ANUNCIO
ANUNCIO
LICITACIÓN DE CONTRATOS – PROCEDIMIENTO NEGOCIADO
Mediante Resolución del Presidente de la Asociación Centro de Desarrollo Xxxxx-Porcía (CEDER Xxxxx-Porcía), de fecha 11 de septiembre de 2013 ha sido aprobado el expediente de contratación nº C-002-2013 correspondiente al “ESTUDIO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA EN LAS EMPRESAS AGROALIMENTARIAS UBICADAS EN LOS TERRITORIOS RURALES QUE FORMAN PARTE DEL
PROYECTO “ASGAIA INNOVACIÓN” financiado por el M.A.G.R.A.M.A., con un presupuesto máximo de 50.947,05 € (cincuenta mil novecientos cuarenta y siete euros y cinco céntimos), de los que 8.842,05 € (ocho mil ochocientos cuarenta y dos euros y cinco céntimos) corresponden al I.V.A., a adjudicar por el procedimiento negociado con publicidad a través del perfil del contratante y mediante trámite de urgencia. En dicha resolución han sido aprobados los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnica que han de regir el contrato.
En relación con dicho expediente de contratación, se publica en el perfil de contratante el presente
ANUNCIO DE LICITACIÓN
Entidad Adjudicadora | Organismo: | Asociación Centro de Desarrollo Xxxxx-Porcía (CEDER Xxxxx-Porcía) | |||
Número de expediente: | C-002-2013 | ||||
Objeto del contrato | Tipo: | Contrato de Servicios | |||
Descripción: | Estudio de eficiencia energética en las empresas agroalimentarias ubicadas en los territorios rurales que forman parte del proyecto “Asgaia Innovación” financiado por el M.A.G.R.A.M.A. Los estudios alcanzarán a un mínimo de 35 pequeñas empresas agroalimentarias. El alcance y características de los trabajos a realizar se especifican en el Pliego de Prescripciones Técnicas. | ||||
División número: | por lotes | y | No | ||
Lugar de ejecución: | Empresas agroalimentarias de las 11 comarcas rurales del Principado xx Xxxxxxxx (Navia-Porcía, Oscos-Eo, Ese- Entrecabos, Alto Narcea Muniellos, Xxxxx Real de la Mesa, Bajo Xxxxx, Montaña Central, Alto Xxxxx, Cabo Peñas, Comarca de la Sidra y Xxxxxxx xx Xxxxxxxx) y 3 comarcas rurales de la Comunidad Autónoma de Galicia (Ordes, Mariñas-Betanzaos y Terras do Xxxx). | ||||
Plazo entrega: | de | ejecución | o | 4 meses | |
Tramitación procedimiento adjudicación | y de | Tramitación: | Urgente | ||
Procedimiento: | Procedimiento negociado con publicidad a través del perfil del contratante | ||||
Órgano de contratación: | Presidente del CEDER Xxxxx-Porcía. | ||||
Pliegos | Existe Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Pliego de Prescripciones Técnicas |
Mesa de contratación | No | ||
Presupuesto base de licitación: | 50.947,05 € (cincuenta mil novecientos cuarenta y siete euros y cinco céntimos), de los que 8.842,05 € (ocho mil ochocientos cuarenta y dos euros y cinco céntimos) corresponden al I.V.A | ||
Criterios que han de servir de base para la adjudicación: | Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a los criterios establecidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. | ||
Garantía Provisional: | No se exige | ||
Obtención de documentación | Lugar: | Entidad: | CEDER Xxxxx-Porcía |
E-Mail: | |||
Domicilio: | X/ Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, xx 0 | ||
Localidad y código postal: | 33710 - Xxxxx | ||
Teléfono: | 000000000 - 000000000 | ||
Telefax:: | 985474941 | ||
Fecha límite: | La establecida para presentar ofertas. | ||
Requisitos específicos del contratista | Clasificación: | No se exige | |
Requisitos mínimos de solvencia económica y financiera y técnica o profesional: | Los especificados en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares | ||
Documentación requerida para acreditar los requisitos de solvencia: | La especificada en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares | ||
Presentación de las solicitudes de participación y de las ofertas | Plazo de presentación de solicitudes y de ofertas: | Ocho días hábiles desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en el perfil del contratante del CEDER Xxxxx-Porcía. | |
Documentación a presentar: | La especificada en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares | ||
Lugar de presentación: | Entidad: | CEDER Xxxxx-Porcía | |
E-Mail: | |||
Domicilio: | X/ Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, xx 0 | ||
Localidad y código postal: | 33710 - Xxxxx | ||
Teléfono: | 000000000 - 000000000 | ||
Telefax: | 985474941 | ||
Plazo durante el que el licitador estará obligado a mantener su oferta: | Hasta la fecha de la adjudicación del contrato. | ||
Admisión de mejoras: | Sí | ||
Elementos y condiciones sobre los que se autoriza la presentación de mejoras: | Las especificadas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. |
Número previsto empresas a las que pretende invitar presentar oferta: | de se a | Se invita a un mínimo de 3 empresas. El máximo sin determinar, pudiendo presentar oferta cualquier empresa interesada | ||
Forma de presentación de las solicitudes de participación: | Las especificada en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. | |||
Portal informático o página web donde pueden obtenerse los pliegos: | del | CEDER | Xxxxx-Porcía | |
Condiciones especiales de ejecución del contrato: | Las especificadas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y la Memoria Técnica. | |||
Otras informaciones: | El contrato está financiado con cargo a las anualidades 2013 y 2014 de la subvención aprobada mediante Resolución de 28 de julio de 2011, de la Secretaría de Estado de Medio Rural y Agua, para la realización del proyecto de cooperación interterritorial “Red Asturgallega de Industrias Agroalimentarias: Estrategias para la innovación” en el marco de la red rural nacional” (número de expediente 2011511050000060). |
En Navia, a 11 de septiembre de 2013 Por el órgano de contratación
Fdo.: D. Xxxx X. Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx Presidente del CEDER Xxxxx-Xxxxxx
XXXXXX DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
QUE REGIRAN LA CONTRATACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO CON PUBLICIDAD Y TRÁMITE DE URGENCIA DEL ESTUDIO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA EN LAS EMPRESAS AGROALIMENTARIAS UBICADAS EN LOS TERRITORIOS RURALES QUE FORMAN PARTE DEL PROYECTO “ASGAIA INNOVACIÓN” FINANCIADO POR EL M.A.G.R.A.M.A.
(C/002/2013)
1. Objeto del contrato.
El contrato tendrá por objeto la realización del estudio de eficiencia energética en empresas agroalimentarias adheridas del proyecto de cooperación “Red Asturgallega de Industrias Agroalimentarias: Estrategias para la innovación” (ASGAIA Innovación) financiado por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (M.A.G.R.A.M.A.) del que el Grupo de Acción Local Asociación Centro de Desarrollo Xxxxx-Porcía actúa como coordinador y en el que participan además otros trece Grupos de Acción Local de las Comunidades xx Xxxxxxxx y Galicia.
En el marco de este proyecto se realizó a lo largo de los años 2011 y 2012 un diagnóstico individualizado en materia de innovación, sobre un total de 126 empresas agroalimentarias. Basándose en los resultados del mismo, se decide ejecutar una serie de medidas dirigidas a mejorar la eficiencia energética de las industrias agroalimentarias adheridas a esta iniciativa en las que se han detectado mayores necesidades, entre las que se encuentra como primer paso la realización de un estudio de eficiencia energética de la empresa.
Los estudios a contratar permitirán a los empresarios conocer cuándo, dónde, cómo y cuánta energía se puede ahorrar en su instalación de una forma racional, así como cuál es la rentabilidad de dicho ahorro, mejorando así su competitividad. Además, la realización de los estudios deberán permitir la transferencia de los resultados de las auditorías energéticas, a través de un manual de buenas prácticas basado en los casos estudiados, que recoja sugerencias, explicaciones y propuestas fácilmente trasladables a otras industrias agroalimentarias.
El contenido mínimo de los estudios será el de un “diagnóstico energético”, que se considera suficiente para alcanzar los objetivos señalados, al tratarse en su mayoría de empresas de reducida dimensión. No obstante, se plantea la posibilidad de que en un número determinado de las empresas se realice el estudio con un mayor nivel de profundidad (al nivel de una “auditoría energética”).
2. Necesidades a satisfacer mediante el contrato.
Mediante la ejecución del contrato a que se refiere este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares se satisface la necesidad realizar un diagnóstico particularizado de la eficiencia energética en empresas agroalimentarias ubicadas en el territorio de aplicación del Proyecto de Cooperación.
La realización de estos diagnósticos de eficiencia energética exige una especialización técnica que impide que sea desarrollado directamente por los Grupos de Acción Local participantes en el proyecto de cooperación, siendo necesario contar con una asistencia técnica externa para su diseño y ejecución.
Las condiciones en que han de realizarse las actividades del contrato se encuentran detalladas en el pliego de prescripciones técnicas redactado por el CEDER Xxxxx-Porcía.
3. Presupuesto base de licitación.
a. El presupuesto base de licitación tiene un importe de 50.947,05 euros (cincuenta mil novecientos cuarenta y siete euros y cinco céntimos).
b. De la cantidad anterior, corresponde en concepto de impuesto sobre el valor añadido 8.842,05 € (ocho mil ochocientos cuarenta y dos euros y cinco céntimos).
4. Anualidades en que se distribuye.
La cantidad correspondiente al presupuesto del contrato se distribuirá y abonará en dos anualidades. La primera de ellas, corresponderá al ejercicio 2013 y representará, al menos, el 40
% del importe de adjudicación. La segunda de las anualidades corresponderá al ejercicio 2014 y representará a lo sumo cuantía equivalente al 60 % del precio de adjudicación.
5. Aplicación presupuestaria.
El proyecto se financia con cargo a la dotación presupuestaria correspondiente a la anualidades 2012 y 2013 de la subvención concedida para la realización del Proyecto de Cooperación Interterrritorial “Red Asturgallega de industrias agroalimentarias: estrategias para la innovación”, aprobado mediante Resolución de 28 de julio de 2011 de la Secretaría de Estado de Medio Rural y Pesca del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Xxxxxx (BOE 8 xx xxxxxx de 2011).
6. Régimen jurídico del contrato y documentos que tienen carácter contractual.
El contrato tendrá la consideración de contrato privado, de acuerdo con lo previsto en el artículo
20.1 de la Ley de Contratos del Sector Público (Ley 30/2007, de 30 de octubre).
El contrato se regirá por las siguientes normas:
- Las instrucciones sobre el procedimiento de contratación de la Asociación Centro de Desarrollo Xxxxx-Porcía aprobadas por su Asamblea General de fecha 29 de diciembre de 2009 y sus posteriores modificaciones
- La Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, modificada por la Ley 34/2010, de 5 xx xxxxxx y sus posteriores modificaciones
- El Real Decreto 88/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2007.
- La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y el procedimiento administrativo común.
- El Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, en lo que no se oponga a la Ley 30/2007.
- La Orden ARM/1287/2009, de 8 xx xxxx, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a proyectos de cooperación interterritorial y transnacional, en el marco de la Red Rural Nacional.
- El presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y El Pliego de Prescripciones Técnicas redactado por CEDER Xxxxx-Porcía que tendrá la consideración de prescripciones particulares de obligado cumplimiento.
- La oferta del licitador, bien entendido que ésta no podrá ir nunca en detrimento de los documentos anteriores. Por el contrario, se considerarán incluidos en el contrato aquellos extremos de la oferta que mejoren lo expuesto en el presente Xxxxxx y en el de Prescripciones técnicas.
- El documento en que se formalice el contrato y sus anexos.
- Cualquier otro documento contractual o acuerdo que se produzca.
Supletoriamente, serán de aplicación las normas de naturaleza civil y mercantil, como corresponde al carácter de los contratantes, sujetos a derecho privado.
7. Plazo de ejecución
El plazo de ejecución del contrato será de 4 MESES a contar desde la fecha de firma del contrato. En ningún caso este plazo será objeto de ampliación.
8. Procedimiento de adjudicación.
Dadas las peculiaridades del servicio a prestar las instrucciones de contratación del CEDER Xxxxx-Porcía exigen la adjudicación por procedimiento negociado sin publicidad. No obstante en aras de conseguir la mayor transparencia posible en el procedimiento, se dará publicidad a la licitación y la adjudicación a través del perfil del contratante del CEDER Xxxxx-Porcía, posibilitando la presentación de ofertas por parte de empresas interesadas que no sean invitadas directamente a licitar. Por ello, la adjudicación recaerá en el licitador justificadamente elegido por el órgano de contratación, tras las consultas con diversos candidatos y la publicación de la licitación en el perfil del contratante del CEDER Xxxxx-Porcía al objeto de que cualquier empresa pueda presentar oferta, y la negociación de las condiciones del contrato con uno o varios de ellos.
Por tratarse de un contrato de prestación de servicios con un presupuesto de licitación superior a los 18.000 euros que se financiará con cargo a una subvención pública, en cumplimiento del artículo 31.3 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, se solicitarán al menos 3 presupuestos y se justificará motivadamente la elección.
En todo caso, durante la negociación, el órgano de contratación velará porque todos los licitadores reciban igualdad de trato, no facilitándose de forma discriminatoria información que pueda suponer una ventaja competitiva para determinados licitadores con respecto al resto.
El órgano de contratación podrá negociar con los licitadores las ofertas que éstos hayan presentado para adaptarlas a los requisitos indicados en los pliegos con el fin de identificar la oferta más ventajosa.
9. Clasificación exigible.
No procede.
10.- Garantías exigibles.
- Provisional: No se exigirá.
- Definitiva: El licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar, en el plazo señalado en la cláusula 19 de este pliego, la constitución de la garantía del 5% del importe de la adjudicación del contrato, sin incluir el IVA. Podrá constituirse en cualquiera de los medios establecidos en el artículo 84 de la Ley de Contratos del Sector Público. De no cumplir este requisito por causas a él imputables, el CEDER Xxxxx-Porcía no efectuará la adjudicación a su favor, siendo de aplicación lo dispuesto en la cláusula 19 de este pliego.
- Complementaria: No se exigirá.
11. Presentación de ofertas.
La documentación para las licitaciones se presentará en sobres cerrados, identificados, en su exterior, con indicación de la licitación a la que concurran y firmados por el licitador o la persona que lo represente e indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa.
