Contract
Ayuntamiento xx Xxxxxx-Xxxxxxxx | PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES ENTRE EL 27 DE ENERO Y EL 6 DE FEBRERO DE 2017, AMBOS INCLUSIVE | |||
Negociado ADL.- AGENCIA DE DESARROLLO LOCAL 73.- CAL | ||||
ADL11I01I | ÆADL/304/2016 | |||
Asunto | Interesado |
CONVENIO ACTE 2016 - 2017
0G116V683F0R3Q6Q0QAB
²0G116V683F0R3Q6Q0QAB?»
BASES GENERALES Y CONVOCATORIA DEL PROCESO DE SELECCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE UN PROSPECTOR/A EMPRESARIAL
PRIMERO: Objeto.
1.1. El presente documento establece las bases reguladoras y la convocatoria del proceso de selección de UN PROSPECTOR/A EMPRESARIAL a contratar para la cobertura de los objetivos del Proyecto ACTE (Acción Territorio Empresa), según convenio firmado entre el Ayuntamiento xx Xxxxxx Xxxxxxxx y la Sociedad de Desarrollo Regional de Cantabria (Sodercan).
Dicho convenio determina la voluntad de colaboración entre ambas administraciones para mejorar la información de las empresas industriales y de servicios de apoyo a la industria, referido a las líneas de ayudas a las que dichas empresas pueden acceder para la puesta en marcha de posibles proyectos de crecimiento, consolidación, modernización o internalización de las mismas.
Se realizarán actuaciones de presentación y difusión de las posibilidades de desarrollo de los proyectos, identificación de posibilidades de mejora, acompañamiento en la elaboración de los proyectos y en la tramitación de los mismos a las entidades competentes, con especial prioridad a las líneas de ayuda de Sodercan. Se realizarán visitas a las empresas, trabajando directamente con sus responsables, y se realizará una necesaria labor de intermediación entre las mismas y otras instituciones que propicien el desarrollo de sus proyectos.
La perdurabilidad del convenio vigente, y otros posibles que le den continuidad, va a estar sujeto a la voluntad manifestada por ambas administraciones, como así lo especifica la cláusula séptima del convenio. La decisión de prorrogar el convenio se adoptará con una antelación mínima de un mes sobre la fecha de finalización de la vigencia del mismo. Si llegada esa fecha no se hubiera adoptado acuerdo alguno, se considerará resuelto y extinguido con efectos a la fecha de cumplimiento de la vigencia del convenio.
Se seleccionará mediante el sistema de concurso-oposición, por el procedimiento de urgencia.
Las condiciones laborales se regirán por el Convenio Colectivo indicado en la Ficha que, como Anexo I, se incorporan al final del presente documento. La retribución del puesto de trabajo será la prevista en dicho convenio para la categoría indicada en el Anexo I Ficha del Puesto.
Con el objetivo de que los aspirantes conozca el proyecto, tareas y funciones a realizar, se incluye en la ficha descriptiva del puesto información relevante a estos efectos, así como, sobre el contenido y ámbito de conocimiento del que versará la prueba a superar.
1.2. Tipo de contrato:
Se concertará contrato laboral de obra y servicio determinado por la duración que figura en la ficha del puesto.
Para cualquier comunicación con este Ayuntamiento relativa a este procedimiento rogamos indique la siguiente
referencia: ADL/304/2016
ö1 13
Ayuntamiento xx Xxxxxx-Xxxxxxxx | PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES ENTRE EL 27 DE ENERO Y EL 6 DE FEBRERO DE 2017, AMBOS INCLUSIVE | |||
Negociado | ||||
ADL.- AGENCIA DE DESARROLLO LOCAL | ||||
73.- CAL | ||||
ADL11I01I | ÆADL/304/2016 |
El contrato que se suscriba contendrá un periodo de prueba de, al menos un mes, de conformidad y con los efectos establecidos en el artículo 14 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
La no superación del período de prueba será comunicada al empleado dentro del plazo señalado de un mes, mediante notificación escrita que le será entregada en comparecencia personal, y requerido para su recepción mediante firma de recibí, y contendrá sucinta referencia a la motivación de la no superación del período de prueba. Dicha comunicación deberá ir precedida del correspondiente informe motivado remitido por el Departamento responsable del proyecto con la suficiente antelación.
