DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN PARA SERVICIOS DE CONSULTORÍA MODALIDAD DE APOYO NACIONAL A LA PRODUCCIÓN Y EMPLEO SOLICITUD DE COTIZACIONES
BANCO CENTRAL DE BOLIVIA
DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN PARA SERVICIOS DE CONSULTORÍA
MODALIDAD DE APOYO NACIONAL A LA PRODUCCIÓN Y EMPLEO
SOLICITUD DE COTIZACIONES
Código Único de Contratación Estatal |
12-0951-00-298032-1-1 |
Código BCB: ANPE - X Xx 000/0000-0X
XXXXXXX XXXXXXXXXXXX
CONTRATACIÓN DE UN CONSULTOR INDIVIDUAL DE LÍNEA PARA EL PERFECCIONAMIENTO DEL DERECHO PROPIETARIO DE INMUEBLES DEL BANCO CENTRAL DE BOLIVIA |
La Paz, marzo 2012
ÍNDICE
Descripción |
Página |
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PARTE I: CONDICIONES GENERALES DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN |
Pág. 1 |
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Normativa Aplicable al Proceso de Contratación |
Pág. 1 |
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Proponentes Elegibles |
Pág. 1 |
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Garantías |
Pág. 1 |
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Rechazo y descalificación de Cotizaciones |
Pág. 1 |
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Errores No Subsanables |
Pág. 2 |
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Declaratoria desierta |
Pág. 2 |
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Cancelación, Suspensión y Anulación del Proceso de Contratación |
Pág. 2 |
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Documentos que debe presentar el proponente |
Xxx. 2 |
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Recepción de Cotizaciones |
Pág. 2 |
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Apertura de Cotizaciones |
Pág. 3 |
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Evaluación de Cotizaciones |
Pág. 3 |
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Contenido del informe de evaluación y recomendación |
Pág. 4 |
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Adjudicación o declaratoria desierta |
Pág. 4 |
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Suscripción de contrato y pago |
Pág. 4 |
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Modificaciones al contrato |
Pág. 5 |
PARTE II: INFORMACIÓN TÉCNICA DE LA CONTRATACIÓN |
Pág. 6 |
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Convocatoria y Datos Generales del Proceso de Contratación |
Pág. 6 |
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Condiciones y Términos de Referencia requeridos para el Servicio de Consultoría |
Pág. 8 |
PARTE III: ANEXOS |
Xxx. 00 |
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XXXXX 0: FORMULARIO 1 “DATOS DEL PROPONENTE Y DECLARACIÓN JURADA PARA PERSONAS NATURALES” |
Xxx. 00 |
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XXXXX 0: FORMULARIO DE EVALUACIÓN DE LA CALIDAD Y PROPUESTA TÉCNICA |
Xxx. 00 |
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XXXXX 0: MODELO DE CONTRATO |
Xxx. 00 |
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XXXXX 0: MODELO DE CURRÍCULUM VITAE |
Pág. 20 |
PARTE I
CONDICIONES GENERALES DEL PROCESO DE CONTRATACION
NORMATIVA APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACIÓN
El proceso de contratación de servicios de consultoría se rige por el Decreto Supremo N° 0181 de 28 xx xxxxx de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS) y el presente Documento Base de Contratación (DBC).
PROPONENTES ELEGIBLES
En esta convocatoria podrán participar únicamente: las personas naturales con capacidad de contratar.
GARANTÍAS
De acuerdo con lo establecido en el Artículo 20 de las NB-SABS, el proponente decidirá el tipo de garantía a presentar entre: Boleta de Garantía, Boleta de Garantía a Primer Requerimiento o Póliza de Seguro de Caución a Primer Requerimiento. (Estas garantías deberán expresar su carácter de renovable, irrevocable y de ejecución inmediata)
La garantía requerida es:
Garantía de Cumplimiento de Contrato. La entidad convocante solicitará la Garantía de Cumplimiento de Contrato equivalente al siete por ciento (7%) del monto del contrato. Cuando se tengan programados pagos parciales, en sustitución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, se podrá prever una retención del siete por ciento (7%) de cada pago.
El tratamiento de ejecución y devolución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato se establecerá en el Contrato.
RECHAZO Y DESCALIFICACIÓN DE COTIZACIONES
Procederá el rechazo de la cotización cuando ésta fuese presentada fuera del plazo (fecha y hora) y/o en lugar diferente al establecido en el presente DBC.
Las causales de descalificación son:
Incumplimiento u omisión en la presentación de cualquier documento requerido en el presente DBC.
La omisión no se limita a la falta de presentación de documentos, refiriéndose también a que cualquier documento presentado no cumpla con las condiciones de validez requeridas.
Cuando la cotización no cumpla con las condiciones establecidas en el presente DBC.
Si se determinase que el proponente se encuentra dentro los impedimentos que prevé el Artículo 43 de las NB-SABS.
Si para la suscripción del contrato, la documentación en fotocopia simple de los documentos señalados en el presente DBC, no fuera presentada dentro del plazo establecido para su verificación; salvo que el proponente hubiese justificado oportunamente el retraso.
Cuando el período de validez de la cotización no se ajuste al plazo mínimo requerido;
Cuando el proponente presente dos o más alternativas.
Cuando el proponente presente dos o más cotizaciones.
La falta de firma del Proponente en uno (1) o varios de los Formularios y Documentos solicitados en el presente DBC.
ERRORES NO SUBSANABLES
Se consideran errores no subsanables, siendo objeto de descalificación, los siguientes:
La ausencia de los Formularios de Presentación de Cotización, requeridos en el presente DBC.
La ausencia de documentación, formularios y aspectos solicitados en el presente DBC.
DECLARATORIA DESIERTA
El RPA declarará desierta una convocatoria pública, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 27 de las NB-SABS.
CANCELACIÓN, SUSPENSIÓN Y ANULACIÓN DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN
El proceso de contratación podrá ser cancelado, anulado o suspendido hasta antes de la suscripción del contrato, mediante Resolución expresa, técnica y legalmente motivada, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 28 de las NB-SABS.