Los sobres se presentarán en la Sede de la Asociación Centro de Desarrollo Xxxxx-Porcía, ubicada en la segunda planta del Edificio de Servicios Múltiples del Ayuntamiento xx Xxxxx (X/ Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, xx 0 – 00000 Xxxxx), en horario de 10:00 a 14:00 h., en el plazo indicado en la cláusula 13 del presente pliego.
De igual modo, las ofertas podrán ser presentadas por correo. En tal caso el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en mismo día.
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio.
Transcurridos, no obstante, dos días hábiles siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
La entrega de la documentación a una empresa de mensajería no equivale a la presentación en las oficinas de Correos, por lo que la misma deberá tener entrada en la sede de la Asociación Centro de Desarrollo Xxxxx-Porcía en el plazo señalado. Del mismo modo, tampoco serán admitidas aquellas proposiciones que fueran presentadas en oficinas de Registro distintas a la sede de la Asociación Centro de Desarrollo Xxxxx-Porcía.
12. Forma en que deben presentarse las ofertas
Las ofertas se presentarán, en el lugar y plazo señalado, en tres sobres cerrados, numerados y rotulados exteriormente con el siguiente texto:
- SOBRE Nº 1: CONTRATO DEL ESTUDIO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA EN LAS EMPRESAS AGROALIMENTARIAS UBICADAS EN LOS TERRITORIOS RURALES QUE FORMAN PARTE DEL PROYECTO “ASGAIA INNOVACIÓN” – DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LA CAPACIDAD Y SOLVENCIA DEL LICITADOR
- SOBRE Nº 2: CONTRATO DEL ESTUDIO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA EN LAS EMPRESAS AGROALIMENTARIAS UBICADAS EN LOS TERRITORIOS RURALES QUE FORMAN PARTE DEL PROYECTO “ASGAIA INNOVACIÓN” – DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
- SOBRE Nº 3: CONTRATO DEL ESTUDIO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA EN LAS EMPRESAS AGROALIMENTARIAS UBICADAS EN LOS TERRITORIOS RURALES QUE FORMAN PARTE DEL PROYECTO “ASGAIA INNOVACIÓN” – OFERTA ECONÓMICA Y PLAZO DE EJECUCIÓN
Los sobre llevarán la firma del licitador o la persona que lo represente e indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa.
El contenido de los sobres será el siguiente:
CONTENIDO DEL SOBRE NÚMERO 1.
Contendrá la siguiente documentación que deberá reunir los requisitos de autenticidad previstos en las Leyes:
1. Documentos acreditativos de la personalidad jurídica: Los empresarios individuales, copia auténtica del DNI; los empresarios personas jurídicas, el C.I.F. y la escritura o los documentos en que conste la constitución de la entidad y los estatutos por que se rija, debidamente inscritos en el registro que corresponda cuando así lo exija la normativa que le sea de aplicación.
La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro, procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecido, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
2. Documentos acreditativos de la representación. Cuando la proposición no aparezca firmada por los licitadores deberá incluirse el poder otorgado a favor de quien o quienes suscriben la proposición junto con una copia auténtica del Documento Nacional de Identidad del o los apoderados.
3. Documento acreditativo de no estar incurso en prohibición de contratar que incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes (según modelo incluido en el anexo I), sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse antes de la adjudicación por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
Las empresas comunitarias, no españolas, podrán acreditar que no están incursa en prohibición de contratar mediante los certificados de clasificación o documentos similares que acrediten su inscripción en listas oficiales de empresarios autorizados mediante certificación emitida por organismos que respondan a las normas europeas de certificación expedidas de conformidad con la legislación del Estado miembro en que esté establecido el empresario.
4. Acreditación de la solvencia financiera:
La solvencia financiera del empresario deberá acreditarse, a criterio del órgano de contratación, por alguno de los medios siguientes:
a) Declaraciones apropiadas de entidades financieras, o en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
b) Cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro Oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros Oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente diligenciados.
c) Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.
5. Acreditación de la solvencia técnica y profesional:
La solvencia técnica y profesional del empresario deberá acreditarse, a criterio del órgano de contratación, aportando la siguiente documentación:
a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años, de importe igual o superior a los 18.000 euros, que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
b) Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa.
c) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su personal directivo durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente.
d) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente.
e) Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de subcontratar.
6. Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras. Las empresas extranjeras deberán presentar una declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
Cuando la acreditación de alguna de las circunstancias mencionadas se realice mediante la certificación de un Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas o mediante un certificado comunitario de clasificación, deberá acompañarse a la misma una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación. Esta manifestación deberá reiterarse, en caso de resultar adjudicatario, en el documento en que se formalice el contrato, sin perjuicio de que el órgano de contratación pueda, si lo estima conveniente, efectuar una consulta al Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas.
CONTENIDO DEL SOBRE NÚMERO 2: Memoria técnica
Contendrá la Memoria Técnica, según las indicaciones recogidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas y que permita valorar los criterios que dependen de un juicio de valor.
CONTENIDO DEL SOBRE NÚMERO 3: Oferta económica y plazo de ejecución.
Contendrá la información que permita valorar los criterios que dependen exclusivamente de la aplicación de una fórmula matemática:
- La oferta económica en la que se expresará en euros el precio de ejecución del servicio debiendo figurar como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido
- el plazo de ejecución propuesto, que no podrá ser superior al plazo máximo indicado en los pliegos y se expresará en semanas
Esta información se presentará conforme al modelo que se incorpora como anexo II.
13. Plazo de presentación de las ofertas y demás requisitos de las mismas.
El órgano de contratación invitará al menos a tres empresas con capacidad y solvencia para ejecutar el contrato para que concurran a la licitación y además publicará la licitación en el perfil del contratante de la asociación, permitiendo la concurrencia de cualquier empresario interesado.
Las ofertas se presentarán dentro del plazo de ocho días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha en el que se publique la licitación en el perfil del contratante de la Asociación Centro de Desarrollo Xxxxx-Porcía.
Las ofertas de los interesados deberán ajustarse a lo revisto en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, y su presentación supondrá la aceptación incondicionada por el licitador, sin salvedad o reserva alguna, del contenido de la totalidad de dichas cláusulas o condiciones, así como de los contenidos de las prescripciones de obligado cumplimiento que figuran en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
Las ofertas serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento en que deba procederse a su apertura. Cada licitador no podrá presentar más de una oferta. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente.
La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
14. Cuestiones que pueden ser objeto de negociación: Criterios para la adjudicación del contrato.
La negociación que deba celebrarse según el procedimiento de adjudicación versará sobre los siguientes aspectos de carácter económico y técnico.
Se aplicarán los siguientes criterios para la valoración de las ofertas que dependen exclusivamente de la aplicación directa de una fórmula:
Criterio 1. Menor precio: Se valorará con un máximo de 45 puntos. Obtendrá la máxima puntuación la oferta más económica que no incurra en anormalidad de acuerdo con lo establecido en la cláusula 15 del presente Xxxxxx. Al resto de licitadores se asignarán los puntos que proporcionalmente correspondan por su diferencia con la mejor oferta, de acuerdo con la siguiente fórmula: P=(pm x mo)/ O, dónde “P” es la puntuación, “pm” es la puntuación máxima, “mo” es el precio de la mejor oferta, y “O” es el precio de la oferta que se valora. El precio de las ofertas económicas se expresará en euros.
