AUXILIAR ADMINISTRATIVO | 1547633 |
748 | SUB. FINANCIERA | Asistencial | AUXILIAR ADMINISTRATIVO | 1547633 |
749 | SUB. XX XXXXXXX HUMANO | Asistencial | AUXILIAR ADMINISTRATIVO | 1451106 |
750 | SUB. XX XXXXXXX HUMANO | Asistencial | AUXILIAR ADMINISTRATIVO | 1451106 |
751 | SUB. FINANCIERA | Asistencial | AUXILIAR ADMINISTRATIVO | 1451106 |
752 | SECRETARIA GENERAL | Asistencial | AUXILIAR ADMINISTRATIVO | 1451106 |
753 | DIRECCION DE COBERTURA Y EQUIDAD | Asistencial | AUXILIAR ADMINISTRATIVO | 1451106 |
754 | SUB. DE CONTRATACION | Asistencial | AUXILIAR ADMINISTRATIVO | 1451106 |
755 | SECRETARIA GENERAL | Asistencial | AUXILIAR ADMINISTRATIVO | 1451106 |
758 | SECRETARIA GENERAL | Asistencial | AUXILIAR ADMINISTRATIVO | 1334067 |
759 | SECRETARIA GENERAL | Asistencial | AUXILIAR ADMINISTRATIVO | 1334067 |
773 | SUB. DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Asistencial | AUXILIAR DE SERVICIOS GEN | 1227623 |
464 | DESPACHO DEL MINISTRO | Asistencial | CONDUCTOR MECÁNICO | 1626935 |
465 | DESPACHO DEL MINISTRO | Asistencial | CONDUCTOR MECÁNICO | 1626935 |
761 | SUB. DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Asistencial | CONDUCTOR MECÁNICO | 1547633 |
762 | SUB. DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Asistencial | CONDUCTOR MECÁNICO | 1547633 |
763 | SUB. DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Asistencial | CONDUCTOR MECÁNICO | 1547633 |
764 | SUB. DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Asistencial | CONDUCTOR MECÁNICO | 1547633 |
765 | SUB. DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Asistencial | CONDUCTOR MECÁNICO | 1451106 |
766 | SUB. DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Asistencial | CONDUCTOR MECÁNICO | 1451106 |
767 | SUB. DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Asistencial | CONDUCTOR MECÁNICO | 1451106 |
768 | SUB. DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Asistencial | CONDUCTOR MECÁNICO | 1377192 |
769 | SUB. DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Asistencial | CONDUCTOR MECÁNICO | 1377192 |
770 | SUB. DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Asistencial | CONDUCTOR MECÁNICO | 1377192 |
771 | SUB. DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Asistencial | CONDUCTOR MECÁNICO | 1377192 |
772 | SUB. DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA | Asistencial | CONDUCTOR MECÁNICO | 1377192 |
732 | SUB. XX XXXXXXX HUMANO | Asistencial | SECRETARIO EJECUTIVO | 1586023 |
1156 | SUB. DE CONTRATACION | Asistencial | SECRETARIO EJECUTIVO | 1515625 |
692 | XXX.XX INSPECCIÓN Y VIGILANCIA | Técnico | TÉCNICO ADMINISTRATIVO | 1377192 |
Kit / Calzado | Descripción | Numero de kit/Unidad |
Kit Clásico Clima Frío Xxxx | Xxxxxx de dos (2) piezas (chaqueta, falda y/o pantalón) Blusa formal manga larga | 30 |
Kit Clásico Clima Frío Caballero | Vestido formal de dos (2) piezas (saco y pantalón) xxxx xxxx | 00 |
Kit / Calzado | Descripción | Numero de kit/Unidad |
Camisa formal - Corbata | ||
Calzado Caballero | Diseño Clásico y de Moda | 57 |
Calzado Dama | Diseño Clásico y de Moda | 30 |
3. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA SELECCIÓN
Atendiendo al objeto y a la cuantía del proceso, la cual no supera el 10% de la menor cuantía de la entidad para contratar, se empleará la Modalidad de Contratación de Mínima Cuantía, conforme a lo estipulado en el artículo 94 de la Ley 1474 de 2011, en concordancia con el artículo 2.2.1.2.1.5.1 y subsiguientes del Decreto 1082 de 2015.
4. PUBLICIDAD DE LA INVITACIÓN PÚBLICA
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082 de 2015, la presente Invitación Pública se publicará en la página del SECOP II
xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx a partir de la fecha indicada en el cronograma del proceso.
5. ASPECTOS TÉCNICOS Y OBLIGACIONES:
El proponente deberá estar en capacidad de cumplir con las condiciones técnicas y obligaciones en caso de ser seleccionado:
5.1 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
1. Entregar al supervisor del Contrato en la Subdirección xx Xxxxxxx Humano de EL MINISTERIO, ciento setenta (174) bonos de dotación los cuales deben cumplir las especificaciones contempladas en el anexo técnico
2. Garantizar que las prendas a entregar sean de óptima calidad.
3. Ofrecer garantía de los productos en términos de calidad, para tal fin deberá implementar un mecanismo de recepción y control de las quejas y reclamos y los tiempos de respuesta con el respectivo supervisor de contrato, el cual en todo caso no podrá ser superior a diez (10) días hábiles.
4. Garantizar la vigencia de los bonos mínimo durante dos meses contados a partir de la entrega de los mismos al supervisor.
5. Suministrar a los beneficiarios el listado completo con la información de los establecimientos comerciales.
6. Suministrar a los beneficiarios únicamente vestido y calzado de las características contratadas.
7. Presentar oportunamente la factura para pago.
8. Verificar y garantizar que el bono solo sea redimido por el titular, para lo cual deberá solicitar documento de identificación.
9. Garantizar que el bono sea redimido solo para los elementos que componen los kits de dotación descritos en el anexo técnico, absteniéndose de entregar elementos diferentes a los contratados.
10. Garantizar que en el evento de modificación de planta de personal se ajustará el bono por cambio del servidor público, sea dotación hombre o mujer, sin costo adicional.
11. Mantener de forma clara y precisa en base de datos u otro medio, la información de cada elemento que le sea entregado a los servidores públicos, y en un informe final relacionar por cada entrega, los kits y calzado entregado.
12. Abstenerse de ofrecer dadivas, descuentos o cualquier tipo de beneficios ni al supervisor del contrato ni a ningún otro funcionario del Ministerio que no sea beneficiario directo del objeto contractual.
GENERALES
1. Acatar la Constitución Política, la Ley, los principios de la contratación estatal y las demás normas concordantes y complementarias.
2. Asumir la responsabilidad de todas las actividades relativas a la ejecución de las obligaciones establecidas en este contrato.
3. Participar en las reuniones que sean convocadas por la supervisión, relacionadas con la ejecución del contrato.
4. Disponer de los medios necesarios para el mantenimiento, cuidado y custodia de la información objeto del presente contrato.
