CONTRATO DE TRANSPORTE
CONTRATO DE TRANSPORTE
LÍNEAS XXX XXXXX S.A.S. se compromete a transportar al pasajero y su equipaje, conforme al itinerario escogido por éste; es decir, en la fecha, hora, origen y destino indicado según nivel del servicio, despacho y ruta anotada; en tanto, el pasajero estará obligado a pagar el pasaje, a cumplir con los reglamentos y a observar las condiciones de seguridad impuestas por LÍNEAS XXX XXXXX S.A.S., por la normatividad de transporte (arts. 981 y Ss. del C.Cio, Ley 769 de 2002, Ley 383 de 2010), así como con las siguientes cláusulas.
El transporte municipal o intermunicipal de pasajeros y equipaje que realiza La Empresa se encuentra regulado por los términos y condiciones que en este contrato se establecen, por tanto, al comprar el tiquete o aceptar el transporte el pasajero acepta estas condiciones. La empresa se compromete a transportar al pasajero cliente y su equipaje en la fecha, hora, origen y destino indicado según nivel del servicio, despacho y ruta anotada, y el pasajero cliente se obliga a cumplir con los reglamentos y condiciones de seguridad establecidos por la empresa y por la normatividad del transporte (Ley 769/02 – Estatuto de Transporte y el Código de Comercio), así como con las siguientes cláusulas: a) El Pasajero cliente debe presentarse en la agencia o terminal del lugar de despacho treinta
(30) minutos antes de la hora indicada en el tiquete, el pasajero deberá portar su documento de identificación, el cual en caso de ser necesario podrá ser solicitado por parte del personal de La Empresa. b) La Empresa no transportará a personas en estado de embriaguez, bajo el influjo de estupefacientes o en notorio estado de desaseo, en tal caso La Empresa podrá negar el servicio o bajar del vehículo al pasajero, caso en el cual no habrá derecho a reembolso del valor pagado como pasaje, ni con objetos peligrosos o animales, a excepción de los animales domésticos siempre y cuando sean tenidos y transportados en condiciones de salubridad, seguridad, comodidad y tranquilidad, según las reglas aplicables (Art. 87 Ley 769), para tal efecto se tendrá en cuenta que esta excepción aplica para razas de tamaños pequeños a medianos, para el caso de razas grandes el pasajero cliente acepta que es la empresa la que determinará las condiciones de acceso de estás. Sin excepción alguna la mascota deberá ser transportada en guacal rígido, con pañal, deberá portar carnet de vacunación vigente y bozal, es responsabilidad del usuario suministrar el guacal. En el evento que el guacal mida menos de 40 centímetros de alto la mascota podrá viajar en la parte superior del vehículo, el Pasajero se compromete a no sacar el animal de su contenedor, incluso parcialmente en el transcurso del viaje. Si el guacal mide más de 40 Centímetros deberá sin excepción viajar en la bodega del vehículo, para tal efecto el pasajero deberá tomar en consideración que algunas razas podrían presentar
problemas de salud durante el viaje debido a sus características físicas, en tal sentido Líneas xxx Xxxxx s.a.s se reserva el derecho al transporte de algunas razas, las cuales podrá consultar en nuestra página web. Al interior del vehículo en la zona de pasajeros no podrán viajar razas agresivas debido al riesgo que representa a la seguridad de los pasajeros, entre esas razas están American Staffordshire Terrier, Bullmastiff, Dóberman, Dogo Argentino, Xxxx xx Xxxxxxx, Fila Brasilero, Xxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxx Bull Terrier, American Xxxx Bull Terrier, Xx xxxxx Canario, Rottweiler, Staffordshire Terrier y Tosa Japonés, estas razas solamente podrán viajar en la bodega en guacal rígido y cumpliendo todas las medidas de seguridad y salubridad. El transporte de mascotas superiores a 40 centímetros en vehículos de los estará sujeto a capacidad de la bodega. Es obligación del pasajero al momento de hacer la reserva o comprar el pasaje informar que transporta mascotas, de omitir información y presentarse al abordaje con mascotas, la Empresa podrá negarse a su transporte. Solo se permite el transporte de un animal doméstico por pasajero. En el caso de animales en servicio (Lazarillos) su transporte será autorizado previo a que la Empresa verifique las condiciones de seguridad y salubridad necesarias, así como la documentación que para tales efectos debe portarse. c) No se admitirá el transporte xx xxxxx, municiones, explosivos, tóxicos, inflamables, corrosivos, estupefacientes radiactivos, combustibles no autorizados u objetos de prohibido comercio en el país (Art.131 Ley 769) y todo material prohibido contemplado en la ley 30 de 1986 y/o todo objeto cuya tenencia implique la configuración de un delito, la violación por parte del pasajero o conductor será de su exclusiva responsabilidad sin perjuicio de las acciones legales en su contra , tampoco está permitido el transporte de restos óseos, cadáveres humanos o animales. d) Los niños mayores de dos (2) años ocupan puesto y pagan pasaje completo, de igual manera pagaran pasajes los niños cuya estatura sea de 90 centímetros deben cancelar el pasaje completo. Los Niños menores de 9 años no pueden viajar solos bajo ninguna circunstancias. Los niños de 9 años de edad pueden viajar únicamente acompañados de otra persona, quien por lo menos debe tener 16 años de edad. Los niños de 10 años en adelante pueden viajar sin acompañante, la empresa podrá solicitar el documento de identificación para comprobar la edad del menor. Todo niño menor de 18 años que viaje sin acompañante debe ser transportado con el permiso de viaje correspondiente, para lo cual deberá diligenciarse la autorización de viaje menor de edad adjuntando copia de documento de identidad de quien autoriza y del menor. e) Ante el grave comportamiento del pasajero cliente, que afecte la tranquilidad y seguridad de los otros pasajeros, el conductor detendrá la marcha y dará aviso a la autoridad policiva (Art. 92 Ley 769), pudiendo y dada la gravedad de la situación solicitar al pasajero que abandone el vehículo, caso en el cual no habrá derecho a reembolso alguno, el pasajero que sea sorprendido fumando será obligado a abandonar el vehículo, en este caso tampoco habrá reembolso del dinero pagado por el pasaje.