DOCUMENTOS QUE DEBE PRESENTAR EL PROPONENTE
Los documentos que debe presentar el proponente son:
Formulario de Presentación de Cotización (Formulario 1: Datos del Proponente y Declaración Jurada para Personas Naturales), debidamente llenado y firmado.
Currículum Vitae debidamente llenado y firmado (con la documentación de respaldo, de acuerdo a los requisitos establecidos en los Términos de Referencia, tomando en cuenta el Anexo 4 u otro similar que contenga la información requerida).
RECEPCIÓN DE COTIZACIONES
La recepción de cotizaciones se efectuará, en el lugar señalado en el presente DBC hasta la fecha y hora límite fijados en el mismo. (Ventanilla Única de Correspondencia, ubicada en la Planta Baja del Edificio Principal del BCB sobre la calle Ayacucho)
Los proponentes podrán presentar sus cotizaciones según su criterio: de manera abierta o en sobre cerrado, situación que deberá consignarse en el registro o libro de actas.
Cuando el proponente decida presentar su cotización en sobre cerrado, éste no deberá ser abierto hasta antes de la fecha y hora límite de plazo establecida para su presentación, en cuyo caso deberá estar rotulado de la siguiente manera:
-
Código Único de Contratación Estatal
12-0951-00-298032-1-1
BANCO CENTRAL DE BOLIVIA
GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN
SUBGERENCIA DE SERVICIOS GENERALES
DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
NOMBRE DEL PROPONENTE:____________________________________________
APOYO NACIONAL A LA PRODUCCION Y EMPLEO
SOLICITUD DE COTIZACIONES
Código BCB: ANPE-C N° 012/2012-1C
“CONTRATACIÓN DE UN CONSULTOR INDIVIDUAL DE LÍNEA PARA EL PERFECCIONAMIENTO DEL DERECHO PROPIETARIO DE INMUEBLES DEL BANCO CENTRAL DE BOLIVIA”
PRIMERA CONVOCATORIA
No abrir antes de horas 15:00 del día miércoles 14 xx xxxxx del 2012
APERTURA DE COTIZACIONES
La apertura pública de cotizaciones se realizará en la fecha, hora y lugar señalados en el presente DBC, donde se revisará la presentación de los documentos solicitados en el presente DBC.
El acto se efectuará así se hubiese recibido una sola cotización. En caso de no existir cotizaciones, el Responsable de Evaluación suspenderá el acto y recomendará al RPA, que la convocatoria sea declarada desierta.
EVALUACIÓN DE COTIZACIONES
EVALUACIÓN PRELIMINAR
Presentación de documentos.
El Responsable de la Evaluación en sesión reservada y según la verificación de presentación de documentos del Acto de Apertura, determinará si las cotizaciones continúan o se descalifican, aplicando la metodología CUMPLE/NO CUMPLE en la presentación de documentos solicitados, observando cualquier aspecto detectado en la verificación de los requisitos y condiciones de validez de los documentos presentados.
Evaluación de Impedimentos.
Posteriormente a la evaluación de la documentación presentada por los proponentes, el Responsable de Evaluación verificará que los proponentes no se encuentren impedidos de participar para que puedan continuar con las siguientes etapas de evaluación correspondientes.
En caso que el proponente no cumpla con la presentación de los documentos requeridos de acuerdo con las condiciones establecidas en el presente DBC y/o se encuentre impedido de participar, su cotización será descalificada.
EVALUACIÓN CON EL METODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN DE PRESUPUESTO FIJO
El Método de Selección y Adjudicación a ser aplicado en el presente proceso de contratación es “Presupuesto Fijo”, el procedimiento de evaluación será el siguiente:
La entidad establecerá un presupuesto fijo, que cancelará por la prestación del servicio de consultoría.
Para aquellas cotizaciones admitidas, luego de la evaluación preliminar, la entidad convocante aplicará los criterios de evaluación y asignará los puntajes, conforme lo establecido en el Formulario de “Evaluación de la Calidad y Propuesta Técnica para personas Naturales”.
Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de setenta (70) puntos, serán descalificadas.
De las cotizaciones que hubieran obtenido el puntaje mínimo requerido, se adjudicará a aquella que presente la mejor calificación técnica.
CONTENIDO DEL INFORME DE EVALUACIÓN Y RECOMENDACIÓN
El Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta, deberá contener mínimamente lo siguiente:
Nómina de los proponentes.
Cuadros Comparativos.
Cuadros de evaluación.
Causales para la descalificación de propuestas, cuando corresponda.
Otros aspectos que el Responsable de Evaluación considere pertinentes.
Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta.
ADJUDICACIÓN O DECLARATORIA DESIERTA
El RPA, recibido el Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta y dentro del plazo fijado en el cronograma de plazos, emitirá la Adjudicación o Declaratoria Desierta.
En caso de que el RPA solicite al Responsable de Evaluación la complementación o sustentación del informe, podrá autorizar la modificación del cronograma de plazos a partir de la fecha establecida para la emisión de la Adjudicación o Declaratoria Desierta.
Si el RPA, recibida la complementación o sustentación del Informe de Evaluación y Recomendación, decidiera bajo su exclusiva responsabilidad, apartarse de la recomendación, deberá elaborar un informe fundamentado dirigido a la MAE y a la Contraloría General del Estado.
SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO Y PAGO
Para la suscripción de contrato el proponente adjudicado deberá presentar la siguiente documentación en fotocopia simple, siendo causal de descalificación de la cotización el incumplimiento en su presentación:
Cedula de Identidad
Número de Identificación Tributaria (NIT), salvo lo previsto en el numeral 14.4.
La Garantía de Cumplimiento de Contrato o conformidad de retención del 7% de cada pago.
La entidad convocante deberá otorgar al proponente adjudicado un plazo no inferior a cuatro (4) días para la presentación de los documentos requeridos en el presente DBC; si el proponente adjudicado presenta los documentos antes del tiempo otorgado, el proceso podrá continuar.
Cuando el proponente adjudicado no cumpla con la presentación de los documentos requeridos para la suscripción del contrato en el plazo establecido (salvo que el proponente hubiese justificado oportunamente el retraso) o desista de la suscripción del contrato será descalificado; y se procederá a la evaluación, y cuando corresponda, a la adjudicación de la siguiente cotización mejor evaluada, y así sucesivamente.
Los pagos por el servicio se realizarán previa la conformidad de la entidad convocante y entrega de factura por el proponente.
En ausencia de la nota fiscal (factura), la entidad convocante deberá retener los montos de obligaciones tributarias, para su posterior pago al Servicio de Impuestos Nacionales.
MODIFICACIONES AL CONTRATO
Las modificaciones al contrato podrán efectuarse mediante:
Contrato Modificatorio: Cuando la modificación a ser introducida afecte el alcance, monto y/o plazo del contrato. Se podrán realizar uno o varios contratos modificatorios, que sumados no deberán exceder el diez por ciento (10%) del monto del contrato principal.
Contrato Modificatorio para consultores individuales de línea: Cuando la Unidad Solicitante requiera ampliar el plazo del servicio de consultoría individual de línea deberá, de manera previa a la conclusión del contrato, realizar una evaluación del cumplimiento de los Términos de Referencia. En base a esta evaluación, la MAE o la autoridad que suscribió el contrato principal podrá tomar la decisión de ampliar o no el contrato del Consultor.
Esta ampliación podrá realizarse hasta un máximo de dos (2) veces, no debiendo exceder el plazo de cada ampliación al establecido en el contrato principal.
PARTE II
INFORMACIÓN TÉCNICA DE LA CONTRATACIÓN
CONVOCATORIA Y DATOS GENERALES DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN
Se convoca a la presentación de propuestas para el siguiente proceso: |
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Entidad convocante |
: |
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Banco Central de Bolivia |
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Modalidad de Contratación |
: |
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Apoyo Nacional a la Producción y Empleo |
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CUCE |
: |
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1 |
2 |
- |
0 |
9 |
5 |
1 |
- |
0 |
0 |
- |
2 |
9 |
8 |
0 |
3 |
2 |
- |
1 |
- |
1 |
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Código interno que la entidad utiliza para Identificar al proceso |
: |
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ANPE C Nº 012/2012-1C |
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Objeto de la contratación |
: |
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CONTRATACIÓN DE UN CONSULTOR INDIVIDUAL DE LÍNEA PARA EL PERFECCIONAMIENTO DEL DERECHO PROPIETARIO DE INMUEBLES DEL BANCO CENTRAL DE BOLIVIA |
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Método de Selección y Adjudicación |
: |
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a) Calidad, Propuesta Técnica y Costo |
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b) Menor Costo |
X |
c) Presupuesto Fijo |
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d) Calidad |
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Forma de Adjudicación |
: |
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Por el Total |
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Precio Referencial |
: |
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Bs76.032,00 (Setenta y seis mil treinta y dos 00/100 bolivianos) en doce cuotas mensuales de Bs6.336,00 (Seis mil trescientos treinta y seis 00/100 bolivianos) |
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La contratación se formalizará mediante |
: |
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Contrato |
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Garantía de Cumplimiento de Contrato |
: |
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El proponente adjudicado deberá constituir la garantía de cumplimiento de contrato por el 7% del monto del contrato, el cual podrá ser una de las señaladas en el Art.20 de las NB.SABS, (Boleta de Garantía, Boleta de Garantía a Primer Requerimiento o Póliza de Seguro de Caución a Primer Requerimiento). Estas garantías deberán expresar su carácter de renovable, irrevocable y de ejecución inmediata; ó solicitar la retención del siete por ciento (7%) de cada pago. |
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Organismo Financiador |
: |
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Nombre del Organismo Financiador (de acuerdo al clasificador vigente) |
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% de Financiamiento |
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Recursos propios del BCB |
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100 |
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Los interesados podrán recabar el Documento Base de Contratación (DBC) en el sitio Web del SICOES y obtener información de la entidad de acuerdo con los siguientes datos: |
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Horario de atención de la entidad |
: |
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De horas 08:30 a horas 16:30 |
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Nombre Completo |
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Cargo |
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Dependencia |
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Encargado de atender consultas Administrativas |
: |
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Xxxxxxx Xxxxx Xxxx |
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Profesional en Compras y Contrataciones |
|
Dpto. de Compras y Contrataciones |
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Técnicas |
: |
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Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx |
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Técnico Legal, Civil, Comercial y Bancos en Liquidación |
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Gerencia de Asuntos Legales |
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Domicilio fijado para el proceso de contratación por la entidad convocante |
: |
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Piso 7 del Edificio Principal del BCB, ubicado Xxxxx Xxxxxxxx xxxxxxx Xxxxxxx Xx Xxx -Xxxxxxx |
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Teléfono |
: |
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0000000 – Internos 4736 (Consultas Administrativas) y 1231 (Consultas Técnicas) |
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Fax |
: |
|
0000000 – 0000000 |
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Correo electrónico para consultas |
: |
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xxxxxx@xxx.xxx.xx o xxxxx@xxx.xxx.xx (Consultas Administrativas) xxxxxxxxx@xxx.xxx.xx (Consultas Técnicas) |
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El cronograma de plazos previsto para el proceso de contratación, es el siguiente: |
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# |
ACTIVIDAD |
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FECHA |
HORA |
LUGAR Y DIRECCIÓN |
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Día/Mes/Año |
Hora:Min |
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1 |
Publicación del DBC en el SICOES y en la Mesa de Partes* |
: |
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07/03/12 |
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2 |
Fecha límite de presentación y Apertura de Cotizaciones * |
: |
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14/03/12 |
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15:00 |
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Presentación de Cotizaciones: Ventanilla Única de Correspondencia, – PB del Edificio del BCB.