5. Entregar a EL MINISTERIO, periódicamente y al finalizar el contrato, o cuando el supervisor o interventor lo solicite, todos los documentos y archivos (físicos y electrónicos) a su cargo y que se produzcan en ejecución de sus obligaciones, debidamente inventariados conforme a las normas y procedimientos que establezca el Archivo General de la Nación, que se encontrarán en el instructivo adjunto que hace parte integral del contrato.
6. Colaborar en el suministro y respuesta de la información correspondiente a los requerimientos efectuados por los organismos de control del Estado Colombiano o cualquier otra autoridad, en relación con la ejecución, desarrollo o implementación del contrato y de asuntos relacionados con el mismo.
7. Solicitar autorización escrita de EL MINISTERIO para utilizar el nombre, emblema o sello oficial con fines publicitarios o ajenos a los establecidos en los lineamientos de EL MINISTERIO.
8. Cumplir con las normas reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo de EL MINISTERIO, según la normatividad vigente.
9. EL CONTRATISTA se obliga a no subcontratar las actividades propias del objeto contractual, salvo, que dentro del desarrollo de la propuesta se haya previsto disponer de recurso humano, para lo cual deberá tener en cuenta que no podrá vincular menores de edad, dando aplicación a la Resolución No. 1677 de 2006 del Ministerio de Protección Social y los Pactos, Convenios y Convenciones Internacionales ratificados por Colombia, sobre los derechos de los niños.
OBLIGACIONES DEL MINISTERIO
1. Xxxxxxx a EL CONTRATISTA la información y el cronograma, requeridos para la ejecución del contrato, siempre y cuando la misma se encuentre a su alcance y no sea obligación de EL CONTRATISTA suministrarla u obtenerla.
2. Designar al supervisor del contrato.
3. Realizar seguimiento al desarrollo de las actividades planteadas en el presente contrato, de acuerdo con lo descrito en el Anexo Técnico, para realizar oportunamente los ajustes necesarios en la programación y cobertura de las actividades.
4. Convocar a los participantes en las actividades para su asistencia y velar por el cumplimiento de la actividad.
5. Realizar los pagos a EL CONTRATISTA de acuerdo a lo establecido en el contrato y previo cumplimiento de los requisitos legales.
6. Presentar a través del supervisor los requerimientos necesarios para el cumplimiento del contrato. Gestionar juntamente con EL CONTRATISTA el proceso de liquidación del contrato. Coordinar lo necesario para el desarrollo adecuado de las actividades con los servidores de la Entidad.
6. PLAZO, DOMICILIO CONTRACTUAL Y LUGAR DE EJECUCIÓN:
El PLAZO de ejecución del contrato será desde la suscripción del acta de inicio hasta el 31 de diciembre de 2019, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución.
Domicilio contractual: Ciudad de Bogotá D.C.
Lugar de ejecución: Ciudad de Bogotá D.C.
7. PRESUPUESTO OFICIAL DE LA CONTRATACIÓN Y DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL
El valor del presente contrato ascenderá a la suma de VEINTICINCO MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS M/CTE ($ 25.894.266,00) IVA
incluido.
DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL
Identificación centro de costos | Valor por centro de costos |
A-02-02-01-002 Producto alimenticios, bebidas y tabacos, textiles, prendas de vestir y productos de cuero | $ 22.264.995 (CDP 127919) |
Recurso 16 sin situación de fondos | |
A-02-02-01-002 Producto alimenticios, bebidas y tabacos, textiles, prendas de vestir y productos de cuero | $ 8.000.000 de los cuales están previstos por ejecutar $ 3.629.271 para el presente contrato (CDP 135219) |
8. FORMA DE PAGO
El valor del contrato se cancelará en tres pagos, contra entrega y recibo a satisfacción por parte del supervisor del contrato, de la totalidad de los BONOS DE DOTACIÓN solicitado para cada entrega, objeto del contrato previa certificación de cumplimiento por parte del supervisor del contrato.
Para el pago se requiere, además de lo señalado anteriormente, la presentación de la factura correspondiente, la certificación de cumplimiento a satisfacción expedida por el supervisor del contrato, la constancia o certificación de pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral en Salud y Pensiones, ARL y de aportes parafiscales (SENA, ICBF y Caia de Compensación Familiar) o certificación respectiva expedida por el Revisor Fisca según sea el caso, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007..
9. CRONOGRAMA DEL PROCESO
A continuación se presenta un cronograma en el cual se resumen los hitos de mayor importancia de este proceso:
ACTIVIDAD | FECHA Y HORA | LUGAR |
Publicación invitación pública | 18 de julio de 2019 | Página del SECOP II xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx |
Plazo máximo para observar | 00 xx xxxxx 0000 hasta las 5:00 p.m. | Página del SECOP II xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx |
Plazo máximo para responder las observaciones | 22 de julio de 2019 | Página del SECOP II xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx |
Plazo máximo para Adendas | 22 de julio de 2019 | Página del SECOP II xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx |
Presentación de propuestas (cierre) | 23 de julio de 2019, hasta las 10:00 A.M | Página del SECOP II xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx |
Verificación requisitos Evaluación de la ofertas | 23 de julio de 2019 | Página del SECOP II xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx |
Publicación informe de verificación de requisitos habilitantes | 24 de julio de 2019 | Página del SECOP II xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx |
Traslado del informe de evaluación, presentación de observaciones y periodo para subsanar | 25 de julio de 2019, hasta las 5:00 PM | Página del SECOP II xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx |
i. Publicación respuesta a observaciones y aceptación de la oferta o; ii. Declaratoria de desierta | Hasta el 26 de julio de 2019 | Página del SECOP II xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx |
NOTA: En caso de requerirse nuevas fechas dentro del cronograma por el no cumplimiento de los requisitos por parte de los proponentes, se harán las modificaciones mediante adenda.
10. CAUSALES DE RECHAZO TOTAL DE LAS PROPUESTAS
En la verificación de requisitos se tendrán en cuenta las siguientes causales de rechazo:
a) Cuando el proponente no cumpla los requisitos de habilitación oportunamente, una vez EL MINISTERIO haya solicitado subsanarlos cuando a ello hubiere lugar, o desatienda los aspectos sustanciales del requerimiento.
b) Cuando la oferta no contenga la propuesta económica.
c) Cuando el valor de la propuesta económica presentada o el valor de alguno de los ítem que la componen, supere el presupuesto oficial respectivo, establecido en los estudios previos.
d) Cuando el proponente se encuentre incurso en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en la Ley.
e) Cuando le sobrevengan al proponente o uno de los miembros del consorcio o de la unión temporal, circunstancias que impidan legalmente adjudicarle el contrato.
f) Cuando existan o se compruebe que varias propuestas son elaboradas por el mismo proponente o uno de los miembros del consorcio o de la unión temporal bajo el mismo nombre o nombres diferentes.
g) Cuando un proponente o alguno de los miembros del consorcio o de la unión temporal tenga intereses patrimoniales en otra persona jurídica que concurse, es decir, cuando se trate de propuestas que correspondan a sociedades que tengan socios comunes, excepto cuando se trate de sociedades anónimas abiertas.
h) Cuando el proponente induzca a error a la administración. Así mismo cuando se presenten inconsistencias o inconformidades entre la información o documentación allegada por el proponente y lo verificado por EL MINISTERIO, sin perjuicio del aviso a las autoridades competentes o las acciones legales que puedan iniciarse por este hecho.
i) Cuando se determine con la información al alcance que el valor de la oferta de menor precio resulta artificialmente baja, previo el agotamiento del procedimiento establecido.
j) Las demás previstas en los términos de la invitación y la Ley.
