CONTRATO DE EMPRESA DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA DE LA UNE
“AÑO DE LA UNION NACIONAL FRENTE A LA CRISIS EXTERNA”
RESUMEN DEL CONTRATO N° 0053-2009-OCAyC-UNE
CONTRATO DE EMPRESA DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA DE LA UNE
Conste por el presente documento, la contratación de empresa de Seguridad y Vigilancia de la UNE, que celebra de una parte LA UNIVERSIDAD Nacional de Educación “Xxxxxxx Xxxxxx y Xxxxx”, que en adelante se denominará LA UNIVERSIDAD representada por el Mg. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx, Director de la Oficina Central de Adquisiciones y Contrataciones, identificado con D.N.I. Nº 07678140, domiciliado para los efectos de este contrato en Xx. Xxxxxxx Xxxxxx x Xxxxx x/x Xxxxxxxxxx, Chosica, quien actúa autorizado para celebrar este contrato; mediante Resolución Nº 0406-2009-R-UNE de fecha 23 de Enero del 2009 y su modificatoria Resolución Nº 0894-2009-R-UNE de fecha 00 xx xxxxx xxx 0000.
XXXXXXXXX xxxxxxxxx xxx xx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx SAC, con RUC Nº 20505676999, con domicilio legal en Prolongación Arequipa Nº 242 – Huacho, debidamente representado por su Representante Legal, Xx. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, con DNI N° 00000000, según poder inscrito en la Partida Electrónica N° 00000000, Empresa Xxxxxx xxx Xxxxxxx SAC con RUC Nº 20493327268, con domicilio legal en Calle Panamá Nº 517 Punchana Maynas – Xxxxxx, debidamente representado por su Representante Legal, Xx. Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, con DNI N° 00000000, según poder inscrito en la Partida Electrónica N° 00000000, y la Empresa Pro Vigilia SA con RUC Nº 20334819851, con domicilio legal en Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx 000 - Xxxxxxxxxx – Lima, debidamente representado por su Representante Legal, Xx. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, con DNI N° 00000000, según poder inscrito en la Partida Electrónica N° 00000000, a quienes en adelante se les denominará “EL CONTRATISTA”, para lo cual ambas empresas en su formalización de Consorcio de fecha 19 xx xxxxxx del 2009, designan como Apoderado Común a la Xxx. Xxxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, identificada con DNI Nº 00000000, fijando como domicilio legal común en Calle La Encantada Nº 100, Urb. San Xxxxx Xxxxx, Chorrillos – Lima, en los términos y condiciones siguientes:
OBJETO
Con fecha 11 xx xxxxxx del 2009, el Comité Especial adjudicó la Buena Pro de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 023-2009- UNE (Derivado Del Concurso Público Nº 002-2009-UNE) para la contratación de Empresa de Seguridad y Vigilancia de la UNE, a EL CONTRATISTA, cuyos detalles, importes mensual y total, constan en los documentos integrantes del presente contrato.
FINALIDAD DEL CONTRATO
LA UNIVERSIDAD contrata los servicios de EL CONTRATISTA para que brinde el servicio de Seguridad y Vigilancia para los Locales de la UNE, en los términos y condiciones señaladas en su propuesta técnica, económica y el presente contrato.
El CONTRATISTA a la suscrpción del presente contrato, hace entrega de lo siguiente:
• Cámaras de Vigilancia en perfecto estado de funcionamiento y presentación, durante todo el período de vigencia del contrato:
➢ 01 Cámara de Vigilancia en la sede central de la UNE
➢ 01 Cámara de Vigilancia en la Sede de la Escuela de Postgrado
➢ 01 Cámara de Vigilancia en la Sede de la Facultad de Administración y Turismo
• Equipos de comunicación ADICIONALES al equipamiento mínimo. Estos equipos se utilizarán para la comunicación del personal de la UNIVERSIDAD con el personal de seguridad de EL CONTRATISTA, debiéndose encontrar en perfecto estado de funcionamiento y presentación durante todo el periodo de vigencia del contrato.
➢ 10 Equipos de Comunicación
Estos equipos han sido ofrecidos por el CONTRATISTA en su Propuesta Técnica como Mejoras del Servicio y estarán hasta la culminación del contrato en forma continua.
MONTO CONTRACTUAL
El importe mensual del servicio es de Ciento doce mil ochocientos ochenta y dos con 50/100 nuevos soles (S/. 112,882.50)
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CONTRATO DE EMPRESA DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA DE LA UNE
haciendo un total por los 10 meses la suma de: Un millón ciento veintiocho mil ochocientos veinticinco con 00/100 nuevos soles (S/. 1,128,825.00). Este monto comprende el costo del servicio, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato.
FORMA DE PAGO
LA UNIVERSIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en nuevos soles, en forma mensual, en el plazo de 10 días, luego de la recepción formal y completa de la siguiente documentación correspondiente y según lo establecido en el artículo 181° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para tal efecto, el responsable de dar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días de ser estos recibidos.
INICIO Y CULMINACIÓN DE LA PRESTACIÓN
El plazo de ejecución de la prestación será por un periodo xx xxxx (10) meses el mismo que se iniciará a partir de las 7:00 p.m. del día 27 xx xxxxxx del 2009.
GARANTÍAS
EL CONTRATISTA, a la suscripción del contrato entregó lo siguiente:
- Carta Fianza por concepto de Garantía Nº 68-01005495-00, cantidad que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tiene una vigencia hasta el 01 xx xxxxxx del 2010 a las 12:00 horas.
Asimismo, EL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato los siguientes documentos:
- Constancia de No Estar Inhabilitado para Contratar con el Estado Nº 26941, 26943 y 26944 emitida por OSCE.
- Copia de D.N.I. de Representante Legal del Consorcio
- Copia de RUC de las Empresas Xxxxxxx Perú SAC, Xxxxxx xxx xxxxxxx SAC Y Pro Vigilia SA.
- Copia de la vigencia de Poder del Representante Legal de las Empresas Xxxxxxx Perú SAC, Xxxxxx xxx xxxxxxx SAC Y Pro Vigilia SA.
- Copia de la Constitución de las Empresas Xxxxxxx Perú SAC, Xxxxxx xxx xxxxxxx SAC Y Pro Vigilia SA.
- Póliza de Seguros Patrimoniales Sección: Responsabilidad Civil por US$ 20,000 dólares americanos, Nº ELPA-4093641 emitido por la Compañía de Seguros y Reaseguros Pacífico Peruano Suiza.
- Póliza de Seguros Patrimoniales Sección: Deshonestidad por US $ 40,000.00 dólares americanos, Nº ELPA-4093641 emitido por la Compañía de Seguros y Reaseguros Pacífico Peruano Suiza.
- Constancia de fecha 27 xx xxxxxx del 2009 emitido Compañía de Seguros y Reaseguros Pacífico Peruano Suiza, en la cual indican que la Cobertura de Robo y Hurtos no procede aplicar, en virtud que el interés Asegurable es de LA UNIVERSIDAD.
- Póliza de Seguro de Accidentes Personales, Nº ACCO-4093330 emitido por la Compañía de Seguros y Reaseguros Pacífico Peruano Suiza.
- Constancia de fecha 27 xx xxxxxx del 2009 emitido Compañía de Seguros y Reaseguros Pacífico Peruano Suiza, en la misma que se indica que el personal perteneciente a la empresa Xxxxxxx Perú SAC se encuentran amparados bajo la cobertura correspondiente a la Póliza de xxxx Xxx Nº 34895 desde la vigencia del 01/08/2009 al 31/07/2010.
- Estructura de Costos
- Contrato de Consorcio de fecha 19 xx xxxxxx del 2009
EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN
LA UNIVERSIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164º del Reglamento.
CONFORMIDAD DEL SERVICIO
La conformidad del servicio lo extenderá la Oficina de Control Patrimonial y Seguridad, la cual se regula por lo dispuesto en el Artículo 176º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
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RESUMEN DEL CONTRATO N° 0053-2009-OCAyC-UNE
CONTRATO DE EMPRESA DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA DE LA UNE
De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del servicio. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor xx xxxx (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, el contratista no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA UNIVERSIDAD podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.
Este procedimiento no será aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA UNIVERSIDAD no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan.
RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS
La conformidad de servicios de la prestación por parte de LA UNIVERSIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 50º de la Ley.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: PENALIDADES
Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA UNIVERSIDAD le aplicará al contratista una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, en concordancia con el artículo 165° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad Diaria =
0.10 x Monto F x Plazo en días
Donde:
F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o;
F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días.
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin de resolver las controversias que se presenten durante la etapa de ejecución contractual dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 144º, 170, 175º y 177º del Reglamento o, en su defecto, en el artículo 52º de la Ley.
VERACIDAD DE DOMICILIOS
Las partes contratantes han declarado sus respectivos domicilios en la parte introductoria del presente contrato.
De acuerdo con las Bases, las propuestas técnica y económica y las disposiciones del presente contrato, las partes firman en señal de conformidad en la ciudad de Lima a los 27 días del mes xx xxxxxx del 2009
LA UNIVERSIDAD EL CONTRATISTA