PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR LA CONTRATACION DEL SERVICIO DE LIMPIEZA EN CENTROS CULTURALES DEPENDIENTES DE LA SOCIEDAD REGIONAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO.
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR LA CONTRATACION DEL SERVICIO DE LIMPIEZA EN CENTROS CULTURALES DEPENDIENTES DE LA SOCIEDAD REGIONAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO.
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO.-
El objeto del contrato consiste en la prestación del servicio de limpieza en los centros culturales e instalaciones que se detallan en el mismo, dependientes de la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte, S.L., conforme se detallan en el Pliego de Condiciones Técnicas.
El contenido del presente Xxxxxx, el Pliego de Condiciones Técnicas y el resto de documentos anexos, siempre que no contradigan a los primeros, revestirán carácter contractual, así como la oferta del adjudicatario en su totalidad.
La empresa adjudicataria quedará obligada al cumplimiento de las directrices que pueda establecer la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte en lo referente a cualquier circunstancia que pudiera sobrevenir referente a la prestación del servicio. No obstante, será en última instancia la Sociedad quien resolverá sobre las diferencias de criterios que puedan surgir respecto a la forma de prestación del servicio.
SEGUNDA.- NOMENCLATURA
La codificación correspondiente al objeto del contrato de la nomenclatura del Vocabulario Común de Contratos Públicos, recogido en el Reglamento 213/2008, de la Comisión es CPV 90910000-9, Contrato de Servicios de Limpieza, Categoría 14, Servicios de Limpieza de Edificios y Servicios de Administración de Bienes Raíces, del Anexo II del Real Decreto Legislativo 3/2011, incluyendo productos de higiene y limpieza.
TERCERA.- ENTIDAD CONTRATANTE.-
La entidad contratante es la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte SL , sociedad participada al 100% por el Gobierno de Cantabria, CIF X00000000, con domicilio fiscal en 00000 Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxx x/x, Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx, en adelante la Sociedad Regional, la cual forma parte del sector público, conforme a lo previsto en el artº. 3.1.c) TRLCSP.
CUARTA.- PERFIL DEL CONTRATANTE.-
De conformidad con lo establecido en el artículo 53 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, el perfil del contratante de la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte está disponible en la página web institucional en el sitio xxx.xxxxx.xx. En la misma se podrá tener acceso a la información relativa a la presente licitación.
QUINTA.- REGIMÉN JURIDICO Y JURISDICCION COMPETENTE.-
El presente contrato no está sujeto a regulación armonizada.
Resulta de aplicación lo previsto en el artº. 20.1 del TRLCSP, teniendo la consideración de contrato privado, si bien en su preparación y adjudicación debe regirse por lo previsto en las
Instrucciones Internas de Contratación de la sociedad, TRLCSP (artº. 2.1 TRLCSP), y las restantes normas de derecho administrativo y de derecho privado, sin perjuicio de que en cuanto a sus efectos y extinción se rijan por normas de derecho privado.
La Jurisdicción Civil es la competente para conocer de las controversias que pudieran surgir tanto de la preparación y adjudicación del contrato, como entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción, atendiendo al contenido del artº. 21.2 TRLCSP.
SEXTA.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION
Este Pliego, junto con el Pliego de Prescripciones Técnicas, ha de regir la adjudicación del contrato, de acuerdo con lo establecido en el TRLCSP, y en las normas sobre contratación de la Sociedad Regional.
Las ofertas de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, y su presentación supone la aceptación incondicionada por parte del licitador de todas las cláusulas o condiciones de este Pliego, sin salvedad o reserva alguna.
SÉPTIMA.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO – IMPORTE MÁXIMO DE LICITACIÓN.
El valor estimado del contrato, calculado conforme a lo previsto en el artº. 88 TRLCSP, asciende a la cantidad de CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL EUROS (155.000,00.- €), I.V.A. excluido.
El importe máximo de licitación, asciende a la cantidad de CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL EUROS (155.000,00.- €), I.V.A. excluido.
El contrato se financiará con cargo a los presupuestos de 2017 y 2018, en los que deberá consignarse la cantidad necesaria al efecto, quedando condicionado el contrato a este particular.
OCTAVA.- PRECIO.
El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo, y deberá indicar como partida independiente el I.V.A.
En el precio del contrato se consideraran incluidos los tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el pliego.
El pago del precio se distribuirá en doce mensualidades de igual importe, sobre la que se aplicará el I.V.A, al tipo vigente, y se aplicarán en su caso, las correspondientes deducciones o retenciones.
El precio pactado no estará sujeto a revisión o modificación.
NOVENA.- PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.-
El plazo de ejecución del contrato será de UN AÑO (1), comenzando el mismo al momento de su firma.
Concluido el plazo pactado, quedará resuelto este contrato.
DÉCIMA.- ORGANO DE CONTRATACION.
La capacidad para contratar la ostenta el Consejo de Administración de la Sociedad, sin perjuicio de la delegación de facultades, o apoderamientos, a favor de personas determinadas.
En la tramitación de este expediente el Órgano de Contratación estará asistido por una Comisión de Contratación, encargada de la tramitación del expediente, y de formular la correspondiente propuesta de Resolución.