11. CAUSALES PARA DECLARAR DESIERTO EL PROCESO DE SELECCIÓN
El proceso de selección podrá declararse desierto en los siguientes casos:
1. Cuando ninguna de las propuestas cumpla con los requerimientos de la Invitación Pública.
2. Cuando no se presente ninguna propuesta.
3. Cuando se presenten motivos que impidan la escogencia objetiva.
En todos los casos la declaratoria de desierto deberá hacerse mediante resolución motivada.
12. VIGENCIA Y FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
La propuesta deberá ser presentada antes de la hora y fecha señaladas en el cronograma del proceso en la pagina del SECOP II xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx.
La propuesta técnica, económica, los requisitos habilitantes y documentos que se deben anexar de acuerdo con la presente invitación, esto es adjuntando en medio magnetico la documentación completa en la pagina del SECOP II xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx.
Los documentos deberan ser cargados por parte del proponente en la pagina del SECOP II
xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx.
Cualquier enmendadura o tachadura deberá ser refrendada por el representante del proponente. Las hojas de la propuesta deberán estar foliadas, en orden consecutivo ascendente.
13. REQUISITOS MÍNIMOS HABILITANTES
De conformidad con lo establecido en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, la Ley 1474 de 2011 y el Decreto 1082 de 2015, podrán participar en el presente proceso de selección las personas naturales o jurídicas, individualmente o asociadas en consorcio o unión temporal, nacionales o extranjeras, que no estén incursas en prohibiciones, inhabilidades o incompatibilidades para contratar, señaladas por la constitución y la Ley, que dentro de su actividad comercial u objeto social cuente con capacidad estatutaria para presentar oferta y para desarrollar la actividad a contratar, y que presenten la propuesta de acuerdo con las condiciones sustanciales establecidas.
FACTORES DE SELECCIÓN:
De acuerdo a lo establecido en el artículo 2.2.1.2.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015, la entidad establecerá en la invitación los requisitos mínimos habilitantes que serán verificados únicamente al oferente con el precio más bajo total en su oferta, siempre que se encuentren en condiciones xx xxxxxxx y satisfaga las necesidades de la entidad. En caso de existir dos o más ofertas con empate a menor precio, se verificarán los requisitos mínimos habilitantes según el orden de entrega de las mismas.
Una vez se establezca cuál es la propuesta con el precio más bajo, se procederá a verificar el cumplimiento de los requisitos habilitantes jurídicos y técnicos establecidos en la invitación. En caso de que este no cumpla con los mismos, procederá la verificación del proponente ubicado en segundo lugar y así sucesivamente. De no lograrse la habilitación, se declarará desierto el proceso.
N° | FACTORES DE VERIFICACIÓN | |
1. | CAPACIDAD JURÍDICA | Cumple/No cumple |
2. | CAPACIDAD TÉCNICA | Cumple/No cumple |
El factor de selección es el menor precio de la oferta habilitada, siempre que cumpla con los requisitos técnicos de conformidad con lo establecido en el artículo 94 literal A de la Ley 1474 de 2011.
Serán requisitos habilitantes:
• La capacidad jurídica del proponente para realizar el objeto a contratar.
• La experiencia mínima del proponente relacionada con el objeto a contratar.
• La verificación de las condiciones técnicas mínimas exigidas.
• No se verificará la capacidad financiera del proponente.
• Tampoco se verificará la clasificación y calificación en el RUP según lo normado por el artículo 6° de la Ley 1150 de 2007
Se realizará la verificación de los requisitos habilitantes exclusivamente a la propuesta con el precio más bajo. En caso de que este no cumpla con los mismos, procederá la verificación de la propuesta ubicada en segundo lugar en cuanto a orden descendente del precio y así sucesivamente.
13.1 CAPACIDAD JURIDICA
En el presente Proceso de Contratación pueden participar personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras; consorcios, uniones temporales, cuyo objeto social esté relacionado con el objeto del contrato a celebrarse.
La duración de las personas jurídicas, asociaciones en consorcio o unión temporal debe ser por lo menos por el plazo del contrato y tres (3) años.
El Ministerio de Educación Nacional revisará que los proponentes no se encuentren incursos en causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflictos de interés para celebrar o ejecutar el contrato. Para ello, revisará el boletín de responsables fiscales, el certificado de antecedentes disciplinarios, el certificado de antecedentes judiciales
El análisis de los documentos solicitados no da derecho a asignación de puntaje, pero conducirá a determinar si el proponente CUMPLE o NO CUMPLE con las condiciones para participar. Se estudiarán y analizarán los requisitos esenciales de orden legal, verificando su estricto cumplimiento. Para el efecto se verificarán los siguientes documentos:
a) Carta de Presentación de la Propuesta:
El Proponente aportará una carta de presentación de la propuesta debidamente firmada y escaneada, en la cual se destaque la identificación clara del sujeto jurídico que hace la oferta, el cual debe corresponder al usuario del proponente; el ofrecimiento incondicional de celebrar el contrato propuesto; y la manifestación y el compromiso de acoger y respetar las reglas del proceso de selección. Esta deberá estar suscrita por el interesado que será la persona natural o el representante legal para personas jurídicas, del consorcio o unión temporal, o por el apoderado debidamente constituido, evento en el cual se debe anexar el original del poder donde se especifique que se otorga para presentar la carta de presentación y la oferta.
Para facilitar este trámite el pliego de condiciones dispondrá del anexo para tal fin. El contenido de dicho documento podrá ser variado a criterio de los proponentes, siempre y cuando conserve sus elementos esenciales. El proponente NO podrá señalar condiciones diferentes a las establecidas en el pliego de condiciones.
El proponente persona natural, jurídica o proponente plural deberá conocer y se responsabiliza por su capacitación en el manejo de la plataforma de SECOP II, y conocimiento de la presentación de la propuesta de conformidad con las capacitaciones que brinda Colombia Compra Eficiente y de las Guías expedidas por dicha entidad.
b) Certificado de Existencia y Representación Legal y/o Documento Legal Idóneo:
El proponente (Persona Jurídica) deberá presentar el certificado de existencia y representación legal, expedido por la Cámara de Comercio del domicilio principal o por la autoridad competente que certifique de acuerdo con la naturaleza del proponente; expedido dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha fijada para el cierre del proceso, donde conste que de acuerdo con su objeto social se contempla la realización de las actividades objeto del contrato, y que cuenta con la capacidad jurídica para celebrar y ejecutar contratos.
Además, deberá indicar la duración de la sociedad, la cual no podrá ser inferior a la vigencia del contrato y tres (3) años más.
En caso de consorcio o unión temporal (personas jurídicas), cada uno de los integrantes deberá presentar este certificado con los requerimientos establecidos anteriormente.
Si se trata de un proponente persona natural singular y los miembros del proponente Plural (personas naturales), deberán anexar copia de la cédula de ciudadanía o Certificado de Matricula Mercantil del establecimiento de comercio, según el caso.
En caso de personas naturales que no estén obligadas a inscribirse en el registro mercantil, como es el caso de las profesiones liberales, no deberán acreditar tal requisito.
Si la oferta se presenta a nombre de una Sucursal se deberá anexar los Certificados tanto de la Sucursal como de la Casa Principal.
Si el proponente es persona jurídica que legalmente no está obligada a registrarse en la Cámara de Comercio, deberá allegar el documento legal idóneo que acredite su existencia y representación o reconocimiento de personería jurídica, con fecha de expedición no mayor a (30) días calendario al cierre del proceso contractual.
En caso de personas extranjeras no inscritas en el registro mercantil o en el registro único de proponentes por no tener domicilio o sucursal en el país, deberán aportar los documentos que acrediten la existencia y representación legal de la sociedad extranjera en el país de origen. Así mismo, su decisión de establecer negocios en Colombia deberá cumplir con los requisitos señalados en el artículo 472 del Código de Comercio.
Cuando el proponente fuere una persona jurídica sin ánimo de lucro domiciliada en Bogotá, D.C., el Ministerio verificará en la plataforma de Sistemas de Información Personas Jurídicas secretaría jurídica de Bogotá, si la PJ se encuentra activa, en caso de que no esté allí registrada deberá aportar el Certificado de inspección, vigilancia y control, con vigencia no mayor a 30 días calendario al cierre del proceso, expedido por la Subdirección Distrital de Inspección, Vigilancia y Control de Personas Jurídicas, sin ánimo de lucro - Superpersonas Jurídicas y/o la Entidad que ejerza el control y vigilancia, en el cual conste que la sociedad puede ejercer su objeto social, cumple con los requisitos exigidos y no tiene sanciones o límites a su ejercicio social. Así mismo, su objeto social debe corresponder al objeto del presente proceso de selección o actividades afines.
c) Autorización para Contratar:
En caso de existir limitaciones en las facultades del representante legal señaladas en los estatutos, el Proponente deberá anexar copia del Acta de Junta de Socios o Junta Directiva, u órgano competente, según el caso, donde se le autorice para comprometer a la sociedad en la contratación y suscribir los documentos que se requieran en su desarrollo y para constituir el consorcio o la unión temporal, si a ello hubiere lugar.
d) Fotocopia del documento de identificación:
Presentar Fotocopia del documento de identidad del representante legal y/o del apoderado.
e) Poder cuando la propuesta se presente por intermedio de un apoderado:
Cuando el oferente actúe a través de un representante o apoderado deberá acreditar, mediante documento legalmente expedido, que su representante o apoderado está expresamente facultado para presentar la oferta y firmar el contrato respectivo.
f) Apoderado para oferentes extranjeros:
Los oferentes extranjeros sin sucursal o domicilio en Colombia deberán presentar sus propuestas a través de apoderado facultado para tal fin, con arreglo a las disposiciones legales que rigen la materia.
La persona natural o jurídica de origen extranjero, que no sea residente en Colombia, podrá presentar
propuesta, previo cumplimiento de los requisitos generales establecidos para tal fin, aplicables a los oferentes nacionales con las excepciones del caso y especialmente cumpliendo los siguientes requisitos:
• Cuando se trate de personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o de personas jurídicas privadas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberán acreditar la constitución de un apoderado (Poder Especial), domiciliado y residente en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta y celebrar el contrato, así como para representarla administrativa, judicial o extrajudicialmente.
• Deberá adjuntar el certificado de existencia y representación legal o el documento equivalente del país en que se haya constituido legalmente. Si el mismo se encuentra en idioma distinto al castellano, debe presentarse en su lengua original junto con la traducción al castellano. En el evento en que el oferente extranjero ostente limitación en su capacidad de contratación o de oferta, deberá adjuntar el documento mediante el cual se remueva dicha limitación. En lo no previsto aquí expresamente, se aplicará el régimen dispuesto para los nacionales colombianos y que le sea aplicable a los extranjeros.
• El oferente extranjero deberá relacionar y certificar la experiencia exigida en este proceso. En el evento en que dicha experiencia se haya obtenido en país distinto a Colombia, para efectos de certificarla deberá adjuntar la certificación respectiva que deberá cumplir con los requisitos establecidos en este documento. Adicionalmente, si la certificación se encuentra en idioma distinto al castellano, deberá adjuntarse además del documento en idioma extranjero, la traducción correspondiente.
En el evento de resultar favorecido con la adjudicación un proponente extranjero sin domicilio ni sucursal en Colombia, para efectos de poder ejecutar el contrato deberá previamente constituir una sucursal en Colombia en los términos del Código de Comercio, de acuerdo con lo señalado en los artículos 471 y 474 del citado Código.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 874 del Código de Comercio, en concordancia con el Artículo 28 de la Ley 9 de 1991, el artículo 3 del Decreto 1735 de 1993 y la Resolución No. 8 de 2000, modificada por la Resolución 6 de 2006, emanada del Banco de la República, el valor en pesos colombianos del contrato o contratos celebrados en moneda distinta será el de la fecha de su suscripción o firma, de acuerdo con la tasa de cambio oficial que indique el Banco de la República.
g) Documento de Conformación del Consorcio o Unión Temporal, si es la condición del oferente:
Los proponentes que se presenten bajo una de estas modalidades deberán presentar el documento que acredite la conformación del Consorcio o Unión Temporal con el lleno de los requisitos exigidos por el parágrafo 1º del artículo 7º de la Ley 80 de 1993.
En el documento de constitución deberá constar la siguiente información:
• Los proponentes indicarán si su participación es a título de Consorcio o Unión Temporal.
• En caso de unión temporal deberán señalar los términos y porcentaje de su participación en la propuesta y en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de EL MINISTERIO.
• Designar la persona que para todos los efectos representará el Consorcio o a la Unión Temporal y señalarán las reglas básicas que regulen las relaciones entre ellos y su responsabilidad.
• Indicar el término de duración del Consorcio o Unión temporal, el cual no podrá ser inferior al plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más.
Nota 1: Para la presentación de los documentos que se enuncian como requisitos habilitantes jurídicos, cada uno de los integrantes del Consorcio o de la Unión Temporal deberá acompañarlos y/o acreditarlos
en forma individual, sin perjuicio del documento de constitución del Consorcio o Unión Temporal.
