Unaltrainvima - unti
ACUERDO DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA
El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - Invima
Y las Organizaciones Sindicales Unión Nacional de Trabajadores del Invima
Unaltrainvima - unti
Sindicato Nacional de Trabajadores y Trabajadoras del Invima
Sintrainvima
Ver documento de acuerdo colectivo
CAPÍTULO I
Declaraciones Generales
ARTÍCULO 1. PARTES CONTRATANTES
Son partes contratantes del presente Acuerdo Colec- tivo, INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS - INVIMA entidad
legalmente constituida como un establecimiento Público del orden Nacional con personería jurídica propia, reconocida mediante Decreto 1290 de 1.994 y Decreto 211 de 2004, expedida por el Ministerio de Salud, y las entidades Adscritas, Vinculadas y/o las entidades que la reemplacen, fusionen, escindan o liquiden o que esta organice, entidades que para este acto jurídico se denominará “EL INVIMA” por una parte, y el SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADO- RES Y TRABAJADORAS DEL INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS
SINTRAINVIMA con acta de fundación 001 código o Registro I-003-13/02/2012 de Febrero 13 de 2012, ratificada con constancia JD-433 del Ministerio de
Trabajo “Coordinación del Grupo de Archivo Sindi- cal, emitida el 08 de Octubre de 2015”, quien actúa en nombre y representación de los trabajadores, y que en lo sucesivo se denominará “ SINTRAINVI- MA”, y UNIÓN NACIONAL DE TRABAJADORES DEL INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS INVIMA UNAL-
TRAINVIMA – UNTI constituido mediante al acta de Asamblea General del día 13 xx Xxxxx del año 2016, y con número de inscripción ante el Ministe- rio del Trabajo y Protección Social con el número 012 xx xxxxx de 2016, quien actúa en nombre y representación de los trabajadores, y que en lo sucesivo se denominará “UNTI”; para establecer las normas que harán parte de los contratos de trabajo, y las relaciones colectivas entre las partes durante su vigencia.
ARTÍCULO 2. RECONOCIMIENTO SINDICAL
EL INVIMA, reconoce y reconocerá a UNTI y SINTRA- INVIMA como representantes de todos trabajadores, de igual forma reconocerá a las organizaciones de 2° y 3° grado a las cuales se encuentre afiliado SINTRA- INVIMA y UNTI, quienes podrán asesorarle en los
conflictos tanto individuales como colectivos de trabajo, de acuerdo al cumplimiento de la Conven- ción Colectiva y se entenderá con la organización sindical.
ARTÍCULO 3. APLICACIÓN DEL ACUERDO COLECTIVO DE TRABAJO
A partir de la vigencia del presente Acuerdo Colectivo de Trabajo las normas contenidas en esta, se aplica- rán a todos los servidores públicos del INVIMA, o como se denominen en el futuro, incorporándose a sus vinculaciones laborales existentes y a las que se celebren a futuro. Sin perjuicio de extensión en los
términos xx xxx a todos los servidores públicos, dichas vinculaciones laborales no podrán ser desmejoradas en ningún caso en perjuicio de los mismos. Toda disposición que trate de desvir- tuarlas o contradecirlas, se considera, viciada de nulidad, es decir INEFICAZ.
ARTICULO 4. VIGENCIA (Ver Capitulo XIII)
ARTÍCULO 5. CESIÓN DE DERECHOS
Si los sindicatos SINTRAINVIMA y UNTI, se fusio- nan con otro u otros sindicatos, los derechos convencionales de los trabajadores y las trabaja- doras, así como los de la organización sindical continuarán vigentes. Los trabajadores y las traba- jadoras del INVIMA afiliados a SINTRAINVIMA y
UNTI, y amparados con fuero sindical, al momento de presentarse la fusión y que no estén incorpora- dos en los cargos directivos del nuevo sindicato, conservarán el fuero por el término que establezca la ley y seis (6) meses más.
ARTÍCULO 6. CONTINUIDAD DE DERECHOS E INTERPRETACIÓN DE NORMAS
A partir de la vigencia del presente acuerdo colectivo todos los artículos, cláusulas, numerales, literales, parágrafos o parte de estos de los anteriores acuerdos colectivos beneficios, planes y otras garantías que no hayan sido modifi- cados o sustituidos por el presente acuerdo colectivo, seguirán vigentes y se incorporarán a la que se firme para que forme un solo cuerpo, excepto a lo referente en los artículos:
Art. 25 Acta de acuerdo colectivo – INVIMA – SINTRAINVIMA del 13 xx xxxx de 2016, en lo concerniente a la comisión de servicios.
Art. 34 Acta de acuerdo colectivo INVIMA – SINTRAINVIMA del 13 xx xxxx de 2016, en lo concerniente a permisos sindicales.
Art. 35 Acta de acuerdo colectivo INVIMA – SINTRAINVIMA del 13 xx xxxx de 2016, en lo concerniente a Apoyo actividad sindical.
De igual manera, todas las clausulas y disposiciones preexistentes que en todo o en parte beneficien al trabajador y a los sindicatos y no sufran modificación en sentido de mejoramiento, mediante el acto jurídico resultante, conti- núan vigentes y se consideran parte del mismo.
Parágrafo: En caso de conflicto o duda sobre la aplicación y alcance de las normas que estén contenidas en acuer- dos colectivos o en laudos arbitrales, prevalecerá la interpretación más favorable al trabajador y los sindicatos.
ACUERDO
Se garantizará que todos los derechos adquiridos mediante Acuerdos Colectivos anteriores o reconocidos median- te Acto Administrativo, que favorezcan a los empleados públicos y a las organizaciones sindicales, tendrán continui- dad y progresividad. Solo podrán ser reformados en forma expresa por Acuerdo Colectivo y con el exclusivo propó- sito de su progresividad o mejoramiento.
En caso de conflicto o duda sobre la aplicación y alcance de las normas que estén contenidas en acuerdos colecti- vos o en laudos arbitrales, prevalecerá la interpretación más favorable al trabajador y los sindicatos.
Lo anterior en concordancia con el Decreto 160 de 2014, los convenios 151 y 154 de la OIT, o las normas que lo
modifiquen, adicionen y/o complementen.
ARTÍCULO 7. PROTECCIÓN CIRCUNSTANCIAL
EL INVIMA se compromete a no ejercer represalias de ninguna naturaleza, en ningún tiempo, por causa o con ocasión xxx xxxxxx de peticiones o la negociación o acuerdos colectivos, contra los miembros de la comisión negociadora o miembros xx XXXX y SINTRAINVIMA, o de cualquier trabajador y/o traba-
jadora que haya intervenido directa o indirecta- mente en la negociación, respetando las disposi- ciones legales y constitucionales en materia de FUERO CIRCUNSTANCIAL y/o ESTABILIDAD REFORZADA.
ARTÍCULO 8. DERECHO DE ASOCIACIÓN
A partir de la firma del presente acuerdo colectivo de trabajo, EL INVIMA respetará y promoverá el derecho de asociación sindical conforme a las leyes, cumplirá el mandato establecido en la declaración universal de derechos humanos, acatará los convenios 87, 98, 151 y 154 de la Organización Internacional xxx Xxxxx- jo (OIT) e incluirá todos los convenios internacionales debidamente ratificados mediante leyes, de acuerdo con la Constitución Nacional, disposiciones conven- cionales y en general aquellas que regulen la materia y en consecuencia no ejercerá ningún acto de presión contra los trabajadores por razón de su sindicaliza- ción, actividad sindical, tales como sanciones disci- plinarias o despidos sin justificación o fundamento.
Al gozar el trabajador de la protección legal contra todo acto de discriminación tendiente a menoscabar
la libertad sindical y a sujetar o condicionar su empleo o el reconocimiento de mejoras o benefi- cios a la condición de no afiliarse o a la de dejar de ser miembro de este; EL INVIMA se compromete a no despedir a ningún trabajador (a), a desmejo- rarlo o discriminarlo en cualquier forma a causa de su afiliación sindical o a incentivar su desafilia- ción mediante oferta de dádivas o prerrogativas, para ello, en consecuencia se entiende que no habrá lugar a represalias, discriminación o coac- ción de ninguna naturaleza; en cumplimiento de lo establecido en el artículo 26 de la ley 1453 de 2011, que reformó el artículo 200 de la Ley 599 y 600 de 2000 o Código Penal y de procedimiento, y demás normas de orden legal, constitucional de carácter colectivo, de acuerdo a los convenios internacionales ratificados por nuestro país.
ARTÍCULO 9. LOGÍSTICA Y ORGANIZACIÓN DE LA MESA DE NEGOCIACIÓN
EL INVIMA asumirá los gastos de funcionamiento que se generen por motivo de transporte y estadía de los negociadores que residan fuera de Bogotá. De la misma forma garantizara la consecución de un sitio y la logística necesaria para conformar, mantener y finalizar la mesa de concertación con los miembros de la comisión negociadora y miembros xx XXXX y SINTRAINVIMA, además del otorgamiento de los
permisos sindicales que se requieran, con el fin de darle a la negociación garantías que nos permitan el mejor desarrollo de la misma.
Parágrafo: No serán imputables a los permisos que existan o que en el futuro se consigan, a los permisos de la comisión negociadora durante la duración del conflicto colectivo.
ARTÍCULO 10. PUBLICACIÓN DE ACUERDO COLECTIVO DE TRABAJO
Dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la firma del acuerdo colectivo de Trabajo, EL INVIMA, conjun- tamente con los sindicatos SINTRAINVIMA y UNTI, elaborará una recopilación del acuerdo colectivo y los futuros acuerdos colectivos de trabajo. EL INVIMA asumirá los gastos que por tal razón se generen. Una vez terminada la recopilación de normas, se editarán mil (1000) ejemplares para ser entregados a los trabajadores y las trabajadoras
de EL INVIMA, y los que SINTRAINVIMA y UNTI requiera para realizar la divulgación y promoción sindical a nivel nacional.
Parágrafo: Se creara una comisión, conformada por dos (2) representantes de cada organización sindical (SINTRA- INVIMA y UNTI) y dos (2) representantes por parte de EL INVIMA, quienes presentaran un proyecto de la menciona- da recopilación.
ACUERDO
El Invima se compromete a presentar un diseño de la presentación final del acuerdo, el cual se realizará con el apoyo del área de comunicaciones, y una vez sea aprobado por los delegados de las organizaciones sindicales y la admi- nistración, será publicado en la página web del Instituto de forma permanente y de fácil ubicación.
CAPÍTULO II
Política Laboral
Manual de funciones y Competencias laborales
ACUERDO
El INVIMA, garantizará la participación de UNAL- TRAINVIMA-UNTI y SINTRAINVIMA en la cons-
trucción y el estudio de las modificaciones o actua- lizaciones al manual de funciones de los funciona- xxxx de la entidad, para lo cual se establecerá una metodología o instructivo donde se indique la dinámica de la participación.
Se indica que para aquellos funcionarios que participen en las actividades relacionadas con los
operativos de lucha contra la ilegalidad, facilitadores de calidad, facilitadores del sistema de seguridad y salud en el trabajo y quienes participen en las auditorías internas de Control Interno, se debe expe- dir constancia por el Director Misional o Jefe del área su participación, con el fin de ser dirigidas al Grupo xx Xxxxxxx Humano de la entidad, para que reposen en la historia laboral de éstos funcionarios y sean susceptibles de certificación, a partir del presente acuerdo.
Reporte de Vacantes
ACUERDO
El Invima divulgará cada dos meses a través del Grupo xx Xxxxxxx Humano, la información relacio- nada con las vacancias temporales y definitivas a
los funcionarios del Instituto a través del correo institucional. Dicha información deberá contener como mínimo:
Cargo Vacante Código
Grado Dependencia Grupo
Cargo Titular Cargo
Tipo De Vacancia Ciudad
Manual De Funciones Observaciones
Opec
Candidato Con Derecho Preferencial
Se expedirá y socializará el lineamiento por parte del Invima para provisión de las vacancias del Instituto, teniendo en cuenta el siguiente orden:
1. Cumplimiento de la Ley 909 de 2004 (art. 24) dándole aplicación a los derechos preferentes xx xxxxxxx administrativa
2. Funcionarios xx xxxxxxx administrativa que
tengan calificación en destacado
3. Funcionarios que estén nombrados en provisio- nalidad y que cumplan con los requisitos para el cargo
4. Contratistas de la dependencia, teniendo en cuenta el análisis de la hoja de vida de todos los contratistas que se encuentren en el área
5. Personal que haya estado nombrado en provi- sionalidad y que haya salido del Invima por cumplimiento de las listas de elegibles, previa verificación de la experiencia que tenga en la entidad, teniendo en cuenta el análisis de la hoja de vida.