UNDÉCIMA.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR.-
Podrán participar en este procedimiento las personas, naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que tengan capacidad de obrar, y no se encuentren incursas en ninguna de las prohibiciones de contratar previstas legalmente, y que acrediten su solvencia económica, financiera, técnica y profesional.
Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación del servicio objeto del contrato.
Las personas jurídicas solo podrá ser objeto de adjudicación del contrato, si la prestación está comprendida dentro de su objeto social, o ámbito de su actividad, según lo previsto en sus estatutos o acuerdos fundacionales. Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea deberán estar habilitadas para realizar la prestación objeto del contrato con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas. Cuando la legislación del estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder ejecutar la prestación de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables, en forma sustancialmente análoga. Tratándose de empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio se prescindirá del informe de reciprocidad.
Podrán también presentar ofertas las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor. Los empresarios que concurran agrupados en Uniones Temporales de Empresas, quedaran obligados solidariamente, debiendo nombrar un representante o apoderado único de la unión, con poder suficiente para ejercitar derechos y cumplir con las obligaciones del contrato hasta su extinción, sin perjuicio de que puedan existir poderes mancomunados para cobros y pagos de cuantía significativa.
DUODÉCIMA.- GARANTÍA PROVISIONAL.
Atendiendo al objeto del contrato, de conformidad con el artículo 103 del texto refundido de la Ley de Contratos no se exige garantía provisional.
DECIMOTERCERA.- GARANTÍA DEFINITIVA.
El licitador que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá constituir a disposición del órgano de contratación una garantía DEFINITIVA equivalente a un 5 % del importe de adjudicación del contrato, excluido el IVA.
La garantía podrá prestarse:
a) En metálico, mediante transferencia bancaria a la cuenta abierta a nombre de la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte, S.L.
b) Mediante aval prestado por alguno de los bancos, establecimientos de crédito, sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, conforme al modelo de Aval que se acompaña. (Anexo V)
c) Mediante contrato de seguro de caución con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo, conforme al modelo que se adjunta como Anexo. (Anexo VI)
De no cumplirse y acreditarse este requisito, no se efectuará adjudicación a su favor, ni se formalizará contrato,
La devolución o cancelación de la garantía definitiva se realizará dentro de los seis meses siguientes a la finalización del contrato, siempre que no queden obligaciones pendientes de cumplimiento, con independencia de su naturaleza.
DECIMOCUARTA.- OFERTAS
1º.- LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas se presentarán en la sede de la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte sita en Santander, Calle Xxxxxx s/n, Xxxxxxx de Festivales de Cantabria, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 13:00 horas.
Igualmente, las ofertas se podrán presentar a través de correo certificado. En tal caso el candidato habrá de dirigir dentro del plazo de presentación de ofertas una comunicación a la siguiente dirección de correo electrónico: xxxxxxx.xxxxxx@xxxxx.xx. En dicha comunicación deberá constar copia escaneada del justificante de envío. Dichas ofertas serán rechazadas si no llegasen a la sede de la Sociedad Regional dentro de las tres días hábiles siguientes a la finalización del plazo o si hubiesen sido remitidas fuera del plazo de presentación de ofertas.
2º.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las proposiciones se presentarán en el plazo de quince días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de Cantabria, en horario de 09:00 a 13:00 horas. Si el último día fuese sábado o festivo el plazo de presentación se aplazará hasta el primer día hábil siguiente.
3º.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES INTEGRANDO SU OFERTA.
Los licitadores presentarán la solicitud de participación conforme al ANEXO I en la que hará constar un correo electrónico consintiendo recibir las notificaciones relacionadas con el procedimiento de contratación por este medio telemático y a la que acompañarán la
documentación que seguidamente se detalla en tres sobres señalados con las letras “A”, “B”, y “C”. Dichos sobres deberán estar cerrados, debiendo figurar en el anverso el título y referencia del procedimiento de licitación, y el nombre del interesado.
Una vez entregada o remitida la documentación no podrá ser retirada, salvo que la retirada de la proposición sea justificada y, en todo caso, antes del acto público de apertura, momento a partir del cual, no será devuelta ninguna documentación presentada por los licitadores, hayan resultado o no adjudicatarios.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, ni tampoco suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo han hecho individualmente, o figurar en más de una unión temporal. El incumplimiento de lo anterior, determinará la no admisión de todas las propuestas que por él hayan sido suscritas.
La proposición debe referirse a la totalidad de los trabajos y/o servicios, en los términos previstos en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
El contenido de cada uno de los sobres será el siguiente:
SOBRE “A”: DOCUMENTACIÓN GENERAL.
1.- Documentación acreditativa de la capacidad de obrar, conforme a Xxxxx XX.
2.- Documentación acreditativa de la solvencia económica y técnica, conforme a la prevista en el Anexo IV.
3.- Certificado de encontrarse el licitador al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias expedido por la Agencia Estatal Tributaria y de encontrarse el corriente en el cumplimiento con la Seguridad Social expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social
4.- Declaración jurada de no estar incurso en ninguna prohibición legal de contratar prevista en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011 conforme al ANEXO II.
5.- Solicitud de participación y aceptación de las bases conforme al ANEXO I
SOBRE “B”: OFERTA TÉCNICA.
La oferta técnica incluirá los siguientes apartados:
A) Relación del equipo de trabajo disponible para la organización de los servicios que son objeto del contrato, con expresión de su categoría, formación y experiencia acreditable en labores similares, el nivel de dedicación, la inmediatez, y la flexibilidad para atender los horarios del servicio.
B) Proyecto de organización y coordinación de los servicios, explicitando el tiempo de respuesta para cada actuación, la organización de la coordinación y la supervisión del servicio.
C) Plan de formación del personal en materia de seguridad y en las materias específicas objeto de este contrato, con expresión de los medios a disposición de la empresa para impartir esa formación.
SOBRE “C”: OFERTA ECONÓMICA.
Contendrá exclusivamente una sola proposición, expresada conforme al modelo que figura como Xxxxx XXX a este pliego, en la que se indicará, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), y entendiéndose a todos los efectos que en el precio ofertado se incluye cualquier otro tributo que sea de aplicación al presente contrato. No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores y tachaduras que impidan conocer claramente la oferta. Su presentación presume la aceptación incondicionada por el empresario de todas, sin salvedad o reserva alguna, las cláusulas xxx Xxxxxx y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la SRECD.
La documentación se presentará en original, copia compulsada o testimonio notarial.
DECIMOQUINTA.- COMISIÓN DE CONTRATACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS
1º.- COMPOSICIÓN.
La Comisión de Contratación estará formada por el Director General de la Sociedad Regional, que la presidirá, la Directora de Recursos Humanos, y el responsable de la Oficina Técnica y de Mantenimiento de la Sociedad.
La Comisión de Contratación podrá asesorarse durante el proceso por personal técnico de la Sociedad Regional.
Actuará como secretario de la Comisión de Contratación un letrado al servicio de la Sociedad Regional, levantando acta sucinta de todos los actos previstos en este pliego.
2º.- APERTURA DE OFERTAS.
La Comisión de Contratación se reunirá y procederá a la apertura del sobre “A”, calificando la documentación presentada (documentación), no siendo público este acto. Las proposiciones se abrirán a partir del cuarto día hábil posterior a la finalización del plazo de presentación. En caso de ser dicho día inhábil en Santander dicho plazo mínimo para la apertura se prorrogará hasta el día hábil siguiente. La fecha de apertura se publicará en la página web de la sociedad.
El acto se celebrará en la sede de la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte.
En dicho acto se decidirá la admisión de licitadores mediante pronunciamiento expreso. En caso de defectos subsanables en la documentación, se otorgará un plazo de dos días hábiles al efecto, desde que el licitador es requerido.
Los documentos solicitados en subsanación deberán ser entregados en las oficinas de la Sociedad Regional, de lunes a viernes, en horario de 09:00 a 13:00 horas. Si el último día fuese sábado o festivo el plazo de presentación se aplazará hasta el primer día hábil siguiente.
No se admitirán aquellos documentos enviados por correo, pero que no hayan sido entregados en las oficinas de la Sociedad Regional dentro del plazo otorgado para la subsanación.
Finalizado este trámite, la Sociedad Regional comunicará a los licitadores a través de la página web el listado de admitidos, señalando día y hora para el acto público de apertura del sobre “B”, valorándose provisionalmente las ofertas técnicas presentadas.
Si fuera preciso, la Comisión de Contratación podrá requerir el auxilio de responsables técnicos de la Sociedad.
Una vez notificada a los participantes la puntuación obtenida en el apartado técnico a través de la página web, se procederá a la apertura del sobre “C” en acto público, valorándose provisionalmente el apartado económico.
DECIMOSEXTA.- VALORACIÓN DE LAS OFERTAS.
La valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se realizarán en base a los criterios directamente vinculados al objeto del contrato, especificados en los Pliegos.
Los criterios objetivos que servirán de base para la adjudicación, serán los siguientes, Valoración de la propuesta económica, con un máximo de 50 Puntos.
Valor técnico de la oferta, con un máximo de 30 Puntos. Mejoras ofertadas, con un máximo de 20 Puntos.
Constará de dos fases, la primera, a la apertura del sobre “B”, de valoración técnica, y la segunda, a la apertura del sobre “C”, valoración de la propuesta económica.
Las proposiciones presentadas, y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales, atendiendo a los criterios de valoración, serán clasificadas por orden decreciente.
Primera Fase: Valoración Técnica.-
A) Memoria Técnica Hasta 30 puntos
Para valorar este criterio, se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:
- Número de horas totales previstas para cada edificio.
- Número de personas destinadas al servicio por edificios.
- Primera aproximación a la planificación de la limpieza.
- Planning de horarios y actuaciones.
- Descripción de sistema de limpieza y equipos utilizados.
- Certificado de servicios similares prestados para organismos públicos o privados.
- Certificado de calidad de servicio (ISO 9000).
- Convenios colectivos a los que se adscribe el personal del adjudicatario que prestará el servicio.
- Descripción de medios de señalización dedicados.
B) Mejoras ofertadas Hasta 20 puntos
Se valorará dentro de este criterio, exclusivamente los siguientes aspectos:
- Ejecución de tareas periódicas, con mayor frecuencia a la requerida por la Sociedad, especificando el tiempo dedicado Se valorará como máximo en 4 puntos.
- Disponer de un Sistema de Gestión Ambiental Certificado.
……………………………………..…………………………………Se valorará como máximo en 2 puntos.
- Disponer de un certificado de prevención de riesgos laborales.
…………………………….………………………………….…… Se valorará como máximo en 1’5 puntos.
- Ejecución de otras tareas no incluidas en el presente Xxxxxx, necesarias a juicio del licitante, para conseguir los fines generales del servicio, especificando el tiempo dedicado Se valorará como máximo en 3 puntos.
- Colocación de recipientes para pilas, cartuchos de tinta, tóner, etc., así como su recogida y envío para reciclaje por una empresa autorizada para ello.
…………………………………………………….……………..…..Se valorará como máximo en 3 puntos.
- Certificación o compromiso de implantación de planes de igualdad, desarrollo de políticas de responsabilidad social y políticas de gestión de seguridad y salud en el trabajo Se valorará como máximo en 1’5 puntos.
- Maquinaria industrial dedicada a la prestación del servicio a disposición permanente del personal para los centros de trabajo objeto de contrato: plataformas elevadoras (1 punto), fregadoras y barredoras industriales (2 puntos), lavadora y secadora industrial (1 punto) y cestas de transporte de lavandería (1 punto) Se valorará como máximo en 5 puntos.
Segunda Fase: Valoración de la propuesta económica.-
Este criterio se valorara hasta un máximo de 50 Puntos, conforme al siguiente procedimiento,
- Todas las ofertas serán clasificadas por orden de mayor a menor, conforme a la puntuación obtenida en la fase técnica de valoración.
- En cuanto a la Oferta Económica, se asignará a la mejor oferta el máximo de los puntos correspondientes a dicho criterio. Se entenderá que cumple este criterio aquella oferta que resulte más baja respecto del precio previsto como importe máximo de licitación, siempre que no incurra en valores anormalmente bajos o desproporcionados.
- Las restantes ofertas se puntuarán utilizando la siguiente fórmula:
P= 50 * (Cuantía mejor oferta)/(cuantía oferta considerada).
- Obtenida la puntuación de todas las ofertas respecto a cada uno de los criterios, se sumará la puntuación total de cada una de ellas, resultando seleccionada la que obtenga mayor puntuación.
- Si se considerase que alguna de las ofertas incurre en valores anormalmente bajos o desproporcionados, se comunicará al licitador tal circunstancia, concediéndosele un plazo de 10 días a fin de que justifique de forma razonada y suficiente la viabilidad de la misma. De no entenderse adecuada dicha justificación, la proposición será excluida.
DECIMOSÉPTIMA.- ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.-
Una vez concluida la valoración de las ofertas se procederá por la Comisión de Contratación a efectuar la propuesta de adjudicación.
La adjudicación será efectuada por el Consejero Delegado de la Sociedad en el plazo máximo de quince días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
La adjudicación deberá ser motivada, notificada a los licitadores y simultáneamente se publicará en el perfil del contratante.
El contratista seleccionado deberá proceder a constituir la garantía definitiva en alguna de las formas previstas en el TRLCSP y la formalizar un seguro de responsabilidad civil con un importe asegurado por siniestro de 600.000 euros, todo ello dentro de los diez días naturales siguientes a notificársele la propuesta de adjudicación. En el caso de las UTE deberán además acreditar su constitución.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento de documentación, en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose, en su caso, a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
El contrato se formalizará dentro del plazo de quince días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación y en todo caso en los cinco días hábiles siguientes a notificar el requerimiento al contratista para la firma del contrato.
Si el adjudicatario desea elevar a escritura pública el contrato deberá notificarlo a la Sociedad siendo de cuenta del adjudicatario los gastos que ello implique.
Si por causa imputable al contratista no se formalizase el contrato, la Sociedad Regional podrá proceder a su resolución y a la incautación de la garantía.
Adjudicado y formalizado el contrato, la documentación acompañada a las ofertas quedará a disposición de los interesados.
En cualquier momento previo a la adjudicación, la Sociedad podrá desistir del procedimiento, mediante Resolución motivada que será publicada en el perfil del contratista y notificada a los participantes.
DECIMOCTAVA.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO
A).- Obligaciones generales del contratista.-
1º.- El contratista es el responsable de la organización de los servicios para cuya ejecución habrá de disponer cuantos elementos personales y materiales sean precisos bajo el principio de riesgo y xxxxxxx.
2º.- Deberá iniciar la ejecución del contrato de forma inmediata, empleando los medios materiales y personales que establece en su oferta, cumpliendo las condiciones requeridas en los pliegos administrativo y técnico, que tienen carácter contractual. A este respecto debe tenerse en cuenta le necesidad de contar con un Plan de Limpieza por cada uno de los centros, conforme se establece en el Pliego de Condiciones Técnicas.
3º.- Deberá facilitar a la Sociedad Regional la información y la documentación que esta solicite para el seguimiento del servicio, y de forma concreta,
Certificado de aptitud para el puesto de trabajo de todos los/as trabajadores/as que presten servicios en el ámbito del contrato de servicios, expedido por el servicio de prevención de riesgos propio o ajeno de la empresa contratista del servicio.
Documentos justificativos de la información y formación impartida a los trabajadores/as respecto a los riesgos específicos de los puestos de trabajo a desempeñar para la Sociedad Regional, así como de la formación recibida respecto a las medidas de emergencia y evacuación.
Documentación justificativa de la formación específica en materia de prevención de riesgos laborales necesaria para el desarrollo de las tareas a ejecutar (curso en alturas, manejos de plataforma elevadora, etc…)
Copia de los contratos de trabajo, siempre que resulten preceptivos, concertados con todos y cada uno/a de los/as trabajadores/as, así como documento acreditativo de haberles dado de alta en régimen general de la Seguridad Social.
Evaluación de los riesgos asociados a los puestos de trabajo incluidos en el objeto del contrato, así como el resto de documentos acreditativos del cumplimiento de la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales, con especial mención al protocolo de actuaciones en materia de coordinación de actividades empresariales.
Mensualmente copia de los documentos de cotización a la Seguridad Social en los que conste la identidad de los/as trabajadores/as que presten servicios en el ámbito del contrato de servicios.
También, cuando se le requiera, deberá facilitar el examen del material que utiliza. Dicho material deberá contar con las homologaciones legalmente establecidas por la legislación en materia de riesgos laborales.
4º.- Durante la prestación del servicio el contratista será responsable de las instalaciones que utilice para la prestación del mismo, debiendo mantenerlas en correcto estado de conservación.
5º.- El contratista deberá designar una persona de su organización, que actúe como interlocutor frente a la Sociedad Regional, y que servirá de coordinador entre él y la Sociedad Regional para cualquier aspecto relacionado con la ejecución del contrato.
6º.- El personal del contratista, empleado en la prestación de los servicios, deberá someterse a las medidas de control que disponga la Sociedad Regional, tanto para el acceso como para la salida, de los espacios de su titularidad.
7º.- El adjudicatario queda obligado al pago de los anuncios de licitación así como de los tributos e impuestos que se produzcan como consecuencia del contrato y de los gastos de formalización pública del contrato, en su caso, así como cualquier otro que pudiera producirse.
8º.- El adjudicatario está obligado al estricto cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de Seguridad Social y prevención de riesgos laborales. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista o la infracción de las disposiciones sobre seguridad por parte del personal técnico designado por él, no implicará responsabilidad alguna para la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte. El adjudicatario deberá presentar en el plazo de quince días desde la formalización del contrato, toda la documentación referente al cumplimiento de sus obligaciones en esta materia, incluido el Plan de Seguridad y Salud.
9º.- El adjudicatario será responsable y responderá de los posibles daños que pudieran sufrir las instalaciones en las que se desarrolla el servicio, por acciones u omisiones, que resulten imputables al personal a su cargo.
B).- Pago del precio
1º.- Los pagos se efectuarán por mensualidades vencidas con cargo al Presupuesto de la Sociedad, mediante factura expedida por la empresa adjudicataria que deberá llevar la conformidad del Servicio de Mantenimiento, reservándose la sociedad la facultad de inspección de la correcta prestación del servicio.
2º.- Estos pagos se se realizarán por mensualidades vencidas por los servicios prestados en cada mensualidad y se efectuarán, dentro de los TREINTA días siguientes a la presentación de factura, mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente que señale el contratista.
3º.- La última factura se pagará al cabo de cincuenta días naturales, una vez quede acreditada la inexistencia de responsabilidad de la Sociedad Regional por la extinción de contratos que haya podido celebrar el contratista para la prestación de los servicios previstos en este contrato. La Sociedad Regional podrá retener el importe de esas eventuales responsabilidades en caso de haber recibido alguna reclamación hasta la resolución de la controversia.
C).- Seguro.- El contratista contará durante todo el plazo contractual con un seguro de responsabilidad civil que cubra las posibles responsabilidades tanto frente a la Sociedad, como a terceros por los daños materiales y personales derivada del servicio que presta con un importe asegurado por siniestro de 600.000 euros.
D).- Personal. Criterios Generales.
1º.- El personal empleado en la realización del objeto del contrato, así como la determinación del número necesario, es de exclusiva responsabilidad del contratista. Dicho personal estará a las órdenes del contratista que organizará la prestación del servicio en las condiciones previstas en el contrato y las demandas que sobre las necesidades a cubrir disponga la Sociedad Regional.
2º.- En todo caso, el contratista respetará las necesidades mínimas de personal establecidas en el Pliego de Condiciones Técnicas, respecto de algunas instalaciones.
2º.- El personal estructural del contratista se ubicará en el centro de trabajo propio de dicho contratista. El contratista tendrá un espacio reservado en los locales para la prestación del servicio.
3º.- El personal que preste servicios en los locales dependientes de la Sociedad Regional sólo accederá a dichos locales con motivo de la prestación del servicio concreto y previa acreditación ante los servicios de seguridad de dichos locales.
4º.- Sus uniformes y medios materiales para la prestación del servicio serán suministrados por el contratista a dicho personal, siendo propiedad del contratista. Se exceptúa el material dispuesto en los locales propiedad de la Sociedad Regional que por razones técnicas o para la mejor prestación del servicio pueda emplearse dentro de dichos locales.
5º.- La Sociedad Regional podrá examinar la regularidad de las contrataciones que se realicen por el contratista y señalar los incumplimientos de la normativa laboral que detecte exigiendo en su caso la subsanación de dichos incumplimientos, pudiendo prohibir el acceso de los empleados del contratista afectados en tanto se proceda a dicha subsanación.
6º.- Dado que el contratista ostenta la plena dirección del personal que contrate y su organización, en el caso de suscripción por el contratista de contratos indefinidos o irregulares para la prestación del servicio la indemnización por su resolución será por cuenta del contratista. En caso de que tenga que hacerlas frente por cualquier causa la Sociedad Regional, ésta podrá reclamar el correspondiente importe a la contratista, ejecutando incluso la garantía definitiva. Igualmente en el supuesto de tener que hacer frente la Sociedad Regional a devengos salariales, los podrá exigir al contratista ejecutando incluso las garantías. A la finalización del contrato la Sociedad Regional, no se subrogará en el personal empleado debiendo el contratista hacer frente en su caso a las indemnizaciones extintivas a que haya lugar si no diese a su personal un nuevo destino en su empresa.
7º.- La formación del personal en materia de seguridad tanto laboral como la específica que exija la prestación de los servicios, normas de evacuación etc, será impartida por el contratista a su cargo. La Sociedad Regional, que deberá entregar la documentación precisa relativa a los locales y eventos y sus planes de evacuación y seguridad con la antelación necesaria para poder impartir el contratista dicha formación, podrá exigir en todo momento la acreditación de la impartición de la formación en prevención de riesgos laborales y en materia de seguridad y evacuación de los edificios en que preste sus servicios por el contratista a su personal.
8º.- Igualmente podrá exigir al contratista la acreditación del cumplimiento de los planes de seguridad en materias tales como entrega de ropa de trabajo y equipamiento y medidas de seguridad a sus empleados.
9º.- El contratista formará a su xxxxx el personal cualificado que sea preciso para prestar los servicios que se le encomienden, tales como guías y personal de información, en las materias concretas sobre las que versen los eventos que deban cubrirse.
F).- Subrogación del personal.
El adjudicatario estará obligado a subrogarse en el personal de las empresas que vienen prestando el servicio, que figura en el Anexo al pliego de condiciones técnicas, en los términos establecidos en el convenio del sector.
G).- Cesión del contrato y Subcontratación.
No se permite la cesión del contrato, ni la subcontratación.
H).- Confidencialidad. El contratista se compromete a mantener absoluta confidencialidad y reserva de cualquier dato de carácter personal almacenado en ficheros de titularidad de la Sociedad Regional o que pueda conocer como consecuencia del ejercicio de su actividad, no comunicando a terceros estos datos ni siquiera para su conservación. Esta obligación de reserva y confidencialidad subsistirá aún después de la finalización de la prestación de servicios.
I).- Prerrogativas.
El órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, conforme determinan los artículos 210 y 211 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
J).- Penalidades y sanciones.
La Sociedad Regional podrá imponer penalizaciones por incumplimientos contractuales. Dichas penalizaciones consistirán en una proporción del importe a satisfacer en el supuesto de que los servicios se presten por menos personal del comprometido o por personal que no cumplan los requisitos de capacitación exigidos.
K).- Gastos de anuncios Oficiales.
Los gastos que pudieran derivarse de la necesaria publicación del anuncio de licitación y/o adjudicación en los Boletines Oficiales, así como en su caso del anuncio de licitación en prensa escrita, serán de cuenta del adjudicatario.
DECIMONOVENA.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO.
Este contrato se extinguirá por cumplimiento, o bien por resolución.
A).- Cumplimiento.
Llegada la fecha de vencimiento prevista, transcurrido su plazo de duración, el contrato se entenderá cumplido, dándose por extinguido el mismo, siempre que se entienda ejecutado conforma a las prescripciones del mismo, a satisfacción de la Sociedad Regional.
B).- Resolución.
Son causas de resolución del contrato:
1º.- La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad o persona jurídica contratista.
2º.- La declaración en concurso de acreedores, o la declaración como insolvente o fallido del contratista.
3º.- El mutuo acuerdo de las partes.
4º.- La falta de cumplimiento de las obligaciones establecidas contractualmente, o las incluidas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas.
5º.- La falta de pago de salarios, cuotas de Seguridad Social, u otras obligaciones sociales de los trabajadores del contratista.
6º.- La falta de pago de los bienes o productos que puedan emplearse en la prestación del servicio contratado.
7º.- Las reiteradas deficiencias en la prestación del servicio.
8º.- Aquellas otras no recogidas expresamente, pero previstas en las normas de aplicación.
VIGÉSIMA.- FUERO.
Las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales xx Xxxxxxxxx con renuncia a su fuero propio.
En Santander, a 23 xx xxxxx de 2017 La Consejera Delegada de la Sociedad
Regional de Educación, Cultura y Deporte
Xx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx
ANEXO I
A LA SOCIEDAD REGIONAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE S L
D. ……………………………………………., NIF …………………………. en nombre y representación de la sociedad mercantil denominada ………………………….………………, CIF en
su propio nombre y derecho (tache lo que no proceda)
con domicilio en …………………………. C/………………………………. Nº ……… Tlfo y
correo electrónico ……………………………………
DECLARA:
Que conoce y acepta las bases del procedimiento abierto para LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA EN CENTROS CULTURALES DEPENDIENTES DE LA SOCIEDAD REGIONAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, contenida en el
pliego de condiciones técnicas y administrativas que igualmente conoce y acepta.
Que adjunta la documentación prevista en el pliego de condiciones técnicas y administrativas
Que acepta recibir las notificaciones relacionadas con el procedimiento de selección en el correo electrónico señalado, otorgando plena eficacia a dichas notificaciones.
Que SOLICITA ser admitido en dicho procedimiento de contratación y considerada su oferta para la adjudicación del contrato indicado conforme a dichas condiciones.
Fecha y firma.
ANEXO II
DECLARACION RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN CAUSA DE PROHIBICION PARA CONTRATAR
D en su propio nombre o en nombre y representación
que acredita de la mercantil …………………………………………….……….DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD que no se encuentra incurso en causa de alguna que le impida contratar con las administraciones públicas que no se encuentra incurso en incompatibilidad ni en ninguna de las situaciones previstas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011 y que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y laborales con la Seguridad Social a los efectos de participar en el procedimiento abierto para LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA EN CENTROS CULTURALES DEPENDIENTES DE LA SOCIEDAD REGIONAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
Fecha
Firma
ANEXO III
PROPUESTA ECONÓMICA
D en su propio nombre o en nombre y representación
que acredita de la mercantil …………………………….……………………. efectúa la siguiente oferta económica a los efectos de LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA EN CENTROS CULTURALES DEPENDIENTES DE LA SOCIEDAD REGIONAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO.
Precio Ofertado; Euros, I.V.A. EXCLUIDO.
Fecha
Firma
ANEXO IV
A).- DOCUMENTACION ACREDITATIVA DE LA CAPACIDAD PARA CONTRATAR.
La aptitud para contratar se acreditará mediante la documentación señalada en los apartados siguientes, debiendo presentarse original, testimonio notarial o fotocopia compulsada de la misma. Los documentos deberán estar en castellano, y en el caso de documentación presentada por empresas extranjeras, se exigirá la traducción oficial al castellano, así como que los documentos se encuentren debidamente legalizados para producir efectos jurídicos en España.
- En el caso de personas físicas o empresarios individuales, el DNI, o en su caso, el documento equivalente. Asimismo, deberán acreditar su inscripción en el Registro Mercantil, en el supuesto de que estuviesen obligados a ello conforme a la legislación vigente y, en su caso, el del nombre comercial bajo el que operen, cuando no lo hagan con su nombre y apellidos.
- En el caso de personas jurídicas deberá presentarse la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional por la que se regule su actividad, debidamente inscrito en el Registro que corresponda en su caso, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
- Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea su capacidad se acreditará mediante su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o certificado, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
- En el caso de otras personas físicas o jurídicas extranjeras de Estados no miembros de la Unión Europea, deberán acreditarla con un informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa o certificado del Registro Mercantil acreditando la inscripción en España de la sucursal con expresión de los apoderados o representantes en España.
- Escritura de poder, o documento equivalente, que justifique la representación que ostenta el firmante de la proposición.
- Para las empresas extranjeras la declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales Españoles de cualquier Orden, para todas las incidencias que de modo directo e indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante, y expresa declaración de sometimiento al fuero de los Juzgados y Tribunales xx Xxxxxxxxx (Cantabria).
- En los supuestos de Uniones Temporales, los documentos acreditativos de la capacidad de obrar de los empresarios que las componen, en los términos expuestos en los apartados previos, y además, deberá presentarse un documento firmado por los representantes legales de los integrantes, indicando los nombres y circunstancias de los que la vayan a constituir y la participación de cada uno, la persona o entidad designada, que durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la plena representación de todos ellos, así como que asumen expresamente el compromiso de constituirse formalmente en caso de resultar adjudicatarios, siendo la duración de la Unión Temporal coincidente con la del contrato. La constitución de la Unión Temporal solo deberá acreditarse en caso de que el contrato sea adjudicado a la misma.
B).- DOCUMENTACION PARA ACREDITAR SOLVENCIA 1º.- ECONÓMICA
1º.- Informe o certificado de instituciones financieras acreditativo de solvencia.
2º.- Personas jurídicas de nacionalidad española, que adopten la forma de Sociedades de Capital, a efectos de acreditar volumen de negocios, Cuentas Anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, en los últimos 3 años.
3º.- En el caso de Personas Jurídicas de nacionalidad española, que adopten otras formas, las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito.
4º.- Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En ausencia de estos Libros contables, se podrán aportar libro de facturas emitidas a efectos de IVA, así como declaraciones/liquidaciones por ese Impuesto, correspondientes a los tres ejercicios precedentes.
5º.- Por cualquier otro medio documental que, aportado por el empresario, pueda ser considerado suficiente y adecuado por la Comisión de Contratación.
2º.- TÉCNICA.
1º.- Relación de los principales servicios realizados en los últimos cinco años, similares al que es objeto de contratación, que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Los certificados de buena ejecución de los servicios incluidos en la relación cuyo destinatario fue una entidad del sector público podrán ser comunicados directamente al órgano de contratación por la entidad contratante de los servicios.
2º.- Una descripción del material, instalaciones, y equipo técnico del que disponga el empresario.
3º.- Una declaración que indique el promedio anual de personal, con mención en su caso del grado de estabilidad en el empleo en los últimos tres años.
C).- CLASIFICACION DEL CONTRATISTA
Se entenderá acreditada solvencia técnica, si el contratista aporta certificado de clasificación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas en el Grupo U, Subgrupo 1, Servicios de Limpieza, Categoría 2.
ANEXO V
Modelo de Aval
La Entidad (Razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca), C.I.F.---, con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos), en la calle ---, de --- (C.P. ---), y en su nombre D., ---, con D.N.I./N.I.F., nº: ---, con poder suficiente para obligarse en este acto, se constituye en fiador solidario, con renuncia a los beneficios de excusión, orden y división, de (Licitador), con N.I.F./C.I.F., nº: ---, y domicilio en calle --, de – (C.P. ---), por la cantidad de --- Euros ( €), a favor de la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte, S.L., importe
que se corresponde con la garantía definitiva establecida en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares para la Contratación del Servicio de Limpieza en Centros Culturales dependientes de la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte, a adjudicar por procedimiento abierto.
La fianza así constituida se entiende hecha con los siguientes requisitos:
1º.- Que se constituye a favor y a disposición de la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte, S.L., con C.I.F., nº: B39671672, y domicilio en Santander, Calle Xxxxxx, s/n, Xxxxxxx de Festivales de Cantabria.
2º.- Que la obligación contraída por el fiador lo es con carácter solidario, por la cantidad de ---
Euros ( €).
3º.- La fianza que se constituye en el presente documento surtirá efecto a partir de la fecha del mismo y hasta que haya transcurrido el plazo de garantía previsto en el contrato.
4º.- La Entidad fiadora estará obligada a entregar el importe afianzado, con renuncia expresa al beneficio de excusión, al primer requerimiento fehaciente que realice la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte, S.L.
5º.- Que la fianza que en el presente documento se hace constar, firmada por quien representa con poder suficiente a la Entidad Fiadora, es una de las operaciones que, a tenor de los Estatutos por los que se rige, puede formalizar por constituir uno de sus fines o estar incluido en su objeto social.
6º.- Que la Entidad Fiadora no quedará liberada de esta obligación en el caso de modificación, o cambio en su objeto social, que excluya o limite este tipo de operaciones, estando obligada a comunicar tal circunstancia de forma inmediata a la Sociedad Regional de Educación Cultura y Deporte.
7º.- Esta Fianza tiene carácter mercantil, rigiéndose por lo no previsto en el presente documento, por lo dispuesto en el Código de Comercio.
El presente documento de garantía ha sido inscrito en esta misma fecha en el Registro Especial de Avales, ---.
Y sujetándose a tales requisitos, se firma el presente documento en --, a – de – de --. Razón Social
Firma de los apoderados Sello de la Entidad.
ANEXO VI
Modelo de Seguro de Caución
Garantía Definitiva Certificado nº:
La entidad – (en adelante, el asegurador), con C.I.F., nº: --, y domicilio en --, calle ---, debidamente representada por D., ----, con N.I.F. nº: , ---, con poder suficiente para obligarle en este acto, según manifiesta,
ASEGURA
A (Licitador) con N.I.F./C.I.F., nº: , en concepto de tomador del seguro, ante la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte, S.L. (en adelante, el asegurado), hasta el importe de --- Euros (--.- €), en los términos y condiciones establecidos en el TRLSCP, Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, normativa de desarrollo y Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares por las que se rige el Contrato del Servicio de Limpieza en Centros Culturales dependientes de la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte, a adjudicar por procedimiento abierto en concepto de garantía definitiva para responder las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforma a las normas y demás condiciones antes citadas frente al asegurado.
El asegurador declara bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos exigidos en el artículo 57.1 del RGLCAP.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni este quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida ni este liberado de su obligación, cado de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte, S.L., en los términos establecidos en las normas citadas, en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, y demás normas que resultan de aplicación.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte, S.L., o quien actúe en su nombre, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con los establecidos en Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y normas de aplicación.
En ---, a – de –
Asegurador
Firma apoderado Sello asegurador.