AÑO XL Núm. 171 6 de septiembre de 2021 32248
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III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS
Consejería de Economía, Empresas y Empleo
Resolución de 30/08/2021, de la Secretaría General, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y la Diputación Provincial xx Xxxxxx, por la participación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en ferias de turismo durante los años 2020 y 2021. [2021/9699]
La Consejería de Economía, Empresas y Empleo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y la Diputación Provincial xx Xxxxxx han formalizado, con fecha 29 de julio de 2021, un Convenio de Colaboración entre la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y la Diputación Provincial xx Xxxxxx, por la participación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en Ferias de Turismo durante los años 2020 y 2021, cuyo texto se recoge como anexo a esta resolución. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 2/1991, de 14 xx xxxxx, de Coordinación de Diputaciones, esta Secretaría General ha resuelto disponer su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Toledo, 30 xx xxxxxx de 2021
El Secretario General XXXXXX XXXXX XXXXXXXXX
Anexo
Convenio de Cooperación Económica entre la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y la Diputación Provincial xx Xxxxxx, por la participación de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha en Ferias de Turismo durante los años 2020 y 2021.
Reunidos
De una parte, Xx. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Consejera de Economía, Empresas y Empleo de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha, nombrada mediante Decreto 67/2019, de 7 de julio, (D.O.C.M nº 132, de 8 de julio), en virtud de las facultades que le confiere el artículo 2.2 del Decreto 79/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo y la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
Y de otra parte, D. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, Presidente de la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxx, en virtud de las
facultades que le confiere el artículo 34 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Las partes se reconocen recíprocamente la capacidad legal suficiente y necesaria para el otorgamiento del presente
Convenio de Cooperación, así como la representación que tienen acordada al efecto.
Manifiestan
Primero. Que la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha tiene atribuida, en virtud de lo establecido en el artículo 31.1.18ª de su Estatuto de Autonomía, la competencia exclusiva en materia de promoción y ordenación del turismo en su ámbito regional, la cual es ejercida actualmente por la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1. 2. ñ), del Decreto 79/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en dicha Consejería, a través de la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía, tal y como se define en el artículo 12 del citado Decreto, al asignar a la mencionada Dirección General, el ejercicio específico de aquellas funciones relacionadas con la planificación, ordenación, promoción y fomento del turismo.
Segundo. Que, en el ejercicio de estas funciones, la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, a través de la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía lleva a cabo un amplio programa de actuaciones dirigidas a promocionar Castilla-La Mancha como destino turístico de interior, entre las cuales destaca la asistencia a diversas ferias especializadas del sector.
Tercero. Que la provincia xx Xxxxxx cuenta con una gran variedad de espacios naturales con una excepcional riqueza ecológica y paisajística, así como con un valioso patrimonio, artístico y cultural, susceptibles de aprovechamiento turístico, y de convertirse en uno de los factores clave en el desarrollo económico y social de la región.
Cuarto. Que la Diputación Provincial xx Xxxxxx, en virtud de las competencias que le atribuye el artículo 36 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local, lleva a cabo todo el conjunto de actuaciones, que, en su ámbito territorial, resultan tendentes a potenciar y fomentar los intereses peculiares de la provincia.
Quinto. Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 6.c) de la Ley 2/1991, de 14 xx xxxxx, de Coordinación de las Diputaciones Provinciales de Castilla-La Mancha, se ha venido a declarar de interés general, entre otras materias, la promoción del turismo, así como los concursos, exposiciones, ferias y mercados.
Sexto. Que las partes firmantes tienen un interés común en colaborar en la promoción turística de la provincia xx Xxxxxx, a través de la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, acordando para ello, aunar sus presupuestos y sus esfuerzos para la asistencia a distintas ferias especializadas en el sector del turismo y conseguir de este modo, una promoción de esta provincia y de Castilla-La Mancha como destino turístico de interior más eficiente, mostrando una imagen de unidad del turismo de la región, compatible con la atención a la singularidad de la riqueza de recursos susceptibles de aprovechamiento turístico de la provincia xx Xxxxxx.
Así, y junto a las ferias a las que asista durante el año 2021, con este convenio se ampara la participación de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha en Fitur 2020, como única actuación promocional mediante ferias que se pudo celebrar en el año 2020, debido a la crisis sanitaria provocada por el COVID-19.
Séptimo. Que la citada Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, en su artículo 57, establece que la cooperación económica, técnica y administrativa entre las Administraciones Locales y las Comunidades Autónomas, tanto en servicios locales como en asuntos de interés común, se desarrollará con carácter voluntario, bajo las formas y en los términos previstos en las leyes, pudiendo tener lugar mediante los convenios administrativos que suscriban.
Octavo. Que el artículo 9 de la Ley 2/1991, de 14 xx xxxxx, de Coordinación de las Diputaciones Provinciales, prevé que la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y las Diputaciones Provinciales, puedan suscribir Convenios de Cooperación para mejorar la prestación de los servicios públicos y potenciar la cooperación técnica y económica.
Noveno. Que el artículo 47 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, prevé que son convenios interadministrativos, entre otros, aquellos firmados entre dos o más Administraciones Públicas. Igualmente, su artículo 48 determina que la suscripción de convenios deberá mejorar la eficiencia de la gestión pública, facilitar la utilización conjunta de medios y servicios públicos, contribuir a la realización de actividades de utilidad pública y cumplir con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Por todo lo expuesto, las partes acuerdan la firma del presente Convenio de Cooperación, con arreglo a las
siguientes, Estipulaciones
Primera. Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es establecer las condiciones de colaboración y cooperación económica entre la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, a través de la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía, y la Diputación Provincial xx Xxxxxx, para sufragar los gastos derivados de la participación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en distintas ferias especializadas en el sector del turismo durante el año 2021.
Las ferias a las que se tiene previsto acudir durante el año 2021, así como las previsiones de gastos e ingresos que de ellas derivarían, son los siguientes:
Actuaciones: Ferias de Turismo 2021 | Fecha de celebración | Previsión de gastos totales | Previsión de ingresos de los convenios con las Diputaciones provinciales |
Arrendamiento del suelo en Ifema | 187.951,20 € |
Fitur - Ejecución del stand. Incluye: producción, montaje y desmontaje del stand, iluminación, decoración, y suministro de material, incluido audiovisuales y material informático. - Servicios complementarios de atención del stand. Incluye: servicio de mantenimiento permanente de las instalaciones del stand (espacio expositivo, salas y almacén y medios audiovisuales e informáticos), y servicio de limpieza, durante toda la feria. | Del 19 al 23 xx xxxx de 2021 | 200.000,00 € | 340.000,00 € |
Otras ferias (B-Travel, Expovacaciones, Tierra Adentro, Intur). - Ejecución del stand. Incluye: diseño, fabricación, montaje y desmontaje. | (por determinar) | 100.000,00 € | |
Total 2021 | 487.951,20 € | 340.000,00 € |
Durante la celebración de estas ferias, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha propiciará la participación
activa de la Diputación Provincial xx Xxxxxx, adoptando para ello las siguientes medidas específicas:
a) Puesta a disposición de la Diputación Provincial xx Xxxxxx, de un espacio mostrador y otro de almacenaje específicos para el uso y disfrute exclusivo por parte de la entidad local, en cada una de las ferias objeto de este convenio.
b) Incorporación, en los stands de las ferias y demás elementos expositivos, de la imagen institucional de la Diputación Provincial xx Xxxxxx.
c) Puesta a disposición de la Diputación Provincial xx Xxxxxx, del material promocional alusivo a la provincia xx Xxxxxx, entre ellos: folletos, merchandising, etc.
No obstante lo anterior, también se considera amparable la participación de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx- La Mancha en Fitur 2020, como única actuación promocional mediante ferias que se pudo celebrar en el año 2020, debido a la crisis sanitaria provocada por el COVID-19, y cuyos gastos e ingresos fueron los siguientes:
Fitur 2020 | Fecha de celebración | Gastos realizados | Ingresos de los convenios con las Diputaciones provinciales |
Arrendamiento del suelo en Ifema | 217.726,16 € | ||
Fitur - Ejecución del stand. Incluye: producción, montaje y desmontaje del stand, iluminación, decoración, y suministro de material, incluido audiovisuales y material informático. - Servicios complementarios de atención del stand. Incluye: servicio de mantenimiento permanente de las instalaciones del stand (espacio expositivo, salas y almacén y medios audiovisuales e informáticos), y servicio de limpieza, durante toda la feria. | Del 22 al 26 de enero de 2020 | 578.511,16€ | 340.000,00 € |
Total 2020 | 796.237,32 € | 340.000,00 € |
Durante la celebración de Fitur 2020, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha propició la participación
activa de la Diputación Provincial xx Xxxxxx, adoptando para ello las siguientes medidas específicas:
a) Puesta a disposición de la Diputación Provincial xx Xxxxxx, de un espacio mostrador y otro de almacenaje
específicos para el uso y disfrute exclusivo por parte de la entidad local, en Fitur.
b) Incorporación en el stand de la feria y demás elementos expositivos, de la imagen institucional de la Diputación Provincial xx Xxxxxx.
c) Puesta a disposición de la Diputación Provincial xx Xxxxxx, del material promocional alusivo a la provincia xx Xxxxxx, entre ellos: folletos, merchandising, etc.
Segunda. Compromisos de las partes.
La Consejería de Economía, Empresas y Empleo, a través de la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía, deberá justificar en el plazo de 20 días desde la firma del convenio, la asistencia de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha a Fitur 2020.
La Consejería de Economía, Empresas y Empleo, a través de la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía, deberá justificar la asistencia de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha a las ferias, nacionales e internacionales durante el año 2021, en el plazo de 20 días desde la última de ellas a las que se haya asistido.
La justificación, en ambos casos, adoptará la forma de cuenta justificativa, con justificantes de gastos y pagos, con
aportación de la siguiente documentación:
a) Memoria justificativa del cumplimiento del objeto del convenio, que comprenderá el conjunto de actuaciones y
actividades realizadas.
b) Relación individualizada de todos los gastos incurridos en el desarrollo del objeto de este convenio, y certificación de los pagos realizados por la Tesorería General de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha. La relación certificada por la Intervención
Delegada o por la Tesorería deberá incluir identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión
y fecha de pago.
c) Una relación certificada por la Intervención Delegada o por la Tesorería General de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha, detallada, de otros ingresos o aportaciones que hayan financiado la actividad objeto del convenio, con indicación del importe y su procedencia; o, en su caso, de la inexistencia de los mismos.
Por su parte, la Diputación Provincial xx Xxxxxx deberá efectuar las aportaciones que se desglosan a continuación, asumiendo el compromiso del gasto y pago de dicho importe, con cargo al presupuesto del ejercicio 2021, para lo cual transferirá a favor de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, en la cuenta corriente número XX00 0000 0000 00 0000000000, dichas cuantías, en concepto de: “Ferias”, indicando el año correspondiente, bien 2020, bien 2021. Estas aportaciones se realizarán en el plazo de 30 días, desde la presentación por la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de la documentación justificativa de las actuaciones llevadas a cabo.
El desglose se indica en el siguiente cuadro:
Año | Aportación Económica Diputación Provincial |
2020 | 50.000 € |
2021 | 50.000 € |
Total | 100.000 € |
Tercera. Comisión mixta de seguimiento.
Para el correcto seguimiento, vigilancia y control de la ejecución de este convenio y de los compromisos adquiridos por las partes, se creará una Comisión Mixta que resolverá también los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran plantearse.
Este órgano mixto estará integrado por dos representantes de cada una de las partes, designados, respectivamente, por la Consejería de Economía, Empresas y Empleo y la Diputación Provincial xx Xxxxxx.
Las normas de funcionamiento serán las que la propia Comisión establezca y, supletoriamente, se regirá por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, debiéndose reunir cuando lo solicite alguna de las partes y, en todo caso, al menos una vez al año.
Dicha Comisión tendrá las siguientes funciones:
a) Aclarar las dudas y controversias que puedan originarse en la interpretación y ejecución de este convenio.
b) Elevar las propuestas que elabore, a los órganos competentes de las partes firmantes.
Dentro de los quince días siguientes a la firma del presente convenio, ambas partes se comunicarán por escrito, el
nombre de sus representantes en la Comisión Mixta de Seguimiento. Cuarta. Vigencia y causas de resolución.
La vigencia del presente convenio comenzará el día de su firma y finalizará el 31 de diciembre de 2021. Sin perjuicio de lo anterior, amparará, en todo caso, las actuaciones desarrolladas como consecuencia de la participación en Fitur 2020, en los términos expuestos en la estipulación primera.
Son causas de resolución:
a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.
b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.
En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos, en el plazo de 15 días. Este requerimiento será comunicado a la Comisión Mixta de Seguimiento y a la otra parte firmante.
Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la
otra parte la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
Quinta. Naturaleza jurídica y cuestiones litigiosas.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre y en el artículo 57 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx. En este sentido y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que la que transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/ UE y 2014/24/UE, de 00 xx xxxxxxx xx 0000, xxxx xxxxxxxx xxxxx xxxxx xxx xxxxxx de aplicación de dicha Ley, sin perjuicio de la aplicación de los principios y criterios en ella contenidos para resolver las dudas y lagunas que pudieran producirse.
Las controversias que pudieran surgir se resolverán de mutuo acuerdo entre las partes en el seno de la Comisión Mixta de Seguimiento. En su defecto los órganos jurisdiccionales del orden contencioso administrativo serán competentes para dirimir los conflictos a que la ejecución del presente convenio pudiera dar lugar.
Y en prueba de conformidad, las partes intervinientes firman el presente Convenio de colaboración por duplicado
ejemplar, y a un solo efecto, en lugar y fecha arriba indicados, de todo lo cual, como Secretario, doy fe.
La Consejera de Economía, Empresas y Empleo. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx
El Presidente de la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxx. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx