VISTO:
de diciembre de 2018
VISTO:
El CUDAP: EX P -M P F : 4 8 5 1/ 2018 caratulado “ XXXXXXX,
Xxxxx.- s/ remite propuesta de Convenio Xxxxx xx Xxxxxxxxxxx entre el MPF y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM ).” del registro de la Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo de Actuaciones Administrativas de la Procuración General de la Nación.
Y CONSIDERANDO QUE:
A foja 11 la Asesoría Jurídica de esta Procuración General de la Nación opina que no existe impedimento legal alguno para que el señor Procurador General suscriba el anteproyecto de acuerdo específico obrante a fojas 7/ 9;
El 13 de 2018 fue suscripto en la ciudad de Buenos Aires el
“ Acuerdo de Cooperación entre el Ministerio Público Fiscal y la Organización Internacional para las Migraciones” ;
Por ello, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 120 de
la Constitución, por las leyes n° 24 . 946 y n° 27 . 148 .
RESUELVO:
I. DISPONER la protocolización del “ Acuerdo de Cooperación entre el Ministerio Público Fiscal y la Organización Internacional para las M igraciones” , que obra como anexo de la presente.
II. Protocolícese, notifíquese y, oportunamente, archívese.
XXXXXXX XXXXXXXX XXXXX
Procurador General de la Nación Interino
MINISTERIO PÚBLICO
FC’LIO
3EJ 'M„ 2. y«
FISCAL
PROCURACIÓN GENERAL DE LA NACIÓN R E P Ú B L I C A A R G E N T I N A
ACUERDO DE COOPERACIÓN
V X o O rgan ización In ternacion al p ara las M igracion es (O IM J
El O rgan ism o de las N acion es U nidas para la M igración
Código de proyecto 01M: 2018- C07097 Código LEG: ARG/LCOQ/EE577/2018
ENTRE EL MINISTERIO PUBLICO FISCAL DE LA NACION Y LA
- y é j
ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL PARA LAS MIGRACIONES
El MINISTERIO PUBLICO FISCAL, rep resentad o en este acto por el Procu rad or General interino, Xx. Xxxxxxx Xxxxx, con domicilio en la calle Tte. Gral. Xxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxx. 000 xx xx Xxxxxx Xxxxxxx x xx Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx ("MPF"} y la Organización In ternacional para las M igraciones ("OIM"}, rep resentad o por la Licenciada Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, Jefa de Oficina, con dom icilio en la Avenida Callao 1046, 2 - piso "A”, de la Ciudad Autónom a de Buenos Aires, quienes se denom inarán individualm ente como una "Parte" y conju ntam ente com o las " P arte s ”,
TENIENDO PRESENTE que el propósito del MINISTERIO PUBLICO FISCAL es p rom over la actuación de la ju sticia en defensa de la legalidad y los in tereses generales de la sociedad, velando por la efectiva vigencia de la Constitución Nacional y los instru m entos in ternacionales de derechos hum anos en los que la República sea parte, y procurando el acceso a la ju sticia de sus h abitantes, conform e el artículo 120 de la Constitución Nacional, y la Ley Orgánica del Ministerio Público (No. 27 .148 ),
TENIENDO PRESENTE que la OIM está consagrad a al principio de que la m igración en form a ordenada y en condiciones hum anas beneficia a los m igrantes y a la sociedad, la Organización ayuda a en carar los retos que plantea la m igración a nivel operativo, fom entar la com p rensión de las cu estiones m igratorias, xxxx tar el d esarrollo socioeconóm ico a través de la m igración, y velar por el resp eto de los d erechos hum anos y el bien estar de los m igrantes,
CONSCIENTES de la necesidad de establecer una relación de coop eración m ás estrech a en tre el MINISTERIO y la OIM sobre asuntos de in terés común, y d eseosos de fom entar y consolid ar aún más dicha cooperación,
HAN ACORDADO LO SIGUIENTE:
CLAUSULA I
PRINCIPIOS GENERALES DE COOPERACIÓN
El objetivo del p resen te Acuerdo es establecer una relación de colaboración institucional técnica para el d esarrollo de proyectos y actividades conjuntas.
Dentro de sus m andatos y su jeto a la disponibilidad de recu rsos, el MPF y la OIM, se proponen, de com ún acuerdo, d iseñar acciones y program as de cooperación, colaboración, asistencia técnica, cap acitación y d esarrollo en áreas de mutuo in terés. A este fin, las Partes consid erarán el m arco conveniente para realizar coop eraciones a través de Acuerdos específicos.
Las Partes acuerd an que el com prom iso del MPF y las actividades de la OIM relacionad as con la
^ m igración seráp coordinad as en un esfuerzo por alcanzar la m ayor coop eración posible y
elim inar duplicaciones innecesarias entre am bas y que cuando in tereses com unes lo am eriten, cu alquier Organización podrá solicitar la cooperación de la otra.
Cada Parte buscará, en la medida de lo posible y en el m arco de sus instru m entos constitu yentes, m and atos respectivos y su jetos a sus disponibilidades p resup uestarias, resp ond er favorablem ente a las solicitudes de cooperación de acuerdo a los p rocedim ientos acord ad os m utuam ente.
CLÁUSULA II
INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN Y DOCUMENTOS
El MPF y la OIM acuerdan in tercam biar inform ación y docum entos de dominio público en la m ayor m edida posible sobre asuntos de in terés común.
Cuando corresp ond a y dependiendo de los requ isitos estipulados, las Partes tam bién podrán in tercam biarse la inform ación y docum entos relativos a proyectos o program as específicos, con m iras a propiciar la acción com plem entaria y la coordinación efectiva m ás adecuada entre am bas.
CLÁUSULA III
ACCIÓN CONJUNTA
El MPF y la OIM podrán, por medio de Acuerdos específicos, decidir actuar conju ntam ente en la im plem entación de proyectos y actividades de mutuo interés. Las partes acord arán los m ecanism os y dem ás procedim ientos que sean necesarios, pudiendo, de estim arlo conveniente, celebrar actas com plem entarias al p resente convenio, que se instru m entarán m ediante anexos operativos.
Dichos Acuerdos específicos definirán las m odalidades de participación de cada Parte y d eterm inarán los recu rsos que serán aportados para su ejecución.
El MPF y la OIM podrán, cuando lo consid eren necesario, establecer com isiones, com ités u otros cuerpos técnicos, para proveer asesoría sobre los asuntos de in terés com partido, en los térm inos y en las condiciones establecid as para cada caso y de mutuo acuerdo.
CLÁUSULA IV
AREAS Y ACTIVIDADES DE COOPERACIÓN
En el m arco de sus respectivos m andatos, y sin perjuicio de la cooperación en otras esferas y dependiendo de la disponibilidad de recu rsos, las Partes acuerdan consid erar las siguientes áreas con m iras a la cooperación mutua:
PROTOCOLIZACION I
FECHA: 3 j Í
MINISTERIO PUBLICO
FISCAL
PROCURACIÓN GENERAL DE LA NACIÓN R E P Ú B L I C A A R G E N T I N A
t M*-
O rgan ización In ternacion al p ara las M igraciones (O IM ) El O rgan ism o de las N acion es U nidas para la M igración
7
i G E R ,
X . X X X X X X
PpOCliRAClpN ÍRAL. DE LA NACídN
1. Derechos Humanos de m igrantes
2. Trata de p ersonas
3. Tráfico de m igrantes
4. Género
CLÁUSULA V
COOPERACIÓN ENTRE LAS PARTES
El MPF y la OIM ad optarán las medidas apropiadas para garantizar una coop eración y enlace efectivos en tre las autoridades com p etentes de am bas organizaciones. Ello com prend e una estrech a coop eración en el terren o, en particular, en los lugares donde am bas organizaciones estén rep resentad as.
CLÁUSULA VI
IMPLEMENTACIÓN DEL ACUERDO
El MPF y la OIM se consu ltarán regularm ente sobre asu ntos relacionad os a este Acuerdo.
CLÁUSULA VII
GRATUIDAD
El p resente acuerdo no implica ningún tipo de com promiso previo de orden económ ico o financiero ni implica erogaciones presupuestarias ni financieras para las partes. Las obligaciones de tal naturaleza serán objeto de previsión expresa en las actas com plem entarias o en los convenios específicos que se celebren.
CLÁUSULA VIII
CONFIDENCIALIDAD
Cualauier información, incluida aauélla de carácter üersonal, sobre los beneficiarios aue esté en oosesión o conocim iento de las Partes con relación al presente Acuerdo deberá ser tratada con estricta confidencialidad. No se com unicará dicha inform ación a terceros sin la Drevia autorización escrita del interesado. Las Partes deberán cumülir con los Principios de Protección de Datos de la OIM v la norm ativa de nrotección de datos del Ministerio Público Fiscal, en caso xx xxx reúnan, reciban, utilicen, transfieran x xxx acenen cualquier dato personal en el cumplimiento del presente Acuerdo. Esta obligación perdurará tras la expiración o rescisión del presente Acuerdo.
CLÁUSULA IX
PROPIEDAD INTELECTUAL
Toda propiedad in telectu al y otros d erechos de propiedad, tales com o p atentes, d erechos de autor, m arcas registrad as y propiedad de los datos derivados del p resen te Acuerdo, serán de titu jaridad_4e las Partes, incluidos, sin restricción alguna, los d erechos para utilizar, reproducir, ad ap tar, publibar y d istribu ir cu alquier elem ento o p arte de éste.
CLÁUSULA X
SITUACIÓN DE LA OIM
Nada de lo dispuesto en el p resente Acuerdo, o que esté relacionado con él, se podrá consid erar una renuncia explícita o im plícita de cualquiera de los privilegios e inm unidades de la Organización Internacional para las Migraciones en su calidad de organización in tergubernam ental.
CLAUSULA XI
UTILIZACIÓN DEL NOMBRE DE LA OIM Y DEL MPF
Se au torizará la utilización del logotipo oficial y nom bre de la OIM y del MPF con previa au torización escrita de cada una de las Partes.
Para p royectos y actividades im plem entados en conjunto, el MPF d eberá recon ocer la contribución de la OIM al proyecto en cualquier anuncio o aviso publicitario relacionad o con dicho proyecto o actividad, el cual d eberá ser aprobado previam ente por la OIM.
CLAUSULA XII
RELACION LABORAL
Las Partes convienen en que la relación laboral con el personal que designe cada una para la ejecución del objeto del p resente Convenio, se entend erá que existe exclusivam ente con la Parte que lo emplea, por ende, cada una asum irá su responsabilidad por este concepto y, en ningún caso, serán consid erad as como patrones solidarios o sustitutos.
CLÁUSULA XIII
SOLUCION DE CONFLICTOS
Todo conflicto, con troversia o reclam ación derivada del p resente Acuerdo o relacionad a con este, así como el incum plim iento, term inación o nulidad del mismo se resolverá de form a am istosa m ediante negociación entre las Partes. En el caso que no se llegue a una solución satisfactoria m ediante negociación d irecta entre las Partes, se resolverá por el procedim iento que se convenga entre el Ministerio y la OIM para tal fin, sin que ello implique una renuncia explícita o im plícita de cualquiera de los privilegios e inm unidades, reconocid os a la OIM en su calidad de organización intergubernam ental, en las leyes 24 .001 y 23 .000 xx xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx.
CLÁUSULA XIV
ENTRADA EN VIGOR, ENMIENDAS Y DURACIÓN
Este Acuerdo entrará en vigor a partir de la fecha de la firma por los representantes designados por am bas Partes.
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MINISTERIO PÚBLICO
FISCAL
PROCURACIÓN GENERAL DE LA NACIÓN
E P Ú B U C A a r g e n t i n a
O rgan ización In ternacional para las M igracion es (O IM ) , El O rgan ism o d e las N acion es U nidas p ara la M igración
G, X. XXXXXX
PRO
URAQlON G R A L. OE LA NACION
Este Acuerdo podrá ser modificado por mutuo consentim iento de las Partes. La modificación propuesta deberá hacerse por escrito a la otra Parte y entrará en vigor a partir de la aceptación por escrito de am bas Partes.
Cualquiera de las Partes podrá dar por finalizado este Acuerdo sin expresión de causa, notificando a la otra por medio fehaciente, con una anticipación de treinta (30) días, sin que ello genere deber alguno.
EN FÉ DE LO CUAL, el rep resen tan te del M inisterio Publico Fiscal y la Jefa de Oficina de la Organización In ternacional para las Migraciones han firmado el p resen te Acuerdo.
Firm ado por duplicado en español . e l . . &de diciem bre, Buenos Aires, Argentina.
En nombre de
M inisterio Público Fiscal
En nombre de Organización Internacional para las Migraciones [OIM]
m V
Xxxxxxxx Xxxx án d ez
Procu rad or General interino Xxxxx xx Xxxxxxx