SEGUNDO: Requisitos de los aspirantes.
2.1. Para ser admitidos a las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a. Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o de un Estado al que, en virtud de Tratado Internacional celebrado por la Unión Europea y ratificado por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos previstos en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Empleado Público.
b. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. Los aspirantes que presenten certificado de discapacidad, deberán acreditar adicionalmente que la situación reconocida es compatible con los requerimientos del puesto de trabajo.
c. Tener cumplidos, en la fecha de la convocatoria, los dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima prevista para la jubilación forzosa.
d. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e. Estar en posesión de la titulación exigida y experiencia laboral mínima exigidos para el puesto de trabajo (Anexo I). En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente homologación. En caso de que el aspirante declare poseer una titulación equivalente a la requerida, deberá acreditar por sí mismo la equivalencia mediante la aportación de la disposición normativa que la establezca.
f. Disponer de carné de conducir tipo B y disponibilidad de vehículo
Para cualquier comunicación con este Ayuntamiento relativa a este procedimiento rogamos indique la siguiente
referencia: ADL/304/2016
ö2 13
Ayuntamiento xx Xxxxxx-Xxxxxxxx | PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES ENTRE EL 27 DE ENERO Y EL 6 DE FEBRERO DE 2017, AMBOS INCLUSIVE | |||
Negociado | ||||
ADL.- AGENCIA DE DESARROLLO LOCAL | ||||
73.- CAL | ||||
ADL11I01I | ÆADL/304/2016 |
g. Los requisitos de acceso adicionales que constan en el Anexo I Ficha del Puesto.
2.2. Los requisitos establecidos en las normas anteriores deberán poseerse en el momento de la formalización del contrato. La imposibilidad de acreditación de los mismos en ese momento supondrá la declaración del aspirante como decaído en todos sus derechos y su sustitución automática por la siguiente persona en la lista definitiva de resultados en el puesto de que se trate.
2.3. En materia de incompatibilidades para la contratación, resultará de aplicación la Ley 53/1984 y disposiciones concordantes.
TERCERO: Solicitudes.
3.1. Quienes deseen tomar parte en el proceso selectivo deberán solicitarlo mediante instancia de participación, según modelo recogido en el Anexo II, que se podrá descargar de la página web del Ayuntamiento xx Xxxxxx Xxxxxxxx (xxx.xxxxxx-xxxxxxxx.xxx).
Se establece como medio preferente de comunicación con los aspirantes, a todos los efectos, el medio telefónico, siendo de especial interés que los mismos faciliten en la instancia un número de teléfono, preferentemente móvil.
3.2. La solicitud, dirigida al Sr. Alcalde, se presentará en el Registro General del Ayuntamiento xx Xxxxxx Xxxxxxxx (Plaza del Ayuntamiento, nº1. Xxxxxx Xxxxxxxx) en horario de lunes a viernes, de 9:00
h. a 13:00 h, o en los restantes registros previstos en el art.38 de la Ley 30/1992 y artículo 31 del RD 1829/1999. Si la solicitud no se presentase en el Registro General del Ayuntamiento, el aspirante deberá remitir un mensaje de correo electrónico a la dirección xxx@xxxxxx-xxxxxxxx.xxx poniendo en conocimiento del Ayuntamiento los datos identificativos de su solicitud y el lugar a través del cual ha presentado su solicitud, y escaneando los documentos acreditativos de la posesión de los méritos alegados, en su caso.
