Resolución de Gerencia General
Resolución de Gerencia General
Nº 013-2009-GG-OSITRAN
PROCEDENCIA : Gerencia de Supervisión (GS)
MATERIA : Directiva para la Contratación Administrativa de Servicios del
Coordinador “In Situ” a fin de apoyar el Seguimiento, Monitoreo y Administración de los Contratos de Concesión y de Supervisión.
Lima, 23 xx xxxxx de 2009.
VISTOS:
La Nota Nº 040-09-GAL-OSITRAN, remitida a la Gerencia General con fecha 20 xx xxxxx de 2009, conteniendo el proyecto de Directiva para la Contratación Administrativa de Servicios del Coordinador “In Situ” a fin de apoyar el Seguimiento, Monitoreo y Administración de los Contratos de Concesión y de Supervisión.
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo establecido en el literal a) del Artículo 5º de la Ley Nº 26917, norma de creación de OSITRAN, éste tiene entre sus objetivos velar por el cabal cumplimiento de las obligaciones derivadas de los contratos de concesión vinculados a la infraestructura pública nacional de transporte;
Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 32º del Reglamento General de OSITRAN, aprobado por Decreto Supremo Nº 044-2006-PCM, corresponde al OSITRAN verificar el cumplimiento de las obligaciones legales, contractuales o técnicas por parte de las Entidades Prestadoras;
Que, asimismo dicha norma señala en su artículo 58º inciso c) que le corresponde al Gerente General organizar las actividades administrativas del OSITRAN;
Que, en correlación con lo antes mencionado, el artículo 12º inciso 1 del Reglamento Interno de Trabajo de OSITRAN, aprobado mediante acuerdo de Consejo Directivo Nº 372-223-06- CD-OSITRAN, señala que es competencia de la Administración determinar y designar los puestos de trabajo, así como las funciones y responsabilidades correspondientes;
Que, de conformidad con lo establecido en el proyecto de Directiva para la Contratación Administrativa de Servicios del Coordinador “In Situ” a fin de apoyar el Seguimiento, Monitoreo y Administración de los Contratos de Concesión y de Supervisión, este procedimiento tiene por objeto
establecer los requisitos, plazos y demás condiciones requeridas para la contratación administrativa de servicios.
Que, en tal virtud, con el fin de velar por el cabal cumplimiento de lo establecido en los Contratos de Concesión y en la normativa vigente, en cuanto a la supervisión sobre aspectos técnicos y operativos de las inversiones;
En su condición de máxima autoridad administrativa del OSITRAN, establecida en el artículo 27º de la Ley Nº 29142, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo Nº 043- 2006-PCM – Reglamento General del OSITRAN y el Manual de Organización y Funciones de OSITRAN, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 006-2007-CD-OSITRAN, que faculta a la Gerencia General la marcha administrativa de la institución y la implementación de políticas dentro del Marco establecido por el Consejo Directivo y la Presidencia;
RESUELVE:
PRIMERO.- Aprobar la Directiva para la Contratación Administrativa de Servicios del Coordinador “In Situ”, a fin de apoyar el Seguimiento, Monitoreo y Administración de los Contratos de Concesión y de Supervisión.
SEGUNDO.- Difundir la presente Resolución y la Directiva a que se refiere el Artículo 1º, en la Página Web de OSITRAN.
Regístrese, Comuníquese y Publíquese.
XXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXX
Gerente General
Reg. Sal. Nº GG-5222-09
NOMBRE DE LA DIRECTIVA | CODIGO | |||
DIRECTIVA PARA LA CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SEVICIOS (CAS) DEL COORDINADOR “IN SITU” A FIN DE APOYAR EL SEGUIMIENTO, MONITOREO Y ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO DE CONCESION Y DE SUPERVISIÓN | DIR-GS-001-09 | |||
ELABORADO POR | GS | APROBADO POR | GG | |
REVISADO POR | GG | RESOLUCIÓN Nº | 013-2009-GG-OSITRAN |
I. GENERALIDADES
Dentro de las actividades de la Gerencia de Supervisión se encuentran las de verificar el cumplimiento de las obligaciones legales, contractuales y técnicas por las Entidades Prestadoras, sobre aspectos técnicos y operativos de las inversiones.
II. OBJETIVO
El presente procedimiento, tiene por objeto establecer los requisitos, plazos y demás condiciones requeridas para la Contratación Administrativa de Servicios (CAS) del Coordinador “In Situ” a fin de apoyar el seguimiento, monitoreo y administración del contrato de concesión y de supervisión, en representación de OSITRAN.
III. BASE LEGAL
- Ley Nº 27332 modificada por la Ley Nº 27631, Xxx Xxxxx de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos.
- Decreto Supremo Nº 044-2006-PCM, Reglamento General del OSITRAN.
- Resolución del Consejo Directivo Nº 372-223-06-CD-OSITRAN, Reglamento Interno de Trabajo de OSITRAN.
- Decreto Legislativo N° 1057 que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios.
- Decreto Supremo N° 075-2008-PCM que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057.
- Directiva de Evaluación, Promoción, Selección y Contratación de Personal aprobada mediante Resolución de Gerencia General Nº 023-2008-GG- OSITRAN, que establece criterios de evaluación para la contratación de un Coordinador “In Situ”.
DE LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS (CAS) DEL COORDINADOR “IN SITU” A FIN DE APOYAR EL SEGUIMIENTO, MONITOREO Y ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO DE CONCESIÓN Y DE SUPERVISIÓN
1. DEFINICIONES
Actividad de Supervisión
Acto del personal de OSITRAN o autorizado por éste que, bajo cualquier modalidad, tenga por objeto obtener información y/o verificar el cumplimiento de obligaciones legales, contractuales, técnicas, administrativas, o aquellas contraídas directamente ante OSITRAN por parte de las Entidades Prestadoras, sobre aspectos técnicos, operativos, comerciales y administrativos, en el ámbito de su competencia.
Contrato de Concesión
Es el título que habilita al Concesionario para explotar el o los bienes objeto de la concesión y que establece los derechos y obligaciones del Estado y de aquél.
Costos de la Supervisión
Son los pagos que se realizan al Coordinador “In Situ”, en los montos aprobados y autorizados por el Supervisor de Inversiones I y el Gerente de Supervisión, de conformidad con el contrato administrativo de servicios.
Días
Significará los días calendario que no sean xxxxxx, xxxxxxx, o días feriados oficiales.
Empresa Concesionaria
Empresa que tiene la titularidad contractual para realizar actividades de explotación de infraestructura de transporte de uso público, de acuerdo a un contrato suscrito con el Estado.
Empresa Supervisora
Persona natural o jurídica contratada por OSITRAN para ejercer funciones específicas de supervisión a las Entidades Prestadoras.
Entidad Prestadora
Empresa Concesionaria o Empresa Pública que tiene la titularidad legal para realizar actividades de explotación de infraestructura de transporte de uso público.
Para efectos del ejercicio de las funciones de supervisión de OSITRAN, se considerará también como Entidad Prestadora a aquella que realiza actividades de explotación total o parcial de Infraestructura de transporte de uso público, en calidad de Operador Principal.
Ley Xxxxx
Xxx N° 27332, Xxx Xxxxx de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, y sus modificatorias.
Ley de OSITRAN
Ley Nº 26917, Ley de Supervisión de la Inversión Privada en Infraestructura de Transporte de Uso Público.
Supervisor de Obras
Son empresas privadas o consorcios formados por empresas privadas, contratadas por OSITRAN, especializadas en la supervisión de obras, de conformidad con la legislación de la materia.
OSITRAN
Es el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público, creado en virtud a la Ley Nº 26917 y sus normas reglamentarias, complementarias y modificatorias.
Reglamento de OSITRAN
Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público aprobado por Decreto Supremo Nº 044-2006-PCM.
2. ANTECEDENTES
A través del Contrato de Concesión el CONCEDENTE otorga en Concesión al CONCESIONARIO, el Diseño, la Construcción, el Financiamiento, la Conservación, el Mantenimiento y la Explotación de una infraestructura de servicio público por un tiempo determinado, dentro del proceso de promoción de la inversión privada emprendido por el Estado de la República del Perú.
El proceso de promoción de la inversión antes referido no supone la transferencia en propiedad de los Bienes del CONCEDENTE, los mismos que en todo momento mantienen su condición de bienes de dominio público.
1.1. De las principales actividades de la Concesión:
Las principales actividades o prestaciones de la Concesión que constituyen los derechos y obligaciones materia del Contrato, son cuando menos las siguientes:
a. La entrega y reversión de los Bienes del CONCEDENTE, regulado en el Contrato.
b. La Construcción y Mantenimiento de la infraestructura concesionada, según se detalla en el Contrato.
c. La Conservación de las Obras, según los términos del Contrato.
d. La Explotación de la Concesión, conforme a las condiciones establecidas en el Contrato.
e. La Entrega del monto de Inversión Complementaria Adicional, cuando corresponda, según los términos establecidos en el Contrato.
3. DE LA SUPERVISIÓN DE LAS OBRAS
Según los Contratos de Concesión y la Normativa vigente, corresponde al OSITRAN a través del Supervisor de Obras, efectuar las acciones de fiscalización técnica que le competen durante la ejecución de las Obras que se detallan en cada Contrato de Concesión, en la Propuesta Técnica y en los respectivos Expedientes Técnicos.
Dada la envergadura de las Obras que comprenden cada Concesión, y que las mismas se encuentran fuera de la ubicación de la sede central, OSITRAN está facultado a contratar a Empresas Supervisoras (Supervisor de Obras) que realizan sus actividades en el sitio de la construcción; por consiguiente, es necesario contar con personal profesional que realice el control del trabajo que efectúan las mencionadas Empresas, en cumplimiento de los contratos de Concesión y Supervisión.
Así mismo, el carácter del desarrollo de las obras es muy dinámico y se produce en cada locación de las mismas; por lo tanto, no es óptimo ni adecuado que OSITRAN realice el seguimiento desde la Sede Central, por lo que es necesaria la contratación de profesionales in situ (Coordinador In Situ) para de apoyo al Seguimiento, Monitoreo y Administración de los Contratos de Concesión y Supervisión, que realizarán su labor en el sitio del proyecto, durante las fases de Construcción de Obras y ejecución de trabajos de mantenimiento y de emergencia a cargo del Concesionario.
4. DE LAS RELACIONES
Dicho Coordinador “In Situ” deberá mantener comunicación constante y directa con el Supervisor de Inversiones I de la Gerencia de Supervisión del OSITRAN, con la finalidad de colaborar con los asuntos concernientes a la Concesión encargada y al desenvolvimiento y desarrollo del Supervisor de Obras, en los términos establecidos en el Contrato de Supervisión.
5. DE LOS REQUISITOS DEL COORDINADOR “IN SITU”
Para la contratación del Coordinador “In Situ”, éste deberá cumplir los siguientes requisitos:
- Ser Ingeniero Civil.
- Con experiencia profesional y/o laboral en su especialidad no menor xx xxxx (10) años, de los cuales cinco (5) años habiéndose desempeñado en funciones de administración de contratos de proyectos de inversión, supervisión y ejecución de de proyectos de inversión, en empresas/organismos vinculados a la infraestructura de transporte y construcción.
6. DEL PERFIL DEL COORDINADOR “IN SITU”
Se requiere a un profesional emprendedor, con autonomía de criterio, iniciativa, objetividad, ética, transparencia y aptitud para trabajar en un equipo multidisciplinario, con capacidad de análisis y de toma de decisiones; con disposición para el trabajo bajo presión y con disponibilidad inmediata para realizar las labores en la zona del proyecto.
7. DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN DEL COORDINADOR “IN SITU”
Además de los Criterios señalados en la Directiva de Evaluación, Promoción, Selección y Contratación de Personal aprobada mediante Resolución de Gerencia General Nº 023- 2008-GG-OSITRAN, los criterios de evaluación para la contratación de un Coordinador “In Situ” serán los siguientes:
1. Experiencia de su participación en Obras en general.
2. Experiencia en la elaboración de costos y presupuestos, valorizaciones de Obra, elaboración y gestión de presupuestos adicionales de Obra.
3. Con experiencia en la construcción y/o supervisión de obras en infraestructura de transporte de uso público.
4. De preferencia con experiencia en el manejo y administración de contratos de concesión, contratos de ejecución y supervisión de obras, con conocimiento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y conocimiento de procesos de Arbitraje.
5. De preferencia con experiencia en acciones de control.
Así también, se evaluarán durante la entrevista personal:
1. Actitud del Profesional, conocimiento de los trabajos desempeñados, funciones que cumplió (directivo y/o operativo), actitud abierta a las ideas y propuestas, alternativas, soluciones planteadas y tomadas, acostumbra evaluar sus resultados.
2. Desenvolvimiento del Profesional, exposición de sus ideas, actitud al diálogo, mantenimiento de una charla abierta, actitud reservada, respuestas concretas y concisas, divagaciones en las respuestas, muestras de interés por ocupar el cargo.
8. DE LAS FUNCIONES DEL COORDINADOR “IN SITU”
De la Supervisión
La supervisión integral al coordinador “in situ” será realizada por el Supervisor de Inversiones I de OSITRAN y por la Gerencia de Supervisión de OSITRAN.
Las funciones del Coordinador “In Situ”, serán las de apoyar al Supervisor de Inversiones I en las siguientes actividades:
✓ Seguimiento y Control del cumplimiento del Contrato de Supervisión y del Contrato de Concesión, en la materia de inversiones.
✓ Tomar conocimiento total de las labores desarrolladas por la empresa Supervisora y por la empresa Concesionaria.
✓ Coordinar con la empresa Supervisora, las respuestas que ésta emita a las propuestas presentadas por la empresa Concesionaria en los temas concernientes a la ejecución de las Obras.
