CLÁUSULAS
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA ADJUDICACIÓN DE UN CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL POR PROCEDIMIENTO ABIERTO Y TRAMITE URGENTE PARA LA GESTION DEL PROGRAMA DE ATENCIÓN INTEGRAL A MUJERES VICTIMAS DE EXPLOTACIÓN SEXUAL (TRATA Y PROSTITUCIÓN).
CLÁUSULAS
CLÁUSULA 1ª. OBJETO DEL CONTRATO
El presente contrato tiene por objeto la gestión del Programa de Atención Integral a mujeres víctimas de explotación sexual del Ayuntamiento de Madrid.
CLÁUSULA 2ª. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL PROGRAMA DE ATENCIÓN INTEGRAL
El Programa de Atención Integral comprende la gestión de dos recursos:
1. Unidad Móvil: Acercamiento, Información y Captación de las mujeres víctimas de explotación sexual en los escenarios de prostitución de la ciudad de Madrid.
2. Gestión del recurso especializado de atención integral a mujeres víctimas de explotación sexual (Centro Xxxxxxxxxx Xxxxxx).
Las Áreas de intervención son las siguientes:
1. Área Psicológica: Comprenderá tratamiento individual y grupal.
2. Área Social: Comprenderá tratamiento social intensivo realizado en coordinación con el resto de las organizaciones del tejido social, así como de la red pública de servicios sociales.
3. Área Formativo-Laboral.
4. Área Jurídica: Comprenderá el asesoramiento y apoyo legal.
5. Área de Salud: Comprenderá la información, el apoyo y la prevención y promoción de la salud integral de las mujeres.
El contenido de cada una de las áreas señaladas forma parte de un todo integrado y se abordará de una manera global y coordinada y no de forma aislada y/o independiente de las demás.
Los contenidos mínimos a desarrollar en la propuesta presentada por las empresas licitadoras deberán cubrir los aspectos que se detallan a continuación:
1. Diseño del modelo de intervención a desarrollar en cada uno de los recursos.
La propuesta contemplará en este apartado todas las cuestiones relativas a la formulación general de los servicios a prestar así como los protocolos de actuación, planificación general, cronogramas, diseño de mecanismos de seguimiento y formulación de sistemas de evaluación.
2. Diseño del plan individualizado de intervención para cada usuaria.
3. Organización del proceso de intervención a través de distintas acciones (individuales y grupales) de orientación, apoyo, dinamización y formación prelaboral.
4. Establecimiento del Protocolo de derivación y Coordinación de empleo para mujeres de la Dirección General de Igualdad de Oportunidades.
5. Determinación de las acciones de seguimiento en cada una de las Áreas de intervención.
6. Coordinación con la persona Responsable Municipal del Programa de la Dirección General de Igualdad de Oportunidades. Incluye participación en eventos organizados por este organismo durante el período de vigencia del Contrato, colaboración en la emisión de documentos relacionados con la explicación del servicio, así como la elaboración de informes de seguimiento mensuales, y de evaluación al final del período de ejecución previsto para diciembre de 2009.
Funcionamiento de los recursos
La Unidad Móvil deberá prestar un total de 56 horas semanales de lunes x xxxxxxx.
El Centro, adscrito a la Dirección General de Igualdad de Oportunidades, funcionará como recurso especializado en la atención diurna a mujeres víctimas de explotación sexual (trata y prostitución), de lunes a viernes en horario continuado de 10:00 a 20:00 horas.
CLÁUSULA 3ª. RECURSOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Recursos humanos
La empresa adjudicataria deberá disponer para la realización de este Contrato de, al menos, un equipo técnico integrado por los profesionales que se relacionan a continuación, con experiencia no inferior a un año de trabajo en programas de atención social a mujeres:
- 1 Coordinador/a general con titulación superior en Ciencias Sociales. Tiempo de dedicación jornada completa.
- 2 Licenciados/as en Psicología . Tiempo de dedicación jornada completa.
- 1 Licenciado/a en Derecho. Tiempo de dedicación media jornada
- 3 Diplomados/as en Trabajo Social. Una de estas personas debe tener experiencia de trabajo con mujeres inmigrantes. Dedicación: Jornada completa
- 1 Auxiliar Administrativo. Dedicación: Jornada completa.