Apertura de Sobres:
Piso 7, Dpto. de Compras y Contrataciones del BCB. |
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3 |
Adjudicación o Declaratoria Desierta |
: |
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04/04/12 |
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4 |
Notificación |
: |
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09/04/12 |
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5 |
Presentación de documentos para suscripción de contrato |
: |
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17/04/12 |
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6 |
Suscripción de contrato |
: |
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27/04/12 |
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(*) Estas fechas son fijas en el proceso de contratación
CONDICIONES Y TÉRMINOS DE REFERENCIA REQUERIDOS PARA EL SERVICIO DE CONSULTORÍA
El proponente, a objeto de cumplir con la presentación de su cotización [inciso b), numeral 8, Parte I del presente DBC], debe cumplir con los Términos de Referencia detallados a continuación:
TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA LA CONTRATACIÓN DE UN CONSULTOR INDIVIDUAL DE LÍNEA PARA EL PERFECCIONAMIENTO DEL DERECHO PROPIETARIO DE INMUEBLES DEL BANCO CENTRAL DE BOLIVIA
ANTECEDENTES Y JUSTIFICACIÓN |
La Gerencia de Asuntos Legales tiene como una de sus funciones, el brindar asesoramiento legal a las diferentes áreas del BCB en las distintas materias del derecho, así como entre otras actividades, la de la recuperación judicial de las carteras de créditos recibidas del ex BBA y otros bancos en liquidación, cedidos por dichas entidades a título de dación en pago.
El BCB ha recibido en dación en pago de las entidades mencionadas, varios bienes inmuebles y se ha adjudicado otros, dentro de los procesos judiciales de recuperación de los créditos cedidos, los cuales deben ser dispuestos conforme normativa vigente, previa regularización del derecho propietario del BCB sobre los mismos, sea para su transferencia al Tesoro General de la Nación según el Decreto Supremo 29551 de 08 xx xxxx de 2008 o para su activación como bienes propios de la entidad.
Dado el volumen importante de bienes inmuebles existentes, pendientes de regularización y perfeccionamiento del derecho propietario a favor del BCB, se hace necesaria la contratación temporal de un abogado en el marco del D.S. 181, bajo la modalidad de “Consultor de Línea” para efectuar la revisión, regularización de registros de derecho propietario y elaboración de los documentos de transferencia respectivos y/o trámites administrativos de activación de bienes, aspecto que permitirá el cumplimiento a la Gerencia de Asuntos Legales, con sus funciones y objetivos.
OBJETIVO DE LA CONSULTORIA |
Contratar, en calidad de Consultor Individual de Línea a 1 (un) abogado con conocimientos específicos en Derecho Civil y Comercial, y experiencia en gestiones de regularización de derecho propietario de bienes inmuebles así como en la ejecución de trámites administrativos y judiciales, cuyo propósito sea el perfeccionamiento del derecho propietario de los inmuebles de propiedad del BCB en La Paz y en todo el interior del país.
FUNCIONES DEL CONSULTOR |
Las funciones del CONSULTOR, de manera enunciativa y no limitativa, serán las siguientes:
La regularización en los registros correspondientes del derecho propietario de los bienes inmuebles recibidos por el BCB del ex BBA y los adjudicados judicialmente en la recuperación de créditos de dicha entidad, formando carpetas individuales de cada inmueble.
La regularización en los registros correspondientes del derecho propietario de los inmuebles recibidos en dación en pago de entidades financieras en liquidación (Cartera Antigua en Xxxx y ex INALPRE), y los adjudicados en la recuperación judicial de créditos de dichas entidades, formando carpetas individuales de cada inmueble.
Verificación y revisión de la documentación técnica y legal de las carpetas correspondientes a bienes inmuebles realizables a ser dispuestos por el BCB conforme a normativa vigente.
Elaboración de memoriales, requerimientos formales, informes, comunicaciones internas y externas, y minutas de transferencia de bienes inmuebles.
El seguimiento oportuno a la labor de los abogados de planta del BCB y abogados externos en todas las oficinas regionales: Xx Xxx, Xxxxx, Xxxxxxxxxx x Xxxxx Xxxx, relativa a la conclusión de trámites de registro de derecho propietario de bienes realizables, coadyuvando en su conclusión.
El inicio de acciones judiciales relacionadas a la recuperación y/o consolidación del derecho propietario del BCB sobre bienes inmuebles.
La gestión de labores judiciales y administrativas relacionadas a los inmuebles provenientes de la cartera del ex BBA, Cartera Antigua en Xxxx y el ex INALPRE.
Otras que le sean asignadas por la CONTRAPARTE.
CONTRAPARTE |
El Consultor de Línea realizará el trabajo bajo la supervisión de la Gerencia de Asuntos Legales, a través de la Abogada de Mandatos, Fideicomisos y Bancos en Venta Forzosa, dependiente de la Subgerencia de Asuntos Jurídicos.
Las funciones principales de la Contraparte incluyen de manera enunciativa:
Controlar y supervisar el trabajo desarrollado por el consultor.
Verificar y dar visto bueno a los informes mensuales de actividades presentados por el consultor y cualquier otro informe que sea requerido por la Gerencia de Asuntos Legales.
Instruir el inicio de acciones legales relativas y/o vinculadas al objeto de la consultoría.
Coordinar y asignar tareas relacionadas con el objeto del servicio de consultoría.
OBLIGACIONES DEL CONSULTOR:
Informes mensuales de las actividades que desarrolle.
Informes mensuales de la situación de los procesos judiciales a su cargo, relacionados con el propósito de la consultoría.
Otros que le solicite la Contraparte relacionados con el objeto del servicio de consultoría.
El Consultor presentará los informes mensuales detallados en los incisos a) y b) dentro los cinco (5) primeros días hábiles del mes siguiente al mes vencido.
RESPONSABILIDAD |
En el marco de la Ley 1178 de Administración y Control Gubernamental.
OTRAS CONDICIONES DE LA CONTRATACIÓN |
REMUNERACIÓN: La suma de Bs76.032,00 (Setenta y seis mil 00/100 Bolivianos), dividida en doce (12) cuotas mensuales de Bs6.336.- (Seis mil trescientos treinta y seis 00/100 Bolivianos) cada una.
DURACIÓN DE LA CONSULTORIA: 12 (Doce) meses a partir del primer día hábil siguiente a la suscripción del contrato.
DISPOSICIÓN: Inmediata.
LUGAR DE TRABAJO: Gerencia de Asuntos Legales del BCB.
HORARIO DE TRABAJO: El horario de trabajo será el de los servidores públicos de planta del BCB, el cual podrá ser extendido según las necesidades y el trabajo pendiente de realización.
ALMUERZO Y TRANSPORTE: El Consultor tendrá derecho a los servicios de almuerzo y transporte que el BCB brinda a sus funcionarios.
NATURALEZA DE LA CONTRATACIÓN: Exclusivamente sujeta al ámbito del derecho administrativo.
FORMA DE PAGO: Los pagos serán mensuales y serán realizados previa aprobación por la Contraparte, de los informes emitidos por el Consultor.
RECURSOS: Propios del Banco Central de Bolivia.
IMPUESTOS: Dependiendo del Régimen en que se encuentre el consultor contratado.
GASTOS DE TRAMITACIÓN ADMINISTRATIVA Y JUDICIAL.- Proporcionados por el BCB con cargo a rendición de cuentas.
GARANTÍA.- La Garantía ofrecida por cada consultor deberá ajustarse a las previsiones señaladas en los artículos 20 y 21 del D.S. 181 de 28/06/09, pudiendo ser el descuento del 7% de cada pago mensual.
La garantía será consolidada a favor del BCB si el Consultor incumple el contrato o hace abandono injustificado de sus tareas encomendadas por más de 3 (tres) días hábiles consecutivos o 6 (seis) discontinuos durante la vigencia del Contrato de Consultoría y dará lugar a su inmediata resolución.
PERFIL PROFESIONAL Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN |
Considerando las características de la contratación, el Consultor deberá cumplir los siguientes requisitos:
El o la consultora deberá contar con Título en Provisión Nacional de Abogado (criterio de evaluación habilitante).
Deberá contar Matrícula profesional del Colegio de Abogados y/o el Ministerio de Justicia (criterio de evaluación habilitante).
Contar con una experiencia profesional general de 3 años.
Contar con experiencia específica en asesoramiento y/o patrocinio de juicios en materia civil y/o comercial y/o regularización de derecho propietario de bienes inmuebles de por lo menos de 2 años.
Conocimientos en Derecho Civil y Comercial
Conocimientos de Derecho Procesal Civil.
Conocimientos de la normativa financiera y bancaria.
La evaluación de los conocimientos requeridos, la experiencia general y específica y se realizará tomando en cuenta los documentos de respaldo presentados y la calificación sobre 100 puntos establecida en el “Cuadro de evaluación de la calidad y propuesta técnica”.
Las propuestas que se presenten para ejecutar la consultoría deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos señalados mediante la presentación de la hoja de vida documentada.
PARTE III
ANEXO 1
FORMULARIO N° 1
DATOS DEL PROPONENTE Y DECLARACIÓN JURADA PARA PERSONAS NATURALES
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Señalar el número xx XXXX que aparece en la convocatoria |
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2 |
- |
0 |
9 |
5 |
1 |
- |
0 |
0 |
- |
2 |
9 |
8 |
0 |
3 |
2 |
- |
1 |
- |
1 |
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Señalar el objeto de la Contratación que aparece en la convocatoria |
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CONTRATACIÓN DE UN CONSULTOR INDIVIDUAL DE LÍNEA PARA EL PERFECCIONAMIENTO DEL DERECHO PROPIETARIO DE INMUEBLES DEL BANCO CENTRAL DE BOLIVIA |
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(*)Validez de la propuesta Señalar el tiempo de validez de la propuesta (mínimo 60 días calendario) |
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Nombre del proponente |
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Domicilio del proponente fijado para la contratación |
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Teléfonos |
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Fax (sólo si tiene) |
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Casilla (sólo si tiene) |
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Correo electrónico (sólo si tiene) |
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Cédula de Identidad
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Número de Identificación Tributaria (sólo si tiene) |
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(*) En caso de que el proponente no señale el plazo de validez, se consignará que acepto el plazo mínimo requerido con solo firmar el presente formulario. Sin embargo, si el plazo de validez ofertado es inferior al requerido, su propuesta será descalificada.
(Firma del Proponente en caso de Personas Naturales)
(Nombre completo)
ANEXO 2
FORMULARIO DE EVALUACIÓN DE LA CALIDAD Y PROPUESTA TÉCNICA
REQUISITOS HABILITANTES(*) |
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Contar con Título en Provisión Nacional de Abogado y registro en el Colegio de Abogados y/o Ministerio de Justicia. |
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REQUISITOS CALIFICABLES |
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Experiencia Profesional General |
PUNTAJE |
30 puntos |
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0 puntos 30 puntos |
Experiencia Específica en asesoramiento y/o patrocinio de juicios en materia civil y/o comercial y/o regularización de derecho propietario de bienes inmuebles |
40 puntos |
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0 puntos 40 puntos |
Entrevista |
30 puntos |
Será realizada por el Subgerente de Asuntos Jurídicos y el Coordinador Civil – Comercial, referida a conocimientos sobre regularización de derecho propietario de bienes inmuebles y materias civil, procesal civil y comercial. |
30 puntos |
TOTAL |
100 puntos |
(*) Estos criterios habilitantes serán evaluados tomando en cuenta los documentos y requisitos mínimos establecidos en los Términos de Referencia.
ADJUDICACION
La consultoría será adjudicada al profesional que cumpla con los requisitos señalados en el numeral referido a “Perfil profesional y criterios de evaluación”, y obtengan un porcentaje superior al 70% de conformidad a lo establecido en el “Cuadro de evaluación de la calidad y propuesta Técnica”, bajo la Modalidad de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo (ANPE), mediante solicitud de cotizaciones o propuestas, prevista en los artículos 55 al 58 del D.S. 181 de 28/06/09 y, en los artículos 13 al 15 del Reglamento Específico de Bienes y Servicios del Banco Central de Bolivia, aprobado mediante Resolución de Directorio N° 008/2010 de 5/01/10.
ANEXO 3
MODELO DE CONTRATO SANO N° 031/2012
“Contrato Administrativo de Servicio de Consultoría Individual de Línea para el Perfeccionamiento del Derecho Propietario de Inmuebles del Banco Central de Bolivia”, sujeto al tenor de las siguientes cláusulas:
CLÁUSULA PRIMERA.- (DE LAS PARTES) Las partes CONTRATANTES son:
El BANCO CENTRAL DE BOLIVIA, con NIT Nº 1016739022, con domicilio en la calle Ayacucho esquina Mercado s/n de la zona central, en la ciudad de La Paz – Bolivia, representado legalmente por el Lic. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx en calidad de Subgerente de Servicios Generales, con Cedula de Identidad Nº 141273, emitida en la ciudad de La Paz en mérito a la Resolución PRES - GAL N° 001/2010 de 28 de enero de 2010, que en adelante se denominará la ENTIDAD.
El ……………. con Cédula de Identidad N° ……………. expedida en la ciudad de …………., con domicilio en la ……………N° …………………, de la zona de …………….. de la ciudad de …………………. -Bolivia, en adelante denominado el CONSULTOR.
La ENTIDAD y el CONSULTOR en su conjunto serán denominados las PARTES.
CLÁUSULA SEGUNDA.- (ANTECEDENTES) La ENTIDAD, mediante ……………….., proceso realizado bajo las normas y regulaciones de contratación establecidas en el Decreto Supremo N° 0181, de 28 xx xxxxx de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS) y el Documento Base de Contratación (DBC), para la Contratación de Servicio de Consultoría, en la Modalidad de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo ANPE N° , convocó en fecha ……de 2012 a personas naturales con capacidad de celebrar actos jurídicos, a presentar propuestas para el perfeccionamiento del derecho propietario de inmuebles de la ENTIDAD, con Código Único de Contratación Estatal (CUCE) ……………. en base a lo solicitado en el DBC.
Concluido el proceso de evaluación de propuestas, el Responsable del Proceso de Contratación de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo (RPA), en base al Informe Final N° ……………….. de fecha ………………, resolvió adjudicar mediante ………….. de fecha ……………… la prestación del Servicio al CONSULTOR, al cumplir su propuesta con todos los requisitos establecidos en el DBC.
CLÁUSULA TERCERA.- (OBJETO) El objeto del presente contrato es la prestación del servicio de perfeccionamiento del derecho propietario de inmuebles de la ENTIDAD en La Paz y en todo el interior del país, que en adelante se denominará la CONSULTORÍA, provista por el CONSULTOR de conformidad con los Términos de Referencia, la Propuesta Adjudicada con estricta y absoluta sujeción a este Contrato y de acuerdo a las siguientes especificaciones:
3.1 Las funciones del CONSULTOR, de manera enunciativa y no limitativa, serán las siguientes:
La regularización en los registros correspondientes del derecho propietario de los bienes inmuebles recibidos por la ENTIDAD del ex BBA y los adjudicados judicialmente en la recuperación de créditos de dicha entidad, formando carpetas individuales de cada inmueble.
La regularización en los registros correspondientes del derecho propietario de los inmuebles recibidos en dación en pago de entidades financieras en liquidación (Cartera Antigua en Xxxx y ex INALPRE), y los adjudicados en la recuperación judicial de créditos de dichas entidades, formando carpetas individuales de cada inmueble.
Verificación y revisión de la documentación técnica y legal de las carpetas correspondientes a bienes inmuebles realizables a ser dispuestos por la ENTIDAD conforme a normativa vigente.
Elaboración de memoriales, requerimientos formales, informes, comunicaciones internas y externas, y minutas de transferencia de bienes inmuebles.
El seguimiento oportuno a la labor de los abogados de planta de la ENTIDAD y abogados externos en todas las oficinas regionales: Xx Xxx, Xxxxx, Xxxxxxxxxx x Xxxxx Xxxx, relativa a la conclusión de trámites de registro de derecho propietario de bienes realizables, coadyuvando en su conclusión.
El inicio de acciones judiciales relacionadas a la recuperación y/o consolidación del derecho propietario de la ENTIDAD sobre bienes inmuebles.
La gestión de labores judiciales y administrativas relacionadas a los inmuebles provenientes de la cartera del ex BBA, Cartera Antigua en Xxxx y el ex INALPRE.
Otras que le sean asignadas por la CONTRAPARTE.
3.2 El CONSULTOR entregará a la CONTRAPARTE los siguientes informes:
Informes mensuales de Actividades que desarrolle.
Informes mensuales de la situación de los procesos judiciales a su cargo, relacionados con el propósito de la CONSULTORÍA.
Otros que le solicite la CONTRAPARTE relacionados con la CONSULTORIA.
El CONSULTOR presentará los informes mensuales detallados en los incisos a) y b) dentro los cinco (5) primeros días hábiles del mes siguiente al mes vencido.
3.3 Los Gastos de Tramitación Administrativa y Judicial serán proporcionados por la ENTIDAD, con cargo a rendición de cuentas.
3.4 Horario: El horario de la CONSULTORIA será el de los servidores públicos de planta de la ENTIDAD, el cual podrá ser extendido según las necesidades y el trabajo pendiente de realización.
Refrigerio y Transporte: La ENTIDAD concederá los servicios de refrigerio y transporte que presta a sus funcionarios.
CLÁUSULA CUARTA.- (RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DEL CONSULTOR) El CONSULTOR se compromete y obliga a efectuar la prestación de la CONSULTORÍA, objeto del presente Contrato de acuerdo a lo establecido en los Términos de Referencia y en las condiciones generales de su propuesta que forman parte del presente documento, así como a los términos y condiciones de este Contrato, incluyendo las siguientes obligaciones:
Realizar la CONSULTORÍA, objeto del presente CONTRATO, en forma eficiente, oportuna y en el lugar de destino convenido de acuerdo a los Términos de Referencia.
Mantener vigente la garantía presentada.
Cumplir cada una de las cláusulas del presente Contrato.
Responsabilidad Técnica: El CONSULTOR asume la responsabilidad técnica absoluta, de los servicios profesionales prestados bajo el presente contrato, conforme lo establecido en los Términos de Referencia y propuesta técnico-económica, por lo que deberá desarrollar su trabajo conforme a las más altas normas técnicas de competencia profesional, conforme a las leyes, normas de conducta y costumbres locales. En consecuencia el CONSULTOR garantiza y responde del servicio prestado bajo este Contrato, por lo que en caso de ser requerida su presencia por escrito, para cualquier aclaración, de forma posterior a la liquidación del contrato, se compromete a no negar su participación.
En caso de no responder favorablemente a dicho requerimiento, hará conocer a la Contraloría General del Estado, para los efectos legales pertinentes, en razón de que el servicio ha sido prestado bajo un contrato administrativo, por lo cual el CONSULTOR es responsable ante el Estado.
El CONSULTOR, en ningún caso efectuará pagos a terceros, ni aceptará pagos indirectos de terceros, en relación con el servicio objeto de este Contrato, o con los pagos que de estos deriven.
No deberá tener vinculación alguna con empresas, organizaciones, funcionarios públicos o personas que puedan potencialmente o de hecho, derivar beneficio comercial del servicio encomendado al CONSULTOR, o de los resultados o recomendaciones de éste.
Bajo esta responsabilidad se establece que el CONSULTOR, se hará pasible a las sanciones legales pertinentes, cuando se haya establecido su culpabilidad, por la vía legal correspondiente.
4.5 Responsabilidad Civil: El CONSULTOR será el único responsable por reclamos judiciales y/o extrajudiciales efectuados por terceras personas que resulten de actos u omisiones relacionadas exclusivamente con la prestación del servicio bajo este Contrato.
XXXXXXXX XXXXXX.- (DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO) Para cumplimiento del presente Contrato, forman parte del mismo los siguientes documentos:
Términos de Referencia.
Propuesta Adjudicada.
Preventivo N° …
Garantía.
CLÁUSULA SEXTA.- (VIGENCIA) La vigencia del presente contrato, se extenderá desde su suscripción, hasta que la Gerencia de Administración de la ENTIDAD emita el Certificado de Cumplimiento de Contrato.
CLÁUSULA SÉPTIMA.- (GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO) A la suscripción del contrato, el CONSULTOR, garantiza el fiel cumplimiento del presente Contrato en todas sus partes con ______________ a la orden de la ENTIDAD, por el siete por ciento (7%) del monto del contrato que corresponde a ____ 00/100 Bolivianos (Bs___,__) ______, con vigencia a partir de la firma de contrato, hasta la conclusión del mismo. (O retención, dependiendo de la garantía ofrecida por el CONSULTOR).
En caso de que el CONSULTOR, incurriere en algún tipo de incumplimiento contractual, el importe de dicha garantía, será pagado en favor de la ENTIDAD, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial, a su solo requerimiento.
CLÁUSULA OCTAVA.- (PLAZO DE PRESTACIÓN DE LA CONSULTORÍA) El CONSULTOR prestará el servicio de CONSULTORÍA de forma satisfactoria, en estricto acuerdo con los Términos de Referencia, y el presente contrato, por el plazo de doce (12) meses computables a partir del primer día hábil siguiente a la suscripción del presente Contrato.
CLÁUSULA NOVENA (LUGAR DE PRESTACIÓN DE LA CONSULTORIA) El CONSULTOR prestará el servicio de CONSULTORÍA en Gerencia de Asuntos Legales en el Edificio Principal de la ENTIDAD.
CLÁUSULA DÉCIMA.- (DEL MONTO Y FORMA DE PAGO) El monto total propuesto y aceptado por las PARTES para la ejecución de la CONSULTORÍA objeto del presente contrato es de Setenta y Seis Mil Treinta y Dos 00/100 Bolivianos (Bs76.032,00), monto que será cancelado en doce (12) pagos mensuales de Seis Mil Trescientos Treinta y Seis 00/100 Bolivianos (Bs6.336,00) cada uno, previa aprobación por la CONTRAPARTE, de los informes emitidos por el CONSULTOR.
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA.- (ESTIPULACIÓN SOBRE IMPUESTOS) Correrá por cuenta del CONSULTOR el pago de todos los impuestos vigentes en el país a la fecha de presentación de su propuesta.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA.- (FACTURACIÓN) Para que se efectúe el pago, el CONSULTOR deberá emitir la respectiva factura oficial por el monto del pago a favor de la ENTIDAD, caso contrario la ENTIDAD deberá retener los montos de obligaciones tributarias pendientes, para su posterior pago al Servicio de Impuestos Nacionales (Dependiendo del Régimen del CONSULTOR).
De igual forma y de conformidad con lo determinado en el artículo 8 del Reglamento de Desarrollo Parcial a la Ley N° 065 aprobado por Decreto Supremo N° 0778, de 26 de enero de 2011, para que se efectúe el pago, el CONSULTOR deberá presentar a la Gerencia de Administración de la ENTIDAD el comprobante de pago de contribuyente al Sistema Integral de Pensiones.
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA.- (PREVISIÓN) El Contrato sólo podrá modificarse mediante un Contrato Modificatorio, establecido en el artículo 89 del Decreto Supremo N° 0181, de 28 xx xxxxx de 2009, de las NB-SABS. Las causas modificatorias deberán ser sustentadas por informes técnicos y legales que establezcan la viabilidad técnica y de financiamiento.
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA.- (CESIÓN) El CONSULTOR no podrá transferir parcial, ni totalmente las obligaciones contraídas en el presente Contrato, siendo de su entera responsabilidad la ejecución y cumplimiento de las obligaciones establecidas en el mismo.
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA.- (CONFIDENCIALIDAD) Los materiales producidos por el CONSULTOR así como la información a la que este tuviere acceso, durante o después de la ejecución presente contrato tendrá carácter confidencial, quedando expresamente prohibida su divulgación a terceros, a menos que cuente con un pronunciamiento escrito por parte de la ENTIDAD en sentido contrario.
Asimismo, el CONSULTOR reconoce que la ENTIDAD es la única propietaria de los productos y documentos producidos por el CONSULTOR, producto del presente Contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA.- (EXONERACIÓN A LA ENTIDAD DE RESPONSABILIDADES POR DAÑO A TERCEROS) El CONSULTOR se obliga a tomar todas las previsiones que pudiesen surgir por daño a terceros, se exonera de estas obligaciones a la ENTIDAD.
CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA.- (EXTINCIÓN DEL CONTRATO) Se dará por terminado el vínculo contractual por una de las siguientes modalidades:
Por Cumplimiento de Contrato:
Tanto la ENTIDAD como el CONSULTOR darán por terminado el presente Contrato, una vez que ambas PARTES hayan dado cumplimiento a todas y cada una de las cláusulas contenidas en el mismo, lo cual se hará constar por escrito.
Por Resolución del contrato:
A requerimiento de la ENTIDAD, por causales atribuibles al CONSULTOR:
Por incumplimiento de las tareas encomendadas al CONSULTOR por más de tres (3) días hábiles consecutivos o seis (6) días discontínuos.
A requerimiento del CONSULTOR, por causales atribuibles a la ENTIDAD:
Si apartándose de los términos del Contrato, la ENTIDAD pretende efectuar modificaciones a los Términos de Referencia.
Por incumplimiento injustificado en los pagos, por más de noventa (90) días calendario computados a partir de la fecha en que debieron hacerse efectivos.
Por instrucciones injustificadas emanadas por la ENTIDAD para la suspensión de la CONSULTORÍA por más de treinta (30) días calendario.
17.2.3 Reglas aplicables a la Resolución:
Para procesar la resolución del Contrato por cualquiera de las causales señaladas, la garantía debe estar plenamente vigente y la ENTIDAD o el CONSULTOR darán aviso escrito mediante carta notariada, a la otra parte, con la resolución del Contrato, estableciendo claramente la causal que se aduce.
Esta carta dará lugar a que cuando la resolución sea por causales imputables al CONSULTOR, se consolide a favor de la ENTIDAD la Garantía de Cumplimiento de Contrato.
La ENTIDAD, procederá a establecer los montos reembolsables al CONSULTOR por concepto de servicio satisfactoriamente efectuada.
Por causas de fuerza mayor o caso fortuito que afecten a la ENTIDAD o al CONSULTOR:
Si se presentaran situaciones de fuerza mayor o caso fortuito que imposibiliten la prestación del servicio o vayan contra los intereses del Estado, se resolverá el Contrato total o parcialmente, mediante carta notariada.
Cuando se efectúe la resolución del contrato se procederá a una liquidación de saldos deudores y acreedores de ambas PARTES, efectuándose los pagos a que hubiere lugar, conforme la evaluación del grado de cumplimiento de los términos de referencia.
CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA.- (SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS) En caso de surgir dudas sobre los derechos y obligaciones de las PARTES durante la ejecución del presente contrato, las PARTES acudirán a los términos y condiciones de los Términos de Referencia y la propuesta adjudicada, sometidas a la Jurisdicción Coactiva Fiscal.
CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA.- (SUPERVISIÓN DEL SERVICIO) Con el objeto de realizar el seguimiento y control del servicio a ser prestado por el CONSULTOR, el área solicitante designó a la Abogada de Mandatos, Fideicomisos y Bancos de Venta Forzosa, dependiente de la Subgerencia de Asuntos Jurídicos de la ENTIDAD como la CONTRAPARTE.
Las funciones específicas de la CONTRAPARTE son:
Controlar y supervisar el trabajo desarrollado por el CONSULTOR.
Verificar y dar visto bueno a los informes mensuales de actividades presentados por el consultor y cualquier otro informe que sea requerido por la Gerencia de Asuntos Legales de la ENTIDAD.
Instruir el inicio de acciones legales relativas y/o vinculadas al objeto de la CONSULTORÍA.
Coordinar y asignar tareas relacionadas con la CONSULTORIA.
CLÁUSULA VIGÉSIMA.- (CIERRE DEL CONTRATO) Una vez vencido el plazo de prestación de la CONSULTORIA y emitido el Informe de Conformidad por la CONTRAPARTE, la Gerencia de Administración de la ENTIDAD, procederá a la devolución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato y al cierre de contrato que será acreditado con un Certificado de Cumplimiento de Contrato.
CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA.- (CONSENTIMIENTO) En señal de conformidad y para su fiel y estricto cumplimiento, firmamos el presente Contrato, el Lic. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, en representación legal de la ENTIDAD y el/la ………………………………., en su calidad de CONSULTOR.
Este documento, conforme a disposiciones legales de control fiscal vigentes, será registrado ante la Contraloría General del Estado.
La Paz, ………………………… de 2012.
Lic. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx XxxxxSubgerente de Servicios Generales BANCO CENTRAL DE BOLIVIA |
……………………….. X.X. Xx …………………. XXXXXXXXX |
XXX/XXX.
XXXXX 0
XXXXXX XX XXXXXXXXXX VITAE (REFERENCIAL)
CURRÍCULUM VITAE DEL PROPONENTE
Datos del Profesional:
Nombre completo: |
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C.I.: |
Expedido en: |
Fecha de nacimiento: |
Nacionalidad: |
Profesión: |
N° de NIT: (si corresponde) |
Actividad actual: |
N° de Teléfono fijo: |
Dirección: |
N° de Teléfono móvil: |
Disponibilidad inmediata: |
Si ( ) o No ( ) |
Formación Académica:
Universidad / Institución |
Grado Obtenido |
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Desde |
Desde |
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(Licenciatura con título en provisión nacional) |
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Experiencia general según lo especificado en el PERFIL PROFESIONAL Y CRITERIOS DE EVALUACION de los términos de referencia, acreditada con la presentación certificados de trabajo y/o contratos.
Institución / Empresa |
Objeto principal del Servicio |
Cargo |
Fechas |
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Desde |
Hasta |
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TOTAL |
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Experiencia especifica según lo especificado en el PERFIL PROFESIONAL Y CRITERIOS DE EVALUACION de los términos de referencia, acreditada con la presentación certificados de trabajo y/o contratos.
Institución / Empresa |
Objeto principal del Servicio |
Cargo |
Fechas |
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Desde |
Hasta |
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TOTAL |
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_________________________________________ (Firma y Nombre del Consultor) |
INSTRUCCIONES:
Se debe presentar en fotocopia simple la documentación que acredite la formación académica y experiencia detalla en el formulario.
No se considerará la información que no esté acompañada de sus correspondientes documentos de respaldo.