3.3. El plazo de presentación de solicitudes será el indicado en la parte superior derecha a computar a partir del día siguiente a la publicación de estas Bases en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y página web institucional.
3.4. La instancia (Xxxxx XX) solicitando participar en el proceso selectivo deberá ir acompañada de:
a) Curriculum actualizado, acompañado de los documentos acreditativos de los méritos correspondientes, debiendo tener en consideración que no será tenido en cuenta ningún mérito que no haya sido debidamente justificado.
b) En su caso, Certificación de encontrase en situación de desempleo, como demandante de empleo, parado/a. Dicho certificado deberá ser emitido por la autoridad laboral competente y con una antigüedad máxima de 7 días naturales anteriores la fecha de presentación de la solicitud de participación en el proceso selectivo.
c) En su caso, Certificado de discapacidad, compatible con la actividad a desempeñar, emitido por el organismo competente y con un porcentaje de, al menos, el 33 %.
Para cualquier comunicación con este Ayuntamiento relativa a este procedimiento rogamos indique la siguiente
referencia: ADL/304/2016
ö3 13
3.5. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes no se admitirá ninguna documentación adicional, ni el aspirante será requerido de subsanación respecto de ninguno de los méritos que hayan sido alegados pero no documentados en el plazo de presentación de instancias.
CUARTO: Acreditación de los requisitos de acceso y méritos
4.1. Los requisitos de acceso se acreditarán mediante documento original o copia compulsada del documento correspondiente. En caso de alegar titulación equivalente a la requerida en la ficha, el aspirante acompañará a su titulación la normativa que contenga la equivalencia que alegue.
Dicha documentación únicamente será presentada por el candidato/a propuesto para la contratación y siempre previa a la firma del contrato, una vez finalizado el proceso selectivo.
De no ser aportada en ese momento, se entenderá por incumplida alguno o todos los preceptos de la Base 2.1 y, por tanto, el aspirante será declarado decaído en todos sus derechos.
Se observará una única excepción referida a la acreditación de la experiencia laboral. Se entiende necesaria la presentación de la misma en el momento de la solicitud debido a la necesidad de acreditar, cómo mérito, la parte de la misma no considerada como requisito de acceso.
4.2. Los cursos se acreditarán mediante fotocopia del certificado o diploma correspondiente, donde aparezca reflejada la duración del mismo. De igual manera, la titulación superior a la exigida será acreditada mediante fotocopia de la certificación de finalización de la misma o del propio título.
No se computarán aquellos cursos de ofimática o informática en general con fecha de impartición anterior al 1 de enero de 2010.
El voluntariado se acreditará mediante certificado expedido por el máximo titular de la organización/ente en el que se ha desarrollado la labor de voluntariado (con expresión en meses).
4.3. La experiencia laboral se acreditará mediante informe de vida laboral actualizado, acompañado de contratos de trabajo y/o certificado de empresa. Y en el caso de empleo autónomo se presentará alta en el correspondiente epígrafe de IAE, así como acreditación del ingreso de cuotas al RETA. No se considerará ningún periodo que no se acredite simultáneamente con documentos de Seguridad Social/Aeat, seguro de Voluntariado y contractuales o descriptivos de la categoría laboral por cuenta ajena, por cuenta propia, o de carácter voluntario.
4.4. Las dudas acerca de la titulación, experiencia o voluntariado serán solventadas previa consulta al Departamento responsable del proyecto y, subsidiariamente, previa consulta a los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento.
4.5 En cualquier caso, el órgano de selección solventará tales dudas atendiendo a los siguientes criterios:
- Experiencia por trabajo por cuenta xxxxx y voluntariado: primará lo específico sobre lo genérico. Cuando exista discordancia entre el contrato de trabajo por cuenta propia o documento análogo y el informe de Xxxx Xxxxxxx, prevalecerá éste sobre aquél. La acreditación de la experiencia no podrá colmarse tan sólo con la presentación de informe de Xxxx Xxxxxxx. Se atenderá a la equivalencia entre el Grupo de Cotización y la categoría profesional obrante en el contrato, certificado de empresa o documentos de similar carácter previamente aportados. Se atenderá a la denominación de la categoría laboral y su relación con las funciones del puesto convocado.
- Experiencia por trabajo por cuenta propia: no se valorara ninguna mensualidad que no se corresponda con el abono simultaneo de cuotas/tributos debidos.
Para cualquier comunicación con este Ayuntamiento relativa a este procedimiento rogamos indique la siguiente
referencia: ADL/304/2016
ö4 13
El órgano de selección motivará en el acta de las sesiones sus interpretaciones. El órgano de selección podrá acudir a normas reguladoras de las profesiones, a los usos y costumbres de cada sector profesional, a la consulta o examen del objeto social o fines de las empresas o entes en cuyo ámbito los aspirantes aleguen su experiencia…etc
QUINTO. Aspirantes provisional y definitivamente admitidos.
5.1. Todos los aspirantes presentados se considerarán provisionalmente admitidos a la prueba, atendiendo a la declaración responsable contenida en la instancia de participación. No obstante, tanto la admisión, como la prueba, sus calificaciones, propuesta de contratación y cuantos más actos se realicen por los aspirantes o por la Administración, se considerarán provisionales hasta la presentación en plazo que se establezca de los documentos originales acreditativos de los requisitos de acceso y de mérito a que se refiere la Base Segunda y la ficha de cada puesto, cuando el aspirante sea requerido al efecto, quedando sin efecto todos los trámites en caso de que el aspirante no acredite en tiempo y forma dichos requisitos y méritos.
SEXTO: Órganos de Selección.
6.1. Se establece la creación de un Órgano de Selección.
6.2. El Órgano de Selección, nombrado por la Alcaldía, estará compuesto por tres funcionarios xx xxxxxxx del Ayuntamiento xx Xxxxxx Xxxxxxxx con titulación mínima equivalente a Bachillerato y Ciclo Formativo de Grado Superior, integrados por un Presidente, un vocal y un secretario, con voz y voto. La composición nominal del Tribunal será la siguiente;
Órgano de Selección:
Presidente:
Titular: X. Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, funcionario xx xxxxxxx Técnico de Administración Especial adscrito al Departamento de Medio Ambiente.
Suplente: Dña. Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, funcionaria xx xxxxxxx Agente de Administración Especial adscrita al Departamento de Medio Ambiente.
Secretario:
Titular: Dña. Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, funcionaria xx xxxxxxx Administrativo de Administración General adscrita al Departamento de Intervención.
Suplente: Dña. Xxxxxx Xxxx Xxxxx, Secretaria del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx Xxxxxxxx Vocales:
Titular: Dña. Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, funcionaria xx xxxxxxx Técnico de Administración Especial adscrita al Departamento de Recursos Humanos.
Suplente; Dña. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxx, funcionaria xx xxxxxxx Auxiliar de Administración General adscrita al Departamento de Recursos Humanos.
6.3. El Órgano de Selección podrá designar con voz, pero sin voto, a colaboradores técnicos en calidad de asesores que se limitarán exclusivamente a prestar sus conocimientos y especialidad en labor de asistencia al Órgano de Selección. Asimismo, también podrán disponer la incorporación del
Para cualquier comunicación con este Ayuntamiento relativa a este procedimiento rogamos indique la siguiente
referencia: ADL/304/2016
ö5 13
personal de apoyo y seguridad que se estime oportuno en aras del buen desarrollo del proceso selectivo.
6.4. El Órgano de Selección resolverá por la mayoría de votos de sus miembros presentes, todas las dudas y propuestas que surjan para la aplicación de las normas contenidas en estas bases, y estará facultado para resolver las cuestiones que puedan suscitarse durante el proceso, así como para adoptar las medidas necesarias que garanticen el debido orden del mismo en todo lo no previsto en estas bases. Supletoriamente le resultará de aplicación la normativa contenida en la Ley 39/2015 y 40/2015.
Sus acuerdos serán impugnables en los supuestos y formas establecidas por la Ley 39/2015 y 40/2015.
6.5. Los miembros del Órgano de Selección deberán abstenerse de formar parte de los mismos cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en la Leyes 39/2015 y 40/2015, de conformidad con el art. 13.4 del Real Decreto 364/95, de 10 xx Xxxxx. Asimismo, los aspirantes podrán recusarles si concurriese alguna de aquellas circunstancias.
6.6. A efectos de asistencias a que se refiere el Real Decreto 462/2002, los miembros del órgano de selección tendrán la categoría segunda. En los mismos términos que los vocales del órgano de selección que los nombre serán retribuidos los colaboradores técnicos.
SÉPTIMO: Procedimiento Selectivo de concurso-oposición:
7.1 El proceso selectivo consistirá en una fase de concurso, que será previa, y otra de oposición.
7.2 La FASE DE CONCURSO consistirá en una puntuación de acuerdo con los baremos que se detallan:
7.2.1 FORMACIÓN máximo 3 puntos
Por cursos o prácticas de especialización en temas relacionados con las tareas a desempeñar; considerándose como tales las referidas a: Ofimática, archivo, realización de entrevistas, atención al cliente, elaboración e interpretación de cuestionarios y orientación laboral.
El sistema de valoración será:
- Cursos/prácticas ≥ 400 horas: 0,5 puntos
- Curso/practicas ≥ 250 horas y < 400 horas: 0,3 puntos
- Curso/prácticas ≥ 100 horas y < 250 horas: 0,2 puntos
- Curso/prácticas ≥ 25 horas y < 100 horas: 0,1 puntos
- Curso/prácticas < 25 horas: 0,05 puntos
Para cualquier comunicación con este Ayuntamiento relativa a este procedimiento rogamos indique la siguiente
referencia: ADL/304/2016
ö6 13
7.2.2. EXPERIENCIA PROFESIONAL máximo 4 puntos
• Experiencia específica - Por cada 6 meses completos de trabajo a jornada completa, en las tareas propias del puesto a desempeñar y enumeradas anteriormente; 0,50 puntos hasta un máximo de 3 puntos.
• Experiencia relacionada – Por cada 6 meses completos de trabajo a jornada completa, desarrollando otras tareas relacionadas con las del puesto a desempeñar, 0,15 puntos hasta un máximo de 1 punto. Se entenderá como experiencia relacionada el desempeño de labores administrativas y comerciales no específicamente relacionadas con el archivo, gestión administrativa y el manejo de bases de datos.
7.2.3. TITULACION SUPERIOR A LA EXIGIDA máximo 2 puntos
• Diplomatura, Licenciatura, Grado en la rama de Ciencias Sociales y Jurídicas: 2 puntos
7.2.4. DESEMPLEADO/A 0,5 punto
A la fecha de la solicitud, se podrá acreditar la situación de desempleado/a, demandante de empleo parado/a, según certificación de la administración laboral competente o Agencia de Colocación Autorizada.
7.2.5. DISCAPACIDAD 0,5 punto
Se podrá acreditar que se supera el 33 %, según certificación del órgano competente.
7.3. La puntuación máxima que un candidato podría obtener en la fase de oposición será: 10 puntos,
y será objeto de publicación antes de la celebración de la fase de oposición.
7.4. La FASE DE OPOSICIÓN comenzará con el llamamiento a los aspirantes que se celebrará en el lugar, día y hora que se establezca en la publicación de los candidatos definitivos, con su baremación correspondiente y consistirá en una prueba teórica, adoptará la forma de test, que estará referido al ámbito de conocimiento, titulación, cometido funcional y nivel del puesto según la ficha (Anexo I), comprendiendo un máximo de 40 preguntas de respuesta múltiple, que puntuarán hasta 40 puntos (1 punto por pregunta), con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una la correcta. Asimismo se consignarán 5 preguntas adicionales de reserva. Las respuestas incorrectas restarán 0,25 puntos. Las respuestas en blanco no supondrán penalización.
Para cualquier comunicación con este Ayuntamiento relativa a este procedimiento rogamos indique la siguiente
referencia: ADL/304/2016
ö7 13
7.5. El órgano de selección determinará la duración máxima de la prueba, y lo comunicará previamente a los aspirantes.
7.6. Para poder superar la prueba se debe obtener la puntuación mínima que el Órgano de selección determine y que habrá de comunicar a los aspirantes antes de la prueba. Las respuestas erróneas restarán una cuarta parte de la puntuación otorgada a cada respuesta correcta. Las preguntas no contestadas no sumarán ni restarán puntuación.
Es potestad del Órgano de Selección proponer fecha, hora y ubicación de la prueba por razones de operatividad y logística, que serán debidamente acreditados y justificados. Las nuevas fechas, horas y ubicaciones siempre serán publicadas en el tablón de anuncios y página web del Ayuntamiento xx Xxxxxx Xxxxxxxx con una antelación mínima de 48 horas previas a su efectividad.
7.7. Las personas que se presenten a las pruebas deberán personarse con el Documento Nacional de Identidad o Pasaporte en vigor y, en el caso de la prueba escrita, dotados de bolígrafo azul.
7.8. La nota final corresponderá con la puntuación obtenida en la prueba selectiva de la fase de oposición, a la que se sumarán los puntos obtenidos en la fase de concurso. Sólo se computarán ambas notas entre aquellos aspirantes que hayan obtenido la puntuación mínima exigida en la fase de oposición.
7.9. En caso de empate, prevalecerá la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición. De continuar el mismo, obtendrá la plaza aquel aspirante que hay obtenido mayor puntuación en el apartado de la experiencia profesional en la fase de concurso. De continuar el empate, serán tenidos en cuenta los siguientes criterios, y por este orden, personas con discapacidad y situación de desempleo. En el caso de que aun se mantuviera el empate, se procederá a realizar un sorteo.
OCTAVO: Publicación de puntuaciones y régimen de las reclamaciones.
8.1 Celebrado el proceso selectivo en sus términos, el órgano de selección hará público el listado provisional de puntuaciones, otorgando un plazo y determinando el régimen de reclamaciones en relación con las mismas. En dicha comunicación, se indicará el lugar y horario en que el órgano de selección recibirá a los aspirantes a estos efectos.
8.2 Resueltas las reclamaciones, el órgano de selección publicará las calificaciones definitivas, resueltos los empates en su caso, ordenando a los aspirantes de mayor a menor puntuación, y efectuando propuesta provisional de contratación a favor del aspirante que haya obtenido la mejor puntuación, constituyendo el resto de aspirantes que hayan llegado al final del proceso lista de reserva. Dicha lista de reserva lo será exclusivamente a los efectos de cobertura de renuncias, no superación del proceso de prueba de algún aspirante…etc, en relación a la contratación vinculada al procedimiento selectivo objeto de estas bases, no otorgando a los integrantes de la lista de reserva derecho alguno en relación a otros procesos de contratación.
Para cualquier comunicación con este Ayuntamiento relativa a este procedimiento rogamos indique la siguiente
referencia: ADL/304/2016
ö8 13
8.3 No obstante la publicación anterior, se contactará telefónicamente con el aspirante a fin de poner en su conocimiento la propuesta para la formalización de la contratación, así como, cuantos demás extremos resulten de interés a estos efectos.
NOVENO: Formalización de la contratación.
9.1. La contratación del aspirante se ordenará mediante Decreto del Sr. Alcalde-Presidente y se formalizará mediante el modelo de contrato a que se refiere la Base Primera.
9.2. El aspirante deberá acreditar previamente a la firma del contrato el cumplimiento de los requisitos de acceso especificados en la Base Segunda.
9.2. El aspirante acreditará su edad y nacionalidad mediante exhibición del original del DNI o Certificado de nacimiento. El aspirante suscribirá declaración jurada acreditativa de los extremos a que se refiere la Base Segunda letra d) en el momento de la contratación.
9.3. El aspirante acreditará el cumplimiento de la Base 2.1 f) y de la disponibilidad de un vehículo mediante la firma de declaración jurada.
DÉCIMO: Presentación Telemática.
10.1. Se podrá utilizar la presentación vía sede electrónica del Ayuntamiento xx Xxxxxx Xxxxxxxx en xxx.xxxxxx-xxxxxxxx.xxx, utilizando el trámite Solicitud General. Para poder usar esta vía es necesario disponer de un certificado digital. A dicha solicitud deberá adjuntar la documentación requerida (las extensiones permitidas son: doc, xls, ppt, pdf, rtf, sxw, abw, jpg, bmp, tiff, dxf, dgn, dwg, iee).
UNDÉCIMO: Exención de Tasa por derechos de examen
11.1. La participación en el proceso no se encuentra sujeta a abono de tasa por derechos de examen por considerarse la no concurrencia del hecho imponible previsto en el artículo 2 de la Ordenanza Fiscal reguladora de la citada tasa, debido a que, tratándose de políticas públicas de empleo dependientes de subvención, no se produce el acceso o la promoción de los aspirantes contratados a los Cuerpos y Escalas de Funcionarios ni a las categorías de personal laboral del Ayuntamiento xx Xxxxxx Xxxxxxxx o sus Organismos Autónomos.
DUODÉCIMO: Ley reguladora del proceso selectivo.
12.1. El sólo hecho de presentar instancia solicitando tomar parte en este proceso selectivo constituye sometimiento expreso de los aspirantes a las Bases reguladoras del mismo, que tiene consideración xx Xxx Reguladora de esta Convocatoria.
12.2. La presente convocatoria y sus anexos se regirán por las disposiciones del RDL 5/2015, Ley 30/1984, de 2 xx xxxxxx, Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx y disposiciones del R.D.L. 781/86, de 18 xx xxxxx,
R.D. 896/91, Estatuto de los Trabajadores y demás legislación aplicable junto con las presentes Bases y el Convenio señalado en la Base Primera.
Para cualquier comunicación con este Ayuntamiento relativa a este procedimiento rogamos indique la siguiente
referencia: ADL/304/2016
ö9 13
12.3. La presente convocatoria, bases y cuantos actos administrativos de ella se derivan y de la actuación del Órgano de selección, podrán ser impugnados por los interesados en los casos, forma y plazo establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas.
Xxxxxx Xxxxxxxx, 26 de enero de 2017
ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXXXX XXXXXXXX
Fdo.: Xxxxx Xxxxxxxx Xxxx – Xxxxx Xxxxxxxxx
Para cualquier comunicación con este Ayuntamiento relativa a este procedimiento rogamos indique la siguiente
referencia: ADL/304/2016
ö10 13
Denominación del Puesto | PROSPECTOR/A EMPRESARIAL |
Financiación | Convenio ACTE entre la Sociedad de Desarrollo Regional de Cantabria (Sodercan) y el Ayuntamiento xx Xxxxxx Xxxxxxxx |
Número de puestos | 1 |
Requisitos de acceso | Los exigidos en las Bases Experiencia laboral o voluntariado acreditable, de 1 año, en actividades administrativas o comerciales. |
Titulación mínima requerida | Bachillerato o Ciclos de Grado Superior de las siguientes familias profesionales: - Administración y Gestión - Comercio y Marketing |
Prueba selectiva fase oposición | Prueba teórica: examen tipo test Máximo 40 preguntas con 4 respuestas por pregunta, siendo una sola válida. |
Información sobre el puesto | Jornada de trabajo: 4 horas diarias, de lunes a viernes, en horario de mañana. Convenio de aplicación: Convenio de Oficinas y Despachos de Cantabria - Categoría Profesional: El relativo al grupo 3 nivel 1 del citado convenio. - Duración del contrato: vigencia del convenio - Período de prueba mínimo: 1 mes Principales funciones: - Labores de información a las empresas incluidas en el convenio, referidas principalmente a los programas de ayuda de Sodercan u otros organismos. - Recogida de información de proyectos potenciales de ser incluidos en algunos de esos programas de apoyo. - Derivación de los mismos a los técnicos de Sodercan y de la Agencia de Desarrollo Local xx Xxxxxx Xxxxxxxx - Actualización de las herramientas de recogida de información puestas a disposición para el proyecto ACTE |
Ámbito de conocimiento | La prueba tipo test versará sobre los siguientes contenidos: - Sodercan; fines, programas, líneas de ayuda. La información se encuentra en xxx.xxxxxxxx.xx - Programas y líneas de ayuda del Gobierno de Cantabria referidos a las empresas industriales y de servicios de apoyo a la industria. La información se encuentra en xxx.xxxxxxxxx.xx, en su apartado “Empresa” - Situación del suelo industrial en Cantabria: oferta, ayudas, PCTCAN. La información se encuentra en xxx.xxxxx.xx - Ayudas para el empleo y la formación del Servicio Cántabro de Empleo. La información se encuentra en www.empleacantabria..com y en xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx - Estructura y principales áreas de las páginas web de los siguientes estamentos: |
Para cualquier comunicación con este Ayuntamiento relativa a este procedimiento rogamos indique la siguiente
referencia: ADL/304/2016
ö11 13
o Portal de ayudas del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital: xxx.xxxxxxx.xxx.xx o Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial: xxx.xxxx.xx o Instituto Español de Comercio Exterior: xxx.xxxx.xx o Portal Europeo de la Pyme: xxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxx- business/finance/world/index_es.htm o - Programas de empleo y formación del Ayuntamiento xx Xxxxxx Xxxxxxxx. La información se encuentra en xxx.xxxxxx-xxxxxxxx.xxx dentro de los apartados de Agencia de Desarrollo Local, Escuela Taller y Talleres de Empleo |
Para cualquier comunicación con este Ayuntamiento relativa a este procedimiento rogamos indique la siguiente
referencia: ADL/304/2016
ö12 13
ANEXO II
SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN
NOMBRE Y APELLIDOS | |
DNI Nº | |
DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN | |
CÓDIGO POSTAL | |
LOCALIDAD | |
PROVINCIA | |
TELÉFONO DE CONTACTO (preferentemente móvil) | |
DECLARA que reúno los requisitos de acceso exigidos en la convocatoria (art. 69 Ley 39/2015) y
SOLICITA participar en el proceso de selección de personal para el siguiente perfil:
1 PROSPECTOR/A EMPRESARIAL
PERFIL
Y PRESENTA, junto a esta solicitud, la siguiente documentación:
Vida laboral, contratos, certificados de empresa o altas en RETA, documentos voluntariado Diplomas o certificados de cursos de formación
Certificado de situación de desempleo Certificado de discapacidad
*El aspirante que ostente la condición de discapacitado y requiera de algún tipo de adaptación para la realización de las pruebas debe describir brevemente las que precise en el siguiente espacio:
En Xxxxxx Xxxxxxxx, a __ de _ de 2017
Firma
EXCMO. SR. ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXX XXXXXXXX
Para cualquier comunicación con este Ayuntamiento relativa a este procedimiento rogamos indique la siguiente
referencia: ADL/304/2016
ö13 13