- 4 Trabajadores/as Sociales para el recurso de Unidad Móvil, dos de ellos al menos con carnet de conducir. Tiempo de dedicación a jornada completa.
Recursos materiales
La empresa adjudicataria aportará el vehículo necesario para la gestión del recurso de Unidad Móvil.
Asimismo, el contratista adjudicatario aportará un local comercial de una dimensión de entre 100 y 150 metros cuadrados situado en la zona Centro de la ciudad de Madrid para la gestión del recurso especializado de atención integral a mujeres víctimas de explotación sexual.
El local estará acondicionado y en perfectas condiciones de uso y seguridad antes del inicio de la actividad, sin que , en ningún caso, se vayan a admitir demoras por este motivo. Los gastos derivados del arrendamiento, mantenimiento (luz, agua, teléfono…) y limpieza del local serán, en todo caso, sufragados por el adjudicatario.
CLÁUSULA 4ª. CONFIDENCIALIDAD, PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
PROTECCIÓN DE DATOS La empresa adjudicataria y el personal a su servicio en la prestación del contrato, tal y como se define en la letra g) del artículo 3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, están obligados en su calidad de encargados de tratamiento de datos personales por cuenta del Órgano de contratación al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid, el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como de las disposiciones que en materia de protección de datos se encuentren en vigor a la adjudicación del contrato o que puedan estarlo durante su vigencia .
La empresa adjudicataria se obliga especialmente a lo siguiente:
1º) Deberá guardar la debida confidencialidad y secreto sobre los hechos, informaciones, conocimientos, documentos y otros elementos a los que tenga acceso con motivo de la
prestación del servicio (art. 10 LOPD), sin que pueda conservar copia o utilizarlos para cualquier finalidad distinta a las expresamente recogidas en el presente pliego, incurriendo en caso contrario en las responsabilidades previstas en la legislación vigente (art. 12.4 LOPD). Igualmente, deberá informar a sus empleados de que sólo pueden tratar la información del Ayuntamiento para cumplir los servicios objeto de este pliego y también de la obligación de no hacer públicos, ceder o enajenar cuantos datos conozcan (artículo 9 LOPD). Esta obligación subsistirá aún después de la finalización del contrato.
2º) Asimismo, deberá incluir una cláusula de confidencialidad y secreto en los términos descritos (art. 10 LOPD) en los contratos laborales que suscriban los trabajadores/as destinados a la prestación del servicio objeto del presente pliego. La empresa adjudicataria, al igual que su personal, aceptará los documentos de seguridad vigentes en el Ayuntamiento de Madrid para cada uno de los ficheros a los que tengan acceso, e igualmente a las especificaciones e instrucciones de los responsables de seguridad en materia de protección de datos de cada una de las dependencias municipales afectadas.
3º) Dicho compromiso afecta tanto a la empresa adjudicataria como a los participantes y colaboradores en el proyecto y se entiende circunscrito tanto al ámbito interno de la empresa como al ámbito externo de la misma. El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho al ejercicio de las acciones legales oportunas en caso de que bajo su criterio se produzca un incumplimiento de dicho compromiso.
4º) Únicamente tratará los datos personales a los que tenga acceso para la prestación del contrato conforme al contenido de este pliego de prescripciones técnicas y a las instrucciones que el Órgano de contratación le pueda especificar en concreto y que se incluyan como una Adenda al presente contrato. No aplicará o utilizará los datos personales indicados con fin distinto al previsto en el contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas salvo autorización expresa por parte del responsable del fichero en los términos previstos en el artículo 21 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
5º) A cumplir todas y cada una de las medidas de seguridad (nivel básico, medio o alto) que sean de aplicación en función de la tipología de datos que se utilicen y traten para la prestación del servicio objeto del presente contrato y que vienen previstas en el Título VIII del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. A este respecto no se registrarán datos de carácter personal en ficheros que no reúnan las condiciones determinadas en el referido Titulo VIII respecto a su integridad y seguridad y a las de los Centros de tratamiento, locales, equipos, sistemas y programas. (Artículo 9.2. LOPD).
