CONTRATO DE MANTENIMIENTO DE PUENTE.
CONTRATO: XXXXXX XX- / XXXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX /
XXXXXXXX XX XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXX.
NOSOTROS: Por una parte XXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXXXX, mayor de edad, Licenciado en Administración de Empresas, del domicilio de San Xxxxxxxx, actuando en nombre y en representación del FONDO DE CONSERVACIÓN VIAL, en calidad de Presidente del Consejo Directivo de dicho Fondo, a quien en lo sucesivo se denominará “El Fovial”; y por la otra parte , actuando en nombre y en representación de la Sociedad
, en calidad de de la expresada Sociedad, en lo
sucesivo denominada “El contratista”, celebramos el presente contrato relativo a realizar el servicio de “Mantenimiento xxx Xxxxxx sobre la Quebrada La Comidera, Km. 179.5 CA07, San Xxxxxxxxx Xxxxxx – Perquin, Departamento xx Xxxxxxx, El Xxxxxxxx”, de conformidad a acuerdo número , literal , adoptado por el Consejo Directivo del Fovial en sesión , de fecha , y Resolución Razonada de Adjudicación número , de la misma fecha, y bajo las estipulaciones, términos y
condiciones siguientes:
CLAUSULA PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO.
El objeto del presente contrato es regular las relaciones, derechos y obligaciones de las partes contratantes, a efecto de que el contratista efectúe a la entera satisfacción del Fovial, los servicios que por medio de este contrato le han sido adjudicados para realizar, por el precio estipulado en la Cláusula Tercera del presente contrato: Monto del Contrato y Forma de Pago, cuyo detalle se encuentra en los documentos contractuales del servicio de “Mantenimiento xxx Xxxxxx sobre la Quebrada La Comidera, Km. 179.5 CA07, San Xxxxxxxxx Xxxxxx
– Perquin, Departamento xx Xxxxxxx, El Xxxxxxxx”, desarrollándolo de la manera estipulada en la respectiva Oferta Técnica-Económica del contratista y en las Condiciones Técnicas, consistentes en, pero sin limitarse a lo siguiente:
DEMOLICIÓN DE MAMPOSTERIA XX XXXXXX, LIMPIEZA Y DESALOJO, EXCAVACION PARA ESTRUCTURAS, RELLENO ESTRUCTURAL, RESTITUCIÓN DE SUELO CEMENTO EN APOYOS, SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE CONCRETO CICLÓPEO f´c
= 210 kg/cm2, SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE CONCRETO REFORZADO f´c = 280
kg/cm2 (losa de fondo), SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE CONCRETO REFORZADO f´c
= 210 kg/cm2, MAMPOSTERIA XX XXXXXX LIGADA CON MORTERO, EMPLANTILLADO XX XXXXXX LIGADO CON MORTERO, SUMINISTRO Y COLOCACIÓN TUBOS GALVANIZADOS DE 4 PULGADAS DE DIAMETRO PARA PASAMANOS, SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE TUBOS GALVANIZADOS DE 4 PULGADAS DE DIÁMETRO PARA DRENAJE, SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE TUBOS DE PVC DE 4 PULGADAS DE DIAMETRO EN ACERA, PERNOS DE 1 ¼”, PERNOS DE 7/8”, APOYOS FIJOS (PERNOS) XX 0 0/00”, XXXXX XXXXXXXXXXXX 5/8”, ACERO ESTRUCTURAL A-36, RIGIDIZADORES DE APOYO, WASHER 0” x 0/0” x 0”, XXXXXX XXXXXXXXX TIPO I, PLACAS METALICAS TIPO II, SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE VIGA METALICA PRINCIPAL (VMP) DE 6.50 MTS LONGITUD, SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE DIAFRAGMAS DE LONGITUD 8.33 MTS, SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE MEZCLA ASFÁLTICA ESPESOR 5 CM., CONSTRUCCION Y CONSERVACION DE DESVIO
PROVISIONAL, SEÑALIZACION VIAL HORIZONTAL Y VERTICAL SEÑALIZACION Y SEGURIDAD VIAL DURANTE LA CONSTRUCCION.
Por lo anterior, el contratista será responsable de cualquier daño o perjuicio que cause a la propiedad privada, nacional o municipal, en la ejecución de los trabajos por los cuales se le ha contratado, responsabilidad que le podrá ser deducida penal, civil, ambiental o administrativamente, de conformidad con lo dispuesto en los documentos contractuales.
CLAUSULA SEGUNDA: INICIO DEL PLAZO DE EJECUCIÓN.
El contratista, en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, posteriores a la fecha de emisión de la orden de inicio, deberá entregar al FOVIAL el programa físico y financiero del proyecto a que se refieren los documentos contractuales.
Si el contratista incumple con la presentación del programa mencionado, se aplicará lo establecido en el artículo ochenta y cinco de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública.
El contratista iniciará los trabajos objeto del contrato en la fecha que se establezca en la Orden de Inicio emitida por el Fovial.
CLAUSULA TERCERA: MONTO DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO.
Por los servicios de “Mantenimiento xxx Xxxxxx sobre la Quebrada La Comidera, Km.
179.5 CA07, San Xxxxxxxxx Xxxxxx – Perquin, Departamento xx Xxxxxxx, El Xxxxxxxx” correspondientes al objeto de este contrato, el FOVIAL pagará al contratista la suma de DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$
), incluido el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, correspondiente a los precios unitarios ofertados por el contratista y aceptados por el Fovial.
Toda suma será pagada al contratista por medio de pagos mensuales a medida que se ejecute el trabajo, correspondiente a los precios unitarios ofertados por el contratista y aceptados por el Fovial. Dichos pagos cubrirán todos los trabajos ejecutados y aceptados durante el mes, de acuerdo con los estimados certificados por la Supervisión y con el visto bueno del Administrador de Proyecto, deduciendo la retención para la amortización del anticipo, y en su caso, las multas y penalidades correspondientes.
El FOVIAL hará los pagos al contratista sobre la base de los estimados certificados por el supervisor, con el visto bueno, por escrito, del administrador de proyecto y aprobados por el FOVIAL. Por medio de los estimados el supervisor certificará las cantidades de trabajo ejecutadas de acuerdo al Programa de Avance Físico – Financiero, e indicará si el trabajo ejecutado corresponde al trabajo programado hasta el período sujeto de cobro, detallando el porcentaje de atraso o adelanto hasta dicho período.
La liquidación final del contrato se hará después de haber sido completado y aceptado el trabajo de acuerdo con lo dispuesto en los documentos contractuales.
CLAUSULA CUARTA: PLAZO.
El contratista se obliga a realizar los trabajos de acuerdo a lo establecido en la cláusula primera de este contrato, dentro del plazo comprendido entre la fecha establecida en la Orden de Inicio y el de de dos mil cuatro.
CLAUSULA QUINTA: CESION Y TRANSFERENCIA DEL CONTRATO.
El contratista no podrá ceder, transferir o, de cualquier forma, disponer, en todo o en parte, el presente contrato, a favor de ninguna persona natural o jurídica, nacional o extranjera.
CLAUSULA SEXTA: SANCIONES Y PENALIDADES.
Si el contratista no cumpliere o se retrasare en el cumplimiento de alguna o algunas de las obligaciones establecidas en el presente contrato y en los demás documentos contractuales, el Fovial podrá aplicarle las sanciones establecidas en la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, así como las penalidades establecidas en los documentos contractuales, además de hacer efectiva la garantía de cumplimiento de contrato. En el caso de las multas y/o penalidades, éstas se descontarán de los pagos correspondientes. El contratista manifiesta conocer y aceptar todas las sanciones y penalidades contenidas en los documentos contractuales, así como conocer y aceptar los procedimientos para su aplicación.
CLAUSULA SEPTIMA : FINANCIAMIENTO.
El Fovial hace constar que existe disponibilidad presupuestaria para este Proyecto en el presente ejercicio fiscal.
CLAUSULA OCTAVA: SOMETIMIENTOS, DOMICILIO ESPECIAL Y COMPETENCIA.
El Fovial y el contratista se someten a las leyes de la República de El Xxxxxxxx y en especial a la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Publica y a la Ley del Fondo de Conservación Vial. En caso de acción judicial, señalan como domicilio especial el de la ciudad de San Xxxxxxxx, a la competencia de cuyos tribunales comunes se someten, renunciando el contratista al derecho de apelar las resoluciones que fueren alzables dentro del juicio que se promoviere; autoriza al Fovial para que nombre el depositario de los bienes que se le embarguen, a quien libera de la obligación de rendir fianza.
CLAUSULA NOVENA: DOCUMENTOS CONTRACTUALES.
Ambas partes contratantes acordamos y hacemos constar que los documentos contractuales, además del presente contrato, están formados por: las Bases de Licitación, integradas por Instrucciones a los Ofertantes, Condiciones Generales de Contratación, Modelo de Contrato y Condiciones Tecnicas; Adendas de las mismas, si las hubiese; El Acta de apertura de ofertas; Las Ofertas Técnica y Económica revisadas, corregidas y aceptadas por el FOVIAL y sus documentos; Las garantías; La resolución de adjudicación; La Orden de Inicio; El Programa físico y financiero del proyecto; Las notas aclaratorias previas a la firma del contrato; La hoja
de evaluación del desempeño; el Manual de Seguridad Vial e Imagen Institucional en Zonas de Trabajo del FOVIAL; y Las resoluciones modificativas, en su caso.
Todos los mencionados documentos contractuales forman parte integrante del presente contrato, por lo que nos sometemos expresamente a las obligaciones, condiciones y estipulaciones contenidos en todos ellos. En todo lo que no estuviere regulado por la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Publica y en la Ley del Fondo de Conservación Vial, nos sometemos al Derecho Común.
CLAUSULA DECIMA: GARANTIAS.
El contratista se obliga a rendir a favor del Fovial las garantías establecidas en los documentos contractuales, en los plazos, por los montos y con los requisitos establecidos en dichos documentos, aceptando las consecuencias que en los mismos se establece para la falta de presentación o presentación tardías de las expresada garantías.
En fe de lo cual firmamos el presente contrato en duplicado en la ciudad de Antiguo Cuscatlán, a los días del mes de de dos mil .