TERMINOS DE CONDICIONES.
XXXXXXXXXXXX XXXXXXX Xx. XX 000- 0000.
XXXXXXXX XX XXXXXXXXXXX.
El objetivo de la presente convocatoria es la celebración de un contrato de asociación para la prestación de servicios de salud cuyo objeto es el siguiente:
OBJETO: CONTRATO DE ASOCIACIÓN PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE IMÁGENES DIAGNÓSTICAS E IMAGENOLOGÍA EN LAS SEDES DE LA E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO
PUBLICACIÓN Y CONSULTA:
Toda la información y demás actuaciones que se produzcan con ocasión de la presente convocatoria, serán publicadas y podrán consultarse en la página WEB de la E.S.E. Universitaria del Atlántico, por lo tanto, se debe entender que dichos actos son oponibles desde el momento en que aparezcan publicados por este medio.
Si se necesita más información, aclaración o explicación acerca de uno o más de los puntos establecidos en los TERMINOS DE CONDICIONES, puede acercarse a la dirección de contratación de la E.S.E. Universitaria del Atlántico ubicado en la Xx. 00 #00-000, Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxx, o requerir la misma al correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
X.X.X. XXXXXXXXXXXXX XXX XXXXXXXXX
XXXXXXXXXXXX, XXXXXXXX XX 0000.
Página 1 de 96
JUSTIFICACIÓN
La transición del Sistema Nacional de Salud al Sistema General de Seguridad Social En Salud –SGSSS– definida por la ley 100 de 1993, ha traído como consecuencia numerosos cambios en el sector salud, que han repercutido en la estructura, organización, crecimiento y coordinación de los hospitales públicos del Departamento del Atlántico. Estos se deben, fundamentalmente, a las reformas normativas del sector como la Ley 715 de 2001: articulo 43.1. y siguientes, Documentos CONPES 3175 y 3204 de 2002, Ley 1122 de 2007,
Decreto 1011 de 2006, Decreto 4747 de 2007, Sentencia T-760/08, Ley 1438 de 2011 y la Ley 1608 de 2013, entre otras, a la complementariedad que debe existir entre los prestadores de servicios de salud, públicos y privados, como parte de la estrategia para el mejoramiento de las condiciones de calidad y eficiencia de los servicios que se ofrecen a los usuarios de la red hospitalaria del Departamento del Atlántico.
La ley 100 de 1993 establece que el objeto del Sistema de Seguridad Social integral “Es garantizar los derechos irrenunciables de la persona y la comunidad para obtener la calidad de vida acorde con la dignidad humana, mediante la protección de las contingencias que la afecten, para lo cual el Estado, la sociedad, las instituciones y los recursos destinados para cumplir el objeto, deben garantizar la cobertura de las prestaciones de carácter económico, de salud y servicios complementarios”
La Ley 1122 de 2007 plantea ajustes al Sistema General de Seguridad Social en Salud en la dirección, universalización, financiación, equilibrio entre los actores del sistema, racionalización y mejoramiento en la prestación de servicios de salud, fortalecimiento en los programas de salud pública y en las funciones de inspección, vigilancia y control y la organización y funcionamiento de redes para la prestación de servicios de salud para alcanzar el mejoramiento en la prestación de los servicios de salud a los usuarios.
La ley 1438 de 2011, plantea el fortalecimiento del Sistema General de Seguridad Social en Salud-SGSSS, a través de un modelo de prestación del servicio público en salud, en el marco de la estrategia Atención Primaria en Salud de manera que la acción coordinada del Estado, las instituciones y la sociedad promuevan la creación de un ambiente sano y saludable y el mejoramiento de salud, donde el centro y objetivo de todos los esfuerzos sean las personas residentes en el País.
La Ley 1751 de 2015, Estatutaria en Salud, así como la demás leyes vigentes que regulan el derecho fundamental, estableció la salud como un derecho fundamental por tanto autónomo e irrenunciable en lo individual y en lo colectivo e incluyó el acceso a los servicios de salud de manera oportuna, eficaz y con calidad para la preservación, el mejoramiento y la promoción de la salud, asistiéndole al Estado la responsabilidad de adoptar las políticas para asegurar la igualdad de trato, de oportunidades en el acceso a las actividades de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación para todos y cada uno de los habitantes del territorio y que la prestación como es un servicio público esencial obligatorio, se ejecuta bajo la indelegable dirección, supervisión, organización regulación, coordinación y control del Estado.
El sistema de salud deben encaminar sus esfuerzos al mejoramiento del estado de salud de la población y el goce efectivo del derecho a la salud, para lo cual se hace necesario aumentar el acceso y el mejoramiento de la calidad de los servicios, fortalecer la infraestructura hospitalaria, recuperar la confianza pública en el sistema y el aseguramiento de la sostenibilidad financiera del sistema y privilegiar estrategias preventivas y de medicina familiar y comunitaria, con enfoque intercultural, complementadas con el fortalecimiento xxx xxxxxxx humano en salud, así como la incorporación de estrategias de Telesalud para la población con limitaciones de accesibilidad geográfica.
Página 2 de 96
El Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 “Pacto por Colombia, pacto por la equidad” planteó como línea estratégica la “Salud para todos con calidad y eficiencia, sostenible por todos” en el que se señaló que: “El Pacto por la equidad comienza por entender que la igualdad de oportunidades implica garantizar el bienestar de todos los colombianos. En esa línea, un elemento central del bienestar es una vida saludable. Por eso, el Plan Nacional de Desarrollo propone lograr un consenso sobre una visión de largo plazo del sistema de salud, centrada en la atención de calidad al paciente, con cobertura universal sostenible financieramente y acciones de salud pública consistentes con el cambio social, demográfico y epidemiológico que enfrenta Colombia”
En consonancia con lo anterior, uno de los principales ejes temáticos trazados en el Plan de Gobierno de la Gobernadora Xxxx Xxxxxxx de la Espriella fue la Equidad en el que se indicó en relación con la Infraestructura Hospitalaria “Ampliar la cobertura y mejorar la dotación en los municipios del departamento”
El Sector Salud tiene la misión de dirigir, planificar, coordinar y ejecutar las políticas para el mejoramiento de la situación de salud de la población del Departamento del Atlántico, mediante acciones en salud pública, prestación de servicios de salud y dirección del Sistema General de Seguridad Social en Salud, a través de la legislación y políticas vigentes tales como: Constitución Política de Colombia de 1991, Ley 9 de 1979, Ley 10 de 1990, Ley 100 de 1993: artículos 154, 159, 174, Ley 715 de 2001: artículos 43.2.3, 43.2.4 y 54, Documentos
CONPES 3175 y 3204 de 2002, Ley 1122 de 2007, Decreto 1011 de 2006, Decreto 4747 de 2007, Sentencia
X-000 xx 0000, Xxxxxxxxx T-760/08, Ley 1438 de 2011, el Decreto 780 de 2016, entre otras.
La prestación de servicios de salud, entendido como un servicio público a cargo del Estado y derecho fundamental, implica para la E.S.E. UNA, adelantar acciones tendientes al mejoramiento de la infraestructura, dotación, calidad y talento humano, que de manera concomitante permitan la sostenibilidad de la ESE para garantizar los servicios de salud orientados al diagnóstico, tratamiento y rehabilitación del paciente, en los servicios de mediana y alta complejidad, dirigidos prioritariamente a la población pobre y vulnerable.
La E.S.E. no cuenta con el suficiente recurso humano, equipos, y la capacidad financiera que se requieren para asumir de manera individual o independiente la PRESTACIÓN DE SERVICIOS DIAGNÓSTICOS E IMAGENOLOGÍA EN LA UNIDAD DE IMÁGENES DIAGNÓSTICAS DE LAS SEDES DE LA UNA – E.S.E.
UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO con el fin de atender y garantizar bajo criterios de oportunidad y calidad, la potencial demanda de la población del departamento de Atlántico y la región caribe en estos servicios de mediana y alta complejidad.
Este esquema necesita afianzarse mediante la implementación de importantes innovaciones, estrategias e instrumentos de gerencia de infraestructura, gerencia financiera y del servicio, además de novedosos acuerdos comerciales e institucionales. Todo esto, con el fin de reducir las barreras de acceso a la prestación de servicios y las brechas existentes en materia de salud pública, la morbimortalidad materna y perinatal, la nutrición y la incidencia y prevalencia de enfermedades infecciosas y enfermedades crónicas no trasmisibles.
Conscientes de las limitantes, surge la necesidad por parte de LA ESE, de buscar un aliado estratégico con la finalidad de ofertar los servicios anotados, en condiciones de competitividad, oportunidad y calidad, acudiendo a un modelo de asociación contractual a largo plazo, que permita el trabajo conjunto entre el sector público y privado, en el cual se aúnan esfuerzos y se establecen relaciones eficientes entre los participantes, con una asignación de riesgos según su capacidad y experiencia
Los contratos de asociación comportan la agrupación entre personas para buscar un beneficio compartido. Por regla general las prestaciones de las partes contenidas en el contrato de asociación se encaminan a la obtención de un fin común, por lo que, en virtud de las normas comerciales esta clase de contratos son de naturaleza plurilateral.
Página 3 de 96
Los servicios objeto del contrato o de la asociación, deberán ser prestados por el asociado con plena autonomía técnica, financiera, científica y administrativa, asumiendo los riesgos en su realización, bajo los parámetros de eficiencia y calidad correspondientes, así como aquellos que se definan de manera concertada.
El objeto de esta convocatoria se enmarca y se desarrollará dentro del concepto de una ASOCIACIÓN CON UN TERCERO PARA LA OFERTA Y PRESTACIÓN DE UN SERVICIO DE SALUD, EN EL CUAL EL ASOCIADO REALIZARÁ LA OPERACIÓN DE LA UNIDAD DE IMÁGENES DIAGNÓSTICAS E IMAGENOLOGIA EN LAS SEDES DE LA UNA – E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO, de acuerdo con
las obligaciones determinadas en el contrato. La ESE UNA como prestador de servicios de salud será quien declare el servicio objeto de la asociación ante el ente territorial competente.
NECESIDAD DE SERVICIOS EN LA SEDES DE LA E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO
Que La E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO identificada con Nit No. 901.536.799-5, como integrante de la Red Hospitalaria del Departamento presta los servicios de salud dentro del sistema general de seguridad social en salud, en las distintas especialidades médicas y diferentes niveles de complejidad y atención, conforme con las normas legales que rigen la actividad de las instituciones prestadoras de servicios de salud.
Que el artículo 209 de la Constitución Política, prescribe los derroteros de la función administrativa la cual está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficiencia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.
Que atendiendo lo establecido en la Ley 100 de 1993, el Decreto 780 de 2016, la Ordenanza No. 539 de Octubre 26 de 2021 expedida por la Asamblea del Atlántico, y el Decreto Ordenanzal No. 372 de 2021, la E.S.E. Universitaria del Atlántico es una Empresa Social del Estado, constituida como una categoría especial de entidad pública descentralizada del orden departamental, dotada de personería jurídica, patrimonio propio, autonomía administrativa, y sometida al régimen jurídico previsto en los artículos 194,195 y 196 de la Ley 100 de 1993 y demás normas que la modifiquen, sustituyan, reglamenten o adicionen.
Que de conformidad con el numeral 6° del artículo 195 de la Ley 100 de 1993 en concordancia con el artículo 2.5.3.8.4.3.2. del Decreto 780 de 2016, en materia contractual la Empresa Social del Estado se regirá por normas de derecho privado, pero podrán, discrecionalmente, utilizar las cláusulas excepcionales previstas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.
Que la E.S.E. Universitaria del Atlántico en desarrollo y para el cumplimiento de su objeto social, podrá celebrar toda clase de contratos y realizar actos permitidos por la legislación civil, comercial y en general todos los previstos en el derecho privado y la legislación colombiana, siempre que no sean contrarias a la Constitución Política, las leyes que regulan el sistema de seguridad social integral, el orden público, a los principios y fines de la función administrativa y de la gestión fiscal, y a los demás postulados previstos en la presente disposición.
Que los contratos que celebre la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO estarán encaminados al cumplimiento de los fines estatales a su cargo, es decir, a la continua y eficaz prestación del servicio público de salud y a su vez, a la efectividad de los derechos e intereses de los administrados que colaboran con ella en la consecución de estos.
Que la E.S.E Universitaria del Atlántico, cuenta con cinco (05) sedes, para la prestación de servicios, así: CACE Pediátrico, CACE Alta Complejidad, CACE Salud Mental, CACR Soledad, CACR Sabanalarga.
Página 4 de 96
La E.S.E Universitaria del Atlántico, tiene como compromiso, el fortalecimiento como Institución hospitalaria de Alta complejidad, con la finalidad de garantizar el apoyo complementario a la Red pública del Departamento del Atlántico, y prestar sus servicios con calidad, constituyéndose líderes en las áreas de especializadas y subespecializadas, tales como consulta externa, internación, servicios quirúrgicos, atención inmediata, apoyo diagnóstico y terapéutico, prestando sus servicios y transmitiendo conocimientos y experiencias en salud a toda la región Caribe y así mismo generando alternativas estratégicas en el campo de la atención propiamente dicha y de la investigación.
En el actual escenario de prestación de los servicios de salud, en el cual los indicadores y resultados económicos y financieros constituyen la clave esencial del progreso y de la gestión institucional, es conveniente defender y hacer énfasis en la responsabilidad de carácter moral y profesional que les compete a las instituciones prestadoras de servicios de salud, con el propósito de mejorar y mantener la continuidad en la prestación de los servicios y el estado de salud de los usuarios, fin último de nuestra misión empresarial.
CARACTERIZACIÓN SOCIODEMOGRÁFICA DEL DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO. CARACTERIZACIÓN DEMOGRÁFICA Y POBLACIONAL.
En 2021 el Departamento del Atlántico cuenta con una población de 2.771.139 habitantes. Geográficamente el 46.8% (1.297.087) está ubicada en el distrito de Barranquilla, mientras el 53,2% (1.474.057) se dispone en los 22 municipios restantes que integran al Departamento.
Adicionalmente cabe resaltar que los últimos 22 referenciados son responsabilidad del Gobierno Departamental toda vez que la Gobernación carece de competencias en salud sobre la ciudad de Barranquilla. Esto en consecuencia con la obligación del Distrito para asumir las competencias en salud asignadas al departamento y al municipio en el ámbito de su jurisdicción, conforme a lo estipulado en los artículos 43 y 45 de la Ley 715 de 2001. Excluido del análisis el Distrito de Barranquilla de naturaleza eminentemente urbana; el resto del departamento muestra que el 90,4% de la población habita en la cabecera municipal; evidenciando una situación de ruralidad del 9,6% siendo los municipios con mayor rango; Piojó, (57,1%), Tubará (49,7%), Luruaco (49,2%); Ponedera (42,7%) y Xxxx xx Xxxxxx (37,1%).
Tabla 1
Características demográficas y poblacionales
Municipio | Cabecera Municipal | Resto municipio | Total | % Ruralidad | % Mpio |
Barranquilla | 1.296.471 | 611 | 1.297.082 | 0,05% | 46,8% |
Baranoa | 56.768 | 11.496 | 68.264 | 16,8% | 2,5% |
Campo de La Xxxx | 20.691 | 3.298 | 23.989 | 13,7% | 0,9% |
Xxxxxxxxxx | 12.574 | 4.932 | 17.506 | 28,2% | 0,6% |
Galapa | 63.311 | 4.924 | 68.235 | 7,2% | 2,5% |
Xxxx xx Xxxxxx | 14.563 | 8.601 | 23.164 | 37,1% | 0,8% |
Luruaco | 15.690 | 15.173 | 30.863 | 49,2% | 1,1% |
Malambo | 132.543 | 9.552 | 142.095 | 6,7% | 5,1% |
Manatí | 19.169 | 2.661 | 21.830 | 12,2% | 0,8% |
Xxxxxx xx Xxxxxx | 30.326 | 1.268 | 31.594 | 4,0% | 1,1% |
Piojó | 3.097 | 4.119 | 7.216 | 57,1% | 0,3% |
Polonuevo | 16.559 | 3.340 | 19.899 | 16,8% | 0,7% |
Ponedera | 15.004 | 11.190 | 26.194 | 42,7% | 0,9% |
Puerto Colombia | 47.840 | 6.781 | 54.621 | 12,4% | 2,0% |
Repelón | 19.268 | 9.338 | 28.606 | 32,6% | 1,0% |
Sabanagrande | 34.052 | 1.668 | 35.720 | 4,7% | 1,3% |
Página 5 de 96
Municipio | Cabecera Municipal | Resto municipio | Total | % Ruralidad | % Mpio |
Sabanalarga | 76.188 | 25.655 | 101.843 | 25,2% | 3,7% |
Santa Xxxxx | 14.913 | 2.497 | 17.410 | 14,3% | 0,6% |
Xxxxx Xxxxx | 30.762 | 1.812 | 32.574 | 5,6% | 1,2% |
Soledad | 676.179 | 891 | 677.070 | 0,1% | 24,4% |
Suan | 11.967 | 830 | 12.797 | 6,5% | 0,5% |
Tubará | 9.657 | 9.530 | 19.187 | 49,7% | 0,7% |
Usiacurí | 12.476 | 904 | 13.380 | 6,8% | 0,5% |
Total General | 2.630.068 | 141.071 | 2.771.139 | 5,1% | 100,0% |
Departamento | 1.333.597 | 140.460 | 1.474.057 | 9,5% | 53,2% |
Fuente, DANE. Proyección población 2021, censo 2018.
Aparte de Barranquilla el departamento cuenta con otros seis municipios certificados en salud; Baranoa,
Galapa, Sabanagrande, Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx y Usiacurí.”
Tabla 2
Características demográficas y poblacionales
Municipios | Número | Población total año 2021 | IPS Públicas | |||
NIV. 1 | NIV. 2 | NIV. 3 | TOTAL | |||
Certificados | 6 | 918.974* | 6 | 3 | 1 | 10 |
No certificados | 16 | 555.183 | 16 | 0 | 0 | 16 |
Total | 22 | 1.474.057 | 22 | 3 | 1 | 26 |
Fuente: DANE CNPV 2018. / DNP Municipios certificados / REPS
*La población del Distrito de Barranquilla corresponde a 1.297.082 habitantes, no se incluye.
DISTRIBUCIÓN DE POBLACIÓN POR GRUPOS ETARIOS
Tabla 3
Población por quinquenio y sexo
Quinquenio | Hombres | Mujeres | Total | % |
< 5 | 66.965 | 62.936 | 129.901 | 8,8% |
5 A 9 | 66.592 | 63.126 | 129.718 | 8,8% |
10 A 14 | 64.896 | 62.331 | 127.227 | 8,6% |
15-19 | 64.373 | 63.360 | 127.733 | 8,7% |
20-24 | 64.068 | 64.074 | 128.142 | 8,7% |
25-29 | 62.162 | 62.573 | 124.735 | 8,5% |
30-34 | 57.566 | 58.303 | 115.869 | 7,9% |
35-39 | 51.630 | 53.363 | 104.993 | 7,1% |
40-44 | 45.653 | 48.677 | 94.330 | 6,4% |
45-49 | 39.391 | 42.964 | 82.355 | 5,6% |
50-54 | 36.828 | 40.521 | 77.349 | 5,2% |
55-59 | 32.985 | 36.302 | 69.287 | 4,7% |
60-64 | 26.094 | 28.960 | 55.054 | 3,7% |
65-69 | 18.873 | 21.520 | 40.393 | 2,7% |
70-74 | 13.076 | 15.335 | 28.411 | 1,9% |
75-79 | 8.227 | 9.875 | 18.102 | 1,2% |
Página 6 de 96
Quinquenio | Hombres | Mujeres | Total | % |
80-84 | 4.723 | 5.794 | 10.517 | 0,7% |
85-89 | 2.437 | 3.099 | 5.536 | 0,4% |
90 -94 | 1.155 | 1.545 | 2.700 | 0,2% |
95-99 | 497 | 702 | 1.199 | 0,1% |
100 y + | 000 | 000 | 000 | 0,0% |
Total | 728.378 | 745.679 | 1.474.057 | |
Porcentaje | 49,41% | 50,59% | 100% |
Fuente, DANE. Proyección población 2021, Censo 2018.
1. Gráfico 2 Pirámide poblacional
-4.27>6 84
-4.72830-84
-8.22775-79
-13.076
-18.873
-26.094
-32.985
-36.828
-39.391
-45.653
-51.630
-57.566
-62.162
-64.068
-64.373
-64.896
-66.592
-66.965
70-74
65-69
60-64
55-59
50-54
45-49
40-44
35-39
30-34
25-29
20-24
15-19
10 A 14
5 A 9
< 5
5.665
5.794
9.875
15.335
21.520
28.960
36.302
40.521
42.964
48.677
53.363
58.303
62.573
64.074
63.360
62.331
63.126
62.936
-80.000 -60.000 -40.000 -20.000 - 20.000 40.000 60.000 80.000
Mujeres Hombres
Fuente, DANE. Proyección población 2021, censo 2018
El 21% de la población del departamento del Atlántico está en el rango de 50 o más años; un 13,6% por debajo del promedio nacional que es del 24,3%.
De otra parte, la población menor de 5 años representa el 8,8% del total, con un 27% por encima del promedio nacional.
Es de anotar que la pirámide poblacional registra un estrechamiento en los quinquenios de 15 a 19 y de 10 a 14 años, y nuevamente se ensancha para los quinquenios de 5 a 9 y de 0 a 4 años, lo que sugiere un crecimiento en el número xx xxxxxxxx en la última década, la cual coincide con el fenómeno migratorio de población venezolana. Población que registra una elevada demanda de servicios de atención de parto.
La razón hombre mujer global en el departamento es de 97,7 hombres por cada 100 mujeres, sin embargo, en la población menor de 20 años, la proporción de hombres es mayor que la de mujeres.
La distribución de la población del departamento por los grupos etarios y su ponderación de UPC del régimen subsidiado en la vigencia 2021 nos muestra que la población global del departamento tiene un índice de riesgo demográfico de 1,0600, que frente al 1,0962 de la población del país nos arroja una diferencia del 3,62%, lo
Página 7 de 96
que supondría una disminución proporcional en la demanda de servicios y en los recursos disponibles para la prestación de servicios en el departamento.
La Junta Directiva de la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO mediante Acuerdo 018 de 2022, autorizò a la gerencia para adelantar el proceso de celebración de CONTRATO DE ASOCIACIÓN, CON O SIN RIESGO COMPARTIDO Y/O CONTRATOS DE CONCESIÓN, O FIGURAS ANÁLOGAS DEL SERVICIO DE SALUD, MEDIANTE EL CUAL SE PRESTARÁN LOS SERVICIOS DE IMÁGENES DIAGNOSTICAS, comprometiendo
vigencias futuras por las siguientes razones:
● La oferta de servicios actuales no satisface completamente la demanda de la población departamental.
● La prestación directa de los servicios que se piensan contratar implicaría la realización de cuantiosas inversiones por parte de la ESE, entidad que actualmente no cuenta con recursos para realizarlas.
● El apalancamiento financiero propio para la sostenibilidad de los servicios no es viable dentro de la capacidad financiera y hospitalaria de la ESE.
● Existen limitaciones en la disponibilidad de trasferencia de recursos por parte del Departamento y de la Nación para realizar inversiones en la ESE.
● Los servicios que se piensan contratar son los necesarios para satisfacer la demanda de la población departamental.
Así las cosas, dado que la ESE UNA es una Entidad que se encuentra en proceso de ajuste de su portafolio de servicios para acondicionarse a los requerimientos que estipula la modernización de la Red pública y al perfil epidemiológico de los habitantes del departamento del Atlántico, por lo cual requiere contar con los servicios de apoyo diagnóstico y terapéutico.
Es de señalar que de conformidad con la CIRCULAR EXTERNA 67 DE 27 DE DICIEMBRE DE 2010 de la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD (SUPERSALUD), los prestadores de servicios podrán contratar a un tercero o realizar asociaciones o alianzas estratégicas con este, bajo la figura de la tercerización, outsourcing o externalización para la prestación de servicios, a través del cual, en conjunto con dicho operador de servicios, puedan ofertar un compendio integral de servicios a las entidades responsables del pago de servicios de salud (ERP), las entidades que ofrezcan planes adicionales de salud, los particulares y demás pagadores del sistema.
Página 8 de 96
CONTRATO DE ASOCIACIÓN PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE IMÁGENES DIAGNÓSTICAS E IMAGENOLOGÍA EN LAS SEDES DE LA E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO
Tabla de contenido Tabla de contenido
CAPITULO I – INFORMACIÓN GENERAL .........................................................................................................
1. CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACIÓN.
..........................................................................
1.1 OBJETO, PRESUPUESTO OFICIAL, PLAZO, FORMA DE PAGO Y UBICACIÓN: ...........................
1.3 CONSULTA DE LOS TÉRMINOS DE CONDICIONES .........................................................................
1.4 REGLAS DE SUBSANABILIDAD .........................................................................................................
1.5 PARTICIPACION COMUNITARIA Y VEEDURÍAS CIUDADANAS ......................................................
1.6 CRONOLOGÍA DEL PROCESO ...........................................................................................................
1.7 ATENCIÓN ADMINISTRATIVA Y RADICACIÓN DE DOCUMENTOS .................................................
1.8 RIESGOS ASOCIADOS AL CONTRATO, FORMA DE MITIGARLO Y LA ASIGNACIÓN DEL RIESGO ENTRE LAS PARTES CONTRATANTES. ...................................................................................
1.9 GLOSARIO ............................................................................................................................................
2. CAPITULO II - NORMATIVIDAD Y ACTOS APLICABLES
.............................................................................
2.1 ACLARACIONES A LOS TÉRMINOS DE CONDICIONES:
....................................................................
2.3. NORMAS DE INTERPRETACIÓN DE LOS TÉRMINOS DE CONDICIONES ...................................
2.4 REQUISITOS HABILITANTES ……………………………………………………………………………
2.5 INFORMACION INEXACTA ………………………………………………………………………………
2.6 INFORMACION NO VERAZ … ……………………………………………………………………………
2.7 PROGRAMA PRESIDENCIAL “LUCHA CONTRA LA CORRUPCION …………………………….
3. CAPITULO III ELABORACIÓN E IDENTIFICACIÓN DE LA PROPUESTA - APERTURA SOBRE NO. 1 3.1 ELABORACIÓN DE LA PROPUESTA ………………………………………………………………….
3.1.1 SOBRE No. 1 ………………………………………………………………………………………………..
3.1.2 SOBRE No. 2 ………………………………………………………………………………………………..
3.2 IDENTIFICACIÓN Y ENTREGA DE LA PROPUESTA…………………………………………….…..
3.3 IDIOMA ………………………………………………………………………………………………..…….
3.4 DERECHO FUNDAMENTAL DE PETICIÓN ……………………………………………………..…….
3.5 DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR ……………………………………………..……
3.5.1 CONSULARIZACIÓN………………………………………………………………………………..…….
3.5.2 APOSTILLE …………………………………………………………………………………………..……
3.5.3 TÍTULOS OBTENIDOS EN EL EXTERIOR ……………………………………………………..…….
3.5.4 AUTORIZACIÓN PARA EL EJERCICIO TEMPORAL DE LA PROFESIÓN EN COLOMBIA ...
3.6 INFORMACIÓN RESERVADA ……………………………………………………………………….
3.7 POTESTAD VERIFICATORIA ……………………………………………………………………….
Página 9 de 96
3.8 PROPUESTAS PARCIALES …………………………………………………………………………
3.9 ASPECTOS A CONSIDERAR EN EL VALOR DE LA PROPUESTA …………………………..
3.9.1 INFORMACIÓN PREVIA ………………………………………………………………………………
3.9. 2 DECLARACIONES CONOCIMIENTO DE LA ESTRUCTURA CONTRACTUAL ……………...
3.9. 3 ASPECTOS TÉCNICOS ………………………………………………………………………………
3.9. 4 EQUIPOS ……………………………………………………………………………………………….
3.10 APERTURA DEL SOBRE No. 1. …………………………………………………………………….
3.11 APERTURA DEL SOBRE No. 2 – OFERTA ECONÓMICA …………………………...…………
4. CAPITULO IV - REQUISITOS HABILITANTES Y SU VERIFICACIÓN
4.1 REQUISITOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS …………………………….……………..………..
4.1.1 PARTICIPANTES …………………………………………………………………………………………
4.2 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA. ……………………………………………..…
4.3 DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN DE CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES …........
4.4 APODERADOS……………………………………………………………………………………………
4.4.1 APODERADO PERSONAS EXTRANJERAS …………………………………………………………
4.5 EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL ………………………………………………………..
4.5.1 PERSONA NATURAL O JURÍDICA NACIONAL O EXTRANJERA CON SUCURSAL EN
COLOMBIA………………………………………………………………………………………………..
4.5.2 PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS EXTRANJERAS SIN DOMICILIO O SUCURSAL EN
COLOMBIA ………………………………………………………………………………………………..
4.6 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA ………………………………………………………..
4.6.1 CARACTERÍSTICAS DE LAS GARANTÍAS …………………………………………………………
4.6.2 TOMADOR / AFIANZADO ……………………………………………………………………………
4.7 CERTIFICACIÓN DE PAGOS DE SEGURIDAD SOCIAL Y APORTES LEGALES………………...
4.8 COMPROMISO DE TRANSPARENCIA ………………………………………………………………….
Página 10 de 96
4.9 DECLARACIÓN DE NO REPORTAR ANTECEDENTES FISCALES ANTE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA NI SANCIONES QUE IMPLIQUEN INHABILIDAD PARA CONTRATAR CON EL ESTADO ………………………………………………………………………….
4.10 CÉDULA DE CIUDADANÍA DEL PROPONENTE ………………………………………………………
4.11 CERTIFICACIÓN DEL REVISOR FISCAL ………………………………………………………………
4.12 REQUISITOS DE CAPACIDAD FINANCIERA ………………………………………………………….
4.13 PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS NACIONALES Y EXTRANJERAS CON O SIN
DOMICILIO Y CON Y SIN SUCURSAL EN COLOMBIA ………………………………………………..
4.15. INDICADORES ADICIONALES ………………………………………………………………………….
4.16. CAPACIDAD ORGANIZACIONAL………………………………………………………………………
4.13.1 PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS NACIONALES Y EXTRANJERAS CON O SIN DOMICILIO Y CON O SIN SUCURSAL EN COLOMBIA
…………………………………………….
4.13.2 PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS NACIONALES Y EXTRANJERAS CON DOMICILIO O SUCURSAL EN COLOMBIA …………………………………………………………………………
4. 16.3REQUISITOS DE CAPACIDAD FINANCIERA PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS EXTRANJERAS SIN DOMICILIO O SUCURSAL EN
COLOMBIA…………………………………
4.16.4 CARTA DE CUPO CREDITO ………………………………………………………………………….
4.17 EXPERIENCIA REQUERIDA .........................................................................................................
A. CONDICIONES ESPECIFICAS…………………………………………………….
B. VISITA OBLIGATORIA A LAS INSTALACIONES ……………………………..
C. ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA.........................................................
4.18 ACREDITACION DE LA EXPERIENCIA DE TRABAJO ..................................................
5.0 FORMACION ACADEMICA ................................................................................................
5.1 CRITERIOS DE COMPARABILIDAD DE LAS PROPUESTAS .....................................
5.1.1 CERTIFICACIÓN DE MIPYMES ......................................................................................
5.1.2 ACREDITACIÓN DE PERSONAL CON LIMITACIONES (LEY 361 DE 1997) ...................
5.1.3 TRATO NACIONAL .............................................................................................................
5.2 ASIGNACIÓN DE PUNTAJE A LAS PROPUESTAS ........................................................
Página 11 de 96
6. CAPÍTULO VI - ORDEN DE ELEGIBILIDAD Y ADJUDICACION DEL CONTRATO ........
6.1 ORDEN DE ELEGIBILIDAD................................................................................................
6.2 ADJUDICACIÓN ...............................................................................................................
6.3 CAUSALES PARA LA DECLARATORIA DE DESIERTA ..............................................
6.4 DECLARATORIA DE DESIERTA ....................................................................................
6.5 RETIRO DE LA PROPUESTA .........................................................................................
6.6 FIRMA Y PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO .....................................................
7 CAPÍTULO VII CONDICIONES DEL CONTRATO
7.1 OBJETO DEL CONTRATO
7.2 OBLIGACIONES DEL CONTATISTA ............................................................................
7.3 OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE..........................................................................
7.4 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA - GENERALES, ESPECIFICAS, TECNICAS, ADMINISTRATIVAS Y FINANCIERAS...........................................................................
7.5 ASIGNACION DE RIESGOS PREVISIBLES ..................................................................
7.6 PERSONAL PROFESIONAL...........................................................................................
7.7 CONSIDERACIONES PARA EL ANALISIS DE PERSONAL .......................................
7.8 RELACION DEL EQUIPO REQUERIDO........................................................................
7.9 GARANTIA UNICA DE CUMPLIMIENTO.......................................................................
7.10 REQUISITO DE LAS GARANTIAS ...............................................................................
7.11 ACTA DE INICIO ...........................................................................................................
7.12 XXXXXXXX, PRESTACIONES SOCIALES Y APORTES LEGALES Y SEGURIDAD SOCIAL...........................................................................................................................
7.13 INTERVENTORÍA DE LOS TRABAJOS........................................................................
7.14 REGIMEN JURIDICO APLICABLE ................................................................................
7.15 RELACIONES CON OTROS CONTRATISTAS (EN CASO DE SER REQUERIDO) ...
7.16 MULTAS Y CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA.............................................................
Página 12 de 96
7.17 CADUCIDAD...................................................................................................................
7.18 MODIFICACIÓN, TERMINACIÓN E INTERPRETACIÓN UNILATERALES.................
ANEXOS .................................................................................................................................
FORMULARIOS Y FORMATOS ................................. ..........................................................
Página 13 de 96
CAPITULO I – INFORMACIÓN GENERAL
1. CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACIÓN.
1.1 OBJETO, PRESUPUESTO OFICIAL, PLAZO, FORMA DE PAGO Y UBICACIÓN:
El objetivo de la presente convocatoria es la celebración de un contrato de asociación para la prestación de servicios de salud cuyo objeto es el siguiente:
OBJETO: CONTRATO DE ASOCIACIÓN PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE IMÁGENES DIAGNÓSTICAS E IMAGENOLOGÍA EN LAS SEDES DE LA E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO
El alcance del objeto de este contrato incluye la dotación de equipos, su instalación y puesta en funcionamiento para la UNIDAD DE IMÁGENES DIAGNÓSTICAS DE LAS SEDES DE LA UNA – E.S.E. UNIVERSITARIA DEL
ATLÁNTICO, así como la operación asistencial.
De acuerdo con los supuestas utilizados para la modelación financiera de la UNIDAD DE IMÁGENES DIAGNÓSTICAS DE LAS SEDES DE LA UNA – E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO, y como se puede
observar en el anexo financiero, la participación mínima que sobre la facturación del servicio objeto de la alianza que debe percibir la ESE, debe corresponde a las siguientes variables:
De la facturación total que se genere por la UNIDAD DE IMÁGENES DIAGNÓSTICAS DE LAS SEDES DE LA UNA – E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO, por los servicios prestados objeto de la alianza, se destinará un cinco por ciento (5%) para atender el proceso de facturación, y sobre el valor que resulte se aplicarán los siguientes porcentajes:
Participación mínima a favor de la ESE sobre la facturación total que se genere por la UNIDAD DE IMÁGENES DIAGNÓSTICAS DE LAS SEDES DE LA UNA, durante todo el plazo de ejecución del contrato. | 20% |
En desarrollo del objeto contractual, el Aliado tendrá las siguientes obligaciones relacionadas con la puesta en marcha de los servicios:
1. Dotación e instalación de equipos y dispositivos médicos para la puesta en marcha y operación del servicio y contratación xxx xxxxxxx humano idóneo – según anexo -
2. Finalizado el contrato por vencimiento del plazo de ejecución, los equipos adquiridos e instalados por el Aliado serán de propiedad de LA E.S.E UNA; de igual manera si la terminación del contrato se genera por la declaración de caducidad.
3. Durante la ejecución del contrato el Aliado realizará la renovación tecnológica según lo contemplado en el anexo financiero, así como las renovaciones por daño u obsolescencia de los equipos.
4. Prestación de los servicios de la unidad de Imágenes diagnóstica, conforme la propuesta técnica y la regulación legal, cumpliendo con todos y cada y uno de los requerimientos operativos.
5. Cumplir con el cronograma de inversiones.
Nota: La dotación, instalación, inversiones, reposiciones y la operación se realizarán tomando como referencia los anexos técnicos y financieros del proceso, cuyos documentos conforman parte integral del mismo, asumiendo los riesgos propios del modelo propuesto, y la Prestación de todos los servicios que la Unidad de imágenes diagnosticas, deberán cumplir con los estándares y requisitos establecidos en la legislación vigente, para la habilitación, autorización de los servicios por parte de la autoridad competente, para las sedes que a
Página 14 de 96
continuación se enlistan, sin perjuicio de la inclusión de nuevas sedes durante el término de ejecución del contrato:
CENTRRO DE ATENCION |
CENTRO DE ATENCION COMPLEMENTARIA ESPECIALIZADO ALTA COMPLEJIDAD - CACE ACA |
CENTRO DE ATENCION COMPLEMENTARIA ESPECIALIZADO MENTAL - CACE MENTAL |
CENTRO DE ATENCION COMPLEMENTARIA REGIONAL SABANALARGA - CACR SABANALARGA |
CENTRO DE ATENCION COMPLEMENTARIA ESPECIALIZADO PEDIATRICO - CACE PEDIATRICO |
CENTRO DE ATENCION COMPLEMENTARIA REGIONAL SOLEDAD - CACR SOLEDAD |
Los equipos destinados a la ejecución del contrato, deberán ser propiedad del Aliado, o en su defecto la titularidad de los mismos pignorados con la entidad crediticia, pero en todo caso, nunca podrán ser aportados aquellos equipos bajo la modalidad de LEASING.
B. PRESUPUESTO OFICIAL:
El valor estimado del contrato es por la suma de TRESCIENTOS TRES MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS MILLONES DE PESOS ($ 303.966.000.000), correspondiente a la inversión y la operación de la unidad, a realizar hasta el año 2037 como se proyecta en el cuadro siguiente:
Vigencia 2022 | $ 100.000.000 |
Vigencia futura Aprobadas de 2023 a 2037 | $303.866.000.000 |
Presupuesto oficial | $303.966.000.000 |
El valor estimado para el compromiso presupuestal para la vigencia 2022 que realizará la ESE será de CIEN MILLONES DE PESOS ($100.000.000.00); los flujos estimados de los años posteriores correspondientes a vigencias futuras de los años 2023 a 2037 corresponden a TRESCIENTOS TRES MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS MILLONES DE PESOS ($ 303.866.000.000.00) los cuales se sustentan en ACTA No. 006 REUNIÓN ORDINARIA DE JUNTA DIRECTIVA E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO de fecha 29 xx xxxxx
de 2022 y ratificado en Comité de Hacienda Departamental del Atlántico del 01 de julio de 2022. Dada la forma de remuneración, el valor de la ejecución anualizada y el valor final del contrato, dependerán del resultado de la operación asistencial reflejada en la facturación de los servicios objeto de la Alianza.
PARÁGRAFO 1: El valor del contrato incluye todos los costos directos e indirectos, costos fiscales y en general, todos aquellos que se deriven del contrato. El Aliado debe presentar y acreditar los respectivos impuestos y demás costos fiscales a lo que haya lugar, para efectuar los descuentos xx xxx.
PARÁGRAFO 2: La E.S.E, no asume responsabilidad alguna por los eventuales errores de cálculo en que incurra el proponente para determinar la suficiencia del presupuesto oficial estimado, para el cumplimiento del contrato.
La inversión estimada a cargo del ALIADO deberá ser de TREINTA Y SEIS MIL OCHENTA Y SEIS MILLONES DE PESOS (36.086.000.000), para dotación de equipos necesarios para el funcionamiento de la
Página 15 de 96
unidad, instalación, reposiciones, y puesta en marcha de la Unidad de IMÁGENES DIAGNÓSTICAS, conforme se detalla en el Anexo financiero, el cual constituye parte integral de este contrato.
EI ALIADO invertirá el anterior valor durante la ejecución contractual, en las cuantías y plazos requeridos en el anexo financiero. Para el seguimiento y control de lo anterior, el ALIADO presentará mensualmente a la Interventoría un informe sobre la ejecución de la inversión y las actividades desarrolladas.
RUBRO PRESUPUESTAL: Los valores del contrato se imputarán con cargo al certificado de disponibilidad presupuestal CDP 866 del año 2022, y con cargo a las vigencias futuras aprobadas por el XXXXXXX Xx. 000 XX XXXXX XXXXXXXXX X.X.X. XXXXXXXXXXXXX XXX XXXXXXXXX de fecha 29 xx xxxxx de 2022 y ratificado en Comité de Hacienda del Departamento del Atlántico del 01 de julio de 2022.
C. PLAZO:
El plazo para la ejecución del contrato será por quince (15) años contados a partir de la suscripción del acta de inicio, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato,
Durante la ejecución del contrato, el Aliado deberá:
La habilitación del servicio estará a cargo de la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO, no obstante, será obligación del aliado realizar todas las acciones necesarias tendientes a lograr la habilitación del servicio para la operación.
Página 16 de 96
El ALIADO deberá realizar la dotación de los equipos, medicamentos, materiales e insumos requeridos para la operación de los equipos biomédicos, así como los materiales e insumos de enfermería y de tratamiento médico- quirúrgicos requeridos para la puesta en marcha y operación de las Unidad de Imágenes Diagnostica, además de la contratación xxx xxxxxxx humano idóneo y la preparación de la documentación necesaria para la puesta en funcionamiento, la cual tendrá que realizarse en los términos establecidos en el anexo técnico.
Una vez habilitado el servicio cumpliendo con todos los estándares, requerimientos técnicos administrativos, operativos de conformidad con la normatividad vigente, comenzará se iniciará la operación de los servicios por parte del Aliado.
Al terminar el contrato el Aliado realizará Entrega de los equipos adquiridos por el durante la ejecución del contrato con la E.S.E UNA, o quien esta disponga, garantizando la transferencia de conocimiento y entendimiento de la operación.
La ejecución del contrato comprende las siguientes etapas:
1. Etapa Preoperativa: Realizar todas las acciones necesarias tendientes a lograr la habilitación del servicio para la operación del mismo, esta etapa incluye la entrega del área por parte de la E.S.E UNA, la dotación de los equipos médicos, materiales e insumos requeridos para la puesta en marcha de la UNIDAD DE ATENCIÓN INTEGRAL DEL PROCESO DE GENERACIÓN Y ANALISIS DE IMÁGENES PARA EL DIAGNOSTICO, PRONOSTICO Y TRATAMIENTO DE ENFERMEDADES, así como la contratación xxx xxxxxxx humano idóneo y la preparación de la documentación necesaria para la puesta en funcionamiento, la cual tendrá que realizarse en los términos establecidos en el anexo, contados a partir de la suscripción del Acta de Inicio.
Se entenderá concluida la Etapa Preoperativa cuando se suscriba el Acta de Terminación de la Etapa Preoperativa, esto es con la habilitación.
2. Operación: Una vez habilitado el servicio cumpliendo con todos los estándares, requerimientos técnicos administrativos, operativos de conformidad con la normatividad vigente, comenzará el inicio de la prestación del servicio por parte del contratista.
Esta etapa iniciará surtidos y aprobados los trámites de habilitación los que se requieran para apertura del servicio, en ella se incluyen, entre otras las reposiciones, concomitantemente con la operación del servicio, mantenimientos (preventivos y correctivos) de los equipos de la E.S.E UNA, bien sean los dotados por el contratista o los propios, y el mantenimiento de la infraestructura a utilizar.
3. Entrega y Empalme: Dentro del último año de ejecución contractual, se realizará Entrega de los equipos adquiridos por el contratista durante la ejecución del contrato con la E.S.E UNA, o quien esta disponga, garantizando la transferencia de conocimiento y entendimiento de la operación.
El plazo para la ejecución del contrato será por quince (15) años contados a partir del acta de inicio, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato.
La habilitación del servicio estará a cargo de la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO, no obstante, será obligación del contratista realizar todas las acciones necesarias tendientes a lograr la habilitación del servicio para la operación del mismo.
Página 17 de 96
La ESE UNA deberá entregar las áreas donde funcionará la UNIDAD DE IMÁGENES DIAGNÓSTICAS E IMAGENOLOGIA DE LAS SEDES DE LA UNA – E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO.
El contratista deberá realizar la dotación de los equipos, materiales e insumos requeridos para la operación de los equipos biomédicos, además de la contratación xxx xxxxxxx humano idóneo para la prestación del servicio y la preparación de la documentación necesaria para la puesta en funcionamiento, la cual tendrá que realizarse en los términos establecidos en el anexo, contados a partir de la suscripción del Acta de Inicio.
Al terminar el contrato el contratista realizará Entrega de los equipos adquiridos por el contratista durante la ejecución del contrato con la E.S.E UNA, o quien esta disponga, garantizando la transferencia de conocimiento y entendimiento de la operación.
D. FORMA DE PAGO
La entidad pagará al Aliado de acuerdo con lo establecido en el anexo financiero, un porcentaje sobre la facturación por los servicios prestados objeto de la alianza, según lo descrito en este estudio previo y demás documentos que hacen parte del presente contrato, previa presentación de cuenta de cobro o factura de venta, sustentado en actas parciales de recibo, certificación de cumplimiento expedida por el funcionario encargado de la Supervisión y/o interventoría del Contrato, donde conste la revisión de los ítems relacionados con la facturación de la UNIDAD DE IMÁGENES DIAGNOSTICAS, y constancia de pago de las obligaciones por conceptos de seguridad social integral (Salud, Pensión, Riesgos Laborales) y Parafiscales si a ello hubiere lugar.
Parágrafo 1: El valor que resulte en favor del Aliado, de acuerdo con los porcentajes de participación, serán pagados dentro de los treinta (30) días siguientes al recaudo efectivo de los pagos realizados por las ENTIDADES RESPONSABLE DE PAGO sobre las facturas radicadas que estén relacionadas con los servicios objeto de la alianza. Para la aplicación de los porcentajes de participación se tendrá en cuenta lo siguiente:
Participación mínima a favor de la ESE por la explotación de la UNIDAD DE IMÁGENES DIAGNÓSTICAS DE LAS SEDES DE LA UNA, durante todo el plazo de ejecución del contrato. | 20% |
El Aliado asumirá el costo de los servicios de apoyo logístico y de mantenimiento de los espacios de las unidades de imágenes diagnosticas objeto del contrato de alianza, siendo entre otros: vigilancia, aseo, lavandería, manejo de residuos patógenos, y servicios públicos. Igualmente deberá asumir el valor concepto de uso del espacio en el área donde se desarrolla el objeto contractual.
Parágrafo 2: Las glosas médicas relacionadas con las actividades del Aliado, realizadas por las ENTIDADES RESPONSABLES DE PAGO a la E.S.E. UNA, se descontarán del valor del pago si son imputables a él.
Parágrafo 3: En el evento de declararse la CADUCIDAD del contrato, se suspenderán pagos al ALIADO, mientras se determinan los perjuicios ocasionados a la E.S.E UNA y se surte el respectivo proceso de liquidación contractual.
Parágrafo 4: Cada año se deberá realizar una revisión de los supuestos financieros que dieron origen al contrato, a fin de establecer variación en los supuestos que deben garantizar la recuperación de la inversión y la utilidad esperada, sin perjuicio que la que dicha revisión pueda tener origen en cualquier momento del plazo del contrato a solicitud de cualquiera de las partes.
Parágrafo 5: El uso del espacio que inicialmente se destinara para desarrollar el objeto contractual, corresponde a las áreas que seguidamente se detallan, por las cuales el valor del uso de espacio a reconocer
Página 18 de 96
en favor de la ESE es de QUINCE MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL PESOS M/L
($15.944.000), el cual a fecha 1 de enero de cada vigencia deberá ser actualizado de acuerdo con el IPC. Valor que se aumentara en la medida que se incremente las áreas destinadas al desarrollo del objeto de Alianza. El valor determinado por concepto de uso de área es el resultado de un porcentaje sobre el valor del avalúo comercial del inmueble donde funciona hoy el CACE.
*fuente avalúo comercial proceso liquidatario ESE HOSPITAL XXXX XXXXX DE BARRANQUILLA.
CENTRO DE ATENCION COMPLEMENTARIA ESPECIALIZADO ALTA COMPLEJIDAD ADULTO CACE ACA Y MENTAL | CENTRO DE ATENCION COMPLEMENTARIA REGIONAL SABANALARGA CACR SABANALARGA | CENTRO DE ATENCION COMPLEMENTARIA ESPECIALIZADO PEDIATRICO CACE PEDIATRICO |
658 Mts2. | 102 Mts2. | 283 Mts2. |
X. XXXXX DE EJECUCIÓN:
La ejecución del Contrato a suscribir se realizará en las instalaciones de la E.S.E Universitaria del Atlántico, los, sin perjuicio de la inclusión de nuevas sedes durante el término de ejecución del contrato:
CENTRO DE ATENCION |
CENTRO DE ATENCION COMPLEMENTARIA ESPECIALIZADO ALTA COMPLEJIDAD ADULTO CACE ACA |
CENTRO DE ATENCION COMPLEMENTARIA ESPECIALIZADO MENTAL CACE MENTAL |
CENTRO DE ATENCION COMPLEMENTARIA ESPECIALIZADO PEDIATRICO CACE PEDIATRICO |
CENTRO DE ATENCION COMPLEMENTARIA REGIONAL SABANALARGA CACR SABANALARGA |
CENTRO DE ATENCION COMPLEMENTARIA REGIONAL SOLEDAD CACR SOLEDAD |
1.2 ESTUDIOS PREVIOS:
Forman parte de los presentes TERMINOS DE CONDICIONES, los estudios y documentos previos, así como el análisis del sector adelantados por LA E.S.E., los cuales se publican a través de la página oficial de la E.S.E., con los ajustes que se llegaren a realizar bien sea en forma oficiosa por parte de la Entidad o a solicitud de los interesados.
También, forma parte de los TERMINOS DE CONDICIONES, la matriz de estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles.
1.3 CONSULTA DE LOS TERMINOS DE CONDICIONES
Página 19 de 96
La consulta de los TERMINOS DE CONDICIONES de la convocatoria deberá hacerse durante el plazo del presente proceso en: E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO, ubicada en la Xx. 00 #00-000, Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxx, OFICINA DE DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN, y en la página web de la E.S.E. en el siguiente link: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxx/
1.4 REGLAS DE SUBSANABILIDAD
La ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación o al proponente, no necesarios para la comparación de las propuestas no servirán de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos. En consecuencia, todos aquellos requisitos de la propuesta que no afecten la asignación de puntaje podrán ser solicitados por la entidad o aportados por los oferentes antes del vencimiento del termino de traslado de la evaluación.
El numeral 7 del artículo 30 del Acuerdo N° 009 del 05 de noviembre de 2021, Estatuto de Contratación de la
E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO, indica: “(.) Cerrada la convocatoria el Comité de Compras y Contratos realizará la verificación de los requisitos habilitantes y calificación desde el punto de vista técnico, financiero y económico de conformidad con los términos de condiciones”.
Ahora bien, en concordancia con lo anterior de acuerdo con la naturaleza, objeto y cuantía del contrato, la entidad se reserva el derecho de solicitar a los proponentes las aclaraciones y explicaciones que se estimen indispensables, en el marco de los términos legales.
Los proponentes deberán allegar, hasta el término de traslado del informe de evaluación, las clarificaciones y/o documentos requeridos, so pena de rechazo de su oferta.
Xxxxx rechazadas las ofertas de aquellos proponentes que no suministren la información y documentación solicitada por la E.S.E. hasta el plazo preclusivo y perentorio del presente proceso.
Durante el término otorgado para subsanar las ofertas, los proponentes no podrán acreditar circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso.
En el evento en que La E.S.E. no advierta la ausencia de un requisito habilitante y no lo haya requerido, lo podrá solicitar al proponente, para que xxxxxxx los documentos en el término que al efecto les fije en el requerimiento.
Todos aquellos requisitos de la propuesta que afecten la asignación de puntaje no podrán ser objeto de subsanabilidad, por lo que los mismos DEBEN ser aportados por los proponentes desde el momento mismo de la presentación de la oferta.
El oferente tiene la carga de presentar su oferta en forma íntegra, esto es, respondiendo todos los puntos de los TERMINOS DE CONDICIONES y adjuntando todos los documentos de soporte o prueba de las condiciones que pretenda hacer valer en el proceso.
NOTA: Los documentos exigidos en los presentes TERMINOS DE CONDICIONES para acreditar los factores de desempate tampoco podrán ser subsanados, por lo que deberán ser presentados desde el momento de la presentación de la oferta.
1.5 PARTICIPACION COMUNITARIA Y VEEDURÍAS CIUDADANAS
Página 20 de 96
De conformidad con el principio de transparencia consagrado en el numeral 7 del artículo 6 del Acuerdo N° 009 del 05 de noviembre de 2021, Estatuto de Contratación de la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO, participa a todas las veedurías ciudadanas, interesadas en hacer control social al proceso de selección, en cualquiera de sus fases o etapas, cuya información se encuentra publicada en la página web de la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxx/
1.6 CRONOLOGÍA DEL PROCESO
El presente proceso de selección se desarrollará de conformidad con el siguiente cronograma.
ACTIVIDAD | FECHA Y HORA | LUGAR DE CONSULTA |
PUBLICACIÓN DEL AVISO DE CONVOCATORIA PÚBLICA | 25 de noviembre de 2022 | LA E.S.E UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO Y A TRAVÉS DE LA PÁGINA OFICIAL DE LA E.S.E EN EL SIGUIENTE LINK: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx-xxxxxxx-xx-000- de-2022/ |
PUBLICACIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO DE APERTURA DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA Y TERMINOS DE CONDICIONES DEFINITIVOS | 29 de noviembre de 2022 | LA E.S.E UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO Y A TRAVÉS DE LA PÁGINA OFICIAL DE LA E.S.E EN EL SIGUIENTE LINK: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx-xxxxxxx-xx-000- de-2022/ |
OBSERVACIONES A LOS TERMINOS DE CONDICIONES | 2 de diciembre de 2022 | TODAS LAS OBSERVACIONES DEBERÁN SER PRESENTADAS POR MEDIO ELECTRÓNICO, DIRIGIDAS A LA OFICINA DE CONTRATACIÓN AL SIGUIENTE CORREO: xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx CON LA REFERENCIA CORRESPONDIENTE AL NUMERO DEL PROCESO DE LA CONVOCATORIA PÙBLICA |
RESPUESTA OBSERVACIONES PRESENTADAS A LOS TERMINOS DE CONDICIONES DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA | 6 de diciembre de 2022 | LA E.S.E UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO Y A TRAVÉS DE LA PÁGINA OFICIAL DE LA E.S.E EN EL SIGUIENTE LINK: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx-xxxxxxx-xx-000- de-2022/ |
EXPEDICIÓN DE ADENDAS | 6 de diciembre de 2022 | LA E.S.E UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO Y A TRAVÉS DE LA PÁGINA OFICIAL DE LA E.S.E EN EL SIGUIENTE LINK: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx-xxxxxxx-xx-000- de-2022/ |
VISITA A LAS INSTALACIONES DE LA ESE | 7 de diciembre de 2022 | La ESE UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO, recibirá a los interesados en el proceso, para la realización de una visita a las instalaciones de la entidad, dentro del horario señalado. |
CIERRE DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA | 14 de diciembre de 2022 | EL RECIBO DE LAS PROPUESTAS SE REALIZARÁ EN LAS INSTALACIONES DE LA E.S.E UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICOSEDE ALTA COMPLEJIDAD UBICADA EN LA XXXXX 00 # 00-000, XXXXXXXXXXXX, XXXXXXXXX – SECRETARIA DE GERENCIA. PARA LA APERTURA DE SOBRES SE REALIZARÁ AUDIENCIA. |
Página 21 de 96
PUBLICACIÓN DEL INFORME EVALUACIÓN PRELIMINAR | 16 de diciembre de 2022 | LA E.S.E UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO PUBLICARÁ A TRAVÉS DE LA PÁGINA OFICIAL DE LA E.S.E EN EL SIGUIENTE LINK: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx-xxxxxxx- cp-009-de-2022/ |
TRASLADO AL INFORME DE EVALUACIÓN Y OBSERVACIONES PRESENTADAS AL MISMO | Del 19 de diciembre de 2022 Hasta 21 de diciembre de 2022 | LA E.S.E UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO Y A TRAVÉS DE LA PÁGINA OFICIAL DE LA E.S.E EN EL SIGUIENTE LINK: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx-xxxxxxx-xx-000- de-2022/ TODAS LAS OBSERVACIONES Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON EL INFORME DE EVALUACIÓN PRELIMINAR DEBERÁN SER PRESENTADAS POR MEDIO ELECTRÓNICO, DIRIGIDAS A LA DIRECCIÓN DE CONTRATACION, AL SIGUIENTE CORREO: xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx CON LA REFERENCIA CORRESPONDIENTE AL NUMERO DEL PROCESO DE LA CONVOCATORIA PÙBLICA |
RESPUESTA OBSERVACIONES, PRESENTADAS AL INFORME DE EVALUACIÓN | 23 de diciembre de 2022 | LA E.S.E UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO Y A TRAVÉS DE LA PÁGINA OFICIAL DE LA E.S.E EN EL SIGUIENTE LINK: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx-xxxxxxx-xx-000- de-2022/ |
INFORME DE EVALUACIÓN DEFINITIVO | 23 de diciembre de 2022 | LA E.S.E UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO Y A TRAVÉS DE LA PÁGINA OFICIAL DE LA E.S.E EN EL SIGUIENTE LINK: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx-xxxxxxx-xx-000- de-2022/ |
ADJUDICACIÓN, PUBLICACIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO DE ADJUDICACIÓN O DE DECLARATORIA DE DESIERTA DE LA CONVOCATORIA | 23 de diciembre de 2022 | ADJUDICACIÓN DEL PROCESO. |
FIRMA DEL CONTRATO | 23 de diciembre de 2022 | E.S.E UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO |
La visita iniciará según cronograma en las instalaciones de La E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO - CACE ALTA COMPLEJIDAD, ubicada en la Xx. 00 #00-000, Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxx, donde deberán presentarse los interesados, a quienes se les expedirá constancia de asistencia, soportada en el acta de visita que se levante para el efecto. Los interesados deberán acreditar autorización expresa para representarlo en la diligencia de visita o tener capacidad para representarla, se deberá allegar certificado de existencia y representación legal expedida por la Cámara de comercio.
1.7 ATENCIÓN ADMINISTRATIVA Y RADICACIÓN DE DOCUMENTOS
LA E.S.E. ha previsto que la atención administrativa para el presente proceso de selección que se efectuará a través de la OFICINA DE LA DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN de La E.S.E. UNIVERSITARIA DEL
ATLÁNTICO - CACE ALTA COMPLEJIDAD ubicada en la Xx. 00 #00-000, Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxx, o a través de
Página 22 de 96
la página web de la E.S.E, Link: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxx/, en el siguiente correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
Todos los documentos a radicar deberán estar debidamente foliados, citar proceso de selección al que se dirige, identificando del asunto o referencia de manera clara y precisa.
1.8 RIESGOS ASOCIADOS AL CONTRATO, FORMA DE MITIGARLO Y LA ASIGNACIÓN DEL RIESGO ENTRE LAS PARTES CONTRATANTES.
Para efectos de aclaración e información del presente proceso de selección, Xxxxxx es un evento que puede generar efectos adversos y de distinta magnitud en el logro de los objetivos del Proceso de Contratación o en la ejecución de un contrato. LA E.S.E. evaluó los eventos que se pueden presentar durante la ejecución del contrato y que puedan afectar el cumplimiento de sus metas y objetivos. El resultado de este ejercicio es la matriz de riesgos que se publicara de manera simultánea con los presentes TERMINOS DE CONDICIONES y hace parte integral de este.
1.9 GLOSARIO
Para los fines de estos TERMINOS DE CONDICIONES, a menos que expresamente se estipule de otra manera, los términos en mayúscula inicial que aquí se usan tendrán el significado asignado a dichos términos en este numeral o en la Sección correspondiente de la minuta del Contrato. Los títulos de los numerales y Capítulos se incluyen con fines de referencia y de conveniencia, pero de ninguna manera limitan, definen o describen el alcance y la intención de los TERMINOS DE CONDICIONES.
Las palabras técnicas que no se encuentren definidas expresamente en los TERMINOS DE CONDICIONES tendrán los significados que les correspondan según la técnica o ciencia respectiva y las demás palabras se entenderán en su sentido natural y obvio, según el uso general de las mismas. Para efectos de los TERMINOS DE CONDICIONES, se establecen las siguientes definiciones, las cuales podrán ser usadas tanto en singular como en plural: a continuación de manera enunciativa, se relacionan algunas definiciones útiles para el proceso de selección:
GLOSARIO GENERAL Y ESPECÍFICO:
• Accidente de trabajo: Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte.
Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo. Igualmente se considera accidente de trabajo el que se produzca durante el traslado de los trabajadores o contratistas desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador.
También se considerará como accidente de trabajo el ocurrido durante el ejercicio de la función sindical aunque el trabajador se encuentre en permiso sindical siempre que el accidente se produzca en cumplimiento de dicha función.
De igual forma se considera accidente de trabajo el que se produzca por la ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe por cuenta o en representación del empleador o de la empresa usuaria cuando se trate de trabajadores de empresas de servicios temporales que se encuentren en misión.
Página 23 de 96
• Acta de Inicio: Documento en el que las partes, de común acuerdo, dejan constancia del inicio de ejecución del plazo contractual.
• Acta de Terminación: Documento en el que las partes, de común acuerdo, dejan constancia de la terminación del plazo contractual.
• Activo Corriente: Es el activo corriente susceptible de convertirse en dinero en efectivo en un periodo inferior a un año.
• Activo Total: Son los activos, bienes, derechos y otros recursos controlados económicamente por la empresa, resultantes de sucesos pasados de los que se espera obtener beneficios o rendimientos económicos en el futuro.
• Adenda(s): Documento válido para Modificar el aviso de convocatoria o los TERMINOS DE CONDICIONES, el cual explica, aclara, agrega o modifica los TERMINOS DE CONDICIONES, sus Anexos o Apéndices con posterioridad a la apertura del presente proceso, las adendas una vez publicadas hacen parte de los TERMINOS DE CONDICIONES.
• Adjudicación: Es la decisión emanada de la E.S.E. por medio de un Acto Administrativo que determina el Adjudicatario del proceso de selección y a quien en consecuencia corresponderá el derecho y la obligación de suscribir el contrato que constituye el objeto del proceso de selección.
• Adjudicatario(a): Es el proponente que por haber presentado una propuesta que cumple con lo requerido por los TERMINOS DE CONDICIONES para ocupar el primer lugar de elegibilidad, es declarado como Adjudicatario del proceso mediante acto administrativo correspondiente.
• Acuerdos Comerciales: son tratados internacionales vigentes celebrados por el Estado colombiano, que contienen derechos y obligaciones en materia de compras públicas, en los cuales existe como mínimo el compromiso de trato nacional para: (i) los bienes y servicios de origen colombiano y (ii) los proveedores colombianos.
• Análisis del Sector: Es el estudio xx xxxxxxx que realiza la Entidad relativo al objeto del Proceso de Contratación, desde la perspectiva legal, comercial, financiera, organizacional, técnica y de análisis de Riesgo.
• Anexo: Es el documento o conjunto de documentos que la Entidad adjunta a los TERMINOS DE CONDICIONES y que hacen parte integral del mismo.
• Anticipo: Es un adelanto o avance del precio del contrato destinado a apalancar el cumplimiento de su objeto, de modo que los recursos girados por dicho concepto sólo se integran al patrimonio del contratista en la medida que se cause su amortización mediante la ejecución de actividades programadas del contrato.
• Apostilla: Es el documento que certifica la autenticidad de la firma, la calidad de la persona que firma el documento y, cuando proceda, la identidad del sello o timbre que porta el documento. Las Entidades Estatales solamente pueden exigir la legalización de acuerdo con la Convención sobre la abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros suscrita en La Haya el 5 de octubre de 1961, aprobada por la Ley 455 de 1998.
Página 24 de 96
• Aportes Parafiscales: Son contribuciones parafiscales los gravámenes establecidos con carácter obligatorio por la Ley, que afectan a un determinado y único grupo social y económico y se utilizan para beneficio del propio sector. El manejo, administración y ejecución de estos recursos se hará exclusivamente en la forma dispuesta en la ley que los crea y se destinarán sólo al objeto previsto en ella.
• Capacidad Financiera: Son las condiciones mínimas que reflejan la salud financiera de los Proponentes a través de su liquidez y endeudamiento.
• Capacidad Organizacional: Es la capacidad organizacional es la aptitud de un Proponente para cumplir oportuna y cabalmente el objeto del contrato en función de su organización interna.
• Certificado de Disponibilidad presupuestal: Es el documento mediante el cual se afecta de manera preliminar un rubro presupuestal y que garantiza la existencia de apropiación presupuestal disponible, libre de afectación y suficiente para respaldar el compromiso que se pretende adquirir con la contratación.
• Conflicto de Interés: Son las circunstancias que el interesado o Proponente dará a conocer a la Entidad Estatal y que considera puede tener incidencia en la imparcialidad con la que se debe adoptar las decisiones en el curso del proceso.
• Contratista: Es la persona natural, jurídica o el grupo de personas jurídicas o naturales, nacionales o extranjeras, asociadas entre sí que suscriben un contrato con el fin de ejecutar el objeto bajo las condiciones de modo, tiempo y lugar que en él se establecen.
• Confidencialidad: Propiedad de la informaciónón que hace que no esté disponible o que sea revelada a indivíduos no autorizados, entidades o procesos.
• Consorcio: Modalidad de asociación que permite que dos o más personas naturales o jurídicas, en forma conjunta, presenten una misma Propuesta en el presente proceso de selección para la adjudicación, celebraciónón y ejecución del Contrato, respondiendo solidariamente por todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y el contrato, En consecuencia, las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo de la propuesta y del contrato, afectarán a todos los miembros que lo conforman independientemente de la distribución en la ejecución de las actividades descritas en el documento consorcial para el cumplimiento de este proceso.
• Contrato: Negocio jurídico que se suscribirá la Entidad y el Adjudicatario, por medio del cual se imponen a las partes las obligaciones recíprocas y se le conceden los derechos correlativos que instrumentan la relación contractual que se busca establecer a través del presente proceso.
• Debido Proceso: Sometimiento de las actuaciones de las autoridades judiciales y administrativas, a las formalidades preestablecidas por las normas jurídicas, que en materia contractual se rige por las estipulaciones pactadas en el contrato. Tiene como finalidad la protección de las garantías consignadas en la normatividad.
• Diagnóstico: Concepto técnico que definirá los parámetros de intervención.
• Días Calendario: Los del calendario común que incluyen los días festivos y no laborables Todos los plazos de días, meses o años de que se haga mención legal, se entenderá que terminan a la media
Página 25 de 96
noche del último día del plazo. Por año y por mes se entienden los del calendario común, por día espacio de veinticuatro horas.
• Días Hábiles: Entiéndase por días hábiles y horarios laborales únicamente los días de lunes a viernes no feriados de 7:00 a. m. a 7:00 p. m. Días NO hábiles: Aquellos para los cuales la ley ha previsto el derecho a descanso remunerado.
• Dólares de los Estados Unidos de América, o Dólares, o US$: Es la moneda de curso legal en los Estados Unidos de América, la que, para todos los efectos se tomará por su valor equivalente respecto de la moneda de origen del proponente, según la tasa de cambio oficial o, en defecto de aquella, según la tasa de cambio certificada por la autoridad competente del país de origen.
• Enfermedad laboral: Es enfermedad laboral la contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar. El Gobierno Nacional, determinará, en forma periódica, las enfermedades que se consideran como laborales y en los casos en que una enfermedad no figure en la tabla de enfermedades laborales, pero se demuestre la relación de causalidad con los factores de riesgo ocupacional será reconocida como enfermedad laboral, conforme lo establecido en las normas legales vigentes.
• Estados Financieros: Un juego completo de estados financieros comprende: (a) un estado de situación financiera al final del periodo; (b) un estado del resultado integral del periodo; (c) un estado de cambios en el patrimonio del periodo; (d) un estado de flujos de efectivo del periodo; (e) notas, que incluyan un resumen de las políticas contables más significativas y otra información explicativa; y (f) un estado de situación financiera al principio del primer periodo comparativo, cuando una entidad aplique una política contable retroactivamente o realice una reexpresión retroactiva de partidas en sus estados financieros, o cuando reclasifique partidas en sus estados financieros.
• Estudios Previos: Es la justificación jurídica, técnica, económica y financiera del proyecto que realiza la Entidad de acuerdo con Acuerdo N° 009 del 05 de noviembre de 2021, Estatuto de Contratación de la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO.
• Especificaciones: Procesos y procedimientos técnicos generales o particulares, según el caso a los que se debe ceñir el Contratista durante la ejecución del contrato, para obtener los resultados objeto del contrato.
• Estimación del riesgo: Es la valoración del riesgo en términos monetarios o porcentuales requerimientos y exigencias, varían de una capa a otra, la función de estas diferentes capas es ir disipando y redistribuyendo las cargas que le infringe el tráfico y proveer una superficie de rodadura cómoda y segura bajo diferentes condiciones ambientales.
• E.S.P.: Empresa de Servicio Público.
• E.S.E.: Empresa social del Estado.
• Experiencia: Es la experiencia del proponente que se relaciona directamente con el objeto contractual en un proceso de selección determinado, la cual será verificada documentalmente por las Cámaras de Comercio, con base en la información aportada por el proponente en el momento de la inscripción, actualización o renovación.
Página 26 de 96
• Firma Digital: Es el valor numérico que se adhiere a un mensaje de datos y que, utilizando un procedimiento matemático conocido, vinculado a la clave del iniciador y al texto del mensaje permite determinar que este valor se ha obtenido exclusivamente con la clave del iniciador y que el mensaje inicial no ha sido modificado después de efectuada la transformación. Cuando una firma digital haya sido fijada en un mensaje de datos se presume que el suscriptor de aquella tenía la intención de acreditar ese mensaje de datos y de ser vinculado con el contenido del mismo. El uso de una firma digital tendrá la misma fuerza y efectos que el uso de una firma manuscrita, si aquélla incorpora los siguientes atributos:
Es única a la persona que la usa. Es susceptible de ser verificada.
Está bajo el control exclusivo de la persona que la usa.
Está ligada a la información o mensaje, de tal manera que, si éstos son cambiados, la firma digital es invalidada.
Está conforme a las reglamentaciones adoptadas por el Gobierno Nacional.
• Firma Electrónica: Son los métodos tales como, códigos, contraseñas, datos biométricos o claves criptográficas privadas, que permiten identificar a una persona, en relación con un mensaje de datos, siempre y cuando el mismo sea confiable y apropiado respecto de los fines para los que se utiliza la firma, atendidas todas las circunstancias del caso, así como cualquier acuerdo pertinente.
• Firma Manuscrita: Es la Firma que una persona escribe de su puño y letra en un documento, para darle autenticidad o para expresar que aprueba su contenido.
• Formato: Son los documentos que aporta el Proponente y que hacen parte integral de su oferta.
• Formulario: Es el documento por medio del cual la Entidad solicita información específica y que debe
ser completada por el Proponente.
• Garantías: Mecanismo de cobertura del riesgo el instrumento otorgado por los oferentes o por el contratista de una entidad pública contratante, en favor de esta o en favor de terceros, con el objeto de garantizar, entre otros: (i) la seriedad de su ofrecimiento; (ii) el cumplimiento de las obligaciones que para aquel surjan del contrato y de su liquidación; (iii) la responsabilidad extracontractual que pueda surgir para la administración por las actuaciones, hechos u omisiones de sus contratistas o subcontratistas; y (iv) los demás riesgos a que se encuentre expuesta la administración según el contrato.
• Garantía de Responsabilidad Civil Extracontractual: Es la garantía que cubre los perjuicios que puede sufrir la Entidad Estatal derivados de la responsabilidad extracontractual que surja de las actuaciones, hechos u omisiones de su contratista o de los subcontratistas. Este Riesgo sólo puede cubrirse mediante pólizas de seguro.
• Fases: Son fechas que dentro de la programación en las cuales se da por cumplida una meta.
• Información Pública Reservada: Es aquella información que estando en poder o custodia de un sujeto obligado en su calidad de tal, es exceptuada de acceso a la ciudadanía por daño a intereses públicos.
Página 27 de 96
• Informe de Evaluación: es uno de los Documentos del Proceso en virtud del cual la Entidad Estatal comunica el resultado de la evaluación de las Ofertas y su justificación.
• Infraestructura de Servicios Públicos: Conjunto de elementos físicos tales como ducteria, redes, cámaras, postes y equipos especializados, necesarios para el funcionamiento de los servicios públicos de agua, energía, gas y telecomunicaciones.
• Interesado(s): Personas naturales o jurídicas nacionales o las extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia o el grupo de personas jurídicas y/o naturales asociadas entre sí mediante las figuras de Consorcio, Unión Temporal o cualquier otro tipo de asociación que actuaran en el proceso previamente a la presentación de ofertas.
• Interventoría: Servicio de consultoría, para que en nombre y representación del contratista, ejerza funciones de control y vigilancia, sobre los actos necesarios para la ejecución de la misma, tendientes a garantizar que ésta se ejecute de acuerdo con los planos, documentos, especificaciones.
• Legalización: Es el reconocimiento de la firma del funcionario público en ejercicio de sus funciones, previo registro en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores, o quien haga sus veces, para que el documento sea válido en otro país cuando el país en el cual surtirá efectos no hace parte de la Convención sobre la Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros de la Haya de 1961.
• Mantenimiento: Conjunto de acciones y actividades que deben realizarse inmuebles y en sus instalaciones con el propósito de garantizar o extender la vida útil de los bienes públicos con que cuenta la E.S.E. Las acciones de mantenimiento son necesarias para mejorar aspectos importantes como: funcionalidad, seguridad, productividad, confort, imagen institucional, salubridad e higiene. Un mantenimiento adecuado retrasa la inversión en mantenimiento correctivo; por lo tanto, éste debe ser realizado de manera permanente. El mantenimiento inicia desde el uso adecuado de equipamiento e instalaciones y se complementa con una buena limpieza periódica mediante el uso de utensilios adecuados hasta la reparación y/o reposición de elementos que lo requieran.
El tipo de mantenimiento se puede identificar de acuerdo a la necesidad que presente el inmueble, estos son: Mantenimiento periódico o recurrente, mantenimiento preventivo, mantenimiento predictivo y mantenimiento correctivo.
• Mantenimiento preventivo: Es el conjunto de acciones continuas para prever y garantizar correcto funcionamiento normal, la eficiencia y buena presentación de los bienes, Es el que se orienta a prevenir el deterioro acelerado de las edificaciones, de sus áreas verdes y del mobiliario, reducir posibles daños, para lograr detectar fallas en su estado inicial y corregirlas en el tiempo oportuno, minimizando actividades de carácter correctivo. Debe responder a una programación periódica y sistemática para la revisión y verificación de las condiciones de la infraestructura y como mínimo deberá incluir frecuencia de inspección por área y responsables, se debe consolidar un registro de las actividades de inspección y mantenimiento. El mantenimiento preventivo incluye reparaciones menores como pintura interior y exterior, cableado e instalaciones eléctricas generales, instalaciones hidro-sanitarias, limpieza y mantenimiento de cubiertas, impermeabilizaciones, filtraciones, canales y bajantes, enchapes o recubrimientos, vidrios, reemplazo de elementos fungibles (lámparas y focos), ajustes mecánicos (engrase de cerraduras, bisagras, revisión de equipos de ventilación, etc), áreas verdes (poda de plantas), canchas, áreas exteriores. Debe realizarse en forma periódica para evitar daños, desperfectos y descomposturas.
Página 28 de 96
• Mantenimiento Predictivo: Se enfoca en adelantarse a la falla antes que la edificación deje de funcionar en condiciones óptimas, para lo cual se requiere conocer y dominar los datos técnicos para garantizar un trabajo riguroso y objetivo con miras a realizar actividades de reparaciones de poco gasto. Estos mantenimientos no requieren conocimientos especializados y pueden ser ejecutadas por cualquier personal que posea información, habilidades y herramientas para el efecto.
• Mantenimiento Correctivo: Son las intervenciones requeridas que permiten la corrección de daños en cada uno de los inmuebles o muebles, logrando el mejoramiento del funcionamiento. Se dirigen a prevenir interrupción de la prestación del servicio. Este mantenimiento se realiza una vez ocurre el daño o falla, debido a que por su naturaleza no es posible identificarse con anterioridad y no es posible planificar en el tiempo.
• Mantenimiento Rutinario: Se refiere a la conservación continua (a intervalos menores de un año) con el fin de mantener las condiciones óptimas para el tránsito y uso adecuado de la infraestructura de transporte. (Ley de Infraestructura).
• Mantenimiento de emergencia: Se refiere a las intervenciones en la infraestructura derivada de eventos que tengan como origen emergencias climáticas, telúricas, terrorismo, entre otros, que a la luz de la legislación vigente puedan considerarse eventos de fuerza mayor o caso fortuito.
• Matriz: Es el documento que incorpora condiciones técnicas, de riesgos o económicas que debe tener en cuenta el Proponente al momento de estructurar su oferta y ejecutar el Contrato.
• Medio Magnético: Es el dispositivo que utiliza materiales magnéticos para archivar información digital, tales como las USB, discos duros o los CD que almacenan grandes volúmenes de datos en un espacio físico pequeño.
• Mipyme: (micro, incluidas las famiempresas, pequeña y mediana empresa), toda unidad de explotación económica, realizada por persona natural o jurídica, en actividades empresariales, agropecuarias, industriales, comerciales o de servicios, rural o urbana, que responda conjuntamente a los criterios establecidos en la Ley.
• Pesos Colombianos, Pesos o $: Es la moneda de curso legal en la República de Colombia.
• Xxxxxx(s) de Condiciones: Se entiende por pliego de condiciones, el conjunto de normas, que rigen el proceso y el futuro contrato, en los que se señalan las condiciones objetivas, plazos y procedimientos dentro de los cuales los Proponentes deben formular su Propuesta para participar en el proceso de selecciónón del contratista y tener la posibilidad de obtener la calidad de Adjudicatario del proceso.
• Primer orden de elegibilidad: Es la posición que ocupa el proponente que habiendo obtenido calificación definitiva de HABIL” en todos los criterios obtiene el puntaje más alto luego de efectuarse la calificación de los criterios de ponderación y desempate, previstos en los TERMINOS DE CONDICIONES.
• Presupuesto Oficial Estimado: Es el valor total que la Entidad determina como necesario para ejecutar el objeto del contrato con base en el estudio previo y el análisis del sector.
Página 29 de 96
• Proponente Plural: Formas de asociación previstas en la Ley y regladas en los TERMINOS DE CONDICIONES (Promesa de sociedad futura, Consorcio o Unión Temporal).
• Proponente: Es toda persona natural o jurídica que aspire a celebrar contratos con las entidades estatales.
• Propuesta Hábil: Es aquella Propuesta presentada por un Proponente que además de cumplir con los requisitos legales, técnicos y financieros señalados en estos TERMINOS DE CONDICIONES, cumple con los criterios de evaluación señalados en los mismos.
• Propuesta rechazada: Es aquella Propuesta presentada por un Proponente que incurra en alguna de las causales de rechazo establecidas en los TERMINOS DE CONDICIONES o en la normatividad vigente.
• Propuesta: Se entiende por tal aquella oferta con carácter irrevocable, presentada conforme a los requisitos establecidos en el presente Pliego de Condiciones; debidamente suscrita por quien goza de la representación del proponente y acompañada de una garantía de seriedad de la misma.
• Requisitos Habilitantes: Son la Capacidad Jurídica, las condiciones de Experiencia, la capacidad financiera y la Capacidad de Organización Técnica de los proponentes, en los términos del Acuerdo N° 009 del 05 de noviembre de 2021, Estatuto de Contratación de la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO, que son los requisitos que deben cumplir los proponentes, en los términos de la “Ley Aplicable” y del presente Documento.
• Riesgo: Combinación de la probabilidad de que ocurra un suceso o exposición peligrosa y la severidad del daño o deterioro de la salud que puede causar el suceso o exposición.
• Sistema General de Riesgos Laborales: Es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan.
• Seguridad y Salud en el Trabajo: Definida como aquella disciplina que trata de la prevención de las lesiones y enfermedades causadas por las condiciones de trabajo, y de la protección y promoción de la salud de los trabajadores. Tiene por objeto mejorar las condiciones y el medio ambiente de trabajo, así como la salud en el trabajo, que conlleva la promoción y el mantenimiento del bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas las ocupaciones.
• Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST. Este Sistema consiste en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua y que incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y salud en el trabajo.
• SG-SSI: Sistema General de Seguridad Social Integral: Es el conjunto armónico de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos y está conformado por los regímenes generales establecidos para pensiones, salud, riesgos laborales, subsidio familiar y los servicios sociales complementarios que se definen en la ley. Este es un sistema que cubre eventualidades como la de alteración a la salud,
Página 30 de 96
incapacidad laboral, desempleo, vejez y muerte, para cuya protección se establecieron los sistemas de Salud, Pensiones, Riesgos Laborales y de Subsidio Familiar.
• Selección Objetiva: Es el principio que busca que la selección de los colaboradores de la administración responda a criterios objetivos, en concordancia con los principios que rigen la función administrativa.
• Subcontratista: Es la persona natural o jurídica que contrata el contratista principal para ejecutar una actividad previamente contratada por una entidad estatal u otra persona natural o jurídica.
• SMMLV: Se entenderá como salarios mínimos mensuales legales vigentes.
• Sucursal: Son los establecimientos de comercio abiertos por una sociedad, dentro o fuera de su domicilio, para el desarrollo de los negocios sociales o de parte de ellos, administrados por mandatarios con facultades para representar a la sociedad.
• Trato Nacional: Es el principio según el cual un Estado concede a los nacionales de otro Estado el mismo trato que otorga a sus nacionales.
• TERMINOS DE CONDICIONES: Se entiende por TERMINOS DE CONDICIONESs, el conjunto de normas, que rigen el proceso y el futuro contrato, en los que se señalan las condiciones objetivas, plazos y procedimientos dentro de los cuales los Proponentes deben formular su Propuesta para participar en el proceso de selecciónón del contratista y tener la posibilidad de obtener la calidad de Adjudicatario del proceso.
• TRM: Tasa de cambio Representativa xxx Xxxxxxx, publicada en el sitio web del Banco de la República de Colombia, xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxxxx-xxxxxxxxxxxx/xxx_xx_xxx.xxx#xxxx
• Unión Temporal: Modalidad de asociación, que permite que dos o más personas naturales o jurídicas, en forma conjunta, presenten una misma Propuesta para la adjudicación, celebración y ejecución del Contrato, respondiendo solidariamente por todas y cada una de las obligaciones derivadas del Contrato, pero no por las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato, por las cuales responde cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de acuerdo con la distribución de los términos y extensión de la participación en la propuesta y en la ejecución de las actividades descritas en el documento de acuerdo de la unión temporal para el cumplimiento de este proceso.
• Utilidad Operacional: Son los ingresos, costos y gastos operacionales relacionados directamente con el objeto social de la empresa, con su actividad principal, dejando de lado los gastos e ingresos no operacionales, es decir, aquellos ingresos diferentes a los obtenidos en el desarrollo de la actividad principal de la empresa, ingresos que por lo general son ocasionales o que son accesorios a la actividad principal.
• Vigencia Fiscal: Es el periodo de tiempo que comprende desde el primero de enero hasta el 31 de diciembre de cada año.
Página 31 de 96
2. CAPITULO II - NORMATIVIDAD Y ACTOS APLICABLES
Para el presente proceso de selección se tendrán en cuenta las normas y demás disposiciones vigentes que se relacionan en los términos de condiciones.
La Convocatoria Pública de la referencia, estará integrada por todos los Documentos del Proceso, y el contrato a suscribir estará sometido a la legislación y jurisdicción colombiana y se regirá para todos sus efectos por lo dispuesto en el Acuerdo N° 009 del 05 de noviembre de 2021 y por las normas civiles y comerciales que regulen el objeto del Contrato.
La E.S.E., publicará en su página web xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/, los Documentos del Proceso, en las condiciones dispuestas en el Acuerdo N° 009 del 05 de noviembre de 2021.
.
2.1. ACLARACIONES A LOS TÉRMINOS DE CONDICIONES:
Si los interesados encontraran discrepancias u omisiones en los documentos del presente proceso de selección o tuvieren dudas acerca de su significado o interpretación, deberán darlos a conocer a LA E.S.E. en la forma definida en los términos de condiciones, a través de los siguientes medios:
correo: xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
Ser radicada en la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO - CACE ALTA COMPLEJIDAD, ubicada en la Xxxxx 00 #00-000, Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxx, DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN.
Dicha solicitud deberá dirigirse a la DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN.
2.2. MODIFICACIONES A LOS TERMINOS DE CONDICIONES:
De manera oficiosa y como resultado de las observaciones presentadas por los interesados en el desarrollo del proceso, LA E.S.E. expedirá las modificaciones pertinentes a los términos de condiciones.
LA E.S.E. hará las modificaciones que considere necesarias desde la fecha de apertura y hasta en la fecha establecida en el cronograma del presente proceso de selección, a fin de que se realicen los ajustes a que haya lugar por parte de los interesados. Cualquier aclaración o modificación se hará mediante adendas numeradas consecutivamente; estos documentos formarán parte integral de los presentes términos de condiciones; las adendas serán suscritas por el Gerente de la E.S.E.
Los documentos antes mencionados serán publicados en la página WEB de la E.S.E. para consulta de los interesados; por tanto, la entidad en virtud del principio de economía da por entendido que los interesados en participar en la presente Convocatoria tienen conocimiento de ellos.
Las adendas posteriores modifican a las anteriores, en cuanto se refieran a un mismo asunto. Se entiende, que los términos de condiciones y las adendas se complementan entre sí, cualquier mención, especificación o detalle que aparezca en uno de ellos y no esté contemplado en el otro, se tendrá como valedero para los términos de condiciones del proceso.
La sola solicitud de aclaración o modificación al contenido de los términos de condiciones no producirán efecto suspensivo sobre el plazo de presentación de propuestas y en consecuencia, los términos de condiciones y las adendas respectivas, habrán de tomarse como se expidieron.
2.3. NORMAS DE INTERPRETACIÓN DE LOS TERMINOS DE CONDICIONES
Página 32 de 96
Estos TERMINOS DE CONDICIONES deben ser interpretados como un todo y sus disposiciones no deben ser entendidas de manera separada de lo que indica su contexto general. Por lo tanto, se entienden integrados a éste los Estudios Previos, Anexos, Apéndices que lo acompañan y las Adendas que posteriormente se expidan, sin perder de vista que prevalecen las normas generales sobre los términos de la convocatoria.
Además, se seguirán los siguientes criterios para la interpretación y entendimiento de los TERMINOS DE CONDICIONES:
• El orden de los numerales y capítulos cláusulas de estos TERMINOS DE CONDICIONES no debe ser interpretado como un grado de prelación entre las mismas.
• Los títulos de los numerales y capítulos utilizados en estos TERMINOS DE CONDICIONES sirven sólo como referencia y no afectarán la interpretación de su texto.
• Las palabras en singular, se entenderán también en plural y viceversa, cuando lo exija el contexto; y las palabras en género femenino, se entenderán en género masculino y viceversa, cuando el contexto lo requiera.
• Los plazos en días establecidos en estos TERMINOS DE CONDICIONES, se entienden como días hábiles, salvo que de manera expresa LA E.S.E. indique que se trata de días calendario o meses. Cuando el vencimiento de un plazo corresponda a un día no hábil para LA E.S.E. o no laboral, el vencimiento del plazo se traslada al día hábil siguiente.
• Las palabras expresamente definidas en estos TERMINOS DE CONDICIONES, deben ser entendidas únicamente en el sentido que a las mismas se les conceda según su definición.
2.4. REQUISITOS HABILITANTES
Serán HÁBILES las Ofertas que cumplan con la totalidad de los requisitos descritos en los TERMINOS DE CONDICIONES y sus anexos que no impliquen asignación de puntaje.
LA E.S.E. durante el término de evaluación verificará los requisitos habilitantes que sean presentados por los Proponentes dentro del plazo señalado en el Cronograma, término dentro del cual el Comité Evaluador, podrá solicitar las aclaraciones, precisiones o los documentos que se requieran, sin que por ello pueda el Proponente adicionar o modificar su propuesta.
2.5. INFORMACIÓN INEXACTA
LA E.S.E. se reserva el derecho de verificar integralmente la información aportada por el Proponente, pudiendo acudir para ello a las personas, empresas o entidades respectivas. Cuando exista inconsistencia definitiva entre la información suministrada por el Proponente y la efectivamente obtenida o suministrada a la entidad por la fuente de donde proviene la información que se pretende acreditar en la Convocatoria, el documento que la contenga se entenderá como no presentado.
2.6. INFORMACIÒN NO VERAZ
En caso de que el proponente aporte información no veraz o altere de cualquier forma algún documento original presentado, su propuesta será RECHAZADA, sin perjuicio de hacer conocer el hecho a las autoridades competentes.
2.7. PROGRAMA PRESIDENCIAL “LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN”
En el evento de conocerse casos especiales de corrupción en las Entidades del Estado, se debe reportar el
hecho al Programa Presidencial “Lucha contra la Corrupción” a través del sitio de denuncias del programa, en
Página 33 de 96
el Portal de Internet: xxxx://xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/; correspondencia o personalmente, en la dirección Xxxxxxx 0 Xx 0–00, Xxxxxx, X.X. También puede reportar el hecho a LA E.S.E.
Página 34 de 96
3. CAPITULO III ELABORACIÓN E IDENTIFICACIÓN DE LA PROPUESTA - APERTURA SOBRE NO. 1
3.1 ELABORACIÓN DE LA PROPUESTA
La propuesta se conformará de la siguiente manera:
3.1.1 SOBRE No. 1
En este sobre el proponente deberá presentar los documentos relacionados con el cumplimiento de aspectos técnicos, financieros, jurídicos (requisitos habilitantes) y de ponderación (con excepción de la Oferta Económica), la omisión de aquellos necesarios para la comparación de las propuestas, impedirá tenerla en cuenta para su evaluación y posterior adjudicación, de acuerdo con lo estipulado en el Acuerdo N° 009 del 05 de noviembre de 2021, Estatuto de Contratación de la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO.
El proponente deberá diligenciar y adjuntar en medio físico y en medio magnético, la información contenida en los Formularios y Experiencia, la cual debe ser idéntica a la aportada en el medio físico.
Cuando en la propuesta no repose los formularios y/o el Formulario de Experiencia en medio físico, se entenderá por NO APORTADO, independientemente que el mismo se haya aportado en medio magnético. Sin embargo, los proponentes deberán allegar dicho documento dentro del término que al efecto les fije LA E.S.E., so pena del RECHAZO de la propuesta.
3.1.2 SOBRE No. 2
En este sobre el proponente deberá incluir:
Oferta Económica: Deberá incluir su propuesta económica debidamente diligenciada para el proceso, en el
Anexo denominado “Propuesta Económica”.
Cuando en la propuesta (Sobre No. 2) no repose el Anexo denominado “Propuesta Económica, en medio físico; será RECHAZADA.
3.2 IDENTIFICACIÓN Y ENTREGA DE LA PROPUESTA
El proponente deberá presentar los sobres debidamente cerrados, separados, rotulados e identificados de acuerdo con lo establecido en el numera 3.1.1 y 3.1.2, anunciando sus contenidos relacionados con el cumplimiento de aspectos técnicos, financieros, jurídicos (requisitos habilitantes) y de ponderación.
Los documentos que conforman el original de los Sobres Nos. 1 y 2, se presentarán legajados, foliados, escritos en idioma castellano y en medio mecánico. Se deben numerar todas las hojas que contiene la oferta y cada una de ellas conformará un folio.
Solo se recibirá una propuesta por proponente (sobres 1 y 2).
La presentación de la propuesta implica la aceptación y conocimiento de la legislación colombiana, acerca de los temas objeto del presente proceso y de todas las condiciones y obligaciones establecidas en los presentes términos de condiciones.
Toda tachadura y/o enmendadura que presente algún documento de la oferta debe estar salvado con la firma de quien suscribe el correspondiente documento al pie de la misma y nota al margen del documento
Página 35 de 96
donde manifieste xxxxx y expresamente la corrección realizada, para ser tenido en cuenta el documento por LA E.S.E., de acuerdo con lo establecido en el Articulo 252 C.G.P.
“Documentos rotos o alterados: Los documentos rotos, raspados o parcialmente destruidos, se apreciarán de acuerdo con las reglas de la sana crítica; las partes enmendadas o interlineadas se desecharán, a menos que las hubiere salvado bajo su firma quien suscribió o autorizó el documento.”
Si el proponente presenta con su propuesta documentos que han perdido legibilidad o claridad, LA E.S.E. podrá solicitar las aclaraciones o explicaciones sobre dichos documentos, los cuales deberán ser allegados por los proponentes dentro del término de traslado del informe de evaluación, so pena del rechazo de la propuesta.
La propuesta debe contener un índice, en el que se identifique en forma clara la documentación de la oferta y el folio o folios a que corresponda.
Estarán a cargo del proponente todos los costos asociados a la elaboración y presentación de su propuesta, y LA E.S.E., en ningún caso, será responsable de los mismos.
La propuesta, junto con todos los documentos que la conformen, debe ser entregada dentro del plazo del presente proceso, atendiendo lugar, fecha y límite de hora señalada en la cronología del presente proceso de selección. La audiencia de adjudicación del presente proceso se realizará de forma presencial en las instalaciones de la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO.
No se aceptarán propuestas enviadas por correo de mensajería, ni por correo electrónico.
Se entenderán recibidas por LA E.S.E. las ofertas que hasta la fecha y hora indicada en la cronología, se encuentren en el lugar destinado para la recepción de las mismas, el cual es la secretaria de Xxxxxxxx de la
E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO-SEDE ALTA COMPLEJIDAD UBICADA EN LA XXXXX 00 # 00-000, XXXXXXXXXXXX, XXXXXXXXX, en consecuencia se darán por no presentadas todas las propuestas que no hayan sido entregadas dentro del plazo y lugar previstos para ello en los términos de condiciones, ni las propuestas que hayan sido radicadas o entregadas en otras dependencias de LA E.S.E.
Será responsabilidad exclusiva del proponente la correcta identificación de la propuesta original, por lo tanto, LA E.S.E. no asume responsabilidad alguna cuando las propuestas estén identificadas incorrectamente.
NOTA: LA E.S.E. para la presentación y entrega de las propuestas, tendrá en cuenta lo estipulado en el ARTÍCULO 9 y 10 INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES, del Acuerdo N° 009 del 05 de noviembre de 2021, Estatuto de Contratación de la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO, el cual consagra:
(…) Articulo 9. No podrán ofrecer directamente ni participar en los procesos de contratación, en cualquiera de sus modalidades, ni celebrar contratos con la E.S.E., por si o por interpuesta persona, las personas incursas en las causales de inhabilidad e incompatibilidad establecidas en la Constitución Política y la Ley, en especial las previstas para la contratación estatal.
Artículo 10. Inhabilidades e incompatibilidades sobrevinientes. Si llegare a sobrevenir inhabilidad o incompatibilidad en el contratista, éste cederá el contrato previa autorización escrita de la E.S.E. o, si ello no fuere posible, renunciará a su ejecución.
Cuando la inhabilidad o incompatibilidad sobrevenga en un proponente dentro del proceso de contratación, se entenderá que renuncia a la participación en el proceso de selección y a los derechos surgidos del mismo. Si la inhabilidad o incompatibilidad sobreviene en uno de los
Página 36 de 96
miembros de un consorcio o unión temporal, éste cederá su participación a un tercero, previa autorización escrita de la E.S.E. En ningún caso podrá hacer cesión del contrato entre quienes integran el consorcio o unión temporal.
Para el caso de cesión, será la entidad contratante la encargada de autorizar al cesionario del
contrato. (…)
En cada sobre se hará constar el nombre del proponente y su dirección comercial, y se diligenciará en la siguiente forma:
E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO - CACE ALTA COMPLEJIDAD
Dirección: Xx. 00 #00-000, Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxx
Convocatoria Pública No. . Objeto: .
Sobre No. . Nombre del Proponente
Identificación del Proponente Nombre del Representante Legal
3.3 IDIOMA
De conformidad con el artículo 10º de la Constitución Política de Colombia, el idioma oficial de nuestro país es el castellano; de tal manera que todos los documentos relacionados con el presente proceso de Convocatoria se elaboran en dicho idioma, en consecuencia, la propuesta y sus documentos anexos deben redactarse en idioma castellano y presentarse por escrito.
Si se presentan en una lengua extranjera, deben ser traducidos al castellano.
De resultar adjudicatario un proponente de origen extranjero, este deberá presentar (en el término que se encuentra después de la adjudicación del proceso y antes de la suscripción del contrato, de conformidad con el cronograma del proceso y los términos establecidos para ello) legalizados aquellos documentos privados emitidos en el exterior que hayan sido aportados en copia simple en su oferta inicial, así como aquellas traducciones que hayan sido aportadas en traducción simple a traducción oficial. Lo anterior como requisito indispensable para la suscripción del contrato que se derive del presente proceso de selección.
3.4 DERECHO FUNDAMENTAL DE PETICIÓN
De conformidad con lo establecido en el Artículo 13 de la Ley 1755 de 2015 “toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades, en los términos señalados en este código, por motivos de interés general o particular, y a obtener pronta resolución completa y de fondo sobre la misma”.
Teniendo en cuenta que todos los documentos que se originen al interior del proceso de selección tienen el carácter de públicos, cualquier persona puede realizar petición de copias, previa consignación de la erogación correspondiente, de conformidad con lo establecido en los presentes en los TERMINOS DE CONDICIONES.
No obstante, se aclara que en etapa de evaluación (siempre y cuando no supere los términos de la Ley), hasta no se realice la publicación del informe de evaluación, no se realizará entrega de las copias requeridas.
Página 37 de 96
3.5 DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR
Para efectos de legalización de documentos otorgados en el exterior se debe tener en cuenta lo establecido en la Resolución No. 3269 del 14 xx xxxxx de 2016 “Por la cual se adopta el procedimiento para apostillar y/o legalizar documentos” expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la Republica de Colombia.
3.5.1 CONSULARIZACIÓN.
De conformidad con lo previsto en el artículo 480 del Código de Comercio, los documentos otorgados en el exterior, se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país y la firma de tales funcionarios será autenticada a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes. Tratándose de sociedades, al autenticar los documentos a que se refiere el mencionado artículo los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país.
Surtido el trámite señalado en el presente numeral, estos documentos deben ser presentados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia (Oficina de Legalizaciones) para la correspondiente legalización de la firma del cónsul y demás trámites pertinentes.
De conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código General del Proceso, los documentos públicos, provenientes de un país que no sea parte de un tratado internacional ratificado por Colombia, los mencionados documentos deberán presentarse debidamente autenticados por el cónsul o agente diplomático de la Republica de Colombia en dicho país y en su defecto por el de una nación amiga. La firma del cónsul o agente diplomático se abonará por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, y si se trata de agentes consulares de un país amigos se autenticarán previamente por el funcionario competente del mismo y los de este por el cónsul colombiano.
Los documentos privados se evaluarán de conformidad con los lineamientos establecidos por Colombia Compra Eficiente, sobre el particular.
3.5.2 APOSTILLE
Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, de conformidad con lo previsto en la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de consularización señalado en el sub numeral 3.5.1 de los presentes TERMINOS DE CONDICIONES, siempre que provenga de uno de los países signatarios de La Haya del 5 de Octubre de 1961, sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros, aprobada por la Ley 455 de 1998. En este caso sólo será exigible la Apostilla, trámite mediante el cual la autoridad competente del Estado de donde emana el documento, certifica la autenticidad de la firma, a qué título ha actuado la persona que firma el documento y, cuando proceda, la indicación del sello o estampilla que llevare.
Si la Apostilla está dada en idioma distinto xxx xxxxxxxxxx, deberá presentarse acompañada de una traducción a dicho idioma.
Respecto al tratamiento en caso de apostille presentado con la intervención de autoridades intermedias, la Entidad dará aplicación a lo establecido por la Cancillería (Ministerio de Relaciones Exteriores).
Página 38 de 96
3.5.3 TÍTULOS OBTENIDOS EN EL EXTERIOR
El proponente que ofrezca personal con títulos académicos otorgados en el exterior, deberá acreditar en el término señalado en los TERMINOS DE CONDICIONES, la convalidación de estos títulos ante el Ministerio de Educación Nacional, para lo cual deberá iniciar con suficiente anticipación los trámites requeridos.
Lo anterior sin perjuicio de lo establecido para el título profesional en el artículo 23 de la ley 842 de 2003 “Por la cual se modifica la reglamentación del ejercicio de la ingeniería, de sus profesiones afines y de sus profesiones auxiliares, se adopta el Código de Ética Profesional y se dictan otras disposiciones”.
El Ministerio de Educación Nacional homologa los estudios de pregrado (universitarios) por disciplina y/o licenciatura y los de postgrado en los niveles de especialización, maestría y doctorado.
Los títulos académicos otorgados en el exterior que se aporten debidamente convalidados y/o homologados por el Ministerio de Educación Nacional no deben allegarse apostillados y/o consularizados.
3.5.4 AUTORIZACIÓN PARA EL EJERCICIO TEMPORAL DE LA PROFESIÓN EN COLOMBIA
En el evento que el adjudicatario del presente proceso de selección hubiere ofrecido personal titulado y domiciliado en el exterior en los términos señalados en los presentes TERMINOS DE CONDICIONES, deberá presentar la autorización para el ejercicio temporal de la profesión en Colombia.
3.6 INFORMACIÓN RESERVADA
Si dentro del Sobre Uno (1) de la propuesta se incluye información que conforme a la ley colombiana tiene el carácter de información reservada, dicha circunstancia deberá ser indicada con absoluta claridad y precisión, identificando el documento o información que tiene el carácter de reservado y la disposición legal que la ampara como tal. Sin perjuicio de lo anterior y para efectos de la evaluación de las propuestas, LA X.X.X.xx reserva el derecho de dar a conocer la mencionada información a sus empleados, contratistas, agentes o asesores, que designe para el efecto.
En todo caso, LA E.S.E., sus empleados, contratistas, agentes y asesores están obligados a mantener la reserva de la información que por disposición legal tenga dicha calidad y que haya sido debidamente identificada por el proponente. De no identificarse dicha información o no citarse las normas que amparan ese derecho, LA
E.S.E. no tendrá la obligación de guardar reserva respecto de la misma.
3.7 POTESTAD VERIFICATORIA
LA E.S.E. se reserva el derecho de verificar integralmente la totalidad de la información aportada por el proponente, pudiendo acudir para ello a las fuentes, personas, empresas, entidades estatales o aquellos medios que considere necesarios para el cumplimiento de dicha verificación.
3.8 PROPUESTAS PARCIALES
No se admitirá la presentación de propuestas parciales, esto es, las presentadas por una parte del objeto o del alcance del Contrato.
Página 39 de 96
3.9 ASPECTOS A CONSIDERAR EN EL VALOR DE LA PROPUESTA
El valor de la propuesta deberá incluir todos los costos directos e indirectos para la completa y adecuada ejecución de las obras objeto de la presente Convocatoria pública. Por ser relevantes, a continuación, se relacionan algunos de los aspectos que el proponente debe tener en cuenta para determinar el precio de la oferta:
3.9.1. INFORMACIÓN PREVIA
El proponente deberá tener en cuenta la información y documentos previos relacionados con los presentes términos de condiciones a efectos de familiarizarse con las especificaciones necesarias para ejecutar el proyecto, así como la normatividad vigente de acuerdo con los requerimientos establecidos para cada proyecto, el cual regirá el futuro contrato que sea celebrado en desarrollo del presente proceso.
3.9. 2 DECLARACIONES. CONOCIMIENTO DE LA ESTRUCTURA CONTRACTUAL
El proponente, con la presentación de su oferta, declara, acepta y garantiza que conoce y ha revisado cuidadosamente todos los asuntos e informaciones relacionados con la celebración y ejecución del Contrato, la naturaleza financiera del mismo, la posibilidad real de ejecutar todas las prestaciones del Contrato con cargo a los recursos disponibles, así como el lugar donde se ejecutará el Contrato, incluyendo sus condiciones de seguridad, transporte a los sitios de trabajo, obtención, manejo y almacenamiento de materiales, transporte, manejo y disposición de desechos, disponibilidad de materiales, mano de obra, agua, electricidad, comunicaciones, vías de acceso, características de los equipos requeridos para su ejecución, el régimen tributario al que estará sometido el CONTRATISTA, la normatividad jurídica aplicable y, en general, todos los demás aspectos que puedan afectar el cumplimiento del Contrato, los cuales acepta y cuyos riesgos asume de manera exclusiva
3.9. 3 ASPECTOS TÉCNICOS
Los trabajos y actividades objeto del presente proceso deberán ejecutarse de conformidad con las Especificaciones Técnicas incluidas en los presentes términos de condiciones.
En caso de discrepancias entre las especificaciones, el contratista informará sobre ello al Interventor/supervisor, quien decidirá conjuntamente con LA E.S.E., sobre la prelación entre los respectivos documentos.
3.9. 4 EQUIPO
El proponente favorecido deberá dotar, instalar y mantener los equipos necesarios para la prestación del servicio de salud, en la operación necesaria y suficiente, en condiciones técnico-mecánicas características y tecnología, para cumplir con los programas, plazos y especificaciones técnicas y ambientales; por lo tanto, los costos inherentes a la puesta en operación del equipo están incluidos en la remuneración pactada.
3.9.5 GARANTÍAS Y SEGUROS
El proponente favorecido con la adjudicación tendrá a su cargo los costos de las garantías y seguros que se mencionan en la minuta del contrato.
Página 40 de 96
3.10 APERTURA DEL SOBRE No. 1.
El Sobre No. 1 de las propuestas recibidas hasta la fecha y hora del cierre del plazo del presente proceso, establecida en la cronología de los presentes términos de condiciones, serán abiertos en la Dirección de contratación de la E.S.E. Universitaria del Atlántico- CACE ALTA COMPLEJIDAD.
El personal de la dirección de contratación de la E.S.E. Universitaria del Atlántico- CACE ALTA COMPLEJIDAD, verificará que el Sobre (No. 1 y 2) esté debidamente sellado.
La apertura del Sobre No. 1 se efectuará en acto público, por parte del personal de la Dirección de contratación adscrita a la Subgerencia corporativa. De lo anterior se levantará un acta suscrita por quienes intervinieron en la audiencia, en la cual se relacionará:
1. El nombre de los proponentes.
2. Si la carta de presentación fue incluida y está firmada.
3. El número de la garantía de seriedad de la propuesta que la acompaña (la cual si no es entregada junto con la propuesta será CAUSAL DE RECHAZO).
4. El número de folios y las observaciones correspondientes.
5. Los demás aspectos relevantes que considere la Entidad.
En la audiencia de apertura de los Sobres No. 1 y 2, a los requisitos contenidos en dichos Sobre No. 1 que sean objeto de puntuación no se les dará ningún tipo de verificación ni lectura.
El personal de la dirección de contratación de la E.S.E. Universitaria del Atlántico- CACE ALTA COMPLEJIDAD, verificarán que cada Sobre (No. 1 y 2) esté debidamente sellado.
A partir de la fecha y hora de cierre del plazo del presente proceso los proponentes no podrán retirar, adicionar o corregir sus propuestas.
3.11 APERTURA DEL SOBRE No. 2 – OFERTA ECONÓMICA –
El personal de la dirección de contratación de la E.S.E. Universitaria del Atlántico- CACE ALTA COMPLEJIDAD, verificará que el Sobre (No. 1 y 2) esté debidamente sellado.
En este sobre el proponente deberá incluir: la propuesta económica debidamente diligenciada y suscrita para
el proceso) en el Anexo denominado “Propuesta Económica.
LA E.S.E. verificará en la apertura en la Audiencia de cierre, donde se dará lectura de los porcentajes de participación sobre la facturación ofrecida.
• Que la oferta económica se presente suscrita por el representante legal o apoderado del proponente.
• Que la propuesta económica no presente tachadura o enmendadura.
.
La inobservancia de cualquiera de los requisitos anteriores será causal de RECHAZO.
Cuando en el Sobre No. 2 no repose la Oferta Económica -Anexo denominado “Propuesta Económica” -, en medio físico; será RECHAZADA, independientemente que los mismos se hayan aportado en medio magnético.
Página 41 de 96
4 CAPITULO IV - REQUISITOS HABILITANTES Y SU VERIFICACIÓN.
El cumplimiento de los requisitos habilitantes, que hayan sido objeto de verificación por parte de las Cámaras de Comercio y se requieran para el presente proceso de selección, LA E.S.E. tomará la información correspondiente del Certificado del Registro Único de Proponentes, el cual deberá estar vigente y en firme.
La ESE se reserva el derecho de verificación directa de requisitos habilitante de capacidad técnica, operativa experiencia, razón por la cual podrá requerir documentación o información diferente a la presentada por los interesados ante las Cámaras de Comercio para inscribirse en el Registro Único de Proponentes.
4.1 REQUISITOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS
4.1.1 PARTICIPANTES
Podrán participar como proponentes, bajo alguna de las siguientes modalidades, siempre y cuando cumplan las condiciones exigidas en los TERMINOS DE CONDICIONES y no se encuentren inhabilitados para contratar con el estado colombiano.
Individualmente, como: (a) personas naturales nacionales o extranjeras, (b) personas jurídicas nacionales o extranjeras, que se encuentren debidamente constituidas, previamente a la fecha de cierre del proceso;
Conjuntamente, en cualquiera de las formas de asociación previstas en el Acuerdo N° 009 del 05 de noviembre de 2021, Estatuto de Contratación de la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO.
Todos los Proponentes deben:
I. Tener capacidad jurídica para la presentación de la Propuesta
II. Tener capacidad jurídica para la celebración y ejecución del contrato.
III. Cumplir con la vigencia de la sociedad al momento de la presentación de la oferta, la cual deberá ser por lo menos igual al plazo estimado del contrato y tres (3) años más.
IV. No estar incursos en ninguna de las circunstancias previstas en el Acuerdo N° 009 del 05 de noviembre de 2021, Estatuto de Contratación de la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO, en el numeral 4 del artículo 38 de la Ley 734 de 2002, en la Ley 1474 de 2011 y demás disposiciones legales vigentes que consagren inhabilidades e incompatibilidades para contratar.
V. No estar en un proceso de liquidación obligatoria o cualquier otro proceso de concurso de acreedores según la ley aplicable; dicha afirmación se entenderá prestada con la suscripción de la Carta de presentación de la propuesta.
VI. No estar reportado en el último Boletín de Responsables Fiscales vigente, publicado por la Contraloría General de la República, de acuerdo con el artículo 60 de la Ley 610 de 2000
VII. No presentar sanciones que impliquen inhabilidad para contratar con el Estado.
VIII. Una persona no podrá presentar más de un ofrecimiento para el mismo proceso, en forma individual o como integrante de un consorcio o unión temporal o cualquier otra forma asociativa. En caso de que se incurra en esta prohibición, por sí o por interpuesta persona, LA E.S.E. no tendrá en cuenta ninguno de los ofrecimientos y las propuestas que incurran en esta situación serán RECHAZADAS.
4.2 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA.
La carta de presentación de la oferta se debe diligenciar conforme al modelo suministrado en los presentes TERMINOS DE CONDICIONES, suscrita por el proponente o representante legal o apoderado debidamente facultado.
Página 42 de 96
Debe ser firmada por el proponente cuando es persona natural o, si es persona jurídica o si la oferta se presenta bajo la modalidad de consorcio o unión temporal, por el representante legal indicando su nombre y documento de identidad.
En el formato de carta de presentación de la propuesta es indispensable incluir el correo electrónico y demás datos relacionados en el citado modelo, a fin de que la Entidad surta los requerimientos a través de dichos medios, cuando así se disponga.
Con la carta de presentación de la propuesta se entiende presentada la declaración juramentada por parte del proponente de no encontrarse incurso en alguna de las inhabilidades o incompatibilidades previstas en la Ley, ni en conflicto de intereses que pueda afectar el normal desarrollo del contrato, así como el origen licito de los recursos destinados al proyecto o a la ejecución del contrato.
4.3 DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN DE CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES
Se diligenciará, teniendo en cuenta lo siguiente:
• Acreditar la existencia del Consorcio o de la Unión Temporal, y específicamente la circunstancia de tratarse de uno u otro, mediante el documento en el que conste que los integrantes expresan claramente su intención de conformar el Consorcio o la Unión Temporal. En el caso en que no exista claridad al respecto, se asumirá que se trata de un Consorcio.
• Si el proponente es un Consorcio, sus integrantes presentan en forma conjunta la oferta para la Adjudicación, celebración y ejecución del Contrato, respondiendo solidariamente de todas y cada una de las obligaciones derivadas de los mismos; por consiguiente, afectarán por igual a todos y cada uno de sus integrantes las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo del proceso de selección y del Contrato, por expresa disposición del Acuerdo N° 009 del 05 de noviembre de 2021, Estatuto de Contratación de la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO. En la etapa contractual no podrán ser modificados los porcentajes de participación sin el consentimiento previo de E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO.
• Si el proponente es una Unión Temporal, se indicará el porcentaje de participación y los términos y la extensión de la participación en la oferta y en la ejecución del Contrato de cada uno de sus integrantes, toda vez que las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la oferta y del Contrato se impondrán de acuerdo con la participación de cada uno de los integrantes en la unión temporal. En la etapa contractual no podrán ser modificados los porcentajes de participación sin el consentimiento previo E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO. La extensión de la participación se indicará en función de las actividades a ejecutar en el proyecto.
• Acreditar el nombramiento de un representante único de todas las personas naturales y/o jurídicas asociadas en Consorcio o en Unión Temporal, con facultades suficientes para la representación sin limitaciones de todos y cada uno de los integrantes, en todos los aspectos que se requieran para la presentación de la Propuesta, y para la suscripción y ejecución del Contrato.
• Acreditar la existencia de las personas naturales y la existencia y representación legal de cada una de las personas jurídicas asociadas en Consorcio o en Unión Temporal; así como la capacidad jurídica de sus representantes para la constitución del Consorcio o Unión Temporal, así como para la celebración y ejecución del Contrato a través de la forma de asociación escogida, mediante la acreditación del cumplimiento de todos los requisitos a que se refiere los presentes TERMINOS DE CONDICIONES.
• Acreditar que la vigencia del Consorcio y/o Unión Temporal es igual o superior al plazo estimado del contrato, liquidación del contrato y tres (3) años más. El plazo de ejecución del contrato será el indicado en los presentes TERMINOS DE CONDICIONES.
Página 43 de 96
• La sumatoria del porcentaje de participación de Consorcios o Uniones Temporales no podrá ser diferente al 100%.
Será causal de RECHAZO, modificar durante la etapa pre-contractual los porcentajes de participación de los integrantes del Consorcio o Uniones Temporales y su integración.
NOTA: EL PARTICULAR QUE PRESENTE PROPUESTA BAJO LA MODALIDAD DE CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL CON UN ENTE PUBLICO, DEBE HABERSE SOMETIDO PREVIAMENTE A LAS DISPOSICIONES LEGALES VIGENTES QUE REGULAN LA MATERIA.
4.4 APODERADOS
Los Proponentes podrán presentar Ofertas directamente o por intermedio de apoderado, evento en el cual deberán anexar el poder otorgado en legal forma, en el que se confiera al apoderado, de manera clara y expresa, facultades amplias y suficientes para actuar, obligar y responsabilizar a todos y cada uno de los integrantes en el trámite del presente proceso y en la suscripción del Contrato.
El apoderado podrá ser una persona natural o jurídica, pero en todo caso deberá tener domicilio permanente, para efectos de este proceso, en la República de Colombia, y deberá estar facultado para representar conjuntamente al Proponente y a todos los integrantes de la Estructura plural, a efectos de adelantar en su nombre de manera específica las siguientes actividades: (i) formular Oferta para el proceso de selección que trata estos TERMINOS DE CONDICIONES; (ii) dar respuesta a los requerimientos y aclaraciones que solicite LA E.S.E. en el curso del presente proceso; (iii) recibir las notificaciones a que haya lugar dentro del proceso, incluyendo la del acto administrativo de Adjudicación; (iv) Suscribir en nombre y representación del Adjudicatario el Contrato.
En caso de no allegar el poder conferido legalmente en las condiciones exigidas en los presentes TERMINOS DE CONDICIONES o que éste no se encuentre suscrito por quien tenga facultades para ello según los documentos de existencia y representación de la persona jurídica, la Oferta será RECHAZADA.
4.4.1 APODERADO PERSONAS EXTRANJERAS
Las personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia, y las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia, deberán constituir un apoderado domiciliado en nuestro país, debidamente facultado para presentar la Oferta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias del proceso, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el Contrato, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con la ley y los presentes TERMINOS DE CONDICIONES., así como para representarla judicial o extrajudicialmente.
Las personas extranjeras que participen en Consorcio o Unión Temporal podrán constituir un solo apoderado común y, en tal caso, bastará para todos los efectos la presentación del poder común otorgado por todos los integrantes, con los requisitos de autenticación, Consularización y/o apostille y traducción exigidos en el Código de Comercio de Colombia, además de los señalados en los presentes TERMINOS DE CONDICIONES. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución del Consorcio o Unión Temporal.
Página 44 de 96
4.5 EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL
4.5.1 PERSONA NATURAL O JURÍDICA NACIONAL O EXTRANJERA CON SUCURSAL EN COLOMBIA
Si el proponente es una persona natural nacional deberán acreditar su existencia mediante la presentación de copia de su cédula de ciudadanía válida y si es persona natural extranjera residenciado en Colombia, mediante la copia de la Cédula de Extranjería expedida por la autoridad competente.
Si el proponente es una persona jurídica nacional o extranjera con sucursal en Colombia, deberá acreditar su existencia y representación legal, mediante certificado expedido por la Cámara de Comercio en el cual se verificará:
• Fecha de expedición del certificado de existencia y representación legal no mayor a treinta (30) días anteriores a la fecha de cierre del plazo del presente proceso.
• Que el objeto de la sociedad incluya las actividades principales objeto del presente proceso.
• La duración de la sociedad deberá ser por lo menos igual al plazo estimado del contrato y tres (3) años más.
• Para efectos de los TERMINOS DE CONDICIONES, el plazo de ejecución del contrato será el indicado en el CAPITULO I, Cuadro No 1 INFORMACION GENERAL.
• Si el representante legal de la sociedad tiene restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, deberá acreditar autorización suficiente del órgano competente social respectivo para contraer obligaciones en nombre de la sociedad.
• La ausencia definitiva de autorización suficiente o el no aporte de dicho documento una vez solicitado por la entidad, determinará la falta de capacidad jurídica para presentar la oferta, y por tanto su RECHAZO.
• El nombramiento del revisor fiscal en caso que exista.
• Que las personas jurídicas extranjeras con actividades permanentes en la República de Colombia (Contratos de obra o servicios) deberán estar legalmente establecidas en el territorio nacional de acuerdo con los artículos 471 y 474 del Código de Comercio.
Si la Oferta es suscrita por una persona jurídica extranjera a través de la sucursal que tenga abierta en Colombia, se deberá acreditar la capacidad legal de la sucursal y de su representante o mandatario, mediante la presentación del Certificado del Registro Único de Proponentes y Certificado de existencia y representación legal con fecha de expedición máximo de 30 días antes de la fecha de cierre del presente proceso de selección por la Cámara de Comercio. Cuando el representante legal de la sucursal tenga restricciones para contraer obligaciones, deberá acreditar autorización suficiente del órgano competente social respectivo para contraer obligaciones en nombre de la sociedad.
La ausencia definitiva de autorización suficiente o el no aporte de dicho documento una vez solicitado por la entidad, determinará la falta de capacidad jurídica para presentar la oferta, y por tanto su rechazo.
En relación con las empresas extranjeras y como quiera que la sucursal en Colombia no es una persona jurídica diferente a la Casa Matriz, se tendrá en cuenta la fecha de constitución de esta última.
Así mismo, se deberá aportar fotocopia de la cedula de ciudadanía del representante de la estructura plural.
Página 45 de 96
4.5.2 PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS EXTRANJERAS SIN DOMICILIO O SUCURSAL EN COLOMBIA
La persona natural extranjera sin domicilio en Colombia acreditará su existencia mediante la presentación de copia de su pasaporte.
Las personas jurídicas extranjeras deberán cumplir los mismos requisitos de objeto y duración establecidos en los presentes TERMINOS DE CONDICIONES para las personas jurídicas domiciliadas en el territorio nacional, para lo cual deberán aportar los documentos que acrediten la existencia y representación legal de la sociedad extranjera, legalizados a más tardar dentro de los tres (3) meses anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección, en los que conste la siguiente información:
• Nombre o razón social completa.
• Nombre del representante legal o de la persona facultada para comprometer a la persona jurídica
• Facultades del representante legal o de la persona facultada para comprometer a la persona jurídica, en la que se señale expresamente que el representante no tiene limitaciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, o aportando la autorización o documento correspondiente del órgano directivo que le faculte expresamente.
• La ausencia definitiva de autorización suficiente o el no aporte de dicho documento, una vez solicitado por la entidad, determinará la falta de capacidad jurídica para presentar la oferta, y por tanto su rechazo.
• Tipo, número y fecha del documento de constitución o creación
• Fecha y clase de documento por el cual se reconoce la personería jurídica
• Duración de la persona jurídica
Cuando en los documentos aportados que acreditan la existencia y representación legal de la persona jurídica extranjera no cuente con toda la información requerida, podrán adjuntar una certificación del representante legal de la sociedad extranjera con los datos que faltan, la cual se entiende formulada bajo la gravedad de juramento. Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia.
Tratándose de documentos públicos, deberán cumplirse todos y cada uno de los requisitos legales relacionados con la legalización, Consularización o apostille y traducción de documentos otorgados en el extranjero, exigidos para la validez y oponibilidad en Colombia de documentos expedidos en el exterior y que puedan obrar como prueba, conforme a lo dispuesto en el artículo 251 del Código General del Proceso, de la República de Colombia y lo previsto en los presentes TERMINOS DE CONDICIONES.
En el evento de la legalización de documentos emanados de autoridades de países integrantes del Convenio de la Haya de 1961, se requerirá únicamente la Apostilla como mecanismo de legalización, de conformidad con lo señalado en la Ley 455 de 1998.
4.6 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
El Proponente debe presentar con la propuesta una Garantía de Seriedad de la Oferta que cumpla con los parámetros, condiciones y requisitos que se indican en este numeral.
Cualquier error o imprecisión en el texto de la garantía, será susceptible de aclaración por el proponente o de conformidad con lo solicitado por LA E.S.E.
Página 46 de 96
La Oferta deberá incluir la Garantía de Seriedad de la misma, que deberá amparar los perjuicios que se deriven del incumplimiento del ofrecimiento, en los siguientes eventos descritos en el Acuerdo N° 009 del 05 de noviembre de 2021, Estatuto de Contratación de la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO.
Para efectos de la presentación de la oferta, la no entrega de la garantía de seriedad, junto con la
propuesta no será subsanable y será causal de RECHAZO de la oferta”.
4.6.1 CARACTERÍSTICAS DE LAS GARANTÍAS
El proponente deberá constituir a favor de LA E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLANTICO (N.I.T. 901.536.799- 5), una garantía de seriedad bajo cualquiera de las clases permitidas por el Acuerdo N° 009 del 05 de noviembre de 2021, Estatuto de Contratación de la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO, a saber:
a) Póliza de seguros
b) Fiducia mercantil en garantía
c) Garantía bancaria a primer requerimiento
Las garantías deberán ser expedidas con estricta sujeción a los requerimientos previstos en el Acuerdo N° 009 del 05 de noviembre de 2021, Estatuto de Contratación de la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO y lo dispuesto en los TERMINOS DE CONDICIONES y deben indicar:
a) Asegurado/ Beneficiario: La garantía de seriedad de la Propuesta deberá ser otorgada a favor de LA
E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLANTICO (N.I.T. 901.536.799-5).
b) Fecha de Expedición: La fecha de expedición de la póliza o garantía será igual o anterior a la fecha de presentación de ofertas del proceso.
c) Amparos de la Garantía de Seriedad: La Garantía de Seriedad cubrirá los perjuicios derivados del incumplimiento del ofrecimiento en los eventos señalados en el Acuerdo N° 009 del 05 de noviembre de 2021, Estatuto de Contratación de la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO
d) Valor Asegurado y Vigencia
e) De acuerdo con el Acuerdo N° 009 del 05 de noviembre de 2021, Estatuto de Contratación de la
E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO el valor asegurado de la garantía de seriedad será el DIEZ POR CIENTO (10%) del valor de las inversiones iniciales para la vigencia 2023 y 2024 que corresponde a cinco mil novecientos ocho millones de pesos ($5.908.000.000.00)
f) La Vigencia de la Garantía será de cuatro (4) meses contados a partir de la fecha de presentación de las ofertas, pero en todo caso deberá prorrogarse su vigencia cuando LA E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLANTICO (N.I.T. 901.536.799-5), resuelvan ampliar los plazos previstos para la presentación de Propuestas y/o para la evaluación y Adjudicación del Contrato y/o para la suscripción del Contrato. La prórroga deberá ser por un plazo igual al de la ampliación o ampliaciones determinadas por de LA
E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLANTICO (N.I.T. 901.536.799-5), siempre que la prórroga no exceda de tres (3) meses. En todo caso, la misma se extenderá desde el momento de presentación de la oferta hasta la aprobación de la garantía única de cumplimiento que ampara los riesgos propios de la etapa contractual.
TOMADOR / AFIANZADO
Si el proponente es una persona jurídica, la garantía deberá tomarse con el nombre o razón social que figura en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio respectiva, y no sólo con su sigla, a no ser que en el referido documento se exprese que la sociedad podrá denominarse de esa manera.
Página 47 de 96
Cuando el ofrecimiento sea presentado por consorcio o unión temporal, la garantía deberá ser otorgada por todos los integrantes de la estructura plural, para lo cual se deberá relacionar claramente los integrantes, su identificación y porcentaje de participación, quienes para todos los efectos serán los otorgantes de esta, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo N° 009 del 05 de noviembre de 2021, Estatuto de Contratación de la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO.
4.7 CERTIFICACIÓN DE PAGOS DE SEGURIDAD SOCIAL Y APORTES LEGALES.
a. El proponente deberá presentar una certificación, expedida por el Revisor Fiscal, de acuerdo con los requerimientos xx Xxx, o por el Representante Legal, bajo la gravedad del juramento, cuando no se requiera Revisor Fiscal, en la que conste el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Servicio Nacional de Aprendizaje. Dicho documento deberá certificar que, a la fecha de cierre del presente proceso de selección, ha realizado el pago de los aportes correspondientes a la nómina de los últimos seis (6) meses, contados a partir del mes anterior a la fecha de cierre, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos.
b. Esta misma previsión aplica para las personas jurídicas extranjeras con domicilio o sucursal en Colombia las cuales deberán acreditar este requisito respecto del personal vinculado en Colombia.
c. El proponente persona natural con personal a cargo deberá presentar una declaración, bajo la gravedad de juramento que se entiende prestado con la presentación de la misma, en la que conste el pago de sus aportes y el de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Servicio Nacional de Aprendizaje. Dicho documento deberá expresar que, a la fecha de cierre del presente proceso de selección, ha realizado el pago de los aportes correspondientes a la nómina de los últimos seis (6) meses, contados a partir del mes anterior a la fecha de cierre, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos.
En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas deberá manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo. En este evento el oferente deberá anexar copia del acuerdo de pago correspondiente y el comprobante de pago soporte del mes anterior al cierre del proceso de selección.
d. El proponente persona natural, deberá acreditar que se encuentran al día en el pago de sus aportes al sistema de seguridad social, de los últimos seis (6) meses contados a partir del mes anterior a la fecha de cierre.
Esta misma previsión aplica para las personas naturales extranjeras con domicilio en Colombia las cuales, deberán acreditar este requisito respecto del personal vinculado en Colombia.
Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes, deberá aportar por separado la certificación aquí exigida.
Adicionalmente el proponente adjudicatario, deberá presentar para la suscripción del respectivo contrato ante la dependencia respectiva, la declaración donde se acredite el pago correspondiente a Seguridad Social y Aportes Legales.
En caso de que el proponente, persona natural o jurídica, no tenga o haya tenido dentro de los 6 meses anteriores a la fecha de cierre personal a cargo y por ende no esté obligado a efectuar el pago de aportes
Página 48 de 96
Legales y seguridad social debe, bajo la gravedad de juramento, indicar esta circunstancia en la mencionada certificación.
NOTA: LA E.S.E. dará prevalencia al principio de Buena Fe contenido en el artículo 83 de la Constitución Política Nacional.
En consecuencia, quienes presenten observaciones respecto del incumplimiento por parte de otros proponentes en el pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social y Aportes Legales, deberán aportar los documentos que demuestren dicha circunstancia respecto del proponente observado. En caso de no allegar con la observación dichos soportes no se dará trámite a la misma. En el evento en que la observación esté debidamente sustentada y soportada, la Entidad podrá hacer uso de la potestad verificadora.”
4.8 COMPROMISO DE TRANSPARENCIA
Se utilizará el formulario previsto en el correspondiente Anexo, debidamente diligenciado y suscrito por el proponente, su representante legal o apoderado, en el cual se expresa, entre otros compromisos, el de abstenerse de efectuar acuerdos o realizar actos o conductas que tengan por objeto la colusión en la presente Convocatoria Pública, o que pretendan la distribución de la adjudicación de contratos entre los cuales se encuentre el que es objeto de la presente Convocatoria Pública o la fijación de los términos de la Propuesta; conductos prohibidas por la legislación Colombiana.
4.9 DECLARACIÓN DE NO REPORTAR ANTECEDENTES FISCALES ANTE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA NI SANCIONES QUE IMPLIQUEN INHABILIDAD PARA CONTRATAR CON EL ESTADO
De conformidad con lo consagrado en el artículo 60 Ley 610 de 2000, en el parágrafo primero del artículo 38 de la Ley 734 de 2002, y la Ley 1238 de 2008, ningún proponente, ni los integrantes de Consorcios o Uniones Temporales, nacionales o extranjeros, con domicilio en Colombia, podrán estar registrados en el Boletín de Responsabilidad Fiscal de la Contraloría General de la República vigente a la fecha de cierre del presente proceso de selección, ni presentar sanciones, que impliquen inhabilidad para contratar con el Estado.
Con la presentación de la propuesta técnica se entenderá que ni el proponente ni los integrantes de la estructura plural están incursos en las situaciones antes señaladas, sin perjuicio de que la entidad efectúe la respectiva verificación tanto en el Boletín de Responsabilidad Fiscal de la Contraloría General de la República como en la página web de la Procuraduría General de la Nación.
Tratándose de proponentes extranjeros sin domicilio o sin sucursal en Colombia, deberán declarar que no son responsables fiscales por actividades ejercidas en Colombia en el pasado, de conformidad con lo previsto en el numeral 4 del artículo 38 de la ley 734 de 2002, en concordancia con el artículo 60 de la ley 610 de 2000 y que no tienen sanciones vigentes en Colombia que implique inhabilidad para contratar con el Estado.
4.10 CÉDULA DE CIUDADANÍA DEL PROPONENTE
El proponente individual persona natural, el representante legal del proponente individual persona jurídica, el representante legal de la estructura plural y las personas naturales integrantes de la estructura plural deberán aportar fotocopia de la cédula de ciudadanía, o cédula de extranjería, o pasaporte.
Página 49 de 96
4.11 CERTIFICACIÓN DEL REVISOR FISCAL
Certificación del Revisor Fiscal en caso de ser sociedad anónima colombiana, en la que conste si es abierta o cerrada.
4.14. REQUISITOS DE CAPACIDAD FINANCIERA
Para el presente proceso de selección los proponentes deberán acreditar los siguientes requisitos de capital de trabajo demandado, índice de liquidez, nivel de endeudamiento, razón de cobertura de intereses y patrimonio.
Para verificar la información financiera, la E.S.E. tendrá en cuenta los indicadores con base en la información consignada en el Registro Único de Proponentes – RUP vigente y en firme a la fecha de presentación de la oferta. El estudio financiero de las propuestas no tiene puntuación alguna se efectúa con el fin de garantizar la solvencia económica y patrimonial del proponente e indica si la propuesta es hábil o no para continuar en el presente proceso, HABILITA O INHABILITA la propuesta.
PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS NACIONALES Y EXTRANJERAS CON O SIN DOMICILIO Y CON Y SIN SUCURSAL EN COLOMBIA.
Para el presente proceso de selección los proponentes deberán acreditar los siguientes requisitos de capacidad financiera:
a) Índice de Liquidez: Se evaluará de la siguiente manera: Cálculo del Indicador: L = Activo Corriente / Pasivo Corriente
INDICADORES DE CAPACIDAD FINANCIERA | |||
Indicador | Índice Requerido | Formula Oferente Individual | Formula Oferente Plural |
Liquidez | ≥ 1,00 | Activo Corriente/Pasivo Corriente | L = (∑ (ACn x %n) ÷∑ (PCn x %n)) |
Para el caso de consorcios o uniones temporales se calculará el índice de liquidez con base en el promedio ponderado del activo corriente y del pasivo corriente, de los integrantes, de acuerdo con el porcentaje de participación de cada uno dentro del consorcio o de la unión temporal, aplicando la siguiente fórmula:
b) Nivel de Endeudamiento: Se evaluará así: Cálculo del Indicador: E = Pasivo Total / Activo Total.
INDICADORES DE CAPACIDAD FINANCIERA
Página 50 de 96
Indicador | Índice Requerido | Formula Oferente Individual | Formula Oferente Plural |
Endeudamiento | ≤ 0,80 | (Pasivo Total/ Activo Total) | E = (∑ PTn x %n) ÷∑( ATn x %n)) |
Para el caso de consorcios o uniones temporales, se calculará el índice de endeudamiento con base en el promedio ponderado del pasivo total y del activo total de los miembros del consorcio o de la unión temporal, de acuerdo con el porcentaje de participación de cada uno dentro del consorcio o dentro de la unión temporal, aplicando la siguiente fórmula:
c) Razón de Cobertura de Intereses: Se evaluará de la siguiente manera: Utilidad Operacional / Gastos de Intereses.
INDICADORES DE CAPACIDAD FINANCIERA | |||
Indicador | Índice Requerido | Formula Oferente Individual | Formula Oferente Plural |
Razón Cobertura de Intereses | ≥ 2,00 | Utilidad Operacional / Gastos de Intereses | CI = (∑ (UOn x %n) ÷∑ (GI n x %n) |
Para el caso de los consorcios y las uniones temporales este índice se obtendrá, por el método de sumatoria ponderada de los componentes o partidas del indicador, aplicando la siguiente fórmula:
INDICADORES DE CAPACIDAD FINANCIERA | |||
Indicador | Índice Requerido | Formula Oferente Individual | Formula Oferente Plural |
Razón Cobertura de Intereses | ≥ 2,00 | Utilidad Operacional / Gastos de Intereses | CI = (∑ (UOn x %n) ÷∑ (GI n x %n) |
Nota 1. Para el caso de consorcios o uniones temporales, se tomará el valor ponderado de cada uno de los integrantes, de acuerdo con su porcentaje de participación, así como lo señala la fórmula para oferente plural en la tabla anterior.
Nota 2. Para calcular el indicador de cobertura de intereses, para el proponente individual, o, si la totalidad de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal presenta como gastos de intereses un valor igual a cero (0.00), no se podrá calcular dicho indicador, en este caso el oferente CUMPLE.
B) Capacidad Organizacional
Página 51 de 96
Los proponentes extranjeros con sucursal en Colombia, acreditarán su capacidad financiera con los estados financieros en las revelaciones auditadas suscritas por el representante Legal, Revisor Fiscal y/o contador a corte de diciembre 31 de 2021, independientemente que la misma corresponda a la casa matriz o sucursal, ya que esta última no constituye persona jurídica distinta de la primera.
Cn = Activo Corriente de cada integrante del Consorcio o Unión Temporal. PCn = Pasivo Corriente de cada integrante del Consorcio o Unión Temporal. PTn = Pasivo Total de cada integrante del Consorcio o Unión Temporal.
ATn = Activo Total de cada integrante del Consorcio o Unión Temporal.
UOn = Utilidad Operacional de cada integrante del Consorcio o Unión Temporal. GI n = Gastos de intereses de cada integrante del Consorcio o Unión Temporal.
%n = Porcentaje de Participación de cada integrante del Consorcio o Unión Temporal
4.15.INDICADORES ADICIONALES:
Teniendo en cuenta la magnitud de las labores a desarrollar por el futuro contratista, la forma de pago prevista y el presupuesto de esta contratación, la E.S.E. considera ajustado a derecho, proporcional y razonable, exigir al futuro proponente el cumplimiento de los indicadores financieros adicionales, pero que igualmente son verificables.
a) Capital de Trabajo: Se evaluará de la siguiente manera: CT = Activo Corriente – Pasivo Corriente.
INDICADORES DE CAPACIDAD FINANCIERA | |||
Indicador | Índice Requerido | Formula Oferente Individual | Formula Oferente Plural |
Capital de Trabajo | ≥ 50% del capital de trabajo estipulado en el anexo financiero | Activo corriente - pasivo corriente | CT= (∑ (ACn ) -∑ (PCnx)) |
NOTA 1: Para el caso de los consorcios y las uniones temporales este índice se obtendrá de la suma simple del capital de trabajo de cada miembro.
4.16.CAPACIDAD ORGANIZACIONAL:
Para el presente proceso de selección los proponentes deberán acreditar los siguientes requisitos de Capacidad Organizacional rentabilidad del patrimonio y rentabilidad del activo.
PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS NACIONALES Y EXTRANJERAS CON O SIN DOMICILIO Y CON O SIN SUCURSAL EN COLOMBIA
Los Proponentes deben acreditar los siguientes indicadores de capacidad organizacional, con base en los estados financieros contenida en las revelaciones auditadas suscritos por el Representante Legal, Revisor Fiscal y/o contador a corte de Diciembre 31 de 2021:
Página 52 de 96
Rentabilidad sobre patrimonio: Utilidad Operacional / Patrimonio, el cual determina la rentabilidad del patrimonio del proponente, es decir, la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el patrimonio.
INDICADORES DE CAPACIDAD ORGANIZACIONAL | |||
Indicador | índice Requerido | Formula Oferente Individual | Formula Oferente Plural |
ROE - Rentabilidad del Patrimonio | ≥ 0,10 | (Utilidad Operacional/Patrimonio) | RP = (∑ (UOn x %n) ÷ ∑ (Pn x %n)) |
Rentabilidad sobre activos: Utilidad Operacional / Activo Total, el cual determina la rentabilidad de los activos del proponente, es decir, la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el activo.
INDICADORES DE CAPACIDAD ORGANIZACIONAL | |||
Indicador | índice Requerido | Formula Oferente Individual | Formula Oferente Plural |
XXX - Rentabilidad del Activo | ≥ 0,05 | (Utilidad Operacional/ Activo Total) | RA = (∑ (UOn x %n) ÷ ∑ (ATn x %n)) |
PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS NACIONALES Y EXTRANJERAS CON DOMICILIO O SUCURSAL EN COLOMBIA
Para verificar la información financiera, la E.S.E tendrá en cuenta los Estados Financieros con revelaciones auditadas suscritas por el representante Legal, Revisor Fiscal y/o contador a corte de diciembre 31 de 2021, la
E.S.E. tendrá en cuenta lo dispuesto en el Decreto 579 de 2021. El estudio financiero de las propuestas no tiene puntuación alguna se efectúa con el fin de garantizar la solvencia económica y patrimonial del proponente e indica si la propuesta es hábil o no para continuar en el presente proceso, HABILITA O INHABILITA la propuesta.
Para Sociedades constituidas en el año 2021, la evaluación financiera de las propuestas se efectuará con los Estados Financieros con revelaciones auditadas suscritas por el representante Legal, Revisor Fiscal y/o contador a corte de diciembre 31 de 2021. Tratándose de estructuras plurales los indicadores se calcularán con base en la sumatoria de los componentes de la partida financiera de cada uno de los integrantes de manera proporcional a su porcentaje de participación, salvo para el capital de trabajo y patrimonio, donde el cálculo se hará de acuerdo con la sumatoria de los indicadores correspondientes, sin afectarse por su porcentaje de participación.
Para el caso de las estructuras plurales todos los integrantes que la conforman deben aportar el Registro Único de Proponente cumpliendo con la totalidad de requisitos previsto para tal fin en los presentes TERMINOS DE CONDICIONES.
En caso de que la propuesta no cumpla con alguno de los indicadores financieros requeridos, la propuesta será NO HABIL, para el proceso.
Página 53 de 96
REQUISITOS DE CAPACIDAD FINANCIERA PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS EXTRANJERAS SIN DOMICILIO O SUCURSAL EN COLOMBIA
Para el caso de proponentes extranjeros, deberán presentar la información financiera que se relaciona a continuación, de conformidad con la legislación propia del país de origen, y conforme a los lineamientos de Colombia Compra Eficiente, con los valores convertidos a la moneda legal colombiana a la tasa de cambio de la fecha xx xxxxx de estos, avalados con la firma de quien se encuentre en obligación de hacerlo de acuerdo con la normatividad vigente del país de origen:
• El balance general y estado de resultados, acompañados de la traducción simple al idioma castellano, presentados de acuerdo con el catálogo de cuentas (PUC). Decreto 2650 de 1993, expresados en pesos colombianos, a la tasa representativa xxx xxxxxxx (TRM) de la fecha xx xxxxx de los mismos, indicando la tasa de conversión, firmados por el Contador Público Colombiano que los hubiere convertido.
• Copia de la tarjeta profesional del contador público o revisor fiscal y certificado de antecedente disciplinarios vigente expedido por la Junta Central de Contadores.
• Formulario Financiero anexo, el cual deberá contener la siguiente información: Activo Corriente, Activo Total, Pasivo Corriente, Pasivo Total y Patrimonio, utilidad operacional, y gastos de intereses capital de trabajo y patrimonio en correspondencia a la codificación del PUC. En caso de presentarse discrepancias entre la información consignada en el Formulario Financiero, y el Balance General y Estado de Resultados Convertido, prevalecerá la información consignada en los Estados Financieros Convertidos aportado en la propuesta.
• Los Estados Financieros deberán venir de conformidad con lo establecido en los lineamientos Colombia Compra Eficiente y la fecha xx xxxxx será a 31 de diciembre de 2020, salvo que se acredite en debida forma que la legislación propia del país de origen establece una fecha xx xxxxx diferente a la prevista en los presentes TERMINOS DE CONDICIONES.
• Las disposiciones de los presentes TERMINOS DE CONDICIONES en cuanto a proponentes extranjeros se regirán sin perjuicio de lo pactado en tratados o convenios internacionales. A las sociedades extranjeras con sucursal en Colombia se les aplicarán las reglas de las Sociedades Colombianas.
Si algunos de estos requerimientos no aplican en el país del domicilio del proponente extranjero, el representante legal o el apoderado en Colombia deberán hacerlo constar bajo la gravedad de juramento. Así mismo se podrá acreditar este requisito por la firma auditora externa.
CARTA DE CUPO CREDITO
El contratista deberá allegar certificación bancaria del nivel de riesgo aprobado vigente, en firme con destinación específica firmado por el Representante legal y/o quien haga sus veces de la entidad financiera que emite la certificación especificando valor que debe ser igual o mayor al 100% del valor total de las inversiones iniciales a realizar de conformidad con lo dispuesto en el anexo financiero, por entidad vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia.
Página 54 de 96
Si es una estructura plural, podrá ser acreditado por uno o varios de los integrantes, siempre y cuando sea el valor del 100% del valor total de las inversiones iniciales a realizar de conformidad con lo dispuesto en el anexo financiero.
De igual forma se podrá cumplir con este requisito con certificación de empresas debidamente constituida cuya actividad social corresponda a la venta de equipo biomédico y otros insumos para la operación de la Unidad de imágenes diagnosticas, donde conste que el proponente cuenta con los avales y saldos. dicha certificación debe encontrarse firmado por el Representante legal o quien haga sus veces, especificando el valor aprobado de CINCO MIL NOVECIENTOS OCHO MILLONES DE PESOS ($5.908.000.000.00). En caso de entregarse
varias certificaciones deben sumar el valor de las inversiones iniciales de la vigencia 2023 Y 2024 que es de
CINCO MIL NOVECIENTOS OCHO MILLONES DE PESOS ($5.908.000.000.00).
4.18. EXPERIENCIA REQUERIDA
El proponente deberá acreditar la experiencia con máximo (04) contratos terminados o en ejecución, cuyo objeto, obligaciones, alcance o condiciones sean iguales o similares al objeto de la presente contratación o correspondan o comprendan dentro de sus actividades, las que forman parte del contrato a celebrar.
La experiencia que pretendan hacer valer en el presente proceso debe corresponder a la de cuatro (04) contratos que se podrá acreditar con contratos terminados o en ejecución.
La experiencia con relación a los contratos terminados debe acreditarse con contratos finalizados antes de la fecha de cierre del presente proceso de selección.
A. CONDICIONES ESPECÍFICAS:
Los contratos aportados como experiencia deben cumplir los siguientes requisitos:
MÁXIMO cuatro (04) contratos cuyo objeto, alcance o actividades sea, igual o similar, a: PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD PARA LA PRESTACION DE SERVICIOS DE IMÁGENES DIAGNÓSTICAS,
terminados antes de la fecha de cierre del presente proceso de selección en el caso de contratos terminados, o en ejecución con certificación de que no cuenta con incumplimientos contractuales decretados; o de ejecución parcial a satisfacción. Debiendo acreditar un tiempo de ejecución mínimo xx xxxx (10) años con los contratos aportados.
B. VISITA OBLIGATORIA A LAS INSTALACIONES
Atendiendo el cronograma, las personas jurídicas interesadas, a través de su representante legal o quien esté debidamente autorizado para el efecto, por el mismo, deberá presentarse en las instalaciones de la E.S.E. acompañado de la documentación que le acredite, con el fin de intervenir en la actividad.
Desarrollo de la Visita: Llegada fecha y hora señalada en el cronograma para realización de visita, se iniciará con el levantamiento de un acta por parte de los funcionarios de la E.S.E. en la que se consignaran los nombres e identificación de los asistentes, señalando la calidad en que concurren y detallando el tipo de acreditación que les acompaña.
Seguidamente, se desplazarán a las sedes en las que se ejecutara el objeto de la alianza, para culminar en la sede donde se inició la visita y lograr que se le expida la correspondiente certificación de asistencia, la cual deberá aportarse en el SOBRE 1 de la propuesta que se presente, so pena de que su propuesta sea rechazada, considerando la condición de OBLIGATORIA, la asistencia a la visita.
Página 55 de 96
C. ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA:
Para efectos de la valoración de la experiencia, el proponente deberá acreditar los siguientes datos de esta, los cuales se acreditarán, por regla general, mediante certificación expedido por parte de la contratante y/o acta de liquidación y/o acta de recibo final, así:
• Entidad Contratante
• Objeto del contrato
• Principales actividades ejecutadas y/o Alcance del contrato
• El valor del contrato.
• El porcentaje de participación, si el contrato se suscribió en cualquier forma asociativa.
• La fecha de iniciación de la ejecución del contrato. (Debe indicar día, mes y año). No obstante, si en los documentos válidos aportados para la acreditación de experiencia solo se evidencia el mes y el año, se tomará para efectos de evaluación de la fecha de iniciación el primer día del mes.
• La fecha de terminación de la ejecución del contrato o la fecha de entrega y recibo definitivo. (Debe indicar día, mes y año). No obstante, si en los documentos válidos aportados para la acreditación de experiencia solo se evidencia el mes y el año, se tomará para efectos de evaluación de la fecha de terminación el último día del mes. En el caso que se acredite la fecha de terminación y adicionalmente la fecha de entrega y recibo definitivo, para el cálculo del plazo del contrato tendrá prioridad la fecha que haya ocurrido primero.
• Tiempo total de suspensión (EN CASO DE QUE APLIQUE).
1. En caso de que los datos de las suspensiones se acrediten en días, meses y años de inicio y terminación; y adicionalmente en meses y/o en días, tendrán prioridad las fechas de iniciación y terminación de las mismas, para el cálculo de las suspensiones.
2. Cuando no se indique la fecha de terminación de la suspensión, pero se indique la fecha de reanudación, ó de reiniciación, o de levantamiento de la misma, se tomará como fecha de terminación de la suspensión, el día anterior a la reanudación o de reiniciación, o de levantamiento y se aplicará la fórmula descrita para tal fin en los presentes TERMINOS DE CONDICIONES, para el cálculo correspondiente.
3. Para efectos de la acreditación de la experiencia a que se refiere el presente proceso, el proponente deberá allegar copia del contrato y certificado de ejecución o acta de cumplimiento a satisfacción expedido por parte de la contratante y/o acta de liquidación y/o acta de recibo final.
4. Para el presente proceso, NO SE ACEPTARÁN SUBCONTRATOS
5. Para efectos de habilitar un proponente, la experiencia de los socios de una persona jurídica se podrá acumular a la de esta, cuando ella no cuente con más de tres (3) años de constituida. La acumulación se hará en proporción a la participación de los socios en el capital de la persona jurídica. No podrá acumularse a la vez, la experiencia de los socios y la de la persona jurídica cuando estos se asocien entre sí para presentar propuesta bajo alguna de las modalidades previstas en el artículo 7 de la Ley 80 de 1993.
6. El Proponente deberá acreditar que no se declaró ningún tipo de sanción por incumplimiento del contratista, ni se hizo efectiva, con posterioridad a la terminación de los trabajos, la Garantía de Estabilidad y/o calidad de los mismos. Para el efecto, se deberá certificar dentro de los documentos
Página 56 de 96
estipulados para la acreditación que no se declaró ningún tipo de sanción por incumplimiento del Contratista, ni se hizo efectiva, con posterioridad a la terminación de los trabajos, la Garantía de Estabilidad y/o calidad de los mismos.
Si los contratos incumplen con cualquiera de los requisitos anteriores NO SERA tenido en cuenta para la evaluación.
4.19. ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA DEL EQUIPO DE TRABAJO
Será HÁBIL el proponente que acredite la disponibilidad del Equipo de Trabajo que se detalla en este literal.
El proponente garantiza que, en el evento de ser adjudicatario del contrato, cuenta con la capacidad para el aporte del personal, en la cantidad y cumpliendo con la dedicación exigida. Para efectos de la acreditación de los requisitos de los profesionales y/o técnicos que se presenten, estos deberán cumplir con los requisitos, que se indican en el anexo técnico.
SEDE CACE ALTA COMPLEJIDAD
CARGO | CANTIDAD |
Radiólogo | 2 |
Tecnólogo | 14 |
Auxiliar Enfermería | 4 |
SEDE CACE ALTA PEDIATRICO
CARGO | CANTIDAD |
Radiólogo | 2 |
Tecnólogo | 8 |
Auxiliar Enfermería | 2 |
Cardiólogo | 2 |
SEDE CACE SOLEDAD
CARGO | CANTIDAD |
Radiólogo | 2 |
Tecnólogo | 8 |
Auxiliar Enfermería | 2 |
SEDE CACR SABANALARGA
CARGO | CANTIDAD |
Radiólogo | 2 |
Tecnólogo | 8 |
Auxiliar Enfermería | 2 |
FORMACIÓN ACADÉMICA
Para efectos de valorar la formación académica y experiencia general de los profesionales y/o técnicos, señalados en el presente numeral, los profesionales propuestos deberán adjuntar carta de compromiso en la que conste que en el evento de resultar adjudicatario el proponente, éste prestará sus servicios durante el término de ejecución del contrato y en la dedicación requerida (ver anexo CARTA DE COMPROMISO PROFESIONALES). Dicha carta debe venir acompañada de los siguientes documentos:
Página 57 de 96
a) Copia del documento de identidad (Cédula de Ciudadanía, cédula de Extranjería, pasaporte).
b) Copia de la matrícula profesional y/o documento equivalente del país de origen del título.
c) Certificado de vigencia de la matricula profesional y/o documento equivalente del país de origen del título.
d) Copia del acta de grado y/o diploma.
e) Copia de los títulos de postgrado (doctorado y/o maestría y/o especialización), acreditados mediante copia de los diplomas y/o actas de grado; de lo contrario no se tendrán en cuenta.
f) Carta de compromiso del profesional firmado.
g) Carta de represéntate legal del proponente donde ofrezca al profesional
h) RETHUS
NOTA 1: En el evento de que el título académico haya sido obtenido en el extranjero el proponente deberá acreditar la convalidación de dicho título ante el Ministerio de Educación Nacional, de conformidad con lo establecido en la Resolución No. 21707 del 22 de diciembre de 2014 o norma que la modifique o complemente.
NOTA 3: En caso de que el proponente anexe más de una hoja de vida para el (los) profesional (es) requerido(s) en los presentes TERMINOS DE CONDICIONES, únicamente se tendrá en cuenta la primera hoja de vida foliada en la propuesta.
Con la presentación de la oferta el proponente acepta los presentes TERMINOS DE CONDICIONES, en especial, se entenderá su compromiso de presentar en el plazo establecido en los TERMINOS DE CONDICIONES y mantener durante la ejecución del contrato, en las condiciones exigidas en el mismo, el personal relacionado en el Anexo Técnico Separable donde se relaciona el equipo de trabajo requerido personal habilitante y complementario, los requisitos y la dedicación de los profesionales requeridos.
Los criterios de evaluación para la experiencia serán los siguientes:
NO. | CRITERIO | CONCEPTO | |
1 | ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA | NO CUMPLE | CUMPLE |
2 | ACREDITACIÓN DEL EQUIPO DE TRABAJO MINIMO | NO CUMPLE | CUMPLE |
TOTAL | NO HÁBIL | HÁBIL |
Página 58 de 96
5. CAPITULO V CRITERIOS DE COMPARABILIDAD Y CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS
5.1 CRITERIOS DE COMPARABILIDAD DE LAS PROPUESTAS
LA OMISIÓN DE LA INFORMACIÓN REQUERIDA EN ESTE NUMERAL, NO SERÁ SUBSANABLE POR SER CRITERIO DE DESEMPATE; EN TODO CASO, LA NO PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN REQUERIDA NO RESTRINGE LA PARTICIPACIÓN DEL PROPONENTE, NI ES CAUSAL DE RECHAZO DE PROPUESTA TÉCNICA.
5.1.1 CERTIFICACIÓN DE MIPYMES
El revisor fiscal o contador, según corresponda, de Micro-pequeñas y Medianas Empresas deberá aportar certificación bajo la gravedad de juramento, que se entiende prestado con la presentación del documento, en la que acredite, que la empresa cumple con los requisitos establecidos en el artículo 2º de la Ley 905 del 2 xx xxxxxx de 2004 y demás normas vigentes y aplicables sobre la materia.
En caso de Consorcios o Uniones Temporales, dicha manifestación deberá hacerse por el Revisor Fiscal o Contador Público, según el caso, de cada uno de los integrantes.
En caso de sociedades extranjeras sin sucursal en Colombia o las personas naturales extranjeras no residentes en el país que presenten propuesta, podrán acreditar la calidad de Mipymes, siempre y cuando hayan acreditado RECIPROCIDAD, de conformidad con el numeral 5.1.3. en los presentes TERMINOS DE CONDICIONES. En el evento de no acreditar RECIPROCIDAD no se tendrá en cuenta la certificación que acredite la calidad Mipyme.
En caso de sociedades extranjeras con sucursal en Colombia quien deberá acreditar la calidad de Mipymes será la sociedad matriz, a través del revisor fiscal o contador o quien haga sus veces en el país de origen. Esta certificación deberá incluir la información relativa a la sociedad matriz y la de su sucursal, a efectos de acreditar los requisitos de que trata la Ley 905 de 2004.
NOTA: La omisión de la información requerida en este numeral, no restringe la participación del proponente, ni es causal de rechazo de propuesta.
5.1.2 ACREDITACIÓN DE PERSONAL CON LIMITACIONES (LEY 361 DE 1997)
De conformidad con lo previsto en el artículo 24 de la ley 361 de 1997 los particulares empleadores que vinculen laboralmente personas con limitación, serán preferidos en igualdad de condiciones en los procesos de selección, adjudicación y celebración de contratos, sean estos públicos o privados si estos tienen en sus nóminas por lo menos un mínimo del 10% de sus empleados en las condiciones de discapacidad enunciadas en la ley, dicho personal deberá haber sido contratado por lo menos con anterioridad a un año al cierre del presente proceso de selección.
Para lo cual deberán acreditar esta situación presentando los siguientes documentos:
• Certificación vigente expedida por la Oficina de Trabajo de la respectiva zona.
• Formato No. 7 suministrado por LA E.S.E. , el cual debe estar suscrito por el Representante Legal y el revisor fiscal o contador público o quien haga sus veces en la respectiva jurisdicción, según sea el caso, en el cual además de la información allí contenida, se manifestará el compromiso de mantener vinculado a dicho personal por un lapso igual al de la contratación.
Página 59 de 96
5.1.3 TRATO NACIONAL
La RECIPROCIDAD aplica para aquellos proponentes e integrantes de consorcios o uniones temporales extranjeros sin domicilio en Colombia, las sociedades extranjeras con sucursal en Colombia y/o las personas naturales extranjeras no residentes en el país que deseen el tratamiento de proponente nacional para el presente proceso.
Las personas jurídicas extranjeras recibirán trato nacional cuando se cumpla alguna de las siguientes tres condiciones, para lo cual se verificará por la Entidad en el orden que se relaciona y de manera excluyente.
Se dará trato nacional a:
• Los bienes y servicios de otros Estados con los cuales exista un Acuerdo Comercial aplicable al Proceso de Contratación;
• A los servicios de la Comunidad Andina de Naciones –CAN–.
El origen de la Persona Jurídica Extranjera se verificará del Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la autoridad competente o de los documentos que hagan sus veces.
Para el caso de los Consorcios o Uniones Temporales, se otorgarán los cien (100) puntos cuando todos los miembros hayan acreditado el origen nacional de la oferta en las condiciones señaladas.
En el caso de Consorcios o Uniones Temporales conformados por integrantes nacionales y extranjeros sin derecho a trato nacional, el puntaje se asignará en proporción al porcentaje de participación del integrante nacional.
En todo caso, la inexistencia del acuerdo, convenio, tratado o certificación mencionados no restringe la participación de sociedades o personas extranjeras, ni constituye causal de rechazo de su propuesta.
5.2 ASIGNACIÓN DE PUNTAJE A LAS PROPUESTAS
Las propuestas que hayan cumplido con los requisitos de HABILITANTES y cuya oferta económica no se encuentren incursa en causal de rechazo, se calificarán con el siguiente puntaje:
Los criterios de selección son aquellos que permiten la escogencia de la oferta más favorable para LA E.S.E.
LA E.S.E. calificara las propuestas presentadas asignándoles puntaje teniendo en cuenta los siguientes factores de evaluación, sobre una asignación máxima total de MIL (1000) puntos así:
Donde, PT = Puntaje TOTAL obtenido por el proponente (Máximo 1000 puntos)
PPO = Puntaje obtenido por el mejor porcentaje de participación ofrecido respecto al valor facturado por la unidad de IMÁGENES DIAGNÓSTICAS (Máximo 540 puntos)
PMVCE= Puntaje por mayor tiempo en contratos ejecutados con objeto similar (máximo 350 Puntos)
PPD= Puntaje adicional por personal en situación de discapacidad (Máximo 10 puntos)
PPI = Puntaje por promoción industria nacional (Máximo 100 puntos)
PRECIO DE LA OFERTA (máximo 540 puntos):
Se otorgarán máximo Quinientos cuarenta (540) puntos al factor valor de la propuesta habilitada, que ofrezca el mejor porcentaje de participación respecto al valor facturado por la unidad de IMÁGENES DIAGNÓSTICAS IMÁGENES DIAGNÓSTICAS
Página 60 de 96
% PARTICIPACIÓN DEL OPERADOR | % PARTICIPACIÓN DE LA ESE | PUNTAJE | |
Menor o Igual | 70% | 30% | 540 |
Menor o Igual | 75% | 25% | 480 |
Menor o Igual | 80% | 20% | 400 |
PUNTAJE POR MAYOR TIEMPO DE CONTRATOS EJECUTADOS CON OBJETO SIMILAR (máximo 350
puntos):
Se otorgarán DOSCIENTOS CINCUENTA (250) puntos al factor por mayor tiempo de experiencia en contratos ejecutados con objeto similar, que se encuentren terminados o en ejecución. Se sumará los años de la experiencia de cada una de las certificaciones y el sumatorio total se le asignará la siguiente puntuación:
EXPERIENCIA ESPECÍFICA EN AÑOS | PUNTOS |
Mayor a 15 años | 350 puntos |
Mayor a 12 años y hasta 15 años | 250 puntos |
Mayor a 10 años y hasta 12 años | 150 puntos |
Para acreditar la experiencia deberá cumplir con las siguientes:
A. ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA:
Para efectos de la valoración de la experiencia, el proponente deberá acreditar los siguientes datos de esta, los cuales se acreditarán, por regla general, mediante certificación expedido por parte de la contratante y/o acta de liquidación y/o acta de recibo final, así:
• Entidad Contratante
• Objeto del contrato
• Principales actividades ejecutadas y/o Alcance del contrato
• El valor del contrato.
• El porcentaje de participación, si el contrato se suscribió en cualquier forma asociativa.
• La fecha de iniciación de la ejecución del contrato. (Debe indicar día, mes y año). No obstante, si en los documentos válidos aportados para la acreditación de experiencia solo se evidencia el mes y el año, se tomará para efectos de evaluación de la fecha de iniciación el primer día del mes.
• La fecha de terminación de la ejecución del contrato o la fecha de entrega y recibo definitivo. (Debe indicar día, mes y año). No obstante, si en los documentos válidos aportados para la acreditación de experiencia solo se evidencia el mes y el año, se tomará para efectos de evaluación de la fecha de terminación el último día del mes. En el caso que se acredite la fecha de terminación y adicionalmente la fecha de entrega y recibo definitivo, para el cálculo del plazo del contrato tendrá prioridad la fecha que haya ocurrido primero.
• Tiempo total de suspensión (EN CASO DE QUE APLIQUE).
1. En caso de que los datos de las suspensiones se acrediten en días, meses y años de inicio y terminación; y adicionalmente en meses y/o en días, tendrán prioridad las fechas de iniciación y terminación de las mismas, para el cálculo de las suspensiones.
2. Cuando no se indique la fecha de terminación de la suspensión, pero se indique la fecha de reanudación, ó de reiniciación, o de levantamiento de la misma, se tomará como fecha de terminación
Página 61 de 96
de la suspensión, el día anterior a la reanudación o de reiniciación, o de levantamiento y se aplicará la fórmula descrita para tal fin en los presentes TERMINOS DE CONDICIONES, para el cálculo correspondiente.
3. Para efectos de la acreditación de la experiencia a que se refiere el presente proceso, el proponente deberá allegar copia del contrato y certificado de ejecución o acta de cumplimiento a satisfacción expedido por parte de la contratante y/o acta de liquidación y/o acta de recibo final.
4. Para el presente proceso, NO SE ACEPTARÁN SUBCONTRATOS
5. Para efectos de habilitar un proponente, la experiencia de los socios de una persona jurídica se podrá acumular a la de esta, cuando ella no cuente con más de tres (3) años de constituida. La acumulación se hará en proporción a la participación de los socios en el capital de la persona jurídica. No podrá acumularse a la vez, la experiencia de los socios y la de la persona jurídica cuando estos se asocien entre sí para presentar propuesta bajo alguna de las modalidades previstas en el artículo 7 de la Ley 80 de 1993.
6. El Proponente deberá acreditar que no se declaró ningún tipo de sanción por incumplimiento del contratista, ni se hizo efectiva, con posterioridad a la terminación de los trabajos, la Garantía de Estabilidad y/o calidad de los mismos. Para el efecto, se deberá certificar dentro de los documentos estipulados para la acreditación que no se declaró ningún tipo de sanción por incumplimiento del Contratista, ni se hizo efectiva, con posterioridad a la terminación de los trabajos, la Garantía de Estabilidad y/o calidad de los mismos.
Si los contratos incumplen con cualquiera de los requisitos anteriores NO SERA tenido en cuenta para la evaluación.
PUNTAJE ADICIONAL POR PERSONAL EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD (Máximo 10 puntos)
Dando cumplimiento de la Ley 1618 de 2012, en concordancia con lo dispuesto en el Decreto 392 de febrero 26 de 2018, se asignarán diez (10) puntos al proponente que acredite la vinculación de trabajadores en situación de discapacidad en su planta de personal.
Para acreditar el cumplimiento de este requisito el proponente aportará una certificación expedida por su revisor fiscal o por su representante legal (en el evento en que no tengan obligación legal de tener revisor fiscal), en la que conste el número total de trabajadores vinculados a la planta de personal del proponente o sus integrantes a la fecha de cierre del proceso de selección; y una certificación vigente a la fecha de cierre del proceso, expedida por el Ministerio del Trabajo, en la cual se indique el número mínimo de personas en situación de discapacidad de la planta de personal del proponente, así:
Número total de trabajadores de la planta de personal del proponente | Número mínimo de trabajadores en situación de discapacidad exigido |
Entre 1 y 30 | 1 |
Entre 31 y 100 | 2 |
Entre 101y 150 | 3 |
Entre 151 y 200 | 4 |
Más de 200 | 5 |
Página 62 de 96
Sí la oferta es presentada por un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, se tendrá en cuenta la planta de personal del integrante del proponente plural que aporte como mínimo el cuarenta por ciento (40%) de la experiencia requerida para la respectiva contratación.
De no acreditar lo anteriormente señalado se calificará con cero (0) puntos.
PUNTAJE POR PROMOCIÓN INDUSTRIA NACIONAL (Máximo 100 puntos)
Con el fin de establecer el apoyo que los proponentes NACIONALES y EXTRANJEROS otorguen a los BIENES Y SERVICIOS NACIONALES, en virtud de lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 816 de 2003 se otorgaran los siguientes puntajes:
CONCEPTO | PUNTAJE | PUNTAJE MAXIMO |
1. PROMOCION EN PROCESOS CUYO OBJETO INCLUYE BIENES Y SERVICIOS NACIONALES | 100 | 100 |
SI SOLO OFRECE BIENES NACIONALES | 50 | |
SI SOLO OFRECE SERVICIOS NACIONALES | 50 | |
2. PROMOCION EN PROCESOS CUYO OBJETO SOLO INCLUYE BIENES NACIONALES | 100 | 100 |
3. PROMOCION EN PROCESOS CUYO OBJETO SOLO INCLUYE SERVICIOS NACIONALES | 100 | 100 |
4. PROMOCION DE LA INCORPORACION DE COMPONENTE NACIONAL EN BIENES Y SERVICIOS EXTRANJEROS | 50 | 50 |
PROMOCION EN PROCESOS CUYO OBJETO SOLO INCLUYE SERVICIOS NACIONALES:
SON SERVICIOS NACIONALES aquellos prestados por:
− Personas naturales colombianas o residentes en Colombia.
− Personas Jurídicas constituidas en el país.
De conformidad con el Documento de Estudios Previos y Análisis del Sector, la ejecución del contrato se entiende como un servicio, por lo cual, se acreditará el origen nacional de la oferta de la siguiente manera:
− Persona Natural Colombiana, con la presentación de la cédula de ciudadanía del proponente en copia simple, la cual deberá ser aportada con su oferta.
− Persona Natural Extranjera Residente en Colombia, con la presentación de la visa correspondiente (xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxx_xxxxxxxxx/xxxxx/xxxxxxxxxx/xxxxxxxx) que le permita la ejecución ejecutar el objeto contractual de conformidad con la ley. La cual deberá ser aportada con la oferta en copia simple.
− Persona Jurídica constituida en el país, se verificará con el Certificado xx Xxxxxx y Comercio que el domicilio de la persona jurídica este dentro del territorio nacional.
− Persona Jurídica Extranjera: Las personas jurídicas extranjeras recibirán trato nacional cuando se cumpla alguna de las siguientes tres condiciones, para lo cual se verificará por la Entidad en el orden que se relaciona y de manera excluyente:
Página 63 de 96
− Se dará trato nacional a:
• Los bienes y servicios de otros Estados con los cuales exista un Acuerdo Comercial aplicable al Proceso de Contratación;
• A los bienes y servicios respecto de los cuales exista trato nacional por reciprocidad (situación que se verificará de conformidad con lo establecido por el artículo 2.2.1.2.4.1.3. del Decreto 1082 de 2015) y,
• A los servicios de la Comunidad Andina de Naciones –CAN–.
Proponente Plural, en caso de que todos los integrantes del proponente plural cumplan con las anteriores condiciones se asignara el puntaje de 100 puntos; en caso de que los integrantes del proponente plural sean nacionales y extranjeros sin derecho a trato nacional, el puntaje se asignara en proporción al porcentaje de participación del integrante nacional.
Página 64 de 96
6. CAPÍTULO VI - ORDEN DE ELEGIBILIDAD Y ADJUDICACION DEL CONTRATO
6.1 ORDEN DE ELEGIBILIDAD.
Es una actuación administrativa tendiente a establecer el orden de elegibilidad y la Adjudicación
En la AUDIENCIA PUBLICA prevista en la “Cronología del Proceso”, LA E.S.E., además de asignar el puntaje a las propuestas habilitadas para el proceso, según el caso, establecerá el orden de elegibilidad, así:
LA E.S.E., para las propuestas que resultaron HÁBILES y cuya oferta económica no se encuentre incursa en causal de rechazo, efectuará el siguiente procedimiento:
• Si es un sólo proponente, mediante Resolución Motivada, proferida por el Ordenador del Gasto, le adjudicará el contrato correspondiente.
• Si son varios proponentes, asignará el puntaje de conformidad con los TERMINOS DE CONDICIONES,
• En el evento que dos o más propuestas obtengan el mismo puntaje, el orden se definirá con base en los siguientes criterios:
• Se preferirá al proponente que haya obtenido el mayor puntaje en el primer factor de escogencia y calificación establecido en los presentes TERMINOS DE CONDICIONES (Valor de la propuesta).
• Si persiste el empate, se preferirá al oferente que tenga el mayor puntaje en el segundo factor de escogencia y calificación establecido en los presentes TERMINOS DE CONDICIONES (Promoción a la Industria Nacional).
• Si persiste el empate, se preferirá al oferente que tenga el mayor puntaje en el tercer factor de escogencia y calificación establecido en los presentes TERMINOS DE CONDICIONES (Factor de Calidad).
• Si persiste el empate, LA E.S.E. aplicará las siguientes reglas en su orden, de manera exclusiva y excluyente:
A. Preferir la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
B. Preferir la oferta presentada por una Mipyme; o, consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura constituida por exclusivamente por Xxxxxx.
C. En caso que dentro del Proceso de Contratación no existan ofertas presentadas por Xxxxxx o proponentes plurales constituidos exclusivamente por Xxxxxx, preferir la oferta presentada por un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura siempre que: (a) esté conformado por al menos una Mipyme que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento; (b) la Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento de la experiencia acreditada en la oferta; y, (c) ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura.
X. Xxxxxxxx la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta.
Página 65 de 96
X. Xx subsiste aún el empate, se procederá a elegir el ganador mediante el sorteo por balotas (cuyo procedimiento será establecido en la respectiva audiencia de adjudicación).
NOTA 1: Para efectos del presente numeral, la acreditación de la condición de vinculación laboral de personal con limitaciones ó para la acreditación de condición de Xxxxxx, se deberá acreditar al momento de la presentación de la oferta, no será subsanable por ser criterio de desempate. En todo caso, la no presentación de la información requerida no restringe la participación del oferente, ni es causal de rechazo de la oferta.
NOTA 2: En caso de propuestas presentadas en Unión Temporal o Consorcio, en los que existe participación de extranjeros, se preferirá aquella propuesta con mayor participación nacional.
NOTA 3: Cuando se presenten proponentes extranjeros individual o integrantes del proponente plural, cobijados por un Acuerdo Comercial, en la evaluación de las ofertas no serán aplicables los factores de desempate previstos en los literales B y C.
6.2 ADJUDICACIÓN
Establecido el orden de elegibilidad, la entidad a través del Ordenador del Gasto, por medio de acto administrativo motivado realizara la adjudicación, al proponente ubicado en el primer puesto del orden de elegibilidad o en su defecto al único proponente habilitado, y que cumpla con todos los requisitos exigidos en los presentes términos de condiciones.
Esta decisión será notificada al proponente favorecido y publicado en la página web para conocimiento de los demás proponentes y la comunidad.
La decisión de adjudicación es irrevocable, de acuerdo con lo establecido en el Estatuto de Contratación de la
E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO.
LA E.S.E. atendiendo al cronograma adoptara la decisión que corresponda, esto es: (i) adjudicar el Proceso de Selección o (ii) Declarar Desierto el proceso.
6.3 RECHAZO DE LAS PROPUESTAS
Son causales de rechazo las siguientes:
1) Cuando al proponente se le haya requerido con el propósito de subsanar o aclarar un documento de la propuesta y no lo efectúe dentro del plazo indicado o no lo realice correctamente o de acuerdo con lo solicitado, siempre que la subsanabilidad requerida sea necesaria para cumplir un requisito habilitante.
2) Cuando el proponente aporte información no veraz o altere de cualquier forma algún documento original presentado.
3) Si se establece que la persona natural, o jurídica, o miembro de proponente plural presentaron más de una propuesta, cuando se presente esta situación todas las ofertas que incurran en esta situación serán rechazadas.
4) Modificar durante la etapa pre-contractual los porcentajes de participación de los integrantes del Consorcio o Uniones Temporales y su integración.
5) Tener el representante legal de la persona jurídica limitaciones para comprometer a la sociedad y no contar con la autorización suficiente del órgano social.
6) No corresponder el objeto social de las personas jurídicas con las actividades objeto del presente proceso.
Página 66 de 96
7) No cumplir las personas jurídicas con la duración exigida en los presentes TERMINOS DE CONDICIONES
8) Estar incursa la persona jurídica proponente individual o integrante del proponente de la estructura plural en causal de disolución o liquidación
9) Estar incurso el proponente o alguno de los integrantes de la estructura plural en causal de inhabilidad, incompatibilidad o prohibición previstas en la legislación colombiana para contratar.
10) Estar reportado el proponente o alguno de los integrantes de la estructura plural en el Boletín de Responsables Fiscales emitido por la Contraloría General de la República.
11) Presentar el proponente o alguno de los integrantes de la estructura plural, antecedentes vigentes que impliquen inhabilidad para contratar con el Estado.
12) Exceder el porcentaje máximo de participación en la facturación, es decir más del 88% dentro de los primeros 6años de operación y más del 85 % del año 7 en adelante.
13) No incluir la propuesta económica para el proceso, o no estar debidamente firmada por el representante legal del proponente.
14) Presentar la oferta económica con tachaduras o enmendaduras.
15) No corresponder la propuesta económica al presente proceso de selección.
16) La inobservancia de los requisitos establecidos en la apertura del sobre No. 2.
17) Las demás previstas en estos términos de condiciones y las que se encuentren establecidas en la normatividad vigente.
18) cuando se presente propuesta alternativa condicionada para la adjudicación del contrato.
19) La no entrega de la garantía de seriedad y el recibo de pago junto con la propuesta.
CAUSALES PARA LA DECLARATORIA DE DESIERTA
1) Cuando no se presenten propuestas.
2) Cuando ninguna de las ofertas resulte hábil en los factores jurídicos, técnicos, financieros y de experiencia previstos en los TERMINOS DE CONDICIONES.
3) Cuando existan causas o motivos que impidan la escogencia objetiva del oferente.
4) En el evento que el Representante Legal de la Entidad o su Delegado no acoja la recomendación del Comité Evaluador y opte por la declaratoria de desierta del proceso, caso en el cual deberá motivar su decisión.
5) Las demás contempladas en la Ley.
6.4 DECLARATORIA DE DESIERTA
Durante el término del presente proceso o del término previsto para la adjudicación del contrato, LA E.S.E. podrá declarar desierto el presente proceso de conformidad con lo dispuesto en los presentes TERMINOS DE CONDICIONES.
6.5 RETIRO DE LA PROPUESTA
Los Proponentes que opten por entregar su oferta antes de la fecha de cierre del proceso y apertura de las Ofertas, podrán retirarlas, siempre y cuando la solicitud, efectuada mediante escrito, sea recibida por LA E.S.E. antes de la fecha y hora de cierre del presente proceso.
Cuando se trate de retiro definitivo, la Oferta le será devuelta al Proponente sin abrir, previa expedición de un recibo firmado por el solicitante.
6.6 DEVOLUCIÓN DE LAS PROPUESTAS
Una vez finalizado el proceso de selección los proponentes no favorecidos con la adjudicación del contrato, podrán acercarse a reclamar el original de la garantía de seriedad y la copia del Sobre No. 1, en la Dirección
Página 67 de 96
de contratación dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha en que se expida el acta de adjudicación, prevista en la cronología del proceso; de lo contrario, LA E.S.E. procederá al archivo de las propuestas.
FIRMA Y PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes, a partir de la notificación de la resolución por medio de la cual se adjudica el contrato, el proponente favorecido o su representante legal o apoderado, con el fin de la elaboración, revisión y registro presupuestal del contrato deberán presentar, la siguiente documentación:
El contrato se perfecciona con la suscripción por las partes y para su ejecución se requiere de la aprobación, por parte de LA E.S.E., de la garantía única de cumplimiento y del seguro de responsabilidad civil extracontractual constituidos por el contratista, la existencia de las disponibilidades presupuestales, así como la aprobación de los documentos que la entidad considere como esenciales para la realización del contrato, de acuerdo con lo planteado en los presentes términos de condiciones. La constitución de la garantía y del seguro, deberá efectuarla el contratista dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la firma del contrato, so pena de incurrir en causal de incumplimiento del contrato sancionable con multa, o de que la E.S.E. pueda hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta.
Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del término citado, la E.S.E. podrá declarar el siniestro y hacer efectiva la garantía de seriedad de la propuesta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por el valor de la garantía, dicho plazo podrá ser ampliado a criterio de la E.S.E. de acuerdo con lo establecido en la normatividad vigente y en el Acuerdo N° 009 del 05 de noviembre de 2021, Estatuto de Contratación de la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO.
Si el Proponente favorecido no firmare el Contrato dentro del término establecido, LA E.S.E., mediante acto administrativo debidamente motivado, podrá adjudicar el contrato, dentro de los quince (15) días siguientes, al proponente calificado en segundo lugar, siempre y cuando cumpla con todos los requisitos exigidos en los presentes términos de condiciones y su propuesta sea igualmente favorable para la entidad.
Página 68 de 96
7 CAPÍTULO VII CONDICIONES DEL CONTRATO
Las condiciones generales previstas en el presente Capítulo hacen parte integrante de la minuta del contrato.
7.1 OBJETO DEL CONTRATO
El objetivo de la presente convocatoria es la celebración de un contrato de asociación para la prestación de servicios de salud cuyo objeto es el siguiente:
CONTRATO DE ASOCIACIÓN PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE IMÁGENES DIAGNÓSTICAS E IMAGENOLOGÍA EN LAS SEDES DE LA E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO.
7.2 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Cumplir con las obligaciones de la esencia y naturaleza del contrato.
Cumplir con las obligaciones legales, las contenidas dentro del clausulado del Contrato, los estudios previos, y aquellas otras inherentes a la prestación oportuna, eficiente y eficaz del servicio de salud:
Además de las obligaciones generales reguladas por el Acuerdo N° 009 del 05 de noviembre de 2021 (Estatuto de Contratación de la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO) el Contratista cumplirá con las siguientes obligaciones:
A) OBLIGACIONES GENERALES:
1. Cumplir a cabalidad con el objeto del contrato y las condiciones pactadas, desarrollando todas las actividades que hacen parte del mismo.
2. Prestar los servicios de salud objeto del presente Contrato, de conformidad con la normatividad legal vigente y con la propuesta, previa habilitación del servicio
3. Asumir los gastos y riesgos que implica el desarrollo del contrato bajo su propia responsabilidad.
4. Responder en todos los casos por los servicios prestados al paciente, ante las aseguradoras,
así como, ante las autoridades y, en consecuencia, pagar las condenas e indemnizaciones que le sean impuestas, siempre que se demuestre culpa o dolo imputable al CONTRATISTA.
5. Desarrollar el contrato en los términos y condiciones establecidas.
6. Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando dilaciones y obstáculos.
7. Prestar el servicio contratado con parámetros de calidad y de acuerdo con las normas establecidas.
8. Guardar estricta confidencialidad con la información a la que tenga acceso en virtud del contrato.
9. Presentar informes requerido por el interventor.
10. Asumir los gastos que ocasione la legalización del contrato, como son la cancelación de las estampillas departamentales, constitución de pólizas, si hubiere lugar a ello.
11. Dar estricto cumplimiento a los lineamientos legales y disposiciones, directivas y circulares emitidas por la Presidencia de las República, las autoridades de salud y del trabajo del orden nacional, departamental y distrital; y a las directrices gerenciales que se dicten con ocasión de la emergencia sanitaria ocasionada por el brote del coronavirus COVID-19 o cualquier otro que se llegare a presentar.
12. Constituir las pólizas pactadas en el contrato, si hubiere lugar a ello.
13. Encontrarse al día en el pago de los aportes a seguridad social y parafiscal (si es del caso) durante la ejecución del contrato.
14. Obrar con diligencia y el cuidado necesario en los asuntos que le asigne la Interventoría del contrato.
15. Desarrollar las actividades señaladas por el Interventor del contrato y las contenidas en el presente documento.
Página 69 de 96
16. El contratista deberá cumplir con lo establecido en los estudios previos, la propuesta y demás documentos previos y técnicos que hacen parte integral del proceso y se entienden incorporados al texto del contrato.
17. El contratista conoce y ha revisado cuidadosamente todos los asuntos e informaciones relacionados con la celebración y ejecución del Contrato, la naturaleza financiera del mismo, la posibilidad real de ejecutar todas las prestaciones del Contrato con cargo a los recursos disponibles, así como el lugar donde se ejecutará el Contrato, incluyendo sus condiciones de seguridad, transporte a los sitios de trabajo, obtención, manejo y almacenamiento de materiales, transporte, manejo y disposición de desechos, disponibilidad de materiales, mano de obra, agua, electricidad, comunicaciones, vías de acceso, características de los equipos requeridos para su ejecución, el régimen tributario al que estará sometido el ALIADO, la normatividad jurídica aplicable y, en general, todos los demás aspectos que puedan afectar el cumplimiento del Contrato, los cuales acepta y cuyos riesgos asume de manera exclusiva.
18. Proveer los equipos, materiales y personal necesario para la ejecución de este contrato, en las condiciones previstas en el mismo y en los demás documentos que forman parte del Contrato.
19. Instalar los equipos necesarios para la ejecución de este contrato, en las condiciones previstas en el mismo y en los demás documentos que forman parte del Contrato, de manera que queden en condiciones funcionales óptimas para la prestación del servicio.
B) OBLIGACIONES ESPECIFICAS:
1. La atención se prestará con autonomía técnica por parte del CONTRATISTA, pero será requisito indispensable para cada procedimiento, que el mismo esté acorde con la necesidad del paciente, respondiendo por las glosas que se hagan a la facturación por los servicios prestados.
2. Garantizar de manera satisfactoria y total la atención de los procesos contratados, cumpliendo con los estándares de calidad y normatividad vigente en materia de salud y garantizando igualmente la atención integral y permanente del servicio que presta el CONTRATANTE a todos los usuarios.
3. Atender todas las directrices y recomendaciones que le hiciere el CONTRATANTE por conducto del INTERVENTOR y/o supervisor del contrato.
4. Prestar su concurso para el levantamiento de las glosas que tengan relación con los procesos realizados por el Contratista.
5. Proporcionar al interventor del contrato y al supervisor del contrato la información relacionada con las actividades y procedimientos realizados en virtud del presente contrato.
6. El CONTRATISTA se compromete a permitir el ingreso de los estudiantes universitarios a los procedimientos que se realicen en desarrollo del presente contrato, con el fin de dar cumplimiento a las horas docencia que se requieren en virtud de los convenios docente asistenciales suscritos por la ESE UNA.
7. Participar en juntas médicas y expedir conceptos médicos necesarios que se deriven de la atención prestada a los pacientes remitidos a la E.S.E. Universitaria del Atlántico.
8. Atender los procesos de acuerdo a los parámetros de calidad, precisión técnica racional, oportunidad, accesibilidad, continuidad, suficiencia, Integralidad e integridad, seguridad, racionalidad lógico-científica, calidez, información, transparencia, consentimiento y grado de satisfacción de los usuarios, dentro de un marco de mejoramiento continuo.
9. Velar por la correcta utilización, mantenimientos y calibración de los insumos y equipos que el CONTRATANTE, ponga a disposición del Contratista.
10. Participar en jornadas científicas y académicas que convoque el SUBGERENTE TÉCNICO CIENTÍFICO en desarrollo de los convenios docentes asistenciales suscritos o que se suscriban con la E.S.E. Universitaria del Atlántico.
11. El Contratista deberá participar, colaborar y mantener las condiciones de habilitación que garanticen a las ESAS evaluaciones satisfactorias en las visitas al Sistema de Evaluación periódica de acuerdo con lo establecido en el Resolución 3100 de 2019 del Sistema Obligatorio de Garantías de Calidad y demás normas legales complementarias.
Página 70 de 96
12. El contratista velará porque su personal llene la historia clínica de cada paciente cumpliendo con los parámetros establecidos en la Resolución No. 1995 de julio 8 de 1999 y demás normas legales que la complementen, sustituyan o derogue, en caso de que aplique, la cual debe reposar en la base de datos de la ESE.
13. El Contratista se obliga a facturar de acuerdo con las tarifas convenidas y con sujeción al procedimiento y requisitos establecidos en este contrato.
14. El contratista en desarrollo de los procesos contratados, deberán cumplir con el Manual de Procesos y Procedimientos de la E.S.E. Universitaria del Atlántico.
15. El Contratista se obliga a presentar una relación detallada, dentro de los primeros 5 días calendarios de cada mes, de todos los eventos, actividades y procedimientos realizados durante el período, a la interventoría y/o al supervisor del contrato, especificando la fecha de solicitud del servicio, la fecha en la que se produce la atención, el nombre e identificación del paciente, edad, sexo, EPS, servicio de hospitalización y cama del paciente, detalle del procedimiento o actividad realizada y el valor de la atención prestada a la tarifa pactada.
16. El Contratista mantendrá contacto permanente con la Gerencia de la E.S.E. Universitaria del Atlántico y/o su delegado para evaluar la calidad del servicio y le presentará mensualmente informe detallado sobre el desarrollo del mismo.
17. El personal que utilice el CONTRATISTA en la ejecución del presente contrato pertenecerá a la nómina de esta y estará a su cargo de manera exclusiva todas las obligaciones que resulten de la relación laboral, EL CONTRATANTE en ningún caso resultara responsable por obligación de ningún tipo adquirida por el CONTRATISTA, frente a sus Contratista y/o Proveedores.
18. Los procesos contratados comprenderán los elementos e insumos necesarios para la atención del mismo y los costos están incluidos dentro del valor del contrato.
19. Para la operatividad en el servicio contratado el contratista deberá cumplir con las especificaciones y recomendaciones técnicas establecidas por el CONTRATANTE.
20. El personal que utilice el Contratista para cumplir con el objeto contratado deberá estar afiliado al Sistema de Seguridad Social Integral de conformidad con las disposiciones legales y reglamentaria vigentes, así como las contribuciones especiales a que hubiere lugar por disposición legal y/o reglamentaria, anexando las correspondientes certificaciones actualizadas al respecto.
21. El Contratista se compromete a dar cumplimiento a la resolución 3100 de 2019 en relación al estándar xx xxxxxxx humano, específicamente en el cumplimiento de los requisitos de estudios formales y no formales para la prestación del servicio.
22. Todo el personal proporcionado por EL Contratista debe estar debidamente vinculado a su Entidad y haber cumplido para su vinculación, con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes. Así como contar con la cobertura por daños ocurridos en el ejercicio de su profesión.
23. Pagar todos los impuestos que se requieran y cumplir con todos los requisitos para su legalización. Otorgar las garantías que le solicite el CONTRATANTE.
24. El CONTRATISTA asumirá el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos que se utilizan para la ejecución del objeto contratado, así como las calibraciones periódicas debidamente certificadas.
25. El CONTRATISTA entregará las hojas de vida de los equipos destinados para el cumplimiento del objeto del servicio contratado.
26. El CONTRATISTA entregará las hojas de vidas del recurso humano que destine para el desarrollo del objeto contratado.
27. El CONTRATISTA debe articularse a los procesos, procedimientos y al modelo de atención de la ESE UNA.
28. El CONTRATISTA se obliga a poner a disposición las historias clínicas, en cualquier momento de la ejecución del contrato e, inclusive, una vez finalizado el mismo.
29. El CONTRATISTA se obliga a implementar los controles de calidad internos y externos de los equipos. Acatar las indicaciones o requerimientos escritos que haga el INTERVENTOR o el SUPERVISOR en el término establecido.
Página 71 de 96
30. Atender de manera oportuna y eficiente las quejas que sobre su personal se presenten en las sedes de LA E.S.E UNA., al igual que las solicitudes de modificación o ajustes del horario de prestación del servicio, solicitudes que deberán ser resueltas en un plazo máximo de dos (2) días calendario.
31. El contratista se compromete a atender a la mayor brevedad posible cualquier requerimiento realizado por LA E.S.E UNA, cuando una conducta cometida por alguno de sus trabajadores perturbe el correcto funcionamiento del servicio.
32. Demostrar que el personal que utilice para la ejecución del contrato, cumple con el esquema de vacunación que se requiera para el desarrollo del objeto, cuando estas sean necesarias y entregar en la oficina xx Xxxxxxx Humano y/o al supervisor, con el respectivo cuadro de vacunas.
33. Vacunación contra riesgos biológicos.
34. Protección requerida de acuerdo con la EMERGENCIA SANITARIA y los FACTORES de RIESGO descritos por el MINISTERIO de SALUD y de la PROTECCION SOCIAL Y EL MINISTERIO del TRABAJO RELACIONADAS CON LAS PATOLOGIAS ASOCIADAS al COVID-19.
35. Tomar las precauciones necesarias para la seguridad del personal que utilice para la ejecución del contrato, de acuerdo con las reglamentaciones vigentes en el país.
36. Comunicar de manera inmediata cualquier novedad o anomalía durante la ejecución del contrato, al supervisor del contrato y/o al SUBGERENTE TÉCNICO CIENTÍFICO, que perturbe la correcta ejecución del mismo. Salvaguardar la información confidencial que obtenga en desarrollo de sus actividades, salvo requerimiento valido de autoridad competente.
37. Presentar la factura original acompañada del certificado a satisfacción de servicios expedido por el supervisor del contrato o por quien haga sus veces, pagos al Sistema de Seguridad Social, pagos de impuestos y demás documentos exigidos por el área financiera, dentro de los diez (10) días siguientes al vencimiento del periodo mensual en la oficina de Contabilidad LA E.S.E UNA, para que se inicie el trámite correspondiente de pago.
38. Cumplir con todos los requisitos para la legalización del contrato.
39. Cumplir lo establecido en la propuesta, estudios previos y demás documentos que hacen parte integral del presente contrato para todos los efectos a que haya lugar.
40. Garantizar la prestación de los servicios de salud a que se refiere el presente Contrato de manera continua e ininterrumpida durante todo el tiempo de ejecución del Contrato, salvo eventos de fuerza mayor o caso fortuito que le impidan prestar dichos servicios.
41. Exigir el cumplimiento de las normas relativas a prestación de servicios de salud a los usuarios y al personal a su cargo, conforme los lineamientos y políticas de LA E.S.E UNA.
42. Diseñar un sistema de control de calidad, acorde con los lineamientos de la ESE relacionados con la acreditación institucional, que permita supervisar de forma periódica los diferentes procesos para la prestación de los servicios de salud.
43. Ajustarse a las actualizaciones y normas relacionadas con la prestación de los servicios de salud que emita el Ministerio de Salud y Protección Social, dentro de los plazos establecidos para tal fin.
44. Acatar las recomendaciones de la supervisión e interventoría de acuerdo con los informes que elaborará la persona designado para ello.
45. Asumir por su cuenta el costo de todos los servicios necesarios para el cumplimiento del Contrato, entre otros, los servicios públicos domiciliarios en la proporción que le corresponda, determinada con base en el área cedida por LA E.S.E UNA exclusivamente, el archivo clínico y registros estadísticos, el personal asistencial y administrativo y el pago de honorarios por servicios profesionales; PARÁGRAFO Los servicios públicos de agua y luz deben cancelarse conforme al consumo, para cuyos fines el aliado procurará instalar contadores independientes o establecerá una metodología de cálculo para determinar el consumo por capacidad instalada, carga instalada o potencia instantánea, previo aforo individual.
46. Ejecutar y cumplir el Plan de Inversiones y reposiciones con el que funcionará, de conformidad con los anexos técnicos y financieros del contrato.
Página 72 de 96
47. Cumplir el reglamento técnico y operativo para el servicio público de salud, de igual manera conservar las condiciones técnicas, administrativas, financieras con que es HABILITADA la ESE UNA para la prestación del servicio, en lo que sea de su competencia.
48. Realizar las actividades que correspondan para tener la información necesaria para la facturación de los servicios prestados que realizará LA E.S.E UNA a la EPS para el recaudo de los ingresos que se generen como consecuencia, el contratista deberá utilizar el sistema tecnológico, plataforma tecnológica o sistema de información de facturación con que cuente la LA E.S.E UNA.
49. Las glosas a la facturación realizada por la LA E.S.E UNA a las EPS se descontarán del valor de pago al CONTRATISTA si son imputables a él, de acuerdo con el manual de glosas.
50. Dar cumplimiento a las condiciones de su competencia en el marco del contrato para que LA E.S.E UNA cumpla en el Manual de Inscripción de Prestadores y habilitación de servicios contenido en la Resolución 3100 de 2019, o la norma que haga sus veces, para la Habilitación de Servicios de Salud.
51. Diseñar un sistema y plan de emergencias y desastres en coordinación con LA E.S.E UNA.
52. Participar y contribuir en las actualizaciones a las guías de manejo clínico en las especialidades quirúrgicas y clínicas, que contemplen de acuerdo a la evidencia científica, articulación o interdependencia con el servicio objeto del contrato, si a ello hubiere lugar.
53. Adelantar oportunamente las labores que resulten necesarias para el mantenimiento (preventivo y correctivo) de los bienes y equipos asociados a la prestación de los servicios de salud objeto del Contrato durante la ejecución del contrato, para cuyos fines deberá aportar los respectivos planes e informes.
54. Presentar los informes que le sean requeridos por parte de LA E.S.E UNA para el control y seguimiento del Contrato.
55. Asumir todos los costos, tasas, cobros, gastos e inversiones que demande el cumplimiento del objeto contractual.
56. Realizar el mantenimiento preventivo y correctivo del/os bienes inmuebles que sea entregado por LA
E.S.E UNA para la ejecución del Contrato, lo cual no constituye la entrega del mismo a título traslaticio del dominio sino a título de mera tenencia.
57. Suministrar la información que sea requerida sobre el desarrollo del Contrato, así como presentar oportunamente los planes y demás documentos exigidos por la ESE.
58. Elaborar y presentar ante las autoridades sanitarias y ambientales el Plan de Gestión Integral de Residuos Hospitalarios, previa articulación con LA E.S.E UNA.
59. Garantizar el uso del inmueble exclusivamente para el desarrollo del objeto contractual.
60. En el evento de requerir servicios ofertados y/o habilitados por LA E.S.E UNA, el CONTRATISTA deberá
adquirirlos exclusivamente con LA E.S.E UNA.
61. Entrega de los equipos adquiridos por el contratista durante la ejecución del contrato a la E.S.E UNA, en condiciones adecuadas para que esta continúe operando el servicio en términos de calidad, en una lista de inventarios y reposiciones realizadas.
62. Realizar el empalme con la E.S.E UNA, o quien esta disponga, garantizando la transferencia de conocimiento, entendimiento de la operación y poniendo a disposición los equipos adquiridos y suministrados durante la ejecución del contrato.
63. Cumplir con los acuerdos de niveles de servicios establecidos en conjunto con el interventor o el supervisor del contrato.
64. Todas las demás que por la naturaleza del servicio y por las disposiciones legales en Colombia regulen la materia.
65. Apoyo terapéutico
OBLIGACIONES DE ORDEN FINANCIERO:
1. El Contratista se obliga a participar del porcentaje de la facturación acorde al recaudo realizado por la ESE UNA en los porcentajes señalados en su oferta económica.
Página 73 de 96
2. La atención se prestará con autonomía técnica por parte del CONTRATISTA, pero será requisito indispensable para cada procedimiento, que el mismo esté acorde con la necesidad del paciente, respondiendo por las glosas que se hagan a la facturación por los servicios prestados.
3. Asumir por su cuenta el costo de todos los servicios necesarios para el cumplimiento del Contrato, entre otros, los servicios públicos domiciliarios en la proporción que le corresponda, determinada con base en el área cedida por LA E.S.E UNA exclusivamente, PARÁGRAFO Los servicios públicos de gas, agua y luz deben cancelarse conforme al consumo, para cuyos fines el CONTRATISTA procurará instalar contadores independientes o establecerá una metodología de cálculo para determinar el consumo por capacidad instalada, carga instalada o potencia instantánea, previo aforo individual.
4. Presentar la factura original acompañada del certificado a satisfacción de servicios expedido por el supervisor o interventor del contrato o por quien haga sus veces, pagos al Sistema de Seguridad Social, pagos de impuestos y demás documentos exigidos por el área financiera, y el pago se realizar dentro de los treinta (30) días siguientes al recaudo efectivo de los pagos realizados por las ERP sobre las facturas radicadas que estén relacionadas con los servicios objeto de la alianza. Parágrafo: La cuantía, periodicidad, y procedimiento será definido con el interventor previo al inicio del contrato, atendiendo al manual de pagos de la entidad y la normatividad vigente que regula la facturación.
5. Realizar las actividades que correspondan para tener la información necesaria para la facturación de los servicios prestados que realizará LA E.S.E UNA a la EPS para el recaudo de los ingresos que se generen como consecuencia, el contratista deberá utilizar el sistema tecnológico, plataforma tecnológica o sistema de información de facturación con que cuente LA E.S.E UNA.
6. Las glosas relacionadas con las actividades del Aliado, realizadas por las ERP a la E.S.E. UNA, se descontarán del valor del pago si son imputables a él, surtida la etapa de conciliación de glosas y en cuyo proceso de conciliación de glosas hubiese participado el Aliado y cuya conciliación de glosas hubiere sido autorizada por el ALIADO.
7. Ejecutar y cumplir el Plan de Inversiones y reposiciones con el que funcionará, de conformidad con los anexos técnicos y financieros del contrato.
8. Asumir todos los costos, tasas, cobros, gastos e inversiones que demande el cumplimiento del objeto contractual
9. El contratista asumirá los costos por concepto de, aseo hospitalario y recolección de material biológico, para lo cual se establecerá una metodología de cálculo para determinar el costos de los mismos.
10. Asumir por su cuenta el costo de los servicios de apoyo logístico y de mantenimiento de los espacios de uso de las Ucis, objeto del contrato, siendo entre otros: alimentación, vigilancia, aseo, lavandería y manejo de residuos patógenos.
ASIGNACIÓN DE RIESGOS PREVISIBLES
El CONTRATISTA asume de forma obligatoria, los riesgos previsibles identificados y plasmados en los TERMINOS DE CONDICIONES, y aceptados en su propuesta.
El riesgo en la prestación del servicio:
Página 74 de 96
es la probabilidad de que aparezcan resultados adversos, como consecuencia de la situación creada por la misma. Por lo tanto, riesgo es la expresión global del riesgo que corre el paciente que recibe la prestación de los servicios.
Estos incidentes, se pueden mitigar, minimizar o evitar mediante barreras de seguridad durante la prestación de los servicios tales como:
1) La adherencia a la política institucional y programa de seguridad del paciente de la ESE UNA y sus sedes
2) La Implementación xx xxxxxxxx de seguridad que minimizar las ocurrencias de eventos adversos y accidentes laborales ; identificación correcta de los pacientes ( verbal y escrita), uso de medidas de bioseguridad para la prevención de infecciones asociadas al proceso de atención ( lavado de manos, uso de EPP, prescripción de antibióticos racional, aplicación de medidas de bioseguridad en la ejecución de los procedimientos, uso técnicas asépticas en los procedimientos requeridos , reporte de sospecha de las infecciones asociadas al proceso de atención al programa de seguridad del paciente ,asociadas a tecnovigilancia - farmacovigilancia – reactivo vigilancia o-hemo vigilancia , entre otros ) prevenir las caídas durante la atención, seguridad en la administración de medicamentos , identificación segura del paciente en ayudas diagnosticas en la etapa pre- trans y post de la atención.
3) Aplicación de las guías de atención requeridas e implementadas en la ESE Universitaria del Atlántico
4) Dar cumplimiento a los procedimientos administrativos de la ESE para garantizar la calidad de la prestación de servicios y velar por las condiciones de habilitación de los servicios prestados a la ESE Universitaria ante el SOGC
5) Cumplir y velar porque su personal a cargo se adhiera a la política de seguridad del paciente y las estrategias para minimizar los incidentes y/o eventos adversos a la calidad de la atención durante la ejecución de los procedimientos a cada paciente y cuidador.
Huelga o alteraciones del orden público.
Impedimentos para que el contratista pueda entrar a las instalaciones de la Unidad de imágenes diagnosticas y/o prestar sus servicios. Caso en el cual corresponderá al contratista denunciar ante las autoridades competentes la obstaculización del servicio.
Riesgo de cambios de reglamentación durante la ejecución del proyecto.
Realizar una investigación detallada de todos los factores inherentes a la concepción del proyecto. Contratar asesor Jurídico externo para asesorar el marco regulatorio del proyecto.
Deterioro o daño a la Destrucción o robo de los bienes, infraestructura acondicionada equipos e insumos de la Unidad. para el desarrollo del contrato.
Contar con procedimientos estándar de seguridad. Contratación de empresa de seguridad en caso de requerirse.
Tener un buen control y custodia de los equipos, materiales e insumos de la Unidad. Riesgo de incumplimiento.
Pólizas de seguros que ampare la situación.
Tasa de cambio monetario Riesgo de limitaciones Análisis de la situación.
Página 75 de 00
Xxxx xxx XXXXX/ Peso, que afecte presupuestalmente la inversión, o cambio del presupuesto del proyecto al momento de comprar equipos, dentro de un escenario de normalidad xxx xxxxxxx, será asumido por el contratista. En el evento que sean anormales, solicitud de modificación a la entidad, y se debe manejar el sistema de seguro de riesgos para cubrir contingencias derivadas de fluctuaciones macroeconómicas.
RIESGOS NATURALES Interrupción o contención de las actividades del contrato
Solicitud de modificación a la entidad, con fundamento en la cláusula de fuerza mayor o caso fortuito Cambios en la planificación del proyecto, demoras en cronogramas y posibles costos mayores.
RIESGOS AMBIENTALES -SALUD LABORAL Contaminación por el material Interrupción o contención de las Implementación de un sistema propongan acciones de corrección.
Los efectos favorables o desfavorables derivados de las variaciones en los precios xx xxxxxxx de los insumos necesarios (incluyendo mano de obra y servicios) para ejecutar el contrato, así como, para la prestación de los servicios en la Etapa de Operación, sin que existan cubrimientos o compensaciones de parte la ESE UNA.
Los efectos favorables o desfavorables de la alteración de las condiciones de financiación y/o costos de la liquidez que resulten de la variación en las condiciones xxx xxxxxxx, toda vez que es una obligación contractual del CONTRATISTA obtener la completa financiación para la ejecución del Proyecto, para lo cual el contratista tiene plena libertad en la consecución de los recursos necesarios para el desarrollo del Proyecto y no existirán cubrimientos o compensaciones de parte de la ESE UNA, como consecuencia de la variación entre cualquier estimación inicial de las condiciones de financiación. En cuyo caso el contratista garantiza el origen lícito de los recursos, respondiendo en forma directa y exclusiva por los mismos.
Los efectos desfavorables derivados de todos y cualesquiera daños, perjuicios o pérdidas de los bienes de su propiedad causados por terceros, sin perjuicio de su facultad de exigir a terceros diferentes de la E.S.E UNA la reparación o indemnización de los daños y perjuicios directos ylo subsecuentes cuando a ello haya lugar
Los efectos favorables o desfavorables derivados de las variaciones en la rentabilidad del negocio y obtención de utilidades o sufrimiento de pérdidas, toda vez que la retribución del CONTRATISTA, compensa todas las obligaciones y riesgos asumidos por éste, incluyendo el riesgo de habilitación
En general, los efectos favorables o desfavorables de las variaciones de los componentes económicos, técnicos y legales requeridos para cumplir con las obligaciones del CONTRATISTA necesarias para la cabal ejecución de este Contrato.
Los efectos derivados de la destrucción total o parcial o hurto de los bienes, materiales y equipos Los efectos desfavorables de la variación de la demanda del servicio.
A. SUCURSAL EN COLOMBIA
En los términos de los artículos 471 y 474 del Código de Comercio, las sociedades extranjeras que hagan parte del contratista, que no tenga(n) domicilio en Colombia, deberán constituir dentro de los treinta (30) días siguientes a la suscripción del Contrato, una sucursal en Colombia, cuyo objeto social contemple la suscripción y ejecución del Contrato adjudicado, y que se mantenga vigente por el plazo de ejecución del mismo y un (1) año más. La sucursal se deberá establecer de acuerdo con los parámetros establecidos en la ley comercial. El
Página 76 de 96
incumplimiento de estos compromisos será considerado como incumplimiento contractual y dará lugar a la imposición de multas en los términos del Contrato.
7.3 PERSONAL PROFESIONAL
LA INFORMACION SOBRE EL PERSONAL PROFESIONAL PARA LA EJECUCION DEL PROYECTO CONSTA EN LOS TERMINOS DE CONDICIONES Y/O EN EL ANEXO TECNICO DEL PROCESO.
7.4 CONSIDERACIONES PARA EL ANÁLISIS DEL PERSONAL
Para efectos del análisis de la información del personal, se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones:
• Los plazos serán aproximados por exceso o por defecto al número entero siguiente, así: cuando la décima de mes sea igual o superior a cinco se aproximará por exceso al número entero siguiente y cuando la décima de mes sea inferior a cinco se aproximará por defecto al número entero de mes.
• Como Experiencia Aceptable de los profesionales se entiende el tiempo transcurrido desde el momento en que la norma que reglamente la respectiva profesión, establezca el ejercicio legal de la misma, o a partir de la fecha de grado para aquellas que no estén reglamentadas o que hayan sido reglamentadas con posterioridad a ésta fecha, hasta la fecha de cierre del plazo de la Convocatoria. En el caso de profesionales que hayan ejercido la profesión en el exterior con anterioridad a la obtención de la matrícula en el país, esa experiencia se tomara a partir de la fecha de la matrícula o su equivalente en el país de origen o donde hubiere trabajado.
• La experiencia como profesor de cátedra, director de proyectos de investigación, de tesis o asesor de proyectos de tesis; no se tendrá en cuenta como experiencia específica de los profesionales.
• Si durante un mismo período el profesional participó en más de un proyecto, no se tendrá en cuenta el tiempo que se superponga.
• El proponente que ofrezca personal con títulos académicos otorgados en el exterior, deberá acreditar en el término señalado, la convalidación y homologación de estos títulos ante el Ministerio de Educación Nacional, para lo cual deberá iniciar con suficiente anticipación los trámites requeridos.
• Los títulos de postgrado deberán acreditarse mediante copia de los diplomas; de lo contrario, no se tendrán en cuenta.
• En la determinación de la experiencia de los profesionales se aplicará la equivalencia, así:
POSTGRADO CON TÍTULO | EXPERIENCIA GENERAL |
ESPECIALIZACIÓN | VEINTICUATRO (24) MESES |
MAESTRÍA | TREINTA Y SEIS (36) MESES |
DOCTORADO | XXXXXXXX X XXXX (48) MESES |
NOTA: Esta equivalencia sólo es válida en el sentido de estudios a experiencia y de experiencia a títulos.
La incorporación de personal profesional, técnico y asistencial a la Obra deberá efectuarse en forma gradual dependiendo de la iniciación de las obras.
Página 77 de 96
7.5 RELACIÓN DEL EQUIPO REQUERIDO
El proponente deberá aportar dentro del término fijado la relación del equipo mínimo obligatorio y todo el que en su concepto se requiere para ejecutar el contrato de conformidad con el anexo técnico, los cuales deben cumplir con las especificaciones técnicas y deberá tenerlo disponible de manera inmediata.
El Equipo suministrado deberá tener la capacidad y rendimiento de operación que requiera la ejecución del proyecto.
El Contratista deberá suministrar y mantener el equipo necesario y suficiente, adecuado en capacidad y rendimiento de operación que requiera la ejecución del proyecto, características, tecnología y estado de operación, para cumplir con los programas, plazos y especificaciones técnicas; por lo tanto, los costos inherentes al equipo serán considerados en el análisis de los precios unitarios de la propuesta.
La Interventoría durante el desarrollo de proyecto verificará que el equipo ofrecido en su propuesta se encuentra completo y en perfecto estado de funcionamiento.
EQUIPO | CANTIDAD | ESPECIFICACIONES |
DIGITALIZADOR MG (CR) | 1 | El programa de identificación de imágenes y control de calidad de Agfa para lograr un flujo en radiografía que sea a la vez lo más eficiente y óptimo. Es totalmente compatible con DICOM, lee placas a una velocidad de 60 placas por hora de la más grande medida (35 x 43 cm). El CR 30-Xm utiliza chasis con memoria incorporada en la que se almacenan los datos introducidos durante el proceso de identificación. La tarjeta de antena integrada permite una identificación de los datos mediante un marcado de radiofrecuencias sin contacto. Por consiguiente, se establece desde el principio del proceso una asociación permanente entre los datos de identificación y la imagen que está presente a lo largo de todo el sistema de procesado electrónico. El versátil CR 30-Xm ofrece la alta calidad necesaria para la mamografía digital, así como para una amplia gama de aplicaciones. Un digitalizador CR accesible de sobremesa. • Solución completa para la mamografía digital y todas las aplicaciones de radiografía general. • Sin concesiones en la calidad de imagen. • Cabe en espacios pequeños y es ideal para aplicaciones móviles. • Fácil de instalar y mantener. • Flujo de trabajo cómodo y rápido. • Memoria integrada de imágenes y enlace de datos del paciente. |
DIGITALIZADOR RX(CR) | 1 | EN CR, LOS CASETES CON PLACAS DE FÓSFORO se utilizan en lugar de los casetes con rayos X. La imagen formada en las placas de fósforo se transfiere a la computadora a través de escáneres digitales. En los exámenes en la pantalla del ordenador, la configuración de la imagen se puede repetir según se desee y el fenómeno se observa con mayor claridad. Las imágenes se pueden almacenar durante años para su seguimiento. Además, el paciente está protegido de los problemas de transporte y almacenamiento de la película de |
Página 78 de 96
rayos X, se puede proporcionar un CD o DVD como se desee o la imagen se puede enviar por correo electrónico. | ||
ECÓGRAFO | 1 | CARACTERÍSTICAS: • Monitor de alta definición. • Cuatro conectores activos para transductores. • Ajustes personalizables basados en su propio estilo de trabajo. • 4D en tiempo real, sólo requiere adquirir el transductor volumétrico que se vende por separado. • Pantalla: Pantalla LCD de 15 pulgadas de alta resolución. • Frecuencia de los transductores: Hasta 15 MHz (dependiendo del transductor). • Conectores transductores: 4 activos (estándar). • Tecnología Digital: • Plataforma de PC • Imagen Tejido Armónico (THI) • Imagen compuesta • Formación Digital haz (DBF) • M-Turning, botón de optimización de imagen • Cinco variables de frecuencia • Imagen trapezoidal y panorámica • Ángulo de exploración: Hasta 180 grados (dependiendo del transductor). • Escaneo profundidad (mm): Hasta 330 (dependiendo del transductor). Procesador Imagen: • Pre-procesado: • 8-segmentos TGC • Procesamiento de Imágenes • Rango Dinámico • Mejora de Imagen • Ángulo de Exploración • Rango de potencia • Rotación de imagen en intervalo de 90 grados • Post-tratamiento: Mapa de grises • Negro/blanco inversa • Izquierda/derecha inversa arriba/abajo revertir |
FLAR PANEL (DR) | 1 | Características del dispositivo: • Detector de panel plano (flat panel detector (FPD), por sus siglas en inglés) más liviano del mundo, pesa apenas 2,9 kg (6,4 lb), y es compatible con el trabajo en red inalámbrico, que transmite las imágenes capturadas a la consola. • Los tecnólogos pueden realizar fácilmente exámenes sin bandejas. • El Xxxxx cuenta con proyecciones como 'table top' o 'Cross table'. • Inmediatamente después de la exposición —en apenas tres segundos—, aparece una vista previa en la pantalla de la nueva consola CS-7. • El dispositivo acepta casete de 14 x 17, las mismas dimensiones que un casete de película que cumple con la norma ISO 4090, de modo que se ajusta a |
Página 79 de 96
cualquier bandeja Xxxxx de pared o mesa, sin necesidad de realizar modificaciones. | ||
RAYOS X FIJO | 1 | RAYOS X FIJO El sistema xx xxxxx es un equipo analógico que se adapta a su flujo de trabajo y presupuesto. El sistema está compuesto por un generador xx xxxxx x de alta frecuencia que entrega imágenes radiográficas de muy alta calidad diagnostica. • Generadores: 30 Kw, 40Kw, 50Kw, 65 Kw y 80Kw • Tubos: desde 140KHU hasta 600 KHU • Mesas: Fija, flotante o con elevación • Columna porta tubo Autosoportante, piso-Techo, piso- pared o 3D • Estativo: Con variación de altura o basculante • Opcionales: AEC, cámaras de ionización, Xxxxx recipromática • El equipo permite una fácil digitalización mediante la incorporación de uno o dos flat panel que se pueden conectar fácilmente al generador. |
RESONADOR MAGNÉTICO | 1 | Resonador Magnético de imágenes Respalde sus decisiones clínicas aprovechando nuestras soluciones de imágenes basadas en la tecnología xx xxxxx ancha digital dStream, presente en más de 2000 instalaciones en todo el mundo. Acelere el rendimiento del paciente con el flujo de trabajo Breeze simplificado. Una interfaz de usuario intuitiva, mejorada con procedimientos de examen estandarizados y guiados que le ayuda a realizar exámenes rutinarios de MRI desde el primer dia. Además, con bajos costes de instalación, soporte continuo y ampliación sencillas, puede continuar mejorando sus posibilidades. -Obtenga imágenes uniformes y de gran calidad con dStream, nuestra tecnología digital xx xxxxx ancha Nuevas posibilidades para la RM gracias a la tecnología digital xx xxxxx ancha dStream y a nuestras soluciones de imagen. Al digitalizar la señal en la bobina se captura la señal de RM en su forma más pura, de modo que aumenta la relación señal/ruido para mejorar la calidad de la imagen o reducir la duración del estudio. Acelere el flujo de trabajo al reducir el número de pasos necesarios para el posicionamiento Breeze Workflow reduce el número de pasos necesarios para el posicionamiento hasta en un 34%¹, y permite acelerar el flujo de trabajo de estudios diario. Gracias al Breeze Workflow, la preparación del paciente resulta intuitiva y la manipulación de la bobina es mínima. Reduzca la necesidad de realizar costosas modificaciones Para facilitar la colocación de un equipo de RM nuevo en una sala ya existente, Prodiva 1.5T CX dispone de un pequeño campo magnético en un imán ligero. Así ya no será necesario realizar costosas modificaciones, como derribar xxxxxxx, xxxxx la altura de los techos o reforzar los suelos. Domine rápidamente la adquisición de imágenes Gracias a la automatización inteligente y a Breeze Workflow cualquier usuario puede dominar rápidamente la adquisición rutinaria de imágenes. El sistema automatiza numerosas tareas |
Página 80 de 96
estándar, como el posicionamiento de la mesa y la selección de la bobina, a fin de optimizar los resultados del trabajo rutinario. Con Breeze Workflow, el número de pasos necesarios para el posicionamiento se reduce hasta en un 34%¹, lo que agiliza los estudios y aumenta el volumen de pacientes. | ||
TOMÓGRAFO | 1 | TOMÓGRAFO Categoría: Imagenología Etiqueta: GE Un sistema de tomografía computarizada (CT) que le brinda una resolución de imagen superior, mientras reduce las dosis. Todo diseñado para mejorar sus capacidades de diagnóstico. El poder de realizar Con su nuevos y potentes generador y tubo, LightSpeed Pro16 proporciona la base para velocidades de rotación de Gantry más rápidas y una calidad de imagen mejorada. Gestión responsable de la dosis LightSpeed Pro16 lleva la gestión de la dosis a un nivel completamente nuevo con diversas funciones de reducción. Escaneo más rápido Diseñado para ofrecer una velocidad de rotación de 0,4 segundos. Productividad de Xtream™ Proporciona un flujo de trabajo superior, productividad mejorada y mayor rendimiento. |
ARCO EN C | 1 | DESCRIPCION: LOS ARCOS EN C móviles para fluoroscopia televisada marca WDM fabricados con los más altos estándares de calidad y tecnología de avanzada en sus componentes, como generadores de potencia de alta frecuencia (HF), sistema de obtención de imagen digital con cámara (CCD Detector) de alta sensibilidad integrada al intensificador y monitores de alta resolución, permiten con bajas dosis de radiación y tiempos mínimos de exposición obtener excelentes imágenes detalladas de los procedimientos sin sobre exponer al paciente ,operario y/o médico. La regulación automática de dosis permite que la exposición se ajuste automáticamente a la densidad del paciente, en forma constante y óptima durante el tiempo de exploración. La estructura mecánica general es un diseño ergonómico y compacto. Su programación de parámetros con teclado touch button se muestran en display digital que programan el microcomputador fácil de operar y las imágenes por ser digitales puede ser procesadas en dispositivos auxiliares para ser impresas en papel, película o grabadas en CD o DVD. El intensificador de 9” (22.86 cm) se puede reducir el campo a 6” (15.24 cm) y 4” (10.16cm) para permitir la visualización en tiempo real desde las grandes estructuras hasta las pequeñas de huesos de las manos y pies con una gran resolución por la calidad de la cámara digital que procesa la imagen a visualizar durante el procedimiento. Otras Características y Ventajas del Equipo de Arco en C Otras características del equipo son: - Gran Profundidad del arco que incide en la accesibilidad y versatilidad -Movimientos balanceados mecánicamente para una ubicación manual rápida y ligera. - Frenos mecánicos que aseguran un transporte seguro |
Página 81 de 96
-Control fácil con la consola táctil giratoria -El intensificador de imagen Arco en C ofrece gracias a sus características las siguientes ventajas: -Reducción de Dosis. -Máxima eficiencia de Potencia en Modo Pulsado. -Menor peso mejor maniobrabilidad. Excelente calidad de imagen. "Combinación única entre bajo peso con gran fortaleza resultando en un sistema de fluoroscopio móvil potente, compacto, ergonómico, con una alimentación de línea estándar." |
EQUIPO | CANTIDAD | ESPECIFICACIONES |
ECÓGRAFO | 2 | CARACTERÍSTICAS: • Monitor de alta definición. • Cuatro conectores activos para transductores. • Ajustes personalizables basados en su propio estilo de trabajo. • 4D en tiempo real, sólo requiere adquirir el transductor volumétrico que se vende por separado. • Pantalla: Pantalla LCD de 15 pulgadas de alta resolución. • Frecuencia de los transductores: Hasta 15 MHz (dependiendo del transductor). • Conectores transductores: 4 activos (estándar). • Tecnología Digital: • Plataforma de PC • Imagen Tejido Armónico (THI) • Imagen compuesta • Formación Digital haz (DBF) • M-Turning, botón de optimización de imagen • Cinco variables de frecuencia • Imagen trapezoidal y panorámica • Ángulo de exploración: Hasta 180 grados (dependiendo del transductor). • Escaneo profundidad (mm): Hasta 330 (dependiendo del transductor). Procesador Imagen: • Pre-procesado: • 8-segmentos TGC • Procesamiento de Imágenes • Rango Dinámico • Mejora de Imagen • Ángulo de Exploración • Rango de potencia • Rotación de imagen en intervalo de 90 grados • Post-tratamiento: Mapa de grises • Negro/blanco inversa Izquierda/derecha inversa arriba/abajo revertir |
RAYOS X MÓVIL | 1 | Sistema móvil de radiografía digital, Con MobileDiagnost WDR, continúa la historia de acceso DR y flexibilidad xx Xxxxxxx. Mobile Diagnost ofrece soluciones premium para imágenes de calidad y |
Fuente: E.S.E. Universitaria SEDE CACE PEDIATRICO
Página 82 de 96
excelente manejo de dosis xx xxxxx X. Utilice DR donde lo necesite y cuando lo necesite. características -Detector inalámbrico para posicionamiento confortable y versátil. -Disfrute un funcionamiento de examen fácil y rápido con el uso de los detectores portátiles inalámbricos SkyPlate y sus accesorios. El posicionamiento flexible hace que los exámenes sean más cómodos. Sistema móvil xx xxxxx X puede ingresar en todas las áreas del hospital Aplique radiografía digital premium (DR) a los pacientes inmóviles en todas las áreas del hospital. Con MobileDiagnost wDR, puede disfrutar una calidad de imagen excelente y gran eficiencia del flujo de trabajo en una sala con radiografía digital premium xx Xxxxxxx en un sistema flexible y móvil xx xxxxx X. MobileDiagnost wDR cuenta con maniobrabilidad excepcional, diseño inteligente del sistema y control motorizado -Procesamiento de imagen UNIQUE para una calidad uniforme de la imagen Este software de procesamiento de imagen proporciona imágenes uniformes y excelentes para todas las áreas anatómicas. Desde la adquisición de la imagen hasta la lectura e impresión, UNIQUE optimiza cada enlace de la cadena de imágenes para producir imágenes clínicas sorprendentes y ayudar a procedimientos rápidos y ágiles Interfaz de usuario Eleva para simplificar el flujo de trabajo El monitor de 17", diseño de pantalla táctil y diseño intuitivo de la interfaz de usuario Eleva se ajusta de forma ideal a las instalaciones ocupadas con un flujo de trabajo elevado. Los preajustes y perfiles de usuario personalizados resultan en un flujo de trabajo más automatizado, con imágenes disponibles en sólo cinco segundos. Las pestañas de imagen clínica y la manipulación intuitiva de imagen permiten que los exámenes finalicen rápidamente. Opciones de conectividad para la transferencia simple de datos -Seleccione desde una conexión inalámbrica o LAN para transferir los datos desde y hacia su MobileDiagnost wDR. -Disponibilidad rápida de imagen para retroalimentación inmediata El tiempo normal para desplegar la imagen previa es sólo cinco segundos. En ese mismo tiempo corto, la imagen también puede transmitirse a PACS. | ||
TOMÓGRAFO | 1 | TOMÓGRAFO Categoría: Imagenología Etiqueta: GE Un sistema de tomografía computarizada (CT) que le brinda una resolución de imagen superior, mientras reduce las dosis. Todo diseñado para mejorar sus capacidades de diagnóstico. El poder de realizar Con su nuevos y potentes generador y tubo, LightSpeed Pro16 proporciona la base para velocidades de rotación de Gantry más rápidas y una calidad de imagen mejorada. Gestión responsable de la dosis LightSpeed Pro16 lleva la gestión de la dosis a un nivel completamente nuevo con diversas funciones de reducción. Escaneo más rápido |
Página 83 de 96
Diseñado para ofrecer una velocidad de rotación de 0,4 segundos. Productividad de Xtream™ Proporciona un flujo de trabajo superior, productividad mejorada y mayor rendimiento. | ||
ARCO EN C | 1 | DESCRIPCION: LOS ARCOS EN C móviles para fluoroscopia televisada marca WDM fabricados con los más altos estándares de calidad y tecnología de avanzada en sus componentes, como generadores de potencia de alta frecuencia (HF), sistema de obtención de imagen digital con cámara (CCD Detector) de alta sensibilidad integrada al intensificador y monitores de alta resolución, permiten con bajas dosis de radiación y tiempos mínimos de exposición obtener excelentes imágenes detalladas de los procedimientos sin sobre exponer al paciente ,operario y/o médico. La regulación automática de dosis permite que la exposición se ajuste automáticamente a la densidad del paciente, en forma constante y óptima durante el tiempo de exploración. La estructura mecánica general es un diseño ergonómico y compacto. Su programación de parámetros con teclado touch button se muestran en display digital que programan el microcomputador fácil de operar y las imágenes por ser digitales puede ser procesadas en dispositivos auxiliares para ser impresas en papel, película o grabadas en CD o DVD. El intensificador de 9” (22.86 cm) se puede reducir el campo a 6” (15.24 cm) y 4” (10.16cm) para permitir la visualización en tiempo real desde las grandes estructuras hasta las pequeñas de huesos de las manos y pies con una gran resolución por la calidad de la cámara digital que procesa la imagen a visualizar durante el procedimiento. Otras Características y Ventajas del Equipo de Arco en C Otras características del equipo son: - Gran Profundidad del arco que incide en la accesibilidad y versatilidad -Movimientos balanceados mecánicamente para una ubicación manual rápida y ligera. - Frenos mecánicos que aseguran un transporte seguro -Control fácil con la consola táctil giratoria El intensificador de imagen Arco en C ofrece gracias a sus características las siguientes ventajas: -Reducción de Dosis. -Máxima eficiencia de Potencia en Modo Pulsado. -Menor peso mejor maniobrabilidad. Excelente calidad de imagen. "Combinación única entre bajo peso con gran fortaleza resultando en un sistema de fluoroscopio móvil potente, compacto, ergonómico, con una alimentación de línea estándar." |
Fuente: E.S.E. Universitaria
SEDE CACE SOLEDAD
EQUIPO | CANTIDAD | ESPECIFICACIONES |