Criterio 2. Menor plazo de ejecución: Se valorarán con un máximo de 5 puntos. Obtendrá la máxima puntuación la oferta que proponga una mayor reducción del plazo de ejecución. El resto de las ofertas presentadas por los licitadores serán valoradas según la fórmula P= (pm x tmo)/TO, donde “P” es la puntuación, “pm” es la puntuación máxima, “tmo” es el tiempo de la oferta con mayor reducción del plazo y “TO” es el tiempo de la oferta que se valora. Las ofertas de plazo de ejecución se expresarán en semanas.
Las ofertas que no supongan una reducción respecto al plazo de ejecución o duración del contrato que figura en el presente pliego obtendrán 0 puntos. De igual modo, las ofertas relativas a reducción de plazo de ejecución que no se consideren debidamente justificadas por el órgano de contratación obtendrán asimismo 0 puntos.
Junto con éstos se aplicarán otros criterios cuya valoración no depende únicamente de la asignación directa de una fórmula, como son:
Criterio 3. Valor técnico: Se valorará con un máximo de 25 puntos. Se valorará los contenidos que según los pliegos de prescripciones técnicas debe incluir la Memoria Técnica, valorando el grado de desarrollo del diseño metodológico en función de criterios como la definición, la concreción y la sistemática del proceso; la validez de los instrumentos a utilizar; y los recursos técnicos y humanos utilizados para la realización del estudio.
Criterio 4. Mejoras: Se valorarán con un máximo de 25 puntos, las acciones complementarias no descritas en los pliegos que impliquen una mejora cuantitativa o cualitativa del proyecto objeto de licitación. Las aportaciones en el plan de mejora no tienen que suponer un incremento en el presupuesto de licitación y han de estar perfectamente descritas e identificadas en la Memoria Técnica. Las mejoras deberán suponer:
- 4.1. Una mayor profundización en los estudios de eficiencia energética en algunas de las empresas, superando los contenidos mínimos de un diagnóstico que figuran en el pliego de prescripciones técnicas. Esta mayor detalle en los estudios deberá de llegar a los mínimos exigidos para una auditoría energética con la realización, entre otros, de mediciones in situ de diferentes parámetros de interés para la realización del estudio. Para la valoración de esta mejora es preciso que se indiquen los trabajos a realizar en estas empresas y el número de éstas al que alcanzará esta mejora. Estas mejoras se valorarán con un máximo de 10 puntos.
- 4.2. La realización de estudios de eficiencia energética en un mayor número de empresas de la indicadas en el pliego de prescripciones técnicas. Para la valoración de esta mejora es preciso que se indique el número de empresas sobre las que se realizará el estudio por encima de las exigidas en el pliego de prescripciones técnicas. Estas mejoras se valorarán con un máximo de 10 puntos.
- 4.3. La realización de otros trabajos no exigidos en los pliegos que supongan un valor añadido al estudio. Estas mejoras se valorarán con un máximo de 5 puntos.
En estos casos las valoraciones se realizarán de la siguiente forma: el órgano de contratación valorará de forma motivada la propuestas relativas al criterio, asignando un número de orden decreciente a las diferentes ofertas, de forma que a aquella que obtenga la mejor valoración para el criterio fijado se le asignará el número de orden 1, a la siguiente con mejor valoración el número de orden 2 y así sucesivamente. Las ofertas serán baremadas según la aplicación de la relación P: pm/no, siendo “P” la puntuación, “pm” la puntuación máxima del criterio y “no” el número de orden obtenido.
Las ofertas que no contengan propuestas respecto al criterio que se valora, en las que dichas propuestas no sean claramente identificables, no se consideren debidamente justificadas por el órgano o no se ajusten a lo dispuesto en estos pliegos, no serán valoradas.
Para realizar la valoración de estos criterios, el órgano de contratación estará asistido por un comité de expertos formado por al menos cinco miembros del equipo técnico de los Grupos de Acción Local que forman parte del proyecto de cooperación ASGAIA Innovación, quien emitirá un informe al respecto.
La caracterización de todas las ofertas se realizará en función de la puntuación obtenida en todos los criterios:
Criterios de valoración | Puntuación máxima 100 puntos |
Menor precio | Hasta 45 puntos |
Menor plazo de ejecución | Hasta 5 puntos |
Valor técnico | Hasta 25 puntos |
Mejoras | Hasta 25 puntos |
15. Criterios para la consideración de que la oferta contiene valores anormales o desproporcionados.
Se considerará que la oferta contiene valores anormales o desproporcionados, siempre que el precio ofertado sea inferior en un 20% a la media del total de los ofertados.
16. Confidencialidad.
Sin perjuicio de las disposiciones de la Ley 30/2007, de 30 de Octubre relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los candidatos y a los licitadores, éstos podrán designar como confidencial parte de la información facilitada por ellos al formular las ofertas, en especial con respecto a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las mismas. Los órganos de contratación no podrán divulgar esta información sin su consentimiento.
De igual modo, el contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del estudio a la que se le hubiese dado el referido carácter en este pliego o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años, desde el conocimiento de esa información, salvo que en el contrato establezcan un plazo mayor.
En especial se respetará el carácter confidencial de la información obtenida de las empresas en las que se realice el diagnóstico, estando expresamente prohibida su divulgación por la empresa adjudicataria.
17. Revisión de Precios.
No existe revisión de precios.
18. Apertura de la documentación y de las ofertas.
La apertura de las proposiciones, que podrá realizarse en acto privado, deberá efectuarse en el plazo máximo de 15 días desde la fecha de finalización del plazo para presentar las ofertas.
La calificación de los documentos y el examen y la valoración de las ofertas se realizará por el órgano de contratación, no siendo necesaria la constitución de la Mesa de contratación de acuerdo con lo establecido en el artículo 295.1 de la Ley de contratos del sector público y en el artículo 82 de las Instrucciones sobre el procedimiento de contratación de la Asociación Centro de Desarrollo Xxxxx-Porcía.
Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, en el sobre nº 1 al ser calificada por el órgano de contratación, se comunicarán tales circunstancias verbalmente a los interesados, sin perjuicio de que éstas se hagan públicas a través de anuncios del órgano de contratación, concediéndose un plazo no superior a dos días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen ante el propio órgano de contratación. De lo actuado se dejará constancia en el expediente.
Una vez calificada la documentación y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones en la documentación presentada, se declararán admitidos los licitadores que hayan acreditado documentalmente el cumplimiento de los requisitos previos establecidos en el Ley de Contratos del Sector público, haciendo declaración expresa de los rechazados y de las causas de su rechazo.
Realizadas estas actuaciones, se iniciará la fase de negociación con las empresas, realizando el órgano de contratación a la apertura del sobre nº 2, siendo valoradas la propuesta técnica y las mejoras por el comité de expertos. Una vez emitido el informe por estos, se realizará por el órgano de contratación la apertura del sobre nº 3 y la valoración de la oferta económica y el plazo de ejecución, procediéndose a la adjudicación en función de la valoración de las ofertas resultantes de la negociación, de conformidad con los criterios establecidos para la adjudicación en este pliego.
19. Clasificación de las ofertas y adjudicación definitiva.
La adjudicación del contrato se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada, tras la negociación de las ofertas, adjudicándose a aquella que presente la oferta más ventajosa y clasificando por orden decreciente el resto de ofertas u proposiciones presentada que no hayan sido rechazadas conforme a lo señalado en este pliego, atendiendo a los criterios de adjudicación establecidos.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta más ventajosa para que, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación:
- Declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar, que incluirá además la certificación de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Acreditación de haber constituido la garantía definitiva.
- Cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato que le reclame el órgano de contratación.
Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
Presentada la documentación requerida por parte del licitador, se formalizará la adjudicación definitiva, dentro de los tres días hábiles siguientes a la recepción de la documentación requerida, mediante resolución motivada del órgano de contratación que concretará y fijará los términos definitivos del contrato.
El órgano de contratación podrá declarar desierta la licitación cuando no exista ninguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en los pliegos que rigen el contrato.
La adjudicación definitiva se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el Perfil del Contratante de la Asociación Centro de Desarrollo Xxxxx-Porcía.
21. Formalización del contrato.
El contrato se formalizará en documento que se ajustará a las condiciones de la licitación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público.
La formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los diez días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación definitiva a los licitadores y candidatos, efectuada en la forma prevista en el artículo 135 de la LSCP
22. Plazos
El adjudicatario estará obligado al cumplimiento del plazo total fijado para la realización del contrato, que comenzará a contar a partir del día siguiente a la firma del mismo, respetándose además los plazos parciales que se establezcan en el contrato en base a la oferta presentada y a los plazos para la realización de las certificaciones que se señalan en la cláusula siguiente.
Se establecen los siguientes plazos parciales:
- Antes del 10 de noviembre de 2013: ejecución de al menos del 40% de los trabajos objeto del contrato.
- Desde el 10 de noviembre de 2013 hasta el fin del plazo de ejecución: ejecución del resto de los trabajos objeto del contrato.
23. Régimen de pagos.
El pago se efectuará mediante dos certificaciones parciales de los trabajos ejecutados, que serán realizadas conforme a las especificaciones recogidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, y que se abonarán una vez comprobado por el CEDER Xxxxx-Porcía que la ejecución de los trabajos se ajusta a lo contratado.
- La primera de las certificaciones se realizará antes del 10 de noviembre de 2013 por el importe de los trabajos realizados y que deberán constituir al menos el 40 % del precio de adjudicación. El pago, que se financiará con cargo al ejercicio presupuestario de 2013, se realizará una vez que la adjudicataria haya presentado al CEDER Xxxxx-Porcía la factura debidamente conformada, en la que se haga referencia expresa al contrato y se especifiquen desglosadamente todos y cada uno de los conceptos hasta el momento facturados, que se corresponderá con los trabajos efectuados. Esta factura será presentada en el plazo máximo de tres días a contar desde la fecha en que hayan finalizado los trabajos a los que hace referencia. El pago se realizará por el CEDER Xxxxx-Porcía en el plazo máximo de tres meses desde la fecha de recepción de la factura.
- La segunda certificación se efectuará con antelación a la finalización del plazo de ejecución por el importe de los trabajos realizados desde la primera certificación, sin que ambas certificaciones puedan sobrepasar el precio total de adjudicación. El pago, que se financiarán con cargo a la anualidad del 2014 se efectuará contra factura que ha de ser
emitida por el prestador del servicio dentro del plazo de ejecución del contrato, y en la que se hará referencia al mismo y se desglosarán los conceptos facturados. La factura se acompañará de la documentación justificativa de la realización del contrato, tal y como se recoge en el Pliego de Prescripciones Técnicas. El pago se realizará por el CEDER Xxxxx-Porcía en el plazo máximo de tres meses desde la fecha de recepción de los trabajos.
25. Penalidades.
Se impondrán penalidades al contratista cuando incurra en alguna de las causas previstas a continuación:
a) Por incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución. El incumplimiento de cualquiera de las condiciones de ejecución establecidas en los pliegos dará lugar a la imposición al contratista de las siguientes penalidades:
- Como regla general, su cuantía será un 1% del importe de adjudicación del contrato, salvo que, motivadamente, el órgano de contratación estime que el incumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrán alcanzar hasta un 5% o hasta el máximo legal del 10%, respectivamente. La reiteración en el incumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad.
- Se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total deban abonarse al contratista, o sobre la garantía, conforme al artículo 196.8 de la Ley de Contratos del Sector Público.
- El cumplimiento por el adjudicatario de las condiciones especiales de ejecución podrá verificarse por el órgano de contratación en cualquier momento durante la ejecución del contrato y, en todo caso, se comprobará al tiempo de la recepción de la documentación justificativa de la realización de las distintas actuaciones a prestar.
b) Por cumplimiento defectuoso. Se impondrán penalidades por cumplimiento defectuoso en los siguientes términos:
- Si, al tiempo de la recepción, los materiales o productos a entregar no se encuentran en estado de ser recibidas por causas imputables al adjudicatario.
- Como regla general, su cuantía será un 1% del presupuesto del contrato, salvo que, motivadamente, el órgano de contratación estime que el incumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrán alcanzar hasta un 5% o hasta el máximo legal del 10%, respectivamente. La reiteración en el incumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad.
- En todo caso, la imposición de las penalidades no eximirá al adjudicatario de la obligación que legalmente le incumbe en cuanto a la recepción de los defectos.
c) Por incumplir criterios de adjudicación. Se impondrán al contratista penalidades por incumplir los criterios de adjudicación en los siguientes términos.
- Si durante la ejecución del contrato o al tiempo de su recepción, se aprecia que, por causas imputables al contratista, se ha incumplido alguno o algunos de los compromisos asumidos en su oferta.
- Para considerar que el incumplimiento afecta a un criterio de adjudicación será preciso que al descontarse un 25 por 100 de la puntuación obtenida por el contratista en el criterio de adjudicación incumplido, resultara que su oferta no habría sido la mejor valorada.
- Como regla general, su cuantía será un 1% del presupuesto del contrato, salvo que, motivadamente, el órgano de contratación estime que el incumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrán alcanzar hasta un 5% o hasta el máximo legal del 10%, respectivamente. La reiteración en el incumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad.
d) Por demora. Cuando el contratista, por causas que le fueran imputables, hubiera incurrido en demora, tanto en relación con el plazo total como con los plazos parciales establecidos, se estará a lo dispuesto en el artículo 196 de la Ley de Contratos del Sector Público en cuanto a la imposición de estas penalidades.
26. Cesión y subcontratación
Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato no podrán ser cedidos por el adjudicatario a un tercero.
El contratista podrá subcontratar parcialmente la realización de algunas de las actuaciones objeto de licitación hasta un límite del 10 por 100 del importe de adjudicación. La subcontratación se regirá por lo dispuesto en la Ley de Contratos del Sector Público (arts. 210 y 211) y de forma supletoria en la Ley 32/2008, de 18/ de Octubre, Reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción.