(Art.132 Ley 769). f) El conductor puede recoger o dejar pasajeros en los sitios permitidos (Art. 91 Ley 769) g) La Empresa no es responsable de retardos originados por riesgos del transporte. (Fuerza Mayor – Caso Fortuito, hecho de un tercero) (Art.992 X.XX) h) Si el pasajero no se presenta en el sitio de abordaje en la fecha y media hora antes de la señalada en su tiquete, se entenderá que desiste de su viaje, y la empresa podrá disponer del cupo para ser reasignado a otro pasajero, en este caso no habrá reembolso del valor pagado, en tal evento, el pasajero podrá solicitar reprogramación de su viaje pagando excedente de acuerdo a las tarifas vigentes a la fecha en que reprograme su viaje y de acuerdo con lo señalado en el artículo 1002 del X.XX y a las políticas de la empresa que realiza la venta anticipada de tiquetes (REDBUS) PARAGRAFO: CONDICIONES DE VALIDEZ Y, CAMBIO Y/O REPROGRAMACION: En todos los casos, el tiquete de transporte terrestre tendrá una validez de sesenta días (60) días a partir de la fecha de compra del tiquete de viaje, vigencia durante la cual, el pasajero deberá hacer uso del mismo, así: i) Dentro del primer mes, contado a partir de la fecha de compra, el pasajero podrá presentarse en cualquiera de las taquillas de venta de la empresa, para hacer la reprogramación o cambio deseado presentando el original del documento de identificación del titular del tiquete ii) A partir del segundo mes , el pasajero debe presentar en cualquiera de las taquillas de ventas de la empresa, fotocopia del documento de identificación, enseñando el original del mismo y el tiquete de transporte. El tiquete debe ser presentado por su titular, o en su defecto, por la persona que presente una autorización escrita de su titular, con copia de la cédula de éste y del autorizado. En circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito ocurrido en las vías, cualquiera que fuere, que afecte la prestación del servicio por parte de la empresa, se le entregará al pasajero un tiquete abierto. VALIDEZ DE LOS CAMBIOS DE TIQUETE: el cambio o reprogramación del viaje, por primera, segunda o más veces de un tiquete, no implica renovación de los términos de validez indicados (seis meses), en consecuencia, todos los cambios que se realicen del mismo tiquete, debe efectuarse dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha de compra del mismo; si se solicita cambio de viaje para un servicio superior o para el mismo servicio y la tarifa es mayor, el pasajero deberá pagar el excedente a que haya lugar, en caso contrario la empresa no efectuará devoluciones de dinero. REEMBOLSOS. Comprado un tiquete de manera tradicional (Taquillas) y ante el evento que el pasajero por razones no atribuibles a la empresa o que no estén relacionadas con el servicio prestado decidiera no realizar el viaje, no habrá derecho al reembolso del valor pagado, para tal efecto aplicarán las condiciones y validez, cambio y/o reprogramación del tiquete. Para el caso de ventas por métodos no tradicionales, para efectos del derecho de retracto se dará aplicación a lo establecido en el artículo 47 del Estatuto del Consumidor. REFERENTE AL EQUIPAJE. i) El Pasajero cliente podrá transportar hasta veinte (20) kilos de equipaje en máximo dos (2) valijas cada una de máx. 80 cms de longitud por
cualquiera de sus lados sin sobreprecio, el exceso se pagará por kilo de acuerdo a las tarifas establecidas por la Empresa, es obligación del Pasajero identificar su equipaje, debiendo señalar nombre, apellido, número de teléfono, correo electrónico y dirección j) La Empresa no es responsable de la pérdida o avería de objetos que no hayan sido entregados en su custodia, ni del daño de artículos frágiles, perecederos o previamente averiados, o aquellos causados por su normal transporte ya sea en el equipaje o en piezas adheridas, tampoco es responsable del equipaje de mano (Art. 1003 No. 4 X.XX), ni de objetos que deban llevarse como equipaje de mano tales como: equipos electrónicos y/o artículos de lujo o cualquier mercancía distinta a prendas de vestir y artículos básicos de uso personal. k) La Empresa responderá hasta por cien mil pesos ($100.000 m/cte.) únicamente cuando el equipaje haya sido entregado al conductor y éste a su vez haya entregado la "ficha de equipaje", cuyo número debe ser igual a la ficha adherida en la valija, sin la presentación de la ficha no se le entregará el equipaje al Pasajero cliente. Si el pasajero estima el equipaje de mayor valor, antes de viajar debe declararlo y remesarlo, la Empresa asegurará el equipaje y cobrará el exceso previa comprobación. l) La Empresa no se hará responsable de pérdida, contenido o avería de equipaje no reclamado dentro de los cinco (5) días siguientes al arribo a su destino, y será guardado en custodia máximo tres meses después de su arribo. Para los equipajes que cumplan dicho periodo en custodia y que no haya sido reclamado se considerará abandonado y podrá La Empresa de Transporte disponer de dicho equipaje, pudiendo ser entregado a una entidad sin ánimo de Lucro o a las autoridades correspondientes, sin ninguna responsabilidad para la Empresa. La empresa podrá verificar el contenido del equipaje en custodia según los procedimientos internos. Es responsabilidad de El Pasajero verificar el estado de su equipaje, cierres, candados, manijas, bolsillos y en general del estado de conservación de las valijas. El Transportador no será responsable por los daños que sufran las valijas y que sean consecuencia del normal uso y desgaste, tales como cortadas, rayones, rasguños, abollonaduras, marcas. J) La presentación de un reclamo relacionado con equipaje no da derecho al pasajero a una compensación inmediata, toda reclamación deberá estar debidamente probada, previamente a cualquier respuesta La empresa tiene el derecho a realizar la investigación interna correspondiente. La Empresa no acepta el transporte de los siguientes artículos como contenido del Equipaje en Bodega y deberán incluirse en el Equipaje de Mano del Pasajero: Joyas, documentos personales, pasaportes, identificaciones o documentos de identificación, Metales o piedras preciosas, Obras de Arte, Cheques o títulos valores y demás documentos con valor, Dinero en efectivo, Lentes, Celulares, Smart phones, Medicamentos, Documentos de historia clínica, Cámaras fotográficas, Reproductores de música o audífonos, DVD, portátiles y juegos electrónicos portátiles, Tabletas digitales, Filmadoras, Computadoras y equipos electrónicos, Cerámicas, Vajillas, Calculadoras, Botellas de licor, Artículos perecederos, Llaves xx xxxxx o casa,
Artículos para el cuidado del bebé que sean de delicado manejo, Pasaportes, Muestras de trabajo, actas de sociedades, en general Artículos similares a los antes enunciados. En caso de realizar el transporte de estos objetos contrariando esta disposición y en caso de pérdida o avería de alguno de estos elementos, El Transportador no será responsable de dicha pérdida o avería. RECOLECCION DE DATOS PERSONALES: El Pasajero Cliente acepta y autoriza que al momento de comprar el tiquete en taquillas, pagina Web, le serán solicitados aquellos datos personales necesarios y requeridos para formalizar el contrato de transporte, tales como nombre e identificación, esta información será para uso único y exclusivo del Transportador, la cual hará parte de su base de datos y no será suministrada a terceros. SERVICIOS ADICIONALES: Para aquellos vehículos que cuentan con tecnología a bordo, El Cliente podrá navegar por Internet a través del Router WiFi instalado en el vehículo, utilizando los puntos de acceso – APN (Access Point Network) del proveedor del servicio de comunicaciones, a las velocidades contratadas, de acuerdo al área de cobertura de la zona por donde el vehículo se encuentre transitando, cuyas velocidades y calidad del servicio no depende de la empresa de transporte, quien ofrece este servicio de navegación como un Valor Agregado al Servicio el cual no se cobra “.SEÑOR PASAJERO: Denuncie ante la Empresa el exceso de velocidad, la conducción peligrosa y toda irregularidad que observe durante el viaje en cada taquilla de la empresa, llame a nuestra Línea de Seguridad Vial 3104895077 o registre la información en la página web (xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx) hipervínculo contacto. Las condiciones aquí definidas se entienden aceptadas por el pasajero por el simple hecho de recibir, hacer uso del tiquete o ser transportado por la Empresa. No es válida cualquier indicación hecha por el pasajero, dependiente de la empresa o tercero que tienda a modificar, sustituir o eliminar estas cláusulas. El presente contrato fue leído y comprendido por el cliente, por lo que manifiesta que entiende cada una de las cláusulas contenidas en el. Nota: Cuando este documento se utilice como documento interno para trámites administrativos y/o financieros de la empresa, no tendrá ninguna validez como contrato de transporte.