PZA. DR. NICOLÁS MARTÍN VIRSEDA,1 HIENDELAENCINA CP 19242. TFNO. 949 899004 m-alto-rey@local.jccm.es
MANCOMUNIDAD ALTO REY
XXX. XX. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX,0
XXXXXXXXXXXXXX
XX 00000. TFNO. 949 899004
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS QUE RIGE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA Y TRANSPORTE DE RESIDUOS, EN LOS MUNICIPIOS DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS ALTO REY (GUADALAJARA), MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO.
TIPO DE CONTRATO: SERVICIOS.
PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN: PROCEDIMIENTO ABIERTO
FORMA DE ADJUDICACION: CONCURSO
PRIMERA.- CONCRECIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO
Es objeto del presente contrato la prestación de los servicios de recogida y transporte de los residuos sólidos urbanos al centro de recogida de residuos de los municipios integrados en el ámbito territorial de la Mancomunidad de Municipios Alto Rey con las frecuencias y condiciones que se indican en el presente pliego de condiciones técnicas.
Además, el contrato también comprenderá la limpieza y mantenimiento de los contenedores y de los lugares donde éstos estén ubicados por parte de la empresa adjudicataria.
Las prestaciones exigidas por el presente Xxxxxx se realizarán conforme a las prescripciones del mismo, tanto en frecuencia, como en medios, como en extensión; sin que éstas puedan ser alteradas o modificadas, excepción hecha de autorización expresa de la Mancomunidad, bien a propuesta de la misma o del adjudicatario.
Los licitadores plantearán el Plan de servicios que mejor se adecue a la Mancomunidad de Municipios Alto Rey y que cumpla con el presente pliego de condiciones técnicas.
Sobre la oferta de adjudicación, podrá la Mancomunidad introducir las modificaciones que, de conformidad con el régimen legal aplicable, considere necesarias, las cuales, de mutuo acuerdo, se admitirán por el contratista.
Todos los servicios se efectuarán con sujeción estricta a lo especificado en el presente Pliego de Condiciones Técnicas y a lo que se determine a través del contrato de adjudicación de los servicios objeto del presente concurso.
SEGUNDA.- ÁMBITO DEL SERVICIO
Los servicios objeto de la presente licitación se extienden a todos los municipios que integren la Mancomunidad de Municipios Alto Rey.
Actualmente los municipios y E.A.T.I.M.´s mancomunados son los siguientes:
Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx |
Xxxxxx de las Fraguas |
Bodera, La |
Bustares |
Cañamares |
Cardeñosa |
Hiendelaencina |
Miñosa, La |
Xxxx, La |
Xxxxx xx Xxxxxxxx, Las |
Naharros |
Ordial, El |
Xxxxxxx xxx Xxxxx |
Xxxxxxxxx |
San Xxxxxx del Congosto |
Santiuste |
Sienes |
Tordelloso |
Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx |
Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx |
TERCERA. CONTENIDO DEL SERVICIO.
El servicio de recogida y transporte de los residuos comprende las siguientes prestaciones:
1). Recogida y transporte de basura y residuos domiciliarios procedentes de la normal actividad doméstica.
2). Recogida y transporte de basura y residuos de establecimientos comerciales, hosteleros, industriales, de entidades profesionales, etc. ubicadas en los municipios integrantes del ámbito territorial de la mancomunidad, asimilables a los residuos domiciliarios.
3). Recogida selectiva y transporte de papel, cartón y envases ligeros.
4). El transporte de los residuos de la fracción resto se realizará a la Planta de Transferencia que corresponda geográficamente (Humanes y Sigüenza). En el caso del papel, cartón y envases se realizará a la planta de transferencia xx Xxxxxx (Guadalajara). La mancomunidad podrá modificar el lugar de vertidos de residuos sin que por ello proceda el pago de indemnización o cantidad adicional alguna al contratista, salvo que suponga un aumento de distancia que altere sustancialmente el equilibrio económico del contrato. Se entiende alteración sustancial cuando el nuevo lugar de vertido no exceda de 10 kilómetros respecto de las plantas de transferencia actuales.
5). Limpieza de los contenedores existentes en los municipios que integren la mancomunidad, con la frecuencia que establecida en la condición 4ª.1.3.
CUARTA. PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS MUNICIPALES.
4ª.1 GESTIÓN ORDINARIA DE RESIDUOS (DOMICILIARIA Y COMERCIAL).
4ª.1.1 Prestaciones.
El adjudicatario deberá efectuar la recogida separada de residuos domésticos generados dentro del ámbito territorial del contrato, que contempla los siguientes procesos y prestaciones, según se describen en el presente pliego de prescripciones técnicas:
• Contenerización de los residuos de forma separada. La Mancomunidad Alto Rey pondrá a disposición del adjudicatario el parque de contenedores existente en la actualidad.
• Recogida separada de las distintas fracciones de residuos domésticos, asimilables o comerciales no peligrosos en las cantidades que se establezcan, mediante el vaciado de los contenedores existentes, así como de los residuos que pudieran aparecer en el entorno de los contenedores.
La recogida ordinaria comprenderá las siguientes categorías de residuos: resto, envases ligeros, papel/cartón.
• Transporte separado de los residuos recogidos a las plantas de destino correspondientes (transferencia/valorización), garantizando que en ningún momento del proceso de recogida y transporte se mezclen las distintas fracciones, con el objetivo de lograr una eficaz gestión final de los mismos.
La gestión separada de residuos se ajustará en todo momento al modelo de separación actualmente vigente en la Mancomunidad Alto Rey en todo su ámbito territorial, de acuerdo con la normativa vigente.
4ª.1.2 Contenerización.
Corresponde al adjudicatario el uso adecuado y la limpieza, a lo largo de la vida del contrato, de los recipientes necesarios para garantizar el depósito y recogida separada de los residuos domésticos y comerciales.
Adecuación a los medios de recogida actuales.
Todos los sistemas y vehículos de recogida de residuos propuestos por los licitadores deben ser compatibles con los recipientes suministrados por la Mancomunidad de Municipios Alto Rey y que se encuentren en uso dentro del ámbito del presente contrato. En caso contrario, será por cuenta del adjudicatario la sustitución de los recipientes o elementos necesarios para compatibilizar los mismos.
Todos los recipientes instalados cumplirán las normas internacionales vigentes en cuanto a calidad y funcionalidad, que garanticen su idoneidad para el uso por parte de los ciudadanos, debiendo presentarse las correspondientes certificaciones emitidas por entidades reconocidas.
Los licitadores podrán proponer nuevos recipientes para el depósito de residuos, que sustituyan a los actuales o amplíen el parque, en la línea de optimizar y mejorar la eficacia de los mismos y de la recogida. En todo caso, será la Mancomunidad de Municipios Alto Rey quién aprobará el nuevo modelo de recipiente.
Los contenedores o recipientes empleados serán de carga trasera para los residuos de la fracción resto y de carga superior para las fracciones selectivas de envases y papel-cartón, similares a los actualmente existentes.
Recipientes y elementos actuales.
Los recipientes que actualmente prestan servicio en el ámbito territorial de la Mancomunidad de Municipios Alto Rey, propiedad de esta entidad, serán incorporados en el nuevo contrato integral de recogida de residuos.
Todos los recipientes de nueva aportación o implantación, así como los empleados en reposiciones o sustituciones a lo largo de la vida del contrato, pasarán a ser de titularidad de la mancomunidad al final de la vida del mismo, junto con los existentes anteriormente.
Ubicación.
Los licitadores deberán respetar las actuales ubicaciones de los recipientes destinados al depósito de residuos, cuya ubicación corresponderá determinar a cada Ayuntamiento mancomunado.
El adjudicatario está obligado a ejecutar cualquier requerimiento de cambio de ubicación procedente de las prestaciones municipales, en un plazo no superior a 48 horas desde la emisión de la correspondiente orden, si no existe impedimento ajeno al propio servicio.
En cualquier caso la ubicación de los contenedores estará sujeta a su aprobación final por el Ayuntamiento afectado y por la Mancomunidad de Municipios Alto Rey.
En caso de detectarse insuficiencia de volumen en algún punto determinado, y fuese inviable la ampliación de recipientes en el mencionado punto, el adjudicatario deberá plantear ubicaciones alternativas en las proximidades, las cuales estarán sometidas a la consideración y aprobación final por parte de la entidad contratante.
Limpieza y mantenimiento
Será de cuenta del adjudicatario el mantenimiento y limpieza de los recipientes de contenerización.
En las labores de mantenimiento de los contenedores se incluyen las referidas a los mecanismos de apertura, cierre, carga y descarga, bocas de llenado y cualquier otro que incida en el adecuado funcionamiento del mismo, así como la reparación de golpes, abolladuras, eliminación de grafitis, pegatinas y carteles, pintado y reposición de rótulos y adhesivos.
El adjudicatario deberá llevar a cabo la limpieza mecánica interior y exterior de los contenedores, incluyendo su desinfección y desinsectación, para la cual se utilizarán los medios adecuados, con la frecuencia establecida en la condición 4ª.1.3. El licitador presentará detalladamente el sistema elegido para la realización de los trabajos de limpieza tanto en maquinaria como en productos a emplear.
En el caso de que el adjudicatario optase por algún sistema de limpieza que implicase la retirada de recipientes a instalaciones propias, los elementos retirados deben quedar sustituidos por otros de semejantes características en el momento de su retirada, para garantizar que cada punto de recogida siga disponiendo del volumen instalado necesario en todo momento.
Además de la limpieza y mantenimiento de los contenedores, se realizarán aquellas labores necesarias de mantenimiento y limpieza del espacio exterior de los mismos, así como de los elementos auxiliares vinculados, cuya finalidad es que los mismos cumplan su función, presenten un aspecto adecuado y mantengan un perfecto estado de limpieza.
4ª.1.3. Recogida separada de las distintas fracciones.
Corresponde al adjudicatario la recogida separada de las distintas fracciones de residuos domésticos, asimilables o comerciales mediante el vaciado de los contenedores existentes así como de los residuos que pudieran aparecer en el entorno de los contenedores y el transporte separado a las plantas de tratamiento correspondientes.
• Dotación de personal
La dotación de personal de cada vehículo de recogida de residuos será el adecuado a la naturaleza de cada tipo de residuo y su sistema de recogida y transporte.
• Vehículos
El servicio de recogida y transporte se realizará con vehículos adecuados para cada tipo de residuo y dentro del marco que determinen las normas de seguridad tanto para las personas como para los bienes.
Los vehículos a utilizar irán dotados de los correspondientes sistemas de recogida, elevación y vaciado de recipientes que en cada momento se disponga, debiendo ser en todo momento compatibles y eficaces con el parque de contenedores para el depósito de residuos instalado.
Los vehículos recolectores empleados, estén dotados o no de sistema de compactación, deberán en todo momento encontrarse en buenas condiciones de funcionamiento, sin que ninguno de sus sistemas o mecanismos se encuentren fuera de uso o deteriorados.
• Frecuencia y turnos
Las frecuencias y turnos de recogida de cada una de las fracciones se recogen a continuación:
FRACCIÓN
|
FRECUENCIA
|
OBSERVACIONES
DEL 16/06 AL 15/09.
DEL 16/09 AL 15/06.
OCTUBRE/XXXXX
XXXXX/SEPTIEMBRE
CUATRO VECES AL AÑO |
• Forma.
La recogida deberá hacerse de forma que se garantice:
Que los contenedores no rebosen de residuos a fin de garantizar la salubridad de la población.
Que se recojan la totalidad de los residuos depositados por los usuarios, incluidos los que se hayan depositado en las inmediaciones de los contenedores.
Que la recogida se haga en el menor tiempo posible, en condiciones de seguridad tanto para los ciudadanos como para los trabajadores del adjudicatario que presten el servicio y con el menor impacto ambiental posible.
Que se ocasionen las menores molestias posibles a los vecinos por ruidos, olores, etc.
Que se realice en las mejores condiciones higiénicas y de limpieza.
Que la recogida se realice en condiciones de eficiencia, desde un punto de vista operativo, económico y ambiental.
Que los contenedores, una vez vaciados, quedan bien cerrados y tapados y son retornados a su lugar de origen y quedando ubicados de tal forma que no entorpezcan el tránsito de peatones y vehículos.
4ª.1.4. Transporte separado de los residuos recogidos a las plantas de transferencia/valorización.
• Ubicación.
Los residuos recogidos deben ser transportados hasta los centros de transferencia/valorización específicos para cada fracción asumiendo la Mancomunidad de Municipios Alto Rey los costes derivados de la gestión del residuo de la fracción resto. En el caso de los residuos selectivos corresponderán al adjudicatario la percepción de la subvención otorgada por ECOEMBES en función de la calidad del material reciclado.
La tarea de descarga de residuos en los centros correspondientes queda incluida dentro de las obligaciones del prestador del servicio.
En cualquier caso, si a lo largo de la vigencia del contrato se produjesen cambios de las instalaciones receptoras de residuos, el adjudicatario no tendrá derecho a modificación de precios siempre que el incremento de distancia a recorrer para utilizar las nuevas instalaciones no sea mayor de 10 kms. En caso de que la nueva distancia a recorrer sea superior a los 10 kms. mencionados se habrá de mantener en todo caso el equilibrio económico financiero del contrato.
Dentro de la prestación del servicio queda incluida la descarga de los residuos en las diversas plantas de tratamiento o separación.
• Condicionantes.
Los vehículos han de adaptarse a las características técnicas de los centros de tratamiento. Todos los residuos transportados hasta las plantas de tratamiento correspondientes deberán ser pesados en básculas existentes a la entrada de las mismas, empleándose los albaranes resultantes de esos pesajes para la facturación mensual (una copia de los albaranes quedará en poder del ente local y otra en poder de la empresa adjudicataria).
4ª.2 CONSIDERACIONES GENERALES SOBRE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
Medios aportados por el adjudicatario y por el ente local.
A. Adjudicatario.
1) Descripción de los medios a aportar.
Los licitadores deberán detallar en su oferta, y aportar en caso de adjudicación, la totalidad del material y maquinaria necesaria para la realización de los servicios contemplados en el presente contrato, con aportación de planos y cuantos datos crean necesarios (características técnicas, marca, modelo, fechas de adquisición, datos de amortización, tipo de titularidad en propiedad, arrendamiento financiero, etc.).
Los vehículos, maquinaria, material móvil y resto del material necesario para la prestación del servicio se elegirán de acuerdo con las funciones que deban realizar, adaptándose a los condicionantes de anchura de calles, pendientes y características específicas de las zonas en que se programe su uso.
Los vehículos y la maquinaria empleada deberán en todo momento encontrarse en buenas condiciones de funcionamiento, sin que ninguno de sus sistemas o mecanismos se encuentren fuera de uso o deteriorados.
Todos los vehículos deberán lavarse y desodorizarse con la frecuencia y métodos adecuados.
2) Obligaciones de mantenimiento.
El adjudicatario mantendrá, en todo momento, el parque de la maquinaria y herramientas en perfecto estado de uso y funcionamiento para no provocar perturbaciones en la realización de los trabajos contratados, sin perjuicio de que deberá prever el número suficiente de equipos de reserva para que bajo ningún concepto se entorpezca el normal desarrollo de los servicios a prestar en caso de avería o cualquier otro tipo de incidencia. Todos los vehículos automóviles que deban someterse a la Inspección Técnica de Vehículos, lo harán según establece la normativa en vigor.
B. Ente local.
1) Descripción de los medios aportados.
La Mancomunidad pondrá a disposición del adjudicatario el actual parque de contenedores tanto para la fracción resto como para las fracciones selectivas y papel/cartón.
Los medios cedidos por el ente local revertirán de nuevo a éste al finalizar el contrato. Asimismo, el contratista está obligado a no enajenar los bienes y equipos afectos al servicio, que hubieran sido cedidos por el ente local, ni gravarlos sin autorización expresa de la Administración.
QUINTA. OBLIGACIONES GENERALES DEL ADJUDICATARIO.
El adjudicatario viene obligado, con carácter general a:
1. Cumplir las obligaciones previstas en el Pliego de Condiciones Administrativas Particulares, en el Pliego de Prescripciones Técnicas, en el contrato que se formalice y demás documentación contractual y las instrucciones que en ejercicio de las potestades que le corresponda, le dirija la entidad local mancomunidad Alto Rey.
2. Prestar el servicio a su riesgo y xxxxxxx, con xxxxxxxx de todos los costes y gastos relacionados con el mismo.
3. Prestar el servicio con la calidad exigida y con estricta sujeción a lo exigido en la documentación contractual, pudiendo dictar las instrucciones oportunas, sin perjuicio de las potestades de la Administración.
4. Garantizar el derecho de los ciudadanos a ser beneficiarios del servicio, en los términos previstos en la documentación contractual.
5. No interrumpir la prestación del servicio por ningún motivo, ni aún en el caso de demora en el pago, salvo en los casos y con sujeción a los requisitos legalmente previstos.
6. Continuar en la prestación del servicio una vez extinguido el servicio, hasta el momento en que el mismo comience a ser prestado por un nuevo adjudicatario o por la propia entidad local.
7. Obtener todas las autorizaciones, permisos, trámites y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la prestación del servicio con anterioridad al comienzo del mismo.
8. Indemnizar los daños que se causen a terceros o a la entidad local como consecuencia de la prestación del servicio. A estos efectos, el adjudicatario deberá suscribir antes del inicio de la prestación del servicio, una póliza de seguro de responsabilidad civil por un importe mínimo de cobertura anual de UN DIEZ POR CIENTO (10%) sobre el precio de licitación.
9. Cumplir las obligaciones de orden laboral, de seguridad social, de integración social de minusválidos y tributarias que le sean de aplicación. En particular, estará obligado a adoptar todas las medidas establecidas en la legislación vigente sobre prevención de riesgos laborales.
10. Facilitar el ejercicio de las funciones de control y fiscalización de los servicios que corresponden a la entidad local, cumplimentando y presentando en el plazo fijado la documentación requerida por la Administración para el ejercicio de tales funciones.
11. Dar conocimiento la entidad local sobre cualquier anomalía o incidencia en los servicios, que afecte a la buena marcha de los mismos, comunicándoselo con antelación suficiente o, en el caso en el que no fuera posible dicha antelación, inmediatamente después de la ocurrencia del hecho.
12. Cumplir la legislación aplicable al ejercicio de su actividad y a la prestación de los servicios y, en particular, la legislación de protección del medio ambiente.
13. Cumplir las obligaciones que se deriven de los Convenios que la entidad local tenga suscritos con los diferentes Sistemas Integrados de Gestión de residuos o a los que se encuentre adherida.
14. Respetar el principio de no discriminación por razón de nacionalidad, en consonancia con lo dispuesto en el artículo 280.d) del TRLCSP, respecto de las empresas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización del Comercio, en los contratos de suministro que el adjudicatario adjudique como consecuencia de la gestión del servicio público.
15. Asumir las obligaciones frente a otras empresas subcontratistas, sin que la entidad local asuma obligación alguna al respecto.
16. Respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la prestación del servicio a la que se hubiese otorgado dicho carácter en los pliegos, en el contrato o en las proposiciones de las empresas participantes en el procedimiento de adjudicación o la que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante toda la ejecución del contrato.
17. Cumplir la legislación de protección de datos de carácter personal, en su calidad de encargados del tratamiento de datos personales.
18. El adjudicatario deberá tener el máximo cuidado en la ejecución de los servicios al objeto de no ensuciar las aceras y calzadas, debiendo proceder inmediatamente a la limpieza de los productos que se viertan en la maniobra de carga. Queda totalmente prohibida el rebusco, selección o cualquier otra manipulación con la basura. Los restos de recogida de basura que se viertan en la vía pública en las operaciones de carga serán inmediatamente retirados por los empleados del servicio de recogidas. Para ello se dispondrán los medios materiales necesarios. A tal efecto los licitadores explicitarán en sus ofertas medios y sistemas a emplear para la consecución de los objetivos mencionados.
19. Reponer los contenedores deteriorados por el mal uso o uso negligente causada por la recogida de los residuos en ellos depositados, debiendo sustituirse por otros de iguales o similares características a los existentes.
SEXTA.- OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA EN LA REALIZACIÓN DEL SERVICIO.
1.- Los objetos de singular valor que el contratista encuentre en la basura o productos de los diferentes servicios que se contraten deberán ser puestos en conocimiento de la Mancomunidad (no se considerará como tales los residuos voluminosos, muebles o electrodomésticos).
2.- Las basuras serán transportadas inmediatamente después de su recogida en los puntos de aportación en que se encuentren situados los contenedores y haber vaciado su contenido en el vehículo recolector y devolver el recipiente, evitando el desplazamiento libre del mismo, hasta su lugar de origen, con el máximo cuidado para evitar ruidos y daños, a las Plantas de Transferencia xx Xxxxxxxx y Humanes de Mohernando, según las rutas.
Queda prohibida la descarga de basura en cualquier otro punto que no sea la citada Planta u otro señalado por la Mancomunidad.
3.- En las operaciones de manipulación de los recipientes, tanto en el acercamiento y vaciado como en el traslado al lugar de origen, el personal del servicio no podrá derramar absolutamente ninguna clase de residuo. De producirse esta circunstancia, estará obligado a efectuar la recogida de los mismos y dejar el lugar en perfecto estado de limpieza. De cualquier forma, el punto de aportación (ubicación) y el retorno de los contenedores deberá quedar completamente limpio de residuos cualquiera que hubiera sido la causa del derrame o vertido de los residuos.
5.- El trasporte de las basuras o productos procedentes de la limpieza al vertedero legalmente autorizado se realizará el mismo día de su recogida, sin que, por tanto, puedan ser depositados en otro lugar ni quedarse en los vehículos de un día para otro salvo casos especiales que deberán ser autorizados por la Presidencia de la Mancomunidad.
SÉPTIMA.- TIPOLOGÍA, CLASIFICACIÓN DE RESIDUOS Y EXCLUSIONES.
7ª.1. A efectos del presente Pliego, tendrán la categoría de residuos sólidos urbanos todos los materiales residuales siguientes:
a) Los desechos de la alimentación y del consumo producidos por los ciudadanos en sus viviendas.
b) Los residuos procedentes del barrido de las aceras efectuado por los ciudadanos.
c) Los envoltorios, envases, embalajes y otros residuos sólidos producidos en los locales comerciales.
d) Los materiales residuales producidos por actividades de servicios o comerciales, siempre que puedan asimilarse a residuos domiciliarios.
e) Los residuos producidos por el consumo xx xxxxx, restaurantes y demás establecimientos, tales como supermercados, autoservicios y similares.
f) Los residuos de consumo en general asimilables a domiciliarios, producidos en el centro de salud, colegios y otros establecimientos públicos o abiertos al público.
g) Las defecaciones de los animales domésticos que sean depositadas de forma higiénicamente aceptable.
Los citados residuos urbanos deberán clasificarse de la siguiente manera:
- Restos orgánicos en contenedor verde/beige.
- Envases ligeros en contenedor amarillo.
- Papel cartón en contenedor azul.
7ª.2. Quedan excluidos del servicio municipal de recogida de residuos sólidos urbanos los siguientes materiales residuales:
a) Los materiales de desecho, cenizas y escorias producidas en fábricas, talleres, almacenes e instalaciones de tratamiento de basuras.
b) Los detritus del centro de salud, clínicas y centros asistenciales o veterinarios.
c) Los desperdicios y el estiércol producidos en los mataderos, parques urbanos, granjas y demás establecimientos similares públicos o privados.
d) Cualquier otro material residual que, en función de su contenido o forma de presentación, pueda calificarse de peligroso, de acuerdo con lo establecido en la legislación específica sobre residuos tóxicos y peligrosos, y, en todo caso, lo que en circunstancias especiales determine la Presidencia.
OCTAVA.- PERSONAL.
El adjudicatario dispondrá del personal necesario en cada momento y época del año para la buena ejecución de los trabajos incluidos en el presente contrato.
Los licitadores deberán contemplar en sus ofertas el personal de sustitución necesario, de modo que siempre queden cubiertos todos los puestos ofertados, cubriendo bajas, vacaciones, permisos, horas sindicales, etc.
La empresa adjudicataria se compromete a tener debidamente dado de alta al personal en la Seguridad Social y cumplir todas las obligaciones legales contractuales respecto del mismo, debiendo acreditarse el pago de las cotizaciones sociales ante el Mancomunidad, siendo causa de resolución del contrato estar al descubierto en las cuotas de la Seguridad Social.
En ningún supuesto el personal de la empresa adjudicataria podrá considerarse con relación laboral, funcionarial o de naturaleza alguna con la Mancomunidad de Municipios Alto Rey, debiendo la empresa tener debidamente informado a su personal de dicho extremo. Si durante la vigencia del contrato se acordase entre la empresa adjudicataria y sus trabajadores la modificación de sus condiciones económicas o sociales, ello no repercutirá en el aspecto económico, ni en la calidad ni cantidad de los servicios contratados por el Mancomunidad.
Todo ese personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, por cuanto éste tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empleador y deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, de seguridad e higiene en el trabajo, referida al propio personal a su cargo.
La mancomunidad no tendrá relación jurídica ni laboral con el personal perteneciente a la empresa adjudicataria durante la vigencia de contrato ni a su terminación.
En caso de accidente o perjuicio de cualquier género ocurrido a los operarios con ocasión del desempeño de sus trabajos, el adjudicatario cumplirá lo dispuesto en las normas vigentes bajo su responsabilidad, sin que esta alcance en modo alguno a la Mancomunidad de Municipios Alto Rey.
En el caso de que se produzca un conflicto laboral entre la empresa adjudicataria y sus trabajadores que origine la interrupción del servicio, la mancomunidad deberá detraer, el importe de los trabajos no realizados, calculado por aplicación al precio fijo mensual del porcentaje correspondiente a los días de interrupción del servicio. En caso de huelga del personal, el adjudicatario comunicará los servicios mínimos que considere necesarios para cubrir los servicios.
En cualquier caso, será responsabilidad del adjudicatario asumir todos los costes que origine la reposición del servicio al nivel adecuado en las zonas afectadas.
La empresa adjudicataria del contrato se compromete de manera ineludible a subrogarse en el personal que actualmente está contratado por la empresa adjudicataria actual respetando las condiciones y características laborales del referido personal que se relaciona en el ANEXO 2 del presente Pliego de Condiciones Técnicas, debiendo explicitar en la oferta el compromiso ineludible de la subrogación.
NOVENA. ORGANIZACIÓN GENERAL DEL SERVICIO, RESPONSABLE DEL CONTRATO Y RELACIÓN CON LA MANCOMUNIDAD.
Los licitadores organizarán los servicios teniendo en cuenta, al menos, los siguientes objetivos:
• Se buscará la máxima flexibilidad y adaptabilidad de los equipos humanos y materiales en la realización de distintos cometidos complementarios entre sí;
• Se optimizarán métodos, equipos y formación profesional para la prestación de los servicios.
• Habrá de buscarse el menor impacto medio-ambiental en la prestación de los servicios.
• Se potenciará la transmisión de información a la mancomunidad de los distintos aspectos de la ejecución del contrato. Las empresas licitadoras propondrán el sistema más eficaz para llevar a cabo todos los servicios con los medios propuestos, señalando los criterios utilizados para elaborar en cada servicio el proyecto de organización. Dentro de la organización propuesta, los licitantes deberán prever unos dispositivos ágiles y suficientes que permitan proporcionar a tiempo todos los datos requeridos por la mancomunidad, que podrá solicitarlos en cualquier momento a los efectos de comprobar la buena marcha del servicio así como el cumplimiento del presente pliego.
La empresa licitadora deberá, en todo caso, elaborar y poner a disposición de la mancomunidad, antes del comienzo efectivo de la prestación del servicio, los siguientes documentos y datos:
- Informe de situación inicial.
- Inventario inicial de equipos, material y vehículos.
- Protocolos de comunicación y actuación ante incidencias y emergencias.
- Un plan de gestión y mantenimiento.
El órgano de contratación designará una persona física o jurídica, vinculada al ente contratante o ajeno a él, como Responsable del Proyecto, quien supervisará la ejecución del mismo, comprobando que su realización se ajusta a lo establecido en el contrato, y cursará al contratista las órdenes e instrucciones del órgano de contratación.
El seguimiento de los trabajos se realizará mediante reuniones periódicas, con el objeto de solucionar los diferentes aspectos técnicos o problemas que pudieran plantearse en la ejecución de los mismos, sin perjuicio de las potestades que en todo caso corresponden a la Administración.
A continuación se detalla cada uno de los documentos a aportar:
a) Informe de situación inicial. En el plazo de un mes computado desde el momento de la firma del contrato, el contratista deberá realizar un informe de situación inicial, en el que se reflejará detalladamente el estado de los municipios integrados en el ámbito territorial de la mancomunidad en sus diferentes ámbitos funcionales. Dicho informe hará especial hincapié en las deficiencias de cobertura del servicio, de equipamiento y mantenimiento o limpieza encontradas al comienzo del servicio y en consecuencia no atribuibles al adjudicatario. Irá acompañado de la cartografía necesaria para precisar la localización exacta de las disfunciones encontradas, así como material fotográfico necesario para documentar la naturaleza de los desperfectos y, en su caso, de los correspondientes informes periciales o de terceros independientes.
La estructura, forma de realización, nivel de detalle y plazo de elaboración del citado informe serán objeto de propuesta técnicamente justificada a incluir en la oferta de las empresas concurrentes a la presente licitación. Este informe será revisado y finalmente validado por el Ente local. Una vez validado, constituirá la referencia oficial del momento de puesta en marcha del servicio de conservación integral a los efectos de clarificar y delimitar las obligaciones del adjudicatario.
b) Inventario inicial. En el plazo de tres meses, computado desde el momento de la firma del contrato, el adjudicatario deberá realizar un inventario completo de la totalidad de los elementos asociados a cada uno de los ámbitos funcionales de los que consta el proyecto. Dicho inventario debe reflejar, con el máximo nivel de detalle, todos los elementos que son objeto de conservación. Para su realización el contratista podrá contar con la información de que disponga el Ente local. La estructura, metodología, sistemas geográficos y plataformas informáticas a utilizar, forma de realización, nivel de detalle y plazo de elaboración del citado inventario serán objeto de propuesta técnicamente justificada a incluir en la oferta de las empresas concurrentes a la presente licitación, aunque el Ente local fijará finalmente, una vez adjudicado el contrato, los parámetros a los que deberá ajustarse dicho inventario.
El inventario afectará a la totalidad de los elementos a considerar y culminará en la creación de una base de datos informatizada que permita almacenar y gestionar posteriormente toda la información recopilada.
DÉCIMA. SEGURIDAD Y SALUD.
El adjudicatario será responsable del cumplimiento de la normativa de higiene y seguridad en el trabajo, debiendo a su vez exigir el cumplimiento de dicha legislación a toda persona o empresa asignada al servicio.
En particular, el adjudicatario, antes del inicio del servicio, deberá contar con un Plan de Prevención de Riesgos Laborales, con el contenido legalmente previsto y deberá contar con una organización preventiva, según lo exigido legalmente.
DECIMOPRIMERA. MEDIOS APORTADOS POR LA MANCOMUNIDAD AL SERVICIO.
En todo momento el adjudicatario deberá disponer del material necesario para la correcta prestación del servicio.
La Mancomunidad de Municipios Alto Rey aporta, como material propio, los contenedores que se relacionan en e ANEXO I de este Pliego.
DECIMOSEGUNDA. SEÑALIZACIÓN DURANTE EL SERVICIO.
Todos los vehículos que trabajen en la vía pública serán perfectamente visibles y dispondrán de los sistemas de seguridad obligatorios para los operarios que trabajen en conexión con el conductor, en su caso. Aquellos que realicen trabajos en la vía pública estarán dotados de los equipos de señalización precisa para su mejor detección y evitación de riesgos para los peatones y tráfico rodado.
Para el transporte del personal en la diferentes operaciones se observarán estrictamente las normas laborales y de circulación.
DECIMOTERCERA. MATERIAL OFERTADO.
Todo el material ofertado deberá se minuciosamente descrito por los licitadores expresando con claridad lo que se entiende por material necesario para la correcta prestación de los servicios y el material de reserva, es decir, aquel que no estando ordinariamente en servicio se incluirá con el fin de suplir a los de servicio por causa de avería o refuerzo ocasional con aportación de planos, croquis, esquemas, fotografías y cuantos datos crean necesario aportar a fin de obtener el mejor conocimiento posible de los mismos.
DECIMOCUARTA. CONTENIDO DE LA MEMORIA TÉCNICA.
La Memoria Técnica que presenten los licitadores deberá exponer detalladamente y como mínimo.
Experiencia en el servicio de recogida de residuos en el ámbito de las entidades locales.
Proyecto de explotación, en el que se deberá indicar:
Los medios humanos, medios mecánicos y medios materiales.
Las características funcionales de los equipos mecánicos y material ofertado conforme a lo que dispone la Condición 11 del presente Xxxxxx.
Las medidas y protocolos de limpieza en la realización del servicio, indicando los medios y sistemas a emplear para la consecución de los objetivos previstos en el presente Pliego de Condiciones Técnicas.
Política de personal. Puestos de trabajo y plantilla laboral necesaria para poder garantizar en todo momento las prestaciones que incluye el servicio, distinguiendo jornada, tiempo de contratación, funciones y categorías, vacaciones, suplencias, etc. Valorándola optimización de recursos personales afectos directa e indirectamente.
Opciones encaminadas a la racionalización y optimización del servicio y en especial aquellas que incrementen el número de contenedores nuevos aportados anualmente.
Ruta de recogida y frecuencias:
Opciones de la ruta que optimicen el tiempo y kilómetros.
Mejora de la frecuencia establecida.
Aspectos medioambientales.
DECIMOQUINTA. AMPLIACIÓN DE NUEVAS ZONAS DE RECOGIDA.
Durante la vigencia del contrato, la Mancomunidad podrá requerir a la empresa adjudicataria, o ésta solicitar a la mancomunidad, la ampliación del servicio contratado a zonas geográficas no incluidas en el ámbito inicial en la fecha de adjudicación.
Todas las ampliaciones que se ajusten a los criterios anteriores, y supongan modificaciones del precio de adjudicación, se harán en función del estudio de costes del servicio que se le elabore al efecto. En tal caso se admitirá que el adjudicatario presente precios contradictorios para determinar el nuevo coste del servicio, según lo dispuesto en el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (RDLeg. 3/2001, de 14 de noviembre. TRLCSP).
DECIMOSEXTA. INFRACCIONES.
Se considerarán faltas:
Leves:
El incumplimiento del horario establecido para los distintos servicios sin causa justificada más de 3 veces al mes.
La no colocación, el cerrado y la ordenación de los contenedores para la recogida de residuos, inmediatamente después de las operaciones de carga en los lugares habilitados para ello.
Graves:
No notificar al responsable del servicio cualquier incidencia que pueda afectar gravemente al servicio.
El retraso en la prestación del servicio de modo reiterado y sistemático.
No poner a disposición de los servicios técnicos o falsear la información necesaria para realizar el control del servicio en tiempo y forma.
No disponer en todo momento de los vehículos y medios materiales exigidos u ofertados.
No mantener el material móvil y las instalaciones afectas al servicio en buen estado de conservación y funcionamiento.
No disponer, en todo momento, de la plantilla y los medios humanos exigidos u ofertados.
La interrupción del servicio por cualquier causa que sea por tiempo superior a doce horas.
La no ejecución de la limpieza en las inmediaciones de los contenedores o la no recogida, con carácter inmediato, de los residuos que se caigan durante las operaciones de recogida.
Muy graves
El incumplimiento de las frecuencias de recogida de residuos y limpieza de contenedores exigidas u ofertadas sin causa justificada.
El abandono del servicio.
La dedicación de los medios materiales y técnicos, incluidos los contenedores y elementos de transporte, y demás medios, a usos o en ámbitos diferentes a los específicamente señalados en el presente pliego y el de Prescripciones Técnicas Particulares sin la autorización pertinente.
La interrupción del servicio por cualquier causa que sea por plazo superior a tres días consecutivos o diez días en un período de tres meses.
Las faltas, deficiencias y omisiones que supongan mala fe o desprecio manifiesto a las condiciones del contrato.
La negligencia en la realización de los trabajos que pudiera afectar a la seguridad de las personas, animales o cosas, o causar molestias inadmisibles a los usuarios.
No realizar la señalización o balizamiento adecuados en los trabajos o tareas que puedan representar un peligro.
La subcontratación del Servicio sin la autorización pertinente.
Las infracciones leves se sancionarán con multa de hasta seiscientos euros (600 €) por cada día en que persista la infracción.
Las infracciones graves se sancionarán con multa de seiscientos un euros hasta tres mil euros (601 a 3.000 €) por cada día en que persista la infracción.
Las infracciones muy graves se sancionarán con multa de tres mil un euros hasta seis mil euros (3.001 a 6.000 €) por cada día en que persista la infracción.
El importe de las sanciones será hecho efectivo por el concesionario en el plazo de quince días naturales, a contar desde aquél en que reciba la correspondiente notificación de sanción en firme en la vía administrativa.
La reiteración en la comisión de infracciones graves o muy graves facultará al órgano de contratación para proceder a la intervención de la concesión o la resolución del contrato.
Serán competentes para imponer las referidas sanciones:
El Presidente de la mancomunidad, para la sanción de apercibimiento y las sanciones pecuniarias por infracciones leves.
El Pleno de la Mancomunidad, para las infracciones graves y muy graves.
En Hiendelaencina, a 23 xx xxxxx de 2017.
MANCOMUNIDAD ALTO REY
XXX. XX. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX,0
XXXXXXXXXXXXXX
XX 00000. TFNO. 949 899004
ANEXO I
INVENTARIO DE CONTENEDORES EXISTENTES EN LA ENTIDADES LOCALES MANCOMUNADAS
CONTENEDORES |
|||||
MUNICIPIOS |
1.100 LTS. |
800 LTS. |
De dos ruedas |
Papel-Cartón |
Envases |
Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx |
|
0 |
|
0 |
0 |
Xxxxxx xx Xxxxxxx |
|
6 |
|
1 |
1 |
Bodera, La |
|
10 |
3 |
1 |
1 |
Xxxxxxxx |
|
00 |
0 |
0 |
0 |
Xxxxxxxxx |
|
3 |
|
1 |
1 |
Cardeñosa |
|
4 |
1 |
1 |
1 |
Hiendelaencina |
4 |
31 |
|
3 |
3 |
Miñosa, La |
|
3 |
|
1 |
1 |
Xxxx, La |
|
7 |
|
1 |
1 |
Xxxxx xx Xxxxxxxx, Las |
|
4 |
1 |
1 |
1 |
Naharros |
2 |
1 |
|
1 |
1 |
Ordial, El |
|
8 |
|
1 |
1 |
Xxxxxxx xxx Xxxxx |
|
7 |
4 |
1 |
1 |
Santamera |
3 |
|
|
1 |
1 |
San Xxxxxx del Congosto |
2 |
15 |
1 |
2 |
2 |
Santiuste |
1 |
4 |
1 |
1 |
1 |
Sienes |
2 |
6 |
|
1 |
1 |
Xxxxxxxxxx |
|
0 |
|
0 |
0 |
Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx |
2 |
9 |
|
1 |
1 |
Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx |
2 |
12 |
1 |
2 |
2 |
MANCOMUNIDAD ALTO REY
XXX. XX. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX,0
XXXXXXXXXXXXXX
XX 00000. TFNO. 949 899004
ANEXO II
PERSONAL A SUBROGAR
Nº ORDEN |
TIPO CONTRATO |
CATEGORÍA LABORAL |
FECHA ANTIGÜEDAD |
SUELDO BRUTO ANUAL (Incluida Seguridad Social) |
CONDICIONES
|
1 |
189 |
Conductor |
01/03/2004 |
28.619,43 € |
1.616 horas anuales de trabajo. Dedicación: 50% de su jornada |
2 |
100 |
Conductor |
23/05/2006 |
28.243,39 € |
1.616 horas anuales de trabajo. Dedicación: 50% de su jornada |
El adjudicatario se subrogará en los derechos y obligaciones laborales relativos al personal relacionado en presente Anexo 2, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 44 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de Estatuto de los Trabajadores.
MANCOMUNIDAD ALTO REY
XXX. XX. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX,0
XXXXXXXXXXXXXX
XX 00000. TFNO. 949 899004
ANEXO III
PUNTOS DE RECOGIDA EN CADA ENTIDAD LOCAL MANCOMUNADA
ENTIDADES LOCALES MANCOMUNADAS |
PUNTOS DE RECOGIDA |
Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx |
0 |
Xxxxxx xx Xxxxxxx |
2 |
Bodera, La |
5 |
Bustares |
7 |
Cañamares |
1 |
Xxxxxxxxx |
2 |
Hiendelaencina |
16 |
Xxxxxx, Xx |
0 |
Xxxx, Xx |
0 |
Xxxxx xx Xxxxxxxx, Las |
2 |
Naharros |
1 |
Ordial, El |
2 |
Xxxxxxx xxx Xxxxx |
2 |
Xxxxxxxxx |
3 |
San Xxxxxx del Congosto |
6 |
Santiuste |
1 |
Sienes |
1 |
Xxxxxxxxxx |
0 |
Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx |
0 |
Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx |
2 |
TOTAL |
66 |