Cód. FO-ADQU-042 FormatoFO-ADQU Pliego de Condiciones - Licitación Versión.4 Fecha de entrada en Vigencia: 8/May/2012
Cód. FO-ADQU-042 | Formato FO-ADQU Pliego de Condiciones - Licitación | ||
Versión. 4 | Fecha de entrada en Vigencia: 8/May/2012 | ||
1. INFORMACIÓN GENERAL
FECHA: Medellín, 13 xx xxxxx de 2012 RAZÓN SOCIAL CONTRATANTE: Municipio de Medellín DIRECCIÓN CONTRATANTE: Xxxxx 00 00-000
PLIEGO DEFINITIVO: NO
UNIDAD EJECUTORA: SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL COMPETENCIA PARA ADJUDICAR: SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
MODALIDAD: Licitación
CAUSAL: Licitación Pública -. Ley 1150 de 2007, Artículo 2, numeral 1 y Decreto 0734 de 2012
PROCESO: | 0070004824 | ||||
OBJETO: | MANTENIMIENTO | Y | ADECUACIÓN | DE | SEDES |
SOCIALES EN LAS DIFERENTES COMUNAS DEL MUNICIPIO DE MEDELLÍN.
ALCANCE DEL OBJETO: Realizar el mantenimiento y adecuación en diferentes
sedes sociales de las comunas 4, 5, 6, 9, 11, 13, 14, 16,
60, 70, 80 y 90 referidas principalmente a demoliciones y retiros, impermeabilización de losas, mantenimiento de cubiertas, remodelación de unidades sanitarias, cambio de redes hidrosanitarias, revoques enchapes y pintura general, mantenimiento y reparación de instalaciones eléctricas, entre otras.
ACTA COMITÉ: 035 del Comité de Orientación y Seguimiento a la Contratación xx XXXX 18 DE 2012.
PRESUPUESTO OFICIAL: $602.102.780
GRAVADO CON IVA: NO APROPIACIÓN PRESUPUESTAL: 4000059805
CORREO ELECTRONICO: xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx CONSULTA PLIEGOS: xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxxx.xxx.xx RESOLUCION DE APERTURA:
LUGAR DE EJECUCIÓN: Comunas 4, 5, 6, 9, 11, 13, 14, 16, 60, 70, 80 y 90 del
Municipio de Medellín
LUGAR DE AUDIENCIAS: Salón de reuniones Secretaría de Desarrollo Social Calle
44 No 52 – 165 Oficina 404
LUGAR CORRESPONDENCIA: Secretaría de Desarrollo Social Calle 44 No 52 – 165 Oficina 404
LUGAR ENTREGA PROPUESTAS: Secretaría de Desarrollo Social Calle 44 No 52 – 165
Oficina 404 Grupo de Apoyo a la Contratación.
FECHA APERTURA PROPUESTAS: 16/07/2012 a las 15:05 horas TIPO DE ADJUDICACIÓN: Total
CLASE DE CONTRATO: Obra
DURACIÓN CONTRATO: 4 meses
PLAZO DE ENTREGA: 4 meses
FORMA DE PAGO: Pagos Parciales
% ANTICIPO: 20
OFERTAS ALTERNATIVAS: NO
MULTAS: El valor de las multas será cobrado en la forma prevista por la ley para tales casos. (Artículo 17 Ley 1150 de 2007 y artículo 86 de la ley 1474 de 2011, artículo 8.1.10 del
decreto 0734 de 2012).
CLAUSULA PENAL: Se estipula una cláusula penal xxx xxxx por ciento (10%)
del valor del contrato que se hará efectiva en caso de declaratoria de caducidad por parte del MUNICIPIO DE MEDELLIN o de declaratoria de incumplimiento grave y definitivo. El valor de la cláusula penal se tomará directamente de cualquier suma que se le adeude al CONTRATISTA, si la hubiere, o de la Garantía de Cumplimiento constituida, y si esto no fuere posible se cobrará ejecutivamente. En todo caso, se dará observancia al debido proceso, artículo 17 Ley 1150 de 2007, y se seguirá el procedimiento establecido en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, el cual establece el procedimiento administrativo para imposición de multas, sanciones y declaratorias de incumplimiento.
1.1 CRONOGRAMA:
ACTIVIDAD | DESDE | HASTA | HORA | LUGAR | |
1 | Aviso de convocatoria Publica | Junio 13 de 2012 | Página web xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxxx.xxx.xx | ||
2 | Publicación proyecto de pliegos de condiciones y de los estudios previos | Junio 13 de 2012 | Junio 27 de 2012 | Página web xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxxx.xxx.xx | |
5 | Plazo para presentar observaciones al proyecto de pliegos de condiciones | Junio 13 de 2012 | Junio 27 de 2012 | Pagina web xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxxx.xxx.xx | |
6 | Respuesta observaciones al proyecto de pliegos | Junio 28 de 2012 | Pagina web xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxxx.xxx.xx | ||
7 | Resolución de apertura | Junio 29 de 2012 | Pagina web xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxxx.xxx.xx | ||
8 | Publicación de pliegos de condiciones | 29 xx Xxxxx de 2012 | 16 de Julio de 2012 | Pagina web xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxxx.xxx.xx | |
9 | Audiencia de Aclaraciones, identificación y asignación de Riesgos | 03 de Julio de 2012 | 10:00 horas | Centro administrativo salón de reuniones de la Secretaría de Desarrollo Social piso 4 Oficina 404 CAM” | |
10 | Plazo para la presentación de observaciones al pliego de condiciones | 28 xx Xxxxx de 2012 | 00 xx Xxxxx xx 0000 | Xxxxxx administrativo municipal Secretaria de Desarrollo Social piso 4 oficina 404 | |
11 | Respuesta Observaciones al Pliego | 10 de Julio de 2012 | Pagina web xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y |
ACTIVIDAD | DESDE | HASTA | HORA | LUGAR | |
12 | Fecha Límite para la elaboración de adendas | 10 de Julio de 2012 | Pagina web xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y | ||
13 | Cierre de la licitación publica | 16 de Julio de 2012 | 15:00 horas | Centro administrativo municipal Secretaria de Desarrollo Social piso 4 oficina 404 grupo de Apoyo a la Contratación | |
14 | Evaluación Técnica, Jurídica y Económica de propuestas | 17 de Julio de 2012 | 31 de Julio de 2012 | ||
15 | Publicación Informe de Evaluación | 01 xx Xxxxxx de 2012 | Pagina web xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y | ||
16 | Periodo de Presentación de Observaciones Informe de Evaluación | 02 xx Xxxxxx de 2012 | 09 xx Xxxxxx de 2012 | Pagina web xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxxx.xxx.xx | |
17 | Respuesta observaciones al informe de evaluación | 10 xx Xxxxxx de 2012 | 13 xx Xxxxxx de 2012 | Pagina web xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxxx.xxx.xx | |
18 | Audiencia de adjudicación | 15 xx Xxxxxx de 2012 | 10:00 horas | Salón de reuniones de la Secretaría de Desarrollo Social del Municipio de Medellín, Xxxxx 00 Xx 000 – 165 Oficina 400 |
PRESUPUESTO OFICIAL DESAGREGADO POR SEDES.
Numero | Com. | Sede | Costo Directo | AU | Costo Total |
1 | 6 | Miramar | 16.227.348 | 3.245.470 | 19.472.818 |
2 | 6 | 12 de Octubre 3ra etapa | 27.914.791 | 5.582.958 | 33.497.749 |
3 | 6 | Picacho Carmelita | 13.203.302 | 2.640.660 | 15.843.962 |
4 | 6 | Picacho Las Vegas | 42.819.563 | 8.563.913 | 51.383.476 |
5 | 6 | Centro Cultural La Esperanza | 40.553.470 | 8.110.694 | 48.664.164 |
6 | 00 | Xxxxxxxxxxx x Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx | 19.222.831 | 3.844.566 | 23.067.397 |
7 | 13 | Nuevos conquistadores parte baja (Escuela Amor al Niño) | 23.448.204 | 4.689.641 | 28.137.845 |
8 | 14 | Manila | 17.590.510 | 3.518.102 | 21.108.612 |
0 | 00 | Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxx | 35.137.621 | 7.027.524 | 42.165.145 |
10 | 16 | Ciprés Las Mercedes | 35.137.794 | 7.027.559 | 42.165.353 |
11 | 16 | Buenavista | 11.680.428 | 2.336.086 | 14.016.514 |
12 | 60 | Pedregal Parte Baja | 19.546.240 | 3.909.248 | 23.455.488 |
13 | 70 | Altavista Parte Alta (Punto común) | 15.632.555 | 3.126.511 | 18.759.066 |
14 | 00 | Xxx Xxxx | 20.329.182 | 4.065.836 | 24.395.018 |
15 | 80 | Limonar I | 20.322.190 | 4.064.438 | 24.386.628 |
16 | 4 | La Xxxxxxx | 25.409.996 | 5.081.999 | 30.491.995 |
Numero | Com. | Xxxx | Xxxxx Xxxxxxx | XX | Xxxxx Xxxxx |
00 | 0 | Xxxxxxxx Xx Xxxxx | 12.926.683 | 2.585.337 | 15.512.020 |
18 | 9 | Xxxxxxxx Xxxxxx | 51.327.498 | 10.265.500 | 61.592.998 |
19 | 60 | LA Ilusión | 12.719.302 | 2.543.860 | 15.263.162 |
20 | 90 | Santa Xxxxx Parte Central | 21.761.241 | 4.352.248 | 26.113.489 |
21 | 90 | Santa Xxxxx Parte Central (Asocomunal) | 18.841.567 | 3.768.313 | 22.609.880 |
Total | 501.752.316 | 100.350.464 | 602.102.780 |
2. REQUISITOS HABILITANTES Y DOCUMENTOS PARA SU VERIFICACIÓN
REQUISITO HABILITANTE | RESULTADO DE LA VERIFICACIÓN | |
Capacidad Jurídica | Pasa | No Pasa |
Capacidad Financiera | Pasa | No Pasa |
Experiencia | Pasa | No Pasa |
Capacidad Operativa Equipo Básico | Pasa | No Pasa |
3. CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN
3.1. LEGISLACIÓN APLICABLE:
Serán aplicables al presente proceso de contratación la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Ley 1450 de 2011, Ley 1474 de 2011, Decreto 019 de 2012 y sus decretos reglamentarios y demás normas vigentes sobre la materia.
3.2. INTERPRETACIÓN Y ACEPTACIÓN XXX XXXXXX DE CONDICIONES
Con la presentación de la oferta, el proponente manifiesta que estudió el Pliego de Xxxxxxxxxxx y todos los documentos y demás documentos que hacen parte del presente proceso de selección, que obtuvo las aclaraciones sobre las estipulaciones que haya considerado inciertas o dudosas, que conoce la naturaleza de los trabajos, su costo y su tiempo de ejecución, que formuló su oferta de manera libre, seria, precisa y coherente.
Todos los documentos del proceso de selección se complementan mutuamente, de tal manera que lo indicado en cada uno de ellos se entenderá como indicado en todos. Las interpretaciones o deducciones que el proponente haga de lo establecido en este Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, serán de su exclusiva responsabilidad. En consecuencia, el Municipio de Medellín no será responsable por descuidos, errores, omisiones, conjeturas, suposiciones, mala interpretación u otros hechos desfavorables en que incurra el proponente y que puedan incidir en la elaboración de su oferta.
3.3. CONSORCIOS, UNIONES TEMPORALES Y OTRAS FORMAS DE ASOCIACIÓN.
La forma asociativa deberá constituirse para el presente proceso de selección y así lo señalará expresamente, indicando las reglas básicas que lo regirán, independiente que las personas naturales o jurídicas que lo conformen, sean las mismas que hayan constituido consorcios o uniones temporales para otros procesos. Dichas formas asociativas no podrán ser disueltas ni liquidadas durante la vigencia o prórrogas del contrato que se suscriba y seis meses más.
Deberán cumplir con lo estipulado en el artículo 7° de la Ley 80 de 1993 y con los siguientes aspectos:
La forma asociativa deberá indicar el porcentaje de participación de cada uno de sus integrantes, la cual no podrá ser inferior al 15%, ni ser modificada sin la autorización previa del Municipio de Medellín. En el documento de conformación de la forma asociativa se deberá designar la persona que, para todos los efectos la representará con sus responsabilidades y facultades.
En caso de ser adjudicatarios los Consorcios, Uniones Temporales u otras formas asociativas deberán presentar ante el Municipio de Medellín el correspondiente RUT dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al acto de adjudicación, cuyo NIT deberá ser único y exclusivo para cada contrato, lo anterior conforme el Decreto 2645 del 27 de julio de 2011, modificado por el Decreto 2820 del 9 xx xxxxxx de 2011.
De acuerdo con lo preceptuado en el Artículo 66 de la Ley 488 de 1998 y la Circular 200600287503 de la Secretaría de Hacienda Municipal, las facturas o documentos equivalentes para pago deben ser expedidas directamente por la respectiva forma de asociación, cumpliendo los requisitos establecidos en el Estatuto Tributario y no por cada uno de sus integrantes. Para proceder con su respectivo pago debe indicarse además, el nombre y el Nit de los integrantes del Consorcio y en el caso de Uniones Temporales, indicar además el porcentaje de participación en el mismo.
3.4.REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES (RUP)
La persona natural o jurídica nacional, o las extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia, que aspiren a presentar oferta para la presente licitación deberán estar inscritos en el Registro Único de Proponentes (RUP) de la Cámara de Comercio de su jurisdicción, estar clasificado en la Actividad (1) Constructor y deberá estar clasificado en el Sistema de Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU) adoptado para Colombia, de la siguiente manera:
SESIÓN | DIVISIÓN | GRUPO | CLASE | DESCRIPCIÓN |
F | 45 (Construcción) | 454 (Acondicionamiento de edificaciones y de obras civiles) | 4541 | Instalaciones Hidráulicas y Conexos |
F | 45 (Construcción) | 454 (Acondicionamiento de edificaciones y de obras civiles) | 4542 | Trabajos de Electricidad |
F | 45 (Construcción) | 454 (Acondicionamiento de edificaciones y de obras civiles) | 4549 | Otros Trabajos de acondicionamiento |
F | 45 (Construcción) | 455 (Terminación y acabado de edificaciones y obras civiles) | 4551 | Instalación xx xxxxxxx y ventanas |
F | 45 (Construcción) | 455 (Terminación y acabado de edificaciones y obras civiles) | 4552 | Trabajos de pintura y terminación xx xxxxx y pisos |
F | 45 (Construcción) | 455 (Terminación y | 4559 | Otros trabajos de |
acabado de edificaciones y obras civiles) | terminación y acabado |
De conformidad con el artículo 6.4.6 del Decreto 734 de 2012, en caso de que el proponente no tenga esta información actualizada en el RUP se le tendrá como válida la información que tenga vigente, para lo cual deberá cumplir con la clasificación en la actividad y especialidad y todos los grupos que a continuación se detallan:
ACTIVIDAD | ESPECIALIDAD | GRUPO | |||
1 | Constructores | 04 | Edificaciones y obras de urbanismo | 01 | Edificaciones Sencillas hasta 500 m2 y de alturas menores de 15 m. |
06 | Estructuras de concreto Convencionales | ||||
10 | Instalaciones Interiores para Edificios |
El proponente deberá aportar este certificado expedido con una antelación no mayor a treinta (30) días calendario, previos a la fecha de cierre del proceso. Dicha exigencia aplica para cada uno de los integrantes de Consorcios, Uniones Temporales u otras formas de asociación.
Si la propuesta se presenta en Consorcio o Unión Temporal, cada uno los integrantes de la respectiva forma de asociación deberá acreditar la clasificación exigida en el Pliego de Condiciones.
El certificado constituye plena prueba respecto de la información verificada documentalmente y cuyo registro se encuentre EN FIRME, firmeza que se produce diez (10) días HABILES después de su publicación en el Registro Único Empresarial (RUE).
Si fueren sociedades extranjeras con sucursal en el país y dentro del RUP no se encuentra toda la información requerida por la entidad, se deberá adjuntar certificación del representante legal de la sociedad extranjera o en su defecto del mandatario de la sucursal con los datos que faltan, la cual se entiende formulada bajo la gravedad del juramento. El objeto social del proponente debe tener relación directa con el objeto de la contratación.
Tratándose de personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o de personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia no se les exigirá RUP. En consecuencia el Municipio de Medellín verificará directa y únicamente la información sobre la capacidad jurídica, y las condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización de los proponentes.
Dicha verificación se efectuará con base en el diligenciamiento de los formularios modelo, utilizados por las cámaras de comercio, los cuales deberán ser descargados del siguiente link. (xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxx/Xxxxxxxxx-Xxxxxxxxxxx/Xxxxxxxx-Xxxxx-xx- Proponentes/Inscripcion/Modelos-de-certificacion.aspx).
3.5.CAPACIDAD RESIDUAL
Por tratarse de un contrato de obra el proponente deberá como requisito habilitante cumplir con una capacidad residual (CR) como contratista de Obra, igual al 100% (cien por ciento) del valor del presupuesto Oficial, calculado como la diferencia entre el indicador que resulta de restarle al indicador financiero de capital de trabajo, la sumatoria de todos los valores de los contratos que
tenga en ejecución el contratista en la actividad de construcción a la fecha de cierre o entrega de propuestas del presente proceso de selección.
La capacidad residual (CR) tiene como objetivo evaluar el equilibrio patrimonial a corto plazo de un oferente a una contratación de una obra específica. El valor de éste indicador solo tendrá vigencia al momento de la presentación de oferta y para la contratación específica de la oferta en cuestión.
Para acreditar el cumplimiento de este requisito, el proponente deberá aportar el certificado de inscripción en el RUP, expedido con una antelación no mayor a treinta (30) días calendario, previos a la fecha de cierre del proceso, y el Formato CONTRATOS EN EJECUCIÓN - debidamente diligenciado. La información de inscripción en el RUP deberá estar en firme a la fecha de cierre del proceso, es decir con inscripción anterior a diez (10) días hábiles.
Para efectos de determinar la capacidad residual, el proponente deberá aportar el cálculo de la capacidad residual utilizando el formato que se anexa al pliego de condiciones.
Para el diligenciamiento del Formato CONTRATOS EN EJECUCIÓN, se tendrá en cuenta la siguiente información:
a) El saldo a la fecha de cierre del proceso del valor total de los contratos en ejecución o suspendidos, incluidas las adiciones.
Saldo = Valor inicial del contrato + adiciones – pagos recibidos
b) El valor total de los contratos adjudicados y que aún no tienen orden de iniciación.
c) En el caso de contratos en Consorcio o Unión Temporal, se informará únicamente el valor que corresponde al proponente, según su porcentaje de participación en los mismos.
El CR del proponente, sea persona natural o jurídica, y de cada uno de los integrantes de un Consorcio o Unión Temporal, se determinará con la siguiente fórmula:
CR = CW – CE
Donde:
CR = Capacidad residual del Contratista, a la fecha de cierre del proceso, en pesos.
CW = Capital de Trabajo Inscrito como contratista, según el Certificado de Inscripción en el RUP, en pesos, (Calculado como la Diferencia entre Activo Corriente menos el Pasivo Corriente)
CE = Contratos en ejecución, que corresponde a la sumatoria de los valores obtenidos en los literales a) y b), expresada en Pesos.
En caso de que la información para el cálculo de la capacidad residual, no se encuentre en el RUP, el proponente deberá aportar el soporte documental para que la entidad realice la verificación correspondiente.
El certificado constituye plena prueba respecto de la información verificada documentalmente y cuyo registro se encuentre EN FIRME, firmeza que se produce diez (10) días HABILES después de su publicación en el Registro Único Empresarial (RUE).
3.6.EXPERIENCIA(Requisito Habilitante)
Para la verificación de la experiencia probable y acreditada, en principio se tomará la información contenida en el Registro Único de Proponentes - RUP. En caso de no encontrarse allí dicha información, se verificará según los términos previstos en el numeral 1, de los artículos 6.2.2.2;
6.2.2.3 o 6.2.2.4 del Decreto 0734 de 2012, según corresponda.
La experiencia probable, se determinará con el documento idóneo presentado para el efecto, conforme a lo dispuesto en el Decreto 0734 de 2012.
Para la experiencia acreditada del proponente que no aparezca en el RUP, deberá acreditarse mediante certificaciones expedidas por el respectivo contratante suscrito por funcionario competente de la Entidad contratante, que contenga, como mínimo, la siguiente información:
- Nombre del Contratista,
- Número (si lo tuvo) y objeto del contrato
- Valor ejecutado,
- Plazo de ejecución,
- Descripción y alcance del proyecto
- fechas de iniciación y de terminación (con formato día, mes y año)
- porcentaje de participación si el contrato fue ejecutado en Consorcio o Unión Temporal.
La experiencia de los socios de una persona jurídica se podrá acumular a la de esta, cuando ella no cuente con más de tres (3) años de constituida. La acumulación se hará en proporción a la participación de los socios en el capital de la persona jurídica.
En el caso de los consorcios o uniones temporales, la experiencia habilitante será la sumatoria de las experiencias de los integrantes de manera proporcional a su participación en el mismo. No podrá acumularse a la vez, la experiencia de los socios y la de la persona jurídica cuando éstos se asocien entre sí para presentar propuesta.
Para ser admisible el proponente deberá acreditar una experiencia probable no inferior a tres (3) años y una Experiencia Acreditada de por lo menos de tres (3) contratos terminados, suspendidos o en ejecución, celebrados por el mismo, ya sea individualmente o en consorcio o unión temporal, desde la adquisición de su personería jurídica para las personas jurídicas o desde que hayan desarrollado la profesión en el área de la construcción a partir de la fecha de terminación y aprobación del pensum académico de educación superior o en su defecto, fecha de grado, para las personas naturales, que hayan tenido por objeto: Construcción o mantenimiento de edificaciones, uno de los cuales deberá ser igual o mayor al ochenta por ciento (80%) del presupuesto oficial en SMLMV de 2012.
3.7. ORGANIZACIÓN TÉCNICA – EQUIPO BÁSICO (Requisito Habilitante).
El proponente debe garantizar que cuenta con un equipo básico para la ejecución del contrato, el cual para este caso está integrado por un profesional y un tecnólogo con las calidades que más adelante se detallan:
Se exigirá un (1) residente de obra, profesional en el área de la construcción: Arquitecto, arquitecto constructor o ingeniero civil, con la dedicación de tiempo completo para atender los mantenimientos de las Sedes Sociales cuyo valor deberá estar incluido dentro del cálculo del AU
El profesional debe presentar la correspondiente tarjeta profesional y acreditar mediante las certificaciones correspondientes, una experiencia específica mínima, contada a partir de la fecha de terminación y aprobación del pensum académico de educación superior (de conformidad con el artículo 229 del Decreto-ley 019 de 2012), contratista, director, coordinador o Residente de Obra o de interventoría, en al menos tres (3) contratos cuyo objeto haya sido o la ejecución de su alcance haya incluido la construcción o el mantenimiento de edificaciones y con una duración no inferior a un (1) año. (La suma de los tres contratos).
Se exigirá un (1) tecnólogo o profesional en el área de la construcción, social, ambiental o sanitaria, medio tiempo, para atender ambos frentes de trabajo, cuyo valor deberá estar incluido dentro del cálculo del AU.
Para ser habilitado, debe acreditar un (1) año de experiencia mínima acumulada, en al menos tres (3) contratos, en la ejecución de obras civiles, como residente ambiental, gestor ambiental o encargado de impacto social y comunitario.
Para cada uno de los integrantes del equipo de trabajo se deberán aportar las correspondientes hojas de vida con las copias de las actas de grado, certificaciones de experiencia y matrícula profesional para los casos que aplique. Además se debe aportar el Acta de Compromiso personal debidamente firmada en forma autógrafa por cada uno de los integrantes del Equipo Básico, en donde se consiga la voluntad de participar en la ejecución del respectivo contrato en el evento en que el mismo les sea adjudicado. Los certificados laborales deben especificar claramente las fechas exactas de inicio y terminación esto es: día, mes y año.
3.8.CAPACIDAD FINANCIERA
De conformidad con lo establecido en el Decreto 0734 de 2012, los indicadores a verificar serán los siguientes:
La capacidad financiera del proponente se verificará a partir de la información financiera que aparece en el Certificado de Inscripción como contratista de la Cámara de Comercio, siempre y cuando la misma se encuentra a 31 de Diciembre de 2011, de acuerdo a los siguientes indicadores financieros:
La capacidad financiera del proponente se calculará a partir de la evaluación de los siguientes indicadores:
3.8.1 Nivel de Endeudamiento (N.E.)
Se calcula con la siguiente fórmula:
NE = Pasivo Total / Activo Total
Se considerará HÁBIL el proponente que presente un IE menor o igual a cero coma cincuenta (0,50).
Para las propuestas en Consorcio, Unión Temporal u otra forma de asociación, se calculará el IE de cada uno de sus integrantes, aplicando la fórmula descrita anteriormente. En este caso, el IE del proponente será la suma de los indicadores obtenidos por cada uno de ellos, una vez ponderados de acuerdo con su porcentaje de participación.
Justificación: Se solicita un índice de endeudamiento que permita al proponente atender nuevos compromisos, esto es que cuente con un activo del cincuenta por ciento disponible para atender nuevos compromisos.
3.8.2 Índice de Liquidez (IL)
Se calcula con la siguiente fórmula:
IL = Activo Corriente / Pasivo Corriente
Se considerará HÁBIL el proponente que presente un IL igual o superior a uno coma cero (1,00).
Para las propuestas en Consorcio, Unión Temporal u otra forma de asociación, se calculará el IL de cada uno de sus integrantes, aplicando la fórmula descrita anteriormente. En este caso, el IL del proponente será la suma de los indicadores obtenidos por cada uno, una vez ponderados de acuerdo con su porcentaje de participación.
La información financiera se tomará en principio del RUP, pero en caso de no encontrarse actualizada en dicho registro, la entidad hará la verificación para lo cual el proponente deberá presentar el respectivo soporte documental: Certificado del revisor o del contador, según el caso, de conformidad con el numeral 2 del artículo 6.2.2.2 del decreto 734 de 2012
Justificación: El Índice de liquidez superior o igual a uno garantiza a la entidad la posibilidad del proponente de atender nuevos compromisos financieros en el corto plazo, y por tanto cumplir con la ejecución del contrato en el corto plazo.
3.9. CERTIFICACIÓN DEL PAGO DE PARAFISCALES Y APORTES A LA SEGURIDAD SOCIAL DE LOS EMPLEADOS
Deberá certificarse que está x xxx y salvo en el pago de los aportes a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, de conformidad con la Ley, de la siguiente manera:
Para personas jurídicas:
Expedida por el Revisor Fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos xx xxx.
Por el Representante Legal, cuando de conformidad con la Ley no requiera Revisor Fiscal.
La certificación requerida deberá tener una expedición no superior a un (1) mes y en todo caso deberá suscribirse por la Revisoría fiscal, cuando se cuente con ella, aun sin estar obligado por la Ley. Para el caso de Consorcios, Uniones Temporales u otra forma asociativa que se presente, cada uno de sus integrantes deberá aportar la respectiva certificación.
Para personas naturales:
Las personas naturales deberán acreditar el pago de los aportes a la Seguridad Social Integral conforme a la Ley 100 de 1993, Artículo 4°, Ley 797 de 2003 y el Decreto Ley 2150 de 1995; esto es, aportes para la seguridad social en salud y pensiones. Si tienen trabajadores a su servicio deberán acreditar, el pago de los aportes al sistema integral de seguridad social y los parafiscales en los casos que se requiera de conformidad con la normatividad vigente.
3.10. CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS
La Administración Municipal verificara el certificado de antecedentes disciplinarios a través de la página xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx respecto del proponente y el representante legal y todos los socios de las personas jurídicas, consorcios o uniones temporales o cualquier otra forma de asociación, con excepción de las sociedades anónimas abiertas, las cuales deberán suplir dicho requisito con la manifestación escrita y expresa por parte del representante legal que ninguno de los socios se encuentran incursos en las causales de inhabilidad o incompatibilidad.
Debe disponerse del certificado de antecedentes disciplinarios con una fecha de antelación no superior a tres (3) meses, contado a partir de la fecha de entrega de documentos habilitantes, consultando la página xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
3.11. CERTIFICADO DEL BOLETIN DE RESPONSABILIDAD FISCAL
La Administración Municipal verificara que no se encuentren reportados en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República de conformidad con el Artículo 60 de la Ley 610 de 2000, respecto del proponente y el representante legal y todos los socios de las personas jurídicas, consorcios o uniones temporales o cualquier otra forma de asociación, con excepción de las sociedades anónimas abiertas, las cuales deberán suplir dicho requisito con la manifestación escrita y expresa por parte del representante legal que ninguno de los socios se encuentran reportados en dicho Boletín
Para obtener dicha constancia deberá consultar la página xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
3.12. DOCUMENTOS SUSCRITOS POR CONTADOR O REVISOR FISCAL
Los documentos y certificaciones que deban suscribir el contador público o revisor fiscal, según corresponda, deberán acompañarse de copia de la tarjeta profesional y de la certificación expedida por la Junta Central de Contadores sobre su vigencia.
3.13. CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL O REGISTRO MERCANTIL
Aportar Certificado de Existencia y Representación Legal o el Certificado de Registro Mercantil, expedido por la entidad competente, se exceptúa para el ejercicio de profesiones liberales. En caso que el proponente sea consorcio, unión temporal u otra forma asociativa, cada uno de sus integrantes deben anexar la certificación correspondiente.
Tratándose de sociedades extranjeras con sucursal en el país, la Existencia y Representación Legal se acreditará con el RUP, y en caso de no tener sucursal en el país, deberá aportar el documento que acredite la adquisición de la personería jurídica en el país de origen, el cual contenga como mínimo los siguientes datos:
•Nombre o razón social completa del proponente
•Tipo, número y fecha del documento de constitución o creación
•Fecha y clase de documento por el cual se reconoce la personería jurídica
•Duración de la entidad
Cuando en el documento aportado que acredita la existencia y representación legal de la persona jurídica extranjera no cuente con toda la información requerida, podrán adjuntar una certificación del representante legal de la sociedad extranjera o en su defecto del mandatario de la sucursal con los datos que faltan, la cual se entiende formulada bajo la gravedad del juramento.
Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia.
El objeto social del proponente debe tener relación directa con el objeto de la contratación.
La expedición de dicho certificado no podrá tener una anterioridad superior a treinta (30) días calendario, contado a partir de la fecha de entrega de los documentos habilitantes.
3.14. AUTORIZACION PARA CONTRATAR
Cuando el representante legal de la firma proponente, de conformidad con el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la entidad competente, tenga limitada su capacidad para participar en el proceso de selección y suscribir el contrato, deberá presentar la autorización del órgano directivo correspondiente. En caso que el proponente sea consorcio, unión temporal u otra forma asociativa, cada uno de sus integrantes debe anexar la certificación correspondiente. Cuando se actúe en calidad de apoderado, deberá acreditarse tal condición, mediante documento legalmente otorgado (Artículo 24 de la ley 962 de 2005).
La expedición de dicho certificado no podrá tener una anterioridad superior a treinta (30) días calendario, contado a partir de la fecha de entrega de los documentos habilitantes.
3.15. REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO (RUT) Deberá allegarse copia legible de dicho documento.
Para el caso de Consorcios, Uniones Temporales u otras formas asociativas deberá presentarse el RUT de cada uno de sus integrantes.
3.16. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA
De conformidad con lo establecido en el Decreto 734 del 13 xx xxxxx de 2012, el oferente tendrá que otorgar a favor del Municipio de Medellín, como mecanismo de cobertura del riesgo derivado del incumplimiento del ofrecimiento, cualquiera de las garantías allí autorizadas, a saber: (1) Pólizas de seguros, (2) Fiducia mercantil en garantía, (3) Garantía bancaria a primer requerimiento; (4) Endoso en garantía de títulos valores y (5) depósito de dinero en garantía, otorgada por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia o por una entidad bancaria, o una sociedad fiduciaria, o una entidad financiera sometida a vigilancia y control de la Superintendencia Financiera, por un valor equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del presupuesto oficial total de la Licitación, con una vigencia de 90 días CALENDARIO contados a partir de la fecha y hora de cierre de la licitación, hasta la aprobación de la garantía que ampare los riesgos propios de la etapa contractual. La Secretaría de Desarrollo Social podrá solicitar al proponente la ampliación de la vigencia de la garantía cuando se prorrogue el plazo establecido para la adjudicación.
Cuando la propuesta se presente por un proponente plural bajo la figura de consorcio o unión temporal, o contrato de asociación futura, la garantía deberá otorgarse por todos los integrantes del proponente plural; esto es, a nombre de cada una de las personas naturales y/o jurídicas que integran el oferente plural, con el número de cédula o Nit respectivos y su porcentaje de participación.
Si el oferente es una persona jurídica, la garantía deberá tomarse con el nombre o razón social que figura en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio, y no sólo con su sigla, a no ser que en el referido documento se exprese que la sociedad podrá denominarse de esa manera; por tanto no podrá expedirse la garantía a nombre de quien se encuentre inscrito como representante legal.
La garantía deberá presentarse en original y firmada de forma autógrafa por el tomador.
Con dicha garantía se cubrirán los perjuicios derivados del incumplimiento de los ofrecimientos por los eventos descritos en el artículo 5.1.4, sub numerales 5.1.4.1.1 a 5.1.4.1.5 del citado decreto, a saber:
La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado.
La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término previsto en el pliego de condiciones para la adjudicación del contrato se prorrogue, o cuando
el término previsto para la suscripción del contrato se prorrogue, siempre y cuando esas prórrogas no excedan un término de tres meses.
La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía de cumplimiento exigida por la entidad para amparar el incumplimiento de las obligaciones del contrato.
El retiro de la oferta después de vencido el término fijado para la presentación de las propuestas.
El haber manifestado ser Mipyme para limitar la convocatoria de un proceso contractual sin cumplir los requisitos establecidos en la normativa para tener tal condición.
La suficiencia de la garantía será verificada por el Municipio de Medellín al momento de evaluación de las propuestas.
El valor asegurado quedará a favor del Municipio de Medellín cuando el proponente incumpla alguno de los casos citados.
La no presentación de la garantía de seriedad de forma simultánea con la oferta será causal de rechazo de esta última.
De conformidad con lo previsto en el literal e), numeral 1° del artículo 8 de la Ley 80 de 1993, quienes sin justa causa se abstengan de suscribir el contrato estatal adjudicado, incurrirán en la causal de inhabilidad e incompatibilidad señalada, y el Municipio de Medellín podrá adjudicarlo, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes, al proponente clasificado en segundo lugar, sin perjuicio de hacer efectivas las sanciones mencionadas a quien haya incumplido.
La garantía de seriedad le será devuelta al proponente que lo solicite, una vez haya sido perfeccionado y legalizado el contrato respectivo.
3.17. RÉGIMEN DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
No podrán presentar propuesta quienes se encuentren incursos en causales de inhabilidades e incompatibilidades que les impidan celebrar contratos con entidades públicas, de acuerdo con la Ley 80 de 1993, el Art. 18 de la Ley 1150 de 2007 y demás normas aplicables.
3.18. EMPRESAS EN LIQUIDACIÓN O EN CONCORDATO
Con el objeto de cumplir con los fines Estatales y principios establecidos en la contratación administrativa, propendiendo al mismo tiempo que los proponentes favorecidos garanticen la efectiva prestación del servicio requerido por la Administración Municipal, las empresas que se encuentren en liquidación y/o Concordato podrán presentar propuesta siempre y cuando se presenten bajo la figura de Consorcio y/o Unión Temporal sin que el porcentaje de participación del integrante que se encuentra bajo esta figura supere el 40% del presupuesto oficial.
3.19. RESUMEN ECONÓMICO
Se deberá diligenciar el formato “Resumen Económico”.
Los precios ofrecidos deberán ser en pesos colombianos, presentando cifras enteras, tanto en los precios unitarios como totales, incluyendo todos los conceptos relacionados con el objeto de la presente contratación. En caso de presentarse en moneda extranjera, la Administración automáticamente hará la conversión con base en la TRM que rige para el día del cierre, discriminando el IVA, AU y las exenciones si hay lugar a ello. Los demás conceptos no previstos en la oferta, no serán asumidos por el Municipio de Medellín.
Se deberá diligenciar el formato “Resumen Económico”.
3.20. CONDICIONES ECONÓMICAS
En el evento de no discriminar el IVA y que el valor de los bienes y servicios ofrecidos causen dicho impuesto, el Municipio de Medellín lo considerará incluido en el valor de la oferta o en el evento de discriminar el IVA y no causen dicho impuesto, éste no será tenido en cuenta.
En el caso de bienes y servicios excluidos de IVA no se deberán diligenciar los campos relacionados con este impuesto en el formato “Resumen Económico”.
Para el análisis del precio se confrontará la relación entre los precios unitarios y los totales por medio de las cuatro operaciones aritméticas básicas. En caso de encontrarse diferencia, el Municipio realizará las respectivas correcciones.
En caso de diferencia de precios en diferentes apartes de la propuesta, primará para todos los efectos, los que figuran en el formato “Resumen Económico”.
El proponente deberá presentar su propuesta de manera discriminada, toda vez que la base de evaluación del precio será el VALOR SIN IVA y con base en ello se asignará el puntaje correspondiente. En todo caso el valor ofertado más el impuesto al valor agregado a que haya lugar dependiendo del régimen aplicable, no podrá superar el presupuesto oficial establecido para la contratación.
Si la propuesta presentada incluye otros conceptos de pago, relacionados con el objeto de la contratación, los proponentes deberán indicarlo en su oferta, precisando claramente el concepto, valor y forma de pago que propone. Dichos conceptos serán objeto de consideración por parte de la Administración.
Todos los costos asociados a la preparación y presentación de la propuesta estarán a cargo del Proponente y el Municipio de Medellín, en ningún caso, será responsable de los mismos.
Cuando de conformidad con la información a su alcance el Municipio considere o estime que el valor de una oferta resulta artificialmente bajo se deberá proceder conforme a lo dispuesto en Artículo 2.2.10 del Decreto 0734 de 2012.
3.21 Formulario No. 3: Cantidades de Obra y Precios Unitarios:
Al diligenciar este formulario, el proponente no podrá adicionarlo, modificarlo o alterarlo, ni dejar de consignar el precio unitario de uno o varios ítems, pues de lo contrario, la propuesta será rechazada. El Proponente deberá ajustar al peso los precios unitarios y el valor total de la propuesta, bien sea por exceso o por defecto, así: cuando el dígito decimal sea igual o superior a 5, se aproximará por exceso, y cuando sea inferior a 5 se aproximará por defecto; en caso de no hacerlo, la Secretaría de Desarrollo Social efectuará dicho ajuste, el cual primará para todos los efectos de evaluación de propuestas y adjudicación; los precios unitarios que aparecen en este formulario serán los que prevalezcan en caso de consignarse diferentes valores en la propuesta. El factor de AU también será ajustado al peso, en igual forma que los precios unitarios.
El Formulario No. 3 deberá presentarse además en medio digital, debidamente rotulado con el nombre del proponente y el número del proceso de Licitación pública. En caso de que la información sea inconsistente, prevalecerá la que aparece en el formulario impreso.
Con base en la información consignada en el Formulario No. 3, se efectuarán las evaluaciones, sin perjuicio de la información que el adjudicatario xxxxxxx para el perfeccionamiento del contrato en la discriminación de los APU (Formulario No. 5).
3.22 Factor de Administración y Utilidades (AU):
Teniendo en cuenta los costos de Administración (A) en que incurriría el contratista por la ejecución de los trabajos objeto del presente proceso, los cuales deben contener como mínimo los requerimientos detallados en el AU oficial publicado en el sitio xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx, igualmente la inversión ambiental así como la Utilidad (U) o beneficio económico que pretende percibir. El valor del AU deberá ajustarse a dos cifras decimales si se presenta en la categoría de porcentaje, o a cuatro cifras decimales si se presenta en la categoría de número
3.23 CRITERIOS DE DESEMPATE:
El Municipio de Medellín, previos los estudios correspondientes y el análisis comparativo de las ofertas con base en los aspectos jurídicos, técnicos, económicos y financieros, adjudicará la Licitación al oferente cuya propuesta se ajuste al Pliego de Condiciones y haya obtenido el mayor puntaje.
En caso de empate en el puntaje total se aplicará lo dispuesto en el Decreto 0734 de 2012 en su artículo 4.2.5, se determinarán los criterios de desempate de conformidad con las siguientes reglas sucesivas y excluyentes:
1. La propuesta que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio precio
2. Se preferirá la propuesta que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de calidad, si persiste el empate.
3. En caso de igualdad de condiciones, se preferirá la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
4. Si se presenta empate o éste persiste y entre los empatados se encuentren Xxxxxxx, se preferirá a la Mipyme nacional, sea proponente singular, o consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, conformada únicamente por Mipymes nacionales.
5. Si no hay lugar a la hipótesis prevista en el numeral anterior y entre los empatados se encuentran consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura en los que tenga participación al menos una Mipyme, éste se preferirá.
6. Si persiste el empate, se preferirá al proponente singular que acredite tener vinculado laboralmente por lo menos un mínimo del 10% de sus empleados en las condiciones de discapacidad y el cumplimiento de los presupuestos contenidos en la Ley 361 de 1997, debidamente certificadas por la oficina de trabajo de la respectiva zona, que hayan sido contratados con por lo menos un año de anterioridad y que certifique adicionalmente que mantendrá dicho personal por un lapso igual al de la contratación.
7. En caso que no proceda la hipótesis anterior, y entre los proponentes se encuentren proponentes singulares o plurales conformados por consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura conformados con al menos un integrante que acredite las circunstancias establecidas en la Ley 361 de 1997 referidas en el numeral anterior, será preferido frente a los demás.
8. Si el empate se mantiene, se hará el sorteo por el método aleatorio de balotas.
En cualquier caso los factores de desempate contenidos en los numerales 1 al 5 se aplicarán de conformidad con el parágrafo 1 del Artículo 1 de la Ley 816 de 2003. Al efecto, los bienes y servicios originarios de países con los cuales Colombia tenga compromisos comerciales internacionales vigentes en materia de trato nacional para compras estatales, o de aquellos países en los cuales a las ofertas de bienes y servicios colombianos se les conceda el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales; deberán ser tratados en el marco de los criterios de desempate como si fueren bienes o servicios nacionales colombianos. Para efectos de la reciprocidad se dará aplicación a lo dispuesto en Artículo 4.2.6 del Decreto 0734 de 2012.
CERTIFICACIÓN PARA ACREDITAR LA CONDICIÓN DE DISCAPACIDAD, DE MYPES Y MIPYMES
Para efecto de los factores de desempate relacionados con la condición de discapacidad y las Mypes y Mipymes, el oferente debe acreditar con la oferta lo siguiente:
Para la condición de discapacidad la certificación expedida por la oficina de trabajo de la respectiva zona, las constancias de contratación del personal por lo menos con anterioridad a un año y la condición que deberán mantener por un lapso igual al de la contratación, o la constancia del representante legal y contador o revisor fiscal, según corresponda, de esta situación.
Para las Mypes, la certificación expedida por el Contador o el revisor fiscal, según sea el caso, en la que se señale que es una Mype (Micro, pequeña empresa); la planta de personal con que cuenta la empresa y los activos totales de la misma expresados en smmlv. Certificado de la Cámara de Comercio que certifique su antigüedad la cual no puede ser inferior a un año.
Para las Mipymes, la certificación expedida por el Contador o el revisor fiscal, según sea el caso, en la que se señale la clase de Mipyme que se trata (mediana empresa); la planta de personal con que cuenta la empresa, los activos totales de la misma expresados en smmlv, Certificado de la Cámara de Comercio que certifique su antigüedad la cual no puede ser inferior a un año.
En el caso de Consorcios o Uniones Temporales cada uno de los integrantes que ostenten las condiciones anteriores, debe acreditarla.
3.24 EXAMEN DEL SITIO DE LOS TRABAJOS
El Proponente deberá inspeccionar y examinar por su cuenta y riesgo el sitio y los alrededores de las obras, e informarse acerca de la naturaleza del terreno y del subsuelo, la forma y características del sitio, las cantidades, localización y naturaleza de las obras y la de los materiales necesarios para su ejecución, transporte, mano de obra, y, de manera especial, las fuentes de materiales, zonas de depósito de material sobrante, vías de acceso al sitio, instalaciones que pueda requerir, las condiciones del ambiente y, en general, todas las circunstancias que puedan afectar o influir en el cálculo del valor de su oferta.
También deberá hacer la evaluación e identificación de las áreas ambientalmente frágiles y vulnerables que puedan ser afectadas por el proyecto, así como el reconocimiento del entorno socio-económico y la presencia de minorías étnicas en el área de influencia del proyecto, con el fin de que dentro de la organización ambiental del proyecto sean consideradas prioritarias en su manejo.
El proponente deja expresa constancia de que estudió los diseños, planos y especificaciones del proyecto, su naturaleza y localización, la composición y conformación externa de los terrenos, y las condiciones normales y variables del clima, el espacio físico para maniobrar, las zonas de depósito, vías de acceso al sitio, la calidad y cantidad de materiales y suministros necesarios para su ejecución, y los demás factores que puedan influir en el cálculo del valor de su propuesta y en la iniciación y correcto desarrollo de los trabajos.
El hecho de que el Proponente no se familiarice debidamente con los detalles y condiciones del manejo general del proyecto, no le servirá de excusa válida para posteriores reclamaciones.
3.25AUDIENCIA DE ACLARACIÓN XX XXXXXX DE CONDICIONES, IDENTIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS.
Con el fin de precisar el contenido y alcance xxx xxxxxx de condiciones, la identificación y asignación de los riesgos del proceso de selección se celebrará una audiencia pública en la fecha y hora señalada en el cronograma del proceso, en el salón de reuniones ubicado en la Oficina 404 de la Secretaría de Desarrollo Social, Centro Administrativo Municipal, Xxxxx 00 Xx. 00-000, Xx Xxxxxxxxx, Xxxxxxxx.
Como resultado de lo debatido en la audiencia, y cuando resulte conveniente, la Secretaría de Desarrollo Social expedirá las modificaciones pertinentes al pliego de condiciones, mediante adendas, numeradas secuencialmente.
Lo anterior no impide que cualquier proponente pueda solicitar por escrito otras aclaraciones que no hubieren sido resueltas en la audiencia, para obtener respuesta, también por escrito, antes de la fecha de cierre de la licitación.
Las consultas, observaciones y aclaraciones podrán radicarse en el Archivo General del Municipio de Medellín, o dirigirse al fax 0000000, o al correo electrónico xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx, indicando para ello los requisitos mínimos contenidos en el artículo 5° del Código Contencioso Administrativo como se indica en el numeral 1.2 de este pliego. Las respectivas respuestas serán publicadas en el sitio xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx.
La solicitud y respuesta a las aclaraciones no producirán efecto suspensivo sobre el plazo de presentación de las ofertas.
La información contenida en el pliego de condiciones sustituye totalmente cualquier otra que el Municipio de Medellín o sus representantes pudieran haber suministrado en forma preliminar a los proponentes interesados en esta licitación.
En la propuesta no podrán señalarse condiciones diferentes a las establecidas en este pliego de condiciones. En caso de hacerlo, se tendrán por no escritas y, por lo tanto, prevalecerán las disposiciones contenidas en este documento.
4. CRITERIOS DE EVALUACION
El ofrecimiento más favorable se obtendrá de sumar el puntaje obtenido de acuerdo con los siguientes criterios:
Criterio | Descripción | Criterio requerido | Puntaje Máximo |
PRECIO | CALCULADO A TRAVES DE LA MEDIA GEOMÉTRICA | MENOR DESVIACIÓN EN VALOR ABSOLUTO | 700 |
CALIDAD | EXPERIENCIA ADICIONAL DEL INGENIERO RESIDENTE | 150 | |
Apoyo a la Industria Nacional | BIENES DE ORIGEN NACIONAL | 100 | |
BIENES DE ORIGEN EXTRANJERO CON INCORPORACIÓN COMPONENTE COLOMBIANO | 50 |
Sólo serán objeto de evaluación técnica las propuestas presentadas por proponentes que cumplan con todos los requisitos habilitantes del proponente establecidos en el pliego de condiciones de la Licitación Pública
CALIFICACIÓN DEL FACTOR PRECIO: 700 Puntos
Para la calificación del factor precio se realizarán previamente todas las correcciones aritméticas de las propuestas presentadas y que resultaron habilitadas.
A partir del valor total de las propuestas corregidas, se asignarán máximo setecientos (700) puntos, de conformidad con el siguiente procedimiento:
1. Las propuestas con valor total superior al presupuesto oficial, serán rechazadas.
2. Se calculará la media geométrica (G) con las propuestas habilitadas, incluyendo el presupuesto oficial una vez por cada tres propuestas habilitadas, (cuando el número de estas propuestas, en total, es mayor o igual a tres, o sea cuando se tengan 3, 4, 5, 6, 7…”N” propuestas).
A manera de ilustración al respecto: si se tienen 3, 4 ó 5 propuestas habilitadas se incluirá el presupuesto oficial una (1) vez; si se tienen 6, 7 u 8 propuestas habilitadas se incluirá dos (2) veces el presupuesto oficial y así sucesivamente.
Cuando se tengan menos de tres propuestas habilitadas, (1 ó 2 en total), se incluirá el presupuesto oficial una (1) vez.
3. Una vez encontrada la media geométrica se calculará la desviación en valor absoluto de cada propuesta respecto de la media geométrica.
La calificación de las propuestas se realizará aplicando la siguiente Expresión: p: = 500 + (200*(Desviación mínima)/ (Desviación Propuesta en estudio))
En donde
Cp: Calificación por Precio de cada propuesta
Desviación mínima: Menor valor absoluto de la diferencia de las propuestas habilitadas, respecto de la Media Geométrica G.
Desviación Propuesta en estudio: Valor absoluto de la diferencia de las propuesta en estudio con respecto a la media geométrica G
Para todos los cálculos se toma la G con dos (2) cifras decimales.
CALIFICACIÓN DEL FACTOR CALIDAD: 150 Puntos.
Se evaluará a partir de la experiencia específica adicional del Ingeniero Residente, que suministre el proponente en el formato previsto para ello y sus respectivas certificaciones. Se asignarán un máximo de CIENTO CINCUENTA (150) puntos a dicho factor, Por cada año adicional de experiencia especifica se otorgará una calificación de 75 Puntos hasta una calificación máxima por dicho concepto de 150 puntos.
ESTÍMULO A LA INDUSTRIA NACIONAL COLOMBIANA.
En aquellos procesos en los que se involucren bienes y servicios de origen extranjero se asignará el puntaje señalado en el artículo 4.2.4 del Decreto 0734 de 2012, atendiendo a los siguientes Criterios:
Para servicios de origen nacional 100 PUNTOS.
De conformidad con lo consagrado en el artículo 2 de la Ley 816 de 2003, se asignará el diez por ciento (10%) del puntaje total a los proponentes que acrediten que los servicios son de origen nacional, para lo cual se deberá aportar certificación suscrita por el representante legal y/o proponente tratándose de persona natural.
Para bienes y/o servicios de origen extranjero con la incorporación de componente colombiano 50 PUNTOS
Para bienes y/o servicios de origen extranjero con la incorporación de componente colombiano de bienes y servicios profesionales, técnicos y operativos, se asignara el cinco por ciento (5%) del puntaje total a los proponentes que acrediten dicha condición para lo cual se deberá aportar certificación suscrita por el representante legal.
5. CAUSALES DE ELIMINACION DE PROPUESTAS
El Municipio de Medellín podrá rechazar, sin que haya lugar a su evaluación, o eliminar las propuestas presentadas, entre otras, si incurre en cualquiera de los siguientes casos:
5.1. Cuando el valor TOTAL de la propuesta económica supere el presupuesto oficial, o cuando las propuestas por sedes individualmente consideradas supere el Presupuesto Oficial de la respectiva sede social.
5.2. Cuando no se aporte alguno de los documentos necesarios para la asignación de puntaje.
0.0.Xx vencido el plazo para subsanar, no se cumple con los requisitos habilitantes y/o los requerimientos técnicos mínimos, que deben cumplirse en su totalidad.
5.4. Cuando el proponente se encuentre incurso en alguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad contempladas en la Ley 80 de 1993, ley 1474 de 2011 y demás normas aplicables sobre la materia.
5.5. Cuando el objeto social o actividad mercantil del proponente no corresponda a lo requerido por la Administración, exigencia que aplica a cada uno de los integrantes de Consorcios, Uniones Temporales u otra forma de asociación, si hay lugar a ello.
0.0.Xx luego de verificadas y/o evaluadas las propuestas, se encuentra contradicción entre los documentos aportados en la propuesta o entre ésta y lo confrontado con la realidad.
5.7. Cuando no se aporte la Garantía de Seriedad de la propuesta simultáneamente con la oferta.
5.8. Cuando en la propuesta económica no se coticen la totalidad de los ítems.
5.9. Cuando la inscripción en el RUP no se encuentre en firme.
5.10. Cuando se presenten varias ofertas por el mismo oferente y se configure cualquiera de las siguientes hipótesis: con el mismo nombre; con nombres diferentes; de forma simultánea como persona natural o jurídica y representante legal de una persona jurídica, de forma simultánea como persona natural o jurídica e integrante de un Consorcio o Unión Temporal, de forma simultánea como persona natural o jurídica y representante de un Consorcio o Unión Temporal. Cuando varias personas jurídicas tengan el mismo representante legal, o socios comunes, solo podrá presentarse a la selección una de ellas.
5.11. Quien entregue la propuesta en un xxxxx xxxxxxxxx x xx xxxxxxx 000 Grupo de Apoyo a la Contratación de la Secretaría de Desarrollo Social del Municipio de Medellín y que por esta causa no llegue antes de la hora del cierre a la Secretaría de Desarrollo Social, de la dirección calle 44 No 52 – 165 Oficina 404 Centro Administrativo Municipal.
5.12. Cuando el Formulario “Calculo del A.U.”, no cumpla con cualquiera de las exigencias estipuladas en el respectivo literal del numeral “Resumen económico”.
5.13. Cuando el porcentaje de AU del proponente, una vez corregido si a ello hay lugar, supere el porcentaje de AU oficial
6. PREPARACION Y ENTREGA DE DOCUMENTOS
6.1.FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Tanto los documentos para verificar los requisitos habilitantes, como las propuestas técnicas y económicas deberán ser presentadas, así:
Las propuestas deberán ajustarse en cuanto a su forma a los siguientes parámetros:
Elaboradas a máquina o en procesador de palabras.
En original y una (1) copia.
La copia de la propuesta (mediante cualquier medio de reproducción), deberá coincidir en su contenido con el original. Si se presentare alguna diferencia entre el original y la copia, prevalecerá la información consignada en el original.
Deberá presentarse Copia de la Propuesta Económica en medio Magnético.
Tanto el original como la copia, deberán entregarse debidamente FOLIADOS y LEGAJADOS, serán colocados dentro de un sobre o paquete separados, debidamente cerrados y rotulados en su parte exterior respectivamente como “original” y “copia”.
Con el fin de evitar omisiones cada uno de los folios que conforman la oferta original deberán tener un visado o firma resumida en la parte inferior derecha del Representante Legal o un delegado del proponente.
Las propuestas deberán contener un índice o tabla de contenido, que permita localizar adecuadamente la información solicitada en el Pliego de Condiciones, especificando los números de página donde se encuentran los documentos requeridos.
Los sobres deberán identificarse de la siguiente manera:
Estarán dirigidos al Municipio de Medellín
Se indicará el número y el objeto de la contratación.
Se indicará, el nombre y dirección del proponente, con el fin de que sea posible devolver la propuesta sin abrir, en caso de ser presentada extemporáneamente.
El Municipio no se hará responsable por no abrir, o por abrir prematuramente los sobres mal identificados o incorrectamente dirigidos.
Se entenderán por fecha y hora de presentación las que aparezcan en el sello o escrito puesto sobre la oferta por el encargado de recibirla, en el momento de su llegada al sitio de entrega de la misma.
No se aceptarán propuestas que xxxx entregadas en una oficina diferente a la indicada en el presente documento, así sea recepcionada dentro del plazo señalado para la entrega de propuestas.
En la propuesta no podrán señalarse condiciones diferentes a las establecidas en este pliego de condiciones. En caso de hacerlo, se tendrán por no escritas y, por lo tanto, prevalecerán las disposiciones contenidas en este documento.
No se aceptarán propuestas alternativas.
Los documentos que hacen parte del original y de las copias de la propuesta deberán ser totalmente legibles, legajados y foliados. Los folios que contengan modificaciones o enmiendas deberán ser convalidados con la firma de quien suscribe la carta de presentación.
Todos los documentos exigidos deberán incluirse en el original y en las copias de la propuesta. En caso de discrepancia entre las copias y el original, primará este último sobre aquélla.
6.2.ENTREGA DE PROPUESTAS
Dentro del plazo de este proceso de licitación, la propuesta deberá ser entregada en el Grupo de Apoyo a la Contratación de la Secretaría de Desarrollo Social ubicada en la siguiente dirección:
Municipio de Medellín – Secretaría de Desarrollo Social Xxxxx 00 Xx. 00-000, Xx Xxxxxxxxx, Xxxxxxx 000
Xxxxxxxx
Los sobres deberán estar identificados de la siguiente manera: LICITACIÓN N°
OBJETO: PROPONENTE:
Si el proponente desea enviar la propuesta por correo, deberá remitirla con suficiente antelación para que pueda ser recibida en la dirección anotada, antes de la fecha y hora fijadas para el cierre del proceso. En todo caso, la Secretaría de Desarrollo Social no será responsable del retardo o extravío que pueda derivarse de esta forma de presentación.
6.3. RETIRO O MODIFICACIÓN DE LA PROPUESTA
Si un proponente desea retirar su propuesta antes del cierre de la contratación, deberá presentar una solicitud en tal sentido, firmada por la misma persona que firmó la carta de presentación de la oferta. La propuesta le será devuelta sin abrir, en el momento de la apertura de la urna, previa expedición de un recibo firmado por el servidor (a) responsable por parte de la Administración Municipal y por el solicitante.
Si el proponente quiere adicionar documentos a su oferta, podrá hacerlo en original y una copia, aportándolos antes del cierre de la contratación y el Municipio de Medellín le expedirá una constancia de este hecho.
No será permitido que ningún proponente modifique o adicione su oferta después de que la contratación se haya cerrado.
6.4. RESERVA EN DOCUMENTOS
El proponente deberá indicar expresamente en su oferta, qué información de la consignada tiene carácter de reservada, señalando expresamente la norma jurídica en la que se fundamenta, con el fin de que el Municipio de Medellín se abstenga de entregarla misma, cuando cualquier persona natural o jurídica ejerciendo el derecho de petición, solicite copia de las propuestas. En el evento de que no se señale la norma específica que le otorgue ese carácter, se tendrá por no escrito el anuncio de reserva.
6.5. IDIOMA DE LA PROPUESTA
Todos los documentos e información relacionada con la oferta y el contrato deben presentarse en idioma español. Si alguno de ellos está en cualquier otro idioma, deberá acompañarse de su respectiva traducción al español, la misma que el proponente avalará con su firma. En este caso, para los efectos del proceso de contratación y del contrato, regirá la traducción en español.
6.6.VALIDEZ DE LA OFERTA
La validez de la oferta será de tres (3) meses, contados a partir de la fecha límite para recibir los documentos para la verificación de los requisitos habilitantes de la contratación.
6.7.VISITAS
Durante el desarrollo de la evaluación el Municipio de Medellín podrá realizar visitas a las sedes de los proponentes con el fin de confrontar la realidad de la información suministrada.
6.8. INFORMACIÓN SOBRE IRREGULARIDADES EN EL PROCESO DE SELECCIÓN
Las irregularidades presentadas o las actuaciones indebidas realizadas por servidores públicos del Municipio de Medellín, con ocasión del trámite del procedimiento de selección podrán ser informadas a la Oficina de Evaluación y Control o en la línea Única de Atención a la Ciudadanía 44 44 144, por cualquier medio.
Por otra parte, en el evento de conocerse casos especiales de corrupción, se debe reportar el hecho al Programa Presidencial “Lucha contra la Corrupción” a través de: los números telefónicos: (0) 000 00 00, (0) 000 00 00, y (0) 000 00 00; vía fax al número telefónico: (0) 000 0000; correo electrónico, en la dirección: xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx; al sitio de denuncias del programa, en la página Web: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx ; correspondencia o personalmente, en la dirección: Xxxxxxx 0 Xx 0-00, Xxxxxx, X.X.
7. ADJUDICACION Y GENERALIDADES DEL CONTRATO
7.1. PLAZO PARA ADJUDICAR
Se hará conforme al numeral 9, Artículo 30 de la Ley 80 de 1993.
AUDIENCIA PÚBLICA DE ADJUDICACIÓN
De acuerdo con el Numeral 3.1.3 del Decreto 0734 de 2012 La licitación se adjudicará en audiencia pública, la cual se realizará conforme a las reglas señaladas para tal efecto por la entidad, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
1. En la audiencia los oferentes podrán pronunciarse inicialmente sobre las respuestas dadas por la entidad a las observaciones presentadas respecto de los informes de evaluación. En ningún caso, esta posibilidad implica una nueva oportunidad para mejorar o modificar la oferta.
En caso de presentarse pronunciamientos que a juicio de la entidad requieran de análisis y cuya solución podría incidir en el sentido de la decisión a adoptar, la audiencia podrá ser suspendida por el término necesario para la verificación de los asuntos debatidos y la comprobación de lo alegado.
2. Se podrá conceder el uso de la palabra por una única vez al oferente que así lo solicite, con el objeto de replicar las observaciones que sobre la evaluación de su oferta se hayan presentado por los intervinientes.
3. Toda intervención deberá ser hecha por la persona o las personas previamente designadas por el oferente, y estará limitada a la duración máxima que la entidad haya señalado con anterioridad.
4. Durante la audiencia los asistentes deberán observar una conducta respetuosa hacia los servidores públicos y los demás presentes. Quien preside la audiencia podrá tomar las medidas necesarias para preservar el orden y correcto desarrollo de la misma, pudiendo excluir de ella, a quien con su comportamiento altere su normal curso.
5. Se podrá prescindir de la lectura del borrador del acto administrativo de adjudicación del proceso, si la entidad ha dado a conocer oportunamente su texto con la debida antelación para su lectura por parte de los oferentes.
6. Terminadas las intervenciones de los asistentes a la audiencia, se procederá a adoptar la decisión que corresponda y se notificará a los presentes de conformidad con el artículo 9° de la Ley 1150 de 2007
7.2.RIESGOS PREVISIBLES
RIESGO | DESCRIPCIÓN | ESTIMACIÓN | ASIGNACIÓN | SOPORTE |
0001 | Accidentes de trabajo | Alta | Contratista | Se tipifica por ser un riesgo de normal ocurrencia en este tipo de contratos, se estima de probabilidad de ocurrencia alta por el tipo de labores desarrolladas y se transfiere al contratista quien tiene mayor manejo y posibilidad de mitigación, con el cumplimiento de las afiliaciones correspondientes al Sistema de Riesgos Profesionales. |
0002 | Calidad de los materiales | Media | Contratista | Es un riesgo de posible ocurrencia por tratarse de un contrato de obra pública, en los que en ocasiones los contratistas suministran materiales de baja calidad. Es de media probabilidad de ocurrencia y se transfiere al contratista por ser el único responsable de los materiales a utilizar en la ejecución de las obras. Se ampara con la garantía de calidad de los bienes y servicios que se le exige al contratista. |
0003 | Cambios normativos o de legislación tributaria | Media | Municipio - Contratista | Pueden ocurrir cambios normativos como por ejemplo la imposición de nuevos tributos, que lleguen a afectar el equilibrio económico del contrato, caso en el cual se considera que la entidad tiene mayor manejo sobre el riesgo, siempre y cuando sean tributos de origen municipal, pero si se trata de tributos de origen nacional que afectarían a ambas partes por igual será asumido por ambos en iguales proporciones. Esto atendiendo el concepto que sobre el particular tiene el Consejo de Estado. |
0004 | Condiciones climáticas adversas | Baja | Contratista - Municipio | Por tratarse de obra pública, las condiciones climáticas pueden afectar el normal desarrollo de los trabajos, no obstante se estima de probabilidad de ocurrencia baja, pues las labores no se van a desempeñar en su gran mayoría a la intemperie, sino en el interior de las sedes sociales. Este riesgo será asumido de forma conjunta por las partes por considerar que ambos tienen posibilidad de manejo o mitigación del mismo. |
0005 | Daños a bienes ajenos y a terceros | Alta | Contratista | En los contratos de obra es de probabilidad de ocurrencia alta este tipo de daños, riesgo que será transferido al contratista, quien tiene mayor manejo de éste, tomando las medidas preventivas que sean del caso y amparándolo con la garantía de responsabilidad extracontractual exigida. |
0006 | Daños causados por terceros, o deterioro, en obras ejecutadas | Alta | Contratista | De ocurrencia probable en los contratos de obra, se transfiere al contratista quien tiene mayor posibilidad de mitigación o manejo del mismo. |
0008 | Deficiencia en la calidad de los bienes y/o servicios | Media | Contratista | Es un riesgo de posible ocurrencia por tratarse de un contrato de obra pública, en los que en ocasiones los contratistas suministran materiales de baja calidad. Es de media probabilidad de ocurrencia y se transfiere al contratista por ser el único responsable de los |
RIESGO | DESCRIPCIÓN | ESTIMACIÓN | ASIGNACIÓN | SOPORTE |
materiales, bienes y servicios a prestar en la ejecución de las obras. Se ampara con la garantía de calidad de los bienes y servicios que se le exige al contratista. | ||||
0012 | De inestabilidad de la obra | Baja | Contratista | Posibilidad de ocurrencia por tratarse de obra pública, no obstante se considera de probabilidad de ocurrencia baja, ya que en este contrato lo que se realizará serán mantenimientos menores que no conllevan a la ejecución de obras físicas de mayor envergadura. Se transfiere al contratista quien deberá ampararlo con la garantía de estabilidad de las obras. |
0016 | Falta de idoneidad del personal | Alta | Contratista | Es un riego con probabilidad de ocurrencia alta, ya que la idoneidad de la mano de obra no calificada, principalmente, se verifica sólo en el momento de la ejecución de las actividades; lo anterior se suma a que el personal del gremio de la construcción, por lo general es muy inestable y es muy común el abandono del puesto de trabajo. Se le transfiere al contratista por ser de quien depende directamente el cumplimiento de la disponibilidad de la mano de obra necesaria para la ejecución de los trabajos y se ampara con la garantía de cumplimiento de todas las obligaciones contractuales. |
0019 | Inadecuado manejo e incorrecta inversión del anticipo | Media | Contratista | En los contratos de obra es de probabilidad de ocurrencia media esta situación, riesgo que será transferido al contratista, quien tiene total manejo de éste, y el cual está amparado con la garantía de “buen manejo de anticipo” exigida en el momento de legalizar el contrato. |
0018 | Hurto y vandalismo | Media | Contratista | Probabilidad de ocurrencia media por tratarse de obra pública en lugares cerrados, se transfiere al contratista quien tiene la responsabilidad total de manejo y mitigación del mismo. |
0021 | Incumplimiento de obligaciones laborales | Alta | Contratista | La afiliación del personal de la obra al sistema de seguridad social es una obligación del contratista que en algunas ocasiones se realiza con falencias o en el peor de los casos no se realiza. Es responsabilidad de la interventoría o supervisión verificar su cumplimiento. Probabilidad de ocurrencia alta asignada al contratista quien es el único responsable del cumplimiento de las obligaciones laborales respecto al personal que emplee en la ejecución del contrato y que lo deberá amparar con la garantía “pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones |
0022 | Insuficiente suministro de materiales | Alta | Contratista | Probabilidad de ocurrencia alta que se traduce en el retraso de la ejecución de las diferentes actividades de la obra, se transfiere al contratista quien tiene la responsabilidad total de manejo y mitigación del mismo. Se ampara con la garantía de cumplimiento. |
0025 | Manejo socio- ambiental de la obra | Alta | Contratista - Municipio | La guía de manejo socio ambiental para construcción de infraestructura pública es acogida por el Municipio de Medellín a través del Decreto 673 de 2006. Por lo tanto funcionarios, contratistas e interventores deben conocer, aplicar y exigir en todas las obras. |
RIESGO | DESCRIPCIÓN | ESTIMACIÓN | ASIGNACIÓN | SOPORTE |
0027 | Incumplimiento al programa de trabajo | Alta | Contratista | Probabilidad de ocurrencia alta que puede presentarse por diferentes situaciones de común ocurrencia en los contratos de obra antes descritas, se transfiere al contratista quien tiene la responsabilidad total de manejo y mitigación del mismo. |
0028 | Variación de cantidades | Alta | Contratista - Municipio | Probabilidad de ocurrencia alta que puede ocurrir porque el objeto de la obra se basa en un presupuesto que en la gran mayoría de los casos varía en el momento de la ejecución; ya sea por condiciones no previstas inicialmente o porque el escenario o circunstancias varía desde el momento de la concepción del proyecto hasta su ejecución. Se asigna al contratista y al Municipio quienes tienen la responsabilidad y el manejo del mismo. |
0029 | Variación de precios | Alta | Contratista | La probabilidad de ocurrencia es alta ya que los precios de los materiales obedecen a la fluctuación de oferta y demanda, y a la disponibilidad de los mismos. La modalidad de la presente contratación es a precios unitarios fijos no reajustables, por lo tanto este riesgo se transfiere al contratista. |
0038 | Incumplimiento total o parcial de las obligaciones surgidas | Alta | Contratista | Probabilidad de ocurrencia alta que puede presentarse por diferentes situaciones antes descritas y que son de común ocurrencia en los contratos de obra pública, se transfiere al contratista quien tiene la responsabilidad total de manejo y mitigación del mismo por depender de su voluntad el cumplimiento de las obligaciones a su cargo. Se deberá amparar con la garantía de cumplimiento |
0026 | Modificación de especificaciones técnicas | Alta | Contratista | Probabilidad de ocurrencia alta que puede presentarse por fallas humanas debido al desconocimiento u omisión de las especificaciones consignadas en el contrato. Se transfiere al contratista quien tiene la responsabilidad total de manejo y mitigación del mismo |
La presentación de las ofertas implica la aceptación, por parte del proponente, de la distribución de riesgos previsibles efectuada por la entidad.
7.3.GARANTÍAS
De conformidad con lo establecido en el Decreto Nacional 0734 de 2012, el oferente deberá otorgar cualquiera de los mecanismos de cobertura del riesgo a favor del Municipio de Medellín, con una vigencia igual a la duración del contrato y:
Buen manejo y correcta inversión del anticipo: Cubre al Municipio de Medellín por los perjuicios sufridos con ocasión de: 1) la no inversión, 2) el uso indebido, y 3) la apropiación indebida que el contratista garantizado haga de los dineros o bienes que se le hayan entregado en calidad de anticipo para la ejecución del contrato, por el equivalente al ciento por ciento (100%) de la suma anticipada, con una vigencia igual al plazo del contrato y seis (6) meses más.
Cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato estatal: Cubrirá al Municipio de Medellín los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato así como de su cumplimiento tardío o su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al contratista garantizado. Este amparo comprende además siempre el pago de las multas y de la cláusula penal pecuniaria que se hayan pactado en el contrato. por una
cuantía equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, y con una vigencia igual a su plazo y cuatro (4) meses más.
Pago de salarios y prestaciones sociales, e indemnizaciones laborales: Cubrirá al Municipio de Medellín por los perjuicios que se le ocasionen como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones laborales del contratista garantizado, derivadas de la contratación de personal utilizado para la ejecución del contrato amparado, por el equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del contrato, con una vigencia igual a su plazo y tres (3) años más.
Estabilidad y firmeza de las obras: Por una cuantía equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato, con una vigencia de cinco (5) años contados a partir del recibo a satisfacción de las obras o trabajos.
Calidad de los bienes o servicios: Por una cuantía equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato con una vigencia igual al plazo del contrato y un (1) año más.
Responsabilidad civil extracontractual: Por una cuantía equivalente a 200 SMLV; de conformidad con el Decreto 0734 de 2012, con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y un mes más. Si el Municipio de Medellín ha autorizado previamente la subcontratación, en la póliza de responsabilidad extracontractual se deben cubrir igualmente los perjuicios derivados de los daños que aquéllos puedan causar a terceros con ocasión de la ejecución de los contratos, o en su defecto, deberán acreditar que el subcontratista cuenta con un seguro de responsabilidad civil extracontractual propio para el mismo objeto.
En la Garantía Única se dejará expresa la siguiente constancia: “En el evento en que no se llegare a liquidar el contrato dentro del término previsto de seis (6) meses, después de terminado el plazo de ejecución del mismo, se ampliará la vigencia de la garantía única para el amparo de Anticipo, Cumplimiento por 24 meses más, de conformidad con el Artículo 11 de la Ley 1150 de 2007. Para este efecto, el interventor deberá verificar el cumplimiento de esta obligación y requerir oportunamente al contratista de ser necesario, para que proceda a la ampliación de la vigencia de la garantía, en cuyo caso, los gastos que se deriven de la ampliación de la vigencia de la garantía también deberá asumirlos el contratista.
7.4.PERFECCIONAMIENTO Y LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO
El perfeccionamiento y legalización del contrato, estará sujeto a lo establecido en la Ley 80 de 1993, sus Decretos Reglamentarios y las normas internas de la Administración Municipal.
El Municipio de Medellín dispondrá hasta xx xxxx (10) días a partir de la notificación del Acto de adjudicación, para elaborar y entregar el respectivo contrato al adjudicatario, quien dispondrá de tres (03) días hábiles para devolverlo firmado, acompañado de los documentos exigidos para su legalización y ejecución.
7.5.CONTRATO
El Municipio de Medellín celebrará con el proponente adjudicatario, el contrato para la ejecución del objeto, fundamentándose en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 y sus decretos reglamentarios, estudios previos, el Pliego de Condiciones y los análisis técnico, jurídico, financiero y económico de la propuesta. El adjudicatario deberá presentar para la suscripción del contrato los siguientes documentos:
7.5.1.Fotocopia de la cédula de ciudadanía del Representante Legal.
7.5.2.Original de la Garantía Única. Se deberán otorgar las garantías exigidas en la minuta del contrato.
7.5.3.Comprobante de pago de la Publicación en la Gaceta Oficial del Municipio de Medellín. La cuenta de cobro correspondiente, para que su valor sea pagado en cualquier sucursal de los bancos autorizados.
7.6.PROHIBICIÓN DE CEDER EL CONTRATO
El contrato estatal es intuito personae y, en consecuencia, una vez celebrado, no podrá cederse sino con autorización previa y escrita del Municipio de Medellín, quien tiene la potestad legal para celebrarlo.
7.7. INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO
El Municipio de Medellín, con el exclusivo objeto de evitar la paralización o la afectación grave de los servicios públicos a su cargo y asegurar su inmediata, continua y adecuada prestación, podrá interpretar los documentos contractuales y las estipulaciones en ellos convenidas, introducir modificaciones a lo contratado y cuando las condiciones particulares de la prestación así lo exijan, terminar unilateralmente el contrato celebrado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14, 15, 16 y 17 de la Ley 80 de 1993.
En los actos en que se ejerciten algunas de estas potestades excepcionales, se procederá al reconocimiento y orden de pago de las compensaciones e indemnizaciones a que tengan derecho las personas objeto de tales medidas.
Contra los actos administrativos que ordenen la interpretación, modificación y terminación unilateral, procederá el recurso de reposición ante el Municipio de Medellín, sin perjuicio de la acción contractual que puede intentar el Contratista, según lo previsto en el Artículo 77 de la Ley 80 de 1993.
7.8.ADICION CONTRACTUAL
El contrato podrá adicionarse hasta en un cincuenta por ciento (50%) de su valor inicial, expresado éste en salarios mínimos legales mensuales vigentes, de conformidad con la Ley y los procedimientos internos del Municipio.
7.9.SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO
Por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito se podrá, de común acuerdo entre las partes, suspender temporalmente la ejecución del Contrato, mediante la suscripción de un acta donde conste tal evento, sin que, para efectos del plazo extintivo, se compute el tiempo de la suspensión.
Se considerará como fuerza mayor o caso fortuito, el suceso que no es posible predecir y que está determinado por circunstancias no imputables al Contratista o al Municipio, que impidan totalmente el trabajo u obliguen a disminuir notablemente su ritmo, como por ejemplo, catástrofes, guerras, huelgas causadas por razones no imputables al Contratista o al Municipio, u otros similares.
La situación de fuerza mayor o caso fortuito deberá ser demostrada por el Contratista, y en tal evento tendrá derecho a la ampliación del plazo pero no a indemnización alguna. Sin embargo, esto no lo exonera de su obligación de constituir y mantener vigentes las garantías estipuladas en el contrato, y de la responsabilidad por los daños que sufra el Municipio por no haberlas constituido o mantenido vigentes.
7.10. MULTAS
En el evento en que el Contratista incumpla parcialmente cualquiera de las obligaciones contraídas por el presente contrato, se acuerdan multas, las cuales serán proporcionales al valor total del contrato y a los perjuicios que sufra el Municipio de Medellín:
a) Por xxxx o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a la legalización del contrato, constituir a tiempo la garantía única de cumplimiento, en cualquiera de sus riesgos amparados, el uno por mil (1x1000) del valor total del contrato por cada día de retraso sin superar el 3% del valor total del mismo.
b) Por xxxx o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a iniciar o reanudar los trabajos, según el caso, en la fecha determinada, o por suspensión temporal de la misma sin causa justificada o por causas imputables al Contratista, el uno por mil (1‰) del valor total del contrato por cada día xx xxxx, sin superar el tres por ciento (3%) del valor total del mismo.
c) Por xxxx o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a los requisitos exigidos para los diferentes profesionales, el uno por mil (1‰) del valor total del contrato, sin superar el dos por ciento (2%) del valor total del mismo, lo cual no exonera al Contratista del cumplimiento de esta obligación a satisfacción de la Secretaría de Desarrollo Social.
d) Por xxxx o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a disponer de los diferentes profesionales, o por reemplazarlos sin previa autorización de la Secretaría de Desarrollo Social, y por cada día xx xxxx en el cumplimiento de este requisito, el uno por mil (1‰) del valor total del contrato, sin superar el dos por ciento (2%) del valor total del mismo, lo cual no exonera al Contratista del cumplimiento de esta obligación.
e) Por xxxx o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a suministrar oportunamente los recursos de personal y físicos, necesarios para el adecuado desarrollo de los trabajos, y por cada día xx xxxx en el cumplimiento de este requisito, el uno por mil (1‰) del valor total del contrato, sin superar el dos por ciento (2%) del valor total del mismo.
f) Por cambios en las especificaciones sin previa autorización de la Secretaría de Desarrollo Social, el dos por ciento (2%) del valor total del contrato.
g) Por mal uso del anticipo, el uno por ciento (1%) del valor anticipado, sin perjuicio de las sanciones penales a las que haya lugar.
h) Por xxxx o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a prorrogar la garantía única de cumplimiento, en cualquiera de sus riesgos amparados, cuando a ello hubiere lugar, el uno por ciento (1%) del valor del contrato.
i) Por xxxx o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a presentar los documentos exigidos para la liquidación del contrato, dentro del plazo establecido para el efecto, según las disposiciones vigentes, el cero punto tres por ciento (0.3%) del valor total del contrato. En este caso, la Secretaría de Desarrollo Social elaborará la liquidación unilateralmente.
j) por xxxx o incumplimiento en el pago completo y oportuno de los aportes a la seguridad social el uno por mil (1 x 1000) del valor total del contrato por cada día de retraso sin superar el tres por ciento (3%) del valor total del mismo
k) Por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones, que afecte el contrato, el uno por
mil (1‰) del valor total del contrato.
El valor de las multas, se entenderá pactado de mutuo acuerdo por las partes y serán cobradas en la forma prevista por la ley para tales casos. (Artículo 17 Ley 1150 de 2007 y artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, artículo 8.1.10 del decreto 0734 de 2012).
Para la imposición de las multas de manera unilateral, el Municipio de Medellín, dará aplicación al debido proceso.
Una vez impuesta la declaratoria de incumplimiento por parte del Municipio de Medellín, el Contratista autoriza al Municipio de Medellín para que descuente el valor de las multas directamente de cualquier suma que le adeude, si la hubiere, o de hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato. Si esto no fuere posible se procederá al cobro coactivo de conformidad con lo previsto en el artículo 17 de la Ley 1150 de 2007.
La imposición de multas no libera al Contratista del cumplimiento de sus obligaciones
7.11. CLAUSULA PENAL
Se estipula una cláusula penal xxx xxxx por ciento (10%) del valor del Contrato, que se hará efectiva en caso de declaratoria de caducidad por parte del MUNICIPIO DE MEDELLIN o de declaratoria de incumplimiento grave y definitivo. El valor de la cláusula penal se tomará directamente de cualquier suma que se le adeude al CONTRATISTA, si la hubiere, o de la Garantía de Cumplimiento constituida, y si esto no fuere posible se cobrará ejecutivamente. En todo caso, se dará observancia al debido proceso, artículo 17 Ley 1150 de 2007, y se seguirá el procedimiento establecido en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, el cual establece el procedimiento administrativo para imposición de multas, sanciones y declaratorias de incumplimiento.
7.12. CADUCIDAD
Si se presenta alguno de los hechos constitutivos de incumplimiento de las obligaciones a cargo del Contratista, que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato, y evidencie que puede conducir a su paralización, el Municipio de Medellín, por medio de acto administrativo debidamente motivado, lo dará por terminado y ordenará su liquidación en el estado en que se encuentre, de conformidad con el Artículo 18 de la Ley 80 de 1993.
7.13. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
El contrato celebrado con el proponente seleccionado, será objeto de liquidación bilateral con un término máximo de cuatro (4) meses contados a partir de la terminación del contrato.
Así mismo, en caso de no efectuarse la liquidación bilateral, el Municipio de Medellín procederá con la liquidación unilateral dentro de los dos (2) meses siguientes al vencimiento del plazo para la liquidación bilateral.
7.14. FUERZA MAYOR
El Contratista quedará exento de toda responsabilidad por dilación u omisión en el cumplimiento de las obligaciones contractuales cuando dichos eventos ocurran por causa constitutiva de fuerza mayor, debidamente comprobada, por fuera del control del Contratista y que no implique falta o negligencia de éste o de su personal.
Para efectos del contrato, solamente se considerarán como causas constitutivas de fuerza mayor las que se califiquen como tales de acuerdo con la legislación colombiana.
En el caso de fuerza mayor que afecte el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales, el Contratista tendrá derecho únicamente a la ampliación del plazo contractual pero no a indemnización alguna del Municipio.
Los inconvenientes de fuerza mayor deberán informarse al Municipio de Medellín por el medio más rápido posible, dentro de las setenta y dos (72) horas siguientes al momento en que hayan iniciado o se hayan presentado; dentro de los diez (10) días calendario siguientes el Contratista suministrará al Municipio de Medellín todos los detalles del hecho constitutivo de fuerza mayor y la documentación certificada que la Administración puedan requerir.
Las suspensiones debidas a demoras en la adquisición de los equipos o daños en los mismos, a circunstancias de ocurrencia común de estos trabajos de la misma naturaleza de las contempladas en este contrato, a huelgas de su personal de trabajadores resultantes de convenios laborales, a la falta de cooperación del Contratista para resolver peticiones justas de sus trabajadores o cualquier otra suspensión que ordene el interventor por razones técnicas o de seguridad, no se consideran como fuerza mayor y no darán lugar a indemnización ni a ampliación en el plazo estipulado.
7.15. INSCRIPCIÓN PROVEEDORES Y/O CONTRATISTAS
En caso de que el proponente no esté inscrito y resulte adjudicatario, deberá diligenciar el formato de inscripción de proveedores y contratistas, tramitándolo en la taquilla 11, sótano del CAM, Servicios a la Ciudadanía, aportando los siguientes documentos:
Persona natural:
Documento de identidad-CC, CE, NUIP
RUT-Registro único Tributario DIAN-
Certificado Bancario expedido por la entidad, que contenga como mínimo: Nombre y apellidos completos, Número del documento de identidad del titular de la cuenta, Tipo de Cuenta-Corriente o Ahorros, Número de la cuenta.
Persona jurídica:
Además de los exigidos para las personas naturales, debe aportar:
Certificado de Existencia y Representación Legal de la Cámara de Comercio (Para las asociaciones, Escuelas o Juntas de Acción Comunal que no poseen Cámara de Comercio, copia de la Resolución de Creación que las acredita)
Si ya se encuentra inscrito como proveedor del Municipio, no será necesario diligenciar el formato. Sin embargo, si han cambiado algunos aspectos de los reportados inicialmente en el formulario, es conveniente su diligenciamiento para actualizar la inscripción.
7.16. SUPERVISIÓN Y/O INTERVENTORÍA
El Municipio de Medellín designará un responsable(s) del seguimiento, monitoreo, control efectivo de las actividades y resultados comprometidos y pactados en el contrato, de acuerdo con la cuantía de la contratación y el conocimiento requerido para la ejecución del mismo, el cual actuará en calidad de supervisor o interventor. (De conformidad con artículo 83 de la Ley 1474 de 2011).
7.17. IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES
Con relación a las retenciones en la fuente a título de los diferentes impuestos nacionales, departamentales o municipales, la Administración procederá de conformidad con la normatividad tributaria vigente dependiendo del objeto del contrato y la calidad del contribuyente. En caso que no haya lugar a alguna de ellas, deberá indicarse la norma que lo excluye o le otorga la exención.
Entre los tributos que se tienen establecidos a título enunciativo, se tienen los siguientes:
El Municipio de Medellín será agente de retención de la estampilla Pro Cultura, creada por el acuerdo 00 xx xxxxx 00 xx 0000 xxx Xxxxxxx xx Xxxxxxxx. Por lo que descontaran al momento de los pagos y pagos anticipados de los contratos y adiciones, el 0.5% del valor pagado antes de IVA. (Lo anterior aplica para aquellos contratos que tengan un valor superior a 1.500 SMLMV, teniendo en cuenta las exclusiones del artículo 7 del mismo acuerdo Municipal).
Estampilla "Universidad de Antioquia de Cara al Tercer Siglo de Labores", creada y modificada mediante los acuerdos 08 xx Xxxxx de 1996, 68 de diciembre de 1997 y 055 de diciembre 20 de 2002 del Concejo de Medellín, correspondiente al 1.0 % del valor total del contrato, antes de IVA. El Municipio de Medellín hará el descuento en el pago o pagos del contrato.
El Municipio de Medellín a través de la Secretaría de Hacienda, Unidad de Contaduría, aplicará la retención del 2% por concepto de la estampilla “Para el bienestar del adulto mayor”, al momento de la elaboración de la orden de pago de los contratos y adiciones suscritas, de conformidad con el Decreto Municipal 409 del 23 de febrero de 2010. (aplica para los contratos superiores a 1500 SMMLV.)
La retención en la fuente por impuesto de Industria y Comercio, correspondiente al seis por mil (6 x 1000) del valor total del contrato, antes de IVA. En caso de estar exento de este tributo en el Municipio de Medellín, se deberá aportar copia del acto administrativo mediante el cual se estableció dicha exención.
La Contribución especial de seguridad creada por la Ley 418 de 1997, prorrogada por las Leyes 548 de 1999, 782 de 2002, 1106 de 2006 y 1421 de 2010 consiste en una contribución equivalente al 5% del valor total de los contratos de obra pública, descontada de cada pago realizado al contratista.
En todo caso, corresponde al contratista sufragar todos los impuestos que le correspondan de conformidad con la normatividad vigente.
7.18. ASEGURAMIENTO METROLOGICO.
El contratista deberá presentar evidencia de un programa de aseguramiento metrológico, de conformidad con los Decretos 2269 de 1993, 3144 de 2008, 3257 de 2008 y 3735 de 2009. Los requisitos mínimos que deben contener dichas evidencias son:
Evidencia de personal capacitado en las actividades que ejecuta para dar cumplimiento al objeto del contrato.
Hoja de vida de los instrumentos y equipos utilizados en las actividades que se ejecutan para dar cumplimiento al objeto del contrato.
Cronograma de actividades Metrológicas (Mantenimientos preventivos y calibraciones).
8. PAGOS Y FACTURACION
8.1.FORMA DE PAGO
EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN pagará mensualmente el valor del contrato que le corresponda, por el sistema de precios unitarios no reajustables, previa presentación de las respectivas actas de obra, elaboradas por el Contratista y aprobadas por el Interventor, con el visto bueno del Coordinador Administrativo designado por la Secretaría de Desarrollo Social.
Las actas de obra deberán ser presentadas dentro de los diez (10) días calendarios siguientes al mes en que se ejecutaron los trabajos, acompañadas de la respectiva factura de venta, en original y copia, la cual debe cumplir, como mínimo, los requisitos de las normas fiscales establecidas en el artículo 617 del Estatuto Tributario. La fecha de la factura debe corresponder al mes de su elaboración, y en ella constará el número del contrato, el concepto del bien o servicio que se está cobrando, la dependencia responsable y el nombre del interventor designado o funcionario responsable.
Del valor de cada acta de pago mensual se descontará la suma correspondiente al porcentaje de amortización del anticipo, ò el saldo respectivo hasta obtener la amortización total del anticipo.
La recepción de las facturas y documentos equivalentes, se hará según la circular 200800011426 del 15 de enero de 2008, expedida por la Secretaría de Hacienda, la cual establece que dichos documentos se recibirán en la Unidad de Contaduría hasta el 16 del mes respectivo; cuando éste no sea día laborable, el plazo se extiende hasta el primer día hábil siguiente, por lo tanto, dichos documentos deben ser entregados en la Secretaría de Desarrollo Social por lo menos, con un día de antelación.
El pago de las actas debidamente aprobadas se hará de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 2o. de la Resolución 239 del 8 xx xxxxx de 2004, expedida por el COMFIS, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la fecha de radicación de las mismas en la Subsecretaría de Tesorería, a través de transferencia electrónica o consignación, previa presentación de la orden de pago debidamente diligenciada y soportada, y certificación de la Interventoría de haber recibido el trabajo a satisfacción.
El contratista deberá informar al Municipio de Medellín la cuenta bancaria (corriente o de ahorros), abierta a su nombre, en la cual le serán consignados o transferidos electrónicamente, los pagos que por este concepto le efectúe el Municipio de Medellín. Para ello deberá diligenciar el formato “Inscripción de Proveedores y Contratistas” en la Unidad de Compras, ubicada en la Oficina 611 del Centro Administrativo Municipal, La Alpujarra.
Como requisito previo para la autorización de cada Acta de Pago, el contratista deberá acreditar que se encuentra al día en el pago de aportes relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como parafiscales (SENA, ICBF, Cajas de Compensación Familiar, etc.), cuando corresponda.
En todo caso, la última acta de pago no será inferior al DIEZ POR CIENTO (10%) del valor total del contrato y se cancelará una vez el Contratista entregue a la Secretaría de Desarrollo Social:
a) Una relación completa de los trabajadores, discriminando por cada uno de ellos, el valor cancelado por concepto de los servicios prestados.
b) Documento suscrito por cada trabajador, en el que manifieste que el Contratista le canceló sus salarios y prestaciones sociales y que se encuentra x xxx y salvo por todo concepto con él.
c) El recibo a satisfacción, por parte del Interventor, de los trabajos realizados.
d) Cuando a ello haya lugar, el recibo a satisfacción, por parte de EPM, de las redes de servicios públicos domiciliarios ejecutadas en desarrollo del contrato y con el cumplimiento de los siguientes requisitos:
Planos actualizados de construcción (Incluye planos de todos los sistemas construidos).
Referenciación de las redes (con base en el manual de referenciación de EPM, vigente a la fecha de entrega de la misma).
Póliza de estabilidad por el diez por ciento (10%) del valor de las redes de servicios públicos a entregar y por un término de cinco (5) años, a favor del Municipio de Medellín y/o EPM.
Formato de liquidación de cantidades de obra de redes de servicios públicos cuando haya de por medio reconocimientos económicos de las Empresas Públicas de Medellín.
El Municipio de Medellín realizará la transferencia electrónica a la cuenta informada por el proponente en el formulario de inscripción en el Directorio de Proveedores y Contratistas del Municipio.
Si el adjudicatario no se encuentra x xxx y salvo con el Municipio de Medellín, con la suscripción del contrato, autoriza para que la Subsecretaría de Tesorería, en el momento de un pago, automáticamente y sin previo aviso realice el correspondiente xxxxx xx xxxxxxx, para compensar los valores que tenga en xxxx por cualquier concepto.
8.3 ANTICIPO
Una vez cumplidos los requisitos de perfeccionamiento del contrato, el Municipio de Medellín concederá al Contratista un anticipo equivalente al VEINTE POR CIENTO (20%) del valor adjudicado, el cual será amortizado mediante deducciones del 20% del valor de cada acta de pago mensual, hasta completar el 100% de la suma anticipada.
El valor del anticipo será pagado dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que se radique en la Tesorería del Municipio de Medellín la orden de pago debidamente diligenciada y soportada. La constitución y aprobación de la garantía que ampara la correcta inversión y el buen manejo del anticipo, son requisitos indispensables previos para la entrega del mismo.
El manejo del anticipo se realizará de conformidad con las estipulaciones del artículo 91 de la Ley 1474 de 2011:
“Anticipos. En los contratos de obra o los que se realicen por licitación pública, el contratista deberá constituir una fiducia o un patrimonio autónomo irrevocable para el manejo de los recursos que reciba a título de anticipo, con el fin de garantizar que dichos recursos se apliquen exclusivamente a la ejecución del contrato correspondiente, salvo que el contrato sea de menor o mínima cuantía.
El costo de la comisión fiduciaria será cubierto directamente por el contratista”.
El supervisor del Contrato diligenciará el “Formato para Reintegros diseñado por la Subsecretaría Financiera y elaborará como mínimo una cuenta de cobro por trimestre, dentro de los primeros veinte (20) días del mes siguiente a las fechas límites xx xxxxxx trimestrales señalados para el efecto en la Resolución 548 de noviembre 14 de 2008 expedida por el COMFIS.
El supervisor del contrato certificará el cumplimiento del presente numeral y la entrega de los rendimientos a la Tesorería del Municipio de Medellín, previa la autorización de los pagos posteriores.
Los rendimientos financieros serán consignados dentro del mes que se entregó la cuenta de cobro y atendiendo a las fechas xx xxxxx establecidas por la Secretaría de Hacienda para el recaudo de ingresos.
Si el acta de inicio se suscribe dentro del trimestre, los rendimientos financieros correspondientes al trimestre que termine serán liquidados en el trimestre siguiente y de acuerdo a la programación establecida.
El Contratista deberá presentar un Plan de Inversión del Anticipo, el cual deberá ser aprobado por el Interventor o supervisor del contrato en forma previa a su desembolso. En dicho plan no se podrán incluir gastos de legalización del contrato. El Interventor o supervisor deberá presentar en sus informes mensuales la relación de gastos efectuados de acuerdo con el Plan de Inversión aprobado.
La iniciación de los trabajos o el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales no se hallan supeditados, en ningún caso, a la entrega del anticipo.
8.4 FECHA DE RECEPCIÓN DE FACTURACION
La facturación recibida durante los 10 primeros días de cada mes, serán reportados para pago en Contabilidad el 16 de cada mes en el horario de 08:00 a 12:00 m.
La facturación recepcionada después de los 10 días hábiles de cada mes, serán radicadas para pago en Contabilidad el día 20 de cada mes en el horario de 08:00 a 12:00 m.
8.5 RECIBO A SATISFACCIÓN
El recibo a satisfacción deberá expedirlo el interventor respectivo y deberá adjuntarse a la factura o documento equivalente.
8.6 REQUISITOS MÍNIMOS DE LAS FACTURAS
Las facturas de venta o documentos equivalentes deben cumplir como requisito mínimo las normas fiscales vigentes establecidas en el del Estatuto Tributario.
En la factura o documento equivalente se debe hacer alusión al número de contrato, la dependencia responsable, así como el nombre del interventor designado o funcionario responsable.
Detallar en la factura el concepto del bien o servicio que se está vendiendo o prestando.
Toda factura o documento equivalente se debe presentar en original y copia y entregarse al Interventor.
Las facturas o documentos equivalentes deberán entregarse a la Administración, para su respectivo trámite, durante el mismo mes de su expedición.
Cuando se haya entregado anticipo, deberá especificarse en la factura o documento equivalente el porcentaje del valor del contrato que fue entregado por este concepto.
8.7 OBLIGACIONES DE LAS PARTES.
8.7.1 Obligaciones del Contratista:
1. Cumplir con el objeto del contrato, en los términos y condiciones establecidos de conformidad con lo estipulado en el contrato, en el pliego de condiciones, sus adendas y especificaciones técnicas así como con la oferta presentada en su propuesta.
2. Desarrollar la gestión conforme a las normas legales y a los requerimientos del Municipio.
3. Desplegar toda su capacidad técnica y operativa para la ejecución de las actividades objeto del contrato cumpliendo las especificaciones técnicas.
4. Adelantar los trámites contractuales requeridos para el desarrollo del presente contrato, así como los post - contractuales a que haya lugar.
5. Realizar los comités técnicos, según la regularidad establecida para ellos, y presentar el respectivo informe escrito donde se reportaran los avances del contrato.
6. Revisar y verificar conjuntamente con el Municipio de Medellín, Secretaría de Desarrollo Social antes de iniciar los procesos contractuales, los ítems contractuales y especificaciones técnicas.
7. Para el cumplimiento del objeto del contrato, el contratista deberá contar dentro de su equipo de trabajo, con el personal requerido por el municipio, con la formación y experiencia mínima solicitada.
8. Como se solicita la ejecución de obras simultáneas al contratista, (<N>Se propone intervenir aproximadamente de 5 a 6 sedes por mes</>), este deberá contar con el personal técnico, mano de obra calificada, maquinaria y equipo necesario disponible para atender los mantenimientos de las sedes sociales que se requieran y cumplir con el plazo establecido.
9. La Dirección Técnica de la Obra estará a cargo de un (1) profesional tiempo completo en el área de la construcción con las características que se especifiquen en estos estudios y en el pliego de condiciones. Deberá disponer además, durante la ejecución de la obra, de un técnico socio ambiental, medio tiempo, quién deberá regirse por la guía de manejo socio ambiental para construcción de obras de infraestructura pública. Decreto 673 de 2006.
10 Cumplir con el pago oportuno de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral, conforme a lo señalado en la normatividad vigente.
11 Cumplir con el pago oportuno de los salarios del personal que participe en la ejecución de los trabajos.
12 El contratista se obliga a atender todas las observaciones y requerimientos a productos por la Interventoría o supervisión y demás entidades competentes.
13 El personal presentado en la propuesta no podrá ser cambiado, salvo por autorización expresa y escrita del Municipio previo visto bueno del interventor o supervisor del contrato y en todo caso el profesional que lo reemplazará deberá ser de las mismas o mejores calidades que el propuesto.
14. Vincular al personal requerido para la ejecución del contrato mediante contrato laboral de conformidad con las normas del Código Sustantivo del Trabajo.
15. Otorgar las garantías exigidas para amparar los riesgos del contrato.
16. Facilitar la liquidación del contrato dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la finalización de su ejecución.
17. Garantizar durante la ejecución de los trabajos el cumplimiento de las especificaciones Técnicas y las Normas de Construcción y demás normas Técnicas para garantizar la calidad de las obras.
18. Cumplir con el Manual del Municipio de Medellín para el manejo del Impacto Comunitario en la ejecución de obras públicas.
19. Las demás que correspondan a la naturaleza o tipo de contrato.
8.7.2 OBLIGACIONES DEL MUNICIPIO.
Aportar la información que posea el Municipio y que sea útil para el desarrollo del proyecto.
Ejercer la función de supervisión en el cumplimiento cabal de las funciones objeto del contrato.
Suscribir todos los documentos y actas necesarias para el cabal cumplimiento de las obligaciones y agilidad en el proceso de ejecución y resultados del proyecto
Evaluar mensualmente los avances y cumplimiento del contrato.
Cancelar oportunamente el servicio prestado por el contratista, previa presentación de la documentación requerida.
Realizar análisis, seguimiento y control a los pagos de carácter obligatorio que sean responsabilidad del contratista, entre ellos parafiscales, seguridad social y tasas, impuestos y contribuciones.
8.8 VISITA AL SITIO DEL PROYECTO
Antes de presentar su oferta, el proponente podrá inspeccionar y examinar voluntariamente, por su cuenta y riesgo, los sitios en los cual se realizarán las obras, con el fin de enterarse de las características del mismo, las vías de acceso, las condiciones sociales y laborales de la zona, las instalaciones que requerirá, el personal que empleará en los trabajos y, en general, todas las condiciones y circunstancias que de alguna manera puedan afectar el costo o el tiempo de ejecución de los trabajos.
La visita no será obligatoria, en tal sentido no habrá lugar a expedición de constancia por parte del Municipio de Medellín.
ANEXOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
CONDICIONES PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
6.1 CONTRATACIÓN DE MANO DE OBRA NO CALIFICADA
En la contratación de la mano de obra no calificada, el contratista utilizará preferentemente, personal residente en la zona adyacente al sitio del proyecto.
La condición de residente de cada trabajador que se pretenda contratar podrá ser consultada con la respectiva Junta de Acción Comunal (JAC) o, en su defecto, por la Junta Administradora Local (JAL).
Dicho personal deberá ser fácilmente identificable por la interventoría cuando ésta requiera de alguna acción especial del personal a su mando, la cual será de su acatamiento.
El personal que participe en la ejecución de la obra será contratado directamente por el Contratista, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes en Colombia, y el Municipio no adquiere con él ninguna responsabilidad de vinculación laboral, administrativa, ni de otra índole.
Es entendido que el Contratista está obligado a reconocer a los empleados y trabajadores que utilice en la ejecución de las obras, las prestaciones sociales a que tengan derecho de acuerdo con las leyes colombianas, y a pagarles al menos el salario mínimo legal, conforme a las disposiciones legales vigentes, cuyo cumplimiento vigilará la Secretaría de Desarrollo Social a través de la interventoría.
El Contratista deberá mantener oportuna, permanente y detalladamente informada a la Secretaría de Desarrollo Social, de cualquier conflicto laboral colectivo, real o potencial, en relación con el personal empleado en la ejecución del contrato, y de cualquier otro hecho del cual tenga conocimiento, que pueda afectar la seguridad de las obras o la del Municipio de Medellín, de sus empleados, de sus agentes o de sus bienes.
El contratista deberá presentar mensualmente, acompañando el acta de pago correspondiente, un listado de las personas que laboraron en la ejecución de los trabajos.
La Secretaría de Desarrollo Social se reserva el derecho de exigir al Contratista, y por escrito, el reemplazo de cualquier persona vinculada al proyecto, sin que éste adquiera el derecho a elevar reclamos por esta causa.
La Interventoría podrá solicitar, en cualquier momento, el suministro de información sobre la nómina del personal asignado a la obra, y el Contratista atenderá esta solicitud con el detalle requerido y en el plazo que se le haya fijado.
En concordancia con la legislación y los tratados internacionales suscritos por Colombia, tales como el Convenio 182 de 1999 de la OIT, y en atención a la Ley 1098 de 2006 “Por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia”, para la ejecución de las obras objeto de este proceso de licitación, se prohíbe la contratación de menores de edad sin la observancia de las disposiciones que regulan la materia.
El interventor del contrato vigilará el cumplimiento de lo establecido en el párrafo anterior, y en el evento en que tenga conocimiento de que el contratista pueda estar infringiendo esta prohibición
durante la ejecución del contrato, deberá informar de inmediato a la Secretaría de Desarrollo Social para imponer las multas a que haya lugar, previo el procedimiento establecido en el numeral 5.17, y de constatarse tales hechos, poner en conocimiento de las autoridades competentes dicha situación, para que tomen las acciones a que haya lugar.
6.2 PERSONAL PROFESIONAL Y TÉCNICO EN LA OBRA
El Contratista se obliga a mantener al frente de los trabajos, durante el tiempo de ejecución del contrato, al personal profesional y técnico establecido en este numeral, cuyas hojas de vida deberá someter a la aprobación de la Interventoría contratada y por el Coordinador que sea designado por Secretaría de Desarrollo Social en forma previa a la iniciación de las obras.
La experiencia específica del personal deberá acreditarse mediante certificaciones expedidas por el respectivo contratante, las cuales contendrán, como mínimo, la siguiente información: nombre y descripción del proyecto, cargo ejercido por el profesional, período durante el cual se desempeñó y tiempo de dedicación (hombres-mes) en el proyecto.
La experiencia en la cátedra universitaria, proyectos de investigación o asesorías de tesis para optar a títulos de educación superior no será considerada como experiencia específica.
Los plazos serán aproximados por exceso o por defecto a la décima de mes, así: si la centésima de mes es igual o superior a 5, se aproximará por exceso, y si es inferior a 5, se aproximará por defecto.
En caso de que el personal profesional designado incumpla cualquiera de los requisitos enunciados en este numeral, el Contratista se hará acreedor a la multa contemplada en este pliego de condiciones.
Si por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente comprobados, se requiere cambiar a un profesional, éste deberá ser reemplazado por otro que cumpla los requisitos establecidos en este pliego de condiciones, previa aprobación por parte de la Secretaría de Desarrollo Social. La no observancia de este requisito se considerará como incumplimiento del contrato, afectando la garantía única de cumplimiento.
6.2.1 Ingeniero Residente de Obra
El Contratista deberá asignar un (1) residente de obra, el cual deberá cumplir los siguientes requisitos.
1) Se exigirá un (1) residente de obra, profesional en el área de la construcción: Arquitecto, arquitecto constructor o ingeniero civil, con la dedicación de tiempo completo para atender los mantenimientos de las Sedes Sociales cuyo valor deberá estar incluido dentro del cálculo del AU
2) El profesional debe presentar la correspondiente tarjeta profesional y acreditar mediante las certificaciones correspondientes, una experiencia específica mínima, contada a partir de la fecha de terminación y aprobación del pensum académico de educación superior (de conformidad con el artículo 229 del Decreto-ley 019 de 2012), contratista, director, coordinador o Residente de Obra o de interventoría, en al menos tres (3) contratos cuyo objeto haya sido o la ejecución de su alcance haya incluido la construcción de edificaciones y con una duración no inferior a un (1) año. (La suma de los tres contratos).
Además se exigirá un (1) tecnólogo o profesional en el área de la construcción, social, ambiental o sanitaria, medio tiempo, para atender ambos frentes de trabajo, cuyo valor deberá estar incluido dentro del cálculo del AU.
Para ser habilitado, debe acreditar un (1) año de experiencia mínima acumulada, en al menos tres
(3) contratos, en la ejecución de obras civiles, como residente ambiental, gestor ambiental o encargado de impacto social y comunitario.
6.3 OTRO PERSONAL DEL CONTRATISTA
Además del personal profesional y técnico, el Contratista deberá emplear personal idóneo y calificado, de manera que la obra se realice en forma técnica y eficiente. Dicho personal deberá ser fácilmente identificable por la interventoría cuando ésta requiera de alguna acción especial del personal a su mando, la cual será de su acatamiento.
El personal que participe en la ejecución de la obra será contratado directamente por el Contratista, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes en Colombia, y el Municipio no adquiere con él ninguna responsabilidad de vinculación laboral, administrativa, ni de otra índole.
Todo el personal de la obra o proyecto, incluyendo los profesionales, los técnicos, los asistenciales y obreros deberá estar vinculados al contratista bajo las formas de contratos laborales establecidas de conformidad con el Código Sustantivo del Trabajo.
El Municipio se reserva el derecho de exigir al Contratista, y por escrito, el reemplazo de cualquier persona vinculada al proyecto, sin que éste adquiera el derecho de elevar reclamos por esta causa.
La Interventoría podrá solicitar, en cualquier momento, el suministro de información sobre la nómina del personal asignado a la obra, y el Contratista atenderá esta solicitud con el detalle requerido y en el plazo que se le haya fijado.
El desacato de cualquiera de estas disposiciones constituye causal de incumplimiento del contrato.
6.4 MOVILIZACIÓN, INSTALACIONES TEMPORALES Y CONSTRUCCIÓN DE VÍAS INDUSTRIALES.
El Contratista suministrará, transportará y movilizará hasta el sitio de las obras, todos los equipos de construcción, materiales, personal e instrumentos de trabajo necesarios para la ejecución adecuada y eficiente de las obras.
También tendrá a su cargo la construcción de las vías industriales que se requieran para la ejecución de los trabajos, y demás instalaciones temporales, tales como campamentos para vivienda del personal, oficinas, almacenes, talleres, enfermería, depósitos, polvorines, tanques para combustible, estacionamientos, áreas de almacenamiento, servicios de agua potable y sanitarios, entre otros, para atender las necesidades del personal que empleará en la ejecución de la obra. Además, proveerá, mantendrá y manejará competentemente los servicios necesarios para el alojamiento, alimentación y recreación del personal, con comodidad, seguridad e higiene, y con sujeción a las normas que sobre este particular se consignan en el pliego de condiciones y en las disposiciones legales vigentes.
El Contratista será el responsable del suministro de energía y de proveer un sistema de comunicaciones para sus campamentos, oficinas, equipos y herramientas que vaya a utilizar durante la construcción de la obra. Deberá mantener equipos de emergencia para atender la demanda de energía ante fallas eventuales, ya que no podrá invocar tales eventualidades como
justificación para la suspensión de las obras, justificar su retraso o solicitar indemnizaciones o ampliaciones de plazo.
Todos los trabajos y costos de las instalaciones que se requieran para el servicio de energía, telefónico, radio y comunicaciones del Contratista, serán por su cuenta y bajo su responsabilidad.
Al finalizar las obras, o en cualquier otro momento, cuando lo ordene la Interventoría, el Contratista desmontará todas sus instalaciones, demolerá las edificaciones existentes y dejará las áreas limpias y con aspecto aceptable, a juicio de la Interventoría, antes de la entrega y recibo definitivo de las obras. Algunas edificaciones podrán dejarse en pie, previo acuerdo con el Municipio.
El Contratista se someterá a todas las leyes y normas vigentes en Colombia sobre construcción, mantenimiento, rehabilitación y funcionamiento de campamentos, y será responsable de cualquier perjuicio o reclamo que provenga de servicios inadecuados o impropios de ellos. El Municipio no asumirá responsabilidad alguna por daños o interferencias en los campamentos del Contratista, debidos al desarrollo del contrato o por cualquier otra causa.
El Contratista podrá utilizar, para sus instalaciones, cualquier terreno que sea propiedad del Municipio, ubicado en vecindades de la obra, previa negociación y aprobación por escrito, exceptuando las áreas reservadas para otros fines, y siempre que dicho uso no interfiera con la obra, con las actividades de otros Contratistas o con instalaciones del Municipio. Si el Contratista usa terrenos de propiedad privada para campamentos y otras construcciones o instalaciones, negociará con los respectivos propietarios todo lo referente a su utilización.
La Interventoría verificará que el Contratista desplace a la obra el equipo ofrecido en la oferta, en cuanto a cantidad, tipo y capacidad, de acuerdo con el programa de utilización; que el transporte de los materiales se efectúe en forma adecuada; que el personal se movilice en vehículos debidamente acondicionados para tal fin; y que los campamentos, oficinas y demás instalaciones sean suficientes y cumplan con las condiciones de manejo del impacto ambiental, de salud ocupacional, higiene y seguridad, contempladas en el pliego de condiciones y en las disposiciones legales vigentes.
No habrá pago por separado por concepto de los costos en que incurra el Contratista para la movilización e instalación de sus equipos y plantas, y éstos deberán incluirse en los precios unitarios de los diferentes ítems del contrato, así como los costos en que incurra para construir, mantener, reparar y reemplazar, si es del caso, sus campamentos, sus equipos y sus instalaciones en general, la instalación y el mantenimiento de los servicios de agua, sanitarios, energía y telecomunicaciones, así como el desmonte y retiro de sus equipos e instalaciones.
Tampoco habrá pago por separado por la construcción, adecuación y sostenimiento de las vías industriales que el Contratista requiera, incluyendo la remoción de los derrumbes que puedan presentarse en éstas, independientemente de su volumen, las obras de drenaje y demás obras de adecuación y protección requeridas para garantizar su construcción y funcionamiento, dentro de las normas de seguridad y de manejo ambiental exigidas.
6.5 RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las cláusulas del mismo, al proyecto que le sirve de base y a las instrucciones que imparta el Municipio para el cabal desarrollo de las obras.
Durante la ejecución de los trabajos y hasta que tenga lugar el recibo definitivo, el Contratista será responsable de las fallas que se adviertan, sin perjuicio de la responsabilidad a que se refiere el artículo 2060 del Código Civil.
6.6 INICIACIÓN DE LOS TRABAJOS
El contratista deberá iniciar los trabajos en la fecha prevista en el acta de iniciación suscrita conjuntamente con el Interventor, la cual se elaborará una vez aprobada la garantía única de cumplimiento por parte de la Secretaria de Desarrollo Social del Municipio de Medellín.
6.7 ACTAS DE VECINDAD
Previamente a la iniciación de los trabajos, la Interventoría y el Contratista suscribirán un Acta de Vecindad, en la cual deberá quedar registrado el estado actual del lugar donde se realizarán las obras, de las edificaciones colindantes y estructuras adyacentes, vías, andenes, zonas verdes y demás estructuras del lugar, acompañadas del respectivo registro fotográfico o de video que se estimen pertinentes.
Si la Interventoría y los propietarios colindantes lo consideran conveniente, se podrá realizar un Acta de Vecindad con cada uno de ellos.
En todo caso, la iniciación de los trabajos o el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales no se hallan supeditados a la entrega del anticipo.
6.8 PROGRAMA DE TRABAJO E INVERSIÓN
Es la representación gráfica (diagrama xx xxxxxx) de la forma en que el Contratista ejecutará las obras objeto de la presente licitación, teniendo en cuenta las condiciones climáticas y topográficas del sitio y la evaluación de las condiciones de producción, suministro y adquisición de los materiales, de tal manera que el avance físico de las obras tenga un desarrollo armónico y homogéneo, en concordancia con el plazo establecido en el pliego de condiciones.
En dicho programa se indicará claramente el orden de los trabajos y el valor de las inversiones periódicas dentro de la unidad de tiempo seleccionada, y se identificarán todas las actividades (ítems) que integran el proyecto, y la interdependencia que existe entre ellas. Adicionalmente, deberá incluir el reconocimiento de aquellos procesos de adquisición, traslado, montaje o fabricación de materiales o equipos que sean críticos para el desarrollo de los trabajos, así como también el período de construcción de las obras provisionales.
La obtención de permisos, autorizaciones, licencias, servidumbres y concesiones por el uso y aprovechamiento de recursos naturales, así como los sitios de disposición de sobrantes, estarán bajo la responsabilidad del Contratista y son requisito indispensable para que pueda iniciar las obras. El tiempo que su obtención requiera deberá considerarse dentro de la programación. Las demoras en la obtención de estos permisos no serán causa válida para justificar atrasos o incumplimientos.
El programa de trabajo deberá incluir como mínimo, la siguiente información:
- Nombre de las partidas o ítems de pago.
- Inversión mensual para cada partida o ítem de pago.
- Inversión mensual acumulada para todos los ítems.
- Porcentaje que representa cada partida o ítem de pago con respecto al valor total.
- Duración programada para partida o ítem de pago.
- Precedencias y secuencias.
- Ruta crítica.
6.9 CANTIDADES DE OBRA
Las cantidades de obra por ejecutar, indicadas en el Formulario No. 3, son estimadas y están calculadas con base en los diseños del proyecto; por lo tanto, podrán aumentar, disminuir o suprimirse durante la ejecución de los trabajos, pero tales variaciones no viciarán ni invalidarán el contrato que se derive de esta licitación. El Contratista está obligado a ejecutar las mayores cantidades de obra que resulten, a los mismos precios de la oferta, hasta la cuantía contemplada en la Ley 80 de 1993, salvo que se presenten circunstancias imprevisibles que afecten el equilibrio económico del contrato.
6.10 ACTAS DE OBRA
El Contratista y el Interventor dejarán sentadas las cantidades de obra realmente ejecutadas en cada mes, y sus valores correspondientes.
El Contratista y la Interventoría deberán elaborar el acta mensual dentro de los diez (10) días calendario del mes siguiente al de ejecución de las obras. El valor del acta será la suma de los productos que resulten de multiplicar las cantidades de obra realmente ejecutadas y aprobadas por el Interventor, por los precios unitarios estipulados en el Formulario No. 3 de la propuesta, o si es del caso, por los precios unitarios acordados para nuevos ítems (obra extra) que resulten durante el desarrollo del contrato.
Las actas de obra tendrán carácter provisional en lo que se refiere a las cantidades y calidad de la obra. El Interventor podrá, en actas posteriores, hacer correcciones o modificaciones a cualquiera de las actas anteriores aprobadas por él, y deberá indicar el valor correspondiente a la parte o partes de los trabajos que no se hayan ejecutado a su entera satisfacción, a efectos de que el Municipio se abstenga de pagarlos al Contratista o realice los descuentos correspondientes, hasta que les dé el visto bueno. Ninguna constancia de parte del Interventor que no sea la de recibo definitivo de la totalidad o de parte de las obras, podrá considerarse como constitutiva de aprobación de algún trabajo u obra.
6.11 OBRAS EXTRAS Y ADICIONALES
Se entiende por trabajo extra aquel que, además de no estar incluido en los planos de la licitación, ni en las especificaciones, ni en los formularios de cantidades de obra de la propuesta, no puede clasificarse, por su naturaleza, entre los previstos en dichos documentos; el que sí pueda serlo, aunque no esté determinado en forma expresa en tales documentos, será trabajo adicional.
El Municipio podrá ordenar trabajos extras o adicionales, y el Contratista estará obligado a ejecutarlos y a suministrar los materiales necesarios, siempre que los mismos hagan parte inseparable de la obra contratada o sean necesarios para ejecutarla o para protegerla, para lo cual se suscribirá un contrato adicional.
La obra adicional se pagará a los correspondientes precios unitarios establecidos en el contrato.
Las obras extras se liquidarán a los precios unitarios que se convengan entre el Municipio y el Contratista, para lo cual se tendrán en cuenta los precios xxxxxx xxx xxxxxxx para materiales, transporte, equipos y mano de obra. Si no se llegare a un acuerdo entre las partes acerca de los precios unitarios para las obras extras, el Municipio está facultado para contratar con un tercero la
ejecución del trabajo, y tomará como base el costo directo más el porcentaje de Administración de la propuesta. También podrá pactarse, para las obras extras, un AIU inferior al contractual, si a ello hubiere lugar.
6.12 CAMBIO DE OBRA
Se podrán ordenar cambios de obra durante la ejecución del contrato en las siguientes circunstancias:
- Para compensar ítems deficitados por ítems en superávit.
- Para ejecutar alguna actividad necesaria y omitida, por ítem es en superávit.
- Para mejorar alguna especificación.
- En otros eventos en que, a juicio del Municipio, se requieran para mejorar la calidad del trabajo.
Los cambios de obra se harán mediante actas suscritas por el Municipio de Medellín y el Contratista, con el Visto bueno del Interventor.
6.13 CAMBIOS EN LOS PLANOS O ESPECIFICACIONES
El Municipio entregará al Contratista, por conducto de la Secretaría de Desarrollo Social, los planos y especificaciones del proyecto, los cuales forman parte del contrato y a él se agregan como anexo. Los planos y las especificaciones son complementarios entre sí, de tal manera que cualquier punto que figure en los planos pero no en las especificaciones, o que se encuentre en éstas pero no en aquéllos, tendrán tanto valor como si se encontraren en ambos documentos.
El Interventor podrá ordenar, durante la ejecución del contrato, los cambios necesarios, tanto en los planos como en las especificaciones, previa consulta con los proyectistas. Si por estos cambios se afectan el plazo o el precio, o ambos, el Municipio acordará con el Contratista los mayores costos.
Si el Contratista considera conveniente variar los planos o las especificaciones, deberá someter las variaciones a consideración de la Interventoría, con la debida justificación; si éstas no se aprueban, deberá sujetarse a los planos y especificaciones acordados originalmente, por lo tanto, cualquier trabajo que el Contratista ejecute antes de conocer la decisión del Interventor, será de su total responsabilidad, quedando a su xxxxx todas las reparaciones y modificaciones a que haya lugar.
6.14 SUBCONTRATOS
El Contratista no podrá subcontratar el presente contrato.
En los eventos necesarios para subcontratar, requiere AUTORIZACIÓN EXPRESA Y ESCRITA
por parte del Secretario de Desarrollo Social.
En aquellos casos que se autorice la subcontratación de obra, el contratista en la póliza de responsabilidad civil extracontractual deberá cubrir los perjuicios derivados de los daños que sus subcontratistas puedan causarle a terceros con ocasión de la ejecución de los contratos; o en su defecto se deberá acreditar que el subcontratista cuenta con un seguro de responsabilidad civil extracontractual propio para el mismo objeto.
6.15 LIBRO DIARIO DE LA OBRA (BITÁCORA)
El día en que se inicien los trabajos se abrirá un libro en el cual se anotarán diariamente los hechos y sucesos relacionados con el desarrollo de la obra, así como las observaciones o sugerencias que haga la Interventoría; en él se dejará constancia de todos los pormenores que puedan suceder en el frente de trabajo, tales como: estado del tiempo, personal laborando, estado y relación del equipo, avance de la obra, avance de las medidas de manejo ambiental, acciones sociales, suministro de materiales, accidentes de trabajo, etc. Cada anotación diaria deberá llevar la fecha y la firma de los ingenieros residentes del Contratista y del Interventor.
El responsable de mantener al día este diario será el Residente de Interventoría, quien está en la obligación de presentarlo a los representantes del Municipio que visiten la obra.
El libro diario de la obra deberá entregarse a la Secretaría de Desarrollo Social una vez finalizados los trabajos.
6.16 COORDINACIÓN CON OTROS CONTRATISTAS
El Municipio se reserva el derecho de ejecutar otros trabajos dentro de los límites o zonas adyacentes a las obras objeto de la presente licitación. En consecuencia, el Contratista deberá permitir a éste o a otro contratista, depositar equipos o materiales, instalar personal, etc., además del desarrollo normal e independiente de sus labores.
Cualquier conflicto que pueda surgir entre los diversos contratistas, en relación con su trabajo, será solucionado o decidido por el Municipio, y para ello podrá ordenar al Contratista la suspensión de cualquier parte de las obras especificadas, o el cambio de su método de trabajo; sin embargo, si dicha medida afecta en forma real el tiempo de ejecución de las obras, de común acuerdo entre el Municipio y el Contratista se convendrá la ampliación del plazo.
Cuando alguna actividad del Contratista dependa del trabajo que esté ejecutando otro, aquél deberá inspeccionar dichas obras e informar al Municipio sobre cualquier defecto o demora que pueda afectar su propio trabajo. El incumplimiento de lo anterior implicará la aceptación por parte del Contratista, de las obras que estén ejecutando terceros, así como la reparación de cualquier daño posterior o defectos que resultaren en las mismas, previsibles en el momento de ejecutar el trabajo.
6.17 INTERVENTORÍA DE LA OBRA
El Municipio ejercerá el control y vigilancia de la ejecución de los trabajos objeto del contrato a través de un Interventor, quien tendrá como función verificar el cumplimiento general de las obligaciones adquiridas por el Contratista.
El Interventor ejercerá un control integral sobre el desarrollo del proyecto, para lo cual podrá, en cualquier momento, exigir al Contratista la adopción de medidas para mantener, durante la ejecución del contrato, las condiciones técnicas, económicas y financieras existentes al momento de la celebración del mismo.
El Interventor vigilará que el Contratista inicie las obras sólo cuando disponga de los respectivos permisos, autorizaciones y concesiones para el uso y aprovechamiento de los recursos naturales. Igualmente, velará porque se cumplan las disposiciones ambientales vigentes.
Así mismo, el Interventor está autorizado para ordenar al Contratista la corrección, en el menor tiempo posible, de los desajustes que pudieren presentarse y determinar los mecanismos y
procedimientos pertinentes para prever o solucionar rápida y eficazmente las diferencias que llegaren a surgir durante la ejecución del contrato.
El Contratista deberá acatar las órdenes que le imparta por escrito la Interventoría; no obstante, si no estuviese de acuerdo con las mismas, deberá manifestarlo por escrito, antes de proceder a ejecutarlas; en caso contrario, responderá solidariamente con el Interventor, si del cumplimiento de dichas órdenes se derivaran perjuicios para el Municipio.
El Municipio podrá en cualquier momento, ordenar la suspensión de la obra, si por parte del Contratista existe un incumplimiento sistemático de las instrucciones impartidas por el Interventor, sin que el Contratista tenga derecho a reclamos o ampliación del plazo.
Las principales funciones y atribuciones del Interventor son:
a. Colaborar con el Contratista para el éxito de los trabajos.
b. Tramitar ante el Secretario de Desarrollo Social la autorización de los subcontratos que pretenda celebrar el contratista de obra en la ejecución de la misma.
c. Exigir el cumplimiento de las especificaciones y del contrato en todas sus partes.
d. Estudiar y recomendar los cambios que se consideren convenientes o necesarios en las especificaciones, y someterlos a consideración del Municipio.
e. Verificar los cómputos de cantidades de obra y aprobar las actas de pago que prepara el Contratista.
f. Exigir al Contratista el empleo de personal técnico capacitado y debidamente matriculado, de acuerdo con la ley, y solicitar el despido del que, a su juicio, sea descuidado, incompetente, insubordinado o cuyo trabajo sea perjudicial para los intereses del Municipio.
g. Velar por el cumplimiento de las normas de seguridad.
h. Vigilar que el Contratista cumpla las disposiciones que sean necesarias y, en general, todas las atribuciones que se consideren como potestativas del Interventor, y las demás que le asigne el Municipio.
i. Dar inicio al procedimiento administrativo sancionatorio, de la forma prevista en el presente pliego de condiciones, cuando a su juicio deba hacerlo por posibles incumplimientos de las obligaciones del contrato vigilado, y presentar el Informe preliminar de la Coordinación de Interventoría, al Secretario de Desarrollo Social dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al vencimiento del término de respuesta preliminar del contratista, así como emitir los conceptos y presentar la información que le sea solicitada dentro del anotado procedimiento.
j. Informar a la Compañía de Seguros sobre las llamadas de atención e incumplimientos del contratista.
k. Cumplir los requisitos exigidos en el pliego de condiciones y en la Ley 80 de 1993.
l. Revisar y aprobar el programa de trabajo del Contratista.
m. Velar por que se cumpla lo dispuesto en toda la normatividad aplicable y exigible para la ejecución de las obras, y a la cual se hace mención en diferentes aparte de este pliego de condiciones.
x. Xxxxx por que se cumpla lo dispuesto en la legislación y los tratados internacionales suscritos por Colombia, tales como el Convenio 182 de 1999 de la OIT, y en atención a la Ley 1098 de 2006 “Por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia”, en los que se prohíbe la contratación de menores de edad sin la observancia de las disposiciones que regulan la materia.
o. Verificar el cumplimiento del pago Seguridad Social Integral y parafiscales.
p. Todas aquellas señaladas en el pliego de condiciones y en el contrato de la interventoría contratada.
El Contratista deberá realizar los trabajos de acuerdo con las instrucciones y órdenes impartidas por el Municipio o la interventoría, sin embargo, ello no aminora en ningún grado la responsabilidad del Contratista, ni su autoridad en la dirección de la obra.
Además de las funciones generales antes mencionadas, y con el fin de buscar la adecuada y oportuna ejecución de las obras, la Interventoría apoyará, asistirá y asesorará al Municipio en todos los asuntos de orden técnico, financiero, económico y jurídico que se susciten durante la ejecución del contrato.
El Contratista suministrará las facilidades que requiere el Interventor para desempeñar su labor, dotándolo de oficina, muebles e implementos requeridos para tal fin, así como aquellos requeridos para su seguridad durante el desempeño de sus labores.
6.18 EQUIPO
El Contratista deberá mantener en el sitio de las obras, y en buen estado, el equipo suficiente y aprobado por el interventor, con el objeto de evitar demoras o interrupciones debidas a daños. La deficiencia en el mantenimiento de los equipos o los daños que ellos puedan sufrir, no será causal que exima el cumplimiento de las obligaciones del Contratista.
El Municipio podrá hacer retirar del sitio de la obra cualquier equipo o herramienta que, a su juicio, esté defectuoso o no recomendable para ser utilizado. El contratista deberá reponer con la mayor brevedad el equipo que haya sido retirado por causa de daños o mantenimiento, con el fin de que no haya ningún retraso en las obras.
La operación del equipo utilizado por el contratista, así como el bodegaje, depreciación y mantenimiento, correrán por su cuenta.
6.19 AUTOCONTROL DE CALIDAD
El Contratista es responsable de la calidad de la obra, por lo tanto, el Proponente preverá en sus costos que durante la ejecución del contrato debe disponer de un equipo de laboratorio para realizar los ensayos y las mediciones que según las especificaciones técnicas de construcción y las normas legales vigentes de protección ambiental, aseguren la calidad de los trabajos y la conservación de los recursos naturales. Para ello, realizará las pruebas de campo y los ensayos de laboratorio necesarios, incluidos los requeridos para el manejo ambiental del proyecto, y entregará a la Interventoría los resultados de los mismos dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de su obtención, para que ésta verifique si se ajustan a las especificaciones y a los requerimientos de la normatividad vigente. La verificación de la Interventoría no exonerará de responsabilidad al Contratista por la calidad de la obra.
Una vez terminadas las partes de la obra que deban quedar ocultas, y antes de iniciar el trabajo subsiguiente, el Contratista informará a la Interventoría para que proceda a medir la obra construida. Si así no procediere, la Interventoría podrá ordenarle por escrito el descubrimiento de las partes ocultas, para que ésta pueda ejercer sus funciones de control. El Contratista efectuará este trabajo y el de reacondicionamiento posterior, sin que ello le dé derecho al reconocimiento de costos adicionales ni a prórrogas en el plazo de ejecución.
El Municipio podrá rechazar la obra ejecutada, o parte de ella, por deficiencias en los materiales o elementos empleados, aunque las muestras y prototipos correspondientes hubieren sido verificados previamente, sin perjuicio de lo establecido en las especificaciones sobre la aceptación de suministros defectuosos.
Toda obra rechazada por defectos en los materiales, en los elementos empleados, en la mano de obra, o por deficiencia de los equipos, maquinarias y herramientas de construcción, o por defectos en ella misma, deberá ser demolida, reconstruida o reparada por cuenta del Contratista, quedando obligado a retirar del sitio los materiales o elementos defectuosos. El Municipio también podrá retirar los materiales o elementos y reemplazarlos por otros, repararlos o reconstruir la parte de la obra rechazada, todo con cargo al Contratista.
Los equipos, maquinaria y herramientas que el Contratista suministre para la ejecución de los trabajos objeto del contrato, deberán ser los adecuados y suficientes para atender las exigencias de las especificaciones técnicas. El Municipio, directamente o por intermedio de la Interventoría, se reserva el derecho de rechazar y exigir el reemplazo o reparación por cuenta del Contratista, de aquellos equipos, maquinaria y herramientas que, a su juicio, sean inadecuados o insuficientes, o que por sus características, constituyen peligro para el personal, u obstáculo para el buen desarrollo de las obras. Se exigirá siempre el suministro y mantenimiento en buen estado de funcionamiento, del equipo requerido para la construcción de las obras.
6.21 MATERIALES
El Contratista se compromete a suministrar oportunamente todos los materiales que se requieran para la construcción de las obras, y a mantener permanentemente una cantidad suficiente que garantice el avance normal de las mismas, para evitar la escasez de materiales. Los materiales y demás elementos que el Contratista emplee en la ejecución de las obras que se le encomienden, deberán ser de primera calidad en su género y para el fin al que se destinen, y deben tener un sitio adecuado para su almacenamiento, con el fin de evitar su contaminación.
En general, todos los materiales deben cumplir con las Normas Técnicas Colombianas establecidas por el Instituto Colombiano de Normas Técnicas (ICONTEC). El Municipio podrá rechazar los materiales o elementos si no los encuentra conformes a lo establecido en las normas. El material rechazado se retirará del lugar, reemplazándolo con material aprobado, y la ejecución de la obra defectuosa se corregirá satisfactoriamente, todo esto sin que haya lugar a pago extra. Toda obra rechazada por deficiencia en el material empleado o por defectos de construcción, deberá ser reparada por el Contratista a su costo.
En caso de que la Interventoría requiera la verificación de las especificaciones técnicas de los materiales, de acuerdo con las normas, el Contratista está obligado a realizar a su costo los ensayos necesarios, y ello no representará ningún costo adicional para el Municipio.
La responsabilidad por el suministro oportuno de los materiales es del Contratista y por consiguiente éste no puede solicitar ampliación del plazo, ni justificar o alegar demoras en la fecha de entrega de la obra por causa del suministro deficiente o inoportuno de los materiales.
El Contratista será responsable por los materiales incluidos en el contrato hasta que sean entregados en el sitio acordado. Además, el Contratista tendrá a su cargo todos los riesgos de materiales rechazados después de recibir el anuncio del rechazo.
Todos los materiales estarán sujetos a inspección y pruebas por parte del Municipio, en cualquier lugar durante el período de fabricación, embalaje, montaje y en cualquier momento anterior a la aceptación final. El Municipio podrá hacer la inspección en los talleres del Contratista, en los del fabricante o en los depósitos de sus proveedores. Para ello, el Contratista, sin cargo adicional, proveerá a los inspectores designados por el Municipio de todas las facilidades de asistencia necesarias para el cumplimiento de sus deberes con seguridad y comodidad.
La aceptación o el rechazo de materiales será hecho tan pronto como sea posible después de la inspección, pero la inspección y aceptación del material no exonerará al Contratista de su responsabilidad por materiales que no cumplieren con los requisitos de estos documentos, o en cuanto a defectos u otras fallas que pudieran ser descubiertas posteriormente, ni se impondrá al Municipio responsabilidad alguna en este sentido.
El Contratista deberá ejecutar, sobre los materiales, las pruebas de fábrica que sean exigidas en estos documentos, notificando previamente al Municipio, al menos con treinta (30) días de anticipación, sobre su intención de ejecutar cualquier prueba de fábrica, el tipo y propósito de la misma, de tal manera que el Municipio pueda enviar a sus inspectores o representantes a presenciarlas, o bien, renunciar a la presencia del inspector. Los costos del Inspector serán cubiertos por el Municipio.
En caso de que cualquier material resultare defectuoso por mala calidad de la materia prima o mano de obra, o no se cumpliere con los requisitos de estos documentos, el Municipio tendrá derecho a rechazarlo o a exigir su corrección. Los materiales rechazados deberán ser retirados o corregidos inmediatamente por cuenta del Contratista, a la notificación por parte del Interventor, y no podrán ser presentados nuevamente para recibo, a menos que se haya subsanado el motivo del rechazo o ejecutado su corrección. Si el Contratista no removiere tal material cuando lo solicitare el Municipio, o no procediere dentro del período señalado, a su reemplazo o corrección, el Municipio podrá reemplazarlo o corregirlo como lo estime conveniente y cargará al Contratista los costos ocasionados con tal motivo.
6.22 DISCREPANCIAS
En caso de que se encuentren discrepancias entre los datos suministrados, éstas deberán someterse a consideración del interventor, cuya decisión será definitiva. Cualquier trabajo que el contratista ejecute desde el descubrimiento del error, omisión o discrepancia y hasta que reciba la decisión del Interventor, será de su total responsabilidad, siendo por su cuenta y riesgo todas las reparaciones y modificaciones que se requieran para arreglar la obra o para sustituirla hasta corregir el error.
En caso de discrepancias entre las escalas y las dimensiones indicadas en los planos, prevalecerán estas últimas. No se permitirá tomar medidas a escala de los planos, salvo en los casos específicamente autorizados por el Interventor.
6.24 DISTINTIVO DEL PERSONAL DEL CONTRATISTA
El contratista deberá dotar al personal que labora en la obra, de algún distintivo o uniforme que lo identifique ante el Municipio y la ciudadanía, previo acuerdo con la Interventoría antes del inicio de la obra.
6.25 PREVENCIÓN DE ACCIDENTES Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
Durante la ejecución del contrato, el Contratista en todo momento proveerá los recursos que sean necesarios para garantizar la higiene, salubridad y seguridad de todas las instalaciones de la obra, la de sus empleados, trabajadores, subcontratistas, proveedores, y la de los empleados y bienes del Municipio, el Interventor y de terceras personas.
El Contratista impondrá a sus empleados, trabajadores, subcontratistas, proveedores y en general a todas aquellas personas relacionadas con la ejecución del contrato, el cumplimiento de todas las condiciones relativas a higiene, salubridad, prevención de accidentes y medidas de seguridad, y los forzará a cumplirlas.
El Contratista será responsable de todos los accidentes que puedan sufrir no sólo sus empleados, trabajadores y subcontratistas, sino también el personal o bienes del Municipio, el Interventor o terceras personas, resultantes de negligencia o descuido del Contratista, sus empleados, trabajadores o subcontratistas, y de tomar las precauciones o medidas de seguridad necesarias para la prevención de accidentes; por consiguiente, todas las indemnizaciones correspondientes serán por cuenta del Contratista.
Durante la ejecución del contrato, el Contratista observará todas y cada una de las regulaciones de las autoridades bajo cuya jurisdicción se ejecute el contrato, relativas a seguridad, prevención de accidentes y enfermedad profesional, higiene y salubridad, y en general, las normas que al respecto tenga las entidades oficiales. Igualmente, leerá, aprenderá y cumplirá con lo establecido en las siguientes normas:
Reglamento de higiene y seguridad para la industria de la construcción.
Resolución No. 02413 de 1979, emanada del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de Colombia.
Resolución No. 001937 xx xxxxx 30 de 1994, emanada del Ministerio de Desarrollo Social y Transporte.
Normas para Construcción de Pavimentos en el Xxxxx de Aburrá, versión 1994.
Normas y Especificaciones Generales de Construcción de las Empresas Públicas de Medellín, última versión.
Antes de iniciar el contrato, el Contratista deberá preparar un programa completo con las medidas de seguridad que se tomarán durante la ejecución de los trabajos, y lo someterá a la aprobación del Interventor, quien podrá además ordenar cualquier otra medida adicional que considere necesaria. Este programa incluye los desvíos de tránsito requeridos para la ejecución de los trabajos, los cuales serán acordados por el Contratista con las dependencias o autoridades competentes.
Durante la ejecución del contrato, el Interventor podrá ordenar al Contratista cualquier medida adicional que considere conveniente o necesaria para garantizar la prevención de accidentes, y éste deberá proceder de conformidad. Si por parte del contratista existe un incumplimiento sistemático y reiterado de los requisitos de seguridad o higiene, o de las instrucciones del interventor al respecto, éste podrá ordenar en cualquier momento que se suspenda la ejecución de las obras, o de cualquier parte de ellas, sin que el Contratista tenga derecho a ampliación de plazo, y sin perjuicio de las multas a que hubiere lugar por este concepto.
En caso de peligro inminente a las personas, obras o bienes, el Interventor podrá obviar la notificación escrita y ordenar que se ejecuten inmediatamente las acciones correctivas que considere necesarias. El Contratista en estos casos no tendrá derecho a reconocimiento o indemnización alguna.
Los gastos en que incurra el Contratista por el cumplimiento de las medidas de seguridad e higiene y prevención de accidentes no generarán un valor adicional, toda vez que se encuentran incluidos en el AIU y no tendrá derecho a pago por separado.
6.26 RESPONSABILIDAD POR DAÑOS Y PERJUICIOS
El Contratista asumirá toda la responsabilidad por los daños y perjuicios que se causaren al Municipio o a terceros, y que afecten de cualquier modo personas o propiedades durante la ejecución de la obra, por causa u omisión suya, por defectos o vicios de la obra o de los materiales empleados en ella, o de los trabajadores empleados en las obras o por la maquinaria o equipo a su servicio, en los términos de las normas legales que fijan esa responsabilidad.
Por consiguiente, son de exclusiva cuenta del Contratista todos los costos provenientes de la debida reparación de cualquiera de los daños ocasionados en las obras o en los equipos a él encomendados, y de los perjuicios que se ocasionen. El Contratista está obligado a cubrir oportunamente la totalidad de estos costos.
6.27 INFORME DE ACCIDENTES
El Contratista deberá informar al Interventor, dentro del plazo y en la forma establecida a continuación, acerca de cualquier accidente que ocurra por la ejecución del contrato y que ocasione muerte o perjuicio a cualquier persona, o daño a propiedad, y en todos los casos de enfermedad profesional que ocurran con relación a la ejecución del contrato. El Contratista tendrá un plazo de veinticuatro (24) horas para suministrar el informe de los datos que exija el Municipio o el Interventor.
El informe incluirá, al menos, la siguiente información:
- Lugar, fecha y hora del accidente.
- Nombre, estado civil y edad del accidentado.
- Oficio que desempeña, experiencia y actividad que desempeñaba en el momento del accidente.
- Información sobre si hubo o no lesión, y clase de la misma.
- Posibles causas del accidente.
- Tratamiento recibido y concepto médico.
Durante el desarrollo del contrato, el contratista exhibirá un tablero para denotar las estadísticas de accidentalidad.
6.28 LIMPIEZA DEL SITIO O ZONA DE LOS TRABAJOS
Durante el desarrollo de los trabajos, el Contratista deberá mantener en perfecto estado de limpieza la zona de las obras y sus alrededores, para lo cual deberá retirar en forma adecuada, diariamente o con mayor frecuencia, si así lo ordena el Interventor, escombros, basuras,
desperdicios y sobrantes de materiales, de manera que no aparezca en ningún momento una acumulación desagradable y peligrosa de éstos.
Al finalizar cualquier parte de los trabajos, el Contratista deberá retirar de inmediato todo el equipo, construcciones provisionales y sobrantes de materiales que no hayan de ser usados más tarde en el mismo sitio o cerca de él, para la ejecución de otras partes de las obras, y deberá disponer satisfactoriamente, el mismo día, todos los sobrantes, escombros y basuras que resulten de las obras en los botaderos de escombros oficialmente autorizados por la autoridad competente.
La limpieza y aseo de todas las partes de la obra no tendrá ítem de pago, por lo tanto, el Contratista deberá considerar su costo dentro de los costos indirectos de cada precio unitario pactado para el contrato.
6.30 EJECUCIÓN DE OBRAS AMPARADAS POR LA PÓLIZA DE ESTABILIDAD
En el evento en que el Contratista ejecute algún trabajo originado por fallas de estabilidad de la obra, exigibles con cargo a la garantía de estabilidad otorgada, deberá indicar en sitio visible que tales obras no ocasionan costos adicionales para el Municipio, lo cual hará mediante aviso que contendrá las especificaciones indicadas por el Interventor, y cuyo costo será asumido por el contratista.
6.31 SITIOS DE DISPOSICIÓN DE DESECHOS SÓLIDOS
Los escombros se depositarán en los sitios previamente autorizados por la interventoría. Por el incumplimiento de esta disposición, el contratista se hará acreedor a la aplicación de las multas contempladas en este pliego de condiciones.
El manejo y disposición de los escombros se hará conforme a lo establecido en la “Guía de Manejo Socio ambiental para la Construcción de Obras de Infraestructura Pública en el Municipio de Medellín”, adoptada mediante el Decreto 673 de 2006.
6.32 MÉTODOS DE CONSTRUCCIÓN
Los métodos para la ejecución de las obras quedarán sujetos a la iniciativa del Contratista, sujetándose al proceso constructivo indicado en este pliego (*), en quien recaerá la responsabilidad por tales métodos, los cuales estarán encaminados a obtener los mejores resultados en la obra; sin embargo, el Municipio tendrá en cualquier momento el derecho a ordenar cambios en los métodos, con miras a la seguridad y al avance de la obra, o a su coordinación con las obras de otros Contratistas, o para obligar al Contratista a ajustarse al contrato.
Si el Municipio así lo requiere, antes de iniciar cualquier parte de la obra, o en cualquier momento durante la ejecución de la misma, el Contratista deberá suministrar, con suficiente anticipación, toda la información referente a los programas, métodos y procedimientos que utilizará en la ejecución de los trabajos.
La aprobación por parte del Municipio de algún procedimiento o método utilizado por el Contratista, así como la aceptación y uso por el Contratista de algún procedimiento o método sugerido por el Municipio, no significará que este último asume algún riesgo o responsabilidad, y el Contratista no tendrá derecho a reclamo en caso xx xxxxx total o parcial o ineficiencia en alguno de los procedimientos anotados.
(*) "NORMAS Y ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONSTRUCCIÓN" de las Empresas
Públicas de Medellín, última versión.
6.33 COORDINACIÓN CON LOS FABRICANTES
El Contratista será responsable de la total coordinación entre los diferentes fabricantes o propietarios de patentes que se utilicen durante la ejecución de la obra, y el Municipio limitará sus relaciones y coordinación únicamente con el Contratista.
No se concederán ampliaciones en el plazo de entrega de la obra por demoras o negligencia en la coordinación entre el Contratista y los fabricantes o propietarios de patentes.
6.34 ENTREGA Y RECIBO DE LA OBRA
El Contratista informará, con treinta (30) días de anticipación, la fecha en que se propone hacer entrega total de la obra, y el Municipio designará una comisión que dará la aprobación o hará las observaciones necesarias para que el Contratista las termine a satisfacción. Así mismo, el Contratista se obliga a ejecutar las pruebas finales que sean necesarias según el tipo de obra.
A más tardar el último día del plazo, el contratista deberá tener debidamente terminadas y aprobadas las obras para entregarlas al Municipio por conducto de los funcionarios que se comisionen para tal fin; si no las tuviere terminadas, el recibo sólo se hará cuando se hayan ejecutado todas las modificaciones y reparaciones exigidas de acuerdo con este artículo. Las entregas parciales no implican el recibo definitivo de esta parte ni mucho menos de toda la obra. Es requisito para el recibo de la obra a satisfacción, tener el sitio totalmente limpio de basuras y escombros.
Al momento de entregar las obras, las partes suscribirán un acta de finiquito o de exoneración de responsabilidades, relevándose mutuamente de todas las reclamaciones y demandas que puedan resultar, excluyéndose las reclamaciones a que tiene derecho el Municipio, por vicios de construcción, de acuerdo con los numerales 3o. y 4o. del Artículo 2060 del Código Civil Colombiano y sus normas concordantes.
6.35 USO DE OBRAS EJECUTADAS ANTES DE SU ACEPTACIÓN
Siempre que la obra, o parte de ella, esté en condiciones de ser utilizada, y sus intereses lo requieran, el Municipio tomará posesión y hará uso de ella. Dicho uso no eximirá al Contratista de ninguna de sus obligaciones, ni implicará la renuncia del Municipio a ninguno de sus derechos.
El Municipio se reserva el derecho de usar las obras que se consideren defectuosas, sin que por ello se eliminen las obligaciones contraídas por el Contratista, ni el Municipio renuncie a cualquiera de sus derechos contemplados en el pliego.
6.36 REGISTRO FOTOGRÁFICO
El Contratista debe presentar a la Secretaría de Desarrollo Social, en el momento de entrega de la obra, un registro fotográfico donde se aprecie claramente el estado físico y entorno del lugar antes de la iniciación del proyecto durante su ejecución y cuando esté ejecutado en un 100%.
Para tal efecto, el Contratista debe seleccionar sitios para la toma de las imágenes, en cada uno de ellos tomará las fotografías registrando el antes, durante y después de la obra, tomadas desde el mismo punto de referencia.
Lo anterior, con la finalidad de establecer un seguimiento que le permita al sistema de monitoreo y evaluación precisar los efectos e impactos generados por el proyecto. Además, representan un
testimonio que ayuda a dirimir problemas que puedan presentarse en cuanto a reclamaciones por parte del Contratista.
6.37 VIGILANCIA Y CUIDADO DE LAS OBRAS
El Contratista proveerá, por su cuenta, el personal de vigilancia necesario para proteger las personas, las obras, sus propiedades y las propiedades del Municipio y de terceros, hasta la entrega total de las obras. Para ello, deberá informarse sobre las normas legales existentes y obtener todos los permisos y licencias necesarias y someterlos a la aprobación del Municipio.
6.38 SITUACIONES IMPREVISTAS Y CASOS DE EMERGENCIA
Si durante el curso de los trabajos, el Municipio o el Contratista descubrieren en el lugar o sitio donde se construye la obra, condiciones especiales substancialmente distintas a las indicadas en los planos o previstas en las especificaciones, circunstancias desconocidas de naturaleza especial, que difieran substancialmente de aquellas inherentes a las obras del carácter de las que proveen los planos y las especificaciones, el Contratista se abstendrá de alterar tales condiciones o circunstancias sin que antes el Municipio tome la decisión correspondiente. Si éste resuelve que aquellas son esencialmente diferentes a las previstas, se procederá a ordenar los cambios en los planos o en las especificaciones, previo convenio de los ajustes, tanto de costo como de plazo o de uno de éstos.
Si se presenta un caso de emergencia no previsto, el cual pueda poner en peligro la seguridad de la obra, de las personas o de las propiedades vecinas, el Contratista deberá tomar todas las medidas que el caso requiera, sin solicitar autorización previa del Municipio, pero deberá notificar por escrito a éste dentro de un plazo no mayor de setenta y dos (72) horas después de la ocurrencia del hecho, suministrando un estimativo de los pagos adicionales o de ampliación en el plazo de ejecución de las obras.
Si el Contratista reclama compensación por el trabajo de emergencia, el Municipio, con la información suministrada por él, estudiará la causa de la emergencia, para autorizar, si fuere del caso, la extensión del plazo y el pago a que hubiere lugar.
Para la comprobación de los gastos en que pueda incurrir por la atención de un caso de emergencia, el Contratista deberá llevar la relación detallada y comprobada de los costos de jornales, materiales, etc., ocasionados por tal motivo. Esta relación deberá ser enviada al Municipio dentro de los ocho (8) días calendario, siguientes a su ocurrencia.
6.39 NORMAS Y ESPECIFICACIONES DE CONSTRUCCIÓN
Los ítems que aparecen en el formulario de cantidades de obra se describen en forma concisa y no en detalle, por lo tanto, para la determinación de los precios unitarios y la ejecución de los trabajos deben consultarse las Especificaciones entregadas y si en esta no aparecen, las "NORMAS Y ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONSTRUCCIÓN" de las Empresas
Públicas de Medellín, última versión.
6.40 NORMAS TÉCNICAS COLOMBIANAS (NTC) PARA MATERIALES
Todos los materiales utilizados en la ejecución de la obra deberán cumplir con las Normas Técnicas Colombianas NTC, o en su defecto, con las normas ASTM (American Society for Testing and Materials).
6.41 EVALUACIÓN DEL AVANCE DE LA OBRA
Durante la ejecución de la obra, el Municipio efectuará un seguimiento al programa de trabajo, como uno de los mecanismos de verificación del cumplimiento del contrato. Por tal motivo, el Contratista deberá mantener el programa actualizado, de manera que en todo momento represente la historia real de lo ejecutado en cada actividad, así como la proyección para la terminación de los trabajos dentro del plazo contractual.
El Contratista y el Interventor evaluarán periódicamente la ejecución del contrato, revisando el programa de obra actualizado para establecer en qué condiciones avanzan los trabajos, dejando constancia del estado real de los trabajos; en caso de presentarse algún atraso, deberán señalarse los motivos del mismo, indicando los correctivos que se tomarán para subsanar dicho atraso, los cuales se plasmarán en una modificación al programa de obra que no podrá contemplar la disminución de las cantidades programadas para cada mes ni prórroga del plazo inicialmente establecido.
Cuando fuere necesario suscribir actas de modificación de cantidades obra o modificar el valor o el plazo del contrato, el Contratista deberá ajustar el programa de obra a dicha modificación, para lo cual deberá someter a aprobación del Municipio, con el visto bueno de la Interventoría, el nuevo programa de obra, previo a la suscripción del documento mediante el cual las partes acuerden dicha modificación.
6.42 ESTABILIDAD DE LA OBRA Y PERÍODO DE GARANTÍA
El Contratista será responsable por la reparación de todos los defectos que puedan comprobarse con posterioridad a la liquidación del contrato, o si la obra amenaza ruina en todo o en parte, por causas derivadas de fabricaciones, replanteos, localizaciones y montajes efectuados por él, o el empleo de materiales, equipo de construcción y mano de obra deficientes utilizados en la construcción.
El Contratista se obliga a llevar a cabo a su xxxxx todas las reparaciones y reemplazos que se ocasionen por estos conceptos. Esta responsabilidad y las obligaciones inherentes a ella se considerarán vigentes por un período de garantía de cinco (5) años contados a partir de la fecha consignada en el Acta de Recibo de las obras. El Contratista procederá a reparar los defectos dentro de los términos que el Municipio le señale. Si las reparaciones no se efectúan en dichos términos, el Municipio podrá efectuarlas por cuenta del Contratista y hacerle efectiva la garantía de estabilidad estipulada en el contrato.
Así mismo, durante el período de garantía, el Contratista será responsable por los daños que se causen a terceros como consecuencia de las obras defectuosas.
Si las reparaciones que se efectúen afectan o, si a juicio del Municipio, existe duda razonable de que puedan llegar a afectar el buen funcionamiento o la eficiencia de las obras o parte de ellas, el Municipio podrá exigir la ejecución de nuevas pruebas, por cuenta del Contratista, mediante notificación escrita que le enviará dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la entrega o terminación de las reparaciones.
7.0 MANEJO SOCIOAMBIENTAL DE LAS OBRAS
Durante la ejecución de las obras, el Contratista deberá organizar los trabajos de tal forma que los procedimientos aplicados sean compatibles no sólo con los requerimientos técnicos establecidos, sino con las disposiciones contenidas en la Ley 99 de 1993 y sus decretos reglamentarios, así como las normas especiales para el trámite y obtención de autorizaciones y permisos específicos
requeridos para el uso y aprovechamiento de los recursos naturales, y será responsable ante el Municipio de Medellín por el pago de sanciones decretadas por violación a las leyes y disposiciones ambientales.
El Contratista dará cumplimiento a los términos, requisitos y condiciones establecidas en los actos administrativos expedidos por las diferentes autoridades ambientales y regionales.
En general, deberá seguir las disposiciones establecidas en la “Guía de Manejo Socio-Ambiental para la Construcción de Obras de Infraestructura Pública en el Municipio de Medellín”, adoptadas mediante el Decreto 673 de 2006 y demás normatividad asociada vigente. Los costos en que incurra el contratista por el manejo socio ambiental del proyecto deberán incluirse en los costos indirectos de administración del contrato. El hecho de que el contratista no estipule en el AIU, el valor de la gestión ambiental representado en el ítem aplicación de la guía socio ambiental, no lo exime del cumplimiento de la legislación ambiental vigente que le sea aplicable y no podrá solicitar pago adicional alguno por este concepto.
7.1 NORMATIVIDAD ASOCIADA A LA GESTIÓN SOCIAL Y AMBIENTAL
Las normas citadas a continuación, asociadas a la gestión social y ambiental, forman parte integral del contrato.
7.1.1 Política Ambiental de Colombia y Recursos Naturales
- Ley 99 de 1993, por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el sector público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental –SINA– y se dictan otras disposiciones.
- Decreto Ley 2811 de 1974, por el cual se adopta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente.
7.1.2 Aire
- Decreto 948 de 1995, por el cual se reglamentan, parcialmente, la Ley 23 de 1973, los artículos 33, 73, 74, 75 y 76 del Decreto-ley 2811 de 1974; los artículos 41, 42, 43, 44, 45, 48 y 49 de la Ley 9ª de 1979; y la Ley 99 de 1993, en relación con la prevención y control de la contaminación atmosférica y la protección de la calidad del aire.
- Resolución 541 de 1994, por la cual se regula el cargue, descargue, transporte, almacenamiento y disposición final de escombros, materiales, elementos, concretos y agregados sueltos, de construcción, de demolición y capa orgánica, suelo y subsuelo de excavación.
- Resolución 627 de 2007, por la cual se establece la norma nacional de emisión de ruido y ruido ambiental.
- Resolución 601 de 2007, por la cual se establece la Norma de Calidad del Aire o Nivel de Inmisión, para todo el territorio nacional en condiciones de referencia.
7.1.3 Agua
- Decreto 1541 de 1978, por el cual se reglamenta la parte III del Libro II del Decreto Ley 2811 de 1974 “De las aguas no marítimas" y parcialmente la Ley 23 de 1973.
7.1.4 Residuos Sólidos
- Decreto Municipal 2078 de 2005: Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos –PGIRS del Municipio de Medellín.
- Decreto Municipal 0289 de 2002: Reglamento de Aseo del Municipio de Medellín.
7.1.5 Flora
- Decreto Municipal 817 de 2008, por el cual se establecen los lineamientos de política en silvicultura urbana y paisajismo para el Municipio de Medellín, se reglamenta el Comité de Silvicultura Urbana y Paisajismo, y se toman otras determinaciones.
7.1.6 Tránsito y Transporte
- Ley 105 de 1993: Disposiciones básicas sobre transporte.
- Ley 336 de 1996: Estatuto General del Transporte.
- Ley 769 de 2002: Código Nacional de Tránsito.
- Resolución 1050 de 2004: Manual de señalización vial.
- Resolución 1937 de 1994: Señalización en frentes de trabajo.
- Decreto 173 de 2001, por el cual se reglamenta el servicio público de transporte terrestre automotor de carga.
- Decreto 174 de 2001, por el cual se reglamenta el servicio público de transporte terrestre automotor especial.
- Decreto 175 de 2001, por el cual se reglamenta el servicio público de transporte terrestre automotor mixto.
- Resolución 792 de 2006, de la Secretaria de Transportes y Tránsito de Medellín: Restricción en materia de transporte de escombros en el Municipio de Medellín.
7.1.7 Salud y seguridad
- Resolución 2400 de 1979: Estatuto de Seguridad Industrial.
- Resolución 2413 de 1979: Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial para la industria de la construcción.
- Resolución 8321 de 1983: Normas sobre protección y conservación de la audición de la salud y el bienestar de las personas, por causa de la producción y emisión de ruidos.
- Resolución 2013 de 1986: Reglamenta la organización y funcionamiento de los comités de medicina, higiene y seguridad industrial en los lugares de trabajo.
- Resolución 1016 de 1989: Reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el país.
- Resolución 1401 de 2007: Reglamenta la investigación de incidentes y accidentes de trabajo.
7.1.8 Participación ciudadana
- Ley 134 de 1994: Mecanismos de participación ciudadana.
- Ley 472 de 1998: Acciones populares y de grupo.
- Ley 850 de 2003, por la cual se reglamentan las veedurías ciudadanas.
7.4 GESTIÓN SOCIAL
El Contratista deberá establecer un acercamiento directo con la comunidad que se va a beneficiar del proyecto, con él animo de lograr su comprensión, aceptación y colaboración con la obra, y poner en marcha un programa de gestión social, liderado por el personal socio ambiental.
7.4.1 Actas de Vecindad
Previamente a la iniciación de los trabajos, los residentes de obra, de interventoría y el socio ambiental, suscribirán un Acta de Vecindad con cada uno de los propietarios colindantes, en la cual deberá quedar registrado el estado actual en el que se encuentran las estructuras existentes a lo largo del proyecto lineal, o las colindantes en caso de obras puntuales, acompañadas del respectivo registro fotográfico o de video que se estimen pertinentes. Una vez finalicen las obras se deberá dar cierre a las actas de vecindad levantadas.
7.4.2 Actas de Entorno
Previamente a la iniciación de los trabajos, el residente de obra, los residentes socio ambientales, la interventoría y un representante de la Secretaría de Desarrollo Social, suscribirán un Acta de Entorno, del lugar donde se realizarán las obras y sus estructuras adyacentes, vías, andenes, zonas verdes y demás estructuras del lugar, acompañadas del respectivo registro fotográfico o de video que se estimen pertinentes. Una vez finalicen las obras se deberá dar cierre a las actas de entorno levantadas.
7.4.3 Reuniones con la Comunidad
El contratista deberá realizar como mínimo tres reuniones con la comunidad beneficiaria del proyecto, una antes del inicio de la obra, para socializar los trabajos, una más de avance, promediando el contrato, y una al finalizar las obras.
Dichas reuniones deberán ser registradas en forma de acta por el personal socioambiental y se presentarán a la Interventoría dentro del programa de gestión social. El acta contendrá los temas tratados en la reunión, el responsable, la duración, fecha y listado de los asistentes, con su nombre y teléfono.
7.4.5 Información y Divulgación
El contratista deberá diseñar y ejecutar las estrategias para informar a la comunidad frente al desarrollo de las obras y atender las sugerencias, quejas y reclamos de manera oportuna, brindando la información certera a la comunidad que lo requiera.
7.5 GESTIÓN AMBIENTAL
7.5.1 Manejo de Residuos Sólidos (Escombros, Comunes y Peligrosos)
El contratista se abstendrá de quemar basuras, recipientes o contenedores de material artificial o sintético (caucho, plástico, poliuretano, cartón, papel, etc.); los residuos no podrán llegar directamente a los cursos de agua bajo ninguna circunstancia, y se deberán proveer en los campamentos y frentes de obra, recipientes adecuados para la disposición de basuras (canecas plásticas con tapa, con capacidad de 55 galones).
7.5.1.1 Escombros
Los escombros se depositarán en escombreras oficialmente autorizadas por la autoridad competente, previamente aprobadas por la interventoría. Los escombros serán ubicados en costales de fibra, depositados y evacuados en el sitio aprobado por la Interventoría y no podrán permanecer más de 24 horas en el frente de obra.
Por el incumplimiento de esta disposición, el contratista se hará acreedor a la aplicación de las multas contempladas en el contrato, bien sea que la actividad la desarrolle directamente él o a través de un tercero.
7.5.1.2 Residuos Comunes y Peligrosos
Deben señalarse acopios para el almacenamiento temporal de residuos sólidos, tanto en el campamento como cada 500 metros lineales del área de construcción, los cuales dispondrán de tres recipientes plásticos con tapa, debidamente marcados con el tipo de material que contienen (ordinario, reciclable y peligroso).
Para la disposición de residuos comunes, el contratista deberá suscribir contrato con la empresa prestadora del servicio de aseo, el cual puede ser exigido por la interventoría en cualquier momento.
Para la disposición de residuos peligrosos se deberá contratar un servicio especial re recolección y entregar copia del contrato suscrito y certificación mensual del volumen de recolección firmada por el prestador del servicio y el usuario que contrata.
7.5.2 Limpieza del frente o zona de los trabajos
Durante el desarrollo de los trabajos, el Contratista deberá mantener en perfecto estado de limpieza la zona de las obras y sus alrededores, para lo cual deberá retirar en forma adecuada, con una frecuencia diaria, o con mayor frecuencia, si así lo ordena el Interventor, escombros, basuras, desperdicios y sobrantes de materiales, de manera que no aparezca en ningún momento una acumulación desagradable y peligrosa de éstos; de la misma forma deberá realizar la limpieza de los sumideros que resulten afectados por el desarrollo de las obras.
Al finalizar cualquier parte de los trabajos, el Contratista deberá retirar de inmediato todo el equipo, construcciones provisionales y sobrantes de materiales que no hayan de ser usados más tarde en el mismo sitio o cerca de él, para la ejecución de otras partes de las obras, y deberá disponer satisfactoriamente, el mismo día, todos los sobrantes y escombros que resulten de las obras.
El contratista deberá contar con la mano de obra y los implementos necesarios para realizar las labores de aseo y limpieza permanente de las vías y áreas, dentro y fuera de la zona demarcada, que se vean afectadas por la ejecución de los trabajos.
El contratista deberá limpiar permanentemente las vías por donde circulan las volquetas para evitar que el material de la obra adherido a las llantas, provoque accidentes en estos sectores, y
acondicionar lava llantas en los accesos provisionales para permitir la decantación de sedimentos que provienen xxx xxxxxx de las volquetas.
Los vehículos que utilice el contratista para transporte de materiales, escombros y material proveniente de la excavación deberán tener involucrados en su carrocería, los contenedores o platones apropiados, a fin de que la carga depositada en ellos quede contenida en su totalidad, en forma tal que se evite el derrame, pérdida o escurrimiento de material durante el transporte, y deberá cubrir la carga transportada con el fin de evitar dispersión de la misma o emisiones fugitivas.
La limpieza y aseo de todas las partes de la obra no tendrá ítem de pago por separado, por lo tanto, el Contratista deberá considerar su costo dentro de los costos indirectos de cada precio unitario pactado en el contrato.
7.5.3 Almacenamiento de Materiales de Construcción (comunes y especiales)
El contratista almacenará y manejará los materiales de acuerdo con la Resolución 541 de 1994, las demás exigencias legales y las recomendaciones del fabricante, teniendo especial cuidado con las sustancias contaminantes del medio ambiente, tóxicas, radioactivas, inflamables o explosivas, manejándolas en la forma más segura de acuerdo con las dimensiones, peso y contenido.
Los materiales de construcción deben ser almacenados de acuerdo con su tipo y las condiciones del fabricante. Los materiales de playa (agregados pétreos y arenas) deben estar separados por tabiques, para lo cual el contratista deberá tener en cuenta la adquisición de teleras, señalizarlos, cubrirlos con plástico calibre mínimo 4, para evitar la dispersión de material particulado.
7.5.4 Manejo del Recurso Hídrico
El contratista deberá tramitar ante EPM el permiso de conexión a la red de alcantarillado, de los vertimientos de las instalaciones temporales.
Igualmente, deberá proteger los desagües a la red de alcantarillado, del arrastre de materiales que generen colmatación; para tal fin, dispondrá de canastillas plásticas con tapa que se instalarán en los sumideros que se vean afectados por la obra y se deberá realizar una limpieza de éstos cada vez que se requiera.
Las aguas provenientes xxx xxxxxx de herramientas de trabajo, equipo y maquinaria, limpieza de llantas y partes exteriores de vehículos de transporte de obra, lavado de tanques o recipientes de almacenamiento, los sobrantes de agua utilizados en la elaboración de mezclas de concreto y las aguas lluvias procedentes de patios y zonas libres dentro de la construcción, por su alto contenido de material sedimentable, deberán conducirse a un sedimentador antes de ser descargadas a la red de alcantarillado.
7.6 SEGURIDAD INDUSTRIAL Y SALUD OCUPACIONAL
Durante la ejecución del contrato, el Contratista proveerá, en todo momento, los recursos que sean necesarios para garantizar la higiene, salubridad y seguridad de todos sus trabajadores, subcontratistas, proveedores y terceras personas, en todas las instalaciones y zonas adyacentes a la obra, y preservará la integridad de todos los bienes del Municipio del Municipio de Medellín.
El Contratista impondrá a sus empleados, trabajadores, subcontratistas, proveedores y, en general, a todas aquellas personas relacionadas con la ejecución del contrato, el cumplimiento de todas las condiciones relativas a higiene, salubridad, prevención de accidentes y medidas de seguridad, y los forzará a cumplirlas.
El Contratista será responsable de todos los accidentes que puedan sufrir no sólo sus empleados, trabajadores y subcontratistas, sino también el personal o bienes del Municipio de Medellín, el Interventor o terceras personas, resultantes de negligencia o descuido del Contratista, sus empleados, trabajadores o subcontratistas, y de tomar las precauciones o medidas de seguridad necesarias para la prevención de accidentes; por consiguiente, todas las indemnizaciones correspondientes serán por cuenta del Contratista.
Durante la ejecución del contrato, el Contratista observará todas y cada una de las regulaciones de las autoridades bajo cuya jurisdicción se ejecute el contrato, relativas a seguridad, prevención de accidentes y enfermedad profesional, higiene y salubridad, y en general la normativa en materia de salud y seguridad vigente.
Antes de iniciar el contrato, el Contratista deberá preparar un programa completo con las medidas de seguridad que se tomarán durante la ejecución de los trabajos, y lo someterá a la aprobación del Interventor, quien podrá además ordenar cualquier otra medida adicional que considere necesaria. Este programa debe incluir la elaboración del panorama de riesgos, la definición de las acciones de prevención de los riesgos, el cronograma de actividades en materia de salud ocupacional, la conformación de brigadas de seguridad y primeros auxilios, y la divulgación del reglamento de higiene y seguridad industrial.
Durante la ejecución del contrato, el Interventor podrá ordenar al Contratista cualquier medida adicional que considere conveniente o necesaria para garantizar la prevención de accidentes, y éste deberá proceder de conformidad. Si por parte del contratista existe un incumplimiento sistemático y reiterado de los requisitos de seguridad o higiene, o de las instrucciones del Interventor al respecto, éste podrá ordenar en cualquier momento que se suspenda la ejecución de las obras o de cualquier parte de ellas, sin que el Contratista tenga derecho a ampliación de plazo, y sin perjuicio de la aplicación de las multas a que hubiere lugar por este concepto.
En caso de peligro inminente a las personas, obras o bienes, el Interventor podrá obviar la notificación escrita y ordenar que se ejecuten inmediatamente las acciones correctivas que considere necesarias. En estos casos, el Contratista no tendrá derecho a reconocimiento o indemnización alguna.
Los gastos en que incurra el Contratista por el cumplimiento de las medidas de seguridad e higiene y prevención de accidentes serán por su cuenta, y no tendrá derecho a pago por separado ya que éstos deben incluirse como costos indirectos dentro de cada uno de los precios unitarios del contrato.
7.6.3 Capacitación y Entrenamiento del Personal
Antes del inicio de las actividades, el contratista deberá capacitar a todo el personal de la obra, en relación con: los riesgos asociados a cada oficio, prevención de enfermedades profesionales y accidentes de trabajo, uso de elementos de protección personal –EPP–, según el riesgo al que se verá sometido el trabajador y medidas para la protección del medio ambiente.
Si la obra tiene un plazo de ejecución superior un (1) mes, la capacitación se debe repetir por lo menos cada 15 días, con una duración mínima de 20 minutos. Esta capacitación se podrá realizar en cada frente de trabajo.
7.6.4 Transporte de Personal, Materiales y Equipos
El contratista no podrá vincular a las obras, bajo ninguna forma contractual, vehículos de más xx xxxx (10) años de antigüedad. Los vehículos deben estar en perfecto estado, ofrecer seguridad y
ser apropiados para el transporte de personas, materiales y equipos. Este transporte se hará de acuerdo con lo estipulado en los decretos que reglamentan los diferentes servicios de transporte terrestre automotor, acorde con el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, las Leyes 105 de 1993, 336 de 1996, Ley 769 de 2002, el Código de Comercio y las reglamentaciones de las autoridades de transporte local, nacional.
Cuando el servicio de transporte sea prestado con vehículos propios del contratista, se considerará que se trata de un transporte privado, por cuanto estará destinado a satisfacer las necesidades de movilización de personas y/o cosas, dentro del ámbito de las actividades exclusivas del contratista; en este caso, deberá acondicionar los vehículos para tal menester y nunca se emplearán máquinas y volquetas, sin acondicionarlas adecuadamente, para el transporte de personal.
No se permitirán volquetas y camionetas transportando al mismo tiempo materiales y personas en los volcos.
En caso de que el contratista no tenga suficientes vehículos propios para adelantar las actividades objeto del contrato y, por tanto, requiera contratarlos, tanto para el transporte de personas transporte de materiales, estos deberán ser suministrados, previo contrato, por empresas de transporte de servicio público habilitadas por el Ministerio de Transporte según los decretos 173 y 174 de 2001.
7.6.6 Elementos de Protección Personal –EPP–
Todo el personal del contratista deberá estar dotado con elementos de protección personal y colectiva durante el trabajo, de acuerdo con los riesgos a que esté sometido. Los elementos de protección personal deberán ser de materiales de buena calidad, que resistan su uso normal, y deberán ser revisados periódicamente; si se encontrase un daño evidente o desgaste excesivo, deberá ser retirado del servicio.
Los EPP básicos en obra serán cascos, tapabocas, protectores auditivos, gafas protectoras y guantes de carnaza.
En proyectos viales, toda persona que esté en el sitio de las obras, incluidos los visitantes, deberá usar siempre casco de seguridad y chaleco reflectivo.
Para trabajos en altura mayor de 1,50 m, y para excavaciones cuya profundidad sea superior a 1,50 m, los trabajadores deben ser dotados con arnés pélvico completo que vaya a un punto fijo por medio de una línea de vida.
Para trabajos eléctricos se deberán entregar guantes y calzado dieléctrico.
7.6.7 Dotación del Personal de la Obra
Cada trabajador deberá recibir un uniforme que lo identifique como de la obra, el cual constará de camisa de manga larga, en dril 100% algodón con estampado en bolsillo y espalda a dos tintas de logo “Medellín Obra con Amor”, botas de caucho y capa plástica para protegerse cuando los trabajos se realicen en condiciones leves de lluvia.
Para trabajos en vías, todos los trabajadores deberán recibir chaleco reflectivo, el cual deberá ser usado todo el tiempo mientras el trabajador permanezca en el sitio de los trabajos.
Todo el personal de la obra, sin excepción, deberá ser carnetizado.
7.6.8 Reporte de Incidentes y Accidentes
De conformidad con la Resolución 1401 de 2007, emanada del Ministerio de la Protección Social, el Contratista deberá informar a la ARP que corresponda, y al Interventor, dentro del plazo y en la forma establecida, cualquier incidente y accidente que ocurra durante la ejecución del contrato y que ocasione lesión o muerte de cualquier trabajador y/o daño a propiedad. Así mismo, deberá reportar los casos de enfermedad profesional que ocurran por la ejecución del contrato. El Contratista tendrá un plazo de veinticuatro (24) horas para suministrar el reporte a la ARP y el informe de los datos que exijan el Municipio de Medellín o el Interventor.
El informe para el interventor incluirá, al menos, la siguiente información:
- Lugar, fecha y hora del accidente.
- Nombre, estado civil y edad del accidentado.
- Oficio que desempeña, experiencia y actividad que desempeñaba en el momento del accidente.
- Información sobre si hubo o no lesión, y clase de la misma.
- Posibles causas del accidente.
- Tratamiento recibido y concepto médico.
Durante el desarrollo del contrato, el contratista exhibirá un tablero para denotar las estadísticas de accidentalidad en la ejecución de la obra.
Ciudad y fecha
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
(Utilice papel membreteado)
Señores
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
Oficina 404
Centro Administrativo Municipal "La Alpujarra" C.A.M.
El suscrito , identificado con la C.C. en nombre de , de acuerdo con las reglas que se estipulan en el Pliego de Condiciones y demás documentos de la contratación Licitación No 0070004824 de 202012, cuyo objeto es “MANTENIMIENTO Y ADECUACIÓN DE SEDES SOCIALES EN LAS
DIFERENTES COMUNAS DEL MUNICIPIO DE MEDELLÍN”, me permito presentar la siguiente propuesta.
En caso de que me sea adjudicada, me comprometo a firmar el contrato correspondiente y a cumplir todas las obligaciones señaladas en el Pliego de Xxxxxxxxxxx y en mi propuesta.
Declaro así mismo:
1. Que esta propuesta y el contrato que llegare a celebrarse sólo compromete a los firmantes de esta carta.
2. Que ninguna entidad o persona distinta de los firmantes tiene interés comercial en esta propuesta, ni en el contrato que de ella se derive.
3. Que ni el suscrito ni la sociedad que represento se hallan incursos en las causales de inhabilidad e incompatibilidad establecidas en la Ley 80 de 1993 y demás normas sobre la materia.
4. Que el suscrito y la sociedad que represento se comprometen a entregar a satisfacción del Municipio de Medellín, en las fechas indicadas, el objeto de la contratación.
5. Que conocemos las leyes de la República de Colombia que rigen la presente contratación.
6. Que los precios de la propuesta se mantendrán sin variación durante la vigencia de la contratación y el contrato.
7. Que la presente oferta no tiene información reservada *
8. Que autorizo expresamente al Municipio de Medellín para verificar toda la información incluida en la propuesta y realice consultas en las listas de riesgos.
9. Que ofrezco entregar las cantidades que figuran en el cuadro de precios y valor total de la oferta, así como el cumplimiento de los requerimientos técnicos.
10. Que bajo la gravedad de juramento declaro que no me encuentro reportado en el Boletín de responsables fiscales que expide la Contraloría General de la República o en caso de estarlo, tener vigente un acuerdo de pago y me encuentro al día en los pagos.
11. Que bajo la gravedad del juramento declaro que no me ha sido notificado por parte de la Cámara de Comercio de ningún recurso de reposición frente a la información contenida en el RUP
12. Que bajo la gravedad del juramento declaro no tengo conflicto de interés, ni los directivos de la sociedad que represento y el equipo de trabajo con que se ejecutarán los servicios contratados.
Proponente: Nit: Correo electrónico: __ Dirección: Teléfono: Fax:
Nombre Representante Legal del proponente: Dirección: Teléfono: Documento de identificación: Firma del Representante legal: Firma Aval (en caso de requerirlo):
ABONO DE LA PROPUESTA:
Si el Representante Legal del proponente no es Ingeniero Civil, o Arquitecto, o Arquitecto Constructor, o Constructor en Arquitectura e Ingeniería, diligencie la siguiente nota:
“De acuerdo con lo expresado en la Ley 842 de 2003 y debido a que el suscriptor de la presente propuesta no Ingeniero Civil, o Arquitecto, o Arquitecto Constructor, o Constructor en Arquitectura e Ingeniería, debidamente matriculado, yo, , de Profesión
, con Matrícula No.
, abono la presente propuesta”.
y Cédula No.
(firma de quien abona la propuesta)
Nota: * Si el proponente cuenta con información reservada deberá detallarla.
FORMULARIO No 3 CANTIDADES Y PROPUESTA ECONOMICA
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
Subsecretaria de Organización y Participación Ciudadana
MANTENIMIENTO Y ADECUACIÓN DE LA SEDE SOCIAL MIRAMAR UBICADA EN LA Xxx. 00X # 00 000, XXXXXX 0, XXXXXXXXX XX XXXXXXXX.
C.R.G
CANTIDADES Y PROPUESTA ECONOMICA
ITEM | DESCRIPCION | UND | CANT | V/UNIT | V/TOTAL |
1 | RETIROS Y DEMOLICIONES | ||||
Incluye: Cargue, transporte y botada de escombros, recuperación de los materiales aprovechables o su transporte hasta el sitio que lo indique la interventoría | |||||
1,1 | Retiro de canoas, ruanas, bajantes, tuberías. Incluye todo lo necesario para su correcto retiro | m | 75,00 | ||
2 | CUBIERTA | ||||
2,1 | Reparación de techo con tablero en madera y teja de asbesto cemento. Incluye retiro total de tejas y xx xxxxxx en mal estado, impermeabilización con manto autoprotegido con arena de 3mm con refuerzo en fibra xx xxxxxx tipo "Protektor 3" o similar, colocación xx xxxx existente y nueva y de la madera que se reemplaza, en los siguientes porcentajes Teja en 20%, tablilla en 6% e impermeabilizante en un 100% | m2 | 150,00 | ||
2,2 | Suministro y colocación de canoa en L en lámina galvanizada calibre 24, desarrollo 0.70 m. Con tapa ruana, incluye aplicación pintura anticorrosiva y dos manos a base de aceite, se deberá colocar una buena base de apoyo de la canoa en toda su longitud. | m | 35,00 | ||
2,3 | Suministro y colocación de tubería PVC, para bajantes de aguas lluvias. Incluye: accesorios, abrazaderas con empaque de caucho y fijación mecánica, limpiador y soldadura, y pintura a base de aceite (de uso exterior) para acabado final, color a definir por la interventoría = 3". | ml | 45,00 | ||
3 | REVOQUES, ENCHAPES Y PINTURAS | ||||
3,1 | Revoque en muros con mortero 1:4. Incluye ranuras, filetes y dilataciones. | m2 | 25,00 | ||
3,2 | Estuco en muros: Incluye, ranuras, filetes y dilataciones | m2 | 25,00 |
3,3 | Suministro y colocación de pintura a base de agua, vinilo de primera calidad sobre pintura existente, 2 a 3 manos a satisfacción de la interventoría. Incluye raspada, retiro de las capas de cal, resanes de grietas y adecuación de la superficie a intervenir, color similar a definir según aprobación de la interventoría. | m2 | 500,00 | ||
3,4 | Suministro y colocación de pintura base aceite de primera calidad sobre pintura existente, 2 a 3 manos a satisfacción de la interventoría. Incluye raspada, resanes de grietas y adecuación de la superficie a intervenir, color similar a definir según aprobación de la interventoría. | m2 | 180,00 | ||
3,5 | Pintura a base de aceite en malla protectora de ventanas. Incluye preparación de la superficie, anticorrosivo y todo lo necesario para su correcta aplicación. La unidad de medida incluye ambas caras | m2 | 45,00 | ||
3,6 | Pintura a base de aceite para xxxxxxx xx xxxxxx y metálicas. Incluye pintura anticorrosiva donde sea necesario, marco y ala, preparación de la superficie, lijada tapa poros. Color a definir, aprobado por la interventoría. | un | 14,00 | ||
3,7 | Lavada con ácido nítrico (proporción 1:5 a 1:10 según la acumulación de residuos) e hidrofugada xx xxxxx exteriores (con impermeabilizante a base de silicona tipo siliconite o similar, Dos manos). Incluye andamios y todo lo necesario para su correcta aplicación | m2 | 95,00 | ||
5 | INSTALACIONES ELÉCTRICAS | - | |||
5,1 | Suministro e instalación de lámpara fluorescente 2x32 W AF-RS, Tipo comercial, chasis metálico blanco calibre 22, balasto electrónico ahorrador con cinco años de garantía, socket de seguridad ALP o similar .Incluye tubos T8 trifosforo., Color 41, con THD < 20%, Cable encauchetado, cadena, clavija y demás accesorios para su correcta instalación. | Und | 8,00 | ||
6 | VARIOS | ||||
6,1 | Suministro y colocación xx xxxxxx de 4mm. Incluye pisavidrios en masilla, pintura a base de aceite, cortes según ventana. | m2 | 6,00 | ||
Valor total Costos Directos $ | |||||
A.U. | |||||
Valor total obra $ |
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
Subsecretaría Organización y Participación Ciudadana
C.R.G
MANTENIMIENTO Y ADECUACIÓN DE LA SEDE SOCIAL DOCE DE OCTUBRE TERCERA ETAPA EN LA CRA 84 CL 98 B 06, COMUNA 6, MUNICIPIO DE MEDELLIN.
CANTIDADES Y PROPUESTA ECONOMICA
ITEM | DESCRIPCION | UND | CANT | V/UNIT | V/TOTAL |
1 | RETIROS Y DEMOLICIONES | ||||
Incluye: Cargue, transporte y botada de escombros, recuperación de los materiales aprovechables o su transporte hasta el sitio que lo indique la interventoría | |||||
1,1 | Desmonte, limpieza y rocería. Incluye: Cargue, transporte y botada de escombros | m2 | 450,00 | ||
1,2 | Retiro de canoas, ruanas, bajantes, tuberías. Incluye todo lo necesario para su correcto retiro | m | 25,00 | ||
1,3 | Cargue, transporte y botada de escombros (pre existentes en la sede) | m3 | 35,00 | ||
1,4 | Demolición piso de baldosa. Incluye el mortero de nivelación, Cargue, transporte y botada de escombros, recuperación de los materiales aprovechables o su transporte hasta el sitio que lo indique la interventoría.(No incluye retiro de entresuelo) | m2 | 90,00 | ||
1,5 | Demolición enchape de baldosín o revoque .Incluye: Cargue, transporte y botada de escombros, recuperación de los materiales aprovechables o su transporte hasta el sitio que lo indique la interventoría | m2 | 20,00 | ||
2 | INSTALACIONES HIDRÁULICAS, SANITARIAS Y APARATOS | ||||
2,1 | Suministro e instalación de tubería PVC para aguas negras. Incluye bocas y accesorios. La excavación y los llenos se pagaran en su ítem respectivo | ||||
2,1,1 | Ø = 2". | m | 4,00 | ||
2,1,2 | Ø = 4". | m | 8,00 | ||
2,2 | Suministro y colocación de tubería PVC. Presión para abastos RDE 9. incluye excavación y/x xxxxxx, accesorios, salidas, llaves de control y todo lo necesario para su correcta instalación | ||||
2,2,1 | Ø = ½". | m | 12,00 | ||
2,3 | Suministro y colocación de rejilla de piso combinada en cobre y aluminio. | ||||
2,3,1 | Ø = 2". | un | 1,00 |
2,4 | Suministro y colocación de sanitario integral (Línea Acuacer) color blanco o beige bajo consumo 6lt, diseño de dos piezas, taza redonda, sifón esmaltado, grifería anti sifón, anillo abierto, abastos, válvula de regulación y todo lo necesario para su correcto funcionamiento. | un | 1,00 | ||
2,5 | Suministro y colocación de Lavamanos Integral colgar (Línea Acuacer) color blanco o beige. Incluye grifería metálica, llave de abastos y todo lo necesario para su correcta instalación | un | 1,00 | ||
3 | CUBIERTA | ||||
3,1 | Reparación de techo en xxxx xx xxxxx. Incluye retiro total de tejas y xx xxxxxx en mal estado, impermeabilización con manto autoprotegido con arena de 3mm con refuerzo en fibra xx xxxxxx tipo "Protektor 3" o similar, colocación xx xxxx existente y nueva y de la madera que se reemplaza, en los siguientes porcentajes Teja en 70%, tablilla en 15% e impermeabilizante en un 100% | m2 | 110,00 | ||
3,2 | Suministro y colocación de canoa en U en lámina galvanizada calibre 24, desarrollo 0.70 m. Incluye aplicación pintura anticorrosiva y dos manos a base de aceite, se deberá colocar una buena base de apoyo de la canoa en toda su longitud. | m | 30,00 | ||
3,3 | Suministro y colocación de tubería PVC, para bajantes de aguas lluvias. Incluye: accesorios, abrazaderas con empaque de caucho y fijación mecánica, limpiador y soldadura, y pintura a base de aceite ( de uso exterior) para acabado final , color a definir por la interventoría = 3". | ml | 35,00 | ||
4 | REVOQUES, ENCHAPES Y PINTURAS | ||||
4,1 | Revoque en muros con mortero 1:4. Incluye ranuras, filetes y dilataciones. | m2 | 70,00 | ||
4,2 | Suministro y colocación de pintura a base de agua, vinilo de primera calidad sobre pintura existente, 2 a 3 manos a satisfacción de la interventoría. Incluye raspada, retiro de las capas de cal, resanes de grietas y adecuación de la superficie a intervenir, color a definir según aprobación de la interventoría. | ||||
4,2,1 | repinte color similar | m2 | 120,00 | ||
4,3 | Pintura a base de aceite para xxxxxxx xx xxxxxx y metálicas. Incluye pintura anticorrosiva donde sea necesario, marco y ala, preparación de la superficie, lijada tapa poros. Color a definir, aprobado por la interventoría. | un | 7,00 | ||
4,4 | Suministro y colocación de pintura tipo Koraza acrilica para exteriores (hidrorepelente) de primera calidad que cumpla con la Norma NTC 1335. Incluye resane de grietas y adecuación de la superficie a intervenir. a satisfacción de la interventoría. Color a definir por interventoría. |
4,4,1 | En obra nueva sobre revoque | m2 | 70,00 | ||
4,4,2 | sobre color diferente | m2 | 170,00 | ||
4,5 | Pintura a base de aceite para malla eslabonada de cerramiento. Incluye preparación de la superficie y pintura anticorrosiva. Color a definir, aprobado por la interventoría. La unidad de medida incluye ambas caras | m² | 250,00 | ||
4,6 | Enchape pared en cerámica 20.5 x 30.5 cm referencia itálica beige o similar. Incluye: Preparación de la superficie, mortero de pega (o pegacor), lechada, remate en varilla de pvc U de 3/8"acolillada para muros. | m2 | 40,00 | ||
4,7 | Suministro e instalación de Piso tipo Duropiso, color gris, beige x xxxxxx a definir, tráfico pesado de 33,8 x 33,8 cm, incluye mortero 1:4 para nivelación, pegacor, lechada y todo lo necesario para su correcta instalación. | m2 | 15,00 | ||
5 | PISOS | ||||
5,1 | Piso en baldosa de grano No. 1- 2 (color a definir) de 30x30 cm que cumpla con la norma NTC 2849 aprobada por interventoría. incluye juntas, mortero de pega en concreto de proporciones por volumen 0.3:1:3:2 cal: cemento: arena para concreto: agregado grueso espesor de 4cm, lechada con cementante color a definir , remates, varilla de dilatación, polietileno en primer nivel, destroncada, pulida y brillada y todo lo necesario para su correcto funcionamiento | ml | 75,00 | ||
5,2 | Guardaescoba en baldosa xx xxxxxxx No 1, h= 7,5 cm, tableta de 30 x 7,5 cm, biselada. Incluye mortero 1:4 y todo lo necesario para su correcta instalación | ml | 40,00 | ||
6 | CARPINTERÍA EN MADERA | - | |||
6,1 | Suministro e instalación de mueble bajo en madecor RH color a definir, incluye entrepaños, haladeras todo lo necesario para su correcta instalación y funcionamiento. | ml | 2,00 | ||
6 | INSTALACIONES ELÉCTRICAS | ||||
6,1 | Suministro e instalación de lámpara fluorescente 2x32 W AF- RS, Tipo industrial, chasis metálico blanco calibre 22, balasto electrónico ahorrador con cinco años de garantía, socket de seguridad ALP o similar .Incluye tubos T8 trifosforo., Color 41, con THD < 20%, Cable encauchetado, cadena, clavija y demás accesorios para su correcta instalación. | un | 8,00 | ||
Valor total Costos Directos $ | |||||
A.U. | |||||
Valor total obra $ |
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
Subsecretaría Organización y Participación Ciudadana
C.R.G
ITEM | DESCRIPCION | UND | CANT | V/UNIT | V/TOTAL |
1 | RETIROS Y DEMOLICIONES | ||||
Incluye: Cargue, transporte y botada de escombros, recuperación de los materiales aprovechables o su transporte hasta el sitio que lo indique la interventoría | |||||
2 | CARPINTERÍA METÁLICA | ||||
2,1 | Suministro y colocación de ventana corrediza en aluminio anodizado color a definir. Incluye pasadores, vidrio 4 mm, mortero y demás aditamentos para su correcto funcionamiento. | m2 | 18,00 | ||
Suministro y colocación xx xxxxx de seguridad con marco en ángulos de 1" x 3/16", platina intermedia de 1x3/16". Malla ondulada plana de 1.5"x1.5", incluye obra civil, tornillos, anclajes, corte, soldadura, pintura anticorrosiva y a base de aceite, y todo lo demás para su correcta instalación. | m2 | 22,00 | |||
2 | REVOQUES, ENCHAPES Y PINTURA | ||||
2.1 | Suministro y colocación de pintura tipo Koraza acrilica para exteriores (hidrorepelente) de primera calidad que cumpla con la Norma NTC 1335. Incluye resane de grietas y adecuación de la superficie a intervenir a satisfacción de la interventoría. Repinte Color similar a definir aprobado por la interventoría. | m2 | 400,00 | ||
2,2 | Suministro y colocación de pintura a base de agua, vinilo de primera calidad sobre pintura existente, 2 a 3 manos a satisfacción de la interventoría. Incluye raspada, retiro de las capas de cal, resanes de grietas y adecuación de la superficie a intervenir, color similar a definir según aprobación de la interventoría. | m2 | 350,00 | ||
Pintura a base de aceite para xxxxxxx xx xxxxxx y metálicas. Incluye pintura anticorrosiva donde sea necesario, marco y ala, preparación de la superficie, lijada tapa poros. Color a definir, aprobado por la interventoría. | un | 12,00 | |||
6 | INSTALACIONES ELÉCTRICAS |
OBRAS DE MANTENIMIENTO EN LA SEDE SOCIAL LA CARMELITA, XXXXXXX 00 # 00X - 00 XXXXXX # 0 PRESUPUESTO Y CANTIDADES DE OBRA
6,1 | Suministro e instalación de lámpara fluorescente 2x32 W AF-RS, Tipo industrial, chasis metálico blanco calibre 22, balasto electrónico ahorrador con cinco años de garantía, socket de seguridad ALP o similar .Incluye tubos T8 trifosforo., Color 41, con THD < 20%, Cable encauchetado, cadena, clavija y demás accesorios para su correcta instalación. | un | 6,00 | ||
Valor total Costos Directos $ | |||||
A.U. | |||||
Valor total obra $ |
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
Subsecretaría Organización y Participación Ciudadana
C.R.G
ITEM | DESCRIPCION | UND | CANT | V/UNIT | V/TOTAL |
1 | RETIROS Y DEMOLICIONES | ||||
Incluye: Cargue, transporte y botada de escombros, recuperación de los materiales aprovechables o su transporte hasta el sitio que lo indique la interventoría | |||||
1,1 | Demolición muro ladrillo. e=10/15 cm. Incluye cargue, transporte y botada | m2 | 10,00 | ||
1,2 | Retiro de aparatos sanitarios, lavamanos, lavaderos, orinales. Incluye: Cargue, transporte y botada de escombros, recuperación de los materiales aprovechables o su transporte hasta el sitio que lo indique la interventoría | un | 5,00 | ||
1,3 | Demolición piso de baldosa. Incluye el mortero de nivelación, Cargue, transporte y botada de escombros, recuperación de los materiales aprovechables o su transporte hasta el sitio que lo indique la interventoría.(No incluye retiro de entresuelo) | m2 | 200,00 | ||
2 | MOVIMIENTOS DE TIERRA | ||||
2,1 | Excavación de 0 a 2 m en material heterogéneo bajo cualquier grado de humedad, medido en sitio. Incluye entibado temporal, cargue, transporte y botada de material | m3 | 2,00 | ||
2,2 | Llenos en arenilla compactados mecánicamente hasta obtener una densidad del 95% de la máxima obtenida en el ensayo xxx xxxxxxx modificado. | m3 | 2,00 | ||
2 | MAMPOSTERÍA | ||||
2,1 | Mampostería en ladrillo para revocar una cara o dos caras | ||||
2,1,1 | De 10 x 20 x 40 cm. e = 10 cm. | m2 | 12,00 | ||
3 | INSTALACIONES HIDRÁULICAS Y SANITARIAS |
OBRAS DE MANTENIMIENTO EN LA SEDE SOCIAL PICACHO LAS VEGAS, XXXXXXX 00 # 00 - 00 XXXXXX # 0 PRESUPUESTO Y CANTIDADES DE OBRA
3,1 | Suministro e instalación de tubería PVC para aguas negras. Incluye bocas y accesorios. La excavación y los llenos se pagaran en su ítem respectivo | ||||
3,1,1 | Ø = 2". | m | 6,00 | ||
3,1,2 | Ø = 4". | m | 8,00 | ||
3,2 | Suministro y colocación de tubería PVC RDE 9. Presión para abastos. incluye excavación y/x xxxxxx, accesorios, salidas, llaves de control y todo lo necesario para su correcta instalación | ||||
3,2,1 | Ø = ½". | m | 15,00 | ||
3,3 | Suministro y colocación de rejilla de piso combinada en cobre y aluminio. | ||||
3,3,1 | Ø = 2". | un | 3,00 | ||
3,4 | Suministro y colocación de sanitario integral (Línea Acuacer) color blanco o beige bajo consumo 6lt, diseño de dos piezas, taza redonda, sifón esmaltado, grifería anti sifón, anillo abierto, abastos, válvula de regulación y todo lo necesario para su correcto funcionamiento. | un | 2,00 | ||
3,5 | Suministro, transporte y colocación de Orinal mediano colgado color x xxxxxx. Incluye grifería metálica (automática), llave de abastos, sifón y todo lo necesario para su correcta construcción. | un | 1,00 | ||
3,6 | Suministro y colocación de Lavamanos Integral colgar (Línea Acuacer) color blanco o beige. Incluye grifería metálica, llave de abastos y todo lo necesario para su correcta instalación | un | 2,00 | ||
3,7 | Suministro y colocación de incrustaciones para baño línea económica. Incluye: jabonera, toallero, papelera y dos percheros) | juego | 2,00 | ||
4 | CARPINTERÍA METÁLICA Y XX XXXXXX. | ||||
4,1 | Suministro e instalación de mueble bajo en madecor RH color a definir, incluye entrepaños, haladeras todo lo necesario para su correcta instalación y funcionamiento. | ml | 4,00 |
4,2 | Suministro y colocación de puertas metálicas (marco y ala) en lámina troquelada calibre 20, Incluye pintura anticorrosiva y pintura a base de aceite, chapa cisa L 370 de incrustar, picaporte y demás para su correcta instalación y funcionamiento, previa aprobación de la interventoría. | ||||
4,2,1 | (P1) 0.60/0,7 X 2,10 m. e=10/15 cm | un | 2,00 | ||
4,2,2 | (P2) 0.90 X 2,10 m. e =10/15 cm | un | 1,00 | ||
4,3 | Suministro, transporte y colocación de estantería metálica en calibre 20, cada cuerpo está compuesto de 5 entrepaños de 0.45m de profundidad, 0,90m de ancho y 2m de alto, incluye pintura electroestática, capacidad de carga mínima de 50 kg por entrepaño, sistema graduable de entrepaños y todo lo necesario para su correcta ejecución. | un | 1,00 | ||
4,4 | Suministro e instalación de mesón en acero inoxidable cal 20, de 4,00 x 0.60, incluye pozuelo, grifería, canastilla, sifón, griflex y todo lo necesario para su correcta instalación y funcionamiento | ml | 4,00 | ||
5 | REVOQUES, ENCHAPES Y PINTURAS | ||||
5,1 | Revoque con mortero 1:4. Incluye ranuras, filetes y dilataciones. | ||||
5,1,1 | En muros. | m2 | 30,00 | ||
5,2 | Estuco en muros: Incluye, ranuras, filetes y dilataciones | m2 | 15,00 | ||
5,3 | Enchape pared en cerámica 20.5 x 30.5 cm referencia itálica beige o similar. Incluye: Preparación de la superficie, mortero de pega (o pegacor), lechada, remate en varilla de pvc U de 3/8"acolillada para muros. | m2 | 60,00 | ||
5,4 | Suministro e instalación de Piso tipo Duropiso, color gris, beige x xxxxxx. a definir, tráfico pesado de 33,8 x 33,8 cm, incluye mortero 1:4 para nivelación, pegacor, lechada y todo lo necesario para su correcta instalación. | m2 | 20,00 | ||
5,5 | Suministro y colocación de pintura a base de agua, vinilo de primera calidad sobre pintura existente, 2 a 3 manos a satisfacción de la interventoría. Incluye raspada, retiro de las capas de cal, resanes de grietas y adecuación de la superficie a intervenir, color a definir según aprobación de la interventoría. |
5,5,1 | obra nueva sobre estuco | m2 | 15,00 | ||
5,5,2 | repinte color similar | m2 | 580,00 | ||
5,6 | Suministro y colocación de pintura tipo Koraza acrilica para exteriores (hidrorepelente) de primera calidad que cumpla con la Norma NTC 1335. Incluye resane de grietas y adecuación de la superficie a intervenir. a satisfacción de la interventoría. Repinte Color similar a definir aprobado por la interventoría. | m2 | 330,00 | ||
5,7 | Pintura a base de aceite para xxxxxxx xx xxxxxx y metálicas. Incluye pintura anticorrosiva donde sea necesario, marco y ala, preparación de la superficie, lijada tapa poros. Color a definir, aprobado por la interventoría. | un | 15,00 | ||
5,8 | Pintura a base de aceite en malla protectora de ventanas. Incluye preparación de la superficie, anticorrosivo y todo lo necesario para su correcta aplicación. | m2 | 35,00 | ||
5,9 | Pintura a base de aceite - esmalte para canoas y bajantes. Incluye todo lo necesario para su correcta aplicación | ml | 70,00 | ||
5,10 | Piso en baldosa de grano No. 1- 2 (color a definir) de 30x30 cm que cumpla con la norma NTC 2849 aprobada por interventoría. incluye juntas, mortero de pega en concreto de proporciones por volumen 0.3:1:3:2 cal: cemento: arena para concreto: agregado grueso espesor de 4cm, lechada con cementante color a definir , remates, varilla de dilatación, polietileno en primer nivel, destroncada, pulida y brillada y todo lo necesario para su correcto funcionamiento | m2 | 185,00 | ||
5,11 | Guarda escoba en baldosa xx xxxxxxx No 1, h= 7,5 cm, tableta de 30 x 7,5 cm, biselada. Incluye mortero 1:4 y todo lo necesario para su correcta instalación | ml | 115,00 | ||
6 | CUBIERTA | ||||
6,1 | Reparación de techo en xxxx xx xxxxx. Incluye retiro total de tejas y xx xxxxxx en mal estado, impermeabilización con manto autoprotegido con arena de 3mm con refuerzo en fibra xx xxxxxxx tipo "Protektor 3" o similar, colocación xx xxxx existente y nueva y de la madera que se reemplaza, en los siguientes porcentajes Teja en 30%, tablilla en 8% e impermeabilizante en un 100% | m2 | 150,00 |
7 | PISOS | ||||
6,1 | Construcción de andén en concreto de 21 Mpa. e=0.08 m. juntas xx xxxxxx cada 1.5 m. vaciado alternado, acabado tipo metro. Según diseño, incluye entresuelo en piedra e=0.15 m. y 0.05 m. de arenilla compactada, llaves laterales. No incluye refuerzo | m2 | 18,00 | ||
Valor total Costos Directos $ | |||||
A.U. | |||||
Valor total obra $ |
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
Subsecretaria de Organización y Participación Ciudadana
MANTENIMIENTO Y ADECUACIÓN CENTRO CULTURAL Y COMUNITARIO BARRIO LA ESPERANZA, UBICADO EN LA CR 73 No 98 105, COMUNA 6. MUNICIPIO DE MEDELLIN.
C.R.
G
CANTIDADES Y PROPUESTA ECONOMICA
ITEM | DESCRPCION | UNIDAD | CANTIDAD | VR UNITARIO | VR TOTAL |
1 | RETIROS Y DEMOLICIONES | ||||
Incluye: Cargue, transporte y botada de escombros, recuperación de los materiales aprovechables o su transporte hasta el sitio que lo indique la interventoría | |||||
1,01 | Retiro de canoas, ruanas, bajantes, tuberías. Incluye todo lo necesario para su correcto retiro | m | 80,00 | ||
2 | REVOQUES, ENCHAPES Y PINTURAS | ||||
2,1 | Suministro y colocación de pintura a base de agua, vinilo de primera calidad sobre pintura existente, 2 a 3 manos a satisfacción de la interventoría. Incluye raspada, retiro de las capas de cal, resanes de grietas y adecuación de la superficie a intervenir, color similar a definir según aprobación de la interventoría. | m2 | 1.890,00 | ||
2,2 | Suministro y colocación de pintura tipo Koraza acrilica para exteriores (hidrorepelente) de primera calidad que cumpla con la Norma NTC 1335. Incluye resane de grietas y adecuación de la superficie a intervenir. a satisfacción de la interventoría. Color diferente a definir por interventoría. | m2 | 1.480,00 | ||
2,3 | Pintura a base de aceite para xxxxxxx xx xxxxxx y metálicas. Incluye pintura anticorrosiva donde sea necesario, marco y ala, preparación de la superficie, lijada tapa poros. Color a definir, aprobado por la interventoría. | un | 35,00 | ||
2,4 | Pintura a base de aceite en malla protectora de ventanas. Incluye preparación de la superficie, anticorrosivo y todo lo necesario para su correcta aplicación. | m2 | 70,00 | ||
3 | CUBIERTA |
3,1 | Reparación de techo en xxxx xx xxxxx. Incluye retiro total de tejas y xx xxxxxx en mal estado, impermeabilización con manto autoprotegido con arena de 3mm con refuerzo en fibra xx xxxxxx tipo "Protektor 3" o similar, colocación xx xxxx existente y nueva y de la madera que se reemplaza, en los siguientes porcentajes Teja en 30%, tablilla en 8% e impermeabilizante en un 100% | m2 | 230,00 | ||
3,2 | Suministro y colocación de canoa en U en lámina galvanizada calibre 24, desarrollo 0.70 m., incluye aplicación de wash prime, pintura anticorrosiva y dos manos a base de aceite. Se deberá colocar unos buenos soportes de apoyo de la canoa en toda su longitud. | m | 40,00 | ||
3,3 | Suministro y colocación de ruanas en lámina galvanizada calibre 26., incluye mortero, pintura anticorrosiva y a base de aceite de desarrollo 50 cm, pestaña de 5 cm, canchada xx xxxx, faja en revoque impermeabilizado con filete. | m | 40,00 | ||
3,4 | Suministro y colocación de tubería PVC, para bajantes de aguas lluvias. Incluye: accesorios, abrazaderas con empaque de caucho y fijación mecánica, limpiador y soldadura, y pintura a base de aceite (de uso exterior) para acabado final, color a definir por la interventoría = 3". | ml | 40,00 | ||
TOTAL COSTO DIRECTO | |||||
AU | |||||
COSTO TOTAL |
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
Subsecretaría Organización y Participación Ciudadana
C.R.G
OBRAS DE MANTENIMIENTO EN LA SEDE SOCIAL SAN XXXXXXX BOLIVARIANA, XXXXX 00 # 00 - 00 Y SEDE CORNARANJAL XXX 00 X # 00 - 00 XXXXXX 00, XXXXXXXXX XX XXXXXXXX
PRESUPUESTO Y CANTIDADES DE OBRA
ITEM | DESCRIPCION | UND | CANT | V/UNIT | V/TOTAL |
1 | RETIROS Y DEMOLICIONES | ||||
1,1 | Demolición enchape de baldosín o revoque. Incluye: Cargue, transporte y botada de escombros, recuperación de los materiales aprovechables o su transporte hasta el sitio que lo indique la interventoría | m2 | 70,85 | ||
2 | REVOQUES, ENCHAPES Y PINTURAS | ||||
2,1 | Revoque impermeabilizado 1:3 para muros con impermeabilizante integral para hormigón y morteros (sika1,toxement 1A o equivalente) a una dosificación de 0.5 kg/m2. Incluye ranuras, filetes, dilataciones y fajas | m2 | 70,00 | ||
2,2 | Suministro y colocación de pintura a base de agua, vinilo de primera calidad sobre pintura existente, 2 a 3 manos a satisfacción de la interventoría. Incluye raspada, retiro de las capas de cal, resanes de grietas y adecuación de la superficie a intervenir. Color a definir según aprobación de la interventoría. | ||||
2,2,1 | repinte color similar | m2 | 1.496,00 | ||
2,3 | Suministro y colocación de pintura tipo Koraza acrilica para exteriores (hidrorepelente) de primera calidad que cumpla con la Norma NTC 1335. Incluye resane de grietas y adecuación de la superficie a intervenir. a satisfacción de la interventoría. Repinte Color similar a definir aprobado por la interventoría. | m2 | 390,00 | ||
2,4 | Pintura a base de aceite para xxxxxxx xx xxxxxx y metálicas. Incluye pintura anticorrosiva donde sea necesario, marco y ala, preparación de la superficie, lijada tapa poros. Color a definir, aprobado por la interventoría. | un | 37,00 | ||
2,5 | Pintura a base de aceite para rejas de ventanas, puerta rejas y rejas de patio. Incluye pintura anticorrosiva donde sea necesario, Color a definir, aprobado por la interventoría. La unidad de medida incluye ambas caras | m2 | 170,00 | ||
2,6 | Pintura a base de aceite - esmalte para canoas y bajantes. Incluye todo lo necesario para su correcta aplicación | ml | 149,00 | ||
3 | INSTALACIONES ELÉCTRICAS |
3,1 | Suministro e instalación de lámpara fluorescente 2x32 W AF-RS, Tipo industrial, chasis metálico blanco calibre 22, balasto electrónico ahorrador con cinco años de garantía, socket de seguridad ALP o similar .Incluye tubos T8 trifosforo., Color 41, con THD < 20% , Cable encauchetado, cadena ,clavija y demás accesorios para su correcta instalación. | un | 8,00 | ||
4 | VARIOS | ||||
4,1 | Reparación de unidades sanitarias o abastos (tubería de acueducto, llaves xx xxxxx, de contención y/o de paso). Incluye canche, accesorios, empaques, obra civil y todo lo necesario para su correcto funcionamiento | un | 3,00 | ||
Valor total Costos Directos $ | |||||
A.U. | |||||
Valor total obra $ |
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
Subsecretaria de Organización y Participación Ciudadana
MANTENIMIENTO Y ADECUACIÓN EN LA SEDE ESCUELA AMOR AL NIÑO - NUEVOS CONQUISTADORES PARTE BAJA, UBICADA EN LA XXXXXXX 000 # 00 XX - 0, XXXXXX00.
XXXXXXXXX XX XXXXXXXX.
C.R.
G
CANTIDADES Y PROPUESTA ECONOMICA
ITEM | DESCRIPCION | UN D | CANT | V/UNIT | V/TOTAL |
1 | RETIROS Y DEMOLICIONES | ||||
Incluye: Cargue, transporte y botada de escombros, recuperación de los materiales aprovechables o su transporte hasta el sitio que lo indique la interventoría | |||||
1,1 | Demolición muro ladrillo. e=10/15 cm. Incluye cargue, transporte y botada | m2 | 15,00 | ||
1,2 | Retiro de aparatos sanitarios, lavamanos, lavaderos, orinales. Incluye: Cargue, transporte y botada de escombros, recuperación de los materiales aprovechables o su transporte hasta el sitio que lo indique la interventoría | un | 3,00 | ||
1,3 | Demolición enchape de baldosín o revoque. Incluye: Cargue, transporte y botada de escombros, recuperación de los materiales aprovechables o su transporte hasta el sitio que lo indique la interventoría | m2 | 30,00 | ||
1,4 | Demolición de concreto de cualquier tipo de resistencia y en cualquier estructura. Incluye cargue, transporte y botada de material. | m3 | 4,00 | ||
1,5 | Demolición piso de baldosa. Incluye el mortero de nivelación, Cargue, transporte y botada de escombros, recuperación de los materiales aprovechables o su transporte hasta el sitio que lo indique la interventoría.(No incluye retiro de entresuelo) | m2 | 45,00 | ||
2 | MOVIMIENTOS DE TIERRA | ||||
2,1 | Excavación de 0 a 2 m en material heterogéneo bajo cualquier grado de humedad, medido en sitio. Incluye entibado temporal, cargue, transporte y botada de material | m3 | 2,00 | ||
2,2 | Llenos en arenilla compactados mecánicamente hasta obtener una densidad del 95% de la máxima obtenida en el ensayo xxx xxxxxxx modificado. | m3 | 6,00 | ||
3 | MAMPOSTERÍA |
3,1 | Mampostería en ladrillo para revocar una cara o dos caras | ||||
3,1,1 | De 10 x 20 x 40 cm. e = 10 cm. | m2 | 25,00 | ||
4 | CONCRETOS | ||||
4,1 | Piso en concreto de 21 Mpa. e = 8 cm. Incluye mano de obra, formaletas, y todo lo necesario para su correcta construcción | m2 | 5,00 | ||
5 | INSTALACIONES HIDRÁULICAS Y SANITARIAS | ||||
5,1 | Suministro e instalación de tubería PVC para aguas negras. Incluye bocas y accesorios. La excavación y los llenos se pagaran en su ítem respectivo | ||||
5,1,1 | Ø = 2". | m | 12,00 | ||
5,1,2 | Ø = 3". | m | 12,00 | ||
5,1,3 | Ø = 4". | m | 12,00 | ||
5,2 | Suministro y colocación de tubería PVC - RDE 9. Presión para abastos. incluye excavación y/x xxxxxx, accesorios, salidas, llaves de control y todo lo necesario para su correcta instalación | ||||
5,2,1 | Ø = ½". | m | 21,00 | ||
5,3 | Suministro y colocación de rejilla de piso combinada en cobre y aluminio. | ||||
5,3,1 | Ø = 2". | un | 5,00 | ||
5,4 | Suministro y colocación de sanitario integral (Línea Acuacer) color blanco o beige bajo consumo 6lt, diseño de dos piezas, taza redonda, sifón esmaltado, grifería anti sifón, anillo abierto, abastos, válvula de regulación y todo lo necesario para su correcto funcionamiento. | un | 2,00 | ||
5,5 | Suministro, transporte y colocación de Orinal mediano colgado color x xxxxxx. Incluye grifería metálica (automática), llave de abastos, sifón y todo lo necesario para su correcta construcción. | un | 1,00 | ||
5,6 | Suministro y colocación de Lavamanos Integral colgar (Línea Acuacer) color blanco o beige. Incluye grifería metálica, llave de abastos y todo lo necesario para su correcta instalación | un | 2,00 | ||
5,7 | Suministro y colocación de incrustaciones para baño línea económica. Incluye: jabonera, toallero, papelera y dos percheros) | jueg o | 2,00 | ||
6 | CARPINTERÍA METÁLICA Y XX XXXXXX. |
6,1 | Suministro e instalación de mueble bajo en madecor RH color a definir, incluye entrepaños, haladeras todo lo necesario para su correcta instalación y funcionamiento. | ml | 4,00 | ||
6,2 | Suministro e instalación de mueble superior en madecor RH color a definir, incluye entrepaños, haladeras todo lo necesario para su correcta instalación y funcionamiento. | ml | 4,00 | ||
6,3 | Suministro y colocación de puertas metálicas (marco y ala) en lámina troquelada calibre 20, Incluye pintura anticorrosiva y pintura anticorrosiva y pintura a base de aceite, chapa cisa L 370 de incrustar, picaporte y demás para su correcta instalación y funcionamiento, previa aprobación de la interventoría. | ||||
6,3,1 | (P1) 0.60/0,7 X 2,10 m. e=10/15 cm | un | 3,00 | ||
6,3,2 | (P2) 0.90 X 2,10 m. e =10/15 cm | un | 2,00 | ||
6,4 | Suministro, transporte y colocación de estantería metálica en calibre 20, cada cuerpo está compuesto de 5 entrepaños de 0.45m de profundidad, 0,90m de ancho y 2m de alto, incluye pintura electroestática, capacidad de carga mínima de 50 kg por entrepaño, sistema graduable de entrepaños y todo lo necesario para su correcta ejecución. | un | 2,00 | ||
6,5 | Suministro e instalación de mesón en acero inoxidable cal 20, de 2,00 x 0.60, incluye pozuelo, grifería, canastilla, sifón, griflex y todo lo necesario para su correcta instalación y funcionamiento | ml | 4,00 | ||
7 | REVOQUES, ENCHAPES Y PINTURAS | ||||
7,1 | Revoque con mortero 1:4. Incluye ranuras, filetes y dilataciones. | ||||
7,1,1 | En muros. | m2 | 50,00 | ||
7,2 | Estuco en muros: Incluye, ranuras, filetes y dilataciones | m2 | 25,00 | ||
7,3 | Enchape pared en cerámica 20.5 x 30.5 cm referencia itálica beige o similar. Incluye: Preparación de la superficie, mortero de pega (o pegacor), lechada, remate en varilla de pvc U de 3/8"acolillada para muros. | m2 | 60,00 | ||
7,4 | Suministro e instalación de Piso tipo Duropiso, color gris, beige x xxxxxx. a definir, tráfico pesado de 33,8 x 33,8 cm, incluye mortero 1:4 para nivelación, pegacor, lechada y todo lo necesario para su correcta instalación. | m2 | 45,00 |
7,5 | Impermeabilización en losa de concreto con manto en asflato modificado APP tipo fiberglass P3. Incluye mortero 1:4 espesor 3 a 5 cm, pendientes, emulsión asfáltica, mediacaña, regata y todo lo necesario para su correcta construcción. Es importante garantizarse un elemento aislante protector (polietileno o tela asfáltica) entre el impermeabilizante y el mortero, además de aplicar los productos por personal autorizado por el productor del material | m2 | 48,00 | ||
7,6 | Suministro y colocación de pintura a base de agua, vinilo de primera calidad sobre pintura existente, 2 a 3 manos a satisfacción de la interventoría. Incluye raspada, retiro de las capas de cal, resanes de grietas y adecuación de la superficie a intervenir. Color a definir según aprobación de la interventoría. | - | |||
7,6,1 | obra nueva sobre estuco | m2 | 25,00 | ||
7,6,2 | repinte color diferente | m2 | 170,00 | ||
7,6,3 | Suministro y colocación de pintura tipo Koraza acrilica para exteriores (hidrorepelente) de primera calidad que cumpla con la Norma NTC 1335. Incluye resane de grietas y adecuación de la superficie a intervenir. a satisfacción de la interventoría. Repinte Color diferente a definir aprobado por la interventoría. | m2 | 155,00 | ||
7,6,4 | Pintura a base de aceite para xxxxxxx xx xxxxxx y metálicas. Incluye pintura anticorrosiva donde sea necesario, marco y ala, preparación de la superficie, lijada tapa poros. Color a definir, aprobado por la interventoría. | un | 4,00 | ||
8 | INSTALACIONES ELÉCTRICAS | - | |||
8,1 | Suministro e instalación de lámpara fluorescente 1x32 W AF- RS, Tipo hermética IP65, pantalla en policarbonato cuerpo en fibra xx xxxxxx , mínimo 10 cierres (5 cierres por cada lado ) de presión, balasto electrónico ahorrador con cinco años de garantía , socket de seguridad ALP o similar .Incluye tubos T8 trifosforo., Color 41, con THD < 10% , Cable encauchetado, cadena eslabonada, clavija con polo a tierra y demás accesorios para su correcta instalación. | Und | 2,00 | ||
8,2 | Suministro e instalación de lámpara fluorescente 2x32 W AF- RS, Tipo industrial, chasis metálico blanco calibre 22, balasto electrónico ahorrador con cinco años de garantía, socket de seguridad ALP o similar .Incluye tubos T8 trifosforo., Color 41, con THD < 20% , Cable encauchetado, cadena ,clavija y demás accesorios para su correcta instalación. | un | 6,00 | ||
Valor total Costos Directos $ | |||||
A.U. | |||||
Valor total obra $ |
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
Subsecretaria de Organización y Participación Ciudadana
MANTENIMIENTO Y ADECUACIÓN SEDE SOCIAL MANILA, XXXXXXX 00X # 00X-00 XX XX XXXXXX 00.
J.C.G
ITEM | DESCRIPCION | UND | CANT | V/UNIT | V/TOTAL |
2 | CARPINTERÍA METÁLICA Y XX XXXXXX | ||||
2,1 | suministro, transporte y colocación de concertina importada tipo xxxxxx de 18" de diámetro en lámina xx xxxxx inoxidable endurecido, en espirales con grupos de cuatro cuchillas separación 100mm entre si las cuales miden 60 mm de punta a punta y espirales espaciados cada 24 cm y soportada en doble cable xx xxxxx galvanizado amarrado a la concertina. Incluye instalación y soldaduras | m | 45,00 | ||
2,2 | Suministro e instalación de mueble bajo para cocina en madecor RH color a definir, incluye entrepaños, haladeras todo lo necesario para su correcta instalación y funcionamiento. | ml | 8,00 | ||
2,3 | Suministro e instalación de mueble superior para cocina en madecor RH color a definir, incluye entrepaños, haladeras todo lo necesario para su correcta instalación y funcionamiento. | ml | 8,00 | ||
2,4 | Suministro y colocación de ventana corrediza en aluminio anonizado color a definir. Incluye pasadores, vidrio 4 mm, mortero y demás aditamentos para su correcto funcionamiento. | m2 | 3,50 | ||
2,5 | Suministro y colocación xx xxxxx de seguridad con marco en ángulos de 1" x 3/16", platina intermedia de 1x3/16". Malla ondulada plana de 1.5"x1.5", incluye obra civil, tornillos, anclajes, corte, soldadura, pintura anticorrosiva y a base de aceite, y todo lo demás para su correcta instalación. | m2 | 4,00 | ||
4 | REVOQUES, ENCHAPES Y PINTURAS | ||||
4,3 | Suministro y colocación de pintura a base de agua, vinilo de primera calidad sobre pintura existente, 2 a 3 manos a satisfacción de la interventoría. Incluye raspada, retiro de las capas de cal, resanes de grietas y adecuación de la superficie a intervenir. Color a definir según aprobación de la interventoría. | ||||
4,3,1 | repinte color similar | m2 | 306,00 | ||
4,4 | Pintura a base de aceite para rejas de ventanas, puerta rejas y rejas de patio. Incluye pintura anticorrosiva donde sea necesario, Color a definir, aprobado por la interventoría. La unidad de medida incluye ambas caras | m2 | 70,00 |
4,5 | Pintura a base de aceite para xxxxxxx xx xxxxxx y metálicas. Incluye pintura anticorrosiva donde sea necesario, marco y ala, preparación de la superficie, lijada tapa poros. Color a definir, aprobado por la interventoría. | un | 10,00 | ||
4,6 | Lavada con ácido nítrico (proporción 1:5 a 1:10 según la acumulación de residuos) e hidrofugada xx xxxxx exteriores (con impermeabilizante a base de silicona tipo siliconite o similar, Dos manos). Incluye andamios y todo lo necesario para su correcta aplicación | m2 | 300,00 | ||
5 | VARIOS | ||||
5,1 | Reparación de unidades sanitarias o abastos (tubería de acueducto, llaves xx xxxxx, de contención y/o de paso). Incluye canche, accesorios, empaques, obra civil y todo lo necesario para su correcto funcionamiento | un | 5,00 | ||
6 | INSTALACIONES ELÉCTRICAS | ||||
6,1 | Suministro e instalación de lámpara fluorescente 2x32 W AF-RS, Tipo industrial, chasis metálico blanco calibre 22, balasto electrónico ahorrador con cinco años de garantía, socket de seguridad ALP o similar .Incluye tubos T8 trifosforo., Color 41, con THD < 20%, Cable encauchetado, cadena, clavija y demás accesorios para su correcta instalación. | un | 7,00 | ||
Valor total Costos Directos $ | |||||
A.U. | |||||
Valor total obra $ |
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
Subsecretaria de Organización y Participación Ciudadana
OBRAS DE MANTENIMIENTO EN LA SEDE SOCIAL BALCONES DE LA SERRANÍA, UBICADA EN XXXXXXX 00 X # 0 - 00. XXXXXX 00. XXXXXXXXX XX XXXXXXXX.
J.C.G
CANTIDADES Y PROPUESTA ECONOMICA
ITEM | DESCRIPCION | UN | CANTID AD | Vr/UNITARIO | Vr/TOTAL |
1 | RETIROS Y DEMOLICIONES | ||||
Retiro de techo en teja de asbesto-cemento, teja plástica o teja similar. No incluye estructura metálica, medido a lo largo de la pendiente. | m2 | 155,00 | |||
1.1 | Retiro de canoas, ruanas, bajantes, tuberías. Incluye todo lo necesario para su correcto retiro | m | 120,00 | ||
1,2 | Retiro de ventanas. Incluye: Cargue, transporte y botada de escombros, recuperación de los materiales aprovechables o su transporte hasta el sitio que lo indique la interventoría. Dimensión variable | un | 10,00 | ||
1,3 | Demolición enchape de baldosín o revoque. Incluye: Cargue, transporte y botada de escombros, recuperación de los materiales aprovechables o su transporte hasta el sitio que lo indique la interventoría | m2 | 60,00 | ||
2 | MAMPOSTERÍA | ||||
2,1 | Suministro y colocación de techo con teja de asbesto cemento (canaleta 90), tipo Eternit o equivalente. Incluye caballete, ganchos, correas y anclajes. No incluye estructura metálica. Medido a lo largo de la pendiente. | m² | 155,00 | ||
3 | INSTALACIONES HIDRÁULICAS, SANITARIAS Y APARATOS | ||||
3,1 | Suministro e instalación de tubería PVC para aguas negras. Incluye bocas y accesorios. La excavación y los llenos se pagaran en su ítem respectivo | ||||
3,1,1 | Ø = 2". | m | 4,00 | ||
3,1,2 | Ø = 4". | m | 8,00 | ||
3,2 | Suministro y colocación de rejilla de piso combinada en cobre y aluminio. Ø = 2" | un | 2,00 | ||
3,3 | Suministro y colocación de tubería PVC RDE 9. Presión para abastos. incluye excavación y/x xxxxxx, accesorios, salidas, llaves de control y todo lo necesario para su correcta instalación | ||||
3,3,1 | Ø = ½". | m | 17,00 |
3,4 | Suministro y colocación de sanitario integral (Línea Acuacer) color blanco o beige bajo consumo 6lt, diseño de dos piezas, taza redonda, sifón esmaltado, grifería anti sifón, anillo abierto, abastos, válvula de regulación y todo lo necesario para su correcto funcionamiento. | un | 2,00 | ||
3,5 | Suministro y colocación de Lavamanos Integral colgar (Línea Acuacer) color blanco o beige. Incluye grifería metálica, llave de abastos y todo lo necesario para su correcta instalación | un | 2,00 | ||
3,6 | Suministro y colocación de incrustaciones para baño línea económica. Incluye: jabonera, toallero, papelera y dos percheros) | juego | 2,00 | ||
4 | CARPINTERÍA METÁLICA | ||||
4,1 | Divisiones para unidad sanitaria en acero inoxidable, incluye panel divisorio, panel frontal, dos puertas de 0,57 *1,60. Incluye tornillería, anclajes, bisagras, seguros para las puertas y todo lo necesario para su correcta instalación. | m² | 11,00 | ||
4,2 | Suministro y colocación de ventana corrediza en aluminio anonizado color a definir. Incluye pasadores, vidrio 4 mm, mortero y demás aditamentos para su correcto funcionamiento. | m2 | 19,00 | ||
4,3 | Suministro y colocación xx xxxxx de seguridad con marco en ángulos de 1" x 3/16", platina intermedia de 1x3/16". Malla ondulada plana de 1.5"x1.5", incluye obra civil, tornillos, anclajes, corte, soldadura, pintura anticorrosiva y a base de aceite, y todo lo demás para su correcta instalación. | m2 | 25,00 | ||
5 | REVOQUES, ENCHAPES Y PINTURAS | ||||
5,1 | Enchape pared en cerámica 20.5 x 30.5 cm referencia itálica beige o similar. Incluye: Preparación de la superficie, mortero de pega (o pegacor), lechada, remate en varilla de pvc U de 3/8"acolillada para muros. | m2 | 40,00 | ||
5,2 | Suministro e instalación de Piso tipo Duropiso, color gris, beige x xxxxxx. a definir, tráfico pesado de 33,8 x 33,8 cm, incluye mortero 1:4 para nivelación, pegacor, lechada y todo lo necesario para su correcta instalación. | m2 | 17,00 | ||
5,3 | Revoque en muros con mortero 1:4. Incluye ranuras, filetes y dilataciones. | m2 | 40,00 | ||
5,4 | Suministro y colocación de pintura a base de agua, vinilo de primera calidad sobre pintura existente, 2 a 3 manos a satisfacción de la interventoría. Incluye raspada, retiro de las capas de cal, resanes de grietas y adecuación de la superficie a intervenir. Color diferente según aprobación de la interventoría. | m2 | 409,00 | ||
6 | INSTALACIONES ELÉCTRICAS |
6,1 | Suministro e instalación de salida eléctrica para alumbrado con tubería EMT expuesta con tomacorrientes polo a tierra 15A.120 V Tipo LEV referencia 5320 ACP y según norma NEMA 5-15R o similar. Incluye ducto EMT, encintada, conductores de cobre 12 AWG-CU-THW, cajas metálicas galvanizadas, pintura, obra civil y demás accesorios necesarios para su correcta instalación. | Und | 18,00 | ||
6,2 | Suministro e instalación de lámpara fluorescente 2x32 W AF-RS, Tipo industrial, chasis metálico blanco calibre 22, balasto electrónico ahorrador con cinco años de garantía, socket de seguridad ALP o similar .Incluye tubos T8 trifosforo., Color 41, con THD < 20%, Cable encauchetado, cadena, clavija y demás accesorios para su correcta instalación. | un | 13,00 | ||
COSTO DIRTECTO | |||||
AU | |||||
TOTAL |
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
Subsecretaria de Organización y Participación Ciudadana
MANTENIMIENTO Y ADECUACIÓN EN LA SEDE SOCIAL CIPRÉS LAS MERCEDES, UBICADA EN LA XXXXX 00 X # 00-00, XXXXXX00. XXXXXXXXX XX XXXXXXXX.
C.R.G
CANTIDADES Y PROPUESTA ECONOMICA
ITEM | DESCRIPCION | UND | CANT | V/UNIT | V/TOTAL |
1 | RETIROS Y DEMOLICIONES | ||||
Incluye: Cargue, transporte y botada de escombros, recuperación de los materiales aprovechables o su transporte hasta el sitio que lo indique la interventoría | |||||
1,1 | Demolición muro ladrillo., e =10/15 cm. Incluye cargue, transporte y botada | m2 | 20,00 | ||
1,2 | Retiro de aparatos sanitarios, lavamanos, lavaderos, orinales. Incluye: Cargue, transporte y botada de escombros, recuperación de los materiales aprovechables o su transporte hasta el sitio que lo indique la interventoría | un | 4,00 | ||
1,3 | Demolición piso de baldosa. Incluye el mortero de nivelación, Cargue, transporte y botada de escombros, recuperación de los materiales aprovechables o su transporte hasta el sitio que lo indique la interventoría.(No incluye retiro de entresuelo) | m2 | 40,00 | ||
2 | MOVIMIENTOS DE TIERRA | ||||
2, | Excavación de 0 a 2 m en material heterogéneo bajo cualquier grado de humedad. Medido en sitio. Incluye entibado temporal, cargue, transporte y botada de material | m3 | 5,00 | ||
2,2 | Llenos en arenilla compactados mecánicamente hasta obtener una densidad del 95% de la máxima obtenida en el ensayo xxx xxxxxxx modificado. | m3 | 5,00 | ||
3 | MAMPOSTERÍA | ||||
3,1 | Mampostería en ladrillo para revocar una cara o dos caras | ||||
3,1,1 | De 10 x 20 x 40 cm. e = 10 cm. | m2 | 45,00 | ||
4 | INSTALACIONES HIDRÁULICAS Y SANITARIAS | ||||
4,1 | Suministro e instalación de tubería PVC para aguas negras. Incluye bocas y accesorios. La excavación y los llenos se pagaran en su ítem respectivo |
4,1,1 | Ø = 2". | m | 10,00 | ||
4,1,2 | Ø = 3". | m | 8,00 | ||
4,1,3 | Ø = 4". | m | 12,00 | ||
4,2 | Suministro y colocación de tubería PVC RDE 9. Presión para abastos. incluye excavación y/x xxxxxx, accesorios, salidas, llaves de control y todo lo necesario para su correcta instalación | ||||
4,2,1 | Ø = ½". | m | 18,00 | ||
4,3 | Suministro y colocación de rejilla de piso combinada en cobre y aluminio. | ||||
4,3,1 | Ø = 2". | un | 3,00 | ||
4,4 | Suministro y colocación de sanitario integral (Línea Acuacer) color blanco o beige bajo consumo 6lt, diseño de dos piezas, taza redonda, sifón esmaltado, grifería anti sifón, anillo abierto, abastos, válvula de regulación y todo lo necesario para su correcto funcionamiento. | un | 2,00 | ||
4,5 | Suministro, transporte y colocación de Orinal mediano colgado color x xxxxxx. Incluye grifería metálica (automática), llave de abastos, sifón y todo lo necesario para su correcta construcción. | un | 1,00 | ||
4,6 | Suministro y colocación de Lavamanos Integral colgar (Línea Acuacer) color blanco o beige. Incluye grifería metálica, llave de abastos y todo lo necesario para su correcta instalación | un | 2,00 | ||
4,7 | Suministro, transporte y colocación de SANITARIO PARA DISCAPACITADOS (líneaAcuajetref.02640 xx Xxxxxx o equivalente), color beige, bajo consumo 6lt, diseño de dos piezas, taza redonda, sifón esmaltado, grifería anti sifón, anillo abierto, abastos, válvula de regulación metálica con manguera flexible y acabado cromado, brida de f fijación con tapón roscado, emboquillado con silicona anti hongos y todos los demás elementos necesarios para su correcta instalación y funcionamiento. | un | 1,00 | ||
4,8 | Suministro y colocación de Lavamanos para discapacitados (Línea acuacer tipo marruecos o equivalente), de colgar, color beige, incluye grifería metálica y llave de abastos. | un | 1,00 | ||
4,9 | Suministro, Transporte y Colocación xx Xxxxxx de Apoyo en Acero Inoxidable para limitados físicos tipo socoda de diámetro 11/4" por 24" de largo. Incluye fijación x xxxx y todos los accesorios necesarios para su correcta instalación y funcionamiento. | un | 2,00 |
4,10 | Suministro y colocación de incrustaciones para baño línea económica. Incluye: jabonera, toallero, papelera y dos percheros) | juego | 3,00 | ||
5 | CARPINTERÍA METÁLICA Y XX XXXXXX. | ||||
5,1 | Suministro e instalación de mueble bajo en madecor RH color a definir, incluye entrepaños, haladeras todo lo necesario para su correcta instalación y funcionamiento. | ml | 2,00 | ||
5,2 | Suministro e instalación de mueble superior en madecor RH color a definir, incluye entrepaños, haladeras todo lo necesario para su correcta instalación y funcionamiento. | ml | 2,00 | ||
5,3 | Suministro y colocación de puertas metálicas (marco y ala) en lámina troquelada calibre 20, Incluye pintura anticorrosiva y pintura anticorrosiva y pintura a base de aceite, chapa cisa L 370 de incrustar, picaporte y demás para su correcta instalación y funcionamiento, previa aprobación de la interventoría. | ||||
5,3,1 | (P1) 0.60/0,7 X 2,10 m. e=10/15 cm | un | 2,00 | ||
5,3,2 | (P2) 0.90 X 2,10 m. e =10/15 cm | un | 3,00 | ||
5,4 | Divisiones para unidad sanitaria en acero inoxidable, incluye panel divisorio, panel frontal, dos puertas de 0,57 *1,60. Incluye tornillería, anclajes, bisagras, seguros para las puertas y todo lo necesario para su correcta instalación. | m² | 12,00 | ||
5,5 | Suministro, transporte y colocación de estantería metálica en calibre 20, cada cuerpo está compuesto de 5 entrepaños de 0.45m de profundidad, 0,90m de ancho y 2m de alto, incluye pintura electroestática, capacidad de carga mínima de 50 kgs por entrepaño, sistema graduable de entrepaños y todo lo necesario para su correcta ejecución. | un | 2,00 | ||
5,6 | Suministro e instalación de mesón en acero inoxidable cal 20, de 2,00 x 0.60, incluye pozuelo, grifería, canastilla, sifón, griflex y todo lo necesario para su correcta instalación y funcionamiento | ml | 2,00 | ||
6 | REVOQUES, ENCHAPES Y PINTURAS | ||||
6,1 | Revoque con mortero 1:4. Incluye ranuras, filetes y dilataciones. | ||||
6,1,1 | En muros. | m2 | 150,00 |
6,2 | Estuco en muros: Incluye, ranuras, filetes y dilataciones | m2 | 70,00 | ||
6,3 | Enchape pared en cerámica 20.5 x 30.5 cm referencia itálica beige o similar. Incluye: Preparación de la superficie, mortero de pega (o pegacor), lechada, remate en varilla de pvc U de 3/8"acolillada para muros. | m2 | 50,00 | ||
6,4 | Suministro e instalación de Piso tipo Duropiso, color gris, beige x xxxxxx. a definir, tráfico pesado de 33,8 x 33,8 cm, incluye mortero 1:4 para nivelación, pegacor, lechada y todo lo necesario para su correcta instalación. | m2 | 40,00 | ||
6,5 | Suministro y colocación de pintura a base de agua, vinilo de primera calidad sobre pintura existente, 2 a 3 manos a satisfacción de la interventoría. Incluye raspada, retiro de las capas de cal, resanes de grietas y adecuación de la superficie a intervenir. Color a definir según aprobación de la interventoría. | ||||
6,5,1 | obra nueva sobre estuco | m2 | 70,00 | ||
6,5,2 | repinte color diferente | m2 | 680,00 | ||
6,6 | Suministro y colocación de pintura tipo Koraza acrilica para exteriores (hidrorepelente) de primera calidad que cumpla con la Norma NTC 1335. Incluye resane de grietas y adecuación de la superficie a intervenir. a satisfacción de la interventoría. Repinte Color diferente a definir aprobado por la interventoría. | m2 | 221,00 | ||
6,7 | Pintura a base de aceite para xxxxxxx xx xxxxxx y metálicas. Incluye pintura anticorrosiva donde sea necesario, marco y ala, preparación de la superficie, lijada tapa poros. Color a definir, aprobado por la interventoría. | un | 8,00 | ||
7 | INSTALACIONES ELÉCTRICAS | ||||
7,1 | Suministro e instalación de salida eléctrica para alumbrado con tubería EMT expuesta con tomacorrientes polo a tierra 15A.120 V Tipo LEV referencia 5320 ACP y según norma NEMA 5- 15R o similar. Incluye ducto EMT, encintada, conductores de cobre 12 AWG-CU-THW, cajas metálicas galvanizadas, pintura, obra civil y demás accesorios necesarios para su correcta instalación. | Und | 8,00 |
7,2 | Suministro e instalación de lámpara fluorescente 2x32 W AF-RS, Tipo industrial, chasis metálico blanco calibre 22, balasto electrónico ahorrador con cinco años de garantía, socket de seguridad ALP o similar .Incluye tubos T8 trifosforo., Color 41, con THD < 20%, Cable encauchetado, cadena, clavija y demás accesorios para su correcta instalación. | un | 9,00 | ||
Valor total Costos Directos $ | |||||
A.U. | |||||
Valor total obra $ |
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
Subsecretaria de Organización y Participación Ciudadana
MANTENIMIENTO Y ADECUACIÓN DE LA SEDE SOCIAL BUENAVISTA, UBICADA EN LA XX 00 # 00X 00, XXXXXX00. XXXXXXXXX XX XXXXXXXX.
J.C.G
CANTIDADES Y PROPUESTA ECONOMICA
ITEM | DESCRIPCION | UND | CANT | V/UNIT | V/TOTAL |
1 | RETIROS Y DEMOLICIONES | ||||
1,1 | Retiro de ventanas. Incluye: Cargue, transporte y botada de escombros, recuperación de los materiales aprovechables o su transporte hasta el sitio que lo indique la interventoría. Dimensión variable | un | 9,00 | ||
2 | CARPINTERÍA METÁLICA | ||||
2,1 | Suministro y colocación de ventana corrediza en aluminio anonizado color a definir. Incluye pasadores, vidrio 4 mm, mortero y demás aditamentos para su correcto funcionamiento. | m2 | 20,50 | ||
3 | REVOQUES, ENCHAPES Y PINTURAS | ||||
3,1 | Estuco en muros: Incluye, ranuras, filetes y dilataciones | m2 | 80,00 | ||
3,2 | Suministro y colocación de pintura a base de agua, vinilo de primera calidad sobre pintura existente, 2 a 3 manos a satisfacción de la interventoría. Incluye raspada, retiro de las capas de cal, resanes de grietas y adecuación de la superficie a intervenir. Color a definir según aprobación de la interventoría. | ||||
3,2,1 | repinte color similar | m2 | 610,00 | ||
3,3 | Pintura a base de aceite para xxxxxxx xx xxxxxx y metálicas. Incluye pintura anticorrosiva donde sea necesario, marco y ala, preparación de la superficie, lijada tapa poros. Color a definir, aprobado por la interventoría. | un | 17,00 | ||
3,4 | Lavada con ácido nítrico (proporción 1:5 a 1:10 según la acumulación de residuos) e hidrofugada xx xxxxx exteriores (con impermeabilizante a base de silicona tipo siliconite o similar, Dos manos). Incluye andamios y todo lo necesario para su correcta aplicación | m2 | 275,00 | ||
Valor total Costos Directos $ | |||||
A.U. | |||||
Valor total obra $ |
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
Subsecretaria de Organización y Participación Ciudadana
MANTENIMIENTO Y ADECUACIÓN EN LA SEDE SOCIAL PEDREGAL PARTE BAJA, UBICADA EN LA XXX 000 # 00 00 XXXXXX00. XXXXXXXXX XX XXXXXXXX.
C.R.G
CANTIDADES Y PROPUESTA ECONOMICA
ITEM | DESCRIPCION | UND | CANT | V/UNIT | V/TOTAL |
1 | MAMPOSTERÍA | ||||
1,2 | Cerramiento en reja en hierro en perfil cuadrado de 1/2" vertical cada 10 cm y tres horizontales, para aislamiento. Altura 2.50 m. Incluye viga de fundación en concreto 21 Mpa ciclópeo 30% piedra 40x40 cm, 2 hiladas xx xxxx en bloque concreto 20x20x40 cm altura 44 cm, viga en concreto 21 Mpa 20x20 (4 varilla de 1/2" y estribos de 3/8" cada 15cm), cordón en revoque esmaltado 1:6, tubo galvanizado 2" cada 2 mts aproximadamente, wash primer, pintura anticorrosiva y a base de aceite hasta lograr una superficie homogénea. Y todos los demás elementos necesarios para su correcta construcción. Según Diseño. | ml | 70.94 | ||
Valor total Costos Directos $ | |||||
A.U. | |||||
Valor total obra $ |
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
Subsecretaria de Organización y Participación Ciudadana
MANTENIMIENTO Y ADECUACIÓN EN LA SEDE SOCIAL ALTAVISTA PARTE ALTA, UBICADA EN LA CRA 106B 17A 49, COMUNA70. MUNICIPIO DE MEDELLIN.
J.J.M
CANTIDADES Y PROPUESTA ECONOMICA
ITEM | DESCRIPCION | UND | CANT | V/UNIT | V/TOTAL |
1 | RETIROS Y DEMOLICIONES | ||||
Incluye: Cargue, transporte y botada de escombros, recuperación de los materiales aprovechables o su transporte hasta el sitio que lo indique la interventoría | |||||
1,1 | Retiro de canoas, ruanas, bajantes, tuberías. Incluye todo lo necesario para su correcto retiro | m | 50,00 | ||
2 | CUBIERTA | ||||
2,1 | Reparación de techo en xxxx xx xxxxx. Incluye retiro total de tejas y xx xxxxxx en mal estado, impermeabilización con manto autoprotegido con arena de 3mm con refuerzo en fibra xx xxxxxx tipo "Protektor 3" o similar, colocación xx xxxx existente y nueva y de la madera que se reemplaza, en los siguientes porcentajes Teja en 15%, tablilla en 8% e impermeabilizante en un 100% | m2 | 170,00 | ||
2,2 | Suministro y colocación de canoa en L en lámina galvanizada calibre 24, desarrollo 0.70 m. Con tapa ruana, incluye aplicación pintura anticorrosiva y dos manos a base de aceite. Se deberá colocar una buena base de apoyo de la canoa en toda su longitud. | m | 50,00 | ||
3 | REVOQUES, ENCHAPES Y PINTURAS | ||||
3,1 | Estuco en muros: Incluye, ranuras, filetes y dilataciones | m2 | 50,00 | ||
3,2 | Suministro y colocación de pintura a base de agua, vinilo de primera calidad sobre pintura existente, 2 a 3 manos a satisfacción de la interventoría. Incluye raspada, retiro de las capas de cal, resanes de grietas y adecuación de la superficie a intervenir. Color a definir según aprobación de la interventoría. | ||||
3,2,1 | repinte color similar | m2 | 700,00 |
3,3 | Pintura a base de aceite para xxxxxxx xx xxxxxx y metálicas. Incluye pintura anticorrosiva donde sea necesario, marco y ala, preparación de la superficie, lijada tapa poros. Color a definir, aprobado por la interventoría. | un | 25,00 | ||
3,4 | Enchape pared en cerámica 20.5 x 30.5 cm referencia itálica beige o similar. Incluye: Preparación de la superficie, mortero de pega (o pegacor), lechada, remate en varilla de pvc U de 3/8"acolillada para muros. | m2 | 12,00 | ||
4 | INSTALACIONES ELÉCTRICAS | ||||
4,1 | Suministro e instalación de lámpara fluorescente 2x32 W AF-RS, Tipo industrial, chasis metálico blanco calibre 22, balasto electrónico ahorrador con cinco años de garantía, socket de seguridad ALP o similar .Incluye tubos T8 trifosforo., Color 41, con THD < 20%, Cable encauchetado, cadena, clavija y demás accesorios para su correcta instalación. | un | 7,00 | ||
5 | VARIOS | ||||
4,1 | Desobstrucción de desagües. Incluye limpieza y todo lo necesario para su buen funcionamiento. Ø = 3" | un | 9,00 | ||
Valor total Costos Directos $ | |||||
A.U. | |||||
Valor total obra $ |