Contract
CONTRATANTE | PATRIMONIO NATURAL FONDO PARA LA BIODIVERSIDAD Y ÁREAS PROTEGIDAS |
NIT: | 900.064.749-7 |
CONTRATISTA | XXXXX |
NIT/CC: | XXXXXX |
OBJETO | EFECTUAR LAS OBRAS PARA LA IMPERMEABILIZACIÓN Y ADECUACIÓN DE LAS TERRAZAS DE LAS OFICINAS DE PATRIMONIO NATURAL UBICADAS EN LA AV. CHILE XXXXX 00 # 00 – 65 PISO 6 EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ Y REPARACIONES LOCATIVAS DE OTROS INMUEBLES INCLUYENDO MANO DE OBRA Y SUMINISTRO DE MATERIALES. |
FECHA DE TERMINACIÓN | XXXXX |
VALOR TOTAL | $XXXXXXX |
Entre XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXXX, identificado con la cédula de ciudadanía No.
19.260.400 de Bogotá, en su calidad de Director Ejecutivo y por lo tanto, Representante Legal de PATRIMONIO NATURAL FONDO PARA LA BIODIVERSIDAD Y AREAS PROTEGIDAS, con NIT No. 900.064.749-7, persona jurídica de utilidad común regida por las normas del derecho privado y con plena capacidad para ejercer derechos y contraer obligaciones que desarrollen su objeto social, constituida como una Fundación sin ánimo de lucro, de participación mixta y quien para los efectos del presente contrato se denominará PATRIMONIO NATURAL y XXXXXX, identificada con la cédula de ciudadanía No. XXXXX actuando en representación de XXXXXXX con NIT: xxxxxxx , y que en adelante se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente contrato de obra, el cual se regirá por las siguientes cláusulas y previas las siguientes,
CONSIDERACIONES:
Que PATRIMONIO NATURAL FONDO PARA LA BIODIVERSIDAD Y ÁREAS PROTEGIDAS tiene como objeto
contribuir a la conservación, uso y manejo sostenible de la biodiversidad través del fortalecimiento de la sostenibilidad financiera del Sistema Nacional de Áreas Protegidas de Colombia –SINAP- y otras estrategias de ordenamiento ambiental del territorio para la conservación, uso y manejo sostenible bajo esquemas de gobernanza pública, privada o comunitaria.
XXXXXXX
Que conforme a las anteriores consideraciones, las partes acuerdan:
CLÁUSULAS:
PRIMERA.- OBJETO: EL CONTRATISTA se obliga con PATRIMONIO NATURAL a la efectuar las obras para la impermeabilización y adecuación de las terrazas de las oficinas de patrimonio natural y reparaciones locativas de otros inmuebles incluyendo mano de obra y suministro de materiales.
SEGUNDA.- ALCANCE: EL CONTRATISTA tendrá a su cargo la impermeabilización de las dos terrazas del inmueble donde funcionan las oficinas de Patrimonio Natural; realice las labores de levantamiento xx xxxxxxxx de protección que garanticen la seguridad de los trabajadores de Patrimonio Natural y sea a su vez una barrera contra los vientos; efectúe labores de reparación de los techos colindantes de Patrimonio Natural ubicadas en el piso 5 del edificio y demás
infraestructura que se haya visto afectada en razón a las filtraciones que se presentan, conforme lo descrito en el Anexo de Especificaciones Técnicas
TERCERA.- OBLIGACIONES, ACTIVIDADES Y PRODUCTOS: para el cumplimiento del objeto del presente contrato, EL CONTRATISTA se obliga a realizar las obras de acuerdo con las especificaciones técnicas, las actividades, y cantidades descritas en el “Anexo 1. Especificaciones Técnicas”, documento que como anexo hace parte integral del presente contrato,
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS
1. Cumplir con el objeto contractual.
2. Cumplir con el anexo de especificaciones técnicas del presente contrato.
3. Dentro de los cinco (5) días siguientes a la suscripción del contrato y antes de su inicio entregará un cronograma de actividades el cual deberá ser aprobado por el supervisor del contrato. Programar la ejecución de la obra a través de un diagrama xx xxxxxx o similar. Este diagrama debe indicar las actividades principales y desagregadas, la duración de las actividades, tiempos de iniciación y terminación de cada una de las actividades y la secuencia entre las mismas, holguras, fechas tempranas y tardías, interrelación entre las actividades predecesoras y sucesoras, asignar recursos por cada actividad, puntos de control.
4. Dentro de los cinco (5) días siguientes a la suscripción del contrato o cinco (5) días antes del cambio de algún trabajador de la obra, la relación de personal para gestionar las autorizaciones respectivas con la administración del edificio.
5. Cumplir con todos los requerimientos del “Manual de Obras” del edificio Skandia y con los protocolos de bioseguridad que se tienen implementados.
6. Cumplir con las especificaciones técnicas, las actividades administrativas, legales, labores contables, financieras y presupuestales contractuales, al igual que cumplir con el aseguramiento integral de la calidad, el cumplimiento de las exigencias que sobre impacto ambiental y ecológico tanto de las áreas objeto del proyecto como en las adyacentes al mismo.
7. Asegurar que las obras se ejecuten de acuerdo con los objetos y alcances propuestos en los términos de referencia y propuesta, y en forma integral con los enfoques, metodologías, cronogramas recursos humanos y de apoyo, en el plazo contractual y dentro de los términos del presupuesto contractual.
8. Presentar a la Supervisión de la obra el presupuesto General de la obra, lo mismo que los presupuestos parciales de la obra y las especificaciones detalladas de los mismos.
9. Presentar las cuentas de la obra para disponer del anticipo y de cada uno de los pagos.
10. Proveer a su costo, todos los bienes o servicios necesarios para el cumplimiento de los objetivos y funcionalidades requeridas en el presente contrato.
11. Identificar con señalización de prevención, alrededor de la totalidad del área de trabajo mediante la ubicación de avisos visibles con miras a precaver o impedir la presencia, obstaculización o perturbación de terceras personas en el desarrollo y ejecución de la obra contratada. Igualmente, EL CONTRATISTA deberá tener en cuenta que, dependiendo del avance de la obra, la señalización de prevención y seguridad variará, igualmente al finalizar la jornada los lugares de trabajo deben quedar debidamente señalizados.
12. Acatar las leyes y los reglamentos del Ministerio de Protección Social relativos a salud ocupacional y sanidad, y establecer todas aquellas precauciones necesarias para evitar que se produzcan, en las zonas de sus campamentos de trabajo, condiciones insalubres.
13. Retirar todas las obras provisionales a la terminación de los trabajos y dejar las zonas en estado de limpieza y de orden. Así mismo, será responsable de la desocupación de todas las zonas que le fueron suministradas para las obras provisionales y permanentes.
14. Ser responsable del manejo ambiental del proyecto y cumplir las instrucciones impartidas por la entidad competente para los efectos.
15. Acreditar de conformidad con el artículo primero de la Ley 828 de 2003, el pago de las obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales (Caja de Compensación Familiar, ICBF y SENA) cuando a ello haya lugar, así como riesgos profesionales, del personal a su cargo, mediante certificación expedida por el Revisor Fiscal de la Empresa, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos xx Xxx, o por el Represente Legal, durante el término de ejecución del contrato.
16. EL CONTRATISTA deberá proveer los equipos de seguridad industrial y elementos de protección necesarios para garantizar la seguridad del personal en la obra, así como delimitar las áreas a intervenir con señales de precaución y control, suficientes para mitigar la ocurrencia de siniestros o afectar al personal que transite por dichas zonas y bienes de la entidad.
17. Aportar certificación expedida por el representante legal que indique la implementación o el estado actual de implementación del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo y copia del documento que lo acredite de acuerdo con lo establecido por el Decreto unificado 1072 de 2015 del Ministerio de Trabajo.
18. Garantizar que el personal cuente con los elementos de protección personal y de seguridad industrial durante el desarrollo del contrato, incluyendo trabajo en alturas de acuerdo a las normas vigentes sobre la materia.
19. Informar por escrito al supervisor cualquier irregularidad que se descubra en el desarrollo del trabajo, bien por parte de los materiales empleados o del personal que se ocupe de la misma.
20. Informar al supervisor del contrato sobre cualquier riesgo identificado que afecte la ejecución del mismo
21. Responder sin perjuicio de la garantía, por la calidad de los elementos suministrados
22. Reemplazar los bienes dentro de la oportunidad que establezca Patrimonio Natural, cuando éstos presenten defectos en sus componentes o funcionamiento, o cuando se evidencie el no cumplimiento de las Especificaciones Técnicas, establecidas en el Anexo Técnico del presente contrato.
23. Responder por cualquier daño que pueda causarse a terceros, con motivo de la obra, si las causas del daño le son imputables. En este caso reparará a su xxxxx los daños, sin que implique modificación al cronograma de trabajo, ni excepción de tales responsabilidades, ni de lugar a la ampliación del plazo convenido
24. Presentar los informes que requiera el supervisor del contrato.
25. Justificar, soportar y solicitar en forma oportuna al supervisor cualquier modificación del contrato a que haya lugar durante la ejecución del mismo.
26. Presentar informe final de las actividades desarrolladas el día del vencimiento del plazo pactado.
27. Acatar las instrucciones que para el desarrollo del contrato le impartan los supervisores
28. Mantener la confidencialidad de la información que le sea entregada para el cumplimiento del objeto del contrato, durante la ejecución del mismo y con posterioridad a su finalización.
29. Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando dilaciones que puedan presentarse.
30. Responder por sus actuaciones y omisiones derivadas de la celebración del presente contrato, y de la ejecución del mismo.
31. Constituir y mantener vigente la garantía única con los amparos correspondientes, durante el término previsto en este contrato o sus prórrogas y adicionar su valor cuando a ello haya lugar.
32. Acreditar el pago de los aportes a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje y ARL , mediante certificación expedida por el revisor fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos xx xxx, o por el representante legal (artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y parágrafo segundo del artículo 1° de la Ley 828 del 10 de julio de 2003 y parágrafo segundo del artículo 1° de la Ley 828 del 10 de julio de 2003).
33. Suministrar para todos y cada uno de los ítems que se van a adecuar, los elementos necesarios para el correcto desarrollo del mismo, tales como la mano de obra, herramientas, maquinaria, aparatos, suministro e instalación de materiales, ensayos para el control de calidad, dotaciones de personal, entre otros.
34. Realizar las obras cumpliendo el cronograma general del proyecto, los planos y el manual de especificaciones técnicas y acabados aprobados por el supervisor.
35. En el evento en que se requieran ajustes al cronograma deberá manifestarlo por medio de escrito en el que deberá proponer las eventuales modificaciones y las razones en que fundamenta su solicitud. Dicha solicitud deberá efectuarse con un plazo prudencial, so pena de asumir las demoras que impliquen los ajustes a los diseños del proyecto.
36. Disponer de los residuos de la obra en escombreras autorizadas por la autoridad competente, y/o en los lugares autorizados para la disposición final de residuos peligrosos.
37. Contratar y mantener durante la ejecución de obra y hasta la entrega y liquidación de esta, por su cuenta y riesgo, el personal que se requiera en número y condiciones que garanticen la correcta ejecución de los trabajos. Si se requiere cambio de alguno o algunos de los trabajadores, deberá ser reemplazado por otra persona de igual o superiores calidades a la que se está retirando, previa aprobación del supervisor.
38. Asumir los costos de desplazamiento del personal destinado a la ejecución de la obra.
39. En caso de retrasos en el cronograma, deberá tomar las medidas necesarias que la interventoría y/o supervisor del contrato sugieran para acelerar el ritmo de las obras, tales como: aumento de personal y equipo, trabajo en horas extras diurnas, nocturnas, o festivos, entre otros, sin que esto represente costo adicional alguno.
40. Demoler y reemplazar a su costo, en el término indicado por el interventor, todas aquellas actividades ejecutadas que resulten defectuosas, o que no cumplan las normas de calidad requeridas para el proyecto, ya sea por causa de los insumos o de la mano de obra.
41. Disponer de la infraestructura y equipos necesarios para llevar a cabo los trabajos objeto de la contratación.
42. Suministrar todos los insumos necesarios para la ejecución del contrato. Los bienes entregados tendrán una garantía mínima de un (1) año, o la adicional que ofrezca el proponente.
43. Ejecutar la obra tanto en calidad como en cantidad, en tiempo con todos los equipos, maquinaria, herramienta, materiales y demás elementos necesarios.
44. Transportar los materiales y equipos que se requieran para la ejecución del objeto contractual.
45. Ejecutar por su cuenta y riesgo las pruebas que se necesiten para verificar la calidad de materiales, instalación, y construcción.
46. Xxxxxxxx y presentar conjuntamente con el interventor, actas parciales, acta final de obra y acta de liquidación.
47. Las demás que se deriven del objeto contractual y todas aquellas que de acuerdo a la naturaleza del contrato establezca la ley y las demás establecidas en el pliego de
condiciones, adendas y la oferta presentada, los cuales hacen parte integrante del contrato.
48. Llevar una memoria diaria (bitácora) de todos los acontecimientos, sucesos y decisiones tomadas en la ejecución de los trabajos, registrarse la visita de funcionarios que tengan que ver con el proyecto, y demás acontecimientos, que permita la comprensión general de la obra y desarrollo de las actividades de acuerdo con el cronograma de ejecución. El supervisor del contrato tendrá acceso a esta bitácora.
49. Realizar el trabajo con precaución para no deteriorar o dañar las estructuras, sus refuerzos y demás instalaciones, acabados y mobiliario de los inmuebles aledaños. Igualmente, sin ocasionar daños a mamposterías, divisiones, carpinterías, baños, estructuras existentes y/o equipos por causa de traslado de maquinaria, o la construcción de las obras que va a ejecutar. Cualquier daño ocasionado a estos será responsabilidad única del adjudicatario, el cual deberá repararlos asumiendo todos los costos.
50. Utilizar materiales nuevos, de primera calidad, siendo su aplicación y comportamiento responsabilidad del contratista. Todos los materiales deberán ser fabricados por empresas reconocidas y de amplia trayectoria y experiencia en el mercado.
51. Si EL CONTRATISTA encuentra inexactitudes o incorrecciones en los planos o en las especificaciones, deberá hacer corregir o aclarar estas discrepancias ante la Supervisión, antes de iniciar cualquier etapa de los trabajos
52. Todos los materiales empleados para la construcción de las obras, deberán ser nuevos y de primera calidad, libres de defectos e imperfecciones y cumplir con la clasificación y grado, cuando éstas se especifiquen
53. Cuando no se haya especificado la clase y el grado de un material, éste deberá ser el más apropiado para su finalidad, de acuerdo con las normas aprobadas por el manual de Diseño, Construcción y Mantenimiento de Infraestructura en Aéreas Protegidas de Colombia, o la norma técnica que aplique.
54. EL CONTRATISTA está obligado a proteger todas las obras a medida que estas se ejecutan, con miras a la entrega final de la etapa correspondiente a recibido a satisfacción del proyecto por parte de la Supervisión. En caso de que los elementos construidos y/o instalados, sufran daños por falta de protección antes de la entrega final de la obra, así estén recibidos a satisfacción por la Supervisión; estos daños (reparaciones, demoliciones, reconstrucciones o cambios de los elementos), correrán por cuenta del Contratista y sin costo alguno para el Contratante.
55. Cumplir con el pago de los salarios, prestaciones sociales y demás cargas laborales, que se causen a favor de los trabajadores ocupados en la obra, además de tenerlos afiliados a una ARL, todo de acuerdo con las leyes laborales que rigen en Colombia.
56. Para el ingreso de personal a la obra, así como durante la ejecución del contrato deberá presentar las planillas de pago de los Salarios y Prestaciones Sociales y ARL y demás cargas laborales que se causen a favor de los trabajadores ocupados en la obra.
57. Asumir la responsabilidad de todos los accidentes que pueda sufrir su personal, el personal de interventoría, visitantes autorizados o transeúntes, como resultado de la negligencia o descuido en tomar las medidas de seguridad necesarias. En consecuencia, todas las indemnizaciones por esta causa serán por cuenta del contratista.
58. Asumir responsabilidad frente a terceros, en virtud de daños que se puedan causar por su culpa.
59. Mantener aseado el lugar de trabajo durante la ejecución de la obra y retirar diariamente los sobrantes al lugar especificado por la interventoría y la supervisión, de conformidad con el anexo técnico.
60. Atender todas las observaciones realizadas por la interventoría y por el supervisor.
INFORMES:
La contratista deberá entregar los siguientes informes durante la vigencia de este contrato:
1. Presentar informes de avance de obra por cada mes de ejecución que contenga
• Registro fotográfico.
• Fichas técnicas e imágenes de los materiales y acabados acordados y aprobados previamente por Patrimonio Natural.
2. Informe final de obra que sintetice las actividades desarrolladas dentro del término de ejecución del contrato que contenga:
• Registro fotográfico (antes, durante y después) de la obra.
• Documento con las recomendaciones para que los trabajos realizados tengan una vida útil más prolongada (mantenimientos preventivos, tipos de elementos y suministro de aseo más adecuados para que no se afecten los acabados, cuidados para evitar accidentes, etc.).
PARÁGRAFO 1-. Todos los informes antes relacionados deben contar con la aprobación del Supervisor del contrato mediante el certificado de supervisión que Patrimonio Natural defina y previa presentación de certificación de pago de aportes parafiscales requeridos. El (la) contratista remitirá, vía correo electrónico, los productos que se hayan pactado, en las fechas indicadas al supervisor para su conocimiento. Se entenderá por no objeción la ausencia de consideraciones y observaciones dirigidas al contratista.
PARÁGRAFO 2.- En caso de terminación anticipada del contrato, es prerrequisito para el pago además del producto (s) para el periodo respectivo, la entrega de un informe final al Supervisor del contrato, acompañado de ser necesario de las tareas pendientes y archivos en medio magnético y/o físico.
PARÁGRAFO 3-. Si a juicio del Supervisor del Contrato existieran modificaciones, adiciones o aclaraciones que deban hacerse al informe y/o producto establecido como obligación del Consultor éste tendrá que realizarlas, y sólo hasta el momento en que se incluyan y tengan el visto bueno del Supervisor se considerará entregado en debida forma.
CUARTA.- OBLIGACIONES GENERALES DE EL CONTRATISTA: En desarrollo del objeto del contrato, EL CONTRATISTA tendrá las siguientes obligaciones:
1. Cumplir con las políticas y directrices establecidas por PATRIMONIO NATURAL.
2. Entregar oportunamente los productos previstos en el contrato.
3. Tratar con respeto e imparcialidad a las personas con quienes tenga relación en cumplimiento del contrato.
4. De ser el caso, recibir, devolver, dar buen manejo y uso a los insumos entregados para el desarrollo del contrato, así como responder por los mismos.
5. Prestar oportuna colaboración para la diligente ejecución del contrato, utilizando de manera eficaz su idoneidad y experiencia en el desarrollo del mismo.
6. Suministrar la información requerida sobre los procesos por parte del supervisor del contrato.
7. Entregar informes y productos en medio magnético e impreso (cuando se requiera), una para el supervisor del contrato y otra para PATRIMONIO NATURAL.
8. Solicitar, justificar y soportar al supervisor del contrato en forma oportuna, cualquier modificación del mismo a que haya lugar durante su ejecución.
9. El contratista se compromete a formular/diseñar, tramitar, obtener la debida aprobación/autorización y adoptar un protocolo de Bioseguridad según lo establecido en la resolución 666 de 2020 y el anexo técnico, del Ministerio de Salud, en virtud de lo establecido por el Gobierno Nacional dada la emergencia sanitaria por infección respiratoria aguda causada por el XXXX- XXX-0 (XXXXX-00), siendo responsabilidad del Contratista velar por su seguridad, la de subcontratistas y diferentes actores con los que entre en contacto en virtud del cumplimiento de la ejecución del presente contrato.
10. El Contratista se compromete a mantener vigente y tomar todas las medidas necesarias para que el personal/dependientes/colaboradores conozca, acepte, adopte y cumpla con todas las acciones, procedimientos y recomendaciones del protocolo de Bioseguridad.
11. El Contratista se compromete a reportar de manera clara y oportuna cualquier acto, situación o novedad que ponga en riesgo la integridad, salud y seguridad o la de su personal/dependientes/colaboradores, en la realización de los trabajos objeto del contrato que se esté desarrollando, comunicándose inmediatamente con su supervisor/interventor, con el fin de que se tomen las medidas necesarias para identificar el peligro y controlar o minimizar el riesgo potencial de contagio.
12. En caso de desplazamiento de su personal/dependientes/colaboradores, Él Contratista se compromete a realizar todos los trámites necesarios y gestionar los permisos correspondientes y a que su personal/dependientes/colaboradores se acojan a los protocolos y medidas de Bioseguridad establecidas por los diferentes departamentos o municipios en los que deba desarrollar el objeto del presente contrato.
QUINTA.- OBLIGACIONES DE PATRIMONIO NATURAL: PATRIMONIO NATURAL se compromete a:
1. Suministrar al CONTRATISTA la información requerida y necesaria para la ejecución del objeto contractual.
2. Dar respuesta oportuna a las solicitudes presentadas por EL CONTRATISTA, con ocasión de la ejecución del contrato.
3. Establecer los lineamientos en los que se enmarca el desarrollo de las actividades propuestas.
4. Hacer un seguimiento periódico de las actividades y obligaciones de EL CONTRATISTA.
5. Gestionar el pago oportuno.
SEXTA.- VALOR DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO: El valor total del presente contrato asciende a la suma de XXXXXX PESOS M/CTE ($XXXXX) incluyendo todos los impuestos aplicables. Este contrato está sujeto a la retención en la fuente definida por el Decreto 099 de 2013, los cuáles serán cancelados así:
a. Anticipo: La entidad contratante cancelará al contratista a manera de anticipo, el valor correspondiente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, el cual deberá ser invertido en compra de materiales. EL CONTRATISTA, deberá presentar una cuenta de cobro con el listado de los bienes a comprar con este desembolso y de una garantía con la cobertura xxx xxxxxx de buen manejo y correcta inversión del anticipo., junto con cronograma aprobado por supervisor.
b. Un primer pago equivalente a un 50% del valor del contrato, contra entrega del documento de cobro, avance de obra de los primeros 3 items de las especificaciones técnicas, los informes y productos indicados aprobados por el supervisor del contrato.
c. Un pago final equivalente a un 50% del valor del contrato, contra entrega de informe final de obra, suscripción de acta de recibido a satisfacción y entregables señalados en las especificaciones técnicas, previa entrega de la factura original y demás documentos soportes del pago solicitados. Amortización del Anticipo.
PARÁGRAFO 1: Los mencionados pagos se realizarán previa presentación de la cuenta de cobro, certificado de aprobación del supervisor, los productos requeridos y previa cancelación de los aportes y cotizaciones al Sistema General de Seguridad Social en salud y pensión, así como de la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) del periodo causado, de acuerdo con los porcentajes xx xxx.
PARÁGRAFO 2: EL CONTRATISTA declara conocer y aceptar que el pago de sus honorarios está sujeto a la realización de los desembolsos por parte del cooperante a PATRIMONIO NATURAL. Por lo tanto, PATRIMONIO NATURAL no está obligado a pagar hasta tanto no se haga la referida transferencia.
PARÁGRAFO 3: De los citados pagos se descontarán los valores correspondientes a retenciones, impuestos etc., de conformidad con lo ordenado en la Ley.
SÉPTIMA.- TÉRMINO DE EJECUCIÓN: EL CONTRATISTA ejecutará el objeto del presente en un término de dos (2) meses contados a partir del cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución y suscripción de acta de inicio.
OCTAVA.- VIGENCIA: La vigencia del contrato será igual al término de ejecución del mismo y quince
(15) días más.
NOVENA.- AUTONOMÍA DEL CONTRATISTA Y NATURALEZA NO SALARIAL DE LOS PAGOS PERCIBIDOS
POR ESTE: EL CONTRATISTA goza de plena autonomía técnica, administrativa y directiva en el cumplimiento de sus obligaciones, razón por la cual todo emolumento que sea percibido por este NO CONSTITUYE SALARIO y por lo tanto, en ningún caso el presente contrato generará relación laboral, ni prestaciones sociales y demás derechos laborales. En consecuencia, EL CONTRATISTA solo tendrá derecho al pago de los honorarios expresamente pactados en este contrato.
DÉCIMA.- CONFIDENCIALIDAD: Todos los productos, informes, datos, informaciones, documentos, métodos analíticos, procedimientos, software y proyectos proporcionados o desarrollados durante la ejecución de este contrato, serán mantenidos en forma confidencial por EL CONTRATISTA y se compromete a no divulgarlos o utilizarlos sin acuerdo previo y por escrito suscrito por PATRIMONIO NATURAL. Esta confidencialidad será continua y no vence con la terminación del contrato.
DÉCIMA PRIMERA. -INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO: Cuando se presenten discrepancias acerca de la interpretación de las Cláusulas del presente contrato que puedan perturbar la ejecución del mismo, PATRIMONIO NATURAL, le indicará al CONTRATISTA la forma como debe continuar ejecutando el contrato.
DÉCIMA SEGUNDA.- SUPERVISIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO: El control, vigilancia y supervisión técnica del presente contrato será ejercido por el Profesional Administrativo y de Apoyo de Adquisiciones de Patrimonio Natural o quien delegue el Coordinador de Operaciones de Patrimonio Natural, de acuerdo a lo establecido en los términos de referencia radicados en Patrimonio Natural, quien deberá certificar sobre la correcta ejecución del contrato, verificar que el contratista este afiliado al sistema de seguridad social, quien tendrá además las siguientes obligaciones: a) Verificar el cumplimiento de las actividades, obligaciones y/o productos e informes a cargo de EL
CONTRATISTA, de acuerdo con el objeto del contrato. b) Informar de manera oportuna a la dependencia competente de PATRIMONIO NATURAL, sobre la ocurrencia de cualquier causa que pueda afectar el cumplimiento de las obligaciones a cargo de EL CONTRATISTA, en aras de poder hacer efectivas las Cláusulas de Terminación Unilateral y la de Imposición de Multas del presente contrato. c) Velar por el cumplimiento del plazo de duración del contrato. d) Solicitar y justificar las adiciones, prórrogas u otras modificaciones al contrato ante PATRIMONIO NATURAL. e) Expedir constancia de cumplimiento de las actividades y productos convenidos en el contrato, previa verificación de la certificación del pago de los aportes a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje y ARL del personal a cargo del CONTRATISTA . f) Requerir al CONTRATISTA de la forma y por los eventos previstos para la Terminación Unilateral del contrato.
DÉCIMA TERCERA.- FORMA DE TERMINACIÓN: El presente contrato podrá darse por terminado por:
a) Mutuo acuerdo entre las partes. b) En forma unilateral por el incumplimiento de las actividades, obligaciones, informes y/o productos derivados del contrato, a cargo de EL CONTRATISTA o por extralimitación de sus actividades. c) Por vencimiento del término fijado. d) Cuando el CONTRATISTA haya participado en prácticas corruptas o fraudulentas para llevar a cabo su contratación o durante la ejecución del contrato e) El reporte positivo de cualquiera del CONTRATISTA en las listas OFAC, Naciones Unidas y Unión Europea.
DÉCIMA CUARTA.- REQUERIMIENTOS AL CONTRATISTA POR INCUMPLIMIENTO: El Supervisor requerirá al
CONTRATISTA para que remedie las deficiencias o incumplimientos que se estén presentando dentro de los cinco (05) días calendario siguientes al requerimiento o en un término prudencial, de conformidad con el plazo del contrato. Si EL CONTRATISTA durante dicho término no asume y procede a realizar los cambios que sean necesarios para arreglar esas deficiencias, el Supervisor lo requerirá por segunda vez e informará a PATRIMONIO NATURAL en aras de que éste haga efectiva la Cláusula de Multas y si transcurridos cinco (05) días calendario, el Supervisor concluye de manera justificada, que EL CONTRATISTA no tomó las medidas correctivas solicitadas o las tomó deficientemente y se prevé que no va a cumplir y terminar según las condiciones contractuales, el Supervisor comunicará por escrito a PATRIMONIO NATURAL, a fin de que se determine si hay lugar a la Terminación Unilateral, caso en el cual, EL CONTRATISTA deberá suspender el desarrollo de actividades y se procederá a la liquidación del contrato.
DÉCIMA QUINTA.- TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO: Si el Supervisor considera que la ejecución de las actividades y entrega de productos es insatisfactoria, por no mantener el suficiente progreso para alcanzar el plazo del contrato, de acuerdo con el cronograma de avance que hace parte del mismo, por no alcanzar los requerimientos de calidad de este, por no adelantar las actividades con diligencia y cuidado o por no cumplir con alguna de las previsiones del contrato suscrito, PATRIMONIO NATURAL podrá terminar de manera unilateral el contrato y hacer efectiva la cláusula penal.
DÉCIMA SEXTA.- MULTAS: EL CONTRATISTA autoriza a PATRIMONIO NATURAL para aplicar multas cuando se trate de incumplimiento o no cumplimiento oportuno de cualquier actividad u obligación a su cargo y haya sido previamente requerido por el Supervisor, por lo cual EL CONTRATISTA pagará a PATRIMONIO NATURAL el equivalente a un día de incumplimiento, hasta lo correspondiente a un xxxxxx xx xxxx (10) días de incumplimiento.
DÉCIMA SÉPTIMA.- CLÁUSULA PENAL: En caso xx xxxx o incumplimiento de una cualquiera de las obligaciones que adquiere EL CONTRATISTA en el presente contrato, dará derecho a PATRIMONIO NATURAL a cobrar al CONTRATISTA, a título xx xxxx o cláusula penal la suma equivalente al diez
por ciento (10%) del valor del contrato, exigible por el simple retardo o incumplimiento, sin que por el pago de la pena se entienda extinguida la obligación principal y sin perjuicio del cobro de la indemnización de perjuicios a que haya lugar.
DÉCIMA OCTAVA.- AUTORIZACIONES: EL CONTRATISTA autoriza a PATRIMONIO NATURAL para que de
los saldos a su favor se pague las sumas correspondientes a multas o cláusula penal cuando no cumpla con cualquiera de sus actividades, obligaciones, informes y/o productos o cuando se adelanten acciones en su contra que puedan determinar tal incumplimiento. Así mismo, esta autorización incluye cualquier otro descuento por concepto de obligaciones que directa o indirectamente haya adquirido con PATRIMONIO NATURAL. En caso de que no existiere saldo suficiente a su favor, EL CONTRATISTA reconoce a este documento el mérito de título ejecutivo y a la comunicación que PATRIMONIO NATURAL le envíe, donde se indique el valor de la sanción causada y las razones de la misma. Si a juicio de PATRIMONIO NATURAL, la obligación incumplida incidiere determinantemente en el objeto del contrato, podrá declararse su terminación, conforme a lo previsto en este documento.
DÉCIMA NOVENA.- RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA: EL CONTRATISTA responderá civilmente
tanto por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, como por los hechos y omisiones que le fueren imputables y que causen daños y perjuicios a PATRIMONIO NATURAL derivados de la celebración, ejecución y liquidación del mismo en los términos xx xxx.
VIGÉSIMA.- INDEMNIDAD: EL CONTRATISTA mantendrá indemne a PATRIMONIO NATURAL contra todo reclamo, demanda, acción legal y costo que pueda causarse o surgir por daños o lesiones a personas o propiedades de terceros, durante la ejecución de este contrato, y terminado este, hasta la liquidación definitiva del mismo. Se consideran como hechos imputables a EL CONTRATISTA, todas las acciones u omisiones y en general cualquier incumplimiento de sus obligaciones derivadas del contrato. En caso de que se entable un reclamo, demanda o acción legal contra PATRIMONIO NATURAL, por asuntos que según el contrato sean de responsabilidad de EL CONTRATISTA, ésta será notificada lo más pronto posible de ellos, para que por su cuenta adopte oportunamente las medidas previstas por la ley para mantener indemne a PATRIMONIO NATURAL. Si en cualquiera de esos eventos, EL CONTRATISTA no asume debida y oportunamente la defensa de PATRIMONIO NATURAL, éste podrá hacerlo directamente, previa notificación escrita al CONTRATISTA y éste pagará todos los gastos en los que PATRIMONIO NATURAL incurra por tal motivo. En caso de que así no lo hiciere EL CONTRATISTA, PATRIMONIO NATURAL tendrá derecho a descontar el valor de tales erogaciones, de cualquier suma que se le adeude a EL CONTRATISTA por razón de las actividades objeto del contrato y a utilizar cualquier otro mecanismo judicial o extrajudicial.
VIGÉSIMA PRIMERA.- FUERZA MAYOR: Ni PATRIMONIO NATURAL ni EL CONTRATISTA tendrán
responsabilidad alguna por el incumplimiento de las obligaciones que contraen, cuando tal incumplimiento total o parcial se produzca por causas o circunstancias constitutivas de fuerza mayor o caso fortuito, calificadas de conformidad con la ley y debidamente comprobadas por las partes. En dicho caso y evaluada la circunstancia respectiva, las partes procederán a suspender de mutuo acuerdo el contrato mediante acta suscrita para el efecto, en la cual indicarán el término de suspensión del contrato. Una vez superadas las circunstancias que dieron lugar a la suspensión del contrato, deberá suscribirse un acta de reiniciación del mismo.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- AUTORIZACIÓN PARA USO, RECOLECCIÓN, TRATAMIENTO DE DATOS
PERSONALES DERIVADO DE LA LEY DE HABEAS DATA: En mi condición de CONTRATISTA por medio del presente documento autorizo de forma voluntaria, expresa e inequívoca a PATRIMONIO NATURAL para usar, tratar, transferir, transmitir, corregir y verificar todos los datos por mí suministrados en
vigencia de la relación laboral y de forma previa a la misma. Lo anterior, para los fines, necesidades y objetivos derivados del contrato de servicios y con el propósito de administrar y ejecutar correctamente la relación laboral por parte de la empresa en el marco del contrato con los siguientes alcances y limitaciones: 1. Autorizo la circulación, tratamiento, supresión, recopilación, recolección, almacenamiento, copia, entrega, actualización, ordenamiento, clasificación, transferencia, transmisión, corrección, verificación, uso para fines estadísticos, comerciales, históricos y administrativos de la empresa, y en general la utilización (incluso con posterioridad a la terminación del contrato) de todos los datos por mi suministrados en vigencia de la relación laboral y/o de forma previa a la misma y/o durante el proceso de selección, autorización que comprende mi información personal y de datos sensibles, contenidos o no en bases de datos. Lo anterior, con el objetivo de ser usados como información necesaria para la correcta contratación, administración y ejecución del contrato, así como para el desarrollo del objeto social de la empresa, teniendo en cuenta que son datos pertinentes, necesarios y adecuados; 2. Autorizo el uso y tratamiento de mi información sensible que por razón del contrato se haya obtenido, así como la relacionada con los menores de edad y datos familiares de personas incluidas en mi grupo familiar o a mi cargo, la cual fue suministrada para los efectos derivados del contrato; 3. Autorizo el uso y tratamiento de los datos biométricos, tales como huellas dactilares, imagen en video, grabaciones, entre otros, para los fines necesarios del contrato; 4. Autorizo el uso y tratamiento de los datos por parte de terceros que deban tener acceso a esa información por razón del contrato, tales como administradores de personal, de nómina, contables, entidades de control, entidades de seguridad social y parafiscales y, demás terceros que deban conocer la información en cumplimiento de las obligaciones de PATRIMONIO NATURAL en material de seguridad social y demás, legalmente procedentes;
5. Entiendo y comprendo que el uso de información personal de otros trabajadores para fines diferentes de los del contrato y asuntos derivados de éste, se encuentra completamente prohibida, por lo que en mi calidad de CONTRATISTA me obligo a no utilizar la información antes descrita. Así mismo entiendo que por dato público se entiende aquellos datos relativos al estado civil de las personas, su profesión u oficio; 6. Me comprometo a verificar, rectificar, corregir o actualizar la información en tanto cambie su contenido; 7. Mediante la firma del presente documento, manifiesto que he sido informado por parte PATRIMONIO NATURAL sobre el alcance y contenido de la Ley de Habeas Data y que éste actuará en condición de responsable y podrá realizar cambios en la política de administración de datos cuando lo considere conveniente.
VIGÉSIMA TERCERA.- PAGOS DE SALUD, PENSIÓN Y ARL.- EL CONTRATISTA declara que se encuentra
al día en el pago de aportes de Seguridad Social y parafiscales del personal a su cargo (Sena, ICBF y Caja de Compensación Familiar) y se compromete, así mismo, a efectos de poder gestionar el pago del contrato, a presentar los comprobantes o certificación de este hecho durante la ejecución del presente contrato conforme a los términos legales.
VIGÉSIMA CUARTA. - SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: Las controversias o diferencias que surjan entre las partes, serán dirimidas mediante la utilización de los mecanismos de solución ágil de conflictos previstos en la ley, tales como arreglo directo, amigable composición, conciliación y transacción, de conformidad con lo establecido en las normas vigentes. En este trámite deberá participar la supervisión, el CONTRATISTA y Patrimonio Natural.
VIGÉSIMA QUINTA.-CESIÓN Y SUBCONTRATOS: EL CONTRATISTA no podrá ceder ni subcontratar total o parcialmente el contrato, sin el consentimiento expreso y escrito de PATRIMONIO NATURAL.
VIGÉSIMA SEXTA.- MODIFICACIONES: Sólo podrán modificarse los términos y condiciones de este Contrato, incluido el alcance de los Servicios, mediante acuerdo por escrito entre las Partes.
VIGÉSIMA SÉPTIMA.- INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA manifiesta bajo la
gravedad del juramento, no encontrarse incurso dentro de las inhabilidades e incompatibilidades previstas en la Ley.
VIGÉSIMA OCTAVA.- PREVENCIÓN XXX XXXXXX DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN AL TERRORISMO. EL
CONTRATISTA, declara bajo juramento, con la firma de este documento que no está vinculado a actividades xx xxxxxx de activos y financiamiento del terrorismo.
VIGÉSIMA NOVENA.- LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Xxxxx 00 Xx. 00-00 Xxxx Xxxxx (0) Xxxxxx X.X.
TRIGÉSIMA.- DOMICILIO: Para todos los efectos legales y fiscales, el domicilio contractual del presente contrato será la ciudad de Bogotá D.C.
TRIGÉSIMA PRIMERA. - LEY E IDIOMA. - El significado e interpretación del presente contrato y la relación que se cree entre las partes se regirán por las cláusulas del presente contrato y de manera supletoria por la Ley Colombiana aplicable. El idioma será el español.
TRIGÉSIMA SEGUNDA.- REQUISITOS DE PERFECCIONAMIENTO, LEGALIZACIÓN Y EJECUCIÓN.- El presente
contrato se perfeccionará con la firma de las partes e iniciará con la afiliación a ARL del contratista.
Para constancia de lo anterior, se firma en Bogotá un (1) ejemplar a los xxxx (xxx) días de julio de dos mil veintiuno (2021).
PATRIMONIO NATURAL, EL CONTRATISTA
XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXXX XXXXXX
Director Ejecutivo
Elaboró: Xxxxxxxx Xxxxxx
Aprobó: Área de Jurídica Patrimonio Natural