CONTRATO DE COMPRA VENTA DE TERRENO URBANIZADO
CONTRATO DE COMPRA VENTA DE TERRENO URBANIZADO
Conste por el presente documento que celebran de una parte la Cooperativa de Vivienda de los Trabajadores de Agricultura y Alimentación Ltda.. 62, reconocida oficialmente por Resolución N° 437-77-IVR: LIMA/OAD-JAF de fecha 12 xx xxxxxx de 1977 e inscrita en los Registros Nacional de Cooperativas OZAMS Ica IV Asiento 1 folio 63, tomo 1 de fecha 12 xx xxxxxx de 1977, debidamente representada por su Presidente del Consejo de Administración Sr. Licenciado en Administración Xxxxx Xxxxxx Xxxxx con DNI. 00000000, facultado según mandato de fs. 119 Asiento 10 Tomo 3 del Libro de Cooperativa, con domicilio en la Urbanización San Xxxx A-08 de esta ciudad en adelante denominada LA COOPERATIVAy de la otra parte xxxx XXXXX XXXXXX XX XXXXXXX identificada con DNI. 00000000, Licenciada en Educación de estado civil casada con don Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, en adelante LOS ADJUDICATARIOS domiciliados en la Urb. Las Xxxxxxxx Xxxxxxx C Lote 5 de esta ciudad, en los términos y condiciones siguientes:
PRIMERO.- La Cooperativa de Vivienda de los Trabajadores de Agricultura y Alimentación Ltda.. 62 es propietaria de la Urbanización San Xxxx, sito en el distrito, provincia y departamento de Ica, cuyas obras de Urbanización han sido aprobadas mediante Resolución Jefatural de Alcaldía N° 225-90-AMPI del 23 xx xxxxx de 1990 expedida por el Concejo Provincial de Ica, e inscrita la independización y habilitación urbana en el tomo 180, folio 375 asiento 10 del Registro de la Propiedad Inmueble de Ica con fecha 29 de Enero del 2002.
SEGUNDO.- Constituye propiedad de la COOPERATIVA, tres lotes de terrenos adquiridos el primero de ellos con una superficie de 11.630 m2. mediante Escritura Pública de Compra Venta de fecha 19 de Enero de 1978 y Escritura Pública de Cancelación de precio del 02 xx xxxxxx de 1980 celebrado con xxxx Xxx Xxxxx De la Xxxx Xxxxxxx , el segundo de 16,000.55 m2. mediante Escritura Pública de Compra Venta del 19 de Enero de 1978 y Escritura Pública de Cancelación del 02 xx xxxxxx de 1980 celebrado con xxxx Xxx Xxxxx De la Xxxx Xxxxxxx y el tercer lote de 7,770 m2. mediante Escritura Pública de Compra Venta de fecha 6 de Enero de 1982 celebrados con xxxx Xxx Xxxxx De la Xxxx Xxxxxxx y otros, derecho dominial que se encuentran inscritas en el Asiento 22, folio 114, Tomo 122 del 30 de setiembre de 1980; Asiento 6, folio 368 del Tomo 180 y en el Asiento 1, fojas 101 del Tomo 283 de fecha 0 xx xxxxx xx 0000 xxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx Inmuebe de Ica, respectivamente,
TERCERO.- Por el presente instrumento y en acatamiento de lo establecido por el DS. 009-88-VC de fecha 30 xx Xxxxx de 1988 la Cooperativa de Vivienda de los Trabajadores de Agricultura y Alimentación Ltda.. 62-Ica adjudica en forma perpetua a favor de los ADJUDICATARIOS el lote de terreno asignado con el Lote N° 11 de la Manzana G, con una extensión superficial de 163.72 M2. m2. cuyos linderos son:
Por el frente, 9.50 ml. con la calle B .
Por el Fondo, 8.20 ml. con el lote G-6
Por la Derecha, entrando 18.50 ml. con el Lote G-10
Por la izquierda, entrando 18.50 ml. con el Lote G-12
CUARTO.- Para los efectos de la presente adjudicación del lote de terreno urbanizado las partes acuerdan asignarle un valor de tres mil setecientos sesenta y cinco con 56/100 nuevos soles (s/. 3,765.-56 NUEVOS SOLES), conforme a la sesión de Consejo Directivo respectivo y el Documento Privado de fecha 10 de setiembre del 2004.
QUINTO.-La presente adjudicación es absoluta y sin limitación alguna y comprende de hecho el inmueble con sus aires, usos, costumbres, suelos, servidumbres entradas y salidas.
SEXTO.- La COOPERATIVA declara que sobre el lote de terreno que es materia del presente Contrato, no pesa censo, hipoteca, embargo, medida judicial, ni gravamen alguno que en cualquier forma afecte o limite el derecho de su libre disposición, no obstante esta declaración se obliga a la evicción y saneamiento xx Xxx.
Igualmente declara la COOPERATIVA que respecto al inmueble que se adjudica, no adeuda suma alguna por concepto de impuesto fiscales, arbitrios municipales, pavimentación, veredas, etc. siendo de cargo y responsabilidad de ella, el pago de las que al presente adeudase por esos o por análogos conceptos.
SETIMO.- Todos los gastos que ocasionen el otorgamiento de éste Contrato y/o inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble de Ica, serán de cuenta de los ADJUDICATARIOS, incluyendo los tributos de la transferencia a que hubiera lugar.
OCTAVO.- De conformidad con lo establecido en el art. 6 del DS. 009-88-VC, de fecha 30 xx Xxxxx de 1988, el presente contrato será inscrito en los Registros Públicos de la Propiedad Inmueble de Ica, por su simple mérito y legalizaciones de firma.
NOVENO.- El socio o comprador del terreno seguirá aportando a la Cooperativa, para los efectos del cumplimiento de las obligaciones comunes como son: servicios públicos de agua y desagüe, electricidad, bajo policía, mantenimiento xx xxxxxxxx y parques, club deportivo, línea telefónica, servicios de guardianía, arreglos de pistas y veredas y otros servicios creados o por crearse.
En señal de conformidad las partes proceden a suscribirlo, en Ica, el 10 de Setiembre del 2004.