Para el tratamiento y acceso a los datos por parte del adjudicatario se velará específicamente por el cumplimiento de lo previsto en los artículos 92, 97, 101 y 108 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, que aprueba el Reglamento de desarrollo de
la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, referentes a la gestión y distribución de soportes y documentos.
Durante la realización de los servicios que se presten como consecuencia del cumplimiento del presente contrato, el adjudicatario y su personal se someterán al estricto cumplimiento de los documentos de seguridad vigentes para los ficheros de datos de carácter personal a los que tengan acceso, así como a las instrucciones de los responsables de seguridad de las dependencias municipales en las que desarrollen su trabajo.
El acceso a las bases de datos del Ayuntamiento de Madrid necesarias para la prestación del servicio se autorizará al adjudicatario para el exclusivo fin de la realización de las tareas objeto de este contrato, quedando prohibido para el adjudicatario y para el personal encargado de su realización su reproducción por cualquier medio y la cesión total o parcial a cualquier persona física o jurídica. Lo anterior se extiende asimismo al producto de dichas tareas.
El adjudicatario se compromete a formar e informar a su personal en las obligaciones que de tales normas dimanan, para lo cual programará las acciones formativas necesarias.
El personal que recibe los servicio objeto del contrato tendrá acceso autorizado únicamente a aquellos datos y recursos que precisen para el desarrollo de sus funciones.
6º) Los diseños, desarrollos o mantenimientos de software deberán, con carácter general, observar los estándares que se deriven de la normativa de seguridad de la información y de protección de datos, y en concreto lo relativo a la identificación y autenticación de usuarios, estableciendo un mecanismo que permita la identificación de forma inequívoca y personalizada de todo aquel usuario que intente acceder al sistema de información y la verificación de que está autorizado, limitando la posibilidad de intentar reiteradamente el acceso no autorizado al sistema de información.
7º) El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho de efectuar en cualquier momento los controles y auditorias que estime oportunos para comprobar el correcto cumplimiento por parte del adjudicatario de sus obligaciones, el cual está obligado a facilitarle cuantos datos o documentos le requiera para ello.
8º) Todos los datos personales que se traten o elaboren por la empresa adjudicataria como consecuencia de la prestación del contrato, así como los soportes del tipo que sean en los que se contengan son propiedad del Ayuntamiento de Madrid.
9º) Una vez cumplida la prestación contractual, los da instrucciones que haya dado, al igual que cualquier soporte o documento que contenga algún dato de carácter personal objeto del tratamiento tos de carácter personal deberán ser destruidos o devueltos al Ayuntamiento de Madrid conforme a las.
10º) En la medida que el adjudicatario aporta equipos informáticos para la prestación del servicio objeto del contrato, una vez finalizadas las tareas, el adjudicatario previamente a retirar los equipos informáticos, deberá borrar toda la información utilizada o que se derive de la ejecución del contrato, mediante el procedimiento técnico adecuado, o proceder a su entrega al responsable del fichero. La destrucción de la documentación de apoyo, si no se considerara indispensable, se efectuará mediante máquina destructora de papel o cualquier otro medio que garantice la ilegibilidad, efectuándose esta operación en el lugar donde se realicen los trabajos. Igualmente, deberá adoptar las medidas necesarias para impedir la recuperación posterior de información almacenada en soportes que vayan a ser desechados o reutilizados.
11º) Aportará una memoria descriptiva de las medidas que adoptará para asegurar la confidencialidad e integridad de los datos manejados y de la documentación facilitada. Asimismo, el adjudicatario deberá comunicar al organismo contratante antes de transcurridos siete días de la fecha de comunicación de la adjudicación la persona que serán directamente responsables de la puesta en práctica y de la inspección de dichas medidas de seguridad, adjuntando su perfil profesional.
Madrid, 3 de octubre de 2008
ADJUNTA AL DEPARTAMENTO DE APOYO TÉCNICO
Fdo. Xxxxxxx Xxxxxx-Xxxxxxxxxxx
Conforme, SUBDIRECTORA GENERAL DE
IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
Fdo. Xx xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx