REUNIDOS
Sello de Órgano Ayuntamiento de Alcantarilla 2019 (1 de 1) Ayuntamiento de Alcantarilla
Fecha Firma: 07/02/2022
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CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA EL DESARROLLO DE ESCUELAS DEPORTIVAS DURANTE EL CURSO 2021/2022
REUNIDOS
CONVENIO
Número: 2021-0035 Fecha: 07/02/2022
De una parte, D. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, Alcalde del Ayuntamiento de Alcantarilla, con CIF P-3000500-C, en virtud de lo dispuesto en el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local, asistido por Xx. Maravillas X. Xxxxxx Xxxxx, Secretaria General de dicha Corporación, como fedataria para la formalización del Convenio acordado por la Junta de Gobierno de fecha 21 septiembre 2021, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 3.2.i) del Real Decreto 128/2018, de 16 xx xxxxx, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
Y de otra, D. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx con D.N.I. 22.468.234-V en calidad de Presidente del Club Alcantarilla Club Fútbol Sala (en adelante la ENTIDAD DEPORTIVA), con C.I.F. G73319725 con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en Xxxxx Xxxxx 000 0x 00000 Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx.
Ambas partes, en la calidad de su representación, se reconocen capacidad legal y suficiente para celebrar el presente convenio, por lo que,
MANIFIESTAN
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PRIMERO.- En virtud de lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, de Bases del Régimen Local y, concretamente lo establecido en los artículos 10, 12, 13, 18 y 43 de la Ley 8/2015, de 24 xx xxxxx de la actividad física y el deporte de la Región xx Xxxxxx, el Ayuntamiento de Alcantarilla tiene atribuida la competencia para promover y desarrollar la actividad física y el deporte en su término municipal.
SEGUNDO.- Para el desarrollo de la referida competencia municipal, el Ayuntamiento de Alcantarilla se encuentra facultado para suscribir los acuerdos o convenios que resulten precisos con el fin de establecer los términos de la cooperación a desarrollar con otras entidades de naturaleza pública o privada.
TERCERO.- De este modo, el Excmo. Ayuntamiento de Alcantarilla, en uso de sus facultades y como titular de las instalaciones deportivas municipales, se encuentra interesado en formalizar el presente Convenio de colaboración con la ENTIDAD DEPORTIVA, en aras de satisfacer el interés general que tiene encomendado.
Igualmente, la ENTIDAD DEPORTIVA, está interesada en la utilización de dichas instalaciones, con el fin de promover y desarrollar en las instalaciones municipales la actividad deportiva a que viene destinada.
CUARTO.- El artículo 86 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, prevé la posibilidad de que aquellas celebren
convenios, que tengan por objeto satisfacer el interés público que tienen encomendado.
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO. Constituye el objeto del presente convenio regular la colaboración entre Xxxxx. Ayuntamiento de Alcantarilla y la ENTIDAD DEPORTIVA, para el desarrollo de Escuelas Deportivas en las instalaciones deportivas de titularidad municipal, en virtud de lo dispuesto en el artículo 10 g) y 18.6 de la Ley 8/2015, de 24 xx xxxxx, de la Actividad Física y el Deporte de la Región xx Xxxxxx; quedando dicho convenio sometido a la regulación de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
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Número: 2021-0035 Fecha: 07/02/2022
SEGUNDA.- CONDICIONES GENERALES. El Ayuntamiento de Alcantarilla, como propietario de las instalaciones deportivas municipales, se compromete a ceder temporalmente el uso propio de las mismas, y en los términos del presente convenio, a la ENTIDAD DEPORTIVA, no pudiendo ésta cambiar el destino que se acuerde, de dichas instalaciones. Será el Ayuntamiento de Alcantarilla el que determine la instalación y los horarios de los que dispondrá LA ENTIDAD DEPORTIVA para llevar a cabo la actividad, pudiendo estos verse alterados por necesidades del servicio y siempre por causas justificadas. La ENTIDAD DEPORTIVA se compromete a la puesta en marcha y desarrollo de la actividad concertada. Esta actividad tendrá como fecha de inicio el 1 de octubre y fecha final el 31 xx xxxx.
TERCERA.- REQUISITOS PREVIOS. La ENTIDAD DEPORTIVA, para llevar a cabo
la actividad objeto del presente convenio, deberá acreditar, con carácter previo, que cuenta con los siguientes medios organizativos, técnicos y humanos:
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▪ Personal Técnico con la titulación adecuada conforme a la Ley 3/2018, de 26 xx xxxxx, por la que se ordena el ejercicio de profesiones del deporte de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, en número suficiente para atender la actividad prevista.
▪ Antes del inicio de la actividad, certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales, de conformidad con lo establecido en art. 13 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, o declaración responsable, respecto de todo el personal que intervenga en el ejercicio de las profesiones, oficios y actividades que implican contacto habitual con menores, Anexo I.
▪ Programación técnico-deportiva a desarrollar durante el periodo de vigencia del Convenio.
▪ Estructura Organizativa de la entidad con expresión de los medios materiales y humanos con que cuenta.
CUARTA.- SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL. La ENTIDAD DEPORTIVA
igualmente concertará, con carácter previo al desarrollo de la actividad, una póliza de responsabilidad civil, que cubra los riesgos de daños a los/as usuarios/as del servicio y a terceros, así como los ocasionados a la instalación.
QUINTA.- DE LOS DEBERES, OBLIGACIONES Y FACULTADES DE LA ENTIDAD DEPORTIVA.
1. La ENTIDAD DEPORTIVA deberá hacer un uso de las instalaciones
conforme a su propia naturaleza, adoptando las medidas precisas para que no se produzca su deterioro más allá de los términos propios del uso a que están destinadas.
El Ayuntamiento se reserva la facultad de inspeccionar las instalaciones objeto de autorización, para garantizar que las mismas son usadas de acuerdo con los términos de lo acordado.
2. El material deportivo necesario para el desarrollo de la actividad, como camisetas, balones, medallas, diplomas y demás objeto del presente acuerdo será por cuenta de la ENTIDAD DEPORTIVA, comprometiéndose a que los mismos sean suficientes para el cumplimiento de los objetivos del presente acuerdo. Todo ello, sin perjuicio de posibles aportaciones de Entidades o Instituciones Públicas o Privadas.
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3. La ENTIDAD DEPORTIVA habrá de cumplir con las obligaciones laborales y fiscales en la contratación del personal, de acuerdo con la legislación vigente. Todo el personal empleado por la entidad, dependerá laboralmente del club y será contratado por él; sin que entre aquel y el Ayuntamiento de Alcantarilla, existan ningún vínculo laboral. La retribución del personal y la asignación de sus tareas corresponderán a la ENTIDAD DEPORTIVA, que será el responsable de aplicar el convenio colectivo que corresponda.
4. La entidad se compromete a desarrollar un programa de difusión de la actividad donde conste la colaboración de la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Alcantarilla. Se realizará siguiendo el calendario escolar, horario compatible con el horario de los colegios y según el análisis de la demanda de los/as usuarios.
5. La ENTIDAD DEPORTIVA se obliga a:
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▪ Asumir todas las responsabilidades que pudieran derivarse de la realización de las actividades y del cumplimiento de los compromisos convenidos.
▪ Atender y observar puntualmente las eventuales indicaciones, órdenes e instrucciones cursadas por la Concejalía de Deportes.
▪ Admitir la eventual presencia y control de personal designado por la Concejalía de Deportes durante el desarrollo de las actividades.
▪ La entidad reflejara la colaboración del Ayuntamiento en el material gráfico (folletos, carteles,…), material audiovisual (webs, anuncios publicitarios,…), así como en cualquier tipo de difusión o publicidad de las actividades objeto de este convenio de colaboración. A tal efecto deberá emplearse la imagen corporativa del Ayuntamiento de Alcantarilla”, que podrá ser descargada en la siguiente dirección web: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxx-xxxxxxxxxxx-xxxxxxxxx/
6. La ENTIDAD DEPORTIVA podrá percibir únicamente de los participantes en las actividades deportivas la tarifa prevista en la Ordenanza Municipal vigente en cada momento, siguiendo lo establecido en el Anexo III.
Transcurrido el primer periodo completo de desarrollo de la actividad deportiva, la ENTIDAD DEPORTIVA podrá solicitar al Ayuntamiento, con
carácter previo al comienzo del nuevo periodo deportivo, una modificación de las tarifas contempladas en la indicada Ordenanza municipal, adjuntando para ello el correspondiente estudio económico que justifique dicha modificación. En caso de que el Ayuntamiento considere adecuado dicho estudio y las nuevas tarifas se ajusten a su política de tasas y precios públicos, se podrá tramitar el correspondiente expediente de modificación de tarifas.
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7. La ENTIDAD DEPORTIVA presentará antes del 15 xx xxxxx, una vez finalizado el curso, la MEMORIA DE GESTIÓN ANUAL (memoria didáctica, desarrollo de las escuelas, análisis de alumnos/as, valoración de los logros conseguidos, descripción y valoración de las incidencias, memoria detallada de ingresos y gastos habidos en el ejercicio, etc.). A tal efecto, los contenidos a reflejar en ambas memorias vienen recogidos en el Anexo II. Asimismo, una vez acabado el trimestre, deberá hacer entrega al servicio de deportes, antes del inicio del periodo vacacional xx xxxxxxx y de semana santa, una hoja de control con la relación de participantes inscritos en la escuela hasta la fecha.
8. La ENTIDAD DEPORTIVA se hace responsable de que ninguno de los participantes de su escuela estén federados en la misma modalidad deportiva.
9. Las edades de los participantes en las escuelas estará comprendida entre los 6 y los 14 años.
10. La concejalía se reserva el derecho de establecer un límite de grupos de actividad por escuela deportiva en función de los espacios y horarios disponibles para el desarrollo de la actividad. Estos grupos deberán ser de un mínimo de 10 participantes (a excepción de las limitadas por el espacio) y un máximo de 20 por monitor.
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11. La ENTIDAD DEPORTIVA se compromete al cumplimiento de la normativa de protección de datos y privacidad en el tratamiento de datos personales. La ENTIDAD DEPORTIVA es encargada del tratamiento de datos responsabilidad del Ayuntamiento, relación que se regula en el Contrato de Protección de Datos.
SÉXTA.- CONSECUENCIAS APLICABLES EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DE
OBLIGACIONES. El incumplimiento de las obligaciones y deberes tipificados en la disposición quinta del presente convenio, supondrá la extinción del mismo con arreglo a lo establecido en el artículo 49.e) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
SÉPTIMA.- VIGENCIA. El presente Convenio de colaboración tendrá una duración de UN AÑO a partir de su entrada en vigor.
Este periodo inicial podrá ser prorrogado, mediante acuerdo de las partes, por sucesivos periodos anuales, y hasta el máximo de cuatro años. A tal efecto, la ENTIDAD DEPORTIVA deberá solicitar su intención de prorrogar el convenio, mediante registro electrónico efectuado con anterioridad al 1 xx xxxxx.
OCTAVA.- AUTORIZACIÓN PARA USO DE INSTALACIONES. La autorización para
el desarrollo de las actividades convenidas en la instalación correspondiente, no crea derecho alguno a favor de la ENTIDAD DEPORTIVA por lo que no podrá ejercer acción, ni reclamar indemnización, si por cualquier causa justificada no pudiera desarrollarse el uso de los espacios deportivos autorizados.
NOVENA.- PROGRAMA REGIONAL DE DEPORTE ESCOLAR. La Concejalía de
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Deportes del Ayuntamiento de Alcantarilla proporcionará a la ENTIDAD DEPORTIVA la posibilidad de inscribir a todos los participantes en el programa regional de Deporte en Edad Escolar y por tanto, según se establece en la Disposición adicional segunda de la Ley 8/2015, de 24 xx xxxxx, de la Actividad Física y el Deporte de la Región xx Xxxxxx, sobre asistencia sanitaria en el ámbito de la actividad física y deporte en edad escolar. La asistencia sanitaria, tanto la de primera instancia de carácter urgente e inespecífica como la específica posterior, derivada de la práctica deportiva celebrada en la Región xx Xxxxxx por los participantes en los programas anuales de actividad física y deporte escolar, será prestada de forma gratuita por el Servicio Murciano de Salud en todos aquellos supuestos en que no exista cobertura a través del seguro escolar. En el supuesto de que la Dirección General de Deportes no active el programa regional de Deporte en Edad Escolar, la ENTIDAD DEPORTIVA deberá contratar una póliza de accidentes que de cobertura a la actividad a llevar a cabo.
DÉCIMA.- EXTINCIÓN. Conforme al artículo 51 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, el convenio se extinguirá por el cumplimiento de sus actuaciones o por incurrir en causa de resolución con los efectos previstos en el artículo 52 de la mencionada ley.
Son causas de resolución las siguientes:
a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.
b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.
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c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes.
UNDÉCIMA.- NATURALEZA JURÍDICA. El presente Xxxxxxxx tiene naturaleza jurídica administrativa, cumpliendo lo establecido en el artículo 48 y concordantes de la ley 40/2015 de 1 de octubre y queda excluido de la normativa de contratación del sector público.
DUODÉCIMA.- JURISDICCIÓN
Cualquier controversia que pudiera surgir en aplicación y desarrollo del mismo será resuelta por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Alcantarilla previo común acuerdo entre las partes, en última instancia deberá ser dirimida de conformidad con la legislación administrativa de aplicación a las Entidades Locales y en última instancia por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de la ciudad xx Xxxxxx que por reparto corresponda.
DECIMOTERCERA.- PROTECCIÓN DE DATOS. Los datos que quedan incorporados al presente documento, así como aquellos que pudieran recabarse
durante la relación contractual entre las partes, forman parte de los tratamientos de ambas entidades con el objeto de mantener las relaciones contractuales entre ambas. La base de legitimación que ampara el tratamiento de los datos es contractual.
Los datos personales se mantendrán durante el tiempo que se encuentre en vigor la relación contractual entre las partes y posteriormente durante el tiempo determinado hasta que prescriban las obligaciones derivadas de la misma.
Se podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión, limitación y portabilidad de los datos personales en la dirección que consta en el encabezado, o en el correo de contacto del Delegado de Protección de Datos: xxx@xxxx-xxxxxxxxxxxx.xx
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Por el Ayuntamiento de Alcantarilla Por la Entidad Deportiva
D. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx X. Xxxx X. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx-Presidente Presidente
La Secretaria General
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Xx. Maravillas X. Xxxxxx Xxxxx
ANEXO I
DECLARACIÓN RESPONSABLE RESPECTO DE TODO EL PERSONAL QUE INTERVENGA EN EL EJERCICIO DE LAS PROFESIONES, OFICIOS Y ACTIVIDADES QUE IMPLICAN CONTACTO HABITUAL CON MENORES
D. , en calidad de presidente/a de la Entidad
DECLARO, bajo mi responsabilidad
Respecto de todo el personal de la ENTIDAD DEPORTIVA que intervenga en el ejercicio de las profesiones, oficios y actividades que implican contacto habitual con menores, con relación a la actividad objeto del convenio con el Ayuntamiento de Alcantarilla, a través de la Concejalía de Deportes:
CONVENIO
Número: 2021-0035 Fecha: 07/02/2022
Que no han sido condenados por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo o provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos.
Que a tal efecto, ha quedado debidamente acreditada esta circunstancia con carácter previo al inicio del periodo de actividad establecido en el presente convenio, mediante una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales, de conformidad con lo establecido en el art. 13 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor. Las certificaciones del personal al servicio de la entidad han sido debidamente archivadas y custodiadas por la entidad solicitante, a fin de que puedan ser requeridas por el Ayuntamiento en cualquier momento si lo considerase necesario.
En Alcantarilla a de de 20 .
El PRESIDENTE DE LA ENTIDAD
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(Sello de la Entidad) Fdo:
SR. ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE ALCANTARILLA.
CLÁUSULA DE PROTECCIÓN DE DATOS En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos, le informamos que: a) El Responsable del tratamiento de sus datos personales es la Concejalía de Deportes, cuya dirección es xxxxx Xxxxxxxxx x/x, 00000, Xxxxxxxxxxxx. b) Los datos personales que nos proporciona son necesarios para gestionar el convenio, cuya base jurídica es la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. c) Puede usted ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de sus datos, y la limitación u oposición a su tratamiento, como se explica en la información adicional. La información adicional detallada se encuentra disponible en la siguiente dirección electrónica: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxx.
ANEXO II MODELO MEMORIA
Datos básicos
• Denominación de la actividad (breve descripción):
o Modalidad deportiva.
o Objetivos.
o Tipo o carácter de actividad.
o …
• Organizador (nombre de la entidad).
• Nombre de técnicos.
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o Director/a.
o Coordinador/a.
o Monitores/as.
o Otras personas que intervienen en actividad.
• Instalación/es utilizada/s.
o Localización.
o Espacios usados.
• Equipamientos requeridos y material utilizado para la práctica (diferenciar entre material existente y de nueva adquisición).
Memoria didáctica
• Desarrollo de la escuela (breve descripción).
• Análisis de los usuarios-alumnos/as y de su evolución en la escuela (breve descripción).
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• Valoración de los logros conseguidos (en concordancia con los objetivos planteados).
• Actividades extraordinarias complementarias.
• Descripción y valoración de las incidencias.
Memoria de ingresos y gastos habidos en el ejercicio
Categorías-Edad | TOTAL | |||||||||||||
Pre Xxxxxxxx | Xxxxxxxx | Xxxxxx | ||||||||||||
Sin reducción de tarifa | Con reducción de tarifa | Sin reducción de tarifa | Con reducción de tarifa | Sin reducción de tarifa | Con reducción de tarifa | |||||||||
Sexo | M | F | M | F | M | F | M | F | M | F | M | F | ||
Nº de participantes | ||||||||||||||
Ingresos (según precio por actividad y usuario) | ||||||||||||||
Aporte económico patrocinadores (si los hay) | ||||||||||||||
Subvenciones (si las ha habido) | ||||||||||||||
Otros ingresos y recursos financieros | ||||||||||||||
TOTAL INGRESOS | ||||||||||||||
Otros tipos de aporte en |
concepto de indumentaria, material o equipamientos | ||||||||||||||
Nº de técnicos/entrenadores | ||||||||||||||
Otro personal al servicio de la escuela | ||||||||||||||
Equipaciones-Indumentaria | ||||||||||||||
Gastos en personal | ||||||||||||||
Gastos en material (si lo ha habido) | ||||||||||||||
Gastos en equipamientos (si lo ha habido) | ||||||||||||||
Gastos en equipaciones | ||||||||||||||
Otros gastos | ||||||||||||||
TOTAL GASTOS |
CONVENIO
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En Alcantarilla a de de 202 .
Fdo.
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Presidente/a de la Entidad
ANEXO III
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES
Epígrafe V. Matrículas para Escuelas Deportivas Municipales.
Pádel (2 horas/semana) 49,85 €/mes
Tenis adultos (2 horas/semana) 39,85 €/mes
Tenis junior (2 horas/semana) 29,85 €/mes
Tenis infantil (2 horas/semana) 23,85 €/mes
Aikido (2 horas/semana) 15,00€/mes
Resto deportes (2 horas/semana) 36,00 /trim.
CONVENIO
Número: 2021-0035 Fecha: 07/02/2022
Para los usuarios de las Escuelas Deportivas Municipales, correspondiente al concepto “Resto de deportes”, se establece el siguiente régimen de bonificaciones:
a) Por Familia Numerosa Reducción del 20% sobre tasas
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b) Por pago anticipado anual Reducción del 15% sobre tasas