UL DE MÉXICO, S.A. DE C.V. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN (NOM) Party No.: Attribute18
L 500 NOM
25/Abril /2019
UL DE MÉXICO, S.A. DE C.V. |
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Acuerdo No.: OrderNumber |
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Procesador ID No.: SourceId |
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(Solo para Uso Interno xx XXX) |
El presente Contrato (en lo sucesivo el “Contrato”) se celebra el –fecha de celebración--entre el Organismo de Certificación de UL de México, S.A. de C.V., representado en este acto por el Xx. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx (en lo sucesivo “ULM”), por una parte, y el nombre del cliente, por conducto de la persona quien aparece en la hoja de firmas de este Contrato como su representante legal, con domicilio en información de la dirección y ciudad (en lo sucesivo el “Cliente”), por la otra parte, de acuerdo con las siguientes declaraciones y cláusulas:
DECLARACIONES
ULM declara a través de su representante legal, lo siguiente:
Que es una sociedad constituida legalmente de acuerdo con las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, tal como se establece en la escritura pública No. 723, de fecha 0 xx xxxxxxx xx 0000, xxxxxx xxxx xx xx del Lic. Xxxx Xxxx Xxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx Xx. 000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx, cuyo primer testimonio se encuentra inscrito en el Registro Público de Comercio de la Ciudad de México bajo el folio mercantil No. 199346.
Que su representante legal tiene las facultades necesarias para representarla en la celebración del presente Contrato, así como de obligarla según corresponda, tal como se establece en la escritura pública No. 67,396, de fecha 00 xx xxxxx xxx 0000, xxxxxx xxxx xx xx del Lic. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx Xxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx Xx. 00 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx, cuyo primer testimonio se encuentra inscrito el Registro Público de Comercio de la Ciudad de México bajo el folio mercantil No. 199346 y cuyas facultades no han sido revocadas ni modificadas de forma alguna.
Que ha obtenido la acreditación correspondiente de la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C., así como las homologaciones correspondientes de las autoridades competentes, para actuar como Organismo de Certificación de Producto de acuerdo con la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, su reglamento, la Norma Internacional ISO/IEC 17065:2012, su norma nacional equivalente y demás provisiones legales aplicables, y que dichas acreditaciones y aprobaciones no han sido revocadas ni modificadas de forma alguna.
Que desea brindar los servicios de certificación que el Cliente requiere de acuerdo con los términos y condiciones del presente Contrato.
El Cliente declara, a través de su representante legal, lo siguiente:
Que es una sociedad legalmente constituida en el país de su domicilio social.
Que su representante legal tiene las facultades necesarias para representar al Cliente en la celebración del presente Contrato y de obligarlo legalmente a sus términos y condiciones, y que dicha autoridad no ha sido revocada o modificada de forma alguna.
Que su objeto social incluye la fabricación, el ensamblaje, la distribución, la comercialización, la importación y/o exportación de los productos sujetos a las Normas Oficiales Mexicanas, a las leyes mexicanas o a los documentos regulatorios (en lo sucesivo, los “Productos”)
Que desea contratar los servicios xx XXX para obtener los servicios de certificación de los Productos o una clasificación que categorice sus Productos como Equipos Altamente Especializados y, en general, cualquier servicio establecido en el esquema de certificación NOM (según dicho término es definido a continuación), de acuerdo con los términos y condiciones de este Contrato.
Las entidades asociadas xx XXX (“Partes Contratantes UL”) serán considerados terceras partes beneficiarias del Contrato y podrán celebrar contratos de servicios individuales con el Cliente conforme a los términos de este Contrato. Las Partes Contratantes UL tendrán derecho para hacer cumplir las disposiciones de este Contrato, en y para su propio beneficio. Bajo ninguna circunstancia los servicios que se prestarán bajo dichos contratos de servicios individuales serán subcontratados y prestados por ULM.
Ambas partes convienen que el contrato de servicios se celebrará por: (i) la aceptación del Cliente de una oferta por escrito (incluso por correo electrónico) realizada por una Partes Contratantes UL o en representación de la Parte Contratante UL para prestar servicios (“Cotización”); (ii) la emisión de la aceptación por escrito (incluso por correo electrónico) de la orden del Cliente por la Parte Contratante UL (una “Confirmación del Proyecto”); o (iii) la solicitud de los Servicios oral o por escrito y la prestación de dichos servicios en caso de no emitir la Cotización ni la Confirmación del Proyecto.
En virtud de lo anterior las partes acuerdan lo siguiente:
CLÁUSULAS
1.0 Definiciones. Las partes convienen que para efectos del presente Contrato, los siguientes términos tendrán los siguientes significados, los cuales aplicarán indistintamente en singular y plural, de acuedo con el contexto de la Cláusula en la que sean utilizados.
“Filial” una sociedad u otra entidad la cual: esté controlada, directa o indirectamente, por dicha parte; que controla directa o indirectamente o que esté controlada conjuntamente por dicha parte; los términos “esté controlada”, “controle” y “conjuntamente controlada” serán interpretados como el control de más del 50% (cincuenta por ciento) de los derechos del voto en virtud de su propiedad.
1.2 “Certificado de Cumplimiento”: (Certificado NOM) documento emitido por ULM el cual establece que un producto determinado ha sido evaluado y que cumple con las especificaciones establecidas en los Documentos Normativos aplicables a los Productos, cuya validación y duración estarán sujetas a la respectiva verificación (seguimiento o inspección).
1.3 “Contraseña Oficial”: símbolo distintivo que denota la Evaluación de la Conformidad de los Productos con las Normas Oficiales Mexicanas (NOM), y el uso y las especificaciones estipuladas en la NOM-106-SCFI en su versión actual.
“Evaluación de la Conformidad”: determinación del nivel de cumplimiento de los Productos con las normas aplicables u otras especificaciones, recomendaciones o características. Esto incluye, entre otros aspectos, los procedimientos para la toma de muestras, la realización de pruebas, la calibración, la certificación y la verificación (seguimiento o inspección).
“Documentos Normativos”: documentos que establecen normas, lineamientos o características de una actividad o de sus resultados, incluyendo sin limitar documentos, normas, especificaciones técnicas, códigos y estándares, así como también todo medio que incluya información registrada.
“Identidad Corporativa ULM”: UL (“UL”) denominación que es otorgada bajo la licencia xx XXX, autorizando a ésta el uso de la denominación UL para identificar x XXX como un organismo de certificación de Productos que cumplen con los requisitos de las Normas Oficiales Mexicanas y de sus Documentos Normativos aplicables. El uso de la denominación UL no significa ni debe considerarse como aprobación de que los Productos cumplan con las condiciones y requisitos necesarios para el servicio de listado, clasificación, reconocimientos o seguimiento prestado por UL.
“Información Confidencial”: el presente Contrato y la información que las partes transmitan o generen con el propósito de la celebración de este mismo, ya sea que se presente de manera oral, verbal, visual o por cualquier otro medio independientemente de los elementos justificativos en el cual se contenga, constituye un secreto comercial para las partes, incluyendo de manera enunciativa mas no limitativa, lo siguiente: información científica o técnica, diseños, formulaciones, procedimientos, fórmulas, patentes, estrategias, programas y productos, documentos y toda clase de información que pueda ser propiedad xx XXX o del Cliente, cuya divulgación pueda causar daños o pérdidas a sus propietarios.
1.8 “Dictamen de Equipo Altamente Especializado (EAE)”: documento emitido por ULM en el que se establece que a causa de las características y componentes de los Productos a evaluar, se excluye del alcance de aplicación de la norma actual NOM-019-SCFI, tal y como se establece en el punto 1.2 de dicha norma, por lo que se considera un Equipo Altamente Especializado.
1.9 “Dictamen del Producto”: documento emitido por ULM que establece que los Productos, parte de los Productos o características específicas de determinados Productos se han evaluado y cumplen con las especificaciones establecidas en ciertas normas, en parte de ellas o en los lineamientos establecidos por el Cliente. La emisión del Dictamen del Producto no otorga el derecho de utilizar la(s) Marca(s) de Conformidad y/o la Contraseña Oficial. Incluye el Dictamen de Equipo Altamente Especializado (EAE) y el Dictamen de Producto para Modalidad III.
1.10 “Dictamen de Producto para Modalidad III”: documento emitido por ULM el cual establece que el sistema de gestión de calidad del fabricante de los Productos cumple con las disposiciones del Apéndice 11 de las Políticas y Procedimientos para la Evaluación de Conformidad así como con las especificaciones de las normas aplicables de los Productos. La emisión de un Dictamen de Producto para Modalidad III no otorga el derecho para el uso de la(s) Marca(s) de Conformidad y/o de la Contraseña Oficial y se obtiene o ratifica mediante una Visita en Sitio preliminar (seguimiento o inspección) realizado por el personal xx XXX.
1.11 “Depósito”: cantidad proporcional de la contraprestación total correspondiente al tipo de Servicio solicitado por el Cliente. ULM requiere de un Depósito inicial (que se contabilizará con el cargo total), antes de que ULM inicie con el Servicio. ULM se reserva el derecho de compartir el historial crediticio de sus clientes con las filiales y subsidiarias xx XXX.
1.12 “Marca de Conformidad”: marca registrada ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, aplicada o emitida de acuerdo con el Manual de Uso de la Marca y con los procedimientos operativos internos del sistema de certificación xx XXX, indicando que los Productos han sido evaluados y certificados por ULM y que cumplen con las especificaciones de las normas, de igual manera, especifica que el Cliente está autorizado para usarlo al recibir el Certificado de Cumplimiento correspondiente conforme al presente Contrato y al Manual de Uso de Marcas. Las Marcas de Cumplimiento incluyen sin limitar la marca ULMXNOM.
1.13 “ULMX-NOM”: combinación de la Contraseña Oficial y la Marca de Conformidad xx XXX (ULMX-NOM), cuyo uso es obligatorio para el Cliente conforme al presente Contrato y el Manual de Uso de la Marca, para demostrar la Evaluación de Conformidad de la Marca con las especificaciones de las Normas Oficiales Mexicanas para la cual ULM cuenta con la autorización correspondiente de la Secretaría de Economía.
1.14 “Requisitos xx XXX”: incluye de forma enunciativa mas no limitativa, la Evaluación de la Conformidad de los Productos con las normas que apliquen a los Productos y a la Visita en Sitio (seguimiento o inspección) de los Productos y/o del sistema de gestión de calidad y/o al sistema de control de calidad, según cuál fuera el tipo de Servicio solicitado.
1.15 “Servicio”: la palabra servicios incluye, entre otros, la obtención de muestras, la realización de pruebas, la Evaluación de la Conformidad, la certificación (conforme a planes o condiciones específicos), la Visita en Sitio (seguimiento o inspección) así como la presentación de pruebas y/o el desarrollo, la revisión, la modificación, la interpretación, el uso y/o la aplicación de pruebas, normas, requisitos o especificaciones. Los términos requeridos por ULM para cada tipo de Servicio deberán estar disponibles para el público en general y ULM los revisará según su criterio cuando lo considere necesario. El resultado de esto es que al menos una actividad se llevará a cabo necesariamente entre ULM y el Cliente, la cual generalmente es intangible.
1.16 “Verificación”: la constatación ocular o la comprobación mediante muestreo, medición, pruebas de laboratorio o examen de documentos para la evaluación de la conformidad en un momento determinado. La verificación puede incluir Visitas en Sitio.
1.17 “Visita en Sitio”: seguimiento, visita preliminar o visita extraordinaria programada con previo aviso, aplicada a los Productos para el cual será o fue emitido un Certificado de Cumplimiento y/o el Dictamen de Equipo Altamente Especializado (EAE), según sea el caso y que incluya entre otras cosas, inspección a las instalaciones en donde los Productos son fabricados, ensamblados, marcados, almacenados, distribuidos y/o comercializados, así como la obtención de muestras y/o la realización de pruebas parciales o totales, que puedan o no ser llevadas a cabo por ULM, como parte de la verificación para determinar que los Productos cumplen o continúan cumpliendo, según sea el caso, con los requisitos xx XXX, de cuyos resultados depende la validéz y la duración de tal documento.
1.18 “Productos”: cualesquier productos que el Cliente fabrique, ensamble, distribuya, comercialice, importe o exporte, sujeto al cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas, de las Leyes Mexicanas o de las normas generales, para los cuales se obtiene el Certificado de Cumplimento con UL.
1.19 “Contraprestación”: tiene el significado establecido en la cláusula 3.1 del presente Contrato.
1.20 “Norma de Seguridad” (NOM de Seguridad): la regulación técnica de observancia obligatoria emitida por la Secretaría de Economía, de acuerdo con los fines establecidos en el artículo 40 de la Ley Federal de Metrología y Normalización, que establece normas, especificaciones, atributos, directrices, características o prescripciones aplicables a la seguridad de los productos, así como aquellas relativas a la terminología, simbología, embalaje, marcado o etiquetado y las que se refieran a su cumplimiento o aplicación.
1.21 “Norma de Eficiencia Energética” (NOM de Eficiencia Energética): la regulación técnica de observancia obligatoria expedida por la Secretaría de Energía, de acuerdo a los fines establecidas en el artículo 40 de la Ley Federal de Metrología y Normalización, que establece normas, especificaciones, atributos, directrices, características o prescripciones aplicables a la eficiencia energética de un producto, así como aquellas relativas a terminología, simbología, embalaje, marcado o etiquetado y las que se refieran a su cumplimiento o aplicación
1.22 “Norma de Telecomunicaciones” (NOM de Telecomunicaciones): la regulación técnica de observancia obligatoria expedida por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, de acuerdo a los fines establecidos en el Artículo 40 de la Ley Federal de Metrología y Normalización, que establece las normas, especificaciones, atributos, directrices, características o prescripciones aplicables a la eficiencia de un producto a través de las telecomunicaciones, así como aquellas relativas a terminología, simbología, embalaje, marcado o etiquetado y las que se refieran a su cumplimiento o aplicación.
2.0 Servicios de Certificación.
Alcance del Servicio. Por el presente, el Cliente confía x XXX la prestación de los Servicios de los Productos o el Dictamen del Producto (ya sea un Dictamen de Equipo Altamente Especializado (EAE) o un Dictamen de Producto para Modalidad III). ULM analizará, evaluará e investigará los Productos presentados y se reservará el derecho de denegar cualquier solicitud de Servicios en caso de que no cumplan con las condiciones y los requisitos xx XXX o se violen sus políticas y procedimientos internos.
ULM investiga y evalúa los Productos o sus partes a petición del Cliente, basándose en los planos, en la información técnica o la información similar proporcionada por el Cliente para determinar el cumplimiento de los Requisitos xx XXX. Los Servicios solicitados por el Cliente y prestados por ULM, no garantizan la emisión del Certificado de Cumplimiento ni de un Dictamen del Producto el cual depende de la resolución del análisis de la Evaluación de la Conformidad, cuyas tarifas serán calculadas en función de la lista de precios actuales establecidas por ULM.
Si ULM determina que los productos cumplen con los requisitos para obtener el Servicio, el Cliente acuerda que cumplirá con los requisitos del programa o el plan (condición) en virtud del cual se solicitan los Servicios y los requisitos xx XXX en cualquier momento, incluyendo la descripción, las especificaciones y los requisitos incluidos en las normas o los documentos normativos aplicables a los Productos.
Según el tipo de Servicio solicitado, ULM puede llevar a cabo las Visitas en Sitio para determinar si los Productos presentados por el Cliente ya sea el fabricante, el ensamblador (maquilador), distribuidor, importador, exportador, y/o comercializador de los Productos, se encuentran en cumplimiento con los Requisitos xx XXX y la legislación vigente que sea aplicable.
El Cliente declara y acuerda que ULM no diseña, fabrica, ofrece, vende o asegura, garantiza ni cubre ningún tipo de Productos o sistema. En consecuencia, al prestar los Servicios bajo los términos del presente Contrato, ULM no adquiere ninguna obligación con respecto al Cliente o a terceros relacionados de alguna manera al diseño, la realización de pruebas, la fabricación, comercialización o venta de cualesquier Productos o sistema(s) para los cuales el Cliente solicita el Servicio. El Cliente también reconoce y acuerda que es el único responsable del diseño, fabricación, comercialización y venta de cualesquier Productos para el cual solicita el Servicio xx XXX. El Cliente asimismo reconoce y acuerda que: a) los Servicios que ULM presta bajo este Contrato no están diseñados para reemplazar la evaluación y prueba de dichos Productos o sistemas por parte del Cliente; b) al llevar a cabo sus Servicios, ULM no asume responsabilidad en relación con la examinación y/o prueba del diseño de dichos Productos o sistemas por parte del Cliente, ya sea antes o después de la fabricación o venta; c) ULM de ninguna manera promueve, asegura o garantiza la seguridad o el funcionamiento de dichos Productos o sistemas; y d) al ofrecer los Servicios conforme al presente Contrato, ULM no asesora ni proporciona información al Cliente para dirigir y administrar su negocio. Considerando lo anterior, el Cliente declara y acuerda que el personal xx XXX no ha participado en el diseño ni ha ofrecido asesoramiento alguno sobre los Productos para los cuales se solicita el Servicio.
ULM proporciona a sus clientes los servicios de certificación del producto conforme a varios planes o condiciones de certificación, estableciendo requisitos y términos y condiciones específicos para cada uno. EL CLIENTE RECONOCE Y ACUERDA QUE LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES APLICABLES A CADA SERVICIO Y/O PLAN DE CERTIFICACIÓN QUE EL CLIENTE SOLICITE EN VIRTUD DEL PRESENTE CONTRATO SE INCLUYEN EXPRESAMENTE EN EL MISMO Y FORMAN PARTE INTEGRAL DEL MISMO, COMO SI HUBIERAN SIDO INSERTADOS TEXTUALMENTE. Los Servicios específicos solicitados por el Cliente y proporcionados por ULM se establecen y describen en los documentos de información correspondientes a cada tipo de Servicio que ULM distribuye para este fin en los medios que considera adecuados (impresos o electrónicos) para la información del Cliente.
ULM se compromete a prestar los Servicios solicitados por el Cliente, siempre que este último cumpla con las obligaciones estipuladas en este Contrato y en las demás disposiciones aplicables.
ULM informará al Cliente los resultados del análisis y el cumplimiento de la Evaluación de la Conformidad solicitado mediante comunicaciones y/o notificaciones por el medio que considere más adecuado.
El Cliente se compromete a que se llevarán a cabo las Verificaciones necesarias por el personal xx XXX y/o el personal subcontratado para este fin, para asegurar el cumplimiento de los Requisitos ULM necesarios y así obtener y mantener la validez y duración del Certificado de Cumplimiento y/o el Dictamen del Producto emitido por ULM. ULM podrá realizar Verificaciones periódicas (de rutina), aleatorias, anticipadas o extraordinarias, programadas con previo aviso y podrá seleccionar muestras de la planta de fabricación del Cliente, puntos de venta o distribución, plantas o almacenes, a elección xx XXX, para determinar su nivel de cumplimiento o motivado por quejas o acusaciones de terceros.
En caso que se requiera una muestra de los Productos y una evaluación o prueba de las muestras de los Productos, por alguna queja o acusaciones de terceros, o por expresa solicitud del Cliente o de las autoridades competentes (en caso de subcontratación), ULM se reservará el derecho de seleccionar el laboratorio de prueba acreditado, subcontratado y/o validado por ULM, al que enviará dichos Productos.
Los Clientes extranjeros con cuyo país el gobierno de los Estados Unidos Mexicanos ha firmado un acuerdo o tratado internacional, acuerdan formalmente considerarse como mexicanos con respecto a sus derechos y obligaciones en virtud de este Contrato y por lo tanto no recurrir al amparo de su propio gobierno. De igual manera, asumen la capacidad de actuar como deudores solidarios con comercializadores, distribuidores o importadores de los Productos a los cuales se les haya extendido el Certificado de Cumplimiento.
3.0 Contraprestación.
Todo Servicio solicitado por el Cliente y brindado por ULM será considerado para los fines del presente Contrato. Como contraprestación por los Servicios que ULM prestará al Cliente en virtud del presente Contrato, éste último se compromete a pagar íntegramente x XXX, dentro de los plazos correspondientes, las tarifas vigentes establecidas para el tipo de Servicio estipulado, ya sea en un listado actualizado de precios o en un cálculo estimado proporcionado por ULM, según sea el caso (la “Contraprestación”). El pago realizado al inicio de cada Servicio se considerará un Depósito correspondiente al procedimiento de la Evaluación de la Conformidad o a la Verificación correspondiente y a la respectiva toma de muestras, según corresponda. La Contraprestación se establecerá de acuerdo con la lista actualizada de precios que estará a disposición del Cliente cuando así lo desee.
El Cliente acuerda que ULM aplicará un interés moratorio a una tasa del 6% (seis por ciento) anual, a los saldos pendientes de liquidación de facturas, a partir de la fecha límite de pago hasta la fecha en que se reciba la liquidación total del monto. El Cliente acuerda pagar todos los costos facturados, incluyendo los honorarios de abogados y los gastos legales, según sea el caso. Si los pagos de la Contraprestación no se realizan dentro de los períodos establecidos por ULM, este último podrá denegar, suspender o cancelar unilateralmente todo Servicio al Cliente, hasta que el Cliente efectúe el pago de cualquier cantidad adeudada, incluyendo sin limitar los intereses moratorios mencionados en la presente Cláusula, en total conformidad con ULM, o bien rescindir el presente Contrato sin responsabilidad alguna y sin necesidad de declaración judicial.
El Cliente acuerda que ULM tendrá el derecho de ajustar, en cualquier momento, la Contraprestación y por lo tanto acepta pagar las nuevas tarifas x XXX, siempre que dicho ajuste sea comunicado con al menos 10 (diez) días hábiles anticipados a la fecha de su aplicación.
En caso de que ULM considere necesario dedicar tiempo o recursos extraordinarios para el cumplimiento de los Productos por razones atribuibles al Cliente, éste último deberá pagar las tarifas adicionales al recibir los avisos de los cargos correspondientes y las facturas xx XXX.
Adicionalmente, si el Servicio requiere de muestras, el Cliente las enviará y cubrirá los gastos de envío y las pruebas de laboratorio seleccionado por el Cliente o por ULM de acuerdo con el supuesto previsto en la Cláusula 2.10 del presente Contrato, para realizar las pruebas de los Productos. El Cliente declara, reconoce y acuerda expresamente que las muestras que proporciona pueden ser dañadas y/o destruidas durante la preparación y realización de las pruebas. El Cliente acuerda expresamente liberar y sacar en paz y a salvo x XXX de cualquier responsabilidad por la pérdida, el daño, la lesión, los costos o gastos derivados del daño y/o destrozo de las muestras independientemente de su origen o naturaleza, ya sea por negligencia, caso fortuito o fuerza mayor.
Condiciones para la Emisión y el Uso de los Certificados de Cumplimiento y los Dictámenes de Productos.
Si después de llevar a cabo el proceso de Evaluación de la Conformidad, de acuerdo al Servicio solicitado por el Cliente, ULM comprueba que los Productos cumplen con los requisitos xx XXX, este último emitirá el Certificado de Cumplimiento correspondiente y/o el Dictamen del Producto, dependiendo del tipo de Servicio solicitado.
La emisión del Certificado de Cumplimiento autoriza al beneficiario, según corresponda, a hacer uso de las Marcas de Conformidad y/o de la Contraseña Oficial de acuerdo con la legislación vigente y de acuerdo con los lineamientos establecidos en el Manual del Uso de las Marcas ULM. Sin embargo, la emisión de cualquier Dictamen del Producto NO confiere al beneficiario, bajo ninguna circunstancia el derecho a utilizar la Identidad Corporativa xx XXX (UL), las Marcas de Conformidad (ULMX), la Contraseña Oficial (ULMX-NOM), y/o cualquiera de las Marcas (tal como se define más adelante) de las filiales o subsidiarias xx XXX.
El Cliente reconoce y acuerda que ULM es la única y exclusiva propietaria de todos los derechos, títulos e intereses a favor de sus marcas y para ellas, incluyendo la Identidad Corporativa ULM (UL), las Marcas de Conformidad (ULMX) y de la Contraseña Oficial (ULMX-NOM) que ULM designa de acuerdo con la certificación de los Productos (en lo sucesivo las “Marcas”). Salvo el derecho que ULM otorga al Cliente con la emisión del Certificado de Cumplimiento de los Productos para el uso de las Marcas, el Cliente no puede usar los derechos de la Marca ni tener interés alguno sobre dichas Marcas. El Cliente acuerda que el uso indebido del nombre, las marcas, los informes, las certificaciones, los dictámenes y de otros documentos de sus filiales x xx XXX, se considerarán como engañosos para el público y podría generar sanciones civiles y/o penales, sin perjuicio de derecho xx XXX a rescindir el presente Contrato y de exigir al Cliente el pago por los daños y perjuicios ocasionados por su uso indebido.
Si después de la Evaluación de la Conformidad mencionada en la Cláusula 4.1 anterior, ULM determina que los Productos no cumplen con los Requisitos xx XXX, este último emitirá una negación de Certificado de Cumplimiento y/o Dictamen del Producto, que deberá estar bien fundamentada y mencionar los incumplimientos detectados.
En caso de obtener el Certificado de Cumplimiento, el Cliente tiene la obligación, en todo momento, a lo siguiente:
No alterar, añadir o modificar el texto, la fecha de emisión o validación, o las firmas del Certificado de Cumplimiento o los Dictámenes del Producto emitidos.
No utilizar el Certificado de Cumplimiento para fines distintos para los cuales fue otorgado.
No hacer uso indebido de la (s) Marca (s);
No afirmar que todos sus Productos están certificados por UL x XXX si realmente este no es el caso.
No ceder ni transferir el Certificado de Cumplimiento, ni permitir de ninguna otra forma su uso por parte de terceros, sin el consentimiento previo y por escrito xx XXX;
No ceder ni transferir o sublicenciar las Marcas, ni permitir de ninguna otra forma su uso por parte de terceros, sin el consentimiento previo y por escrito xx XXX;
Estar obligado al uso de las Marcas correspondientes en los Productos, de acuerdo con el Manual de Uso de la Xxxxx xx XXX y las normas aplicables.
El Cliente acuerda que la fabricación, la venta, la entrega, el transporte, el envío, la distribución o la promoción de cualesquier Productos que hagan uso de la (s) Marca (s) o cualquiera de las Marcas de sus subsidiarias puede generar confusión al público si dicho Producto no ha sido evaluado y certificado por ULM, y que el uso de la (s) Marca (s) de manera distinta a aquella prevista en el resente Contrato y en el Manual de Uso de la Xxxxx xx XXX se considerará un incumplimiento al presente Contrato.
El Cliente acuerda que ULM puede, en caso de detectar el uso indebido de las Marcas, solicitar y aplicar medidas preventivas que prohíban al Cliente:
Usar las Marcas (Marcas de Cumplimiento, Contraseña Oficial, Identidad Corporativa xx XXX) o de sus filiales y subsidiarias de cualquier otra manera.
La fabricación, la venta, la entrega, el transporte, el envío, la distribución o promoción de cualesquier Productos que lleven la (s) Marca (s) o que hagan mención xx XXX o de alguna de sus filiales y subsidiarias de alguna otra manera; excepto si se corrigen todos los Productos designados por ULM o se eliminen las Marcas.
Cualquier otra modificación o acción que se considere apropiada.
El Cliente también acuerda que cualquier costo, gasto, daño y/o perjuicio que se origine a partir de la aplicación de tales medidas serán asumidas por el Cliente. Las partes acuerdan que tales medidas preventivas no afectarán el derecho xx XXX de recibir indemnización por daños y perjuicios por el uso indebido de las Marcas o de la Identidad Corporativa xx XXX o sus filiales o subsidiarias, o de los nombres, abreviaturas y símbolos xx XXX, y que esto será adicional y no sustituirá ningún otro derecho o recurso legal previsto en el presente Contrato o por las leyes aplicables.
El Cliente asume la total y completa responsabilidad por el uso de las Marcas y solamente las usará en los Productos y en los documentos que hagan referencia a los Producto certificados, en estricto cumplimiento de los lineamientos y especificaciones establecidas por ULM para tal efecto y siempre que los Certificados de Cumplimiento emitidos permanezcan vigentes. El Cliente acuerda que ULM, a través de Verificaciones o de cualquier otro modo, revisará que los Productos que lleven las Marcas hayan sido fabricados de acuerdo con los requisitos establecidos en las normas relacionadas y/o en los Documentos Normativos. El Cliente acuerda que el uso de las Marcas constituye una declaración y una obligación total de que los Productos que las llevan cumplen con los Requisitos xx XXX y que continuarán cumpliendo con ellos hasta su destino final. El uso de la marca ULMX-NOM solamente se permite si los Productos cuentan con la certificación de Normas de Seguridad o una combinación de Normas de Seguridad y Normas de Eficiencia Energética y/o Normas de Telecomunicaciones. Solamente aquellos Productos que cuenten con la certificación por Normas de Eficiencia Energética y/o Normas de Telecomunicaciones podrán llevar la contraseña oficial NOM.
4.9 El incumplimiento de las obligaciones enumeradas en esta Cláusula de manera enunciativa más no limitativa, así como cualquier otra que se establezca en el presente Contrato, dará lugar a la cancelación del Certificado de Cumplimiento así como la rescisión del presente Contrato sin responsabilidad alguna por parte xx XXX y sin necesidad de declaración judicial.
5.0 Declaraciones del Cliente.
El Cliente declara y garantiza que toda la información y los datos suministrados por el Cliente o en su nombre son completos y precisos, y que ULM puede confiar en ellos para realizar investigaciones y evaluar y brindar los Servicios.
Si cualquier información o dato proporcionado x XXX por el Cliente o en su nombre estuvieran incompletos o fueran imprecisos, ULM no será de ninguna manera responsable por los defectos que pudieran surgir en el Servicio. El Cliente acuerda y consiente que con previo aviso del Cliente, ULM puede compartir la información y datos sobre el Cliente con las filiales y/o subsidiarias, subcontratistas xx XXX o con terceros, según lo considere necesario, con el fin de: i) proporcionar el Servicio; ii) realizar encuestas sobre los Servicios xx XXX o la mejora de sus Servicios y brindar a sus clientes información adicional sobre los Servicios xx XXX, incluyendo pero no limitando, la información de la comercialización y cualquier medio de comunicación (correo electrónico, teléfono o cualquier otro); iii) cumplir con una solicitud o requerimiento expreso de las autoridades competentes; o (iv) actuar a favor de la seguridad pública. El Cliente también declara y garantiza que toda la información y los datos que ha proporcionado x XXX son de su propiedad o que están sujetos a las declaraciones del titular o de la licencia del propietario de la tecnología, que no violan ningún derecho intelectual o industrial de terceros y que han recibido el permiso de este último para proporcionar tal información x XXX sin restricción alguna.
El Cliente reconoce que ULM retendrá todos los derechos, títulos e intereses en relación con cualquier reporte, procedimiento, proceso, dato, cálculo, nota u otro documento, de cualquier forma, elaborado por ULM y/o sus filiales, y/o sus subsidiarias.
El Cliente reconoce que ULM puede subcontratar la totalidad o parte de los Servicios con terceros. El Cliente autoriza x XXX a divulgar al subcontratista la información necesaria para realizar sus Servicios, incluyendo Información Confidencial. A su vez, ULM, en sus acuerdos, convenios o contratos establecidos con los subcontratantes, deberá incluir y verificar el cumplimiento de los requisitos específicos relacionados con la confidencialidad y el conflicto de intereses.
El Cliente declara y garantiza que: a) no causará que ULM ni alguna filial o subsidiaria xx XXX viole o infrinja alguna ley o acuerdos comerciales; b) notificará inmediatamente x XXX si algún Servicio involucra tecnología sujeta al control gubernamental alguno, incluyendo controles de exportación e importación, y suministrará toda la información necesaria para satisfacer dichos controles; y c) efectuará los pagos x XXX bajo los términos del presente Contrato a través de instituciones financieras y cuentas bancarias, sin sujetarlos a aprobación, permiso o sanción comercial cualquiera.
El Cliente acuerda a liberar, indemnizar y sacar en paz y a salvo x XXX por cualquier reclamo, demanda, queja, pérdida o daño en que incurra ULM o cualquiera de sus filiales y/o subsidiarias como el resultado de incumplimiento o falsedad de cualquier declaración y garantía o de cualquiera de sus obligaciones bajo los términos del presente Contrato.
6.0 Obligaciones y responsabilidades xx XXX.
6.1 Durante la vigencia del presente Contrato, ULM se compromete a lo siguiente:
Prestar los Servicios al Cliente, siempre y cuando el Cliente cumpla con las obligaciones establecidas en el presente Contrato, los Requisitos xx XXX y otras disposiciones relacionadas.
Emitir una respuesta al Servicio solicitado por el Cliente, dentro de la fecha límite estipulada para cada esquema (modalidad) de certificación y los procedimientos internos xx XXX, siempre que ULM cuente con toda la información necesaria para llevar a cabo el Servicio. En caso de que faltara algún requisito o que se detectara alguna irregularidad o defecto que resulte en un aviso o comunicación al Cliente, se prorrogará indefinidamente hasta que el Cliente corrija dicha situación.
Realizar las Verificaciones necesarias (aleatorias o programadas) con previo aviso, para garantizar que los Productos sigan cumpliendo con los Requisitos xx XXX y que sea consistente con los Documentos Normativos aplicables vigentes y con los requisitos correspondientes a la Evaluación de la Conformidad.
Evitar cualquier situación que pueda generar un conflicto de interés o imparcialidad.
Tratar la Información Confidencial proporcionada por el Cliente en los términos establecidos en el presente Contrato.
Cancelar los Certificados de Cumplimiento y los Dictámenes del Producto, así como rescindir el presente Contrato si el Cliente incumple con sus obligaciones.
7.0 Obligaciones del Cliente.
Durante la vigencia del presente Contrato, el Cliente se compromete, por sí mismo y en nombre de sus gerentes, directores, autoridades, representantes y empleados, según corresponda, a lo siguiente:
Asegurar el cumplimiento de los requisitos de certificación, incluyendo la implementación de los cambios adecuados cuando los comunique el organismo de certificación xx XXX.
7.1.2 Si la certificación se aplica a la producción en curso, los Productos certificados deberán continuar cumpliendo con los requisitos aplicables.
7.1.3 Tomar todas las medidas necesarias para: 1) permitir que se lleva a cabo la evaluación y la Verificación (en caso de requerirse), incluidas las disposiciones para examinar la documentación y los registros, y tener acceso a los equipos, las ubicaciones, las áreas, al personal y a los subcontratistas del Cliente que correspondan; 2) investigar las quejas; y 3) permitir la participación de observadores, si es aplicable, y cuando ULM lo requiera.
Hacer declaraciones referentes a la certificación que sean consistentes con el alcance de la misma.
No utilizar su certificación de los Productos de manera que cause mala reputación para ULM, y no hacer ninguna declaración con respecto a su certificación de los Productos que el organismo de certificación ULM pudiera considerar engañosa o no autorizada. En caso de incumplir con lo anterior, estará sujeto a las sanciones aplicables de acuerdo con la Ley Federal de Protección al Consumidor. El Cliente acuerda liberar, indemnizar y sacar en paz y a salvo x XXX por cualquier tipo de reclamo, demanda, queja, pérdida, daño, multa y/o sanción en que incurra ULM o cualquiera de sus filiales y/o subsidiarias en virtud del incumplimiento por parte del Cliente con lo establecido en la presente Cláusula 7.1.5.
Inmediatamente después de que la certificación se suspenda, retire o termine, el Cliente dejará de usarla en cualquier material publicitario que contenga alguna referencia a la misma y tomará las medidas requeridas por el esquema de certificación. ULM lo registrará en la base de datos en línea ante las autoridades competentes, además de notificarlo por escrito a las mismas. ULM se reserva el derecho de solicitar al Cliente que tome cualquier otra medida necesaria, en cuyo caso, el Cliente acepta tomar dichas acciones. El Cliente acepta que puede estar sujeto a las sanciones previstas de la Ley Federal de Protección del Consumidor en caso de incumplimiento de la presente Cláusula.
Si el Cliente proporciona copias de los documentos de certificación (Certificados NOM) a terceros, los documentos se reproducirán en su totalidad o según lo especificado en el esquema de certificación.
Al referirse a la certificación de su producto en medios de comunicación tales como documentos o folletos o publicidad, el Cliente deberá cumplir con los requisitos que el organismo de certificación xx XXX establezca o con los requisitos especificados por el esquema de certificación. El Cliente deberá cumplir con los requisitos para hacer uso de la Contraseña Oficial y de la Marca UL-MX según como se indique en el Manual de Uso de la Marca.
Cumplir con todos los requisitos que puedan estipularse en el esquema de certificación en relación al uso de las Marcas de Conformidad y a la información relacionada a los Productos.
Conservar un registro de todas las quejas conocidas relacionadas con el cumplimiento de los requisitos de certificación y poner dichos registros a disposición del organismo de certificación ULM cuando se solicite, y 1) tomar las medidas adecuadas con respecto a dichas quejas y a las deficiencias que se encuentren en los Productos que afecten el cumplimiento con los requisitos de certificación; y 2) documentar las acciones realizadas.
Informar al organismo de certificación ULM, sin demora, (y en cualquier caso a más tardar dentro de las 48 (cuarenta y ocho) horas desde que se presente la situación) acerca de los cambios que puedan afectar su capacidad para cumplir con los requisitos de certificación.
Seguir las recomendaciones, las acciones correctivas o preventivas indicadas por ULM, cuyo objetivo es corregir los defectos en los Productos.
Permitir o solicitar la realización de la Verificación y Visitas en Sitio (extraordinarias) requeridas por ULM y presentar x XXX, dentro de los períodos establecidos por ULM para tal efecto, los informes de los resultados de las pruebas de los Productos (independientemente del resultado) derivados de las Visitas en Sitio que realice ULM.
Otorgar todo tipo de facilidades al personal xx XXX para acceder a la fábrica, la planta, el depósito, la instalación de almacenamiento, centro de distribución o ubicación acordada con ULM donde se fabriquen, procesen, ensamblen, terminen, aplique la marca, almacenen y/o distribuyan los Productos, y realizar las visitas en sitio correspondientes programadas con previo aviso durante el horario laboral o cuando la fábrica, la planta, el almacén, la instalación de almacenamiento o lugar acordado por ULM se encuentre en funcionamiento. El Cliente se compromete a aceptar la realización de las Visitas en Sitio acordadas con ULM o determinadas por ésta. Tales Visitas en Sitio se referirán a cualquier aspecto relacionado con los Productos certificados y/o evaluados, y con su cumplimiento con los Requisitos xx XXX.
Brindar al personal xx XXX el equipo de seguridad y protección exigidos por la ley y las normas vigentes para sus propios empleados, y no hacer que el acceso a la fábrica, la planta, el depósito, la instalación de almacenamiento o el centro de distribución esté sujeto a la firma de cualquier acuerdo, convenio u otro documento que afecte los derechos legales y obligaciones xx XXX o de sus representantes. Si el Cliente solicita que los representantes xx XXX firmen dicho acuerdo, convenio, renuncia o documento, ULM puede negar el Servicio y terminar el presente Contrato sin responsabilidad alguna y sin necesidad de declaración judicial. El personal xx XXX tendrá el cuidado necesario para cumplir con las normas generales de seguridad aplicables al personal de la fábrica, la planta, el depósito, la instalación de almacenamiento o del centro de distribución.
En caso de que el Cliente solicite la extensión de titularidad del Certificado de Cumplimiento de las Normas de Seguridad a otras partes, se aplicarán las disposiciones del párrafo anterior y el Cliente asumirá la responsabilidad solidaria respecto de la extensión del Certificado de Cumplimiento a otro(s) titular(es). Adicionalmente, los comerciantes, distribuidores e importadores a quienes se les extienda el Certificado de Cumplimiento deberán permitir la realización de Visitas en Sitio a las oficinas, plantas, fábricas, instalaciones de almacenamiento o ubicaciones acordadas con ULM donde se fabriquen, procesen, ensamblen, terminen, comercialicen, almacenen y/o distribuyan los Productos.
Xxxxxxx toda la información solicitada por el personal xx XXX, con respecto a las características o especificaciones de los Productos, los procesos, los métodos de fabricación o ensamblaje, registros y otra información relevante, con el fin de que ULM tenga la información necesaria para prestar los Servicios en virtud del presente Contrato.
Informar por escrito x XXX de cualquier cambio en el diseño o las especificaciones de los Productos, en el proceso de fabricación o el ensamblaje o en su sistema de gestión de calidad y de control de calidad que pueda afectar el cumplimiento de los Productos con las normas o los Documentos Normativos conforme a los cuales se evaluó la certificación de los Productos o los requisitos del plan (modalidad) de certificación. Durante este período, es posible que los Productos no lleven las Marcas proporcionadas por ULM. Si esto no se llevara a cabo, y si ULM detecta cambios en los Productos, se cancelará el Certificado de Cumplimiento o el Dictamen de los Productos respectivos. En caso de que ULM realice la toma de muestras de los Productos en una ubicación que no sea la fábrica, planta o almacén del Cliente, este último deberá notificar al destinatario de los Productos para que los funcionarios xx XXX realicen una visita a sus instalaciones. El Cliente también debe solicitar al destinatario que conceda al personal xx XXX todas las facultades que requiera para realizar la Visita en Sitio en relación con los Productos.
No ceder los derechos y obligaciones establecidos en el presente Contrato sin el consentimiento previo por escrito xx XXX.
Contar con un mecanismo que permita el registro de las quejas de los clientes, tomar las medidas apropiadas y proporcionar dichos registros x XXX cuando este último así lo solicite.
Cumplir con los requisitos de confidencialidad y otras obligaciones del presente Contrato, así como las cláusulas y requisitos derivados de los Certificados de Cumplimiento y los Dictámenes de Producto que se otorguen.
Registrar y/o generar documentos durante el proceso de certificación, y conservarlos en un archivo para cuando los solicite el personal xx XXX.
Asegurarse que cualesquier Productos del Cliente no violen o incumplan de alguna manera ningún derecho de propiedad intelectual de terceros.
8.0 Confidencialidad.
La Información Confidencial que las partes proporcionen, solamente podrá ser utilizada para los fines especificados en el presente Contrato, y por lo tanto, no se permitirá a las partes directa o indirectamente ni a través de persona alguna y en ninguna forma, proporcionar, transmitir, publicar, reproducir o dar a conocer a terceros en ningún tiempo la Información Confidencial; en caso contrario, la parte que incumpla estará sujeta a las sanciones establecidas en el artículo 213 del Código Penal del Distrito Federal y sus correlativos en otros Estados, así como aquellas establecidas en los artículos 223, 224 y demás artículos aplicables a la Ley de Propiedad Industrial, así como el pago de los daños y perjuicios ocasionados, reservándose el derecho a rescindir el presente Contrato. Para efectos de la presente Cláusula, las empresas filiales y los subcontratistas no serán considerados como terceros, siempre y cuando las empresas filiales y subcontratistas sean conscientes de la naturaleza confidencial de dicha Información Confidencial. ULM y el Cliente son responsables de cualquier incumplimiento por parte de cualquiera de sus subcontratistas y empresas filiales de las obligaciones de confidencialidad establecidas en el presente Contrato.
Para efectos del presente Contrato, no se considerará como información confidencial: a) Aquella que se haya hecho del dominio público, siempre y cuando no se derive del incumplimiento de lo establecido en el presente Contrato; b) Aquella que deba ser divulgada por ley o por orden judicial. En caso de que alguna de las partes reciba una solicitud u orden de una autoridad competente, dicha parte deberá notificárselo a la otra de manera inmediata y en todo caso dentro de las 12 (doce) horas siguientes a que tenga conocimiento a fin de que la parte perjudicada pueda tomar las medidas necesarias para preservar la confidencialidad de la Información Confidencial. En caso de que dichas medidas no funcionen, la parte correspondiente únicamente podrá divulgar aquella Información Confidencial que le haya solicitado la autoridad competente; c) Aquella que hubiera sido proporcionada a alguna de las partes por cualquier tercero, no sujeto a la obligación de confidencialidad y sin que resulte en un incumplimiento al presente Contrato, o d) Aquella que haya sido entregada a cualquier persona que esté exenta de la obligación de confidencialidad por la parte propietaria de la misma, siempre y cuando dicha exoneración se haga por escrito y esté firmada por el representante legal de la parte propietaria de la información. Lo mencionado arriba no aplicará a la información que ULM proporcione única y exclusivamente con fines analíticos o estadísticos.
Las partes acuerdan y reconocen que los proyectos del Cliente (paquete de certificación) son considerados Información Confidencial y por lo tanto están sujetos a las disposiciones de esta Cláusula.
El Cliente acepta y acuerda que la transmisión de cualquier Información Confidencial por medios electrónicos (internet o red pública) a las direcciones de correo electrónico indicadas y proporcionadas por el Cliente no se considerará un incumplimiento o violación de esta Cláusula de confidencialidad y ULM no será responsable de ninguna pérdida o daño resultante de dichas transferencias.
En caso de terminación del presente Contrato, ya sea de forma anticipada o no, las partes se comprometen a devolver dicha Información Confidencial a petición de la parte que lo haya requerido o a destruirla y abstenerse de usarla o revelarla en un futuro. En la medida en que lo exija la ley aplicable o para fines de acreditación, ULM podrá conservar copia de la Información Confidencial a medida en que sea requerido por la ley aplicable.
El Cliente declara conocer el contenido y el alcance del Aviso de Privacidad (el “Aviso”) xx XXX así como las disposiciones de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (la “Ley de Datos”), en relación con el tratamiento y la transferencia de los datos personales (cuyo término se define en la Ley de Datos) que, en caso de recibir por parte xx XXX, se compromete a cumplir con lo establecido en el Aviso y Ley de Datos. Asimismo, el Cliente en este acto acuerda a liberar y sacar en paz y a salvo x XXX de toda responsabilidad de cualesquiera reclamaciones, demandas, quejas y/o daños (incluyendo sin limitar los honorarios de abogados) en su contra, derivados al incumplimiento de las disposiciones de este párrafo. Dicho Aviso está disponible en: xxxxx://xxxxxx.xx.xxx/xx-xxxxxxx/xxxxxxx/xxxxx/00/0000/00/Xxxxx-xx-Xxxxxxxxxx-0.xxx.
9.0 Responsabilidad e Indemnización.
El Cliente reconoce y acepta que a pesar de la certificación, las pruebas, el seguimiento, la toma de muestras y la verificación que ULM lleve a cabo para garantizar el cumplimiento constante de los Requisitos xx XXX y las disposiciones de la Ley Federal de Metrología y Normalización, de su Norma y de otras disposiciones correspondientes, el Cliente es el único responsable de que los Productos cumplan las normas correspondientes o los Documentos Normativos que apliquen, por lo tanto, en caso de que alguna autoridad impusiera alguna penalidad al Cliente por violaciones de las normas o Documentos Normativos antes mencionados, dichas penalizaciones no serán responsabilidad xx XXX.
9.2 De conformidad con lo anterior, el Cliente acuerda indemnizar x XXX, a sus filiales, subsidiarias, directores, funcionarios, empleados, representantes y subcontratistas, por cualquier perjuicio o pérdida que dicha situación pueda ocasionarles y también acuerda eximirlos de responsabilidad por cualquier demanda que pueda surgir en su contra en relación con la violación de las normas o de los Documentos Normativos aplicables a los Productos.
Además del derecho a recibir una indemnización en virtud al presente Contrato e independientemente de que ULM tenga el derecho a rescindir el presente Contrato, en caso de que los Productos del Cliente cuenten con un Certificado de Cumplimiento y/o Dictamen de Producto emitido por ULM y los Productos no cumplan con las normas y los Documentos Normativos, ULM tendrá derecho a cancelar el respectivo Certificado de Cumplimiento y/o el Dictamen del Producto, y a su criterio, podrá comunicar este hecho a los clientes y a los proveedores del Cliente, y a las autoridades que considere pertinentes.
El Cliente acuerda que ULM no asume ni acepta ninguna responsabilidad por los daños o las pérdidas de los Productos, ya sea como resultado de las pruebas específicas (peligrosas y/o destructivas) establecidas en las normas, realizadas en forma total o parcial por el Cliente, por ULM o por un laboratorio subcontratado, o ya sea que las instalaciones, el equipo o el personal hayan sido proporcionados por cualquiera de las partes antes mencionadas.
10.0 Apelaciones y Reclamaciones.
10.1 Las partes acuerdan que el Cliente tendrá derecho en todo momento de apelar las resoluciones emitidas por ULM como resultado del análisis y la evaluación de los Productos, para lo cual el Cliente deberá presentar un escrito bien fundamentado x XXX y este último aplicará el procedimiento correspondiente para su resolución, dentro de un plazo no mayor a 10 (diez) días hábiles, enviando una copia del mismo a la autoridad competente.
10.2 Si el Cliente no está de acuerdo con la nueva resolución, podrá solicitar a la oficina gubernamental competente que resuelva sobre el particular en los términos de lo dispuesto en la Ley Federal de Metrología y Normalización.
10.3. Asimismo, durante el proceso de verificación, el Cliente tendrá derecho de presentar las reclamaciones técnicas que considere necesarias.
11.0 Cancelación y Cambios en la Norma.
En caso de que las normas y los Documentos Normativos aplicables a los Productos se modifiquen por la autoridad competente o el organismo normalizador, ULM se reserva el derecho de reevaluar los Productos a través de muestras y pruebas adicionales para determinar la continuidad de la validez del Certificado de Cumplimiento y/o el Dictamen de Producto emitido anteriormente, en cuyo caso el Cliente deberá llevar a cabo las actividades necesarias de acuerdo con los nuevos Requisitos xx XXX y cubrir las tarifas correspondientes dentro de los períodos establecidos por ULM.
Si uno de los Productos no cumpliera con las especificaciones de la nueva edición de la norma o con los Documentos Normativos (nuevos requisitos xx XXX), el Cliente deberá de abstenerse inmediatamente de utilizar las Marcas de acuerdo con los términos del presente Contrato o hasta agotar el inventario de los Productos dentro del territorio nacional, sujeto a la autorización y el consentimiento por escrito xx XXX.
Los Certificados de Cumplimiento y los Dictámenes de los Productos emitidos antes de los cambios a las normas o a los Documentos de Normativos seguirán siendo válidos.
A menos que se estipule anteriormente lo contrario, cualquier modificación a los términos establecidos en el presente Contrato requerirá el consentimiento previo por escrito de ambas partes.
12.0 Empleados xx XXX. El Cliente acuerda que no tendrá relación alguna con el personal xx XXX de manera directa o indirecta, de tal manera que afecte la imparcialidad en la prestación de los Servicios cubiertos en el presente Contrato.
13.0 Causas de Rescisión.
El incumplimiento por parte del Cliente de cualquiera de sus obligaciones en virtud del presente Contrato será causa de rescisión del mismo y se procederá a la cancelación del Certificado de Cumplimiento y/o al Dictamen del Producto, según sea el caso, sin responsabilidad alguna para ULM.
En caso de incumplimiento, ULM notificará al Cliente por escrito, y si es posible solicitará que se corrija dicha situación dentro de la fecha límite establecida por ULM para tal efecto.
ULM suspenderá el Certificado de Cumplimiento cuando como resultado del análisis y la evaluación o Verificación, se compruebe que los Productos no cumplen con las normas respectivas, los Requisitos xx XXX o cualquiera de los supuestos establecidos en los esquemas (modalidades) de certificación de las Políticas y Procedimientos de la Evaluación de Conformidad y en tales casos se concederá una fecha límite para que el Cliente haga las correcciones y/o aclaraciones que considere pertinentes.
En caso de que el Cliente no haga las correcciones necesarias para mitigar el incumplimiento mencionado anteriormente, ULM cancelará el respectivo Certificado de Cumplimiento y/o el Dictamen del Producto y podrá rescindir el presente Contrato por medio de un aviso por escrito sin perjuicio de las sanciones aplicables de acuerdo a la Ley Federal de Metrología y Normalización, la Ley Federal de Protección al Consumidor y de otras leyes aplicables.
Por otra parte, ULM se compromete a cancelar el Certificado de Cumplimiento y/o el Dictamen de Producto para Modalidad III cuando:
No se pueda realizar la Visita en Sitio debido a un domicilio o compañía inexistente y así lo confirme el personal xx XXX;
Debido a un extensión de titularidad en virtud de la cual, cualquiera de los importadores, distribuidores o comercializadores hagan uso indebido del Certificado de Cumplimiento que ha sido otorgado;
El Cliente haga uso indebido de las Marcas y/o de la Identidad Corporativa xx XXX;
En caso de piratería, falsificación, imitación y/o violación de patentes, marcas o cualquier otro signo distintivo así como en caso de que cualquier Producto del Cliente viole o incumpla, en cualquier forma, cualquier derecho de propiedad intelectual de terceros;
A petición expresa del Cliente, mediante previo aviso y por escrito.
En caso que ULM decida cancelar el respectivo Certificado de Cumplimiento de acuerdo con lo anterior, ULM deberá notificarle por escrito al Cliente y este último deberá abstenerse de manera inmediata de hacer uso de las Marcas y/o de la Identidad Corporativa xx XXX en su publicidad y en sus Productos, y deberá antregar en una fecha límite de 5 (cinco) días naturales a partir de la notificación, el Certificado de Cumplimiento original para su cancelación o destrucción, ULM concederá al Cliente a partir de la fecha de cancelación un plazo de 30 (treinta) días naturales para remover las Marcas y/o la Identidad Corporativa de todos y cada uno de los Productos, etiquetas, documentos y otros materiales que las ostenten.
Si ULM rescinde el presente Contrato, el Cliente deberá pagar todos los gastos incurridos por ULM antes de su rescisión.
Las cancelaciones del Certificado de Cumplimiento y/o del Dictamen del Producto, según sea el caso, a petición expresa del Cliente deberá enviarse x XXX a la dirección indicada en el presente Contrato.
Cuando el Cliente haga uso indebido de las Marcas o de la Identidad Corporativa xx XXX, ULM se reserva el derecho de iniciar las acciones que considere pertinentes, ya sean judiciales o extrajudiciales, de carácter penal, civil y/o administrativo contra la persona o las personas responsables del uso indebido, así como de notificar a las autoridades correspondientes para la aplicación de sanciones conforme la Ley Federal de Metrología y Normalización, Título VI, Capítulo II.
14.0 Modificaciones del Contrato. Cualquier modificación a este Contrato requerirá del consentimiento previo por escrito de ambas partes.
15.0 Vigencia. El presente Contrato entrará en vigor a partir de la fecha de su firma y tendrá una duración indefinida. Sin perjuicio de lo anterior, cualquiera de las partes podrá solicitar la terminación del presente Contrato mediante una notificación por escrito con al menos 30 (treinta) días naturales de anticipación.
16.0 Cesión. Los derechos y las obligaciones derivados del presente Contrato no podrán cederse a terceros sin el previo consentimiento de la otra parte.
17.0 Notificaciones. Todas las notificaciones y otras comunicaciones entregadas a las partes del presente Contrato se harán por escrito y se realizarán mediante la entrega directa (personal), servicio postal o mensajería de 24 (veinticuatro) horas, correo electrónico, fax o cualquier otro método que ULM considere apropiado, a la ubicación, al domicilio o dirección indicada por el Cliente en el presente Contrato. Las notificaciones entregadas por fax o mensajería de 24 (veinticuatro) horas serán válidas después de confirmar la fecha de recepción y/o 5 (cinco) días hábiles después de la fecha postal, lo que ocurra primero.
18.0 Ley Aplicable y Tribunales Competentes. En caso de cualquier violación o incumplimiento parcial o total del presente Contrato, las partes acuerdan resolverlo conforme a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos y las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales de la Ciudad de México, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles en razón de sus domicilios actuales o futuros o por cualquier otra razón.
[espacio intencionalmente en blanco, sigue hoja de firmas]
POR MEDIO DEL PRESENTE CONTRATO ACEPTAMOS LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES ESTABLECIDOS EN EL MISMO, POR LO CUAL FIRMAMOS DE CONFORMIDAD EN LA FECHA ESTABLECIDA EN EL ENCABEZADO DEL PRESENTE CONTRATO, POR DUPLICADO, EN LA CIUDAD DE MÉXICO Y DECLARAMOS NO HABER REALIZADO NINGUNA MODIFICACIÓN AL TEXTO SIN EL PREVIO CONSENTIMIENTO POR ESCRITO DE UL DE MÉXICO, S.A. DE C.V.
UL de México, S.A. de C.V.
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Cliente: |
Nombre del Cliente |
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(Razón o Denominación Social del Suscriptor) |
Por: |
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Por: |
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Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx |
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(Firma) |
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Apoderado |
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(Nombre y Puesto impreso o en Letra de Molde) |
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Xxx. Xxx Xxxxxxx,
Xxxxxx Xxxxxxx
C.P. 11510, Ciudad de México.
Este Contrato deberá ser presentado en dos ejemplares originales firmados por ambas partes.