En los casos en que se conformen sociedades bajo cualquiera de las modalidades previstas en la ley con el único objeto de presentar una propuesta, celebrar y ejecutar un contrato estatal, la responsabilidad y sus efectos se regirá por las disposiciones previstas en la ley para los consorcios, por lo tanto, en caso de uniones temporales es obligatorio señalar los términos y porcentaje de participación de cada integrante en la propuesta y en la ejecución del contrato, so pena de ser tomada como consorcio.
Nota 2: Es necesario que los interesados verifiquen la guía de presentación de la propuesta en el SECOP II por proponentes plurales y conocer sus consecuencias por no seguir sus instrucciones. En tal caso, la oferta deberá ser presentada a título de la persona plural y no de alguno de sus integrantes, so pena de rechazo de la misma.
h) Certificación sobre el cumplimiento de las obligaciones parafiscales y de seguridad social:
De conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, Ley 1150 de 2007 y Ley 1562 de 2012, a la fecha del cierre del proceso de selección, el oferente deberá aportar certificación del cumplimiento de sus obligaciones y pago de aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, o CREE, cuando a ello haya lugar, mediante certificación expedida por el revisor fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos xx xxx, o en su defecto por el representante legal, la cual en todo caso, acreditará el cumplimiento de la obligación como mínimo en los seis (6) meses anteriores a la presentación de la oferta, con el fin de dar cumplimiento al artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.
Si se trata de un consorcio o unión temporal, se deberá allegar la certificación de cumplimiento antes mencionada para cada uno de los miembros. Las personas naturales únicamente deberán presentar copia de las planillas de pago unificadas en el mes inmediatamente anterior de los aportes los sistemas de seguridad social y aportes parafiscales.
Cuando el proponente sea persona natural, deberá acreditar los documentos de afiliación al Sistema Integral de Seguridad Social, anexando copia del pago y planilla donde se relacionen los conceptos cancelados, realizado en el mes inmediatamente anterior a la fecha del cierre del plazo para presentar las ofertas
Para el caso en que el Oferente tenga un acuerdo de pago vigente, deberá certificar que se encuentra al día con los pagos acordados en el mismo, al mes anterior al cierre.
Nota: Junto con la certificación deberá anexarse copia del documento de identificación del revisor fiscal o contador y certificación de vigencia de inscripción y de antecedentes disciplinarios expedida por la Junta Central de Contadores, certificación que debe encontrarse vigente a la fecha de presentación de la oferta (no mayor a 3 meses).
i) Registro Único Tributario – RUT:
Con el fin de conocer el régimen Tributario a que pertenece el proponente, deberá presentarse con la propuesta, copia del Registro Único Tributario, expedido por la Dirección General de Impuestos Nacionales, donde aparezca claramente el NIT del proponente. En caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de los integrantes deberá aportar este documento.
Las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia y las personas naturales sin domicilio en Colombia, no deben presentar el Registro Único Tributario (RUT), toda vez que en él se deben inscribir toda persona natural o jurídica que deba cumplir obligaciones administradas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de que el
adjudicatario sea una persona jurídica extranjera sin sucursal en Colombia o una persona natural sin domicilio en Colombia, ésta deberá inscribirse en el Registro Único Tributario (RUT).
j) Ausencia de Inhabilidades e Incompatibilidades:
El Ministerio de Educación Nacional consultará en la página web de la Procuraduría General de la Nación, los antecedentes disciplinarios del proponente, y en la página web de la Contraloría General de la República el Boletín de Responsables Fiscales, así como los antecedentes penales y de multas por contravenciones (Consultar en: xxxxx://xxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx/XXX/xxx_xxx_xxxxxxxx.xxxx), en la página web de la Policía Nacional.
k) Compromiso Anticorrupción:
Los oferentes singulares o plurales deberán suscribir su Compromiso Anticorrupción contenido en el cuestionario de la plataforma del Secop II en donde manifiesten su apoyo irrestricto a los esfuerzos del Estado Colombiano contra la corrupción así.
1. Apoyamos la acción del Estado colombiano y del Ministerio de Educación Nacional para fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas de la administración pública.
2. No estamos en causal de inhabilidad alguna para celebrar el contrato objeto del Proceso de Contratación.
3. Nos comprometemos a no ofrecer y no dar dádivas, sobornos o cualquier forma de halago, retribuciones o prebenda a servidores públicos o asesores de la Entidad Contratante, directamente o a través de sus empleados, contratistas o tercero.
4. Nos comprometemos a no efectuar acuerdos, o realizar actos o conductas que tengan por objeto o efecto la colusión en el proceso de contratación.
5. Nos comprometemos a revelar la información que sobre el Proceso de Contratación nos soliciten los organismos de control de la República de Colombia.
6. Nos comprometemos a comunicar a nuestros empleados y asesores el contenido del presente Compromiso Anticorrupción, explicar su importancia y las consecuencias de su incumplimiento por nuestra parte, y la de nuestros empleados o asesores.
7. Conocemos las consecuencias derivadas del incumplimiento del presente compromiso anticorrupción.
Si se comprueba el incumplimiento, frente a este compromiso, por parte del oferente, sus empleados, representantes, asesores o de cualquier otra persona que en el proceso de contratación actúe en su nombre, habrá causal suficiente para el rechazo de la oferta o para la terminación anticipada del contrato, si el incumplimiento ocurre con posterioridad a la adjudicación, sin perjuicio de que tal incumplimiento tenga consecuencias adicionales.
No se requiere presentar formato alguno solo leer el documento anticorrupción y expresar la manifestación en el cuestionario de la plataforma.
NOTAS A LOS DOCUMENTOS JURÍDICOS
NOTA 1: En caso de unión temporal o consorcio, cada integrante deberá presentar las anteriores certificaciones o documentos, con excepción de los señalados en los literales a, b y h.
NOTA 2: El no cumplimiento de este factor dará lugar a que la propuesta sea evaluada como NO HABILITADA.
13.2 CAPACIDAD TECNICA MINIMA
La verificación de la capacidad técnica no otorgará puntaje alguno, solamente determinará si la propuesta CUMPLE O NO CUMPLE con lo requerido.
De acuerdo con lo señalado, se verificará lo siguiente:
13.2.1 EXPERIENCIA DEL PROPONENTE: (CUMPLE/NO CUMPLE)
El proponente persona natural o jurídica, en consorcio o unión temporal deberá acreditar los siguientes requisitos.
PROPONENTE SINGULAR -PERSONA NATURAL O JURÍDICA:
EI proponente deberá presentar hasta máximo DOS (2) certificaciones de igual número de contratos, suscritos, iniciados, ejecutados y terminados al 100% en los últimos cinco (5) años anteriores a la fecha de cierre del proceso y cuyo objeto o alcance haya sido el:
• Suministro de: DOTACIONES DE VESTUARIO Y/O BONOS PARA DOTACIÓN DE VESTUARIO.
La sumatoria de los valores finales de los contratos certificados deberá ser igual o superior al valor del presupuesto oficial del presente proceso.