27. Cumplimiento del contrato
Se aplicará lo dispuesto en los artículos 205 y 282 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público sobre el cumplimiento de contratos de servicios. Previamente a la recepción de los trabajos se comprobará en particular el cumplimiento por el contratista de las siguientes obligaciones:
1. El cumplimiento no defectuoso del contrato
2. El cumplimiento de los criterios de adjudicación
3. El cumplimiento de las condiciones de ejecución
Una vez cumplidos comprobados los trabajos realizados, si se considera que la prestación objeto del contrato reúne las condiciones debidas se procederá a su recepción. Si la prestación del contratista no reuniere las condiciones necesarias para proceder a su recepción, se dictarán por escrito las instrucciones oportunas para que subsane los defectos observados y cumpla sus
obligaciones en el plazo que para ello se fije, no procediendo la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas.
28. Plazo de garantía.
El plazo de garantía será de 1 año desde la entrega de los informes relativos a la última de las actuaciones previstas en el Pliego de Prescripciones técnicas particulares del contrato, e incluirá a todos los elementos del contrato.
Durante el plazo de garantía se aplicará lo establecido en el artículo 88 de la Ley de Contratos del Sector Público sobre los conceptos sobre los que responderá la garantía. La preferencia de ejecución de la garantía y su devolución se regirá, respectivamente, por los artículo 89 y 90 de la referida Ley, en cuanto a la preferencia de ejecución de la garantía y a su devolución, respectivamente.
29. Resolución del contrato
La resolución del contrato se regirá por lo establecido con carácter general en los artículos 205 a 208 de la Ley de Contratos del Sector Público, así como en los artículos 109 a 113 y 172 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
En todo caso en caso de resolución del contrato por causa imputable al adjudicatario se estará a lo dispuesto en el artículo 208.4 de la Ley.
30. Modificación del contrato
Una vez perfeccionado el contrato, podrán efectuarse modificaciones al mismo en los supuestos y con arreglo a los procedimientos establecidos para ello en la Ley de Contratos del Sector Público.
31. Prerrogativas del CEDER Xxxxx-Porcía.
Corresponden al CEDER Xxxxx-Porcía las prerrogativas de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés general, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público, así como en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
32. Jurisdicción
El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos privados. Este orden jurisdiccional será igualmente competente para conocer de cuantas cuestiones litigiosas afecten a la preparación y adjudicación de los contratos privados que se celebren por el CEDER Xxxxx- Porcía.
ANEXO I: DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN UNA PROHIBICIÓN PARA CONTRATAR (Expediente C-002-2013).
D. ………………………………………………………….…….. D.N.I. nº ………………… con domicilio en
………..……………………………………………………………………..…
C.P. ………………………, nº de teléfono ……………………………………., correo electrónico
……………………………………….., en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de ………………………………………………………………, con C.I.F. nº ………………….
Y domicilio en ……………………………………………………………………………………, C.P.
……………………….. y teléfono ), declara bajo su responsabilidad:
1. Que la empresa a la que representa, su/s administrador/es y su/s representante/s, no se hallan incursos en ninguna de las circunstancia que determinan la prohibición de contratar con la Administración referidas en el artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. En particular, no se concurre en causa alguna de incompatibilidad de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 1/85 de 22 de enero, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, de la Ley 12/95 de 11 xx xxxx de incompatibilidades de los miembros del Gobierno de la Nación y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado y en la Ley Orgánica 5/85 de 19 xx xxxxx del Régimen Electoral General.
2. Que la empresa a la que representa se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, comprometiéndose a acreditar documentalmente esta circunstancia en el caso de resultar adjudicatario.
3. Que la empresa a la que representa, cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento, así como con las disposiciones vigentes en materia laboral.
En …………………………, a………….. de de 2013
Firma y sello Fdo.:……………………………
XXXXX XX: MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA (Expediente C-002-2013)
D. ………………………………………………………….…….. D.N.I. nº con domicilio a efectos
de notificaciones en ………..……………………………………………………………………..…
C.P. ………………………, nº de teléfono ……………………………………., nº de Fax y
correo electrónico , en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar,
en nombre propio (o en representación de ………………………………………, con C.I.F. nº y
domicilio a efectos de notificaciones en ………………….………………………………………………, C.P.
……………………….., nº de teléfono ………………………………….. nº de Fax …………………… y correo electrónico ………………………………………..), toma parte en el procedimiento para la contratación del “Estudio de eficiencia energética en las empresas agroalimentarias ubicadas en los territorios rurales que forman parte del proyecto Asgaia Innovación” “(expediente C-002-2013) y declara bajo su responsabilidad:
1. Que se compromete a la ejecución del servicio por el precio de euros, más
………………………………….. euros correspondientes al …… % de I.V.A., debiendo entenderse comprendidos en el precio todos los conceptos incluyendo los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal, al igual que el beneficio industrial del contratista.
2. Que se compromete al cumplimiento del contrato, incluyendo las mejoras relacionadas en la Memoria técnica, en el plazo de semanas a contar desde el día siguiente a
la firma del contrato, lo que supone una reducción del plazo de ejecución de ……………………..
semana/s.
3. Que conoce el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, el Pliego de Prescripciones Técnicas y demás documentación que ha de regir el contrato, que expresamente asume y acata en su totalidad.
4. Que autoriza a la Asociación Centro de Desarrollo Xxxxx-Porcía a que, si así lo estima conveniente, remita las notificaciones que procedan con respecto del presente contrato por medio de correo electrónico en la siguiente dirección: .................................................................
En …………………………, a………….. de de 2011
Firma y sello Fdo.:……………………………
En Navia, a de septiembre de 2013. Por el órgano de contratación
En Navia, a 4 de septiembre de 2013
INFORME DE RESPONSABLE ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO:
Examinado el presente Xxxxxx que consta de diecisiete hojas a una sola cara, se informa favorablemente sobre la legalidad de sus cláusulas, diligenciando con la firma cada una de sus hojas.
Xxxxx, a 4 de septiembre de 2013
La Responsable Administrativo y Financiero del CEDER Xxxxx-Porcía Fdo. Dña. Xxxxxx X. Xxxxx Xxxxxxx.
DILIGENCIA DE APROBACIÓN:
El presente Xxxxxx, que consta de diecisiete hojas a una sola cara ha sido aprobado por Resolución del Órgano de Contratación xxx Xxxxx-Porcía con esta fecha.
Xxxxx, a 11 de septiembre de 2013
La Responsable Administrativo y Financiero del CEDER Xxxxx-Porcía
Fdo. Dña. Xxxxxx X. Xxxxx Xxxxxxx.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
QUE REGIRAN LA CONTRATACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO CON PUBLICIDAD Y TRÁMITE DE URGENCIA DEL ESTUDIO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA EN LAS EMPRESAS AGROALIMENTARIAS UBICADAS EN LOS TERRITORIOS RURALES QUE FORMAN PARTE DEL PROYECTO “ASGAIA INNOVACIÓN” FINANCIADO POR EL M.A.G.R.A.M.A.
(C/002/2013)
1.- ANTECEDENTES
Por Resolución de 28 de julio de 2011, la Secretaría de Estado de Medio Rural y Agua, aprueba una subvención plurianual de 424.000 euros al CEDER Xxxxx-Porcía para la realización del proyecto de cooperación interterritorial “Red Asturgallega de Industrias Agroalimentarias: Estrategias para la innovación” en el marco de la red rural nacional” (número de expediente 20115110501000060), financiado por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (M.A.G.R.A.M.A.) dirigido a facilitar el acceso a la innovación a las empresas del sector agroalimentario de los territorios rurales xx Xxxxxxxx y Galicia.
En el marco de este proyecto se realizó un diagnóstico individualizado en materia de innovación, sobre un total de 126 empresas agroalimentarias. Basándose en los resultados del mismo, se decide ejecutar una serie de medidas dirigidas a mejorar la eficiencia energética de las industrias agroalimentarias adheridas a esta iniciativa en las que se ha detectado una mayor necesidad, entre las que se encuentra como primer paso la realización de un estudio de eficiencia energética de la empresa.
La realización de estos estudios de eficiencia energética exige una especialización técnica que impide que sea desarrollado directamente por los Grupos de Acción Local participantes en el proyecto de cooperación, siendo necesario contar con una asistencia técnica externa para su diseño y ejecución.
Al ser una acción común del proyecto de cooperación, le corresponde al CEDER Xxxxx-Porcía como Grupo Coordinador la contratación de la asistencia técnica que lleve a cabo el estudio de eficiencia energética en las empresas participantes.
2.- OBJETO DEL CONTRATO
El presente pliego de prescripciones técnicas tiene por objeto la definición de las condiciones técnicas y metodológicas y el alcance de los estudios de eficiencia energética a llevar a cabo en las empresas agroalimentarias rurales ubicadas en el territorio rural que conforma el ámbito de actuación del Proyecto “Red Asturgallega de Industrias Agroalimentarias: Estrategias para la Innovación”, seleccionado como Proyecto de Cooperación por el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Xxxxxx por Resolución de 28 de julio de 2011 (expte nº 20115110501000060)
Los estudios a contratar permitirán a los empresarios conocer cuándo, dónde, cómo y cuánta energía se puede ahorrar en su instalación de una forma racional, así como cuál es la rentabilidad de dicho ahorro, mejorando así su competitividad.
El contenido mínimo de los estudios será el de un “diagnóstico energético”, que se considera suficiente para alcanzar los objetivos señalados, al tratarse en su mayoría de empresas de reducida dimensión. No obstante, se plantea la posibilidad de que en un número determinado de las empresas se realice el estudio con un mayor nivel de profundidad (al nivel de una “auditoría energética”).
Además, la realización de los estudios deberán permitir la transferencia de los resultados de las auditorías energéticas, a través de un manual de buenas prácticas basado en los casos estudiados, que recoja sugerencias, explicaciones y propuestas fácilmente trasladables a otras industrias agroalimentarias.
3.- CONDICIONES GENERALES
3.1- Localización de la intervención
Los estudios a realizar alcanzarán a empresas ubicadas en los diferentes territorios participantes en el proyecto ASGAIA innovación:
Comarcas y municipios del Principado xx Xxxxxxxx:
- Xxxxx- Porcía: Xxxxxxx xx Xxxxxx, Pesoz, Illano, Boal, Villayón, Coaña, Navia, El Xxxxxx, Xxxxx xx Xxxxxxxxx
- Xxxxxxx xx Xxxxxxxx: Ribadedeva, Llanes, Ribadesella, Caravia, Parres, Peñamellera Baja, Peñamellera Alta, Xxxxxxxx, Xxxx, Xxxxxx xx Xxxx, Xxxxxx, Ponga, Caso
- Comarca de la Sidra: Villaviciosa, Colunga, Sariego, Xxxxxxxx, Xxxx, Bimenes
- Cabo Peñas: Xxxxxxx, Gozón
- Alto Xxxxx: Laviana, Sobrescobio, Caso
- Xxxxx Real de la Mesa: Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, Candamo, Grado, Illas, Proaza, Quirós, Las Regueras, Xxxxx Xxxxxxx, Somiedo, Teverga, Yermes y Tamiza
- Bajo Xxxxx: Xxxxx xxx Xxxxx, Xxxxxx, Xxxx xxx Xxxxx
- Ese-Entrecabos: Allande, Xxxxx, Xxxxx, Xxxxxxxxx, Xxxxxx
- Montaña Central xx Xxxxxxxx: Xxxxx, Xxxx, Morcín, Xxxxxx de Arriba, Riosa
- Alto Narcea-Muniellos: Degaña, Ibias, Xxxxxx de Narcea
- Oscos-Eo: Xxxxxxxxxx xx Xxxxx, San Xxxxxx xx Xxxxx, Santa Xxxxxxx xx Xxxxx, Taramundi, San Xxxxx de Abres, Vegadeo, Castropol.
Comarcas y municipios de Galicia:
- Xxxxx: Cerceda, Xxxxx, Oroso, Trazo, Xxxxxx, Xxxxx, Tordoia
- Mariñas-Betanzos: Abegondo, Aranga, Arteixo, Bergondo, Betanzos, Xxxxxx, Xxxxxx, Cesuras, Irixoa, Miño, Oleiros, Xxxx xxx Xxxx, Paderne, Sada, Coiros, Culleredo.
- Terras do Xxxx: Dozón, Xxxxxxx, Xxxxx, Rodeiro, Silleda, Xxxx xx Xxxxxx
Independientemente del área de intervención de los estudios, la coordinación de los trabajos se realiza por el CEDER Xxxxx-Porcía, como Grupo coordinador del proyecto encargado de la supervisión y dirección del mismo, siendo responsable final de su ejecución y actuando como responsable único ante la Administración.
3.2.- Alcance de la intervención
El estudio de la eficiencia energética alcanzará a un mínimo de 35 industrias agroalimentarias.
La selección de las industrias sobre las que intervenir será realizada por los Grupos de Acción Local operantes en cada Comarca en función de:
- Los resultados del diagnostico individualizado realizado sobre un total de 126 empresas, en el que se ha clasificado cada una de ellas en base a la prioridad de actuación en materia de eficiencia energética.
- La disponibilidad e implicación del empresario
- El coste que supone el consumo energético
En la selección de las empresas se procurará que exista un equilibrio entre los 14 territorios participantes.
La selección de las industrias se hará con independencia del subsector de actividad en el que opere, su tamaño, su forma jurídica o sus características de producción, gestión o comercialización. No obstante, la mayor parte de las empresas que participan en la iniciativa ASGAIA son micropymes.
3.3.- Actuaciones objeto del contrato
En cada una de las empresas previamente seleccionadas se llevará a cabo, como mínimo, las siguientes actuaciones que se corresponden con los contenidos de un diagnóstico energético:
1. Inventario de equipos consumidores, que incluya una clasificación general de consumos mediante verificaciones visuales, el estudio de los equipos instalados y los datos de funcionamiento y una evaluación comparativa del consumo a partir de datos de otras industrias similares.
2. Análisis de consumos, con recopilación de la facturación energética (mínimo 12 meses), registro de los principales hábitos de uso de los distintos usuarios de la instalación y balance energético de los consumos.
