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PROTOCOLO INTERNO - IMPLEMENTACION DE CONVENIO MARCO DE COLABORACION ENTRE EL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA NACION Y EL COLEGIO DE ABOGADOS Y PROCURADORES DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA
1. Convocatoria:
En cumplimiento de lo dispuesto en la cláusula tercera del Convenio Marco, el Colegio de Abogados y Procuradores de la Provincia de La Pampa convoca a matriculados y matriculadas con domicilio constituido en la I Circunscripción Judicial para conformar el Registro de Abogados para el patrocinio jurídico gratuito de los consultantes del Centro de Acceso a la Justicia (CAJ) Santa Xxxx.
A los fines de garantizar la publicidad de la misma, se colocará un aviso en las carteleras de Tribunales, en Organismos Públicos, en las distintas sedes del Colegio de Abogados y Procuradores de la Pampa, y se difundirá por los diarios de mayor circulación.
2. Requisitos:
Para integrar el Registro de Abogados se requiere:
a) Ser abogado, con hasta diez (10) años de antigüedad en la matrícula en el C.A.P.L.P.
b) Domicilio constituido en la I Circunscripción Judicial.
c) No registrar deuda de matrícula en el C.A.P.L.P.
d) No contar con sanciones disciplinarias en el C.A.P.L.P.
e) No poseer antecedentes penales.
f) Inscripción IIBB y Constancia de Monotributo.
g) Asistir a la charla informativa sobre la implementación del Convenio Marco de Colaboración celebrado entre el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y el Colegio de Abogados y Procuradores de la Provincia de La Pampa.
h) Suscribir el Acta de Compromiso (XXXXX XX), por la que manifiesta conocer y aceptar las bases y condiciones del Convenio Xxxxx de Colaboración y del Protocolo Interno.
3. Inscripción:
La inscripción se realizará completando el formulario que figura en ANEXO I, el que deberá ser remitido vía email a: xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx. Asimismo, deberá presentarse copia impresa y firmada por Mesa de Entradas, en cualquiera de las sedes del Colegio de Abogados.
El plazo de inscripción se extiende desde el día 23 hasta el 00 xx xxxxx, x xxx 00 xx.
Xx xxxx inscripción no garantiza la inclusión del profesional interesado en el Registro de Abogados.
4. Charla Informativa:
El día 04 xx xxxx a las 19.00 hs. se realizará en el Auditorio de la sede del Colegio de Abogados y Procuradores de La Pampa, ubicado en Xxxx. Xxxxxxxxx Xxxxx Xx 000, una Charla Informativa sobre la implementación del Convenio Marco de Colaboración celebrado entre el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y el Colegio de Abogados y Procuradores de la Provincia de La Pampa, destinada a los inscriptos hasta el día 30 xx xxxxx.
Al finalizar la misma, los interesados en brindar el servicio de patrocinio jurídico deberán ratificar su intención de conformar el Registro de Abogados, en los términos y con los alcances enunciados en el Convenio Marco y el presente Protocolo de Implementación.
5. Conformación del Registro:
La Unidad de Coordinación del C.A.P.L.P. verificará el cumplimiento de los requisitos enunciados en el punto 2. Consecuentemente, se conformará un Listado de Abogados, a los que se asignarán las causas derivadas al Colegio (procurando la intervención de cada uno de ellos en un total de entre 4 y 7 causas por profesional)
El listado será confeccionado por orden alfabético.
Al mismo tiempo, se indicará la/s materias seleccionada/s por cada uno al momento de la inscripción; y la referencia a aquellos/as que cuenten con matrícula federal, en su caso.
6. Asignación de casos:
Los casos derivados por el CAJ/Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, serán asignados a través de la Unidad de Coordinación, respetando el orden establecido en el Registro de Abogados, según la materia de que se trate.
La asignación se comunicará al correo electrónico informado por el profesional en su inscripción, debiendo confirmar la aceptación y presentarse en la Unidad de Coordinación del C.A.P.L.P. dentro del término de tres (3) días hábiles de recibida la notificación.
En principio, se asignará una causa por cada profesional inscripto en el Registro, siguiendo el orden alfabético, hasta completar el listado. Deberá tenerse en cuenta especialmente la materia del caso.
Podrán asignarse entre cuatro (4) y siete (7) casos por abogado/a durante la vigencia del Convenio.
7. Causales de Excusación:
Se establece que el profesional asignado sólo podrá excusarse de ejercer el patrocinio jurídico en la causa asignada por:
1º) El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad.
2º) Tener el profesional, sus consanguíneos o afines dentro del grado expresado en el inciso 1º, personas a su cargo o en relación de dependencia, interés en el juicio o en otros semejantes.
3º) Haber tenido el profesional participación personal o como testigo en hechos o en actos relativos al caso.
4º) Tener el profesional pleito pendiente con alguno de los litigantes.
5º) Ser o haber sido el profesional denunciador o acusador de alguno de los litigantes, o haber sido denunciado o acusado por alguno de ellos, con anterioridad a la designación.
6º) Ser el profesional acreedor, deudor o fiador de alguno de los litigantes, representantes o letrados con excepción de las instituciones oficiales de crédito.
7º) Tener el profesional amistad que se manifieste por gran familiaridad y frecuencia de trato.
8º) Tener el profesional enemistad o resentimiento que se manifiesten por hechos conocidos.
9º) Cuando exista algún otro impedimento previsto en las Leyes y Reglamentos.
Salvo las causales de excusación enunciadas en el presente, no podrá el profesional rehusar su designación.
8. Honorarios profesionales:
Aceptada la designación, y por caso que se asigne a cada profesional, se abonará la suma total de PESOS CINCO MIL QUINIENTOS OCHENTA ($ 5.580) en concepto de honorarios, contra presentación de la factura pertinente. Ello no obsta a la regulación que pudiera corresponder en caso de condena en costas a la parte vencida, de los que el profesional será acreedor.
El profesional deberá continuar la causa hasta su conclusión. En caso de
renuncia al patrocinio - previa notificación a la Unidad de Coordinación del
C.A.P.L.P. expresando las causales y siempre que ello no configure una falta de las previstas en el Código de Ética -, el profesional deberá:
a) continuar el caso hasta la designación de un nuevo abogado/a;
b) reintegrar la suma total abonada en concepto de honorarios.
Asimismo, será excluido/a automáticamente del Registro.
La Unidad de Coordinación asignará la causa a otro profesional de los inscriptos en el Registro, quien percibirá los honorarios y deberá proseguir el trámite hasta su conclusión. Ello a los fines de garantizar la continuidad del servicio del patrocinio.
9. Obligaciones del Abogado:
El profesional deberá remitir un informe mensual a la Unidad de Coordinación, dando cuenta del estado y avance del/los caso/s asignado/s.
Al efecto, se deberá completar los datos en una planilla confeccionada al efecto; a la que se adjuntará el correspondiente respaldo documental.
El informe será remitido por email a xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx, entre el 15 y el 20 de cada mes.
10. Unidad de Coordinación:
Se designa como representante de la Unidad de Coordinación en representación del Colegio de Abogados y Procuradores de La Pampa a la Dra. Xxxxx Xxxxxxxxx XXXXXXXXX, quien percibirá la suma de PESOS CUATROCIENTOS VEINTE ($ 420) por cada caso asignado por el CAJ/ Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, contra presentación de factura.
Son funciones de la Coordinación:
1) Supervisar y coordinar las actividades que deriven de la aplicación del Convenio Marco;
2) Asignar las causas derivadas del CAJ a los profesionales inscriptos en el Registro de Abogados, de acuerdo al procedimiento establecido en el presente protocolo.
3) Recibir la información y documentación presentada en forma mensual por los profesionales respecto al estado y avance de los casos asignados; y remitirla al Xx. Xxxxxxxxx XXXXX XXXXXX, Titular de la Dirección de Nacional de Promoción y Fortalecimiento para el Acceso a la Justicia;
4) Comunicar al Consejo Directivo del C.A.P.L.P y al Titular de la Dirección de Nacional de Promoción y Fortalecimiento para el Acceso a la Justicia, en forma trimestral el estado de avance y cumplimiento del Convenio Marco;
5) Articular con el CAJ de la ciudad de Santa Xxxx, a cargo de la Dra. Xxxxxx XXXXXXXXX, todas las medidas o acciones tendientes a la aplicación del Convenio Marco.
11. Apoyo Técnico Jurídico
Los abogados y abogadas inscriptos en el Registro, podrán solicitar apoyo técnico- jurídico, en relación a los casos asignados, a la Secretaria del Consultorio Jurídico del Colegio de Abogados de la Provincia de La Pampa, Dra. Xxxxxxxx Xxxxxx XXXXXX.
ANEXO I - FORMULARIO
Apellido y Nombres:
DNI:
CUIT:
Matrícula Provincial:
Matrícula Federal:
Domicilio Real:
Domicilio Constituido:
Ciudad: SANTA XXXX Teléfono fijo:
Teléfono Móvil:
Correo electrónico:
Constancia de Monotributo:
Marcar con una X las materias para las que se inscribe: ( ) CIVIL
( ) FAMILIA ( ) PENAL
( ) LABORAL ( ) OTRAS:
XXXXX XX – ACTA COMPROMISO
…………………………………………, abogado inscripto al Tº….. – Fº …… del C.A.P.L.P., afirmo haber leído y aceptar las bases y condiciones establecidas en el Convenio Marco de Colaboración celebrado entre el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y el Colegio de Abogados y Procuradores de la Provincia de La Pampa, como así también en el Protocolo Interno de Implementación, para proveer de servicios de patrocinio jurídico gratuito a consultantes del Centro de Acceso a Justicia (CAJ) de la Ciudad de Santa Xxxx.
Santa Rosa, ... de ……… de 2018.
Firma:
Aclaración: