Contract
Entre REAL ENGLISH COLOMBIA, en adelante denominada EL INSTITUTO, y la persona mayor de edad cuyos datos se encuentran registrados en el CONTRATO DE MATRÍCULA, quien actuará en calidad de RESPONSABLE, han acordado suscribir el presente contrato, que se regirá por las siguientes cláusulas: ARTÍCULO 1. Definiciones. Los términos utilizados en este documento en singular o plural, tendrán el significado que se les asigna en el mismo. Cualquier término que no esté expresamente definido en este documento deberá interpretarse de acuerdo con su significado general. A) Contrato de Matrícula. Acuerdo formal entre el responsable y EL INSTITUTO que establece la vinculación del estudiante en alguno de nuestros cursos y en él se registran los datos personales y de contacto del responsable y del estudiante, el valor a pagar, la forma de pago, y las características y especificaciones del programa. Este contrato se celebra de manera libre, voluntaria y espontánea y constituye la firma y aceptación de los términos y condiciones, así como de los reglamentos establecidos por EL INSTITUTO para la prestación del servicio, los cuales se encuentran publicados en nuestra página web. B) Términos y Condiciones. Características y condiciones del servicio proporcionado por EL INSTITUTO, establecidas para garantizar el cumplimiento de las obligaciones de las partes y la calidad del servicio. Estos términos regulan el funcionamiento del servicio y aseguran que se cumpla con los estándares acordados, tanto para el responsable como para el estudiante. C) Las Partes. Se refiere a las personas que celebran el presente Contrato de Matrícula para la prestación de servicios educativos: por una parte, el responsable, y, por otra parte, EL INSTITUTO EDUCATIVA. D) Responsable. Es la persona natural, mayor de edad, o persona jurídica que contrata la prestación del servicio educativo en el área de idiomas con EL INSTITUTO. El responsable asume todas las obligaciones contractuales establecidas en el presente contrato, incluyendo las obligaciones económicas, educativas y comportamentales del estudiante cuando este es menor de edad y/o depende directamente de él. En algunos casos, el responsable será también el estudiante, quien en tal situación deberá cumplir con las responsabilidades correspondientes. E) Institución Educativa. Se refiere a EL INSTITUTO REAL ENGLISH COLOMBIA, la cual proporciona los servicios de formación académica en el área de idiomas. F) Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano. Es una modalidad del servicio público educativo que responde a los fines de la educación establecidos en el artículo 5° de la Ley 115 de 1994 y en la Ley 1064 de 2006. Esta modalidad tiene el objetivo de complementar, actualizar y suplir conocimientos, así como formar en aspectos académicos o laborales, conduciendo a la obtención de certificados de aptitud ocupacional. La Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano es una de las modalidades que integran el sistema educativo nacional, junto con la educación formal y la educación informal. G) Educación Informal. La educación informal es una modalidad dentro del sistema educativo nacional que abarca conocimientos académicos considerados como un complemento relevante para cualquier tipo de formación, pero que no conducen a la obtención de un título ocupacional. Por lo tanto, no requiere la aprobación de la Secretaría de Educación ni el registro de sus programas. Los conocimientos adquiridos bajo esta modalidad se rigen por el Capítulo 3° del Título II de la Ley 115 de 1994, Artículo 43, que establece las disposiciones correspondientes para la educación informal. H) Certificado del Curso. Reconocimiento impreso emitido por EL INSTITUTO que acredita que el estudiante ha completado con éxito el estudio de los contenidos correspondientes al nivel realizado y los cuales están alineados con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas. NOTA: Este certificado no equivale a un certificado de aptitud ocupacional. I) Certificado Internacional de Nivel GEP (Global English Proficiency). Prueba internacional aprobada por el Ministerio de Educación Nacional en su resolución 018035 del 21 de septiembre de 2021, que certifica el nivel de dominio lingüístico en inglés, válida para entidades oficiales y privadas a nivel mundial. El estudiante podrá obtener este certificado presentando la prueba luego de haber completado los estudios correspondientes al nivel o niveles a los que haya matriculado. J) Constancia de Estudios. Certificación emitida por EL INSTITUTO que valida que un estudiante está matriculado y cursando uno de los programas ofrecidos por EL INSTITUTO. K) Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER). Es un estándar internacional que define las habilidades y competencias lingüísticas necesarias para el dominio de una lengua, de acuerdo con una escala de niveles claramente establecidos. Este marco proporciona un
esquema para evaluar y comparar el nivel de competencia en diferentes idiomas. L) Niveles del MCER. Son una escala de seis niveles comunes de referencia para la organización del aprendizaje de lenguas: A1 (Principiante), A2 (Básico), B1 (Intermedio Bajo), B2 (Intermedio Alto), C1 (Avanzado) y C2 (Maestría). Estos niveles definen las competencias lingüísticas y habilidades que los estudiantes deben alcanzar en cada etapa del aprendizaje.
M) Profesor. Técnico o profesional en el área de idiomas o en otras disciplinas, que cuenta con los conocimientos y experiencia necesarios en idiomas, así como las habilidades pedagógicas y destrezas educativas para facilitar el proceso de enseñanza-aprendizaje de manera efectiva. N) Estudiante. Persona natural con derecho a acceder al programa académico para el cual se ha matriculado y a utilizar los recursos físicos y humanos proporcionados para la realización del curso y quien se obliga a cumplir con los términos y condiciones del contrato de matrícula, así como con el manual de convivencia. O) Curso. Programa educativo compuesto por niveles, diseñado por EL INSTITUTO para el desarrollo de la competencia lingüística en uno o más idiomas, basado en los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER). P) Clase de orientación pedagógica. Sesiones de orientación pedagógica orientadas por un profesor, para el desarrollo de actividades de aprendizaje designadas como actividades asincrónicas. Estas clases se realizan con grupos de mínimo 6 estudiantes que pueden estar en diferentes puntos de un mismo nivel o en niveles diferentes. NOTA. No se garantiza la exclusividad de profesores ni grupos fijos, y los estudiantes que asisten, se agrupan para completar el número mínimo de 6 estudiantes para cada clase. Q) Clases de práctica e inmersión. Sesiones de orientación pedagógica orientadas por un profesor, para el desarrollo de actividades de aprendizaje designadas como actividades sincrónicas. Estas clases se realizan con grupos de mínimo 6 estudiantes que pueden estar en diferentes puntos de un mismo nivel y en algunos casos en diferentes niveles. NOTA. No se garantiza la exclusividad de profesores ni grupos fijos, y los estudiantes que asisten, se agrupan para completar el número mínimo de 6 estudiantes para cada clase. R) Clases de Refuerzo. Sesiones adicionales de estudio, orientadas por un profesor en las que se aborda un tema específico, para reforzar conceptos relacionados a ese tema. Estas tutorías pueden ser de acceso libre (gratuitas y sujetas a disponibilidad de espacio) o programadas (Tienen costo) para tratar temas en caso de inasistencia o bajo rendimiento. El costo de las tutorías programadas se encuentra detallado en el manual de convivencia. NOTA. No se garantiza la exclusividad de profesores ni grupos fijos, y los estudiantes que asisten, se agrupan para completar el número mínimo de 6 estudiantes para cada clase. S) Actividades asincrónicas: Actividades de estudio realizadas por el estudiante con o sin la orientación directa de un docente. Estas actividades incluyen el estudio de lecciones en el libro o videolecciones en la plataforma educativa, toma de apuntes, la realización de ejercicios orales y escritos, y actividades en el libro y resolución de preguntas. Estas actividades pueden ser realizadas en la sede programando su clase cómo una clase de Orientación pedagógica, en la que los estudiantes podrán trabajar de manera individual o grupal. Estas actividades también pueden ser desarrolladas de manera autónoma por el estudiante en casa. T) Actividades sincrónicas: Actividades de práctica del idioma con la orientación directa de un docente diseñadas exclusivamente para para la práctica del idioma, en la que los estudiantes interactúan como grupo para poner en práctica lo aprendido. U) Modalidad: Número de estudiantes que participan en cada clase, con cada profesor: Modalidad Grupal, máximo 6 estudiantes por profesor; Modalidad Personalizada, 1 estudiante por profesor; Modalidad de tutoría, hasta 12 estudiantes por profesor. NOTA. No se garantiza la exclusividad de profesores ni grupos fijos, y los estudiantes que asisten, se agrupan para completar el número mínimo de estudiantes para cada clase. V) Metodología: Forma en que EL INSTITUTO estructura y organiza los contenidos, los asigna y gestiona el tiempo, optimizando los recursos disponibles para que cada estudiante aprenda a su propio ritmo y estilo. Esta metodología garantiza que el proceso de enseñanza sea efectivo, permitiendo a los estudiantes desarrollar sus habilidades de manera individualizada y según sus necesidades específicas. W) Intensidad: Se refiere al número de clases que el estudiante debe tomar semanalmente para cumplir con el curso dentro del período establecido. Esta intensidad se ajusta a las necesidades del programa, asegurando que el estudiante avance
a un ritmo adecuado y logre los objetivos del curso en el tiempo estipulado. X) Prórroga: Extensión del plazo de vigencia de la matrícula, con un cobro adicional si la responsabilidad de la demora recae exclusivamente en el estudiante o su representante. Este cobro no se aplicará cuando se demuestre que la inasistencia se debe a causas de fuerza mayor, debidamente justificadas. Y) Modalidad Grupal. El estudiante participará en clases semipersonalizadas con un mínimo de seis (6) estudiantes, que se pueden encontrar en el mismo punto de estudio o no, así como del mismo nivel o en otros niveles. Cada estudiante avanzará a su propio ritmo de aprendizaje. Las clases deberán ser programarán por el estudiante, eligiendo entre diferentes horarios según su disponibilidad y necesidades. Z) Modalidad Personalizada. En la Modalidad Personalizada, el estudiante recibe clases uno a uno con un profesor, lo que permite atención individualizada y adaptación a sus necesidades. Las clases se programarán a través de la plataforma virtual, ofreciendo flexibilidad en la elección de horarios. Estas clases solo están disponibles para ser realizadas en línea. ARTÍCULO 2. OBJETO DEL CONTRATO DE MATRÍCULA. El presente contrato tiene como objetivo formalizar la inscripción del estudiante en los programas de enseñanza de idiomas ofrecidos por REAL ENGLISH COLOMBIA, estableciendo las obligaciones y derechos de ambas partes, el estudiante y EL INSTITUTO. Cabe destacar que el servicio ofrecido por EL INSTITUTO se basa en la provisión de medios educativos adecuados, y no en la garantía de resultados específicos en el aprendizaje. Este contrato regula las condiciones bajo las cuales se desarrollará el proceso educativo, asegurando que el estudiante reciba la formación correspondiente al programa elegido, conforme a los niveles establecidos por el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER) y en concordancia con las políticas internas y normativas vigentes de EL INSTITUTO. Además, el contrato garantiza el cumplimiento de los términos académicos, administrativos y financieros establecidos, promoviendo un ambiente de aprendizaje organizado, eficiente y propicio para el desarrollo académico del estudiante. ARTÍCULO 3. TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES. Todos los datos personales proporcionados a EL INSTITUTO Educativa REAL ENGLISH COLOMBIA están protegidos por la Ley 1581 de 2012 y son utilizados única y exclusivamente para fines relacionados con nuestro servicio, según lo especificado en nuestra política de privacidad y tratamiento de datos personales. La persona que proporciona los datos se compromete a brindar información veraz y precisa, absteniéndose de proporcionar información incorrecta o falsa. Al acceder a nuestros servicios, el responsable y/o el estudiante manifiestan su acuerdo con nuestra política de tratamiento de datos personales, la cual está publicada en nuestra página web. ARTÍCULO 4. MANUAL DE CONVIVENCIA. Al diligenciar y firmar el presente contrato de matrícula, se establece que tanto el estudiante como el acudiente, cuando corresponda, han leído, comprendido y aceptado en su totalidad las normas y disposiciones contenidas en el manual de convivencia de REAL ENGLISH COLOMBIA. Este manual regula los derechos y deberes de los estudiantes, define las políticas de comportamiento y establece las sanciones aplicables en caso de incumplimiento de las normas, así como los procedimientos para la resolución de conflictos. Tanto el estudiante como el acudiente se comprometen a cumplir con todas las regulaciones estipuladas en el manual de convivencia, las cuales incluyen, entre otras, la asistencia regular a clases, el respeto hacia los docentes, compañeros y personal de EL INSTITUTO, el uso adecuado de los recursos proporcionados por EL INSTITUTO, y el pago puntual de las cuotas acordadas. El manual de convivencia está disponible para consulta tanto en la página web de EL INSTITUTO como en su sede física, garantizando el acceso oportuno y completo a sus disposiciones. ARTÍCULO 5. DERECHOS DEL ESTUDIANTE. Los estudiantes matriculados en REAL ENGLISH COLOMBIA gozan de los siguientes derechos durante su proceso de formación: (a) Acceso y uso de las instalaciones físicas de EL INSTITUTO, incluyendo todas las áreas y recursos diseñados para el desarrollo educativo. (b) Uso de recursos tecnológicos, tales como computadoras, acceso a internet y otras herramientas digitales necesarias para la realización de actividades formativas. (c) Acceso a recursos metodológicos, que incluyen el plan de estudios, metodologías de enseñanza, materiales didácticos, guías de evaluación, talleres prácticos, fichas didácticas y tableros interactivos. (d) Orientación académica proporcionada por un profesor calificado, que guiará el proceso de asimilación de conocimientos dentro y fuera del aula. (e) Uso de la plataforma educativa, que ofrece acceso a videolecciones, vocabulario
interactivo, actividades autónomas, ejercicios de refuerzo, pruebas y foros de discusión, como complemento a las clases presenciales o virtuales. (f) Derecho a presentar una prueba de nivelación al momento de ingresar, con el fin de ser ubicado en el nivel correspondiente. Esta prueba tendrá un costo estipulado en el manual de convivencia. (g) Participación en las tutorías programadas como parte del proceso educativo, con el fin de aclarar dudas y reforzar conocimientos. (h) Acceso a información académica y administrativa actualizada, incluyendo su progreso académico, calendario de actividades, horarios y cualquier otra información relevante para su formación. (i) Presentar sugerencias, quejas o reclamos relacionados con el servicio educativo. Estos serán atendidos con diligencia y respeto, garantizando la mejora continua del proceso formativo. (j) Derecho a la privacidad y protección de sus datos personales y académicos, conforme a la legislación vigente en materia de protección de datos. (k) Participar en actividades extracurriculares, talleres y eventos académicos o culturales organizados por EL INSTITUTO que complementen y enriquezcan su formación. (l) Recibir certificados o constancias que acrediten el nivel académico alcanzado, siempre y cuando se hayan cumplido los requisitos académicos y financieros establecidos. (m) Ser evaluado de manera justa, transparente y objetiva, de acuerdo con criterios claros y previamente establecidos por EL INSTITUTO. (n) Recibir un trato equitativo y justo, sin discriminación de ningún tipo, gozando de igualdad de oportunidades en todo su proceso educativo. ARTÍCULO 6. DEBERES DEL ESTUDIANTE. Los estudiantes matriculados en REAL ENGLISH COLOMBIA se comprometen a cumplir con los siguientes deberes, necesarios para garantizar su progreso académico y mantener un ambiente de aprendizaje adecuado: (a) Asistencia puntual: Asistir puntualmente a las clases en el horario programado, contribuyendo al desarrollo fluido de las sesiones y respetando el tiempo de profesores y compañeros. (b) Compromiso mínimo de asistencia: Asistir a un mínimo de una clase semanal para completar el nivel dentro de la vigencia de este contrato, asegurando su avance académico conforme a los objetivos del programa. (c) Actitud hacia el aprendizaje: Mantener una actitud positiva, disposición y proactividad hacia el proceso de aprendizaje, mostrando interés y esfuerzo por mejorar sus habilidades. (d) Participación activa: Participar activamente en todas las actividades desarrolladas en el aula, tanto en clases presenciales como virtuales, contribuyendo al enriquecimiento del ambiente educativo. (e) Cumplimiento de actividades asincrónicas: Realizar de manera diligente las actividades asincrónicas asignadas en la plataforma o libro, según las indicaciones proporcionadas por el profesor, como parte integral de su proceso de aprendizaje. (f) Realización de ejercicios asignados: Completar los ejercicios asignados por el profesor en el libro o cuaderno, asegurando que se logren los objetivos de cada lección. (g) Cumplimiento de normas: Cumplir con las normas de conducta, desempeño académico, y las obligaciones contenidas en el manual de convivencia y en las políticas de EL INSTITUTO, respetando las reglas establecidas para el correcto funcionamiento de las clases. (h) Actividades asincrónicas y pruebas: Realizar al menos el 80% de las actividades asincrónicas asignadas y superar todas las pruebas con un puntaje mínimo de 60 puntos, para asegurar el progreso y cumplimiento de los objetivos académicos. (i) Respeto y buen trato: Mantener una conducta respetuosa y cordial hacia el personal de EL INSTITUTO, sus compañeros y las instalaciones, promoviendo un ambiente armónico y propicio para el aprendizaje. (j) Uso responsable de recursos: Utilizar de manera adecuada y responsable los recursos tecnológicos, físicos y metodológicos puestos a su disposición por EL INSTITUTO, evitando su mal uso o deterioro. (k) Notificación de ausencias justificadas: Informar con antelación al profesor o al instituto sobre cualquier ausencia justificada que pueda afectar su progreso académico, permitiendo que se tomen las medidas necesarias para no comprometer su aprendizaje. (l) Pago puntual de cuotas: Realizar el pago oportuno de los costos de matrícula y demás pagos acordados en el contrato, cumpliendo con los plazos establecidos, para garantizar el acceso continuo a los servicios educativos.
(m) Respeto por la propiedad intelectual: Respetar la propiedad intelectual del material didáctico proporcionado por EL INSTITUTO, absteniéndose de reproducir o distribuir dicho material sin la autorización correspondiente. (n) Uso adecuado de dispositivos electrónicos: Respetar las normativas vigentes sobre el uso adecuado de dispositivos electrónicos durante las clases, garantizando que no interfieran con el desarrollo de
las actividades educativas. ARTÍCULO 7. CARACTERÍSTICAS PARA LA TOMA DEL PROGRAMA. (a) Asignación de profesores: No se garantiza la exclusividad en la asignación de profesores. Los estudiantes deben estar dispuestos a recibir clases con diferentes docentes a lo largo del curso. La asignación de profesores se realizará de acuerdo con la disponibilidad y necesidades pedagógicas, garantizando que todos los docentes sean profesionales capacitados. Los cambios de profesores no afectarán la calidad del servicio ni el contenido del curso, dado que EL INSTITUTO sigue estándares pedagógicos consistentes. (b) Recesos y vacaciones: REAL ENGLISH COLOMBIA no contempla recesos por temporadas como Semana Santa, vacaciones de mitad de año o receso escolar. La programación de clases es responsabilidad del estudiante, quien debe organizar sus clases dentro de la vigencia del contrato. Los estudiantes pueden solicitar recesos personales, siempre y cuando se respeten los plazos contractuales. EL INSTITUTO no ofrece servicios en los días festivos nacionales ni durante el periodo comprendido entre el 30 de diciembre y el lunes siguiente al 6 de enero. (c) Eventos de fuerza mayor: EL INSTITUTO no se responsabiliza por la suspensión de clases debido a eventos de fuerza mayor, como desastres naturales o interrupciones en los servicios públicos. En estas situaciones, los costos no serán reembolsados, pero se hará todo lo posible para reanudar el servicio lo antes posible. (d) Lugar de las clases: Las clases se impartirán en las instalaciones de EL INSTITUTO en las que el estudiante se matriculó. En caso de que el estudiante se traslade a otra ciudad, podrá continuar las clases de manera virtual, previa notificación por escrito a la administración de EL INSTITUTO. (e) Rendimiento académico: El estudiante debe alcanzar un puntaje igual o superior a 60 puntos en cada prueba y mantener un promedio ponderado mínimo en el nivel. En caso de no alcanzar el puntaje requerido, deberá realizar clases de refuerzo con un costo adicional y repetir la prueba con una penalización en el puntaje. (f) Tutorías personalizadas: El estudiante puede solicitar tutorías personalizadas para reforzar contenidos específicos. Estas tutorías tendrán un costo adicional y deberán ser programadas con antelación, según la disponibilidad de EL INSTITUTO. (g) Política de cancelación y reprogramación de clases: Las clases podrán ser canceladas o reprogramadas con al menos 24 horas de antelación. Si se cancela fuera de este plazo, la clase será considerada impartida y no habrá reposición. Las reprogramaciones deben realizarse dentro de la vigencia del contrato. (h) Compromiso con actividades asincrónicas: El estudiante se compromete a completar las actividades asincrónicas asignadas en la plataforma educativa. El incumplimiento de este requisito afectará su progreso académico y podrá requerir clases de refuerzo adicionales, con el costo correspondiente. (i) Progreso académico continuo: EL INSTITUTO fomenta un progreso académico constante. Si un estudiante se ausenta por un periodo prolongado, deberá someterse a una evaluación para determinar su nivel antes de reintegrarse a las clases. Esto podría requerir clases de refuerzo para recuperar el contenido perdido. (j) Duración del programa: El estudiante tiene derecho a completar el nivel dentro del plazo estipulado en el contrato. Si no completa el nivel dentro de este plazo por motivos injustificados, EL INSTITUTO no extenderá la vigencia del contrato sin aplicar costos adicionales. (k) Puntualidad y duración de las clases: Cada clase tendrá una duración específica, informada al momento de su programación. El estudiante debe conectarse o presentarse puntualmente; cualquier retraso superior a 15 minutos será considerado como falta y la clase será registrada como impartida, sin derecho a reposición. (l) Actualización de contenidos: EL INSTITUTO se reserva el derecho de actualizar los contenidos, materiales y metodologías de enseñanza en función de las últimas tendencias pedagógicas y las necesidades del estudiante. Estas actualizaciones se realizarán sin previo aviso, manteniendo la calidad educativa. (m) Interrupción de clases: Una vez que el estudiante haya confirmado su asistencia a una clase, no podrá interrumpirla salvo por motivos de fuerza mayor. Si el estudiante abandona la clase antes de finalizar, esta será considerada como impartida y no habrá reposición. (n) Uso responsable de plataformas virtuales: El estudiante debe utilizar las plataformas virtuales de manera responsable y respetuosa, respetando las normas de comportamiento y los lineamientos de EL INSTITUTO. El mal uso de las plataformas, como el uso de lenguaje ofensivo o la distribución no autorizada de material, podrá resultar en sanciones, incluida la suspensión temporal o definitiva del acceso. (o) Política de pagos: Los pagos deben realizarse en las fechas estipuladas
en el contrato. El incumplimiento de los plazos de pago dará lugar a la suspensión temporal de los servicios hasta que la situación se regularice. La suspensión no extenderá los plazos establecidos en el contrato. (p) Clases no programadas: Si el estudiante no programa sus clases dentro del periodo de vigencia del contrato o lo hace en horarios incompatibles con la disponibilidad de los profesores, EL INSTITUTO no se responsabiliza por las clases no impartidas. (q) Derecho de desistimiento: El estudiante podrá desistir del contrato dentro de los plazos establecidos por la normativa vigente. Fuera de estos plazos, no se realizará ninguna devolución de pagos, salvo en circunstancias excepcionales debidamente justificadas. ARTÍCULO 8. VALOR DEL CONTRATO. El valor y la forma de pago del contrato de matrícula, acordados entre las partes, están definidos en el formulario de matrícula. En caso de que el pago se realice a través de una entidad financiera o bancaria, el RESPONSABLE y/o ESTUDIANTE entiende y acepta que la responsabilidad económica será directamente con dicha entidad. Por lo tanto, los aspectos relacionados con la modalidad de crédito, tasa de financiación, términos y condiciones contractuales, desembolsos y cualquier otra circunstancia relativa al crédito bancario son de competencia exclusiva de la entidad financiera. EL INSTITUTO no gestionará ni tramitará solicitudes, peticiones, quejas ni reclamos relacionados con temas financieros externos. Cualquier inquietud respecto al crédito o préstamo deberá ser gestionada directamente por el RESPONSABLE/ESTUDIANTE ante la entidad financiera correspondiente. Parágrafo: Todos los pagos realizados por el RESPONSABLE/ESTUDIANTE deben estar debidamente soportados y verificados mediante el comprobante de pago correspondiente (factura emitida por EL INSTITUTO), entregado por el personal autorizado. Esto es necesario para llevar un control contable preciso del estado de cuenta del RESPONSABLE/ESTUDIANTE. Retracto: El valor pagado, ya sea el monto total del curso o la cuota inicial cuando el curso es financiado directamente por EL INSTITUTO, no es reembolsable, dado que el acuerdo queda perfeccionado con la firma del contrato y del pagaré que garantiza la obligación adquirida, independientemente de si el servicio es utilizado o no. En caso de que el RESPONSABLE decida no acceder al servicio después de haber realizado el pago, dispondrá de un plazo de 15 días hábiles a partir de la fecha de compra del programa para ceder los derechos a un tercero que él o ella recomiende. El nuevo estudiante deberá completar el proceso de matrícula, proporcionando los datos requeridos y aceptando las condiciones de este contrato, así como las pautas establecidas por EL INSTITUTO. Los beneficios económicos, tales como descuentos o promociones, se transferirán al cesionario y serán válidos únicamente para el contrato de matrícula celebrado originalmente con el cedente. ARTÍCULO 9. VIGENCIA DEL CONTRATO DE MATRÍCULA. La vigencia máxima de los derechos derivados del presente contrato de matrícula es de 6 meses por nivel, contados a partir de la fecha de celebración del contrato, perfeccionado una vez el RESPONSABLE/ESTUDIANTE haya realizado el pago pactado entre las partes. Durante este período, el estudiante deberá completar el nivel en su totalidad, que consta de 123 horas de instrucción (90 horas de clases de 1.5 horas cada una y 33 horas de actividades asincrónicas). Para garantizar la finalización del nivel dentro de la vigencia del contrato, el estudiante deberá programar un mínimo de 2 clases por semana. Si no se cumple con este mínimo, el estudiante podría no completar el nivel dentro del plazo establecido, lo que conllevaría la necesidad de solicitar una prórroga. Esta prórroga se aplicará en función del número de clases faltantes al finalizar la vigencia, y el costo de la prórroga se calculará multiplicando el número de clases pendientes por el valor establecido para las clases de refuerzo adicionales. Si el estudiante adquiere más de un nivel, la vigencia se extenderá proporcionalmente a la cantidad de niveles contratados, añadiéndose 6 meses por cada nivel adicional, sin que la vigencia global del contrato supere los 24 meses a partir de la fecha inicial de matrícula. Una vez finalizado el periodo de vigencia, el contrato perderá validez y se extinguirán todos los derechos derivados del mismo, incluyendo el acceso a clases, plataforma educativa y otros recursos proporcionados por EL INSTITUTO. La no participación o la falta de programación de clases no eximen al RESPONSABLE/ESTUDIANTE de la obligación de cancelar el valor total del curso pactado en el presente contrato de matrícula. ARTÍCULO 10. CLÁUSULA DE CUMPLIMIENTO Y FIRMA DEL PAGARÉ. Al celebrar el presente contrato de matrícula, el RESPONSABLE/ESTUDIANTE se compromete a firmar el pagaré correspondiente, el cual garantiza el cumplimiento
total de las obligaciones económicas derivadas del contrato. El RESPONSABLE/ESTUDIANTE deberá cumplir con el pago del valor pactado en la forma y plazos acordados, de acuerdo con la Ley 2024 de 2020 y el artículo 871 del Código de Comercio. En caso de incumplimiento en los pagos, EL INSTITUTO procederá a hacer efectivo dicho pagaré, el cual tiene mérito ejecutivo y servirá como base para la ejecución forzosa de la obligación de pago. La ejecución del pagaré podrá incluir la contratación de servicios de cobranza judicial o extrajudicial, cuyos costos serán asumidos íntegramente por el RESPONSABLE/ESTUDIANTE. El incumplimiento en el pago del curso facultará a EL INSTITUTO para suspender todos los servicios educativos, incluyendo el acceso a clases, la plataforma virtual, y otros recursos proporcionados, hasta que la situación de pago se regularice. EL INSTITUTO podrá, además, solicitar intereses xx xxxx y recargos conforme a lo estipulado en la legislación vigente y en los términos del contrato. ARTÍCULO 11. Suspensión o terminación del contrato de matrícula. EL INSTITUTO educativa REAL ENGLISH COLOMBIA se reserva el derecho de suspender unilateralmente, de manera temporal o definitiva, el servicio en caso de que el estudiante cometa una falta considerada como grave o gravísima según lo estipulado en el manual de convivencia. esto también aplica para cualquier comportamiento que atente contra las buenas costumbres, la tranquilidad, seguridad y bienestar de los estudiantes y/o colaboradores, así como el normal funcionamiento y desarrollo de las actividades de EL INSTITUTO. la decisión de suspensión o terminación del contrato será comunicada formalmente al estudiante o al responsable, especificando las razones y los hechos que motivaron dicha medida. ARTÍCULO 12. Confirmación de asistencia y repercusiones. Confirmación de asistencia: Los estudiantes deben confirmar su asistencia a las clases con un mínimo de 24 horas de anticipación, a través de los medios designados por EL INSTITUTO (plataforma virtual, WhatsApp institucional o correo electrónico institucional). La confirmación es obligatoria para garantizar una adecuada planificación y asignación de profesores, optimizando el uso de los recursos. Consecuencias de la no confirmación: Si el estudiante no confirma su asistencia en el plazo establecido, EL INSTITUTO no garantiza la disponibilidad del profesor ni la realización de la clase programada. La falta de confirmación repetida (más de tres [3] veces en un periodo de un mes) podría resultar en la suspensión temporal de las clases hasta que el estudiante regularice la situación mediante una reunión con el área administrativa. Impacto económico: La no confirmación o ausencia injustificada a las clases tiene repercusiones económicas para EL INSTITUTO, ya que afecta la eficiencia operativa y genera costos adicionales de nómina y organización. Por lo tanto, los estudiantes que no cumplan con este requisito podrían enfrentar la suspensión del servicio, la pérdida de clases programadas, y no tendrán derecho a reembolso o reprogramación. ARTÍCULO 13. Política de cancelación y reprogramación de clases. Cancelación con antelación: El estudiante podrá cancelar y reprogramar clases con al menos 24 horas de antelación. En caso de cancelaciones fuera de este plazo, la clase será considerada impartida y no se ofrecerá reposición, a menos que se presente una situación de emergencia debidamente justificada (como una enfermedad comprobada). Consecuencias de la cancelación tardía: Si un estudiante cancela fuera del plazo establecido o no asiste a la clase, esta se dará por tomada y no habrá reprogramación. Reprogramaciones solo serán aceptadas dentro de la vigencia del contrato. Abandono de clase: Si el estudiante abandona una clase una vez iniciada, la clase será considerada como tomada y no tendrá derecho a reposición. En casos justificados, el estudiante deberá notificar al instituto al correo electrónico institucional dentro de las 24 horas posteriores para evaluar una posible solución. ARTÍCULO 14. Asistencia mínima obligatoria. Requisito de asistencia: Para asegurar el progreso adecuado, los estudiantes deben cumplir con una asistencia mínima del 80% de las clases programadas para completar el nivel dentro del tiempo estipulado. El incumplimiento de este requisito podría resultar en la repetición del nivel o la necesidad de realizar refuerzos adicionales con costo. Refuerzos adicionales: En caso de que el estudiante no cumpla con el 80% de asistencia, deberá participar en sesiones de refuerzo, que consistirán en clases individuales o tutorías programadas con un costo adicional, según la disponibilidad de EL INSTITUTO. Progreso académico continuo: Si un estudiante se ausenta por un periodo prolongado, EL INSTITUTO evaluará su nivel antes de reintegrarlo a las clases. Esto podría implicar la necesidad de realizar clases de refuerzo adicionales para recuperar los contenidos perdidos, con el
costo correspondiente. ARTÍCULO 15. Consecuencias por retrasos en los pagos. Pagos atrasados: En caso de que el estudiante incumpla con los plazos de pago estipulados, EL INSTITUTO suspenderá temporalmente los servicios (incluyendo el acceso a la plataforma educativa y clases presenciales/virtuales) hasta que el pago sea regularizado. Intereses y recargos: El incumplimiento de los plazos de pago dará lugar a la aplicación de intereses moratorios del [X]% mensual sobre el saldo adeudado y/o recargos establecidos en el contrato de matrícula. EL INSTITUTO se reserva el derecho de tomar acciones legales para la recuperación de los montos pendientes. ARTÍCULO 16. Compromiso con actividades asincrónicas. Obligación de completar actividades: Los estudiantes se comprometen a completar al menos el 80% de las actividades asincrónicas designadas en la plataforma educativa o libro. La falta de cumplimiento de esta obligación afectará su progreso académico y podría requerir clases de refuerzo adicionales con costo. Vinculación al avance académico: La realización de actividades asincrónicas es fundamental para asegurar el avance en el curso. El estudiante que no cumpla con esta obligación no podrá avanzar al siguiente nivel sin haber completado el trabajo requerido. En caso de no cumplir, el estudiante deberá tomar clases de refuerzo con un costo adicional. ARTÍCULO 17. Tutorías adicionales y clases de refuerzo. Solicitudes de tutorías: El estudiante podrá solicitar tutorías adicionales fuera del cronograma regular del curso para reforzar temas específicos. Estas tutorías tendrán un costo adicional y deberán ser programadas con al menos 48 horas de antelación, según la disponibilidad de EL INSTITUTO. Clases de refuerzo obligatorias: Si el estudiante no cumple con los objetivos académicos establecidos (por ejemplo, puntajes mínimos en pruebas o evaluación del profesor), deberá tomar clases de refuerzo. Estas clases serán cobradas adicionalmente y estarán sujetas a la disponibilidad de EL INSTITUTO. ARTÍCULO 18. Actualización de contenidos y metodologías. Actualización continua: EL INSTITUTO se reserva el derecho de actualizar los contenidos, materiales didácticos y metodologías de enseñanza en cualquier momento, con el fin de mejorar la calidad del servicio y ajustarse a las últimas tendencias pedagógicas. Notificación de cambios significativos: En caso de que se realicen cambios significativos que afecten la duración, cronograma o estructura del curso, EL INSTITUTO notificará a los estudiantes con al menos [X días] de antelación a través de los medios oficiales (correo electrónico, plataforma virtual, etc.). ARTÍCULO 19. Consentimiento y aceptación del contrato de matrícula. Las partes cuentan con capacidad legal para obligarse y comprometerse civilmente y, en consecuencia, con la firma del presente contrato de matrícula, aceptan todas y cada una de sus condiciones. EL RESPONSABLE/ESTUDIANTE declara que comprende y entiende el alcance de cada uno de sus derechos y obligaciones, libres de vicios del consentimiento. Además, EL RESPONSABLE/ESTUDIANTE afirma tener la capacidad para entender todos y cada uno de los aspectos relacionados con este contrato, el manual de convivencia y las políticas de EL INSTITUTO. EL RESPONSABLE/ESTUDIANTE declara haber recibido completa y claramente toda la información necesaria en los aspectos económicos, académicos y metodológicos para tomar la decisión de ser RESPONSABLE/ESTUDIANTE en el presente contrato, y que el estudiante matriculado cumple con las condiciones requeridas para realizar el curso de idiomas. Asimismo, manifiesta haber comprendido plenamente las condiciones físicas, mentales y de conocimientos requeridas en el perfil de ingreso, y que cumple con las capacidades y habilidades necesarias para ser admitido en el programa académico. EL RESPONSABLE/ESTUDIANTE declara haber leído, comprendido y entendido, y al mismo tiempo, ser consciente de la información provista en los documentos y formularios firmados, ya sea con firma autógrafa o digital, para ser matriculado en el programa académico adquirido en la SECCIÓN 2 del presente contrato y las cláusulas que lo integran. PARÁGRAFO. El presente documento se encuentra publicado en nuestra página web y REAL ENGLISH COLOMBIA se reserva el derecho de modificarlo y/o actualizarlo con fines de mejorar las garantías y condiciones para las partes. Cualquier modificación o actualización tendrá validez y vigencia a partir de la fecha de su publicación en nuestra página web, redes sociales y/o correo electrónico, las cuales serán notificadas mediante correo electrónico, o mediante cualquier de los canales que EL INSTITUTO REAL ENGLISH COLOMBIA tenga a su para este fin. E) Xxxxx: El estudiante recibirá sus clases en una de las aulas ubicadas en la dirección y ciudad donde EL INSTITUTO tiene sus instalaciones, como se especifica en el contrato
de matrícula. El estudiante reconoce y acepta que, dado que EL INSTITUTO no tiene sedes en todas las ciudades de Colombia, no es posible ofrecer clases en una sede diferente a la registrada. Sin embargo, el estudiante podrá tomar sus clases en las ciudades donde EL INSTITUTO tenga sedes físicas o de manera virtual, según disponibilidad. Para solicitar un cambio de sede, el estudiante debe enviar una solicitud escrita al correo electrónico xxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx. EL INSTITUTO evaluará la solicitud según los tiempos establecidos por la ley y sus políticas internas para la gestión de peticiones, quejas, reclamos o felicitaciones. F) Aprobación del Nivel: El estudiante aprueba el nivel cuando el promedio ponderado de todas sus pruebas es igual o superior al 60%. Si el estudiante no alcanza este porcentaje debido a un bajo rendimiento, se analizarán las pruebas con calificaciones insuficientes. El estudiante deberá revisar nuevamente el tema en una clase de refuerzo y repetir la prueba con una penalidad del 20% sobre la calificación obtenida inicialmente. NOTA: EL INSTITUTO no asume responsabilidad alguna si, a pesar de cumplir con su parte, el estudiante no alcanza los aprendizajes propuestos. Se entiende que se trata de un servicio basado en la provisión de medios educativos y no en la garantía de resultados. G) Tutorías Adicionales: El estudiante podrá ponerse al día o reforzar los temas que no estén claros, ya sea por inasistencia o por falta de comprensión, sin ningún costo adicional, en los horarios ofrecidos por EL INSTITUTO en los que se esté realizando el estudio del tema en cuestión. Si el estudiante no puede asistir a las tutorías ofrecidas sin costo o necesita una atención más personalizada, deberá pagar el valor correspondiente a una o más clases adicionales. En este caso, el costo de estas clases adicionales será asumido en su totalidad por el estudiante. ARTÍCULO 8. VALOR DEL CONTRATO. El valor y la forma de pago del contrato de matrícula, acordados por las partes, están definidos en el formulario de matrícula. En caso de que el pago se realice a través de una entidad financiera o bancaria, el responsable y/o estudiante entiende y acepta que la responsabilidad económica es adquirida directamente con dicha entidad. Por lo tanto, los aspectos relacionados con la modalidad de crédito, la tasa de financiación, los términos y condiciones contractuales, los desembolsos y cualquier otra circunstancia relativa al crédito bancario son de competencia exclusiva de la entidad financiera. En consecuencia, EL INSTITUTO no atenderá ni tramitará solicitudes, peticiones, quejas ni reclamos relacionados con estos temas. Cualquier inquietud respecto al crédito o préstamo debe ser gestionada directamente por el RESPONSABLE/ESTUDIANTE ante la entidad financiera correspondiente. Parágrafo: Todos los pagos realizados por el RESPONSABLE/ESTUDIANTE deben estar debidamente sustentados y verificados con el soporte de pago correspondiente (factura emitida por EL INSTITUTO) entregado por el personal encargado de recibir el pago. Esto es necesario para llevar un registro contable preciso del estado de cuenta del responsable/estudiante. RETRACTO: El valor cancelado, ya sea el pago total del curso o la cuota inicial cuando el curso es financiado directamente con EL INSTITUTO, no es reembolsable una vez que el acuerdo queda perfeccionado con la firma del contrato y del pagaré que actúa como garantía de la obligación adquirida, independientemente de si se hace uso del servicio o no. En caso de que el responsable decida no acceder al servicio después de haber realizado el pago, dispone de un plazo de 15 días hábiles a partir de la fecha de compra del programa para ceder los derechos a un tercero recomendado por él o ella. El nuevo estudiante deberá completar un nuevo proceso de matrícula, proporcionando todos los datos requeridos y aceptando tanto las condiciones de este contrato como las pautas establecidas en los reglamentos de EL INSTITUTO. Los beneficios económicos, como descuentos o promociones, serán transferidos al cesionario y serán válidos únicamente para el contrato de matrícula celebrado con el cedente. ARTÍCULO 9. VIGENCIA DEL CONTRATO DE MATRÍCULA. La vigencia máxima de los derechos del presente contrato de matrícula es de 12 meses contados a partir de la fecha de celebración, perfeccionada una vez el responsable/estudiante realiza el pago pactado por las partes. Una vez finalizado este período, el contrato perderá validez y se extinguirán todos los derechos derivados del mismo. La vigencia del contrato no está relacionada con la duración del programa, ya que la culminación del estudio de los temas depende de la intensidad de asistencia, ajustándose a los siguientes términos: asistencia de 2 clases por semana, para una duración aproximada de 10 a 12 meses; asistencia de 3 clases por semana, para una duración aproximada de 8 a 10 meses; asistencia diaria de lunes
a viernes, para una duración aproximada de 6 a 8 meses. Todas las clases tienen una duración de 2 horas cátedra (1 ½ horas) cada una. La no participación en el programa no exime al responsable y/o estudiante de la obligación de cancelar el valor total del curso pactado en el presente contrato de matrícula. ARTÍCULO 10. CLÁUSULA DE CUMPLIMIENTO Y FIRMA DEL PAGARÉ. Una vez que el responsable decide celebrar el presente contrato de matrícula, deberá firmar el pagaré que garantiza el cumplimiento total de las obligaciones económicas derivadas del mismo. El responsable se compromete a pagar el valor pactado, en la forma y dentro de los plazos acordados, de acuerdo con la Ley 2024 de 2020 y el artículo 871 del Código de Comercio. En caso de incumplimiento de las obligaciones de pago por parte del responsable/estudiante, se procederá a hacer efectivo dicho pagaré, el cual tiene mérito ejecutivo y servirá como base para la ejecución forzosa de la obligación de pago. Cualquier incumplimiento en el pago del valor del curso dará lugar a la ejecución del pagaré conforme a la legislación vigente, y el responsable/estudiante será responsable de cubrir los costos asociados a la cobranza judicial o extrajudicial que se derive del incumplimiento. ARTÍCULO 11. SUSPENSIÓN O TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE MATRÍCULA. EL INSTITUTO educativa REAL ENGLISH COLOMBIA se reserva el
derecho de suspender unilateralmente, de manera temporal o definitiva, el servicio en caso de que el estudiante cometa una falta considerada como grave o gravísima según lo estipulado en el manual de convivencia. esto también aplica para cualquier comportamiento que atente contra las buenas costumbres, la tranquilidad, seguridad y bienestar de los estudiantes y/o colaboradores, así como el normal funcionamiento y desarrollo de las actividades de EL INSTITUTO. la decisión de suspensión o terminación del contrato será comunicada formalmente al estudiante o al responsable, especificando las razones y los hechos que motivaron dicha medida. ARTÍCULO 12. CONSENTIMIENTO Y ACEPTACIÓN DEL CONTRATO DE MATRÍCULA. Las partes cuentan con
capacidad legal para obligarse y comprometerse civilmente y, en consecuencia, con la firma del presente contrato de matrícula, aceptan todas y cada una de sus condiciones. EL RESPONSABLE/ESTUDIANTE declara que comprende y entiende el alcance de cada uno de sus derechos y obligaciones, libres de vicios del consentimiento. Además, EL RESPONSABLE/ESTUDIANTE afirma tener la capacidad para entender todos y cada uno de los aspectos relacionados con este contrato, el manual de convivencia y las políticas de EL INSTITUTO. EL RESPONSABLE/ESTUDIANTE declara haber recibido completa y claramente toda la información necesaria en los aspectos económicos, académicos y metodológicos para tomar la decisión de ser RESPONSABLE/ESTUDIANTE en el presente contrato, y que el estudiante matriculado cumple con las condiciones requeridas para realizar el curso de idiomas. Asimismo, manifiesta haber comprendido plenamente las condiciones físicas, mentales y de conocimientos requeridas en el perfil de ingreso, y que cumple con las capacidades y habilidades necesarias para ser admitido en el programa académico. EL RESPONSABLE/ESTUDIANTE declara haber leído, comprendido y entendido, y al mismo tiempo, ser consciente de la información provista en los documentos y formularios firmados, ya sea con firma autógrafa o digital, para ser matriculado en el programa académico adquirido en la SECCIÓN 2 del presente contrato y las cláusulas que lo integran. PARÁGRAFO. El presente documento se encuentra publicado en nuestra página web y REAL ENGLISH COLOMBIA se reserva el derecho de modificarlo y/o actualizarlo con fines de mejorar las garantías y condiciones para las partes. Cualquier modificación o actualización tendrá validez y vigencia a partir de la fecha de su publicación en nuestra página web, redes sociales y/o correo electrónico, las cuales serán notificadas mediante correo electrónico, o mediante cualquier de los canales que EL INSTITUTO REAL ENGLISH COLOMBIA tenga a su para este fin.