3. Plan de ahorro energético, con la relación de medidas y recomendaciones generales en eficiencia energética que resulten de los análisis realizados, adaptadas a la tipología y características particulares de la empresa objeto del diagnóstico. Las medidas estarán debidamente priorizadas y se incluirá al menos:
o Descripción de la propuesta
o Fuente de suministro sobre la que afecta la propuesta.
o Estimación del consumo y coste energético anterior a la implantación de la propuesta.
o Estimación del ahorro energético y económico que supone la propuesta.
o Inversión económica estimada para acometerla.
o Análisis de viabilidad económica (periodo de retorno, ratios económicos)
El plan incluirá además:
o Una propuesta de energías renovables, con una descripción de soluciones técnicas disponibles con energías renovables de aplicación a la tipología y características particulares de la empresa.
o Una temporalización de las actuaciones a acometer por la empresa para llevar a cabo las medidas propuestas.
o Una descripción de las normas específicas en materia energética aplicables a la empresa en función de sus características,
o Una relación de posibles fuentes públicas y privadas existentes para la financiación de las medidas propuestas.
Una vez finalizadas las auditorias energéticas, se realizará un manual de buenas prácticas para mejorar la eficiencia y el ahorro energético en las industrias agroalimentarias rurales asturgallegas, que en base a los resultados de los estudios realizados recoja sugerencias, explicaciones y propuestas fácilmente trasladables a otras industrias agroalimentarias.
Productos:
Como productos del contrato, la adjudicataria presentará como mìnimo:
- Un informe individual por empresa diagnosticada, que recoja los resultados de las distintas actividades que son objeto del contrato. El contenido de este informe responderá a la estructura que la empresa adjudicataria haya incluido en su Memoria Técnica, así como a las indicaciones que al respecto se realicen desde el CEDER Xxxxx- Porcía.
- Un informe de seguimiento de las actividades desarrolladas, a presentar con la primera de las certificaciones a realizar, antes de 5 de noviembre de 2013.
- Un informe final de las actividades desarrolladas, a presentar con la certificación final del contrato.
- Un manual de buenas prácticas para mejorar la eficiencia y el ahorro energético en las industrias agroalimentarias rurales, debidamente maquetado y listo para su publicación.
4.- CONTENIDO MÍNIMO DE LA MEMORIA TÉCNICA
Todo licitador de la presente oferta deberá presentar una Memoria Técnica (en la forma que se especifica en el pliego de cláusulas administrativas) que contendrá la información necesaria para determinar el valor técnico de la oferta y las mejoras propuestas. A tal efecto, la Memoria Técnica contendrá como minimo;
- Propuesta metodológica con descripción detallada del diseño, organización, instrumentos y tareas a realizar en cada una de las actuaciones descritas en el presente pliego de prescripciones técnicas.
- Estructura previstas de los informes que recogerán los resultados del diagnóstico energético realizado para cada empresa
- Índice general previsto del manual de buenas prácticas
- Planificación y cronograma de las actividades, tiempo previsto para la ejecución de las distintas actuaciones a atender por el licitador.
- Propuesta de recursos humanos asignados al proyecto, adjuntando si se considera pertinente currículum vitae de los mismo, acreditación de la experiencia de estas personas en proyectos similares e identificación de las funciones a desarrollar por los mismos.
- Propuesta de medios materiales, instalaciones, equipos y medios de transporte que se destinarán a la realización del proyecto objeto de contrato.
- Relación de mejoras propuestas respecto a las prescripciones técnicas contenidas en el presente pliego. Las mejoras deberán incluir alguno de los siguientes aspectos:
- Una mayor profundización en los estudios de eficiencia energética en algunas de las empresas, superando los contenidos mínimos de un diagnóstico que figuran en el pliego de prescripciones técnicas. Esta mayor detalle en los estudios deberá de llegar a los mínimos exigidos para una auditoría energética con la realización, entre otros, de mediciones in situ de diferentes parámetros de interés para la realización del estudio. Se deberá indicar los trabajos a realizar en estas empresas y el número de éstas al que alcanzará esta mejora..
- La realización de estudios de eficiencia energética en un mayor número de empresas de la indicadas en el pliego de prescripciones técnicas. Para la valoración de esta mejora es preciso que se indique el número de empresas sobre las que se realizará el estudio por encima de las exigidas en este pliego.
- La realización de otros trabajos no exigidos en los pliegos y que supongan un valor añadido al estudio (formación de personal de las empresas, etc). Estas mejoras deberán estar claramente definidas.
5. PLAZO DE EJECUCIÓN:
El plazo de ejecución del contrato será de 4 MESES a contar desde la firma del mismo o el que se establezca en la oferta que resulte adjudicataria del contrato, de ser éste inferior. Se establecen los siguientes plazos parciales:
- Desde la fecha del contrato hasta el 10 de noviembre de 2013: ejecución de al menos del 40% de los trabajos objeto del contrato.
- Desde el 10 de noviembre de 2013 hasta el fin del plazo de ejecución: ejecución del resto de los trabajos objeto del contrato.
6.- PRESUPUESTO MÁXIMO DE LICITACIÓN
El presupuesto máximo de licitación es de 50.947,05 € (cincuenta mil novecientos cuarenta y siete euros y cinco céntimos), de los que 8.842,05 € (ocho mil ochocientos cuarenta y dos euros y cinco céntimos) corresponden al Impuesto sobre el Valor Añadido. A todos los efectos, se entenderá que el presupuesto máximo de licitación comprende todos los gastos directos e indirectos que la empresa adjudicataria deba realizar para la correcta ejecución del contrato, como son los impuestos, los gastos generales, financieros, beneficio, seguros, transporte y desplazamientos y cualesquiera otros que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes.
7.- PLAZO DE GARANTÍA
El plazo de garantía será de 1 año desde la entrega de los informes relativos a la última de las actuaciones previstas en este pliego, e incluirá a todos los elementos del contrato.
8.- PRESENTACIÓN DE OFERTA
La Memoria Técnica a presentar para participar en el proceso de adjudicación del contrato incluirá todos los documentos, gráficos y demás elementos necesarios para la correcta comprensión de la propuesta y su valoración por el Órgano de Contratación. La presentación se realizará de acuerdo con las indicaciones xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
9.- CRITERIOS ADJUDICACIÓN
El Órgano de Contratación valorará la oferta en función del objeto del contrato, aplicando los criterios de adjudicación establecidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares
10.- ACEPTACIÓN XXX XXXXXX
La presentación de ofertas supone la aceptación de las especificaciones del presente pliego por parte del licitador. Estas especificaciones tienen la consideración de mínimos.
En Navia, a 4 de septiembre de 2013. Por el órgano de contratación
Fdo. D. Xxxx X. Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx.
INFORME DE RESPONSABLE ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO:
Examinado el presente Xxxxxx que consta de seis hojas a una sola cara, se informa favorablemente sobre la legalidad de sus cláusulas, diligenciando con la firma cada una de sus hojas.
Xxxxx, a 4 de septiembre de 2013
La Responsable Administrativo y Financiero del CEDER Xxxxx-Porcía
Fdo. Dña. Xxxxxx X. Xxxxx Xxxxxxx. DILIGENCIA DE APROBACIÓN:
El presente Xxxxxx, que consta de seis hojas a una sola cara ha sido aprobado por Resolución del Órgano de Contratación xxx Xxxxx-Porcía con esta fecha.
Xxxxx, a 11 de septiembre de 2013
La Responsable Administrativo y Financiero del CEDER Xxxxx-Porcía Fdo. Dña. Xxxxxx X. Xxxxx Xxxxxxx.