Digitalizador RX (CR) | 1 | DIGITALIZADOR RX (CR) Solución de radiografía computerizada, altamente versátil y compacta, que ofrece una elevada calidad de imagen y alta productividad, el CR 15-X, de sobremesa, usa un diseño modular y sólido que combina lo asequible con una elevada calidad de imagen, una velocidad regulable y un flujo de trabajo regulable por el usuario. Versátil, este digitalizador de |
Página 84 de 96
radiografía computerizada (CR) puede manejar una amplia gama de aplicaciones de radiografía digital. Equilibrando velocidad y resolución Con el CR 15-X, el usuario puede elegir el nivel de ajuste de velocidad y resolución, dependiendo de las necesidades del examen. El usuario puede modificar con facilidad los parámetros por defecto, dependiendo de las prioridades específicas de velocidad y calidad, estudio a estudio. El software inteligente de procesamiento de imágenes MUSICA de Agfa HealthCare optimiza automáticamente la calidad de la imagen. El coste total de propiedad se mantiene bajo, gracias a la facilidad de su instalación, mantenimiento y uso, Esto lo convierte en un instrumento asequible para el paso de analógico a digital. Gracias al CR 15-X, los entornos hospitalarios, las clínicas y las consultas privadas pueden beneficiarse del cómodo y rápido flujo de trabajo que ofrece la radiografía digital. SÓLIDO Y FÁCIL DE INSTALAR Y MANTENER - La instalación del CR 15-X es rápida y fácil. Con su concepto “sólo necesita un destornillador” y su diseño modular basado en módulos, su mantenimiento es más rápido, más fácil y rentable. En consecuencia, los costes de instalación son más bajos y la instalación es más sencilla y rápida. La introducción horizontal de los chasis evita que entre polvo y suciedad durante el funcionamiento normal. Adecuado para pequeños espacios y para aplicaciones móviles. Con su tamaño de sobremesa, el digitalizador CR 15-X se puede colocar fácilmente en cualquier lugar, por muy pequeño que sea. Su diseño siempre tiene en cuenta la facilidad de uso. El CR 15-X también se puede integrar en furgonetas, camiones y otras instalaciones móviles, para aplicaciones móviles. Debido a su bajo consumo de energía, la conexión a batería se puede realizar con facilidad. Sus capacidades de trabajo en red permiten una integración perfecta El CR 15-X es totalmente compatible con DICOM, lo que hace que sea fácil la integración del digitalizador con otros elementos de la solución sea fácil. Recomendamos su combinación con el software SE Suite de Agfa HealthCare para una solución completa a las copias digitales o con la impresora digital directa DRYSTAR 5302 para una solución a las copias físicas. | ||
ECÓGRAFO | 1 | CARACTERÍSTICAS: • Monitor de alta definición. • Cuatro conectores activos para transductores. • Ajustes personalizables basados en su propio estilo de trabajo. • 4D en tiempo real, sólo requiere adquirir el transductor volumétrico que se vende por separado. • Pantalla: Pantalla LCD de 15 pulgadas de alta resolución. • Frecuencia de los transductores: Hasta 15 MHz (dependiendo del transductor). • Conectores transductores: 4 activos (estándar). • Tecnología Digital: • Plataforma de PC |
Página 85 de 96
• Imagen Tejido Armónico (THI) • Imagen compuesta • Formación Digital haz (DBF) • M-Turning, botón de optimización de imagen • Cinco variables de frecuencia • Imagen trapezoidal y panorámica • Ángulo de exploración: Hasta 180 grados (dependiendo del transductor). • Escaneo profundidad (mm): Hasta 330 (dependiendo del transductor). Procesador Imagen: • Pre-procesado: • 8-segmentos TGC • Procesamiento de Imágenes • Rango Dinámico • Mejora de Imagen • Ángulo de Exploración • Rango de potencia • Rotación de imagen en intervalo de 90 grados • Post-tratamiento: Mapa de grises • Negro/blanco inversa Izquierda/derecha inversa arriba/abajo revertir | ||
RAYOS X FIJO | 1 | RAYOS X FIJO GXR El sistema xx xxxxx es un equipo analógico que se adapta a su flujo de trabajo y presupuesto. El sistema está compuesto por un generador xx xxxxx x de alta frecuencia que entrega imágenes radiográficas de muy alta calidad diagnostica. • Generadores: 30 Kw, 40Kw, 50Kw, 65 Kw y 80Kw • Tubos: desde 140KHU hasta 600 KHU • Mesas: Fija, flotante o con elevación • Columna porta tubo Autosoportante, piso-Techo, piso-pared o 3D • Estativo: Con variación de altura o basculante • Opcionales: AEC, cámaras de ionización, Xxxxx recipromática • El equipo permite una fácil digitalización mediante la incorporación de uno o dos flat panel que se pueden conectar fácilmente al generador. |
RAYOS X MÓVIL | 1 | MOBILEDIAGNOST WDR Sistema móvil de radiografía digital, Con MobileDiagnost WDR, continúa la historia de acceso DR y flexibilidad xx Xxxxxxx. Mobile Diagnost ofrece soluciones premium para imágenes de calidad y excelente manejo de dosis xx xxxxx X. Utilice DR donde lo necesite y cuando lo necesite. características -Detector inalámbrico para posicionamiento confortable y versátil. -Disfrute un funcionamiento de examen fácil y rápido con el uso de los detectores portátiles inalámbricos SkyPlate y sus accesorios. El posicionamiento flexible hace que los exámenes sean más cómodos. Sistema móvil xx xxxxx X puede ingresar en todas las áreas del hospital |
Página 86 de 96
Aplique radiografía digital premium (DR) a los pacientes inmóviles en todas las áreas del hospital. Con MobileDiagnost wDR, puede disfrutar una calidad de imagen excelente y gran eficiencia del flujo de trabajo en una sala con radiografía digital premium xx Xxxxxxx en un sistema flexible y móvil xx xxxxx X. MobileDiagnost wDR cuenta con maniobrabilidad excepcional, diseño inteligente del sistema y control motorizado -Procesamiento de imagen UNIQUE para una calidad uniforme de la imagen Este software de procesamiento de imagen proporciona imágenes uniformes y excelentes para todas las áreas anatómicas. Desde la adquisición de la imagen hasta la lectura e impresión, UNIQUE optimiza cada enlace de la cadena de imágenes para producir imágenes clínicas sorprendentes y ayudar a procedimientos rápidos y ágiles Interfaz de usuario Eleva para simplificar el flujo de trabajo El monitor de 17", diseño de pantalla táctil y diseño intuitivo de la interfaz de usuario Eleva se ajusta de forma ideal a las instalaciones ocupadas con un flujo de trabajo elevado. Los preajustes y perfiles de usuario personalizados resultan en un flujo de trabajo más automatizado, con imágenes disponibles en sólo cinco segundos. Las pestañas de imagen clínica y la manipulación intuitiva de imagen permiten que los exámenes finalicen rápidamente. Opciones de conectividad para la transferencia simple de datos -Seleccione desde una conexión inalámbrica o LAN para transferir los datos desde y hacia su MobileDiagnost wDR. -Disponibilidad rápida de imagen para retroalimentación inmediata El tiempo normal para desplegar la imagen previa es sólo cinco segundos. En ese mismo tiempo corto, la imagen también puede transmitirse a PACS. |
Fuente: E.S.E. Universitaria
SEDE CACR SABANALARGA
EQUIPO | CANTIDAD | ESPECIFICACIONES |
DIGITALIZADOR MG (CR) | 1 | SE COMBINA CON NX, el programa de identificación de imágenes y control de calidad de Agfa para lograr un flujo en radiografía que sea a la vez lo más eficiente y óptimo. Es totalmente compatible con DICOM, lee placas a una velocidad de 60 placas por hora de la más grande medida (35 x 43 cm). El CR 30-Xm utiliza chasis con memoria incorporada en la que se almacenan los datos introducidos durante el proceso de identificación. La tarjeta de antena integrada permite una identificación de los datos mediante un marcado de radiofrecuencias sin contacto. Por consiguiente, se establece desde el principio del proceso una asociación permanente entre los datos de identificación y la imagen que está presente a lo largo de todo el sistema de procesado electrónico. El versátil CR 30-Xm ofrece la alta calidad necesaria para la mamografía digital, así como para una amplia gama de aplicaciones. Un digitalizador CR accesible de sobremesa. • Solución completa para la mamografía digital y todas las aplicaciones de radiografía general. • Sin concesiones en la calidad de imagen. |
Página 87 de 96
• Cabe en espacios pequeños y es ideal para aplicaciones móviles. • Fácil de instalar y mantener. • Flujo de trabajo cómodo y rápido. • Memoria integrada de imágenes y enlace de datos del paciente. | ||
DIGITALIZADOR RX (CR) | 1 | EN CR, LOS CASETES CON PLACAS DE FÓSFORO se utilizan en lugar de los casetes con rayos X. La imagen formada en las placas de fósforo se transfiere a la computadora a través de escáneres digitales. En los exámenes en la pantalla del ordenador, la configuración de la imagen se puede repetir según se desee y el fenómeno se observa con mayor claridad. Las imágenes se pueden almacenar durante años para su seguimiento. Además, el paciente está protegido de los problemas de transporte y almacenamiento de la película xx xxxxx X, se puede proporcionar un CD o DVD como se desee o la imagen se puede enviar por correo electrónico. |
ECÓGRAFO | 1 | CARACTERÍSTICAS: • Monitor de alta definición. • Cuatro conectores activos para transductores. • Ajustes personalizables basados en su propio estilo de trabajo. • 4D en tiempo real, sólo requiere adquirir el transductor volumétrico que se vende por separado. • Pantalla: Pantalla LCD de 15 pulgadas de alta resolución. • Frecuencia de los transductores: Hasta 15 MHz (dependiendo del transductor). • Conectores transductores: 4 activos (estándar). • Tecnología Digital: • Plataforma de PC • Imagen Tejido Armónico (THI) • Imagen compuesta • Formación Digital haz (DBF) • M-Turning, botón de optimización de imagen • Cinco variables de frecuencia • Imagen trapezoidal y panorámica • Ángulo de exploración: Hasta 180 grados (dependiendo del transductor). • Escaneo profundidad (mm): Hasta 330 (dependiendo del transductor). Procesador Imagen: • Pre-procesado: • 8-segmentos TGC • Procesamiento de Imágenes • Rango Dinámico • Mejora de Imagen • Ángulo de Exploración • Rango de potencia • Rotación de imagen en intervalo de 90 grados • Post-tratamiento: Mapa de grises • Negro/blanco inversa Izquierda/derecha inversa arriba/abajo revertir |
Página 88 de 96
MAMÓGRAFO | 1 | MAMOGRAFO DIGITAL Equipo de última generación con imágenes digitales de alta resolución, tecnología de 76um y detector de alto rendimiento. Esta diseñado especialmente para detectar masas y microcalcificaciones para el diagnóstico precoz del cáncer de mama. Este equipo de sofisticado diseño adopta el uso mínimo de líneas rectas y define los detalles con elementos curvos y suaves para minimizar la aversión psicológica del paciente al examen médico. • Control de Dosis Automático. • Posicionamiento Automático. • No necesita cambio de Bucky para imágenes ampliadas. • Mayor nitidez de la imagen gracias a la tecnología patentada TRUVIEW®ART. • Bajo nivel de ruido y ahorro de espacio. • Corto tiempo de compresión. • Tubo xx xxxxx x Premium. • Colimación automática. • Consola para adquisición de imágenes, software especializado con IA y optimización del tipo de mama (DEPAI). • Protocolo de control de calidad global especializado en mamografía. |
RAYOS X FIJO | 1 | RAYOS X FIJO El sistema xx xxxxx es un equipo analógico que se adapta a su flujo de trabajo y presupuesto. El sistema está compuesto por un generador xx xxxxx x de alta frecuencia que entrega imágenes radiográficas de muy alta calidad diagnostica. • Generadores: 30 Kw, 40Kw, 50Kw, 65 Kw y 80Kw • Tubos: desde 140KHU hasta 600 KHU • Mesas: Fija, flotante o con elevación • Columna porta tubo Autosoportante, piso-Techo, piso-pared o 3D • Estativo: Con variación de altura o basculante • Opcionales: AEC, cámaras de ionización, Xxxxx recipromática • El equipo permite una fácil digitalización mediante la incorporación de uno o dos flat panel que se pueden conectar fácilmente al generador. |
TOMÓGRAFO | 1 | TOMÓGRAFO Categoría: Imagenología Etiqueta: GE Un sistema de tomografía computarizada (CT) que le brinda una resolución de imagen superior, mientras reduce las dosis. Todo diseñado para mejorar sus capacidades de diagnóstico. El poder de realizar Con su nuevos y potentes generador y tubo, LightSpeed Pro16 proporciona la base para velocidades de rotación de Gantry más rápidas y una calidad de imagen mejorada. Gestión responsable de la dosis LightSpeed Pro16 lleva la gestión de la dosis a un nivel completamente nuevo con diversas funciones de reducción. |
Página 89 de 96
Escaneo más rápido Diseñado para ofrecer una velocidad de rotación de 0,4 segundos. Productividad de Xtream™ Proporciona un flujo de trabajo superior, productividad mejorada y mayor rendimiento. |
Fuente: E.S.E. Universitaria
7.6 GARANTÍA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO
EL CONTRATISTA dentro de los cinco días hábiles siguientes a la suscripción del contrato, deberá constituir a su xxxxx, a favor del CONTRATANTE y por intermedio de una compañía de seguros legalmente facultada para hacerlo, una póliza única para garantizar:
AMPARO | VALOR | VIGENCIA |
Cumplimiento de las obligaciones del contrato, incluyendo el pago de multas y cláusula penal pecuniaria. | 20% del valor de los ingresos operacionales de la vigencia | Por cada anualidad y seis (6) meses más |
Pago de salarios, prestaciones sociales legales e indemnizaciones laborales. | 30% del valor de los ingresos operacionales de la vigencia | Por cada anualidad y tres (3) años más. |
Calidad del servicio | 10% del valor de los ingresos operacionales de la vigencia | Por cada anualidad y 5 años más |
Calidad y correcto funcionamiento de los bienes | 10% del valor de los ingresos operacionales de la vigencia | Por cada anualidad y 5 años más |
Responsabilidad civil Extracontractual | 5% del valor de los ingresos operacionales de la vigencia | Cada anualidad |
Responsabilidad Medica por cada profesional especializado . | 500 SMLMV | Anual |
Responsabilidad Profesional Médicos Generales, Auxiliares, Enfermeras Profesionales | 100 SMLMV | Anual |
NOTA: A partir del tercer año de ejecución del contrato el porcentaje de cobertura de las garantías se calculará en base a los ingresos generados por estancia en la operación del servicio del año anterior para cada vigencia.
El contratista deberá actualizar las vigencias de las garantías de conformidad con la fecha de iniciación del contrato de prestación de servicios.
El hecho de la constitución de esta garantía no exonera al contratista de sus responsabilidades legales en relación con los riesgos asegurados.
La GARANTÍA tendrá una vigencia anual. El CONTRATISTA se compromete a mantener las garantías vigentes durante todo el plazo del contrato, y de igual manera por el termino de liquidación del contrato y se ajustará a los límites, existencia y extensión del riesgo amparado.
Antes del vencimiento de cada anualidad el contratista está obligado a obtener una nueva garantía que ampare el cumplimiento de sus obligaciones para la Etapa del Contrato o Periodo Contractual subsiguiente, si no lo hiciere se aplicarán las reglas previstas para el restablecimiento de la garantía.
Si el garante de un periodo anual decide no continuar garantizando la anualidad subsiguiente, debe informar su decisión por escrito a la Entidad Estatal garantizada seis (6) meses antes del vencimiento del plazo de la
Página 90 de 96
garantía. Este aviso no afecta la garantía en ejecución. Si el garante no da el aviso con la anticipación mencionada y el contratista no obtiene una nueva garantía, queda obligado a garantizar el periodo Contractual subsiguiente.
Los valores estimados deben actualizarse anualmente con el IPC, durante la vigencia del contrato. Las garantías deben ajustarse o ampliarse por el CONTRATISTA en los eventos de suspensión o adición en tiempo o valor del contrato, según corresponda.
EI contratista debe asegurar los equipos, muebles, enseres, maquinaria, redes y demás bienes destinados al funcionamiento de la Unidad de Cuidados Intensivos objeto de la alianza.
El Contratista deberá mantener las garantías o mecanismos de cobertura en plena vigencia y validez por los términos y en las condiciones expresadas en el Contrato y deberá pagar los valores o las primas y demás gastos necesarios para constituirlas, mantenerlas, prorrogarlas o adicionarlas. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la imposición de las Multas correspondientes y eventualmente a la declaratoria de caducidad del Contrato si las Garantías no están vigentes.
El Contratista deberá acreditar el pago de la prima y demás costos de las garantías o mecanismos de cobertura. Si no cumpliere con esta obligación se entenderá que ha incumplido con la obligación de constituir la póliza o mecanismo de cobertura y por lo tanto el LA E.S.E UNA podrá imponer las Multas correspondientes.
Las pólizas que se constituyan no podrán expirar por falta de pago de la prima o cualquier otro costo que sea necesario pagar para su expedición (o renovación, modificación, prórroga o adición, cuando se trate de garantías diferentes a pólizas de seguro) ni por revocatoria unilateral.
En cualquier caso, de modificación del Contrato, el Contratista se obliga a obtener una certificación de la compañía aseguradora o de la entidad emisora de la garantía, en la que conste que dicha compañía conoce y acepta la modificación de este Contrato y la variación del estado del riesgo que la misma suponga, si ese es el caso. Si la modificación del Contrato implica la modificación de las garantías, el Contratista deberá enviar a la ESE UNA el original de la modificación de la póliza o garantía otorgada dentro del plazo que para ello señale la ESE.
Por tratarse de un contrato estatal, las obligaciones adquiridas por el Contratista mediante el Contrato deben permanecer garantizadas, sin que sea admisible ningún tipo de revocatoria por parte de la entidad emisora de la garantía y/o el Contratista, hasta la liquidación del Contrato y la prolongación de sus efectos. Por lo tanto, en el evento en que se venza el plazo de la garantía sin que sea posible la renovación por su emisor y siempre que se haya dado el aviso de no renovación, el Contratista deberá obtener del emisor la certificación respectiva de su declinación a la renovación de la garantía y deberá sustituir a su costo la garantía, por alguna otra de las clases permitidas, con el alcance, valor garantizado y vigencia correspondientes.
Las pólizas de seguros deberán haber sido emitidas por una compañía de seguros legalmente autorizada para operar en Colombia vigilada por la Superintendencia Financiera.
Si se trata de garantía bancaria a primer requerimiento:
La garantía bancaria deberá ser incondicional.
El garante debe dejar expresa constancia que renuncia al beneficio de excusión.
Página 91 de 96
Deberá ser expedida por un banco autorizado por la Superintendencia Financiera. Si la garantía es otorgada por un banco sin domicilio en Colombia deberá expedirse bajo las reglas de la Cámara de Comercio Internacional, XXXX 000 en vigor a partir del 1 de julio de 2010 y debidamente confirmadas por banco corresponsal en Colombia y pagadero en Colombia.
La calificación de riesgo del banco garante con domicilio en el extranjero, de su deuda de largo plazo, debe corresponder a “grado de inversión” en la escala internacional, sin que se acepten escalas locales aplicables en el país del domicilio del banco emisor de la garantía.
La calificación mínima para bancos con domicilio en Colombia debe ser, según escala local de las calificadoras aprobadas por la Superintendencia Financiera: AA según BRC Investor Services, Xxxxx Ratings Colombia S.A., Value and Risk Rating S.A., o su equivalente si se trata de otra firma calificadora.
Con el fin de evitar la inoperancia del contrato de seguros derivada de la xxxx en el pago de la prima consagrada en el artículo 1068 del Código del Comercio, el Contratista deberá presentar a la E. S. E. el recibo de pago de la totalidad de las primas de todos los seguros expedidos en el marco de este Contrato.
El Contratista no podrá, mediante condición particular, reducir o modificar el alcance y las condiciones de los amparos, cláusulas y coberturas de cualquiera de los seguros y garantías expedidos conforme a lo previsto en este Contrato. Por lo tanto, si la reducción o modificación la solicitare el Contratista sin consentimiento escrito por parte de la E.S.E UNA, la aseguradora no modificará la póliza y, si lo hiciere, la reducción o modificación se tendrá por no escrita. Esta condición deberá constar en las condiciones particulares de cada uno de los seguros para que la ESE UNA pueda impartir la aprobación respectiva.
Las disposiciones expresamente referidas a las pólizas de seguros aplicarán mutatis mutandi a los demás tipos de garantías, bajo el principio de que esos otros tipos de garantías en ningún caso podrán ofrecer condiciones menos favorables para la ESE que las exigidas en este Contrato y en la Ley Aplicable para las pólizas de seguros. vigencias en cuanto a su vencimiento, sin modificar la fecha de inicio de los amparos.
INDEMNIDAD. - EL CONTRATISTA se obliga a mantener indemne a la LA E.S.E. frente a cualquier reclamación proveniente de terceros que tenga como causa las actuaciones del CONTRATISTA, sus subcontratistas o dependientes.
MANTENIMIENTO Y RESTABLECIMIENTO DE LA GARANTÍA. - EL CONTRATISTA está obligado a
restablecer el valor de la garantía cuando esta se vea reducida por razón de las reclamaciones que efectúe a LA E.S.E., así como, a ampliar las garantías en los eventos de adición y/o prórroga del contrato. El no restablecimiento de la garantía por parte del CONTRATISTA o su no adición o prórroga, según el caso, constituye causal de incumplimiento del contrato y se dará inicio a los procesos sancionatorios a que haya lugar.
7.7 REQUISITOS DE LAS GARANTIAS Y SEGURO
Con respecto a la Garantía Única y al Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual, se debe tener en cuenta las siguientes instrucciones para evitar la devolución de las garantías:
Para garantía única y seguro:
• El tomador debe ser el contratista. Cuando se trate de contratista plural (Consorcio o Unión Temporal), la garantía debe ser otorgada por todos sus integrantes.
• Se debe establecer clara y completamente el NIT de la E.S.E. (y el NIT del Contratista, Incluir dígito de verificación (número después xxx xxxxx). No se aceptan garantías a nombre del representante legal o de alguno de los integrantes del consorcio. Cuando el contratista sea una Unión Temporal o
Página 92 de 96
Consorcio, se debe incluir razón social, NIT y porcentaje de participación de cada uno de los integrantes.
• Debe incluir claramente el número y año del contrato.
• Debe incluir el objeto del contrato.
• Las garantías deben ser firmadas por el representante legal del contratista.
• La fecha de inicio de la vigencia de los amparos debe ser dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la firma del contrato.
• En caso de no usar centavos, los valores deben aproximarse al mayor Ej. Cumplimiento si el valor a asegurar es $14.980.420,20 aproximar a $14.980.421
• Anexar el comprobante de pago de la prima del seguro de responsabilidad civil extracontractual.
7.8 ACTA DE INICIO
El acta de inicio será suscrita por EL Aliado, el Interventor o supervisor y por LA E.S.E. y en ésta se dejará constancia, entre otros, de la aprobación por parte del supervisor y/o interventor designado por LA E.S.E. del cumplimiento de los requisitos de ejecución, de la inversión inicial y demás documentos adicionales de carácter técnico necesarios para la ejecución y control necesario para la ejecución del contrato.
Si verificados los requisitos de perfeccionamiento y ejecución, previo requerimiento por parte de la Entidad ha transcurrido más de cinco días hábiles, sin que el contratista comparezca a suscribir el acta respectiva LA E.S.E. impartirá la orden de inicio al Contrato, so pena de las acciones a las que haya lugar.
7.9 SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES Y APORTES LEGALES Y SEGURIDAD SOCIAL.
El CONTRATISTA se obliga al cumplimiento de todas las normas legales vigentes y al pago de todos los salarios y prestaciones sociales de manera oportuna que ellas establezcan en relación con los trabajadores y empleados ya que el personal que vincula EL CONTRATISTA no tiene carácter oficial y en consecuencia sus relaciones trabajador-empleador se rigen por lo dispuesto en el Código Sustantivo del Trabajo y demás disposiciones concordantes y complementarias. Ninguna obligación de tal naturaleza corresponde a la E.S.E. y éste no asume responsabilidad ni solidaridad alguna.
El CONTRATISTA se obliga a efectuar los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y legales (Cajas de Compensación Familiar, Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA- e Instituto Colombiano de Bienestar Familiar), so pena de hacerse acreedor a las sanciones correspondientes impuestas por la autoridad competente. Corresponderá al Interventor durante la ejecución del Contrato y en el momento de su liquidación, efectuar el control de las obligaciones contraídas por el Contratista en la forma establecida en los artículos 50 de la Ley 789 de 2002 y 25 de la Ley 1607 de 2012. La acreditación de estos aportes se requerirá para la realización de cada pago derivado del presente contrato, al tenor de la normatividad vigente.
7.10 INTERVENTORÍA DE LOS TRABAJOS /ACTIVIDADES
La E.S.E. ejercerá el control y vigilancia de la ejecución del contrato a través de un interventor/supervisor, quien tendrá como función verificar el cumplimiento de las obligaciones del contratista.
El interventor ejercerá, en nombre de la E.S.E., un control integral sobre el proyecto, para lo cual, podrá en cualquier momento, exigir al contratista la información que considere necesaria, así como la adopción de
Página 93 de 96
medidas para mantener, durante el desarrollo y ejecución del contrato, las condiciones técnicas, económicas y financieras existentes al momento de la celebración del mismo.
Además de las actividades generales antes mencionadas, de las contempladas en documentos de Interventoría vigente o aquel que lo modifique o sustituya y con el fin de buscar la adecuada y oportuna ejecución del contrato, la Interventoría apoyará, asistirá y asesorará la E.S.E. en todos los asuntos de orden técnico, financiero, económico, jurídico, socio-ambiental y presupuestal que se susciten durante la ejecución del contrato hasta su liquidación. Así mismo, prestará asesoría relacionada con la ejecución del contrato cuando la situación judicial o administrativa así lo requiera sin que implique un costo adicional.
El interventor no permitirá que el constructor inicie las obras sin los respectivos permisos, autorizaciones y concesiones para el uso y aprovechamiento de los recursos naturales. Igualmente, velará porque se cumpla con lo establecido en la normatividad ambiental y llevará estricto control y seguimiento del cumplimiento de las disposiciones ambientales aplicables al proyecto y verificará el cumplimiento de los indicadores por parte del contratista según lo establecido en el Manual de Interventoría vigente o aquel que lo modifique o sustituya.
El interventor está facultado para revisar todos los documentos del contrato, cuando, por razones técnicas, económicas, ambientales, jurídicas o de otra índole, el contratista solicite cambios o modificaciones.
Así mismo, el interventor está autorizado para ordenarle al contratista la corrección, en el menor tiempo posible, de los desajustes que pudieren presentarse, determinar los mecanismos y procedimientos pertinentes para prever o solucionar rápida y eficazmente las diferencias que llegaren a surgir durante la ejecución del contrato.
El contratista deberá acatar las órdenes que le imparta por escrito la Interventoría; no obstante, si no estuviese de acuerdo con las mismas así deberá manifestarlo por escrito al interventor, antes de proceder a ejecutarlas; en caso contrario, responderá solidariamente con el interventor si del cumplimiento de dichas órdenes se derivaran perjuicios para la E.S.E.
El interventor tendrá bajo su custodia el Libro de Interventoría, en el cual se anotarán diariamente los hechos y sucesos relacionados con el desarrollo de la obra, así como las observaciones o sugerencias que haga la Interventoría, además, se dejará constancia de todos los pormenores que puedan suceder en el frente de trabajo, tales como: estado del tiempo, personal laborando, estado del equipo, avance de la obra, avance de las medidas de manejo ambiental, acciones sociales, suministro de materiales, accidentes de trabajo, etc. cada anotación diaria deberá fecharse y suscribirse por los ingenieros residentes del contratista y del interventor.
La persona responsable de llevar al día este diario será el ingeniero residente del interventor, quien estará en la obligación de presentarlo a los representantes de la E.S.E. que visiten la obra.
la E.S.E. ejercerá el control y vigilancia a través de la Interventoría, adelantando el seguimiento al cumplimiento de las obligaciones del contratista en relación con el personal reincorporado.
7.11 VEEDURÍA DE LOS TRABAJOS
La veeduría tiene como propósito servir de canal de comunicación entre las demás entidades, la comunidad y la E.S.E. en lo relacionado con la ejecución del proyecto, logrando de esta manera desarrollar los principios constitucionales de participación ciudadana, deber y control en la función del Estado.
De acuerdo con la ley 850 del 2003, las veedurías podrán conformar los diferentes comités (técnicos, financieros y sociales entre otros) para poder ejercer su función. Una vez conformada la veeduría con los parámetros de la ley, desarrollaran su actividad en comunicación con la Interventoría del proyecto.
Página 94 de 96
7.11.1 RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE
El régimen jurídico aplicable al presente Proceso de Selección y del Contrato que se derive de su adjudicación estará sometido a la legislación y jurisdicción Colombiana y se regirá para todos sus efectos por lo dispuesto en la ley 100/93, Decreto 1876/94 y en especial por el Acuerdo N° 009 del 05 de noviembre de 2021y por las normas civiles y comerciales que regulen el objeto del Contrato en caso de que este se surta insuficiente. (derecho privado)
7.12 RELACIONES CON OTROS CONTRATISTAS (EN CASO DE SER REQUERIDO)
El contratista se obliga a coordinar las diferentes etapas de sus trabajos con los otros contratistas cuyos trabajos se ejecuten simultáneamente en el sitio de prestación del servicio de salud; deberá cooperar con ellos para no interferirse mutuamente ni perjudicar las labores.
El contratista es responsable por todos los daños que se originen por su causa de sus obligaciones.
7.13 MULTAS Y CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA.
De conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo N° 009 del 05 de noviembre de 2021, Estatuto de Contratación de la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO, en los contratos que celebre la E.S.E. podrá pactarse una cláusula penal pecuniaria que se hará efectiva directamente por la E.S.E. en caso de declaratoria de caducidad, o por el incumplimiento del contratista de alguna de sus obligaciones contractuales. Para su imposición y cobro se seguirán los mismos trámites señalados en la normatividad vigente.
7.14 CADUCIDAD
La E.S.E. podrá declarar la caducidad administrativa del contrato por medio de resolución motivada a través de la cual lo dará por terminado y ordenará su liquidación, cuando EL CONTRATISTA incurra con ocasión del contrato en cualquiera de las causales de caducidad establecidas por la Ley y en el estatuto de contratación de la E.S.E.
Declarada la caducidad, el interventor hará una relación detallada de los trabajos realizados hasta la fecha de ejecutoria de la resolución que la declare, los cuales se consignaran en un acta que deberá llevar visto bueno de la E.S.E.
Declarada la caducidad el contratista se hará acreedor a las sanciones e inhabilidades previstas en la ley la
E.S.E. podrá continuar la ejecución del objeto del contrato a través del garante o de otro contratista.
Si la E.S.E. se abstiene de declarar la caducidad adoptará las medidas de control e intervención necesarias para garantizar la continuidad de los trabajos objeto del presente contrato.
PENAL PECUNIARIA. - En caso de declaratoria de caducidad se hará efectiva la cláusula penal pecuniaria.
7.15 MODIFICACIÓN, TERMINACIÓN E INTERPRETACIÓN UNILATERALES
Son aplicables al contrato las disposiciones que se encuentran consignadas en el Acuerdo N° 009 del 05 de noviembre de 2021, Estatuto de Contratación de la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO.
Página 95 de 96
ANEXOS
1. Anexo No. 1 Especificaciones técnicas
2. Anexo No. 3 Especificaciones Financieras
3. Anexo No. 3 Matriz de riesgos.
FORMULARIO Y FORMATOS
1. Formulario No. 1 - Oferta Económica
2. Formato No. 1 - Carta de presentación de la propuesta.
3. Formato No. 2 - Compromiso de transparencia.
4. Formato No. 3 - Personal con discapacidad.
5. Formato No. 4.- Certificación de Contratos para Acreditación de Experiencia
6. Formato No. 5 - Capacidad financiera extranjeros
7. Formato No. 6 - Puntaje de Industria Nacional
8. Formato No. 7 - Autorización para el tratamiento de datos personales
9. Formato No. 8 - Experiencia Ponderable a Acreditar
10. Formato No. 9 - Carta Cupo Crédito
Página 96 de 96