PROPONENTE PLURAL -CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL.
Cada uno de los integrantes debe acreditar al menos una certificación de experiencia y en conjunto el número establecido para el proponente singular, en las mismas condiciones allí anotadas.
Notas Comunes a la Experiencia:
1. En el evento que alguno o algunos de los contratos acreditados incluya el suministro de bienes diferentes a "Suministro de: DOTACIONES DE VESTUARIO Y/O BONOS PARA DOTACI0N DE VESTUARIO", se deberá discriminar el valor de estos y, para efecto de verificación, se tendrá en cuenta únicamente el valor total de los suministros de DOTACIONES DE VESTUARIO.
2. EI Ministerio se reserva el derecho a verificar, cuando lo considere necesario, la información que suministren los oferentes sobre su experiencia.
3. Las certificaciones presentadas deberán contener como mínimo, la siguiente información.
• Nombre de la empresa contratante
• Nombre del contratista
• Si se trata de un Consorcio o de una Uni6n Temporal se debe señalar el nombre de quienes lo conforman, adicionalmente se debe indicar el porcentaje de participación de cada uno de sus miembros.
• Número del contrato
• Objeto del contrato
• Fecha de suscripción (día, mes y año) y fecha de terminación (día, mes y año)
• Fecha de expedición de la certificación (día, mes y año)
• Valor del contrato y de las adiciones, si las hubo.
• Cargo y firma de quien expide la certificación.
• Indicación de los bienes suministrados, especificando su respectivo valor.
4. En el evento que las certificaciones no contengan la información que permita su verificación, el proponente deberá anexar a la propuesta copia del contrato o de los documentos soporte que sean del caso, que permita tomar la información que falte en la certificación.
5. Cada contrato acreditado se analizará por separado, en caso de presentar certificaciones que incluyan contratos adicionales al principal, el valor adicional se sumará al valor del contrato u orden principal, quedando esta como una sola certificación.
6. Cuando el proponente acredite experiencia en contratos en los cuales haya participado en Consorcio o Unión Temporal, para efectos de la evaluación de este factor, se tomará el valor equivalente al porcentaje de participación del proponente en el Consorcio o Unión Temporal del cual acredite la experiencia, y se acreditará la experiencia conforme a las actividades que haya desarrollado el proponente dentro del consorcio o la unión temporal.
7. No serán válidas las certificaciones expedidas por grupos empresariales o empresas en situaci6n de control, expedidas desde casa matriz o empresa controlante a sucursal, filial, subsidiaria, asociada o controlada. Para aportar a la oferta certificaciones de contratos ejecutados entre empresas de un mismo grupo o en situación de control, la certificación deberá estar firmada por el representante legal del cliente final o persona facultada, para ser calificada como válida.
8. No serán objeto de verificación los contratos ejecutados en la modalidad de subcontratación.
9. No se aceptarán auto certificaciones. Las certificaciones sobre la experiencia del proponente deben ser suscritas por el representante legal o la persona autorizada para el efecto, de la empresa o entidad contratante.
10. Cuando los contratos para acreditar experiencia hayan sido celebrados con el Ministerio de Educación Nacional, en aplicación del Decreto Ley 19 de 2012, no será necesaria la presentación de certificaciones en la propuesta, caso en el cual será verificada internamente por el Comité Evaluador. Sin embargo, deberán relacionarse en la propuesta.
NOTA: El no cumplimiento de alguno de los anteriores requisitos dará lugar a que el proponente sea evaluado como NO HABILITADO.
13.2.2 CAPACIDAD TECNICA CUMPLE NO CUMPLE
El proponente deberá tener como mínimo cinco (5) almacenes propios o con los cuales tenga convenio para la atención a los clientes donde puedan ser redimidos los bonos de dotación por parte de los servidores del Ministerio de Educación Nacional. Los puntos de atención deberán tener la mercancía a la mano del usuario y disponer de personal para la atención de los servidores.
Lo anterior se deberá acreditar mediante el respectivo registro de Matrícula Mercantil de los establecimientos o la copia de los convenios con los cuales cuente, anexando así mismo el registro de Matrícula Mercantil de dichos establecimientos
13.3 PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA ECONOMICA:
Para que la propuesta sea tenida en cuenta se debe presentar la oferta expresada en pesos COP teniendo en cuenta que el valor del presupuesto destinado para el contrato es de $ 25.894.266, IVA incluido. Con precios unitarios a menor precio.
NOTA: Si el valor ofertado supera el presupuesto oficial, la propuesta será RECHAZADA.
El presente proceso se adjudicará por el valor total de la propuesta económica del proponente ganador. La evaluación recaerá en la propuesta con el precio más bajo ofertado siempre y cuando cumpla con los requisitos habilitantes.
El valor propuesto deberá contener todos los costos directos e indirectos en que incurra el contratista para la ejecución del contrato, incluidos impuestos, imprevistos, utilidades, y demás que puedan generarse en curso de la ejecución.
15.2. CRITERIOS DE DESEMPATE:
En caso de presentarse un empate en la calificación de dos (2) o más Proponentes, el Ministerio procederá al desempate de conformidad con lo señalado en el numeral 6 del artículo 2.2.1.2.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015, a saber:
“En caso de mantenerse en empate, la Entidad Estatal aceptará la oferta que haya sido presentada primero en el tiempo”.
14. ACTO DE CIERRE Y APERTURA DE OFERTAS:
Este procedimiento se surtirá en la fecha indicada en el cronograma, en donde los proponentes deberán cargar las propuestas en la pagina del SECOP II xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx.
15. VERIFICACIÓN DE PROPUESTAS Y TRASLADO:
Efectuado el cierre del proceso se procederá a verificar el cumplimiento de los requisitos habilitantes jurídicos y técnicos establecidos en esta invitación a la propuesta con el menor precio. Los resultados de esta verificación serán puestos a disposición de los proponentes el día señalado en el cronograma del proceso.
La verificación será efectuada por la Subdirección de Contratación y la Subdirección xx Xxxxxxx Humano.
16. RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES FORMULADAS AL INFORME DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES:
Surtido el trámite de verificación de los requisitos habilitantes y el traslado de evaluación de la oferta, se elaborará un informe en el cual se dará respuesta a las observaciones presentadas al informe de verificación de requisitos habilitantes y se mostrarán los resultados definitivos, con base en los cuales se realizará la comunicación de aceptación de la oferta.
17. COMUNICACIÓN DE ACEPTACIÓN DE OFERTA:
El comunicado de aceptación de oferta será publicado en el SECOP II xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx en la fecha prevista en el cronograma. Con la publicación de la comunicación de aceptación en el SECOP II
xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx el proponente seleccionado quedará informado de la aceptación de su oferta.
18. CONTRATO
La comunicación de aceptación junto con la oferta constituye para todos los efectos el contrato celebrado de conformidad con lo previsto en el numeral 7 del Decreto 1082 de 2015.
19. TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN, Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS ASOCIADOS A LA CONTRATACIÓN:
Se Anexa matriz de riesgos Anexo 1
20. GARANTIAS:
En atención a las obligaciones y cuantía del contrato, el contratista deberá constituir a favor del Ministerio de Educación Nacional, dentro de los tres (3) días siguientes al perfeccionamiento del contrato, Garantía Única de Cumplimiento, en una compañía de seguros o en una entidad bancaria debidamente reconocida por la Superintendencia Financiera, que ampare los siguientes riesgos, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1082 de 2015, así:
Cumplimiento del contrato: Por cuantía equivalente al 30% del valor de la aceptación de la oferta, con una vigencia igual al plazo de ejecución de la misma y seis (6) meses más
Calidad de los bienes. Equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total de la aceptación de oferta, con vigencia igual al término de duración de la misma y seis (6) meses más.
El monto de la garantía se deberá restablecer por parte de EL CONTRATISTA cada vez que por razón de las sanciones impuestas se disminuyere o agotare.
Dentro de los términos estipulados en este Contrato la garantía no podrá ser cancelada sin la autorización de EL MINISTERIO.
El CONTRATISTA debe mantener vigente la garantía única y ajustarla siempre que se produzca alguna modificación en el plazo y/o valor del contrato o en el evento en que se produzca la suspensión temporal del mismo. Igualmente, EL CONTRATISTA deberá notificar a la compañía aseguradora de cualquier modificación del contrato, así este no conlleve cambio de plazo o el valor del mismo y deberá allegar el certificado de notificación de la modificación a EL MINISTERIO como constancia de realización de la misma.
Será a cargo de EL CONTRATISTA el pago oportuno de todas las primas y erogaciones de constitución y mantenimiento de la garantía.
NOTA. El monto de las garantías no constituye límite de responsabilidad para EL CONTRATISTA y en caso de resultar adeudada una suma mayor a la amparada, este se obliga a cancelar directamente.
21. CADUCIDAD ADMINISTRATIVA:
En caso de que se presente algún hecho constitutivo de incumplimiento por parte de EL CONTRATISTA que afecte de manera grave y directa la ejecución de la aceptación de oferta, El MINISTERIO, mediante acto administrativo debidamente motivado, podrá declarar la caducidad de la misma, dando por terminada la aceptación de oferta y ordenando su liquidación en el estado en que se encuentre sin perjuicio de las acciones penales y civiles a que hubiere lugar.
22. INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERALES POR PARTE DE EL MINISTERIO Y SOMETIMIENTO A LAS LEYES NACIONALES:
De conformidad con el artículo 14, numeral 2, 15,16 y 17 de la Ley 80 de 1993, la presente aceptación de oferta se rige por las cláusulas de interpretación, modificación y terminación unilaterales y de sometimiento a las leyes nacionales de que traten las precitadas normas, las cuales se entienden incorporadas a la presente aceptación de oferta.
23. MULTAS, CLÁUSULA PENAL Y LIQUIDACIÓN:
MULTAS
En caso xx xxxx o incumplimiento parcial de las obligaciones adquiridas por el contratista, EL MINISTERIO impondrá multas, de la siguiente manera: a) Multas por xxxx en el cumplimiento del plazo para cada una de las entregas establecidas: si el contratista incumple los plazos de las entregas establecidos en la aceptación de oferta, deberá pagar a EL MINISTERIO, por cada día calendario de retraso, el 0.5% del valor de la misma, sin que en total estas multas sobrepase el 10% del valor de la aceptación de oferta; b) Multas por incumplimiento parcial: si durante la ejecución de la aceptación de oferta el contratista incumple alguna otra de las obligaciones contractuales, EL MINISTERIO le impondrá multas equivalentes al 0.5% del valor de la aceptación de oferta, sin que el total de estas multas sobrepase el diez por ciento (10%) del valor total de la misma; c) Para los efectos del pago de multas del literal b) antecedente, se entiende que hay incumplimiento parcial cuando el contratista incumple las obligaciones señaladas en la aceptación de oferta, diferentes al plazo de la ejecución del objeto contractual; d) El contratista autoriza a EL MINISTERIO para descontar y tomar el valor de las multas de que tratan los literales anteriores, una vez en firme la resolución que las impone, de cualquier suma que le adeude EL MINISTERIO, sin perjuicio de que las haga efectivas conforme a la ley; e) El pago o la deducción de dichas multas no exonera a el contratista de la obligación de cumplir con el objeto de la aceptación de oferta, ni de las demás obligaciones y responsabilidades que emanen del mismo. PARAGRAFO: PROCEDIMIENTO PARA LA IMPOSICIÓN DE MULTAS Y CLAUSULA PENAL
PECUNIARIA se procederá de conformidad con el Articulo 86 de la Ley 1474 de 2011.
24. CLÁUSULA PENAL:
Se fija como cláusula penal pecuniaria, una suma equivalente de hasta el diez por ciento (10%) del valor total de la aceptación de oferta, en caso de incumplimiento por parte del contratista, la cual pagará a EL MINISTERIO sin necesidad de requerimiento judicial, en un término no mayor de veinte (20) días a partir de la fecha en que se declare el incumplimiento. Lo anterior de acuerdo a lo establecido en la Ley 1474 de 2011.
En caso de que existan saldos a favor del contratista, este autoriza por medio del presente documento a EL MINISTERIO a efectuar los descuentos con el fin de hacer efectivo el cobro de las sumas que adeude por este concepto.
25. LIQUIDACIÓN:
La liquidación se realizará de mutuo acuerdo dentro de los seis (06) meses siguientes al término de ejecución de la aceptación de oferta, de conformidad con lo establecido en el artículo 60 de la Ley 80 de 1993 modificado por el artículo 32 de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 217 del Decreto Ley 019 de 2012; y el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007.
26. INDEMNIDAD:
El contratista, mantendrá indemne a EL MINISTERIO contra todo reclamo, demanda, acción legal, y costos que puedan causarse o surgir por daños o lesiones a personas o propiedades de terceros, que se ocasionen durante la ejecución del objeto de la aceptación de oferta y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes. En caso de que se instaure demanda o acción legal alguna, o se formule reclamo contra EL MINISTERIO, por asuntos, que según la aceptación de oferta sean de responsabilidad del contratista, EL MINISTERIO se lo comunicará lo más pronto
posible para que el contratista por su cuenta adopte oportunamente las medidas pertinentes previstas por la ley para mantener indemne a EL MINISTERIO y adelante los trámites para llegar a un arreglo del conflicto. Si en cualquiera de los eventos previstos, el contratista, no asume debida y oportunamente la defensa de los intereses de EL MINISTERIO, éste podrá hacerlo directamente, previa notificación escrita al contratista y éste último, pagará todos los gastos en que EL MINISTERIO incurra por tal motivo.
27. INDISPONIBILIDAD DE LA PLATAFORMA:
En caso de presentarse indisponibilidad de la plataforma del SECOP II, se dará aplicación a lo dispuesto en la “Protocolo de Indisponibilidad del SECOP II” disponible en la siguiente dirección electrónica:
“xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxx_xxxxxx/xxxxx/xxx_xxxxxxxxxx/xxxxxxxxx_xx_xxxx sponibilidad_secop_ii.pdf”, para lo cual se establece como correo para dicho evento el siguiente: xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xxx.xx
28. VEEDURÍAS CIUDADANAS:
Que en los términos del artículo 66 de la Ley 80 de 1993 y del numeral 5 del artículo 2.2.1.1.2.1.5 del Decreto 1082 de 2015, se convoca a las veedurías ciudadanas a las asociaciones cívicas, comunitarias, de profesionales, benéficas o de utilidad común, para que realicen el control social al presente proceso de Contratación, para lo cual podrán solicitar ante la Subdirección de Contratación del Ministerio de Educación Nacional la información y documentación que requieran.
FORMATO N° 1
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Ciudad y Fecha:
Señores
MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Ciudad
Asunto: Presentación propuesta selección de Mínima Cuantía IP-MEN-09-2019
Nosotros los suscritos de acuerdo con las condiciones que se estipulan en la invitación de mínima cuantía IP-MEN-09-2019 hacemos la siguiente oferta seria e irrevocable para la y en caso de que nos sea aceptada nos comprometemos a expedir las garantías correspondientes en el tiempo determinado
Declaramos así mismo:
a. Que esta oferta y el contrato que llegare a celebrarse sólo comprometen a los firmantes de esta carta.
b. Que ninguna otra persona distinta de los firmantes tiene interés comercial en esta oferta ni en el contrato probable que de ella se derive.
c. Que conocemos todos los documentos del proceso y aceptamos las obligaciones y especificaciones técnicas en ellos contenidas.
d. Que si se nos adjudica el contrato nos comprometemos a efectuar los tramites a que haya lugar, y expedir y suscribir las garantías dentro de los términos señalados para ello.
e. Que la presente oferta consta de ( ) folios debidamente numerados.
f. Que hemos revisado las adendas y aceptamos su contenido.
g. Que conocemos el plazo establecido para la ejecución del contrato el cual se contará a partir de la suscripción del acta de inicio.
h. Que el valor total propuesto es de $ (indicar el valor de la propuesta).
i. Que autorizo al Ministerio de Educación Nacional a verificar toda la información incluida en la propuesta y a solicitar a las autoridades competentes o a los particulares correspondientes, información relacionada con el contenido de la misma.
j. Que conozco las causales de inhabilidad e incompatibilidad para contratar con las entidades
estatales, de conformidad con el artículo 8º y siguientes de la Ley 80 de 1993 y sus decretos reglamentarios, de las sanciones establecidas por trasgresión a las mismas en el numeral 7 del artículo 26 y en el artículo 52 de la citada ley, así como los efectos legales consagrados en el numeral 1 del artículo 44 de la misma norma, así como también las establecidas en la Ley 1474 de 2011, y el Decreto 1082 de 2015 y declaro bajo la gravedad de juramento, que se entiende prestado con la firma del presente documento, que no me encuentro incurso en ninguna de ellas ni tampoco la sociedad que represento.
Atentamente,
Nombre o Razón Social del Oferente: Nit Nombre y Firma del Representante Legal: CC No de Dirección Teléfonos Fax Firma:
Nombre y Firma de quien avala la propuesta:
Profesión:
Matricula profesional
FORMATO N° 2
1.1.1 CARTA INFORMACIÓN DE CONSORCIOS
Bogotá D. C., de de 2019
Señores
MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL
Ciudad
REF: INVITACIÓN PÚBLICA MÍNIMA CUANTÍA IP-MEN-09-2019
Apreciados Señores:
Los representantes y , debidamente autorizados para actuar en nombre de y , nos permitimos manifestar por este documento que hemos convenido asociarnos en CONSORCIO denominado: , para participar en la invitación pública de mínima cuantía IP-MEN-09-2019 para el proyecto denominado y por lo tanto manifestamos lo siguiente:
1.- La duración de este consorcio será igual al plazo del contrato y tres (3) años más.
2.- El consorcio está integrado así:
NOMBRE | PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN |
3.- La responsabilidad de los integrantes del consorcio es solidaria, ilimitada y mancomunada.
4.- El representante del consorcio es , identificado con cédula de ciudadanía No de , quien está expresamente facultado para firmar, presentar la propuesta, y
en caso de salir favorecidos con la adjudicación, para firmar el contrato y tomar todas las determinaciones que fueren necesarias al respecto, con amplias y suficientes facultades. En su ausencia, se designa como representante suplente a , identificado con cédula de ciudadanía No de .
5.- Para todos los efectos el presente documento será considerado el único constitutivo del proponente asociativo.
En constancia se firma en a los días del mes de de 2019
NOMBRE Y FIRMA | NOMBRE Y FIRMA |
C.C. No. | C.C. No. |
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE DEL CONSORCIO
C.C. No.
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE SUPLENTE DEL CONSORCIO
C.C. No.
1.1.2 FORMATO N° 3
1.1.3 CARTA INFORMACIÓN DE UNIÓN TEMPORAL
Bogotá D.C., de de 2019
Señores
MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL
Ciudad
REF: INVITACIÓN PÚBLICA MÍNIMA CUANTÍA IP-MEN-09-2019
Apreciados Señores:
Los representantes , y , debidamente autorizados para actuar en nombre de , y , nos permitimos manifestar por este documento que hemos convenido asociarnos en UNIÓN TEMPORAL denominada: , para participar en la invitación pública de mínima cuantía IP-MEN-09-2019, para el proyecto denominado
y por lo tanto manifestamos lo siguiente:
1.- La duración de esta UNIÓN TEMPORAL será igual al plazo del contrato y tres (3) años más.
2.- La UNIÓN TEMPORAL está integrada por las siguientes personas que desarrollarán las actividades con los porcentajes de participación que a continuación se indican:
NOMBRE | ACTIVIDAD | % DE PARTICIPACIÓN |
3 - La responsabilidad de los integrantes de la UNIÓN TEMPORAL será solidaria.
4.- El representante de la UNIÓN TEMPORAL es , identificado con cédula de ciudadanía No de , quien está expresamente facultado para firmar, presentar la propuesta y en caso de salir favorecidos con la adjudicación, para firmar el contrato y tomar todas las determinaciones que fueren necesarias al respecto, con amplias y suficientes facultades. En su ausencia, se designa como representante suplente a , identificado con cédula de ciudadanía No de .
5.- Para todos los efectos el presente documento será considerado el único constitutivo del proponente asociativo.
En constancia se firma en a los días del mes de de 2018
NOMBRE Y FIRMA | NOMBRE Y FIRMA |
C.C. No. | C.C. No. |
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE DEL CONSORCIO
C.C. No.
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE SUPLENTE DEL CONSORCIO
C.C. No.