6. Convocatoria pública en el link de trabaje con nosotros
Principio de primacía de la realidad en funciones anexas
ACUERDO
Este acuerdo fue resuelto en los mismos términos del acuerdo sobre manual de funciones y competencias laborales.
Reestructuración
ACUERDO
El Invima dará cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 1 de la Circular externa 11 de 2017 expedida por el DAFP, y adicionalmente, invitará a las Organizaciones Sindicales para que asistan a la Comisión de Personal, cuando el orden del día incluya traslados y reubicaciones facilitando espacios de comunicación y socialización.
Empleo temporal
ACUERDO
El Invima procurará la provisión temporal por encargo o nombramiento provisional cuando el titular del empleo se encuentre en una de estas situaciones:
Licencia por maternidad en la medida que la asume la EPS. Licencia ordinaria no remunerada mayor a 30 días hábiles.
Licencia no remunerada para adelantar estudio mayor a 30 días hábiles.
Vacancia temporal generada por periodo de prueba en tránsito a otra entidad o en la misma.
Comisión para desempeñar un empleo en un cargo de libre nombra- miento y remoción en otra entidad o en la misma.
Incapacidad mayor a 180 días cuando la entidad de pensiones ya lo ha asumido.
Lo anterior de conformidad con la ley y la Reglamentación de las situaciones administrativas que expida el Instituto.
Aplicación de jurisprudencia
ACUERDO
El Invima presentará al Comité Institucional de Gestión y Desempeño la petición de unificación del criterio jurídico para que se expida un procedimiento o acto administrativo que le permita a los inspectores tomar decisiones ajustadas a derecho para los productos de competencia del Instituto.
CAPÍTULO III
Bienestar Social, Incentivos y Salud Ocupacional
Flexibilización de horarios
ACUERDO
Se unificará en un solo acto administrativo el
establecimiento de los diferentes horarios para los funcionarios del Invima y se implementará a nivel nacional en lo que sea susceptible. Lo anterior, en concordancia con lo establecido en la normativi- dad vigente, en especial, lo dispuesto en el artículo
3 de la Ley 1857 de 2017.
Se deberán generar unos criterios en materia de turnos y el tiempo de alimentación o descanso para los funcionarios que prestan el servicio de inspec- ción oficial.
Medicina prepagada y seguro de vida
ACUERDO
El Instituto, en el marco de la Circular 11 de 2017 se compromete a elaborar la proyección de los costos de esta solicitud, y se presentará en el anteproyecto de inversión de la vigencia correspondiente.
Desde el Grupo xx Xxxxxxx Humano se continuarán gestionando convenios con las E.P.S. que ofrecen planes complementarios de salud y medicina prepa- gada, para que los servidores públicos obtengan descuentos. Igualmente, ARL Positiva se encuentra
ofreciendo actualmente un seguro de vida y seguro por incapacidad sobre el cual se seguirán adelantando gestiones para buscar mejores precios para los servidores.
Así mismo se procurará que la socialización de programas ofertados por las E.P.S., A.R.L y demás entidades, se realicen en los días en que se encuentre la mayor cantidad de servidores presentes.
Plan exequial
ACUERDO
Este acuerdo fue resuelto en los mismos términos del acuerdo sobre medicina prepagada y seguro de vida.
Capacitación formal
ACUERDO
El Invima a través de la Secretaria General - Coordinación xx Xxxxxxx Humano hará divulgaciones periódicas cada 3 meses de las piezas institucionales que se tengan respecto a temas de acoso laboral en la página web y a través de Systemplus, o cualquier otra herramienta tecnológica. De igual manera, informará a todos los servidores públi- cos y demás personal vinculado con la entidad, sobre las modificaciones o actualizaciones que se presenten sobre la materia.
El Invima a través de la Secretaria General - Coordinación xx Xxxxxxx Humano incluirá en la actividad de Reinduc- ción que realiza anualmente, un espacio en el que se socialicen las modificaciones o actualizaciones que se presen- ten sobre acoso laboral, procedimientos disciplinarios, calidad, evaluación del desempeño, entre otras.
ACUERDO
El Invima adelantará los trámites para evaluar la posibilidad de realizar una modificación al convenio del proyecto de inversión actual, de lo contrario, se presentará un nuevo proyecto con el fin de financiar la educación no formal para una segunda lengua por medio del ICETEX.
ACUERDO
En cumplimiento del artículo 16 del Decreto 160 de 2014, el Invima se compromete a presentar a la Comisión de Personal el proyecto de aprendizaje en materia sindical que presenten las organizaciones de manera conjunta, para adicionarlo al Plan de Formación y Capacitación de la presente. En el mismo sentido, se hará anualmente. Lo anterior, sin perjuicio de que las organizaciones sindicales puedan acceder a capacitaciones antes de presentar a la comisión de personal el proyecto de aprendizaje en materia sindical.
ACUERDO
Se propondrá a la Comisión de Personal que el incentivo para mejor empleado de las próximas vigencias, se establezca de acuerdo con las múltiples opciones que contempla el artículo 33 del Decreto 1567 de 1998.
Capacitación informal
ACUERDO
El Invima continuará garantizando la inclusión del núcleo familiar en las actividades de Bienestar Social de acuerdo
con el presupuesto asignado en la respectiva vigencia. Igualmente, se recibirán las solicitudes de actividades que surjan a iniciativa de los servidores.
Así mismo, el Invima socializará oportunamente los servicios que ofrecen las distintas cajas de compensación a
sus afiliados y beneficiarios a nivel nacional.
Prendas Institucionales
ACUERDO
El Invima continuará adelantando todas las gestiones administrativas necesarias, encaminadas a lograr anualmen- te un aumento presupuestal en el rubro de adquisición de elementos de protección personal que garanticen en la mayor medida las necesidades de los servidores públicos que lo requieran.
Acuerdo Juanes
ACUERDO
El Invima propenderá porque las becas que se gestionen en el exterior, sean preferiblemente dictadas en idioma español o con la ayuda de un traductor en este idioma. Lo anterior, sin perjuicio de limitar la oferta educativa que realicen los diferentes países.
Respecto al patrocinio de programas educativos destinados a servidores públicos, se tendrá en cuenta lo acordado en Capacitación formal.
Apoyo Educativo
ACUERDO
Acordado con Capacitación formal.
Xxxxxxxx Xxxxx
ACUERDO
Con fundamento en el estudio sociodemográfico el Invima se compromete a continuar generando espacios de socialización de programas de vivienda con el Fondo Nacional del Ahorro, Cajas de Compensación y entidades financieras, así mismo propiciará la realización de capacitación financiera dirigida los servidores.
Capacitación Voluntariado
ACUERDO
El Invima continuará adelantando las jornadas de capacitación necesarias para la brigada, buscando que las mismas se incrementen anualmente, no solo en Bogotá sino también en todos los Grupos de Trabajo Territorial.
El Invima buscará para la siguiente vigencia, en la medida que no existan restricciones de orden legal, dotar con los equipos de comunicación idóneos a las Brigadas.
Cafeterías
ACUERDO
El Invima se compromete a realizar dentro del mes siguiente a la firma del acuerdo, un inventario de lo que se requiere en las cafeterías de todas las sedes del Invima a nivel nacional (incluyendo necesidades de ventilación y extracción de olores) para plantear las necesidades a cubrir en la vigencia de 2019.
Plan de bienestar
ACUERDO
El Invima dará estricto cumplimiento al parágrafo del artículo 3 de la Ley 1857 de 2017 y el Decreto 051 de 2018.
ACUERDO
La media jornada por motivo de cumpleaños se mantiene, pero se modificará en el sentido de permitirle a los servi- dores que cumplen años en días no hábiles, hacer efectivo este beneficio dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes.
De igual manera, quien cumpla en día hábil podrá optar por tomar este beneficio en los mismos términos del inciso
anterior.
ACUERDO
El Invima gestionará la suscripción de convenios para obtener descuentos y otros beneficios en las Guarderías
Infantiles cercanas a los sitios de trabajo de los servidores del Instituto que requieran de este servicio para sus hijos.
ACUERDO
El Invima adelantará todas las gestiones posibles para desarrollar actividades recreativas que cubran el mayor
rango de edades de los hijos menores de los servidores, en concordancia con la respectiva disponibilidad presu- puestal.
ACUERDO
Se gestionará por parte del Invima el préstamo de canchas deportivas con colegios u otras entidades distritales, que no generen costos para la entidad que puedan afectar el presupuesto destinado para actividades generales de bienestar
Así mismo se gestionarán para cada vigencia, los recursos que permitan los encuentros deportivos entre interde- pendencias del Instituto, y se garantizará a los servidores, los permisos para entrenamientos y asistencia a encuen- tros deportivos en representación de la entidad.
Estructura Edilicia y mobiliario
ACUERDO
El Invima se comprometerá a entregar en cada una de las reuniones de seguimiento previstas entre la administra- ción y los sindicatos, un informe sobre el desarrollo de los proyectos de infraestructura que se estén adelantando en la entidad.
El Invima se compromete a hacer un análisis a nivel nacional sobre las necesidades y posibles adecuaciones en pro de los bici-usuarios (casilleros, duchas, vestidores y parqueaderos).
El Invima seguirá dando estricto cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 2.2.4.6.25 del Decreto 1072 de 2015.
Familia
ACUERDO
Respecto a este punto se tendrá en cuenta lo acordado en el primer párrafo del acuerdo sobre plan de bienestar.
Reconocimiento
ACUERDO
Respecto a este punto se tendrá en cuenta lo acordado en el Artículo 13 xxx Xxxxxx de Sintrainvima:
«Las organizaciones sindicales podrán participar de las reuniones de los comités detallados en la solicitud, preser- vando las condiciones legales que acompaña cada uno de ellos y garantizando confidencialidad requerida en los diferentes campos de aplicación de estos.
Para el caso del comité de convivencia se precisa que los designados de las organizaciones sindicales podrán asistir siempre y cuando las personas citadas a los procesos lo soliciten»
ACUERDO
Se socializará a los servidores públicos a través de Systemplus, el procedimiento para la escogencia del mejor equipo de trabajo y mejor empleado, deberá realizarse de forma previa al inicio de la etapa de inscripciones.
Los criterios y el procedimiento para la escogencia del mejor empleado y mejor equipo de trabajo deben establecer- se dentro del Plan de Incentivos de cada vigencia, y deben ser diseñados para garantizar la objetividad en el acceso a estos incentivos por parte de los servidores.
ACUERDO
Los representantes de la administración propondrán a la Comisión de Personal la posibilidad de otorgar un recono- cimiento no pecuniario por cada dependencia (despachos y coordinaciones), a los tres mejores servidores xx xxxxx- ra administrativa, provisionales o de libre nombramiento y remoción que no sean gerentes públicos.
ACUERDO
Los representantes de la administración propondrán a la Comisión de Personal estudiar la posibilidad de hacer
reconocimientos pecuniarios a los equipos de trabajo que ocupen el segundo y tercer lugar.
ACUERDO
En las diferentes actividades de Xxxxxxxxx que se realicen en la entidad, se mantendrán criterios objetivos o se establecerán dinámicas que faciliten la participación de todos los funcionarios para distribuir los obsequios dona- dos por los distintos colaboradores del Invima.
Nivel de Riesgo en actividades del laboratorio
ACUERDO
Sobre este punto se tendrá como acordado lo dispuesto en el punto 3.6., y se procurará la entrega de los elementos
de protección personal solicitados de acuerdo con el presupuesto asignado para el efecto.
ACUERDO
El Invima a través del Grupo xx Xxxxxxx Humano y en articulación con la ARL, realizará un estudio de las sustancias usadas en el ejercicio de sus funciones para establecer los riesgos a los cuales se encuentran expuestos.
Atención al riesgo psicosocial
ACUERDO
El Invima garantizará la continuidad y el fortalecimiento del Plan de Acción para la Atención y Prevención del Riesgo
Psicosocial, de acuerdo con la normatividad vigente.
ACUERDO
El Invima expedirá un manual para la procedencia de situaciones administrativas que impliquen una separación
temporal del servicio. En la elaboración de su proyección, participará la Coordinación xx Xxxxxxx Humano y un representante de cada organización sindical. Para este efecto, se tendrá en cuenta la normatividad vigente, en espe- cial, lo dispuesto en el Decreto 648 de 2017, y se actualizará de acuerdo a las normas que se expidan sobre el tema.
Transporte y tránsito móvil
ACUERDO
El Invima dará cumplimiento a la Circular Externa n.° 11 de 2017 emitida por el DAFP, en el sentido de incluir dentro del Plan de Bienestar, un programa de servicio de transporte para los servidores, siempre y cuando las condiciones presupuestales de la entidad lo permitan.
Para efectos de lo anterior, el Instituto se compromete a elaborar la proyección de los costos de esta solicitud, y se presentará en el anteproyecto de inversión de la vigencia correspondiente.
ACUERDO
La reubicación laboral de los servidores a áreas diferentes a las del grupo, oficina, o dirección a la que pertenecen, será evaluada en cada caso particular, dando prioridad a aquellos que posean dictámenes o recomendaciones médicas que lo requieran, de lo contrario, dependerá exclusivamente de la incidencia que pueda tener la ubicación del puesto de trabajo en relación con la necesidad del servicio, y las condiciones físicas y funcionales para el correc- to desempeño del empleo.
ACUERDO
Se revisarán de forma conjunta entre la administración y las asociaciones sindicales, los parámetros y condiciones señalados en las resoluciones que regulan el procedimiento para el reconocimiento de gastos de comisión, tenien- do en cuenta el listado de municipios, el Decreto 648 de 2017 y la escala de viáticos de la respectiva vigencia, con el fin de reducir el impacto generado por condiciones de acceso que dificultan el cumplimiento de las funciones de los servidores que deben desplazarse fuera de su sitio habitual de trabajo.
ACUERDO
Se constituirá una mesa de trabajo entre la administración y las asociaciones sindicales, que recepcione y haga
seguimiento a las quejas y solicitudes que se generen en relación a la calidad del parque automotor y al servicio de transporte terrestre que presta la empresa contratada por el Invima para este efecto.
Adicionalmente, se creará una cuenta de correo electrónico para que cualquier servidor público que haga uso de este servicio, pueda presentar quejas o solicitudes para conocimiento de la mesa de trabajo y de los supervisores de este contrato xxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx.
El Invima incluirá dentro de su anteproyecto de presupuesto para las vigencias siguientes recursos para garantizar la contratación que propenda por el mejoramiento del servicio de transporte propio o tercerizado.
Interoperatividad
ACUERDO
El Invima continuará garantizando interoperatividad y conectividad de los sistemas y aplicativos en todas las sedes
del Invima, con el fin de garantizar la celeridad en los trámites que realizan los usuarios.
ACUERDO
Se realizará el análisis de los manuales de funciones de los Laboratorios de la Red y de otras dependencias que puedan incluirse dentro del Plan Piloto de Teletrabajo.
ACUERDO
Frente al uso de WhatsApp, el Instituto no ha autorizado su utilización como herramienta oficial de trabajo para los
servidores.
El Invima se compromete a continuar generando los mecanismos necesarios para mejorar la infraestructura tecno- lógica de la entidad, de forma tal que se facilite la operación diaria de sus trabajadores, y se gestionarán los recursos dentro de las próximas vigencias, para implementar el servicio de WiFi en toda la entidad.
Prepensionados
ACUERDO
El instituto dará estricto cumplimiento al orden establecido legal (Decreto 1083 de 2015) y jurisprudencialmente
para la provisión de vacantes definitivas.
ACUERDO
Desde el Grupo xx Xxxxxxx Humano se realizará una nueva revisión del listado de prepensionados, y se tomarán las medidas necesarias para garantizar la asistencia a las actividades y capacitaciones de todos los servidores que se encuentren en esta condición, siempre y cuando ellos así lo deseen.
Trámites de incapacidades y licencias
ACUERDO
El Invima continuará realizando el trámite para el cobro y reconocimiento de las incapacidades, licencias xx xxxxxxx- dad, licencias de maternidad, accidente laboral o atención de médico particular.
No obstante lo anterior, para la transcripción y el reconocimiento de las incapacidades médicas otorgadas por servicios médicos particulares, se aclara que las EPS y ARL solicitan copia de la historia médica o epicrisis, la cual solo puede ser gestionada y obtenida por el servidor incapacitado, por el carácter de reserva que tiene este docu- mento. Este documento deberá ser remitido en sobre cerrado al Invima, para que el instituto pueda posteriormente adelantar los trámites respectivos ante la EPS o ARL. ( Parágrafo, Artículo 10 del Título 2, Resolución 2017016064 del 24 xx xxxxx de 2017).
Reconocimiento de gastos de transporte de taxis.
ACUERDO
El Invima realizará los ajustes a la Resolución 2018008893 del 1 xx xxxxx de 2018, con el fin de reconocer a los servidores no solo los gastos que se generen frente al aeropuerto-destino, sino también los que se generen frente al aeropuerto-origen.
ACUERDO
El Invima continuará solicitando las comisiones al exterior, siempre procurando que el día de llegada del servidor, no
coincida con el día del evento motivo de la misma.
Puestos de trabajo
ACUERDO
El Invima continuará garantizando que los puestos de trabajo cumplan con lo dispuesto en el Decreto 1072 de 2015, en cuanto a ergonomía y a los estándares mínimos para que los funcionarios cuenten con puestos de trabajo acorde con las necesidades físicas y funcionales, y efectuará seguimiento a los casos especiales para adaptarlos de acuerdo con los requerimientos médico-laborales.
Ascensos y encargos
ACUERDO
Este acuerdo fue resuelto en los mismos términos del acuerdo de reporte de vacantes.
Humanización del servicio
ACUERDO
El Invima propenderá por la humanización del servicio en cada una de sus sedes, a través del análisis de situaciones puntuales en las mesas de seguimiento, partiendo de la implementación de estrategias que optimicen la comunica- ción interna en todos los niveles.
Comunicación
ACUERDO
El Invima propenderá por la humanización del servicio en cada una de sus sedes, a través del análisis de situaciones puntuales en las mesas de seguimiento, partiendo de la implementación de estrategias que optimicen la comunica- ción interna en todos los niveles.
Peticiones grupos de trabajo territorial
ACUERDO
Este acuerdo fue resuelto en los mismos términos del acuerdo sobre comunicación.
Incentivo en actividades voluntarias
ACUERDO
El Invima realizará anualmente un reconocimiento simbólico a los servidores que realicen actividades voluntarias
en el instituto, o en representación del Invima, para lo cual se solicitará a la Comisión de Personal su inclusión en el Plan Anual de Incentivos.
CAPÍTULO IV
Comunidad
Parque Automotor:
ACUERDO
Este acuerdo fue resuelto en los mismos términos del inciso cuarto del numeral 3.19. Frente a la asignación de
parqueaderos, la aclaración correspondiente quedó consignada en el Acta de negociación n.° 11.
Sistemas
ACUERDO
El Invima se compromete a dar cumplimiento a la planeación realizada para el mejoramiento de la infraestructura tecnológica dentro de sus planes de inversión.
CAPÍTULO V
Continuidad y Progresividad
ACUERDO
Se garantizará que todos los derechos adquiridos mediante Acuerdos Colectivos anteriores o reconocidos median-
te Acto Administrativo, que favorezcan a los empleados públicos y a la organización sindical, tendrán continuidad y progresividad. Solo podrán ser reformados en forma expresa por Acuerdo Colectivo y con el exclusivo propósito de su progresividad o mejoramiento.
En caso de conflicto o duda sobre la aplicación y alcance de las normas que estén contenidas en acuerdos colecti- vos o en laudos arbitrales, prevalecerá la interpretación más favorable al trabajador y el sindicato.
Lo anterior en concordancia con el Decreto 160 de 2014, los convenios 151 y 154 de la OIT, o las normas que lo
modifiquen, adicionen y/o complementen.
CAPÍTULO VI
Garantías Sindicales
Estatus Sindical
ACUERDO
Se garantizará a las organizaciones sindicales, un espacio para la promoción de sus actividades dentro de los even-
tos de reinducción que realice la entidad.
Promoción sindical y del derecho de asociación
ACUERDO
Se garantizará a las organizaciones sindicales, un espacio para la promoción de sus actividades en el programa de inducción y/o reinducción que realice la entidad a todos los servidores.
Cupos plus por evento de la entidad
ACUERDO
En los eventos donde participen los gerentes públicos de la entidad, el Invima presentará una solicitud a la organiza- ción anfitriona, con el fin de incluir, sin costo alguno, la participación del mayor número de servidores posibles, espe- cialmente la de aquellos que laboren en las ciudades donde se realice el respectivo evento.
Para efectos de lo anterior, se tendrán en cuenta los criterios para acceder a capacitaciones dispuestas en el acuer- do del ARTÍCULO 14. PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACIONES.
CAPÍTULO VII
Garantias Economicas
Asignación presupuestal para la actividad Sindical
ACUERDO
El criterio legal para establecer un incremento presupuestal frente a este rubro, corresponde a un aumento igual al IPC (4.09 %), así las cosas, el rubro para cada una de las organizaciones sindicales para el año 2018, corresponderá a la suma de TREINTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL PESOS M/CTE. ($ 31.227.000.oo)
En concordancia, para el año 2019 el rubro corresponderá al presupuesto del año inmediatamente anterior ($ 31.227.000.oo), más el IPC del año 2018; para cada una de las organizaciones sindicales.
Capacitación
ACUERDO
En cumplimiento del artículo 16 del Decreto 160 de 2014, el Invima se compromete a presentar a la Comisión de Personal el proyecto de aprendizaje en materia sindical que presenten las organizaciones de manera conjunta, para adicionarlo al Plan de Formación y Capacitación de la presente vigencia. Lo anterior, sin perjuicio de que las organi- zaciones sindicales puedan acceder a capacitaciones antes de presentar a la comisión de personal el proyecto de aprendizaje en materia sindical.
En lo referente al Artículo 30, este punto se encuentra incluido dentro del presente acuerdo en el plan institucional de capacitaciones.
Comisión de seguimiento
ACUERDO
Se dispondrá en la parte final del acuerdo, una cláusula donde se consignen las obligaciones que tendrá la adminis- tración y las organizaciones sindicales, de realizar mínimo una reunión mensual y de carácter presencial, con el fin de adelantar un seguimiento al presente acuerdo.
El Comité de seguimiento al acuerdo sindical estará constituido por:
a) Por parte de la administración: El secretario General
La Coordinación xx Xxxxxxx Humano
Los invitados que se consideren pertinentes, de acuerdo a la temática a tratar.
b) Por parte de las asociaciones sindicales:
Tres representantes de UNALTRAINVIMA Tres representantes de SINTRAINVIMA
Las reuniones se realizarán de manera conjunta entre la administración y las organizaciones sindicales.
Participación en decisiones que afecten al empleado
ACUERDO
Respecto a la participación de las organizaciones sindicales en comités y comisiones, en este punto se tendrá como convenido lo dispuesto en el Artículo 13 - Participación en comités.
Se garantizará a las organizaciones sindicales, un espacio para la promoción de sus actividades dentro del evento anual de re inducción.
Incentivo por servicios especiales
ACUERDO
El Invima solicitará un concepto al DAFP, con el fin de unificar los criterios para definir la jornada laboral de los servi- dores públicos del instituto, a fin de determinar compensatorios u otros derechos laborales derivados de la misma.
Prima extralegal de localización -Factor Endógeno
ACUERDO
El Invima manifiesta que este asunto no puede ser objeto de concertación, de acuerdo con el artículo 5 del Decreto
160 de 2014.
No obstante lo anterior, el Invima solicitará un concepto al DAFP frente a la posibilidad de otorgar una prima extrale- gal por factor endógeno, y de ser viable, cuál sería el procedimiento a seguir para la obtención de la misma.
Incentivo al ahorro
ACUERDO
El Invima manifiesta que este asunto no puede ser objeto de concertación, de acuerdo con el artículo 5 del Decreto
160 de 2014.
No obstante, el Invima promoverá a través de diferentes medios en los procesos de inducción y/o reinducción a la
afiliación al fondo de empleados a todos sus trabajadores.
Guarderías infantiles
ACUERDO
El Invima gestionará la suscripción de convenios para obtener descuentos y otros beneficios en las Guarderías
Infantiles cercanas a los sitios de trabajo de los servidores del Instituto que requieran de este servicio para sus hijos.
Patrocinio para actividades deportivas y culturales
ACUERDO
Se gestionará por parte del Invima el préstamo de canchas deportivas con colegios u otras entidades distritales, que no generen costos para la entidad que puedan afectar el presupuesto destinado para actividades generales de bienestar.
Así mismo se gestionarán para cada vigencia, los recursos que permitan los encuentros deportivos entre interde- pendencias del Instituto, y se garantizará a los servidores, los permisos para entrenamientos y asistencia a encuen- tros deportivos en representación de la entidad.
ACUERDO
CAPÍTULO VIII
Favorabilidad
Para todos los efectos laborales siempre se tendrá en cuenta el principio constitucional de la favorabilidad.
CAPÍTULO IX
Divulgación
Publicación y medios de comunicación
ACUERDO
Como resultado de las reuniones de seguimiento de las que habla el acuerdo en el numeral 6.5. Comisión de seguimiento, se realizará a través de Systemplus, una divulgación bimestral del acuerdo y de los avan- ces que se hayan obtenido frente al mismo.
En todo caso, se buscarán de manera permanente entre la administración y las asociaciones sindicales, nuevos mecanismos de divulgación, incluyendo las diferentes reuniones institucionales que se realicen en la entidad.
Con el fin de remitir y recibir correo físico que se
genere en el desarrollo de la actividad sindical, las
organizaciones sindicales podrán hacer uso de las valijas de correspondencia de la entidad. Igual- mente, el Invima se compromete a asignar un usuario de correspondencia a cada organización sindical y una impresora con sus respectivos consumibles para uso exclusivo de estas organi- zaciones.
Se garantizará a las organizaciones sindicales, un espacio para la promoción de sus actividades dentro del programa de inducción y/o reinducción que realice la entidad a todos los servidores.
CAPÍTULO X
Garantías Fortalecimiento en la Carrera Administrativa
Eliminación del lineamiento 60 de 2013.
ACUERDO
Se revisarán los lineamientos que se han emitido por parte de las Direcciones Misionales a la Dirección de Operaciones Sanitarias con el fin de realizar una depuración del mismo respecto de su vigencia y
aplicación, incluido el Lineamiento 60 de 2013.
Se evidencia la necesidad de unificar la forma de
emisión y vigencia de dichos lineamientos se
deberá proponer un documento para la elabora- ción de los mismos.
Se realizará la revisión y actualización del procedi- miento de inspección y el instructivo para el segui- miento a la implementación del Decreto 1500 de 2007 en establecimientos con autorización sanita-
ria provisional IVC-INS-IN033, y antes de su publica- ción, deberán ser socializados para observaciones y recomendaciones a las áreas misionales correspon- dientes y a las organizaciones sindicales con las cuales se suscribe el presente acuerdo, con el fin de que realicen los aportes correspondientes.
Ajustes perfiles profesionales de la planta
ACUERDO
Este acuerdo fue resuelto en los mismos términos del acuerdo sobre manual de funciones y competencias labora- les.
Participación en comités
ACUERDO
Las organizaciones sindicales podrán participar de las reuniones de los comités detallados en la solici- tud, preservando las condiciones legales que acompaña cada uno de ellos y garantizando confi- dencialidad requerida en los diferentes campos de aplicación de estos.
Para el caso del comité de convivencia se precisa que los designados de las organizaciones sindicales podrán asistir siempre y cuando las personas citadas a los procesos lo soliciten.
Plan institucional de capacitación
ACUERDO
El Invima continuará garantizando que la mayor parte de los recursos de capacitación por vigencia, se destinen a los funcionarios xx xxxxxxx adminis- trativa y realizará a través del Grupo xx Xxxxxxx Humano la gestión para la consecución de cupos para los funcionarios en las diferentes disciplinas en las que tenga injerencia el Invima. Igualmente, desde este Grupo se apoyarán capacitaciones que puedan ser gestionadas por las diferentes instan- cias y/o a iniciativa de los servidores públicos del Instituto, para que sean dirigidas a los funcionarios interesados en la materia de la capacitación.
En todo caso se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
Que las funciones del servidor estén relaciona- das con el objeto de la capacitación.
Que las capacitaciones se generen en igualdad de condiciones y se priorice a quienes no han accedido a estas y de manera especial a los funcionarios ubicados en los pasos fronterizos xx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx y San Xxxxxx.
Que frente a las capacitaciones presenciales se lleve un registro que garantice el control de asistencia, y se prioricen para aquellos que no hayan accedido previamente a las mismas.
Se tendrán en cuenta los mismos criterios para los entrenamientos en puestos de trabajo.
CAPÍTULO XI
Garantías Sociales
Inclusión al Plan Nacional de Tuberculosis
ACUERDO
El instituto a través de la Coordinación xx Xxxxxxx Humano adelantará todos los trámites necesarios para incluir a los funcionarios que sean susceptibles de dicha inclusión, al Plan Nacional de Tuberculosis y a la normatividad que lo adicione, modifique o reglamente, e igualmente garantizará la asistencia de los servidores públicos a las citas médicas para el tratamiento de las patologías de origen zoonótico.
Genero e inclusión laboral
ACUERDO
El Invima se compromete a generar espacios de capacitación y divulgación en temas de equidad de género, respeto
por la actividad sindical e inclusión, dirigida a todos los integrantes del Instituto.
Periodo de lactancia y protección a la maternidad
ACUERDO
El Invima expedirá un manual para la procedencia de situaciones administrativas que impliquen una separación temporal del servicio. En la elaboración de su proyección, participará la Coordinación xx Xxxxxxx Humano y un representante de cada organización sindical. Para este efecto, se tendrá en cuenta la normatividad vigente, en espe- cial, lo dispuesto en el Decreto 648 de 2017, y se actualizará de acuerdo a las normas que se expidan sobre el tema.
De acuerdo con la normatividad vigente, no es posible otorgar más descansos remunerados durante la lactancia, de los que ya contempla la ley. No obstante, de acuerdo a la naturaleza y factores de riesgo a los que se ven expues- tas las servidoras lactantes que cumplen funciones en las áreas operativas del instituto, se propenderá por la reubi- cación temporal de la funcionaria, hasta que el hijo menor cumpla su primer año de vida.
Crédito de vivienda
ACUERDO
Con fundamento en el estudio sociodemográfico el Invima se compromete a continuar generando espacios de socialización de programas de vivienda con el Fondo Nacional del Ahorro, Cajas de Compensación y entidades financieras, así mismo propiciará la realización de capacitación financiera dirigida los servidores.
Jornada de cumpleaños
ACUERDO
La media jornada por motivo de cumpleaños se mantiene, pero se modificará en el sentido de permitirle a los servi-
dores que cumplen años en días no hábiles, hacer efectivo este beneficio dentro de los cinco (5) días hábiles
siguientes.
Mejoramiento del transporte suministrado por instituto para el desarrollo de las funciones
ACUERDO
Se constituirá una mesa de trabajo entre la administración y las asociaciones sindicales, que recepcione y haga seguimiento a las quejas y solicitudes que se generen en relación a la calidad del parque automotor y al servicio de transporte terrestre que presta la empresa contratada por el Invima para este efecto.
Adicionalmente, se creará una cuenta de correo electrónico para que cualquier servidor público que haga uso de este servicio, pueda presentar quejas o solicitudes para conocimiento de la mesa de trabajo y de los supervisores de este contrato xxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx.
El Invima incluirá dentro de su anteproyecto de presupuesto para las vigencias siguientes, recursos para garantizar la contratación que propenda por el mejoramiento del servicio de transporte propio o tercerizado.
Convenios de transporte para funcionarios
ACUERDO
El Invima dará cumplimiento a la Circular Externa n.° 11 de 2017 emitida por el DAFP, en el sentido de incluir dentro del Plan de Bienestar, un programa de servicio de transporte para los servidores, siempre y cuando las condiciones presupuestales de la entidad lo permitan.
Para efectos de lo anterior, el Instituto se compromete a elaborar la proyección de los costos de esta solicitud, y se presentará en el anteproyecto de inversión de la vigencia correspondiente.
Póliza de seguro de vida
ACUERDO
Desde el Grupo xx Xxxxxxx Humano se continuará gestionando convenios con las E.P.S. que ofrecen planes comple- mentarios de salud y medicina pre pagada, para que los servidores públicos obtengan descuentos. Igualmente, ARL Positiva se encuentra ofreciendo actualmente un seguro de vida y seguro por incapacidad sobre el cual se seguirán adelantando gestiones para buscar mejores precios para los servidores.
Así mismo se procurará que la socialización de programas ofertados por las E.P.S., A.R.L y demás entidades, se realicen en los días en que se encuentre la mayor cantidad de servidores presentes.
Auxilio funerario
ACUERDO
Este acuerdo fue resuelto en los mismos términos del acuerdo sobre Póliza de seguro de vida.
Póliza de responsabilidad civil
ACUERDO
El Instituto, en el marco del numeral 8 de la Circular 11 de 2017 se compromete a elaborar la proyección de los costos de esta solicitud, y se presentará en el anteproyecto de inversión de las vigencias correspondientes.
Comisión de servicios
ACUERDO
Se revisarán de forma conjunta entre la administración y las asociaciones sindicales, los parámetros y condiciones señalados en las resoluciones que regulan el procedimiento para el reconocimiento de gastos de comisión, tenien- do en cuenta el listado de municipios, el Decreto 648 de 2017 y la escala de viáticos de la respectiva vigencia, con el fin de reducir el impacto generado por condiciones de acceso que dificultan el cumplimiento de las funciones de los servidores que deben desplazarse fuera de su sitio habitual de trabajo.
CAPÍTULO XII
Garantías Sindicales
Permisos sindicales
ACUERDO
El Invima continuará concertando los permisos sindicales atendiendo a las solicitudes de las organizaciones sindi- cales sin afectar la prestación del servicio de la entidad.
Apoyo actividad sindical
ACUERDO
El criterio legal para establecer un incremento presupuestal frente a este rubro, corresponde a un aumento igual al IPC (4.09 %), así las cosas, el rubro para cada una de las organizaciones sindicales para al año 2018, corresponderá a la suma de TREINTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL PESOS M/CTE. ($ 31.227.000.oo)
En concordancia, para el año 2019 el rubro corresponderá al presupuesto del año inmediatamente anterior ($ 31.227.000.oo), más el IPC del año 2018, para cada una de las organizaciones sindicales.
Permisos negociadores
ACUERDO
El Invima continuará concediendo los permisos sindicales para efectos de negociación colectiva, de acuerdo con lo
dispuesto en el Decreto 160 de 2014 o la norma que lo adicione o modifique.
Publicación y medios de comunicación
ACUERDO
Como resultado de las reuniones de seguimiento de las que habla el acuerdo del numeral 6.5. Comisión xx xxxxx-
miento, se realizará a través de Systemplus, una divulgación bimestral del acuerdo y de los avances que se hayan obtenido frente al mismo.
Con el fin de remitir y recibir correo físico que se genere en el desarrollo de la actividad sindical, las organizaciones sindicales podrán hacer uso irrestricto de las valijas de correspondencia de la entidad. Igualmente, el Invima se compromete a asignar un usuario de correspondencia a cada organización sindical y una impresora para uso exclusivo de estas organizaciones.
Capacitación sindical
ACUERDO
En cumplimiento del artículo 16 del Decreto 160 de 2014, el Invima se compromete a presentar a la Comisión de Personal el proyecto de aprendizaje en materia sindical que presenten las organizaciones de manera conjunta, para adicionarlo al Plan de Formación y Capacitación de la presente vigencia. Lo anterior, sin perjuicio de que las organi- zaciones sindicales puedan acceder a capacitaciones antes de presentar a la comisión de personal el proyecto de aprendizaje en materia sindical.
CAPÍTULO XIII
Vigencia
ACUERDO
El presente acuerdo laboral tendrá vigencia a partir de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2019. Las condiciones pactadas en él solo podrán ser modificadas por acuerdo entre las partes firmantes.
COMISIÓN NEGOCIADORA | |
Nombre Completo | Cargo |
Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx | Xxxxxxxx negociador Administración Invima |
Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx | Xxxxxxxx negociador Administración Invima |
Xxxxxxxx Xxxxxx Niño | Delegado negociador Administración Invima |
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx | Xxxxxxxx negociador Administración Invima |
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx | Delegado negociador UNALTRAINVIMA-UNTI |
Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx | Delegado negociador UNALTRAINVIMA-UNTI |
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx | Delegado negociador UNALTRAINVIMA-UNTI |
Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxx | Delegado negociador UNALTRAINVIMA-UNTI |
Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx | Delegado negociador UNALTRAINVIMA-UNTI |
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx | Xxxxxxxx negociador UNALTRAINVIMA-UNTI |
Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx | Delegado negociador SINTRAINVIMA |
Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx | Xxxxxxxx negociador SINTRAINVIMA |
Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx | Delegado negociador SINTRAINVIMA |
Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx | Delegado negociador SINTRAINVIMA |
Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx | Delegado negociador SINTRAINVIMA |
Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx | Delegado negociador SINTRAINVIMA |
Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxx | Delegado negociador SINTRAINVIMA |
Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx | Delegado negociador SINTRAINVIMA |
El acta de Acuerdo fue suscrita en la ciudad de Bogotá el 6 de julio de 2018 y depositada en el Ministerio de Trabajo el 13 de julio de 2018.