✓ A solicitud del Supervisor de Inversiones I, deberá emitir opinión técnica sobre los Informes de Evaluación de los Diseños, Estudios, Planos y otros aspectos técnicos del Contrato de Concesión, que emite el Supervisor de Obras.
✓ Emitir opinión sobre los Informes que evalúan las propuestas de modificación que se realicen al Expediente Técnico de la Obra (variaciones de metrados, adicionales, deductivos, obras nuevas) que emita el Supervisor de Obras.
✓ Emitir opinión a los Informes referidos a las modificaciones de cronogramas, proyectos, planes, programas y cualquier otro documento, emitido por la Supervisión de las Obras.
✓ Emitir opinión respecto del Reconocimiento de Inversiones, Valorizaciones, Certificaciones de Avance de Obra y otras que correspondan, solicitado por el Concesionario.
✓ Emitir opinión para la conformidad del Informe Mensual que presenta la empresa Supervisora y por el cual se le otorga el correspondiente pago por los servicios prestados.
✓ Emitir opinión para la conformidad de la Valorización Mensual que presenta la empresa Supervisora y por el cual se calcula el correspondiente pago por los servicios prestados.
✓ Seguimiento y Control de los Recursos implementados por la empresa Supervisora para el cumplimiento de sus servicios.
✓ Aprobar los Informes Mensuales de Gestión del Profesional Asistente, a fin de proceder al pago de los servicios prestados.
✓ Elaborar y presentar un Reporte Semanal de Ocurrencias, en el formato que establezca el Supervisor de Inversiones I.
✓ Otras actividades que le sean asignadas por el Supervisor de Inversiones I de OSITRAN y/o por la Gerencia de Supervisión.
9. DE LOS ENTREGABLES
El Coordinador “In Situ” presentará los siguientes reportes e informes:
• Un Informe Mensual de su gestión, donde se informará del desarrollo de las actividades realizadas por éste. El Informe Mensual debe ser entregado dentro de los cinco (5) días del mes siguiente.
• Reportes de Ocurrencias, en los formatos que determine el Supervisor de Inversiones I de OSITRAN. El reporte deberá ser remitido a la Gerencia de Supervisión de OSITRAN a más tardar al día siguiente de ocurrido el evento.
• Otros entregables que determine el Supervisor de Inversiones I y la Gerencia de Supervisión, referidos al reporte del estado del avance de las obras, y que se comunicarán oportunamente.
Asimismo emitirá oficios, memorandos, notas e informes, según sea requerido por su gestión de los temas de la Concesión.
10. DEL PLAZO Y FORMA DE CONTRATACIÓN
El plazo de contratación de los profesionales no podrá exceder del periodo que corresponde al año fiscal respectivo dentro del cual se efectúa la contratación y estará en función al Programa de Ejecución de las Obras del Contrato de Concesión.
La forma de contratación será fijada de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente.
11. MONTO DE PAGO POR LOS SERVICIOS Y FORMA DE PAGO
El Pago al Coordinador “In Situ” será establecido por la Gerencia General al momento de la convocatoria. Dicho monto se pagará con una periodicidad mensual y en Nuevos Soles, que incluye los honorarios y los gastos por todo concepto derivados del servicio contratado.
El pago se realizará previa emisión de conformidad, de parte del Supervisor de Inversiones I y del Gerente de Supervisión del OSITRAN, respecto del Informe Mensual de Gestión presentado por el Coordinador “In Situ”.
12. DE LAS FACILIDADES PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS
El Coordinador “In Situ” dispondrá de las siguientes facilidades para la prestación de los servicios:
- Póliza de Seguro contra accidentes de trabajo.
- Pasajes para los viajes de la zona del proyecto a Lima y viceversa, en razón a requerimientos específicos del trabajo. Cuando OSITRAN requiera de los Servicios del Coordinador “In Situ”, en la Sede Central, esté recibirá el alojamiento.
Así también, gozará de las siguientes facilidades, que serán proporcionados por la empresa Supervisora de Obras:
- Alojamiento, alimentación y movilidad dentro de toda la zona de trabajo.
- Oficina con el mobiliario básico.
13. DE LAS RESPONSABILIDADES LABORALES Y ADMINISTRATIVAS
Para el cumplimiento de las responsabilidades laborales y administrativas, la contratación del Coordinador “In Situ” se sujetará a las disposiciones del Reglamento Interno de Trabajo del OSITRAN aprobado mediante Acuerdo No. 872-223-06-CD-OSITRAN y Sesión N° 223-2006-CD del 00 xx Xxxxxxxxx xxx 0000, x x xx xxxxxxxxxxxx xxxxxxx.